TÉRMINOS DE REFERENCIA
TÉRMINOS DE REFERENCIA
INVITACIÓN PÚBLICA No. 08 de 2016
CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGUROS COMPUESTO POR LAS POLIZAS DE INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS Y CYBER (RESPONSABILIDAD PROFESIONAL PARA PÉRDIDA DE DATOS) DE POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
VICEPRESIDENCIA FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA
Gerencia de Logística
JULIO DE 2016
TABLA DE CONTENIDO
CAPITULO 1 - INFORMACIÓN GENERAL 5
1.3. POTESTAD DE LA COMPAÑÍA 5
1.5. FINANCIACIÓN Y PRESUPUESTO ESTIMADO PARA LA CONTRATACIÓN 7
1.6. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 8
1.7. CONVOCATORIA VEEDURÍAS CIUDADANAS 9
1.8. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES 9
1.9. PUBLICIDAD, CONSULTA, RETIRO Y OBSERVACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA 9
1.10. APERTURA Y CIERRE DE LA INVITACIÓN 10
1.11. PLAZO PARA LA ENTREGA DE LAS PROPUESTAS 11
1.12. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE 11
1.13. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 12
1.14. PROPUESTAS PARCIALES Y ALTERNATIVAS 13
1.15. PRUEBA Y EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 13
1.16. ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS PRESENTADAS 14
1.17. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 14
1.18. INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA 15
CAPITULO 2 - INFORMACIÓN GENERAL Y REQUISITOS MÍNIMOS DE CONTRATACIÓN 16
2.1. COMPROMISOS ANTICORRUPCIÓN 16
2.4. ASPECTOS TÉCNICOS HABILITANTES 24
CAPITULO 3 - EVALUACIÓN DE CRITERIOS HABILITANTES Y SELECCIÓN DEL PROVEEDOR 33
3.1. CRITERIOS DE VERIFICACIÓN 33
3.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN 37
3.4. CAUSALES DE RECHAZO Y ELIMINACIÓN DE LAS PROPUESTAS 41
3.6. PROHIBICIONES, INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES 43
CAPITULO 4 - CONDICIONES DEL CONTRATO 44
4.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 44
4.2. OBLIGACIONES DE POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. 45
4.5. PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN 46
4.8. SUJECIÓN DE LA CUANTÍA Y PAGO A LAS APROPIACIONES XXXXXXXXXXXXXX 00
XXXXX 0. MODELO CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 48
ANEXO 2. CUADRO DE RESUMEN ECONÓMICO DE LA OFERTA 50
ANEXO 3. FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA 51
ANEXO 4. EXPERIENCIA ESPECÍFICA XXX XXXXXXXXXX 00
XXXXX 0. MODELO CERTIFICACIÓN PAZ Y SALVO POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y XXXXXXXXXXXX 00
XXXXX 0. MODELO FORMATO PARA CONFORMACIÓN DE CONSORCIO 54
ANEXO 7. MODELO FORMATO PARA CONFORMACIÓN DE UNIÓN XXXXXXXX 00
XXXXX 0. FORMULARIO SEGURO DE INFIDELIDAD Y RIESGOS XXXXXXXXXXX 00
XXXXX 0. FORMULARIO SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL 00
XXXXX 00. FORMULARIO SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL PARA PÉRDIDA DE DATOS (CYBER) 00
XXXXX 00. INFORMACIÓN SINIESTRAL 00
XXXXX 00. CONDICIONES TÉCNICAS BÁSICAS OBLIGATORIAS - SEGURO DE INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS 00
XXXXX 00. CONDICIONES TÉCNICAS BÁSICAS OBLIGATORIAS SEGURO RESPONSABILIDAD PROFESIONAL POR PÉRDIDA DE DATOS 00
XXXXX 00. CONDICIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS Y DEDUCIBLES –SEGURO DE INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS 00
XXXXX 00. CONDICIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS Y DEDUCIBLES – CYBER. 00
XXXXX 00. MATRIZ DE RIESGOS 71
INTRODUCCIÓN
Positiva Compañía de Seguros S.A., a través de su Vicepresidencia Financiera y Administrativa, pretende contratar las pólizas de seguros de Infidelidad y Riesgos Financieros y Cyber, que le permitirán cubrir algunos de sus intereses asegurables.
ACERCA DE POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., es una entidad aseguradora, organizada como sociedad anónima que, como consecuencia de la participación mayoritaria del Estado tiene el carácter de entidad descentralizada indirecta del nivel nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente sometida al Régimen de Empresas Industriales y Comerciales del Estado.
La sociedad tiene por objeto la realización de operaciones de seguros de vida individual y afines, bajo las modalidades y los xxxxx facultados expresamente; de coaseguros y reaseguros en los mismos xxxxx facultados; y como Administradora de Riesgos Laborales en aplicación de la Ley 100 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas que los modifiquen o adicionen, el desarrollo de todas aquellas actividades que por ley sean permitidas a este tipo de sociedades.
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., dentro de su política Integral de Calidad, Seguridad, Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente, está comprometida en orientar su gestión a la obtención de beneficios y resultados en forma eficiente, eficaz y efectiva para sus asegurados y busca fortalecer las prácticas gerenciales, operativas y administrativas de forma integral, por lo cual se obliga a implantar Sistemas Integrales de Gestión –SIG- y a mejorar continuamente los procesos, con un equipo humano idóneo y competente, ejerciendo un autocontrol integral, encaminados al cumplimiento de su función social y al logro de la rentabilidad esperada por sus accionistas, a través de la mejora continua y los fines esenciales del estado, conforme a los requisitos establecidos en el marco legal, y una adecuada gestión de riesgos.
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., también está comprometida a proteger a su talento humano para que no sufra incidentes de trabajo, ni enfermedades profesionales y a prevenir la contaminación ambiental, mediante la implementación de programas de gestión acordes con los riesgos e impactos y el cumplimiento de los requisitos legales.
CAPITULO 1 - INFORMACIÓN GENERAL
1.1. OBJETO
Positiva Compañía de Seguros S.A., a través de su Vicepresidencia Financiera y Administrativa está interesada en recibir propuestas para la contratación de las pólizas de Infidelidad y Riesgos Financieros y Cyber (responsabilidad profesional por pérdida de datos).
El proponente deberá ofrecer el servicio de acuerdo con lo especificado en este documento. Positiva Compañía de Seguros S.A. se reserva el derecho de modificar, disminuir y/o suspender el proceso. El desarrollo de esta invitación no implica obligación a contratar por parte de Positiva Compañía de Seguros.
De evidenciarse en el tracto sucesivo una condición que haga necesario reajuste xx xxxxx/coberturas (incluyendo pero sin limitarse a condición técnica, legal, xx xxxxxxx, negociación, conveniencia para la Entidad), la compañía detenta la potestad para reajustarlos en el marco del seguro contratado, guardando un principio de materialidad.
1.2. NORMATIVIDAD APLICABLE
El régimen jurídico aplicable a la presente Invitación Pública y al contrato que de ella se derive será el previsto en la Constitución Política, en lo pertinente en las normas civiles y comerciales y en especial lo establecido en los Estatutos y en el Manual de Contratación de la Compañía, numeral 1 Invitación Pública, literal f) Modalidades de Selección, que establece el procedimiento a desarrollarse cuando se trata de la modalidad de contratación denominada Invitación Pública.
1.3. POTESTAD DE LA COMPAÑÍA
Esta invitación no obliga a la entidad a contratar, ni a reconocer ningún tipo de gasto que incurra la persona jurídica en la elaboración de la oferta, ni a otro tipo de reconocimiento o emolumento. Así mismo, la entidad se reserva el derecho de modificar, suspender y/o dar por terminado en cualquier etapa del proceso sin que se llegue a la Adjudicación del mismo.
1.4. PERFIL DEL CONTRATISTA
En el presente proceso de selección podrán participar personas jurídicas nacionales individualmente, en consorcio, en unión temporal que no infrinjan las normas constitucionales y legales colombianas, que cumplan con los requisitos establecidos de la manera que se exige en estos Términos. Se da por entendido que los proponentes están debidamente autorizados ante los entes correspondientes para explotar los xxxxx de seguros que ofrecen.
No se aceptan propuestas bajo la modalidad de coaseguro, al igual que no podrán presentar ofertas, ya sea de manera individual o a través de consorcios o uniones temporales, compañías que no tengan autorizado alguno o algunos de los xxxxx para los cuales presentan oferta.
1.4.1. REQUISITOS GENERALES
1. Garantizar el manejo confidencial de la información de la Compañía, que con objeto del contrato llegare a conocer y garantizar que el uso de la misma solo será para fines del desarrollo y cumplimiento del objeto del contrato.
2. Garantizar que si con objeto del desarrollo del contrato y utilizando los recursos para ello dispuestos, el proveedor que preste el servicio llegase a generar un producto, éste será de propiedad exclusiva de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
3. El oferente debe garantizar el uso correcto de la imagen corporativa de Positiva Compañía de Seguros S.A. de acuerdo con lo establecido en el manual que para ello se definió por la Compañía.
4. El proponente deberá ejecutar en su totalidad las actividades encomendadas según los requisitos técnicos definidos y asumir la entrega de los informes a los centros de costo, previa revisión y autorización del Supervisor del Contrato.
5. El proponente debe garantizar la entrega de los informes de gestión y avance con periodicidad mensual o los que le sean requeridos por el supervisor del contrato.
6. El proponente debe garantizar que asistirá a los comités que con objeto del desarrollo del contrato se llegasen a convocar por la entidad contratante o por la supervisión del contrato.
7. El proponente debe garantizar un archivo organizado con los soportes de las actividades por centro de costo y permitir la revisión y verificación de los mismos a quien haga las veces de la supervisión según los tiempos y periodicidad de revisión concertados.
8. El proponente deberá informar si cuenta o no, con el programa de salud ocupacional y el cronograma de actividades de Salud Ocupacional y garantizar la afiliación en seguridad social del equipo que trabaje en el contrato que se llegaré a celebrar.
9. El oferente deberá Informar si su empresa está certificada en sistemas de Gestión Integral, indicando la norma en la cual está certificada o en proceso de certificación y la fecha en que la certificación fue expedida.
1.4.2. REQUISITOS DEL CLIENTE
Para una buena prestación del servicio el cliente, Positiva Compañía de Seguros S.A. requiere:
1. La prestación de un servicio oportuno y confiable.
2. El producto entregado al cliente debe cumplir con los requisitos técnicos definidos para dicho producto.
3. Cualquier producto solicitado y que no cumpla con los requisitos exigidos se devolverá y el proveedor debe elaborarlo nuevamente, de lo contrario no se contabilizará en la cuenta de ese periodo. Esto no debe modificar los tiempos de entrega.
4. Durante la prestación del servicio se requiere una actitud proactiva por parte del proveedor, orientada a la asesoría permanente y al acompañamiento en el proceso que se contrata a través de esta Invitación.
5. El proveedor debe garantizar que el servicio prestado responda a las necesidades previstas en el plan de trabajo.
6. El proveedor debe estar en contacto permanente con los coordinadores regionales y/o locales asignados a los diferentes centros de costo.
Por lo anterior, el proponente interesado debe garantizar y desarrollar en la propuesta las estrategias consideradas para el cumplimiento de los requisitos del Cliente.
1.5. FINANCIACIÓN Y PRESUPUESTO ESTIMADO PARA LA CONTRATACIÓN
El valor del presupuesto oficial estimado para la presente contratación es hasta MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS
$1.544.640.000) (valor que incluye IVA si hay lugar), el cual se detalla en el siguiente cuadro:
GRU PO | PÓLIZAS | Presupuesto vigencia 2016-2017 | Presupuesto vigencia 2017-2018 | Presupuesto vigencia 2018-2019 | TOTAL |
1 | INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS – IRF(*) | $484.880.000 | $484.880.000 | $484.880.000 | $1.454.640.000 |
2 | CYBER - Nueva | $30.000.000 | $30.000.000 | $30.000.000 | $90.000.000 |
Total | $514.880.000 | $514.880.000 | $514.880.000 | $1.544.640.000 |
(*) Incluye póliza de responsabilidad civil profesional en condición complementaria.
El valor estimado del contrato es indeterminado pero determinable según la demanda de aseguramiento. El cálculo se hará tomando los valores asegurables y multiplicándolos por las tasas que resultaren del proceso de negociación de este proceso.
El presupuesto destinado para esta contratación está amparado con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 2016000267, 2017000026 y 2018000006.
El presupuesto para esta contratación se estimó con base en las condiciones del seguro actualmente vigente para POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. y considerando las condiciones de una cartera de clientes del sector oficial en recientes adjudicaciones.
Por favor considerar:
La propuesta que sobrepase el presupuesto oficial estimado para el Grupo al cual se presente será rechazada en relación con el grupo donde sobrepase el presupuesto oficial.
Los proponentes PODRÁN presentar oferta para uno, varios o todos los grupos, ya sea en forma independiente, en Consorcio o en Unión Temporal. No obstante, una misma persona jurídica no podrá presentarse simultáneamente para este proceso en consorcio y/o unión temporal y/o de manera independiente (aun con la adjudicación por grupos), so pena de rechazo.
1.6. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El (los) contrato(s) de seguros tendrá(n) vigencia a partir del inicio de cobertura, establecido en el numeral 1.17-CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN hasta por un mínimo de 36 meses. Para los efectos, en la xxxxx xx xxxxxx provisional (ver numeral 2.4.3- EMISIÓN DE NOTAS DE COBERTURA, PÓLIZAS Y PERFECCIONAMIENTO) debe indicar la vigencia técnica total adjudicada por cada una de las pólizas y expedirá anexos de cobro de la prima por cada periodo anual, en un todo, de acuerdo con los valores presupuestados para cada año fiscal y a los valores asegurados alcanzados, ajustados con base en las condiciones de seguro ofrecidas.
Los plazos anteriormente citados podrán modificarse y/o prorrogarse según requerimiento de Positiva Compañía de Seguros S.A.
Cláusula de ajuste
Considerando la contratación a largo plazo y exclusivamente la posibilidad de una eventual variación de las condiciones del riesgo, que pudiese generarse en la vigencia contratada y que afecte los resultados técnicos de las pólizas se permitirá revisión de términos bajo las siguientes condiciones:
Puede manejarse suscripción anual de las pólizas (expedición anual de certificado de vigencia y cobro, la que no deberá ser entendida como renovación entre tanto se encuentre en el periodo de adjudicación inicial.
Las condiciones ofrecidas en la propuesta presentada se mantendrán durante la vigencia adjudicada (y sus extensiones en tiempo), sin ninguna modificación de las condiciones de aseguramiento, tasas, deducibles, condiciones generales y particulares; sin embargo Positiva Compañía de Seguros S.A. acepta la revisión de términos por periodos anuales, que deben estar soportados por situaciones de siniestralidad, cambios sustanciales en el estado del riesgo como: incremento superior al 50% en el número de funcionarios, de predios y estados financieros
La(s) Compañía(s) de Seguros debe(n) presentar, con una anticipación no inferior a 30 días calendario antes de finalizar cada vigencia anual contratada y/o prórrogas (o cualquier forma de extensión), los certificados de cobro a Positiva Compañía de Seguros S.A., a fin de realizar los trámites y registros para el pago de las primas correspondientes.
En el evento que se presenten renovaciones, restablecimientos o prórrogas, Positiva Compañía de Seguros S.A. se reserva el derecho de aceptar o rechazar las condiciones que la(s) Aseguradora(s) ofrezca(n) para el período solicitado y siguiente al evaluado, así como también, en el caso de considerarlo conveniente para los intereses de la Entidad, podrá adelantar la negociación de las mismas con la(s) Compañía(s) de Seguros. Para
este tema deberá el asegurador contemplar como mínimo los términos de revocación establecidos en las condiciones técnicas básicas de cada uno de los xxxxx.
Queda entendido, convenido y aceptado que las pólizas podrán ser revocadas unilateralmente por el Asegurado en cualquier momento de la vigencia del seguro, mediante noticia escrita enviada a la dirección comercial del asegurador. La prima de seguro no devengada será liquidada a prorrata, sin la aplicación de corto plazo o penalización alguna.
Si el asegurador invoca la revocación/no renovación/no prórroga de los seguros, la Entidad espera recibir retroalimentación detallada con respecto a las motivaciones que generan esta decisión.
1.7. CONVOCATORIA VEEDURÍAS CIUDADANAS
Positiva Compañía de Seguros S.A. invita a todos los interesados y a las veedurías ciudadanas para que participen con las recomendaciones escritas y oportunas, en las etapas precontractual, contractual y pos contractual que la Entidad adelanta.
1.8. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Para la contratación de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. se aplicará el régimen jurídico de inhabilidades e incompatibilidades previsto en la Constitución y en las leyes para la contratación estatal.
En el evento que surja inhabilidad o incompatibilidad en un oferente, se entiende que renuncia a la participación y a los derechos adquiridos en el mismo. Si sobreviene en un contratista, debe realizarse la cesión del contrato, previa autorización de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. y si sobreviene en uno de los miembros del consorcio o unión temporal, éste debe ceder su participación a un tercero, previa autorización de la Compañía.
1.9. PUBLICIDAD, CONSULTA, RETIRO Y OBSERVACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. realizará la publicidad de la invitación en su página Web.
Los interesados en hacer observaciones a los presentes pre- términos, podrán hacerlo durante las fechas previstas en el cronograma y a través de cualquiera de las siguientes opciones:
CORREO ELECTRÓNICO | con copia a:xxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxxxx.xxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, xxxxxx.xxxxxx@xxx.xxx, xxxx.xxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx |
COMUNICACIÓ N FÍSICA | Documento radicado en la Casa Matriz de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., ÚNICAMENTE y dirigido a la Vicepresidencia Financiera y Administrativa y /o Gerencia de Xxxxxxx y Contratación de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., Xxxxxxx Xxxxxxx 00 (Xxxxxxxxx Xxxxx) Xxx. 00-00, Xxxx 0 – Correspondencia. |
Los escritos deberán indicar en el asunto, dependiendo al proceso que se presenten “Observación a los Términos de Referencia: INVITACION PUBLICA Nº 08 – 2016
CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGUROS GENERALES DE LA ENTIDAD”.
Respuestas a la solicitud de aclaraciones: Las respuestas se darán a través de uno de los correos electrónicos y en ningún caso suspenderán los plazos establecidos en los presentes términos de referencia ni constituirán por sí sola modificación de éstos.
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. se reserva la discrecionalidad de responder o publicar las observaciones recibidas después de la fecha señalada en el cronograma.
Se entiende para todos los efectos del presente proceso, que la única correspondencia oficial y susceptible de controversia será la que se envíe a la Vicepresidencia Financiera y Administrativa y/o a la Gerencia de Compras y Contratación de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
En el evento de considerarse la modificación a los términos de referencia ésta se hará mediante adendas, numeradas en forma consecutiva, las cuales formarán parte integral de los términos de referencia y serán publicadas en la página Web de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
Igualmente, mediante adendas, la Compañía podrá prorrogar el plazo de la presentación de las propuestas. Por lo tanto carecerá de validez las informaciones, modificaciones o aclaraciones suministradas en forma verbal por cualquier servidor de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
Los términos de referencia y las adendas deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada.
1.10. APERTURA Y CIERRE DE LA INVITACIÓN
Ver numeral 1.17-CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El acto de apertura, se entenderá perfeccionado con la publicación de los términos de referencia definitivos.
Dentro del proceso de cierre se diligenciarán dos formatos:
1. Recepción propuestas identificado con el código VFA-RE-RP-04 (o el vigente, en caso de ser actualizado), este formato deberá diligenciarlo la persona que haga el depósito de la propuesta en la urna dispuesta para el efecto.
2. Apertura de propuestas identificado con el código VFA-RE-ADP-04 (o el vigente, en caso de ser actualizado), este formato deberá diligenciarlo un servidor de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. de acuerdo con los datos solicitados en el mismo y una vez se haga la apertura de la propuesta frente a los asistentes que se queden al momento del cierre, deberá ser suscrito por los servidores de POSITIVA que asisten al cierre y podrá ser firmado por los terceros asistentes que asisten al mismo.
Cuando POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. lo estime conveniente, el plazo del cierre de la convocatoria se podrá prorrogar.
1.11. PLAZO PARA LA ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
LUGAR Y FECHA | REGISTRO DE ENTREGA DE PROPUESTAS |
Contendrá: Xxxxx, hora, nombre o razón social del Proponente y nombre de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente la entrega de la propuesta. |
Las propuestas deben ser depositadas en la urna dispuesta por POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. para los efectos de este proceso y de manera personal.
No se tendrán en cuenta y por lo tanto no serán objeto de habilitación y calificación las propuestas que lleguen a POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.:
1. Por correo postal.
2. Fax.
3. Correo electrónico.
4. Después de la hora señalada en los presentes términos, el día del cierre (éstas propuestas no se recibirán por parte de la Compañía)
5. Presentadas en medio magnético únicamente.
6. Radicadas en la Oficina de Correspondencia de la Compañía.
En estos eventos los sobres respectivos serán devueltos a través de correo certificado.
Los funcionarios de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., en el día y a la hora señalada para el cierre de la contratación, declararán el cierre de manera pública, de tal forma que los asistentes, oferentes y funcionarios presentes en la diligencia de cierre sean testigos del cierre oficial. Así mismo, queda claro que para la aplicación de la fecha y hora señaladas, se tendrá como lugar de presentación de las ofertas exclusivamente el señalado en este numeral, por tal motivo las ofertas presentadas por fuera de la hora de la aquí señalada, o en un lugar distinto se devolverán en el estado en que fueron presentadas por los oferentes.
Para evitar discrepancias respecto a la puntualidad de la hora de cierre de la invitación, POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. utilizará la hora legal para Colombia suministrada por el Instituto Nacional de Metrología a través de su página WEB. Se solicita a los participantes verificar con anterioridad esta referencia horaria para evitar cualquier incongruencia.
1.12. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE
El Proponente debe examinar cuidadosamente los documentos de la invitación e informarse sobre todas las condiciones y circunstancias que puedan afectar de alguna manera el cumplimiento del objeto de la misma. Con la presentación de la propuesta se entenderá que el Proponente ha aceptado que los documentos son adecuados, suficientes y están completos para atender el objeto de la futura contratación.
1.13. ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
El proponente presentará su oferta ajustada en todos los aspectos a los presentes términos de referencia y anexará la documentación e información exigida.
Si existiere discrepancia entre cifras y textos, se dará prelación a lo consignado en los textos. En las discrepancias entre textos, que no puedan despejarse con simple raciocinio, prevalecerá el último texto consignado.
Los documentos de la propuesta no deben presentar tachaduras, borrones o enmendaduras que den lugar a diferentes interpretaciones o inducir a error, a menos que se haga la salvedad correspondiente, mediante confirmación con la firma del Proponente o en su defecto, validada(s) en la carta de presentación de la oferta. Sin este requisito las enmiendas no se considerarán válidas.
Las propuestas deberán ser presentadas impresas, sus hojas anilladas y todos sus documentos foliados consecutivamente en orden ascendente, iniciando desde el 01 e incluyendo las caratulas y hojas de índice, como también los medios magnéticos. En la carta de presentación deberá indicarse el número total de folios, el valor en letras y números de su propuesta y un índice donde se relacione el contenido total de la propuesta.
La propuesta debe presentarse en cuatro (4) capítulos separados que detallen los siguientes temas y en el orden que a continuación se establece:
1. Información General y Jurídica
2. Información Financiera
3. Propuesta Técnica
4. Propuesta Económica
La propuesta deberá ser presentada en un (1) original impreso y en un (1) medio digital en formato PDF con seguridad de edición y copia, en un (1) sobre cerrado que deberá identificarse como ORIGINAL con todos los documentos y anexos relacionados y la propuesta en medio digital, debidamente rotulado y que no permitan confusión con otros medios digitales entregados.
El sobre deberá estar cerrado y rotulado de manera que se identifique el nombre y número y objeto de la invitación, el nombre del proponente, su dirección y teléfono. En caso de que haya discrepancias entre la información de los medios magnéticos y la impresa, primará la impresa.
Las propuestas deberán referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en los Términos de Referencia.
Las fotocopias que se anexen a las propuestas deberán ser completamente legibles, si las fotocopias no son legibles, se tendrá como un folio no presentado.
La propuesta debe contener el nombre o razón social, residencia, domicilio comercial, números telefónicos fijos y móviles, correos electrónicos y número de fax del proponente.
La propuesta, tanto el original como el medio digital, deberá llevar el nombre del proponente, la firma del Representante Legal o de la persona autorizada para presentarla.
La propuesta deberá ser presentada en idioma español.
El precio total de la propuesta deberá ser en pesos colombianos, se indicará en números y en letras, incluyendo todos los costos directos e indirectos para la ejecución del contrato, tales como gastos de legalización, impuestos, pago de personal, viáticos y gastos de transporte, gastos de comunicaciones, compra de materiales, insumos, papelería, utilidad, etc. En caso de discrepancia entre el valor consignado en números y el señalado en letras, se tomará este último.
Los presentes términos de referencia incluyen los Anexos que deberán diligenciar completamente los proponentes, a efectos de suministrar la información necesaria para la evaluación de la propuesta. Los Anexos también deben ser entregados en medios magnéticos, preferiblemente en la aplicación utilizada para su publicación y sin restricción para impresión y/o copia de textos.
Como facilidad para la elaboración de propuestas, la Entidad podrá publicar archivos de la licitación en formato de origen (ej: procesador de palabra, hoja de cálculo). No obstante lo oficial es lo publicado en PDF. Positiva Compañía de Seguros no asume responsabilidad alguna por el uso de los archivos publicados en aplicación de origen.
1.14. PROPUESTAS PARCIALES Y ALTERNATIVAS
El oferente deberá presentar una propuesta por grupo o grupos de pólizas. Positiva Compañía de Seguros S.A. no aceptará propuestas parciales, alternativas y/o incompletas dentro de los grupos objeto de la presente invitación. No obstante, la entidad se reserva el derecho de contratar los seguros para todos los bienes o excluir los que a su criterio considere dejar sin cobertura, así como el de adjudicar por un término diferente o parcial de acuerdo con su presupuesto y conveniencia, por grupos de pólizas.
1.15. PRUEBA Y EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Al presentar propuesta, el Proponente acepta la totalidad de los Términos de Referencia y exigencias previstas en los documentos de la presente invitación; las salvedades, y/o condicionamientos darán lugar a que la propuesta no sea elegible.
Por la sola presentación de la propuesta se considera que el Proponente ha estudiado en forma completa las especificaciones, anexos y demás documentos del proceso; que recibió las aclaraciones necesarias por parte de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., sobre inquietudes o dudas previamente consultadas y aceptan que estos términos de referencia son completos, compatibles y adecuados para identificar los trabajos que se contratarán, que están enterados a satisfacción en cuanto al alcance del servicio y que han tenido en cuenta todo lo anterior para fijar los precios, plazos y demás aspectos de su propuesta, necesarios para la debida ejecución.
El Proponente entiende y acepta que, en el evento de resultar favorecido con la adjudicación y suscriba el contrato correspondiente, en su calidad de Contratista asume todas las obligaciones necesarias para el debido cumplimiento del objeto de este encargo, y en especial debe actuar con toda la diligencia y cuidado que le son propias a la naturaleza del contrato, de conformidad con el artículo 1603 del Código Civil y normas concordantes.
La circunstancia que el Proponente con el que se celebre el contrato objeto del presente proceso, no haya estudiado o verificado toda la información que pueda influir en la determinación de su propuesta, no lo eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que le correspondan, ni le dará derecho a reclamaciones, reembolsos o ajustes de ninguna naturaleza.
1.16. ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS PRESENTADAS
Dentro del más estricto respeto por el tratamiento igualitario a los Proponentes, POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. podrá solicitar, a todos o a cualquiera de ellos, las aclaraciones o informaciones que estime pertinente, a fin de despejar cualquier punto dudoso o equívoco de las propuestas.
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. se reserva el derecho de analizar las respuestas de los Proponentes en estos casos y de evaluar si ellas aclaran o explican lo solicitado. Estas aclaraciones o explicaciones no servirán para adicionar o modificar la propuesta. POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. tomará de las aclaraciones y explicaciones únicamente los aspectos que satisfagan su interés de aclaración.
1.17. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Actividad | Fecha (dd/mm/aaaa) |
Apertura del proceso y publicación de términos de referencia definitivos | 14/07/2016 |
Cierre de la Invitación | 19/07/2016, hasta las 4:00 p.m. La urna se ubicará en el piso 1 de la Xx.Xx.00 Xx. 00-00, Xxxxxx X.X. |
Publicación de habilitaciones jurídica, financiera, técnica e informe de evaluación técnica y económica | 21/07/2016 |
Observaciones al resultado de las habilitaciones y evaluaciones | 22/07/2016 hasta las 12 m. |
Comunicado de adjudicación | 25/07/2016 |
Inicio de cobertura | 26/07/2016 a las 00:00 horas |
1.18. INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Los Términos de Referencia deben ser interpretados como un todo, por lo que sus disposiciones no pueden ser entendidas ni interpretadas de manera separada al que indique su contexto general. Los plazos establecidos en los Términos de Referencia y en sus anexos, se entenderán como días hábiles y los meses como calendario, salvo que de manera expresa se indique lo contrario; cuando el vencimiento de un plazo no corresponda a un día hábil o laborable, el vencimiento del plazo se trasladará al día hábil siguiente; el día sábado no se considera como día hábil.
Los Términos de Referencia harán parte del contrato de seguros que se celebre.
CAPITULO 2 - INFORMACIÓN GENERAL Y REQUISITOS MÍNIMOS DE CONTRATACIÓN
2.1. COMPROMISOS ANTICORRUPCIÓN
El Proponente apoyará la acción del Estado Colombiano y de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas, y en este contexto deberá asumir explícitamente y hacer su manifestación por escrito dentro de la presentación de su propuesta, los siguientes compromisos, sin perjuicio de su obligación de cumplir la ley colombiana:
El Proponente se compromete a no ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago o dádiva a ningún funcionario en relación con su Propuesta, con el proceso de Invitación o de contratación, ni con la ejecución del Contrato que pueda celebrarse como resultado de su Propuesta.
El Proponente se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado suyo o un tercero independiente, lo haga en su nombre.
El Proponente se compromete al cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia, y especialmente de aquellas que rigen la presente Invitación y la relación contractual que podría derivarse de ella, y se impone la obligación de no ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago corrupto a los funcionarios de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., ni a cualquier otro funcionario público que pueda influir en la Adjudicación de la Invitación, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan influir sobre la Adjudicación, ni de ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., durante el desarrollo del contrato que se suscribiría de ser elegida su Propuesta.
El Proponente se compromete formalmente a no celebrar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto la colusión en la Invitación.
2.2. ASPECTOS JURÍDICOS Participantes
En el presente proceso de selección podrán participar personas jurídicas nacionales individualmente, en consorcio, en unión temporal que no infrinjan las normas constitucionales y legales colombianas, que cumplan con los requisitos establecidos de la manera que se exige en estos Términos. Se da por entendido que los proponentes están debidamente autorizados ante los entes correspondientes para explotar los xxxxx de seguros que ofrecen.
Los documentos de la propuesta deben presentarse en el siguiente orden y serán de obligatorio cumplimiento:
2.2.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Aportar en original la Carta de Presentación de la Propuesta (ANEXO 1), firmada por el Representante Legal del Proponente indicando todos los datos requeridos.
Se debe tener en cuenta:
En caso que la información y soportes suministrados en la propuesta no coincidan con la condición o naturaleza (Persona Xxxxxxxx) con que fue suscrito el ANEXO 1, este se tendrá como no presentado y generará el rechazo de la propuesta.
Cuando la carta de presentación de la propuesta no guarde concordancia con lo manifestado en la propuesta económica, predominará la información contenida en la carta de presentación de la propuesta. Para estos efectos, la entidad se reserva el derecho de solicitar aclaración.
2.2.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
El proponente, deberá anexar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con los siguientes requisitos:
Fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre de esta Invitación. Cuando se prorrogue la fecha de cierre esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre.
Objeto social: Debe contener la expedición de seguros
El término de duración de la sociedad no podrá ser inferior al del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. La sociedad deberá haberse constituido con dos o más años de anterioridad, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación.
En caso que el Representante Legal tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la sociedad debe adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato mínimo hasta por el valor del presupuesto oficial estimado.
Las personas jurídicas miembros de Consorcios y Uniones Temporales, deberán comprobar su existencia y representación mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio correspondiente.
2.2.3. AUTORIZACIÓN DEL ÓRGANO SOCIAL COMPETENTE
Copia del acta o del extracto del acta del órgano directivo de la sociedad que autorice a su representante legal para participar en el presente proceso y suscribir el contrato, en el caso en que, de acuerdo con el Certificado de Existencia y Representación Legal tenga limitaciones para contraer alguna obligación en caso de aquella.
2.2.4. CERTIFICADO EXPEDIDO POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Certificado de constitución y representación, así como de la vigencia de inscripción del proponente como Compañía de Seguros, expedido dentro de los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
El proponente deberá anexar el correspondiente certificado sobre constitución, representación legal y autorización para operar cada uno de los xxxxx de seguro y productos afines para los cuales presente oferta.
El no estar acreditado el proponente por la Superintendencia Financiera de Colombia en los términos del presente numeral al momento del cierre, dará lugar al rechazo jurídico de la oferta.
2.2.5. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
El Proponente presentará con la propuesta, el original de una garantía de seriedad de la misma a favor de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. (Entidades Estatales), expedida por una Compañía de Seguros, legalmente establecida en Colombia, o garantía bancaria.
Dicha garantía debe ser constituida por el diez (10%) por ciento, del valor del PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO POR GRUPO O GRUPOS AL (LOS) CUAL (LES) PRESENTA OFERTA,
con una vigencia de tres (3) meses, contados a partir del cierre de la presente Invitación.
Si se llegare a prorrogar el plazo de la Invitación, los Proponentes deben ampliar la vigencia de la póliza a solicitud de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la Garantía de Seriedad debe ser tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal indicando sus integrantes, y no a nombre del Representante del Consorcio o de la Unión Temporal.
Cuando la Póliza de Seguros o la Garantía Bancaria no sea expedida de acuerdo con los requerimientos de los presentes términos, el Proponente debe modificarla dentro del día hábil siguiente al requerimiento que le efectúe POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., de lo
contrario incurrirá en causal de rechazo de la propuesta.
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Propuesta en los siguientes casos:
Cuando el oferente no amplíe la vigencia de la Garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato sea prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
Cuando el oferente solicite el retiro de su oferta después de la fecha de cierre de la presente Invitación.
Cuando el Proponente favorecido con la adjudicación no concurra a expedir o a constituir la xxxxx xx xxxxxx provisional y/o las pólizas objeto del presente proceso, dentro del plazo señalado por la Entidad.
2.2.6. RECIBO DE PAGO DE LA PÓLIZA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA O CONSTANCIA
El proponente debe presentar con su propuesta el original o copia del recibo de pago de la póliza de seriedad de la propuesta. El proponente debe presentar con su propuesta el recibo o constancia de pago de la prima, o una constancia de la Compañía Aseguradora en la cual se exprese que la póliza no expirará por falta de su pago o por revocación unilateral.
En caso de siniestro, la Garantía de Seriedad de la Oferta del oferente deberá responder por el total del valor asegurado a título de sanción.
2.2.7. PAZ Y SALVO POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES
El proponente debe presentar con su propuesta, Certificación xx Xxx y Salvo en el pago de aportes a la Seguridad Social Integral y Parafiscales según corresponda, así:
Para personas jurídicas:
Acreditar el pago de los aportes de sus empleados a la EPS, al fondo de pensiones y a la ARL. Así mismo deberá acreditar el pago por concepto de los aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar), mediante certificación expedida por el revisor fiscal o por el Representante Legal, según el caso.
Dicho documento debe certificar que ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la presentación de la propuesta, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos, de conformidad con el artículo 50 de la ley 789 de 2002.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe acuerdo de pago y que se encuentra al día en cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago.
En el evento que el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal, cada una de las personas naturales o jurídicas que lo integren deberá acreditar que se encuentra en paz y a salvo por concepto de aportes de seguridad social y parafiscales de sus empleados a la fecha de presentación de su propuesta, según lo establecido a este respecto en los literales anteriores. La omisión de este documento es subsanable.
Nota: El ANEXO 5 corresponde a un modelo para certificar lo mencionado en este punto. No obstante, si el proponente cuenta con uno diferente por parte de su firma de revisoría fiscal, éste será aceptado siempre y cuando contemple la materialidad del presente requerimiento.
2.2.8. CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Los integrantes de los Consorcios o Uniones Temporales deben cumplir las condiciones señaladas en el artículo 6, 7 y 9 de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes, teniendo en cuenta las específicas que a continuación se describen:
a) Nombre completo de los integrantes con el documento de identidad de cada uno, y NIT en caso de personas jurídicas.
b) Indicar el título conforme al cual se presenta la propuesta (Consorcio o Unión Temporal)
c) Domicilio de cada uno de los integrantes.
d) Indicación del porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.
e) La duración del Consorcio o de la Unión Temporal será igual al término de ejecución del contrato y cinco (5) años más.
f) En caso de Unión Temporal señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
g) Designación del Representante Legal del Consorcio o Unión Temporal.
h) Objeto del Consorcio o Unión Temporal, el cual será el mismo del contrato que llegare a suscribirse.
i) Firmas de los integrantes.
La omisión de este documento o de cualquiera de los requisitos anteriores, con excepción del literal b), no es subsanable.
Además se debe tener en cuenta:
Los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal responderán por todas y cada una de las obligaciones, o de las sanciones en caso que se les apliquen, derivadas de la presentación de la propuesta o del contrato de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes.
Las personas o firmas que integran el Consorcio o la Unión Temporal deben acompañar los documentos requeridos en los presentes términos de referencia como si participaran en forma independiente.
Determinar las reglas básicas que regulan las relaciones entre los miembros del Consorcio o Unión Temporal y el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del Consorcio y la Unión Temporal, según sea el caso.
La manifestación expresa de que ninguna de las partes podrá ceder su participación en el Consorcio o en la Unión Temporal a los demás integrantes de los mismos, según sea el caso.
En ningún caso se podrá participar con más de una (1) propuesta al tiempo, ya sea que se actúe como persona jurídica como Consorcio o Unión Temporal.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los miembros de los proponentes plurales deberá tener autorizados por la Superintendencia Financiera, los xxxxx del Grupo a los que presente propuesta.
Para todos los efectos, la aseguradora líder será el único interlocutor válido y autorizado ante POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. durante este proceso y posteriormente a la Adjudicación.
NOTA: POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., podrá solicitar a los oferentes la presentación de documentos y/o aclaraciones a la oferta que se consideren necesarios y que no se encuentren enunciados en el presente numeral, o no hayan sido presentados dentro de la propuesta. El término para la solicitud de la documentación será el comprendido entre el cierre de recibo de propuestas y la adjudicación. El término para la recepción de los documentos y/o aclaraciones solicitados será el día hábil siguiente a la fecha de su solicitud.
Nota: El ANEXO 6 y el ANEXO 7 corresponde a modelos para documentar lo mencionado en este punto. No obstante, si el proponente cuenta con uno diferente, éste será aceptado siempre y cuando cumpla con la materialidad solicitada dentro del presente requerimiento.
En lo aplicable, las habilitaciones y evaluaciones para ofertas presentadas por consorcios o uniones temporales exigirán la presentación de requisitos individuales, más estas serán evaluadas en función de su participación (ponderación).
2.2.9. CERTIFICACIÓN DE RESPONSABILIDAD FISCAL
Los proponentes deberán anexar la certificación que expide la Contraloría General de la República vía WEB, en la que conste que no se encuentran reportados en el Boletín Fiscal de dicha entidad.
En caso de no presentarse, POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. verificará que los oferentes no se encuentran incluidos dentro del Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
En caso que un Proponente se encuentre relacionado en dicho boletín, se le hará la advertencia que deberá acreditar la cancelación de las obligaciones contraídas o la vigencia de un acuerdo de pagos, hasta el penúltimo día hábil antes de la adjudicación, so pena de rechazo de la propuesta.
2.2.10. FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
El área usuaria del servicio verificará la información registrada en este formato y lo consignará en el espacio designado para el efecto
2.2.11. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS
El Representante legal del proponente que firme la carta de presentación de la propuesta, deberá aportar la certificación de antecedentes disciplinarios a su nombre, expedida por la Procuraduría General de la Nación, con fecha de expedición no mayor a tres meses contados a partir del cierre de la presente invitación.
2.2.12. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO
El proponente debe adjuntar el Registro Único Tributario, actualizado y expedido por la DIAN.
2.2.13. REGISTRO DE PROVEEDORES EN GESCONT
El representante legal del proponente deberá aportar la impresión del correo electrónico que reciba del sistema de contratación GESCONT disponible a través de la página Web de la Compañía en el link de Contratación/Procesos de contratación; para tal efecto deberá inscribirse y diligenciar completamente el formulario para la respectiva validación como proveedor de la Compañía.
2.2.14. COPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL
El proponente deberá aportar copia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
2.2.15. CERTIFICACIÓN BANCARIA
El proponente deberá aportar certificación bancaria en la cual conste el número de cuenta en la cual se le consignarán los saldos que resulten a su favor de la ejecución del contrato, si llegare a ser adjudicatario de la presente invitación.
2.2.16. LISTA RESTRICTIVA XX XXXXXX DE ACTIVOS
Con la presentación de la oferta, el representante legal del proponente certifica bajo gravedad de juramento que ni él ni la persona jurídica que representa, se encuentran incluidos en alguna de las listas restrictivas xx xxxxxx de activos.
2.2.17. CERTIFICACIÓN DE NO ESTAR INCURSO EN INVESTIGACIÓN PENAL
Con la presentación de la oferta, el representante legal del proponente certifica bajo gravedad de juramento que ni él ni la persona jurídica que representa, se encuentran bajo investigación penal.
2.3. ASPECTOS FINANCIEROS
2.3.1. ESTADOS FINANCIEROS Y DECLARACIÓN XX XXXXX
El proponente deberá aportar junto con su propuesta los siguientes documentos:
1. Fotocopia legible de declaración xx xxxxx del año 2015.
2. Fotocopia legible de los Estados Financieros firmados, comparativos de los años 2014 y 2015 con corte a 31 de diciembre y anexos compuestos por:
Balance General.
Estado de Resultados.
Notas a los Estados Financieros.
Dictamen de revisor Fiscal (en caso de estar obligado a tenerlo).
En los casos en que no se esté obligado a contar con Revisor fiscal, se deberá anexar:
Certificación que justifique y demuestre la no obligatoriedad de contar con él, firmada por el Representante Legal.
Los estados financieros deben contar con la clasificación y discriminación detallada que permita realizar la validación y cálculo de los indicadores que se requieren para la verificación financiera, en los casos en los que la clasificación y discriminación no permita hacer dicha identificación, se debe adjuntar:
Certificación expedida por el Representante Legal, el Contador Público y el Revisor Fiscal (en caso de estar obligado a tenerlo), en donde se detallen cada uno de los indicadores su cálculo o resultado y las cifras que los componen.
2.3.2. TARJETA PROFESIONAL DEL CONTADOR Y DEL REVISOR FISCAL
Fotocopia ampliada al 150% de la tarjeta profesional, tanto del Contador como del Revisor Fiscal (en caso de que se esté obliga a tenerlo).
En caso de no ser adjuntado, el proponente debe presentarlo dentro del día hábil siguiente al requerimiento que le efectúe POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., de lo contrario incurrirá en causal de rechazo de la propuesta.
Debe tenerse en cuenta:
Toda la información financiera deberá ser presentada en moneda legal Colombiana y cuando la información sea expresada en miles u otro múltiplo se debe indicar tal condición. En caso de discrepancia entre la información contenida en la declaración xx xxxxx y la información contenida en los estados financieros, POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS
S.A. solicitará las aclaraciones correspondientes.
2.3.3. CERTIFICADO DE VIGENCIA DE LA INSCRIPCIÓN DEL CONTADOR Y DEL REVISOR FISCAL
Se debe presentar fotocopia legible del Certificado de Vigencia de la Inscripción y de antecedentes disciplinarios del Contador y el Revisor Fiscal, expedido por la Junta Central de Contadores, con no más de tres (3) meses calendario de expedición.
En caso de no ser adjuntado o no estar vigente el Proponente debe presentarlo dentro del día hábil siguiente al requerimiento que le efectúe POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., de lo contrario incurrirá en causal de rechazo de la propuesta.
2.3.4. DECLARACIÓN DEL CONTROL XX XXX PATRIMONIO ADECUADO - SEGUROS
Se deberá presentar copia simple de los siguientes formatos (reportados ante la Superintendencia Financiera de Colombia):
Formato 478: Riesgo de Suscripción,
Formato 479: Riesgo de Activo (Activos Ponderados por Nivel de Riesgo)
Formato 480: Patrimonio Técnico Vs. Patrimonio Adecuado
El documento adjunto debe corresponder al último enviado al ente supervisor, sobre el cual repose obligación.
2.3.5. CALIFICACIÓN DE FORTALEZA FINANCIERA
En caso de poseerla, se deberá presentar copia simple del documento idóneo que acredite la más reciente calificación de fortaleza financiera, otorgada por una sociedad calificadora de riesgo vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
2.4. ASPECTOS TÉCNICOS HABILITANTES
La entidad se reserva el derecho de contratar los seguros / coberturas para todos los funcionarios o excluir los que a su criterio considere dejar sin cobertura, así como el de adjudicar por un término diferente o parcial de acuerdo con su presupuesto y conveniencia, por grupos de pólizas.
2.4.1. PROPUESTA TÉCNICA
2.4.1.1. Compromiso frente a los requerimientos técnicos mínimos
Con la presentación de la oferta, el proponente acepta las condiciones técnicas básicas obligatorias (anexos / slips) para las pólizas a suscribir y documentados dentro de este proceso. Así mismo, deberá indicar para cada póliza ofrecida:
Las coberturas y sublímites asegurados, cláusulas adicionales, y en general las condiciones ofrecidas para cada grupo, según lo indicado en los presentes términos, las
cuales prevalecen sobre los condicionados generales.
La sujeción a los textos de las coberturas y cláusulas complementarias, consignadas en los presentes Términos, será parámetro fundamental en la evaluación de las propuestas.
Las demás que se requieran para evaluar la propuesta.
2.4.1.2. Ejemplares de las pólizas y sus anexos
El proponente deberá presentar los ejemplares de cada una de las pólizas para las cuales presenta oferta.
El oferente deberá adjuntar con su propuesta, copia de las condiciones generales que serán aplicables al contrato que llegue a suscribirse, las cuales no podrán ser modificadas unilateralmente por la aseguradora, excepto que las mismas vayan en beneficio de la ENTIDAD. Las condiciones técnicas básicas obligatorias de los anexos básicos para este proceso prevalecen sobre los condicionados generales de las pólizas a contratar.
No se aceptarán textos que incluyan obligaciones del asegurado para con los reaseguradores o corredores de reaseguro, al igual que no se aceptarán textos en inglés o en cualquier otro idioma distinto al castellano. En caso de incluirse se entenderán como no presentados y serán ineficaces.
NOTA: Las condiciones generales presentadas por el proponente tendrán vigencia durante el plazo de la adjudicación y en consecuencia no podrán ser variadas ni modificadas por el proponente ni por el adjudicatario durante la ejecución del contrato, salvo que los cambios o modificaciones sean benéficas para POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., y se incorporarán mediante anexo a la póliza o pólizas que sean del caso.
2.4.1.3. Procedimiento para el trámite y atención de siniestros
El proponente deberá señalar el término de respuesta y los documentos exigidos para la gestión de anticipos y/o la reclamación en caso de siniestro en cada uno de los xxxxx para los cuales presente oferta, sin que sean admitidos documentos no pertinentes para cumplir con las obligaciones señaladas en el artículo 1077 del C. Co. para el asegurado. Los documentos mencionados NO PODRÁN ser tomados como documentos mínimos para el reconocimiento del siniestro ni ser un obstáculo para el pago de la indemnización, siendo procedente la aplicación de las sanciones de que trata el artículo 1080 del Código de Comercio, en cuanto al no pago dentro del mes siguiente a la demostración de la ocurrencia y la cuantía de la pérdida. (Serán ineficaces las solicitudes de documentos o requisitos que no tengan como fin la demostración de ocurrencia y cuantía, independiente de su denominación, fase de la reclamación, actividad, etc.).
El proponente deberá indicar el número de días dentro de los cuales se efectuará el pago. Debe tener en cuenta que el plazo máximo que podrá ofrecerse para el pago de los siniestros será dentro del mes siguiente a la fecha en que la ENTIDAD o el beneficiario, formalicen el siniestro, acorde con lo establecido en el artículo 1080 del Código de Comercio (sin perjuicio
del acuerdo de niveles de servicio ofertado).
Cualquier clausula, condición, estipulación contraria, ambigua o desfavorable o abusiva en contra del asegurado se tendrá como no escrita y carecerá de total eficacia.
NOTA 1: El proponente deberá indicar si cuenta con unidades de tipo fast-track o similares para atender siniestros. En consonancia, se espera recibir como información la generalidad sobre la cual no se solicitaría la participación de los ajustadores (según sus directrices o políticas). En el evento de nombrar ajustadores de mutuo acuerdo, el ajustador deberá informar por escrito y de manera quincenal a la ENTIDAD, a través del intermediario de seguros, los avances del siniestro. Si el ajustador es nombrado directamente por la aseguradora, la obligación de informar quincenalmente sobre el avance del siniestro, a través del intermediario de seguros, es del asegurador.
2.4.1.4. Favorabilidad al asegurado
Cualquier clausula, condición, estipulación contraria, ambigua, desfavorable o abusiva en contra del asegurado se tendrán como no escritas y carecerá de total eficacia.
2.4.1.5. Instalaciones, infraestructura y estilo de operación
El Proponente deberá relacionar:
a) La infraestructura tecnológica y humana con la que cuenta para atender el objeto contractual. Debe discriminar como mínimo (en lo aplicable):
un organigrama de la compañía y de la oficina que tendrá a su cargo la administración y manejo del (los) contrato(s) de seguros, donde refleje la organización del proponente o de cada uno de sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal.
relación de las sucursales en donde presta sus servicios, indicando el nombre, dirección y teléfono de la persona representante de la oficina.
los nombres de las personas que estarán atendiendo cada uno de los servicios necesarios para la ejecución del contrato, en la ciudad de Bogotá, como son:
o Director o responsable de la atención
o Responsable de la expedición de las pólizas
o Responsable de la atención de los siniestros (si son varias personas, según el ramo, deberá expresarse tal condición)
o Responsable de cartera
b) su sistema de continuidad del negocio, indicando de qué manera cumple con los estándares mínimos según la normatividad aplicable.
c) información relevante que le permita a la Entidad dilucidar su estilo de operación, incluyendo pero no limitándose a las características del sistema de gestión de la calidad que tenga implementado.
d) Propuesta de cronograma de actividades, que contemple como mínimo: actividades de valor agregado, capacitaciones, comités trimestrales de manejo, administración del
programa, siniestros e inspección de riesgos. No obstante, estos se toman como propuestas las cuales serán puestas en firme (y ajustables) luego de adjudicarse el programa y de común acuerdo con la entidad y el corredor de seguros.
2.4.1.6. Reaseguradores
El Proponente deberá relacionar un listado con su nómina de reaseguradores, indicando por cada uno:
• Nombre
• Porcentaje de participación dentro del staff de reaseguradores del oferente
• Ubicación geográfica de origen
• Fecha de la más reciente calificación de fortaleza financiera
• Firma que adelantó la más reciente calificación de fortaleza financiera
• Resultado de la más reciente calificación de fortaleza financiera
• Fecha de otorgamiento de inscripción en el REACOEX1
• Si su registro en el REACOEX está vigente
Así mismo, adjuntar copia de la inscripción en el Registro de Reaseguradores y Corredores de Reaseguros (REACOEX), de cada uno de los reaseguradores que respaldan su operación.
Si el ofrecimiento cuenta con características facultativas, se debe indicar los reaseguradores que respaldarían el negocio, relacionando el porcentaje inicial de la colocación. La colocación debe hacerse con reaseguradores calificados mínimo con A- según Xxxxxxx and Poor’s o su equivalente.
2.4.1.7. Servicios adicionales
La Aseguradora deberá indicar los servicios adicionales que pondrá a disposición de la Entidad, para la ejecución del contrato de seguros, teniendo en cuenta que como mínimo deberá ofrecer:
Póliza | Actividad (mínimo una al año, inherente al objeto de la póliza ofrecida) |
Infidelidad y Riesgos Financieros | Inspección de riesgos financieros, en una oficina del asegurado Hacking ético |
Cyber | Actividad de diagnóstico y recomendaciones para mejorar los controles de pérdidas Asesoría / acompañamiento para proyectos específicos |
Todos los xxxxx | Actividad de diagnóstico y recomendaciones para mejorar los controles de pérdidas Capacitación técnica sobre la estructura de los seguros y recomendaciones para su mejor uso |
1 REACOEX: Registro de Reaseguradores y Corredores de Reaseguro del Exterior (Superintendencia Financiera de Colombia)
Si durante la ejecución del aseguramiento se identifica la necesidad de reajustar actividades o temas, estas podrán ser convenidas por las partes.
2.4.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
2.4.2.1. Certificaciones xx xxxxxx
El proponente deberá anexar una relación suscrita por el representante legal, donde indique contratos suscritos en los últimos cinco (5) años, contados a partir de la fecha límite para la presentación de las propuestas, cuyo objeto haya sido igual o similar al objeto de la presente contratación y cuya sumatoria de contratos certificados sea igual o superior a las siguientes cuantías:
Grupo 1 | Infidelidad y Riesgos Financieros: La sumatoria de los contratos relacionados (primas) debe ser igual o superior a $450.000.000. Se entiende por seguros con objeto similar aquellos de Manejo Financiero, Manejo Global, Manejo Global Bancario. Xxxx acreditar como máximo tres (3) clientes2. |
Grupo 2 | Debe certificar que tiene el ramo aprobado para expedir pólizas de Responsabilidad profesional por pérdida de datos / Cyber. |
La experiencia relacionada deberá contemplar como mínimo los siguientes requisitos:
a) Nombre o razón social del contratante.
b) Nombre o razón social del contratista.
c) Fecha de iniciación del contrato
d) Fecha de terminación del contrato.
e) Objeto del contrato.
f) En caso de que la certificación sea expedida por un consorcio o unión temporal, en la misma debe identificarse el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes, porcentaje que será tenido en cuenta para efectos de la evaluación de experiencia.
g) Si la certificación incluye varios contratos, se debe identificar en forma precisa si son contratos adicionales al principal o son contratos nuevos, indicando en cada uno de ellos sus plazos, valor y calificación individualmente.
h) Si en una de las certificaciones presentadas relaciona más de un contrato, solo se tendrán en cuenta aquellos contratos que cumplan con las condiciones solicitadas en este numeral.
i) Nombre y número telefónico del contratante, para verificación de la información.
Si el proponente no ha ejecutado dentro de este período contratos similares por valor igual o superior al señalado, la propuesta no será tenida en cuenta y será rechazada. No obstante, en caso de evidenciar errores u omisiones con el diligenciamiento de esta relación, la entidad podrá permitir la subsanación.
Para establecer la experiencia del proponente para el caso de las uniones temporales, se
2 En caso de registrar más referencias de las solicitadas, se tomarán las tres que tengan valores superiores de prima (que cumplan con todos los requisitos solicitados)
determinará separadamente la experiencia de los integrantes. La experiencia obtenida se multiplica por el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la unión temporal. El total de la experiencia de la unión temporal estará dada por la sumatoria de las experiencias de cada integrante.
Para establecer la experiencia del proponente para el caso de los consorcios, se determinan separadamente la experiencia de los consorciados. La experiencia se suma y divide por el número de integrantes del consorcio, éste resultado consolidado es la experiencia total del consorcio.
Positiva Compañía de Seguros S.A. se reserva la facultad de verificar la información y solicitar las respectivas aclaraciones de considerarlo necesario. Si alguna referencia no fuere verificable, la Entidad no la tomará en consideración.
2.4.2.2. Certificaciones de pago de siniestros
Los proponentes deberán presentar una relación suscrita por el representante legal, correspondiente3, sobre el pago de siniestros que comprendan objeto de la presente contratación por grupo, para cada póliza propuesta. Cada referencia debe indicar los datos de contacto del cliente para verificar la información.
Cada siniestro relacionado debió afectar pólizas o contratos suscritos en los últimos cinco (5) años contados a partir de la fecha límite para la presentación de las propuestas, cuyo objeto haya sido igual o similar al objeto de la presente contratación. Los valores mínimos por certificación, según el grupo ofrecido deben ser:
Grupo 1 | Infidelidad y Riesgos Financieros (mínimo 3 siniestros): Cada siniestro como mínimo una cuantía de $100.000.000. Se aceptarán las certificaciones de pólizas de Manejo Financiero, Manejo Global, Manejo Global Bancario |
Grupo 2 | Para este grupo no se requiere acreditar experiencia en siniestros. |
Para establecer la experiencia del proponente para el caso de las uniones temporales, se determinará separadamente la experiencia de los integrantes. La experiencia obtenida se multiplica por el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la unión temporal. El total de la experiencia de la unión temporal estará dada por la sumatoria de las experiencias de cada integrante. En caso de evidenciar errores u omisiones con el diligenciamiento de esta relación, la entidad podrá permitir la subsanación.
Para establecer la experiencia del proponente para el caso de los consorcios, se determinan separadamente la experiencia de los consorciados. La experiencia se suma y dividen por el número de integrantes del consorcio, éste resultado consolidado es la experiencia total del consorcio.
Positiva Compañía de Seguros S.A. se reserva la facultad de verificar la información y solicitar
3 En caso de registrar más referencias de las solicitadas, se tomarán las que tengan valores superiores de siniestros (que cumplan con todos los requisitos solicitados)
las respectivas aclaraciones de considerarlo necesario. Si alguna referencia no fuere verificable, la Entidad no la tomará en consideración.
2.4.3. EMISIÓN DE NOTAS DE COBERTURA, PÓLIZAS Y PERFECCIONAMIENTO
El (los) adjudicatario(s) deberá(n) entregar la(s) póliza(s) objeto de la contratación, dentro de los primeros diez (10) días calendario siguientes a la fecha de la comunicación de adjudicación.
La(s) compañía(s) beneficiada(s) con la adjudicación, deberá(n) otorgar xxxxx xx xxxxxx provisional4, hasta tanto se emitan las respectivas pólizas. Esta carta deberá ser presentada a Positiva Compañía de Seguros S.A. dentro del día hábil de comunicación de la adjudicación.
Positiva Compañía de Seguros S.A. se reserva el derecho de contratar los seguros para todos los bienes consignados en los presentes Términos, o excluir los que de acuerdo con su criterio y conveniencia determine. De igual manera, cuando estén en vigencia los contratos de seguros, Positiva Compañía de Seguros S.A. se reserva el derecho de realizar las modificaciones a que haya lugar, como inclusión de intereses asegurables, exclusión de los mismos, modificación de su valor asegurado, etc. El asegurador se obliga a aceptar estas modificaciones y si se trata de modificaciones al valor asegurado o ampliaciones de cobertura a intereses aceptados inicialmente y calculables a prorrata, a dar iguales condiciones a las vigentes en el momento del requerimiento, salvo que el asegurador las pueda mejorar (p.e. cuando éstas se estipulen condiciones por capas). Si se trata de la incorporación de amparos adicionales o el ajuste a límites iniciales, se espera por parte del asegurado el mejor esfuerzo por parte del asegurador para obtener las condiciones más beneficiosas posibles.
En las notas de cobertura y/o pólizas deberá establecerse la vigencia técnica de cada seguro, conforme al artículo 1057 del Código de Comercio.
El contrato de seguros se perfeccionará con la emisión y suscripción del documento xx xxxxxx provisional o de las pólizas.
2.5. PROPUESTA ECONÓMICA
El oferente deberá presentar una propuesta económica para los dos (2) grupos o para uno o varios de los grupos, teniendo como techo el presupuesto disponible definido en el Numeral
1.5 - FINANCIACIÓN Y PRESUPUESTO ESTIMADO PARA LA CONTRATACIÓN de los presentes términos de referencia. Para los que presente oferta debe considerar lo siguiente:
La propuesta económica debe considerar los costos que le represente la operatividad a cada uno de los proponentes.
Serán por cuenta del Contratista todos los impuestos, derechos, tasas y contribuciones que se originen en el desarrollo del contrato sean estos de carácter nacional, departamental, municipal o distrital, régimen tributario que manifiesta conocer el
4 Ver especificaciones de la xxxxx xx xxxxxx provisional, numeral 1.6
Contratista. Las obligaciones tributarias son las vigentes a la fecha de presentación de la oferta. En consecuencia, si con posterioridad a esta fecha y/o durante los trámites de firma y ejecución del contrato, los impuestos incluidos en la misma aumentan o se crean nuevos tributos, serán estos por cuenta y riesgo del Contratista, salvo en aquellos casos en las que la exigencia respectiva tenga como sujeto pasivo únicamente a Positiva.
El tratamiento tributario que se dé a la operación contratada, corresponderá a la naturaleza de la misma. Significa esto que, todas las retenciones y descuentos a que haya lugar serán los contemplados en la legislación fiscal vigente.
El único impuesto que debe estar claramente discriminado en la oferta y posteriormente en las pólizas suscritas, conforme con la liquidación efectuada por La Aseguradora a la tarifa vigente en la presentación de la oferta, es el impuesto sobre las ventas (I.V.A.). En todo caso, si el oferente no lo considera, se entenderá, que el precio ofrecido lo incluye y, Positiva Compañía de Seguros S.A. no reconocerá así ningún valor adicional por este concepto.
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. no efectuará pago alguno que no se encuentre soportado debidamente, de acuerdo con las normas fiscales vigentes en materia de facturación.
El oferente deberá presentar su propuesta económica para cada una de las pólizas objeto de la Contratación, discriminando por póliza el valor de las primas y el IVA. Para tal efecto debe diligenciar el cuadro resumen económico de la propuesta. Así mismo debe indicar claramente las tasas aplicables para la determinación del costo de la oferta.
Las tasas, primas de la propuesta deberán mantenerse en firme por noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de la presentación de la propuesta. Una vez suscritas las pólizas se mantendrán en firme durante todo el tiempo de su adjudicación, es decir durante toda la vigencia técnica contratada, salvo los casos puntuales permitidos dentro de este proceso.
El proponente debe señalar los deducibles aplicables, detallando para cada grupo los amparos a los cuales son aplicables, de acuerdo con las tablas indicadas en las condiciones complementarias.
Positiva Compañía de Seguros S.A. efectuará la verificación aritmética de las operaciones. En caso de presentarse error, el valor corregido se tomará como valor propuesto. En caso de existir discrepancia entre el valor unitario y el valor total, se tomará para todos los efectos, el valor unitario. Específicamente con respecto a los temas de seguros, el valor de la tasa será tomado como valor unitario y, por lo tanto, el eje de cálculo de la prima, junto con el valor asegurado.
Los COSTOS se refieren a aquellos que son indispensables para la ejecución del objeto del contrato de acuerdo con el alcance fijado en los presentes términos de referencia, los cuales incluyen costos por:
Personal asignado al proyecto.
Gastos de desplazamiento (Transportes Terrestres y aéreos, alojamiento, alimentación etc.).
Otros costos como: impuestos, seguros y gastos de legalización del contrato, entre otros.
CAPITULO 3 - EVALUACIÓN DE CRITERIOS HABILITANTES Y SELECCIÓN DEL PROVEEDOR
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., efectuará la verificación de los criterios habilitantes jurídicos, financieros y técnicos de las propuestas.
La selección del asegurador que amparará los intereses asegurables de Positiva se efectuará teniendo en cuenta aquellos proponentes que haya (n) sido declarados como HABILITADO(s) en los requisitos jurídicos, financieros y técnicos.
3.1. CRITERIOS DE VERIFICACIÓN
Durante el análisis de las propuestas - que será estrictamente reservado, no se permitirá intervención alguna por parte de los oferentes o de sus representantes. No se admitirán propuestas complementarias o modificaciones que fueren presentadas con posterioridad al cierre, salvo en los casos de negociación (en caso de establecerse dentro de estos términos).
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., efectuará la verificación de las propuestas y solicitará aclaraciones a los oferentes, durante el periodo contemplado en el cronograma del proceso de selección.
Cuando el plazo señalado para realizar las verificaciones, a juicio de la Entidad no sea suficiente para garantizar la selección objetiva del contratista, mediante acto administrativo podrá establecer un nuevo plazo, que no excederá el término inicialmente fijado.
Los requisitos habilitantes serán objeto de verificación y no de calificación, razón por la cual no tienen puntaje.
Criterios de evaluación | Puntaje |
Aspectos Jurídicos | Habilitante |
Aspectos Financieros | Habilitante |
Aspectos Técnicos | Habilitante |
3.1.1. HABILITACIÓN JURÍDICA (Factor Habilitante. Sin puntaje)
De conformidad con lo anterior, si una propuesta no cumple con los requisitos exigidos, determinará la causal de rechazo de la misma y su consecuente exclusión de ser considerada para la adjudicación, sin perjuicio de que la respectiva oferta sea estudiada en los demás factores previstos en este capítulo.
Se verificarán los requisitos que deben reunir los proponentes y los documentos de contenido jurídico que integran las propuestas presentadas y que habilitan a cada oferente para participar en el presente proceso, de acuerdo con lo exigido en estos Términos de Referencia y en las disposiciones legales vigentes.
Este aspecto no dará puntaje pero habilitará o inhabilitará la propuesta para su evaluación económica. Se evaluará HABILITADA O NO HABILITADA.
La información requerida y que deba estar consignada en los anexos y formatos indicados y adjuntos a los términos de referencia, deberá ser diligenciada y presentada en forma impresa. Por lo anterior se rechazarán las propuestas presentadas a lápiz, o en forma no impresa que permitan su posterior alteración.
Si el proponente considera que es conveniente para complementar su propuesta, anexar información adicional a la solicitada por La Entidad en los formularios establecidos, podrá allegarla haciendo referencia al formulario que complementa.
3.1.2. HABILITACIÓN FINANCIERA (Factor Habilitante Sin Puntaje)
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., realizará una verificación del cumplimiento de los requisitos financieros exigidos en los presentes términos, Para este efecto, emitirá el resultado de la evaluación de cada una de las propuestas y el concepto sobre la(s) propuesta(s) que cumple(n) y la(s) que no cumple(n), verificando el estricto cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente documento.
En caso en que el proponente no anexe los documentos solicitados en el presente numeral, deberá allegarlos dentro del término establecido en la solicitud efectuada por la Entidad Contratante, los cuales si no se presentan, se procederá a declarar la propuesta como NO HABILITADA.
3.1.2.1. VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA
La capacidad financiera será objeto de verificación a todos los proponentes, sin calificarse, en cuanto no es factor de comparación de las ofertas.
Los indicadores a verificar serán los siguientes:
a. ÍNDICE DE LIQUIDEZ O RAZÓN CORRIENTE: Dado que el interés de la Compañía es que los oferentes tengan un índice de liquidez mínimo que les permita cumplir con sus obligaciones financieras y contractuales de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el oferente incumpla sus obligaciones a corto plazo, se ha determinado el índice de liquidez o razón corriente definido como el cociente entre el activo corriente y el pasivo corriente:
Razón Corriente
Activo Corriente Pasivo Corriente (sin reservas)
número de veces
El índice de liquidez o razón corriente solicitada es: mayor que 1
b. ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO: Se define el endeudamiento como la proporción que existe entre el valor total de los pasivos y el valor total de los activos, que permite tener una idea del respaldo que la compañía ofrece en el cumplimiento de sus actividades, y determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación del oferente. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del oferente de no poder cumplir con sus pasivos.
Endeudamie nto(%) Pasivo Total - ReservasTécnicas
Activo Total
El índice de endeudamiento solicitado es: menor que el 85%
x100%
c. ÍNDICE DE OPERATIVIDAD: Corresponde al cociente entre el capital de trabajo calculado como la diferencia entre activos corrientes y pasivos corrientes y el valor del presupuesto oficial de la oferta. Este indicador muestra la capacidad financiera que soporta la maniobra operativa de una empresa:
Índice de Operativid ad Activos corrientes - Pasivos corrientes (sin reservas)
Valor del presupuesto oficial
El índice de operatividad solicitado es: mayor que el 50%
d. CAPITAL DE TRABAJO: Este indicador representa la liquidez operativa del oferente, es decir el remanente del oferente luego de liquidar sus activos corrientes (convertidos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de trabajo positivo contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del oferente. Es recomendable su uso para analizar el nivel de liquidez en términos absolutos.
Capital de Trabajo ($) = Activo Corriente – Pasivo Corriente (sin reservas)
El capital de trabajo debe ser POSITIVO
e. PATRIMONIO TÉCNICO Vs PATRIMONIO ADECUADO: El oferente individual o bajo la figura de Consorcio o Unión Temporal, deberá acreditar un patrimonio adecuado resultante de aplicar la siguiente fórmula, conforme lo establece el artículo 2.31.1.2.1 del decreto No. 2954 de 2010
Diferencia de patrimonio
Patrimonio técnico - Patrimonio Adecuado
El resultado de la diferencia entre el patrimonio técnico y el patrimonio adecuado debe ser POSITIVO
Para la verificación de los indicadores, los proponentes deberán aportar la documentación establecida dentro del numeral 2.3- ASPECTOS FINANCIEROS.
Además debe tenerse en cuenta que.
Toda la información financiera de compañías legalmente establecidas en Colombia deberá ser presentada en moneda legal colombiana5 y cuando la Información sea expresada en miles u otro múltiplo se debe indicar tal condición. En caso de discrepancia entre la información contenida en la declaración xx xxxxx y la información contenida en los estados financieros, POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. solicitará las aclaraciones al oferente.
Los integrantes de los consorcios o uniones temporales presentarán los Estados Financieros en forma independiente.
Para el caso de las personas jurídicas extranjeras que tengan domicilio o sucursal en Colombia, la contabilidad se aportará con sujeción a las leyes nacionales.
La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad contable por expresa disposición legal. POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. si lo considera necesario, se reserva la facultad de solicitar información adicional, con el fin de verificar y/o aclarar los datos reportados en los certificados requeridos.
3.1.3. HABILITACIÓN TÉCNICA (Factor Habilitante. Sin puntaje)
POSITIVA Compañía de Seguros S.A., realizará una verificación del cumplimiento de los requisitos de orden técnico estipulados en los presentes términos.
Las condiciones Técnicas básicas Mínimas Obligatorias se encuentran contenidas en los presentes términos de referencia y corresponden a las coberturas, cláusulas y demás condiciones particulares mínimas exigidas por POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., que por sus especiales características requieren de una exigencia particular de cumplimiento que no puede obviarse. Por lo tanto los proponentes deben con base en éstas formular sus ofertas.
Los anexos con condiciones básicas obligatorias no requieren ser adjuntados a la oferta que se presente y Positiva Compañía de Seguros S.A entenderá ofrecidas dichas condiciones con la sola presentación de la propuesta. Por lo tanto, con su participación, el proponente autoriza la entidad contratante para que tenga como condiciones técnicas básicas mínimas obligatorias ofrecidas las contenidas en el citado anexo. En el evento en que un proponente incluyera en su oferta los anexos con las condiciones básicas obligatorias, su contenido no será revisado, ni será tenido en cuenta.
En caso de existir discrepancia entre las condiciones básicas obligatorias/complementarias ofrecidas y cualquiera de los textos de la oferta o de las pólizas, clausulados generales, certificados y/o demás documentos contenidos en la propuesta, las estipuladas en los
5 En caso de no estar establecida en Colombia deberá aportar sus estados financieros en la moneda local del país donde está establecida para el desarrollo de la actividad y periodo evaluado.
presentes términos prevalecerán sobre cualquier información y/o condición escrita o indicada por el oferente.
Para este efecto se emitirá concepto dando a conocer en forma explícita aquella(s) propuesta(s) que cumple(n) y la(s) que no cumple(n).
De conformidad con lo anterior, si una propuesta no cumple con los requisitos exigidos, determinará la causal de rechazo de la misma y su consecuente exclusión de ser considerada para la adjudicación, sin perjuicio de que la respectiva oferta sea estudiada en los demás factores previstos en este capítulo.
3.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
El estudio y evaluación de los aspectos, técnicos y económicos de las propuestas lo realizarán las dependencias correspondientes de Positiva Compañía de Seguros S.A. y el Corredor de Seguros, de acuerdo con las condiciones y factores de evaluación señalados.
Positiva Compañía de Seguros S.A., con la asesoría xxx xxxxxxxx de seguros, efectuará los estudios del caso y el análisis comparativo para adjudicar el programa de seguros al oferente cuya propuesta, previo al cumplimento de los requisitos de experiencia, la capacidad jurídica, administrativa y técnica; sea la más favorable para la entidad y se ajuste a los Términos de Referencia.
La evaluación se realizará sobre la base de las ofertas básicas, las cuales deberán ajustarse a todas las exigencias y requerimientos mínimos establecidos en los presentes Términos.
Aquellas ofertas que hayan sido HABILITADA(s) en los requisitos jurídicos, financieros y técnicos serán objeto de calificación y no de simple verificación, hasta por un puntaje máximo de mil (1.000) puntos por grupo, teniendo en cuenta los siguientes factores:
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE PARCIAL | PUNTAJE TOTAL |
FACTOR ECONOMICO | 700 | |
A – Menor prima y tasas | 400 | |
B – Menores Deducibles | 300 | |
FACTOR DE CALIDAD | 300 | |
C - Cláusulas y/o Condiciones Complementarias Calificables. | 300 | |
TOTAL | 1.000 |
Nota: En el presente proceso no se involucran bienes ni servicios de origen extranjero, razón por la cual no se incluyen los puntajes dispuestos en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003.
3.2.1. EVALUACIÓN ECONÓMICA (700 puntos)
3.2.1.1. MENOR PRIMA Y TASAS (400 PUNTOS)
La menor prima por póliza tendrá la máxima calificación posible y las demás, una calificación proporcional inferior, utilizando una regla de tres simple.
3.2.1.2. MENORES DEDUCIBLES (300 PUNTOS)
El presente ítem se evaluará de acuerdo con las tablas diseñadas para cada póliza en el cuadro de condiciones complementarias.
Para cada póliza se indican las ÚNICAS coberturas o amparos para las cuales el proponente podrá presentar oferta con aplicación de deducible, en el evento en que la propuesta incluya otros amparos o coberturas con deducibles, distintos a los enunciados, en cada uno de los cuadros de condiciones complementarias de los xxxxx o póliza, será evaluada con cero (0) puntos, y en consecuencia, el puntaje será xx xxxx puntos para todos los factores de evaluación xxx xxxx o póliza.
NOTA: El proponente no podrá subdividir los amparos o coberturas de la tabla, en el evento de presentar deducibles diferentes, la propuesta será calificada con cero (0) puntos para el ramo o póliza en todas sus condiciones evaluables.
En cada uno de los cuadros de condiciones complementarias se encuentran las tablas bajo las cuales se hará la evaluación de los deducibles, sea que estos correspondan a porcentajes, a pesos o a salarios mínimos mensuales, elementos que debe tener en consideración el proponente al momento de estructurar la oferta.
Para los casos donde se presenten deducibles superiores a los rangos mínimos establecidos, la oferta será evaluada con cero (0) puntos en todos los factores de evaluación xxx xxxx o póliza. Así mismo, se aclara que en el evento de presentarse deducibles diferentes por parte de varios oferentes dentro de un mismo rango, se calificará con el máximo puntaje al oferente que ofrezca el menor deducible dentro del rango y los demás de forma proporcional, aplicando una regla de tres.
En caso que el oferente no señale el deducible, tanto en porcentaje como en monto mínimo, se entenderá que ofreció 0% y $0.00 respectivamente, y obtendrá el máximo puntaje otorgado al respectivo deducible.
Teniendo en cuenta que la calificación se hará tanto en porcentaje como en salarios mínimos o en pesos, en el evento en que el deducible ofrecido solo contemple uno u otro de los elementos que se evalúan, la calificación será la sumatoria de los dos factores, entendiendo que para la parte para la cual no se indica deducible, será como si hubiera ofrecido 0% o 0 salarios mínimos o pesos.
No se aceptará, para ninguna de las pólizas, la presentación de deducibles en dólares. En el evento de presentarse un deducible en dólares, la propuesta será objeto de RECHAZO en el grupo para el cual presenta oferta.
3.2.2. FACTOR CALIDAD TECNICO (300 puntos)
3.2.2.1. CLÁUSULAS Y/O CONDICIONES COMPLEMENTARIAS CALIFICABLES (300 PUNTOS)
En adición a lo establecido en las condiciones técnicas básicas obligatorios de cada una de las pólizas que integran cada grupo, el cual se constituye en el ofrecimiento mínimo que no es objeto de evaluación, en los cuadros de condiciones complementarias para cada uno de los xxxxx materia de contratación, se indican las cláusulas y/o condiciones y/o sublímites que no son de obligatorio ofrecimiento, y en consecuencia son adicionales a las condiciones técnicas básicas obligatorias, y que serán objeto de evaluación en cada uno de los xxxxx, de acuerdo con cada propuesta, teniendo como parámetros para efectos de otorgar el puntaje, los siguientes aspectos, los cuales son excluyentes entre sí.
Los siguientes aspectos de evaluación, son excluyentes entre sí, y tan solo se podrá aplicar uno de ellos, de allí que es importante tener en cuenta lo expresado en cada condición adicional que se solicita, para efectos de establecer de determinar si la cláusula se evalúa según el literal 3.2.2.1.1, o 3.2.2.1.2, o 3.2.2.1.3.
3.2.2.1.1. CLÁUSULAS QUE REQUIEREN INDICAR SOLAMENTE SU ACEPTACIÓN:
Si la cláusula y/o condición es ofrecido en idénticas condiciones al requerimiento o en mejores condiciones para la Entidad, el puntaje será el indicado para cada cláusula y/o condición, según cuadro de condiciones complementarias de cada póliza.
Cuando se presente una mejora a la cláusula, para efectos del puntaje solo se considerará hacer la comparación con los demás proponentes, cuando la mejora se refiera a límites en pesos y la cláusula admita ofrecer límite en pesos y/o días y/o porcentajes, en los demás casos, no habrá comparación y cada proponente obtendrá el mismo puntaje.
Si el ofrecimiento se presenta haciendo variaciones o modificaciones al texto original (desmejorando) o presentando condiciones, la calificación será el 50% de los puntos de la cláusula indicada en los cuadros de condiciones técnicas para cada una de las pólizas.
Estas cláusulas pueden hacer o no mención a un límite o sublímite. Cuando haga mención a un límite o sublímite, o incluya un sublímite o límite en pesos y/o días y/o porcentaje, esté solo se tendrá en cuenta si se cumple lo exigido en el segundo párrafo del presente literal.
3.2.2.1.2. CLÁUSULAS QUE REQUIEREN INDICAR UN LÍMITE O SUBLÍMITE
Cuando la cláusula solicite la presentación de un límite o sublímite, ya sea en días y/o en dinero y/o porcentajes, obtendrá el máximo puntaje indicado para la cláusula, el oferente que ofrezca las mejores condiciones y los demás de manera proporcional, utilizando una regla de tres.
En el evento en que la oferta tan solo indique “se otorga” o “se ofrece” o una expresión similar que haga entender que ofrece la condición, pero SIN INDICAR EL LÍMITE o exprese un porcentaje sin establecer sobre que se aplica o como se debe calcular, la cláusula será calificada con cero puntos, salvo que el texto de la cláusula señale sobre qué debe aplicarse el ofrecimiento.
Siempre se evaluará el límite en pesos o porcentaje, salvo que la cláusula señale de forma expresa que evaluará el sublímite en pesos y/o porcentaje y/o en días, para lo cual se hará la distribución del puntaje de la cláusula entre los aspectos.
No se aceptarán en este tipo de cláusulas y/o condiciones, comentarios o limitaciones, en caso de efectuarse se otorgará cero puntos.
3.2.2.1.3. CLÁUSULAS QUE REQUIEREN SUBLÍMITE ENTRE LOS RANGOS SUGERIDOS
Cuando la cláusula indique un rango de mínimos y máximos, obtendrá la máxima calificación el límite mayor que ofrezca cada proponente, siendo necesario para efectos de la evaluación, expresar de forma clara el límite que ofrece dentro del rango de la cláusula, en el evento de no expresar el límite ofrecido, la Entidad entenderá que se ofrece el rango más alto en la cláusula, sin que posteriormente el oferente pueda hacer aclaración o modificación.
Si la cláusula es modificada en contra del asegurado o estableciendo condiciones, el puntaje se reducirá a la mitad, respecto del puntaje que obtiene el proponente.
Para las cláusulas donde se establezcan sublímites por evento y/o persona y en el agregado, la calificación se realizará haciendo la comparación con los mayores límites en el agregado aplicando una regla de tres.
3.2.2.1.4. NOTAS GENERALES PARA EL FACTOR TÉCNICO COMPLEMENTARIO
En el evento en que el resultado del cálculo de proporcionalidad, al hacer la comparación de los ofrecimientos entre los proponentes, se obtiene un puntaje menor a un punto, se asignará como calificación 1 punto.
Si la cláusula y/o condición y/o sublímite NO es ofrecido o no se evidencia que se haya realizado el ofrecimiento, el puntaje será CERO para cada cláusula y/o condición y/o sublímite.
Cuando se realicen modificaciones a las cláusulas y/o condiciones calificables, cada proponente deberá expresar claramente cuál es el ajuste o modificación que realiza a la cláusula y/o condición y/o sublímite.
En el evento en que los slips presenten formas de otorgar los puntos, distintos a los expresados en el presente numeral, prevalecerá para efectos de eliminar las contradicciones, los aspectos indicados en el numeral y no lo que expresan los cuadros de condiciones complementarias.
3.3. DESEMPATE
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los Términos de Referencia. Si persiste el empate, se escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores
de escogencia y calificación establecidos en los términos de referencia y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si persiste el empate, POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. utilizará las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido:
GRUPO 1 | GRUPO 2 |
a. Quien obtenga el mayor puntaje en el ofrecimiento de la póliza de responsabilidad civil profesional b. Menor prima c. Mayor puntaje en la sumatoria de Cláusulas y/o Condiciones Complementarias Calificables. d. La propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. e. Sorteo | a. Menor prima b. Mayor puntaje en la sumatoria de Cláusulas y/o Condiciones Complementarias Calificables. c. La propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. d. Sorteo |
3.4. CAUSALES DE RECHAZO Y ELIMINACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Además de las causales previstas en la ley, POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., rechazará y no evaluará las propuestas incursas en cualquiera de las siguientes causales:
a) Deficiencias, omisiones o ausencia de los requisitos establecidos en estos términos para acreditar la existencia y representación legal del proponente o de sus miembros.
b) Concurrencia de cualquiera de las causales de inhabilidad e incompatibilidades establecidas en la ley en el proponente, o su representante legal, sus socios.
c) Presentación de propuesta parcial.
d) Xxxxxxxx, tachones o enmendaduras en los documentos de la oferta sin que se haya hecho la salvedad correspondiente por el proponente o su representante, siempre que sean necesarios para la comparación objetiva (evaluación) de la oferta.
e) Omisión, ambigüedad, imprecisión o inconsistencia en los Documentos de la Propuesta, aportados con la oferta, siempre que la información sea necesaria para la comparación objetiva (evaluación) de la misma.
f) Cuando POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., solicite al proponente, aclaraciones o explicaciones relacionadas con la futura contratación o el proponente, necesarios para la comparación de su oferta y éste no las suministre, lo haga en forma incorrecta o por fuera del término señalado en estos términos.
g) Cuando se compruebe que los documentos presentados, la información suministrada por el mismo o la contenida en los documentos, formatos, certificados y anexos de la propuesta no corresponda a la realidad.
h) Cuando la propuesta haya sido enviada por correo, vía fax o correo electrónico o entregada en lugar diferente al indicado en los presentes términos.
i) Si el proponente no acredita la capacidad jurídica, financiera y/o técnica exigida en los términos de referencia.
j) Si la oferta económica presentada es artificialmente baja y no se encuentra debidamente sustentado.
k) Cuando la propuesta supere el presupuesto oficial.
l) Si la propuesta se presenta subordinada al cumplimiento de cualquier condición o modalidad.
m) Si la propuesta se presenta en forma extemporánea o en un lugar diferente al establecido en el pliego de condiciones.
n) Cuando un proponente presente más de una oferta, por sí o por interpuesta persona. Se entienden incluidas en esta causal, las participaciones en sociedades, asociaciones, o futuras sociedades que se estén presentando al mismo proceso de selección.
o) Cuando la propuesta se presente con posterioridad al cierre del proceso.
p) Cuando la propuesta económica este por fuera de los porcentajes (%) establecidos para la presente Invitación
q) Las demás causales mencionadas en el presente documento.
3.5. RETIRO DE PROPUESTAS
Los proponentes podrán solicitar por escrito a POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., el retiro de su propuesta antes de la fecha y hora previstas para el cierre de la contratación, la cual será devuelta sin abrir, en el acto de apertura de las mismas, al proponente o a la persona autorizada.
3.6. PROHIBICIONES, INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
El proponente, el representante legal y los socios de la persona jurídica proponente no podrán hallarse incursos en prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades legales para participar en el proceso de Selección y contratar POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., de conformidad a lo previsto en la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones concordantes y complementarias.
Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente en el curso del proceso de selección se entenderá que renuncia a su participación y a los derechos surgidos del mismo.
CAPITULO 4 - CONDICIONES DEL CONTRATO
4.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
a. Cumplir con el objeto del contrato estipulado en los presentes términos, la propuesta presentada y las garantías que se expidan.
b. Presentar los documentos dentro del plazo establecido en los presentes términos, y cumplir con los requisitos de orden técnico, exigidos como condición previa e indispensable para iniciar el contrato.
c. Programar las actividades que deba desarrollar para el cumplimiento del objeto del contrato.
d. Rendir y elaborar los informes, conceptos, estudios y demás trabajos que se le soliciten en desarrollo del contrato.
e. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones.
f. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho.
g. Mantener reserva sobre la información que legalmente ameriten ese trato, que le sea suministrada para el desarrollo o con objeto del contrato.
h. El cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Caja de Compensación Familiar, Sena e ICBF), de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 1 de la Ley 828 de 2003.
i. El CONTRATISTA con la suscripción de los seguros, se obliga a mantener a POSITIVA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
j. EL CONTRATISTA se obliga a efectuar su trabajo con el máximo de responsabilidad al dedicarse a la ejecución de las labores profesionales previstas en los presentes términos, teniendo en cuenta las directrices generales que POSITIVA le imparta. Cuando se compruebe que hubo una negligencia o descuido por parte de algún profesional del CONTRATISTA y ello causare un perjuicio a POSITIVA ésta podrá repetir lo pagado contra EL CONTRATISTA.
k. En el evento que EL CONTRATISTA en virtud del desarrollo del contrato que se derive del presente proceso de contratación, conozca datos personales de terceros, se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y lo consagrado en el Manual Interno de Políticas y Procedimientos para la Protección de Datos Personales de POSITIVA.
l. La información o los datos a los cuales tuviere acceso el CONTRATISTA durante la ejecución del contrato, serán mantenidos en forma absolutamente confidencial. Esta confidencialidad continuará aún terminado el contrato. Además el CONTRATISTA se
obliga a no utilizar, ni a divulgar a terceros parcial o totalmente cualquier información de clientes, política o procedimiento, que con ocasión del presente contrato le fuere dado a conocer por POSITIVA, con lo cual a partir de la fecha el CONTRATISTA y/o sus funcionarios se entienden que han sido advertidos de tal clasificación de confidencialidad. La violación de esta Cláusula será causal inmediata para dar por terminado el contrato e iniciar acciones de indemnización civil y/o penal según el caso. De igual manera y para el efecto que el CONTRATISTA pueda garantizar la reserva, confidencialidad y preservación de los conocimientos técnicos y secretos industriales, políticas organizacionales e información de clientes de POSITIVA, el CONTRATISTA tomará todas las precauciones útiles y razonables tendientes a evitar la utilización o divulgación de información propia de POSITIVA. La obligación de reserva permanecerá mientras el contrato este vigente y aún con posterioridad a la terminación de la misma por dos (2) años.
m. Las demás que por ley o contrato le correspondan.
El CONTRATISTA será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la Administración o a terceros, en los términos de la Ley.
4.2. OBLIGACIONES DE POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
En virtud del contrato, Positiva Compañía de Seguros S.A. se obliga a:
a. Verificar, revisar y aprobar a través del coordinador designado, el cumplimiento de los requisitos y documentos de orden técnico exigidos como requisito previo e indispensable para suscribir el contrato.
b. Pagar en la forma establecida, las facturas presentadas por EL CONTRATISTA.
c. Suministrar en forma oportuna la información solicitada por El CONTRATISTA de conformidad con los términos de éste proceso.
d. Resolver las peticiones que le sean presentadas por El CONTRATISTA en los términos consagrados en la Ley.
e. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte.
4.3. FORMA DE PAGO
Expedición anual sujeta a las condiciones adjudicadas. Positiva Compañía de Seguros S.A. cancelará el valor de cada certificado dentro de los sesenta (60) días calendario, siguientes a la correcta presentación del documento de cobro objeto de las pólizas, correctamente expedidas y previa la presentación del Certificado de recibo a satisfacción de las pólizas suscrito por parte de quien ejerce el control de ejecución. Para el manejo de actualización de valores, las partes podrán pactar mecanismos de agrupación de anexos facturables mediante cortes periódicos de información, teniendo como base que la mecánica de gestión de valores asegurados implica operación de tipo crédito y débito que puede ser simultánea.
Si el(los) documento(s) de cobro no ha(n) sido correctamente elaborado(s), el término para el pago solo empezará a contarse desde la fecha en que se presente en debida forma. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del CONTRATISTA y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
A conveniencia de la Entidad, se podrá solicitar la aplicación de saldos a favor, bonos y descuentos a las primas pendientes, convertirlas en mayor vigencia técnica de acuerdo con las tasas ofrecidas por el proponente o el reintegro (devolución). Para estos casos y considerando la materialidad que puedan derivar estas cifras, en caso de revocación por parte del asegurador se dará la potestad al asegurado para redimir los saldos a favor en vigencia técnica.
Para efectos de realizar el desembolso correspondiente a cada pago, el contratista debe acompañar copias legibles de los pagos efectuados a los sistemas de salud, pensión, riesgos profesionales, aportes a caja de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, cuando a ello hubiere lugar, en cumplimiento de la Ley 789 de 2002.
4.4. DESCUENTOS
En el valor de su propuesta, el proponente debe tener en cuenta que Positiva Compañía de Seguros S.A. efectuará los descuentos xx xxx del orden Nacional y territorial vigentes, de acuerdo con la información tributaria suministrada por él y con la actividad objeto del contrato. Las retenciones estarán sometidas a las modificaciones que sufran las normas vigentes sobre la materia.
4.5. PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN
El (Los) contrato (s) resultante (s) del presente Proceso de Selección (en este caso, las pólizas), se perfeccionará (n) y legalizará (n) conforme siguiendo las normas de derecho privado, por lo indicado en la reglamentación interna de la entidad en materia de contratación y, en lo pertinente, por las normas civiles y comerciales vigentes. El contrato es la misma Póliza que se emita como resultado del presente proceso.
Si el adjudicatario no concurre a la emisión de los seguros a satisfacción de la Entidad dentro del término señalado, quedará a favor de Positiva Compañía de Seguros S.A., en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las sanciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía, de conformidad con la normatividad vigente.
En este evento, Positiva Compañía de Seguros S.A. adjudicará, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta esté dentro de las condiciones de lo solicitado en los presentes términos.
4.6. SUPERVISIÓN
Todas las actividades derivadas de la ejecución del Contrato estarán supeditadas a la
Supervisión que ejerza Positiva Compañía de Seguros S.A., para la verificación del desarrollo del contrato de acuerdo con las especificaciones y cláusulas del mismo, sin que esa Supervisión releve al Contratista de sus responsabilidades. El Contratista deberá respetar, facilitar y acatar los requerimientos, observaciones y exigencias que le haga el Supervisor, de acuerdo con las actividades señaladas en los presentes términos, en la oferta y en el contrato celebrado.
4.7. TIPO DE CONTRATO
El contrato que se suscribirá con el adjudicatario, será un contrato de Xxxxxxx (Póliza). La Adjudicación se realizará por grupos y no de forma independiente para cada una de las pólizas.
La oferta y los presentes términos formarán parte integral del respectivo contrato. En caso de dudas, vacíos o aclaraciones, el orden de prelación será el siguiente: a) Términos de referencia, b) Propuesta y c) Contrato (póliza).
Las pólizas expedidas por la compañía aseguradora que resulte favorecida con la adjudicación del presente proceso de selección, constituyen el contrato de seguro, para efectos del estatuto de contratación administrativa y tendrá los efectos legales a que haya lugar. En ella se establecerá las condiciones generales y particulares exigidas en estos términos, las condiciones adicionales ofrecidas por el proponente en cuanto no se opongan a lo establecido en los mismos y las siguientes cláusulas obligatorias:
4.8. SUJECIÓN DE LA CUANTÍA Y PAGO A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES
Es la entrega de las sumas de dinero que Positiva Compañía de Seguros S.A. se obliga a pagar a la aseguradora en virtud del contrato de seguro. Se subordinará al trámite administrativo para su pago.
En aras de garantizar que con la disponibilidad presupuestal que respalda la presente contratación se obtenga el mayor período de cobertura, Positiva Compañía de Seguros S.A. se reserva la facultad de adjudicar por una vigencia mayor al término mínimo antes indicado, siempre y cuando el proponente ofrezca, para el periodo adicional, las mismas condiciones de la vigencia mínima.
Para efectos de la consideración de la adjudicación por una vigencia mayor al término mínimo de las vigencias señaladas y con el fin de calcular el valor de las primas aplicables a vigencias adicionales, al término mínimo, con la presentación de su oferta el proponente brinda la aceptación expresa para la aplicación de las tasas a prorrata o la liquidación de la fórmula de proporcionalidad simple frente al ofrecimiento de la vigencia mínima.
Positiva Compañía de Seguros S.A. se reserva el derecho de reajustar los valores asegurados y de excluir o de incluir nuevos funcionarios a la póliza y la compañía aseguradora se compromete a aceptarlos en las mismas condiciones pactadas en la póliza respectiva.
ANEXO 1. MODELO CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y fecha Señores
POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
Bogotá
REF. PROPUESTA PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGUROS PARA POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
Respetados Señores:
Yo, identificado con cédula de ciudadanía número _ domiciliado en
, actuando en nombre y representación de tal y como consta en el certificado de constitución y representación legal, afirmo bajo la gravedad del juramento que conozco y acepto las siguientes condiciones:
Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse, sólo comprometen al Proponente.
Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato que de ella se derive.
Que no nos hallamos incursos en alguna (o algunas) de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Ley y demás normas sobre la materia y que tampoco nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar.
Que ni yo, ni la persona jurídica que represento, estamos incluidos en alguna de las listas restrictivas (vinculantes) xx xxxxxx de activos.
Que ningún representante legal de la persona jurídica que represento se encuentra investigado penalmente.
Que entendemos y aceptamos las condiciones técnicas básicas obligatorias de los anexos sobre los que presentamos oferta.
Que nos comprometemos a apoyar la acción del Estado Colombiano y de Positiva Compañía de Seguros S.A. para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas, y en este contexto asumimos explícitamente los compromisos anticorrupción resaltados en los presentes términos de referencia, sin perjuicio de nuestra obligación de cumplir la ley colombiana.
Igualmente declaro que en caso de sobrevenir alguna inhabilidad, me haré responsable frente a la Compañía y ante terceros, por los perjuicios que se ocasionen y me comprometo a ceder el contrato, previa autorización escrita de Positiva Compañía de Seguros S.A., o si ello no fuere posible, renunciaré a su ejecución.
Si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a otorgar las Garantías requeridas y a suscribir éstas y el contrato (expedición de las pólizas), dentro de los términos señalados para ello, así como a asumir por nuestra cuenta los demás gastos de legalización del mismo.
Que conocemos las leyes de la República de Colombia que rigen la presente contratación.
Que los precios de la propuesta son válidos por un término mínimo de tres (3) meses contados a partir de la fecha y hora del cierre de la contratación. Si se amplían los plazos, la propuesta continuará vigente por dicha prórroga. Si resultaremos adjudicatarios, una vez suscritas las pólizas se mantendrán en firme durante el tiempo de su adjudicación.
Que hemos tomado nota cuidadosa de las especificaciones y condiciones de la presente contratación y aceptamos todos los requisitos de la misma. Así mismo, con la sola presentación de esta oferta autorizamos a la entidad contratante para que tenga como condiciones técnicas básicas mínimas obligatorias ofrecidas las contenidas en los términos de referencia. En el evento de incluir en nuestra oferta información o condicionamientos en contravía a los básicos solicitados, aceptamos que estos no serán revisados, ni serán tenidos en cuenta.
Que la presente propuesta consta de folios debidamente numerados, todos los cuales se entienden rubricados con la firma de la presente carta.
Los valores de mi propuesta son:
GRU PO | PÓLIZAS | Vigencia 2016-2017 | Vigencia 2017-2018 | Vigencia 2018-2019 | TOTAL |
1 | INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS - IRF | ||||
2 | Cyber | ||||
Total |
Valor total de la oferta (en letras):
La garantía de seriedad de la propuesta esta expedida por _ (Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia) por un valor de _ (Expresar en números y Letras), la cual se encuentra en el folio .
Los datos de la empresa son:
Denominación o razón social: NIT
Matrícula Mercantil Domicilio, ciudad y país:
Teléfono y fax:
Con la firma del presente documento manifiesto bajo mi responsabilidad que la información aquí consignada es veraz.
Atentamente,
Nombre y firma del Representante Legal
Cédula de Ciudadanía No. de Cargo
ANEXO 2. CUADRO DE RESUMEN ECONÓMICO DE LA OFERTA
GRU PO | PÓLIZAS | VALORES ASEGURADOS | DEDUCIBLES | TASAS ANUALES | PRIMA | IVA | TOTAL |
1 | INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS - IRF | ||||||
2 | Cyber | ||||||
Total |
NOTAS:
Los oferentes deberán considerar una tasa única a aplicar para cada uno de los xxxxx solicitados.
Si el proponente cuenta con un modelo diferente a éste, será aceptado siempre y cuando cumpla con la materialidad solicitada dentro del presente requerimiento.
ANEXO 3. FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
(xxxx://xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxx/xxxx/xxxxxx/xxxx/xxxxxxx_xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx)
ANEXO 4. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
Nombre Entidad Contratante | Dirección | Teléfono | Objeto Contrato (XXXXX) | Valor Contrato | Fecha Iniciación | Fecha de Terminación | Estado Ejecución Contrato |
Firma:
Representante Legal
Nota. Se permite la acreditación de este requisito, mediante otro formato que considere pertinente el oferente, sin embargo el mismo debe contener la información requerida en el numeral experiencia.
ANEXO 5. MODELO CERTIFICACIÓN PAZ Y SALVO POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES
Yo , identificado con No. , en mi calidad de , de la
empresa con NIT No. , que
(RAZON SOCIAL DEL OFERENTE) ha cumplido, durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección, con los pagos al sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, con el pago de los aportes parafiscales de todos sus empleados vinculados por contrato de trabajo, a las Empresas Promotoras de Salud -EPS-, Fondos de Pensiones, Administradoras de Riesgos Profesionales -ARP-, Caja de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF- y Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- (Ley 789 de 2002 y demás normas concordantes con la materia)
Firma Nombre Revisor fiscal
Tarjeta Profesional
Nota. Se permite la acreditación de este requisito, mediante otro formato que considere pertinente el oferente, sin embargo el mismo debe contener la información xxxxxxxxx xx xxxx xxxxx.
XXXXX 0. MODELO FORMATO PARA CONFORMACIÓN DE CONSORCIO
Por medio del presente escrito hacemos constar que hemos constituido el CONSORCIO
, para participar en el Proceso de Selección No. XXXXXXX, que tiene por objeto la CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGUROS GENERALES DE LA ENTIDAD.
. Integrantes del Consorcio:
1. Nombre: C.C. o NIT:
2. Nombre: C.C. o NIT:
Aportes: Porcentaje (%) con el que participa cada integrante:
Duración: Por el tiempo del contrato y su liquidación:
Compromiso: Al conformar el Consorcio para participar en la Licitación, sus integrantes se comprometen a:
Participar en la presentación conjunta de la propuesta, así como a suscribir el contrato.
Responder en forma solidaria e ilimitada por el cumplimiento total de la propuesta y de las obligaciones que se originen del contrato suscrito con POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
Responder en forma solidaria por todas las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato.
No ceder su participación en el Consorcio a otro integrante del mismo.
No ceder su participación en el Consorcio a terceros sin la autorización previa de (entidad)
.
No revocar el Consorcio durante el tiempo de duración del(los) contrato(s) y el de su liquidación.
ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CONSORCIO: Para la organización del Consorcio, hemos designado como Representante Legal a , quien tendrá las siguientes facultades:
Para constancia se firma el presente documento en , a los _ ( ) días del mes de de .
NOMBRES Y FIRMAS:
NOTA: El presente anexo constituye sólo un modelo. Su contenido podrá ser variado por los proponentes.
ANEXO 7. MODELO FORMATO PARA CONFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL
Por medio del presente escrito hacemos constar que hemos constituido la UNIÓN TEMPORAL
, para participar en el Proceso de Selección No. XXXXXXX, que tiene por objeto la CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGUROS GENERALES DE LA ENTIDAD
Integrantes de la Unión Temporal:
1. Nombre:
C.C. o NIT:
2. Nombre:
C.C. o NIT:
Aportes: Porcentaje (%) con el que participa cada integrante:
. Duración: Por el tiempo del contrato y su liquidación: .
Compromiso: Al conformar la Unión Temporal para participar en la Licitación, sus integrantes se comprometen a: Participar en la presentación conjunta de la propuesta, así como a suscribir el contrato.
Responder en forma solidaria e ilimitada por el cumplimiento total de la propuesta y de las obligaciones que se originen del contrato suscrito con POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
Responder ante las sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la Unión Temporal.
No ceder su participación en la Unión Temporal a otro integrante de la misma.
No ceder su participación en la Unión Temporal a terceros sin la autorización previa de la
.
No revocar la Unión Temporal durante el tiempo de duración del(los) contrato(s) y el de liquidación.
ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA UNIÓN TEMPORAL: Para la organización de la Unión Temporal hemos designado como Representante Legal a , quien tendrá las siguientes facultades:
Para constancia se firma el presente documento en , a los días del mes de de .
NOMBRES Y FIRMAS:
NOTA: El presente anexo constituye sólo un modelo. Su contenido podrá ser variado por los proponentes
ANEXO 8. FORMULARIO SEGURO DE INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS
Esta información debe ser solicitada por el posible proponente, según instrucciones del numeral 1.16
ANEXO 9. FORMULARIO SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
PROFESIONAL
Esta información debe ser solicitada por el posible proponente, según instrucciones del numeral 1.16
ANEXO 10. FORMULARIO SEGURO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL PARA PÉRDIDA DE DATOS (CYBER)
Esta información debe ser solicitada por el posible proponente, según instrucciones del numeral 1.16
ANEXO 11. INFORMACIÓN SINIESTRAL
Seguro Infidelidad y Riesgos Financieros
No. | AMPARO AFECTADO | CAUSA | FECHA DE SINIESTRO | PÉRDIDA INDEMNIZADA A LA FECHA | HONORARIOS INDEMNIZADOS A LA FECHA | ESTADO |
***SIN AFECTACIÓN*** |
Seguro Cyber
No. | AMPARO AFECTADO | CAUSA | FECHA DE SINIESTRO | PÉRDIDA INDEMNIZADA A LA FECHA | HONORARIOS INDEMNIZADOS A LA FECHA | ESTADO |
Seguro nuevo |
ANEXO 12. CONDICIONES TÉCNICAS BÁSICAS OBLIGATORIAS - SEGURO DE INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS
1. Objeto del Seguro: |
Amparar el patrimonio de la Entidad por pérdidas y/o daños a los bienes propios y no propios por los cuales POSITIVA sea responsable, incluyendo dinero en todas sus formas y denominaciones, títulos reales o virtuales y títulos valores, a consecuencia de los riesgos a que está expuesta la Entidad en el giro normal de su actividad, por empleados o terceros o en complicidad con éstos, de acuerdo con los términos y condiciones de la póliza. |
2. Tipo de póliza |
Infidelidad y Riesgos Financieros Texto DHP-84 |
Al contratar la presente póliza, POSITIVA manifiesta que simultáneamente tiene contratada una póliza de Manejo Global para Entidades Oficiales, (cuando se afecte una póliza, puede afectarse simultáneamente la otra y la indemnización puede afectar una y otra póliza sin perjuicio de la existencia de cada una de ellas, a conveniencia de la Entidad). |
3. Modalidad de Cobertura |
Descubrimiento. Se cubrirán los reclamos descubiertos durante la vigencia de la póliza, pero que no hayan ocurrido antes de la fecha de retroactividad |
4. Fecha de Retroactividad |
Ilimitada |
5. Jurisdicción |
Colombiana. |
6. Límite Territorial |
Mundial |
7. Límite Asegurado |
$30.000.000.000 por pérdida o evento y $60.000.000.000 en el agregado anual |
8. Información Adicional |
Proposal debidamente diligenciado de acuerdo a información suministrada.(ANEXO 8) |
9. Coberturas |
Sección 1 - Infidelidad Texto DHP-84 |
Deshonestidad de empleados. |
Predios |
Tránsito |
Falsificación de títulos valores y otros documentos. |
Extensión de falsificación |
Pérdida de giros postales (Aplicable a la cobertura de falsificación). Mediante esta condición se amparan las pérdidas debidas a la aceptación de buena fe del asegurado de cualquier giro de oficina postal o giro postal, en el desarrollo normal de sus negocios, que haya sido expedido o que pretenda haber sido expedido por cualquier oficina de correos o compañía de envíos expresos, si tal giro postal no es pagado a su presentación |
Moneda falsa - Se extiende a cubrir monedas de cualquier lugar del mundo. |
Pérdida de derechos de suscripción. |
Sección 2 - Crímenes por Computador LSW-983 |
1. Sistemas computarizados |
2. Operaciones de la Oficina de Servicios del Asegurado. |
3. Instrucciones Electrónicas por Computador |
4. Equipos y Datos Electrónicos. |
5. Virus de computador |
6. Comunicaciones Electrónicas. |
7. Transmisiones Electrónicas. |
8. Títulos Valores Electrónicos. |
9. Tele-facsímiles Falsificados. |
10. Transferencias iniciadas por voz. |
11. Fraude por Internet. |
9. Cláusulas y/o condiciones adicionales. |
Para aquellas cláusulas y/o condiciones adicionales para las que no se indique sublímite se entenderá que estas operan al 100%. |
Cláusula de aplicación de condiciones particulares. Queda expresamente acordado y convenido, que la Compañía acepta las condiciones básicas técnicas establecidas en este anexo en los términos señalados en el mismo; por lo tanto, en caso de existir discrepancia entre los ofrecimientos contenidos en las CONDICIONES BASICAS TÉCNICAS |
OBLIGATORIAS frente a la propuesta, los textos de los ejemplares de las pólizas, certificados, anexos o cualquier otro documento; prevalecerá la información y condiciones enunciadas en las CONDICIONES BASICAS TÉCNICAS OBLIGATORIAS establecidas. |
Actos de autoridad. La póliza cubre los daños o pérdidas materiales de los bienes asegurados, causados directamente por la acción de la autoridad legalmente constituida, ejercida con el fin de disminuir o aminorar las consecuencias de un siniestro de cualquiera de los riesgos amparados por esta póliza. |
Amparo automático de nuevos cargos y nuevos empleados, sin ajuste anual y sin término para el aviso. Mediante esta cláusula el amparo que otorga la póliza debe extenderse a cubrir automáticamente todo nuevo empleado y/o cargo creado por la Entidad |
Amparo automático de nuevos predios y/u oficinas y/u operaciones. Sin cobro de prima adicional; sin embargo, en caso de fusiones y/o adquisiciones, estas deberán ser aceptadas previamente por los Aseguradores; la prima de seguro se ajustará de acuerdo con el nuevo estado del riesgo. |
Ampliación de la definición de empleado y/o trabajador y/o servidor. El oferente acepta que el término empleado y/o trabajador y/o funcionario comprende a representantes legales, funcionarios y/o empleados del asegurado, vinculados a este mediante contrato de trabajo, orden de trabajo o mediante nombramiento por decreto o resolución. Igualmente, se entienden como empleado y/o trabajador y/o funcionario los trabajadores ocasionales, temporales o transitorios, y a quienes sin serlo realicen prácticas o investigaciones en sus dependencias, como estudiantes o visitantes especiales, con la previa y expresa autorización del asegurado. Así mismo todas aquellas personas naturales, contratistas y subcontratistas independientes y demás que requiera la entidad para su normal funcionamiento, que presten sus servicios en el establecimiento del asegurado, fuera de este o en predios de terceros, bajo cualquier título o contrato y que trabajen o se desempeñen bajo instrucciones de la Entidad. |
Ampliación del plazo para aviso de siniestro. El oferente acepta la ampliación del plazo para aviso de la ocurrencia del siniestro por parte del asegurado hasta noventa (90) días siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer. |
Ampliación del plazo para aviso de revocación/no renovación/no prórroga de la póliza por parte de la aseguradora: El Oferente debe contemplar bajo esta cláusula que la póliza podrá ser revocada unilateralmente por la compañía, mediante noticia escrita certificada enviada al asegurado a su última dirección registrada, con una anticipación no menor de ciento veinte (120) días calendario. Los días de anticipación del aviso serán contados a partir de la fecha de recepción por parte del Asegurado de la noticia escrita certificada. En el evento que la Aseguradora emita el aviso de revocación con una anticipación inferior al límite mínimo solicitado, la fecha de comunicado de aviso la tomará Positiva como base para contar el término de 120 días para su vencimiento, sin perjuicio de la fecha de vencimiento de las pólizas, razón por la cual la aseguradora seleccionada, deberá extender la cobertura hasta la fecha máxima que contemple los 120 días, con cobro adicional de prima en igualdad de condiciones del exceso de vigencia. |
Anexo de Carta de Efectivo. Mediante esta cobertura se ampara la pérdida de cualquier artículo o artículos, por cualquier causa, adjunto a una carta de efectivo mientras se encuentren en tránsito durante el curso de cobro, presentación o pago entre cualquier oficina del asegurado y cualquier lugar del mundo. En el evento que cualquier Banco devuelva ese artículo al asegurado, ese artículo se considerará en tránsito hasta ser recibido por el asegurado. También se amparan los gastos telefónicos, sueldos pagados a empleados adicionales u horas extras a empleados. |
Anexo de Directores (Miembros de Junta Directiva) Se extiende a cubrir los actos delictivos de los directores y miembros de junta directiva. |
Anticipo de indemnización del 50%. Mediante la presente cláusula queda entendido, convenido y aceptado que en caso de siniestro y a petición escrita del asegurado, la Aseguradora anticipará pagos parciales del valor del reclamo, con base en el valor de la estimación preliminar de la pérdida, aceptada por la aseguradora, para adelantar la reparación, reposición o reemplazo de los bienes asegurados. En caso de que el anticipo o suma de anticipos que la compañía adelante al asegurado llegare a exceder la suma total indemnizable a que tenga derecho, éste se compromete a devolver inmediatamente el exceso pagado, sujeto a que demuestre la ocurrencia y la cuantía del siniestro. |
Bienes de terceros bajo cuidado, tenencia, control y custodia. (Declarados o no). Las partes (Tomador y Asegurador) acuerdan mediante la presente cláusula que las coberturas de la póliza se extienden a amparar el interés y la responsabilidad por propiedad perteneciente a otros parcial o totalmente, pero en poder del asegurado y por las que legal o contractualmente sea responsable, ya sea porque se haya vendido pero no entregado en almacenes, para reparaciones, procesamiento o por cualquier motivo |
Xxxx por contratación a largo plazo, mínimo del 7.50%, siempre y cuando la póliza tenga continuidad con los mismos aseguradores. Esta condición se otorgará sin restricción de la devolución del mismo por parte de la Entidad en los casos donde se revoque, no se renueve o no se prorrogue la póliza por decisión del asegurador. |
Xxxx de retorno por experiencia siniestral (B) del 10%. Sin restricción de renovación con la misma Aseguradora. |
Cláusula de arbitramento o compromisoria (a opción del asegurado). Las partes (Xxxxxxx y Xxxxxxxxxx) acuerdan que cualquier controversia que se suscite entre ellas con ocasión de la celebración, ejecución de las obligaciones nacidas del contrato de seguros y terminación del mismo, será asumida por un tribunal de arbitramento, el cual estará integrado |
por tres (3) árbitros designados de común acuerdo entre las partes, o en su defecto, por árbitros inscritos en la lista del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. El arbitraje será en derecho y se sujetará a la normatividad jurídica vigente. Las partes fijan como domicilio la ciudad de Bogotá y como sede el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de la misma ciudad. |
Cláusula de cooperación de reclamos. En consecuencia, no es necesario que el asegurado notifique al reasegurador, ni que la aseguradora quede supeditada al reasegurador para la atención de los siniestros que puedan afectar esta póliza. |
Cobertura de huelga, motín, conmoción civil o popular y actos mal intencionados de terceros incluyendo terrorismo y los actos terroristas de movimientos subversivos para toda clase de bienes y en relación con el objeto del presente seguro. Sublimite $200.000.000. |
Cobertura para otros bienes del asegurado (incluyendo mercancías propias de la actividad del asegurado) diferentes de dinero y valores, únicamente bajo los amparos de Infidelidad y Predios |
Concurrencia de amparos, cláusulas y/o condiciones. Queda entendido, convenido y aceptado, que si dos o más amparos, cláusulas o condiciones otorgan cobertura a un mismo evento, se indemnizará con base en aquella que ofrezca mayor protección para los intereses del asegurado. De igual manera prevalecerán los amparos, cláusulas o condiciones que otorguen coberturas sobre aquellos que las excluyan. En todo caso y ante cualquier discrepancia sobre cuál es el amparo, cláusula o condición aplicable a un caso determinado, se aplicara aquella que determine el asegurado de acuerdo a su conveniencia. |
Conocimiento del riesgo. La Aseguradora manifiesta que conoce el riesgo y que partiendo de esta base ha hecho la tasación y ha establecido los términos y condiciones para la presentación de su propuesta y posterior contratación de la cobertura, por consiguiente deja constancia del conocimiento y aceptación de los riesgos, las circunstancias y condiciones de los mismos. |
Costo neto financiero con respecto a títulos valores. En caso de presentarse una pérdida amparada respecto de títulos valores, el oferente acepta el reconocimiento al asegurado a una tasa del 2.5% mensual, con un límite máximo de indemnización de nueve meses sobre un valor de $50.000.000, pagadero por mes y sujeto a un límite total agregado anual de $600.000.000 |
Cobertura Todo riesgo para dinero y títulos valores incluyendo pero sin estar limitado a Incendio, explosión, terremoto, temblor y/o erupción volcánica y demás eventos de la naturaleza. |
Desaparición misteriosa y destrucción con respecto a dinero y títulos valores. |
Designación de ajustadores. Queda entendido, convenido y aceptado que, en caso de siniestros amparados por la presente póliza que requieran la asignación de un perito ajustador, la Aseguradora efectuará su contratación previo acuerdo y aprobación del Asegurado, para lo cual el asegurado elegirá un ajustador de la lista de ajustadores que presente la aseguradora en la oferta del presente proceso. |
Cambio de ajustador. En caso de que la Entidad considere que la labor del ajustador designado cuando a ello haya lugar, no es eficaz, la Compañía de Seguros con el solo requerimiento escrito y motivado de la Entidad procederá al cambio |
Denominación en libros, registros o sistemas del asegurado. Queda entendido, convenido y aceptado que la compañía acepta el título, nombre, denominación y/o nomenclatura con que el asegurado identifica o describe los bienes asegurados en sus registros, inventarios, bases de datos o similares, siempre y cuando la definición esté de acuerdo a la naturaleza física de los mismos. |
Determinación de la pérdida indemnizable. El Oferente debe contemplar en forma expresa que la determinación del valor de la pérdida indemnizable de bienes, se efectuará con base en cotizaciones de bienes de la misma clase, capacidad, tipo y marca o de las características más similares que ofrezca el mercado. En caso de que en el mercado no existan bienes de las mismas o similares características, la determinación se efectuará con base en la (s) alternativa (s) de reemplazo que presentará el asegurado. |
La definición (c) es modificada para incluir las palabras: “colecciones de monedas, cerámicas, colecciones de estampillas” después de las palabras “piedras semi-preciosas”. |
Endoso de cartas de remesa de efectivo. La cobertura será en exceso de cp$ 10,000.000 por todo y cada siniestro. |
En la cláusula de Infidelidad no es necesario demostrar la ganancia personal del empleado que cometa el ilícito. |
Errores, omisiones e inexactitudes no intencionales. El tomador está obligado a declarar sinceramente los hechos y circunstancias que determinen el estado del riesgo. La inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidas por la compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato o inducido a estipular condiciones más onerosas, produce la nulidad relativa del seguro. Sin embargo, si se incurriere en errores, omisiones e inexactitudes imputables al tomador o al asegurado, el contrato no será nulo ni habrá lugar a la aplicación del inciso tercero del artículo 1058 del Código de Comercio sobre reducción porcentual de la prestación asegurada. En este caso se deberá pagar la prima adecuada al verdadero estado del riesgo. |
Extensión de costos de limpieza ( Delitos por computador, Pérdidas a través de sistemas de cómputo) |
Extensión de extorsión. Cobertura de pérdida por amenaza a las personas y/o bienes muebles e inmuebles. Las coberturas de Predios Tránsito se extienden a incluir el anexo de extorsión (lesiones personales y/o daños a la |
propiedad). Por expresa prohibición legal (Ley 40 de 1993) , las pérdidas causadas por el pago de cualquier rescate para obtener la liberación de cualquier parte secuestrada no quedan cubiertas |
Extensión de terremoto e incendio y líneas aliadas para títulos valores. |
Fraude (falsificación) de télex, cable, telefax e instrucciones escritas en general. Ampara la pérdida resultante de: Haber el asegurado transferido, pagado o entregado fondos o bienes, concedido algún crédito, debitado alguna cuenta o entregado algún valor con base en cualesquier comunicación electrónica dirigida al asegurado en la que autorice o acepte la transferencia, pago, entrega o recibo de fondos o bienes, transmitida fraudulentamente. |
Faltantes de inventario: El oferente ofrecerá la cobertura para los faltantes de inventarios atribuibles a funcionarios de la Entidad siempre y cuando tales pérdidas sean consecuencia de delitos amparados en este seguro. Límite Hasta el 30% del límite asegurado contratado evento/vigencia. |
La condición precedente de responsabilidad (a) es modificada eliminando las palabras: “periodo de 12 meses” y reemplazándolas por “año calendario”. |
Los valores en riesgo en predios son los detallados en el formulario de solicitud del asegurado. Los valores son al cierre de atención de las oficinas y no reflejan aumentos o incrementos temporales que se dan el curso normal de los negocios. |
Manejo y negociación de documentos seriales a cargo de terceros. |
Amparo de Pérdida a Clientes. La cobertura se extiende a amparar las conductas delictivas de los empleados (según definición) que desempeñen sus funciones fuera de los predios del asegurado. |
Modificación de condiciones. Los proponentes deben contemplar bajo esta cláusula, que los cambios o modificaciones a las condiciones de la presente póliza, serán acordados mutuamente entre la compañía y el asegurado. El certificado, documento o comunicaciones que se expidan para formalizarlos debe ser firmado, en señal de aceptación, por un representante legal del asegurado o funcionario autorizado, prevaleciendo sobre las condiciones de esta póliza. |
Modificación en la denominación de cargos. Queda entendido, convenido y aceptado que si durante la vigencia de la presente póliza se presentan cambio(s) de denominaciones a cargos, éstos se consideran automáticamente incorporados en la póliza. |
Modificaciones a favor del asegurado. Los cambios o modificaciones a las condiciones de la presente póliza, serán acordados mutuamente entre la compañía y el asegurado. No obstante si durante la vigencia de la póliza se presentan modificaciones en las condiciones del seguro, legalmente aprobadas y que representen un beneficio a favor del asegurado, tales modificaciones se consideran automáticamente incorporadas |
No aplicación de garantías, ni subjetividades durante la vigencia de la póliza, excepto aquellas que se plantean en los condicionados generales del seguro, siempre que no condicionen o contradigan las condiciones particulares de este proceso. |
Pago de la indemnización. Los oferentes deben contemplar en caso de siniestro, que el asegurado se reserva el derecho de solicitar a la compañía de seguros el pago de la indemnización, mediante la reparación, y/o reposición del bien o bienes afectados, o mediante giro a los contratistas y/o proveedores de servicios o suministro de éstos u otros similares con los cuales la Entidad, decida reemplazarlos, y la compañía a petición escrita de la Entidad Asegurada, efectuará el pago de la indemnización, hasta el monto de su responsabilidad, bajo estas condiciones. |
Obras de Arte de propiedad o bajo responsabilidad del asegurado. Los amparos de predios y tránsito se extienden a cubrir las obras de arte. Las obras de arte que sean adquiridas por el asegurado durante la vigencia de la póliza serán automáticamente cubiertas sin notificación previa a la aseguradora y sin pago de prima adicional. Sublímite $500.000.000 toda y cada pérdida y en el agregado anual, con deducible de $1.000.000. |
Pérdidas causadas por empleados o servidores no identificados: Infidelidad se extiende a incluir las pérdidas causadas por empleados no identificados así: Si se alega que una pérdida ha sido causada por fraude o deshonestidad de cualquiera de los empleados del asegurado y el asegurado no puede designar el empleado o empleados específicos causantes de tal pérdida, el asegurado de todas formas tendrá el beneficio de la cláusula de seguro No. 1 (infidelidad) siempre que la evidencia presentada o sometida por el asegurado pruebe más allá de cualquier duda razonable que la pérdida fue debido al fraude o deshonestidad de tal o tales empleados del asegurado, adicionalmente que la responsabilidad del asegurador por cualquier pérdida no excederá el límite de responsabilidad aplicable a la cláusula de seguro 1. |
Pérdidas o daños a establecimientos y sus contenidos, de acuerdo con las coberturas del seguro |
Pérdidas resultantes de la falsificación de cheques de viajero, cartas de bodega, cuentas por cobrar, recibos de bodega. |
Protección de depósitos bancarios. Cubre las pérdidas de dinero que el asegurado tenga depositado en sus cuentas corrientes o de ahorro en entidades bancarias o financieras (incluidos sus respectivos intereses), que se deba a falsificación o adulteración de un cheque, giro, letra de cambio, pagaré, carta de crédito o cualquier otra clase de título valor que el banco o entidad financiera presuma que ha sido firmado, endosado o avalado por el asegurado o por una persona que obre en su nombre o representación y que el banco o entidad financiera compruebe que no es responsable por dicho pago, incluyendo: - Cualquier cheque o giro hecho o girado en nombre de la Entidad pagadero a una persona ficticia y endosado o pagado a |
nombre de dicha persona. - Cualquier cheque o giro hecho o girado en transacción del Asegurado o por su representante a favor de un tercero y entregado al representante de éste que resultare endosado o cobrado por persona distinta de aquel a quien se giro, y - Cualquier cheque o giro con destino al pago de salarios que habiendo sido girado u ordenado por el Asegurado, resultare endosado y cobrado por un tercero obrando supuestamente a nombre del girador, o de aquel a quien se debía hacer el pago. Para efectos de esta cobertura, las firmas estampadas por medios mecánicos se consideran como firmas autógrafas. |
Reposición de Títulos Valores |
Responsabilidad civil por orden de no pago o negativa de pagar cheques. Sublimite $50.000.000 Con motivo que el asegurado haya: a) Cumplido o dejado de cumplir con la solicitud de cualquier cliente del Asegurado, o un representante autorizado de dicho cliente, de no pagar cualquier cheque o giro bancario realizado o retirado de una cuenta del Asegurado por parte de dicho cliente o un representante autorizado del mismo. b) Xxxxxx el pago de cualquier cheque o giro bancario realizado de una cuenta del Asegurado por parte de un cliente del asegurado o un representante autorizado del mismo. |
Revocación por parte del asegurado sin penalización (Liquidación a corto plazo). El Oferente debe contemplar bajo esta cláusula que la póliza podrá ser revocada unilateralmente por el Asegurado en cualquier momento de la vigencia del seguro, mediante noticia escrita enviada a su dirección comercial o a su última dirección registrada. La prima de seguro no devengada será liquidada a prorrata. |
Variaciones del riesgo. El oferente debe autorizar a la Entidad para efectuar las modificaciones dentro del riesgo que juzgue necesarias para el funcionamiento de su actividad o negocio. Cuando tales modificaciones varíen sustancial, objetiva y materialmente los riesgos conocidos y aceptados por el Oferente, la Entidad estará obligada a avisar de ellas por escrito a la Aseguradora dentro de los noventa (90) días comunes contados a partir del inicio de estas modificaciones, sí éstos constituyen agravación de los riesgos cubiertos por la póliza. |
Responsabilidad Civil Profesional de los ejecutivos y empleados. No obstante lo que se establezca en el anexo de Responsabilidad Civil Profesional, se incluyen a todos los ejecutivos y empleados bajo el amparo de Responsabilidad Civil Profesional, sin cobro de prima adicional |
Cláusula de jurisdicción y solución de controversias. Toda y cualquier diferencia que surja entre las partes por la interpretación del presente contrato, su ejecución, cumplimiento, terminación o las consecuencias futuras de mismo, será dirimida bajo la jurisdicción y legislación de la República de Colombia. Las diferencias y controversias que surjan se solucionarán con sujeción a las siguientes instancias que se agotarán, de acuerdo con la conveniencia de la Entidad, asegurado y/o tomador. |
ARREGLO DIRECTO. Las partes tratarán de resolver sus diferencias de forma directa y entre ellas mismas dentro del plazo de quince (15) días contados a partir de la notificación escrita en que cualquiera de ellas informe a la otra de un conflicto o controversia originado en el contrato. |
CONCILIACIÓN: Agotado el plazo anterior sin que las partes lograsen un acuerdo por si mismas, acudirán a la asistencia de un conciliador legalmente autorizado, que se designará y actuará según los parámetros establecidos por la ley 446 de 1998 y el decreto 1818 del mismo año. La etapa de conciliación durará un mes desde el momento que las partes o cualquiera de ellas radique la solicitud de conciliación respectiva en caso de lograrse la conciliación, la misma producirá efectos de cosa juzgada entre las partes, en caso contrario, agotará el requisito de procedibilidad para acudir a la jurisdicción ordinario arbitral según corresponda. |
JURIDISDICION ORDINARIA. Agotadas las instancias anteriores, si la cuantía de las pretensiones derivadas de la diferencia que surja entre las partes por la interpretación del presente contrato, su ejecución, cumplimiento, terminación o las consecuencias futuras del mismo, no excediere de 220 SMLV las partes sujetarán su controversia a la decisión del juez de instancia que corresponda según la cuantía y competencia en arreglo a lo previsto por el Código de Procedimiento Civil. |
JURISDICCIÓN ARBITRAL. Agotadas las instancias anteriores, si la cuantía de las pretensiones derivadas de la diferencia que surja entre las partes por la interpretación del presente contrato, su ejecución, cumplimiento, terminación o las consecuencias futuras de mismo, se llevará el conflicto a la decisión de un tribunal de arbitramento institucional, cuyo domicilio será la ciudad de Bogotá D.C. el tribunal estará integrado por un (1) árbitro que será designado conjuntamente por las partes dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al envío de la comunicación por correo certificado y que una de ellas le haga llegar a la otra solicitando la conformación del tribunal; en caso de desacuerdo o falta de respuesta de la parte requerida, la otra parte podrá solicitar la designación y conformación del tribunal; al centro de arbitraje y conciliación de la Cámara de Comercio de la ciudad de Bogotá D.C. El tribunal así conformado, funcionará en la ciudad de Bogotá D.C., y el laudo deberá proferirse en derecho, sujetándose de un todo al decreto 2279 de 1989, la ley 23 de 1991, a la ley 446 de 1998, sus decretos reglamentarios y demás normas que regulan esta figura judicial. |
10. Gastos Adicionales |
La póliza se extiende a amparar los siguientes gastos en que razonablemente incurra la Entidad - Estos gastos se encuentran contenidos en el límite máximo de indemnización pactado. - Para los gastos relacionados a continuación no aplican deducibles: - Las condiciones a continuación relacionadas operan con un sublímite combinado de cobertura de $3.000.000.000, (con excepción de los sublimitados) |
Honorarios Legales. Honorarios, costos y gastos incurridos y pagados por el asegurado en la defensa de alguna. Evento demanda, reclamo, juicio o procedimiento judicial debidamente acreditado y que provengan de una perdida cubierta por el contrato de seguro. Sublímite Proceso $150.000.000 / Vigencia $600.000.000 |
Costos de reconstrucción y/o reposición de libros y registros contables. Sublímite $500.000.000 toda y cada pérdida y en el agregado anual, en exceso de $4.000.000 por toda y cada pérdida |
Gastos de horas extras, trabajo nocturno o en días festivo, flete expreso y flete . Bajo esta cobertura se amparan los gastos adicionales y extraordinarios por concepto de horas extras, trabajo nocturno o en días festivos, flete expreso y flete aéreo, que se incurra con motivo de una pérdida o daño amparado. |
Anexo de gastos de auditoría. Sublímite $500.000.000 por toda y cada pérdida y en el agregado anual en exceso de $10.000.000 por toda y cada pérdida y como consecuencia de una pérdida cubierta por el contrato de seguros. |
Gastos para la demostración del siniestro. No obstante lo que se diga en contrario en las condiciones generales y particulares de la póliza, la Aseguradora se obliga a indemnizar los gastos en que necesaria y razonablemente incurra el asegurado con el fin de demostrar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida. |
Gastos para la preservación de bienes. |
Honorarios de auditores, revisores, contadores, técnicos otros profesionales. Se otorga cobertura para amparar los gastos en que incurra el asegurado, por pago de auditores, revisores y contadores que se requieran para analizar y certificar los datos extraídos de los libros de contabilidad y demás documentos del negocio del asegurado, al igual que cualesquiera otras informaciones que sean solicitadas por la Aseguradora al asegurado para la demostración de la ocurrencia y cuantía del siniestro, según lo establecido en esta póliza. |
Subrogación. En virtud del pago de la indemnización, la Compañía se subroga por ministerio de la ley y hasta el valor de su importe en todos los derechos del Asegurado contra las personas responsables del siniestro. El Asegurado no podrá renunciar en ningún momento a sus derechos contra terceros responsables del siniestro. Tal renuncia le acarreará la pérdida del derecho a la indemnización. La compañía renuncia expresamente a ejercer sus derechos de subrogación contra cualquier cliente, socio, miembro de junta directiva o cualquier empleado o dependiente del Asegurado, salvo el caso en que los daños hayan sido causados intencionalmente por ellos. |
ANEXO 13. CONDICIONES TÉCNICAS BÁSICAS OBLIGATORIAS SEGURO RESPONSABILIDAD PROFESIONAL POR PÉRDIDA DE DATOS
Objeto del Seguro: | |
Cubrir la Responsabilidad de POSITIVA por el Uso y Tratamiento de información y la Responsabilidad por la Seguridad de Datos. | |
Asegurado: | |
POSITIVA S.A. | |
Beneficiario: | |
POSITIVA S.A. Y/O TERCEROS AFECTADOS | |
Modalidad de Aseguramiento: | |
CLAIMS MADE | |
Legislacion y Jurisdiccion: | |
COLOMBIA | |
Ambito Territorial: | |
MUNDIAL | |
Cláusula de Retroactividad: | |
Inicio de vigencia | |
Fecha de Continuidad: | |
ILIMITADA | |
Clausulado: | |
El que aplique según Aseguradora adjudicada | |
Límite Asegurado Anual: | |
$1.000.000.000 Por reclamo y en el agregado anual | |
Coberturas Básicas Obligatorias | |
Responsabilidad por Datos Personales: Cualquier pérdida derivada de la violación de información personal, real o presunta, que resulte en un reclamo contra el asegurado. | |
Responsabilidad por Datos Corporativos: Cualquier pérdida derivada de la violación de información corporativa, real o presunta, que resulte en un reclamo contra el asegurado. | |
Responsabilidad por Empresas Subcontratistas: Cualquier pérdida derivada de violación de información personal que resulte en un reclamo en contra de una empresa subcontratista por el procesamiento o recopilación de datos personales en nombre de la sociedad y por los cuales, la sociedad es responsable. | |
Responsabilidad por Seguridad de Datos: Cualquier pérdida derivada de un acto, error u omisión, real o presunto, que resulte en un reclamo contra el asegurado: (i) una contaminación de datos de terceros por medio de un software no autorizado, un código informático o virus específicamente diseñado para el Sistema de cómputo de la sociedad; (ii) una denegación inadecuada o errónea de los derechos de acceso a los datos a un tercero autorizado; (iii) el robo de un código de acceso de las instalaciones de la sociedad, a un Sistema de cómputo, o a empleados por medios electró/nicos o no electrónicos; (iv) la destrucción, modificación, contaminación, daño o eliminación de datos Almacenados en cualquier sistema de cómputo como consecuencia de una Violación de seguridad de datos; (v) el robo físico del hardware controlado por la sociedad y dentro de sus Predios; por cualquier persona diferente al asegurado y en el cual se encuentran datos almacenados y que dicho robo derive en una pérdida de datos; o (vi) la revelación de datos como consecuencia de una violación de seguridad de Datos; Asimismo se cubrirán las pérdidas que sufra la sociedad, derivadas de un acto intencional que provenga de cualquier empleado de la sociedad, en el caso que esta última sea legalmente responsable por dichos actos, sin perjuicio de lo establecido en la exclusión de acto intencional. | |
Gastos de Defensa: Los honorarios, costos y gastos razonables en que el Asegurado hubiese incurrido, con el consentimiento previo por escrito del Asegurador, para la defensa, recurso y/o transacción de un Reclamo contra el Asegurado. | |
Gastos de Investigación: Cualquier audiencia, Investigación, auditoria o interrogatorio oficiales o formales por una Autoridad Protectora de Datos en los procedimientos de la Sociedad para la recopilación de Datos, procesamiento de Datos, o delegación del procesamiento de Datos a Terceros. Investigación no incluye cualquier procedimiento o acción que afecten a toda la industria o que no sean específicos a la Sociedad. |
Restitución de la Imagen de la Sociedad: Los honorarios, costos y gastos razonables incurridos por la sociedad en la obtención de asesoramiento por parte de un consultor independiente de relaciones públicas, con el previo consentimiento por escrito del asegurador, con el objeto de mitigar los daños a la reputación de la sociedad como consecuencia de un reclamo, una violación de información personal, una violación de información corporativa, o una violación de seguridad de datos no se aplicara deducible alguno para la presente extensión de cobertura. Sublímite hasta el 50% del límite asegurado. |
Restitución de la Imagen Personal: Los honorarios, costos y gastos razonables incurridos por la sociedad en la obtención de asesoramiento por parte de un consultor independiente de relaciones públicas, con el previo consentimiento por escrito del asegurador, con el objeto de mitigar los daños a la reputación de la sociedad como consecuencia de un reclamo, una violación de información personal, una violación de información corporativa, o una violación de seguridad de datos no se aplicara deducible alguno para la presente extensión de cobertura. Sublímite hasta el 50% del límite asegurado. |
Notificación & Monitoreo: Gastos de notificación y monitoreo en el caso de una violación de información personal o violación de seguridad de datos que ocurra por primera vez y se notifique durante el periodo de la póliza. No se aplicara deducible alguno para la presente extensión de cobertura. Sublímite hasta el 50% del límite asegurado. |
Datos Electrónicos: Costos y gastos razonables en el caso de una violación de seguridad de datos que ocurra por primera vez y se notifique durante la vigencia de la póliza, y destinados a: (i) determinar si los datos electrónicos pueden o no ser restaurados, restablecidos o recopilados; y (ii) restaurar, restablecer o recopilar datos electrónicos, cuando sea posible. No se aplicara deducible alguno para la presente extensión de cobertura. |
Contenidos Multimedia: En consideración de la prima adicional pagada, el Asegurador pagara en nombre del Asegurado cualquier Pérdida derivada de cualquier acto real o presunto, error, declaración inexacta o incierta u omisión de un Asegurado en relación con la recopilación, creación, publicación, impresión, radiodifusión, o distribución de Material que resulte en: (i) una infracción de derechos de autor (copyright), títulos, slogans, marcas registradas (trademarks), nombres comerciales, infracción de nombres de dominio; (ii) plagio, piratería o apropiación indebida o robo de ideas; (iii) difamación, divulgación pública de hechos privados, calumnias o injurias cometidas sin mala intención por medio de palabras escritas, habladas o retransmitidas, incluyendo peros sin limitarse a, el trastorno emocional o la angustia mental en relación con dicha conducta; o (iv) una intromisión, invasión de la privacidad, entrada ilegal o desalojo, allanamiento xx xxxxxx o escuchas. |
Extorsión Cibernética: Gastos por amenaza electrónica. En consideración de la prima adicional pagada, el Asegurador pagará en nombre del Asegurado cualquier Pérdida por Extorsión en la que incurra el Asegurado únicamente como resultado de una Amenaza de Seguridad. Definiciones Pérdida por Extorsión Cualquier: (i) cantidad pagada por un Asegurado de acuerdo con los requerimientos legales locales, y con el previo consentimiento por escrito del Asegurador, para terminar o poner fin a una Amenaza de Seguridad que de otro modo podría resultar en un daño para el Asegurado; o (ii) el coste de llevar a cabo una Investigación para determinar la causa de una Amenaza de Seguridad. Amenaza de Seguridad Cualquier amenaza o serie de amenazas conectadas, de cometer un ataque localmente o en varios países, contra un Sistema de Computo con la intención de exigir dinero, valores o cualquier otra propiedad de valor tangible o intangible del Asegurado. |
Interrupción de la Red Gastos por interrupción de negocios electrónicos y gastos extra Seguro de Interrupción de la Red En consideración de la prima adicional pagada, el Asegurador pagará al Asegurado cualquier Pérdida de la Red en la que incurra un Asegurado después del Período de Horas de Espera y únicamente como consecuencia de un Fallo de Seguridad. |
Período adicional de notificación: 30 Días – Sin recargo, 12 meses – 50% del monto de la prima anual |
Xxxx por contratación a largo plazo, mínimo del 5%, siempre y cuando la póliza tenga continuidad con los mismos aseguradores. Esta condición se otorgará sin restricción de la devolución del mismo por parte de la Entidad en los casos donde se revoque, no se renueve o no se prorrogue la póliza por decisión del asegurador. |
Xxxx de retorno por experiencia siniestral (B) del 10%. Sin restricción de renovación de con la misma Aseguradora. |
ANEXO 14. CONDICIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS Y DEDUCIBLES – SEGURO DE INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS
Puntajes Condiciones Complementarias | ||
EVALUACIÓN DE CONDICIONES 300 puntos | ||
Condición | Puntaje | |
Cláusula de Infidelidad o deshonestidad de empleados bajo la forma DHP73 o similares Mediante la cual se ampara la pérdida resultante directa y únicamente de actos dolosos o fraudulentos cometidos por los empleados del asegurado, sin que sea necesario probar la intención manifiesta de ocasionar la pérdida ni la intención de obtener ganancia personal para él o los empleados implicados. La aceptación de esta condición otorgará el puntaje ofrecido, la negación para aceptar esta condición no concederá puntaje. | 57 | |
Mejora del límite asegurado por pérdida o evento. Para la calificación de esta condición, se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el mayor límite ofrecido en las mismas condiciones aquí ofertadas, los demás en forma proporcional | 48 | |
Supresión de la siguiente garantía (en los mismos términos o similares): Que todos los empleados tomen dos semanas consecutivas y obligatorias de vacaciones cada año. La aceptación de esta condición otorgará el puntaje ofrecido, la negación para aceptar esta condición no concederá puntaje. | 15 | |
Supresión de la siguiente garantía (en los mismos términos o similares): Efectuará una auditoría interna de su oficina principal, sucursales y agencias, por lo menos una (1) vez en cada período de doce (12) meses. La aceptación de esta condición otorgará el puntaje ofrecido, la negación para aceptar esta condición no concederá puntaje. | 15 | |
Ampliación del porcentaje básico xx Xxxx de retorno por experiencia siniestral (B) mínimo del 5%,. Sin restricción de renovación de con la misma Aseguradora, Corredor de Reaseguros y Reasegurador. Para la calificación de esta condición, se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el mayor límite en porcentaje adicional al básico, y los demás en forma proporcional aplicando una regla de tres simple. | 6 | |
Ampliación del porcentaje básico xx Xxxx por contratación a largo plazo, mínimo del 5%, sin restricción de la devolución del mismo por parte de la Entidad en los casos donde se revoque o no se renueve la póliza. Así mismo el bono puede ser utilizado para extender la vigencia de la póliza. Para la calificación de esta condición, se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el mayor límite en porcentaje adicional al básico, y los demás en forma proporcional aplicando una regla de tres simple. | 9 | |
Ofrecimiento de póliza de Responsabilidad Civil Profesional, como stand-alone CONDICIÓN BÁSICA Coberturas mínimas requeridas 1. Responsabilidad Civil Profesional: Ofrecimiento de póliza de Responsabilidad Civil Profesional para Compañías de Seguros (Clausulado según aplique por cada asegurador, sin perjuicio de las condiciones particulares solicitadas/ofrecidas) para cubrir los siguientes procesos: - Administrativos - Suscripción de seguros - Gestiones de promoción y prevención (control de siniestralidad) - Indemnizaciones - Servicio al cliente Límite asegurado mínimo a ofrecer: $3.000.000.000 por evento y en el agregado anual. Deducible máximo del 10% sobre el valor de la pérdida, mínimo $15.000.000. 2. Deshonestidad de Empleados 3. Defensa: Se incluyen los gastos de defensa incurridos con ocasión al siniestro imputado, mínimo un sublímite del 20% de la suma asegurada básica, que hace parte de y no en adición a la misma, sin aplicación de deducible. Estos se aplicarán por reembolso, previa autorización de la aseguradora. 4. Pérdida de documentos. 5. Periodo de Descubrimiento a. Automático por 24 meses sin cobro de prima adicional b. Periodo de descubrimiento 12 meses adicionales al 50% de prima anual. 6. Costos de Fianza. 7. Compensación por comparecencia en juicio. | Ofrecimiento de la condición de seguro básica La aceptación de esta condición otorgará el puntaje ofrecido, la negación para aceptar esta condición no concederá puntaje. | 90 |
Límite asegurado adicional al mínimo. Se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el mayor límite en porcentaje adicional al básico, y los demás en forma proporcional aplicando una regla de tres simple. (requiere ofrecer la condición básica de póliza de Responsabilidad Civil Profesional) | 20 | |
Sublímite adicional al mínimo en gastos de defensa (porcentaje) Se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el mayor límite en porcentaje adicional al básico, y los demás en forma proporcional aplicando una regla de tres simple. (requiere ofrecer la condición básica de póliza de Responsabilidad Civil Profesional) | 9 | |
Menor porcentaje de deducible Se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca menor límite en porcentaje respecto al básico, y los demás en forma proporcional aplicando una regla de tres simple. | 9 |
8. Difamación. 9. Gastos adicionales. Extensión de Cobertura: Responsabilidad civil profesional de conformidad con el Decreto 2269 de 1993 (y demás que modifiquen o adicionen) con el fin de amparar los perjuicios y pérdidas causadas a terceros como consecuencia de errores u omisiones cometidas en el proceso de certificación según los servicios profesionales prestados por los laboratorios de higiene y toxicología industrial. Sublímite 500SMMLV, que hace parte de y no en adición a la suma asegurada, sin aplicación de deducible. Errores, omisiones e inexactitudes no intencionales. El tomador está obligado a declarar sinceramente los hechos y circunstancias que determinen el estado del riesgo. La inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidas por la compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato o inducido a estipular condiciones más onerosas, produce la nulidad relativa del seguro. Sin embargo, si se incurriere en errores, omisiones e inexactitudes imputables al tomador o al asegurado, el contrato no será nulo ni habrá lugar a la aplicación del inciso tercero del artículo 1058 del Código de Comercio sobre reducción porcentual de la prestación asegurada. En este caso se deberá pagar la prima adecuada al verdadero estado del riesgo. Modalidad de Cobertura: Claims Made. Ámbito territorial: República de Colombia Retroactividad: Inicio de vigencia Aunque esta póliza se considera un valor agregado al ofrecimiento del seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros, el cual no deberá contemplar costo de prima pagable por separado, debe informarse un valor de prima indicativo. | (requiere ofrecer la condición básica de póliza de Responsabilidad Civil Profesional) | |
Menor valor de prima indicativa Se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el menor valor, y los demás en forma proporcional aplicando una regla de tres simple. (requiere ofrecer la condición básica de póliza de Responsabilidad Civil Profesional) | 9 | |
Mayor retroactividad Se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el mayor periodo de retroactividad contado a partir del inicio de vigencia, y los demás en forma proporcional aplicando una regla de tres simple (mínimo 1 año). (requiere ofrecer la condición básica de póliza de Responsabilidad Civil Profesional) | 13 | |
Total Puntos - Condiciones complementarias | 300 | |
Deducibles | ||
EVALUACIÓN DE DEDUCIBLES 300 puntos | ||
La Entidad, está interesada en recibir propuestas de deducibles que le permitan obtener la mayor indemnización posible. | ||
Tablas de calificación: | ||
El menor deducible por póliza, tendrá una calificación de 300 puntos (distribuidos como se indica a continuación) y las demás, una calificación proporcional inferior, utilizando una regla de tres inversa. | ||
a) SECCIONES 1 y 2 | 250 Puntos | |
b) COSTO NETO TRANSPORTE POR MENSAJERO | 50 Puntos | |
TOTAL PUNTOS: | 300 Puntos | |
Tablas de calificación Rango de deducible aplicables a los amparos básicos de las secciones 1 y 2 (excepto las clausulas indicadas con deducible particular) (300 puntos) | ||
RANGO DE DEDUCIBLE | Puntaje | |
Sin deducible | 250 Puntos | |
Superior a 0 y hasta $50.000.000 | 200 Puntos | |
Superior a $50.000.000 y hasta $100.000.000 | 50 Puntos | |
Superior a $100.000.000 y hasta $200.000.000 | 30 Puntos | |
Superior a $200.000.000 | Se tendrá en cuenta lo establecido en el factor de deducibles indicado en el pliego de condiciones | |
RANGO DE DEDUCIBLE TRANSPORTE POR MENSAJERO | Puntaje | |
Sin deducible | 50 Puntos | |
Superior a 0 y hasta $20.000.000 | 20 Puntos | |
Superior a $20.000.000 | Se tendrá en cuenta lo establecido en el factor de deducibles indicado en el pliego de condiciones |
ANEXO 15. CONDICIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS Y DEDUCIBLES – CYBER.
Condiciones Complementarias | 300 Puntos |
Limite asegurado adicional al básico por reclamo, sin cobro de prima adicional (mínimo $100.000.000). Para la calificación de esta condición, se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el mayor límite ofrecido en las mismas condiciones aquí ofertadas, los demás en forma proporcional | 54 |
Limite asegurado adicional al básico en el agregado anual, sin cobro de prima adicional (mínimo $100.000.000). Para la calificación de esta condición, se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el mayor límite ofrecido en las mismas condiciones aquí ofertadas, los demás en forma proporcional | 53 |
Limite adicional al básico para periodo de descubrimiento sin recargo, sin cobro de prima adicional. Para la calificación de esta condición, se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el mayor límite ofrecido en las mismas condiciones aquí ofertadas, los demás en forma proporcional | 50 |
Ampliación periodo de notificación de 12 meses sin cobro de prima adicional. La Aceptación de esta condición otorgará el puntaje la negación será evaluada con (0) cero puntos. | 30 |
No aplicación de garantías ni subjetividades. La Aceptación de esta condición otorgará el puntaje la negación será evaluada con (0) cero puntos. | 50 |
Mayor retroactividad. Se asignará el mayor puntaje al proponente que ofrezca el mayor periodo de retroactividad contado a partir del inicio de vigencia, y los demás en forma proporcional aplicando una regla de tres simple (mínimo 1 año). | 53 |
Total Puntos - Condiciones Complementarias | 300 |
Deducibles | |
EVALUACIÓN DE DEDUCIBLES… 300 puntos | |
La Entidad, está interesada en recibir propuestas de deducibles que le permitan obtener la mayor indemnización posible. | |
Tablas de calificación: | |
El menor deducible por póliza, tendrá una calificación de 300 puntos (distribuidos como se indica a continuación) y las demás, una calificación proporcional inferior, utilizando una regla de tres inversa. | |
Tablas de calificación | Puntaje máximo |
Rango de deducible (toda y cada pérdida) (300 puntos) | |
RANGO DE DEDUCIBLE | |
Sin deducible | 300 |
Superior a 0 y hasta $10.000.000 | 150 |
Superior a $10.000.000 y hasta $15.000.000 | 50 |
Superior a $15.000.000 y hasta $20.000.000 | 30 |
Superior a $20.000.000 | Se tendrá en cuenta lo establecido en el factor de deducibles indicado en el pliego de condiciones |