CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
En Santiago, a ……. de …………….. del 2019 comparecen como "arrendatario” don ……………………….. R.U.T. Nº ……………….., nacionalidad, estado civil, de profesión ……………….., con domicilio en calle …………………………. número ……………………, comuna de ………………….., teléfono ………………., email ………………… y como “arrendador” don …………………….., RUT N° ……………….., nacionalidad, estado civil, de profesión ……………….., con domicilio en calle ……………………., comuna de ………….., teléfono ……………………, email ……………………….
Los comparecientes exponen que han convenido en celebrar el siguiente contrato de arrendamiento.
1º PROPIEDAD: El arrendador entrega en arriendo al arrendatario, quien acepta, la propiedad ubicada en Calle ………………………………., Comuna de …………………, que destinará única y exclusivamente a Vivienda. La inscripción de dominio del inmueble consta a fojas …………… N° …………… del Registro de Propiedad del año ……….. del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.
Se comprenden en el arrendamiento los artefactos, instalaciones y especies que se individualizan en el inventario que firmado por arrendador y arrendatario se tiene como anexo integrante de este contrato y que se considera parte integrante del mismo.
2º RENTA: La renta mensual de arriendo es la cantidad de UF ………. (………………………. Unidades de Fomento). La renta se pagará por mes anticipado, a más tardar el día cinco de cada mes, a contar de la fecha de inicio del presente contrato, mediante depósito en la cuenta corriente N° ……………………. del Banco …………….a nombre de don ……………………………….
3º OTROS PAGOS: El arrendatario estará obligado a pagar oportunamente los gastos comunes y todos los servicios domiciliarios que correspondan desde la fecha de entrega hasta la restitución del inmueble al arrendador. El atraso de un mes en cualquiera de los pagos indicados, dará derecho al arrendador para solicitar la suspensión de los servicios respectivos.
4º PLAZO: El presente contrato de arrendamiento rige a contar del ……. de ……………….. del 201….. , su vigencia será de ……………. meses, y se renovará automáticamente por periodos iguales y sucesivos salvo que una de las partes comunique a la otra su intención de que el arrendamiento no se renueve, comunicación que deberá ser enviada por carta certificada con una anticipación no inferior a sesenta días respecto de la fecha de expiración del contrato de arrendamiento o de cualquiera de sus prórrogas. En el evento que el arrendatario no restituyere la propiedad en la fecha de término del arrendamiento - cualquiera sea el plazo del contrato o de su prórroga – éste continuará obligado a pagar mensualmente la suma correspondiente a la renta convenida hasta que efectúe la restitución del inmueble aumentada en un 50% a título de multa, sin perjuicio de los derechos del arrendador para exigir el lanzamiento del arrendatario.
5° GARANTIA: A fin de garantizar la conservación de la propiedad y su restitución en el mismo estado, considerando el uso y goce legítimo; la devolución y conservación de los artículos que se indican en el inventario adjunto; el pago de los perjuicios; deterioros que se causen a la propiedad; y el pago de gastos comunes y servicios (luz, agua, gas, etc), en este acto el arrendatario hace entrega al arrendador la suma de $ …………………. equivalentes a UF ……(………………. Unidades de Fomento). El arrendador quedará autorizado para descontar de la garantía las reparaciones de los deterioros y/o perjuicios que se hayan ocasionado y que sean de cargo de el arrendatario, como asimismo las cuentas de servicio y gastos comunes impagos. En ningún caso el arrendatario podrá imputar la garantía al pago xx xxxxxx impagas. La garantía será devuelta por el arrendador al arrendatario reajustada al valor del último mes de arriendo, dentro de los 30 días corridos contados desde la restitución de la propiedad.
6º MULTA EN CASO XX XXXX: En caso de no pago oportuno de la renta de arrendamiento y/o de los gastos comunes - si procedieren - la suma a pagar por el arrendatario devengará, a título de multa, una cantidad equivalente al 3% de la renta pactada por cada día de atraso en el pago y sin necesidad de requerimiento judicial alguno. Si como consecuencia del retraso, se encargare el cobro a través de una empresa de cobranza extrajudicial, el arrendatario deberá pagar además el honorario de esta cobranza, ascendente al 10% de la suma adeudada. Lo anterior es sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 8ª de este contrato.
La xxxx o simple retardo en el pago de la renta establecida dará derecho al arrendador para solicitar el termino inmediato de este contrato, el que se considerará de plazo vencido, y para solicitar inmediatamente la restitución de la propiedad arrendada, sean cuales fueren los derechos que el arrendatario pretenda ejercer contra el arrendador.
7º VISITAS AL INMUEBLE: El arrendatario se obliga a dar las facilidades necesarias para que el arrendador o quien lo represente, pueda visitar el inmueble previo acuerdo de fecha y hora entre las partes. Asimismo, en caso que el dueño desee vender o arrendar la propiedad, en el último mes de vigencia del contrato se obliga a mostrarla semanalmente en horario a convenir entre ambas partes.
8º TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO: Queda prohibido al arrendatario y su infracción acarreará el término ipso-facto del presente contrato:
a) Pagar la renta de arrendamiento fuera del plazo estipulado en este contrato.
b) Subarrendar, ceder o transferir a cualquier título este contrato y los derechos de cualquier naturaleza emanados del mismo.
c) Destinar la propiedad a cualquier otro fin que no sea el indicado en este contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, el arrendador podrá poner término de inmediato al presente contrato por las siguientes infracciones del arrendatario:
a) No mantener la propiedad arrendada en buen estado de conservación.
b) Atrasarse en el pago de las cuentas de servicios domiciliarios y gastos comunes, si es que hubieren.
c) Hacer mejoras o variaciones en la propiedad arrendada sin el consentimiento previo del arrendador.
d) Causar molestias a los vecinos, o introducir animales que causen daños a la propiedad, materiales explosivos inflamables o de mal olor en la propiedad arrendada.
e) No respetar el Reglamento de Copropiedad del edificio o inmueble, si es que lo hubiere.
9º MEJORAS: El arrendador no tendrá obligación de hacer mejoras en el inmueble. Las mejoras que pueda efectuar el arrendatario quedarán en beneficio de la propiedad desde el momento mismo en que sean ejecutadas, sin que el arrendador deba pagar suma alguna por ellas, cualquiera sea su carácter, naturaleza o monto, sin perjuicio de poder convenirse algo distinto por escrito. Toda transformación en el inmueble deberá contar con la aprobación previa y escrita del arrendador.
Salvo constancia escrita en contrario, firmada por ambas partes, se considerará que el arrendatario ha recibido y se ha hecho cargo de la propiedad arrendada en perfectas condiciones de conservación y aseo, con todas sus instalaciones funcionando y demás en buen estado, declarando el arrendatario que la conservación de las paredes, pinturas, vidrios, puertas, cerrajería y grifería le merecen plena satisfacción, comprometiéndose a devolver todo en iguales condiciones al termino del contrato, teniendo en cuenta el desgaste por uso y goce legítimo del inmueble.
Al término, por cualquier causa, del presente contrato de arrendamiento, el arrendatario se obliga a restituir en forma inmediata el inmueble al arrendador, en las condiciones señaladas precedentemente.
10º MANTENCION DEL INMUEBLE: Será obligación del arrendador mantener la propiedad arrendada en estado de servir para el fin a que ha sido arrendada, haciendo durante el arrendamiento las reparaciones que sean necesarias para tal objeto, a excepción de las "reparaciones locativas" que serán de cargo del arrendatario.
En el evento que el arrendatario no restituyere la propiedad en la fecha de término de arrendamiento, se aplicará lo estipulado en el inciso final de la cláusula Nº 4.
11º MOROSIDAD: Con el objeto de dar cumplimiento a la ley 19.628, sobre protección de datos de carácter personal, el arrendatario faculta irrevocablemente al arrendador para que pueda dar a conocer la morosidad en el pago de las rentas de arrendamiento, gastos comunes y consumos del inmueble arrendado, proporcionando dicha información a cualquier registro o banco de datos personales, relevando el arrendatario al arrendador de cualquier responsabilidad que pueda derivar al efecto.
12º CLAUSULA DE SOLIDARIDAD : Presente en este acto don ……………………., RUT N° ……………………., nacionalidad, de profesión ………………………, con domicilio en esta ciudad, en …………………………….., comuna ……………………………, teléfono ………………………….., mayor de edad; quien expone que se constituye en fiador y codeudor solidario del arrendatario respecto de todas las obligaciones que para éste emanan del presente contrato, aceptando desde luego y sin previa notificación las modificaciones que las partes puedan introducirle, sea en cuanto al monto de la renta, plazo u otras estipulaciones establecidas en este contrato.
13° VENTA DEL INMUEBLE: Si, en cualquier momento, el arrendador decide vender la propiedad al arrendatario ambas partes se obligan por medio del presente contrato a realizar dicha operación de compraventa con la intermediación de Property Partners La Dehesa S.A. y en consecuencia pagar cada uno una comisión del 2% del valor de venta de la propiedad.
14º DOMICILIO: Para todos los efectos que deriven del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a la Competencia de la Justicia Ordinaria.
15º EJEMPLARES DE ESTE CONTRATO: El presente contrato se otorga en tres ejemplares del mismo tenor, quedando uno en poder de cada parte.
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Arrendador Arrendatario
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Codeudor Solidario