PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACION DEL
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACION DEL
SERVICIO DE EMPRESA/S DE TRABAJO TEMPORAL
INDICE
1.- OBJETO XXX XXXXXX.
2.- CONDICIONES DEL ACUERDO XXXXX. ACEPTACIÓN DE PLIEGOS.
3.- DURACIÓN DEL ACUERDO MARCO Y PRÓRROGAS.
4.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL ACUERDO XXXXX.
5.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
6.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
7.- PROHIBICIONES PARA CONTRATAR.
8.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. RESPONSABILIDADES SOCIALES Y LABORALES.
9.- CONFIRMACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN Y CONSULTAS.
10.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
11.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS. SOBRES.
SOBRE NÚMERO 1. Documentación administrativa.
CAPACIDAD DE CONTRATAR PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR SOLVENCIA ECONÓNICA Y FINANCIERA SOLVENCIA TÉCNICA
SOBRE NÚMERO 2. Documentación técnica sobre criterios evaluables mediante juicio de valor y criterios evaluables mediante fórmula
SOBRE NÚMERO 3. Oferta económica.
12.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
13.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
14.- FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO XXXXX.
15.- EXTINCIÓN DEL ACUERDO XXXXX.
16.- DERECHO DE INFORMACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
17.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL ACUERDO MARCO.
18.- RECURSOS Y JURISDICCIÓN.
19.- FACTURACIÓN Y DERECHOS DE COBRO.
20.- CONFIDENCIALIDAD.
21.- DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN Y ANEXOS.
22.-CALENDARIO ORIENTATIVO.
1.- OBJETO XXX XXXXXX
El presente Xxxxxx tiene por objeto establecer las condiciones que regirán la licitación para la contratación de los servicios de la Empresa de Trabajo Temporal (en adelante ETT) mediante Acuerdo Marco con un máximo de 2 adjudicatarios.
Al presente Pliego le acompaña, como parte integrante del mismo, el Pliego de Prescripciones Técnicas - Especificación Técnica de Contratación (PPT-ETC) y los documentos anexos correspondientes a esta licitación y a los que deberán ajustarse las diferentes propuestas que se presenten.
2.- CONDICIONES DEL ACUERDO XXXXX. ACEPTACIÓN DE LOS PLIEGOS
La presentación de la oferta supondrá, a todos los efectos, la aceptación incondicional y el acatamiento, por parte del licitador, del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de los Pliegos y documentos anexos reguladores de esta licitación sin salvedad o reserva alguna.
3.- DURACIÓN DEL ACUERDO MARCO Y PRÓRROGAS
La duración del Acuerdo Marco, según las condiciones fijadas en este Pliego será de 1 año, prorrogable anualmente hasta una duración máxima de cuatro años.
4.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL ACUERDO XXXXX
El valor estimado del Acuerdo Marco asciende a un importe de 10.000.000 € (diez millones de Euros) anuales, lo que supone un valor estimado total de 40.000.000 € (cuarenta millones de euros) en el caso de prórrogas hasta la duración máxima prevista en el punto anterior.
5.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El Acuerdo Xxxxx se adjudicará por el procedimiento abierto de acuerdo con lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación de Navantia (documento disponible en el perfil del contratante del Órgano de Contratación de Navantia en la Plataforma de Contratación del Sector Público.).
6.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán optar a la adjudicación de la presente contratación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo establecido en este pliego. Además, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del acuerdo marco y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución de los servicios objeto del mismo.
El adjudicatario deberá contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del acuerdo marco.
Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir además los requisitos establecidos en el artículo 68 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Si Navantia, S.A., S.M.E. tuviese conocimiento de que el adjudicatario no reúne las condiciones exigidas con posterioridad a la celebración del acuerdo marco, podrá resolverlo dejándolo sin efecto, con derecho a exigir del contratista el resarcimiento de los daños y perjuicios que haya podido causar.
7.- PROHIBICIONES PARA CONTRATAR
Resultan de aplicación las prohibiciones de contratar previstas en el art. 71 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La prueba de no estar incurso en prohibiciones de contratar se realizará mediante una declaración responsable del licitador por la que manifieste, el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, no estar incurso en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar previstas en el citado artículo 71 de la LCSP. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social previstas en la legislación vigente, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tales requisitos deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva.
8.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO EN MATERIA LABORAL.
1.- De conformidad con lo dispuesto por la Ley 14/1994, de 1 xx xxxxx que regula las Empresas de Trabajo Temporal corresponderá a la empresa de trabajo temporal el cumplimiento de las obligaciones salariales y de Seguridad Social en relación con los trabajadores contratados para ser puestos a disposición de Navantia.
2. Las empresas de Trabajo temporal estarán obligadas a destinar anualmente el 1 por 100 de la masa salarial a la formación de los trabajadores contratados para ser cedidos a empresas usuarias, sin perjuicio de la obligación legal de cotizar por formación profesional.
3. La empresa de trabajo temporal deberá asegurarse de que el trabajador, previamente a su puesta a disposición de Navantia, posee la formación teórica y práctica en materia de prevención de riesgos laborales necesaria para el puesto de trabajo a desempeñar, teniendo en cuenta su cualificación y experiencia profesional y los riesgos a los que vaya a estar expuesto. En caso contrario, deberá facilitar dicha formación al trabajador, con medios propios o concertados, y durante el tiempo necesario, que formará parte de la duración del contrato de puesta a disposición, pero será en todo caso previo a la prestación efectiva de los servicios. A tal efecto, la celebración de un contrato de puesta a disposición sólo será posible para la cobertura de un puesto de trabajo respecto del que se haya realizado previamente la preceptiva evaluación de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en los artículos 15.1.b) y 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
El gasto de formación en materia preventiva será computado a efectos de lo dispuesto en el apartado 2 anterior, pero el montante establecido en dicho apartado no constituye en ningún caso un límite a las necesidades de formación en materia preventiva.
3 bis. Las empresas de trabajo temporal que celebren contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores contratados para ser puestos a disposición de las empresas usuarias deberán cumplir las obligaciones en materia formativa establecidas en el artículo
11.2 del Estatuto de los Trabajadores y sus normas de desarrollo.
4. Será nula toda cláusula del contrato de trabajo que obligue al trabajador a pagar a la empresa de trabajo temporal cualquier cantidad a título de gasto de selección, formación o contratación.
9.- CONFIRMACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN Y CONSULTAS
Antes de la fecha límite de confirmación de la participación, fijada en el anuncio de la licitación, deberán confirmar la misma, adjuntando la siguiente información:
Razón social
N.I.F.
Datos de contacto: nombre, teléfono y correo electrónico
Indicación de si trata de una PYME de acuerdo con la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea, que define los conceptos de microempresa, pequeña empresa y mediana empresa:
• Mediana empresa: aquélla que tiene menos de 250 trabajadores y una cifra de negocio anual (facturación) no superior a 50 millones de euros o un balance general anual (activo) no superior a 43 millones de euros.
• Pequeña empresa: aquélla que tiene menos de 50 empleados y una cifra de negocio anual o un balance general anual no superior a 10 millones de euros.
• Microempresa: aquélla que tiene menos de 10 empleados y una cifra de negocio anual o un balance general anual no superior a los 2 millones de euros.
La empresa licitadora podrá solicitar aclaraciones sobre cuantas dudas le surjan sobre la interpretación de las condiciones exigidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares, así como en el resto de la documentación que forma parte del presente procedimiento de contratación, hasta tres días antes de la fecha límite de presentación de las ofertas. Navantia divulgará al resto de las empresas licitadoras aquellas aclaraciones solicitadas, guardando la adecuada confidencialidad sobre su origen y sin desvelar asuntos de carácter reservado, para permitir una mayor homogeneidad para la comparación de las ofertas. Todo ello se llevará a cabo dentro de la más absoluta transparencia del proceso.
Tanto la confirmación de la participación como las consultas se deberán realizar, exclusivamente, por escrito a través de las siguientes direcciones de correo electrónico:
xxxxxxxxxxxx_xxxxxx@xxxxxxxx.xx
También podrá realizarse consultas a través de la PLACSP. (Plataforma de Contratación del Sector Público).
10.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Cada licitador no podrá presentar más de una propuesta económica ni haber suscrito una propuesta en agrupación temporal con otros licitadores, si lo ha hecho individualmente, así como figurar en más de una agrupación temporal. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas por el mismo.
Por la mera presentación de su oferta, el licitador quedará vinculado, caso de resultar adjudicatario, al cumplimiento de la misma, a la presentación de la documentación
requerida y a la firma del acuerdo marco en los propios términos de aquella y con sujeción a las restantes condiciones de los pliegos.
Las ofertas se presentarán en sobres separados e independientes, cerrados y firmados por el licitador o la persona que lo represente en los que se indicará lo siguiente:
Referencia expediente de licitación: MAD_2018 Selección y Contratación ETT Objeto: Contratación de los servicios de la Empresa de Trabajo Temporal.
A la atención de
Dirección de Compras-Corporativas
Xxxxxxxx, S.A., S.M.E.
X/Xxxxxxxxx, 000
00000 Xxxxxx
Las ofertas se entregarán, dentro de los plazos indicados en el anuncio de la licitación.
Es responsabilidad exclusiva del licitador garantizar que la oferta llega a Navantia, S.A.,
S.M.E. en el lugar y tiempo especificados en el anuncio de la licitación. No se admitirán las ofertas que lleguen fuera de plazo a la dirección indicada anteriormente, incluso si las mismas han sido entregadas en una oficina de Correos.
Las ofertas y demás documentación deberán presentarse redactadas en español. En caso de presentarse en otra lengua distinta, se acompañará de una traducción jurada completa al español, prevaleciendo esta última en caso de duda o interpretación.
11.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS. SOBRES
La introducción de la proposición económica (Sobre 3) en sobre distinto del expresado, implicará necesariamente la exclusión de la empresa licitadora.
Si Navantia, S.A., S.M.E. comprobase la existencia de error o inexactitud en los datos consignados por la empresa proponente y dependiendo de la naturaleza del mismo, podrá optarse por su subsanación o supondrá la exclusión de la misma.
La Oferta deberá tener una validez de al menos seis (6) meses.
Las ofertas deberán responder y satisfacer por completo los requerimientos de este Pliego de Condiciones Particulares, así como los de los Pliegos de Prescripciones Técnicas- Especificación Técnica de Contratación.
Se reitera que la presentación de la proposición supone, por parte del licitador, la aceptación incondicional del contenido de este Pliego y del de Prescripciones Técnicas sin salvedad ni reserva alguna.
Los licitadores presentarán sus propuestas en sobres debidamente cerrados e identificados en su exterior con la siguiente información:
a. Nº de expediente / objeto del acuerdo xxxxx. / Sobre nº
b. Razón Social / NIF.
c. Información / persona de contacto.
d. Fecha / firma.
La propuesta estará formada por tres (3) sobres independientes:
SOBRE NÚMERO 1. Documentación administrativa.
Los licitadores incluirán en este sobre la documentación administrativa a continuación referenciada también, en soporte electrónico CD/DVD no regrabables o memoria USB debidamente identificados, en un formato que garantice la inalterabilidad de la información (PDF, JPG, TIFF, etc.).
La Documentación Administrativa deberá incluir la siguiente documentación:
a) Declaración responsable, firmada por el representante legal, en la que se manifieste:
Que el licitador cumple con los requisitos de capacidad de obrar y representación precisos para participar en la presente licitación.
Que el licitador no está incurso en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar señaladas en la LCSP.
Que el licitador se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con dichos organismos y, si las tiene, están garantizadas, sin perjuicio de la justificación acreditativa de tal requisito antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Las demás empresas extranjeras acreditarán su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar que figura inscrita en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan habitualmente en el ámbito de las actividades a las que se refiere el objeto de contratación.
Las empresas extranjeras no comunitarias deberán acompañar un informe de la Misión Diplomática Permanente de España u organismo competente, sobre:
La condición de Estado signatario del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial de Comercio o,
Que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público, en forma sustancialmente análoga.
Las empresas extranjeras, en los casos en que el acuerdo xxxxx xxxx a ejecutarse en España, deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del acuerdo marco, con renuncia expresa, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
b) SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA:
Una declaración responsable, firmada por el representante legal, en la que se manifieste que el licitador cumple con los requisitos de solvencia económica y financiera siguientes:
Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los servicios o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios, que deberá ser como mínimo un 50% superior al importe anual de licitación.
Para acreditar estos extremos, los licitadores deberán aportar copia de las cuentas anuales aprobadas y justificación de su depósito en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda, considerando que el último ejercicio será aquel para el que esté vencida la obligación de depósito de las cuentas anuales.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
En el caso de empresas extranjeras, para acreditar este requisito deberán aportar el equivalente a “las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda” en el país de su domicilio social.
Posteriormente, y sólo al licitador que haya presentado la mejor oferta se le requerirá la posesión y validez de los documentos exigidos.
Declaración apropiada de entidades financieras donde figure expresamente que el licitador opera con normalidad en el tráfico mercantil y dispone de capacidad crediticia suficiente.
c) SOLVENCIA TÉCNICA:
Disponer de autorización administrativa para ejercer la actividad en todo el territorio nacional.
Estar en posesión del certificado vigente UNE-EN ISO 9001-2015 de Gestión de la Calidad para el tipo de actividad objeto de licitación, o de certificado equivalente de Gestión de la de la Calidad emitidos por organismos independientes establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y conformes a las normas europeas relativas a la certificación.
Estar en posesión del certificado vigente OHSAS 18001-2015 de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales para el tipo de actividad objeto de licitación o de certificación equivalente de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales emitidos por organismos independientes establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y conformes a las normas europeas relativas a la certificación. Posteriormente, y sólo al licitador que haya presentado la mejor oferta se le requerirá la posesión y validez de los documentos exigidos.
SOBRE NÚMERO 2. Documentación técnica sujeta a criterios evaluables mediante juicio de valor y evaluables mediante fórmulas.
Los licitadores incluirán en este sobre la documentación a continuación referenciada, también en soporte electrónico CD/DVD no regrabables o memoria USB debidamente identificados, en un formato que garantice la inalterabilidad de la información (PDF, JPG, TIFF, etc.).
Memoria descriptiva de organización del trabajo y metodología para la realización del, servicio objeto de acuerdo marco, tanto en cuanto al soporte técnico y gestión de activos que garanticen la prestación de los mismos, como de la afectación que pudieran producir a la producción de NAVANTIA S.A., S.M.E. y a sus instalaciones. En dicha memoria deberá aparecer la coherencia y el buen conocimiento que tienen de la prestación del objeto de la licitación, incluyendo también la inspección y control de calidad propuesto.
En este sobre se incluirá además el resto de la documentación técnica de la oferta susceptible de ser evaluada por aplicación de fórmulas, de conformidad con lo indicado en el apartado 12.
El licitador podrá adjuntar a su oferta cuanta información y prestaciones complementarias considere de interés, justificando el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como toda la información que, a juicio del licitador, facilite la aplicación de las puntuaciones establecidas.
SOBRE NÚMERO 3. Oferta económica
Los licitadores incluirán en este sobre su oferta económica también, en soporte electrónico, CD/DVD no regrabables o memoria USB debidamente identificados, en un formato que garantice la inalterabilidad de la información (PDF, JPG, TIFF, etc.).
Los precios se indicarán en euros y no serán susceptibles de modificación cualquiera que fuese la causa, e incluirán todos los tributos que sean exigibles con ocasión de las operaciones que constituyan el objeto del acuerdo marco, así como todos los gastos, tasas e impuestos, directos e indirectos que se deban satisfacer para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, que correrán por cuenta del adjudicatario a excepción del IVA.
La oferta deberá venir debidamente firmada por el licitador o persona que lo represente.
12.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
El Órgano de Contratación acordará la adjudicación en base a los criterios objetivos indicados a continuación. Se valorarán y puntuarán los siguientes aspectos, sobre una puntuación máxima de 100 puntos.
CRITERIOS DE VALORACIÓN | PUNTUACIÓN |
Criterios Técnicos | 40 puntos |
Propuesta Económica | 60 puntos |
CRITERIOS TÉCNICOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALOR (documentación a
incluir en el sobre número 2)
Disponibilidad y descripción de las funcionalidades de la plataforma web para desarrollo y ejecución de la metodología de trabajo según el apartado 3.2 del PPT (desglosada puntuación a continuación). | 40 |
A continuación, se indica el desglose de la puntuación respecto a la disponibilidad y funcionalidades de la plataforma web requerida en el PPT,
a) Informes de cada candidato trabajador (fortalezas, debilidades, aspiraciones, etc.) que refleje el ajuste perfil de la persona al puesto, junto con el CV. El proveedor deberá aportar un modelo de informe que se ajuste a la solicitud anteriormente señalada. (Se valorará con un máximo de 9 puntos)
b) Capacidad de envío y recepción en formato online /firma electrónica (al tiempo de la incorporación) de:
a. Contrato de Puesta a Disposición (CPD)
b. Copia básica
c. Documento de acreditación de que el trabajador ha realizado el curso de PRL homologado y que está formado e informado sobre los riesgos en el puesto de trabajo.
d. Acuerdo de confidencialidad
e. Otros documentos solicitados
f. Titulación académica
g. Acreditaciones exigidas en la oferta (Se valorará con un máximo de 7 puntos)
c) Capacidad de presentar un reporte mensual de activos y procesos el 5º día hábil de cada mes, con los siguientes datos:
a. Empleados activos en el mes
b. Tiempo medio de respuesta y cobertura
c. Candidatos totales presentados en el mes + candidatos incorporados + número de posiciones abiertas
d. Número de bajas en el mes y tipo
e. Número de altas en el mes y tipo
f. Cualquier otro indicador a demanda (Se valorará con un máximo de 7 puntos)
d) Capacidad de disponer de un sistema de evaluación para hacer seguimiento del desempeño y rendimiento del trabajador a requerimiento de Navantia.
(Se valorará con un máximo de 8puntos)
e) Se valorará el compromiso de paridad de género en la selección y búsqueda de candidatos, así como la aportación de perfiles con discapacidad.
(Se valorará con un máximo de 4 puntos)
f) Tiempo de respuesta ante solicitudes e incidencias. (Se valorará con un máximo de 5 puntos)
La puntuación técnica total se obtendrá sumando las puntuaciones técnicas parciales obtenidas.
La puntuación se otorgará según la siguiente fórmula:
Ptn= ∗ (1 − (Punt mejor oferta−Punt oferta n))
Punt mejor oferta
PROPUESTA ECONÓMICA
La atribución de puntuación de la oferta económica responderá a la siguiente fórmula:
Pn= ∗ (1 − (Coef.único oferta n−Coef. único mejor oferta))
0,2
13.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, el Órgano de Contratación procederá por delegación según las normas internas e Instrucciones Internas de Contratación de NAVANTIA S.A., S.M.E., a la evaluación de la documentación general contenida en el sobre número 1 de las diferentes ofertas presentadas. El Órgano, si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por correo electrónico al licitador correspondiente, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación. Si la documentación evaluada contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
Una vez evaluada la documentación incluida en el sobre número 1 de las diferentes ofertas, y solventado, de haber existido, el trámite de subsanación de defectos, se procederá al acto de apertura de los sobres número 2 y 3 de las proposiciones admitidas.
Si como consecuencia del precio ofrecido se apreciara la existencia de un valor desproporcionado o anormalmente bajo, se requerirá al licitador para que justifique las razones que le permitan cumplir con lo ofrecido.
No podrá ser rechazada una oferta cuyo valor se aprecie como desproporcionado o anormalmente bajo, sin haber requerido al licitador que la haya presentado, para que justifique las razones que le permiten cumplir con lo ofrecido.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o anormalmente bajas, las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
2. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media.
3. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media solo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, hayan presentado distintas proposiciones a la licitación, para realizar el análisis del carácter desproporcionado o anormalmente bajo, se tomará únicamente la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.
Del mismo modo, cuando se hayan presentado distintas proposiciones por sociedades en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que las integran, se aplicarán respecto de la valoración de la oferta económica las mismas reglas establecidas en el apartado anterior.
A los efectos de lo dispuesto en los dos apartados anteriores, todas las empresas que concurran a una licitación deberán presentar declaración responsable indicando que no pertenecen a ningún grupo empresarial o, en caso contrario, indicando las empresas pertenecientes a su grupo empresarial.
Cuando una o varias de las ofertas sean consideradas desproporcionadas o anormalmente bajas, se requerirá simultáneamente a todos los licitadores en ella comprendidos, en un plazo máximo de tres días hábiles, la valoración de su oferta, así como el detalle de las condiciones de la misma.
Finalizado el proceso de determinación de precio y el análisis del carácter desproporcionado o anormalmente bajo de las ofertas, si procede, se determinará la puntuación aplicable a cada una de ellas.
El Órgano de Contratación, atendiendo los criterios señalados en el pliego y tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas, seleccionando de forma razonada su propuesta de oferta con la mejor relación calidad-precio. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el Órgano de Contratación no se pronuncie sobre la misma.
14.- FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
El adjudicatario deberá cumplir con las normas de evaluación de Navantia. Para ello, entregará el cuestionario de evaluación debidamente cumplimentado, aportando la información adicional que en él se solicita de manera que pueda ser evaluado como proveedor de NAVANTIA. Este requerimiento no aplica para aquellos adjudicatarios que ya figuren como EVALUADO-APTO en la base de proveedores de Navantia
Disponiendo de la citada información, Navantia se encontrará capacitada para efectuar una evaluación del Licitador en los siguientes aspectos:
Situación Económica Financiera
Sistema de Gestión y Estructura
Sistema de Calidad
Sistema de Prevención de Riesgos Laborales
Póliza de Responsabilidad Civil y Accidentes de Trabajo
Se admite la presentación de fotocopias del balance, cuenta de resultados y memoria, junto a una declaración jurada del licitador o representante legal, en la que se indique que dichas fotocopias son fiel reflejo del original.
Navantia podrá exigir al adjudicatario, la documentación que considere oportuna con objeto de verificar la autenticidad de los documentos presentados.
Si son correctos y acordes con la norma de evaluación de Navantia, el adjudicatario quedará evaluado como APTO y podrá prestar sus servicios a Navantia. En caso de no superar el proceso de evaluación será excluido del proceso de adjudicación final.
La adjudicación del acuerdo marco se formalizará mediante la firma del acuerdo marco, según modelo adjunto a este pliego.
El adjudicatario queda obligado a suscribir el acuerdo marco en el plazo que se fije en el anuncio de adjudicación, que no podrá ser superior a quince (15) días hábiles a contar desde el siguiente al de notificación de la adjudicación. En defecto de lo anterior, el acuerdo marco se formalizará el primer día hábil siguiente al de término del plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera formalizado el documento contractual por causa imputable al adjudicatario, el órgano de contratación podrá acordar la no firma del acuerdo marco, pudiendo optar por efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello sea posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, o convocar nuevo procedimiento de licitación.
Para la formalización del acuerdo marco el adjudicatario deberá aportar los documentos que se relacionan a continuación:
a) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Estas circunstancias se acreditarán mediante certificación administrativa expedida por el órgano competente, excepto para la acreditación de estar al corriente en el Impuesto de Actividades Económicas, cuya acreditación se efectuará mediante la presentación del alta y, en su caso, del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matricula del citado Impuesto. A efecto de la participación en el proceso de licitación, las certificaciones tendrán una validez, de seis (6) meses a contar desde la fecha de expedición.
b) En el supuesto de sea una Unión Temporal de Empresas la que haya resultado adjudicataria, deberá presentar escritura pública de constitución de dicha Unión Temporal y tarjeta del N.I.F.
c) Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del acuerdo marco, así como cualquier otra documentación complementaria que se considere conveniente.
15.- EXTINCIÓN DEL ACUERDO XXXXX
Con independencia de las causas generales de resolución de los contratos, NAVANTIA podrá acordar la resolución del acuerdo marco en caso de que concurra alguna de las siguientes causas:
Las reiteradas deficiencias en la ejecución de las prestaciones.
La falsedad comprobada por NAVANTIA en los datos aportados por el adjudicatario que hubiesen influido en la adjudicación del contrato a la misma.
Cuando el adjudicatario pasara a estar incurso en alguna de las prohibiciones de contratar recogidas en la legislación vigente.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en este Pliego de Condiciones, o el incumplimiento de alguna de las especificaciones o requerimientos recogidos en el PPT- ETC.
NAVANTIA se reserva el derecho de resolver el acuerdo marco, en el momento que así lo requiera, previo aviso al adjudicatario con al menos un mes de antelación sobre la fecha de terminación del mismo.
16.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
La realización por parte del adjudicatario del objeto del acuerdo marco puede implicar la necesidad de que éste tenga que tratar, con dicha finalidad, datos de carácter personal, considerando como “datos personales” toda información sobre una persona física identificada o identificable; se considerará persona física identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador, como por ejemplo un nombre, un número de identificación, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona.
En el caso de que esto ocurra, NAVANTIA tendrá la consideración de responsable del tratamiento y el adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016 (en adelante, RGPD).
En consecuencia, el adjudicatario asume las siguientes obligaciones:
Acceder a los datos de carácter personal responsabilidad de NAVANTIA únicamente cuando sea imprescindible para el buen desarrollo de los servicios para los que ha sido contratado.
Tratar los datos conforme a las instrucciones que reciba de NAVANTIA.
Seguir los procedimientos e instrucciones que reciba de NAVANTIA, especialmente en lo relativo al deber de información y, en su caso, la obtención del consentimiento de los afectados.
Informar inmediatamente a NAVANTIA si detectase que alguna de las instrucciones de NAVANTIA infringe la normativa vigente en materia de protección de datos.
No destinar, aplicar o utilizar los datos de carácter personal responsabilidad de NAVANTIA con fin distinto del indicado en el presente Acuerdo Marco o de cualquier otra forma que suponga un incumplimiento de las instrucciones de NAVANTIA.
No permitir el acceso a los datos de carácter personal responsabilidad de NAVANTIA a ningún empleado de su responsabilidad que no tenga la necesidad de conocerlos para la prestación de los servicios contratados.
Guardar la máxima reserva y secreto sobre los datos personales y cualquier otra información confidencial propiedad o responsabilidad de NAVANTIA, asumiendo la responsabilidad de que su personal, colaboradores, directivos y en general, todas las personas de su responsabilidad que tengan acceso a la información y/o a los datos personales, respeten la confidencialidad de los mismos, así como las obligaciones relativas al tratamiento de datos de carácter personal, aun después de finalizar su relación con NAVANTIA. Por tanto, el adjudicatario realizará cuantas advertencias y suscribirá cuantos documentos sean necesarios con dichas personas, con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones, manteniendo a disposición de NAVANTIA la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación. Esta obligación de confidencialidad tendrá carácter indefinido y subsistirá aun después de finalizar las relaciones entre NAVANTIA y el adjudicatario.
Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
No revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar los datos de carácter personal responsabilidad de NAVANTIA, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a ningún tercero, salvo que exista autorización o instrucción previa de NAVANTIA.
Salvo para los servicios auxiliares propios de la actividad del adjudicatario, en caso de que el adjudicatario necesitara subcontratar todo o parte de los servicios contratados por NAVANTIA en los que intervenga el tratamiento de datos personales, deberá comunicarlo previamente y por escrito a NAVANTIA, con una antelación mínima de 1 mes, indicando los tratamientos que se pretende subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación podrá llevarse a cabo si NAVANTIA no manifiesta su oposición en el plazo establecido. El subcontratista, que también tendrá la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. El adjudicatario seguirá siendo plenamente responsable ante NAVANTIA en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
En caso de estar obligado a ello por el artículo 30 del RGPD, el adjudicatario mantendrá un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de NAVANTIA, que contenga la información exigida por el artículo 30.2 del RGPD.
Dar traslado a NAVANTIA a la mayor brevedad posible, y en el plazo máximo de 48 horas hábiles, de cualquier solicitud de ejercicio del derecho de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, efectuada por un afectado cuyos
datos hayan sido tratados por el adjudicatario con motivo del cumplimiento del objeto del acuerdo marco, a fin de que por el mismo se resuelva en los plazos establecidos por la normativa vigente.
Tramitar cualquier instrucción relativa a los mencionados derechos que reciba a través de NAVANTIA, a la mayor celeridad posible, y siempre dentro del plazo máximo de 48 horas hábiles, confirmando por escrito tanto la recepción de la solicitud como la ejecución de la tarea encomendada.
Dar apoyo a NAVANTIA en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
Dar apoyo a NAVANTIA en la realización de las consultas previas a la Autoridad de Control, cuando proceda.
Poner a disposición de NAVANTIA toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen NAVANTIA u otro auditor autorizado por este.
En caso de estar obligado a ello por el artículo 37.1 del RGPD, designar un delegado de protección de datos y comunicar su identidad y datos de contacto a NAVANTIA, así como cumplir con todo lo dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 del RGPD.
En caso de que, como encargado del tratamiento, deba transferir o permitir acceso a datos personales responsabilidad de NAVANTIA a un tercero en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará a NAVANTIA de esa exigencia legal de manera previa, salvo que estuviese prohibido por razones de interés público.
Una vez cumplida o resuelta la relación contractual acordada entre NAVANTIA y el adjudicatario, éste deberá solicitar a NAVANTIA instrucciones precisas sobre el destino de los datos, pudiendo elegir este último entre su devolución, remisión a otro prestador de servicios o destrucción íntegra, siempre que no exista previsión legal que exija la conservación de los datos, en cuyo caso no podrá procederse a su destrucción.
Respetar todas las obligaciones que pudieran corresponderle como Encargado del Tratamiento con arreglo a la normativa vigente y aplicable en cada momento, respondiendo de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente, y manteniendo indemne a NAVANTIA frente a cualquier daño o perjuicio que se derivase de dicha infracción.
Asumir la condición de responsable del tratamiento en caso de que destine los datos a otra finalidad distinta del cumplimiento del objeto del acuerdo marco, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del acuerdo marco o las obligaciones de la normativa vigente, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
Adoptar y aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad que evite su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, conforme lo previsto en el artículo 32 del RGPD. Dichas medidas podrán incluir, entre otros:
o la seudonimización y el cifrado de datos personales;
o la capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento, así como la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico.
o un proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
17.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL ACUERDO MARCO
En cuanto a la ejecución, efectos, modificación y extinción del acuerdo marco, éstos se regularán por lo establecido en el propio acuerdo marco, en la documentación contractual y por las normas de derecho privado que resulten de aplicación.
18.- RECURSOS Y JURISDICCIÓN
Las actuaciones realizadas en la preparación y adjudicación del acuerdo marco por NAVANTIA son susceptibles de impugnación en vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común ante el titular de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), según lo previsto en el art. 321.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
Las partes renuncian expresamente, a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles y se someten de forma expresa, para cuantas cuestiones litigiosas pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos derivados de su participación en el presente concurso y en el acuerdo marco que de él se derive, a los Juzgados y Tribunales de Madrid.
19.- FACTURACIÓN Y DERECHOS DE COBRO
El adjudicatario tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en el acuerdo marco, con arreglo al precio convenido. El pago del precio de los pedidos que se deriven del acuerdo marco se realizará contra factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente. Xxxxxxxx, S.A., S.M.E. abonará el importe de las facturas de acuerdo con la legislación vigente, siempre que ésta sea enviada a Navantia dentro de los cinco primeros días de mes y esté conformada por el responsable del acuerdo xxxxx.
En Navantia, S.A., S.M.E estamos impulsando el uso de medios electrónicos para la mejora de los procesos y, por ello, es necesario que todas las facturas que nos emitan nuestros proveedores sean electrónicas.
Entre las alternativas que se puede elegir están:
Ariba Network Full
Ariba Light Account
Seres
En formato Pdf (que pueda ser validado por el sistema OCR) que deberán enviarse a alguno de los siguientes buzones:
xxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx xxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx xxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx
En xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxx-xxxxxxxxxxx.xxx existe documentación explicativa sobre estos sistemas.
Los adjudicatarios que tengan derecho de cobro frente a NAVANTIA S.A., S.M.E., podrán ceder el mismo conforme a Derecho. Para que la cesión del derecho de cobro sea efectiva frente a Navantia, será requisito imprescindible la notificación fehaciente a la misma del acuerdo de cesión.
20.- CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario queda expresamente obligado, durante la ejecución del acuerdo marco y por un periodo de 5 años a contar desde su finalización, a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del acuerdo xxxxx.
Para garantizar la observación de la obligación aquí contemplada, deberá divulgar entre sus empleados la obligación del deber xx xxxxxxx, respondiendo de todos los daños y perjuicios que su actuación pueda ocasionar. El personal del adjudicatario que, directa o indirectamente pudiera tener acceso a información de NAVANTIA S.A., S.M.E, deberá aceptar los términos de la presente condición y comprometerse a su cumplimiento en todo en cuanto les resulte aplicable con carácter previos a recibir dicha información sin perjuicio de la responsabilidad del adjudicatario por los actos de sus dependientes.
El adjudicatario se compromete a tomar las medidas necesarias para la buena conservación de la información, durante la ejecución del acuerdo marco. En todo caso, al finalizar la relación contractual, deberá devolver la información confidencial cualquiera que sea el soporte en que la misma conste o se encuentre fijada. Si dicho soporte no fuera susceptible de devolución se compromete a la eliminación de la información confidencial del mismo. Si dicha devolución no fuera posible se compromete a la eliminación del soporte, previa autorización de NAVANTIA S.A., S.M.E, dejando a salvo aquella información que, por obligación legal deba conservarse por el propio adjudicatario o ponerse a disposición de las autoridades judiciales o administrativas correspondientes.
21.- DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN Y ANEXOS
• DOC 1: PCAP Pliego de Condiciones Administrativas Particulares
• DOC 2: PPT - Especificaciones Técnicas. (ETC),
• DOC 3: Cuestionario de Evaluación para Industria Auxiliar (se solicita cumplir los mismos requerimientos que la II. AA, aunque en esencia no lo es)
• DOC 4: Instrucciones Acceso II.AA. (necesario para que se conozca en relación con los contratos de puesta a disposición)
• DOC 5: Código de conducta empresarial de Navantia (*)
• DOC 6_2: Modelo Acuerdo de Confidencialidad
• DOC 7: ANEXO FORMACIÓN.
(*) documento disponible en el perfil del contratante del Órgano de Contratación de Navantia en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
XXXXX X: MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PERSONA DE CONTACTO DEL LICITADOR
XXXXX XX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PERTENENCIA A UN GRUPO EMPRESARIAL.
ANEXO III: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
XXXXX XX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES.
ANEXO V: LISTA DE CONTROL DE DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
22.- CALENDARIO ORIENTATIVO
Se propone el siguiente calendario orientativo:
Publicación anuncio en PLACSP, | 3/12/18 |
Límite confirmación participación y solicitud pliegos | 14/12/2018 |
Límite presentación de ofertas | 21/12/18 17:00 |
Apertura de ofertas | 09/01/2018 A las 13:30 horas |
Aprobación Adjudicación por el Órgano de Contratación | 24/01/19 |
Publicación de adjudicación | 31/01/19 |
Entrada en vigor del acuerdo marco | 18/02/19 |
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE PERSONA DE CONTACTO DEL LICITADOR
PERSONA Y DATOS DE CONTACTO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
NOMBRE DE LA EMPRESA (RAZÓN SOCIAL) | |
N.I.F. | |
PERSONA DE CONTACTO | |
CARGO EN LA EMPRESA | |
DIRECCIÓN POSTAL | |
CORREO ELECTRÓNICO DE CONTACTO | |
TELÉFONO DE CONTACTO | |
PYME Recomendación 2003/361/CE de la Comisión Europea | SI NO |
Autoriza el envío de comunicaciones electrónicas (tanto desde Navantia como desde la Plataforma de Contratación del Sector Público) |
Y para que así conste, a fin tomar parte en la licitación convocada por NAVANTIA S.A., S.M.E., denominada: expide y firma la presente declaración en , a de de
Firma del Oferente
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PERTENENCIA A UN GRUPO EMPRESARIAL.
D./Xx , con D.N.I. número , representando a la Empresa , con N.I.F. y domicilio
social en , calle
, número
, en calidad de
, en uso de las facultades que le confiere el poder otorgado a su favor el de de , ante el Notario de , D.
, con el número de su protocolo, que declara vigente
DECLARA:
Que la entidad a la que representa (indicar a o b):
a) No pertenece a ningún grupo empresarial.
b) Pertenece al grupo empresarial .
Dicho grupo, en los términos establecidos en el artículo 42.1. del Código de Comercio, está compuesto por las siguientes empresas:
a.
b.
c.
d.
Y para que así conste, a fin de justificar dichos extremos y tomar parte en la licitación convocada por NAVANTIA S.A., S.M.E., denominada: expide y firma la presente declaración en , a de de
Fdo.:
ANEXO III
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx , con D.N.I. número , representando a la Empresa , con N.I.F. y domicilio
social en , calle
, número
, en calidad de
, en uso de las facultades que le confiere el poder otorgado a su favor el de de , ante el Notario de , D.
, con el número de su protocolo, que declara vigente, de conformidad con las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección y condiciones de trabajo que se exigen para la adjudicación del Acuerdo Marco de “Servicio de Empresa/s de Trabajo Temporal”,
I.- Se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones por el precio derivado de la aplicación de
Un Coeficiente Único (coeficiente CPD) de: 1,xxx (ofertar con tres decimales)
Tomando como base el salario pagado al trabajador según las tablas del convenio colectivo vigente de aplicación,
II.- Se compromete a la estricta observancia de las disposiciones vigentes con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, especialmente en materia de legislación laboral, se Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales y de Protección de Datos de carácter personal
según lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Condiciones Particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
Asimismo, manifiesta que son ciertos todos los datos e información contenidos en la Oferta, para la cual firma el presente documento.
El plazo de validez de la Oferta es de SEIS (6) MESES.
en , a de de
Firma del Oferente.
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL APARTADO __11 XXX XXXXXX DE CONDICIONES PARTICULARES.
D./Xx , con D.N.I. número , representando a la Empresa , con N.I.F. y domicilio
social en , calle
, número
, en calidad de
, en uso de las facultades que le confiere el poder otorgado a su favor el de de , ante el Notario de , D.
, con el número de su protocolo que declara vigente
DECLARA:
Que el licitador no está incurso en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar señaladas en la LCSP.
Que el licitador se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas.
Que el licitador cumple con los requisitos de capacidad de obrar y representación precisos para participar en la presente licitación.
Que el licitador cumple con los requisitos de solvencia económica y financiera recogidos en el apartado xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
Que el licitador cumple con los requisitos de solvencia técnica y profesional recogidos en el apartado xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
Que el licitador cumple con los requisitos de adscripción de medios materiales y/o humanos que, en su caso, se hayan podido fijar en el apartado xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Que el licitador, en el supuesto de resultar adjudicatario, pondrá a disposición de NAVANTIA S.A., S.M.E., a su requerimiento, los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para apreciar su concurrencia.
Y para que así conste, a fin de justificar dichos extremos y tomar parte en la licitación convocada por NAVANTIA S.A., S.M.E., denominada: expide y firma la presente declaración en , a de de
Fdo.:
ANEXO V
LISTA DE CONTROL DE DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Declaración responsable capacidad de obras-no prohibición de contratar | |
Empresas no españolas de la UE: Inscripción registro | |
Empresas extranjeras: Infirme misión diplomática | |
Declaración de sometimiento a la legislación española para Empresas extranjeras (UE y no UE) | |
Declaración responsable solvencia económica y financiera | |
Declaración entidades financieras | |
Declaración responsable solvencia técnica | |
Declaración responsable adscripción de medios |