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ADENDUM.
AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ASESORIA CONTABLE PARA EL SISTEMA ESTATAL DE INFORMACION JALISCO (SEIJAL) QUE SE FIRMO DEL DÍA 23 XX XXXXX DE 2011, Y CUYA VIGENCIA ERA AL 22 XX XXXXX DE 2012. POR UNA PARTE, EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SISTEMA ESTATAL DE INFORMACIÓN JALISCO, TAMBIÉN CONOCIDO COMO "SEIJAL" POR SUS SIGLAS, REPRESENTADO POR EL ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN GENERAL, XX. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, A QUIEN EN ELCONTRATO SE LE DENOMINA "EL CONTRATANTE "Y POR LA OTRA PARTE EL L.C.P. XXXXXXX XXXXXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXXX A QUIEN SE DENOMINA "EL CONTRATADO ", REPRESENTANTE LEGAL DE XXXXXXX XXXXXXX Y
ASOCIADOS S.e.
CLÁUSULAS:
ÚNICA. - LA VIGENCIA DEL CONTRATO DE REFERENCIA SE EXTIENDE HASTA EL 22 XX XXXXX DEL AÑo 2012, EN FUNCIÓN DE LA NECESIDAD APREMIANTE DE CONCLUIR LA IMPLEMENTACIÓN EN EL SEIJAL DEL NUEVO SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL CONTABLE, EN CUMPLIMIENTO A LA NUEVA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, Y EN LA CUAL EL DESPACHO ACTUALMENTE CONTRATADO ES EXPERTO, POR DOMINAR LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL. AMBAS PARTES QUEDAN SUJETAS A LOS MÍSMOS TÉRMINOS EXPRESADOS EN EL CONTRATO QUE SE FIRMO EN LA FECHA SEÑALADA EN EL PRIMER PARRAFO DE ESTE DOCUMENTO, CON EXCEPCIÓN DE LA VIGENCIA QUE SE EXTIENDE EN LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE ADENDUM.
LEÍDO EL PRESENTE ADENDUM POR AMBAS PARTES Y ENTERADOS DE SU ALCANCE Y CONTENIDO, LO FIRMAN DE coMúN ACUERDO POR TRIPLICADO EL DÍA DE SU FECHA.
GUADALAJARA, JALISCO. A 00 XX XXXXX XXX 0000.
POR "EL CONTRATANTE"
XX. XXXXXXXx:XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXX
POR "EL CONTRATADO"
XXXXX XX XXXXX
XXXXX XXXXX REPRESENT NTE LEGAL DE
XXXXXXX XXXXXXX Y ASOCIADOS S.C.
TESTIGOS:
RClAROBLES
CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SISTEMA ESTATAL DE INFORMACiÓN JALISCO, REPRESENTADA EN ESTE Acro POR SU TITULAR EL C. LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO DE LE DENOMINARÁ INDISTINTAMENTE" EL SEIJAL" O "EL CONTRATANTE ", Y POR LA OTRA PARTE LA SOCIEDAD CIVIL DENOMINADA XXXXXXX XXXXXXX y ASOCIADOS S.C. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL L.C.P. XXXXXXX XXXXXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINA "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
A N T E C E D E N T E S:
D E C LAR A C ION E S:
1- DECLARA "EL SEIJAL" QUE:
1.1. Es un organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Jalisco, con autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propios, tal como lo acredita en el decreto 16206 que reforma y adiciona la Ley para el Fomento Económico del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico oficial" El Estado de Jalisco" el día 12 de Noviembre de 1996.
1.2. El Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx Xxxxx, es titular del Organismo Público Descentralizado expedido por el Secretario General de Gobierno del estado de Jalisco, de fecha 10 de Septiembre de 2002, y de conformidad con lo señalado en el articulo 10, fracción IV del Reglamento Interior del Sistema Estatal de Información Jalisco, se encuentra autorizado y facultado para contratar que se menciona, según consta en el correspondiente nombramiento y obligarse en los términos del presente acuerdo de voluntades.
1.3. Señala como su domicilio legal el ubicado en el primer piso del edificio "TORRE SEPROE" ~'ta en el número 1505 piso 1 de la calle Xxxxx Xxxxxxx, Colonia Americana, Código xxxxxx 000 xx xxxx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx. "
2. DECLARA "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" QUE:
2.1. Es una Sociedad Civil mexicana constituida ante el Notario Público titular numero 44 el Licenciado Xxxxxx Xxxxxxxx bajo la escritura numero 10,040 a los 23 días del mes xx Xxxxxx ~
de 1999 y registrada ante el Sub. Director del Registro Público de la propiedad Lic. Xxxxx ~~ ,
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx; en la xxxxxxx xxxx el día 01 de Octubre de 1999 bajo documento numero 30 folios del 261 al 269 del libro numero 000 xx xx Xxxxxxx Xxxxxx ( xx xxxxx xxxxx)
2.2. El Lcp. Xxxxxxx Xxxxxxx de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, es el socio administrador según la cláusula 1 a) transitoria del acta constitutiva que se refiere en el punto anterior tiene; el poder general judicial, poder general para actos de administración, poder general para actos de dominio y suscripción de títulos de crédito según consta en la cláusula XXIII de la escritura constitutiva numero 10,040 referida en el punto 2.1 de las declaraciones de este contrato, Por lo que cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente contrato, además manifiesta bajo protesta de decir la verdad de no encontrarse impedido de conformidad al artículo 18 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, mismo dispositivo legal que se le ha hecho del conocimiento en forma anticipada.
2.3. Es un profesionista debidamente facultado y sin restricción en el ejercicio de su profesión según consta en la cédula profesional numero expedida por la Secretar' e Educación Pública ( se anexa copia) Así también cuenta con la capacidad técnica para ofrecer de manera profesional los servicios que se establecen en el presente contrato s\
. .
obliga a ejercer sus servicios profesionales con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, sujetándose al tenor del presente acuerdo de voluntades.
2.4. Tiene su domicilio para los fines y efectos legales que se deriven del presente contrato el ubicado en la finca marcada con el número 215 de la Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
3 "EL SEIJAL" y "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" , EN LO SUCESIVO DENOMINADOS CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", DECLARAN QUE:
3.1 Es su voluntad celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales y obligarse conforme a los términos y condiciones contenidos en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
"EL PRESTADOR DE SERVICIOS" se obliga prestar al SEIJAL los servicios que se describen en la cláusula segunda del presente contrato, en la forma, términos y condiciones que de común acuerdo establecen "LAS PARTES".
SEGUNDA.- DESCRIPCiÓN DEL SERVICIO PROFESIONAL
"LAS PARTES" convienen que la prestación de servicios materia del presente con~r to consistirá en la asesoría contable - administrativa y fiscal, realizado - y e su cas revisando y validando las siguientes actividades:
• CODIFICACION y CAPTURA DE TODOS LOS MOVIMIENTOS CONTABLES.
'-.o
• ELABORACION DE ESTADOS FINANCIEROS MENSUALES Y DE FIN DE EJERCICIO.
~ BALANCE GENERAL
~ ESTADO DE RESULTADOS ~
~ ORIGEN Y APLICACiÓN DE RECURSOS
~ MOVIMIENTOS AUXILIARES DE CATALOGO
~ ESTADO DE AVANCE DE SITUACION PRESUPUESTAL
• CONCILIACIONES BANCARIAS.
• CONCILIACIONES DE INVENTARIOS FISICOS y CONTABLE.
• CALCULO DEL IMPUESTO Y DEMAS RETENCIONES CORREPONDIENTES A LAS REMUNE- RACIONES DE LOS TRABAJADORES DEL ORGANISMO Y PERSONAL CONTRATADO POR HONORARIOS, ASI COMO EL CALCULO DE SUBSIDIO ACREDITABLE.
• CALCULO DE IMPUESTOS QUE POR CUALQUIER OTRO CONCEPTO SE HAGA ACREEDOR EL ORGANISMO.
• CÁLCULO DE DEPRECIACIONES DE BIENES MUEBLES.
• LLENADO DE FORMATOS PARA PAGO DE IMPUESTOS.
• PAGO DE IMPUESTO EN TIEMPO Y FORMA.
• GESTIONES ANTE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DE CUALQUIER CAMBIO DE SITUACION O REGIMEN FISCAL DEL ORGANISMO
• FORMULAR EN LOS FORMATOS CORRESPONDIENTES Y ENTREGAR OPORTUNAMENTE LAS CONSTANCIAS DE PERCEPCIONES Y RETENCIONES A LOS TRABAJADORES Y A LA PERSONAS CONTRATADAS POR HONORARIOS Y A LOS OBLIGADOS A PRESENTAR DE- CLARACIONES FISCALES Y DE SITUACION PATRIMONIAL.
• ALTAS, MODIFICACIONES XX XXXXXXX, Y BAJAS DE EMPLEADOS ANTE EL SEGURO SO CIAL.
• CÁLCULO DE PLANES DE PREVISiÓN SOCIAL CUANDO LE SEAN REQUERIDOS.
Contrato de servicio de asesoría contable del2011
o ASESORAR AL CONTRATANTE PARA SOLVENTAR LAS OBSERVACIONES DERIVADAS DE LAS AUDITORíAS QUE LE FUEREN PRACTICADAS.
o EL PROFESIONISTA DEBERA TENER EL CONOCIMIENTO PARA LA APLICACiÓN DE LA NUEVA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL.
o EL PROFESIONISTA CONTRATADO, XXXXXX ACUDIR CUANDO MENOS UNA VEZ A LA QUINCENA A LAS INSTALACIONES DEL ORGANISMO A RELlZAR LAS FUNCIONES ANTES MENCIONADAS Y CUANDO ADICIONALMENTE SEA REQUERIDO.
o LAS DEMAS ACTIVIDADES NECESARIAS PARA GARANTIZAR EL CORRECTO FUNCIONA- MIENTO DEL SISTEMA CONTABLE - ADMINISTRATIVO DEL ORGANISMO.
CARACTERISTICAS ESPECÍFICAS DEL ORGANSIMO .
• EL ORGANISMO MANEJA APROXIMADAMENTE 60 PARTIDAS PRESUPUESTALES, AGRUPADAS EN 4 CAPITULOS.
o SE PROCESAN UN XXXXXXXX XX 00 XXXXXXX - XXXXXXXX X XXXXXXX - XX XXX.
o LOS INGRESOS PROVIENEN EN UN 99 % DEL SUBSIDIO QUE LE OTORGA EL GOBIER- NO DE ESTADO. EL RESTO POR VENATS DE PRODUCTOS O SERVICIOS.
o EL PRESUPUESTO APROXIMADO PARA EL 201 1 EN DE $10, 295,980.00. ~
o EL SEIJAL CUENTA CON 30 TRABAJADORES EN NOMINA, Y CONTRATA OCA NALMENTE PROFESIONALES POR HONORARIOS.
EL SEIJAL PROPORCIONA:
• LA INFORMACION NECESARIA PARA EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES.
• EL ESPACIO, EL EQUIPOS Y EL SOFTWARE NECESARIOS
UN PERSONAL DE SEIJAL CON EXPERIENCIA PARA AYUDAR A RELIZAR LAS LABORES DE CODIFICACION, CAPTURA, GENERACION DE ESTADOS FINANCIEROS Y REPORTES ESPECIFICO S
TERCERA.- DE LOS HONORARIOS Y FORMA DE PAGO
En relación con los servicios estipulados en la cláusula segunda, descripción del servicio del presente contrato, "EL SEIJAL" conviene en pagar al prestador de servicios, por concepto de honorarios la cantidad de 6,300.00 $ (Seis mil trescientos pesos 00/100 Moneda Nacional) al mes, importe al que habrá que agregar el Impuesto al Valor Agregado.
La cantidad expresada como pago de honorarios será cubierta en el domicilio de "EL SEI JAL" obligándose "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" de la siguiente manera .. a exhibir recibo fiscal de honorarios, conforme a las disposiciones fiscales vigentes, por la totalidad de la cantidad que se consigna, a fin de que se realicen las gestiones administrativas para el pago.
"LAS PARTES" se obligan a pagar los impuestos que se causen con motivo del cumplimiento de este contrato y que conforme a las leyes mexicanas les sean aplicables a cada una de ellas.
CUARTA.-DE LAS OBLIGACIONES EN PARTICULAR DE "EL SEIJAL"
a)Otorgar todas las facilidades a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" para que reúna y recabe toda la información necesaria para el debido ejercicio de los servicios contratados por" L SEIJAL" y en su caso, aclare cualquier duda sobre la prestación del servicio profesional.
b)Una vez realizado el servicio profesional objeto del presente acuerdo de voluntades "EL SEIJAL" deberá revisar que su ejercicio y realización se ajuste a las condiciones estipulad s . en este instrumento jurídico.
QUINTA.- DE LAS OBLIGACIONES EN PARTICULAR DE "EL PRESTADOR DE SERVICIOS"
Contrato de servicio de asesoria contable del 2011
"EL PRESTADOR DE SERVICIOS", se obliga a:
a) Realizar los servicios profesionales en las instalaciones del contratante en los términos y condiciones de este acuerdo de voluntades.
b) En los términos del artículo 2257 y 2259 del Código Civil del Estado de Jalisco a pagar daños y perjuicios que se causen a "EL SEIJAL" cuando no pueda continuar con la prestación del servicio contratado y no diere el aviso de ello en el plazo de 30 dias naturales, contados a partir de que conozca el impedimento, debiendo dar oportunamente todos los informes y explicaciones que sean necesarios a la persona que se designe como sustituto, para continuar con el desempeño de los servicios profesionales.
c) Asesorar al contratante para solventar las observaciones derivadas de las auditorías que le fueren practicadas
d) Además de lo anterior se oblíga a No difundir, usar o enajenar el producto resultado de los trabajos desarrollados por el mismo, ya que son propiedad exclusiva de "EL SEIJAL".
SEXTA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Ninguna de "LAS PARTES" será responsable de cualquier retraso o incumplimiento de este co~to que resulte directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor, para lo cual de estará dispuesto por la Legislación Sustantiva Civil del Estado de Jalisco.
SEPTIMA.- DEL PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS
"EL PRESTADOR DE SERVICIOS", se obliga a responder ante "EL SEIJAL" al pago de daños y perjuicios en los términos de los artículos 2257 y 2261 del Código Civil del Estado de Jalisco, cuando exista negligencia comprobada, impericia o dolo de su parte o de las personas que de él dependan en el ejercicio del servicio contratado.
OCTAVA.- PENA CONVENCIONAL
En caso de que "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" incumpla con las obligaciones a su cargo estipuladas en este contrato, se obliga a pagar la cantidad que resulte de aplicar el 10% diez por ciento de la cantidad total convenida y sin perjuicio del pago de daños y perjuicios
NOVENA.- DE LA PROPIEDAD DE LA INFORMACiÓN
"EL PRESTADOR DE SERVICIOS" no podrá difundir, usar o enajenar la información del Organismo o relacionada con el mismo, que se le proporcione para el desarrollo de los servicios profesionales, sin autorización expresa por escrito de "EL SEIJAL", ya que son propiedad exclusiva de este último en los términos de la legislación respectiva. La inobservancia de la presente obligación, dará lugar a la rescisión en los términos de la cláusula décima.
DÉCIMA.- DE LA RESCISiÓN
Procederá la rescisión sin perjuicio para "EL SEIJAL" cuando "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" incumpla con alguna de las obligaciones derivadas de las cláusulas del presente contrato, de las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, su Reglamento y las demás que les sean aplicables, sin necesidad de declaración judicial previa, bastando para ello una notificación por escrito.
Si "EL SEIJAL" considera que "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" ha incurrido en alguna de las causales de rescisión que le sean imputables, se lo comunicará en forma escrita, haciéndole s e\ los motivos y fundamentos de su resolución, a fin de que éste en un plazo no mayor a tres ías ~
Contrato de servicio de asesoria contable del 2011
naturales, exponga lo que a su derecho convenga respecto al incumplimiento de sus obligaciones. si transcurrido este plazo "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" no manifiesta nada en su defensa, o si después de analizar las razones aducidas por éste, "EL SEIJAL" estima que las mismas no son fundadas o resultan frívolas e inoperantes, dictará resolución que proceda conforme a lo establecido en esta cláusula y de las legislaciones invocadas.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LA NATURALEZA DEL SERVICIO
, "EL PRESTADOR", no es considerado como trabajador del organismo ni las personas que emplee para la realización del servicio profesional contratado, por tanto no tendrán derecho a que se les otorguen las prestaciones que les corresponden a los trabajadores.
Lo anterior, en virtud del que el presente contrato constituye el acuerdo entre "LAS PARTES" en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación, obligación o comunicado entre éstas, ya sea oral o escrita con anterioridad a la fecha en que se firme el mismo.
DÉCIMA SEGUNDA.- DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO
"LAS PARTES" acuerdan que el presente contrato se encuentra sujeto en su vigencia del día 2~e Marzo del 2011, dos mil once, concluyendo el día 22 del mes xx Xxxxx del 2012 dos mil doce, suj a críterio del SEIJAL y a la disponibilidad presupuesta!.
DÉCIMA TERCERA.- DE LA COMPETENCIA JUDICIAL
"LAS PARTES" acuerdan que en caso de controversia, sin perJuIcIo de lo establecido en las cláusulas octava y décima de este contrato, será resuelto conciliatoriamente por las partes y en caso necesario, las mismas se someten a la competencia de los Tribunales del Primer Partido Judicial en el Estado de Jalisco, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro.
Enterados del alcance y fuerza legal del presente contrato manifiestan LAS PARTES que no existen vicios en su consentimiento como dolo, error, mala fe o lesión que invaliden el mismo, por lo que leído que fue firman por duplicado al margen y al calce, en la ciudad de Guadalajara Jalisco el día 23 xx Xxxxx del 2011 dos mil once.
"XXXXXXX XXXXXXX y ASOCIADOS, S.C."
REPRESENTANTE LEGAL
"EL SEIJAL"
XXXXXXX DE XXXXX UQUIMANZUR
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TESTIGOS DE ASISTENCIA
XXX XXXXX.
Contrato de servicio de asesoría contable del 2011