Contract
XXXXXXXX Xx. | 000 - 0000. |
CLASE DE CONTRATO | PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX Xxxxxxx (X) |
XXXXXXXXXXX | XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX X.X. Xx.0.000.000.000 xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx 00 Xx.00 – 00, Xxxx. 000 Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Celular 314 - 0000000 |
OBJETO | “PRESTACION DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO TECNICO, PREVENTIVO Y CORRECTIVO SIN REPUESTOS A LOS EQUIPOS BIOMEDICOS, DE PROPIEDAD DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. PARA LA VIGENCIA 2017.” |
PLAZO DE EJECUCION | Desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de dos mil diecisiete (2.017). |
VALOR | DOCE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($12.600.000,oo) M/CTE. IVA incluido. |
Entre los suscritos a saber, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, mayor de edad y vecina del municipio de Contratación, departamento xx Xxxxxxxxx, identificada con la cédula de ciudadanía No.37.751.354 de Bucaramanga - Santander, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente encargada, según Resolución número No. 2589 de Julio 15 de 2015, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, y Acta de Posesión de fecha Julio 21 de 2015, autorizada para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo 05 de 30 xx xxxx de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE por una parte y por la otra, XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, identificado con cedula de ciudadanía No.1.098.726.291 expedida en Bucaramanga Santander, Ingeniero Biomédico de la Universidad Xxxxxx Xxxxxxx, con Acta de Grado No.057 del 25 de Octubre de 2013, portador de la Tarjeta Profesional No.68244-264850 STD, Registro INVIMA RH-201508- 458, Especialista en Gerencia de Proyectos de la Corporación Universitaria Minuto de Dios y quien afirma hallarse legalmente capacitado, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E. y demás normas aplicables a la materia y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido suscribir el presente contrato, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que existe estudio de
análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por la Encargada de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 2) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.1.2 del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, y teniendo en cuenta que se trata de contratar la prestación de servicios de mantenimiento técnico, preventivo y correctivo sin repuestos a los equipos biomédicos de propiedad del Sanatorio de Contratación E.S.E. y cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “PARA CELEBRAR CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, DE SALUD Y DE APOYO A LA
GESTIÓN”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a un proveedor que cumpla los requisitos exigidos en el estudio previo, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 3) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.17-00091 de fecha Febrero 22 de 2017, expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. 4) Que por lo anterior se invitó a presentar oferta de manera directa a al señor XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, identificado con cedula de ciudadanía No.1.098.726.291 expedida en Bucaramanga Santander, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró que era la más adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos, además que es la más económica y no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 5) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato de prestación de servicios, el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLAUSULA PRIMERA. OBJETO: “PRESTACION DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO TECNICO, PREVENTIVO Y CORRECTIVO SIN REPUESTOS A LOS EQUIPOS BIOMEDICOS, DE PROPIEDAD DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. PARA LA VIGENCIA 2017.” de conformidad
con lo dispuesto en los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato. CLAUSULA SEGUNDA. VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de DOCE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($12.600.000,oo) M/CTE. IVA incluido. Forma de pago: Se cancelará mediante nueve
(09) pagos parciales iguales, por mensualidades vencidas, cada uno por valor de UN MILLON CUATROSCIENTOS MIL PESOS ($1.400.000.oo) M/CTE. correspondientes a los meses xx Xxxxx, Mayo, Xxxxx Xxxxx, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2017 respectivamente. Previa presentación del informe de actividades del periodo a facturar, factura o cuenta de cobro, certificación de los supervisores designados por la Gerencia y soportes de Pago de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ellos hubiere lugar. CLAUSULA TERCERA. PLAZO DEL CONTRATO: Desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil diecisiete (2.017). CLAUSULA CUARTA. DECLARACIÓN DEL
CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA. OBLIGACIONES DEL SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E.:
a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido. b) Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los Equipos Biomédicos del sanatorio de Contratación E.S.E. c) Elaborar el plan de Mantenimiento Hospitalario del Sanatorio de Contratación E.S.E. para la vigencia 2017. d) Elaborar y actualizar el inventario de los Equipos Biomédicos de manera digital y de fácil acceso. e) Elaborar la base de datos de los equipos Biomédicos existentes en la Entidad clasificándolos por el riesgo, marca, modelo, serial y demás datos necesarios. f) Actualizar las hojas de vida de los Equipos Biomédicos de manera física y digital. g) Elaborar y presentar el cronograma y plan de mantenimiento preventivo y correctivo de los Equipos Biomédicos de manera física y digital. h) Apoyar en la inscripción ante el INVIMA para el programa de Tecno- vigilancia del Sanatorio de Contratación E.S.E. I) Apoyar en la Implementación del programa institucional de Tecno- vigilancia y creación del manual de tecno- vigilancia. j) Elaborar el protocolo de adquisición y disposición final de los equipos biomédicos. k) Apoyar en la realización de los protocolos, procedimientos para dar de baja equipos que ya cumplieron su vida útil. l) Prestar apoyo en la elaboración del protocolo de limpieza y desinfección de los Equipos Biomédicos. m) Xxxxxxx apoyo y asesoría para la formulación de la compra de sustancias químicas para el proceso de limpieza y desinfección de los equipos Biomédicos y así mismo brindar capacitación al personal asistencial y Trabajadores Oficiales para el buen manejo de dichas sustancias químicas. n) Realizar capacitación Bimensual al personal asistencial (médicos, auxiliares de enfermería, bacteriólogo, fisioterapeuta, odontóloga, auxiliar de odontología, y auxiliares de fisioterapia), que manipula los equipos biomédicos de la institución y retroalimentación, cuando fuere necesario al personal nuevo asistencial en el manejo de los equipos biomédicos y aquellos que cambian de área en la manipulación de equipos biomédicos presentando informe de actividades de capacitación y planillas de asistencia. o) Asistir o estar dispuesto mediante comunicación electrónica, telefónica en eventos que se requieran de forma extraordinaria en ocasión de un mantenimiento correctivo o de brindar las instrucciones para el buen funcionamiento de un equipo prioritario en los servicios de la entidad. p) Ejecución del Plan anual de mantenimiento preventivo del equipo biomédico por parte del CONTRATISTA, con dos visitas mensuales, es decir, asistir dos (2) días cada quince (15) días al Sanatorio de Contratación E.S.E. q) Entrega de informes y reportes mensuales de acciones preventivas y de avance del Plan de Mantenimiento y los
lineamientos establecidos por el Sistema de Gestión de la Calidad y por el INVIMA del Sanatorio de Contratación E.S.E. r) Entrega de Informes trimestrales y anual al INVIMA relacionado con el uso de la tecnología Biomédica. s) Estar al día con el pago de la seguridad social (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar.
t) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume EL CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2017, Rubro 1028 Servicios Personales Indirectos– Remuneración Servicios Técnicos, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.17- 00091 de fecha Febrero 22 de 2017, expedido por el Encargado de Presupuesto de la entidad. CLAUSULA OCTAVA. SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de Prestación de Servicios será efectuada por la Encargada de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., quien tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA. SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA. GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 numeral 2, y concordantes del manual interno de contratación de la entidad, teniendo en cuenta que se trata de contratar la prestación de servicios para el mantenimiento hospitalario, se considera necesario y oportuno exigir al CONTRATISTA la constitución a su xxxxx y a favor del Sanatorio de Contratación E.S.E., garantías únicas que amparen los siguientes riesgos:
a) Cumplimiento del contrato: para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacte en el contrato; por una cuantía mínima del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y una vigencia igual a la del plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los servicios prestados: Este amparo cubre al Sanatorio de Contratación E.S.E por los perjuicios derivados de la deficiente calidad del servicio prestado; por una cuantía mínima del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y una vigencia igual a la del plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA. CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA. CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante.
CLAUSULA DÉCIMO TERCERA. CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las
causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA. DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE
EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL
CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA. CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA
mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO. Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con las firmas de los de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. la constitución y aprobación de las Garantías exigidas y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos (02) ejemplares del mismo tenor y valor, a los tres (03) días del mes xx Xxxxx del año dos mil diecisiete (2017).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Gerente (E) C.C. No.1.098.726.291 de Bucaramanga.
Sanatorio Contratación E.S.E. Contratista.
Proyectó: | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Asesor Jurídico Interno. |