U NIVERSIDAD NACIONAL DE LUJÁN
U NIVERSIDAD NACIONAL XX XXXXX
XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: Licitación Pública Nº 002/18
Clase: de etapa única nacional.
Modalidad: sin modalidad.
Expediente: 0001340/2010.
Objeto de la contratación: Servicio de Concesión para BAR - COMEDOR de la Universidad Nacional xx Xxxxx.
Rubro: Concesión.
Fecha de Apertura de Ofertas: |
09 de Noviembre de 2018 a las 11;00 horas
|
Lugar: |
Departamento de Contrataciones sito en Av. Constitución 2388 Planta Alta – Luján (Xx.Xx.) |
Contacto: |
Tel/fax: 02323/423171/420380. Internos:1237 ó 1309 Mail: xxxxxxx@xxxx.xxx.xx De lunes a viernes de 8 a 15 hs. |
Retiro o descargas de Pliegos: |
Los interesados podrán consultar, retirar o solicitar el envío postal del presente pliego en las dependencias del Departamento de Contrataciones, en días y horarios establecidos precedentemente hasta la fecha fijada para la apertura de ofertas. Asimismo podrán descargar el presente desde las páginas: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, xxx.xxxxxxx.xxxx.xxx.xx
|
Consultas: |
Las mismas deberán efectuarse por escrito y ser remitas personalmente, vía fax o mail a las direcciones del Departamento de Contrataciones antes esgrimidas. Las consultas al Pliego podrán realizarse hasta 72 horas hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
|
Lugar, plazo y horario de presentación de las ofertas: |
Departamento de Contrataciones sito en Xx. Xxxxxxxxxxxx 0000 – Luján (Xx.Xx.), hasta la fecha y hora fijadas para la apertura de ofertas. Primer Piso. Teléfonos: 00000 000000 – Internos: 1237 ó 1309.
|
Renglón |
Descripción |
1 |
Servicio de Bar/Restaurante para la explotación del Comedor Universitario de la Universidad Nacional xx Xxxxx, Ubicado en Av. Constitución 2388 – Luján (Xx.Xx.)
|
CLAUSULAS PARTICULARES
1.- Objeto de la concesión:
El presente llamado está orientado a contratar la concesión de la explotación del servicio de Comedor Universitario - Bar - Restaurante, sede Luján. A través de dicho servicio, la Universidad pretende acceder a una oferta de alimentos DE CALIDAD NUTRICIONAL, VARIADA Y A VALORES ACCESIBLES, que esté al alcance de estudiantes, docentes, no docentes que diariamente desarrollan sus tareas en el lugar, siendo los beneficiarios directos del servicio de comedor los integrantes de la Comunidad Universitaria.
1.1 Lugar de prestación:
Para la prestación del mencionado Servicio se destinarán DOS (02) espacios ubicados dentro de la Sede Central, adaptados a tal fin, según planos (ver ANEXO V) que podrán solicitar vía e-mail a: xxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
1.2. Días y Horarios de prestación del servicio:
El horario de atención será de Lunes a Viernes de 07:00 a 22:00 horas y los Sábados de 08:00 a 14:00 horas COMO MÍNIMO, pudiendo el concesionario prolongar este horario, pero nunca reducirlo, afectando el normal desarrollo del servicio.
La Universidad se reserva el derecho de modificar los horarios previa comunicación al concesionario y el concesionario podrá solicitar por causas fundadas y/o en períodos de receso la modificación de los horarios del servicio, lo cual previamente deberá ser autorizado por la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO Y ASUNTOS ESTUDIANTILES.
Bajo ningún concepto, EL CONCESIONARIO estará autorizado a sub-alquilar el espacio concedido.
El contrato quedará rescindido de pleno derecho en cualquier supuesto de violación de lo previsto en esta cláusula.
1.3 Duración del Contrato:
La concesión del servicio tendrá una vigencia de treinta y seis (36) meses a partir de la firma del contrato y podrá ser prorrogado por un período máximo de doce (12 meses), en las mismas condiciones y precios pactados y, previo acuerdo de partes, expreso y por escrito, con una anticipación de sesenta (60) días al vencimiento del plazo del contrato original.
2.- Contenido de la oferta:
2.1. Descripción de la empresa, documentación que acredite antecedentes como prestador del servicios gastronómicos por un lapso no menor a 3 años (Rubro Gastronómico - Catering, etc.-).
2.2. Propuesta económica. (Planilla de Cotización) ANEXO I. ORIGINAL y DUPLICADO.
2.2.1. Modalidad de renegociación de precios para el Menú económico y Canon.
2.3. Propuesta o Proyecto integral de explotación de concesión de acuerdo a los lineamientos del presente Pliego y a toda otra propuesta adicional que se desee presentar.
2.4. Garantía de la Oferta: fija y de carácter obligatoria por el 5 % de la sumatoria del total del cánon (treinta y seis meses de contrato).
2.5. Certificado de visita a las instalaciones, según punto 4.6.
Los puntos 2.1, 2.2, 2.3, 2.4 y 2.5 DEBERÁN CUMPLIMENTARSE AL MOMENTO DE PRESENTARSE LA OFERTA, CASO CONTRARIO, SERÁ CAUSAL DE DESESTIMACIÓN DE LA MISMA SIN DERECHO A RECLAMO ALGUNO POR PARTE DEL OFERENTE.
2.6. Constancia de inscripción en el Sistema de Información de Proveedores del estado (SIPRO), o preinscripción, Tramitar por xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx/.
2.7. Constancia inscripción AFIP.
2.8. Certificado Fiscal para Contratar con la Administración Pública Nacional Vigente.
2.9. El oferente deberá presentar con carácter de Declaración Jurada “información sobre todo litigio actual que el licitante tenga pendiente, o que haya ocurrido dentro de los últimos cinco (5) años con el estado y con esta Institución en particular. Así también deberá acreditar que no registra antecedentes de conflicto laborales o gremiales y que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado Nacional.
2.10. Planificación del Menú, según punto 7.7.
2.11. Mantenimiento de Oferta: VEINTE (20) DÍAS HÁBILES a partir de la fecha de apertura de las ofertas. La voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento de oferta debe manifestarse en forma expresa dentro de los DIEZ (10) días corridos al vencimiento del plazo.
2.12. Declaración jurada de DATOS del OFERENTE: Domicilio, teléfono y correo electrónico constituido a los efectos de cualquier notificación fehaciente y todo otro dato que permita una rápida localización.
2.13. Declaración Jurada del Proponente constituyendo domicilio especial en la ciudad xx Xxxxx (Bs. As.).
2.14. Estados contables en caso de corresponder o Certificación de Estado de Situación Patrimonial ( actual) firmado por Contador Público Nacional y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los DOS (2) últimos ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta.
2.15. Referencias bancarias y comerciales o nómina de los establecimientos que puedan proporcionarlos.
La concesión del servicio será otorgada a una persona de existencia física o jurídica con capacidad civil para obligarse, que cumpla con los requisitos generales establecidos por el Reglamento para la Adquisición, enajenación y contratación de bienes y servicios del Estado Nacional aprobado y reglamentado por el Decreto 1030/2016 y complementarios.-
La oferta deberá estar firmada en todas sus fojas por el titular o apoderado.
3.- Presentación de ofertas:
3.1. Las ofertas se presentarán en idioma nacional, a máquina, mediante procesador de texto o con letra de imprenta, debiendo hallarse firmada por el oferente o su representante autorizado, en cuyo caso deberá acompañar el poder correspondiente.
3.2. Deberá presentar la Propuesta o Proyecto integral de explotación, el cual deberá contener como mínimo los requisitos exigidos en el presente Pliego.
3.3. La oferta deberá ser presentada en la Oficina DE CONTRATACIONES de la UNLu, sita en Xxxx 0 x Xx. Xxxxxxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxx, hasta la fecha y hora dispuesta para la apertura.
3.4. Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito y ser remitas personalmente o vía mail a las direcciones del Departamento de Contrataciones. Las consultas al Pliego podrán realizarse hasta 72 horas hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
3.5. Aquellas ofertas presentadas fuera del término estipulado, no serán propuestas válidas y serán devueltas una vez efectuado el Acto de Apertura. La UNIVERSIDAD no se responsabilizará por el posible extravío o apertura prematura de la oferta como consecuencia de que su envoltorio o sobre exterior no haya sido debidamente cerrado y rotulado según las instrucciones indicadas, o cualquier otra causa que sea ajena a esta Universidad.
3.6. El oferente deberá tener presente los principios de soberanía alimentaria; y deberá priorizar el “compre local”.
3.7. La presentación de la oferta, implica el conocimiento informado del oferente, sobre las condiciones xxx xxxxxxx de demanda y sus características.
3.8. El oferente deberá presentar proyecto de metodología de atención que garantice la celeridad en la misma, respetando el buen trato comercial y las buenas costumbres. Deberá indicar las formas de expendio, cantidad xx xxxxx, las modalidades de desarrollo y la calidad del servicio, personal involucrado, responsable profesional con incumbencias pertinentes, equipamientos a instalar, plan de mejoras, inversiones si las hubiere y todo aquello que considere oportuno, a fin de garantizar la calidad de la atención y gestionar la espera de manera tal que se pueda acceder al servicio en un tiempo razonable.
3.9. El oferente deberá demostrar que la prestación del servicio es sustentable en el tiempo, desde el punto de vista económico, social y ambiental.
4.- Espacio físico y destino:
4.1. Espacio físico: La Universidad cederá en uso al concesionario a título precario el espacio detallado a continuación: Inmueble ubicado en Xxxx 0 y Xx Xxxxxxxxxxxx, xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxx con todo lo plantado y adherido al suelo y con el mobiliario detallado en Anexo III El espacio y el mobiliario cedido por la Universidad deberá mantenerse en las mismas condiciones en las cuales se entrega, salvo el deterioro que resulte del normal uso. Cualquier daño, rotura o faltante deberá ser subsanado una vez concluido el contrato.
La UNIVERSIDAD, a través de los servicios que a tal fin designe, podrá solicitar el agregado o reemplazo, cuando su desgaste así lo aconseje, de mesas, sillas u otros elementos utilizados para la atención del público. Todo material a incorporar será de tipo y características uniformes, a los provistos por la UNIVERSIDAD.
4.2. El concesionario no podrá realizar modificaciones y/o incorporaciones de carácter edilicio que no sean autorizadas y visadas por escrito previamente por la Dirección General de Infraestructura, o quien ellos estimen corresponder. En el caso de solicitarse algún tipo de adecuación, la misma será por exclusiva cuenta del concesionario.
Los trabajos mencionados, una vez aprobados, deberán realizarse de acuerdo a indicaciones y condiciones estipuladas por la UNLu siguiendo los lineamientos estéticos y de calidad que la misma establezca, y deberán ser comenzados y culminados dentro de los plazos acordados entre las partes. La propuesta deberá mantener la lógica del lugar.
Durante la ejecución de los trabajos de adecuación, el concesionario deberá garantizar el servicio de prestación correspondiente y que resultan exigibles en el presente Xxxxxx.
Destino: El espacio de referencia estará destinado EXCLUSIVAMENTE al servicio de Comedor Universitario-Bar- Restaurante y contará con el equipamiento detallado en ANEXO III.
4.3. Sistema de preservación ambiental: El concesionario deberá procurar preservar el lugar de ruidos que perturben el normal funcionamiento de las actividades universitarias. Será de responsabilidad exclusiva del concesionario la eliminación diaria de residuos. En este caso se deberá prever la disposición y separación de residuos en recipientes y bolsas diferenciadas (orgánico y reciclables), los que serán depositados en contenedores destinados a tal fin.
4.4. Actividad comercial: Se prohíbe expresamente la realización de cualquier otro tipo de actividad comercial que no esté estipulada en el presente Xxxxxx, salvo aquellas que expresamente hayan sido autorizadas por la Universidad. Asimismo, se prohíbe la venta de cigarrillos y fotocopias dentro del espacio físico cedido.
4.5. Se prohíbe expresamente fumar en los espacios destinados al BAR – COMEDOR, como lo establece la RESOLUCIÓN RESHCS-LUJ Nº 0000070 – 10.
4.6. visita a las instalaciones del Comedor Universitario Sito en Ruta 5 y Xx. Xxxxxxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxx, xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Los interesados, deberán realizar una visita de inspección a los lugares objeto de la contratación, con el fin de obtener por sí mismos y bajo su responsabilidad y riesgo, toda la información necesaria para realizar su oferta.
La Universidad considera que el oferente ha efectuado su análisis xx xxxxxxx respecto a las posibilidades de clientela del establecimiento, en consecuencia no se admitirán reclamos de rescisión del contrato basados en esas causas. La visita reviste el carácter de obligatoria, su incumplimiento será causal de desestimación de la oferta.
El Oferente deberá presentar junto con su oferta, la constancia de visita a las instalaciones expedida por la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO Y ASUNTOS ESTUDIANTILES. Los interesados deberán comunicarse a los teléfonos: (02323) 423979 - 423171, Internos: 1356 - 1357, donde coordinarán día y horario de visitas, previa a la presentación de la oferta. Se adjunta modelo de planilla de visita como Anexo N.º II del presente.
5.- Funcionamiento:
La prioridad de acceso al servicio la tendrán los miembros de la comunidad universitaria. En caso de que accedan al servicio personas que no forman parte de la comunidad universitaria, se deberán establecer los mecanismos que permitan garantizar la prioridad citada precedentemente.
El comedor estará disponible para todo miembro de la comunidad universitaria, sin necesidad de haber comprado el alimento en el lugar, y podrá permanecer en el recinto el tiempo que desee, siempre y cuando no afecte el acceso a alimentarse de otro miembro de la comunidad. Se deberá garantizar el uso prioritario como comedor.
Se autorizará al concesionario a disponer de una carta de artículos varios vinculados a cafetería, buffet y/o restaurante.
Para disponer del uso del espacio físico para otros destinos y finalidades diferentes a los ya mencionados, el concesionario deberá solicitar a la Universidad el permiso correspondiente a través de la Secretaría de Bienestar Estudiantil con una semana de antelación como mínimo. Quedará a criterio de la Universidad la autorización para su realización o no, con relación a la disposición del lugar y al destino que se pretenda darle.
6.- Prestación del Servicio:
6.1. El sistema adoptado para la prestación del servicio será a consideración del adjudicatario y será tenido en cuenta al momento de la evaluación. Ver punto 3.8.
6.2. Deberá garantizarse una clara separación del sector de atención al público y del sector cajas, a los fines de facilitar una rápida atención evitando la acumulación de personas y filas extensas.
A tal fin, el concesionario deberá contar con cantidad suficiente de personal de forma tal que el servicio se brinde de manera normal, procurando mantener la atención del público en forma rápida y fluida.
6.3. En el caso de ser requerido por los usuarios, se deberá garantizar la envoltura de las comidas para su traslado.
6.4. Deberá suministrar alimentos y bebidas, según la propuesta de servicios y/o menúes, y se incluirá en todo momento la provisión de agua segura sin cargo, fría y caliente.
6.5. Será obligatoria la provisión permanente del menú económico (en sus tres formatos: Desayuno, Almuerzo y Merienda) de calidad nutricional y bajo precio; todo ello sujeto a las disposiciones específicas de las bases y su anexo técnico. Como alternativa deberá incluir comidas rápidas para llevar o consumir en el local, tales como sandwiches, tartas, empanadas, ensaladas, bebidas y postres, entre otros.
6.6. Se prohíbe al concesionario el expendio de bebidas alcohólicas.
6.7. Se podrá establecer menúes extras, a la carta, con su correspondiente composición y precio, los que se adjuntarán en la oferta presentada.
6.8. Se deberá asegurar, en todo momento, la disposición xx xxxxxx de microondas en el salón comedor para calentar comidas, tanto las adquiridas en el lugar como aquellas aportadas por los comensales.
7.- Planificación del menú:
7.1. Los menúes se ajustarán a las cantidades preestablecidas y a los requisitos de calidad que la Universidad establezca. Tendrán la diversidad suficiente para satisfacer distintas necesidades de alimentación de la comunidad universitaria y se tendrán en cuenta regímenes especiales, tales como celíacos, diabéticos, hipertensos, etc.
7.2. Se deberá garantizar la calidad de la atención y gestionar la espera de manera tal que se pueda acceder al servicio en un tiempo razonable.
7.3. Deberá confeccionarse y presentarse una lista con los distintos menúes, su composición y precio. Respecto a los valores de los productos ofrecidos, deberá considerarse que la Universidad persigue como objetivo principal la atención de la demanda de alimentos y refrigerios DE CALIDAD NUTRICIONAL y A VALORES ACCESIBLES. A estos efectos, se establecerán criterios técnicos para garantizar la adecuada composición y calidad nutricional de los menúes en sus tres formatos (Desayuno, Almuerzo y Merienda).
7.4. El oferente deberá cumplir con todo lo establecido en el Código Alimentario Argentino, a fin de garantizar la inocuidad de los alimentos que ofrece. Para ello, deberá implementar, como mínimo, las Buenas Prácticas de Manufactura.
7.5. En el proyecto integral se planificaran diez (10) menúes con variantes estandarizadas, especificando la cantidad y calidad de ingredientes a utilizar para su elaboración los cuales podrán ser adaptados a las distintas estaciones del año. Estos se repetirán en forma rotativa, una vez cumplidos los mismos, excepto por causas justificadas, se podrá alterar el orden de los mismos y/o superponerse.
7.6. La Universidad por intermedio de la COMISIÓN de SEGUIMIENTO DEL COMEDOR creada a tal efecto, está facultada para realizar modificaciones al menú, sin variar el valor calórico ni la formulación de los nutrientes, adaptándolo a la realidad de los comensales con criterio técnico- económico. El concesionario deberá someterse a los procedimientos que la autoridad de aplicación determine para la supervisión y aprobación de los menúes que en cada oportunidad se propongan.
7.7. MENÚ: La comunidad universitaria tendrá acceso al MENÚ ECONÓMICO diario, DESAYUNO, ALMUERZO (plato principal, bebida y postre) Y MERIENDA que formará parte de la oferta por los valores estipulados para este rango, según planilla ANEXO I, el mismo deberá tener una rotación de al menos DIEZ (10) días. El concesionario deberá garantizar el acceso a toda la comunidad.
7.7.1. Precios:
Deberá confeccionar y presentar una lista con los distintos menúes, su composición y precio. Para lo cual se xxxxxxx xx xxxxxxxx Xxxxx Xx lV. Estos precios deberán mantenerse durante la vigencia del contrato y solo podrán sufrir modificaciones en los casos debidamente autorizados por parte de LA UNIVERSIDAD.
7.8. REGÍMENES ESPECIALES: (Ej: Celíacos, Diabéticos, Hipertensos, etc.): El concesionario deberá disponer de manera permanente con opciones de menúes para personas que lo soliciten. En el caso de celiaquía el concesionario deberá garantizar la disponibilidad de menúes aptos para celíacos para la población universitaria que padezca esta condición y requiera de una dieta de alimentos especial, en particular, libre de TAC.
7.9. MENÚES Y SERVICIOS ADICIONALES: En caso que la Universidad solicite llamados a licitación para contratar servicios de catering/lunch para eventos especiales, el concesionario podrá presentar su oferta sin perjuicio de la relación contractual original.
7.10 Los menúes diarios ( teniendo en cuenta los rangos de menúes solicitados) podrán estar sujetos a renegociación de precio, para el caso El CONCESIONARI0 realizar una propuesta para tal fin, la cual será tenida en cuenta al momento de la evaluación de ofertas. Estas variaciones deberán ser solicitadas por escrito a la “comisión de control y seguimiento del servicio de comedor” para su previa revisión y autorización.
7.11. Los menúes y precios se deberán publicar en cartelera visible de manera SEMANAL, de Lunes x Xxxxxxx.
7.12. En el caso de transporte de alimentos elaborados; el mismo deberá realizarse en óptimas condiciones de higiene, y según las normas bromatológicas vigentes.
8.- Canon:
8.1. Se fija la suma PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) como canon mensual a percibir por la concesión.
El canon deberá ser abonado en forma anticipada del 1 al 10 de cada mes.
Para la actualización del mismo EL CONCESIONARI0 deberá ofrecer el criterio de actualización y será parte de la evaluación al igual que el punto 7.10.
8.2. Durante los meses de enero y febrero de cada año períodos de actividad reducida y recesos, el canon establecido se reducirá en un 75% ENERO y en 50% JULIO Y FEBRERO. El incumplimiento del pago en el plazo estipulado devengará un interés punitorio equivalente al TRES PORCIENTO (3 %) MENSUAL por cada día corrido de atraso
8.3. De producirse una xxxx superior a tres meses, la Universidad podrá proceder a la rescisión del contrato sin lugar a reclamos por parte del concesionario, produciendo la misma un antecedente que imposibilitará futuras presentaciones a licitar el servicio.
8.4. En caso de que el oferente sea una asociación civil o una cooperativa de trabajo, se le eximirá el pago del canon durante el primer año de prestación del servicio.
9.-Obligaciones del Concesionario:
9.1. Todos los alimentos que se empleen para la preparación de las comidas, corren por cuenta del prestatario. Las materias primas, insumos, aditivos, materiales en proceso y productos terminados que se manejen en el ámbito de la concesión deberán ajustarse estrictamente a lo establecido en el Código Alimentario Argentino.
El CONCESIONARI0 deberá tener implementado un sistema de gestión de la calidad basado, como mínimo, en las Buenas Prácticas de Manufactura establecidas en el Reglamento Técnico Mercosur, Res. 80/96 Código Alimentario Argentino. EL CONCESIONARI0 designará un profesional competente quien será el responsable de la implementación de dichas normas.
LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de auditar en cualquier momento las instalaciones y los procesos bajo la jurisdicción del Concesionario, en todos sus aspectos.
9.2. EL CONCESIONARI0 deberá contar con Procedimientos Operativos Estandarizados de Saneamiento (POES), documentados, para todas las actividades relacionadas con la limpieza y desinfección de instalaciones, equipo y personal. EL CONCESIONARI0 designará un profesional competente quien será el responsable de la implementación de dichos procedimientos.
9.3. EL CONCESIONARI0 deberá contar con un Programa de Manejo Integral de Plagas (MIP), documentado, acordado y aprobado por la UNIVERSIDAD, que garantice la inocuidad de los alimentos que se elaboran. EL CONCESIONARI0 designará un profesional competente, quien será el responsable de la implementación de este programa.
9.4. Los alimentos perecederos (carnes, lácteos, hortalizas, frutas, etc.) deberán estar refrigerados según las temperaturas recomendadas por las Buenas Prácticas de Manufactura y asegurar mantener la cadena de frío.
9.5. Deberá garantizar la satisfacción de la demanda y la inamovilidad del menú planificado para cada día.
9.6. SUMINISTRO DE GAS, ENERGÍA ELÉCTRICA, Y DEMÁS SERVICIOS: consumo de gas, energía eléctrica y demás servicios, que insuma el proceso alimentario y toda la actividad del sector producción, almacenamiento y distribución; serán abonadas por el adjudicatario de conformidad a la facturación emitida por las empresas que proveen dichos servicios o la imputación correspondiente que determine la UNIVERSIDAD de la facturación efectuada a su cargo, atendiendo al consumo de los respectivos medidores.
9.7. IMPUESTOS TASAS Y CONTRIBUCIONES: será a su cargo el pago de los impuestos, tasas y contribuciones existentes y los que se crearen en el transcurso del contrato.
9.8. EQUIPAMIENTO Y VAJILLA A CARGO DEL CONCESIONARIO: La firma adjudicataria, al iniciar la prestación deberá proveer a su cargo toda la vajilla, utensilios y equipamiento faltante necesario y suficiente para los distintos sectores que conforman el servicio de: almacenamiento, producción y comedor. Asimismo, deberá contar con los implementos necesarios para una óptima actividad y suficientes para la atención de todos los concurrentes, de acuerdo a las necesidades que comprendan el proyecto de comedor universitario. El equipamiento deberá ser apto, estéticamente acorde al lugar y en perfecto estado de conservación que garantice la satisfacción plena de las necesidades del usuario y la prestación del servicio con celeridad y comodidad, aún en las horas pico de atención al público. Deberá ajustar dicho equipamiento al crecimiento que experimente la demanda en los años sucesivos de vigencia del contrato, de manera de asegurar en todo momento la comodidad del usuario y la eficiencia del servicio.
9.9. El Concesionario podrá proveer equipamiento tecnológico; Televisores, Consola de audio con parlantes para musica ambiente, etc. Siempre que no ocasione ruidos molestos para el normal desarrollo de las actividades universitarias.
Su instalación deberá ser consensuada y acordada con el personal de la Secretaría de Bienestar Universitario y Asuntos Estudiantiles y la Dirección de Infraestructura.
9.10. PERSONAL: El servicio será prestado por EL CONCESIONARIO personalmente o a través de un encargado o representante y empleados a su servicio. Debiendo cumplimentar con las obligaciones laborales, previsionales y fiscales que imponen las leyes vigentes, así como también aquellas que se refieren a la actividad comercial. Los empleados que contrate EL CONCESIONARIO, serán bajo su absoluta relación de dependencia, aclarándose que el mismo no tendrá vinculación laboral ni contractual con la Universidad.
Iniciada la prestación del servicio EL CONCESIONARIO deberá entregar a LA UNIVERSIDAD una lista completa del personal que afectará a las tareas provenientes del contrato, los cuales deberán estar debidamente inscriptos de acuerdo a lo que fijan las leyes laborales.
En tal lista se especificarán los siguientes datos de cada una de esas personas:
Apellido y Nombre
Nacionalidad
Función que desempeña
Número y Tipo de Documento de Identidad
Domicilio actualizado
Fecha y lugar de nacimiento
El personal dependiente del CONCESIONARIO para la realización de los trabajos objeto de la contratación deberán ser mayores de edad, y deberán dar estricto cumplimiento a los requisitos y requerimientos establecidos en las presentes cláusulas.
EL CONCESIONARIO es responsable de los accidentes que pudiera sufrir el personal o terceros vinculados permanentes, transitoria o accidentalmente con los trabajos que realiza en función de la relación contractual.
Asimismo, será responsable de informar a LA UNIVERSIDAD acerca de modificaciones que pudiera sufrir el listado de personal a su cargo.
Todo personal afectado al servicio deberá poseer Libreta Sanitaria.
EL CONCESIONARIO al momento de seleccionar su personal, atenderá prioritariamente las necesidades laborales de los alumnos de la Universidad y actuales empleados del Bar-Comedor, sin perjuicio del derecho que asista al concesionario para establecer los criterios de selección.
9.11. La organización que esté a cargo del servicio deberá contar con un profesional con conocimientos relacionadas al manejo seguro de los alimentos y nutrición, quien será el responsable técnico del servicio, y que, además, actuará como nexo entre el prestador del servicio y la Universidad, para resolver cualquier cuestión que surgiera.
9.12. EL CONCESIONARIO deberá mantener perfectamente limpios y aseados los locales y espacios asignados. Para ello, organizará y pondrá en ejecución un sistema de eliminación de residuos y todo material desechable en la zona de ejercicio de su concesión para ser utilizados por clientes de la misma. Con respecto a los residuos orgánicos e inorgánicos que genera la prestación del servicio, Será de responsabilidad exclusiva del CONCESIONARI0 la eliminación diaria de estos, debiendo depositarlos en recipientes herméticos en lugares habilitados para tal fin, con las máximas condiciones de seguridad e higiene, respetando horarios de deposición. Cuando no exista la posibilidad de deposición diaria de residuos LA CONCESIONARIA deberá contratarlo a su cargo
9.13. SEGUROS: Constancia de cobertura de Seguro de ART del personal empleado en la concesión según la nómina y libre deuda o documentación equivalente de la que surja la regularidad del pago correspondiente y la plena vigencia del seguro. Constancia Seguro de Vida Obligatorio del personal empleado en la concesión según la nómina y libre deuda o documentación equivalente de la que surja la regularidad del pago correspondiente y la plena vigencia del seguro. Seguros correspondientes de responsabilidad Civil del edificio.
9.14. El Concesionario deberá obtener y mantener las habilitaciones municipales, provinciales o nacionales requeridas para la venta y distribución de alimentos y bebidas de cualquier tipo.
El Concesionario deberá acreditar previa de iniciada la prestación las habilitaciones y certificaciones correspondientes. La Universidad corroborará el cumplimiento de las normas vigentes. Asimismo, queda prohibido el ingreso de animales al edificio del comedor.
9.15. El concesionario habilitará un Libro de Quejas e inquietudes, el mismo deberá estar rubricado.
Ante una sugerencia o queja recibida y admitida se procederá a su registro.
Una vez recibida y admitida la queja o sugerencia, el Concesionario es responsable de presentar el libro ante la Secretaría de Bienestar Universitario y Asuntos Estudiantiles dentro de las 24 horas de producida la anotación o novedad. LA UNIVERSIDAD recabará la información necesaria al objeto de poder resolverla. Se elaborará un informe al efecto que será remitido a la persona interesada de forma personalizada.
Ante una queja relativa al funcionamiento del servicio, debidamente comprobada, dará traslado de la misma al órgano competente para que por éste se adopten las medidas que correspondan y se informe de los resultados obtenidos en aras de solucionar la cuestión planteada.
10.- Tenencia:
El concesionario recibe el espacio en las condiciones en que se encuentra y lo deberá devolver en las mismas condiciones, salvo el desgaste natural que por el transcurso del tiempo ocurra.
Son a cargo del concesionario los gastos de mantenimiento y limpieza, sin derecho a reembolso o indemnización; salvo aquellas cuestiones edilicias que dificulten el normal funcionamiento del comedor o bien ocurran por falencias en la construcción. Asimismo, cualquier inconveniente ocasionado deberá ser revisado junto a la Dirección de Infraestructura quien determinará los pasos a seguir tanto para la Universidad como para el concesionario.
Las mejoras que introduzcan, las adecuaciones de espacios, o el equipamiento a incorporar, deberán ser autorizados previamente por la Universidad sin necesidad de resarcimiento alguno por parte de la misma al concesionario.
Una vez finalizada la concesión, o rescindido el contrato, el concesionario podrá retirar a su cargo aquel equipamiento que haya incorporado para hacer frente al servicio solicitado.
El concesionario deberá declarar el conocimiento y la aceptación de las condiciones legales, para el recupero de los bienes de las entidades públicas, que será aplicado en caso de incumplimiento de plazos de entrega del espacio concedido, resolución del contrato, abandono de la concesión y causales de desalojo.
11.- Auditoría:
La Universidad tiene el derecho y la obligación de realizar las auditorías que crea conveniente, en el momento en que lo considere necesario, sin que medie comunicación previa al Prestador del Servicio. Las inspecciones se podrán realizar en el inmueble, muebles, instalaciones y específicamente en los alimentos en cualquier estado del proceso de elaboración requiriendo al efecto, de ser necesarios, el concurso de los técnicos y profesionales de la Universidad que sean pertinentes. El Prestador de Servicio está obligado a brindar la máxima colaboración para el desarrollo de la auditoría.
Si el resultado de las auditorías arrojara desvíos, la Universidad podrá exigir que se tomen las acciones que correspondan, incluso aplicar las sanciones que se establezcan en el contrato correspondiente.
Xxxxx quedar expresamente establecido que el prestador del servicio no se puede negar a recibir estas auditorías.
El seguimiento y verificación de las obligaciones previstas en las bases del llamado quedará a cargo de una Comisión de Seguimiento que se formará en el ámbito de la CAP de comedor universitario.
12.- Evaluación de ofertas y criterios:
El
estudio y comparación de las ofertas será realizado por una
Comisión de Evaluación designada por la “Comisión
de Control y Seguimiento del servicio de comedor”. La cual deberá
expedirse mediante dictamen sobre las ofertas presentadas dentro del
plazo de VEINTE días hábiles (20), salvo que por cuestiones de
índole administrativas o técnicas se requiera de un plazo mayor el
cual será notificado a los oferentes. Se informa que el receso
administrativo de la UNIVERSIDAD operará entre 01 de enero al 31 de
enero del 2019.
A fin de analizar las ofertas se tendrá en
cuenta; en general, el cumplimiento de los aspectos formales en la
presentación de la oferta, la calidad y antecedentes del oferente,
el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas, la
calidad de los productos/servicios ofertados y el valor
que
por ellos hubiera propuesto el oferente.
El oferente que cumpla con todos los requisitos establecidos en el pliego, pasará a la segunda etapa que consiste en una evaluación ponderada de los siguientes aspectos:
a) Xxxxxx, composición y diversidad del menú económico, contemplando regímenes especiales, 30%.
b) Precio, variedad y calidad de menúes alternativos, 25%.
c) Antecedentes del oferente en prestación de servicios comparables, 25%.
d) Modalidades propuestas para la prestación del servicio, 15%.
e) Propuestas adicionales, 05%
13. - Criterios de adjudicación:
El dictamen de la Comisión Evaluadora es vinculante. Una vez vencido el plazo para presentar impugnaciones se decidirá la adjudicación, la que recaerá en la oferta mas conveniente para la Universidad según los criterios expuestos en el artículo precedente.
El contrato contendrá las estipulaciones básicas del procedimiento y será suscripto por el oferente o su representante legal y por el funcionario competente de la Universidad.
A la firma del contrato y antes de empezar con las actividades, el prestador del servicio deberá presentar:
- Nómina del personal según punto 9.10. del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- Constancia de cobertura de Seguro ART y seguro de vida según punto 9.13. del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- Designación del Responsable Técnico, según lo solicitado en el punto 9.11 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
- Toda documentación accesoria exigida en el llamado para el desarrollo de las actividades relacionadas con la prestación del servicio (seguros, habilitaciones, etc.)
14.- Omisión de requisitos formales:
Ante la omisión de requisitos formales el oferente será intimado por la Comisión Evaluadora para subsanarlos en el término de cinco (5) días, si no lo hiciere, la oferta será desestimada sin más trámite. Si la Universidad tuviere dudas acerca de la capacidad financiera del proponente, podrá exigir un fiador a su satisfacción, o bien que se duplique el depósito de la garantía.
No se considerarán subsanables los defectos formales estipulados en el Art. 66, Decreto 1030/2016.
15.- Impugnación:
Los oferentes podrán impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los tres (3) días corridos contados a partir de la notificación del Dictamen de Evaluación.
Para proceder con la misma, deberá integrar una garantía NO REEMBOLSABLE equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta presentada, a través de Póliza de Seguro de Caución ó depósito bancario en efectivo, en la cuenta oficial de la Universidad. Moneda; Pesos, a nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL XX XXXXX, CUIT 30-58676240-7.
16.- Competencias:
Todas las cuestiones y diferencias que se susciten con motivo de la ejecución e interpretación del contrato, serán resueltas conforme a las previsiones consignadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y/o Anexos y la legislación aplicable a la materia. A todos los efectos legales, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la ciudad de Mercedes, renunciando expresamente a cualquier otra competencia que pudiere corresponderles.
17.- Disposición del inmueble:
La Universidad hará entrega del local donde funcionará el comedor, Ruta 5 y Xx. Xxxxxxxxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxx, xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, previo inventario del estado del lugar y sus instalaciones, dentro de los diez (10) días hábiles ulteriores a la firma del contrato o notificación del contrato.
El concesionario deberá informar plazo máximo de comienzo de actividades en el COMEDOR, previa aprobación por parte de la UNIVERSIDAD. El que no podrá extenderse mas de 20 días hábiles desde la notificación de la orden de compra.
18.- Garantía de cumplimiento de contrato:
La garantía de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO deberá ser igual al 10 % del monto total del contrato y deberá ser integrada dentro de los 5 días de recibido y notificado el mismo.
La Garantía deberá constituirse mediante Póliza de Seguro de Caución y ser emitidas por compañías aseguradoras que reúnan los requisitos exigidos por la SSN, y estar a nombre de la Universidad Nacional xx Xxxxx.
19.- Notificación de Adjudicación:
La adjudicación será notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes, dentro de los tres (3) días de dictado el acto respectivo, ello en conformidad a lo dispuesto en el Articulo 71 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16. Dicha notificación podrá llevarse a cabo de acuerdo a las formas establecidas en el art.7º del Decreto 1030/2016. Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta.
20.- Penalidad:
Serán de aplicación las dispuestas en el Artículo 106, 107 y 108 del DECRETO 1030/2016. La ejecución de las garantías o la iniciación de las acciones destinadas a obtener el cobro de las mismas, tendrán lugar sin perjuicio de la aplicación de las multas que correspondan o de las acciones que se ejerzan para obtener el resarcimiento integral de los daños, que los incumplimientos de los oferentes y/o adjudicatarios hubieren ocasionado.
El Adjudicatario será responsable por los daños y perjuicios que ocasione a la UNLu el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo.
21.- Rescisión del contrato:
La Universidad Nacional xx Xxxxx podrá rescindir el contrato unilateralmente y en cualquier momento, sin que ello genere derecho a la prestataria a exigir indemnización alguna por dicha decisión. La voluntad de rescindir deberá ser comunicada por esta UNIVERSIDAD por medio fehaciente con una anticipación mínima de 60 (SESENTA) días corridos.
PLANILLA DE COTIZACIÓN
ANEXO I
Organismo contratante: Universidad Nacional xx Xxxxx
Procedimiento de selección: Licitación Pública Nº
Empresa oferente:……………………………………………………………… C.U.I.T: ………………………………………………………………
COTIZACIÓN OFRECIDA para el MENÚ ECONÓMICO:
- DESAYUNO $.............................…
Composición:
Día:
- 1 ……………………………………..
- 2 ……………………………………..
- 3 ……………………………………..
- 4 ……………………………………..
- 5 ……………………………………..
- 6 ……………………………………..
- 7 ……………………………………..
- 8 ……………………………………..
- 9 ……………………………………..
- 10 ……………………………………
- ALMUERZO $.............................…
(plato principal, bebida y postre)
Composición:
Día:
- 1 ……………………………………..
- 2 ……………………………………..
- 3 ……………………………………..
- 4 ……………………………………..
- 5 ……………………………………..
- 6 ……………………………………..
- 7 ……………………………………..
- 8 ……………………………………..
- 9 ……………………………………..
- 10 ……………………………………
- MERIENDA $.............................…
Composición:
Día:
- 1 ……………………………………..
- 2 ……………………………………..
- 3 ……………………………………..
- 4 ……………………………………..
- 5 ……………………………………..
- 6 ……………………………………..
- 7 ……………………………………..
- 8 ……………………………………..
- 9 ……………………………………..
- 10 ……………………………………
-------------------------------------------
Firma y aclaración del oferente
ANEXO II
CERTIFICADO DE VISITA
Fecha: ….....................................................
Licitación Pública Nº
Por la presente certifico que la empresa: …..................................................................... representada por……………………………………..………………………………………….. ha concurrido y recorrido la totalidad de la dependencia afectada a la prestación del servicio requerido, habiendo tomado conocimiento de la totalidad de las tareas a desarrollar.
Firma: .............................................................
Aclaración......................................................
Observaciones:…………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………
ANEXO III
ANEXO IV
ÍTEM Nº |
Denominación |
Composición |
Peso Neto |
Peso Bruto |
Precio Cotizado |
1 |
CAFÉ CHICO |
Café |
3 g |
3 g |
|
Azúcar |
10 g |
10 g |
|||
2 |
CAFÉ DOBLE |
Café |
5 g |
5 g |
|
Azúcar |
10 g |
10 g |
|||
3 |
CAFÉ CON LECHE |
Café |
4 g |
4 g |
|
Leche |
100 g |
100 g |
|||
Azúcar |
10 g |
10 g |
|||
4 |
TÉ |
Té |
2 g |
2 g |
|
Azúcar |
10 g |
10 g |
|||
Limón |
10 g |
10 g |
|||
5 |
TÉ CON LECHE |
Té |
2 g |
2 g |
|
Leche |
100 g |
100 g |
|||
Azúcar |
10 g |
10 g |
|||
6 |
MATE COCIDO |
Yerba |
2 g |
2 g |
|
Azúcar |
10 g |
10 g |
|||
7 |
SUBMARINO |
Chocolate y/o Cacao |
20 g |
20 g |
|
Leche |
200 cc |
200 cc |
|||
Azúcar |
5 g |
5 g |
|||
8 |
VASO DE LECHE |
Leche |
200 cc |
200 cc |
|
Azúcar |
10 g |
10 g |
|||
9 |
YOGURT ENTERO CON O SIN FRUTA 1era. MARCA |
|
225 g |
225 g |
|
10 |
YOGURT DESCREMADO CON O SIN FRUTA 1era. MARCA |
|
225 g |
225 g |
|
11 |
GASEOSA ENVASADA |
|
250 cc |
250 cc |
|
|
600 cc |
600 cc |
|
||
12 |
GASEOSA EN VASO |
|
250 cc |
250 cc |
|
13 |
AGUA MINERAL |
|
250 cc |
250 cc |
|
|
600 cc |
600 cc |
|
||
14 |
SANDWICH JAMÓN Y QUESO |
Pan Francés o Pebete |
80 g |
80 g |
|
Jamón cocido |
30 g |
30 g |
|||
Queso |
20 g |
20 g |
|||
15 |
SANDWICH BONDIOLA Y QUESO |
Pan Francés o Pebete |
80 g |
80 g |
|
Bondiola |
30 g |
30 g |
|||
Queso |
20 g |
20 g |
|||
16 |
SANDWICH MATAMBRE Y QUESO |
Pan Francés o Pebete |
80 g |
80 g |
|
Matambre |
30 g |
30 g |
|||
Queso |
20 g |
20 g |
|||
17 |
SANDWICH SALAME Y QUESO |
Pan Francés o Pebete |
80 g |
80 g |
|
Salame |
30 g |
30 g |
|||
Queso |
20 g |
20 g |
|||
18 |
SANDWICH SALCHICHÓN Y QUESO |
Pan Francés o Pebete |
80 g |
80 g |
|
Salchichón |
30 g |
30 g |
|||
Queso |
20 g |
20 g |
|||
19 |
SANDWICH DE MILANESA |
Pan Francés o Pebete |
80 g |
80 g |
|
Nalga o Bola de Lomo |
120 g |
120 g |
|||
Huevo |
5 g |
5 g |
|||
Aceite |
10 g |
10 g |
|||
Pan Rallado |
20 g |
20 g |
|||
20 |
SANDWICH JAMÓN Y QUESO TOSTADO |
Pan Francés o Pebete |
80 g |
80 g |
|
Jamón Cocido |
30 g |
30 g |
|||
Queso |
20 g |
20 g |
|||
21 |
TAPA DE JAMÓN Y QUESO |
Jamón Cocido |
30 g |
30 g |
|
Queso |
20 g |
20 g |
|||
22 |
XXXXXX |
Pan xx Xxxxxx (tipo viena) |
1 un |
1 un |
|
Salchicha (primera marca) |
35 g |
35 g |
|||
23 |
HAMBURGUESA |
Hamburguesa (primera Marca) |
000 x |
000 g |
|
Pan |
80 g |
80 g |
|||
24 |
HAMBURGUESA COMPLETA |
Hamburguesa (primera Marca) |
100 g |
100 g |
|
Pan |
80 g |
80 g |
|||
Queso |
20 g |
20 g |
|||
Tomate |
20 g |
20 g |
|||
Lechuga |
10 g |
10 g |
|||
25 |
EMPANADA DE CARNE |
Carne |
50 g |
50 g |
|
Cebolla |
10 g |
10 g |
|||
Aceite |
2 g |
2 g |
|||
26 |
EMPANADA DE JAMÓN Y QUESO |
Jamón Cocido |
30 g |
30 g |
|
Queso |
30 g |
30 g |
|||
27 |
PIZZA (porción) |
|
80 g |
80 g |
|
28 |
MEDIALUNA CON JAMÓN Y QUESO |
Jamón Cocido |
30 g |
30 g |
|
Queso |
20 g |
20 g |
|||
29 |
PORCIÓN XX XXXXX DE VERDURAS DE ESTACIÓN |
Acelga/Espinaca/Zapallito |
200 g |
200 g |
|
Cebolla |
10 g |
10 g |
|||
30 |
PORCIÓN XX XXXXX DE JAMÓN Y QUESO |
Jamón Cocido |
30 g |
30 g |
|
Queso |
30 g |
30 g |
|||
31 |
FILET DE PESCADO CON PURÉ XX XXXXX |
Filet |
000 x |
000 g |
|
Harina |
10 g |
10 g |
|||
Huevo |
10 g |
10 g |
|||
Aceite |
10 g |
10 g |
|||
Sal y Pimienta |
s/c |
s/c |
|||
Papa |
200 g |
200 g |
|||
Margarina |
5 g |
5 g |
|||
Leche |
25 g |
25 g |
|||
32 |
CANELONES DE CARNE A LA XXXXXXX |
Masa |
20 g |
20 g |
|
Salsa Blanca |
50 g |
50 g |
|||
Carne Picada |
60 g |
60 g |
|||
Tomate |
50 g |
50 g |
|||
Cebolla |
10 g |
10 g |
|||
Ajo, Sal y Aceite |
s/c |
s/c |
|||
Queso Rallado |
20 g |
20 g |
|||
33 |
RAVIOLES |
Ravioles |
200 g |
200 g |
|
Salsa y/o manteca |
50 g |
50 g |
|||
Queso rallado |
20 g |
20 g |
|||
34 |
TALLARINES |
Fideos |
200 g |
200 g |
|
Salsa y/o manteca |
50 g |
50 g |
|||
Queso rallado |
20 g |
20 g |
|||
35 |
ÑOQUIS |
Ñoquis |
200 g |
200 g |
|
Salsa y/o manteca |
50 g |
50 g |
|||
Queso rallado |
20 g |
20 g |
|||
36 |
CARNE AL HORNO CON PAPAS O ENSALADA |
Carne Vacuna |
350 g |
350 g |
|
Aceite, sal y vinagre |
c/s |
c/s |
|||
Lechuga |
30 g |
30 g |
|||
Tomate |
50 g |
50 g |
|||
Cebolla |
15 g |
15 g |
|||
Papas |
300 g |
300 g |
|||
37 |
COSTELETA C/ PURÉ O PAPAS FRITAS |
Costeleta C/ vaca o cerdo |
250 g |
270 g |
|
Puré o papas fritas |
350 g |
350 g |
|||
38 |
BIFE A LA PORTUGUESA C/ PAPA NATURAL |
Carne vacuna (paleta o nalga) |
150 g |
170 g |
|
Ají |
15 g |
20 g |
|||
Cebolla |
20 g |
23 g |
|||
Zanahoria |
30 g |
43 g |
|||
Tomate |
60 g |
66 g |
|||
Papa |
200 g |
200 g |
|||
Aceite |
10 cc |
10 cc |
|||
Condimentos |
c/s |
c/s |
|||
39 |
POLLO AL HORNO C/PAPAS Y/O ENSALADA |
Pollo |
300 g |
330 g |
|
Lechuga |
30 g |
50 g |
|||
Tomate |
50 g |
55 g |
|||
Cebolla |
15 g |
17 g |
|||
Papas |
200 g |
230 g |
|||
Sal, Xxxxxx, Vinagre |
c/s |
c/s |
|||
40 |
POLLO CON ARROZ |
Pollo |
250 g |
280 g |
|
Arroz |
150 g |
150 g |
|||
Cebolla |
15 g |
21 g |
|||
Tomate |
60 g |
66 g |
|||
Aceite |
5 cc |
5 cc |
|||
Condimentos |
c/s |
c/s |
|||
41 |
ESCALOPES CON PAPAS Y ENSALADA |
Carne vacuna |
180 g |
210 g |
|
Huevo |
5 g |
5 g |
|||
Harina |
20 g |
20 g |
|||
Aceite |
10 cc |
10 cc |
|||
Papas |
250 g |
280 g |
|||
Lechuga |
30 g |
50 g |
|||
Tomate |
50 g |
55 g |
|||
Cebolla |
15 g |
17 g |
|||
Sal, Xxxxxx, Vinagre |
c/s |
c/s |
|||
42 |
PASTEL XX XXXXX |
Carne picada |
80 g |
100 g |
|
Puré xx xxxxx |
100 g |
120 g |
|||
Cebolla |
30 g |
40 g |
|||
43 |
MILANESA C/PURÉ Y/O PAPAS FRITAS |
Carne vacuna |
150 g |
170 g |
|
Huevo |
5 g |
5 g |
|||
Pan rallado |
20 g |
20 g |
|||
Papas (puré o p. fritas) |
350 g |
350 g |
|||
Aceite |
10 cc |
10 cc |
|||
44 |
MILANESA NAPOLITANA |
Carne vacuna |
150 g |
170 g |
|
Huevo |
5 g |
5 g |
|||
Pan rallado |
20 g |
20 g |
|||
Tomate |
20 g |
22 g |
|||
Queso |
15 g |
18 g |
|||
Aceite |
10 cc |
10 cc |
|||
45 |
ENSALADA MIXTA |
Lechuga |
80 g |
95 g |
|
Tomate |
100 g |
110 g |
|||
Zanahoria |
80 g |
95 g |
|||
Cebolla |
50 g |
50 g |
|||
46 |
ENSALADA RUSA |
Papa |
60 g |
80 g |
|
Zanahoria |
40 g |
40 g |
|||
Arvejas |
20 g |
20 g |
|||
Mayonesa |
20 g |
20 g |
|||
Huevo |
1/2 |
1/2 |
|||
47 |
PAPAS FRITAS |
|
300 g |
350 g |
|
48 |
PURÉ XX XXXXX |
|
300 g |
350 g |
|
49 |
HUEVO FRITO Y/O DURO |
|
1 un |
1 un |
|
50 |
TORTILLA XX XXXXX |
Papa |
150 g |
150 g |
|
Cebolla |
30 g |
30 g |
|||
Huevo |
1/2 |
1/2 |
|||
51 |
FRUTAS DE ESTACIÓN: Manzana, Naranja, Mandarina, Banana, Pera. |
|
1 un |
1 un |
|
|
1 un |
1 un |
|||
|
1 un |
1 un |
|||
|
1 un |
1 un |
|||
|
1 un |
1 un |
|||
52 |
FLAN SOLO |
Leche |
150 cc |
150 cc |
|
Huevo |
25 g |
25 g |
|||
Azúcar |
30 g |
30 g |
|||
53 |
FLAN C/DULCE DE LECHE O CREMA |
Leche |
150 cc |
150 cc |
|
Huevo |
25 g |
25 g |
|||
Azúcar |
30 g |
30 g |
|||
Dulce de leche o crema |
25 g |
25 g |
|||
54 |
QUESO Y DULCE |
Queso cuartirolo |
70 g |
75,5 g |
|
Dulce de batata o membrillo |
60 g |
60 g |
|||
55 |
HELADO (1era. Marca) |
Chico |
120 g |
120 g |
|
Grande |
150 g |
150 g |
TOTAL DE LA SUMA DE ITEMS 1 A 55 $………………………………………..
ANEXO V