LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO, CIUDAD
CONVENIO DE LICENCIATURA COMPARTIDA CON TITULACIÓN SIMULTÁNEA
Entre
LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA, MEDELLÍN (COLOMBIA)
V ,
LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO, CIUDAD
DE MÉXICO (MÉXICO)
Antecedentes
La Universidad de Antioquia, en adelante UdeA, con domicilio legal en la ciudad de Xxxxxxxx (Xxxxxxxx), Xxxxx 00 Xx. 00-000, y representada por el Doctor Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, en su calidad de Rector de la UdeA.
y
La Universidad Nacional Autónoma de México, en adelante UNAM, con domicilio legal en la Ciudad de México (México), Circuito Interior, 9o piso de la Torre de Rectoría, en Ciudad Universitaria, s/n. Delegación Coyoacán, C.P. 04510. Ciudad de México, y representada por el Doctor Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, en su calidad de Secretario General de la UNAM, asistido por el Director de la Facultad de Filosofía y Letras, Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y de la Coordinadora del Colegio de Bibliotecología, Dra. Xxxx Xxxxxxxx Xxxx.
Teniendo en cuenta que el Consejo de Escuela de la Escuela Interamericana de Bibliotecología de la UdeA estudió y verificó la calidad de la Licenciatura en Bibliotecología y Estudios de la Información de la UNAM; al igual que la afinidad con los programas de Archivística y de Bibliotecología de la UdeA propuestos para este convenio. De igual manera, el Consejo Técnico de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM, estudió y verificó la pertinencia de los planes de estudio de los programas de Bibliotecología y Archivística de la Universidad de Antioquia, y amparados con el Convenio General de Colaboración Académica, Científica y Cultural vigente, suscrito entre esta Casa de Estudios y la U. de A, Medellín, Colombia el 19 de enero de 2009, registrado con el número 22732-1509-22-X-08, cuyo objeto es la colaboración entre las partes en los campos de la docencia y la difusión de la cultura, vigente hasta el 29 de enero de 2019, las partes firman el presente Convenio de Licenciatura Compartida con Titulación Simultánea y acuerdan lo siguiente: ^
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Cláusula 1: Objeto del Convenio
1.1 Las partes deciden llevar a cabo una Licenciatura compartida, otorgando una Titulación Simultánea, que por una comprenda la obtención del Título de Bibliotecólogo o de Archivista (según el caso) de la UdeA y por la otra el Título de Licenciado en Bibliotecología y Estudios de la Información1 de la UNAM.
1.2 Los cursos tomados en la Universidad de destino serán reconocidos y revalidados por la Universidad de origen y viceversa.
Cláusula 2: Cantidad de estudiantes
Cada semestre se acordará entre las partes el número de estudiantes que se beneficiará con el Convenio.
Cláusula 3: Coordinadores
3.1 Las partes designan como coordinadores para dar seguimiento a la ejecución del presente Convenio a la Dra. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Directora de la Escuela Interamericana de Bibliotecología de la Universidad de Antioquia o quien haga sus veces y al Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Director de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional Autónoma de México o quien haga sus veces.
3.2 La Institución que requiera cambiar a su representante, deberá informar a la otra por escrito y comunicarle el nombre y las coordenadas de su nuevo representante.
3.3 Los coordinadores de las partes se reunirán periódicamente y de ser posible una vez al año, en la UdeA o en la UNAM. Durante el encuentro podrán contar con la participación de todas las personas de la Dependencia que tengan las competencias necesarias.
3.4 En las reuniones las partes podrán revisar el desarrollo del presente Convenio y examinar cualquier modificación que resulte necesaria para mejorar su ejecución, para lo cual recomendarán a las partes la suscripción de una modificación a éste, a través del Convenio Modificatorio respectivo.
1 Este título corresponde a un solo programa profesional
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Cláusula 4: Desarrollo de la escolaridad
4.1 La duración de los estudios de los tres programas en ambas Universidades es de cuatro años (ocho semestres) cada uno; por lo tanto, los estudiantes que opten por la titulación simultánea deberán cursar y aprobar:
• Para la Doble Titulación en Bibliotecología y Licenciatura en Bibliotecología y Estudios de la Información: El estudiante debe cursar y aprobar dos (2) semestres en la UdeA, y dos (2) semestres en la UNAM, que contemplarán como mínimo del 25% de los cursos de cada programa, según el caso.
• Para la Doble Titulación Archívística y Licenciatura en Bibliotecología y Estudios de la Información: El estudiante debe cursar y aprobar tres (3) semestres en la UdeA y tres (3) semestres en la UNAM, que contemplarán como mínimo el 40% de los cursos de cada programa, según el caso.
Los estudiantes colombianos deben realizar en el último semestre de intercambio su trabajo de titulación en la UNAM bajo la modalidad de: Tesis, Tesina o Informe académico.
Los estudiantes mexicanos deben realizar en el último semestre de intercambio su trabajo de grado para poder titularse en la UdeA, en las modalidades del programa correspondiente, así:
BIBLIOTECOLOGIA ARCHIVISTICA
Práctica investigativa Monografía
Emprendimiento Emprendimiento Práctica académica
4.2 El trabajo de grado para la UdeA, o de titulación en la UNAM, debe contar con el asesor de la Universidad destino y dos revisores de la Universidad de origen.
4.3 Para titularse, los estudiantes deberán certificar la competencia lectora en inglés según las normas de cada Universidad de origen.
4.4 Para solicitar el título en la Universidad de destino, el estudiante deberá pagar los derechos de grado respectivos; al igual que para obtener el título en la Universidad de origen.
4 .5 Las Universidades procurarán ofrecer los cursos con apoyo de las tecnologías de la información y la comunicación -TIC- de manera que se puedan brindar cursos en modalidad a distancia. En todo caso, el estudiante visitante, deberá cursar completo y de manera presencial por lo menos su primer semestre de segunda titulación en la Universidad que lo I
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4.6 En caso de que un estudiante renuncie a la Doble Titulación, la Universidad de destino emitirá un certificado indicando los resultados obtenidos por éste. La Universidad de origen homologará los cursos que hayan sido aprobados durante el periodo de movilidad.
4.7 La sustentación del trabajo de grado en la UdeA se podrá llevar a cabo por video conferencia (de acuerdo con la modalidad de éste) y la ceremonia de graduación será presencial. El examen profesional para defender el trabajo de obtención de grado en la UNAM se podrá realizar de forma presencial o por videoconferencia, de acuerdo con las posibilidades del sustentante.
Cláusula 5: Procedimiento de selección y admisión
5.1 Cada Universidad definirá los criterios de selección para sus candidatos, garantizando que se cumplan los siguientes requisitos mínimos:
• Haber completado como mínimo el setenta ycinco porciento (75%) de su plan de estudios en la Universidad de origen.
• Haber completado su formación en el CampoFormativo General (caso UdeA).2
• Certificar resultados satisfactorios refrendados en un promedio crédito acumulado de cuatro punto cero (4.0) en la UdeA o de ocho punto cero (8.0) en la UNAM.
• No tener sanciones disciplinarias.
5.2 La coordinación de movilidad o de relaciones internacionales de la Dependencia académica (Escuela o Facultad) enviará una solicitud manifestando el interés de los estudiantes por realizar la movilidad xx Xxxxx Titulación.
5.3Cada Institución se reserva el derecho de admisión de los candidatos.
5.4 Cada año, por lo menos tres (3) meses antes de iniciar los semestres universitarios y, motivados para que se logre el intercambio de estudiantes, la Coordinación de movilidad estudiantil o de Relaciones internacionales o académica de cada Dependencia académica (Escuela o Facultad) le comunicará a sus pares respectivos la lista de estudiantes que participan en el programa xx Xxxxx Titulación.
5.5 La candidatura de los estudiantes de la UdeA será analizada por el jurado de admisión designado por la UNAM. Por su parte, la candidatura de los estudiantes de la UNAM será analizada por el Consejo de la Escuela
2 Dentro del plan de estudios de la EIB, los estudiantes deben matricularse en cursos obligatorios que tienen que ver con la formación integral del estudiante y que completan su perfil profesional, cursos como Contexto social, Psicología, Habilidades comunicativas, entre otros.
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Interamericana de Bibliotecología de la UdeA, quien recomendará la decisión ante el Consejo Académico.
Cláusula 6: Costos de matrícula y de estancia
Durante los cursos los estudiantes se matriculan tanto en la Universidad de origen como en la de llegada. En consideración a que los derechos de matrícula se liquidan en la Universidad de origen, la Universidad de llegada los exime del pago de los mismos.
Cláusula 7: Derechos y obligaciones de los estudiantes del Convenio xx
Xxxxx T itu la c ió n
7.1 El estudiante deberá:
• Realizar los trámites para obtener la visa de estudiante que le permita permanecer en el país de la Universidad receptora.
• Permanecer matriculado en la Universidad de origen.
• Comprometerse a estudiar tiempo completo en la Universidad receptora durante el período de estudios aprobado y autorizado por la Universidad de origen.
• Respetar el reglamento de la Universidad receptora.
• Comprometerse a pagar todos los gastos: seguro de responsabilidad civil, transporte, alojamiento, alimentación, gastos personales y visado.
• Suscribir, por su cuenta, un contrato de cobertura médica.
7.2 El estudiante podrá:
• Recibir acompañamiento académico de la Universidad receptora para facilitar su estancia: asesoría de matrícula y trámites académicos.
• Recibir acompañamiento y asesoría en relación con su estadía en la ciudad y el país: alojamiento, transporte, recreación y actividad cultural, entre otros.
• Recibir todos los beneficios que tiene un estudiante matriculado en la Universidad receptora (uso de espacios físicos, préstamo bibliotecario).
• Todos los demás que contemple el Reglamento estudiantil de la Universidad receptora.
Cláusula 8: Organización financiera
Ninguna de las dos Universidades estará habilitada para comprometer gastos o asumir responsabilidades por cuenta de la otra.
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Cláusula 9: Publicidad
9.1 Ninguna de las dos partes podrá usar el logo de la otra o hacer declaraciones públicas por cuenta de la otra sin acuerdo previo y en el caso de la UNAM, sin acuerdo de la Dirección General del Patrimonio Universitario.
9.2 Las dos partes podrán hacer mención públicamente de su acuerdo, indicando claramente la naturaleza y el marco del Convenio; pero no deben hacer comentarios que puedan inducir a error en cuanto al nivel, a la calidad y a los servicios brindados por cada Universidad.
Cláusula 10: Validez y duración del Convenio
10.1 El presente Convenio entrará en vigor a partir de la firma de los representantes de las dos partes, será válido por un período de tres (3) años, y se podrá prorrogar mediante la firma del Convenio de Prórroga respectivo.
10.2 Las partes podrán dar por terminado el presente Convenio Específico con antelación a su vencimiento, mediante aviso por escrito a la otra parte, notificándola con treinta (30) días naturales de anticipación. En tal caso, ambas partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios, tanto a ellas como a terceros en el entendido de que deberán continuar hasta su conclusión las acciones ya iniciadas.
Cláusula 11: Compromiso de las partes
11.1 Para el debido desarrollo del objeto del presente Convenio, las partes se comprometen a:
• Cumplir los acuerdos establecidos en tiempo y forma.
• Coordinarse, con el objeto del presente Convenio.
• Determinar y aprobar las acciones factibles de ejecución
• Dar seguimiento a las acciones factibles de ejecución
• Las demás que se acuerden
Cláusula 12: Relación laboral
12.1 Las partes convienen en que el personal aportado por cada una para la realización del objeto del presente Convenio, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, cada una de ellas
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asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos.
Cláusula 13: Responsabilidad civil
13.1 Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieren causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por el paro de labores académicas o administrativas, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen las partes.
Cláusula 14: Propiedad Intelectual
14.1 La titularidad de los derechos de autor en su aspecto patrimonial, corresponderá a la parte cuyo personal haya realizado el trabajo que sea objeto de publicación, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la realización del mismo.
14.2 Las partes convienen que las publicaciones de diversas categorías (estudios, diagnósticos, artículos, folletos, entre otros), así como las coproducciones y la difusión de éstos que llegarán a generarse en virtud del presente instrumento, se pactarán de común acuerdo por escrito previo a su realización.
14.3 Queda expresamente entendido que las partes podrán utilizar los resultados obtenido en las actividades amparadas por el presente instrumento en sus tareas académicas.
Cláusula 15: Interpretación y cum plimiento
15.1 Las partes convienen que el presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que toda controversia e interpretación que se derive del mismo, respecto de su operación, formalización y cumplimiento, será resuelta por ambas partes de común acuerdo.
Cláusula 16: Confidencialidad
16.1 Las partes se comprometen a guardar confidencialidad, cuando así lo acuerden, respecto de cualquier tipo de documentación, información o proceso que se genere o intercambie con motivo de la ejecución de las actividades materia de este Convenio, las que se sujetarán a la normatividad que les resulte aplicable en la materia. Para estos efectos la UNAM
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observará el reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Elaborado en cinco ejemplares en la Ciudad de México, el 28 xx xxxxx de 2017.
Por la Universidad de Antioquia
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EFll RRperc.ttonrr ! v
Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
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VoBo: ( ü , --------- \ c
Por la Universidad Autónoma de México
^/Secretario Geners
Xx. Xxxxxxxx Lometí Xxxxxxx
VoBo:
Directora Escuela Interamericana de Director < la Facultad de Filosofía y
Bibliotecología
Presidente del Consejo de Escuela Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
Letras
Dra. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
VoB VoBo:
Directora debelaciones'Iñt&rnaéibnales Coordinadora
Colegio de
Universidad de Antioquia Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx
Bibliotecología
Dra. Xxxx Xxxxxxxx Xxxx
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PATRONATO UNIVERSITARIO
TESORERÍA
DIRECCIÓN GENERAL DEL PATRIMONIO UNIVERSITARIO
V m v e r ' . d a d N a c j o n a I A v T,n °m a d e
Mexico
Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Director de la Facultad de Filosofía y Letras
Presente
Oficio No. DGPU/1207/2017. ASUNTO: Convenio xx Xxxxx Titulación, Universidad de Antioquía, Medellín, Colombia.
0 L ABR 2017
>!
Ll .
Me refiero al OF. NO. FFLE/DIR/085/2017, recibido el 24 de febrero de 2017, suscrito por la Dra. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, entonces directora de la Facultad de Filosofía y Letras a su cargo, mediante el cual solicita a esta Dirección General del Patrimonio Universitario (DGPU), la autorización del uso de logo de la UNAM, para lo cual acompañó el proyecto del Convenio xx Xxxxx Titulación que se pretende celebrar entre la Universidad de Antioquía, Medellín, Colombia “LA UdeA” y esta Casa de Estudios, que tiene por objeto llevar a cabo una Licenciatura Compartida, otorgando Titulación Simultánea.
Sobre el particular, me permito informar a Usted que, en atención a la Cláusula Cuarta “Desarrollo de la Escolaridad", numeral 4.1 del instrumento en comento, donde se indica que los alumnos de intercambio colombianos y mexicanos deberán realizar en su último semestre su trabajo de titulación en la UNAM o en “LA UdeA”, según sea el caso, deberán contar con un seguro de Accidentes Personales en prácticas de campo, seguro que se contrata a través de la DGPU, el cual es independiente del seguro de gastos médicos mayores que el interesado debe contratar en su residencia de origen, por lo que deberán de apegarse a lo estipulado en la CIRCULAR No. DGPU/05/2016 (se anexa).
En este sentido, para el caso que se utilicen logotipos de las partes en las actividades derivadas ü c \a w láusula Novena “Publicidad" del instrumento que nos ocupa, no podrán aparecer en el mismo lado, además de que no deberá ser mayor en tamaño al de esta Universidad el de “LA UdeA”. Por otro lado, respecto a la Cláusula Décima Cuarta “Propiedad Intelectual”, en su momento se deberá verificar su debido cumplimiento.
Por último y, una vez observado lo anterior, por parte de esta Dirección General, no habría inconveniente en la celebración del instrumento, por lo que habrá de remitir a esta Dependencia copia del Convenio una vez que cuente con las firmas que en él intervienen, para conocimiento.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
A t e n t a m e n t e
“ POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”
Cd. Universitaria, Cd. Mx., a 28 xx xxxxx de 2017. El Director General
Mtro. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx
C.c.p - Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.- Tesorera de la UNAM.
- Xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Tableros - Director General de Estudios de Legislación Universitaria.
- L ic ./' “ >p -Director de Bienes Inmuebles de la DGPU.
- Mtro hampos - Director de Administración de la DGPU.
- Lie da.- Jefe de la Oficina Jurídica de la FFLE. Folio: 3117
PATRONATO UNIVERSITARIO
TESORERÍA DIRECCIÓN GENERAL DEL PATRIMONIO UNIVERSITARIO
CIRCULAR No. DGPU/05/2016.
V N IVER'.D A D N a C¿O i\ a L
A v í n o l a d e
M E X IC p
A los Coordinadores, Directores de Facultades, Escuelas, Centros e Institutos, Directores Generales,
Secretarios y Jefes de Unidad Administrativa de esta Universidad
Presente
Se hace de su conocimiento el resultado de la invitación directa a quince Aseguradoras, para renovar la póliza de seguro que cubre a los alumnos de la UNAM, bajo la figura de: nivel bachillerato, licenciatura, maestría, doctorado, posdoctorado, becarios, alumnos de intercambio académico; “ Estudiantes: Personas que asisten a cursos organizados en forma distinta a los del bachillerato, a los de carácter profesional y de grado, como talleres o diplomados, seminarios, cursos, entre otros,"; profesores contratados por honorarios, que prestan sus servicios profesionales en la UNAM y fungen como responsables de grupo; estudiantes de otras universidades que colaboran y apoyan en los proyectos de investigación y diplomados, y responsables de grupo durante las prácticas de campo escolares, así como las actividades deportivas tanto a nivel nacional como en el extranjero, la póliza fue adjudicada a La Latinoamericana Seguros, S.A., aseguradora que presentó la mejor opción para la UNAM, la cual operará bajo los siguientes términos:
Vigencia
Doce meses, de las 00:00 horas del 1 xx xxxxx de 2016 a las 24:00 horas del 31 xx xxxx de 2017. Coberturas
a) Muerte accidenta!
b) Pérdidas orgánicas por accidente Escala ” B”
c) Reembolso de gastos médicos por accidente
d) Repatriación de cuerpo en el extranjero Escala "B"
$350,000.00 M.N.
$350,000.00 M.N.
$250.000.00 M.N.
$50,000.00 M.N.
Ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos | 100% |
Una mano y un pie | 100% |
Una mano o un píe, conjuntamente con la vista de un ojo | 100% |
Una mano o un pie | 50% |
La vista de un ojo | 30% |
El pulgar de cualquier mano | 15% |
El índice de cualquier mano | 10% |
Tres dedos comprendiendo el pulgar o el índice de cualquier mano | 30% |
Tres dedos de una mano, que no sean el pulgar o el índice | 25% |
El pulgar y otro dedo que no sea el índice | 25% |
El índice y otro dedo que no sea el pulgar | 20% |
Acortamiento de por lo menos 5 cm de un dedo inferior | 15% |
Ei dedo medio o el anular o el meñique de cualquier mano | 5% |
Amputación parcial de un pie, comprendiendo todos los dedos | 30% |
Sordera completa | 25% |
VrtIVER'.DAD Na CJONa L
AVFw°m a XX
X X X X X p
Beneficios Adicionales
a) Homicidio intencional, simple y calificado
b) Inhalación de gases tóxicos y peligrosos
c) Envenenamiento o intoxicación por contacto de plantas, a excepción de alergias preexistentes
d) Xxxxxxxx y mordeduras de animales venenosos Prima a pagar por día de viaje y asegurado
Prácticas escolares a nivel nacional
Prácticas escolares que incluyan actividades deportivas Prácticas escolares en el extranjero
Prácticas escolares en el extranjero que incluya actividades deportivas Actividades deportivas a nivel nacional
Actividades deportivas en el extranjero
Traslados ida y vuelta de las disciplinas Fútbol Americano, Tocho Bandera y Rugby, en territorio nacional y en el extranjero
$1.82
$2.00
$1.82
$2.00
$1.50
$0.50
$0.50
Las actividades deportivas que se desarrollan en prácticas de campo nacionales y en el extranjero son:
Acondicionamiento Físico Béisbol
Buceo Pesas
Atletismo Boliche Canotaje Lucha
Baile Deportivo Baloncesto
Boxeo Boxeo Olímpico
Ciclismo Clavados
Deporte sobre xxxxxx xx xxxxxx
Esgrima
Hockey sobre hielo Montañismo y exploración Voleibol de playa
Triatlón
Tiro con Arco Frontón Karate Do
Porristas y Animación
i mCJa C ca
Handball Natación Softbol Taekwondo
Pentatlón moderno
Tiro y caza Gimnasia Aeróbica Kendo
Lima Lama
Fisicoconstructivismo
Nado sincronizado Xxxx
Xxxxx Waterpolo Fútbol Rápido
Gimnasia Rítmica Levantamiento de Pesas Quemados
Hockey sobre pasto
Nado con aletas Voleibol
Tenis xx xxxx Squash
Fútbol Soccer Judo
Ultímate (Frisbee)
Para ios deportes de Fútbol Americano, Tocho Bandera y Rugby, traslado de ida y vuelta en territorio nacional y en el extranjero.
únicamente está cubierto el
Procedim iento de pago
Se deberá hacer un sólo depósito por viaje de práctica, no depósitos inviduales en la cuenta de No. 65501570336 ó clabe interbancaria 014180655015703365 de Banco Santander, S.A. a favor de UNAM- Direccíón General del Patrimonio Universitario (DGPU).
La cantidad a pagar deberá ser exacta y deberá entregarse con un sólo depósito por práctica de campo, no por alumno.
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VNIVER'iDAD N a CJONa L
AvTw°ma DE M EXICp
Presentación de la solicitud de aseguramiento
1. A partir de esta vigencia en el formato institucional denominado ‘‘Listas de alumnos - Prácticas de Campo Escolares”, disponible en la página web de esta Dependencia xxx.xxxxxxxxxx.xxxx.xx; en la última columna deberán firmar los asegurados para la designación de los beneficiarios y otorgar su consentimiento de conformidad con los artículos 8 y 12 de la Ley Federal de Protección de D a to s P e rs o n a le s , para que sus datos puedan ser p ro po rcio na do s a la A se gu rad ora.
2. Los formatos institucionales que no vengan suscritos por los alumnos y/o maestros, no se podrá tram itar su aseguramiento al no haberse expresado su consentim iento para transferir sus datos personales a la Aseguradora.
3. El formato requisitado deberá presentarse en la DGPU, mediante Oficio, acompañando el original de la ficha de depósito o comprobante de la transferencia electrónica, con un mínimo de tres días hábiles de anticipación al inicio de la práctica.
4. Asimismo, se informa que las fichas de depósito realizadas en la cuenta referida y que no han sido utilizadas y presentadas en esta Dependencia para su aplicación, únicamente tienen vigencia de un año, a partir de la fecha que fue efectuado el depósito, transcurrido dicho plazo los importes no aplicados serán transferidos por la DGPU a la cuenta de Ingresos Patrimoniales de la UNAM.
5. Sólo se recibirán aseguramientos que cubran el periodo de la vigencia, del 1 xx xxxxx de 2016 al 31 xx xxxx de 2017.
Siniestros
1. En caso de siniestro, se recomienda consultar el Manual sobre Seguros Patrimoniales en su capitulo V, numeral 5, así como tomar en cuenta lo siguiente:
a) Dar aviso a la DGPU de! accidente, que pueda ser motivo de indemnización, dentro de los cinco días siguientes de ocurrido.
b) Reunir ios documentos probatorios de los gastos efectuados, tales como: facturas, recibos de honorarios, recetas, notas, documentos que deberán emitirse a nombre del asegurado, (no se aceptan comprobantes de pago de Instituciones de Beneficencia), en el caso de los comprobantes que causen IVA, solicitar las facturas a favor de la Aseguradora, cuyos datos son los siguientes:
La Latinoamericana Seguros, S.A.
R.F.C. LSE 740605 6F6
Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xx. 0 Xxxx 0 Xxx. Centro de !a Ciudad de México
C.P. 06000 Delegación Xxxxxxxxxx
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VNIVER'.DAD /VJa CJOíNa L
A v PN°M A d e
M m c p
c) Presentar los formatos que se anexan en esta Circular: ‘Aviso de Accidente o Enfermedad”, “Informe Médico conteniendo Historia Clínica”, "Solicitud de reembolso de Gastos Médicos Mayores Inicial”, “Solicitud de reembolso de Gastos Médicos Mayores complementaria” (en su caso), debidamente contestados por el Dr. o los médicos tratantes y los asegurados, Dichos formatos podrán ser bajados de la página web: www.patrimonio.unam.rnx
d) En caso de repatriación de cuerpo en el extranjero, deberán remitir los comprobantes que acrediten el gasto hasta por la cantidad de $50,000.00.
e) En caso de fallecimiento presentar el formato “Solicitud de Reclamación por Fallecimiento" Dicho formato podrá ser bajado de la página web: xxx.xxxxxxxxxx.xxxx.xx.
f) En caso de pérdidas orgánicas presentar el formato “Solicitud de Reclamación por invalidez, Enfermedad y/o Pérdidas orgánicas. Dicho formato podrá ser bajado de la página web: xxx.xxxxxxxxxx.xxxx.xx.
g) El trámite de pago de reclamaciones, se realizará únicamente por medio de reembolso, hasta la suma asegurada contratada, si a consecuencia de un accidente y dentro de los 10 días siguientes a la fecha del mismo se viera precisado a someterse a tratamiento médico, hospitalización, consumo de medicamentos o hacer uso de los servicios de enfermería o ambulancia.
h) La responsabilidad de la Compañía terminará en la fecha en que el asegurado sea dado de alta de sus lesiones, por lo que no se reembolsarán gastos médicos que se hagan posteriores a la fecha de alta. Los gastos cubiertos por accidente se reembolsarán por un periodo máximo de 365 días, contados a partir de la fecha del accidente, sin que en ningún caso excedan de la suma asegurada, las condiciones generales de la póliza se encuentran en la página web: xxx.xxxxxxxxxx.xxxx.xx.
2. Es responsabilidad de cada entidad contar con un cardex de cada asegurado que perm ita comprobar su identidad en caso de accidente (que contenga cuando menos una fotografía y copia de identificación oficial y para menores de 18 años copia de su credencial escolar).
Se deberá tomar nota de lo anterior, con el objeto de que a través del trámite establecido, se sirvan enviar a la DGPU las solicitudes de aseguramiento debidamente requisitadas, con la finalidad de realizar los trámites en tiempo y forma.
A t e n t a m e n t e
"POR MI RAZA HABLARA EL ESPÍRITU"
Cd. Universitaria, Cd. Mx., a 19 xx xxxx de 2016. El Director General
Mtro. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx
C.c.p, - Xxx Xxxxx X. Xxxxx Xxxxxxx.- Tesorero de la UNAM.