OBJETO DEL CONTRATO: SEGUROS PATRIMONIALES AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA 2014
* OBJETO DEL CONTRATO: SEGUROS PATRIMONIALES XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX 0000
* PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: Abierto y tramitación ordinaria.
* PLAZO DE EJECUCIÓN:. Un año (1), desde el 1 de Enero de al 31 de Diciembre de 2014.
Por acuerdo expreso de la partes podrá prorrogarse el contrato por anualidades, hasta un máximo de cuatro (4).
* PRESUPUESTO DE LICITACIÓN:
El presupuesto máximo de licitación para el Lote Uno:
Seguro contra Todo Riesgo de Daños Materiales, Seguro de Responsabilidad Civil/Patrimonial y Seguro de Equipos Electrónicos: 169.000€ - 33.800 Anuales
El presupuesto máximo de licitación para el Lote Dos:
Flota de Vehículos 30.000€ - 6.000€ Anuales
* GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige.
* GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación de las pólizas.
* EXPOSICIÓN DEL EXPEDIENTE:
En el departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Ordizia, sito en X/ Xxxxxxx 00, 00000, Xxxxxxx-Xxxxxxxx.
* PLAZO PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:
15 días naturales desde la publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
* CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
A) CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR -SOBRE 2.
Se asignarán un máximo de 10 puntos para otras mejoras.
B) CRITERIOS DE APLICACIÓN AUTOMATICA-SOBRE 3.
LOTE UNO (hasta 90 puntos):
- Importe de las pólizas 50 puntos
- Rebaja de las franquicias:
▪ En siniestros de Resp. Civil/Patrimonial, 10 puntos
▪ En siniestros de Daños en bienes – Franquicia General 8 puntos
▪ En siniestros de Equipos Electrónicos 2 puntos
- Mejoras OBJETIVAS 20 puntos
LOTE DOS (hasta 80 puntos):
- Importe de las pólizas 50 puntos
- Aumento de capitales:
▪ Fallecimiento 10 puntos
▪ Invalidez 10 puntos
- Aumento costo gastos sanitarios 10 puntos
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HABRÁ DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS PÓLIZAS DE SEGUROS PRIVADAS DEL EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA – ENERO 2014
1ª.- RÉGIMEN JURÍDICO:
1.- El presente contrato, considerado de naturaleza privada, se regirá:
En cuanto a su preparación y adjudicación, por las normas del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En cuanto a sus efectos y extinción, por las normas de derecho privado, específicamente por la Ley 50/1.980, de 8 de octubre, reguladora del Contrato de Seguro.
2.- Salvo en las materias estrictamente técnicas, el presente Xxxxxx prevalecerá en todas sus disposiciones sobre el resto de las condiciones facultativas en su caso unidas al expediente.
2ª.- OBJETO DEL CONTRATO:
El objeto del contrato es el aseguramiento, en las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones Técnicas aprobado junto con el presente, de los siguientes riesgos, que, distribuidos en dos lotes (2), será objeto de adjudicación:
LOTE UNO :
Seguro contra Todo Riesgo de Daños Materiales, Seguro de Responsabilidad Civil/Patrimonial y Seguro de Equipos Electrónicos.
LOTE DOS :
Seguro flota de vehículos. Códigos CPV:
Se establecen en el pliego de condiciones técnicas aprobado junto con la presente las condiciones de las citadas pólizas. Los licitadores podrán ofrecer cláusulas complementarias a las establecidas, pero carecerán de validez aquéllas que las contradigan o sean limitativas de los derechos de los asegurados establecidos en el Pliego. Se respetarán, sin embargo, las disposiciones legales vigentes y, en su consecuencia, se aceptarán las cláusulas que supongan mera transcripción o referencia a preceptos legales imperativos y a principios, definiciones o advertencias de uso general, entendiéndose asimismo que las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones Técnicas deberán prevalecer sobre cualesquiera otras de los condicionados generales de cada una de las modalidades de seguro objeto de este concurso.
No comprende el objeto de este contrato la actividad de mediación de seguros para la gestión de las citadas pólizas.
No obstante el Ayuntamiento de Ordizia podrá designar un corredor para la intermediación del contrato de lo que informará al adjudicatario del presente contrato. En tal caso la retribución de dicho mediador será por cuenta del adjudicatario mediante la comisión de las correspondientes primas netas de las pólizas contratadas, de conformidad con la práctica habitual en el sector.
No se admitirá la propuesta de ofertas alternativas.
3ª.- DURACIÓN DEL CONTRATO:
El plazo de duración del contrato será de un año (1), iniciando su vigencia el día 1 de Enero de 2014, finalizando el día 31 de Diciembre de 2014.
No obstante ello, y con anterioridad a la finalización del contrato, las partes, de mutuo acuerdo, podrán acordar la prórroga del mismo por períodos anuales, hasta un máximo de cuatro (4), anualidades, de conformidad con el contenido del artículo 303 de la Ley de Contratos del Sector Público.
4ª.- PRESUPUESTO-TIPO DE LICITACIÓN:
Presupuesto máximo y tipo de licitación:
- Lote Uno.
Seguro contra Todo Riesgo de Daños Materiales, Seguro de Responsabilidad Civil/Patrimonial y Seguro de Equipos Electrónicos : 169.000€ (33.800€ Anuales)
- Lote Dos.
Seguro de Vehículos: 30.000€ (6.000€ Anuales)
Los licitadores podrán mejorar a la baja en sus ofertas el tipo de licitación señalado, consignando una cantidad concreta y determinada.
En el tipo de licitación señalado, en las propuestas que formulen los licitadores, y en la cifra precisa, concreta y determinada por la que se adjudique la contrata, se entenderán siempre incluidos, a todos los efectos, no sólo los precios de la contrata, sino también las cuotas correspondientes a los tributos de toda índole que graven a los diversos conceptos.
5ª.- FINANCIACIÓN:
La ejecución del contrato al que va referido el presente pliego se iniciará en el ejercicio en que se realiza su tramitación administrativa. La validez de la adjudicación del presente contrato queda supeditada a la consignación del crédito adecuado y suficiente, a instancias del área instructora del expediente, en el presupuesto del ejercicio al que corresponde su ejecución.
6ª.- FORMA DE PAGO:
El pago de las primas se efectuará previa presentación al cobro de los correspondientes recibos,
que habrán de recibir el visto bueno de Ayuntamiento de Ordizia y cumplir las normas vigentes en la materia.
7ª.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
1.- El derecho a la percepción del precio se ajustará a lo dispuesto en la cláusula 6ª.
2.- Además de las contenidas en este Pliego y de las que resulten de la aplicación de las normas supletorias, son especiales obligaciones del contratista las siguientes:
a) Realizar los trabajos en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista Ayuntamiento de Ordizia, no pudiendo ceder, en todo o en parte, el contrato a otra persona sin autorización expresa del Ayuntamiento de Ordizia.
b) Llevar a efecto la imposición de la garantía definitiva en el plazo señalado y complementaria cuando fuese procedente.
c) Formalizar el contrato en el plazo igualmente señalado en el acto de adjudicación.
d)Garantizar el mantenimiento de su capacidad para contratar durante toda la vigencia del contrato, obligándose a notificar a “AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA-ORDIZIAKO UDALA”, en el plazo de quince días, las incompatibilidades e incapacidades sobrevenidas.
e) Pagar todos los gastos que se originen a consecuencia de la licitación y del contrato, entre otros, a título enunciativo, los causados por anuncios en los Boletines Oficiales, en prensa, constitución de fianzas y, en su caso, formalización del contrato en escritura pública con sus copias.
f) Cumplir todas las disposiciones vigentes en materia de Legislación Laboral, Seguridad Social, Convenios Colectivos, prevención de riesgos laborales, así como disposiciones vigentes en materia tributaria, quedando “AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA-ORDIZIAKO UDALA” liberado de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse del incumplimiento de dichas disposiciones.
g) Responsabilizarse de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento de Ordizia o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
h) Indemnizar todos los daños que se causen al Ayuntamiento de Ordizia y a terceros como consecuencia de los trabajos, así como los producidos en cumplimiento de sus obligaciones.
i) Respetar lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en el caso de que, a consecuencia de la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato, el adjudicatario precise acceder a datos de carácter personal contenidos en ficheros de titularidad de “AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA-ORDIZIAKO UDALA”.
Igualmente, el adjudicatario del contrato deberá garantizar que, cuando el tratamiento de los datos se produzca fuera de los locales del Ayuntamiento de Ordizia, la ejecución de dicho tratamiento de datos de carácter personal sea autorizada expresamente por el responsable del fichero y, en todo caso, se garantice el nivel de seguridad correspondiente al tipo de fichero, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Desarrollo de la LOPD.
Lo dispuesto en la presente cláusula no será óbice para que, en los casos en que así se estime oportuno, se suscriba un Convenio entre el adjudicatario y el propio Asegurado, al objeto de regular la fórmula concreta de realización de los tratamientos de datos necesarios por parte del primero.
8ª.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ASEGURADO.
1.- La inspección del contrato corresponderá “AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA-ORDIZIAKO UDALA”a través de su personal, quien podrá dictar las instrucciones necesarias al contratista para su eficaz cumplimiento, con base en las cláusulas contractuales y sin perjuicio de las superiores facultades de dirección e inspección correspondientes.
2.- “AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA-ORDIZIAKO UDALA”vendrá obligada al abono de las cantidades establecidas según lo dispuesto en la cláusula sexta.
9ª.- GARANTÍAS.
1.- No se exige garantía provisional.
2.- El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa en la licitación de este contrato deberá constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de adjudicación.
El plazo para su constitución será de 10 días hábiles contados desde aquél en que fuese requerido al efecto.
El adjudicatario podrá instar la devolución de la garantía depositada una vez finalizada la ejecución del contrato y transcurrido, en su caso, el plazo de garantía.
3.- El adjudicatario del contrato deberá constituir una garantía definitiva mediante aval de entidad bancaria o de crédito, de primer orden, a primera demanda o requerimiento, con exclusión de los derechos de división, excusión y orden, por importe del (5%) del precio de adjudicación, I.V.A. excluido, y para garantizar el cumplimiento de cuantas obligaciones se deriven del presente Xxxxxx y del contrato en que se formalice.
10.ª- PUBLICIDAD DE LA LICITACION.
El anuncio de la presente contratación será objeto de publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa. Será asimismo objeto de publicidad a través de Internet, en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Ordizia - xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
11.ª- CAPACIDAD PARA CONCURRIR Y PRESENTACION DE PROPOSICIONES.
1.- Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no estén comprendidas en ninguno de los casos de prohibición de contratar señalados en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2.- Cuando varios empresarios estén interesados en concurrir conjuntamente a la licitación podrán
constituir una unión temporal al efecto, sin que sea necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación en su favor. En este caso, los empresarios quedarán obligados solidariamente ante el “AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA- ORDIZIAKO UDALA” y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
3.- La presentación de ofertas por parte de los licitadores deberá realizarse:
- En un plazo de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
- Bien en las oficinas de “AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA-ORDIZIAKO UDALA” sitas en Ordizia, X/ Xxxxxxx 00, , 0, 00000, Xxxxxxx-Xxxxxxxx o bien por correo certificado dirigido a la siguiente dirección: Xxxx Xxxxxxx, 00, 00000, Xxxxxxx-Xxxxxxxx, debiendo el remitente justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos, y anunciar al Órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax, al nº 000-000000, o al correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx, en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición, si es recibida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo para la presentación de proposiciones. No obstante, transcurridos diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
A fin de estudiar y preparar debidamente las proposiciones, los Pliegos de Condiciones estarán a disposición de los interesados en las Oficinas de “AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA-ORDIZIAKO UDALA” sitas en Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx,00, 000000 Xxxxxxx-Xxxxxxxx, así como en el perfil del contratante de dicho Ayuntamiento.
Asimismo el expediente administrativo podrá examinarse en las dependencias del Ayuntamiento de Ordizia, durante las horas atención al ciudadano y desde la publicidad de la convocatoria hasta la fecha del fin del plazo de presentación de ofertas.
La empresa BASKIBER S.L., que presta al Ayuntamiento de Ordizia los servicios de asesoramiento en materia de seguros, tiene en su poder cuanta información y documentación complementaria precisen los licitadores acerca del presente contrato. Por ello, las empresas interesadas en obtener respuesta a cualquier cuestión técnica concerniente al contrato, sin perjuicio de realizar las consultas pertinentes al pesonal de contratación del “AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA-ORDIZIAKO UDALA” pueden ponerse en contacto con la citada empresa, domiciliada en la x/ Xxxxxxxxx, 00 xx Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx (Tel.: 943.472534).
e-mail: xxxxxxxx.xx@xxxxxxxxx.xxx
4.- Los licitadores presentarán sus proposiciones en TRES SOBRES CERRADOS, titulados de la siguiente forma: "PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACION DE SEGUROS
PATRIMONIALES 2014”, que acompañarán a la instancia general para su registro de entrada, y que podrán ir lacrados y precintados.
El SOBRE PRIMERO se subtitulará "DOCUMENTACION" y en el mismo se incluirán los siguientes documentos:
1º- D.N.I. de la persona que presente la proposición, ya en nombre propio, ya en representación de otra persona, física o jurídica.
2º.- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (según modelo normalizado).
3º- Escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible. Si no lo fuere, documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
4º- Documentación acreditativa de la representación que ostenta el firmante de la oferta (en caso de que éste actúe en nombre de otra persona, física o jurídica)
5º.- Acreditación de su solvencia económica, financiera y técnica mediante aportación de documentación acreditativa de:
La contratación de al menos 5 pólizas de seguro con entidades públicas similares en los últimos tres años para por un importe mínimo cada una de ellas de 40.000€. Se aportará documentación acreditativa de la realidad de tales contrataciones (recibos, pólizas, adjudicaciones, certificados o cualquier otra similar).
* Todos los documentos anteriores podrán presentarse en forma original o de copias auténticas o compulsadas, o en forma de fotocopias simples. Ahora bien, en este último caso, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar originales o copias compulsadas de la citada documentación con carácter previo a la adjudicación del contrato.
**Cuando varias empresas acudan a esta licitación en forma de unión temporal, cada uno de los empresarios deberá acreditar su capacidad conforme se establece en los apartados anteriores. Para que sea eficaz la agrupación frente al Ayuntamiento de Ordizia, bastará con que en el Sobre Primero se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Ayuntamiento de Ordiziai.
***Las empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad en la forma prevista en los artículos 55 y 58 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.y artículos. 9 y 10 del Real Decreto 1.098/2.001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
**** Los licitadores no adjudicatarios podrán solicitar, una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la devolución de la documentación aportada en este sobre 1º. El adjudicatario podrá solicitarla, asimismo, una vez finalizada la ejecución del contrato y devuelta la garantía definitiva.
El SOBRE SEGUNDO vendrá subtitulado de la siguente manera: "OFERTA TECNICA" e incluirá:
Propuestas de mejoras en relación a los criterios de adjudicación que dependen de un juicio de valor.
El SOBRE TERCERO vendrá subtitulado de la siguente manera: "OFERTA ECONÓMICA" e incluirá:
- Modelo de Proposición recogido al final del presente Xxxxxx (Anexo I a este pliego de condiciones), debidamente cumplimentado.
Observaciones en relación con la documentación en el sobre tercero:
* No se admitirá ninguna proposición económica que no venga redactada conforme al modelo exigido.
12ª.- MESA DE CONTRATACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
1.- La Mesa de Contratación estará constituida por los siguientes miembros:
Presidente: El Alcalde de la Corporación o concejal en quien delegue Vocales:
1.- La Concejal delegado de Hacienda
2.- La Técnico en Administración General 3.- El Interventor municipal
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
2.- Con carácter previo a la apertura de las proposiciones la Mesa procederá a la calificación de los documentos presentados en el sobre primero de la oferta.
Los licitadores incluirán en los sobres de documentación que presenten todos los documentos exigidos en la cláusula anterior, no siendo admisible la remisión por los mismos al presentado para concurrir a otra licitación, aun cuando el acto de apertura de las plicas correspondientes a la misma se celebrase de forma simultánea.
Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error. Los requerimientos a estos efectos se efectuarán preferentemente mediante fax ó correo electrónico, al número ó dirección indicada por la empresa en la documentación presentada a la licitación.
Tanto el mantenimiento de esta convocatoria inicial como sus posibles modificaciones serán objeto de publicidad a través del perfil de contratante (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx) sin perjuicio de cualquier otro modo de notificación que se estime oportuno.
3.- La Mesa de Contratación, procederá a la apertura en acto público del sobre segundo (oferta técncia), relativo a las ofertas contractuales que se declaren admitidas.
4.- Una vez valorada la oferta relativa a los apartados recogidos en el sobre segundo, la Mesa de Contratación procederá también en acto público a la apertura del sobre tercero (oferta económica)
de las ofertas. La convocatoria para este acto será asimismo objeto de publicidad en el perfil de contratante (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx), sin perjuicio de cualquier otro medio de notificación que se estime oportuno.
5.- Finalmente la Mesa elevará al órgano de contratación su propuesta de adjudicación.
6.- La Mesa podrá solicitar en cualquier momento los informes técnicos y jurídicos que considere necesarios para el análisis de la documentación aportada por las empresas y para la valoración de las ofertas.
7.- Transcurridos los actos públicos de apertura de ofertas, los participantes en el procedimiento podrán acceder a la consulta del documento relativo a este acto desde la sede electrónica del Ayuntamiento de Ordizia (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx).
13ª.- CRITERIOS DE ADJUDICACION DEL CONCURSO.
El concurso se resolverá de acuerdo a los siguientes criterios:
A) CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR -SOBRE 2-
En el Lote Uno y en el Lote Dos se asignarán un máximo de 10 puntos para otras mejoras propuestas libremente por los licitadores. Se valorarán, entre otros, aspectos tales como:
- El establecimiento de protocolos de funcionamiento en caso de siniestros (tratamiento de las comunicaciones de siniestros y reclamaciones, gestión de las mismas
- Medidas para la agilización del cobro de indemnizaciones
- La propuesta de sistemas de control de la siniestralidad y la asignación de un responsable de cuenta que lleve las relaciones con Ayuntamiento de Ordizia.
- Negociación extrajudicial con plazo máximo de tres semanas.
Otras propuestas para la mejora de los servicios.
B) CRITERIOS DE APLICACIÓN AUTOMATICA Ó FORMULA -SOBRE 3.
Se valorará de la siguiente forma:
LOTE UNO: Seguro de Responsabilidad Civil/Patrimonial, Seguro de Todo Riesgo de Daños en Bienes, Seguro de Equipos Electrónicos. (hasta 90 puntos):
Importe de la póliza: Se puntuará con 50 puntos la propuesta que rebaje en un 30% el tipo máximo de licitación, valorándose el resto proporcionalmente.
Rebaja de las franquicias:
-En siniestros de Responsabilidad Civil/Patrimonial, se asignarán 10 puntos a la propuesta cuya franquicia sea menor valorándose el resto proporcionalmente.
-En siniestros de Daños en Bienes, se asignarán 8 puntos a la propuesta cuya franquicia sea menor, valorándose el resto proporcionalmente.
-En siniestros de equipos electrónicos, se asignarán 2 puntos a la propuesta cuya franquita sea menor, valorándose el resto proporcionalmente.
Mejoras OBJETIVAS: Se consideran así las mejoras relativas a la ampliación de coberturas en la póliza de Responsabilidad Civil en los términos siguientes:
A.- con 4 puntos, la oferta que aumente en mayor cuantía el límite máximo de indemnización por siniestro y por año en la cobertura de Responsabilidad Civil General, valorándose el resto proporcionalmente.
B.- con 4 puntos, la oferta que aumente en mayor cuantía el límite máximo de indemnización por anualidad de seguro en la cobertura de Perjuicios Patrimoniales Primarios, valorándose el resto proporcionalmente.
C.- con 4 puntos, la oferta que aumente en mayor cuantía el sublímite máximo de indemnización por víctima en la cobertura de Responsabilidad Civil Patronal/Accidentes de Trabajo, valorándose el resto proporcionalmente.
D.- con 4 puntos, la ampliación de hasta 36 meses de la cobertura para reclamaciones efectuadas con posterioridad al vencimiento de la póliza derivadas de hechos ocurridos durante su vigencia, valorándose el resto proporcionalmente.
E.- con 4 puntos, la oferta que presente la cobertura de Responsabilidad por Contaminación Accidental (sublímite de 1.000.000€)
LOTE DOS: Seguro de Vehículos (hasta 80 puntos)
Importe de las pólizas: Se puntuará con 50 puntos la propuesta que rebaje en un 30% el tipo máximo de licitación, valorándose el resto proporcionalmente.
Mejoras OBJETIVAS: se considerarán las mejoras relativas a la ampliación de los capitales , en los siguientes términos:
A.- con 10 puntos, la oferta que aumente en mayor cuantía el capital por fallecimiento por accidente del conductor, valorándose el resto proporcionalmente.
B.- con 10 puntos, la oferta que aumente en mayor cuantía el capital por invalidez permanente por accidente del conductor, valorándose el resto proporcionalmente.
C.- con 10 puntos, la oferta que aumente en mayor cuantía el capital relativo a los gastos sanitarios en caso de accidente, valorándose el resto proporcionalmente.
14ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
1.- El Ayuntamiento de Ordizia-Ordiziako Udala tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos en la cláusula anterior, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación.
2.- Una vez acordada la propuesta de adjudicación, la Mesa de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente
la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en caso de no haberse acreditado este extremo anteriormente, y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato que le reclame el órgano de contratación.
Deberá asimismo acreditar la constitución de la garantía definitiva que sea procedente.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
3.- Una vez constituida la garantía definitiva y aportada la documentación señalada, el órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
4.- La adjudicación será motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, será publicada en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Ordizia (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx)
En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
5.- La adjudicación del contrato tendrá lugar en el plazo máximo de 10 dias a contar desde el siguiente a la apertura de las proposiciones. De no dictarse el acuerdo de adjudicación dentro del plazo señalado los licitadores tendrán derecho a retirar su oferta.
15ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.:
2. El contrato se formalizará en documento administrativo. Sin perjuicio de ello, cualquiera de las partes podrá solicitar su elevación a escritura pública, siendo de cuenta y cargo de quién lo solicite, los honorarios y gastos ocasionados como consecuencia de dicha elevación.
3.Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato en el plazo señalado, se resolverá el mismo, pudiendo en consecuencia adjudicar el contrato al licitador siguiente a aquél, por orden de sus ofertas y contando siempre con la conformidad del nuevo adjudicatario.
0.Xx podrá iniciarse la ejecución del servicio adjudicado sin la previa formalización del contrato 5.Una vez formalizado el contrato será publicado en la forma legalmente prevista. (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx).
16ª.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
1.- El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados en su caso. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte del Ayuntamiento de Ordizia. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, el Ayuntamiento de Ordizia podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades previstas en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2.- El contrato se entenderá aceptado por el contratista a su "riesgo y xxxxxxx", con arreglo al
artículo 215 del mismo texto.
17ª.- PLAZO DE GARANTÍA:
A los efectos previstos en el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público se establece un plazo de garantía de un año desde la finalización del contrato.
18ª.- RESOLUCION DEL CONTRATO.
Serán causas de resolución del contrato las previstas en la Ley 50/1.980, de 8 de octubre, reguladora del Contrato de Seguro.
Se establece como causa expresa de resolución del contrato la pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con el sector público (exigencias de capacidad del contratista y no estar incurso en causa de prohibición para contratar), en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
19ª.- REVISION DE PRECIOS.
La regularización de capitales y primas se efectuará, en su caso, de acuerdo a lo previsto en el Pliego de Condiciones Técnicas regulador de cada una de las modalidades del contrato.
20ª.- ARBITRAJE:
Por su parte, las diferencias que surjan entre las partes en relación con los efectos, grado de cumplimiento y extinción de los contratos que celebren podrán ser sometidos a arbitraje en los términos de la Ley 60/2003, de 23 de Diciembre, de Arbitraje.
10. CLAUSULAS LINGÜÍSTICAS
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6° y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, entre otros la Ordenanza Municipal de Ordizia de Euskera.
El Decreto 86/1997, de 15 xx xxxxx, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su artículo 18 establece las determinaciones que los planes de normalización del uso del euskera deben recoger, entre ellas la siguiente: "18 d) Medidas contempladas en materia de contratación, en particular, las tendentes a garantizar que aquellos servicios públicos que conlleven una relación directa con el usuario y se ejecuten por terceros sean prestados a los ciudadanos en condiciones lingüísticas similares a las que sean exigibles para la Administración correspondiente". En consecuencia, los pliegos de contratación de las Administraciones Públicas y sus organismos autónomos contendrán una cláusula que especifique en cada caso si deben aplicarse o no las determinaciones establecidas por el artículo 18.d) del Decreto 86/1997, de 15 xx xxxxx.
Los requerimientos lingüísticos que se recogen en el presente pliego de condiciones, constituyen una obligación esencial del contrato a los efectos del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato a los efectos señalados en el articulo 223 f) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En consecuencia, y puesto que este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística, el euskera y el castellano serán lenguas de servicio.
− Se garantizarán en todos los casos los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas.
− En sus relaciones con la administración o con terceros, las personas empleadas por la empresa contratada deben garantizar, en lo que a sus competencias lingüísticas se refiere, unas condiciones similares a las que de hecho se exijan a la administración contratante.
Las pólizas de seguros u otros trabajos que constituyan el objeto del contrato se realizarán en ambas lenguas oficiales.
La empresa adjudicataria actuará de conformidad con las normas lingüísticas que de hecho se apliquen en la Administración contratante, en todos los cometidos objeto del contrato; por ello, las relaciones tanto verbales como escritas de la empresa con la Administración se ajustarán a la lengua de trabajo de ésta última.
Seguimiento del grado de cumplimiento de los requerimientos lingüísticos:
La unidad administrativa promotora del contrato será responsable de hacer un seguimiento del cumplimiento de los requerimientos lingüísticos establecidos en él, de modo análogo al seguimiento del resto de condiciones y en plazos similares, dando cuenta de ello al Servicio de Euskera, quien dará su aprobación o propondrá medidas correctoras.
De conformidad con el artículo 52 y 222 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público:
- El responsable del contrato inspeccionará el cumplimiento del contrato, hará seguimiento de la correcta observancia de los requerimientos lingüísticos, y adoptará las decisiones y dictará las instrucciones necesarias a tal fin.
- El responsable del contrato realizará la inspección no solo a su finalización, sino de modo continuado, mediante soportes de seguimiento específicos, que permitan corregir los errores que se detecten.
I. ERANSKINA: Proposamen eredua
ANEXO I: Modelo de proposición
"D./Dña...................................................................., con DNI nº .............................., vecino/a de
....................., domicilio en .........................................................................., teléfono nº
.................................. (en su caso, fax nº .........................; correo electrónico ), en
plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en nombre propio (o en representación de
...................................................., C.I.F/D.N.I. nº.............................., con domicilio en ,
calle -o plaza, ............................................., etc ) enterado/x xxx Xxxxxx y demás condiciones facultativas
que han de regir la contratación de SEGUROS PATRIMONIALES 2013, hace constar:
I.- Que conoce el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y demás documentos obrantes en el expediente, que expresamente asume y acata en su totalidad.
II.- Que, en caso de resultar adjudicatario, ejecutará el contrato con sujeción en todo caso a los requisitos y condiciones dispuestos en el Pliego aprobado, así como al resto de las condiciones facultativas fijadas en el expediente.
III.- Que se obliga al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral, tributaria y de Seguridad Social.
IV.- Que se compromete, conforme a todo lo dicho, a ejecutar el contrato referenciado en las condiciones siguientes, desglosadas de la siguiente manera:
LOTE ÚNICO (Responsabilidad Civil/Patrimonial-Daños en bienes-Equipos Electrónicos): Importe Total pólizas €
Franquicicias ofertadas:
- RC €
- Daños en bienes €
- Equipos Electrónicos €
Mejoras objetivas.:
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En …………………….a …………de …………………de 2014 Fdo.: El/la Licitador/a