EMPRESA NACIONAL DE LA COCA S.A.
EMPRESA NACIONAL DE LA COCA S.A.
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A “Servicio de Cobertura de Seguros Patrimoniales y Personales para ENACO S. A.”
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA DERIVADA Nº
006-2013-ENACO S.A.
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE:
COBERTURA DE SEGUROS PATRIMONIALES Y PERSONALES PARA ENACO S.A.
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
|
BASE LEGAL
Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Directivas del OSCE.
Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
Código Civil.
Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: xxx.xxx.xxx.xx.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.
De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:
Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.
La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE
INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.
Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.
Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.1
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
EVALUACIÓN TÉCNICA
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
IMPORTANTE:
En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores y los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.
CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
|
RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
CAPÍTULO III DEL CONTRATO
|
DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Garantía de fiel cumplimiento.
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
DE LAS GARANTÍAS
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la
conformidad de la recepción de la prestación.
IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
ADELANTOS
La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.
En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene
derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.
DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
PAGOS
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones xx xxxxxxx, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPÍTULO I GENERALIDADES
|
ENTIDAD CONVOCANTE
-
Nombre
:
EMPRESA NACIONAL DE LA COCA S.A.
RUC Nº
:
20114883230
Domicilio legal
:
XXXXX XXXXXXXX Xx 000 – XXX. XXXXXXXX - XXX XXXXXXXXX – PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO
Teléfono/Fax:
:
582006
Correo electrónico:
:
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del “SERVICIO DE COBERTURA DE SEGUROS PATRIMONIALES Y PERSONALES PARA ENACO S. A.”
VALOR REFERENCIAL2
El valor referencial asciende a $ 141,919.15 (CIENTO CUARENTA Y UNO MIL NOVECIENTOS DIES Y NUEVE CON 15/100 DOLARES AMERICANOS), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Febrero 2013
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Nº 021-2013-ENACO S.A./GERENCIA XXXXXXX, xx xxxxx 00 xx Xxxxxxx 0000.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Propios
SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.
PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 12 meses desde el 07 xx Xxxxx 2013 hasta 07 xx Xxxxx del 2014. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
El costo de reproducción de las bases será de S/. 10.00 nuevos soles.
BASE LEGAL
Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
Decreto Supremo Nº 003-2002-TR. Establece disposiciones para la aplicación de las Leyes Nº 27626 y 27696, que regulan la Actividad de las Empresas Especiales de servicios y de las Cooperativas de Trabajadores
Ley 29873 que modifica el Decreto legislativo N° 1017 – Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado.
Decreto Supremo Nº 138-2012-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Directivas de OSCE
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Código Civil.
Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa.
Resolución Nº 022-2013-ENACO S.A./G.G. Designación del Comité Especial
Resolución Nº 002-2013-E/GG, que aprueba el Plan Anual de Contrataciones para el ejercicio 2013
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN
|
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN3
-
Etapa
Fecha, hora y lugar
Convocatoria
:
12/04/2013
Registro de participantes
:
Del: 15/ 04/ 2013
Al: 23/04/2013
Presentación de Propuestas
:
24/04/2012
* El acto público se realizará en
:
Tenerías N° 103-Santutis Chico-San Xxxxxxxxx Cusco- Área Logística.
A las, 11:00 Horas
Calificación y Evaluación de Propuestas
:
25/04/2013
Otorgamiento de la Buena Pro
:
25/04/2013
* El acto público se realizará en
:
Tenerías N° 103-Santutis Chico-San Xxxxxxxxx Cusco-Área Logística.
A las, 11:00 Horas
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes se realizará en la Oficina de Logística de ENACO S. A., sito en Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxxx xxxxxxxxx y departamento Cusco, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 Horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en la Oficina de Logística de la Sede Central de ENACO S. A. ubicado en Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxxx xxxxxxxxx y departamento Cusco, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará de acuerdo a lo establecido en el Art. 64º del Reglamento de la Ley de Contrataciones.
Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial, conforme al siguiente detalle:
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
EMPRESA NACIONAL DE LA COCA S. A.
DIRECCIÓN: Calle tenerías Nº 103-Santutis San Xxxxxxxxx Cusco
Att.: Comité Especial
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A.
Contratación del : Servicio de Cobertura de Seguros Patrimoniales y Personales para ENACO S. A.
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA
NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR
Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
EMPRESA NACIONAL DE LA COCA S.A.
DIRECCIÓN: DIRECCIÓN: Calle tenerías Nº 103-Santutis San Xxxxxxxxx Cusco
Att.: Comité Especial
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A.
Contratación del : Servicio de Cobertura de Seguros Patrimoniales y Personales para ENACO S. A.
SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA
NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR
CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un (1) original
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, Registro de Servicios.
Declaración Jurada de datos del postor.
Cuando se trate de Xxxxxxxxx, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 01)
Declaración Jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente Sección. (Anexo Nº 02). No será necesario adjuntar el Slip del Capitulo III.
Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. (Anexo Nº 03)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.
Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. (Anexo Nº 4)
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
Declaración Jurada de plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 5)
Declaración Jurada de Compromiso de Otorgar Cobertura Provisional (Anexo Nº 9)
Declaración Jurada de Compromiso xx Xxxxxx y Tasas. (Anexo Nº 10)
Declaración Jurada de Plazos de Pagos de Siniestros. (Anexo Nº 11)
IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
Documentación de presentación facultativa:
Declaración Jurada de mejoras o beneficios adicionales Anexo Nº 08
Documentos para la aplicación de todos los factores de evaluación (consignar descripción de cada documento. En el caso del factor “Experiencia del postor”, Anexo Nº6).
Nota: Las Normas y disposiciones de la SBS, afps se aplicaran supletoriamente.
SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA4
El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
a) Oferta económica y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 7).
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales.
La propuesta económica se considerara en Dólares Americanos,.
Monto Único y Total T.C. 2.55 por dólar americano
DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
En el caso de servicios en general se aplicarán las siguientes ponderaciones:
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. 060
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica. 0.40
Donde: c1 + c2 = 1.00
REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato. CARTA FIANZA
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. CARTA FIANZA.
Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. CARTA FIANZA.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
IMPORTANTE:
En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.
Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentación a ser presentada, tales como:
Copia de DNI del Representante Legal.
Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado, o copia Literal de la Constitución de la Empresa, expedida por la SUNARP.
Copia del RUC de la empresa.
IMPORTANTE:
La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.
PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
La citada documentación deberá ser presentada en Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxxx xxxxxxxxx y departamento del cusco.
IMPORTANTE:
Esta disposición sólo deberá ser incluida en el caso que la Entidad considere la entrega de adelantos:
ADELANTOS5
NO APLICA
FORMA DE PAGO
De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
Recepción y conformidad de la prestación efectuada de la Oficina de Control Patrimonial Seguros y Archivos mediante Informe, visado y autorizado por parte de la Gerencia Administrativa Financiera, disponiendo al Area de Logistica para proceder al pago respectivo.
Factura
La forma de pago será en 5 cuotas mensuales iguales sin intereses
PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
La forma de pago será en 5 cuotas mensuales iguales sin intereses, siendo el primer vencimiento a los 30 días de inicio de la vigencia del seguro.
Las facturas se presentaran en Nuevos Soles, para la póliza de Xxxx Xxx y en Dólares Americanos para las otras pólizas, las cuales serán canceladas por la entidad en Nuevos Soles, al tipo de cambio venta publicado por la SBS-AFPs del día de su emisión, tal como lo establece el contrato a suscribir.
REAJUSTE DE LOS PAGOS
NO APLICA.
CAPÍTULO III TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
|
SLIP PARA VALOR REFERENCIAL PROGRAMA DE SEGUROS ENACO. PERIODO 2013-2014. |
|
|
|
|
|
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
ÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS PATRIMONIALES Y PERSONALES
EMPRESA NACIONAL DE LA COCA SOCIEDAD ANONIMA ENACO S.A. Plazo y Ejecución del Servicio
El plazo del servicio es de 12 meses y su ejecución es en todo el territorio Peruano.
RAMO: INCENDIO – TODO RIESGO
UBICACIÓN DE RIESGO
LOCALES PROPIOS
LOCALES XXXXXXXXXX |
|
|
|
|
|
|
|
Xx |
XXXXXXXX. |
XXXXXXXXX |
XXXXXXXX |
XXXXXXXXX XXXXXX |
0 |
Xxxxx |
Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxx |
Xx. X. Xxxxxx x Xxx Xxxxxxxxxx X/X. |
0 |
Xxxxx |
Xxxxxxx |
Sicuani |
Jr. 28 de Julio N° 824 Pilcopata |
3 |
Cusco |
La Convención |
Occobamba |
Centro Poblado Kelcaybamba-Quillabamba |
4 |
Cusco |
La Convención |
Santa Xxxxxx |
Centro Poblado San Xxxx S/N.-Huayopata |
5 |
Cusco |
La Convención |
Echarate |
Xxxxx Xxxxxxxxx X/X. |
0 |
Xxxxx |
Xx Xxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxx Poblado Versalles S/N |
7 |
Cusco |
Calca |
Quillabamba |
Centro Poblado S/N.- Paltaybamba- Colca |
8 |
Arequipa |
Arequipa |
Socabaya |
Urb.Las Orquídeas V-5-A- Cercado |
9 |
Puno |
Sandia |
Sandia |
Xx. Xxxxxxxx Xx 000.- |
00 |
Xxxx |
Xxxx |
Xxxx |
Xx. Xxxxxx Xx 000 |
00 |
Xxxxxxxx |
Xxxxxxxx |
Xxxxxxxx |
Jr. Salazar Bondi N° 202 de la Urb. Magisterial |
12 |
Ayacucho |
La Mar |
Ayna (San Xxxxxxxxx ) |
Xx. Xxxxxx Xx 000- 00 |
00 |
Xxxxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxx xxxxxxx xxxxxx xx 000
|
00 |
Xxxxxxxxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxxxx |
Xx. Xxxxxxx Xx 000 |
00 |
Xxxxx |
Tarma |
Tarma |
Xx. Xxxxx Xx 000 |
00 |
Xxxxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxxx |
Xx. Xxxxxx Xxxxxx N° 481 |
17 |
Junín |
Chanchamayo |
San Ramón |
Av. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx N° 302 |
18 |
Xxxxxxx |
Xxxxxxxxx |
Xxxxxx |
Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xx 000 |
00 |
Xxxxxxx |
Xxxxxxx Xxxxx |
Xxxx Xxxxxxxx |
Jr. Lamas N° 187 – Xxxxxxxx |
00 |
Xx Xxxxxxxx |
Xxxx Xxxxx |
Marmot |
Xxxxx Xxxxxxxxxx X/X.-Xxxxxx |
00 |
Xx Xxxxxxxx |
Xxxxxx |
Charat |
Xxxxx xx xxxxx X/X.- Xxxxxxxxx |
00 |
Xxxxxxxxx |
Xxxxxxxxx |
Xxxxxxxx |
Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xx 000/000 x Xx. Xxxx 000 |
00 |
Xxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxxx Xxxx Xx 000 |
00 |
Xx Xxxxxxxx |
Xxxx Xxxxx |
Cascas |
Xxxxx Xxxxxx S/N. |
25 |
Amazonas |
Chachapoyas |
Luya |
Caserío S/N.-Choctamal-Longuita |
26 |
La Xxxxxxxx |
Xxxxxxx Xxxxxxx |
Xxxxxxxxxx |
Xx. Xxx Xxxxxx Xx 000 |
00 |
Xxxxx |
Xxxxxxx |
Xxxxx |
Xxxxx Xxxx Xx 000 |
00 |
Xxxxx |
Chumbivilcas |
Xxxxx Xxxxx |
Xxxxx Xxxxx Ccapac N° 102 |
29 |
Apurimac |
Abancay |
Abancay |
Xx. Xxxxxxxx Xx 000.-Xxx. Xxx Xxxxxxxx |
00 |
Xxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxx |
Xxxxx Xxxx Xx 000 |
En todos los locales se almacena HOJA DE COCA, excepto en el local de la Av. Arequipa – Lima., los cuales cuentan con todas las medidas de seguridad indicadas por Defensa Civil.
MATERIA DEL SEGURO :
MATERIA ASEGURADA:
Sobre toda propiedad real y personal de cualquier clase, naturaleza y descripción, cubriendo la totalidad de los activos físicos, tanto fijos como realizables, de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su responsabilidad, cuidado, control, custodia, y/o por los que de alguna manera mantenga un interés asegurable, incluyendo activos adquiridos, alquilados, controlados, utilizados,
en consignación, vendidos y no entregados, ubicados indistintamente en cualquiera de sus locales y/o locales de terceros y/o fuera de ellos, en forma permanente y temporal y/o a la intemperie (Cuando su Naturaleza así lo requiera), así como cuando están siendo izados y/o descargados y/o en tránsito incidental, por los cuales sea responsable en caso de siniestro dentro de la República del Perú, aún cuando no se encuentren detallados al inicio de la renovación, incluyendo los que se encuentren a orillas marítimas, fluviales o lacustre, bienes en almaceneras y/o depósito de terceros, tales como pero limitados a:
EDIFICIOS Y/O OBRAS CIVILES EN GENERAL:
Edificios y obras civiles en general y toda construcción sobre el terreno tales como, mas no limitados a: estructuras, divisiones, paredes salientes, techos, cobertores, falsos techos, cercos perimétricos, pistas, veredas, afirmados, instalaciones fijas y/o permanentes, construcciones y/o en curso de construcción, redes y/o conexiones de agua y desagüe, cámaras, tanques de toda clase, reservorios, pozos, plantas de tratamiento de agua potable, instalaciones y/o equipos, incluyendo canales, cimientos, ductos, tuberías, ventanas, rejas, aditamentos, pistas, rampas, cercos, veredas, muros de contención, fundaciones, construcciones y/u obras civiles subterráneas, losas, toldos, paneles, equipos, artefactos de publicidad, letreros luminosos y no luminosos mejoras, lunas, tanques, pozos tubulares (obras civiles y equipo electromecánico), tanques aéreos y/o subterráneos instalaciones de agua, desagüe, electricidad, telefonía, gas y/u otros similares en el lugar en que se encuentren y/o que formen parte del edificio y su funcionamiento y/u otros propios del giro que aunque no se encuentren expresamente detallados formen parte del interés asegurable, incluyendo edificios ocupados dentro y/o fuera de los predios (excluyendo el valor del terreno).
EXISTENCIAS:
Existencias en general de toda clase y/o tipo, mas no limitadas a: insumos, insumos aromáticos, materias primas, utilería, suministros, partes, piezas, herramientas, accesorios, repuestos en general, grasas, combustibles, petróleo, pinturas, llantas, aros, motores, materiales diversos, envases, material de empaque saquillos, acondicionamiento y/o contención, papelería diversa y similares, productos químicos lubricantes y/o material de trabajo y cualquier otro bien similar, sean bienes propios y/o de terceros bajo su responsabilidad, contenidos indistintamente en cualquiera de sus locales y/o almacenes y cualquier otro bien de naturaleza y clase semejante que aunque no se encuentre expresamente detallado sea o no empleado por el asegurado para el desarrollo de sus actividades.
CONTENIDOS:
Maquinarias y equipos de cualquier tipo y/o descripción en general, que estén instalados y/o por instalarse dentro o fuera de los locales del Asegurado incluyendo sus bases y/o cimentaciones, tales como, mas no limitados a: maquinarias y/o equipos en general propios de su actividad hoja de coca acopiada, envasada y procesada ,productos aromáticos procesados (delisse), incluyendo herramientas, extractores, equipos de laboratorio, y sus instalaciones, ascensor e instalaciones fijas, motores, compresoras, grupos electrógenos, transformadores, llaves, conductores, tableros, bombas en general, tanques fijos y/o móviles, chimeneas, cañerías, sistemas de alumbrado, balanzas, montacargas, maquinaria y equipo móvil en general, así como útiles, enseres, muebles, máquinas y equipos de oficina de toda clase y tipo; computadoras, sus accesorios, UPS, hardware y software, data, equipos de comunicación y telefonía, transmisora, teléfonos portátiles, radios de comunicación, antena, televisores, VHS, teléfonos, celulares, radios portátiles, equipos de servicio,
reloj de control, bloqueador telefónico, vídeo, cualquier otro equipo que use corriente débil y en general cualquier bien que sea parte del patrimonio de ENACO S. A. instalados o en curso de instalación y/o en espera de ser incluido, mientras se encuentran en acciones de carga y descarga dentro de los locales, sean bienes propios y/o de terceros bajo su responsabilidad, contenidos indistintamente en cualquiera de sus locales ocupados por el asegurado y cualquier otra maquinaria y/o equipo y/u bien que aunque no se encuentre expresamente detallado sea o no empleado por el asegurado para el desarrollo de sus actividades.
COBERTURAS Y SUMAS ASEGURADAS: Todo ello expresado en Dólares americanos al tipo cambio SUNAT
VALORES PARA POLIZA VIGENCIA 2013-2014 |
|
RESUMEN VALORES DECLARADOS |
VALOR DECLARADO US$. |
- Edificios |
3,630,652.60 |
- Maquinarias |
449,239.43 |
- Existencias de mercaderías (productos terminados) |
121,330.36 |
- Existencias de hojas de coca |
3,299,918.62 |
- Útiles, muebles, enseres, máquinas y equipos de oficina(valores comerciales) |
1,409,716.74 |
- Utilidad Neta Anual 2012 |
18,934.00
|
TOTAL VALOR DECLARADO |
8,929,791.60 |
Los valores declarados corresponden a Valor nuevo, no incluye IGV.
SUMA ASEGURADA TODO RIESGO A PRIMER RIESGO, INCLUYENDO XXXXX XXXXXXX X XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX 00 MESES: US.$ 3 500 000
SUB LIMITES A PRIMER RIESGO ABSOLUTO:
GASTOS EXTRAORDINARIOS . Remoción de Escombros . Costos de Extinción de Incendio . Honorarios de Ingenieros, Arquitectos, Topógrafos . Documentos y Modelos |
US.$ 250 000 |
GASTOS EXTRAS (Cédula “F”)
|
50 000 |
EQUIPO ELECTRONICO
INCLUYE CENTRALES, TELEFONICAS, FOTOCOPIADORAS, FAX, EQUIPO MOVIL, Y/O TODO OTRO EQUIPO ELECTRÓNICO. |
80 000 30 000
30 000
|
ROTURA DE MAQUINARIA, ACCION INTERNA Y EXPLOSION Y/O IMPLOSION DE CALDEROS, MAQUINARIAS Y/O EQUIPOS, INCLUYE LUCRO CESANTE (Maquinaria fija y/o Estacionaria ). |
100 000 |
REFRIGERACIÓN |
25 000 |
RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL EXTRACONTRACTUAL, CONTRACTUAL, PATRONAL, CRUZADA Y/O DE PRODUCTOS Industrializamos la hoja de Coca. |
200 000 |
ROTURA DE LUNAS Y/O VIDRIOS Y/O LETREROS LUMINOSOS Y/O PANELES DE PUBLICIDAD EXTERIORES Y/O INTERIORES Y LETREROS NO LUMINOSOS, incluyendo sus Estructuras e instalaciones y/o hasta donde sus intereses aparezcan. Coberturas Rotura Accidental Huelgas, Conmociones Civiles Daño Malicioso, Vandalismo y/o Terrorismo Riesgos de la Naturaleza ((Terremoto, Temblor, Erupción Volcánica y/o Cualquier evento súbito de la Naturaleza ) |
3 000 |
TRANSPORTE INCIDENTAL Cobertura a Todo Riesgo de Mobiliario, Equipo de Oficina, Equipos Livianos, Herramientas, etc.. y/o todo otro bien que aunque no se encuentre expresamente detallado, tenga interés asegurable, de su propiedad y/o de Terceros, bajo su custodia y/o responsabilidad, se considera también el Transporte de Bienes, entre sus Oficinas y/o a otros locales para reparación y/o Comisión y/o proveedores y/o clientes. (Cobertura de Todo Riesgo de Transporte, Riesgos Políticos y Robo ) |
30 000 |
INFORTUNIO Equipos de comunicación y/o cómputo portátiles y/o PDT’S en poder de sus funcionarios y/o trabajadores y/o cobradores –vendedores y/o en Vehículos, se amplía la Cobertura a amparar los Carritos de distribución, en cualquier lugar de las Ciudades donde Operan las Empresas, incluyendo Accidente (Choque) y/o Robo, hasta donde sus intereses aparezcan. |
15 000 |
RIESGOS POLÍTICOS ( HUELGAS, CONMOCIONES CIVILES, DAÑO MALICIOSO, VANDALISMO Y TERRORISMO ) |
2 000 000 |
COBERTURA AUTOMÁTICA POR NUEVAS ADQUISICIONES
|
100 000 |
TODAS LAS COBERTURAS INVOLUCRADAS SON POR EVENTO.
DEDUCIBLES: (Toda y cada Pérdida)
- Todo Riesgo |
5 % del monto del siniestro, mínimo US$ 1 000 |
- Riesgos Políticos |
5 % del monto indemnizable, mínimo US$ 2 500 |
- Riesgos de la Naturaleza |
5 % del monto indemnizable, mínimo US$ 2 500 |
- Terremoto |
1 % del valor del predio afectado, mínimo US$ 2 000 |
- Daños por Agua |
10% del monto indemnizable, mínimo US$ 100 |
- Gastos Extras |
03 días |
- Equipo Electrónico |
1 % del valor de reposición, mínimo US$ 200 (Sección I y II ) Sección III : 10% del Valor de Reposición Mínimo US$ 200 |
- Rotura de Maquinaria |
10% del monto del siniestro, mínimo US.$ 300 |
- Xxxxx Xxxxxxx |
07 días |
- Responsabilidad Civil |
US$ 200 (Daños Materiales) |
- Infortunio |
10 % del monto del siniestro, mínimo US.$ 450 |
- Rotura Accidental |
US$ 30.00 |
- Refrigeración |
10% del Monto del siniestro mínimo US$ 300 |
- Transporte Incidental |
10% del monto del siniestro, mínimo US.$ 200 |
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A INCENDIO Y LINEAS ALIADAS:
Todo Riesgo
Primer Riesgo
Incendio consecutivo de Xxxxxxxxx, Temblor, Erupción Volcánica y/o fuego subterráneo.
Honorarios de Arquitectos, Topográficos e Ingenieros
Remoción de Escombros
Documentos y Modelos
Costo de Extinguir un Incendio
Reposición de Productos
Terrorismo y Riesgos Políticos
Reemplazo
Sellos y Marcas
Gastos Extras
Traslado Temporal (cubre adicionalmente el contenido por cualquier siniestro cubierto)
Errores ú Omisiones
Inclusión Automática
Permisos y Privilegios
Gastos Extraordinarios
Gastos Extras (Cédula “F”)
Bienes Terceros
Mercadería Propia de Terceros
Combustión Espontánea
Reposición
Reparaciones y Reconstrucciones
Adelanto del 50% del Siniestro
Propiedades Fuera del Control del Asegurado
Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada
Aparatos eléctricos
Mercadería de propiedad de terceros
Cobertura Automática por nuevas adquisiciones
Transporte Terrestre
Transporte Incidental
Rotura accidental xx xxxxxxx y cristales
Cláusula de Infortunio
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A LUCRO CESANTE
Xxxxx Xxxxxxx por Incendio y Líneas Aliadas Cedula “A”
Cedula F-Gastos Extras
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A EQUIPO ELECTRONICO
Condiciones Generales de Equipo Electrónico
Xxxxxxxxx, Xxxxxxx, Maremoto y Erupción Volcánica
Desbordamiento, Inundación, Vientos Huracanados Y Tempestad
Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo
Huelga, Motín y Conmoción Civil
Valor de Reposición
Equipos Móviles y Portátiles.
Gastos Adicionales para Flete Aéreo hasta US$ 2,500.00
Gastos Adicionales por Horas Extras, Trabajo Nocturno hasta US$ 2,500.00
Hurto
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A ROTURA DE MAQUINARIA Y LUCRO CESANTE
POR ROTURA DE MAQUINARIA
Condiciones Generales de Rotura de Maquinaria
Cobertura para Gastos Adicionales por Horas Extras, Trabajo Nocturno hasta US$.10,000.00
Flete Aéreo hasta US$.10,000.00
Cobertura de Aceites Lubricantes o Refrigerantes
Cobertura de Bombas Sumergidas y Bombas para Pozos Profundos
Cobertura de Cables Metálicos y Cables no Eléctricos
Cobertura de Inundación o Enlodamiento
Xxxxx Xxxxxxx por Rotura de Maquinaria: Período de Indemnización 03 meses
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A RESPONSABILIDAD CIVIL
Condiciones Generales de Responsabilidad Civil
Extracontractual
Patronal
Contractual
Productos
Cruzada
Ascensores, grúas, escaleras mecánicas y montacargas
Locatarios
Transportes (carga y/o personal)
Playas de Estacionamiento.
Oficinas y similares.
Propietarios de Edificios
Vehículos Ajenos
Vehículos de propiedad de Terceros
Uso xx xxxxx de fuego (Solo por personal de la Entidad que cuente con la respectiva licencia)
Incendio y/o Explosión y/o Agua y/o Humo
Locales y Operaciones
Vigilantes Privados y Policías
Antenas y Xxxxxx
Avisos Luminosos y publicitarios.
Contratistas de Obras y/o subcontratistas independientes
Responsabilidad Civil para Empresas de Transporte, en sus propios vehículos.
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A TODO RIESGO DE CONSTRUCCION (CAR)
Condiciones generales de todo riesgo de construcción (CAR)
Huelga, motín y conmoción civil
Cobertura para gastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno hasta US$.10,000.00 (por evento)
Flete aéreo hasta US$.10,000.00
Cables subterráneos, tuberías y demás instalaciones subterráneas
Condiciones para lluvias e inundación
Condiciones para tendido de tubería
Trabajos de perforación para pozos de agua
Daño malicioso, vandalismo y terrorismo
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A TODO RIESGO DE MONTAJE (EAR)
Condiciones Generales De Todo Riesgo De Montaje (EAR)
Huelga, motín y conmoción civil
Cobertura para gastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno hasta US$.10,000.00 (por evento).
Flete aéreo hasta US$.10,000.00 (por evento)
Campamentos y almacenes de materiales de construcción
Cables subterráneos, tuberías y demás instalaciones subterráneas
Bienes almacenados fuera de sitio de obra o montaje
Condiciones para lluvias e inundación
Condiciones para tendido de tubería
Daño malicioso, vandalismo y terrorismo
CONDICIONES ESPECIALES
APLICABLE A TODAS LAS SECIONES Y/O COBERTURAS
Se amplía el plazo para denunciar cualquier reclamo a la Aseguradora sobre la ocurrencia de un siniestro, hasta treinta (30) días después de lo que se establezca en la cobertura de la póliza afectada.
En caso de pérdida o daño a un bien que forme parte de un conjunto y que no pueda ser repuesto, se indemnizará el valor total del conjunto.
En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discreción del asegurado la cobertura en la cual se considere el deducible menor.
Se excluye la Cláusula de Infra seguro: los valores de reposición declarados bajo esta póliza representan el valor a nuevo de los mismos. No se aplicará la cláusula de infraseguro o “seguro insuficiente” cuando los valores declarados tengan una desviación de hasta 10% entre Valor a Nuevo vs. Valor declarado
Para la indemnización de siniestros en los que el asegurado no pueda obtener facturas, guías de remisión o proformas que demuestren la pre-existencia de los bienes, se tomarán en cuenta los inventarios, vales de salida xx xxxxxxx, los listados de costos y/u órdenes de compras.
La cobertura de Infortunio será del tipo de Todo Riesgo, amparando los daños y pérdidas externas e internas y por cualquier causa, durante el almacenamiento, trabajo, transporte en cualquier lugar del mundo, utilizando para su traslado cualquier medio o vía de transporte, incluyendo el robo mientras se encuentran en cualquier medio de transporte.
Están cubiertos los gastos incurridos con el propósito de extinguir incendios en el predio del asegurado o en sus cercanías y las causadas ante amenazas inminentes de daño o pérdida, y que tengan como objeto impedir o disminuir las pérdidas y/o daños a los bienes asegurados.
En caso de siniestro de Incendio y Rotura de Maquinaria, no se aplicará depreciación en caso de pérdida total hasta tres años de antigüedad; asimismo, estarán cubiertos los daños o pérdidas de las maquinarias y equipos, así estas hayan cumplido su vida útil de trabajo considerando su valor comercial xx xxxxxxx.
Para maquinaria o equipo repotenciado, no será de aplicación la cláusula de reemplazo; sin embargo, se acepta como suma asegurada el valor de adquisición y/o presupuesto de compra de dichos bienes y/o bienes similares en el mercado secundario, ya sea nacional o internacional, por lo tanto las indemnizaciones se efectuarán teniendo como base el valor antes mencionado, pudiendo aplicarse deducciones por depreciación y adelanto tecnológico.
Bajo Todo Riesgo, Rotura de Maquinaria y Equipo Electrónico, están cubiertos los gastos adicionales por horas extras como, trabajo nocturno, días feriados, flete aéreo.
Se consideran como terceros a los familiares de los trabajadores y el personal de contratistas y/o sub-contratistas.
INCENDIO Y LINEAS ALIADAS
Están cubiertos los daños por cortocircuito por cualquier causa, así como por fluctuaciones y/o cualquier falla eléctrica, aún cuando no generen incendio.
EQUIPO ELECTRÓNICO
Las indemnizaciones en caso de pérdida total y parcial de equipos electrónicos, de comunicación, de telefonía y similares, se harán a valor de reposición a nuevo; en caso de no existir en el mercado el modelo del equipo siniestrado, la indemnización se hará hasta por el valor de reposición del equipo inmediato superior existente en el mercado
Bajo la cobertura de Equipo Electrónico se extiende a cubrir las pérdidas y/o daños causados directamente por fallas en el aprovisionamiento de corriente eléctrica de la red pública.
Bajo la cobertura de la Sección II de equipo electrónico, se incluyen CDs que contienen toda clase de programas, así como la restitución de la información perdida en caso de siniestro, aun cuando el asegurado no cuente con copias de seguridad o back up.
Bajo la cobertura de la Sección III de equipo electrónico, se incluyen los costos de personal y los gastos de transporte de material que surjan con motivo de un siniestro indemnizable.
La presente cobertura se extiende a cubrir equipos electrónicos y/o eléctricos de propiedad del Asegurado y/o de terceros bajo su responsabilidad, custodia y/o control.
Dentro de los sublímites de cobertura para equipo electrónico y/o equipo móvil y/o hurto de equipos electrónicos están incluidos “radios y/o equipos de comunicación, de medición y/o similares”.
ROTURA DE MAQUINARIA
Valor de Reposición para el caso de pérdidas totales de maquinaria y/o equipo
El valor de reemplazo de las máquinas y equipos asegurados deben corresponder al valor de reemplazo a nuevo, teniendo en cuenta la capacidad de producción y tecnología, aún cuando dicha tecnología ya no se produzca, debido a obsolescencia. Por consiguiente, la cantidad indemnizada por la aseguradora, en caso de pérdida total, será la que corresponda al valor instalado del bien nuevo, de capacidad semejante aunque de diferente marca y característica.
Para considerar un siniestro como pérdida total, los daños deberán ser iguales o superiores al 80% del valor de reposición de la maquinaria o equipo.
LUCRO CESANTE POR INCENDIO Y ROTURA DE MAQUINARIA
La póliza ampara los daños y pérdidas consecuenciales y/o lucro cesante debido a:
Todos los gastos extras o adicionales incurridos por el Asegurado, con el fin de evitar o minimizar la paralización del negocio (haya o no una reducción en el beneficio bruto y/o en el volumen del negocio).
Dentro de la cobertura de gastos extras están incluidos los gastos de construcción y/o habilitación de instalaciones y construcciones temporales y fijas con el fin de efectuar reparaciones, limpieza y/o reposiciones de los activos dañados, todos ellos con el fin de evitar la paralización de las operaciones y/o pérdidas por lucro cesante. Ésta cobertura es para cubrir los costos necesarios para restituir y garantizar el servicio brindado, así como aquellos gastos para minimizar las pérdidas.
Bajo esta póliza se cubre los siniestros de lucro cesante causados por un evento cubierto bajo la presente póliza, aunque dicho daño no sea indemnizable por estar por debajo del deducible. Se confirma que el daño inferior al deducible se trata del daño material que origina la paralización.
Después de ocurrido el siniestro, el asegurado tomará las medidas necesarias a su alcance para la pronta reparación y/o reposición del bien siniestrado. De no encontrarse en el mercado nacional e internacional, los repuestos, maquinarias y equipos adecuados para la reparación y/o reposición así como mano de obra, contratistas, especialistas calificados, para que efectúen los trabajos, la cobertura de lucro cesante se mantendrá hasta la reparación y/o reposición definitiva, siempre y cuando el Asegurado proceda diligentemente para conseguir la inmediata reparación y/o reposición del bien afectado.
RESPONSABILIDAD CIVIL
Queda entendido y convenido que, en adición a los términos, exclusiones, cláusulas y condiciones contenidas en las Condiciones Generales del Seguro de Responsabilidad Civil, el asegurador indemnizará al asegurado por todas las cantidades que legalmente tuviera que pagar, incluyendo lo siguiente:
Bajo los alcances de la Cláusula de Responsabilidad Civil Patronal se incluye Daños que la empresa pueda ocasionar a los practicantes y/o trabajadores al amparo de las leyes de fomento al empleo, personal contratado permanente y/o eventual, sean por empresas de terceros y/o directamente y vigilantes, incluyendo a trabajadores independientes que esporádicamente sean contratados para realizar trabajos eventuales de carácter manual tales como electricistas, gasfiteros, carpinteros, entre otros aún cuando no se haya formalizado un contrato escrito.
Se deja constancia que para efectos de esta póliza, los familiares de los trabajadores del asegurado son considerados terceros, debido a que eventualmente se presentan visitas a los trabajadores que se encuentran de turno y/o mientras participan de eventos culturas y sociales dentro y/o fuera de la empresa.
Cláusula de contaminación: Se extiende a cubrir los gastos de remediación por daños materiales, daños y/o lesiones corporales originados directamente por acción de la contaminación o envenenamiento del aire, del suelo o del agua, por uso de combustible, por el ruido, olores, vibraciones, electricidad, temperatura, radiaciones visibles e invisibles; siempre y cuando el efecto perjudicial se deba a un acontecimiento totalmente accidental y fortuito y como consecuencia directa de la realización de las actividades propias del asegurado, incluyendo el uso de bienes y/o materiales que tengan relación con dichas actividades.
La cobertura de responsabilidad civil se extiende a cubrir los gastos judiciales y/o de defensa que se originen como consecuencia de una eventualidad cubierta por la póliza.
Cubre la responsabilidad civil por uso de ascensores, grúas, montacargas, cargadores frontales, escaleras mecánicas, equipo móvil con y sin placa de rodaje y/o equipos o maquinarias similares y se amplía a cubrir los daños materiales y/o personales causados por maquinarias y/o equipos móviles que se encuentren dentro o fuera de los predios asegurados, que sean de propiedad del Asegurado y que estén o no bajo su cuidado, custodia y/o control y/o sobre aquellos en los cuales tenga un interés asegurable.
ROTURA DE LUNAS Y/O VIDRIOS
La presente cobertura se extiende a rotura de lunas y/o vidrios y/o letreros luminosos, paneles de publicidad exteriores y/o interiores y letreros no luminosos, vidrios de escritorio, ya sean ubicados dentro de los locales, techos, calles, avenidas y carreteras, incluyendo sus estructuras e instalaciones y/o hasta donde sus intereses aparezcan, incluyendo:
Rotura accidental.
Riesgos políticos y de la naturaleza..
TRANSPORTE INCIDENTAL
La cobertura para el Transporte Incidental y/o Interno es a Todo Riesgo, incluyendo:
Accidente al Medio Conductor.
Robo de Xxxxx Entero y/o Falta de entrega de Xxxxx Entero
Robo por Xxxxxx
Huelgas y Conmociones Civiles (cargamentos)
Carga y Descarga
Terrorismo
Riesgos Políticos
Riesgos de la Naturaleza
Propiedades de Terceros bajo responsabilidad del Asegurado.
SEGURO DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE (CAR/EAR)
Coberturas: Básica, “B” y “C”, incluyendo Responsabilidad Civil Cruzada.
-CLAUSULA DE INFRASEGURO
Los valores de reposición a nuevo declarados bajo esta póliza son una razonable estimación del valor a nuevo correcto respecto de la suma de todos los ítems de una ubicación dada. Sin embargo, los valores de ciertos ítems podrían tener algún grado de variación, en cuyo caso la condición de infra seguro no se aplicará a los ítems afectados, sino a la suma de los valores declarados para toda la póliza.
No se aplicará la cláusula de infra seguro cuando los valores declarados de bienes físicos tengan una desviación de hasta un 10% respecto del valor de reposición correcto de todos los bienes asegurados.
-CLÁUSULA DE GASTOS EXTRAS
Se aplicará por cualquier “Gasto Extra” en los que incurra el asegurado para disminuir sus pérdidas o daños por efecto de la pérdida, daño o destrucción a su propiedad, causado por cualquiera de los riesgos cubiertos bajo la presente póliza y de esta forma continuar con su actividad normal.
Los “Gastos Extras” serán durante el tiempo requerido para construir, reparar o reemplazar la propiedad dañada o colocar al asegurado en la misma condición en la que se encontraría de no haber ocurrido tal daño o pérdida, limitado a la vigencia de la póliza.
Entre algunos de estos “Gastos Extras” podemos citar los siguientes, los que no son únicos y que no están limitados sólo a dichos gastos, pudiendo existir otros gastos razonables y necesarios considerados como “Gastos Extras”.
Alquiler de locales.
Pago de honorarios profesionales y alquileres de máquinas, equipos y otros.
Mayor gasto por aplicación de cualquier ley u ordenanza que regule la construcción, reparación o uso de edificios.
Gasto adicional por limpieza, descontaminación por un accidente causado en su local u otro local o lugar que comprometa la paralización de las operaciones del asegurado.
Gastos por reconstrucción de documentos y modelos.
Gastos efectuados por el asegurado en caso no se permita el acceso a su local a consecuencia de daños a propiedades adyacentes.
Cualquier otro gasto variable que origine pérdida para el asegurado y que esté relacionado con la paralización de sus operaciones por un siniestro cubierto por la póliza.
Sobre tiempos, trabajos nocturnos, fines de semana y feriados.
Gastos efectuados por el asegurado para determinar el monto de la pérdida.
-CLAUSULA DE GASTOS EXTRAORDINARIOS
La presente cobertura se extiende, pero no se limita, a lo siguiente:
Excavaciones
Honorarios profesionales.
Planilla de ejecutores en relación al siniestro.
Licencias.
Patentes de cualquier tipo que deban cancelarse a consecuencia de un siniestro amparado por la póliza.
Impuestos que deba pagar el asegurado como consecuencia de daños físicos cubiertos por la póliza.
Reacondicionamientos provisionales.
Defensa.
Salvamento.
Limpieza.
Demolición y remoción de escombros.
Costos de extinguir un incendio y cualquier otro gasto con la excepción de la pérdida de beneficios.
Documentos y Modelos.
La póliza se extiende a cubrir las reparaciones provisionales y las medidas de protección necesarias, que se deriven de la ocurrencia de un siniestro.
En caso de Siniestro, si la autoridad competente no permita la reconstrucción de las instalaciones siniestradas y por este motivo el asegurado tenga que construir una nueva instalación en otro lugar, la póliza indemnizará como pérdida total el bien siniestrado, sin descontar el monto del salvamente existente en el lugar del siniestro
RAMO: 3D DESHONESTIDAD – DESAPARICION - DESTRUCCION
UBICACIÓN RIESGOS:
(Según detalle en Póliza Patrimonial-Todo Riesgo)
CONVENIOS |
SUMAS ASEGURADAS US$ |
|
I |
Deshonestidad Comprensiva - por Empleado, hasta: Categoría “A” : 70 Categoría “B” : 99 Categoría “C” : 33 (Incluye Vigilantes y limpieza) Total : 202 Limite Agregado Anual Se cubre además de los trabajadores que figuren en planilla, a policías particulares y/o trabajadores contratados directamente y/o por Servís y comisionistas y/o practicantes y/o transportistas y/o fleteros y/o cualquier otra persona en cualquier tipo de trabajo relacionado a la Empresa, siempre y cuando estén dentro del número de trabajadores declarados |
25,000.00 |
II |
Cubre pérdidas de dinero y/o valores de toda clase y/o tipo, convertibles en dinero, contenidos dentro de cualquiera de los locales de las Empresas fijadas en la póliza y/o en otros locales que tengan relación con el Grupo, en Cajas Fuertes, las 24 horas del día y/o fuera de ellas en Cajas Chicas y/o Gavetas y/o Cajones de Escritorio y/o en tránsito interno y/o durante las horas laborables y/o atención al público y/o durante su conteo y/o manipuleo interno, con un período de exposición de 365, días al año, sean de su propiedad y/o de sus Accionistas y/o Ejecutivos y/o Empleados y/o de Terceros, bajo su custodia y/o Responsabilidad y/o hasta donde sus intereses aparezcan. INCLUYE :
|
60,000.00
|
I II |
Pérdida de Dinero y/o Valores Fuera del Local: |
|
Todos los días del año.
INCLUYE :
- Se cubre a trabajadores Contratados, Comisionistas, Empleados, Cobradores – Vendedores, Transportistas y dinero en vehículos de reparto, entre sus puntos de cobranzas o ventas en cualquier lugar de la República Limite Agregado Anual |
60,000.00 |
|
IV |
Falsificación de Cheques de Gerencia, Giros Postales, Libranza, Títulos Valores, Papel Moneda y Ordenes de Pago Cubre la Pérdida a causa de falsificación y/o adulteración de guías de remisión, boletas de depósito, órdenes de pago y/o cualquier otro documento valorado. |
20,000.00 |
V |
Falsificación de Documentos Bancarios, Cheques de Gerencia, Boletas de Depósitos Cubre la Pérdida a causa de Falsificación y/o adulteración de órdenes de compra, cheques de gerencia falsificados, girados o no por un Banco, Boletas de depósito y cualquier otro documento Bancario |
20,000.00 |
VI |
Robo y/o Asalto ROBO Y/O ASALTO Y/O FRACTURA Y/O ESCALAMIENTO Y/O FORADOS Y/O INTRODUCCION FURTIVA ( DE INSTALACIONES, BIENES MATERIALES Y/O ACTIVOS Y/O CONTENIDOS Y/O EXISTENCIAS EN GENERAL DE TODA CLASE Y/O TIPO, UBICADOS EN CUALQUIER AREA DE LOS LOCALES, SEAN BIENES PROPIOS YO DE SUS FUNCIONARIOS Y/O EMPLEADOS Y/O DE TERCEROS BAJO SU CUSTODIA Y/O RESPONSABILIDAD Y/O HASTA DONDE SUS INTERESES APAREZCAN.
|
200,000.00 |
Todas las áreas de la entidad fueron auditadas por los asesores externos XXX XXXXXXXX & XXXXXX ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL AUDITORES CONSULTORES, trabajo que se concluyo a fines de febrero 2013.
COBERTURAS ADICIONALES:
Hurto y/o Ratería de Activos Fijos Y Existencias US$ 5,000.00
Limite Agregado Anual
Bienes de Directores y Funcionarios, únicamente bajo la
Cobertura de robo y/o asalto, dentro de locales asegurados US$ 2,500.00
l
CLAUSULAS ADICIONALES
Restitución Automática de la Suma Asegurada
Adelanto del 50% en caso de Siniestro
Reemplazo
Cláusula para cubrir hurto de activos fijos dentro de los locales asegurados.
DEDUCIBLES:
TODOS LOS CONVENIOS:
10% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MÍNIMO US$ 300
HURTO Y/O RATERÍA:
10% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MÍNIMO US$ 250
BIENES DE DIRECTORES, GERENTES Y EMPLEADOS:
US$ 200 TODA Y CADA PÉRDIDA.
CONDICIONES ESPECIALES
En Convenio II, incluye cobertura para los dineros y/o valores convertibles en dinero en Caja Fuerte y/o Caja Chica y/o gaveteros y/o cajones de escritorio y/o durante su permanencia, conteo y/o manipuleo, bajo los siguientes modos:
Caja Registradora o Caja Chica hasta : US $ 10,000.00
Caja de Seguridad Empotrada hasta : US $ 40,000.00
El Convenio III, incluye coberturas para los dineros en poder de empleados encargados del transporte desde el local asegurado a los bancos y/o mutuales, financieras, cooperativas, clientes, proveedores, obras y/o viceversa y/o entre sus locales y/o desde cualquiera de los centros autorizados de recaudación a sus locales Asegurados y/u operaciones interbancarias.
Se deja constancia que los bienes asegurados bajo esta póliza quedan cubiertos en cualquier local señalado en la póliza o en cualquier otro local que eventualmente ocupe el asegurado para fines de su actividad.
En caso de huelga y/o paros políticos, se duplicará los valores asegurados del Convenio II, siempre y cuando estén guardados en caja fuerte.
Si por alguna razón, el monto transportado por algún empleado o cobrador supere cualquiera de los límites establecidos en la Cláusula de Condiciones de Seguridad para el Dinero en Tránsito, se indemnizará bajo el límite menor que cumpla con dicha medida.
La cobertura del Convenio IV se extiende a cubrir cualquier pérdida a causa de la falsificación y/o adulteración de guías de remisión, boletas de depósito, órdenes de pago, y cualquier otro documento valorado.
La cobertura del Convenio V se extiende a cubrir cualquier pérdida a causa de la falsificación y/o adulteración de órdenes de compra, cheques de gerencia falsificados girados o no por un banco, boletas de depósito y/o cualquier otro documento bancario.
La cobertura de Activos Fijos se amplia a cubrir los mismos cuando se encuentren en poder de las personas a las cuales han sido asignadas, debiendo reconocerse las pérdidas o daños de tales bienes a valor de reemplazo o reposición.
En caso de deshonestidad, no se considerará como deducible el importe de los préstamos que otorga la empresa a los trabajadores asegurados, con cargo a los Beneficios Sociales, que hayan sido otorgados de acuerdo x Xxx y depositados en entidades Financieras, destinados a la compra de casa habitación. Asimismo, no serán descontados del siniestro, los Beneficios Sociales que le correspondan al trabajador deshonesto, en razón que los mismos son inembargables e irrenunciables, de acuerdo x Xxx.
Las medidas de seguridad para la cobertura de dinero en tránsito, quedan como sigue:
MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LA COBERTURA DE DINEROS EN TRÁNSITO SEGÚN LÍMITES ASEGURADOS
-
LÍMITES EN US$
Nº DE PERSONAS
CONDICIONES
1. Hasta 5,000
01
Empleado o transportista
Los tránsitos deben efectuarse únicamente en vehículos del asegurado y/o de sus
Dependientes y/o alquilados expresa y oportunamente para tal fin.
Cuando las distancias a recorrer sean hasta de 300 metros, éstos pueden ser
Efectuados a pie, en cuyo caso deben ser acompañados por dos vigilantes armados
o PNP portando arma de fuego.
En caso de incumplimiento de las anotadas condiciones de Medidas de Seguridad,
el reclamo no procederá en forma total.
POLIZA VEHICULAR TODO RIESGO
UNIDADES VEHICULARES
|
Los Valores considerados se encuentran a Valor Comercial, los mismos que no cuentan con dispositivos GPS.
COBERTURAS:
Daño Propio: Accidentes, incendio (por cualquier causa interna o externa), rotura de lunas, robo y hurto: Hasta la Suma Asegurada por unidad.
Volcadura, incendio robo total, robo parcial: Valor asegurado por unidad
Ausencia de Control, incluyendo imprudencia temeraria, según cláusula adjunta :
Hasta la Suma Asegurada
Riesgos de la naturaleza: terremoto, lluvia e inundación, tempestad, vientos y/o ventarrones y deslizamientos de tierras, temblor, todo fenómeno natural y otros.:
Hasta la Suma Asegurada
Riesgos Políticos, Huelgas y Conmociones Civiles / Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo :
Hasta la Suma Asegurada
Responsabilidad Civil frente a terceros c/vehículo : US$ 100,000.
Responsabilidad Civil en exceso Hasta US$ 200,000.
Rotura de lunas – Su valor
Responsabilidad Civil frente a ocupantes (cada ocupante) : US$ 40,000.
Responsabilidad Civil por Ausencia de Control, incluyendo Hasta US$ 50,000.
Imprudencia Temeraria por vehículo: Hasta : US$ 50,000.
Accidentes Personales para Ocupantes, limitado al número
de ocupantes de la tarjeta de propiedad, incluyendo al chofer
del vehículo y al conductor de la motocicleta:
Muerte e Invalidez Permanente por persona : US$ 20,000
Gastos de Curación por persona : US$ 4,000
Gastos de Sepelio por persona : US$ 1,500
Accesorios Musicales (Automóviles / Camionetas: Sin costo) Hasta : US$ 1,000
Accesorios Musicales y/o Especiales fijos (extintores,
Herramientas especiales, equipos de GPS y otros), Hasta : US$ 1,000
Servicios Adicionales: Grúa y Ambulancia y Auxilio Mecánico
por vehículo Hasta : US$ 500
autorizadas.
|
|
CLAUSULAS ESPECIALES
- Restitución Automática de la Suma Asegurada
- Indemnización para Sumas Aseguradas con Valor Comercial
- Cobertura total, aunque no se haya realizado la inspección del vehículo
- Exoneración de Parte Policial en caso donde no se involucren daños a terceros, llamando
Inmediatamente a la Compañía, por los siguientes casos: choque y fuga, choque
Estacionado, rotura de lunas, robo parcial, impacto contra sardineles, huecos, postes.
- Cobertura Automática por nuevas adquisiciones sean nuevas o usadas.
- Pérdida Total: indemnización a suma asegurada.
- Vehículo de reemplazo por choque y/o robo total en agregado 20 días para todos los vehiculos.
- CLAUSULA DE PARTICIPACION DE UTILIDADES
SERVICIOS ADICIONALES
No depreciación por desgaste de llantas.
Libre elección de Talleres.
|
|
DEDUCIBLES:
RIESGO |
DEDUCIBLES |
A Nivel póliza |
|
* Automóviles y Camionetas 4x2 y 4x4 |
10% del monto del siniestro, mínimo US$ 150.00 |
* Camiones |
10% del monto del siniestro, mínimo US$ 300.00 |
* Motocicletas |
10% del monto del siniestro, mínimo US$ 150.00 |
Robo Total para Camionetas y camiones |
sin deducible |
Accidentes ocupantes |
sin deducible |
Ausencia
de control y RC y uso de de vías no autorizadas
Camionetas |
10
% del monto del siniestro mínimo $/. 200.00 dólares |
* Accesorios Musicales y/o Especiales |
US$ 50.00 por evento |
* Robo de llantas y/o aros |
10% del monto del siniestro, mínimo US$ 75.00 |
* Motocicletas |
10% del monto del siniestro, mínimo US$ 200.00 |
Pérdida Total |
Sin Deducible l |
Robo Total para Motocicletas |
Sin deducible |
Rotura de Lunas |
Cambio por luna nacional, sin cobro de deducible |
Vehículo de reemplazo |
US$ 100.00 + IGV por evento |
Los deducibles incluyen IGV.
NOTA:
Las coberturas para las motocicletas serán iguales al resto de la flota, en la medida que las mismas sean de aplicación para ellas. (Ejm. No se podrá otorgar la cobertura de accesorios musicales).
CONDICIONES ESPECIALES:
Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada, sin costo.
Libre elección de talleres de parte del asegurado.
Uso de vías no autorizadas. Circulación en vías fuera del uso regular.
Servicio de Procuraduría, asesoría legal y obtención de parte policial.
La cobertura de Daño Propio: Choque, vuelco, incendio, robo total y parcial (incluyendo vehículos menores), se extiende inclusive para resarcir las pérdidas y/o daños que se produzcan en tanto las unidades se encuentren siendo remolcadas y/o reparadas y/o en prueba en los talleres de terceros a quienes el asegurado haya solicitado este servicio.
En caso de reclamo al amparo de la cláusula de Ausencia de Control:
La cobertura queda extendida aún en el caso de declaración inexacta por parte del conductor, cuando ésta haya sido efectuada sin conocimiento del asegurado.
En caso de aplicar esta cláusula, la Cía. de Seguros, en común acuerdo con el asegurado, podrá repetir contra los empleados responsables.
Esta cláusula es extensiva a todos los conductores, aún cuando no se encuentren registrados en las planillas del asegurado.
Se deja constancia que por el tipo de operaciones de la empresa, algunas unidades transitan por vías no carrozables y/o no entregadas oficialmente al servicio público, por lo que en la eventualidad de un siniestro en dichas vías, le corresponderá una indemnización en forma normal sin aplicación de la Cláusula de Ausencia de Control ni de vías no autorizadas.
Se aclara que la Institución por razones operativas, puede utilizar sus unidades durante las 24 horas del día, durante todo el año.
Se considerará Pérdida Total, cuando los daños a la unidad sean iguales o superiores al 75% de la suma asegurada o a discreción del asegurado.
Cobertura automática de nuevas unidades por 45 días, a solicitud telefónica o escrita, sin estar sujeta a la inspección del vehículo.
Entrega automática de órdenes de compra.
Aviso de siniestro a la Aseguradora, hasta un plazo de 5 días, después de conocido el siniestro en la Oficina Principal, y para las Agencias 15 días.
Atención inmediata de los siniestros a sola presentación de la denuncia policial y el presupuesto de reparación.
La Aseguradora, bajo la cobertura de Responsabilidad Civil, otorgará la “reclamación de daños por terceros” hasta US$ 500. por transacción directa del asegurado, cuando esté claramente establecida la responsabilidad del conductor del vehículo asegurado y los daños se encuentren por encima del deducible respectivo; siempre y cuando haya intervención del procurador de la aseguradora y/o transacción notarial que respalde el trámite.
La cobertura de la póliza cubre los vehículos que están siendo remolcados, reparados y/o en prueba en los talleres donde se encuentre.
El Aire acondicionado, las bolsas de aire (air-bag), así como cualquier otro equipamiento que posean los vehículos, se encuentran incluidos en el valor de los mismos.
No se aplicará depreciación a llantas y/o accesorios en caso de robo.
Se incluye la cobertura para daños a terceros causados por vehículos asegurados, conducidos por personas sin autorización del asegurado.
Se exonera la denuncia policial y/o dosaje etílico en caso de fuerza mayor (donde no haya Comisarías o puestos policiales por ser lugares alejados, o en zonas a las que sea riesgoso desplazarse).
La cobertura de accidentes personales será otorgada al 100% de la suma asegurada indicada, a nivel nacional, según corresponda.
Para el Servicio xx Xxxx y/o Ambulancia. En los casos en los cuales el accidente suceda fuera del radio de acción del servicio de emergencia, el asegurado podrá contratar un servicio particular xx Xxxx y/o Ambulancia, el cual será reembolsado por la aseguradora, hasta los límites indicados.
El asegurado se obliga a tomar todas las precauciones necesarias para cuidar el vehículo y evitar que sobrevengan pérdidas o daños ulteriores, excepto cuando peligre la vida o integridad de los ocupantes de los vehículos participantes en el siniestro o de la(s) persona(s) atropellada(s).
RAMO: ACCIDENTES PERSONALES
ASEGURADOS : 197 ASEGURADOS
Son trabajadores Administrativos y Comerciales, cuya labor es la compra, venta, almacenamiento, transporte, supervisión e industrialización de HOJA DE COCA.
BENEFICIARIO : HEREDEROS LEGALES
COBERTURAS |
SUMA ASEGURADA |
|
US.$
20 000 |
|
20 000
|
3. Por Invalidez Permanente Parcial, a consecuencia de accidente, la Aseguradora pagará según el grado de Invalidez declarado, al Asegurado la suma de :
|
20 000 |
CLAUSULAS ADICIONALES
- INCLUYE COBERTURA DE RIESGOS POLITICOS, INCLUIDO TERRORISMO.
- EL ASEGURADO TENDRAN COBERTURA DURANTE LAS 24 HORAS DEL DIA EN TERRITORIO
NACIONAL O EL EXTRANJERO.
- EXTENSION DE COBERTURA POR PRÁCTICA NO PROFESIONAL DE DEPORTES
- INCLUYE COBERTURA POR PRÁCTICA DEL DEPORTE DE EQUITACION
- EXTENSION DE COBERTURA POR EL USO COMO PASAJERO DE CUALQUIER MEDIO
HABITUAL DE TRANSPORTE.
- EXTENSION DE COBERTURA POR SER CONDUCTORES DE MOTOCICLETAS U OTROS
VEHICULOS SIMILARES
AMPLIACIÓN DEL LÍMITE MÁXIMO DE EDAD (80 AÑOS)
CLAUSULAS ADICIONALES:
Incluye Terrorismo
Riesgos de la Naturaleza
Extensión de cobertura hasta los 80 años de edad.
Práctica normal y no profesional (como aficionado) de fútbol, béisbol, polo, pesca en alta mar,
rodeo, rugby, boxeo, esquí acuático, equitación, tabla hawaiana, karate, judo, pesas,
andinismo y caminatas en alta montaña.
Conducción de motocicletas, motonetas y otros vehículos similares.
Por el uso como pasajero de cualquier medio habitual y no habitual para el transporte público
de personas ya sea terrestre, lacustre, fluvial, marítimo o aéreo, en vehículos que pudiendo
ser o no de las empresas comerciales, no recorren itinerarios regulares y fijos.
Por el uso como pasajero de aviones y/o helicópteros particulares y/o de la FAP, por viajes
Eventuales.
CLASE DE SEGURO : POLIZA DE TRANSPORTE
MATERIA ASEGURADA : Mercaderías del giro de comercialización de la Empresa,
Tales como: productos filtrantes de mate de coca y
Mixturas aromáticas, productos en proceso, productos
Terminados y existencias propias del giro.
MEDIO DE TRANSPORTE : Vehículos Propios y/o de terceros bajo su responsabilidad y/o
De Empresas y/o Agencias de Transportes legalmente
Constituidas, autorizados y acondicionados para el transporte
De carga.
EMBALAJE : Adecuado
RADIO DE ACCION : Territorio del Perú, incluido reparto local.
LIMITE POR EMBARQUE : El límite máximo de responsabilidad por embarque y/o viaje,
y/o medio de transporte bajo ésta póliza es US$ 5,000.00 y
su equivalente en cualquier moneda.
COBERTURAS : Accidente al medio Transportador
Riesgos Políticos (Huelgas, Conmociones Civiles y Tumultos populares, Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo)
Robo por Xxxxxx
Incluye: carga y descarga.
CLAUSULAS : - Sellos y Marcas
- Restitución Automática de la Suma Asegurada
TRANSPORTE TERRESTRE
Bajo la cobertura de Transporte Terrestre se cubre el transporte a nivel nacional (incluye carreteras no autorizadas). El medio de transporte será en vehículos de propiedad del asegurado y/o de sus representantes y/o de empresas de transportes legalmente establecidas y/o agencias de terceros y/o vehículos fletados por el asegurado para operaciones de distribución y/o cualquier otro vehículo alquilado por el asegurado para su distribución, así como aviones de líneas aéreas con itinerario regular y/o aviones fletados por el asegurado y/o vía fluvial en chatas y/o barcazas y/o embarcaciones de propiedad de empresas de transporte legalmente establecidas y/o vía marítima (cabotaje).
CLASE DE SEGURO : XXXX XXX EMPLEADOS
D.L.688- LEY 29549 DS 003-2011-TR
MONTO MENSUAL DE PLANILLAS : S/.314,459.52
NÚMERO DE TRABAJADORES : 192 TRABAJADORES
Xxxxxx Xxxxxx S/. 8,000.00 (1 FUNCIONARIO)
Xxxxxx Xxxxxx S/. 750.00
COBERTURAS |
BENEFICIOS SEGÚN LEY |
BENEFICIOS CON COBERTURAS ESPECIALES |
MUERTE NATURAL
MUERTE ACCIDENTAL
INVALIDEZ ACCIDENTAL PERMANENTE |
16 Remuneraciones Mensuales 32 Remuneraciones Mensuales 32 Remuneraciones Mensuales |
16 Remuneraciones Mensuales
32 Remuneraciones Mensuales
32 Remuneraciones Mensuales |
CANCER |
|
5 Remuneraciones, hasta S/.15,000 |
ACCIDENTE VASCULAR CEREBRAL |
|
5 Remuneraciones, hasta S/. 15,000 |
DESGRAVAMEN |
|
5 Remuneraciones, hasta S/. 15,000 |
GASTOS DE SEPELIO |
|
2 Remuneraciones, hasta S/. 4,000 |
TRANSPLANTE DE ORGANOS |
|
5 Remuneraciones, hasta S/. 15,000 |
QUEMADURAS |
|
5 Remuneración, hasta S/.15,000 |
INFARTO AL MIOCARDIO |
|
5 Remuneraciones, hasta S/. 15,000 |
DESAMPARO FAMILIAR SÚBITO
|
|
5 Remuneraciones, hasta S/. 15,000 |
CLASE DE SEGURO : XXXX XXX OBREROS
MONTO XX XXXXXXX MENSUAL : S/. 4,160.13
NÚMERO DE TRABAJADORES : 04 TRABAJADORES
COBERTURAS |
BENEFICIOS SEGÚN LEY |
BENEFICIOS CON COBERTURAS ESPECIALES |
MUERTE NATURAL
MUERTE ACCIDENTAL
INVALIDEZ ACCIDENTAL PERMANENTE |
16 Remuneraciones Mensuales 32 Remuneraciones Mensuales 32 Remuneraciones Mensuales |
16 Remuneraciones Mensuales
32 Remuneraciones Mensuales
32 Remuneraciones Mensuales |
CANCER |
|
5 Remuneraciones, hasta S/. 15,000 |
ACCIDENTE VASCULAR CEREBRAL |
|
5 Remuneraciones, hasta S/.15,000 |
DESGRAVAMEN |
|
5 Remuneraciones, hasta S/. 15,000 |
GASTOS DE SEPELIO |
|
5 Remuneraciones, hasta S/. 5,000 |
TRANSPLANTE DE ORGANOS |
|
5 Remuneraciones, hasta S/. 15,000 |
QUEMADURAS |
|
5 Remuneración, hasta S/. 15,000 |
INFARTO AL MIOCARDIO |
|
5 Remuneraciones, hasta S/. 15,000 |
IMPORTANTE:
Indicar si se trata de una contratación por ítems, etapas o paquetes, en cuyo caso debe detallarse dicha información.
CAPÍTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
|
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS |
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
|
A. |
EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD |
M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios correspondientes a la actividad objeto del proceso
M >= 04 veces el valor referencial: 50 puntos
M >= 03 veces el valor referencial y < 04veces el valor referencial: 45puntos
M >= 02 veces el valor referencial y < 03 veces el valor referencial: 40 puntos6
|
|
Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo de SIETE (07) AÑOS a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a CUATRO (04)VECES EL VALOR REFERENCIAL.
Acreditación: Tal experiencia se acreditará mediante contratos y la respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (se aceptaran copias de las facturas debidamente selladas). La cancelación de los comprobantes de pago podrá constar en: voucher de depósito del cliente, reporte de estado de cuenta o en el mismo comprobante de pago, con un xxxxxx xx xxxx (10) servicios en cada caso, prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo de cada servicio que se pretenda acreditar. Los importes de los comprobantes de pago, contratos u órdenes de compra emitidos en nuevos soles, se convertirá a tipo de cambio venta vigente a la fecha de emisión del documento, según la información que figura en la página Web de la SUNAT. En el caso que no se haya publicado el tipo de cambio en la fecha de emisión del documento se tomara el tipo de cambio correspondiente al del día siguiente de la fecha de emisión, en caso que este tampoco este publicado se tomará el tipo de cambio del día más cercano. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.
En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.
|
B. |
CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO |
Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación7:
PCP= PF x CBC NC
Donde:
PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje máximo al postor. NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Número de constancias de prestación válidas.
10 puntos
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Criterio: Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.
Acreditación: Mediante la presentación de un xxxxxx xx xxxx (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
C . FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIAC.1 Plazo de pagos de siniestros Máximo 20 puntos Al postor que ofrezca el menor plazo al que establece la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros en el
Artículo 332º, de acuerdo a lo establecido en el siguiente cuadro:
Al postor que no oferte un plazo menor al establecido en el referido dispositivo no se le asignará puntaje. El plazo se considera en días calendarios completos. C.2 MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS Máximo 20 puntos
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
PUNTAJE TOTAL |
100 puntos8 |
IMPORTANTE:
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
|
PROFORMA DE CONTRATO
CONTRATO N° …-2013-ENACO S.A.
CONTRATO DE SERVICIO DE COBERTURA DE SEGUROS PATRIMONIALES Y PERSONALES
Adjudicación de Menor Cuantia Derivada Nº 006– 2013-ENACO S.A.
Conste por el presente documento, Contrato de Póliza de Seguros Patrimoniales y Personales, que celebran de una parte:
A) La EMPRESA NACIONAL DE LA COCA SOCIEDAD ANÓNIMA - ENACO S.A., con Registro Único del Contribuyente Nº 20114883230, inscrito en la Partida N° 11000102, del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° X Sede Cusco, con domicilio en el inmueble Nº 103 de la Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx y Departamento de Cusco, debidamente representada por su Gerente General ………………………………………, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 00000000, con designación inscrita en el Asiento Nº 152 de la Partida Nº 00000000, del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº X Sede Cusco, a quien en lo ulterior se le denominará "EL COMITENTE o ENACO S.A.", y de otra parte:
…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….., con Registro Único del Contribuyente, N° …………….., con domicilio legal en el inmueble ubicado en la …………………………………………………………………………………………………………………, Provincia y Departamento de Lima, debidamente representada por el ………………………………………, identificado con Documento Nacional de Identidad N° ……………, con Poder inscrito en la Partida Registral N° ………………. Asiento Nº ……….. del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX Sede Lima, a quien en lo sucesivo se denominara ……………………………………………………………..
…………………….…………………………………………………………………………………………….
.……………………………………………………………………
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
Con fecha .. de ……. de 201.., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de La Adjudicación Directa Publica Nº 0.. – 2012, . para la contratación de servicio de Seguros Patrimoniales y Personales, a …………………………………..………………………………
………………………………………………………………………………… cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO
ENACO S.A., mediante su Comité Especial designado para llevar a cabo la Adjudicación ……………………………., …………………………., ha otorgado la BUENA PRO al ………………………………………………………………..………………..
…………………………………………………………….., para la obtención del Servicio de Cobertura de Seguros Patrimoniales y Personales para ENACO S.A, de conformidad a la propuesta Técnica y Económica presentada por ésta y que es parte integrante del presente contrato.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del servicio materia del presente contrato asciende a $. ………… (……………………………………………………………………) a todo costo, incluido IGV.
Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO.
De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el CONTRATISTA, ENACO S.A deberá contar con la siguiente documentación.
Recepción y Conformidad del Órgano de administración.
Informe del Funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada. Oficina de Control Patrimonial.
Factura.
El pago se realizara de la siguiente manera:
Póliza Patrimonial – Incendio todo riesgo, Póliza 3D (deshonestidad, destrucción, desaparición) y Póliza de vehículos, accidentes personales, xxxx xxx empleados y obreros y transporte se pagaran en cinco cuotas mensuales iguales sin intereses, siendo el primer vencimiento a los 30 días del inicio de la vigencia, de la forma siguiente:
-
Nº DE CUOTA
FECHA DE PAGO
MONTO DE PAGO EN U.S. $
XXXXXXXX XX
XXXXXXX
0xxx. Xxxxx
0xx. Xxxxx
0xx. Xxxxx
0xx. Cuota
5ta. Cuota
TOTALES
Para tal efecto el Contratista emitirá las pólizas que correspondan en Dólares Americanos, pudiendo ENACO S.A. realizar el pago en moneda nacional, para lo cual se utilizara el tipo de cambio, venta, que establezca la Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha que se realizara el pago, el responsable de dar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.
CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN
El Servicio materia de la presente convocatoria se prestará en el plazo de doce (12) meses, a partir de la fecha que comunique la entidad.
El plazo de ejecución de la prestación se extenderá desde el 0.. de ….l del 201.. hasta el 0.. xx xxxxx del 201...
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato: $. ……………. ( ………………… ………………) a través de la Carta Fianza N° …………………………….. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tiene una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
Esta garantía es emitida por una empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberá encontrarse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
ENACO S.A está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento.
CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de ENACO S.A no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, ENACO S. A. le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto
F x Plazo en días
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, ENACO S.A podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, ENACO S.A procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
En lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º y 177º del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de Cusco a los …….. días del mes de ……… del año dos mil …...
________________________
EL CONTRATISTA
FORMATOS Y ANEXOS
FORMATO N° 01
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE
Ciudad, ………………..
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A.
Presente.-
………………………………………(nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC Nº ……………………………… , debidamente representado por ………………. (nombre del representante legal de la persona jurídica), identificado con DNI Nº ……………….tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Pública
N° ……………….……………, a fin de acreditar a nuestro apoderado: ………………………….………. (nombre del apoderado) identificado con DNI
Nº ………………………………quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.
………………………….…………………..
Firma y sello del representante legal
Nombre / Razón Social del postor
ANEXO N° 01
DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A.
Presente.-
Estimados señores:
El que se suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social
Domicilio Legal
RUC Teléfono Fax
Ciudad,…………………..………
..........................................................
Firma y sello del Representante Legal
Nombre / Razón social del postor
(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO N° 02
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A
Presente.-
Estimados Señores:
El que suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............. en calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad ……………………y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el Servicio de ……………………(Describir el objeto de la convocatoria), de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Términos de Referencia y demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases.
Ciudad, …………………………………….
-------------------------------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor/
Razón Social de la empresa
ANEXO N° 03
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A
Presente.-
De nuestra consideración:
El que suscribe……………………………. (postor y/o Representante Legal de …………………….), identificado con DNI Nº ................ y RUC Nº …………………., domiciliado en ..........................................; que se presenta como postor del ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A, para la CONTRATACION DEL SERVICIO DE ………………. ……………, declaro bajo juramento:
1.- No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10° de la Ley.
2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para efectos del presente proceso de selección.
4.- Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ciudad, ………………………………………
-------------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor/
Razón Social de la empresa
ANEXO N° 04
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A.
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta en la ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. ..................................................................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y formalizar la contratación correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal común en.........................................
OBLIGACIONES DE ……..: % Participación
OBLIGACIONES DE ……: % Participación
Ciudad, ……………………..
………………………………………….. …..………………………………….
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal empresa 1 Representante Legal empresa 2
ANEXO Nº 05
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A
Presente.-
Estimados Señores:
El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad) N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., luego de conocer las condiciones que se exigen en las presentes Bases, me comprometo a prestar el Servicio de …………………… para ………………….(Consignar nombre de la Entidad convocante), en el plazo ……………………………………. calendario (Indicar el plazo ofertado, ya sea en días, meses o años).
Ciudad, …………………………………….
-------------------------------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor/
Razón Social de la empresa
ANEXO N° 06
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A
Presente.-
El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad) N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con Domicilio Legal en......................................................................., detallamos lo siguiente:
Nº |
CLIENTE |
OBJETO DEL SERVICIO (a) |
N° CONTRATO O FACTURA |
IMPORTE DEL CONTRATO O FACTURA |
FECHA DE INICIO Y TÉRMINO |
1 |
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
|
6 |
|
|
|
|
|
7 |
|
|
|
|
|
8 |
|
|
|
|
|
9 |
|
|
|
|
|
10 |
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
|
|
|
Ciudad, ………………………………………
-----------------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor
/ Razón Social de la empresa
ANEXO Nº 07
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA
(MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:
-
CONCEPTO
COSTO TOTAL
Dólares americanos
TOTAL
USD monto total,único
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar.
Ciudad, ……………………………………….
-----------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor
/ Razón Social de la empresa
ANEXO Nº 08
DECLARACION JURADA DE MEJORAS Y BENEFICIOS ADICIONALES
(MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con las Bases del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mis mejoras y propuestas adicionales son las siguientes:
-
MEJORAS
PUNTAJE
TOTAL
Ciudad, ……………………………………….
-----------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor
/ Razón Social de la empresa
ANEXO N° 09
DECLARACIÓN JURADA
DE COMPROMISO DE OTORGAR COBERTURA PROVICIONAL
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A.
Presente.-
De nuestra consideración:
El que suscribe……………………………. (postor y/o Representante Legal de …………………….), identificado con DNI Nº ................ y RUC Nº …………………., domiciliado en ..........................................; que se presenta como postor del ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A, para la CONTRATACION DEL SERVICIO DE ………………. ……………, declaro bajo juramento:
1.- La compañía de seguros acepta otorgar la presente cobertura provisional, dentro de las condiciones de la póliza que emitirá en cuanto se formalice el contrato y declara que todo siniestro que ocurra dentro de su vigencia provisional estará amparado por el seguro.
2.- El asegurado o contratante, por su parte, declara conocer las condiciones generales de la póliza. Asimismo, declara que, sobre la materia asegurada de esta cobertura provisional, no pesa ningún hecho o circunstancia que, de haber sido conocido por el asegurador, este se hubiera negado a otorgar la cobertura.
Ciudad, ………………………………………
-------------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor/
Razón Social de la empresa
ANEXO N° 10
DECLARACIÓN JURADA
DE COMPROMISO DE COMPROMISO XX XXXXXX Y TASAS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A.
Presente.-
Estimados señores:
El que se suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que las primas y tasas indicadas serán consideradas también para futuros endosos e inclusiones.
Ciudad, ………………………………………
-------------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor/
Razón Social de la empresa
ANEXO N° 11
DECLARACIÓN JURADA
DE PLAZOS DE PAGOS DE SINIESTROS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA N° 006-2013-ENACO S.A.
Presente.-
Estimados señores:
El que se suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que los plazos indicados para el pago de siniestro ocurrido, serán los indicados en el presente contrato.
Ciudad, ………………………………………
-------------------------------------------------------------
Firma, Nombres y Apellidos del postor/
Razón Social de la empresa
RELACION DE SINIESTROS INDEMNIZADOS POR LA COMPAÑÍA DE SEGUROS DURANTE EL EJERCICIO 2010
RAMO |
POLIZA |
CIA |
FECHA DE SINIESTRO |
VEHICULO |
SINIESTRO |
MONTO SINIESTRO US$ |
DEDUCIBLE |
MONTO RECONOCIDO |
FECHA DE PAGO |
3D |
2221010100021 |
MAPFRE |
15.01.2010 |
|
ROBO DE DINERO FUERA DEL LOCAL DEL ASEGURADO |
5,518.60 |
1,282.50 |
4,236.10 |
15.07.2010 |
VEHICULOS |
3011010101514 |
MAPFRE |
27.06.2010 |
OO-5400 |
CHOQUE |
9,639.00 |
517.70 |
9121.30 |
05.08.2010 |
VEHICULOS |
3011010101514 |
MAPFRE |
04.07.2010 |
XXX-000 |
XXXXXX |
8,321.10 |
1,572.75 |
6,748.35 |
04.08.2010 |
VEHICULOS |
3011010101514 |
MAPFRE |
22.08.2010 |
A2O-836 |
CHOQUE |
|
|
|
POR LIQUIDAR |
3D |
2221010100021 |
MAPFRE |
17.09.2010 |
|
ROBO DE 59ª DE HOJA DE COCA |
|
|
|
EN JUICIO |
RELACION DE SINIESTROS INDEMNIZADOS POR LA COMPAÑIAS DE SEGUROS DURANTE EL EJERCICIO 2011
RAMO |
POLIZA |
CIA |
FECHA DE SINIESTRO |
VEHICULO |
SINIESTRO |
MONTO SINIESTRO US$ |
DEDUCIBLE |
MONTO RECONOCIDO |
FECHA DE PAGO |
VEHICULOS |
3011010101514 |
MAPFRE |
05.07.2011 |
XXX-000 |
XXXXXX |
26,430.00 |
2,643.00 |
23,787.00 |
05.09.2011 |
VEHICULOS |
3011010101514 |
MAPFRE |
11.08.2011 |
OO-5408 |
VOLCADURA |
9,121.00 |
912.00 |
8,920.00 |
10.09.2011 |
VEHICULOS |
3011010101514 |
MAPFRE |
15.10.2011 |
WGN-039 |
DESPISTE |
6,748.00 |
674.80 |
6,073.20 |
30.10.2011 |
3D |
2221010100021 |
MAPFRE |
02.05.2011 |
|
ROBO DE DINEROS EN TRANSITO |
2,165.00 |
765.00 |
1,400.00 |
12.05.2011 |
3D |
2221010100021 |
MAPFRE |
12.10.2011 |
|
ROBO A COBRADOR |
11,595.00 |
765.00 |
10,830.00 |
17.10.2011 |
RELACION DE SINIESTROS INDEMNIZADOS POR LA COMPAÑIAS DE SEGUROS DURANTE EL EJERCICIO 2012
RAMO |
POLIZA |
CIA |
FECHA DE SINIESTRO |
VEHICULO |
SINIESTRO |
MONTO SINIESTRO US$ |
DEDUCIBLE |
MONTO RECONOCIDO |
FECHA DE PAGO |
3D |
2221210100079 |
MAPFRE |
05.05.2012 |
|
ROBO DINERO DENTRO DE LOCAL |
10,767.00 |
765.00 |
10,002.00 |
08.05.2012 |
VEHICULOS |
30112110107314 |
MAPFRE |
15.08.2012 |
A2G-920 |
CHOQUE |
9,702.00 |
882.00 |
8,820.00 |
15.09.2012 |
VEHICULOS |
30112110107314 |
MAPFRE |
26.09.2012 |
EGC-172 |
CHOQUE |
5,890.00 |
589.00 |
5,301.50 |
10.10.2012 |
3D |
2221210100079 |
MAPFRE |
16.11.2012 |
|
APROPIACION ILICITA TRABAJADOR |
37,113.00 |
3,711.00 |
POR LIQUIDAR |
PENDIENTE |
VEHICULOS |
30112110107314 |
MAPFRE |
06.01.2013 |
OO-5418 |
PERDIDA TOTAL |
2,618.00 |
|
POR LIQUIDAR |
PENDIENTE |
DESGLOSE DE VALORES – FORMATO SBS
|
Dirección |
Año |
Uso (I) |
M.C.P.(*) (II) |
Tipo |
|||||
|
Xxxxx, Xx. |
Xx |
Xxx. |
Xxxxxxxx |
Xxxxxxxxx |
Xxxx |
||||
0 |
XXXXX XXXXXXXX |
000 |
XXXXXXXX |
XXX XXXXXXXXX |
XXXXX |
XXXXX |
15 |
OF.ALM |
1 |
1 |
2 |
AV.XXXXX XXXXX S/N PAVAYOC |
S/N |
PAVAYOC |
SANTA XXX |
LA CONVENCION |
CUSCO |
25 |
OF.ALM |
1 |
1 |
3 |
JR.COMBAPATA |
S/N |
LA QUEBRADA |
YANATILE |
CALCA |
CUSCO |
20 |
OF.ALM |
2 |
1 |
4 |
XXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXXX |
X/X |
|
XXXXXXXXX |
XX XXXXXXXXXX |
XXXXX |
20 |
OF.ALM |
2 |
1 |
5 |
XX.XX XXXXX |
X/X |
XXXXXX |
XXXXXXXX |
XX XXXXXXXXXX |
XXXXX |
00 |
OF.ALM |
2 |
1 |
6 |
XXXX X XXXXXXXXXX |
S/X |
XXXXX REAL |
ECHARATE |
LA CONVENCION |
CUSCO |
16 |
OF.ALM |
2 |
1 |
7 |
XX.XXXX XXXXX |
X/X |
XXXXXX XXXXXX |
XXXXXXXXX |
XX XXXXXXXXXX |
XXXXX |
23 |
OF.ALM |
2 |
1 |
8 |
XXX.XXX.XXXXX XXXXXXXXXX |
X/X |
|
XXXXX XXXXX |
XX XXXXXXXXXX |
XXXXX |
00 |
OF.ALM |
2 |
1 |
9 |
PUTUCUSI |
S/N |
CENTRO POBLAD |
QUELLOUNO |
LA CONVENCION |
CUSCO |
20 |
OF.ALM |
2 |
1 |
10 |
XX.XX XX XXXXXXX |
X/X |
XXXXXX XXXXXX |
XXXXXXXX |
XX XXXXXXXXXX |
XXXXX |
20 |
OF.ALM |
2 |
1 |
11 |
SAN XXXX |
S/X |
XXXXX |
YANATILE |
CALCA |
CUSCO |
15 |
OF.ALM |
2 |
1 |
12 |
XX.XXXXXXX XXXXXX |
000 |
|
XXXXXXXX |
XXXX |
XXXX |
25 |
OF.ALM |
1 |
1 |
13 |
JR.XXXXXXXX XXXXXX |
154 |
La rinconada |
Juliaca |
SAN XXXXX |
XXXX |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
14 |
JR.CAMINACA |
131 |
|
AZANGARO |
AZANGARO |
PUNO |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
15 |
XXXXX XXXXXXX XXXXXX |
000 |
|
XXXXXX |
XXXXXXX |
XXXX |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
16 |
XXXXX 0 XX X XXXX 00 X 00 |
|
|
XX XXX |
XXXXX XXXX |
XXXXXXXX |
16 |
OF.ALM |
1 |
1 |
17 |
XX.XXXXXXXX XXXXXX |
000 |
XXXXXX XXXXXX |
XXXXXXXX |
XX XXXXX |
XXXXX |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
18 |
XXX XXXXXXXX |
000 |
|
XXXXXXXX |
XXXXXXXX |
LA LIBERTAD |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
19 |
XXXXX XXXXXXXX |
000 |
XXXXXX XXXXXX |
XXXXXX |
XXXXXXXX |
XX XXXXXXXX |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
00 |
XXXXX XXXX |
X/X |
XXXXXX |
XXXXXXXXX |
XXXX XXXXX |
XX XXXXXXXX |
23 |
OF.ALM |
1 |
1 |
21 |
PUENTE CHACANTO |
S/N |
BALZAS |
CHACHAPOYAS |
CHACHAPOYAS |
AMAZONAS |
15 |
OF.ALM |
1 |
1 |
22 |
ESQ.CALLE JUNIN Y XXXXXXXX |
S/X |
XXXXXXX XXXXXXX |
SANTIBAMBA |
LA LIBERTAD |
LA LIBERTAD |
25 |
OF.ALM |
1 |
1 |
23 |
XX.XXXXXX XXXXXX |
000 |
XXXXXXX |
XXXXXXX |
XXXXXXX |
JUNIN |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
24 |
XX.00 XX XXXXX |
000-000 |
|
XXXXXXX XXXXX |
XXXXXXXXXX |
XXXXXXX |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
25 |
XX.XXXXXXXX |
0000 |
XXXXXXXXXX |
XXXX |
XXXX |
XXXX |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
26 |
JR,PUNO |
1823 |
XXXX |
XXXX |
XXXX |
XXXX |
16 |
OF.ALM |
1 |
1 |
27 |
XX.XXXXXXXXXXXXX |
000 |
XXXXX |
XXX XXXXXX |
XXXX |
XXXX |
23 |
OF.ALM |
2 |
1 |
28 |
JR.XXXXXX XXXXXX |
616 |
HUARAZ |
HUARAZ |
ANCASH |
ANCASH |
20 |
OF.ALM |
2 |
1 |
N° |
DEPARTAM. |
PROVINCIA |
DISTRITO |
DIRECCION EXACTA |
Año |
Uso (I) |
M.C.P.(*) (II) |
Tipo |
|
|
|
|
|
||||
|
|
|
|
|
||||
0 |
Xxxxx |
Xxxxx |
Xxx Xxxxxxxxx |
Xxxxx Xxxxxxxx N° 103-Urb.Santutis Chico |
15 |
OF.ALM |
1 |
1 |
2 |
Cusco |
La Convención |
Santa Xxx |
Av.Xxxxx Xxxxx S/N.-Sector Pavayoc |
25 |
OF.ALM |
1 |
1 |
3 |
Cusco |
Calca |
Yanatile |
Xx. Xxxxxxxxx X/X.-Xx Xxxxxxxx |
00 |
OF.ALM |
2 |
1 |
4 |
Cusco |
La Convención |
Occobamba |
Centro Poblado San Xxxxxxx S/N. |
20 |
OF.ALM |
2 |
1 |
5 |
Cusco |
La Convención |
Echarate |
Av. XX.Xxxxx S/N.-Kiteni |
20 |
OF.ALM |
2 |
1 |
6 |
Cusco |
La Convención |
Echarate |
Xxxx X. Xxxxxxxxxx S/N.-Palma Real |
16 |
OF.ALM |
2 |
1 |
7 |
Cusco |
La Convención |
Quellouno |
Xx. Xxxx Xxxxx X/X.-Xxxxxx Xxxxxxx |
00 |
OF.ALM |
2 |
1 |
8 |
Cusco |
La Convención |
Santa Xxxxx |
Urb. Sta. Xxxxx Xxxxxxxxxx |
20 |
OF.ALM |
2 |
1 |
9 |
Cusco |
La Convención |
Quellouno |
Putucusi S/N.- Centro Poblado |
20 |
OF.ALM |
2 |
1 |
10 |
Cusco |
La Convención |
Maranura |
Xx. Xx Xxxxxxx X/X.- Xxxxxx Xxxxxxx |
00 |
OF.ALM |
2 |
1 |
11 |
Cusco |
Calca |
Yanatile |
Xxx Xxxx X/X.-Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx |
00 |
OF.ALM |
2 |
1 |
12 |
Puno |
Chucuito |
Juli |
Xx.Xxxxxxx Xxxxxx Xx 000.- |
00 |
OF.ALM |
1 |
1 |
13 |
Xxxx |
Xxx Xxxxx |
Xxxxxxx |
Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx N° 154.-La Rinconada |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
14 |
Puno |
Azángaro |
Azángaro |
Xx. Xxxxxxxx Xx 000.- |
00 |
XX.XXX |
0 |
0 |
00 |
Xxxx |
Xxxxxx |
Xxxxxxx |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xx 000- |
00 |
XX.XXX |
0 |
0 |
00 |
Xxxxxxxx |
Xx Xxx |
Xxxxx Xxxx |
Xxxxx 7 Mz."H"-Lotes 13 y 14 |
16 |
OF.ALM |
1 |
1 |
17 |
Junín |
Huancayo |
El Tambo |
Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xx 000- |
00 |
OF.ALM |
1 |
1 |
18 |
La Xxxxxxxx |
Xxxxxxxx |
Xxxxxxxx |
Los Xxxxxxxx Xx 000 |
00 |
XX.XXX |
0 |
0 |
00 |
Xx Xxxxxxxx |
Xxxxxxxx |
Xxxxxx |
Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 |
00 |
XX.XXX |
0 |
0 |
00 |
Xx Xxxxxxxx |
Xxxx Xxxxx |
Sayapullo |
Xxxxx Xxxx X/X.-Xxxxxx Xxxxxx |
00 |
XX.XXX |
0 |
0 |
00 |
Xxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxx Xxxxxxxx.-Xxxxxx |
15 |
OF.ALM |
1 |
1 |
22 |
La Xxxxxxxx |
Xxxxxxx Xxxxxxx |
Sartimbamba |
Esq.Xxxxx Xxxxx y Amargura S/N |
25 |
OF.ALM |
1 |
1 |
23 |
Xxxxxxx |
Xxxxxxx |
Xxxxxxx |
Xx.Xxxxxx Xxxxxx N° 272 |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
24 |
Huanuco |
Xxxxx Xxxxx |
Xxxxxxx Xxxxx |
Xx. 28 de Julio N° 332-336 |
20 |
OF.ALM |
1 |
1 |
25 |
Lima |
Lima |
Miraflores |
Xx. Xxxxxxxx Xx 0000-0000 |
00 |
XX.XXX |
0 |
0 |
00 |
Xxxx |
Xxxx |
Xxxx |
Xx. Xxxx Xx 0000 |
00 |
XX.XXX |
0 |
0 |
00 |
Xxxx |
Xxxx |
Xxx Xxxxxx |
Xx. Xxxxxxxxxxxxx Xx 000- Xxx. Xxxxx |
00 |
OF.ALM |
2 |
1 |
28 |
Ancash |
Huaraz |
Huaraz |
Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xx 000 |
00 |
OF.ALM |
2 |
1 |
29 |
Cusco |
Paucartambo |
Kcosñipata |
Xx. X. Xxxxxx x Xxx Xxxxxxxxxx X/X. |
00 |
XX.XXX |
|
|
00 |
Xxxxx |
Xxxxxxx |
Sicuani |
Jr. 28 de Julio N° 824 |
15 |
OF.ALM |
|
|
31 |
Cusco |
La Convención |
Occobamba |
Centro Poblado Kelcaybamba-Quillabamba |
15 |
OF.ALM |
|
|
54 |
Amazonas |
Chachapoyas |
Balsas |
Chincha Xxxx Xx 000 |
00 |
XX.XXX |
|
|
00 |
Xx Xxxxxxxx |
Xxxx Xxxxx |
Cascas |
Xxxxx Xxxxxx S/N. |
15 |
OF.ALM |
|
|
56 |
Amazonas |
Chachapoyas |
Luya |
Caserío S/N.-Choctamal-Longuita |
20 |
OF.ALM |
|
|
57 |
La Xxxxxxxx |
Xxxxxxx Xxxxxxx |
Xxxxxxxxxx |
Xx. San Xxxxxx N° 636 |
20 |
OF.ALM |
|
|
58 |
Cusco |
La Convención |
Santa Xxxxxx |
Localidad Cochapampa S/N. |
20 |
OF.ALM |
|
|
59 |
Cusco |
Espinar |
Xxxxx |
Xxxxx Xxxx Xx 000 |
00 |
XX.XXX |
|
|
00 |
Xxxxx |
Chumbivilcas |
Xxxxx Xxxxx |
Xxxxx Xxxxx Ccapac N° 102 |
18 |
OF.ALM |
|
|
61 |
Apurimac |
Abancay |
Abancay |
Xx. Xxxxxxxx Xx 000.-Xxx. Xxx Xxxxxxxx |
00 |
XX.XXX |
|
|
00 |
Xxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxxx |
Xxxxx Xxxx Xx 000 |
00 |
XX.XXX |
|
|
0 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
2El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
4 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
5 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.
6 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
7 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en xxx.xxxx.xxx.xx
8 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.