CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA
CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA
-Ente Público No Estatal – Ley Pcia. Buenos Aires Nº 11.414 -
CONCURSO DE PRECIOS n°: 412-CGPBB/2021
“CONSTRUCCIONES VARIAS EN CLUB WHITENSE - ING. XXXXX”
Pliego de Bases y Condiciones Generales (PBCG)
PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
En la sede del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, Avenida Xxxxx Xxxxx s/n del Puerto de Ingeniero Xxxxx, Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, Área Administrativa, Oficina de Compras, hasta el día 31 del mes xx xxxx de 2021 a las 10.30 hs.
Los oferentes podrán presentar sus ofertas personalmente o bien enviarlas mediante correo postal. Para el caso en que se opte por la presentación personal los oferentes deberán tramitar, con la debida antelación, las autorizaciones correspondientes de acceso a Zona Portuaria. En caso de optar por su remisión postal se tendrán únicamente por presentadas aquellas que sean recibidas en la sede del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca con anterioridad a la fecha y hora fijadas en el párrafo precedente, independientemente la fecha su despacho por la oficina de correos.
En la sede del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, Avenida Xxxxx Xxxxx s/n° del Puerto de Ingeniero Xxxxx, Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, el día 31 del mes xx xxxx de 2021 a las 11.00hs.
Visita de obra obligatoria: Partiendo de la sede del CGPBB a las 11.00 horas, del día 20 del mes xx xxxx de 2021, con el alcance y condiciones establecidas en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y artículo 6° de estas Bases de Condiciones Generales.
ARTÍCULO 1° - OBJETO DEL CONCURSO.
El presente Concurso de Precios tiene como objeto, la construcción de dos solados de hormigón armado para el emplazamiento de DOS (2) canchas de básquet 3 y UNA (1) cancha de básquet reglamentaria con sus instalaciones accesorias en el Club Whitense de Ingeniero Xxxxx, en un todo de acuerdo a los requerimientos y especificaciones xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas en adelante PET, y demás documentos que forman parte de la “documentación”.
ARTÍCULO 2° - PLIEGOS. ENTREGA GRATUITA A LOS PARTICIPANTES.
Los interesados en participar de este proceso de selección podrán descargar en forma gratuita la documentación del sitio xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx-xx-xxxxxxx.xxxx.
El interesado que haya descargado la documentación deberá comunicar vía e-mail a la casilla de correo xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx su intención de constituirse en participante. En tal comunicación deberá indicar indefectiblemente su domicilio real, legal y electrónico y constituir especial a los fines previstos en el artículo 10° de este PBCG, en el radio urbano de la ciudad de Bahía Blanca, de la localidad de Ingeniero Xxxxx o dentro de la jurisdicción portuaria del Puerto de Bahía Blanca.
Asimismo, el firmante deberá adjuntar el instrumento que acredite facultad suficiente para representar a la empresa que pretende constituirse en participante y para obrar en el sentido invocado. Dichos documentos deberán ser firmados y posteriormente escaneados para su inclusión como adjuntos del mail precitado.
Cumplidos los extremos indicados anteriormente, el interesado adquirirá el carácter de participante, lo que será comunicado por parte del Área de Compras del CGPBB en la casilla de correo electrónica por él indicada.
El plazo máximo para constituirse en participante del presente proceso resulta el día y hora previsto para la realización de Vista de Obra Obligatoria.
ARTÍCULO 3°- SUBSISTENCIA DE LOS DOMICILIOS.
Serán válidas todas las notificaciones que sean cursadas por el contratante en el domicilio constituido o bien en la casilla de correo electrónico informada en oportunidad del art. 2°.
Todo cambio de domicilio en las condiciones que impone el artículo precedente deberá ser comunicado fehacientemente al CGPBB y surtirá efectos inmediatos desde su notificación.
ARTÍCULO 4° - NATURALEZA JURÍDICA DEL ENTE CONVOCANTE.
El "CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA", en adelante denominado el CONSORCIO,
el CGPBB o el CONVICANTE, indistintamente, es un Ente de Derecho Público no Estatal, creado por Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 11.414, en orden a lo establecido en la Ley Nacional de Puertos 24093, su decreto reglamentario DEC PEN 769/93, el cual se rige por su ESTATUTO (Anexo X Xxx Nº 11.414) y resoluciones dictadas en dicho marco.
ARTÍCULO 5° - REGIMEN LEGAL APLICABLE A LA CONTRATACIÓN.
La Contratación objeto del presente proceso de selección se regirá, en general, por el "Régimen de Contrataciones" del CGPBB (Resolución N° 15-CGPBB/2019, Anexos I y II), y en particular, por lo establecido en este Pliego de Bases y Condiciones Generales y en el Pliego de Especificaciones Técnicas; las circulares que eventualmente se libren, por la Orden de Compra que se extiende al adjudicatario, (en adelante OC) o el Contrato de Obra que se firme en su defecto (en adelante el CO) y demás documentación.
ARTÍCULO 6° - VISITA OBLIGATORIA AL LUGAR DE EJECUCIÓN DE LA OBRA Y REUNIÓN INFORMATIVA
Todo participante conforme se indica en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET), deberá visitar obligatoriamente el lugar donde se ejecutará la obra en el día y hora indicados anteriormente, a fin de tomar conocimiento del estado de los bienes muebles e inmuebles incluidos en la misma, no pudiendo con posterioridad a la presentación de su oferta alegar ignorancia o falta de información sobre el espacio a intervenir, ámbito o estado de las instalaciones.
Será a su exclusivo costo cualquier estudio y/ o verificación que quisiera realizar a los efectos de formular su oferta.
El ENTE CONVOCANTE extenderá una constancia que acredite que el participante ha cumplido con la misma, debiendo acompañar tal constancia cuando presente su oferta.
Asimismo, el CGPBB en su calidad de ente convocante convoca a los Participantes a la Reunión Informativa general optativa que se realizará en su sede de Xx. Xxxxx Xxxxx X/X xxx Xxxxxx xx Xxx. Xxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx, la que se celebrará el mismo día que la visita obligatoria establecida precedentemente.
La participación en la reunión informativa estará limitada a un máximo de dos representantes por participante, los que deberán contar y exhibir la correspondiente autorización de representante legal o acreditado de la empresa.
A los efectos de la aplicación de este Pliego y demás documentación concursal y/o contractual, se entenderá por:
ENTE CONVOCANTE o COMITENTE: El Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca (CGPBB), comitente de la obra a contratar.
PARTICIPANTE: La persona física o jurídica que hubiese cumplido con el procedimiento formal establecido en el art. 2 del presente pliego.
OFERENTE: El PARTICIPANTE que formule una oferta en el presente Concurso en las condiciones de admisibilidad requeridas en el presente pliego.
ADJUDICATARIO: El OFERENTE cuya propuesta sea considerada por la autoridad competente del ENTE CONVOCANTE como más conveniente a los fines de adjudicar la presente contratación y celebrar la contratación respectiva.
CONTRATISTA: El adjudicatario que haya suscrito con el ENTE CONVOCANTE el correspondiente Contrato o recibido la Orden de Compra, a criterio del ENTE.
SUBCONTRATISTA: Persona física o jurídica con la cual el contratista celebre un contrato para la ejecución de una parte de los trabajos.
TERCEROS: Persona física o jurídica, pública o privada que no resulte participante, oferente, adjudicatario o contratista y que acredite interés de manera concreta y precisa por medio de prueba útil en el desarrollo y ejecución de la obra a contratar.
DOCUMENTACIÓN: Está constituida por las presentes Bases y Condiciones Generales, Especificaciones Técnicas Particulares y demás documentación y anexos complementarios y el Reglamento De Compras Res. 15-CGPBB/2019, útiles para regir el procedimiento, formular la oferta y regir la contratación.
REPRESENTANTE TÉCNICO: Profesional idóneo con título habilitante, matriculado en el colegio profesional correspondiente con jurisdicción en la Provincia de Buenos Aires, con incumbencias relacionadas directamente a las tareas que impone la presente compulsa y posterior Contratación.
ARTÍCULO 8° - CÓMPUTO DE PLAZOS.
Todos los plazos establecidos en el presente Pliego y en la demás documentación se computarán en días hábiles administrativos del CGPBB, salvo los relacionados con el plazo de ejecución de obra o expresa indicación en contrario.
ARTÍCULO 9° - PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo máximo de ejecución de la obra será el específicamente establecido para la presente en el Pliego de Especificaciones Técnicas, computándose en días corridos. Dicho plazo comenzará a computarse a contar a partir del día en que se confeccione y suscriba el Acta de Replanteo de Obra, documento escrito que emitirá la Inspección de Obra mediante el libro de comunicaciones de Ordenes de Servicio.
ARTÍCULO 10° - COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.
Los avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de comunicaciones que se realicen entre este Ente y los participantes, oferentes o adjudicatarios se realizarán, indistintamente, por carta certificada con aviso de retorno o carta documento, dirigida al domicilio legal o constituido en la oportunidad prevista en el artículo 2° del presente PBCG o en su presentación. Asimismo, serán válidas las comunicaciones cursadas a la casilla de correo electrónico informada por el participante, oferente o adjudicatario.
Constituirá plena prueba de la notificación y de su fecha de emisión y recepción, el documento que en cada caso la registre: la copia certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte de recepción emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno.
La indicación del domicilio del CONSORCIO y/o casilla de correo electrónico informada en este Pliego de Bases y Condiciones a los fines del procedimiento de selección, determina que únicamente serán válidas las comunicaciones que los interesados, participantes, oferentes o adjudicatarios realicen en el domicilio o casilla de correo electrónico referidos.
ARTÍCULO 11°- VISTA DE LAS ACTUACIONES
Toda persona que acredite poseer interés legítimo relacionado con la ejecución de la obra a contratar podrá tomar vista de las actuaciones del presente trámite, incluso hasta la finalización del contrato y recepción definitiva de la obra, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas. Asimismo, no se podrá tomar vista de la documentación amparada por normas de confidencialidad o la declarada de acceso restringido por resolución fundada de autoridad no inferior a Gerente General del CGPBB.
ARTÍCULO 12° - ATRIBUCIONES DE LOS PARTICIPANTES.
Quienes hayan adquirido la condición de participantes de acuerdo al mecanismo establecido en el art. 2° del presente pliego, desde el momento de su constitución como tales y hasta el día efectivo de la presentación de ofertas, podrán:
a) Consultar el expediente de la contratación por sí o por representante debidamente acreditado.
b) Presentarse en el expediente solicitando información o formulando peticiones.
c) Formar parte de la Visita de Obra y de la Reunión Informativa.
d) Presentar ofertas.
e) Solicitar aclaraciones sobre los pliegos, formulando las consultas correspondientes.
El participante que no presentare oferta en los términos y condiciones establecidos en el presente Xxxxxx perderá automáticamente, desde el día de la apertura, sus facultades de realizar observaciones relativas a las ofertas presentadas o al procedimiento desarrollado. Ello sin perjuicio del derecho a vista que pudiera corresponderle en los términos y bajo las condiciones establecidas en el artículo precedente.
ARTÍCULO 13° - EFECTOS DE LA SOLICITUD DE ACLARACIONES Y CONSULTAS
La formulación por parte de los participantes de aclaraciones o consultas no suspenderá el trámite del concurso, salvo que el ENTE CONVOCANTE por intermedio de autoridad no inferior a Gerente General, conforme su solo criterio, disponga lo contrario.
ARTÍCULO 14° - ACLARACIONES Y CONSULTAS.
a) El ENTE CONVOCANTE podrá efectuar de oficio aclaraciones a los Pliegos, Anexos y toda otra documentación correspondiente al concurso hasta tres (3) días hábiles anteriores a la fecha establecida para la presentación de las ofertas.
b) El derecho de los participantes a solicitar aclaraciones o formular consultas caducará automáticamente, por el mero vencimiento del plazo, a los siete (7) días hábiles anteriores a la fecha fijada para la apertura de ofertas. Las mismas deberán ser formuladas por correo electrónico a la casilla de correo electrónico indicada en el presente pliego, y ser remitidas desde la casilla de correo electrónica denunciada por el participante en la oportunidad del art. 2°, haciendo concreta referencia los puntos sobre los cuales solicita aclaraciones.
c) Las respuestas a los pedidos de aclaraciones o consultas formulados por los participantes deberán realizarse y comunicarse con una anterioridad no inferior a tres (3) días hábiles anteriores a la fecha de la apertura de la oferta. Las aclaraciones que se emitan serán consideradas parte integrante de los pliegos y serán notificadas, mediante circulares, vía correo electrónico a todos los participantes y publicadas en el sitio web del Ente convocante.
d) Las circulares formarán parte de los documentos de la contratación y deberán acompañarse con la oferta, debidamente firmadas por el representante legal del oferente.
A los efectos del cómputo de los plazos mencionados no se tendrá en cuenta, en ningún caso, el día de apertura de las ofertas.
En oportunidad de realizar una consulta, los consultantes que no lo hubieren hecho con anterioridad deberán constituirse como participantes en los términos exigidos en el art. 2°.
No se aceptarán consultas telefónicas y no será obligatorio contestar aquellas que se presenten fuera de término.
ARTÍCULO 15° - OFERENTES. REQUISITOS.
Podrán presentar ofertas personas humanas o jurídicas domiciliadas en el país que posean plena capacidad jurídica para participar de esta contratación y para obligarse, en forma individual o bajo la forma de contratos asociativos.
ARTÍCULO 16º - INCOMPATIBILIDADES PARA SER OFERENTE
No serán admitidos como Oferentes, Adjudicatarios ni Contratistas:
a) Los miembros del Directorio y empleados del CGPBB, los miembros del Directorio y empleados de las empresas o sociedades en las cuales el CGPBB tuviere participación accionaria;
b) Las sociedades en las que alguno de los sujetos indicados en el inciso anterior hubiere tenido en el último año algún grado de participación como miembro del Directorio, del Consejo de Vigilancia, de la Sindicatura, de alguna Gerencia, o bien resulte ser socio, representante o apoderado, inhabilidad que se extenderá hasta un año después en que el sujeto indicado en el inciso anterior haya cesado en sus funciones en el CGPBB; excepto en los casos de Directores por su participación en sociedades cuya representación les corresponde en el ámbito del CGPBB, quienes deberán excusarse de tomar intervención tanto en el procedimiento de selección como en el contrato;
c) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena;
d) Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación;
e) Las personas humanas y las personas jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados de sociedades que sean cónyuges o tengan parentesco hasta dentro del tercer grado de consanguineidad, o segundo de afinidad con alguno de los miembros del Directorio del CGPBB, con los sujetos que ordenen el inicio del procedimiento y/o aprueben las respectivas contrataciones y los responsables del área requirente que formule las Especificaciones Técnicas de la contratación y todo otro sujeto integrante del CGPBB que tenga facultad de decidir o asesorar técnicamente sobre el proceso de selección.
Los impedimentos indicados en los puntos anteriores alcanzan a las sociedades y empresas integradas en la Oferta cuyos directores, socios mayoritarios, síndicos o representantes legales, se encuentren comprendidos en ellos.
ARTÍCULO 17° - REQUISITOS FORMALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas serán redactadas por el oferente en idioma nacional y presentadas por duplicado. Los sobres, cajas, o paquetes contenedores de las ofertas se presentarán perfectamente cerrados y
contendrán en su cubierta la identificación del expediente de contratación al que corresponden, el día y hora de la apertura, y la identificación del oferente.
Toda la documentación deberá acompañarse en soporte digital debiendo agregarse, por duplicado, la documentación en papel que establece el art. 21°.
Las ofertas se admitirán, indefectiblemente, hasta el día y hora fijados para la presentación de ofertas en el llamado y deberán estar firmadas por el oferente o su representante legal, con debida acreditación de identidad o personería, con sello de la empresa en todas sus hojas, foliadas en su totalidad en el centro del margen inferior. La documentación requerida deberá presentarse en el orden dispuesto en el Artículo 21°, separada por indicadores donde conste el número de artículo e inciso al que corresponde. El oferente o su representante legal deberá salvar las enmiendas y raspaduras, si las hubiese.
Los oferentes deberán denunciar su domicilio real, legal y electrónico y constituir especial en los términos de los artículos 2° y 10° de este PBCG, en el radio urbano de la ciudad de Bahía Blanca, de la localidad de Ingeniero Xxxxx o del Puerto de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 18° - OMISIÓN DE REQUISITOS FORMALES.
Cuando la oferta tuviera defectos de forma cuya subsanación no altere la igualdad entre los participantes del procedimiento de selección, el oferente será intimado por el Área de Compras a corregirlos dentro del término de cinco (5) días hábiles administrativos. Si no lo hiciere, la oferta será desestimada, sin más trámite.
La corrección de errores u omisiones no podrá ser utilizada por el oferente para alterar la sustancia de la oferta o para mejorarla o para tomar ventaja respecto de los demás oferentes.
ARTÍCULO 19° - EFECTOS DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA. INFORMACIÓN QUE DEBE OBTENER EL OFERENTE
La presentación de oferta importa por sí misma, que el oferente estudió y conoce toda la normativa que rige el presente llamado, las condiciones y documentación de esta contratación, que realizó los estudios que fueran necesarios y obtuvo previamente todos los datos e informes para confeccionar su oferta y cumplir con la misma y con todas y cada una de las condiciones y obligaciones establecidas en las presentes Bases y el PETP, que valoró todas las circunstancias y previó sus consecuencias y que las acepta en su totalidad. Que ha recogido en el ámbito en que deberá cumplirse la prestación a contratar toda la información necesaria para la confección del plan de trabajo propuesto, el encuadre convencional de sus trabajadores y cualquier otro antecedente que pueda permitir una exacta apreciación de las características de los trabajos, sus dificultades y su costo.
En consecuencia, no podrá alegar con posterioridad a la formulación de oferta y/o suscripción del contrato respectivo, desconocimiento o causa alguna de ignorancia en cuanto a condiciones y costo de ejecución de los trabajos a contratar. En este sentido la presentación de la oferta importa por sí misma la aceptación y verificación de la información suministrada por el Ente convocante, siendo el Oferente único responsable por la oferta que realice no pudiendo alegar en el futuro desconocimiento de los datos de base para realizar su oferta, tales como datos geotécnicos, topográficos y cualquier otra información que fuera necesaria para la elaboración de la misma.
ARTÍCULO 20° - INMODIFICABILIDAD
La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna de las propuestas después de esta circunstancia.
Si en forma previa al vencimiento del plazo para presentar ofertas, un oferente quisiera corregir, completar o reemplazar una oferta ya presentada en un mismo procedimiento de selección, se considerará como válida la última propuesta presentada en término. Si no se pudiera determinar cuál es la última oferta presentada en término, deberán desestimarse todas las presentadas por ese oferente.
ARTÍCULO 21° - SOBRE CONTENEDOR DE LA OFERTA
El Sobre contenedor de la oferta deberá incluir la documentación que se detalla seguidamente, firmada en su totalidad por el Representante Legal en el orden consignado a continuación:
21.1. Documentación en soporte digital
La documentación que se detalla a seguidamente deberá estar firmada en los términos exigidos por el presente artículo, escaneada y luego guardada en el instrumento de soporte digital (PENDRIVE), que será incorporado en dos copias idénticas al sobre contenedor de la oferta al que hace mención el presente artículo.
1. El presente Pliego de Bases Condiciones Generales Legales y el de Especificaciones Técnicas, incluyendo todos sus anexos y las circulares emitidas por el Ente convocante, debidamente firmadas en todas sus fojas por el oferente, el representante legal del oferente o en su caso el apoderado acreditado.
2. La documentación que se detalla a continuación, con el fin de determinar su identificación y su habilidad para contratar de acuerdo con las siguientes pautas:
a) Información general.
I. Personas humanas y apoderados:
1. Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido, estado civil y número de documento de identidad.
2. Número de Código Único de Identificación Tributaria. (C.U.I.T.) y constancia de inscripción de orden nacional, provincial o municipal.
3. En el caso de apoderados, instrumento del cual surge la personería.
4. La documentación prevista en el art. 28° del presente pliego en caso de invocar el régimen preferencial de contratación de empresa local, a saber: Constancia de habilitación comercial, libre de deuda y nómina de trabajadores con indicación de su domicilio y copia de Constancia de Alta de Trabajador AFIP.
II. Personas Jurídicas:
1. Razón social, domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción registral.
2. Número de Código Único de Identificación Tributaría. (C.U.I.T.) y constancia de inscripción.
3. Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de administración y fiscalización interna.
4. Ejemplar del Contrato Social o Estatuto Social actualizado debidamente certificado por notario público y con intervención del respectivo Colegio de Escribanos.
5. Copias de actas asamblearias u órgano equivalente con la designación de los miembros del Directorio, de los órganos de administración y fiscalización, así como Acta de Aceptación y distribución de cargos vigente.
6. Copia del Acta de Directorio o decisión social de donde surja la voluntad societaria de presentarse en esta contratación, formular oferta con expresa mención a la decisión de suscribir el contrato respectivo en caso de resultar adjudicataria.
7. La documentación prevista en el art. 28° del presente pliego en caso de invocar el régimen preferencial de contratación de empresa local, a saber: Constancia de habilitación comercial, libre de deuda y nómina de trabajadores con indicación de su domicilio y copia de Constancia de Alta de Trabajador AFIP.
III. Personas físicas y/o jurídicas bajo la forma de contratos asociativos:
Además de la documentación individualizada en los inc. I y II -según corresponda- deberá acompañarse:
1. Identificación de las personas que los integran.
2. Fecha de compromiso de constitución y objeto.
3. Fecha y número de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo en caso de poseerlos.
4. Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la Oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato.
5. Todas las empresas que formen parte de la relación asociativa deberán presentar la documentación prevista en el art. 28° del presente pliego en caso de invocar el régimen preferencial de contratación de empresa local, a saber: Constancia de habilitación comercial, libre de deuda y nómina de trabajadores con indicación de su domicilio y copia de Constancia de Alta de Trabajador AFIP.
Además de la información detallada precedentemente, los oferentes deberán denunciar en todos los casos si mantienen o no juicios con el ENTE CONVOCANTE, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada.
b) Capacidad económico-financiera.
Los oferentes deberán presentar la siguiente documentación:
1. Monto total anual de negocios expresado como volumen total de servicios prestados.
2. En el caso de Personas Jurídicas, deberán acompañarse las actas de Asamblea o de reunión de socios con la aprobación de los Estados Contables correspondientes al último ejercicio y distribución de utilidades.
3. Presentar referencias bancarias, financieras y comerciales y la autorización para solicitar referencias, con indicación de los datos de contacto.
4., Formulario 522/A DDJJ Ley 17250 y detalle de deuda consolidada/certificado fiscal para contratar emitido a través del Sistema de Cuentas Tributarias de la página WEB de la AFIP y Estado de Deuda en todos los impuestos, emitidos por ARBA.
c) Capacidad técnica
1. Acreditar experiencia profesional, técnica y capacidad operativa para la ejecución de las tareas a contratar conforme descripción del PET, acompañando los antecedentes necesarios a tal fin.
El Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, se reserva el derecho de solicitar ampliación o información adicional respecto a los puntos que anteceden, como así también, requerir de terceros, elementos que hagan a la verificación de la veracidad y consistencia de las manifestaciones y antecedentes del oferente, como también, sobre la autenticidad de la documentación presentada por este.
21.2. Documentación en papel impreso
Además de su incorporación al soporte digital, la documentación que se detalla a continuación deberá ser presentada sin excepción en papel impreso, firmada en su totalidad por el Representante Legal de la Oferente, individualizada con separadores, en el orden consignado a continuación:
a) Autorización a favor del CGPBB para solicitar a Organismos Oficiales, compañías de seguros, bancos, entidades financieras, organismos de control y a cualquier otra persona humana o jurídica, informaciones relacionadas con la Oferta presentada, junto con un detalle de entidades, personas y datos de contacto que puedan brindar referencias (teléfono y correo electrónico).
b) La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, conforme el artículo 26° del presente Xxxxxx, siempre y cuando la misma no haya sido válidamente constituida en formato digital, siendo admisible en este último supuesto su presentación en forma electrónica.
c) Declaración Jurada suscrita por el Representante Legal, en la que manifieste no encontrarse el Oferente comprendido en los supuestos de incompatibilidades establecidos en el artículo 16° del PBCG.
d) Constancia de visita obligatoria de obra expedida por el ente convocante.
Además de su incorporación al soporte digital, la documentación la oferta económica deberá ser presentada sin excepción en papel impreso, firmada en su totalidad por el Representante Legal de la Oferente, individualizada con separadores, en el orden consignado a continuación:
1. La Oferta económica para la ejecución de la obra a contratar, la que será presentada exclusivamente en la Planilla De Cotización (Anexo IV), que forma parte de la documentación.
2. Planilla de Análisis de Costos por Ítem (Anexo V). Los análisis de precios serán elementos determinantes para la evaluación de las Ofertas formuladas. Por ello, su confección deberá contener como mínimo, los conceptos indicados en la planilla que forma parte xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas y en las que deberá discriminarse el importe correspondiente al IVA, atento la condición de responsable inscripto que el Ente convocante tiene frente al citado tributo.
En caso de ausencia o error en la cuantificación correcta de cada ítem a presupuestar, el Ente convocante podrá solicitar aclaraciones a los Oferentes sobre el particular.
Los agregados ajenos a lo requerido en el Pliego se tendrán por no escritos.
ARTÍCULO 22°- COTIZACIÓN DE OFERTA
La cotización deberá efectuarse únicamente en pesos, conforme lo indicado en el PET y en las Planillas Anexas que forman parte de la documentación.
No se prevé la entrega de anticipos financieros por parte del Consorcio.
ARTÍCULO 23° - CONSTITUCIÓN DE GARANTIAS.
La garantía de mantenimiento de la oferta y en su caso la de cumplimiento del contrato deberá constituirse mediante seguro de caución a través de las pólizas emitidas por compañías de seguro, a satisfacción del CGPBB y autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Éstas serán incondicionales, irrevocables y automáticamente renovables y en la misma moneda de la oferta.
La póliza de seguro deberá ser emitida a nombre del Ente Convocante, por instituciones aseguradoras de primera línea e indicarán el período de cobertura. La póliza debe presentarse con la certificación de firma ante notario del firmante de la misma, acreditando las facultades para el acto.
Asimismo, serán admitidas Pólizas de Caución con firma digital o electrónica válida, emitidas por entidades aseguradoras habilitadas a tal fin por la Superintendencia de Seguros de la Nación; sin perjuicio de lo cual, el CGPBB se reserva el derecho de exigir la certificación por ante Escribano, en caso de considerarlo necesario.
El CGPBB se reserva el derecho de no aceptar a la empresa aseguradora propuesta y en su caso, una vez presentada oferta y en desarrollo el proceso de selección o durante la ejecución del contrato, podrá requerir del oferente o del contratista el cambio de asegurador, si a su exclusivo criterio y bajo pautas de razonabilidad adecuadas la empresa que extiende la caución o aval a favor del CGPBB carece o ha
perdido la habilitación gubernamental correspondiente, la solvencia técnica o económica/financiera que resultan adecuadas para la cobertura extendida.
La empresa deberá dar acabado cumplimiento a lo dispuesto en el PET en relación a los Seguros.
La Contratista deberá seleccionar una empresa de seguros de reconocida solvencia y trayectoria, reservándose el CGPBB la posibilidad de requerir el cambio de aseguradora, si entendiera que los antecedentes que de la misma informa la Superintendencia de Seguros de la Nación, aconsejará dicha sustitución.
Sin perjuicio de lo expuesto, deberá hacerse constar en todas las pólizas asegurativas antes requeridas que el CGPBB es coasegurado de la contratista.
ARTÍCULO 25° - DEVOLUCIÓN DE GARANTIAS.
1. La garantía de mantenimiento de la oferta se restituirá a los oferentes dentro de los DIEZ (10) días contados a partir del perfeccionamiento del contrato de obra o de la emisión de la orden de compra.
2. La garantía de cumplimiento de contrato, o el saldo que hubiere de este importe, le serán devueltos al Contratista después de transcurridos los 90 días del vencimiento del plazo de garantía y conservación de obra establecido en PET y previo haber sido satisfechas las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquiera otra deuda o cargo que corresponda ser asumido por la Contratista, y siempre que se acredite haber dado cumplimiento total a las normas laborales y previsionales vigentes con relación al personal que fue contratado para la realización de la obra que se contrata, debiendo denunciar a estos efectos con carácter de declaración jurada, nómina del personal que continuará bajo su dependencia una vez concluidos los trabajos y nómina del personal que será desvinculado con mención al convenio colectivo y categoría aplicado a cada trabajador.
ARTÍCULO 26° - GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Los oferentes deberán presentar junto con su oferta, una garantía de mantenimiento de aquella, por un monto mínimo de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL ($265.000) la que se deberá mantener vigente por un plazo de ciento veinte (120) días corridos a contar a partir del acto de apertura. El plazo antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifieste en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx xxxx (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
Manifestado el retiro de la oferta, ésta perderá vigencia al término del plazo de mantenimiento y se devolverá al Oferente en el plazo de cinco (5) días de vencido el plazo de vigencia.
Si el oferente manifestare su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirare su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta.
ARTÍCULO 27° - RECEPCION Y APERTURA DE LAS OFERTAS.
En el lugar, día y hora determinados en el llamado a concurso, se procederá a cerrar el período límite para presentación de ofertas y a abrir los contenedores de las ofertas en presencia de los Directivos y/o funcionarios del CGPBB designados y de los interesados que concurran, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos, labrándose un acta que será suscripta por los presentes.
A partir de la hora fijada como término límite para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado.
Si el día señalado como límite para la presentación y para la apertura de las ofertas deviniera inhábil para el CGPBB, el acto de cierre de período de presentación y de apertura tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora que el fijado originalmente para cada hito del procedimiento.
Ninguna oferta presentada en término y bajo las condiciones establecidas podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que sean observadas se agregarán al expediente para su análisis por parte de las Áreas competentes.
ARTÍCULO 28° - REGIMEN PREFERENCIAL DE CONTRATACIÓN DE EMPRESA LOCAL
Será de aplicación en la presente contratación, el régimen preferencial de contratación de empresa local, el que comprende a las personas físicas, jurídicas o agrupamiento empresario constituido bajo las modalidades previstas en la legislación vigente de la República Argentina, cuya actividad comercial, industrial o de servicios, se desarrolle dentro del Partido de Bahía Blanca, debiendo poseer alta de contribuyente en esta ciudad, acreditar habilitación comercial del Municipio de Bahía Blanca con una antigüedad no menor a 24 meses, no poseer deuda por ningún concepto con dicha administración comunal y poseer, al menos, un 70% de su planta de trabajadores domiciliados en la ciudad de Bahía Blanca.
También será de aplicación el mencionado régimen preferencial a aquellas empresas que posean capacidad legal, técnica y antecedentes para la ejecución de la obra objeto de la presente contratación y
cuenten con habilitación portuaria emitida por el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, la que será considerada equivalente a la habilitación municipal que se extiende por parte del Municipio de Bahía Blanca en el ejido urbano, conforme art. 7) incs. 1, 4 y 6 de la ley 11.414. Asimismo, deberán contar con una antigüedad no menor a 24 meses en el registro de habilitación concesional del Puerto de Bahía Blanca, no poseer deuda por ningún concepto con dicho ente y poseer, al menos, un 70% de su planta de trabajadores domiciliados en la ciudad de Bahía Blanca.
Las mencionadas condiciones serán de aplicación a todos los subcontratistas que se decida incorporar en la oferta y la Contratista estará obligada a informar sobre las subcontrataciones previstas, las que deberán cumplir con lo establecido en este artículo.
Quien invoque el presente régimen de preferencia deberá expresarlo formalmente y cumplir con lo establecido en el artículo 21.1, a) 4.
Todos los OFERENTES que cumplan con los requisitos indicados en el párrafo anterior gozarán de un beneficio adicional por este hecho, al solo efecto de la comparación de la oferta económica presentada. Dicho beneficio consistirá en lo siguiente: al momento de evaluarse las propuestas y decidirse la adjudicación, a cada una de las ofertas correspondientes a los OFERENTES que cumplan con la condición detallada en el párrafo anterior, se le descontará el 6 % (seis por ciento) del total de la misma, determinándose una “oferta de preferencia”, la que será tomada como referencia por el CGPBB como valor comparativo con el resto de las ofertas, integrándosela dentro del grupo de parámetros que se evalúen con la finalidad de proceder a la adjudicación definitiva de la obra.
Se deja constancia que la “oferta de preferencia” es válida solamente y en forma exclusiva a los fines comparativos de las ofertas en el momento de operarse la adjudicación. Una vez adjudicados los trabajos, se toma, a todos los fines que la contratación implique, el monto original ofertado por el ADJUDICATARIO.
El Contrato adjudicado bajo la modalidad que establece la presente cláusula no podrá ser cedido total o parcialmente o subcontratado en violación a las previsiones y parámetros fijados para otorgar la preferencia de localía que determinó la adjudicación.
Para el caso de sujetos conformados bajo la forma de contratos asociativos, este beneficio podrá ser solicitado, únicamente en el caso que todas las empresas que la compongan cumplan en forma individual con todos los requisitos indispensables para su otorgamiento, debiendo esto acreditarse para cada una de ellas, conforme se dispone anteriormente en el presente artículo.
ARTÍCULO 29° - CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACIÓN DE OFERTAS.
Será declarada inadmisible la oferta en los siguientes supuestos:
a) Si la Oferta no tuviera la firma del Oferente o su Representante Legal en ninguna de las hojas que la integran;
b) Si tuviera tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del objeto de la contratación, plazo de ejecución o alguna otra parte de la Oferta que hiciere a la esencia de la misma y/o del contrato;
c) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o la constancia de haberla constituido;
d) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros;
e) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.
f) Si el oferente se encontrara inhabilitado para contratar con el CGPBB, conforme lo establecido en el art. 16 del presente pliego.
g) Si no se ajustara a lo estipulado en la documentación de la convocatoria o estableciera condiciones;
h) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio. La oferta será desestimada cuando de los informes técnicos de evaluación surja que no podrá ser cumplida en forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad económica del oferente;
i) Cuando pueda presumirse que el oferente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas no habilitadas para contratar con el CGPBB y de las controladas o controlantes de aquellas;
j) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección;
k) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que media simulación de competencia o concurrencia.
ARTÍCULO 27° - EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN
De conformidad con lo establecido en el art. 22 del Régimen de Contrataciones del CGPBB, el Área de Compras elaborará un cuadro comparativo de ofertas y elevará las ofertas a la autoridad competente a fin de aprobar el procedimiento y adjudicar la contratación al proveedor que estime más conveniente.
La adjudicación recaerá sobre la oferta que, a juicio del ente convocante y conforme las exigencias previstas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, se presente como la más conveniente.
La adjudicación será dispuesta por la autoridad competente conforme Anexo II de la Res. 15- CGPBB/2019, a la oferta que resulte a su criterio la oferta más conveniente, mediante el dictado de una Resolución fundada, la cual será notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes. En caso de que la adjudicación no recaiga sobre la oferta de menor valor deberán exteriorizarse en el acto de adjudicación los fundamentos que justifiquen la selección realizada.
ARTÍCULO 28° - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato, equivalente al 10% del monto total de la contratación, dentro del término de TRES (3) días de notificado el acto de adjudicación. Dicha garantía deberá ser evaluada y aprobada por el CONSORCIO previo a la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra y se mantendrá vigente durante todo el período de obra efectiva más el plazo de garantía y hasta la recepción definitiva si esta ocurriera en fecha posterior por cualquier circunstancia que no sea imputable a EL COMITENTE.
Cuando el monto del contrato sea modificado como consecuencia de la redeterminación de precios, se deberá modificar proporcionalmente la garantía de cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO 29° - CLÁUSULA DE RECOMPOSICIÓN DEL PRECIO
Considerando que el actual contexto económico y su eventual incidencia determinan que sea dable esperar modificaciones de precios que puedan afectar el valor establecido en el contrato, durante el término de su vigencia, se establece en el PET una metodología que permita receptar dichas variaciones de modo de mantener la ecuación económico-financiera entre las prestaciones comprometidas por cada una de las partes contractuales y de preservar la vigencia del contrato.
ARTÍCULO 30 ° - RESPONSABILIDAD ANTE RECLAMOS DE TERCEROS
LA CONTRATISTA será exclusivamente responsable por los daños y perjuicios que como consecuencia de su actividad e imputables a la misma, haya ocasionado a terceros, y que estos le reclamasen al Comitente por no haber sido satisfechos en tiempo oportuno.
En caso de que se dirigieran contra el Comitente reclamos de dependientes, proveedores, empresas de seguro, empresas subcontratistas o de servicios públicos, relacionadas con la Contratista y con el objeto del presente Contrato, la Contratista presta expreso consentimiento para que el Comitente retenga preventivamente hasta el 50% de los montos reclamados, sobre los pagos que debiera realizarle por trabajos cumplidos, hasta tanto ésta acredite fehacientemente haber satisfecho los requerimientos mencionados o bien que los mismos resultan irrazonables, dejando indemne al Comitente.
Cumplidas las prestaciones que motivaron la suspensión de los pagos, el Comitente procederá a abonar las facturas respectivas con el próximo certificado de Obra, haciéndose constar que la postergación del pago no devengará interés alguno a favor de la Contratista.
ARTÍCULO 31° – DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. CESIÓN DEL CONTRATO. SUBCONTRATISTAS.
El Contrato no podrá transferirse, total o parcialmente, sin autorización previa y expresa de EL COMITENTE.
EL CONTRATISTA se obliga a mantener permanentemente informado a EL COMITENTE sobre todo cambio en la titularidad de sus acciones. La autorización aludida en el ítem anterior será necesaria para cualquier modificación del Contrato o estatuto societario que implique:
a) La transferencia de una participación mayor del CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del total de las acciones, o cualquiera fuese el porcentaje, si modificase el cómputo de las mayorías o las atribuciones de control de la formación de la voluntad social.
b) La transformación, fusión, escisión, disolución o liquidación total o parcial de la sociedad.
c) La modificación del objeto social.
d) La incorporación de nuevos socios o accionistas en cualquier modalidad que altere el control societario.
e) Cualquier otra acción que pueda modificar el control de la formación de la voluntad social.
EL CONTRATISTA deberá cumplir con la legislación laboral vigente con relación al ejercicio de la actividad objeto de la obra y respetar los regímenes reglamentarios, convencionales y/o de prácticas, usos y costumbres gremiales, empresarios y de las organizaciones sindicales, ya sea en general o en particular, vigentes en el Puerto Bahía Blanca.
Conforme indica en el PET, la subcontratación de parte de los trabajos encomendados a EL CONTRATISTA sólo será permitida previa comunicación al Comitente y luego de su autorización expresa. La subcontratación no exime al contratista de sus obligaciones para con el CGPBB. El CGPBB podrá denegar la autorización de subcontratación de modo razonablemente fundado, sin que tal negativa otorgue derecho alguno al Contratista ni pueda ser utilizado como justificación en atrasos en el plan de trabajo o imposibilidad de ejecución.
ARTÍCULO 32° - DERECHOS DEL ENTE CONTRATANTE.
El ENTE CONTRATANTE podrá suspender o dejar sin efecto fundadamente, el trámite competencial en cualquier estado anterior a la firma del Contrato o la emisión de la orden de compra. Asimismo, podrá declarar fracasado el procedimiento, por no considerar conveniente ninguna de las ofertas presentadas. En ningún caso, la decisión de suspender, dejar sin efecto o de declarar desierto o fracasado el presente procedimiento generará derecho alguno a los Oferentes y/o terceros interesados, para ser reembolsados de los gastos en que hubiesen incurrido para participar en el procedimiento y/o a ser indemnizados y/o compensados por cualquier otro concepto y/o motivo relacionado con el costo de elaboración y/o presentación de ofertas.
ARTÍCULO 33° - DOMICILIOS ESPECIALES. JURISDICCIÓN.
A todos los efectos que deriven del cumplimiento y/o interpretación del presente pliego y del contrato que se celebre entre EL CONTRATISTA y EL COMITENTE, las partes fijarán y constituirán domicilios especiales en la ciudad de Bahía Blanca o en la localidad de Ingeniero Xxxxx o el Puerto de Bahía Blanca, a saber, EL CONSORCIO en la Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx X/Xx xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx y la Contratista en el que indique en su oferta, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones judiciales y/o extrajudiciales que se practiquen. Dichos domicilios se presumirán subsistentes en tanto no se constituyan nuevos y se notifique esta circunstancia por medio fehaciente a la otra parte.
Los oferentes, y una vez adjudicada la obra, la Contratista, se someten expresamente a la jurisdicción de los TRIBUNALES ORDINARIOS del Departamento Judicial Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
ARTÍCULO 34° - IMPUESTOS A PAGAR
Serán a cargo de la Contratista, en su totalidad, los impuestos, tasas, aranceles y contribuciones que deban tributarse según las normas vigentes existentes, ya sea en el orden nacional, provincial y/o municipal. Con respecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), atento la condición de responsable inscripto del CONSORCIO, deberá estarse a la metodología de la ley del gravamen.
El impuesto de sellos que corresponda abonar con relación al precio de contratación será cancelado por mitades por cada una de las partes, haciéndose constar que el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca se encuentra exento de su pago, conforme lo previsto en el artículo 2 de la Ley Nro. 11.414 según modificación de la Ley Nro. 14.059.
Art. 1° - OBJETO:
El presente Concurso de Precios, se refiere a la construcción de dos solados de hormigón armado para el emplazamiento de 2 canchas de básquet 3 y una cancha de básquet reglamentaria con la instalación del mobiliario deportivo, ubicados dentro del predio del Club Whitense sito en xxxxx Xxxxxxx 0000 de Ingeniero Xxxxx.
La cotización comprende la provisión de materiales y mano de obra, consumibles y materiales de orden menor para la construcción de las canchas descriptas e instalaciones complementarias. Las tareas por ejecutar son las enumeradas en Art. 3-DE LOS TRABAJOS y no se incluye parquización ni arbolado. La obra deberá entregarse terminada, en funcionamiento y con cada una de sus partes de acuerdo con su fin.
Art. 2° - DEFINICIONES y REFERENCIAS:
Niveles: Todos los niveles se tomarán al ras de piso terminado, el nivel de referencia (NR) se fijará a partir del borde superior del cordón de hormigón del pavimento. Los niveles consignados en la documentación gráfica son aproximados, en consecuencia, el contratista deberá verificar los niveles por cuenta propia, transmitirlos a la Inspección de Obra y en caso de diferencia se acordarán nuevos niveles.
Hormigones: todos los hormigones a utilizar deberán cumplir las siguientes características y normativas:
Para el piso de hormigón armado se deberá cumplimentar las exigencias del Reglamento CIRSOC 201- 2005 y anexos.
Hormigón tipo H21.
El muestreo y laboratorio se realizará cumplimentando las exigencias del Reglamento CIRSOC 201-2005 y Anexo III adjunto.
ANEXO I – DOCUMENTACIÓN GRÁFICA (PLANOS 1 a 9)
ANEXO II – HIGIENE, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE (R5PSySO 4.4.5-Rev. 8) ANEXO III – ESPECIFICACIONES GENERALES HORMIGÓN ARMADO
ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN ANEXO V – ANÁLISIS DE COSTOS POR ITEM ANEXO VI – CARTEL DE OBRA
XXXXX XXX – FOLLETO PISO BALDOSAS PLÁSTICAS – XXXXXXX 0
Los trabajos, que por ítem a continuación se detallan, son los que el contratista llevará a cabo de acuerdo y siguiendo las reglas del buen arte:
Item 1. Preparación del terreno, Nivelación y Replanteo. Item 2. Pisos deportivos.
Item 3. Pintura del piso de la cancha de Básquet y veredas perimetrales. Item 4. Demarcación de la cancha.
Item 5. Desagües Pluviales Item 6. Muro de frente Item 7. Portón corredizo
Item 8. Equipamiento deportivo Item 9. Colocación Puerta
Art. 4° - DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
ITEM 1 – PREPARACIÓN DEL TERRENO, NIVELACIÓN Y REPLANTEO:
DEMOLICIONES:
En el sector trasero del gimnasio actual se encuentra una construcción -antiguo baño- sin techo, muros de ladrillos comunes espesor 0.15, el cual deberá ser demolido, superficie aproximada 10 m2. El producido se deberá retirar de la obra y trasladar, por cuenta y cargo de la contratista, a lugares autorizados por la autoridad municipal. Se encuadran en el presente apartado todos aquellos muretes y/o tabiques que se encuentren en estado de abandono. En caso de estructuras xx xxxxx se desmontarán y a los materiales que el club no quiera recuperar, se les dará el mismo destino que los escombros. En caso de no observarse alguna de estas pautas, no se procederá a la liquidación de los trabajos correspondientes.
Se deberán retirar totalmente, follaje, troncos y raíces de las especies arbóreas y/o gramíneas, como así también otras plantas de menor porte que afecten la construcción o se indique expresamente su retiro por
parte de la Inspección. Todos los restos vegetales deberán ser retirados y trasladados siguiendo la misma pauta anterior.
El nivel de piso terminado de cada cancha se fija en los planos componentes de la documentación gráfica, por lo que se deberán realizar los rellenos y desmontes tendientes a lograr los niveles impuestos en los planos para los distintos sectores de la construcción. Se podrá utilizar los acopios de material que allí se encuentran acopiados. El sobrante se deberá retirar de la obra y trasladar, por cuenta y cargo de la contratista, a lugares autorizados por la autoridad municipal. A los efectos de la cotización de esta tarea se tomará como base un aproximado de 200 m3 de desmonte de suelo y su retiro de obra.
REPLANTEO:
Se materializarán como mínimo un par de ejes ortogonales en cada sector de trabajo, mediante caballetes que deberán permanecer durante toda la obra. Una vez verificados por la Inspección de obra se procederá a la ejecución de los pisos deportivos.
El contratista proveerá, instalará y mantendrá en perfectas condiciones un cartel de obra de 1,50 x 2,00 m, realizado en chapa metálica xxxx sobre un bastidor xx xxxxxx, con adecuada protección de pintura, teniendo en su parte frontal una superficie de contacto plana y capaz de recibir el ploteado. El diseño de este se adjunta en el Anexo VI – Cartel de Obra.
Sobre el piso nivelado, según se indica en el Ítem 1, se colocará un film de nylon de polietileno de color negro humo “agropol” de 200 micrones, y sobre este manta geotextil de polipropileno de fibra corta, como mínimo de 100 gramos por m2. Ambos cubrirán la totalidad de la superficie de los pisos deportivos de ambos playones.
Seguidamente se colocará el hormigón, distribuido en fajas y capas de espesor uniforme, siendo el espesor mínimo 15 cm. en cualquier punto de la superficie. El paquete estructural, en su espesor medio, tendrá una xxxxx xx xxxxxx electrosoldado tipo Q 131, de ø 5 mm. cada 15 cm en ambas direcciones.
El hormigón deberá ser tipo H21, elaborado en planta, conteniendo como componente adicional en su mezcla microfibras de polipropileno, contenido mínimo 4 kg/m3.
Se aplicará a la mezcla endurecedor mono componente en polvo a base de agregados minerales inertes de granulometría seleccionada, cemento, aditivos para incrementar las resistencias mecánicas del piso de hormigón tipo Sikafloor Quartz Top xx Xxxx color gris, se dosificará como mínimo, con 5 kg de producto por metro cuadrado de solado.
La terminación será de tipo llaneado mecánico, a los efectos de lograr una superficie completamente xxxx. En el caso particular de las canchas de básquet 3, se realizará con fratacho manual, debiendo quedar la superficie perfectamente xxxx sin oquedades ni resaltos, para luego poder recibir la colocación de baldosas de piso sintético según esquemas provistos y especificaciones de fabricante. La pendiente de escurrimiento será 1:1000. Los bordes perimetrales se redondearán con llana curva de 2 cm de diámetro.
NOTA: se exime a la contratista de la provisión y colocación del piso sintético. Adjunto se remite folleto técnico-descriptivo para tomar conocimiento del tratamiento final y poder realizar las recomendaciones sugeridas de construcción de la obra húmeda por el fabricante del piso deportivo.
Características del playón:
Tipo de Hormigón: Elaborado en planta, tipo H21 c/ microfibras de polipropileno. Armadura: Malla Electrosoldada Q131, ø 5 MM - 15X15 cm.
Endurecedor de Superficie: en polvo a base de agregados minerales inertes (Quarzo). Hormigón espesor: mínimo 15 cm.
Colocación: Cumplirá con lo especificado en el reglamento CIRSOC 201-2005.
Juntas:
Se deberán ejecutar juntas constructivas de dilatación. La superficie de paño de solado máxima será de
10.00 m2. Estas se realizarán según los planos de arquitectura y la ubicación definitiva de las juntas será aprobada por la Inspección de Obra. En los casos que corresponda y a juicio de la Inspección de Obra, la ejecución de las juntas de dilatación se realizará mediante la colocación de vainas o aserrado con disco diamantado de los solados. Todas las juntas se tomarán aplicando un sellador elastómero monocomponente a base de poliuretano, del tipo Sikaflex 1A PLUS, o calidad equivalente a juicio exclusivo de la Inspección de Obra. Las juntas de contracción se realizarán a las 24hs de fraguado del material y serán de 5 cm. de profundidad o 1/3 del espesor de la losa.
Las bases para el equipamiento deportivo se realizarán en un todo de acuerdo con lo indicado en los planos específicos, los materiales para el amurado serán provistos por la Contratista (varillas roscadas, bulonería, etc.). La colocación de las columnas y arco soporte de los tableros de básquet también será tarea que deberá realizar la empresa constructora.
ITEM 3 – PINTURA DEL PISO DE LA CANCHA DE BÁSQUET OFICIAL Y VEREDAD PERIMETRALES.
Se pintará el piso de la cancha de básquet oficial (cancha grande) y las veredas perimetrales a esta, según el planos -2 y 5- adjuntos. Los tonos definitivos de los colores se ajustarán luego de ejecutado el piso de hormigón. La pintura para utilizar será látex al agua especial para pisos de acabado semi mate y alta resistencia al tránsito peatonal y de uso deportivo, con alta resistencia a la intemperie y a los rayos UV. Se podrá aplicar a pincel o rodillo en su consistencia original o diluido con un máximo de 10% de agua (marca sugerida: Xxxxxxx-Xxxxxxxx). Previamente a las dos manos mínimas de pintura color, se dará acondicionador al agua con micro-partículas de alta penetración ideal para sellar todo tipo de superficies. Deberá tener resistencia a la alcalinidad y optimizar la duración de la pintura de terminación.
ITEM 4 – DEMARCACIÓN DE LAS CANCHAS – CANCHA DE BÁSQUET OFICIAL.
Las líneas demarcatorias de la cancha tendrán un ancho de 0,05 m. en un todo de acuerdo con las Reglamentaciones vigentes de la Federaciones Deportivas. Su ubicación sobre el playón deportivo será según lo especificado en el plano respectivo. Los colores para utilizar serán blanco o amarillo s/ indicaciones de la Inspección de Obra. La pintura por aplicar será del tipo resina acrílica termoplástica de alta flexibilidad y resistente a la pérdida de color y al “amarilleo”, como la utilizada para la demarcación vial en frío. En el caso de optar por productos alternativos deberá presentarse a la Inspección de obra para su aprobación todas las especificaciones de éste que justifiquen su reemplazo. Deberá asegurarse una cantidad de capas o manos (tres como mínimo) tal que se logre un acabado homogéneo el cual deberá ser aprobado por la Inspección de Obra. Las manos serán de 400 micrones y la velocidad de secado deberá ser tal que permita circular sobre ellas a los 15 minutos de ser aplicada. En el caso de cruces de líneas de distintos colores, la Inspección de obra será la encargada de determinar el color a aplicar en la intersección de estas de acuerdo con el grado de importancia de alguna de ellas.
Se construirán los desagües pluviales de acuerdo con plano -6-, serán xx xxxx de polipropileno Ø110 o PVC
3.2 Ø110, de primera marca comercial, con uniones y piezas de la misma marca que el ducto.
En el colector se colocarán 4 bocas abiertas con rejilla 20x20. El extremo interno del colector se prolongará 8,5 m. hasta pasar la vereda que vincula las canchas de básquet 3 con la cancha de básquet exterior, su terminación será tapada y quedará bajo nivel.
La instalación nueva se empalmará con la existente que es visible en el patio interior. La distancia de la cámara con rejilla al empalme no es mayor a los 2 m. de longitud.
Demolición: En el terreno lindante a la cancha cubierta, se encuentra un lote baldío, el cual tiene un muro con dos portones xx xxxxxx y una xxxxxx xx xxxxx. El mismo deberá ser demolido y las aberturas retiradas, el producido se deberá retirar de la obra y trasladar, por cuenta y cargo de la contratista, a lugares autorizados por la autoridad municipal. En caso de no observarse alguna de estas pautas, no se procederá a la liquidación de los trabajos correspondientes. Como se desconoce las características del cimiento actual xxx xxxx, se considerará su retiro y reconstrucción completa, si a juicio de la Inspección de Obra se decidiera su no utilización para la reconstrucción xxx xxxx del frente nuevo.
Cimiento (en caso de reconstrucción):
En coincidencia con la pared a construir se realizará el cimiento corrido, las dimensiones y armadura serán de acuerdo con el espesor xxx xxxx a saber:
Muros de ladrillón: sección de 40 cm. x 40 cm. con 3 hierros longitudinales de ø 10 y separadores ø 6 c/ 30 cm.
La preparación del terreno y excavación del cimiento corrido se ejecutará nivelando y apisonando el fondo perfectamente con sus laterales verticales, debiéndose proceder a su contención por medio del apuntalamiento, si el terreno fuera inestable. Si por error se diera a la excavación mayor profundidad de la que corresponda a la fundación a construir en ella, no se permitirá el relleno posterior con tierra, arena, cascotes, etc., debiéndolo hacer con el mismo hormigón con que se construirá la fundación. Esto no implicará adicional alguno para el CGPBB.
Muro de Ladrillón (26,5x14,5x5,5):
Como metodología general para el ítem se deberá tener en cuenta que toda la mampostería se ejecutará perfectamente a plomo y sin pandeos. Los ladrillones, de calidad “vista” se colocarán con traba nunca menor que la mitad de su ancho, las hiladas perfectamente horizontales, utilizando reglas de guía y las juntas serán de 15 mm. de espesor. Los ladrillones serán mojados antes de su empleo. Las juntas serán razadas en ambos lados de la pared.
A partir de la primera hilada, se construirán dos (2) capas aisladoras de concreto con dosificación 1:3 (cemento, arena mediana), con adición de hidrófugo, pintada con material bituminoso y recubierta con membrana asfáltica.
Tomando como referencia la cota de la vereda existente, cada diez hiladas se colocarán dentro de la junta entre ladrillos dos ø 4.2 mm. en todo el largo.
Como coronamiento a 2.80 m. aproximadamente, del nivel anteriormente señalado, se realizará un encadenado de 15 cm. x 15 cm., con una armadura de 4 ø 10 mm. y con estribos de ø 6 mm. c/ 20 cm. La terminación será hormigón visto, en consecuencia, el encofrado será de fenólico o madera cepillada, el hormigón será tipo H21.
Los pilares del portón de acceso serán de similares características que el encadenado. Se deberá vincular con refuerzos y ataduras las armaduras de las dos piezas estructurales.
En el presente Ítem se incluye la construcción de la rampa de acceso vehicular en el sector del portón. Piso de hormigón armado cuya superficie estará comprendida desde el cordón cuneta hasta traspasar la línea municipal 1 m. y el ancho será el mismo que el vano del portón corredizo. Las características constructivas y materiales para emplear son las mismas que las adoptadas en el piso de las canchas de básquet.
Se construirá, proveerá e instalará en obra un portón corredizo, se adjunta plano -9- con detalle de materiales, herrajes y estructura interna.
La perfilería por usar será de tubos estructurales xx xxxxxx de espesor mínimo de pared 2 mm. Los xxxxx xx xxxxx xxxx tendrán el estampado de un nervio triangular de 1x1 cm.
Dentro de la hoja del portón se construirá una puerta de abrir para permitir el paso peatonal.
La totalidad de la carpintería será provista de los herrajes, cerraduras y rodamientos mínimos y suficientes para cumplir perfectamente con los fines proyectados y de uso.
También se deberá construir la viga (o bien continuación del cimiento xxx xxxx) de piso para amurar el perfil ángulo (colocado con el canto hacia arriba) para permitir la rodadura del portón.
La carpintería se la pintará con tres manos de esmalte sintético tipo dos en uno (antióxido-terminación) color AZUL RAL 5010 o a designar por la Inspección de Obra de acuerdo a pedido del Club.
Tipo de Hormigón: Elaborado en planta, tipo H21 c/ microfibras de polipropileno. Armadura: Malla Electrosoldada Q131, ø 5 MM - 15X15 cm.
Hormigón espesor: mínimo 15 cm.
ITEM 8 – EQUIPAMIENTO DEPORTIVO
Los soportes para los tableros de básquet 3 y los arcos-soporte serán provistos por el CGPBB, mediante un convenio de colaboración con el Centro de Formación Profesional CFP N° 401 de Ingeniero Xxxxx, estos implementos deberán ser retirados por cuenta y cargo de la Contratista y colocados según las indicaciones de los planos adjuntos.
También se proveerá al pie de la obra los cuatro tableros con cesto y red, siendo su montaje una tarea a realizar por la empresa ejecutora de la obra.
Luego de la colocación y previo a la recepción de la obra, los soportes recibirán una mano de pintura a los efectos de retocar posibles rayaduras producto de su transporte hasta el lugar y montaje. El color y la marca serán los mismos que los dados en el CFP.
ITEM 9 – COLOCACIÓN DE PUERTA INTERNA
Se colocará una puerta de comunicación en la medianera de fondo del Club, entre el Club Whitense y el Colegio Presidente Xxxxxxxxx, de medidas mínimas 1.60 x 2.00, ciega xx xxxxx estampada inyectada con poliuretano, con terminación pintada con Epoxi-Poliuretano color Blanco. Previamente a la colocación se demolerá el muro existente (de block de cemento) y se reconstruirá uno nuevo con cimiento de hormigón H12 y mampostería de ladrillo común ancho 0.30, con juntas de mortero a la cal, revocado con grueso impermeable y fino fratasado. La abertura será amurada con grampas, el dintel de vigueta pretensada, la terminación del lado del Colegio será similar a la existente. Información que se recabará en la visita de obra. Las medidas xxx xxxx son de 3 m. de ancho por 3 m. de alto.
Art. 5° – LIMPIEZA GENERAL DE OBRA
La recepción de la obra se realizará cuando se hayan retirado los elementos y equipos utilizados en la construcción misma, y todo resto de las demoliciones y limpieza llevadas a cabo.
Dichos restos deberán ser retirados del establecimiento a medida que se vayan produciendo, no admitiéndose su acopio dentro del mismo.
Art. 6° - CONDICIONES GENERALES
La obra deberá ejecutarse de acuerdo con su fin en cada una de sus partes, aún cuando la documentación contuviera errores u omisiones. Las partes de esa documentación son complementarias. Significa que, si algún elemento faltare en alguna pieza de la documentación, su presencia en cualquiera de las otras obliga a su construcción y/o provisión.
Se proveerá la energía y el agua para realizar las construcciones, corresponderá a cargo de la contratista la instalación de las conducciones, colocación de tableros con las correspondientes protecciones (llaves térmicas y disyuntores diferenciales) y las mangueras para llevar hasta el pie de la obra los servicios mencionados.
Deberá contar con un obrador acorde a las necesidades de la ejecución de las obras, el cual contendrá las instalaciones sanitarias correspondientes. La ubicación del mismo será determinada por la Inspección de Obra.
El horario de trabajo se encuadrará dentro de los horarios de apertura del establecimiento deportivo, lunes a viernes de 8:00 a 18:00 hs.
Art. 7º - MEDIDAS DE SEGURIDAD
Durante la ejecución de los trabajos la Contratista colocará cercos de obra ciegos donde se crea conveniente, de altura mínima 1.80 m., para evitar la intrusión de niños y/o personas ajenas al sector de los trabajos, como así también todo otro tipo de señales de aviso de la existencia de las obras, a fin de prevenir accidentes. Se informa que, dadas las características particulares del ambiente deportivo infantil, en forma permanente se verificarán todos los recaudos tomados, quedando a juicio del Área de Seguridad y Medio Ambiente del CGPBB y la Inspección de Obra la solicitud de medidas extraordinarias.
Particularmente, el cerco de obra no deberá tener partes o elementos salientes, filos cortantes y punzantes. La estructura soporte deberá ser resistente a los golpes, impactos o acciones imprevistas (ráfagas de viento, etc.) a los efectos de evitar su caída accidental. Todo arriostramiento de la estructura deberá ser hacia el interior del sector de obra.
La adopción de las medidas aludidas no eximirá a la Contratista de las consecuencias ocasionadas por los hechos que se tratan de prevenir, y por lo tanto será responsable de las averías o daños que puedan producirse a terceros por causa de la obra.
Las medidas de seguridad para el desarrollo de los trabajos en el frente, vereda y vía pública se adecuarán a las exigencias y normativas específicas de la Municipalidad de Bahía Blanca.
La Contratista deberá poner especial cuidado durante la realización de los trabajos, ya que las tareas se desarrollarán en un club con actividades deportivas con mucha participación de niños, razón por la cual será responsable de todo daño o perjuicio que ocasione a bienes, niños y/o personas de este establecimiento deportivo y/o terceros, por el mal desempeño de las tareas, falta o insuficiencia de medidas de seguridad y prevención.
A los efectos normativos, se tomará como base el Manual de Seguridad para Contratistas el que podrá ser retirado, para su toma de conocimiento, en la oficina del Área de Seguridad y Medio Ambiente del CGPBB o
consultado en la página Web del CGPBB y el “Anexo II – HIGIENE, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE (R5 P- SST 7.5 Anexo II Higiene, Seguridad y Medio Ambiente -R1)” adjunto, como así también todas las leyes vigentes en la materia.
La asistencia del profesional y técnico en seguridad e higiene laboral queda sujeta a las leyes nacionales vigentes en la materia y a lo especificado en el correspondiente plan de trabajo aprobado por la ART.
Responsabilidad Civil: la Contratista deberá contratar un seguro de Responsabilidad Civil que cubra a personas, cosas, muebles e inmuebles o semovientes ante eventuales daños por la suma de Dólares Cuatrocientos mil (U$D 400.000) que incluya cláusula de no subrogación, responsabilidad cruzada (especificando que el CGPBB pueda ser considerado como tercero ante cualquier daño directo o indirecto que pueda afectarlo con endoso a favor del CGPBB) y cláusula de notificación.
ART, SVO, AP complemento ART: la Contratista deberá dar debido cumplimiento a lo estipulado en el Anexo II - HIGIENE, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE – COVID19, en lo referente a: ART, seguro de vida colectivo obligatorio, seguro de accidentes personales adicional a la ART, seguro de accidentes personales autónomos, según corresponda.
Vehículos y maquinarias: Los vehículos y máquinas herramientas autopropulsados utilizados por la empresa para la realización de la obra, deberán contar con un seguro de responsabilidad civil automotor con cláusula de subrogación, cláusula de notificación y con endoso a favor del CGPBB.
Las maquinas herramientas deberán contar con un seguro de responsabilidad civil por daños causados por equipos de contratistas, también llamado responsabilidad civil operaciones de maquinarias, que cubra: daños corporales, daños a cosas totales o parciales, con cláusula de subrogación, cláusula de notificación y con endoso a favor del CGPBB.
La Contratista deberá seleccionar una empresa de seguros de reconocida solvencia y trayectoria, reservándose el CGPBB la posibilidad de requerir el cambio de aseguradora, cuando los antecedentes que de la misma informa la Superintendencia de Seguros de la Nación, no cubrieran las expectativas.
La Contratista podrá celebrar con terceras partes, subcontrataciones para la ejecución de alguna o algunas de las tareas que correspondan a la realización de la obra objeto de la presente. La decisión de proceder en tal sentido deberá ser comunicada previamente al Comitente en forma directa antes de la firma del
contrato de obra objeto del presente Concurso de Precios o a través de la Inspección, una vez iniciada la ejecución de tareas.
El Comitente y a su sólo criterio, se reserva el derecho de no aceptar la subcontratación con persona o empresa determinada. Autorizada la subcontratación, la empresa contratista será responsable en forma solidaria y como principal pagadora, de las obligaciones contractuales, laborales y previsionales de las subcontratistas y que tengan origen o relación directa o indirecta con la ejecución de los trabajos que se le contrate en el marco de la contratación principal.
La empresa contratista deberá presentar al CGPBB, con carácter previo al inicio de tareas por parte de un subcontratista, un ejemplar debidamente firmado y con la reposición fiscal correspondiente, del contrato celebrado.
A los efectos de tomar conocimiento de las condiciones en que se encuentra el sector en el que se desarrollarán los trabajos y aquellas bajo las cuales se realizarán las tareas, los
Oferentes deberán tomar parte de una visita "obligatoria" al predio objeto de los trabajos, en el día y horario designados en el Pliego General, finalizada la cual se otorgará el certificado correspondiente, el que se deberá adjuntar con la oferta.
Art. 11º - FORMA DE CONTRATACIÓN
Las obras se contratarán según el sistema de "Ajuste Alzado", implicando ello que se contemplarán todos los trabajos que sean necesarios realizar para lograr el objeto del concurso de referencia.
El proponente tiene la obligación de realizar sus propios cómputos y cálculos para decidir el valor total de los trabajos y formulará su cotización indicando en su oferta la suma total con que se compromete a realizar los trabajos.
Art. 12° - PLANILLA DE COTIZACIÓN Y ANÁLISIS DE COSTOS POR ÍTEM
Juntamente con la documentación requerida en la Presentación de la Oferta indicada en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Legales, los proponentes deberán presentar la PLANILLA DE COTIZACIÓN y el ANÁLISIS DE COSTO de cada Ítem.
Estos se ejecutarán según modelos adjuntos en los ANEXOS IV PLANILLA DE COTIZACION y V ANALISIS DE COSTOS POR ÍTEM, en copia impresa sobre papel y soporte magnético, debiendo indicarse en su encabezado lo siguiente:
a) Nombre completo de la obra.
b) Nombre de la Empresa oferente.
El Contratista terminará las obras en un plazo de noventa (90) días corridos. Dicho plazo comenzará a computarse a partir del día en que se confeccione y suscriba el Acta de Replanteo de Obra, documento escrito que emitirá la Inspección de Obra mediante el libro de comunicaciones de Ordenes de Servicio.
Solo se considerará un mayor plazo por inclemencias meteorológicas, cuando los “días de lluvia” o por condiciones climáticas desfavorables, tomados mensualmente, superen a los indicados en el cuadro siguiente:
MES | DIAS DE LLUVIA |
Enero | 5 |
Febrero | 5 |
Marzo | 6 |
Abril | 4 |
Mayo | 5 |
Junio | 2 |
Julio | 3 |
Agosto | 4 |
Septiembre | 4 |
Octubre | 6 |
Noviembre | 6 |
Diciembre | 6 |
Se considera “día de lluvia” al periodo de 24 horas considerado por el Servicio Meteorológico Nacional como unidad de tiempo, al que se refiere su registro de lluvia diario, durante el cual la precipitación supera los CINCO (5) milímetros.
Por cada día de lluvia o condición meteorológica desfavorable que se produzca en día hábil que sobrepase el valor consignado para el mes correspondiente se adicionará un día al plazo contractual, salvo que sus consecuencias determinen una real paralización de los trabajos en días subsiguientes, en cuyo caso, a
requerimiento de la Contratista, la Inspección podrá propiciar la prórroga por los días que corresponden al motivo señalado.
La prórroga del plazo se considerará una vez vencido el término establecido para la conclusión de los trabajos teniéndose en cuenta únicamente los justificativos de demora que la Contratista haya presentado en tiempo de producirse, mencionando las causas que la motivaron. Estos justificativos deberán ser presentados a la Inspección dentro del término de CINCO (5) días corridos de producido el hecho causante de demora para que puedan hacerse en tiempo las constataciones pertinentes.
El cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA será fiscalizado a través de la INSPECCION, que tendrá a su cargo la supervisión técnica y estará integrada por tres (3) miembros, designados por el CGPBB. EL CONTRATISTA será notificado por escrito sobre la designación de los integrantes de la Inspección, antes de la iniciación de las obras.
A través de dicha Inspección, se desarrollarán las relaciones entre el CONTRATISTA y el CGPBB.
La Inspección, podrá requerir al CONTRATISTA, información complementaria de la exigida en las presentes Bases y Condiciones.
ART. 15º - COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
Ordenes de Servicio: Todas las directivas dadas por la Inspección al CONTRATISTA deben emitirse mediante Ordenes de Servicios, las que serán firmadas, como mínimo por dos de los miembros integrantes de la Inspección.
Las Órdenes de Servicio que la Inspección imparta durante la ejecución de los trabajos, serán cronológicamente consignadas en un libro foliado y rubricado por el COMITENTE, que la Inspección guardará en la obra. Las enmiendas y raspaduras deberán ser salvadas. Toda Orden de Servicio deberá ser firmada por el CONTRATISTA tomando conocimiento, dentro de los tres (3) días hábiles del requerimiento de la Inspección.
Se considerará que, toda Orden de Servicio está comprendida dentro de las estipulaciones xxx Xxxxxx y no importa modificación de lo pactado, ni la encomienda de trabajos adicionales, ni demoras en la ejecución de las obras, ni gastos adicionales, tanto para el CGPBB como para el CONTRATISTA, salvo el caso que en el Pliego se hiciera manifestación explícita de lo contrario.
Aun cuando el CONTRATISTA, considere que en una Orden de Servicio se exceden los términos xxx Xxxxxx, deberá notificarse de ella, y dar cumplimiento a la misma, sin perjuicio de presentar al CGPBB por intermedio de la Inspección, y en el término de Cinco (5) días hábiles administrativos, un reclamo claro y
terminante, explicando al CGPBB detalladamente, las razones que motivan la observación a la orden emitida.
Si el CONTRATISTA, no comparte una decisión de la Inspección, tendrá derecho a referir la cuestión al COMITENTE, quien estudiará la misma y la resolverá de acuerdo a las condiciones xxx Xxxxxx.
Todas las aprobaciones, indicaciones, acuerdos, rectificaciones, etc. hechos y entregados por la Inspección al CONTRATISTA, se considerarán hechos y entregados por el CGPBB.
Notas de Pedido del Contratista: Los pedidos que el CONTRATISTA efectúe a la Inspección durante la ejecución de la obra serán cronológicamente consignados en un libro foliado y rubricado por el CGPBB y el CONTRATISTA quién lo mantendrá en su poder. Las enmiendas y raspaduras deberán ser salvadas. Todo pedido del Contratista deberá ser firmado por la Inspección tomando conocimiento, dentro de los tres (3) días del
requerimiento del CONTRATISTA. Si la Inspección no está de acuerdo con el Pedido del CONTRATISTA, en el término de quince (15) días dejará sentado su rechazo claro, terminante y fundado detalladamente, de las razones que le asistan.
Si el CONTRATISTA no comparte una decisión de la Inspección, con respecto a un pedido interpuesto, tendrá derecho a referir la cuestión al COMITENTE, quien la estudiará y de acuerdo con las condiciones del contrato, el Directorio del Comitente resolverá la cuestión planteada. En el supuesto de que el Contratista no comparta la decisión tomada, quedará para él expedita la vía judicial correspondiente.
A los efectos de asegurar el fiel cumplimiento del contrato - en caso de producirse demoras en los plazos establecidos para el comienzo, ejecución de las tareas y/o terminación de la obra- el Contratista se hará pasible de las siguientes multas:
a) Por atraso en el comienzo de la obra: $ 0,25 x M diarios.
b) Por atraso en la terminación de la obra: $ 0,5 x M diarios.
A los efectos de la aplicación de las multas, se establece para la fijación del coeficiente "M" la siguiente fórmula:
M = C/P
Donde:
M: coeficiente de multa.
C: importe del Contrato u Orden de Compra.
P: plazo de ejecución de obra en días según Contrato u Orden de Compra.
El coeficiente "M" multiplicado por el factor que se indica en cada inciso dará el importe en Pesos de la multa a aplicar en cada caso.
En el caso que las multas aplicadas por atraso en la terminación de los trabajos superen el diez por ciento (10%) del monto del Contrato u Orden de Compra, el CGPBB podrá optar a su sólo criterio y en forma unilateral, por su rescisión por culpa del Contratista o por la continuación de la obra. Para el caso que opte por rescindir el contrato de obra el CGPBB será acreedor del monto correspondiente a la multa impuesta más el monto que corresponda de la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato, no resultando excluyentes ambos conceptos entre sí. Si, por el contrario, el CGPBB se decide por la opción de continuar con la relación contractual, no podrá por el período restante hasta la terminación de los trabajos imponer nuevas penalidades en virtud de la demora, quedando sujeto el Contratista al pago de la multa antes citada.
Este límite en la sanción por retardo no libera al Contratista de su responsabilidad por los daños y perjuicios emergentes de la demora correspondiente al lapso sin multa.
El importe de las multas será deducido del primer certificado de pago que el Contratista deba cobrar después de aplicada la penalidad. En caso de no ser ello suficiente, se afectará la Garantía de Cumplimiento de Contrato establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Generales. En este último caso, el Contratista queda obligado a completar inmediatamente el importe original de dicha Garantía dentro de los dos días hábiles de requerido esto en forma fehaciente por el CGPBB.
Art. 17º - LIQUIDACIÓN DE LOS TRABAJOS
Los pagos se harán por certificados mensuales proporcionales al valor del trabajo ejecutado, de acuerdo con la medición que se realizará conjuntamente por la Contratista y la Inspección de Obra, entre el día 1 y el 5 del mes posterior a la ejecución de los trabajos.
La confección de los certificados será realizada por la Contratista, la que deberá presentarlos ante el CGPBB dentro de los cinco (5) días de confeccionada la medición. En caso de exceder dicho plazo, el pago del certificado quedará prorrogado por un lapso igual a la demora incurrida por la Contratista.
El pago de los certificados por avance mensual de obra se efectuará dentro de los quince (15) días corridos contados a partir de la recepción de la factura.
Los pagos se efectuarán en el horario y día o días vigentes al efecto, mediante transferencia electrónica del Área Administrativa del CGPBB. Dichos pagos quedarán supeditados a la acreditación fehaciente que
demuestre el haber abonado los salarios y aportes al sistema previsional del personal a su cargo por parte de la Contratista, así también la documentación al día que se presenta a través del sistema de control de contratistas “Certronic”. La no satisfacción del requisito mencionado facultará al CGPBB a la retención de tales importes y a efectuar los pagos por su cuenta.
Art. 18° - CLÁUSULA DE RECOMPOSICIÓN DEL PRECIO
En caso de que hubiera modificaciones en los precios xx xxxxxxx que pudieran afectar el valor establecido en el presente contrato, durante el término de su vigencia, se establece una metodología que permita receptar dichas variaciones de modo de mantener la ecuación económico- financiera entre las prestaciones comprometidas por cada una de las partes contractuales y de preservar la vigencia del contrato.
Se conviene que el precio cotizado permanecerá invariable hasta tanto se verifiquen modificaciones superiores al DIEZ POR CIENTO (10,00 %) a la baja o al alza en el precio del contrato, luego de la aplicación de la fórmula polinómica que se detalla a continuación:
Va = V0 * (0,50 x MOa/MO0 + 0,50 x HEa/HE0)
Donde:
V0 = valor del contrato original.
Va = valor actualizado del contrato.
MO0 = Valor de la hora de oficial especializado según Convenio Laboral Homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación, para el último día del mes anterior al mes de apertura del presente Concurso.
MOa = Ídem anterior para el último día del mes bajo evaluación.
HE0 = Hormigón elaborado del Índice de Costo de la Construcción (ICC) Art. 15° Inciso s – Hormigón (INDEC) para el último día del mes anterior al mes de apertura del presente Concurso.
HEa = Ídem anterior para el último día del mes bajo evaluación.
Ante el supuesto de verificación de la variación del precio conforme lo indicado, cualquiera de las partes puede invocar el presente artículo, impulsándose en este caso acuerdos, mediante negociación directa que deberán iniciar a tal fin.
Las solicitudes de redeterminación deberán ser presentadas por escrito, acompañadas de los antecedentes que acrediten que se ha verificado la variación de referencia establecida en el presente régimen, mediante el detalle del cálculo respectivo, acompañado de la copia de respaldo de los índices utilizados para el cálculo.
Las partes deberán iniciar el período de negociación dentro de los 15 días corridos de notificada a través de los medios previstos en el PBCG la petición formal y fundada de recomponer el precio del contrato.
Si se realizara más de una recomposición del precio durante la ejecución de la obra, los valores índice básicos para las sucesivas comparaciones serán los correspondientes al mes tomado para la evaluación de la recomposición inmediatamente anterior.
Se realizarán los mayores esfuerzos a fin de lograr recomponer de común acuerdo las equivalencias de las prestaciones, entendiéndose por tales equivalencias a aquellas correspondientes al saldo restante de la obra, contemplado a partir del mes posterior a aquel en que se determine una variación superior al DIEZ POR CIENTO (10 %) antes mencionado, equilibrándolas en la mayor medida posible, conforme a las condiciones y circunstancias que existían en la oportunidad de la cotización del presente Concurso y el riesgo empresario inherente al tipo de obra, evitándose de este modo la resolución del contrato.
El plazo máximo de negociación se establece en cuarenta y cinco (45) días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de suscripción del Acta de inicio de negociaciones que deberán formalizar las partes, o de no contarse con esa Acta, desde el día hábil posterior al plazo de 15 días corridos dispuestos para el inicio de negociaciones.
Sólo será admisible un pedido de redeterminación de precios si al momento de presentar la solicitud la obra se encontrare en ejecución de acuerdo con los porcentuales de avance previstos en el Plan de Trabajos vigente.
De registrarse atrasos por causas imputables al Contratista, los trabajos se liquidarán a los valores de contrato o a los establecidos en la última redeterminación, según resultare pertinente, sin perjuicio de las penalidades que pudiere corresponder en casos de atraso, hasta tanto se regularice la situación, esto es, se alcancen los valores comprometidos de avance en el Plan de Trabajos vigente.
Una vez en esta última condición, se habilitará la renegociación, la que cumplirá los requisitos especificados anteriormente, en especial el que remarca sobre qué saldo se aplicará el nuevo precio.
Llegado a un acuerdo, el comitente y el contratista suscribirán el Acta de Redeterminación de precios en la se fijará la adecuación de precios que corresponda, el mes a partir del cual corresponde su aplicación, el porcentaje de obra remanente de construcción conforme plan de trabajo y el nuevo monto de garantía que deberá integrar la contratista.
Ante el supuesto de no arribarse a un acuerdo, cualquiera de las partes podrá solicitar la rescisión del contrato y las partes procederán conforme a lo siguiente:
Dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la solicitud de rescisión, la Comisión de Inspección requiriendo la concurrencia xx Xxxxxxxxx Público, labrará un acta notarial de constatación del estado de avance de las obras, con sus particularidades respecto a multas, penalidades, etc. pendientes de recupero.
La fecha y hora en que se labrará el acta será notificada al Contratista conforme los canales de notificación habilitados por la documentación licitatoria. La incomparecencia injustificada de la Contratista no enervará la validez del acta ni las constancias en ella vertidas.
En base al contenido del acta que se le notificará, la CONTRATISTA presentará al CGPBB una factura que contemple el saldo debido, el que surgirá de los importes correspondientes a los trabajos realizados en la última fracción de mes previo a la decisión de rescisión del contrato.
El CGPBB deberá descontar todas las acreencias pendientes por aplicación de penalidades, multas, etc. luego de lo cual procederá a abonar el saldo que resulte o a facturar los montos que deba saldar la CONTRATISTA. En su defecto y ante la insuficiencia de crédito a favor de la contratista y ante la falta de pago de la factura que emita el CGPBB por los montos que deba saldar la CONTRATISTA, se procederá a ejecutar la Garantía de Cumplimiento de contrato presentada a tal efecto
Art. 19° - RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA
La obra será recibida por la Inspección de Obra "ad -referéndum" de la Gerencia General del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, cuando se encuentre terminada y se hayan cumplido satisfactoriamente las tareas establecidas en el presente Pliego. Se labrará un Acta de Recepción Provisoria en presencia del CONTRATISTA. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el período de garantía.
En caso de que el CONTRATISTA se negase a presenciar el acto o que no contestara la invitación por escrito que se le cursará, el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, efectuará por sí esa diligencia dejando constancia de la citación y ausencia del CONTRATISTA.
Finalizado el período de garantía previsto en el artículo siguiente, se procederá a labrar el acta de recepción definitiva, conforme las pautas establecidas precedentemente.
Art. 20° - PLAZO DE GARANTÍA Y CONSERVACIÓN DE LA OBRA – RECEPCIÓN DEFINITIVA
Por las características de las tareas a desarrollar y el ámbito de ejecución, se dispone un Plazo de Garantía de NOVENTA (90) días corridos posteriores al Acta de Recepción Provisoria total de la obra, plazo hasta el cual se mantendrá vigente la garantía de cumplimiento de contrato.
Vencido dicho plazo se procederá a labrar el Acta de Recepción Definitiva.
PROPUESTA DE AMPLIACION Y MEJORAS DE INFRAESTRUCURA ANEXO I - DOCUMENTACIÓN GRÁFICA
INTRODUCCION
1
El Club Atletico Whitense cuenta con numerosas actividades que brinda de manera continua y desinteresada a la comunidad local. Detrás de su cancha cubierta posee amplios espacios que serían susceptibles para la instalación de nuevas actividades que generen algún tipo de retorno.
Debido a las dimensiones del predio, se propone la instalación de un playón de básquet con terminacion en hormgion con llaneado mecanico y dos playones de básquet 3 con terminacion de piso sintetico. Asimismo, a raíz de los numerosos crecimientos aleatorios del club, se detectan problemas en cuanto a su funcionamiento espacial, por lo que se proponen también ciertas guías/modificaciones que optimicen el quehacer cotidiano.
1. Preparación del terreno, Nivelación y Replanteo.
2. Pisos deportivos.
3. Pintura del piso de la cancha de Básquet y veredas perimetrales.
4. Demarcación de la cancha.
5. Desagües Pluviales
6. Xxxx xx xxxxxx
0. Xxxxxx xxxxxxxxx
0. Equipamiento deportivo
9. Colocación Puerta
+0.30 de NR (A Construir)
EXPANSION
1
CANTINA
GIMNASIO
QUINCHO
COCINA
SALON
DEPOSITO
CLUB WHITENSE
+0.34de NR (A Construir)
1 2
+0.28 de NR (A Construir)
+0.32 de NR (A Construir)
+0.26 de NR (Vereda)
5
+0.25 de NR (A Construir)
+0.34 de NR (Piso int.)
+0.16 de NR (Xxxxx Xxxxxx)
0.00 NR (Nivel de Referencia)
PROPUESTA GENERAL ORGANIZACION FUNCIONAL
ESC 1:250
2
BASQUET OFICIAL
1 2 3 4
8 +0.35de NR (A Construir)
+0.33de NR (A Construir)
6
1
7 +0.16 de NR (Xxxxx Xxxxxx)
AREAS A RECONVERTIR/AMPLIAR
CONSTRUCCIÓN MURO FRENTE PORTON CORREDIZO
CLUB WHITENSE
FRENTE CONTRAFRENTE
IMAGENES ORIENTATIVAS
3
COLOACIÓN EQUIP. DEPORT.
CONSTRUCCIÓN DESAGUE PLUVIAL
PISO HORMIGON LLANEADO
COLOCACIÓN PUERTA
DEMARCACIÓN LINEAS
PISO HORMIGON LLANEADO
REJILLA PLUVIAL c/ CÁMARA 20x20
4.17
Ángulo 1" x 1/8" - Planchuela 7/8" x 3/16" - Planchuela 7/8" x 3/16" CAMARA DE PVC 3.2 - CONDUCTO PLUVIAL Ø110 PVC 3.2
+0.28 de NR (A Construir)
1.98
1.98
7.00
2.22
+0.34de NR (A Construir)
JUNTAS DE DILATACIÓN
Pasador Ø 16 mm de long. 50 cm aproximadamente cada 75 cm
+0.32 de NR (A Con
5.95
4.25
4.25
ESCURRIMIENTO PLUVIAL
4.25
Pendiente 1:1000
0.83
1.39
4.25
ESCURRIMIENTO PLUVIAL
Pendiente 1:1000
JUNTAS DE DILATACIÓN
Pasador Ø 16 mm de long. 50 cm aproximadamente cada 75 cm
aprox. 75 cm
CLUB WHITENSE
CANCHA BASQUET OFICIAL
ESPECIFICACIONES CONSTRUCTIVAS
ESC 1:125
4
5.95 5.10
4.25
7.00
+0.35de NR (A Construir)
4.25
7.00
7.00
ESCURRIMIENTO PLUVIAL
Pendiente 1:1000
7.00
2.63
0.70
0.70
1.30
+0.33de NR (A Con
MEMORIA TECNICA
Sobre el playón existente se colocará polietileno de 200 micrones, y sobre este manta geotextil Sika®Geotex PP-150 Plus. Ambos cubrirán la totalidad de la superficie del playón.
Luego se volcará el hormigón, siendo el espesor mínimo 15 cm. y la armadura a utilizar malla ø 6 mm cada 15 cm en ambas direcciones, colocada en el tercio superior mediante separadores de P.V.C.
Se aplicará endurecedor Sikafloor Quartz Top xx Xxxx, según las instrucciones del fabricante. Se dosificara como mínimo, con 5 kg de producto por metro cuadrado de solado.
El llaneado se realizará por medio mecánico, hasta lograr una superficie completamente xxxx. En el caso de las canchas de basquet 3, se realizada un regleado prolijo para luego colocar baldosas de piso sintetico segun esquemas provistos y especificaciones de fabricante.
La pendiente de escurrimiento será 1:1000.
.Características principales del playón:
• Tipo de Hormigón: Elaborado en planta tipo H21
• Armadura: MALLA ELECTROSOLDADA ø 6 MM - 15X15 Cm. Q188
• Endurecedor de Superficie: SIKAFLOOR QUARTZ TOP (mínimo 5 kg por M2 de solado) color gris
• Hormigón espesor: mínimo 12 cm
• Los bordes perimetrales se redondearán con llana curva de 2 cm de diámetro.
b) Colocación del hormigón.
Se cumplirá con lo especificado en el reglamento CIRSOC 201.
c) Juntas.
Se deberán ejecutar juntas constructivas de dilatación. La superficie de paño de solado máxima será de 10.00 m2.
Estas se realizarán según los planos de arquitectura y la ubicación definitiva de las juntas será aprobada por la Inspección de Obra. En los casos que corresponda y a juicio de la Inspección de Obra, la ejecución de las juntas de dilatación comprenderá el corte pasante de los solados, con un ancho no mayor de 10mm. Para la estanqueidad de las . juntas se utilizarán cintas flexibles de P.V.C. conformadas, del tipo Sika, o calidad equivalente, soldadas entre sí .Todas las juntas se tomarán aplicando un sellador elastómero monocomponente a base de poliuretano, del tipo Sikaflex 1A PLUS, o calidad equivalente a juicio exclusivo de la Inspección de Obra.
Las juntas de contracción se realizarán a las 24hs de volcado el H° y serán de 5cm de profundidad.
d)Demarcación de las canchas
Las líneas demarcatorias de las canchas tendrán un ancho de 0,05 m en un todo de acuerdo a las Reglamentaciones vigentes de la Federaciones Deportivas. Su ubicación sobre el playón deportivo será en un todo de acuerdo a lo especificado en el plano respectivo. Los colores a utilizar serán: para la cancha de futbol de salón el blanco, para la cancha de básquet el amarillo y para las canchas xx xxxxx el rojo. La pintura a aplicar será del tipo resina acrílica termoplástica de alta flexibilidad y resistente a la pérdida de color y al “amarilleo”, como la utilizada para la demarcación vial en frío. En el caso de optar por productos alternativos deberá presentarse a la Inspección de obra para su aprobación todas las especificaciones del mismo que justifiquen su reemplazo. Deberá asegurarse una cantidad de capas o manos (tres como mínimo) tal que se logre un acabado homogéneo el cual deberá ser aprobado por la Inspección de Obra. Las manos serán de no más de 400 micrones y la velocidad de secado deberá ser tal que permita circular sobre ellas a los 15 minutos de ser aplicada. En el caso de cruces de líneas de distintos colores, la Inspección de obra será la encargada de determinar el color a aplicar en la intersección de las mismas de acuerdo al grado de importancia de alguna de ellas.
+0.28 de NR (A Construir)
CLUB WHITENSE
+0.34de NR (A Construir)
5.95
26.00
+0.32 de NR (A
CANCHA BASQUET OFICIAL
MEDIDAS
5.95 5.10
ESC 1:125
R6.25
5
R1.80
15.00
6.00
R1.80
5.90
0.95
14.00
1,40
+0.35de NR (A Construir)
30.63
+0.33de NR (
7.50
R1.80
7.50
1.44
2.00
15.00
1.00
1.00
1.00
11.00
1.00 11.00
R1.80
CLUB WHITENSE
R6.70
4.90
R0.25
5.80
R1.30
CANCHAS BASQUET 3
0.05
1.00
1.00
4.05
4.80
1.15
4.05
2.98
1.00
+0.26 de
1.58
MEDIDAS
+0.28 de NR (A Construir)
+0.25 de NR (A Co
ESC 1:125
6
BALSOSA SINTETICA CELESTE (25cm x 25cm) BALSOSA SINTETICA AZUL (25cm x 25cm)
+0.30 de NR (A Construir)
5.58
Pendiente 1:1000
4.33
DESAGUE PLUVIAL
ESCURRIMIENTO PLUVIAL
Pendiente 1:1000
5.69
5.69
5.69
5.69
5.69
5.69
1.17
Pendiente 1:1000
4.33
VEREDA EXISTENTE
JUNTAS DE DILATACIÓN
Pasador Ø 16 mm de long. 50 cm aproximadamente cada 72 cm
+0.26
4.33
4.33
5.62
4.17
REJILLA PLUVIAL c/ CÁMARA 20x20
Ángulo 1" x 1/8" - Planchuela 7/8" x 3/16" - Planchuela 7/8" x 3/16" CAMARA DE PVC 3.2 - CONDUCTO PLUVIAL Ø110 PVC 3.2
+0.28 de NR (A Construir)
REJILLA PLUVIAL c/ CÁMARA 20x20
Ángulo 1" x 1/8" - Planchuela 7/8" x 3/16" - Planchuela 7/8" x 3/16" CAMARA DE PVC 3.2 - CONDUCTO PLUVIAL Ø110 PVC 3.2
DESAGUE PLUVIAL
REJILLA PLUVIAL c/ CÁMARA 20x20
Ángulo 1" x 1/8" - Planchuela 7/8" x 3/16" - Planchuela 7/8" x 3/16" CAMARA DE PVC 3.2 - CONDUCTO PLUVIAL Ø110 PVC 3.2
+0.25 de NR (
REJILLA PLUVIAL c
Ángulo 1" x 1/8" - Planchue CAMARA DE PVC 3.2 - CON
Ca o Estructural 40 x 100
2.55
TABLERO MADERA FENOLICA
1.20
0.57
0.45
13°
17°
Ca o 3"
Ca o 3 1/2"
Ca o 3"
.1
3 5
0.75 2.08
CLUB WHITENSE
Ca o 3 1/2"
3.05
2.72
Ca o 3"
Ca o 3 1/2"
3.00
2.00
DETALLE EQUIPAMIENTO
N.P.T
0.60
1.29
N.P.T
0.25
Ca o Camisa Ø 6 mm
1:50
7
0,15
0,45
0,15
0,95
Tablero: Madera dura humedad no superior al 12% pintada con esmalte sintético con doble mano de barniz o laca poliuretánica. Opcional: Chapa punzonada BWG 14 con pintura epoxi horneada 200-220 °C
Soporte Tablero bastidor perfil L 1'' x 1 1/2'' reforzado en ángulos Tablero con protección hidrófuga/UV s/detalle reglamentario + Aro c/red Xxxx mecánico Ø 1 1/2'' esp. 4 mm
0,40
Xxxx mecánico Ø 5'' esp. 4 a 5 mm Interrupción soldadura 2 cm desde Cvéhratpicóen e=6mm
0,40 - 0,45 Máx
1,20
0,30
CLUB WHITENSE
PLAYONES BASQUET 3
DETALLE EQUIPAMIENTO
3,05
2,90
2,93
1:50
Medidas y secciones de la estructura, y dimensiones de bases estimativas y a verificar según cálculo por la contratista.
2,15
8
Xxxx mecánico Ø 5'' esp. 4 a 5 mm
Protección antigolpe. Obligatorio en escuelas, opcional en espacios públicos Contrafuerte p/ encuadre de xxxxxxx xx xxxxxx de 1/4"
Tuerca y arandela galvanizada
Plancha cuadrada perforada de 50 x 50 cm, chapón 19mm soldado a columna. Chapón de espera cuadrado 50 x 50 cm nivelado, esp.12 mm
1,20
0,05
Línea de fondo
Corte - Vista lateral
0,90
0,50
Hierro nervado Ø 12 mm soldado a chapón de espera
Base de HºCiclopeo (de 250 Kg/m3 de cem) Estribo Ø 6mm c/ 15 cm
Tuerca galvanizada
Pernos de anchaje: varilla roscada Ø 3/4'' a 1'' galvanizada
0,50
0,50
PLANTA
CANCHA CUBIERTA
2.95
CLUB WHITENSE
PORTÓN CORREDIZO
VISTA DE FRENTE 9
3.000
30x100
CHAPA ESTAMPADA (nervio triangular)
30x70
CHAPA ESTAMPADA (nervio triangular)
0.100
30x100
30x100
0.510 2.800
2.607
0.100
30x70
CHAPA ESTAMPADA (nervio triangular)
0.600
2.807
HERRAJES:
1. 3 (TRES) RODAMIENTOS INFERIORES ROMA V49 Ø50mm.
2. ESTABILIZADOR SUPERIOR DOBLE ROMA (RUEDAS DE NYLON)
3. GUIA INFERIOR AMURADA XX XXXXXX ANGULO 1"
4. CERRADURA PARA PORTON CORREDIZO (TIPO TRABEX 700)
5. PUERTA CON 3 (TRES)BISAGRAS REFORZADAS TIPO MIGNON
0.070 6. CERRADURA P/ PUERTA DE SEGURIDAD ANGOSTA (DOBLE PERNO - LLAVE DOBLE PALETA)
30x70
CHAPA ESTAMPADA (nervio triangular)
0.068
30x100
perfil ángulo L 1 14" x 316"
6.200
Documentación que deberá disponer el contratista ante el C.G.P.B.B, en forma previa al inicio de los trabajos y dentro de los siete días hábiles de la notificación de la adjudicación.
1. Listado del personal: de producción y de inspección involucrado en los trabajos, emitido por el contratista.
2. Seguros:
A) Personal en relación de dependencia.
• Certificado de cobertura de la A.R.T. contratada, con las siguientes cláusulas:
1. Cláusula de no repetición sobre el comitente (Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca C.U.I.T.30-66414911-3). Incluir la nómina del personal asegurado
2. Comunicación de la A.R.T. al comitente, sobre cualquier forma de incumplimiento en que incurra el asegurado.
3. Compromiso de la A.R.T. de no modificar, rescindir, cancelar ni alterar de manera alguna las condiciones de la póliza, sin previo aviso al comitente por un plazo inferior a 10 días.
• Certificado de cobertura de Seguro de Vida Obligatorio - Decreto 1567/74 - con nómina del personal.
• Seguro Adicional de Accidentes Personales del personal incluido en ART por la suma asegurada de $ 2.000.000 por persona y sin límite por evento. Beneficiario en primer término CGPBB, cobertura de riesgos acorde a los trabajos e in–itinere).
B) Para contratistas u operarios autónomos:
• Seguro de accidentes personales, con las siguientes características. Cobertura: Muerte
Incapacidad parcial permanente Incapacidad total permanente
Cobertura acorde a riesgos expuestos e in-itinere, sin restricciones de medios o modos de transporte.
Suma asegurada $ 2.500.000 por persona y sin límite por evento. Asistencia médica y/o farmacia. Suma asegurada $ 500.000.
Beneficiario en primer término: Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca. Condiciones generales y particulares, y cláusulas anexas que forman parte de la póliza contratada.
C) Personal Extranjero:
• Todo personal extranjero que ingrese a realizar actividades laborales, deberá presentar en este CGPBB, el certificado de realización de tramite Migratorio correspondiente.
D) Vehículos automotores y maquinarias:
• Todo vehículo, equipo o máquina que ingresa al sector de obra, deberá poseer una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil por daños a personas y bienes.
• RC automotor para vehículos y maquinarias con cláusula de subrogación, cláusula de notificación y con endoso a favor del CGPBB.
• RC por daños causados por equipos de contratistas, también llamado RC operaciones de maquinarias, que cubra: daños corporales, daños a cosas totales o parciales, con cláusula de subrogación, cláusula de notificación y con endoso a favor del CGPBB
E) Requisitos de seguridad e higiene:
• Programa de seguridad aprobado por la A.R.T. visado por el Colegio Profesional
correspondiente.
• Aviso de inicio de obra.
• Registro único de aptitud medica de todos sus empleados
• RIESGO COVID – 19
• Se deberá incorporar a los Programas de Seguridad, Plan de Trabajo Seguro, el “Riesgo COVID-19” dentro de los riesgos generales de la tarea/ obra, y las medidas de seguridad que se van a adoptar en relación con el mismo.
Aquellas obras que ya se encuentren en ejecución, con Programas de Seguridad ya aprobados y que no hayan contemplado este riesgo oportunamente, deberán presentar un Anexo para cada uno que deberá contener lo anteriormente indicado.
• El contenido mínimo de los anexos a programas deberán ajustarse a lo dispuesto por la SRT (Disp. 0/00 XX XXX, Anexos 1 al 4 (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxXxxxx/xxxxxxx/000000/00000000 ).
Anexo I: RECOMENDACIONES ESPECIALES PARA TRABAJOS EXCEPTUADOS DEL CUMPLIMIENTO DE LA CUARENTENA
Anexo II: RECOMENDACIONES PARA DESPLAZAMIENTOS HACIA Y DESDE TU TRABAJO
Anexo III: ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
Anexo IV: CORRECTA COLOCACIÓN Y RETIRO DE PROTECTOR RESPIRATORIO
• Deberán enviar la declaración de salud de sus trabajadores pudiendo ser esta una planilla única que integre todo el plantel de trabajadores.
• Plan de emergencia y atención del accidentado (centros de atención y medios de traslado) especifico ante accidente visado por ART
• Comunicación inmediata al CGPBB ante la detección de caso sospechoso COVID-19
• Mensualmente deberá presentar estadística de Accidentes de la empresa, proporcionada por su ART. La misma deberá ser incluida en el Portal Certronic
EL CONTRATISTA:
1. Deberá cumplir con lo establecido en la Ley 24.557 (LRT), Ley 19.587 (Seguridad e Higiene) y Dto. Reg. 351-79, Dto. Reg. 911-96 y cualquier otra Norma de Seguridad y Protección Ambiental, que sea de aplicación en el momento de realizar los trabajos, como así también toda norma de seguridad vigente que pueda ser aplicable al tipo de tarea que desarrollen.
2. Deberá disponer de Técnico en Seguridad e Higiene durante el desarrollo de los trabajos en la obra, el mismo deberá tener experiencia comprobable para la supervisión del tipo de tareas encomendadas, y con la matricula habilitante al día.
3. Informará inmediatamente al Departamento xx XxXX, sobre cualquier accidente que ocurra al personal a su cargo, y realizará la correspondiente investigación inicial del hecho.
4. Mantendrá vigente y actualizada toda la documentación especificada en este anexo.
5. Presentará la siguiente información:
►Planillas de análisis y evaluación de riesgos:
Documento de Inicio de Tareas (DIT) - R4 P SySO 4.3.1 - antes del inicio de cada obra y/o cambio de tareas o acorde lo sugerido por XxXX. El mismo deberá ser visado por área contratante
Asignación de Xxxxxx Xxxxxxx (ATS) - R6 P SySO 4.3.1 - cada jornada laboral.
► Planilla de capacitaciones, Planilla de entrega de Elementos de Protección Personal acorde resolución 299/11
Se encuentra disponible en las oficinas del C.G.P.B.B., el "Manual de Seguridad para Contratistas", para realizar cualquier consulta. El mismo también se puede visualizar en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Ante cualquier emergencia en el área portuaria, (incendio, caída de personas al agua, etc.), llamar a Emergencias de Prefectura Naval Argentina 106.
……………………………………………………………. ….………………………………………………
Firma y aclaración del oferente Revisó
1. ALCANCE DE LOS TRABAJOS
2. COMPONENTES DEL HORMIGÓN
2.1 Generalidades
2.2 Cementos
2.3 Áridos
2.4 Agua
2.5 Aditivos
3. EJECUCIÓN DE ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN ARMADO
3.1 Elaboración
3.2 Transporte
3.3 Colocación
3.4 Compactación y Vibrado
3.5 Protección y Curado
3.6 Hormigonado con Temperaturas Extremas
3.7 Encofrados
3.8 Previsión de pases, nichos y canaletas
3.9 Desencofrado y Reparación xx Xxxxxx
3.10 Armaduras
3.11 Control de Calidad
1. ALCANCE DE LOS TRABAJOS
Los trabajos abarcados por estas Especificaciones Técnicas Particulares consisten en la provisión de toda la mano de obra, materiales y equipos necesarios para la elaboración, el encofrado, el transporte, la colocación, desencofrado, terminación y el curado del hormigón en las estructuras a ser construidas, junto con la provisión y colocación de armaduras xx xxxxx, y toda otra tarea, aunque no esté específicamente mencionada, relacionada con el trabajo de ejecución de las estructuras.
Comprende la ejecución de tabiques, columnas, vigas, losas, escaleras, tanques, fundaciones y toda otra estructura o parte de ella indicada en los planos de Proyecto.
Dichos trabajos se ejecutarán de acuerdo con lo que indiquen los planos respectivos, las presentes especificaciones, el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y el CIRSOC 201-2005.
Las cargas y sobrecargas gravitatorias se ajustarán a lo establecido en el CIRSOC 201-2005 y la documentación técnica de las estructuras.
La acción del viento sobre paredes y techos será contemplada considerando las presiones y succiones que fija el CIRSOC 102-2005 utilizando los coeficientes de forma correspondiente a cada situación particular.
El Contratista asumirá la responsabilidad integral como Constructor de la estructura y verificará la compatibilidad de los planos de encofrado con los de arquitectura e instalaciones y los de detalles, agregando aquellos que sean necesarios para contemplar todas las situaciones particulares y las planillas de armadura.
Todo lo precedentemente establecido deberá ser presentado con la suficiente anticipación a la Inspección para su aprobación. La aprobación de la documentación no significará delegación de responsabilidades en la Inspección, siendo el contratista el único responsable por la correcta ejecución de la estructura.
El Contratista deberá contar con un Representante Técnico, quien debe ser Profesional matriculado de primera categoría con antecedentes que acrediten su idoneidad a satisfacción de la Inspección. Dicho representante entenderá en todos los temas de carácter técnico debiendo ejercer una vigilancia permanente sobre la ejecución de la obra.
Al finalizar los trabajos, y previa a la firma de la recepción definitiva de las obras, deberá confeccionar y firmar los planos conforme a obra, de acuerdo a las reglamentaciones municipales.
2. COMPONENTES DEL HORMIGÓN
Todos los materiales componentes de la estructura deberán cumplir las condiciones establecidas en estas Especificaciones y en el capítulo del CIRSOC 201-2005 respectivo.
Antes de ser utilizados todos los materiales deberán contar con la aprobación de la Inspección.
El hormigón a utilizar será del tipo H-20 (Resistencia característica a compresión σ’bk= 200 kg/cm2) salvo que en las especificaciones técnicas particulares de la obra se indique otro tipo.
Desde el punto de vista mecánico, la calidad de hormigón estará definida por el valor de su resistencia característica de rotura a compresión (σ'bk) sobre probetas cilíndricas normales moldeadas y curadas de acuerdo a lo que establece la norma IRAM 1524 y ensayadas según norma 1546.
Para la ejecución de estructuras de hormigón armado, se deben utilizar cementos de marca y procedencia aprobada por los organismos nacionales habilitados. El cemento a utilizar debe cumplir con los requisitos especificados, para su tipo, en la norma IRAM 50000:2000.
Para la ejecución de las estructuras se emplearán únicamente cemento portland de tipo normal aprobado oficialmente que permitan obtener un hormigón que cumpla con los requisitos de calidad de la norma IRAM 50000:2000.
La toma de muestras de cemento se realizará de acuerdo a la norma IRAM 1643.
Previa autorización de la Inspección, podrán utilizarse cementos de alta resistencia inicial con los requisitos de calidad definidos en la norma IRAM 50001:2000.
En una misma pieza o elemento estructural no se permite el empleo de cementos de distintos tipos o marcas.
En caso de almacenar cemento en la obra, el cemento se debe proteger de la humedad durante el transporte y el almacenamiento. Se debe cumplir con el artículo 3.1.3 Provisión y almacenamiento del cemento del CIRSOC 201-2005.
Los agregados finos y gruesos se deben almacenar y emplear en forma tal que se evite la segregación de partículas, la contaminación con sustancias extrañas y el mezclado de agregados de distintas fracciones.
Para asegurar el cumplimiento de estas condiciones, los ensayos para verificar las exigencias de limpieza y granulometría se deben realizar sobre muestras extraídas en el lugar de medición de los mismos, previo a su ingreso a la mezcladora.
Se debe evitar el manipuleo y transporte de los agregados mediante métodos, procedimientos y equipos que produzcan la rotura, desmenuzamiento o segregación de las partículas que los constituyen.
Para evitar su contaminación, los agregados se deben acopiar sobre un piso de apoyo constituido por una capa del mismo material de un espesor mínimo de 30 cm, la cual no se debe emplear para la elaboración de los hormigones, o en su defecto por un hormigón pobre de un espesor no menor de 10 cm, ejecutado sobre suelo compactado
2.3.1 Agregado Fino
El árido fino estará constituido por partículas finas limpias, duras, estables, libres de películas superficiales. Además, no contendrá otras sustancias nocivas que puedan perjudicar al hormigón o a las armaduras.
El árido fino que no cumpla con las anteriores condiciones de limpieza será sometido a un proceso xx xxxxxx adecuado.
El agregado fino debe estar constituido por arenas naturales (partículas redondeadas) o por una mezcla xx xxxxxx naturales y arenas de trituración (partículas angulosas), estas últimas en porcentajes no mayores al 30 %.
Se permite el empleo de arena de trituración en porcentajes mayores al indicado anteriormente, si se demuestra previamente que se pueden elaborar hormigones que reúnan las características y propiedades especificadas para la obra en ejecución.
Cuando se utilice más del 30 % de arena de trituración para la construcción de elementos estructurales que superen los 2 m de altura o que estarán sometidos a abrasión, erosión o cavitación, la exudación de agua del hormigón debe cumplir con el artículo 5.1.4 del CIRSOC 201-2005.
El agregado fino a utilizar en la elaboración de hormigones de resistencia H-20 o superior debe tener un contenido igual o menor que el 30 % en masa de partículas constituidas por conchillas o fragmentos de las mismas, determinadas en el análisis petrográfico según la norma IRAM 1649.
La granulometría xxx xxxxxxxx fino deberá respetar lo indicado en el artículo 3.2.3.2 del CIRSOC 201-2005.
En el momento de su introducción a la hormigonera el contenido de humedad superficial será menor al 8% referido al peso de la arena seca.
En lo que se refiere a sustancias perjudiciales y contenido de materia orgánica, se deberán cumplir con las exigencias de 3.2.3.3 y 3.2.3.4 (CIRSOC 201-2005).
2.3.2 Agregado Grueso
El agregado grueso debe estar constituido por gravas (canto rodado) naturales o partidas, roca partida o por una mezcla de dichos materiales, con la granulometría indicada en 3.2.4.2. (CIRSOC 201-2005).
El contenido en masa de partículas constituidas por conchillas o fragmentos de las mismas, determinadas en el análisis petrográfico según la norma IRAM 1649, debe ser igual o menor que 15 %, 5 % y 2 % en masa, para los agregados con tamaño nominal 13,2 mm, 26,5 mm y 37,5 mm respectivamente.
Sus partículas serán duras, limpias, estables, y libres de películas superficiales y no contendrán otras sustancias nocivas que puedan perjudicar al hormigón o a las armaduras. El árido grueso que no cumpla las anteriores disposiciones será sometido a un adecuado proceso xx xxxxxx.
En lo que se refiere a sustancias perjudiciales deberán cumplir con las exigencias de las normas CIRSOC201- 2005 artículo 3.2.4.3 y deberá respetar la estabilidad frente a la acción de sulfatos y la perdida por desgaste “Los Ángeles” indicados en los artículos 3.2.4.4 y 3.2.4.5.
La cantidad total de partículas xxxxxxx y elongadas, determinadas según la norma IRAM 1687-1 e IRAM 1687- 2, debe ser igual o menor que 40 g/100g.
El tamaño máximo del agregado grueso se determinará de forma tal que cumpla con las siguientes exigencias CIRSOC 201-2005:
- Menor o igual a 1/15 de la menor dimensión lineal de la sección transversal del elemento.
- Menor o igual a 1/3 del espesor de la losa.
- Menor o igual a 3/4 de la mínima separación libre entre dos barras de armadura.
- Menor o igual a 3/4 del mínimo recubrimiento libre de las armaduras.
El agua utilizada para el amasado del hormigón, así como para su curado o limpieza de sus componentes, será potable, limpia y exenta de impurezas, libre de glúcidos (azúcares), aceites y sustancias que puedan producir efectos desfavorables sobre el fraguado, la resistencia o la durabilidad del hormigón, o sobre las armaduras.
En caso de no poder contar con agua en tales condiciones en la obra, el Contratista deberá efectuar el tratamiento químico o físico que fuera preciso, cuyo gasto será por su cuenta.
El Contratista deberá realizar a su cargo los análisis para verificar el cumplimiento de estos requisitos y los establecidos en la norma IRAM 1601 y en el Artículo 3.3 del CIRSO 201-2005.
El Contratista podrá emplear sustancias químicas y comerciales con el objeto de producir aire incorporado o densificar el hormigón cuya utilización será ordenada por la Inspección, o aprobada por ésta, a propuesta del Contratista.
Todos los ensayos para la evaluación del aditivo serán por cuenta del Contratista. Deberán cumplir los requisitos establecidos en el Artículo 3.4 y 3.5 del CIRSOC 201-2005.
El aditivo será dosificado por medio de un dosificador mecánico que sea capaz de medir con precisión la cantidad a adicionar, de tal forma que se asegure una distribución uniforme del aditivo durante el período de mezclado especificado para cada pastón.
Los aditivos serán medidos en peso, con un límite de tolerancia del 3% de su peso efectivo.
Los aditivos pulverulentos ingresarán al tambor de la hormigonera junto con los áridos. Si los aditivos son solubles, deberán ser disueltos en agua e incorporados a la hormigonera en forma de solución, salvo indicación expresa del fabricante en sentido contrario. Si es líquido, se lo introducirá junto con el agua de mezclado con excepción de los superfluidificantes que serán incorporados a la mezcla inmediatamente antes de su colado en obra.
Los aditivos para el hormigón se almacenarán bajo techo y se protegerán de la congelación.
Se dispondrá el almacenamiento en forma tal que estos materiales sean usados en el mismo orden en que llegaron al emplazamiento.
Cualquier aditivo que haya estado almacenado durante más de tres meses después de haber sido ensayado o que haya sufrido congelamiento, no se utilizará hasta que se haya vuelto a ensayar a expensas del Contratista y se haya comprobado su comportamiento satisfactorio.
Queda prohibido el uso de sustancias acelerantes de xxxxxx (X00-Xx). En caso de ser autorizado su uso por la excepcionalidad de las tareas a cumplir, la dosificación del hormigón con dicho aditivo deberá estar a cargo de un técnico responsable y la Inspección no asume responsabilidad alguna ante los inconvenientes que su uso produzca por dicha autorización.
Todos los aditivos utilizados en la estructura deberán cumplir las condiciones establecidas en la norma IRAM 1663; deberán ser acompañados por los certificados de fabricación con detalle de su composición, propiedades físicas y datos para su uso.
De cada partida que ingrese a la obra se extraerán muestras para verificar que el material cumple con las especificaciones.
Si la Inspección lo considera conveniente, podrá exigir el agregado de algún plastificante de reconocida calidad en plaza para aquellas partes de la estructura expuestas a la intemperie y para los reservorios de agua.
Se deben utilizar exclusivamente xxxxxx xx xxxxx conformadas y alambres conformados. Las barras y alambres xx xxxxx lisos sólo se pueden utilizar para la ejecución de espirales, estribos y zunchos.
Las barras y alambres xx xxxxx deben cumplir con los requisitos establecidos en las siguientes normas: IRAM–IAS U 500-26, IRAM–IAS U 500-96, IRAM–IAS U 500-97, IRAM–IAS U 500-127, IRAM–IAS U 500-138,
IRAM–IAS U 500-166, IRAM–IAS U 500-207, IRAM–IAS U 500-502, IRAM–IAS U 500-528, IRAM–IAS U 500-
601.
En caso de ser necesario la soldadura de xxxxxx xx xxxxx se debe realizar respetando lo establecido en los Artículos 3.6.1.5 y 3.6.1.6 del CIRSOC 201-2005.
Las mallas de alambres xx xxxxx soldadas para estructuras deben cumplir con los requisitos establecidos en la norma IRAM-IAS U 500-06. En el Artículo 3.6.2.2 del CIRSOC 201-2005 se indican las principales características físicas y mecánicas que deben cumplir los alambres xx xxxxx para las mallas, que se establecen en la norma IRAM-IAS U 500-26.
Las barras, alambres, cordones y xxxxxx xx xxxxx soldadas para armaduras se deben colocar sobre tirantes o durmientes con separadores xx xxxxxx u otros materiales, con el fin de impedir que se mezclen los distintos tipos, diámetros y partidas de cada uno de ellos.
Los acopios se deben realizar separados del suelo o piso, como mínimo a una distancia de 15 cm; debiendo adoptarse todas las medidas tendientes a evitar el crecimiento de malezas en el sector.
Según el uso al que estén destinados, se deben acopiar respetando las siguientes condiciones:
- Aceros para armaduras de estructuras de hormigón: bajo techo, o a la intemperie por un período no mayor de 60 días.
- Acero para uso en hormigón pretensado: bajo techo, en locales cerrados y aireados, y estibados de tal forma que circule aire entre los rollos. Cuando en los locales de almacenamiento la humedad relativa ambiente sea igual o mayor del sesenta por ciento (60 %), los mismos deben ser calentados para evitar la formación de agua de condensación.
Las barras de las armaduras se cortarán y doblarán ajustándose expresamente a las formas y dimensiones indicadas en los planos y otros documentos del proyecto. Este proceso de armado deberá respetar todos los ítems del Capítulo 7 del CIRSOC 201-2005, recalcándose especialmente en lo que se refiere a longitudes de anclaje y empalme, diámetros de xxxxxxx xx xxxxxxx para ganchos o curvas, recubrimientos mínimos y separaciones.
Previamente a la colocación de las armaduras se limpiará cuidadosamente el encofrado; las barras deberán estar limpias, rectas y libres de óxido.
Su correcta colocación siguiendo la indicación de los planos será asegurada convenientemente arbitrando los medios necesarios para ello (soportes o separadores metálicos o plásticos, ataduras metálicas, etc).
Deberá cuidarse muy especialmente la armadura en articulaciones y apoyos, fundamentalmente en sus anclajes.
Las barras que constituyen la armadura principal se vincularán firmemente y en la forma más conveniente con los estribos, zunchos, barras de repartición y demás armaduras. Para sostener o separar las armaduras en los lugares correspondientes se emplearán soportes o espaciadores metálicos, de mortero, o ataduras metálicas. No podrán emplearse trozos de ladrillos, partículas de áridos, trozos xx xxxxxx ni xx xxxxx.
En lo posible, en las barras que constituyen armaduras, no se realizarán empalmes, especialmente cuando se trata xx xxxxxx sometidas a esfuerzos de tracción. No podrán empalmarse barras en obra que no figuren empalmadas en los planos salvo expresa autorización de la Inspección, colocándose adicionalmente las armaduras transversales y de repartición que aquélla o sus representantes estimen necesarias.
La Inspección se reserva la facultad de rechazar la posibilidad de efectuar empalmes en las secciones de la estructura que estime no convenientes.
Las armaduras, incluyendo estribos, zunchos, barras de repartición, etc., contenidos en los elementos estructurales, serán protegidos mediante un recubrimiento de hormigón, moldeado junto con el correspondiente elemento.
En ningún caso se colocarán armaduras en contacto con la tierra. En las fundaciones se deberá ejecutar siempre un contrapiso de hormigón simple de 5 cm como mínimo.
No podrá comenzarse con la colocación del hormigón sin que la Inspección haya verificado la correcta ubicación de las armaduras. Se comunicará con la suficiente anticipación la fecha del hormigonado de modo tal que la Inspección pueda efectuará la revisión.
Se tomará el máximo cuidado de no aplastar o correr la posición de los hierros durante la colocación del hormigón.
3. DEL HORMIGÓN
3.1 ELABORACIÓN
3.1.1 Mezclado
El hormigón será mezclado hasta obtener una distribución uniforme de todos los materiales componentes únicamente en forma mecánica. Queda expresamente prohibido el mezclado manual.
El tiempo de mezclado dependerá de la capacidad nominal de la hormigonera, como mínimo será de 90 segundos contando a partir del momento en que todos los materiales entraron en la hormigonera. El tiempo máximo no excederá de 5 minutos. (CIRSOC 201-2005).
La descarga xx xxxxxxxx, cemento y líquidos en el tambor de mezclado se hará en forma controlada de manera que el agua comience a descargar en la mezcladora y continúe fluyendo mientras se introducen los sólidos, en forma que toda el agua haya sido descargada durante el primer cuarto del tiempo de mezclado. El agua deberá ser introducida profundamente dentro de la mezcladora.
El cemento se incorporará simultáneamente con los agregados y una vez iniciada la descarga de éstos.
3.1.2 Consistencia
El hormigón tendrá una consistencia acorde con las características de los elementos estructurales a hormigonar y con los medios disponibles para permitir su transporte, colocación, llenado completo de los encofrados, especialmente en los ángulos y rincones de los mismos envolviendo perfectamente las armaduras sin solución de continuidad y asegurando una perfecta adherencia entre las barras y el hormigón, y correcta compactación, sin que se produzca segregación de los materiales sólidos ni exudación perjudicial.
Como regla general el hormigón se colocará con el menor asentamiento posible que permita cumplir con las condiciones enunciadas.
Los pastones de hormigón colocados en la misma sección de la estructura tendrán consistencia uniforme.
El hormigón será transportado desde las hormigoneras hasta los encofrados lo más rápidamente posible, empleando métodos que impidan la segregación o pérdida de componentes.
Los métodos a utilizar deberán cumplir lo establecido en el Artículo 5.4 del CIRSOC 201-2005 y estarán sujetos a la aprobación previa de la Inspección.
Antes de iniciar las operaciones de hormigonado se deben verificar los siguientes puntos:
a) Dimensiones, niveles, alineación, estanqueidad y condiciones de los encofrados.
b) Diámetros, separaciones, recubrimiento y estado superficial de las armaduras.
c) Estado de las superficies de las fundaciones.
d) Seguridad en las estructuras de apuntalamiento de los encofrados y otros elementos de sostén.
e) Disponibilidad suficiente en cantidad y calidad de los materiales, equipos y mano de obra necesarios para realizar las operaciones de colocación, compactación, terminación y curado continuo de los elementos estructurales.
En forma general el hormigón se debe colocar en los elementos estructurales en el sitio más cercano al de su posición definitiva mediante trayectorias de dirección vertical, evitando los desplazamientos laterales y la innecesaria manipulación de la mezcla fresca que generen segregación de sus componentes.
El Contratista deberá proveer aquellos equipos y emplear solamente aquellas disposiciones de los equipos y los métodos que reduzcan la segregación de los áridos gruesos del hormigón a un mínimo. El equipo deberá ser capaz de manipular o colocar con facilidad un hormigón con el asentamiento mínimo compatible con la buena calidad y mano de obra.
El hormigonado de los distintos elementos de la estructura no será iniciado sin autorización de la Inspección y sin que ésta no haya verificado previamente las dimensiones de la pieza, niveles, alineación y aplomado de los encofrados, las armaduras y apuntalamiento de cimbras y encofrados. Dicha autorización no exime al Contratista de su total responsabilidad en lo que se refiere a la ejecución de las estructuras.
No se comenzará con las tareas de hormigonado sin la presencia de la Inspección o de un representante de la misma, para lo cual el Contratista notificará a la Inspección, con una anticipación mínima de 48 hs, el lugar y el momento en que se colocará el hormigón. Solamente en presencia de la Inspección o de las personas por ella designadas podrá procederse a la colocación del hormigón. No se colocará hormigón cuando las condiciones del tiempo sean, en opinión de la Inspección, demasiado severas como para no permitir su colocación adecuada y un proceso normal de fragüe. Si el hormigón hubiera sido colocado sin conocimiento y aprobación previos de la Inspección, ésta podrá ordenar su demolición y sustitución por cuenta del Contratista.
El hormigón debe ser colocado, compactado y terminado en obra antes de que alcance el tiempo de fraguado inicial (norma IRAM 1662).
El hormigón se debe colocar en capas horizontales y continuas de un espesor máximo de 0,50 m, las cuales deben ser completamente compactadas antes que la capa precedente haya alcanzado el tiempo de fraguado
inicial (xxxxx XXXX 1662). Dichas capas pueden ser continuas o escalonadas, según sea la longitud y espesor del elemento estructural. Cada capa debe ser solidarizada a la inferior, mediante la compactación conjunta de un espesor mínimo de 5 cm de la inferior.
En columnas, vigas y otros elementos estructurales de volumen reducido con relación a la altura, el espesor de la capa de hormigonado se puede aumentar a 1 m, si se verifica que, por compactación interna complementada por vibración o golpeteo del encofrado, se puede obtener la máxima densidad del hormigón sin pérdida de homogeneidad.
La máxima altura para verter el hormigón libremente será de 1,50 m. Para alturas mayores se debe conducir la vena de hormigón empleando embudos y/o conductos metálicos verticales ajustables, de forma cilíndrica. Los conductos pueden ser rígidos, articulados o flexibles.
Cuando se hormigone una viga alta, tabique o columna que deba ser continua o monolítica con la losa superior, se deberá hacer un intervalo que permita el asentamiento del hormigón inferior antes de colocar el hormigón que constituye la losa superior. La duración del intervalo dependerá de la temperatura y de las características del fragüe, pero será tal que la vibración del hormigón de la losa no vuelva a la condición plástica al hormigón profundo ni produzca un nuevo asentamiento del mismo.
En el caso de que el colado deba realizarse desde alturas superiores a 3,00 m, deberán preverse tubos de bajada para conducir la masa de hormigón.
Si la Inspección aprobara el uso de tubos o canaletas para la colocación del hormigón en determinadas ubicaciones, se deberán cumplir las siguientes condiciones:
1) Los tubos o canaletas tendrán la pendiente necesaria como para permitir el desplazamiento del hormigón con el asentamiento especificado.
2) Los tubos o canaletas serán de metal o revestidos de metal de sección transversal semicircular, lisas y libres de irregularidades.
3) En el extremo de descarga se dispondrá de un embudo o reducción cónica vertical, para reducir la segregación.
No se debe colocar hormigón si las condiciones climáticas (lluvia, viento, nieve, humedad ambiente) pueden perjudicar su calidad o impedir que las operaciones de colocación y compactación se realicen en forma adecuada. En el momento de su colocación la temperatura del hormigón deberá cumplir lo especificado en el Artículo 3.6 de las presentes Especificaciones Generales.
El vertido del hormigón se debe efectuar de modo tal que la masa fresca no reciba cambios bruscos en la dirección de su movimiento y que no impacte contra un obstáculo donde se pueda originar rebote.
El ingreso del hormigón en los encofrados se debe realizar en forma continua y con la menor velocidad de colocación posible.
Al colocar hormigón a través de armaduras se deberán tomar todas las precauciones para impedir la segregación del árido grueso. Durante las operaciones de colocación y compactación del hormigón, las armaduras no se deben deformar, ni desplazar con respecto a la ubicación establecida en los planos.
Si al ser colocado en el encofrado el hormigón pudiera dañar tensores, espaciadores, piezas a empotrar y las mismas superficies de los encofrados, o desplazar las armaduras, se deberán tomar las precauciones de manera de proteger esos elementos utilizando un tubo o embudo hasta pocos decímetros de la superficie del hormigón. Una vez terminada la etapa de hormigonado se deberán limpiar los encofrados y los elementos antes mencionados de toda salpicadura de mortero u hormigón.
Como regla general, la interrupción de las operaciones de hormigonado será evitada en todo lo que sea posible. En caso de que por la importancia de la estructura sea necesario hormigonarla en varias etapas, se convendrá con la Inspección las juntas de trabajo y el procedimiento a seguir para su unión con el resto de la estructura al reanudarse el hormigonado. Dichas juntas se realizarán donde menos perjudiquen la resistencia, estabilidad y aspecto de la estructura y respetarán las exigencias descriptas en el artículo 5.8 del CIRSOC 201-2005.
No se debe colocar hormigón en contacto con agua en movimiento. Cuando haya que colocar hormigón bajo agua, para la composición del mismo se deben respetar los requisitos establecidos en el Capítulo 2 del CIRSOC 201-2005.
Deberá llevarse en la obra un registro de fechas de hormigonado a los efectos de controlar las fechas de desarme de los encofrados.
Debe cumplimentarse adicionalmente lo expuesto en el artículo 5.6 del CIRSOC 201-2005.
El hormigón deberá colocarse en los moldes de modo que se obtenga el más perfecto llenado de los mismos. Para ello durante e inmediatamente después de su colocación, el hormigón debe ser compactado hasta alcanzar la máxima densidad posible, evitando eliminar el aire intencionalmente incorporado en caso de que exista, sin producir su segregación, y sin que queden porciones de hormigón sin consolidar.
Para asegurar la máxima densidad posible, sin producir su segregación, el hormigón será compactado por vibración mecánica de alta frecuencia, debiendo estar éstas comprendidas entre 3000 y 4500 revoluciones por minuto.
Durante las operaciones de vibrado se debe evitar el contacto de los vibradores con el encofrado o con las armaduras, y que el vibrado produzca la deformación y el desplazamiento de las armaduras respecto del lugar indicado en los planos.
Una vez alcanzado el tiempo de fraguado inicial (IRAM 1662) se evitará el vibrado de la masa de hormigón. En ningún caso se permitirá el uso de vibradores para desplazar el hormigón dentro de los moldes.
Los vibradores serán de accionamiento eléctrico, electromagnético, mecánico o neumático, del tipo de inmersión.
El curado se debe realizar en todas las estructuras, con independencia de la clase de hormigón y del tipo de estructura. El curado debe asegurar que el hormigón mantenga la humedad y la temperatura necesarias para que se desarrolle la hidratación del cemento y se alcancen las propiedades especificadas para el hormigón de la estructura. El curado se debe mantener hasta que el hormigón de la estructura alcance el 70 % de la resistencia de diseño f´c.
Todo hormigón deberá ser sometido a un proceso de curado continuado desde la terminación de su colocación durante tiempos mínimos que van de 3 (tres) días a 8 (ocho) días dependiendo del cemento utilizado como se indica en el Artículo 5.10.2.4 del CIRSOC 201-2005.
Los métodos a emplear deberán ser capaces de evitar pérdida de humedad del hormigón durante dicho período. En general el curado del hormigón se practicará manteniendo la superficie húmeda con materiales saturados de agua, por rociado mediante sistemas de cañerías perforadas, con rociadores mecánicos, con mangueras porosas o cualquier otro método aprobado por la Inspección, cuidando de no lavarse la superficie. El agua para el curado deberá cumplir los requisitos especificados en el Capítulo 3 del CIRSOC 201-2005 para el agua utilizada en la elaboración del hormigón. El equipo usado para el curado con agua será tal que no aumente el contenido xx xxxxxx del agua de curado, para impedir el manchado de la superficie del hormigón.
La temperatura superficial de todos los hormigones se mantendrá a no menos de 10º C, durante los primeros 4 días después de la colocación. La máxima variación gradual de temperatura de superficie del hormigón no excederá de 10º C en 24 hs. No se permitirá en ninguna circunstancia la exposición del hormigón colocado a congelamientos y descongelamientos alternativos durante el período de curado.
Durante el tiempo frío, el Contratista deberá tomar las medidas necesarias para curar el hormigón en forma adecuada, sujetas a la aprobación previa de la Inspección.
Para la protección del hormigón se deberá respetar lo establecido en el Artículo 5.10.1.1 del CIRSOC 201- 2005.
Si en el lugar de emplazamiento de la obra existiesen aguas, líquidos o suelos agresivos para el hormigón, se los mantendrá fuera de contacto con el mismo, por lo menos durante todo el período de colocación, protección y curado.
3.6 HORMIGONADO CON TEMPERATURAS EXTREMAS
3.6.1 Generalidades
En las épocas de temperaturas extremas deberá solicitarse la autorización de la Inspección para proceder al hormigonado de la estructura. La utilización de aditivos con el propósito de prevenir el congelamiento (anticongelantes) se permitirá únicamente bajo autorización expresa de la Inspección.
Se evitará el hormigonado cuando la temperatura ambiente sea inferior a 4ºC o pueda preverse dentro de las 48 hs siguientes al momento de su colocación que la temperatura alcance valores cercanos a los 0ºC.
3.6.2 Hormigonado en Tiempo Frío
Se considera tiempo frío, a los efectos de estas Especificaciones, al período en el que durante más de 3 (tres) días consecutivos la temperatura media diaria es menor de 5º C.
En este caso, el Contratista deberá cumplir lo especificado en el Artículo 5.11 del CIRSOC 201-2005.
La utilización de aditivos con el propósito de prevenir el congelamiento o acelerar el endurecimiento del hormigón se permitirá únicamente bajo la autorización expresa de la Inspección.
3.6.3 Hormigonado en Tiempo Caluroso
Se considera tiempo caluroso a los efectos de estas Especificaciones, a cualquier combinación de factores climáticos que asociados a lal alta temperatura ambiente, baja humedad relativa y velocidad de viento, tienda a perjudicar la calidad del hormigón fresco o endurecido, o que contribuya a la obtención de propiedades anormales del citado material.
En este caso, el Contratista deberá cumplir lo establecido en el Artículo 5.12 del CIRSOC 201 – 2005.
3.7.1 Generalidades
La Empresa Contratista será responsable del diseño y de la elaboración de los planos generales y de detalle de los encofrados, cimbras, apuntalamientos, arriostramientos y de sus eventuales reapuntalamientos, como así también de su construcción y mantenimiento.
Previamente a su construcción, la Empresa Contratista debe someter a la aprobación la Inspección las memorias de cálculo y los planos generales y de detalle correspondientes al sistema de encofrados a utilizar.
La aprobación de las memorias de cálculo y de los planos de detalles del sistema de encofrados, no releva a la Empresa Contratista de su responsabilidad y de construir y mantener correctamente el sistema de encofrados propuesto.
Los encofrados deben ser resistentes, rígidos y suficientemente indeformables como para mantener las formas, dimensiones, niveles y alineamientos especificados en los planos, con las tolerancias dimensionales y de posición establecidas en el artículo 6.5 del CIRSOC 201-2005.
Los encofrados podrán ser xx xxxxxx, plástico o metálicos, debiendo ser estancos para evitar las pérdidas de mortero durante las operaciones de hormigonado. Dichos materiales, al ponerse en contacto con el hormigón fresco, no deben ablandarlo, decolorarlo, mancharlo ni perjudicar en forma alguna su superficie. En el caso de hormigón a la vista se utilizará aglomerado fenólico, siempre que en los planos no se especifique un material y/o disposición especial.
Se emplearán maderas sanas, perfectamente planas y rectas. Los cantos serán vivos, de manera que el encofrado no presente separaciones entre tablas.
Tendrán la resistencia, estabilidad, forma y rigidez necesarias para no sufrir hundimientos, deformaciones ni desplazamientos perjudiciales y asegurar de tal modo que las dimensiones resultantes de las piezas estructurales sean la prevista en los planos de encofrado salvo las tolerancias que autorice expresamente la Inspección.
Por cada planta, el encofrado deberá ser examinado por la Inspección, o sus representantes autorizados, por lo que el Contratista recabará su aprobación con la debida anticipación. Queda terminantemente prohibido al Contratista proceder al hormigonado sin tener la autorización expresa de la Inspección.
Previo al hormigonado, los encofrados serán cuidadosamente limpiados y bien mojados con agua limpia hasta lograr la saturación de la madera. En verano o en días muy calurosos esta operación de mojado se practicará momentos antes del hormigonado.
Se autorizará el empleo de líquidos desencofrantes, siempre y cuando los líquidos y/o materiales usados, no afecten la adherencia del azotado con concreto, la terminación y/o pintado del hormigón según se indique en los planos respectivos.
Para técnicas especiales de encofrado, el Contratista propondrá a la Inspección con suficiente antelación las mismas. La Inspección tendrá el derecho a aceptar o rechazar el sistema propuesto si a su juicio no ofreciesen suficiente seguridad y calidad en sus resultados prácticos.
En el encofrado se construirán los caminos x xxxxxxx para el tránsito de los carritos y del personal durante el hormigonado. En cada losa se fijarán las reglas indicadoras del espesor de las mismas. Deberán preverse todos los pasos de cañerías y accesorios, así como canaletas para instalaciones mecánicas. Por ello el Contratista deberá coordinar su trabajo con los respectivos Contratistas de Instalaciones diversas, de acuerdo con lo establecido más adelante, de manera de poder ubicar exactamente los tacos, cajones, etc., para dichos pasos.
Los moldes se armarán a nivel y a plomo y se dispondrán de forma tal que puedan quitarse los de columnas y laterales de viga, para los que será necesario dejar algunos puntales (soportes de seguridad) sin remover, lo que inmovilizará las tablas del encofrado que sobre ellos se encuentra. Lo mismo ocurrirá de ser necesario en las losas en la que se dispondrán puntales de seguridad en el centro y equidistantes entre sí.
Para facilitar la inspección y la limpieza de los encofrados, en el pie de columnas y tabiques se dejarán aberturas provisionales adecuadas. En igual forma se procederá con el fondo y laterales de las vigas y en otros lugares de los encofrados de fondos inaccesibles y de difícil inspección y limpieza.
Cuando sea necesario también se dejarán aberturas provisionales para facilitar y vigilar la colocación y compactación del hormigón a distintas alturas de los moldes.
Se dará a los moldes de las vigas de más de 5 m de luz, contraflechas mínimas de 2 mm por metro, para tener en cuenta el efecto de asiento del andamiaje. Cuando sea necesario se repartirá la presión de los puntales por medio de tablones que hagan las veces de base o capitel.
Los puntales xx xxxxxx no tendrán sección transversal menor de 7 cm x 7 cm. Podrán tener como máximo un empalme y el mismo deberá estar ubicado fuera del tercio medio de su altura. Las superficies de las dos piezas en contacto deberán ser perfectamente planas y normales al eje común del puntal. En el lugar de las juntas, las cuatro caras laterales serán cubiertas mediante listones xx xxxxxx de 2,5 cm de espesor y longitud mínima de 70 cm perfectamente asegurados y capaces de transmitir el esfuerzo a que esté sometida la pieza en cuestión.
Debajo de las losas solamente podrá colocarse un máximo de 50% de puntales empalmados, uniformemente distribuidos. Debajo de las vigas, solamente un 30% en las mismas condiciones.
Al construir el encofrado se tendrá en cuenta que al desarmar es necesario dejar algunos puntales (soportes de seguridad) sin tocar. Estos soportes de seguridad se corresponderán verticalmente entre los pisos sucesivos. Para vigas xx xxxxx hasta 6 m será suficiente dejar un soporte en el medio, en cambio para vigas xx xxxxx mayores de 6 m, se aumentará el número de los mismos.
Las losas con luces de 3 m o más tendrán al menos un soporte de seguridad en el centro, debiendo incrementarse el número de puntales para luces mayores, colocándose equidistantes entre sí y con una separación máxima de 6 m. Estos soportes no deberán ser recalzados.
Inmediatamente antes de iniciarse las operaciones de colocación del hormigón se procederá a limpiar cuidadosamente las superficies de los encofrados, de las armaduras y de los elementos metálicos que deban quedar incluidos en el hormigón.
3.8 PREVISIÓN DE PASES, NICHOS Y CANALETAS
El Contratista deberá prever, en correspondencia con los lugares donde se ubicarán los elementos integrantes de las distintas instalaciones de que se dotará al edificio, los orificios, nichos, canaletas y aberturas de tamaño adecuado, para permitir oportunamente el pasaje y montaje de dichos elementos.
Para ello el Contratista consultará todos los planos de instalaciones complementarias que afecten al sistema estructural y coordinará su trabajo con los Contratistas de las respectivas instalaciones, de forma tal que los tacos, cajones, etc., queden ubicados exactamente en la posición establecida.
La ejecución de todos los pases, canaletas, tacos, etc. en vigas, losas, losas de sub-presión, tabiques, columnas, etc., previstos en planos y/o planillas, y/o planillas de cálculo, y sus refuerzos correspondientes, deberán estar incluidos en el precio global de la propuesta. No se considerará ningún tipo de adicional por este tipo de trabajos, como así tampoco por aquellos provisorios que más tarde deban ser completados y/o tapados y que sirvan como auxiliares de sistemas constructivos y/o para el pasaje de equipos del Contratista o de las instalaciones complementarias propias de la obra, en el momento oportuno.
Los xxxxxx, tacos y cajones provistos a tal efecto, serán prolijamente ejecutados y preparados, de manera que la conicidad de las caras de contacto con el hormigón, lisura de las superficies y aplicación de la película antiadhesiva, faciliten su extracción, operación esta que el Contratista ejecutará simultáneamente con el desencofrado de la estructura.
3.9 DESENCOFRADO Y REPARACION XX XXXXXX
3.9.1 Desencofrado
El momento de remoción de las cimbras y encofrados será determinado por el Contratista con intervención de la Inspección. El orden en que dicha remoción se efectúe será tal que en el momento de realizar las tareas no aparezcan en las estructuras fisuras o deformaciones peligrosas o que afecten su seguridad o estabilidad; también deberá evitarse que se produzcan roturas de aristas y vértices de los elementos.
En general los puntales y otros elementos de sostén se retirarán en forma gradual y uniforme de manera que la estructura vaya tomando carga paulatinamente; este requisito será fundamental en aquellos elementos estructurales que en el momento del desencofrado queden sometidos a la carga total de cálculo.
La Dirección de Obra exigirá en todo momento el cumplimiento de los plazos mínimos de desencofrado que se establecen en el artículo 6.2 del CIRSOC 201-2005, para lo cual es imprescindible llevar correctamente el "Registro de Fechas de Hormigonado" a que ya se refirió en estas Especificaciones (Artículo 3.3).
No se retirarán los encofrados ni moldes sin aprobación de la Inspección y todos los desencofrados se ejecutarán en forma tal que no se produzca daño al hormigón. Se esperará para empezar el desarme de los moldes a que el hormigón haya fraguado completamente y pueda resistir su propio peso y al de la carga a que pueda estar sometido durante la construcción. Las operaciones de desencofrado serán dirigidas personalmente por el Representante Técnico de la Empresa.
Antes de quitar los puntales que sostienen los moldes de las vigas se descubrirán los lados de los moldes de las columnas y vigas, en que aquellas se apoyan, para examinar el verdadero estado de justeza de estas piezas.
Deberá tenerse en cuenta el ritmo de hormigonado para no solicitar un elemento con cargas superiores a las previstas en el cálculo. Si al desencofrar se verificase que alguna parte de la estructura ha sufrido los efectos de una helada, ésta será demolida en su totalidad.
Los soportes de seguridad que deberán quedar, según lo establecido, permanecerán posteriormente por lo menos en las vigas y viguetas 8 días, y 20 días en las losas.
Los moldes y los puntales serán quitados con toda precaución, sin darles golpes ni someterlos a esfuerzos que puedan ocasionar perjuicios al hormigón.
3.9.2 Reparación xx Xxxxxx
a) Reparaciones del Hormigón:
El Contratista deberá corregir todas las imperfecciones de las superficies de hormigón como sea necesario para obtener hormigones y superficies de hormigones que cumplan con los requisitos de estas Especificaciones y de las Especificaciones Técnicas Particulares.
Las reparaciones de imperfecciones de hormigones moldeados se completarán tan pronto como sea posible después del retiro de los encofrados y, cuando sea posible, dentro de las 24 hs después de dicho retiro. El Contratista mantendrá informada a la Inspección cuando se deban ejecutar reparaciones al hormigón, las que se realizarán con la presencia de la Inspección, salvo autorización en contrario de esta última en cada caso particular.
Se eliminarán con prolijidad todas las proyecciones irregulares o indeseables de las superficies de los hormigones cuando se especifique la terminación de "hormigón a la vista".
En todas las superficies de hormigón, los agujeros, nidos de piedras, esquinas o bordes rotos y todo otro defecto no serán reparados hasta que hayan sido inspeccionados por la Inspección.
Después de la inspección por parte de ésta última, y a menos que se ordenara otro tratamiento, se repararán todos los defectos extrayendo los materiales no satisfactorios hasta un espesor mínimo de 2 cm y colocando hormigón nuevo hasta obtener una buena terminación a juicio de la Inspección.
El hormigón para reparaciones será el mismo que corresponde a la estructura. Estas reparaciones recibirán un tratamiento de curado idéntico al del hormigón común.
En caso de que, a solo juicio de la Inspección, la estructura no admita reparación, deberá ser demolida.
b) Remiendo y Plastecido de Huecos:
El remiendo y plastecido de huecos, nichos xx xxxxxx y reconstituido de aristas que fuere menester por imperfecciones en el colado o deterioros posteriores se realizará utilizando mortero de cemento cuidadosamente dosificado; para estructuras a la vista se utilizará mezcla de cemento con cemento blanco y resina para obtenerla coloración de los paramentos de la estructura terminada.
No se aceptará la reparación de superficies dañadas o mal terminadas por aplicación de revoques o películas continuas de mortero, lechada de cemento y otro tipo de terminación.
Previamente a su plastecido las superficies serán picadas, perfectamente limpiadas y tratadas con sustancias epoxi que aseguren una perfecta unión entre los hormigones de distinta edad.
En ningún caso se permitirá la ejecución de estas reparaciones sin una inspección previa de la Inspección para determinar el estado en que ha quedado la estructura una vez desencofrada.
3.11.1 Toma de Muestras y Ensayos
Durante la ejecución de la obra se realizarán ensayos normalizados de control para verificar si las características previstas, que definen la calidad del hormigón en todas sus edades, son obtenidas en obra. Dichos ensayos se regirán por lo establecido en la parte 3 del Capítulo 4 del CIRSOC 201-2005 y se deben realizar a partir de muestras extraídas en obra, estando tanto la extracción como estos bajo la responsabilidad del Director de Obra. En ningún caso, los resultados de los ensayos y registros de control interno y/o externo de la planta elaboradora eximirán al Director de Obra de realizar los ensayos de Control de Conformidad que le corresponden de acuerdo con el presente. Los resultados de estos deberán entregarse a la Inspección a medida que se obtienen.
La calidad del hormigón será determinada mediante el ensayo a rotura, según Xxxxx XXXX 1546, de probetas cilíndrica de diámetro 0,15 m y altura 0,30 m moldeadas, utilizando hormigón extraído del pastón a utilizar en la estructura y curadas según Xxxxx XXXX 1524. Deberán realizarse 3 probetas por cada pastón.
Las probetas realizadas durante toda la obra deberán estar debidamente rotuladas con numero de probeta y fecha de moldeado. Simultáneamente el jefe de obra deberá llevar una planilla en la que se describa que número de probeta corresponde a cada sector hormigonado. Esta información deberá estar disponible para la Inspección en todo momento que se requiera.
Los valores de rotura del hormigón a la edad de 28 días deberán tener una tensión característica de rotura σ'bk igual o superior a la especificada en los planos, especificaciones técnicas particulares o en el CIRSOC 201-2005 para la estructura que se trate.
La consistencia del hormigón será continuamente vigilada y los ensayos de asentamiento para verificarla se realizarán varias veces al día.
De acuerdo a lo establecido en la parte 4 del Capítulo 4 del CIRSOC 201-2005, si la evaluación de acuerdo a lo indicado anteriormente indicara que un lote o fracción de un lote es no conforme, se deberá acotar el lote o fracción de este y se deberán extraer testigos de hormigón. Los testigos deben ser extraídos en lugares que no afecten la estabilidad de la estructura, empleando un equipo que asegure la extracción de muestras no alteradas del hormigón de la estructura y tanto la extracción como los ensayos deben ser realizados bajo la supervisión de la Dirección de Obra.
La extracción, su preparación para el ensayo de resistencia y la corrección de los resultados por esbeltez, se debe realizar según la norma IRAM 1551. El ensayo a la compresión se realizará según la norma IRAM 1546.
Los resultados de todos ellos serán analizados por la Inspección, quien tomará la decisión final de como proceder con la estructura en cuestión e informará a la contratista. Luego de su estudio, deberán archivarse en forma ordenada y estarán a disposición de la Inspección cuando la misma lo requiera.
3.11.2 Ensayos de Carga
Se ejecutarán ensayos de carga en cualquier estructura a indicación de la Inspección, bien para la simple comprobación de la bondad de la misma o para saber a qué atenerse sobre la calidad y condiciones de las que por cualquier circunstancia resultarán sospechosas. La programación y ejecución de los ensayos de carga estarán a cargo de equipos de profesionales o laboratorios especializados que posean la aprobación previa de la Inspección.
Los ensayos serán por cuenta del Contratista. El costo de los mismos estará a cargo del Comitente sólo en caso de que los resultados de dichos ensayos no sean satisfactorios a juicio de la Inspección. En este caso, el Contratista tendrá a su cargo y costo la demolición de las estructuras defectuosas y la reejecución de las mismas.
Anexo IV - Planilla de cotización
OBRA CLUB ATLÉTICO WHITENSE
N° de item | Designación | Unidades | Cantidad | Costo unitario | Precio Total | % de Incidencia |
1 | Preparación del terreno, Nivelación y Replanteo | $ - | ||||
1.1 | Demoliciones | GL | 1 | |||
1.2 | Extracción de árboles | GL | 1 | |||
1.3 | Nivelación | GL | 1 | |||
1.4 | Replanteo | GL | 1 | |||
1.5 | Cartel de Obra | UNI | 1 | |||
2 | Pisos Deportivos | |||||
2.1 | FILM POLITILENO 200 MICRONES (ROLLO 100m2) | M2 | 950 | |||
2.2 | MANTA GEOTEXTIL Sika®Geotex PP-150 (ROLLO 75 x1,50) | M2 | 950 | |||
2.3 | PISO DE HORMIGON H21 | M3 | 145 | |||
2.4 | Tomado de juntas | ML | 300 | |||
2.5 | Placas para bases de equipamiento deportivo | UNI | 8 | |||
3 | Pintura del piso de la cancha de Básquet y veredas perimetrales | |||||
3.1 | Piso de la cancha de basquet | M2 | 730 | |||
3.2 | Veredas perimetrales y peatonales | M2 | 220 | |||
4 | Demarcación de las canchas | |||||
4.1 | Pintado lineas demarcatorias | GL | 1 | |||
5 | Desagües Pluviales | |||||
5.1 | Construcción completa de pluviales | GL | 122 | |||
6 | Muro de frente | |||||
6.1 | GL | |||||
6.2 | Cimiento | ML | 18 | |||
6.3 | Muro de ladrillones | M2 | 18 | |||
7 | Portón Corredizo | |||||
7.1 | Provisión y colocación de portón metálico de acceso a playa estac. | UNI | ||||
8 | Equipamiento deportivo | |||||
8.1 | XX | 0 | ||||
0 | ||||||
9.1 | Demolición y reconstrucción muro | M2 | 30 | |||
9.2 | Colocac. de puerta metálica doble hoja | UNI | 1 | |||
PRECIO TOTAL | $ - | 100% | ||||
Son pesos: +IVA | ||||||
NOTA: las cantidades son a los efectos de hacer comparativas las ofertas y para realizar las certificaciones parciales mensuales |
PROYECTO CLUB ATLÉTICO WHITENSE
ANEXO V - ANALISIS DE COSTOS TIPO
ITEM Nº: | |
UNIDAD: | |
CANTIDAD: |
A - MATERIALES
DESIGNACIÓN | CUANTÍA | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL | |
SUMA PARCIAL: | 0,00 | |||
0,00 | ||||
TOTAL MATERIALES: | 0,00 |
B - MANO DE OBRA
CATEGORÍA | RENDIM. | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL | |
OFICIAL ESPECIALIZADO OFICIAL MEDIO OFICIAL AYUDANTE | ||||
TOTAL M. DE OBRA: | 0,00 |
C - TRANSPORTE
DESIGNACIÓN | CUANTÍA | DISTANCIA | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL |
TOTAL TRANSPORTE: | 0,00 |
D - AMORTIZACIÓN de EQUIPOS e INTERESES
EQUIPO | RENDIM. | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL | |
TOTAL AMORTIZACIÓN de EQUIPOS e INTERESES: | 0,00 |
E-REPARACIÓN Y REPUESTOS
EQUIPO | RENDIM. | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL | |
TOTAL REPARACIÓN Y REPUESTOS: | 0,00 |
F-COMBUSTIBLES o ENERGÍA y LUBRICANTES
EQUIPO | RENDIM. | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL | |
TOTAL COMBUSTIBLES o ENERGÍA y LUBRICANTES: | 0,00 |
0,00
COSTO-COSTO
G - GASTOS GENERALES | % | 0,00 |
SUMA 0,00
H - GASTOS FINANCIEROS | % | 0,00 |
I - BENEFICIOS | % | 0,00 |
SUMA 0,00
J - GASTOS IMPOSITIVOS | % | 0,00 |
0,00
PRECIO