MODELO DE PLIEGO DE CONDICIONES
MODELO XX XXXXXX DE CONDICIONES
Objeto del Contrato
El objeto del contrato es la atención del centro social de Lagránpropiedad dela Junta Administrativa de Lagrán, garantizando la prestación regular y continuada del mismo, ante el aislamiento de dicha y la total carencia de medios alternativos de ocio y esparcimiento para los habitantes del municipio.
Constituye objeto del contrato la adjudicación del contrato de arrendamiento de los servicios de explotación de Bar situado en los locales del Centro Social de la localidad de Lagrán.
De forma accesoria y subordinada, dicho arrendamiento podrá extenderse al uso de las instalaciones anejar al bar.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de arrendamiento será el concurso público, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la mejor oferta deberá de atenderse al criterio dispuesto en estos pliegos.
Importe del arrendamiento
El importe del canon del arrendamiento se establece en la cantidad mínima de 4.000,00 (cuatro mil euros) anuales que podrá ser mejorado al alza por los licitadores.
El abono de la renta el primer año se realizará de la siguiente forma: el 50% a la firma del Contrato y el 50% restante durante el mes xx xxxxx del año 2014.
En los años sucesivos se abonara el 50% el mes de enero y el 50% restante durante el mes xx xxxxx
Los ingresos se efectuaran en el siguiente número de cuenta: (Nº de cuenta de la Junta Administrativa Kutxabank2095 3210 78 1095226022)
En caso de que por causas imputables al arrendatario,el contrato expirara antes de su vencimiento, se deberá abonar totalmente la parte xx xxxxx que quedara pendiente de abono a fecha de expiración del contrato.
La extinción por transcurso del término convencional del arrendamiento, no generará derecho a indemnización alguna a cargo del arrendador.
Órgano de Contratación
A la vista del importe del arrendamiento, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda delTexto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será el Concejo.
Duración del Contrato
La duración del contrato será de UN AÑO desde el día de la firma del mismo, y se prorrogará de manera tácita por periodos anuales, hasta un máximo acumulado de CUATRO AÑOS.
No obstante cualquiera de las partes podrá denunciar el contrato con al menos dos meses de antelación al vencimiento del contrato o de las sucesivas prórrogas del mismo, mostrando expresamente por escrito su voluntad de no continuar en el mismo.
En todo caso, si dentro del plazo de los TRES MESES POSTERIORES a la fecha de la firma del contrato, la Junta Administrativa considera que dicho Bar no funciona de forma correcta por causas imputables al adjudicatario, podrá aquella rescindir el Contrato antes del plazo estipulado para la finalización del mismo.
Transcurrido el plazo de duración del contrato, el adjudicatario deberá dejar a disposición de la Junta Administrativa el bar y las instalaciones anexas sin necesidad de ningún requerimiento expreso de la Junta Administrativa.
Capacidad
Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar.
Acreditación de la Aptitud para Contratar
1. La capacidad de obrar de los licitadores se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
c) Modelo Anexo del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre].
Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: Lugar y Plazo, formalidades y documentación.
Lugar y Plazo de presentación:
La presentación de proposiciones se realizara en las oficinas del Ayuntamiento de Lagran, durante los 15 días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el BOTHA.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el licitador de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda
«Oferta para licitar a la contratación de arrendamiento de los servicios de explotación de Bar situado en los locales del Centro Social de la localidad de Lagrán ». La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Oferta Económica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
A) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
d) Para los licitadores personas físicas será obligatoria la presentación del D.N.I. o fotocopia compulsada o autenticada.
B. Prueba por parte de los empresarios xx xxxx concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, deberá realizarse:
a) Mediante declaración responsable (Modelo II). Esta declaración incluirá la
manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
C) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
— Si el candidato fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
D) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 480 euros.
La garantía provisional se depositará:
— En la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en la Caja o establecimiento público equivalente de las Comunidades Autónomas o Entidad local (Nº de cuenta de la Junta Administrativa Caja Vital 2095 3210 78 1095226022) contratantes ante las que deban surtir efecto cuando se trate de garantías en efectivo.
— Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
E) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del
contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al candidato.
F) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, siendo bastante a tal efecto presentar informe favorable de instituciones financieras.
OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
— Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« D./Xx.
de
años de
edad, estado con domicilio en
y provisto del D.N.I. nº expedido en , ( en nombre propio o en la representación que ostenta), enterado xxx Xxxxxx de Condiciones así como de los demás documentos obrantes en el Expediente y comprometiéndose a actuar conforme al mismo, opta a la licitación anunciada para el arrendamiento de los servicios de explotación del Bar del Centro Social de Lagrán, ofertando la cantidad de
Euros ( en número y letra) como renta anual, (Impuestos no incluidos). Y con arreglo al Pliego de Cláusulas Económico-administrativas que acepta íntegramente.
.
En , a de de 20 .
Firma del licitador,
Fdo.: ».
Criterios de Adjudicación
La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la mejor oferta, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente Xxxxxx, sin atender exclusivamente al precio de la misma.
Los criterios objetivos (y vinculados al objeto del contrato) para valorar la oferta
son:
a) Importe anual ofrecido.
Apertura de Ofertas
La apertura de las ofertas deberá efectuarse en el plazo máximo de 5 días contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.
Por parte de la Presidencia y del Fiel de fechos, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos. Si fuera necesario, se concederá un plazo de 5 días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contienen las ofertas en concejo abierto celebrado en un plazo de 15 días. Adjudicando a la persona que haya presentado la mejor oferta económica.
Requerimiento de Documentación
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de 10 días a contar desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en estos pliegos
Fianza
Los que resulten adjudicatarios provisionales del contrato deberán constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación (renta anual multiplicado por 4 años), excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
.
Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano competente deberá adjudicar el contrato dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
Obligaciones del Arrendatario
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al adjudicatario el órgano de contratación.
GASTOS
Serán de cuenta del arrendatario el abono de todos los gastos generales necesarios para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización, y los gastos de conservación y mantenimiento ordinario; así como los importes originados por el abastecimiento de agua, suministro de energía eléctrica y suministro de gasoil a los locales del Centro Social de Lagrán, así como las TASAS de basuras y otros GASTOS que pudieran devengarse.
Las averías que se produzcan en las diversas maquinarias existentes en las instalaciones debidas al desgaste por el uso normal de las mismas serán abonadas de la forma siguiente: el 35% lo abonará la Junta Administrativa y el 65% por el arrendatario. Cada vez que se produzca una avería se pondrá en conocimiento de la Junta para que dé su visto bueno a la reparación que se proponga
CONDICIONES ESPECIALES
El arrendatario deberá mantener abierto el bar todos los días de la semana, según condiciones de apertura que se indica en anexo a este pliego.
Solo podrá cerrarse el establecimiento en caso de concurrencia de circunstancias extraordinarias de fuerza mayor, previa autorización de la Junta Administrativa.
Así mismo el adjudicatario deberá dar comidas si es requerido por los clientes, de las 13:00 horas a 15:30 horas.
El adjudicatario deberá ceder el local a esta Junta Administrativa de Lagrán, al Ayuntamiento de Lagrán, o a la Asociación Cultural San Kiliz, cuando éstos cuenten con compromisos sociales debidamente justificados, que deberá comunicarse al adjudicatario con un mínimo de 48 horas. El incumplimiento por parte de dichos entes del citado preaviso no obligará al adjudicatario a dejarlo a su disposición.
Efectuado por la Junta Administrativa el referido preaviso sin ser atendido por el adjudicatario, dicho incumplimiento será causa de resolución del contrato.
El adjudicatario estará obligado a atender la explotación de la forma más adecuada al servicio, manteniendo en condiciones de seguridad e higiene tanto las instalaciones como los productos que se expendan.
El adjudicatario deberá tratar con respeto y cortesía a la clientela, pudiendo llegarse a la resolución del contrato, en caso de incumplimiento grave y reiterado de esta obligación. A tal efecto, el arrendatario deberá llevar y poner a disposición del público un Libro de Reclamaciones, que deberá ser entregado a la Junta Administrativa cada seis meses, al objeto de que éste tenga conocimiento puntual de las incidencias que se puedan suscitar.
La Junta Administrativa podrá inspeccionar el servicio objeto de arrendamiento, así como ordenar la corrección de cualquier anomalía o desperfecto que se observe.
EL adjudicatario gestionará el servicio a su riesgo y xxxxxxx, estará obligado a indemnizar a terceros de los daños que puedan causarse a personas o a cosas y que sean derivados de las instalaciones con las que cuente el inmueble, o de los actos u omisiones del adjudicatario o de los usuarios como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo de la explotación. Se exceptúan los perjuicios que hayan sido ocasionados como consecuencia de una orden directa de la administración.
El arrendatario hace expresa y formal renuncia a todos los beneficios y derechos especiales que le concede la Ley de Arrendamientos Urbanos, y que teniendo el carácter de renunciables, no se le reconozcan expresamente en el
presente contrato
INVENTARIO
Antes de comenzar la explotación de los servicios, se extenderá un Acta en la que se hará constar el estado de las instalaciones, así como del material y efectos que se pongan a disposición del adjudicatario y una vez finalizado el contrato se levantará Acta en la que se especificarán las condiciones en que se devuelven dichas instalaciones y equipamiento, vinculando la garantía definitiva, entre otros extremos, a compensar los vicios o defectos que se pudieran observar.
Los útiles que pretenda adquirir el adjudicatario y que para su instalación precisen realizar obras en el inmueble deberán ser objeto de estudio y aprobación previa por la Junta Administrativa, y al término del contrato pasaran a propiedad del concejo.
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES LEGALES Y SOCIALES
El arrendatario se obliga a tener al día cuantas licencias, autorizaciones o permisos se precisen para el desarrollo de la actividad reseñada, especialmente el cumplimiento de la normativa vigente referida a contratos, salarios mínimos, Seguridad Social y legislación fiscal.
La Junta Administrativa quedará exenta de cualquier tipo de litigio que se pudiera suscitar entre el arrendatario y sus trabajadores, o entre éstos y terceros.
La Junta Administrativa de Lagrán estará también exenta de cualquier responsabilidad en el caso de que el arrendatario no obtenga las autorizaciones oportunas o la actividad se prohibiera una vez autorizada.
OBRAS Y USO DE LAS INSTALACIONES
El arrendatario no podrá realizar, sin consentimiento del arrendador expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración del inmueble o sus accesorios, o que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad del mismo. Sin perjuicio de la facultad de resolución del contrato, el arrendador que no haya autorizado la
realización de las obras podrá exigir que el arrendatario repongan las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna. Asimismo, podrá ejercitar x xxxxx del arrendatario estas obras de reposición.
Serán de cuenta del arrendatario todas las obras, instalaciones o mejoras que lleve a cabo por considerarlas imprescindibles o que contribuyan al funcionamiento del servicio, quedando condicionada su ejecución a la autorización previa y expresa de la Junta Administrativa. Estas obras e instalaciones devendrán de propiedad de la Junta al término del contrato. Se exceptúa de esta regla el mobiliario u objetos aportados que pudieran ser retirados al concluir el arrendamiento, y siempre que no se produzca detrimento o daño en las instalaciones fijas del bar.
Cuando la ejecución de una obra necesaria para el funcionamiento del servicio no pueda diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, sin que pueda invocar derecho a indemnización alguna.
El adjudicatario no podrá destinar el establecimiento a otros usos o fines que no sean propios y complementarios de la naturaleza del bar.
El adjudicatario deberá mantener en perfecto estado de uso y limpieza el local, los anejos (caso de utilizarse) y la zona correspondiente a la zona ajardinada anexa al local (incluidas las papeleras)
SEGURO
Esta Junta Administrativa no se responsabilizará de los posibles desperfectos o sustracciones que se puedan originar en los géneros que posea el arrendatario en los locales del Centro Social de Lagrán
El adjudicatario se obliga a disponer durante todo el periodo de vigencia del contrato, de una póliza de responsabilidad civil y/o multirriesgo que cubra de forma suficiente, frente al arrendador y frente a terceros, los riesgos derivados de la actividad que va a ejercer, así como los derivados del inmueble donde se desarrolla la actividad y las instalaciones anexas. Estas pólizas, junto con los justificantes de pago de las primas, deberá presentarse a la Junta Administrativa cuando se le requiera para ello. El incumplimiento de estas condiciones será causa de resolución.
FIJACIÓN DE PRECIOS
Los precios nunca podrán ser superiores a los que rijan en un bar de tipo medio de la zona. Se autorizarán subidas de los mismos siempre que éstas sean debidamente justificadas por el aumento del IPC, debiendo obtener la autorización previa a la Junta.
OTROS
— El adjudicatario está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello
Xxxxxx exigibles al contratista: Será cuenta del adjudicatario, los tributos o canon/es público/s relacionados con el abono anual del precio de adjudicación, asi como los anuncios de licitación
CESION DE INSTALACIONES ANEJAS AL BAR-RESTAURANTE
En el supuesto de que, el adjudicatario del Bar del Centro Social de Lagrán precisara para mejor atención del bar, de las instalaciones anejas al mismo consistente en Baño, Salón y tres Habitaciones, podrá solicitar a la Junta Administrativa el uso de las mismas. Su cesión estará sujeto a las siguientes condiciones:
• Dichas instalaciones anexas en ningún caso podrán tener condición de vivienda habitual del adjudicatario o de cualquiera de las personas que convivan –en su caso- con él.
• El uso de las instalaciones será exclusivo del adjudicatario, por lo cual no podrán utilizar dichas instalaciones otras personas sin la autorización expresa de la Junta Administrativa; igualmente queda prohibido cualquier fórmula de cesión o subarriendo de las mismas
• El uso de dichas instalaciones deberá cesar una vez expire el periodo de arrendamiento del Bar.
• Mientras las instalaciones sean utilizadas por el adjudicatario deberá abonar una renta de 83 € mensuales, antes del día 5 del mes correspondiente mediante domiciliación en el número de cuenta de la Junta Administrativa 2095 3210 78 1095226022
• El adjudicatario deberá abonar todos los gastos por suministros (Luz, agua, teléfono...) y demás contribuciones que graven dichas instalaciones.
• El incumplimiento de cualquiera de las condiciones anteriormente indicadas en este punto, será causa suficiente de resolución del contrato de arrendamiento de todas las instalaciones, incluido el bar
PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN O CESION
La explotación se llevará a cabo directa y personalmente por el adjudicatario, quedando prohibido terminantemente cualquier fórmula de traspaso o de cesión contractual, parcial o total, directa o indirecta, que se realice sin el consentimiento expreso y escrito de la Junta Administrativa; siendo causa de resolución el incumplimiento de lo dispuesto en este párrafo
RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; los principios extraídos de la legislación contenida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por la normativa patrimonial de las Entidades Locales, cuando resulte de aplicación, y por las normas de derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
Lagrán, 27 de enero de 2014
La Regidora-Presidenta, Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Anexo I
D. | '" | en | nombre | propio/en |
representación de la firma | ... , con domicilio en | ... , Calle |
... , y D.N.I. núm.
DECLARA, bajo su responsabilidad no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad para contratar con las Administraciones Públicas previstas en la legislación vigente.
, de de 20 .
Fdo .