CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
CORREDORES VIALES S.A.
Nombre de la Empresa contratante
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: Compulsa de Precios | Nº: 18 | Año: 2021 |
Objeto de la contratación: Adquisición e instalación de doce (12) puntos de acceso inalámbrico Wifi en el Edificio de Administración Riccheri – Tramo IX. |
CONSULTAS AL PLIEGO
Lugar / Dirección | Plazo y horario |
Hasta el día 03 de noviembre de 2021 a las 16:00 horas. |
PRESENTACION DE OFERTAS
Lugar / Dirección | Plazo y horario |
Hasta el día 09 de noviembre de 2021 a las 13:30 horas. |
APERTURA DE OFERTAS
Lugar / Dirección | Plazo y horario |
Quien desee presenciar el acto de apertura deberá dar un aviso con 24hs de anticipación al mail xxxxxxx@xxxx.xxx.xx, por dicho medio se notificará el link de acceso. | El día 09 de noviembre de 2021 a las 14:00 horas. |
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BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1: OBJETO.
La presente Compulsa de Precios tiene por objeto la adquisición e instalación de DOCE (12) puntos de acceso inalámbricos Wifi para el Edificio de Administración Riccheri – Tramo IX para Corredores Viales
S.A en un todo de acuerdo con las presentes Bases y Condiciones Particulares (en adelante Bases), las Especificaciones Técnicas y demás documentos que rigen la contratación.
ARTÍCULO 2: RÉGIMEN JURÍDICO.
Las presentes Bases y Condiciones Particulares (BCP) se encuentran en consonancia y deberá considerarse complementario de las estipulaciones previstas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (PBCG xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx), las Especificaciones Técnicas (ET), el Reglamento General Contrataciones de CORREDORES VIALES S.A. (RGC), y demás documentos que formen o integren el presente llamado, como así también la orden de compra correspondiente. Las disposiciones del PUBCG que no sean especificadas, modificadas o aclaradas por este documento ni por las Especificaciones Técnicas (ET), deberán ser cumplidas en los términos allí establecidos
Asimismo, la presente contratación se regirá en cuanto a su diseño, selección, adjudicación, efectos y extinción por las disposiciones del Decreto N°794/17, su modificatorio N°223/18, el Estatuto Social aprobado por el Artículo 3° del Decreto N° 794/17, la Ley de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores N°27.437 y su reglamentación, el RGC aprobado en la Reunión de Directorio de fecha 29/04/2021 plasmada en Acta de Directorio N°76, por los Decretos 659/2019, 779/2020 y 1036/2020 de fechas 30/09/2019, 30/9/2020 y 22/12/2020, y por las disposiciones de los contratos de concesión celebrados con fechas 31/01/2020, 30/10/2020 y 23/12/2020 entre el MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS y CORREDORES VIALES S.A
En todo lo no expresamente previsto resultarán de aplicación supletoria las normas de las leyes especiales que regulen el objeto del contrato y las normas y principios del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN) (cfr: Artículos 962 y 963 CCyCN), los Lineamientos de Buen Gobierno en Empresas de Mayoría Estatal establecidos por la Decisión Administrativa N° 85/18 y los criterios dictados por la doctrina que surge de los dictámenes de la PROCURACIÓN XXX XXXXXX DE LA NACIÓN.
La presente enumeración sirve de orden de prelación para su integración e interpretación, bajo la regla de que todos ellos se entenderán complementarios entre sí y recíprocamente explicativos, primando en los documentos que integren cada contratación las disposiciones de carácter particular sobre las de carácter general.
Serán también de aplicación los controles que resulten pertinentes por imperio de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y Control del Sector Público Nacional.
ARTÍCULO 3: PRESUPUESTO Y MODALIDAD CONTRACTUAL.
El presupuesto estimado para la presente contratación asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL NOVECIENTOS NUEVE CON VEINTICOHO CENTAVOS (USD
10.909,28) con más el Impuesto al Valor Agregado que pudiere corresponder.
La contratación se realizará bajo la modalidad de Llave en Mano, conforme lo dispuesto en el artículo 65 del Reglamento General de Contrataciones.
ARTÍCULO 4: ZONA DE TRABAJOS Y ENTREGA DE BIENES.
Los trabajos y los bienes deberán realizarse y ser entregados con todas sus partes correspondientes, debidamente embalados a fin de evitar deterioros en la carga, descarga, traslado y almacenamiento de los mismos, en AU. TTE. GRAL XXXXX XXXXXXXX Y AVENIDA GRAL SAN XXXXXX - Km 15,80
(Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx)- XX 0000 - XXXXXX XXXXX.
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ARTÍCULO 5: PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
Las ofertas deberán presentarse en el lugar y hasta el día y hora que determine CORREDORES VIALES S.A. en la convocatoria.
Será rechazada sin más trámite la oferta presentada fuera de término, aun cuando el acto de apertura de ofertas no hubiera tenido lugar en esa fecha o hubiere comenzado con demora respecto de la hora fijada al efecto. La postergación del acto de apertura sólo habilitará la presentación de nuevas ofertas cuando así se establezca expresamente en la decisión que adopte la postergación.
La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen este procedimiento de selección. En consecuencia, no será necesario acompañar estas Bases firmado junto con la oferta.
xxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx
Se deberán incluir firmados y en formato PDF toda la documentación indicada en el artículo “CONTENIDO DE LA OFERTA”. En caso de que CORREDORES VIALES S.A. lo estime
necesario, podrá solicitar en cualquier momento de la evaluación la presentación de la
documentación original en soporte físico a fin de constatar la misma. ARTÍCULO 6: CONTENIDO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán dar cumplimiento a los requisitos exigidos en el Artículo 17 del PUBCG, bajo las siguientes aclaraciones y agregados:
Requisitos Económicos:
a) Anexo I - Planilla de cotización.
Requisitos Administrativos:
b) Anexo II – Declaración jurada de datos básicos.
c) Anexo III - Declaración jurada de no poseer deuda exigible.
d) Anexo IV - Declaraciones Juradas según el Artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios de CORREDORES VIALES S.A.
e) Anexo V - Declaración Jurada en la cual declara conocer y aceptar el Código de ética y el Protocolo de integridad de CORREDORES VIALES S.A., obtenibles a través de la página web: xxxxx://xxxx.xxx.xx/xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx
f) Anexo VI – Declaración Jurada de Intereses - Decreto N° 202/17: A los fines de completar la mencionada Declaración, el cuadro con los nombres y cargos de los funcionarios con competencia para decidir en el presente procedimiento son:
AUTORIDAD | CARGO | DNI |
XXXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxx | Presidente | 00.000.000 |
XXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxxx | Vicepresidente | 00.000.000 |
XXXXX, Xxxx Xxxxxxxxx | Director Titular | 21.904.515 |
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XXXXXXXX, Xxxxxx Xxxxxx | Directora | 34.245.657 |
XXXXX, Xxxxxx | Gerente General | 26.345.696 |
XXXXxX, Xxxxxx Xxxxxxx | Gerente de Administración y Finanzas | 14.958.839 |
g) Antigüedad. Los oferentes deberán acreditar una antigüedad en el rubro mayor a CINCO (5) años contados desde la fecha de apertura de ofertas. Serán desestimadas las ofertas que no cumplan con el presente requisito.
h) Anexo VII – Antecedentes. Los oferentes deberán acompañar un listado con un mínimo de TRES (3) antecedentes a fin de acreditar experiencia en la prestación del servicio solicitado, ejecutado con autoridades públicas o concesionarios privados, dentro de los últimos DOS (2) años, contabilizados desde la fecha de apertura, con sus respectivas facturas u órdenes de compra que lo avalen.
CORREDORES VIALES S.A. podrá comunicarse con el representante que se indique a los fines de constatar las referencias correspondientes.
A los fines de verificar la idoneidad del oferente, CORREDORES VIALES S.A. podrá compulsar que exista correspondencia del objeto social del o los oferentes con el objeto del servicio que se requiere por la presente.
En el caso de las Uniones Transitorias (UT) cada una de las firmas integrantes deberán acreditar este requisito.
i) Anexo VIII - Declaración Jurada de Habilidad y Elegibilidad para la Contratación de Bienes y Servicios.
j) Anexo IX - Declaración Jurada de Contenido Nacional: La presente contratación está alcanzada por las prescripciones de la Ley de “Compre Trabajo Argentino” N° 27.437 y la Ley Nº 18.875, por lo cual el oferente deberá manifestar, con carácter de declaración jurada que, con su oferta cumplimenta dicha normativa. La falta de presentación de la declaración jurada requerida en el párrafo precedente hará presumir que su oferta no califica como “Oferta Nacional”.
k) Constancia de inscripción ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) donde se acredite la actividad que desarrolla y, cuando corresponda, certificación de condición como "Agente de Retención" y/o certificado de exclusión de retención (Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a las Ganancias, Sistema Único de Seguridad Social- SUSS).
l) Constancia de web de AFIP (cuentas tributarias) que corrobore no posee deuda exigible en concepto obligaciones tributarias y previsional, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
Para ello deberá ingresar a AFIP:
1. Sistemas Cuentas Tributarias
1.1. Expandir menú
1.1.1. Cuenta Corriente
1.1.1.1. Detalle de Deuda Consolidada
1.1.1.1.1. Consulta Deuda Proveedores del Estado 1.1.1.1.1.1. Siguiente
m) Documentación o poder suficiente que acredite la personería legal de la firma y de quien efectúa la presentación de la propuesta en nombre de la misma.
Las personas humanas deberán presentar:
- Copia del Documento Nacional de Identidad.
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- Constancia que acredite estar registradas en los organismos impositivos y previsionales nacionales, debiendo acompañar las constancias correspondientes y los certificados de libre deuda expedidos por los organismos pertinentes.
Las personas jurídicas deberán presentar:
- Acta constitutiva y estatuto o contrato social, según corresponda, inscriptos en el registro u órgano de contralor respectivo con su correspondiente número de inscripción, debiendo encuadrarse en las leyes correspondientes a la entidad que se trate.
- Acreditar la personería y ejercicio de su representación legal.
Sociedades Colectivas, de Responsabilidad Limitada y en Comandita Simple: copia certificada y legalizada, en su caso, de la última modificación del Contrato Social donde conste la designación de el o los socios administradores, gerentes o comanditados que ejercen dicha representación y su carácter de individual, conjunta o indistinta.
Sociedades de Hecho: copia certificada y legalizada del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los integrantes de la Sociedad. Asimismo, se deberán adjuntar las constancias correspondientes y los certificados de libre deuda expedidos por los organismos impositivos y previsionales nacionales. Deberán especificar en su primera presentación, la designación de/los socios/s que se erijan como representantes de la Sociedad en el presente procedimiento de contratación.
Sociedades por Acciones: copia certificada y legalizada, en su caso, del acta de asamblea inscripta en el organismo de contralor correspondiente, por la que se designe al Directorio de conformidad a las disposiciones estatutarias y el acta de directorio con la distribución de cargos correspondiente.
Entidades Cooperativas: copia certificada y legalizada, en su caso, del acta de designación del consejo de administración o de los gerentes con funciones ejecutivas, si los hubiere.
n) Certificado negativo de deuda alimentaria: Deberá presentarse un certificado negativo vigente expedido por el Registro de Deudores Alimentarios de la jurisdicción correspondiente. Se informa a todos los oferentes que poseer el certificado negativo resulta de carácter obligatorio.
Deberá tenerse en cuenta que, para el caso de sociedades, deberán acompañarlo las personas que se detallan a continuación:
I) Las sociedades comerciales deberán acompañar certificado respecto de todas las personas integrantes de sus órganos de administración y de sus órganos de gobierno;
II) En las Uniones Transitorias (UTs), deberá acompañarse certificado respecto de las personas integrantes de los órganos de administración y de gobierno de cada sociedad que la conforme.
III) En las sociedades unipersonales/personas humanas deberá acompañar el certificado la persona titular de la misma.
ARTÍCULO 7: FORMA DE COTIZACION.
La cotización deberá realizarse en DÓLARES ESTADOUNIDENSES, utilizando la Planilla de Cotización que se adjunta al presente como Anexo I a tales efectos y cumpliendo con las previsiones del artículo 12 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
El oferente deberá cotizar el único renglón que integra el presente llamado.
Se deberá cotizar el renglón completo, no pudiéndolo hacer parcialmente.
La cotización parcial del renglón será causal suficiente para la desestimación de la oferta.
Los precios cotizados no deberán contener el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). La oferta deberá estar firmada y escaneada.
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Se entenderá que antes de presentar su oferta, el oferente se ha asegurado que su cotización cubrirá todas las obligaciones emergentes del contrato, en consecuencia, se encuentran incluidas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta.
El precio total cotizado en la Planilla de Cotización, será el precio final que pagará CORREDORES VIALES S.A. por todo concepto a excepción del IVA.
ARTICULO 8: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El plazo de mantenimiento de oferta se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial y así sucesivamente, salvo que el respectivo oferente manifestare en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos respectodel vencimiento de cada plazo sucesivo, en cuyo caso se dará por fenecida la oferta a partir de la fecha de su vencimiento y se le restituirá la garantía respectiva. No obstante, el plazo de mantenimiento de oferta prorrogado en forma automática por períodos consecutivos no podrá exceder de SEIS (6) meses contados a partir de la fecha del acto de apertura.
El oferente podrá manifestar válidamente en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos. Si el oferente en la nota o correo electrónico por el cual manifestara que no mantendrá su oferta indicaraexpresamente desde qué fecha retira la oferta, CORREDORES VIALES S.A. la tendrá por retirada en la fecha así expresada; si no indicara fecha se considerará que retira la oferta desde la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta dentro del plazo fijado a ese efecto quedará excluido del procedimiento de selección sin pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta; si por el contrario manifestara su voluntad de retirar su oferta fuera del plazo hábil para realizar tal manifestación o no cumpliera los plazos de mantenimiento quedará excluido del procedimiento y se le ejecutará la garantía respectiva.
Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de las ofertas – adjudicadas y aptas no adjudicadas, se tendrá por renovado por hasta DIEZ (10) días hábiles adicionales a los efectos del perfeccionamiento del contrato objeto del procedimiento. Vencido esteplazo sin que se hubiese perfeccionado por causas no imputables al adjudicatario, éste y los titulares de las demás ofertas aptas no adjudicadas podrán desistir sin consecuencias de sus respectivos mantenimientos de oferta.
ARTÍCULO 9: ADJUDICACIÓN.
La adjudicación recaerá sobre la oferta más conveniente para CORREDORES VIALES S.A. y procederá aun cuando se hubiera presentado una sola oferta.
La adjudicación se realizará a un único prestador por el ÚNICO RENGLÓN.
ARTÍCULO 10: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto total del mismo, dentro de los TRES (3) días de notificada la Orden de Compra.
La garantía deberá ser constituida en la misma moneda en que se hubiera hecho la oferta, de acuerdo a lo indicado en el Punto “Formas de Garantías” de las presentes Bases.
Deberá será entregada en xxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Vencido el plazo el Departamento de Compras podrá intimarlo para que la presente, otorgándole un nuevo plazo igual al original, y en caso en que no la integre en dicho plazo se rescindirá el contratoy se
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lo intimará al pago del importe equivalente al valor de la mencionada garantía. CORREDORES VIALES
S.A. podrá optar por perfeccionar el contrato con el oferente que hubiere seguido como segundo en el orden de mérito del Acta de Preadjudicación, y así sucesivamente hasta lograr dichoperfeccionamiento, o por declarar fracasada la contratación, a su sólo juicio.
ARTÍCULO 11: FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS.
Las garantías podrán constituirse mediante alguna de las siguientes formas, a elección del proveedor sin que resulte admisible la combinación entre ellas:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de CORREDORES VIALES S.A., o giro postal o bancario;
b) Con cheque certificado contra y una entidad bancaria, el que será depositado por CORREDORES VIALES S.A. dentro del plazo de validez de dicha certificación;
c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL con posterioridad al 31 de diciembre de 2001. Los mismos serán depositados en el BANCO DE LA NACIÒN ARGENTINA a la orden de CORREDORES VIALES S.A. e identificando el procedimiento de selección al que acceden. El monto a garantizar se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos en la Bolsa o Mercado correspondiente al cierre del día hábil anteriora la constitución de la garantía, sin considerar los intereses a devengar durante el período garantizado. Se formulará cargo al garante por los gastos que ocasione la eventual ejecución de esta garantía. SI resultare un excedente de la realización de los títulos como consecuencia de la ejecución de la garantía quedará sujeto a las previsiones que rigen la devolución de garantías.
d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de CORREDORES VIALES S.A., constituyéndose el
fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
e) Con garantías bancarias a primer requerimiento o seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÒN, extendidas a favor de CORREDORES VIALES S.A. y cuyas cláusulas se ajusten al modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación, la empresa podrá solicitar la sustitución de la compañía de seguros cuando durante el transcurso del procedimiento de selección o la ejecución del contrato la aseguradora deje de cumplir los requisitos o calificaciones exigibles, a juicio de CORREDORES VIALES S.A.
Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección.
ARTÍCULO 12: LUGAR DE PRESTACIÓN Y PLAZO DE EJECUCIÓN.
Los trabajos se realizarán en el Edificio de Administración xx Xxxxxxxx, Provincia de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Técnicas.
Deberán ejecutarse dentro de los SESENTA (60) días corridos a contar a partir del primer día posterior a la notificación de la Orden de Compra.
ARTÍCULO 13: SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
Las actividades de supervisión del contrato serán realizadas por la Gerencia de Innovación, Planificación y Control, quien intervendrá en todas las cuestiones concernientes a la ejecución del servicio y verificará el cumplimiento de los plazos y demás obligaciones contractuales.
ARTÍCULO 14: REPRESENT ANTE DEL COCONTRATANTE.
El cocontratante deberá designar un Representante Técnico, quien actuará en carácter de responsable técnico del cocontratante ejerciendo el control permanente del cumplimiento de los aspectos técnicos, reglamentarios, legales y administrativos que rijan la actividad.
Toda instrucción, orden, norma, etc., que la Supervisión imparta al Representante Técnico será considerada como recibida por el cocontratante. La incomparecencia del Representante Técnico o su
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negativa a la firma de documentos, notas y actas, inhabilitará al cocontratante para los reclamos inherentes a la operación realizada.
El control de los trabajos por CORREDORES VIALES S.A. no disminuirá de ningún modo y en ningún caso la responsabilidad del cocontratante quien será responsable por toda omisión, accidentes, daños, contratiempos y la utilización de materiales, enseres, marcas, nombre y otros elementos.
ARTÍCULO 15: COMUNICACIONES.
Todas las comunicaciones entre la Supervisión y el cocontratante se realizarán únicamente por correo electrónico. A tal fin, dentro de los DOS (2) días hábiles posteriores al perfeccionamiento de la orden de compra, el cocontratante informará a la Supervisión el correo electrónico propuesto a efectos de documentar las comunicaciones, órdenes, instrucciones y/u observaciones referidas a la ejecución de la orden de compra que disponga la Supervisión; asimismo, se cursarán por la misma vía las solicitudes del cocontratante, al correo electrónico definido por la Supervisión a esos fines.
A todos los efectos se considerarán como transmitidas oficialmente las notas que de esta manera se cursen.
ARTÍCULO 16: PERSONAL DEL COCONTRATANTE.
El cocontratante deberá contar con el personal idóneo para la realización del objeto de la presente compulsa y deberá cumplir con las normas vigentes en materia de higiene y seguridad en el trabajo, sean estas de carácter nacional, provincial, municipal o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (adecuación Decreto N° 351/79 y Ley de Higiene y Seguridad de Trabajo Nº 19.587).
El cocontratante proveerá la ropa y dispositivos de seguridad adecuados, de acuerdo con el tipo de actividad que demande el trabajo.
La Supervisión tendrá la facultad de exigir el retiro definitivo del lugar de trabajo del personal del cocontratante que no respete estrictamente las normas de seguridad, en cuanto al no uso de los elementos de protección necesarios y reglamentarios, como así también de aquel que realice en forma irresponsable y riesgosa su trabajo.
El personal afectado al servicio deberá poseer la indumentaria adecuada a las tareas que realiza, cumpliendo con la normativa vigente en la materia, y contar con identificación visible de la empresa cocontratante.
Asimismo, la totalidad del personal estará bajo exclusivo cargo y responsabilidad del cocontratante, como así también los sueldos, las cargas sociales, seguros, beneficios y otras obligaciones que existan o pudieran surgir durante la vigencia del contrato y deberá contar con la documentación legal correspondiente a la actividad que se realiza. En tal sentido, el personal utilizado por el cocontratante para prestar el servicio, no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con CORREDORES VIALES S.A., siendo por cuenta del cocontratante todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado.
Queda bajo exclusiva responsabilidad del cocontratante, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con el servicio, como asimismo del cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del contrato, sin excepción.
El cocontratante ejecutará los trabajos contratados de modo que los mismos resulten completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere de las especificaciones y de los demás documentos del contrato, aunque los mismos no mencionen todos los detalles necesarios al efecto, sin que xxxxxxx tenga derecho al cobro de adicional alguno y responderá de los defectos que puedan producirse durante la ejecución de los mismos y hasta la conformidad definitiva.
El cocontratante será, en todos los casos, responsable de los daños y perjuicios ocasionados por el
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dolo, la impericia y/o negligencia de sus agentes u obreros.
Asimismo, deberá tomar todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar robos o deterioro de sus materiales, instalaciones, maquinarias, estructuras u otros bienes ya sean propios, de terceros o del ESTADO, como así también, a fin de evitar daños a su personal, al de CORREDORES VIALES S.A. y a terceros vinculados o no con la ejecución de las prestaciones, a las propiedades e instalaciones de CORREDORES VIALES S.A. o de terceros, sea que tales daños provengan de la acción de su personal, de elementos instalados o de causas eventuales teniendo, además, a su cargo la reparación de eventuales robos y/o daños materiales a los bienes de propiedad de CORREDORES VIALES S.A. o de terceros y de los ocasionados al personal de CORREDORES VIALES S.A. o a terceros.
El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrán por cuenta del cocontratante. Estas responsabilidades subsistirán hasta la conclusión de los compromisos contractuales. El cocontratante responderá por todos los daños que produzca a las personas, bienes o instalaciones de CORREDORES VIALES S.A. o terceros, para ello deberá presentar la póliza de seguro correspondiente.
El cocontratante deberá contratar en forma obligatoria un Seguro de Vida obligatorio para el personal a su cargo en los lugares donde se desarrollarán los servicios, según las condiciones quesobre este riesgo prevé el Decreto N° 1567/74 y un Seguro de Riesgos del trabajo en un todo de acuerdo a lo previsto por la Ley sobre Riesgos del Trabajo Nº 24.557. Las condiciones de cobertura deberán ser las que prevé la citada Ley. La póliza de A.R.T. deberá incluir “cláusula de no repetición” a favor de CORREDORES VIALES S.A.
CORREDORES VIALES S.A. no aceptará bajo ninguna excusa el autoseguro parcial o total. La empresa aseguradora deberá ser una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (A.R.T.), autorizada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Cuando ocurra un accidente de trabajo, el cocontratante deberá remitir dentro de las VEINTICUATRO
(24) horas de ocurrido el informe a la Supervisión, junto con la denuncia efectuada ante la A.R.T.
Dentro de los DOS (2) días hábiles posteriores a la notificación de la Orden de Compra el cocontratante deberá presentar:
a) Copia de las pólizas mencionadas precedentemente.
b) Nómina del personal que afectará a la prestación del servicio, incluido al Representante Técnico, y una complementaria para posibles reemplazos, con los datos identificatorios correspondientes acada uno.
c) Al profesional a cargo de la seguridad de su personal, establecidos en la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587, quien deberá adoptar todas las medidas de precaución para prevenir accidentes.
ARTÍCULO 17: FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO.
Las facturas emitidas en moneda DÓLAR ESTADOUNIDENSE, se abonarán en PESOS ARGENTINOS al tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA del día de la emisión de la orden de pago correspondiente.
Las facturas deberán contener la referencia de la contratación e indicar el/los renglones incluidos. Se facturarán los servicios efectivamente cumplidos.
No se reconocerá adicional alguno.
El adjudicatario deberá entregar la factura en la Mesa de Entradas de CORREDORES VIALES S.A., sita en la xxxxx 00 xx xxxx Xx 000, Xxxx 0x, X.X.X.X., o podrán ser enviadas a través de correo electrónico a xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
A partir de la conformación definitiva o entrega de la factura –lo que fuese posterior– comienza el plazo para cumplir la gestión de pago, el cual se hará efectivo dentro de los treinta (30) días corridos.
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La factura será emitida a nombre de CORREDORES VIALES SA, CUIT Nº 30-71580481-2. A los efectos de su posición en el Impuesto al Valor Agregado, esta empresa reviste el carácter de Responsable Inscripto.
Las facturas deberán ajustarse a la reglamentación vigente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.), debiendo indicar en las mismas como mínimo los siguientes datos:
− Número de la orden de compra
− Número de la licitación/compulsa de precios
− Número y fecha de los remitos de entrega
− Número de renglón y/o ítem, especificaciones e importe unitario y total de cada uno de ellos
− Importe total bruto
− Monto y tipo de descuento, si corresponde
− Importe total neto de la factura
Asimismo, en caso de estar alcanzado por alguna eximición parcial o total de algún tributo, se deberá acompañar con las facturas que se presenten una copia de la Resolución correspondiente de la A.F.I.P.
Según la Resolución General A.F.I.P. Nº 2485/08, sus modificatorias y complementarias, para poder percibir el pago correspondiente por la prestación de servicios y/o provisión de bienes, los adjudicatarios deberán presentar la Factura Electrónica en los términos de la citada normativa.
ARTÍCULO 18: INDEMNIDAD.
El cocontratante deberá cumplir con toda la normativa legal correspondiente a la actividad que realiza y mantendrá indemne a su xxxxx al Ministerio y a su personal contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de actos y omisiones del cocontratante o de su personal o de sus proveedoras o de otras personas que ante él fueren responsables en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones de la presente contratación.
ARTÍCULO 19: PENALIDADES.
En caso de que el adjudicatario no de cumplimiento en tiempo y forma con lo establecido en las presentes Bases, será pasible de las penalidades que a continuación se detallan:
Se aplicará una multa xxx XXXX COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05%) del valor de lo satisfecho fuera de término por cada día hábil de atraso.
En ningún caso las multas podrán superar el CIEN POR CIENTO (100%) del valor del contrato.
Si pasados los QUINCE (15) días corridos de cualquiera de los plazos previstos para la ejecución de los servicios, el adjudicatario no hubiese cumplido con la totalidad de ésta a conformidad de CORREDORES VIALES S.A., éste podrá rescindir el contrato con culpa del contratista.
La xxxx se considerará producida por el simple vencimiento del plazo contractual sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
Las multas serán de aplicación automática sin necesidad de pronunciamiento expreso de CORREDORES VIALES S.A. al respecto, por lo cual se intimará al proveedor al pago del cargo correspondiente por el Departamento de Tesorería de CORREDORES VIALES S.A. para evitar a las partes de los gastos y dilaciones propias del proceso ejecutorio, cuando así corresponda.
En caso de no depositarse en el tiempo estipulado la multa correspondiente, la afectación de las multas aplicadas se realizará de acuerdo con el orden de prelación establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO 20: FACULTADES DE CORREDORES VIALES.
CORREDORES VIALES S.A. tendrá derecho a: a) Dejar sin efecto el presente llamado en cualquier
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momento anterior a la adjudicación, sin que ello acuerde derecho alguno a los oferentes al reembolso de los gastos en que hubieren incurrido en la preparación de su oferta o a ser indemnizados por cualquier otro motivo. b) Revocar, modificar o sustituir el contrato por razones de oportunidad, mérito o conveniencia. c) Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un VEINTE POR CIENTO (20 %) de su valor original, o readecuar y/o compensar los ítems adjudicados entre sí, conforme las necesidades variantes que puedan surgir de las condiciones de la traza y/o de la prestación del servicio objeto de la presente contratación, en las condiciones y precios pactados, y con adecuación de los plazos respectivos. El adjudicatario se obliga a aceptar esta modificación unilateral de CORREDORES VIALES
S.A. con la sola presentación de su oferta. En cambio, cuando la modificación del contrato supere el VEINTE POR CIENTO (20 %) se solicitará la conformidad expresa del adjudicatario, todo ello según establece el Artículo 71 del PUBCG de CORREDORES VIALES S.A.
ARTÍCULO 21: RESCISIÓN DEL CONTRATO.
CORREDORES VIALES S.A. se reserva el derecho de revocar o rescindir el contrato u orden de compra durante la ejecución de éste, por los siguientes motivos: a) razones de oportunidad, mérito y conveniencia, y b) por culpa del adjudicatario; respectivamente. Producida la causa que dé motivo a la rescisión del contrato por culpa del adjudicatario, la misma operará sin necesidad de intimación o interpelación judicial o extrajudicial, procediendo CORREDORES VIALES S.A. al dictado de la declaración formal de la rescisión. En tal sentido se estará a lo que indica el PUBCG.
ARTÍCULO 22: JURISDICCIÓN Y DOMICILIO.
Todas las controversias que pudieran suscitarse con motivo de la presente contratación serán sometidas a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los oferentes deberán constituir domicilio especial a los fines de la presente Convocatoria en la oportunidad de formular sus ofertas, siendo el domicilio de CORREDORES VIALES S.A., en la calle25 de Xxxx Xx 000, Xxxx 0x, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. En los domicilios así constituidos serán consideradas válidas todas las notificaciones que las partes se cursen con motivo o en ocasiónde la contratación de que se trate.
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1.- OBJETO.-
La presente Compulsa de Precios tiene por objeto la adquisición e instalación de DOCE (12) puntos de acceso inalámbricos Wifi para el Edificio de Administración Riccheri – Tramo IX para Corredores Viales S.A en un todo de acuerdo con las Bases y Condiciones Particulares, las presentes Especificaciones Técnicas y demás documentos que rigen la contratación.
2.- DESCRIPCION.
RENGLON ÚNICO - Adquisición e instalación de DOCE (12) puntos de acceso inalámbrico Wifi en el Edificio de Administración Riccheri.
DETALLE | CANTIDAD |
Servicio de instalación + Site Survey | 1 |
AP línea Fortinet x unidad + FortiAP-221E 5 Year 24x7 FortiCare Contract | 12 |
(*) Xxxxxxxx (35123102) patch cord X/XXX XXXXXXX XXX.0 - XX - X000X/X - 0.0X – negro x unidad | 12 |
(*) Xxxxxxxx (35123101) patch cord X/XXX XXXXXXX XXX.0 - XX - X000X/X - 0.0X – negro x unidad | 13 |
(*) Xxxxxxxx (35030006) patch panel GIGALAN CAT.6 24P T568A/B x unidad | 1 |
(*) Xxxxxxxx (35030623) conector hembra XXXXXXX XXX.0 X000X/X – negro x unidad | 12 |
(*) Xxxxxxxx (35050258) roseta toma 2P – blanco x unidad | 12 |
(*) Xxxxxxxx (23400142) XXXXXXX X/XXX 00XXXX0X CAT.6 IEC 60332-1 CZ (EXP) x unidad | 2 |
(*) Se aclara que la referencia a la xxxxx Xxxxxxxx solo se incluye a fin de detallar el tipo de componente y la calidad requerida, asegurando un standard en los bienes requeridos.
3.- UBICACIÓN.
El objetivo de la contratación será equipar el Edificio de Administración Riccheri – Tramo IX con la infraestructura necesaria para el uso de una red inalámbrica, siguiendo los estándares de la empresa y logrando una administración centralizada del sistema de WIFI según la ubicación planteada en los siguientes planos:
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4.- ESPECIFICACIONES.
4.1. SITE SURVEY.
Deberán realizar una simulación por medio de Software en la cual se toman en cuenta los materiales de la construcción del edificio, el número de usuarios, zonas de atenuación, altura del techo y otras características del sitio.
El resultado deberá quedar plasmado en un informe, que incluya el mapa de cobertura que debe ajustarse a la ubicación óptima de los AP así como la distribución recomendada xx xxxxxxx. Por medio de una visita deberán recolectar la información necesaria en función de determinar si las ubicaciones propuestas por medio de un análisis predictivo cumplen con los requerimientos y si es factible su instalación sin interferencias físicas, si las áreas a cubrir son las adecuadas y si no se presentan inconvenientes para cada una de las posiciones determinadas como ubicación y fijación de los equipos, tendidos de canalizaciones y/o cableado. En caso que así fuese deberán proponer
alternativas, explicando en cada una de las situaciones las xxxxxxxxxxxxxXxX-x0x0x0x0x-x0x0xx0x00x0x0x0x-XxXxXxxXxx-xX.XX#XXXX
4.2. MONTAJE Y CONEXIÓN DE EQUIPOS AP.
Deberán realizar el montaje de todos los AP indicados, siendo un total de DOCE (12), los cuales se repartirán en dos plantas, tal como se especificó en los planos.
Los mismos se conectarán a un switch XXX que se proveerá junto con los AP, de manera de independizar los equipos de la red eléctrica de cada sitio.
4.3. CONFIGURACIÓN Y PUESTA EN MARCHA.
Se deberá proveer e implementar un sistema de Wifi para dar servicio en las áreas detalladas anteriormente.
Deberán entregar la documentación correspondiente con el detalle de configuraciones realizadas, claves de seguridad, usuarios y demás información necesaria. Los equipos deben permitir configurar al menos 3 SSID en 3 vlan´s.
4.4. RESUMEN DE TAREAS.
- Configuración de direccionamiento IP y puertos.
- Configuración de SSID y políticas de filtrado.
- Pruebas de funcionamiento.
5.- CERTIFICACIÓN.
Deberán garantizar el correcto funcionamiento de lo instalado certificando las conexiones, preferentemente con equipos actualizados de la marca Fluke, como ser el DSX-5000 CableAnalyzer™, o equipo de similar alcance y validez en su certificación.
6.- DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR.
Al finalizar los trabajos correspondientes, deberán entregar la siguiente documentación:
• Certificación de las conexiones de datos (según lo detallado en la sección Certificación).
• Diagramas de racks.
• Documentación, datos, contraseñas y demás información de cada una de las soluciones implementadas.
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ANEXO I - Planilla de cotización
El que suscribe .......................................................................... Documento Nº ...........................
en nombre y representación de la empresa ………………………….….......……..……………
con domicilio legal en la calle ,
Localidad ……………….……………...………, Teléfono/Fax …….................................., E-Mail
……………….……………………………., CUIT Nº ............................................., y con poder suficiente para obrar en su nombre, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación, cotiza los siguientes precios:
R E N G L Ó N Ú N I C O | DETALLE | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO EN USD (SIN IVA) | PRECIO TOTAL EN USD (SIN IVA) |
Servicio de instalación + Site Survey | 1 | |||
AP línea FORTINET x unidad + FortiAP- 221 E 5 Year 24x7 FortiCare Contract | 12 | |||
*Xxxxxxxx (35123102) patch cord U/UTP GIGALAN CAT.6 – CM – T568A/B – 1.5M – negro x unidad | 12 | |||
*Xxxxxxxx (35123101) patch cord U/UTP GIGALAN CAT.6 – CM – T568A/B – 1.0M – negro x unidad | 13 | |||
*Xxxxxxxx (35030006) patch panel GIGALAN CAT.6 – 24P – T568A/B x unidad | 1 | |||
*Xxxxxxxx (35030623) conector hembra GIGALAN CAT.6 –T568A/B –negro x unidad | 12 | |||
*Xxxxxxxx (35050258) roseta toma 2P – blanco x unidad | 12 | |||
*Xxxxxxxx (23400142) XXXXXXX X/XXX 00XXXX0X CAT.6 IEC 60332-1 CZ (EXP) unidad | 2 | |||
TOTAL DEL RENGLÓN ÚNICO |
Xxxxx total en letras de la oferta (sin IVA): ……………………………………………………………………….
…………………………………………………………………………………………………………………………
FIRMA:
ACLARACIÓN:
TIPO Y N° DOCUMENTO:
CARÁCTER:
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ANEXO II - DECLARACIÓN JURADA DE DATOS BÁSICOS
Lugar y fecha:
RAZÓN SOCIAL / Nombre y Apellido:
N° DE CUIT/CUIL/NIT:
DOMICILIO ELECTRÓNICO:
DOMICILIO ESPECIAL
Calle: N° :
Piso: DTO: Código Postal:
Localidad: Provincia:
DOMICILIO LEGAL
Calle N°:
Piso: DTO: Código Postal:
Localidad: Provincia:
Datos de la persona asignada como contacto: Nombre y Apellido:
Teléfono/celular:
FIRMA:
ACLARACIÓN:
TIPO Y N° DOCUMENTO:
CARÁCTER:
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ANEXO III – Declaración Jurada sobre deuda tributaria y previsional
El que suscribe (con poder suficiente para este acto), DECLARA BAJO JURAMENTO, que la firma
…………..…………………………………………………….. CUIT N° ………………………………………….
no posee deuda exigible en concepto de obligaciones tributarias y previsional, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
TIPO Y N° DOCUMENTO:
CARÁCTER:
LUGAR Y FECHA: _
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ANEXO IV – Declaraciones Juradas según Artículo 17 del PUBCG
Por medio de la presente y con el objeto de cumplimentar con lo solicitado en el Artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios de CORREDORES VIALES S.A. declaro:
c.4 No encontrarse incurso en situaciones de incompatibilidad en relación al objeto de la presente contratación y con CORREDORES VIALES S.A., el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, y/o el ESTADO NACIONAL.
c.5 Garantizar la veracidad y exactitud de sus manifestaciones, fidelidad de los datos y demás referencias consignadas en la propuesta y la autenticidad de la documentación acompañada, autorizando expresamente a CORREDORES VIALES S.A. a recabar informes de entidades oficiales o privadas de cualquier tipo, tendientes a la verificación de los datos y antecedentes consignados en la oferta.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
TIPO Y N° DOCUMENTO:
CARÁCTER:
LUGAR Y FECHA: _
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ANEXO V – Código de ética y Programa de integridad
Por medio del presente, declaro bajo juramento que he leído los documentos Programa de Integridad y Código de Ética de la empresa CORREDORES VIALES S.A. y que comprendo su contenido. Además, expreso mi compromiso con el cumplimiento de las normas y procedimientos contenidos en el mismo.
Entiendo que tengo la obligación de reportar toda infracción al Programa de Integridad y Código de Ética, conforme lo establecido en estos documentos, sin importar la identidad de quien lo infrinja.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
TIPO Y N° DOCUMENTO:
CARÁCTER:
LUGAR Y FECHA: _
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ANEXO VI – Declaración Jurada De Intereses - Decreto 202/2017
Tipo de declarante: Persona humana
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT |
Vínculos a declarar
¿La persona humana declarante tiene vinculación con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un | La opción elegida en cuanto a la no declaración de | ||
funcionario se deberá repetir la información que | vinculaciones implica la declaración expresa de la | ||
a continuación se solicita por cada una de las | inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto | ||
vinculaciones a declarar. | N° | ||
202/17. |
Vínculo
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad societaria de CVSA con capacidad para decidir |
En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad de CVSA con capacidad para decidir complete los siguientes campos:
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para eltipo de vínculo elegido)
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Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT | |
Parentesco por | Detalle qué parentesco existe concretamente | |
consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | ||
Pleito pendiente | Proporcione carátula, Nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado | |
Amistad pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato | No se exige información adicional |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos,en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
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DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona jurídica
Razón Social | |
CUIT/NIT |
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa | ||
deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o Financieros de la declarante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Director | Detalle nombres apellidos y XXXX | |
Socio o accionista con participación en l formación de la voluntad social. | Detalle nombres apellidos y XXXX | |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas oferta pública | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda) IF-2021-00030699-CVSA-SCA#CVSA
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad de CVSA con capacidad para decidir |
En caso de haber marcadoMinistro, Autoridad conrangode ministro xxxx Xxxxx Ejecutivo Nacional o Autoridad conrangoinferior a Ministrocon capacidad paradecidir completelossiguientes campos:
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marquecon una X donde correspondaybrinde la informaciónadicionalrequeridapara el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe Concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, Nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firma Fecha
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“2021 – AÑO DE HOMENAJE ALPREMIO NOBEL DE MEDICINA DOCTOR XXXXX XXXXXXXX "
Anexo VII – Listado de Antecedentes
1.-
2.-
3.-
4.-
5.-
6.-
FIRMA:
ACLARACIÓN:
TIPO Y N° DOCUMENTO:
CARÁCTER:
LUGAR Y FECHA: _
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ANEXO VIII – Declaración Jurada de Habilidad y Elegibilidad para la Contratación de Bienes y Servicios
El que suscribe (con poder suficiente para este acto), en nombre y representación de
………………………………………………………………. CUIT N° …………………………. DECLARA BAJO JURAMENTO que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, está habilitada para contratar con Corredores Viales S.A, por no estar incursa en ninguna de las causales de INHABILIDAD e INELEGIBILIDAD establecidas en los artículos 23 y 24, respectivamente, xxx XXXXXX ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE CORREDORES VIALES S.A.
ARTÍCULO 23: PERSONAS INHABILITADAS PARA CONTRATAR:
Serán desestimadas las of ertas de las siguientes personas:
a) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conf ormidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188.
b) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual xxx xxxxx de la condena.
d) Las personas humanas o jurídicas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra entidades, jurisdicciones o sociedades del Sector Público Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contrala Corrupción.
e) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo a lo que establezca la normativa específica.
f) Las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo y forma con las exigencias establecidas en el último párrafo del artículo
8° de la Ley N° 24.156.
g) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho Registro.
ARTÍCULO 24. INELIGIBILIDAD:
Deberán también desestimarse las ofertas cuando de la información que surjan de bases de datos públicas, o de otras fuentes de comprobada veracidad, se configure alguno de los siguientes supuestos:
a) Pueda presumirse que el oferente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas inhabilitadas para contratar con el Sector Público Nacional, y de las controladas o controlantes de aquellas.
b) Se trate de integrantes de empresas inhabilitadas para contratar con el Sector Público Nacional.
c) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección. Se entenderá configurada esta
causal de desestimación de la oferta, entre otros supuestos posibles, en ofertas presentadas por cónyuges, convivientes o parientes de primer grado en línea recta, yasea por naturaleza, por técnicas de reproducción humana asistida o adopción, salvo prueba en contrario de dichos of erentes.
d) Cuando existan indicios que por suprecisión y concordancia hicieran presumir que media simulación de competencia o concurrencia, o una simulación tendiente a eludir los efectos de las causales de inhabilidad para contratar con el Sector Público Nacional. Entre otros supuestos, se entenderá configurad esta causal cuando un oferente participe en más de una oferta como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica; o bien cuando se presente en nombre propio y al mismo tiempo como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica.
e) Cuando pese en su contra alguna sanción judicial o administrativa por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por coordinar o concertar posturas en procedimientos de selección, dictada dentro de los TRES (3) años calendarios anteriores a la apertura de of ertas de la contratación de que se trate.
f) Cuando exhiban incumplimientos en anteriores contratos con CVSA.
g) Cuando se trate de personas jurídicas condenadas, con sentencia firme recaída en el extranjero, por prácticas de soborno o cohecho trasnacional en los términos de la Convención de la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÒN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE) para combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, las que serán inelegibles por un lapso igual al doble de esa condena.
h) Las personas humanas o jurídicas incluidas en las listas de inhabilitados del BANCO MUNDIAL, del Banco INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y/o del BANCO DE DESARROLLO DE AMERICA LATINA (CAF), a raíz de conductas o prácticas de corrupción.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
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ANEXO IX - Declaración Jurada De Contenido Nacional
Razón social:
CUIT:
Código NCM del Producto:
Producto (incluir descripción técnica):
TOTAL (en pesos) | ||
Nacional | Importado | |
1. Materia Prima | ||
1.1 | ||
1.2 | ||
1.3 | ||
1.4 | ||
1.5 | ||
1.6 Resto de materias primas | ||
2. Mano de Obra (Directa e Indirecta, incl. Cargas Sociales) | ||
3. Otros costos indirectos de Fabricación (Carga Fabril) | ||
4. Costo de Producción de Fabrica –CPF-(1+2+3) | ||
5. Costos Administrativos y Comerciales | ||
6. Impuestos y Xxxxx (excl. IVA) | ||
7. Costos Totales (4+5+6) | ||
8. Margen de Rentabilidad | ||
9. Precio Final (7+8) |
Tipo de Cambio de Referencia Comunicación “A” 3500 del BCRA (Indicar fecha dd/mm/aaaa
Declaración de Contenido Nacional | Nacional | Importado |
Porcentaje sobre el Precio Final | % | % |
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
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1. Materia prima: incluye insumos, partes, piezas, conjuntos y subconjuntos que se incorporen al bien final.
3. Otros costos indirectos de Fabricación (Carga Fabril Fija y Variable): incluye los siguientes componentes:
3.1 (Materia Prima Indirecta: Elementos necesarios e inherentes a la elaboración de artículos terminados,
que no están incorporados físicamente en los mismos o cuya cuantificación es difícil (por ej. Ensayos de materiales, etiquetas, aceites para máquinas, cajas para empaque, etc.).
3.2 Otros costos Indirectos de Producción: cualquier costo empleado para la transformación de materias primas en bienes de consumo final, que no puedan clasificarse como materia prima directa o indirecta, ni como mano de obra directa o indirecta. Tales como: servicios básicos (agua, luz, teléfono y otros – Beepers, internet, celulares, etc.), depreciación de activos fijos de la Planta, mantenimiento y reparación, Seguros, etc.).
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Corredores Viales Sociedad Anónima
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: IF-2021-00030699-CVSA-SCA#CVSA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 20 de Octubre de 2021
Referencia: Bases - Compulsa de Precios N° 18/2021
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Digitally signed by GDE Xxxxxxxxxx Xxxxxx SA
DN: cn=GDE Corredores Viales SA, c=AR, o=Corredores Viales SA, ou=Subgerencia de Tecnologia de la Informacion, serialNumber=CUIT 30715804812
Date: 2021.10.20 17:00:54 -03'00'
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Subgerenta
Subgerencia de Xxxxxxx y Adquisiciones Directorio - Corredores Viales S.A.
Digitally signed by GDE Xxxxxxxxxx Xxxxxx SA
DN: cn=GDE Corredores Viales SA, c=AR, o=Corredores Viales SA, ou=Subgerencia de Tecnologia de la Informacion, serialNumber=CUIT 30715804812
Date: 2021.10.20 17:00:55 -03'00'