Contract
CONDICIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS EN LA MODALIDAD DE ACCESO MAYORISTA A LA LÍNEA TELEFÓNICA Y SERVICIO DIRECTO CON LINEA JAZZTEL.
1. OBJETO DEL CONTRATO. El Cliente, cuyos datos se recogen en el apartado Titular del Contrato, se abona
a uno o más Servicios de telecomunicaciones de JAZZTEL (en adelante, el “Servicio” o los “Servicios”), Marca Registrada Orange Espagne, S.A.U. Paseo del Club Deportivo nº1 Edif. 8, Parque Empresarial “LA XXXXX”, 00000, Xxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxx. CIF: X-00000000 (en adelante, EL PROVEEDOR), de acuerdo con la Oferta Comercial realizada por EL PROVEEDOR cuyas características se encuentran en el presente Contrato y en xxx.xxxxxxx.xxx, y las presentes Condiciones Generales y Particulares a las que el Cliente se acoge al aceptar la contratación. Estos Servicios se prestan al Cliente para utilización exclusiva como usuario final. En ningún caso podrá el Cliente revender o distribuir el Servicio a terceros, salvo autorización expresa de EL PROVEEDOR.
2. ENTRADA EN VIGOR Y COMIENZO DE LOS SERVICIOS. El Contrato entrará en vigor el mismo día de su formalización. EL PROVEEDOR activará cada uno de los Servicios en el plazo máximo indicado en las cláusulas específicas correspondientes a cada uno de los Servicios siempre y cuando la solicitud del Cliente reúna todas las condiciones exigidas y sea técnicamente posible. EL PROVEEDOR informa que, en caso de contratación a distancia o fuera del establecimiento mercantil de EL PROVEEDOR, el Cliente tiene derecho a desistir libremente de la contratación en el plazo de catorce (14) días naturales desde la fecha de celebración del contrato. Para el ejercicio del derecho de desistimiento, el Cliente deberá remitir debidamente cumplimentado, en el plazo indicado, al departamento de Atención al Cliente, el documento de Solicitud de Desistimiento que EL PROVEEDOR le facilitó junto con las condiciones contractuales, que también se encuentra disponible en la página Web de EL PROVEEDOR. En caso de que el Cliente haya solicitado expresamente que dé comienzo la prestación del Servicio durante el período de desistimiento, el Cliente deberá hacer frente a los gastos derivados de la instalación del servicio fijo, establecidos en la siguiente Cláusula y que le han sido informados por EL PROVEEDOR en la Oferta Comercial.
3. PRECIO DEL SERVICIO. EL PROVEEDOR cobrará al Cliente por la prestación de los Servicios las
tarifas que en cada momento EL PROVEEDOR tenga vigentes en su Oferta Comercial disponible en xxx.xxxxxxx.xxx, a las que el Cliente se acoge al contratar el Servicio. Las tarifas vigentes, precios, descuentos e impuestos aplicables, se encuentran desglosadas en función de los Servicios y facilidades asociadas. Cualquier modificación en las tarifas será comunicada al Cliente con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha de entrada en vigor así como a la Administración y a las asociaciones de consumidores y usuarios con diez (10) días de antelación. La modificación de las tarifas dará derecho al Cliente a resolver el Contrato en el plazo de un mes desde su comunicación. A las tarifas se aplicarán los tributos que por ley esté obligado a satisfacer el Cliente, sin que EL PROVEEDOR se obligue al pago de tasas, impuestos o cargas derivados de la actividad del Cliente o exigidos por cualquier Organismo Oficial o Colegio Profesional. Los gastos administrativos de gestión y de instalación del servicio fijo ascienden a 140 Euros.
4. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO. EL PROVEEDOR comenzará a facturar al Cliente desde la fecha de comienzo de los Servicios. Las facturas presentadas al Cliente contendrán debidamente diferenciados los conceptos de precios que se tarifican por los Servicios y facilidades prestadas. EL PROVEEDOR pondrá a disposición del Cliente las facturas en formato electrónico de forma gratuita, si así lo hubiera solicitado
5. DEPÓSITOS DE GARANTÍA. EL PROVEEDOR podrá exigir la constitución de depósitos de garantía, en
el momento de contratar los Servicios o durante la vigencia del Contrato cuando: a) el Cliente hubiera dejado impagados uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad, b) se hubieran contraído deudas por otro/s Contrato/s de abono, vigentes o no, o se retrasen de modo reiterado en el pago de los recibos. El depósito podrá constituirse en efectivo o mediante aval bancario a elección del Cliente. Los depósitos no serán remunerados. EL PROVEEDOR realizará el requerimiento de constitución por un medio que deje constancia de su recepción concediéndole un plazo no menor a quince (15) días para su constitución o abono de las cantidades pendientes. Si el depósito no se constituye, EL PROVEEDOR podrá desestimar la solicitud de alta, suspender el Servicio (y dar de baja al Cliente si no constituye el depósito pasados diez (10) días desde el segundo requerimiento). La devolución de los depósitos se producirá en el caso
a) tan pronto como EL PROVEEDOR tenga constancia del pago íntegro de las cantidades adeudadas y en el caso b) cuando quede acreditado que en un año no ha existido ningún retraso en el pago. Si el Cliente con deudas pendientes se diera de baja o solicitara cambio de titularidad de su abono, EL PROVEEDOR podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, quedando el remanente a disposición del abonado. Si el Cliente hubiera pagado todos los recibos, el depósito será devuelto íntegramente. El plazo de devolución será el de quince (15) días desde el día siguiente a aquél en el que se cumplan las circunstancias recogidas anteriormente.
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6. DERECHO DE COMPENSACIÓN POR LA INTERRUPCIÓN TEMPORAL DE LOS SERVICIOS. ELPROVEEDOR intentará asegurar un nivel de calidad acorde con los Servicios y como mínimo se compromete a asegurar los niveles de calidad exigidos por la normativa de calidad, y que se encuentran disponibles en xxx.xxxxxxx.xxx. En caso de interrupción temporal del Servicio Telefónico, EL PROVEEDOR, indemnizará de forma automática al Cliente si corresponde en la factura correspondiente al periodo inmediato al considerado, con una cantidad que será, al menos, igual a la mayor de las dos siguientes: a) El promedio del importe facturado por este Servicio durante los tres (3) meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el período de duración de la interrupción. b) Cinco (5) veces la cuota mensual del abono vigente en el momento de la interrupción prorrateado por el tiempo de duración de ésta. En caso de interrupción temporal del Servicio de Acceso a Internet ADSL, EL PROVEEDOR devolverá al Cliente de forma automática, si corresponde, en la factura correspondiente al periodo inmediato al considerado, con el importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas asociadas a este Servicio, prorrateado por el tiempo de duración de la misma. En caso de interrupción temporal de los Servicios por fuerza mayor, EL PROVEEDOR devolverá al Cliente el importe de la cuota de abono prorrateado por el tiempo de duración de la misma. En el caso de que la interrupción afecte al Servicio Telefónico sobre línea EL PROVEEDOR la indemnización también comprenderá la cuota de la línea telefónica. A efectos indemnizatorios se considerará que el precio de cada uno de los Servicios en la cuota mensual de los paquetes (Servicio Telefónico Fijo y Servicio de Acceso a Internet) será del 50% del precio total. No será de aplicación lo dispuesto en los apartados anteriores cuando la interrupción temporal esté motivada por
alguna de las causas siguientes: a) Incumplimiento grave por el Cliente de las condiciones contractuales.
b) Por los daños producidos en la red debido a la conexión por el Cliente de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada de acuerdo con la normativa vigente. Adicionalmente EL PROVEEDOR se compromete a indemnizar al Cliente que lo solicite con un importe correspondiente a la cuota mensual del Servicio contratado cuando por causas imputables a EL PROVEEDOR el Cliente tenga una interrupción del Servicio superior a 48 horas naturales, a contar desde el momento en el que el Cliente haya contactado con los Servicios de Atención al Cliente notificando un aviso de avería hasta el momento en el que el Servicio se encuentre restablecido.
7. SUSPENSIÓNTEMPORALDELSERVICIOASOLICITUDDELCLIENTE.El Clientetendrá derechoasolicitar de EL PROVEEDOR, a través del Servicio de Atención al Cliente, la suspensión temporal del Servicio, con un mínimo de quince (15) días de antelación a la fecha de su efectividad. El período de suspensión estará comprendido entre un (1) mes como mínimo y tres (3) meses como máximo. La suspensión temporal del Servicio implicará una facturación inmediata del saldo pendiente, que deberá ser atendida en la misma forma y con las mismas condiciones que las previstas en la cláusula 4 del presente Contrato. En caso de suspensión se deducirá de la cuota de abono la mitad del importe proporcional al tiempo de suspensión. La suspensión nunca podrá ser superior a noventa (90) días por año natural.
8. SUSPENSIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DEL SERVICIO A INSTANCIA DE EL PROVEEDOR. El retraso en el pago total o parcial por parte del Cliente durante un período superior a un (1) mes desde la presentación a éste del documento de cargo correspondiente a la facturación del Servicio, facultará a EL PROVEEDOR a la suspensión temporal del Servicio contratado por el Cliente previa notificación de esta medida requiriendo el pago, con al menos quince (15) días de antelación, e indicando la fecha en que se realizará la suspensión del Servicio, que no podrá ser día inhábil, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción por el Cliente. En caso de suspensión temporal del Servicio y posterior reconexión del mismo, EL PROVEEDOR no cobrará al CLIENTE por dicha reconexión. EL PROVEEDOR restablecerá el Servicio dentro del día laborable siguiente a aquel en que tenga conocimiento de que el importe adeudado ha sido satisfecho. El retraso en el pago del Servicio telefónico disponible al público por un período superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del Contrato, en dos (2) ocasiones, por xxxx en el pago de los Servicios correspondientes, dará derecho a EL PROVEEDOR a la interrupción definitiva del Servicio y a la correspondiente resolución del Contrato. La resolución afectará sólo a los Servicios respecto a cuyo pago se haya incurrido en xxxx. La suspensión del Servicio telefónico por falta de pago supondrá el mantenimiento de las llamadas entrantes y las salientes de urgencias, con excepción de las de cobro revertido. La suspensión no exime al Cliente del pago de las cuotas fijas. El impago del cargo por los Servicios de tarificación adicional, Internet o cualesquiera otros que no sean el telefónico sólo dará lugar a la suspensión de tales Servicios. Para que el abonado no pueda ser suspendido del Servicio de tarificación adicional será necesario que presente una reclamación ante las autoridades competentes y que, mientras se esté substanciando dicha reclamación, consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo a EL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR podrá suspender de manera temporal o definitiva el Servicio en casos de fraude, riesgo objetivo o presunción razonable de comisión de fraude o por otras razones suficientemente acreditadas de uso ilícito del Servicio.
9. DESCONEXIÓN SERVICIO DE LLAMADAS INTERNACIONALES Y DE TARIFICACIÓN ADICIONAL. El Cliente podrá solicitar la desconexión de llamadas Internacionales y de llamadas a Servicios de tarifas superiores, en especial, a Servicios de tarificación adicional. A estos efectos el Cliente lo comunicará a EL PROVEEDOR por escrito o por teléfono al Servicio de Atención al Cliente. EL PROVEEDOR habrá de proceder a dicha desconexión como máximo en el plazo xx xxxx (10) días desde la recepción de la comunicación del Cliente. En caso de que dicha desconexión no se produjera tras esos diez (10) días, por causas no imputables al Cliente, serán de cargo de EL PROVEEDOR los costes derivados del Servicio cuya desconexión se solicita.
10. MANTENIMIENTO DEL SERVICIO. EL PROVEEDOR dispone de un sistema de mantenimiento integral de la línea contratada que garantiza la reparación de la línea y de las infraestructuras asociadas al Servicio en la red de EL PROVEEDOR hasta el Punto de Terminación de Red (PTR) en el plazo de 48 horas desde el aviso del Cliente al Servicio de Atención al Cliente. Asimismo EL PROVEEDOR dispone de un procedimiento interno que realiza la monitorización de los enlaces de toda la red con el objetivo de garantizar la calidad y adecuar la capacidad requerida por el Cliente, evitando cortes y /o degradaciones del servicio contratado, permitiendo mantener los niveles de calidad comprometidos con el Cliente. EL PROVEEDOR informará al Cliente de cualquier incidencia que se produzca en la provisión del Servicio. La continuidad del Servicio podrá verse alterada por las tareas de mantenimiento de la red e infraestructura que lo soporta. Dichas tareas de mantenimiento serán comunicadas al Cliente con suficiente antelación.
11. FUERZA MAYOR. EL PROVEEDOR no será responsable en caso de imposibilidad de dar Servicio si ello se debe a interrupciones prolongadas del suministro (eléctrico, líneas de telecomunicaciones, etc.), conflictos sociales, incendios, explosiones, inundaciones, actos y omisiones del Gobierno y, en general, todos los supuestos de fuerza mayor. Tampoco le será exigible responsabilidad en caso de que la imposibilidad de dar Servicio se deba al propio Cliente o a toda persona autorizada por él.
12. RECLAMACIONES. El Cliente podrá dirigirse a EL PROVEEDOR, a través de los Servicios de Atención al Cliente, para presentar reclamaciones sobre el funcionamiento y la calidad del Servicio, la aplicación de precios, la facturación, o cualquier otra cuestión que pudiera plantearse en relación con la prestación del Servicio. El Cliente podrá efectuar las reclamaciones en el plazo de un (1) mes desde el hecho motivador de la reclamación, dirigiéndose a EL PROVEEDOR, Orange Espagne, S.A.U., Parque Empresarial La Finca, Paseo Club Deportivo nº 1, Xxxxxxxx 0, 00000 Xxxxxxx xx Xxxxxxx (Xxxxxx), Telf.: 1565. Fax: 000 000 000. Formulada la reclamación, si el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de EL PROVEEDOR en el plazo de un (1) mes, podrá dirigir su reclamación a las Juntas Arbitrales de Consumo. El arbitraje correspondiente deberá ser aceptado expresamente por EL PROVEEDOR. Asimismo, los usuarios finales que fueran personas físicas podrán dirigirse a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. No se suspenderá ni interrumpirá el Servicio mientras que la reclamación se esté sustanciando, siempre que el Cliente consigne fehacientemente el importe adeudado, entregando el correspondiente resguardo a EL PROVEEDOR. El Cliente tiene derecho a obtener un documento acreditativo del contenido de su reclamación así como un número de referencia de la misma. Así mismo, si lo prefiere, el Cliente si es persona física y hubiere contratado los Servicios a través de nuestras plataformas online, podrá dirigirse como vía de resolución de conflictos a la Plataforma Europea de Resolución de Conflictos en línea a la que puede acceder a través de la siguiente URL xxxxx://xxxxxxx. xx.xxxxxx.xx/xxx. El Cliente tendrá disponibles Hojas de Reclamaciones Oficiales en la dirección anteriormente referida.
13. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Los datos personales facilitados serán tratados por EL PROVEEDOR para la administración y gestión del Servicio y en su caso, de los Servicios de Valor Añadido. Dicho tratamiento se llevará a cabo bajo estricto cumplimiento del deber de guardar secreto y bajo la adopción de todas las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología.
Si el Cliente no es el titular de los datos facilitados (datos de personas dependientes, empleados, familiares, etc.), garantiza que está facultado y ha obtenido el consentimiento de su titular para la entrega y será responsable frente a EL PROVEEDOR de la misma. Los datos facilitados podrán ser utilizados para las siguientes finalidades adicionales:
a) El envío por correo postal o por cualquier medio electrónico o digital de comunicaciones comerciales de EL PROVEEDOR sobre productos y servicios de telecomunicaciones (incluyendo la realización de llamadas);
b) El tratamiento con fines de análisis y promoción comercial, durante el plazo que dure la promoción, de
El Cliente podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos
ante la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE EMPRESAS CONTRA EL FRAUDE (responsable del fichero), en la siguiente dirección: apartado de correos 2054, 00000 Xxxxxx, a través del envío de una solicitud firmada y acompañada de fotocopia de su documento identificativo.
14. DURACIÓN, TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El CLIENTE podrá resolver en cualquier momento el presente Contrato acreditando para ello su identidad como titular del servicio. Una vez recibida la solicitud de baja, mediante llamada, fax o correo al Centro de Servicios de Atención al Cliente, indicando los datos precisos para asegurar la tramitación correcta y segura la baja se tramitará en un plazo máximo de dos días hábiles. La baja del Servicio supondrá la baja total de los Servicios asociados al mismo, no pudiendo mantenerse ninguno de los componentes por separado con las características de esta Oferta. EL PROVEEDOR podrá interrumpir el Servicio o resolver de modo inmediato la relación con el CLIENTE, si detecta un uso del Servicio contrario a las presentes Condiciones Generales, a la legislación vigente o en caso de impago de las cantidades debidas. El Contrato también podrá finalizar por el mutuo acuerdo entre las partes.
15. COMPROMISOS DE PERMANENCIA. La aplicación de determinados descuentos sobre el precio del servicio así como la cesión de equipos en condiciones ventajosas, podrá conllevar un compromiso de permanencia con una duración y penalización asociada que se detallarán en la oferta particular realizada al cliente y aceptada por éste. En caso de que el cliente se acoja a una oferta comercial en la que EL PROVEEDOR asuma los gastos administrativos de gestión y de instalación detallados en la Cláusula 3, el servicio tendrá un compromiso de permanencia de 12 meses desde la fecha de instalación, como contraprestación al beneficio obtenido con dicha oferta. Si el cliente resuelve anticipadamente el Contrato, deberá abonar una penalización proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia acordado.
16. VALIDEZ DEL CONTRATO. Las Condiciones de Prestación de los Servicios Objeto del presente Contrato podrán ser modificadas de conformidad con la legislación vigente y previa notificación escrita al Cliente con un plazo de preaviso de un (1) mes. Transcurrido dicho plazo sin que EL PROVEEDOR haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones. En caso de que las modificaciones supongan una mejora de las condiciones contractuales o respondan a cambios regulatorios, no será de aplicación lo establecido en el Art. 9.3 del RD 899/2009, de 22 xx xxxx. En caso de incompatibilidad entre las Condiciones Generales y las Condiciones Específicas aplicables a cada uno de los Servicios contratados por el Cliente, prevalecerán las específicas sobre las Generales. Si por causas tecnológicas EL PROVEEDOR no pudiese prestar el Servicio al Cliente en los términos pactados, EL PROVEEDOR se compromete a comunicar al Cliente esta circunstancia de forma inmediata. El Cliente podrá optar en este caso por contratar otro Servicio o por resolver el Contrato. Si la imposibilidad fuera debida al Cliente EL PROVEEDOR facturará en todo caso aquellos costes que para la provisión del Servicio se hayan generado. El Cliente para la prestación de los Servicios, otorga a EL PROVEEDOR mediante la suscripción del presente Contrato las facultades necesarias para la gestión y tramitación de dichos Servicios frente a las entidades correspondientes.
17. CESIÓN A TERCEROS. El Cliente está obligado al pago de las cantidades debidas por el uso de los Servicios prestados por EL PROVEEDOR, a hacer uso debido del Servicio y a no ceder su posición en este Contrato, salvo consentimiento expreso, por escrito, por parte de EL PROVEEDOR.
18. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN APLICABLE. El Cliente contrata con EL PROVEEDOR con sujeción l régimen que en cada momento establezca la normativa vigente española aplicable a los Servicios prestados por EL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR y el Cliente con renuncia expresa a cualquier otro fuero, se someten al de los Juzgados y Tribunales del domicilio del usuario para cualquier controversia que pudiera derivarse del presente Contrato.
19. SERVICIOS DE EMERGENCIAS. El Cliente tendrá acceso de forma gratuita a los servicios de emergencia
(112) a través de la red fija. EL PROVEEDOR proporcionará los datos de dirección asociados al servicio del Cliente de conformidad con lo establecido en la normativa específica.
CONDICIONES DE LAS TARIFAS PLANAS DE VOZ Y DE LOS BONOS EL PROVEEDOR
20. TARIFA PLANA NACIONAL PARA LLAMADAS A TELÉFONOS FIJOS NACIONALES. La oferta está
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estrictamente limitada a llamadas de voz, no permitiéndose el uso abusivo o excesivo en ningún caso, (se considerará como tal, por ejemplo, las llamadas de conexión a Internet y/o a otros Servicios de transmisión de contenidos telemáticos que no sean la transmisión simple de voz). Hay así mismo un límite de uso de
2.000 minutos por línea al mes. La Tarifa Plana Nacional es incompatible con cualquier otro esquema de descuentos o tarificación que afecte a las mismas jurisdicciones que la Tarifa Plana.El Servicio de Voz sobre Línea EL PROVEEDOR va indisolublemente unido a una Tarifa Plana Nacional.BONOS: tarificación
por segundos, sin franquicia ni establecimiento. Son incompatibles con la Tarifa Plana Nacional excepto los bonos móviles, los bonos internacionales y planes internacionales. Las llamadas realizadas por el Cliente fuera de la Tarifa Plana o bonos se facturarán de acuerdo con las tarifas EL PROVEEDOR Nº1 disponibles en xxx.xxxxxxx.xxx. La marcación de las numeraciones geográficas asociadas a los servicios 010 y 012 y las llamadas a los números 902 no están incluidas dentro de la tarifa plana nacional, facturándose al precio correspondiente al servicio al que se acceda y que se encuentra publicado en la página web de EL PROVEEDOR. No está permitida la contratación de las Tarifas Planas para: Terminales de uso público. Servicios de telemarketing. Llamadas de acceso a Internet. Comunicación de datos. Envíos masivos de faxes. Resellers. Líneas de voz o datos que interconecten 2 sedes. Líneas RDSI.
CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VOZ A TRAVÉS DE LA OFERTA DE ACCESO MAYORISTA A LA LÍNEA TELEFÓNICA
21. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. La prestación del Servicio de voz a través del Servicio AMLT permite a EL
PROVEEDOR facturar a los Clientes el Servicio de acceso a la red pública telefónica fija de Telefónica de España, S.A.U (en adelante, Telefónica) así como a una serie de Servicios adicionales. El plazo máximo en el que el Servicio será activado será de treinta (30) días. En el caso de que el plazo de provisión del servicio sea superior a 30 días naturales desde la fecha de contratación, por causas imputables a EL PROVEEDOR, se indemnizará al Cliente con el importe de 1€ al día (Impuestos indirectos no incluidos) y hasta un máximo de 45€ (Impuestos indirectos no incluidos), siempre y cuando el Cliente lo hubiera solicitado a través del teléfono gratuito de Atención al Cliente (1565). Este importe será descontado hasta agotarlo en las siguiente/s facturas mensuales que EL PROVEEDOR emita al Cliente.
22. CONSENTIMIENTO Y ACTIVACIÓN DEL SERVICIO. Para la contratación del Servicio de voz a través del Servicio AMLT, el Cliente consiente en que EL PROVEEDOR solicite en su nombre la habilitación del Servicio AMTL que supondrá la solicitud de cambio de operador actual y la baja de todos los Servicios de telefonía y asociados que hasta el momento tuviera contratados sobre su línea. Mediante la contratación de este Servicio, se autoriza a EL PROVEEDOR para que lleve a cabo en su nombre, todos los trámites necesarios ante Telefónica de España, S.A.U con el fin de que su tráfico de voz, sea cursado a través de EL PROVEEDOR y le sean facturados por éste, además del Servicio de Acceso propiamente dicho, todas las llamadas de voz y todos los Servicios asociados con las cuotas correspondientes. La solicitud del Servicio de voz a través del Servicio AMLT será realizada por EL PROVEEDOR en nombre de su Cliente una vez que éste (el Cliente) haya validado la solicitud de contratación de la prestación del Servicio de voz a través del Servicio AMLT a través de cualquier mecanismo habilitado legalmente a este efecto. El Consentimiento para la contratación de la prestación del Servicio de voz a través del Servicio AMLT se regirá por la regulación vigente para la contratación del Servicio en la modalidad de Preselección Global Extendida. Si por cualquier motivo la Preasignación Global Extendida es denegada, EL PROVEEDOR no podrá facilitar el Servicio telefónico a través de la modalidad AMLT. EL PROVEEDOR no se hará responsable en caso de que existan retrasos en la activación debidos al Operador de Acceso, o de no realizarse la activación en caso de fuerza mayor debido a una actuación dolosa o culposa del Cliente, así como a errores en los datos facilitados por el Cliente. La solicitud de habilitación realizada por EL PROVEEDOR podrá ser denegada o aplazada por Telefónica de España, S.A.U cuando se incurra en alguno de los supuestos que recogidos en la regulación vigente, en todo caso, el tipo de línea sobre el que se prestará el Servicio AMLT será es de línea analógica individual. La validación del Cliente de la solicitud supondrá la autorización expresa del Abonado a EL PROVEEDOR como Operador beneficiario para solicitar en su nombre a Telefónica, la habilitación de la prestación del Servicio de voz a través del Servicio AMLT, previas las oportunas verificaciones por parte de EL PROVEEDOR sobre la validez de la solicitud, así como para realizar todos los trámites y comunicaciones que fuesen necesarios durante desde el proceso de habilitación y durante el tiempo que el Cliente esté dado de alta con EL PROVEEDOR en la prestación del Servicio de voz a través del Servicio AMLT. La opción del Servicio de voz a través del Servicio AMLT implica no sólo la baja del Cliente como abonado del Servicio de Telefónica de España, S.A.U. dejando de ser por lo tanto Cliente del Servicio de telefonía y Servicios asociados de dicho operador, sino que además, EL PROVEEDOR le informa que entre los Servicios que dejará de prestar Telefónica de España S.A.U se encuentra el de alquiler del terminal telefónico, debiendo el Cliente acordar, tras petición de dicha compañía, la devolución del mismo. Para el Servicio de voz a través del Servicio AMLT el Cliente podrá utilizar uno propio o uno facilitado por EL PROVEEDOR en el régimen que EL PROVEEDOR establezca.
23. CAUSAS DE DENEGACIÓN Y APLAZAMIENTO DE LA SOLICITUD. Serán causas de denegación y
aplazamiento de la presente solicitud las establecidas en la legislación vigente en cada momento y las que, en su caso, acuerden los Operadores. Entre las causas establecidas en la legislación vigente se encuentran las siguientes:
• Causa de fuerza mayor.
• La existencia de otra solicitud en curso para la línea de referencia.
• Numeración portada a otro operador.
• Abonado con Servicio suspendido o interrumpido por impago.
• Errores en la solicitud.
• Domicilio de abonado inexistente.
• Incompatibilidad con Servicios soportados en la línea.
• Inexistencia de preasignación global extendida o de su solicitud asociada al Servicio telefónico directo no desagregado.
• Otras causas por falta de correspondencia entre los datos suministrados por el operador y los que obran en el operador de Acceso.
24. FACTURACIÓN. EL PROVEEDOR emitirá una factura mensual por los Servicios prestados, de conformidad con lo establecido en las condiciones generales del presente contrato.
25. PROTECCIÓN DE DATOS. La contratación del Servicio de voz a través del Servicio AMLT implica durante la prestación del servicio a través de esta modalidad, la comunicación por parte de Telefónica de España a EL PROVEEDOR de los datos personales de Cliente, siendo dicha comunicación necesaria para la prestación del Servicio de voz a través de esta modalidad, por lo que el Cliente consiente y autoriza a que Telefónica de España, S.A.U, comunique sus datos personales a EL PROVEEDOR. Asimismo, el Cliente presta su consentimiento a EL PROVEEDOR para la comunicación de sus datos personales por EL PROVEEDOR a Telefónica de España, en el supuesto de que el Cliente quiera solicitar la baja del Servicio de voz a través del Servicio AMLT, la inhabilitación del mismo e incluso en los supuestos de impago, siempre y cuando esté relacionado con la prestación del Servicio de voz a través de la modalidad AMLT. En todo caso, dicha comunicación se hará exclusivamente con la finalidad de hacer efectiva la prestación del Servicio de voz a través de la modalidad AMLT contratado así como las facilidades asociadas al mismo, respetando lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal y normativa de desarrollo. Si durante la vigencia contractual el Cliente realiza cualquier tipo de rectificación en los datos personales del Cliente, EL PROVEEDOR comunicará dicho cambio a Telefónica de España conforme a los procedimientos que se establezcan al efecto entre ambos Operadores, a excepción del supuesto en el que la baja del servicio bajo la modalidad AMLT responda a un cambio de prestación del mismo por evolución a una modalidad de Acceso Directo, siempre que se dispusiese por parte de EL PROVEEDOR del consentimiento por parte del Cliente en este sentido, así como de la cobertura necesaria.
26 . ATENCIÓN AL CLIENTE Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Las gestiones relativas a los Servicios
prestados bajo esta modalidad, se tramitarán a través del Servicio de Atención al Cliente, a excepción de la solicitud de baja del Servicio de voz a través del Servicio AMLT, que el Cliente deberá solicitara través del Servicio de Atención al Cliente del PROVEEDOR. En el caso de que el Cliente solicite la baja del Servicio Telefónico, éste deberá dirigirse a EL PROVEEDOR para que EL PROVEEDOR cancele los Servicios
asociados a la preselección. La baja conjunta del Servicio AMLT y el Servicio de Preselección, implicará que todos los Servicios prestados a través de la modalidad AMLT volverán a cursarse y facturarse por parte de Telefónica de España, asimismo implicará la baja de los paquetes o Servicios anexos. Causas de Resolución: El Servicio en la modalidad AMLT podrá ser resuelto:
• por incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, y en especial, por falta o demora en el pago
• por desistimiento de las partes previa notificación por escrito a la otra con una antelación mínima de 7 días naturales desde el momento en el que recibió las condiciones generales
• por imposibilidad técnica para llevar a cabo la prestación del Servicio
• en el caso de falta de legitimación por resolución del contrato entre Telefónica de España, S.A.U. y EL PROVEEDOR que faculta a EL PROVEEDOR para la prestación del Servicio bajo esta modalidad.
• Y por cambio en la modalidad de prestación del servicio al Servicio Acceso Directo de EL PROVEEDOR.
En cualquiera de los supuestos anteriores la baja o inhabilitación del Servicio de voz implicará la baja del resto de los Servicios, igualmente la baja del Servicio del ADSL supondrá la baja del Servicio AMLT, a excepción del último supuesto, en el que la prestación del servicio continúa a través de la modalidad de Acceso Directo.
La baja se cursará mediante llamada, fax o correo al Centro de Servicios de Atención al Cliente indicando los datos precisos para asegurar la tramitación correcta y segura. En los supuestos en los que concurra xxxx o impago por los Servicios prestados bajo esta modalidad, (AMLT)o (Acceso Directo), EL PROVEEDOR procederá a la suspensión del Servicio a través de la red de EL PROVEEDOR. Si el Cliente cursase tráfico de llamadas no comprendidas dentro de la modalidad de preselección global extendida, EL PROVEEDOR resolverá la relación contractual iniciando al mismo tiempo la tramitación de la solicitud de Inhabilitación del Servicio en esta modalidad (AMLT) a Telefónica de España, procediendo a la baja de todos los Servicios del paquete.
27. TARIFAS. El precio de los Servicios tras la promoción aplicable al Cliente en el momento de la Contratación será el que se encuentre publicado en la página web del PROVEEDOR (xxx.xxxxxxx.xxx).
CONDICIONES DE LOS SERVICIOS DE ACCESO DIRECTO DE EL PROVEEDOR
28. El CLIENTE. autoriza a EL PROVEEDOR, y mediante el presente contrato otorga su consentimiento, para
tramitar el cambio de modalidad en la prestación del servicio de la modalidad AMLT a la modalidad de Acceso Directo denominado comercialmente “Servicios de telecomunicaciones con línea JAZZTEL” cuando EL PROVEEDOR disponga de los medios técnicos, es decir, equipamiento propio necesario, para la prestación del servicio bajo ésta modalidad.
29. En este caso, dejarían de tener efecto las condiciones particulares de la prestación del servicio de voz a través de la oferta comercial de Acceso Mayorista a la línea Telefónica (AMLT), siendo de aplicación las siguientes:
CONDICIONES GENERALES DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES CON LÍNEA JAZZTEL
30. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. El Servicio de Voz con Línea EL PROVEEDOR supone la prestación del
Servicio telefónico disponible al público para realización de todas las llamadas telefónicas a través de EL PROVEEDOR y sólo se prestará mientras el Cliente disponga del Servicio telefónico designado en este Contrato. El plazo máximo en el que el Servicio será activado será de treinta (30) días. En el caso de que el plazo de provisión del servicio sea superior a 30 días naturales desde la fecha de contratación, por causas imputables a EL PROVEEDOR, se indemnizará al Cliente con el importe de 1€ al día (Impuestos indirectos no incluidos) y hasta un máximo de 45€ (Impuestos indirectos no incluidos), siempre y cuando el Cliente lo hubiera solicitado a través del teléfono gratuito de Atención al Cliente (1565). Este importe será descontado hasta agotarlo en las siguiente/s facturas mensuales que EL PROVEEDOR emita al Cliente. En el caso de Servicio con Línea EL PROVEEDOR no se permite la prestación de Servicios de voz o de acceso a Internet ADSL a través de otros operadores.
31. SERVICIOS DE INFORMACIÓN. (Guías impresas y/o electrónicas y servicios telefónicos de consultas de abonados). La inclusión en estos Servicios, en caso de autorizarlo el Cliente, se realizará con los siguientes datos: nombre y apellidos del titular, número/s, y dirección postal (sin piso, letra y escalera) y serán facilitados por EL PROVEEDOR a la Comisión xxx Xxxxxxx de las Telecomunicaciones, en los términos y de conformidad con lo establecido en la legislación vigente en cada momento. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá solicitar en cualquier momento a EL PROVEEDOR la exclusión de sus datos de las guías telefónica o de los Servicios de consulta telefónica de sus datos personales, total o parcialmente, así como a que se indique que sus datos personales no pueden utilizarse para fines de venta directa por terceros, que se omita, total o parcialmente, su dirección u otros datos personales, o que se enmienden errores existentes en sus datos personales. El Cliente podrá ejercitar los derechos anteriormente establecidos mediante comunicación a EL PROVEEDOR de su petición, mediante escrito enviado a Orange Espagne, S.A.U. (EL PROVEEDOR) Parque Empresarial La Finca, Paseo Club Deportivo nº 1, Xxxxxxxx 0, 00000 Xxxxxxx xx Xxxxxxx (Xxxxxx) o Telf.: 1565 o Fax: 000 000 000.
32. El Cliente tiene derecho a la conservación de su número telefónico de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
CONDICIONES DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET DE EL PROVEEDOR
33. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. EL PROVEEDOR prestará al Cliente el Servicio de Acceso a Internet con la
velocidad contratada (en adelante ADSL o el Servicio), de acuerdo con la Oferta Comercial vigente cuyas características se encuentran en xxx.xxxxxxx.xxx. Asimismo, este Servicio se ofrece con opciones de valor añadido descritos en la Oferta Comercial. El plazo máximo en el que el Servicio será activado será de treinta (30) días, aplicando en su caso para fechas posteriores de activación lo dispuesto en la Cláusula 20.
La prestación de este Servicio por EL PROVEEDOR supone la baja del Servicio de ADSL que actualmentepudiera tener contratado con otro operador, siendo la tramitación administrativa de la baja del Servicio con el otro operador responsabilidad exclusiva del Cliente. En determinados productos o servicios ofertados por EL PROVEEDOR podrán existir restricciones que limiten el acceso a los mismos (incluida la capacidad o velocidad del servicio de acceso a Internet), su utilización o aplicaciones, en cuyo caso se informará en el momento de la contratación en las condiciones de dichos productos o servicios. Así mismo, EL PROVEEDOR podrá disponer de servicios especializados cuyo uso pueda suponer un impacto en el servicio de acceso a internet, en cuyo caso, EL PROVEEDOR informará a los clientes del mismo. La calidad del Servicio, incluida la velocidad de acceso en el acceso a Internet, puede verse afectada por la ejecución de los procedimientos que EL PROVEEDOR tiene dispuestos para medir y gestionar el tráfico a fin de evitar agotar o saturar la red. Además, existen determinados factores relevantes que pueden limitar la velocidad efectiva del servicio de acceso a Internet, y que son ajenos al control por parte de EL PROVEEDOR:
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• Tipo y modelo del equipo de conexión (router/módem/STB u otros dispositivos de conexión) y equipos conectados (ordenador, dispositivos móviles u otros dispositivos conectados) utilizados por el Cliente.
• Longitud y estado del cableado interno en el domicilio del cliente.
• Distancia a la central telefónica.
• Tipo, calidad y estado del cableado desde el domicilio del usuario hasta la central.
• Protocolos de transmisión de datos.
• Ruidos e interferencias externas que puedan afectar a la señal en la central telefónica.
• El acceso al servicio a través de tecnología Wifi.
En cualquier caso, EL PROVEEDOR realizará sus mejores esfuerzos para que el Cliente disponga de la máxima velocidad posible técnicamente con la modalidad del Servicio de Acceso a Internet que le corresponda. En relación con el servicio de acceso a Internet, Orange pone a su disposición a través de
la URL xxxxx://xxxxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx-xxxx/0000-xxxxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx información precisa acerca de la velocidad mínima, disponible normalmente, máxima y anunciada descendente y ascendente. En el caso de que el Cliente tenga alguna reclamación en relación con el Servicio de Acceso a Internet, puede dirigir la misma a Orange conforme a lo indicado en la cláusula 12 de las presentes Condiciones Generales, ello sin perjuicio de cualquier otra vía de reclamación que estime conveniente conforme a la normativa vigente.
34. OBLIGACIONES DEL CLIENTE. El Cliente se compromete a no utilizar el Servicio en contravención
de la normativa vigente, en especial de la relativa a los derechos fundamentales, libertades públicas y propiedad industrial e intelectual. El Cliente será el único responsable frente a EL PROVEEDOR y a terceros de la información contenida en la página Web, de los daños que pueda originar a sus aplicaciones o datos, a los datos o equipos de EL PROVEEDOR, o a los de terceros. El Cliente será responsable frente a cualquier reclamación o acción legal, judicial o extrajudicial, iniciada por terceras personas tanto contra el propio Cliente como contra EL PROVEEDOR basadas en las aplicaciones o contenidos del Cliente alojados en el Servidor/es compartido/s, asumiendo éste cuantos gastos, costes y perjuicios sean irrogados a EL PROVEEDOR con motivo de tales reclamaciones o acciones legales. EL PROVEEDOR se reserva el derecho a interrumpir el Servicio contratado por el Cliente, notificándoselo por escrito, en caso de divulgar, transmitir o alojar en el/los Servidor/es compartidos cualquier tipo de información que EL PROVEEDOR considere ilegal, abusiva, difamatoria, ofensiva, o pornográfica, en caso de desarrollar a través del Servidor/es, o en relación con el/los mismo/s, cualquier práctica o comportamiento contrario a las normas comúnmente aceptadas como respetuosas, así como en el caso de que el Cliente, a través del Servidor/es compartido/s, publique o distribuya cualquier información o software que contenga virus, manipulación ilegal de software, violaciones de Copyright y marcas comerciales o contrabando ilegal, realice Spam, y en general cualquier actividad que suponga una violación de las disposiciones legales vigentes, o pueda repercutir en el correcto funcionamiento de la Plataforma de EL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR adoptará las medidas precisas cuando así le sea exigido por orden de la autoridad judicial o administrativa competente, así como podrá poner en conocimiento de las autoridades competentes aquellos hechos que puedan considerarse ilegales de acuerdo con la legislación vigente. El Cliente será el único responsable de las consecuencias que deriven del alojamiento de la información en la Plataforma de EL PROVEEDOR. Si el Cliente tiene cualquier indicio de que existe una violación o uso inapropiado
de la información alojada en los servidores de EL PROVEEDOR, o un fallo de seguridad de cualquier índole, deberá notificarlo de inmediato a EL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR no prestará Servicio de soporte técnico relativo a la configuración del software instalado en su propio ordenador, programación o desarrollo de scripts o páginas ASP o diseño de bases de datos. EL PROVEEDOR no se responsabiliza, en el caso de traspasos de ADSL desde otro proveedor, de las posibles penalizaciones que el Cliente pueda incurrir por incumplimiento del Contrato del Servicio ADSL suscrito entre el Cliente y el otro proveedor.
35. OBLIGACIONES DE EL PROVEEDOR. Se entiende por avería cualquier interrupción de Servicio, o mal funcionamiento del Servicio, o variación respecto de lo descrito en dicha Oferta Comercial. En caso de que exista o se detecten posibles indicios de avería, EL PROVEEDOR comprobará si efectivamente existe avería y, en ese caso, asegurará la restitución del Servicio. Para ello podrá actuar remotamente o acceder hasta las instalaciones del Cliente, únicamente en el caso de que EL PROVEEDOR lo considere necesario, para actuar sobre algún elemento de la red ubicado en el tramo comprendido hasta el PTR. En el caso de que en el curso de una intervención en que se realice un acceso a las instalaciones del Cliente, se demuestre fehacientemente que la causa de la avería está producida por una manipulación indebida de los equipos de EL PROVEEDOR por parte del Cliente, o bien que no existe avería, EL PROVEEDOR se reserva el derecho de repercutir al Cliente los costes incurridos por dicha actuación. En cualquier caso, la manipulación indebida de equipos de EL PROVEEDOR por parte del Cliente exime a EL PROVEEDOR de cualquier responsabilidad sobre el Servicio. EL PROVEEDOR proporcionará al Cliente en exclusiva
un identificador y una contraseña personal para que pueda acceder al Servicio y a las aplicaciones alojadas en la Plataforma Informática de EL PROVEEDOR. El Cliente deberá mantener ambas en la más estricta confidencialidad bajo su exclusiva responsabilidad, asumiendo por tanto cuantos daños o consecuencias se pudieran derivar del quebrantamiento o revelación xxx xxxxxxx. El identificador y la
contraseña para acceder al Servicio son exclusivos para el acceso contratado y en el lugar contratado. EL PROVEEDOR será responsable de la guarda y custodia de la Plataforma Informática ubicada en un recinto gestionado por esta compañía y correctamente acondicionado para albergarla. EL PROVEEDOR no será responsable por los daños y perjuicios de cualquier clase que pudieran deberse al conocimiento por parte de terceros de las condiciones, características y circunstancias del uso de Internet por el Cliente o que puedan deberse al acceso y, en su caso, a la interceptación, eliminación, alteración o modificación en cualquier modo de los contenidos y comunicaciones de toda clase que los Clientes transmitan, difundan, almacenen, reciban o accedan a través de los Servicios contratados. EL PROVEEDOR no será responsable de los daños y perjuicios que puedan deberse a la presencia de virus o cualquier elemento lesivo en los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos o a los que se acceda a través de los Servicios contratados. EL PROVEEDOR no se responsabiliza de los fallos en el Servicio que puedan producirse por el funcionamiento de las redes o Servicios de otros operadores distintos a EL PROVEEDOR. En el caso de incidentes de seguridad, amenazas y vulnerabilidad de la red de EL PROVEEDOR o redes interconectadas que puedan afectar a los servicios de comunicaciones electrónicas del Cliente, EL PROVEEDOR tomará las medidas adecuadas para resolver y reducir al mínimo, el impacto que estos incidentes puedan ocasionar al Cliente.
EL PROVEEDOR no puede garantizar el funcionamiento del Servicio en todos los equipos informáticos. EL PROVEEDOR no puede garantizar la instalación del Servicio en todos los casos, ya que la línea del Cliente puede presentar incompatibilidades con el Servicio, esta circunstancia se comunicará al Cliente con la máxima celeridad. En caso del Servicio ADSL no se garantiza la instalación de los Servicios en
los siguientes supuestos de incompatibilidad: Teletarificación mediante impulsos de 12KHz.Hilo musical. Servicio TRAC (Telefonía Rural de Acceso Celular).Líneas de backup de circuitos alquilados y líneas de backup de otros Servicios de datos. Líneas Ibercom (incluidas las líneas de emergencia). Teléfonos de uso público (excepto autotarificados). Líneas RDSI, ya sean básicas o accesos Primarios. Servicio Novacom. Servicio Red Delta. Extensiones de centralitas. En los accesos ADSL con filtrado distribuido, es posible que
al realizar la instalación se detecte la imposibilidad de que ésta se realice con este tipo de filtrado. En tal caso, el Cliente autoriza a EL PROVEEDOR a cambiar la modalidad realizando la instalación con filtrado centralizado con el correspondiente cobro del cargo por instalación de Splitter o filtrado centralizado. El Cliente será responsable del equipo router/módem propiedad de EL PROVEEDOR el cual se le entrega en concepto de cesión, en tanto en cuanto esté en posesión del Cliente, y no añadirá, suprimirá, modificará sus elementos o provocará interferencias en el equipo. El Cliente será responsable ante EL PROVEEDOR de cualquier pérdida o daño del equipo, excepto en el caso de que estos hechos se produzcan debidoa la negligencia de EL PROVEEDOR o de sus representantes. EL PROVEEDOR tendrá derecho a
recobrar la posesión del equipo en caso de: suspensión del Servicio, ya sea a instancia del Cliente o de
EL PROVEEDOR, y finalización del Contrato. Para ello, el Cliente deberá cooperar con EL PROVEEDOR para la recuperación del equipo e indicará, a quien resulte pertinente, que el equipo es propiedad de EL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR únicamente será responsable de la sustitución, reparación, reprogramación o incomunicación provocada por el equipo. El Cliente podrá instalar material de su propiedad, siempre y cuando dicho material cuente con el correspondiente certificado de aceptación, de conformidad con el artículo 57.2 de la Ley General de Telecomunicaciones.
36. EQUIPO DE CONEXIÓN DE ACCESO A INTERNET. El Cliente será responsable del equipo router/módem propiedad de EL PROVEEDOR el cual se le entrega en concepto de cesión, en tanto en cuanto esté en posesión del Cliente, y no añadirá, suprimirá, modificará sus elementos o provocará interferencias en el equipo. El equipo se entrega junto con las instrucciones de uso del fabricante, que recoge las características técnicas del mismo. El Cliente será responsable ante EL PROVEEDOR de cualquier pérdida o daño del equipo, excepto en el caso de que estos hechos se produzcan debido a la negligencia de EL PROVEEDOR o de sus representantes. EL PROVEEDOR tendrá derecho a recobrar la posesión del equipo cualquiera que fuera su causa, el Cliente deberá devolver a EL PROVEEDOR el equipo de conexión de Acceso a Internet, en un plazo máximo de treinta (30) días desde la fecha efectiva de la baja en el Servicio El Cliente deberá entregar los Equipos en perfecto estado, del procedimiento para la devolución del equipo se informará al Cliente mediante comunicación escrita al domicilio facilitado, o bien a través del servicio de Atención al Cliente. En cualquier caso, el procedimiento será gratuito para el Cliente, los gastos de envío del equipo serán a cargo de EL PROVEEDOR si éste se realiza dentro del plazo de treinta días (30) desde la fecha efectiva de la baja en el Servicio. Si el Cliente no devuelve los Equipos en el citado plazo de treinta días (30), o los mismos no se devuelven en condiciones óptimas, debido al mal uso de los mismos imputable al Cliente, EL PROVEEDOR podrá cobrar al Cliente, una vez transcurrido dicho plazo, la cantidad de 69,95 Euros (impuestos indirectos incluidos) en concepto de indemnización por incumplimiento de las obligaciones relacionadas con los Equipos. EL PROVEEDOR únicamente será responsable de la sustitución, reparación, reprogramación o incomunicación provocada por el equipo. El Cliente podrá instalar material de su propiedad, siempre y cuando dicho material cuente con el correspondiente certificado de aceptación, de conformidad con el artículo 57.2 de la Ley General de Telecomunicaciones.
37. SERVICIO WIFI OFFLOAD. El Servicio WiFi Offload proporciona, de forma gratuita, a los clientes de
servicios móviles de EL PROVEEDOR una amplia cobertura WiFi a través de numerosos puntos de acceso situados en todo el territorio nacional. Para ello, el Router WiFi cedido al Cliente, además de proporcionar a éste el servicio de acceso a Internet, servirá de punto de acceso WiFi para todos aquellos terminales compatibles que utilicen servicios móviles de EL PROVEEDOR. Estos terminales accederán, automáticamente, al Servicio WiFi Offload siempre que se encuentren dentro del radio de cobertura de un Router WiFi de EL PROVEEDOR con capacidad para ofrecer dicho Servicio, hasta un máximo de 4 terminales móviles conectados simultáneamente a cada Router. De este modo, el Cliente también podrá beneficiarse gratuitamente de este Servicio, a través de un terminal compatible, en caso de que tenga contratado un servicio móvil de EL PROVEEDOR. El Servicio Wifi Offload utilizará únicamente ancho xx xxxxx no utilizado por el Cliente en su servicio de acceso a Internet y estará disponible solamente en caso de que exista ancho xx xxxxx restante, con absoluta prioridad para el citado servicio de acceso a Internet. Asimismo, las conexiones WiFi configuradas manualmente en cualquier dispositivo móvil serán prioritarias a las conexiones automáticas de WiFi Offload. El Servicio Wifi Offload estará activado por defecto en el Router WiFi del Cliente. El Cliente podrá desactivar el Servicio WiFi Offload en cualquier momento a través del menú de su Router WiFi, así como llamando al servicio de Atención al Cliente.
CONDICIONES DEL SERVICIO DE PORTABILIDAD
38. El Servicio con Línea EL PROVEEDOR incluye, en su caso, la portabilidad del número de teléfono
CLÁUSULAS DE ADQUISICIÓN DE EQUIPOS / TERMINALES OPCIONALES
41. EL PROVEEDOR entregará al Cliente, si este lo solicita, los materiales, Equipos y accesorios (que en adelante se denominarán conjuntamente los “Equipos”) incluidos en el catálogo de productos de EL PROVEEDOR. Los Equipos facilitados por EL PROVEEDOR lo serán en régimen de cesión de uso. El Cliente tendrá derecho a ejercitar la opción de compra de los mismos que otorga el propietario de los
terminales al vencimiento del período de permanencia y siempre que haya abonado la totalidad de las mensualidades o, en su defecto, la correspondiente penalización a EL PROVEEDOR. El Cliente para ejercitar la opción de compra deberá abonar una cantidad adicional que será cobrada por EL PROVEEDOR en nombre del propietario del terminal. Salvo que el Cliente manifieste expresamente su voluntad de no ejercitar la opción de compra en los 15 días previos al vencimiento del período de permanencia, se entenderá que la misma ha sido ejercitada por el Cliente, procediendo EL PROVEEDOR al cobro de la cuota adicional y al ejercicio de dicha opción de compra en nombre del cliente ante el propietario del terminal. Si el cliente manifestase de forma expresa que no desea ejercitar la opción de compra, deberá devolver el terminal a EL PROVEEDOR. El equipo se entrega junto con las instrucciones de uso del fabricante, que recoge las características técnicas del mismo.
42. En la modalidad de cesión de uso, el Cliente se compromete al pago de las cuotas del equipo a EL PROVEEDOR en 24 mensualidades, adquiriendo un compromiso de permanencia por dicho período en el Servicio ADSL. En caso de baja en el servicio ADSL, el Cliente deberá abonar a EL PROVEEDOR, en ese momento, la penalización correspondiente en función del coste del terminal y de las cuotas mensuales ya abonadas relacionadas con el terminal.
43. La adquisición de equipos terminales se podrá realizar a través de EL PROVEEDOR según el procedimiento descrito en este apartado, o bien a través de la compra venta a EL PROVEEDOR mediante el pago de un precio único, o a través de una empresa suministradora de equipos, en este último caso, serán de aplicación las condiciones particulares del Contrato de compraventa del terminal suscrito entre el Cliente y la empresa vendedora.
44. La disponibilidad de equipos y terminales estará sujeta a la existencia de unidades en almacén. En el supuesto de que el equipo solicitado no esté disponible se ofrecerá al Cliente uno de similares características.
45. Con la adquisición de cualquiera de los equipos y terminales de EL PROVEEDOR, el Cliente obtiene una garantía de 2 años contados desde la fecha de entrega, excepto para equipos adquiridos en condiciones Outlet, que dispondrán de 1 año de garantía. Durante el citado plazo, si el equipo sufre una avería que impida su correcto funcionamiento, el Cliente podrá optar entre exigir, de forma gratuita, su reparación o su sustitución por otro igual o de características similares, salvo que una de ellas resulte imposible o desproporcionada. Para ejercer la garantía el Cliente deberá presentar la factura o el albarán de entrega del equipo. No se aceptarán aquellos documentos que hayan sido manipulados o falsificados. El Cliente deberá informar a EL PROVEEDOR de la falta de conformidad en el plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de ella. Esta garantía no cubre la sustitución de piezas o equipos deteriorados como consecuencia del uso normal del mismo, ni los daños producidos durante el transporte del equipo. No será de aplicación la garantía en los siguientes casos:
• Cuando el equipo haya sido manipulado por un servicio de asistencia técnica no autorizado
por EL PROVEEDOR.
• Cuando la falta de conformidad sea consecuencia del uso de accesorios u otros elementos que no sean originales del fabricante.
• Cuando la falta de conformidad sea consecuencia de una instalación incorrecta por parte del Cliente o una manipulación indebida del equipo.
que el Cliente tuviera con su anterior operador de acceso. Con la cumplimentación de la solicitud de Portabilidad, o el otorgamiento del consentimiento a través del proceso de verificación por terceros recogido en la Circular 1/2009 de la CMT, modificada por la Circular 1/2012, el Cliente y el titular de la línea manifiestan al operador donante su deseo de causar baja como Cliente con esta empresa pero conservando su numeración, de tal manera que su nuevo operador de acceso será EL PROVEEDOR. La solicitud de portabilidad o en su caso el otorgamiento del consentimiento a través del proceso de través de verificación por terceros recogido en la Circular 1/2009 de la CMT, modificada por la Circular 1/2012, supone la autorización expresa del titular de la línea a EL PROVEEDOR como operador receptor para realizar en su nombre los trámites necesarios para llevar a cabo la habilitación ante el correspondiente operador donante, previas las oportunas verificaciones sobre la validez de la solicitud y, en su caso, los trámites y comunicaciones de solicitud de habilitación, en la forma legalmente establecida con el operador donante, quien deberá notificar a EL PROVEEDOR el resultado de la correspondiente solicitud. Para ello el titular autoriza a EL PROVEEDOR para que sus datos personales sean transferidos a los operadores involucrados en el proceso de portabilidad.
39. El Cliente podrá indicar el momento deseado para portarse, hasta un máximo de 30 días naturales entre
la fecha de solicitud y la fecha deseada por el Cliente. En caso contrario, el plazo de portabilidad por defecto es de 1 día hábil en general, excepto en aquellos casos donde el cambio de operador implique la provisión o modificación del acceso físico asociado, en cuyo caso el plazo de portabilidad estará incluido y supeditado al de provisión del acceso, o se requiera de un día adicional para la validación de la
46.
• Cuando los daños hayan sido causados por cualquier causa de fuerza mayor.
Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Contrato, EL PROVEEDOR podrá solicitar la constitución de un depósito de garantía, en el momento de la entrega del equipo o durante el plazo de permanencia, cuando: a) el Cliente hubiera dejado impagados uno o varios recibos, en tanto subsista la morosidad, o se retrase de modo reiterado en el pago de los recibos; b) se hubieran contraído deudas por otro/s Contrato/s de abono, vigentes o no, con EL PROVEEDOR o con un tercero; c) exista un riesgo objetivo de fraude, morosidad o de uso ilícito del servicio, por parte del Cliente. El depósito podrá constituirse en efectivo o mediante aval bancario a elección del Cliente. Los depósitos no serán remunerados. El importe del depósito exigido en ningún caso podrá ser superior al coste del equipo. Si el depósito no se constituye, EL PROVEEDOR podrá desestimar la solicitud de contratación, suspender el Servicio y, en su caso, dar de baja al Cliente si no constituye el depósito pasados diez (10) días desde el segundo requerimiento. La devolución del depósito se producirá cuando quede acreditado que en el plazo máximo de un año no ha existido ningún retraso en los pagos por parte del Cliente. El plazo de devolución será de quince (15) días desde el día siguiente a aquél en el que se cumplan las circunstancias recogidas anteriormente. Si el Cliente con deudas pendientes se diera de baja o solicitara cambio de titularidad de su servicio, EL PROVEEDOR podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda pendiente. Los gastos de envío de los equipos y terminales serán los vigentes en cada momento que se encuentren publicados en la página web del PROVEEDOR, xxx.xxxxxxx.xxx que se incluirán en el importe de la factura mensual siguiente al envío. EL PROVEEDOR podrá subvencionar, parcial o totalmente, estos gastos para las altas en el Servicio ADSL.
identidad del Cliente en caso de reventa. El Cliente podrá solicitar, por todos los medios habilitados por
EL PROVEEDOR para la contratación, la cancelación gratuita de la portabilidad, sin coste o penalización alguna para el Cliente, en cualquier momento desde la fecha inicial de la solicitud hasta una hora determinada del día anterior a la ejecución de la portabilidad, sin perjuicio de los costes de gestión e instalación que el servicio conlleve siempre y cuando hubiera comenzado la ejecución del mismo. Tanto la fecha y hora de ejecución prevista de la portabilidad, como la hora límite para su cancelación serán comunicadas oportunamente por EL PROVEEDOR al Cliente. El Cliente podrá consultar el procedimiento de cancelación en xxx.xxxxxxx.xxx.
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40. Los operadores involucrados en el proceso de portabilidad realizarán las actuaciones necesarias para llevar a cabo el traspaso de la línea telefónica en el horario escogido por el Cliente. Durante este periodo el Abonado acepta la posible interrupción o limitación en la prestación del Servicio durante el tiempo mínimo indispensable para realizar los trabajos de cambio de operador, y que legalmente se encuentra establecido como máximo en tres (3) horas. No obstante, dicho horario podrá ser modificado en función de la disponibilidad del operador donante, sin que en ningún caso EL PROVEEDOR se haga responsable de los posibles retrasos en que pudiese incurrir el operador donante. EL PROVEEDOR comunicará al Cliente la fecha y horario definitivos para el cambio de operador. En todo caso EL PROVEEDOR no será responsable del incumplimiento por parte de los operadores implicados de sus obligaciones legales en relación con la portabilidad. No obstante lo anterior, EL PROVEEDOR realizará sus mejores esfuerzos y averiguaciones para poner en conocimiento del usuario tal circunstancia y sus implicaciones. Para aquellos supuestos en que cursada y activada la solicitud de portabilidad, se originaran por causas ajenas y/o no imputables a EL PROVEEDOR, perturbaciones en la prestación del Servicio telefónico tales como la no recepción de llamadas por el Titular o la entrega incorrecta de las llamadas efectuadas por el mismo, y en particular cuando las mismas fueran debidas a la no adecuación, conforme a la legislación vigente, de las redes de terceros operadores involucrados en el proceso de portabilidad, EL PROVEEDOR quedará exonerada de cuantas responsabilidades de todo tipo pudieran derivarse al respecto. Sin perjuicio de ello, EL PROVEEDOR realizará sus mejores esfuerzos con objeto de averiguar y poner en conocimiento del Titular el origen de tales perturbaciones respecto a la prestación del Servicio telefónico contratado.
CONDICIONES DE DEVOLUCIÓN DE EQUIPOS / TERMINALES
47. En las contrataciones a distancia o fuera del establecimiento mercantil de EL PROVEEDOR, el Cliente podrá ejercitar su derecho de desistimiento en un plazo de 14 días naturales desde la fecha de celebración del contrato, sin penalización alguna, enviando al Servicio de Atención al Cliente el Documento de Desistimiento debidamente cumplimentado y devolviendo a EL PROVEEDOR los equipos entregados en las siguientes condiciones:
• Que los equipos se encuentren en perfecto estado.
• Que el Cliente entregue la totalidad del material entregado por EL PROVEEDOR en su embalaje original, incluyendo todos los accesorios y documentación entregados.
• Que el número de serie de los equipos coincida con el número de serie que aparece en la caja.