ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y
ALCANCES
ADQUISICIÓN CONSOLIDADA DE VESTUARIO, UNIFORMES, CALZADO Y EQUIPO DE PROTECCIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024.
G L O S A R I O
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: Servidor público designado por cada dependencia o entidad para coordinar, dar seguimiento y supervisar la debida ejecución de las obligaciones que deriven de la contratación.
ADQUISICIÓN CONSOLIDADA DE VESTUARIO, UNIFORMES, CALZADO Y EQUIPO DE
PROTECCIÓN: La Adquisición Consolidada de Vestuario, Uniformes, Calzado y Equipo de Protección para el ejercicio fiscal 2024.
CONVOCANTE: La Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, facultada para realizar la Consolidación de Contrataciones Públicas que realizan las Dependencias y/o Entidades de la Administración Pública Federal.
ETAs: Especificaciones Técnicas y Alcances.
OFERENTE: La(s) persona(s) física(s) o moral(es) que participe(n) en el proceso de contratación.
PARTICIPANTES: Las dependencias y entidades enlistadas en las fracciones I y II, IV y V, respectivamente, del artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
PARTICIPANTE DESIGNADA: La PARTICIPANTE designada por la CONVOCANTE para dar seguimiento al proceso de Muestreo indicado en las Pruebas de calidad a los bienes.
PARTIDA: La división o desglose de la adquisición de conformidad con las presentes ETAs.
PROVEEDOR: La(s) persona(s) física(s) o moral(es) que sea(n) adjudicada(s) de conformidad con las presentes ETAs; y con quien(es) las PARTICIPANTES celebrarán el(los) contrato(s) derivado(s) del procedimiento correspondiente.
LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
RLAASSP: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
1. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
Se requiere la Adquisición Consolidada de Vestuario, Uniformes, Calzado y Equipo de Protección para el ejercicio fiscal 2024, a fin de suministrar los bienes a las PARTICIPANTES señaladas en el ANEXO CINCO de las presentes ETAs; atendiendo los principios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, que aseguren las mejores condiciones de contratación para el Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA CONTRATACIÓN.
El procedimiento de contratación para la Adquisición Consolidada de Vestuario, Uniformes, Calzado y Equipo de Protección para el ejercicio fiscal 2024 consta de 183 PARTIDAS.
La adjudicación se efectuará por PARTIDA de acuerdo con las presentes ETAs, y respetando las reglas del abastecimiento simultáneo para las PARTIDAS que así se indiquen en el procedimiento de contratación. Para mayor referencia, las 183 PARTIDAS se señalan a continuación:
PARTIDA | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
VESTUARIO Y UNIFORMES | |||
1 | BATA01 | BATA ANTIESTÁTICA CABALLERO | PIEZA |
2 | BATA02 | BATA ANTIESTÁTICA DAMA | PIEZA |
3 | BATA03 | BATA DE TRABAJO UNISEX | PIEZA |
4 | BATA04 | BATA ESTÁNDAR | PIEZA |
5 | BATA05 | BATA MÉDICO CABALLERO | PIEZA |
6 | BATA06 | BATA MÉDICO DAMA | PIEZA |
7 | BATA07 | BATA EDUCADORA | PIEZA |
8 | BLUS01 | BLUSA DAMA MANGA LARGA | PIEZA |
9 | BLUS02 | BLUSA MANGA CORTA DAMA | PIEZA |
10 | CALC01 | CALCETA TUBULAR | PAR |
11 | CALC02 | CALCETA NIVEL 1 | PAR |
12 | CALC03 | CALCETÍN DE VESTIR PARA CABALLERO | PAR |
13 | CAMS01 | CAMISA DE MEZCLILLA MANGA LARGA | PIEZA |
14 | CAMS02 | CAMISA DE VESTIR CABALLERO 70% POLIÉSTER 30% ALGODÓN | PIEZA |
15 | CAMS03 | CAMISA DE VESTIR DAMA 70% POLIÉSTER 30% ALGODÓN | PIEZA |
16 | CAMS04 | CAMISA MANGA CORTA | PIEZA |
17 | CAMS05 | CAMISA MANGA LARGA CABALLERO ADMINISTRATIVO | PIEZA |
18 | CAMS06 | CAMISA DE VESTIR CABALLERO 70% ALGODON 30% POLIESTER | PIEZA |
PARTIDA | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
19 | CAMS07 | CAMISA DE VESTIR DAMA 70% ALGODÓN 30% POLIESTER | PIEZA |
20 | CAMI01 | CAMISETA CUELLO REDONDO | PIEZA |
21 | CMIS01 | CAMISOLA MANGA CORTA CABALLERO PPL | PIEZA |
22 | CMIS02 | CAMISOLA MANGA LARGA PPL | PIEZA |
23 | CMIS03 | CAMISOLA DE MEZCLILLA 100% ALGODÓN LIGERA | PIEZA |
24 | CMIS04 | CAMISOLA DE MEZCLILLA 100% ALGODÓN | PIEZA |
25 | CMIS05 | CAMISOLA DE TRABAJO 100% ALGODÓN UNISEX | PIEZA |
26 | CMIS06 | CAMISOLA DE TRABAJO 65% ALGODÓN 35% POLIÉSTER UNISEX | PIEZA |
27 | CMIS07 | CAMISOLA MANGA CORTA PPL | PIEZA |
28 | CMIS08 | CAMISOLA TÁCTICA MANGA LARGA | PIEZA |
29 | CMIS09 | CAMISOLA TDU MANGA LARGA | PIEZA |
30 | CHAL01 | CHALECO DE ACRILÁN | PIEZA |
31 | CHAL02 | CHALECO GABARDINA UNISEX 65% POLIÉSTER 35% ALGODÓN | PIEZA |
32 | CHAL03 | CHALECO PROTECCIÓN VIAL | PIEZA |
33 | CHAL04 | CHALECO TIPO REPORTERO | PIEZA |
34 | CHAM01 | CHAMARRA 100% POLIÉSTER UNISEX | PIEZA |
35 | CHAM02 | CHAMARRA 100% POLIÉSTER CON GORRO | PIEZA |
36 | CHAM03 | CHAMARRA TÁCTICA | PIEZA |
37 | CHAM04 | CHAMARRA 3 EN 1 ADMINISTRATIVO Y SEGURIDAD | PIEZA (3 EN 1) |
38 | CHAM05 | CHAMARRA 3 EN 1 SEGURIDAD UNISEX | PIEZA (3 EN 1) |
39 | CHAM06 | CHAMARRA CORTA TIPO BEISBOLERA REPELENTE AL AGUA | PIEZA |
40 | CHAM07 | CHAMARRA LARGA REPELENTE AL AGUA CABALLERO | PIEZA |
41 | COIP01 | COIPA | PIEZA |
42 | COND01 | SUDADERA DEPORTIVA UNISEX | PIEZA |
43 | COND05 | CONJUNTO DEPORTIVO UNISEX (2 PIEZAS: SUDADERA Y PANTALÓN) | CONJUNTO |
44 | COND06 | CONJUNTO DEPORTIVO (2 PIEZAS: CHAMARRA Y PANTALÓN) | CONJUNTO |
45 | COND07 | CONJUNTO DEPORTIVO CON DISTINTIVOS (3 PIEZAS: CHAMARRA, PANTALÓN Y GORRA) | CONJUNTO |
46 | CORB01 | XXXXXXX XXXXXXXXX | PIEZA |
47 | CORB02 | CORBATÍN | PIEZA |
48 | FILP01 | FILIPINA UNISEX | PIEZA |
49 | FILP02 | FILIPINA CABALLERO 65% POLIÉSTER 35% ALGODÓN | PIEZA |
50 | FILP03 | FILIPINA DAMA 65% POLIÉSTER 35% ALGODÓN | PIEZA |
51 | GORR01 | GORRA TIPO BEISBOLERA 1 LOGOTIPO | PIEZA |
52 | GORR02 | GORRA TIPO BEISBOLERA 2 LOGOTIPOS | PIEZA |
PARTIDA | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
53 | GORR03 | GORRA TIPO BEISBOLERA GABARDINA | PIEZA |
54 | GORR04 | GORRA TIPO BEISBOLERA PPL | PIEZA |
55 | GORR05 | GORRA TIPO BEISBOLERA MEZCLILLA | PIEZA |
56 | GORR06 | GORRA TIPO TURBANTE O BANDANA | PIEZA |
57 | GORR07 | GORRO DE ACRILÁN | PIEZA |
58 | KEPI01 | KEPI CABALLERO | PIEZA |
59 | MANG01 | MANGUILLOS | PAR |
60 | OVEC01 | OVEROL PARA CABALLERO | PIEZA |
61 | PANT01 | PANTALÓN CORTE RECTO CON VIVO | PIEZA |
62 | PANT02 | PANTALÓN MEZCLILLA CABALLERO | PIEZA |
63 | PANT03 | PANTALÓN MEZCLILLA DAMA | PIEZA |
64 | PANT04 | PANTALÓN VESTIR DAMA 70% POLIÉSTER 30 % ALGODÓN | PIEZA |
65 | PANT05 | PANTALÓN VESTIR CABALLERO 70% POLIÉSTER 30% ALGODÓN | PIEZA |
66 | PANT06 | PANTALÓN TÁCTICO UNISEX | PIEZA |
67 | PANT07 | PANTALÓN CARGO PARA TRABAJO UNISEX 100% ALGODÓN | PIEZA |
68 | PANT08 | PANTALÓN CARGO PARA TRABAJO UNISEX 65% POLIÉSTER 35% ALGODÓN | PIEZA |
69 | PANT09 | PANTALÓN PPL | PIEZA |
70 | PANT10 | PANTALÓN VESTIR DAMA GABARDINA 100% ALGODÓN | PIEZA |
71 | PANT 11 | PANTALÓN VESTIR CABALLERO GABARDINA 100% ALGODÓN | PIEZA |
72 | PLYP01 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA CABALLERO 50% POLIÉSTER 50% ALGODÓN | PIEZA |
73 | PLYP02 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA CABALLERO 100% POLIÉSTER | PIEZA |
74 | PLYP03 | PLAYERA TIPO POLO MANGA LARGA CABALLERO 50% POLIÉSTER 50% ALGODÓN | PIEZA |
75 | PLYP04 | PLAYERA TIPO POLO MANGA LARGA CABALLERO 100% POLIÉSTER | PIEZA |
76 | PLYP05 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA RANGLAN, CABALLERO UNIFORME TÁCTICO 100% POLIÉSTER | PIEZA |
77 | PLYP06 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA CABALLERO 100% ALGODÓN | PIEZA |
78 | PLYP07 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA DAMA 50% POLIÉSTER 50% ALGODÓN | PIEZA |
79 | PLYP08 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA DAMA 100% POLIÉSTER | PIEZA |
80 | PLYP09 | PLAYERA TIPO POLO MANGA LARGA DAMA 50% POLIÉSTER 50% ALGODÓN | PIEZA |
81 | PLYP11 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA RANGLAN, DAMA UNIFORME TÁCTICO 100% POLIÉSTER | PIEZA |
82 | PLYP12 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA DAMA 100% ALGODÓN | PIEZA |
83 | SWEA01 | SWEATER DE ACRILÁN | PIEZA |
PARTIDA | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
84 | TTFF01 | TOCADO TIPO FRANCÉS FEMENIL | PIEZA |
85 | TRCI01 | TRAJE PARA CIRUJANO | JUEGO |
86 | TSCC01 | CAMISA PARA TRAJE CABALLERO | PIEZA |
87 | TSCP01 | PANTALÓN DE VESTIR PARA CABALLERO 55% POLIESTER 45% LANA | PIEZA |
88 | TSCP02 | PANTALÓN DE VESTIR PARA CABALLERO 70% POLIESTER 30% VISCOSA | PIEZA |
89 | TSCS01 | SACO PARA CABALLERO 55% POLIESTER 45% LANA | PIEZA |
90 | TSCS02 | SACO PARA CABALLERO 70% POLIESTER 30% VISCOSA | PIEZA |
91 | TSDB01 | BLUSA PARA TRAJE DAMA | PIEZA |
92 | TSDC01 | CHALECO DE VESTIR PARA DAMA 55% POLIESTER 45% LANA | PIEZA |
93 | TSDC02 | CHALECO DE VESTIR PARA DAMA 70% POLIESTER 30% VISCOSA | PIEZA |
94 | TSDF01 | FALDA DE VESTIR PARA DAMA 55% POLIESTER 45% LANA | PIEZA |
95 | TSDF02 | FALDA DE VESTIR PARA DAMA 70% POLIESTER 30% VISCOSA | PIEZA |
96 | TSDP01 | PANTALÓN DE VESTIR PARA DAMA 55% POLIESTER 45% LANA | PIEZA |
97 | TSDP02 | PANTALÓN DE VESTIR PARA DAMA 70% POLIESTER 30% VISCOSA | PIEZA |
98 | TSDS01 | SACO PARA DAMA 55% POLIESTER 45% LANA | PIEZA |
99 | TSDS02 | SACO PARA DAMA 70% POLIESTER 30% VISCOSA | PIEZA |
100 | TRUS01 | TRUSA | PIEZA |
101 | UNCE01 | CASACA CENDI | PIEZA |
102 | UNCE02 | PANTALÓN CENDI | PIEZA |
103 | UNQU01 | FILIPINA QUIRÚRGICA | PIEZA |
104 | UNQU02 | PANTALÓN QUIRÚRGICO | PIEZA |
105 | ROPT01 | ROPA TÉRMICA MASCULINA - SUDADERA | PIEZA |
106 | ROPT02 | ROPA TÉRMICA MASCULINA - PANTALÓN | PIEZA |
107 | ROPT03 | CONJUNTO ROPA TÉRMICA MASCULINA (2 PIEZAS: SUDADERA Y PANTALÓN) | CONJUNTO |
108 | TSCA01 | TRAJE SASTRE PARA CABALLERO (2 PIEZAS: SACO Y PANTALÓN) 55% POLIESTER 45% LANA | CONJUNTO |
109 | TSCA02 | TRAJE SASTRE PARA CABALLERO (2 PIEZAS: SACO Y PANTALÓN) 70% POLIESTER 30% VISCOSA | CONJUNTO |
110 | TSDA01 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (4 PIEZAS: SACO, CHALECO, FALDA Y PANTALÓN) 55% POLIESTER 45% LANA | CONJUNTO |
111 | TSDA02 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (2 PIEZAS: SACO Y PANTALÓN) 55% POLIESTER 45% LANA | CONJUNTO |
112 | TSDA03 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (3 PIEZAS: SACO, CHALECO Y FALDA) 55% POLIESTER 45% LANA | CONJUNTO |
113 | TSDA04 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (3 PIEZAS: SACO, CHALECO Y PANTALÓN) 55% POLIESTER 45% LANA | CONJUNTO |
114 | TSDA05 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (2 PIEZAS: CHALECO Y PANTALÓN) 55% POLIESTER 45% LANA | CONJUNTO |
PARTIDA | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
115 | TSDA06 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (2 PIEZAS: SACO Y FALDA) 55% POLIESTER 45% LANA | CONJUNTO |
116 | TSDA07 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (4 PIEZAS: SACO, CHALECO, FALDA Y PANTALÓN) 70% POLIESTER 30% VISCOSA | CONJUNTO |
117 | TSDA08 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (2 PIEZAS: SACO Y PANTALÓN) 70% POLIESTER 30% VISCOSA | CONJUNTO |
118 | TSDA09 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (3 PIEZAS: SACO, CHALECO Y FALDA) 70% POLIESTER 30% VISCOSA | CONJUNTO |
119 | TSDA10 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (3 PIEZAS: SACO, CHALECO Y PANTALÓN) 70% POLIESTER 30% VISCOSA | CONJUNTO |
120 | TSDA11 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (2 PIEZAS: CHALECO Y PANTALÓN) 70% POLIESTER 30% VISCOSA | CONJUNTO |
121 | UNCE03 | UNIFORME CENDI (2 PIEZAS: CASACA Y PANTALÓN) | CONJUNTO |
122 | UNQU03 | UNIFORME QUIRÚRGICO UNISEX (2 PIEZAS: FILIPINA Y PANTALÓN) | CONJUNTO |
123 | UNTA01 | UNIFORME TÁCTICO (2 PIEZAS: CAMISOLA Y PANTALÓN) | CONJUNTO |
CALZADO Y EQUIPO DE PROTECCIÓN | |||
124 | CBOR01 | CALZADO BORCEGUÍ TIPO I UNISEX | PAR |
125 | CBOR02 | CALZADO BORCEGUÍ TIPO II CON CASCO METÁLICO O NO METÁLICO | PAR |
126 | CBOR03 | CALZADO BORCEGUÍ DE TRABAJO TIPO II CON CASQUILLO DE PLÁSTICO | PAR |
127 | CBOR04 | CALZADO BORCEGUÍ TIPO II + III PARA MANTENIMIENTO | PAR |
128 | CBOR05 | CALZADO BORCEGUÍ TIPO III DIELÉCTRICO | PAR |
129 | CBOT01 | CALZADO BOTA TIPO I UNISEX | PAR |
130 | CBOT02 | CALZADO BOTA TIPO II + III | PAR |
131 | CBOT03 | CALZADO BOTA TIPO III DIELÉCTRICO | PAR |
132 | CBOT04 | CALZADO BOTA ESTILO TÁCTICA MILITAR | PAR |
133 | CBOT05 | CALZADO ESTILO BOTAS EXTRA LARGAS (BOTA EXTRA ALTA) | PAR |
134 | CBOT06 | CALZADO BOTA DE PVC | PAR |
135 | CCHO01 | CALZADO CHOCLO ESTILO DERBY UNISEX | PAR |
136 | CCHO02 | CALZADO CHOCLO ESTILO XXXXX XX XXXX UNISEX | PAR |
137 | CCHO03 | CALZADO CHOCLO ESTILO DERBY ADMINISTRATIVO UNISEX | PAR |
138 | CCHO04 | CALZADO CHOCLO ESTILO DERBY LOCKSTITCHER UNISEX | PAR |
139 | CCHO05 | CALZADO CLÍNICO ESTILO DERBY UNISEX | PAR |
140 | CCHO06 | CALZADO CHOCLO ESTILO MOCASÍN UNISEX | PAR |
141 | CCHO07 | CALZADO CHOCLO ESTILO MOCASÍN | PAR |
142 | CCHO08 | CALZADO CHOCLO TIPO II CON CASCO METÁLICO O NO METÁLICO | PAR |
143 | CCHO09 | CALZADO CHOCLO TIPO III DIELÉCTRICO | PAR |
144 | CCHO10 | CALZADO CHOCLO ESTILO BOSTONIANO II | PAR |
PARTIDA | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
145 | CCHO11 | CALZADO CHOCLO ESTILO BOSTONIANO PARA DAMA | PAR |
146 | CSUE01 | CALZADO ESTILO SUECO | PAR |
147 | CTEN01 | CALZADO TENIS ESTILO BOTA | PAR |
148 | CTEN02 | CALZADO CHOCLO ESTILO TENIS | PAR |
149 | CVES01 | CALZADO DE VESTIR PARA CABALLERO | PAR |
150 | CZAP01 | CALZADO ESTILO ZAPATILLA PARA USO ADMINISTRATIVO | PAR |
151 | ECTA01 | CINTURÓN TÁCTICO COLOR CAQUI Y NEGRO | PIEZA |
152 | ECES02 | CINTURÓN NEGRO PARA USO DE ESCOLTAS | PIEZA |
153 | ECAS03 | CINTURÓN PARA ASPIRANTE | PIEZA |
154 | ECCH04 | CINTURÓN DE CUERO PORTA HERRAMIENTAS | PIEZA |
155 | EFOL01 | FAJA ORTOPÉDICA LUMBAR CON TIRANTES | PIEZA |
156 | EFOL02 | CINTURÓN FAJA LUMBAR SIN TIRANTES | PIEZA |
157 | EFPE01 | FAJA DE CUERO TIPO PESISTA | PIEZA |
158 | EGCC01 | GUANTES CARNAZA CORTOS | PAR |
159 | EGCL02 | GUANTES CARNAZA LARGOS | PAR |
160 | EGCE03 | GUANTES CARNAZA EXTRA LARGOS | PAR |
161 | EGTS04 | GUANTES CUERO TACTO SUAVE | PAR |
162 | EGJA05 | GUANTES TIPO JAPONÉS | PAR |
163 | EGLA06 | GUANTES DE LÁTEX NATURAL | PAR |
164 | EGNE07 | GUANTES DE NEOPRENO | PAR |
165 | EGAL08 | GUANTES ALUMINIZADOS | PAR |
166 | EGCI09 | GUANTES PARA CIRUJANO | CAJA 100 PIEZAS (50 PARES) |
167 | EIMA01 | IMPERMEABLE TIPO MANGA | PIEZA |
168 | EIGA02 | IMPERMEABLE TIPO GABARDINA | PIEZA |
169 | EIDP03 | IMPERMEABLE DE DOS PIEZAS | JUEGO |
170 | ELPR01 | LENTES DE PROTECCIÓN | PIEZA |
171 | EGPO01 | GOGGLES DE POLICARBONATO | PIEZA |
172 | EGSL02 | GAFAS PARA SOLDAR | PIEZA |
173 | EPFA01 | PANTALLA FACIAL | PIEZA |
174 | EPFE01 | XXXX XX XXXX FLOR ENTERA | PIEZA |
175 | EPCA01 | PETO DE PVC CONTRA ÁCIDOS | PIEZA |
176 | EPAA01 | PETO DE ARAMIDA ALUMINIZADO | PIEZA |
177 | EPTE01 | PETO DE TELA | PIEZA |
178 | EPOP01 | POLAINAS XX XXXX | PAR |
PARTIDA | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
179 | ECSD01 | CASCO DE SEGURIDAD DIELÉCTRICO | PIEZA |
180 | EYTP01 | YELMO DE MATERIAL TERMOPLÁSTICO | PIEZA |
181 | EGDE01 | GORRO DESECHABLE | PAQUETE 50 PIEZAS |
182 | ECBD01 | CUBREBOCA DESECHABLE | PAQUETE 50 PIEZAS |
183 | EMGS01 | MASCARILLA CONTRA GASES Y SOLVENTES | PIEZA |
Asimismo, se establecieron los Catálogos de Bienes, donde se detallan las características de los bienes a adquirir, mismos que se adjunta al presente documento como ANEXO UNO y DOS, los cuales van ligados al ANEXO TRES, donde se establecen los volúmenes de bienes a comprar para cada una de las PARTICIPANTES.
Para efectos de la administración de la contratación, las PARTICIPANTES designarán a un ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
De conformidad con el artículo 47 de la LAASSP y 85 del RLAASSP, los CONTRATOS derivados de este procedimiento serán abiertos.
2.1 Vigencia de los contratos
Los contratos que resulten de la adjudicación del presente procedimiento de contratación estarán vigentes a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024.
2.2 Calidad
Los bienes ofertados deberán cumplir con las especificaciones técnicas y Normas Oficiales Mexicanas, Normas Internacionales o Normas de referencia establecidas para cada PARTIDA en el ANEXO UNO y DOS de las presentes ETAs.
Los OFERENTES, como parte de su propuesta técnica, deberán entregar una manifestación de que los bienes que entregarán, en caso de resultar adjudicados, cumplen con la totalidad de las especificaciones técnicas contenidas en el ANEXO UNO y DOS de las presentes ETAs, de conformidad con lo solicitado en el inciso e) del numeral 4 Requisitos Técnicos.
2.3 Defectos o vicios ocultos.
En caso de que los bienes presenten defectos o vicios ocultos durante el periodo de garantía, el PROVEEDOR deberá reemplazar los bienes en un periodo máximo de 10 (diez) días hábiles
contados a partir de que se realice la notificación del motivo de rechazo por escrito o por algún medio electrónico.
En caso de que el PROVEEDOR no realice la sustitución de los bienes en el plazo establecido, se hará acreedor a la aplicación de las penas convencionales de conformidad con lo establecido en el numeral 5 de las presentes ETAs, mismas que serán pactadas en el contrato respectivo.
3. CONDICIONES DE ENTREGA.
Los PROVEEDORES deberán entregar bienes 100% nuevos, que cumplan con la totalidad de las especificaciones técnicas, unidades de medida y cantidades; y deberán ser entregados a entera satisfacción de las PARTICIPANTES de acuerdo a lo estipulado en los ANEXOS UNO, DOS, TRES y de conformidad con el ANEXO SEIS, denominado Programa de Fabricación de los Bienes, previsto en el numeral 4 inciso b).
La CONVOCANTE podrá realizar visitas a las instalaciones donde se fabriquen los bienes, con el objetivo de revisar el avance y cumplimiento al Programa de Fabricación de los Bienes de los PROVEEDORES, notificándoles las fechas de visita 3 (tres) días hábiles previos a su realización.
Los PROVEEDORES que hayan resultado adjudicados entregarán por escrito o vía correo electrónico al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de cada una de las PARTICIPANTES, la(s) corrida(s) xx xxxxxx y/o medidas de las PARTIDAS adjudicadas según sea el caso, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la emisión del fallo o a la notificación de la adjudicación.
Una vez recibida(s) la(s) corrida(s) xx xxxxxx y/o medidas de las partidas adjudicadas por parte de los PROVEEDORES, el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de cada una de las PARTICIPANTES contará con 5 (cinco) días hábiles para entregar a los PROVEEDORES:
a. Los archivos con el Manual de Identidad Gráfica o la imagen institucional para su aplicación en las PARTIDAS que así lo soliciten conforme al ANEXO UNO, DOS y TRES. En caso de que alguna de las PARTICIPANTES lo requiera, el PROVEEDOR deberá firmar y cumplir el acuerdo de confidencialidad para el manejo de su identidad gráfica para su posterior entrega.
b. El listado definitivo de las cantidades de bienes por PARTIDA que les hayan sido adjudicadas, especificando las tallas y colores que requieran. Lo anterior, tomando como referencia el formato y las cantidades mínimas y máximas descritas en el ANEXO TRES.
3.1 Plazo y lugar de entrega.
Los PROVEEDORES adjudicados se obligan a que la entrega de los bienes requeridos por las PARTICIPANTES deberá realizarse dentro de los 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes a la entrega del listado definitivo de cantidades, tallas y colores de bienes por PARTIDA referido en el numeral 3 de las presentas ETAS. En caso de que la entrega de dicha información se efectúe antes del inicio de la vigencia del contrato, se tomará como inicio para contabilizar el plazo de entrega el 01 de enero de 2024.
La entrega de los bienes será Libre a Bordo Destino (LAB Destino) a nivel de piso en las cantidades y dentro de las ubicaciones señaladas en el ANEXO TRES y CUATRO respectivamente.
Las entregas de los bienes podrán ser parciales. En el caso de las PARTIDAS sujetas a las pruebas de calidad en los bienes establecidas en el numeral 3.3 Pruebas de calidad a los bienes de las presentes ETAs, las entregas parciales procederán una vez obtenido el resultado positivo de dichas pruebas.
3.2 Embalaje, empaque, fletes y maniobras.
Los PROVEEDORES deberán entregar los bienes con un empaque individual que indique la PARTIDA a la cual pertenecen, así como la talla y medidas, en los casos que apliquen, y deberán garantizar un embalaje con protección contra el clima, manejo, estiba y en general, de cualquier agente externo que pudiera dañar los bienes durante su transporte o almacenaje.
Para los bienes correspondientes a las PARTIDAS xx xxxxxxx, el empaque individual será una caja de cartón, indicando la marca, modelo, talla y color.
Para los bienes de las PARTIDAS de equipo de protección personal, el empaque será el original del fabricante.
La integridad de los bienes será responsabilidad del PROVEEDOR hasta que se efectúe la entrega y ésta sea recibida por parte del personal autorizado para recibirlos, designado por oficio por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
El traslado de los bienes estará a cargo del PROVEEDOR, de forma que deberá considerar los costos en su oferta económica.
3.3 Pruebas de calidad a los bienes.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, fracción I, XI, XVII, XX y XXIV, 7 y 54 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, se realizarán pruebas para que se verifique la calidad de los bienes, cuando el PROVEEDOR tenga el 50% de los bienes terminados; deberá notificar por escrito el cumplimiento de este porcentaje a la(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S); la toma de muestras para las pruebas de calidad a los bienes se realizará en las instalaciones donde se fabriquen los bienes de conformidad con el Programa de Fabricación de los Bienes entregado por los PROVEEDORES; este porcentaje de avance no podrá exceder de los 90 (noventa) días naturales posteriores al inicio de la contabilización del plazo de entrega de los bienes.
En caso de que el resultado de la prueba sea negativo, no podrán entregar los bienes a las PARTICIPANTES, de conformidad con lo señalado en el numeral 3.1.
Las pruebas serán realizadas por laboratorios acreditados ante la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C. (EMA), los cuales serán designados por la CONVOCANTE.
Los laboratorios designados realizarán la toma de muestras de conformidad con el método acreditado para tal fin.
Las siguientes 53 PARTIDAS, objeto de la ADQUISICIÓN CONSOLIDADA DE VESTUARIO, UNIFORMES, CALZADO Y EQUIPO DE PROTECCIÓN, no serán sujetas a las pruebas de calidad:
PARTIDA | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
VESTUARIO Y UNIFORMES | |||
10 | CALC01 | CALCETA TUBULAR | PAR |
11 | CALC02 | CALCETA NIVEL 1 | PAR |
12 | CALC03 | CALCETÍN DE VESTIR PARA CABALLERO | PAR |
41 | COIP01 | COIPA | PIEZA |
46 | CORB01 | XXXXXXX XXXXXXXXX | PIEZA |
47 | CORB02 | CORBATÍN | PIEZA |
55 | GORR05 | GORRA TIPO BEISBOLERA MEZCLILLA | PIEZA |
56 | GORR06 | GORRA TIPO TURBANTE O BANDANA | PIEZA |
57 | GORR07 | GORRO DE ACRILÁN | PIEZA |
58 | KEPI01 | KEPI CABALLERO | PIEZA |
59 | MANG01 | MANGUILLOS | PAR |
73 | PLYP02 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA CABALLERO 100% POLIÉSTER | PIEZA |
75 | PLYP04 | PLAYERA TIPO POLO MANGA LARGA CABALLERO 100% POLIÉSTER | PIEZA |
PARTIDA | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
79 | PLYP08 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA DAMA 100% POLIÉSTER | PIEZA |
81 | PLYP11 | PLAYERA TIPO POLO MANGA CORTA RANGLAN, DAMA UNIFORME TÁCTICO 100% POLIÉSTER | PIEZA |
84 | TTFF01 | TOCADO TIPO FRANCÉS FEMENIL | PIEZA |
85 | TRCI01 | TRAJE PARA CIRUJANO | JUEGO |
88 | TSCP02 | PANTALÓN DE VESTIR PARA CABALLERO 70% POLIESTER 30% VISCOSA | PIEZA |
90 | TSCS02 | SACO PARA CABALLERO 70% POLIESTER 30% VISCOSA | PIEZA |
95 | TSDF02 | FALDA DE VESTIR PARA DAMA 70% POLIESTER 30% VISCOSA | PIEZA |
100 | TRUS01 | TRUSA | PIEZA |
101 | UNCE01 | CASACA CENDI | PIEZA |
102 | UNCE02 | PANTALÓN CENDI | PIEZA |
106 | ROPT02 | ROPA TÉRMICA MASCULINA - PANTALÓN | PIEZA |
112 | TSDA03 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (3 PIEZAS: SACO, CHALECO Y FALDA) 55% POLIESTER 45% LANA | CONJUNTO |
114 | TSDA05 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (2 PIEZAS: CHALECO Y PANTALÓN) 55% POLIESTER 45% LANA | CONJUNTO |
116 | TSDA07 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (4 PIEZAS: SACO, CHALECO, FALDA Y PANTALÓN) 70% POLIESTER 30% VISCOSA | CONJUNTO |
120 | TSDA11 | TRAJE SASTRE PARA DAMA (2 PIEZAS: CHALECO Y PANTALÓN) 70% POLIESTER 30% VISCOSA | CONJUNTO |
CALZADO Y EQUIPO DE PROTECCIÓN | |||
130 | CBOT02 | CALZADO BOTA TIPO II + III | PAR |
133 | CBOT05 | CALZADO ESTILO BOTAS EXTRA LARGAS (BOTA EXTRA ALTA) | PAR |
146 | CSUE01 | CALZADO ESTILO SUECO | PAR |
152 | ECES02 | CINTURÓN NEGRO PARA USO DE ESCOLTAS | PIEZA |
154 | ECCH04 | CINTURÓN DE CUERO PORTA HERRAMIENTAS | PIEZA |
156 | EFOL02 | CINTURÓN FAJA LUMBAR SIN TIRANTES | PIEZA |
160 | EGCE03 | GUANTES CARNAZA EXTRA LARGOS | PAR |
163 | EGLA06 | GUANTES DE LÁTEX NATURAL | PAR |
164 | EGNE07 | GUANTES DE NEOPRENO | PAR |
165 | EGAL08 | GUANTES ALUMINIZADOS | PAR |
166 | EGCI09 | GUANTES PARA CIRUJANO | CAJA 100 PIEZAS (50 PARES) |
170 | ELPR01 | LENTES DE PROTECCIÓN | PIEZA |
171 | EGPO01 | GOGGLES DE POLICARBONATO | PIEZA |
172 | EGSL02 | GAFAS PARA SOLDAR | PIEZA |
173 | EPFA01 | PANTALLA FACIAL | PIEZA |
174 | EPFE01 | XXXX XX XXXX FLOR ENTERA | PIEZA |
PARTIDA | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
175 | EPCA01 | PETO DE PVC CONTRA ÁCIDOS | PIEZA |
176 | EPAA01 | PETO DE ARAMIDA ALUMINIZADO | PIEZA |
177 | EPTE01 | PETO DE TELA | PIEZA |
178 | EPOP01 | POLAINAS XX XXXX | PAR |
179 | ECSD01 | CASCO DE SEGURIDAD DIELÉCTRICO | PIEZA |
180 | EYTP01 | YELMO DE MATERIAL TERMOPLÁSTICO | PIEZA |
181 | EGDE01 | GORRO DESECHABLE | PAQUETE 50 PIEZAS |
182 | ECBD01 | CUBREBOCA DESECHABLE | PAQUETE 50 PIEZAS |
183 | EMGS01 | MASCARILLA CONTRA GASES Y SOLVENTES | PIEZA |
3.3.1 Muestreo.
Para efectos de la verificación de la calidad de los bienes, se realizará un muestreo de conformidad con lo dispuesto en la Norma Mexicana NMX-Z-12-1-1987 y NMX-Z-12-2-1987 “Muestreo por Inspección de Atributos” aplicando un plan de muestreo sencillo de inspección normal nivel de calidad 10, correspondiente a la inspección especial S-1, mismo que se describe en la siguiente tabla:
TAMAÑO DE LA PARTIDA | NIVEL DE INSPECCIÓN ESPECIAL S-1 | NÚMERO DE MUESTRAS REQUERIDAS | NIVEL DE CALIDAD ACEPTABLE | |
ACEPTADA | RECHAZADA | |||
De 501 a 35,000 | C | 5 | 1 | 2 |
De 35,001 a 150,000 | D | 8 | 2 | 3 |
150,001 a 500,000 | D | 8 | 2 | 3 |
500,001 y más | D | 8 | 2 | 3 |
El costo de las pruebas será con cargo al PROVEEDOR y el laboratorio entregará los informes de resultados originales a la(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) para dar seguimiento a este proceso. La(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) entregará los resultados a la CONVOCANTE, a cada una de las PARTICIPANTES, y notificará al PROVEEDOR el resultado. El costo de las pruebas para cada PARTIDA se dará a conocer en la Junta de Aclaraciones del proceso de contratación.
El PROVEEDOR deberá reponer las piezas que se hayan utilizado para la verificación de la calidad a fin de no modificar las cantidades de bienes solicitadas por las PARTICIPANTES.
En caso de que el PROVEEDOR incumpla con las condiciones técnicas y de calidad establecidas en las presentes ETAs y en el ANEXO UNO y DOS, derivado del resultado obtenido de las pruebas de calidad a los bienes que aplique, se obliga a reemplazar los bienes
terminados presentados para el proceso de muestreo, señalado en el numeral 3.3 para que se realice nuevamente el proceso de toma de muestras y el pago de la(s) prueba(s) que aplique(n). Esto no amplía ni modifica el plazo de entrega de los bienes establecido en el numeral 3.1.
3.3.2 Procedimiento para la toma de muestras:
En el ANEXO. - DETALLE DE PARTICIPANTES RESPONSABLES DE PROCEDIMIENTO DE TOMA
DE MUESTRAS Y COSTO POR MUESTRA (documento que se entregará en el Acto de Junta de Aclaraciones), se determina(n) la(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) que llevará(n) a cabo el procedimiento para la toma de muestras, conforme se detalla a continuación:
I. Una vez emitido el fallo, los PROVEEDORES adjudicados, serán conocedores de la(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) que implementarán el procedimiento para la toma de muestras y el seguimiento hasta la obtención de resultados de las pruebas que se realicen. Esto conforme al ANEXO. - DETALLE DE PARTICIPANTES RESPONSABLES DE PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS Y COSTO POR MUESTRA.
II. Una vez que los PROVEEDORES adjudicados hayan cumplido con el 50% de la fabricación de los bienes, éstos lo notificarán a la(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) mediante oficio.
III. La(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) informará(n) a los PROVEEDORES los bienes a los que se les harán las pruebas, los Laboratorios Asignados y los domicilios de las instalaciones donde se fabriquen los bienes o aquellos donde se realizará el proceso para la toma de muestras, precisando fecha y horario.
IV. La(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) informará(n) a los Laboratorios Designados los bienes a los que se les harán las pruebas y los domicilios de las instalaciones donde se fabriquen los bienes que se visitarán para la toma de muestras, precisando fecha y horario.
V. La(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) elaborará(n) oficio de notificación de la toma de muestras y convocará a las partes involucradas de acuerdo con lo siguiente:
a. La(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) determinará(n) a sus representantes, que asistirán a la misma.
b. A su titular del Órgano Interno de Control, para que designe el representante que asistirá a dicha toma.
c. Al PROVEEDOR para que designe por escrito un representante para cada toma de muestras.
d. A los representantes de la Dirección General Contratante y de la Dirección General Requirente de la CONVOCANTE que acudirán al acto.
VI. Los representantes de la(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) levantarán minuta del desarrollo del acto de toma de muestras, la cual será firmada por todos los asistentes.
VII. Una vez emitidos y entregados los informes de resultados por los Laboratorios Designados, la(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S) entregará(n) copia de dichos informes a la Dirección General Contratante de la CONVOCANTE y a cada una de las PARTICIPANTES que se incluyan en la PARTIDA de que se trate, y notificará al PROVEEDOR el resultado.
Se estima que los resultados de las pruebas de laboratorio se reciban dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la toma de muestras.
3.4 Medidas de Seguridad
El PROVEEDOR se compromete a que el personal que lleve a cabo la entrega de los bienes objeto de las presentes ETAs, dará el debido y exacto cumplimiento a los controles de acceso, así como a las medidas de seguridad y sanitarias que cada una de las PARTICIPANTES establezcan en los lugares de entrega establecidos en el ANEXO CUATRO.
4. REQUISITOS TÉCNICOS
En el procedimiento de contratación el OFERENTE deberá presentar la siguiente documentación en papel membretado, con nombre y firma del representante o apoderado legal en la última hoja y rúbricas en el resto de las hojas que integren cada uno de los requisitos, además se deberá incluir el RFC, domicilio, correo electrónico y número telefónico de contacto:
a) Propuesta técnica: Se describirán de manera clara y precisa las características técnicas de los bienes descritos conforme a lo establecido en el ANEXO UNO y DOS de las presentes ETAs, indicando el origen del bien.
Asimismo, se deberá incluir la transcripción textual y completa de las presentes ETAs, por lo que se deberán incluir todas las hojas que lo conforman.
b) El PROVEEDOR deberá de presentar un Programa de Fabricación de los Bienes por cada una de las PARTIDAS ofertadas. Dicho programa deberá contemplar el plazo máximo de los 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes al inicio de la contabilización del plazo de entrega de los bienes. De conformidad con lo establecido en los numerales 3.1. y 3.3., en los que se indica que se realizarán pruebas para que se verifique la calidad de los bienes cuando el PROVEEDOR tenga el 50% de los bienes terminados; el PROVEEDOR deberá notificar por escrito el cumplimiento de este porcentaje a la(s) PARTICIPANTE(S)
DESIGNADA(S). La toma de muestras para las pruebas de calidad a los bienes se realizará en las instalaciones donde se fabriquen los bienes o en los domicilios que indique el PROVEEDOR de conformidad con el Programa de Fabricación de los Bienes entregado por los PROVEEDORES. Este porcentaje de avance no podrá exceder de los 90 (noventa) días naturales posteriores al inicio de la contabilización del plazo de entrega de los bienes.
Los Programas de Fabricación de los Bienes se podrán agrupar por una, dos o más PARTIDAS cuyo proceso de fabricación sea el mismo y se deberá indicar el domicilio de las instalaciones donde se llevará a cabo la fabricación de los bienes, así como el domicilio para la toma de muestras para la verificación de la calidad de los bienes.
c) Acreditar que cuenta con experiencia comprobable con al menos dos contratos y/o pedidos, los cuales deberán corresponder a bienes similares a los del objeto de la presente contratación y cuando menos del 25% de la suma de los volúmenes de las cantidades mínimas ofertadas. Para tal efecto, el OFERENTE deberá presentar copia de los contratos y/o pedidos del sector gubernamental o privado que haya celebrado en condiciones similares a las requeridas en las presentes ETAs; dichos contratos y/o pedidos podrán ser de los años 2019, 2020, 2021, 2022 y/o 2023. La copia de los contratos y/o pedidos que presenten deberá permitir identificar de manera clara la vigencia, el objeto y las firmas de las partes.
Así mismo, por cada contrato y/o pedido presentado, deberá acompañar la documentación que acredite que cumplió satisfactoriamente con las obligaciones contractuales a su cargo en dicho contrato y/o pedido, para lo cual deberá presentar documentos tales como carta de liberación de garantía, cartas de satisfacción, acta de entrega-recepción suscrita por la dependencia, entidad o ente del sector privado, en la que conste la entrega-recepción de los bienes a su entera satisfacción.
d) Currículum, mediante el cual acredite que sus actividades comerciales y profesionales, estén relacionadas con la contratación descrita en las presentes ETAs. transcribiendo el objeto social de la empresa y enlistando los contratos presentados para acreditar la experiencia, que se solicitan en el inciso c) del numeral 4.
e) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE mediante el cual manifieste que los bienes que entregarán, en caso de resultar adjudicados, cumplirán con la totalidad de las especificaciones técnicas establecidas en el ANEXO UNO y DOS de las presentes ETAs.
f) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que los bienes ofertados están garantizados contra defectos o vicios ocultos, por un periodo mínimo de 12 (doce) meses, los cuales se contabilizarán a partir de la fecha de entrega a entera satisfacción en los lugares establecidos en el ANEXO CUATRO de las presentes ETAs.
Asimismo, que su representada se compromete a reemplazar los bienes en un periodo máximo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de que se realice la notificación del motivo de rechazo por escrito o algún medio electrónico. En caso de no cumplir con este plazo establecido se hará acreedora a la aplicación de las penalizaciones que se hayan pactado en el contrato respectivo.
g) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que su representada asumirá la responsabilidad total que resulte de cualquier violación a las disposiciones legales inherentes a la propiedad intelectual, derechos de autor, o cualquier otra similar que surja con motivo de los bienes que oferte.
h) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que su representada, en caso de resultar adjudicada, cubrirá los gastos de las pruebas de calidad que se apliquen a los bienes de conformidad con lo estipulado en el numeral 3.3 Pruebas de calidad a los bienes, en los lugares establecidos en los Programas de Fabricación de los Bienes de los PROVEEDORES y que repondrá las piezas que se hayan utilizado para la evaluación de la calidad a fin de no modificar las cantidades de bienes solicitadas por las PARTICIPANTES. Adicional a que, en caso de que incumpla con las condiciones técnicas y de calidad establecidas en las presentes ETAs y en los ANEXO UNO, DOS y TRES, derivado del resultado obtenido de las pruebas, se obliga a reemplazar los bienes terminados para que se realice nuevamente el proceso de toma de muestras y el pago de la(s) prueba(s) que aplique(n). Esto no amplia ni modifica el plazo de entrega de los bienes establecido en el numeral 3.1.
i) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que su representada se compromete a que el personal que lleve a cabo la entrega de los bienes, dará el debido y exacto cumplimiento a los controles de acceso, así como a las medidas de seguridad y sanitarias que cada una de las PARTICIPANTES establezcan en los domicilios de entrega.
5. PENAS CONVENCIONALES
De conformidad con los artículos 53 y 54 de la LAASSP, 95 y 96 de su RLAASSP y el numeral
15.5 de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Contratación de Servicios, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) como ente consolidador, en el entendido que no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, se aplicarán penas convencionales de cinco al millar (0.005) por cada día natural de atraso, antes de IVA, en los siguientes casos:
a) Sobre el valor total de los bienes no entregados, por cada día natural de atraso en la recepción de los mismos.
b) Sobre el valor total de los bienes que en su caso esté obligado a sustituir por cada día de atraso en la recepción de los mismos.
El pago por la adquisición de los bienes, quedará condicionado proporcionalmente al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, para lo cual se estará a lo dispuesto en el criterio normativo de interpretación TU 01/2022, emitido por la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas de la SHCP de fecha 2 xx xxxx de 2022.
Las penas convencionales serán calculadas y notificadas al PROVEEDOR, por escrito, al día hábil siguiente en que se determine.
En ningún caso, las penas convencionales podrán negociarse en especie. Independientemente de la aplicación de las penas convencionales mencionadas, las PARTICIPANTES podrán optar por la rescisión del contrato.
6. PRÓRROGAS
No se otorgarán prorrogas.
7. FORMA DE PAGO
De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la LAASSP y 89 de su RLAASSP, el monto de los bienes se cubrirá por parte de las PARTICIPANTES, por cada comprobante fiscal digital que expida el PROVEEDOR, que incluirá el Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente en su caso, dentro de los veinte días naturales siguientes, contados a partir de la entrega y aceptación del mismo. Lo anterior aplica para la entrega parcial o total de los bienes.
Para que el pago proceda, el PROVEEDOR deberá presentar los comprobantes fiscales digitales por cada entrega de BIENES, una vez que éstos sean aceptados a entera satisfacción del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. Lo anterior será aplicable a entregas parciales o por el total de los bienes, anexando como comprobación, copia simple de las hojas de recepción, las cuales deberán contener entre otros; firma, nombre y cargo del Servidor Público responsable de recibir los bienes.
El comprobante fiscal digital deberá elaborarse de acuerdo a los requerimientos de cada una de las PARTICIPANTES, de acuerdo al RFC y el domicilio que presente dicho comprobante. Si el mismo presenta errores o deficiencias, se hará saber al PROVEEDOR por escrito dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, para que sean subsanadas las mismas. El tiempo que transcurra entre la fecha de recepción del escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos de pago, ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 51 de la LAASSP, así como el 89 y 90 del RLAASSP.
Si el PROVEEDOR no presenta la documentación en el tiempo señalado en el contrato correspondiente, la fecha de pago se prorrogará el mismo número de días que dure el retraso. El plazo máximo que deberá mediar entre la fecha en que el PROVEEDOR acredite la entrega parcial o total de los bienes y la fecha de pago correspondiente, será de 30 (treinta) días naturales, dentro de los cuales quedará comprendido el plazo a que se hace referencia en el párrafo primero del artículo 51 de la LAASSP, de conformidad con el artículo 5°, tercer punto de los Lineamientos para promover la agilización de pago a PROVEEDORES.
El pago se realizará en moneda nacional, de conformidad con el artículo 45, fracción XIII de la LAASSP.
Las PARTICIPANTES podrán realizar aclaraciones de cargos no reconocidos previo a la factura y posteriores a la misma, en los plazos y condiciones que establezcan las PARTICIPANTES en cada contrato.
7.1 Anticipos
Las PARTICIPANTES proporcionarán 40% (cuarenta por ciento) de anticipo del total de las cantidades mínimas del contrato adjudicado, en términos de lo dispuesto en los artículos 13 de la LAASSP y 11 del RLAASSP, para lo cual deberán considerar lo siguiente:
i. El anticipo únicamente se otorgará cuando se trate de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, por lo que el PROVEEDOR adjudicado deberá acreditar ante las PARTICIPANTES que son micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.
ii. Previo al pago de anticipo, el PROVEEDOR deberá entregar garantía de anticipo por el monto total del anticipo a más tardar en la fecha establecida en el contrato, la que subsistirá hasta su total amortización o devolución.
iii. El pago de anticipo se entregará en una exhibición dentro de los 20 días naturales siguientes al inicio de la vigencia del contrato. Este plazo no amplía ni modifica el plazo de entrega de los bienes establecido en el numeral 3.1.
iv. La amortización del anticipo se llevará a cabo proporcionalmente en cada uno de los pagos que realicen las PARTICIPANTES, a partir de la fecha en que el anticipo sea recibido por el PROVEEDOR.
v. En caso de rescisión del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el anticipo que haya recibido más los intereses correspondientes. Los intereses se calcularán sobre el monto del anticipo no amortizado, y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la dependencia o entidad.
vi. En caso de no requerir anticipo, deberá notificarlo por escrito dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la notificación del fallo o adjudicación.
8. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Conforme a los artículos 48 y 49, fracciones I y II, de la LAASSP y a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del CONTRATO, el PROVEEDOR se obliga a constituir una fianza divisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de los contratos de cada una de las PARTICIPANTES, conforme a las DISPOSICIONES de carácter general por las que se aprueban los modelos de pólizas de fianzas constituidas como garantía en las contrataciones públicas realizadas al amparo de la LAASSP y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 xx xxxxx de 2022.
La garantía deberá constituirse mediante fianza expedida por compañía autorizada para ello, a favor de la Tesorería de la Federación o en su caso de la Entidad, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato respectivo antes del Impuesto al Valor Agregado.
En caso de que el total del monto máximo del CONTRATO corresponda a una cantidad de hasta 964 UMAS, las PARTICIPANTES deberán justificar el solicitar que el cumplimiento de los CONTRATOS se garantice mediante alguna de las siguientes opciones: cheque certificado o de caja, depósito de dinero constituido a través de certificado o billete de depósito, expedido por institución de crédito autorizada, depósito de dinero constituido ante la TESOFE o carta de crédito irrevocable. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el numeral 18 Garantías,
18.1 Garantías de cumplimiento de las Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Contratación de Servicios, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) como ente consolidador.
Dicha garantía deberá constituirse a favor de la Tesorería de la Federación o en su caso de la Entidad, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato respectivo antes del Impuesto al Valor Agregado.
La garantía de cumplimiento deberá presentarse a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del CONTRATO, en los domicilios que para tal efecto indique cada una de las PARTICIPANTES.
El PROVEEDOR queda obligado a mantener vigente la garantía mencionada hasta en tanto las PARTICIPANTES expresamente manifiesten que recibieron a su entera conformidad los bienes previstos en las presentes ETAs y en los CONTRATOS que celebren con el PROVEEDOR, en caso de que quede alguna obligación pendiente de cumplimiento prevista en el CONTRATO, ya sea una obligación principal, accesoria o de garantía, y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte
resolución definitiva y firme que emita la autoridad competente, en la inteligencia de que dicha garantía sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de las PARTICIPANTES con las que haya suscrito el CONTRATO.
Una vez cumplidas todas y cada una de las obligaciones que se deriven de la contratación por parte del PROVEEDOR a entera satisfacción del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de cada una de las PARTICIPANTES, procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para que el PROVEEDOR dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 81, fracción VIII, del RLAASSP.
9. GARANTÍA DE ANTICIPO
Los PROVEEDORES constituirán, previamente a la entrega del anticipo, la garantía por el 100% (cien por ciento) del monto total del anticipo, en la misma moneda en la que se otorgue el anticipo, la que subsistirá hasta su total amortización o devolución.
La garantía de Anticipo se cancelará hasta que se haya realizado la amortización total.
10. RELACIÓN LABORAL
Las PARTICIPANTES y el PROVEEDOR convienen que la relación laboral se mantendrá en todos los casos entre ellas y su personal, aún en casos de trabajos en forma conjunta o desarrollados en las instalaciones o con equipos de cualesquiera de ellas, por lo que cada una asumirá su responsabilidad con sus trabajadores y, en ningún caso, podrán ser consideradas como patrones solidarios o sustitutos.
Igualmente, para este efecto y cualesquiera no previstos, las PARTICIPANTES y el PROVEEDOR se eximen expresamente de cualquier responsabilidad civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudieran llegar a generarse.
11. CONFIDENCIALIDAD
La CONVOCANTE, las PARTICIPANTES y el OFERENTE, guardarán confidencialidad respecto a las actividades objeto de las presentes ETAs, en los casos en que lo consideren necesario y que determinen conjuntamente; sin embargo, están de acuerdo en hacer pública la información que corresponda en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Asimismo, queda acordado que toda información y documentación que se proporcione en virtud del suministro de los bienes se considerará con el carácter de confidencial, no podrá divulgarse o publicarse en ningún tiempo ni en forma alguna, salvo consentimiento previo por escrito.
Relación de Anexos
ANEXO | NOMBRE |
ANEXO UNO | Catálogo de Vestuario y Uniformes |
ANEXO DOS | Catálogo xx Xxxxxxx y Equipo de Protección |
ANEXO TRES | Demanda Agregada |
ANEXO CUATRO | Lugares de Entrega |
ANEXO CINCO | Listado de Instituciones Participantes |
ANEXO SEIS | Programa de Fabricación de los Bienes |
Ciudad de México, a 30 xx xxxxxx de 2023.