EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA,
“Por el cual se autoriza al rector de la Universidad a realizar prórroga No. 3 y Adición No.1 al Contrato No. 064 de 2018, que tiene por objeto CONTRATAR LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO DE POSGRADOS DE LA UPTC, SEDE CENTRAL”
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA,
en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por la Ley 30 de 1992, en desarrollo del principio de Autonomía Universitaria consagrado en el artículo 69 de la Constitución Política, y según competencias legales y estatutarias en especial las conferidas el Acuerdo 066 de 2005 y Acuerdo 074 de 2010, modificado por el Acuerdo 064 de 2019 y
CONSIDERANDO
Que en fecha primero (1) xx xxxxx de 2018, fue suscrito el Contrato N° 064 de 2018, cuyo objeto es “CONTRATAR LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO DE POSGRADOS DE LA UPTC SEDE
CENTRAL”, producto del proceso de selección realizado por la Universidad, previa autorización del Consejo Superior en Acuerdo N° 009 de 2018 en razón de la cuantía “…Para contratos que superen los tres mil (3.000) S.M.L.M.V ”, conforme al numeral 5 del parágrafo 1 del artículo 6 del
Estatuto de Contratación de la Universidad (Acuerdo N° 074 de 2010).
Que mediante Acuerdo N° 040 de 2020 y Acuerdo N° 009 de 2021, se autorizó al rector de la Universidad a realizar prórroga 1 y 2 respectivamente, dentro del Contrato N° 064 de 2018, que tiene por objeto contratar la construcción del edificio de posgrados de la UPTC, Sede Central.
Que la Universidad tiene dentro del Programa 6.5 Fortalecimiento de la infraestructura física para el multicampus inteligente 6.5.1 Evaluación, optimización y ampliación de la infraestructura física, como “Meta Propuesta: la de Construir 1 edificio de posgrados en la sede central”. Que res ultado del proceso de invitación pública se suscribió CONTRATO N° 064 de 2018, cuyo objeto es "CONTRATAR LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO DE POSGRADOS DE LA UPTC SEDE
CENTRAL", con registro Presupuestal de Compromiso No 2198 del 01 xx xxxxx de 2018 , por un valor de VEINTIUN MIL SEISCIENTOS UN MILLONES CIENTO SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($00.000.000.000,59)
M/CTE), que a la fecha se encuentra con un porcentaje de ejecución física de 71,012% y una ejecución presupuestal de 76.52% el cual corresponde a un valor de DICECISEIS MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES PESOS CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($00.000.000.000,93) y un
hecho hincapié en el cumplimiento de la NTC-1700 y los títulos J y K de la NSR-10, relacionados con los aspectos requeridos para la Seguridad Humana y Sistemas de Evacuación ante Emergencias para la expedición de la certificación de ocupación de la edificación.
Se detallan los aspectos más relevantes en la revisión y actualización
1. Actualización de los estudios y diseños de las redes eléctricas y de comunicaciones de la edificación, para dar cumplimiento a la normatividad vigente relacionada y garantizar la certificación RETIE/RETILAP; verificación de la especificación en términos de compatibilidad del material de recubrimiento de los conductores eléctricos, el sistema de detección de incendios, iluminación de exteriores, iluminación de emergencia y reubicación de la planta de emergencia.
2. Requerimientos del Cuerpo de Bomberos de Tunja, respecto a aspectos de seguridad humana, rutas de evacuación ante emergencias, sistemas de extinción de incendios y cumplimiento de requisitos normativos contemplados en la NTC 1700 y Títulos J y K de la NSR-10. Condicionantes para la expedición del aval de la entidad y posterior legalización de la edificación ante la Alcaldía Mayor de Tunja.
3. Presencia de infraestructura municipal administrada por VEOLIA Aguas de Tunja S.A. E.S.P.; en el área de construcción del Edificio de Posgrados y que obligó a ejecutar obras de protección de la tubería existente y proyección del traslado de estas redes; ajustes en los niveles de cimentación de la edificación y consecuentemente variaciones en los niveles del urbanismo inicial con incremento en los rellenos.
4. Incompatibilidad de elementos estructurales con especificaciones del presupuesto contractual y que requirieron ser ajustados para su reconocimiento. Las demás motivadas durante la ejecución de las obras y que se encuentran incluidas en los diseños del proyecto más no en el presupuesto contractual y/o variaciones en las cantidades contratadas
De igual manera la prórroga en el plazo de ejecución del contrato obedece a la compensación del tiempo no ejecutado debido a factores externos derivados de la pandemia, las manifestaciones y alteraciones de orden público que a nivel nacional se han presentado y, que aquejan las ejecuciones de los proyectos por las complicaciones de transporte no sólo del personal Operativo y administrativo, que también afecta las llegadas de insumos a la obra, y que constituyen situaciones que han afectado el plazo de ejecución, además de ello ítems no previstos que se dieron o bien por condiciones reales de implantación o bien por ajustes de cara a dar cumplimiento normativo o bien por la incorporación de actividades que inicialmen te no fueron incluídas dentro del presupuesto y/o dentro del diseño y que sin embargo son necesarias para su puesta en funcionamiento, lo que conforme a la programación inicial requiere ser prorrogado y adicionado.
Que conforme a solicitud de modificatorio al contrato Código: A-DSC-P02-F12, suscrito por el contratista CONSORCIO FUTURO y la interventoría XXXXXX & XXXXXX INGENIEROS ASOCIADOS SAS, y comunicación del Departamento de Supervisión y Control de la Universidad, se solicita previo estudio técnico prórroga No. 2 y adición No. 1 al Contrato N° 064 de 2018.
Que conforme a las solicitudes y viabilidad técnica, para asegurar la continuidad de la ejecución del proyecto hasta su puesta en funcionamiento y habilitación, se hace necesar io y procedente contractualmente, se prorrogue y adicione el Contrato N° 064 de 2018, en tanto que las actividades contempladas obedecen a situaciones que se dieron durante la ejecución de las obras y los requerimientos establecidos por las entidades que han realizado inspeccio nes al proyecto y que tienen inherencia en su aceptación una vez finalizados los trabajos. Es decir “…ítems no previstos que se dieron o bien por condiciones reales de implantación o bien por ajustes de cara a dar cumplimiento normativo o bien por la incor poración de actividades que inicialmente no fueron incluidas dentro del presupuesto y/o dentro del diseño y que sin embargo son necesarias para su puesta en funcionamiento”. En este mismo sentido el Departamento de Supervisión y Control de la Universidad, considera procedente optar por la prórroga y adición solicitada en aras de dar cumplimiento al objeto contractual y en procura de llegar a buen término entre las partes y como una oportunidad que ofrece la Universidad para asegurar la prevalencia del interés general.
Que el tiempo de ciento cincuenta y tres (153) días calendario de la prórroga No. 3 solicitada, se contaran a partir del vencimiento del término inicial, incluidas las prórrogas y modificaciones que este plazo han tenido en la ejecución; aunado a ello el valor a adicionar No. 1 en consecuente con el tiempo de prórroga y está dado para garantiza la vida útil de la obra, su habilitación; y estos dos aspectos no superan los parámetros establecidos en el artículo 17 del Acuerdo N° 074 de 2010, modificado por el artículo 5 del Acuerdo N° 064 de 2019; siendo viable jurídicamente.
Que el parágrafo 2 del artículo 17 del Estatuto de Contratación de la Universidad (Acuerdo N° 074 de 2010, modificado por el Acuerdo N° 064 de 2019), contempló como requisito que “Para las modificaciones, prórrogas y adiciones de los contratos señalados en el numeral 5, parágrafo 1 del artículo 6, se requerirá autorización por parte del Consejo Superior” y de conformidad con ello, el precitado contrato se realizó previa autorización del Consejo Superior en Acuerdo N° 009 de 2018.
Que el presente Proyecto de Acuerdo, cuenta con exposición de motivos y necesidad técnica del Interventor del Contrato XXXXXX & XXXXXX INGENIEROS ASOCIADOS SAS, en virtud del contrato 067 de 2017 “Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera y Contable para el contrato de obra cuyo objeto es contratar la Construcción del Edificio de Posgrados de la UPTC Sede Central”; del Departamento de Supervisión y Control de la Universidad; igualmente con e l Concepto de la Dirección de Planeación, de la Dirección Jurídica Universidad, y recomendación del Comité de Licitaciones y contratos.
En mérito de lo expuesto el Consejo Superior de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia,
ACUERDA
ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR al Rector de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, para realizar la prórroga en tiempo N° 3 y la adición en dinero N° 1 al Contrato No. 064 de 2018
que tiene por objeto “CONTRATAR LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO DE POSGRADOS DE
LA UPTC SEDE CENTRAL”, conforme a los requisitos del Acuerdo N° 074 de 2010 ( Estatuto de Contratación de la Universidad) modificado por el Acuerdo N° 064 de 2019, de la siguiente manera:
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN | Prórroga No. 3 hasta | Adición No. 1 hasta |
Prórroga No. 3 y Adición No. 1 al Contrato N° 064 de 2018 que tiene por objeto “CONTRATAR LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO DE POSGRADOS DE LA UPTC SEDE CENTRAL”, suscrito con CONSORCIO FUTURO identificado con NIT: 901185124-7 | CIENTO CINCUENTA Y TRES (153) DÍAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL TÉRMINO INICIAL (incluidas las prórrogas y modificaciones que este plazo h an tenido en la ejecución) | DOS MIL SESENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA PESOS CON TREINTA Y UN CENTAVOS, MONEDA LEGAL ($2.061.748.260,31) |
ARTÍCULO 2.- VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Secretario
Expedido en Tunja, a los quince (15) días del mes xx xxxxx de 2021.
XXXXXX XXXX XXXXX
Presidente
Proyectó: Dirección de Planeación Revisó: Departamento de Presupuesto