BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 3041 CORRIENTES, 19 DE JULIO DE 2018.
BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 3041 CORRIENTES, 00 XX XXXXX XX 0000.
RESOLUCIÓN:
Nº 1460: Aprueba Convenio Xxxxx de Cooperación para el Desarrollo de Proyectos Urbanísticos en la Ciudad de Corrientes. (ANEXO I).
Nº 1469: Aprueba el pliego a Licitación Privada y Adjudica a la Empresa “SEIMAC S.A.” (ANEXO I).
RESOLUCIONES ABREVIADAS:
Nº 1462: Autoriza la contratación de asesores de gabinete en las distintas áreas de su dependencia.
Nº 1463: Instruir Sumario Administrativo a los siguientes agentes de contralor ambiental, que se detallan a continuación.
Nº 1465: Exime pago de impuestos a rodado propiedad del Señor Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Nº 1466: Reconoce el gasto a favor de la firma DAR S.A.
Nº 1467: Reconoce el gasto por servicios prestados a favor de la firma: XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX.
Xx 0000: Reconoce el gasto a favor de la firma C. D. C. XX XXXXXX XXXXXX XXXXXX.
DISPOSICIONES ABREVIADAS:
SECRETARIA DE COORDINACIÓN DE GOBIERNO
Nº 132: Aprueba trámite de compra Directa y Adjudica a la firma Agropecuaria S.R.L.
SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO
Nº 166: Adjudica la compra en forma Directa a favor de la firma “CERAMICA NORTE S.A.”.
Nº 167: Suspender por razones de servicio el usufructo de la Feria Administrativa correspondiente al año 2018 a los agentes que a continuación se detallan.
Nº 168: el Personal Municipal de los Centros de Desarrollo Infantil obtuvo autorización para hacer usufructo de las horas compensables.
Resolución Nº 1460
Corrientes, 13 de Julio de 2018.
VISTO:
El Artículo 14 incisos 24 y 25 y el Artículo 46 inciso 11 y 33, ambos de la Carta Orgánica Municipal, el modelo de XXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXX XXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx x xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, proyectan impulsar un desarrollo urbanístico en la Ciudad, capaz de promover inversión privada, impactando en la economía local y logrando espacios públicos que aporten valor a la Costanera Correntina, integrando el río a lo largo de todo el centro correntino y generando espacios recreativos, culturales y turísticos.
Que dicho proyecto tiene como principal objetivo reconocer al Río Paraná como núcleo esencial de la ciudad de Corrientes, reconociendo al río y al agua como el recurso natural más importante de la ciudad, en función de ello han decidido denominar al Plan Urbano Costero.
Que, dada la magnitud e importancia del Plan se estima conveniente utilizar la herramienta del Concurso Abierto no vinculante de Iniciativas y Proyectos en el entendimiento que dicha instancia dará participación de la “sociedad profesional”, otorgando una mayor validez de lo planificado, como así también sirviendo como una mayor validez de lo planificado, como así también sirviendo como una herramienta de utilidad para la captación de los Potenciales desarrolladores.
Que, son objetivos de las políticas públicas municipales abordar el desarrollo estratégico social, económico, ambiental y cultural de acuerdo con el principio de planificación integral continua y dinámica y organizar y regular el ordenamiento territorial y el crecimiento armónico de la ciudad, considerando las características biofísicas, socioeconómicas y culturales, garantizando el uso racional y eficiente, socialmente justo y ambientalmente equilibrado del territorio municipal y del espacio aéreo de acuerdo a lo previsto por el Artículo 14 incisos 24 y 25 de la Carta Orgánica Municipal.
Que, la presente Resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 46 inciso 11 y 33 de la Carta Orgánica Municipal.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:
Artículo 1: APROBAR el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE
PROYECTOS URBANÍSTICOS EN LA CIUDAD DE CORRIENTES, a suscribirse entre la Unidad Plan Belgrano, la Secretaria de Planificación Territorial y Coordinación de Obra Pública del Estado de la Nación Argentina, la Agencia de Administración de Bienes del Estado de la Nación Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx x xx Xxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, el que como ANEXO I forma parte de la presente.
Artículo 2: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Coordinación de Gobierno y la Señora Secretaria de Desarrollo Urbano.
Artículo 3: Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
XXXXXXX X. XXXXXXX XXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX
XXXX XXXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DE COORDINACION
DE GOBIERNO
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES.
ANEXO I.
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN
PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS URBANISTICOS EN LA CIUDAD DE CORRIENTES.
Entre la UNIDAD PLAN BELGRANO, representada en este acto por el señor Ministro. Xx. Xxxxxx Xxxx XXXXXXX D.N.I. Nº 16.488.665, con domicilio en Av. Pres. Xxxxx X. Xxxx Nº 782, piso 10, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “UPB”, por una parte y la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PUBLICA, representada en este
acto por el señor Secretario, Lic. XXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXX. D.N.I. Nº 23.864.578, con domicilio en Xx. Xxxxx Xxxxx Xx 000. Xxxx 00, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en adelante la “SPTYCOP”, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, representada en este
acto por el señor Presidente, Xx. Xxxxx Xxxxx XXXXX, D.N.I.Nº 27.308.540, con domicilio en Xx. Xxxxx Xxxxx Xx 0000, xxxx 0x, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en adelante la “XXXX”, xx XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX, representada en este acto por el Señor Gobernador, Xx. Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX, D.N.I. Nº 20.290.623, con domicilio en 00 xx Xxxx Xx 000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en adelante la “Xxxxxxxxx”, xx XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Xx. Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXXX, D.N.I. Nº 13.636.405, con domicilio 00 xx Xxxx Xx 0000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en adelante la “Municipalidad” y en conjunto, las “Partes”, y
CONSIDERANDO:
Que, la “UPB”, fue creada por el señor Presidente de la Nación como un Plan para el desarrollo del Norte, que actúa en el ámbito de competencia de la Jefatura de Gabinete de la Nación y tiene entre sus objetivos, conforme lo establecido en el Decreto Nº 174/2018, “asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el desarrollo y coordinación de las políticas sociales, productivas y de infraestructura que fomenten el crecimiento del NORTE argentino, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL, competentes en la materia, y efectuar el seguimiento de grado de ejecución de las políticas implementadas en las jurisdicciones involucradas”.
Que, la “SPTYCOP”, dependiente del Ministerio del Interior de la Nación, tiene entre sus funciones, establecidas en el mencionado decreto “coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, actuando como articulador estratégico de los diferentes niveles de organización territorial nacional e internacional”.
Que, la “AABE”, es un organismo descentralizado en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, que tiene a su cargo la ejecución de las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y administración de los bienes inmuebles de titularidad del Estado Nacional Argentino que se encuentran en uso, concesionados y/o desafectados, llevando el registro pertinente de los mismos.
Que, la “AABE”, fue creada mediante el Decreto Nº 1382/2012, en cuyo artículo 8º, inciso 10 se le asignaron a dicho organismo expresas facultades para celebrar todo tipo de contrato en tanto fuere conducente para el cumplimiento de su objeto.
Que, el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la “AABE”, se encuentra impulsando y ejecutando políticas públicas en materia de administración de bienes inmuebles, con especial énfasis en el uso racional y el buen aprovechamiento de los bienes inmuebles del Estado, y en incentivar la puesta en valor de los mismos a través de proyectos de desarrollo local y regional basados en criterios de urbanismo sustentable que permitan maximizar el potencial urbanístico, crear nuevos espacios verdes públicos, eliminar barreras urbanas y mejorar la conectividad y circulación.
Que, la “Provincia” y la “Municipalidad”, proyectan impulsar un desarrollo urbanístico en la Ciudad de Corrientes, capaz de promover inversión privada, impactando en la economía local y logrando espacios públicos que aporten valor a la Costanera Correntina, integrando el río a lo largo de todo el centro correntino y generando espacios recreativos, culturales y turísticos.
Que, dicho proyecto tiene como principal objetivo reconocer al Río Paraná como núcleo esencial de la ciudad de Corrientes, reconociendo al río y al agua como el recurso natural más importante de la ciudad, en función de ello LA PARTES han decidido denominar Plan Urbano Costero.
Que, las partes, mediante la planificación, desarrollo y ejecución de políticas urbanas definidas en forma conjunta y coordinada, buscaran la recuperación social, ambiental y urbanística de la costanera correntina, mejoramiento de la conectividad urbana, integración de nuevos predios al tejido urbano, así como la construcción e integración de un sistema de espacios verdes y lugares de uso público.
Que, en el marco descripto precedentemente, se han identificado en la Ciudad de Corrientes, inmuebles que pertenecen al dominio del Estado Nacional Argentino, de la Provincia de Corrientes o de la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, en su caso, que poseen un destino sub-optimo o actualmente no cumplen con los requisitos necesarios para el desarrollo de las tareas para las que fueron inicialmente considerados, y que dado su posicionamiento estratégico impulsarán positivamente al desarrollo del Plan Xxxxxx Xxxxxxx.
Que, entre los predios mencionados para impulsar el referido plan, encontramos, en primer lugar al denominado ex-barrio de viviendas militares, de aproximadamente 3.900 m2, a solo 50 metros de la costanera, en la intersección de las calles Xxxxxxxx Xxxxxxxx y Xxxxx Xxxxxxxx, el cual actualmente se encuentra mayormente ocupado irregularmente y no cumpliendo con su destino original.
Que, en segundo lugar, encontramos otro inmueble costero de aproximadamente 4.300 m2, en la intersección de las calles Chaco 9 de Julio, donde hoy funcionan oficinas de la Dirección Nacional de Vialidad y el Ministerio de Desarrollo Social, y que en base a un uso eficiente y racional de los inmuebles del Estado Nacional planificara una futura readecuación y mudanza.
Que, otro de los terrenos analizados es el Ex Regimiento de Infantería Nº 9, en la intersección de la Xx. 0 xx Xxxxx x xx Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxx Xxxxxx, que cuenta con una superficie aproximada de 9,6 hectáreas, de la cual el Ministerio de Defensa de la Nación planifica su reubicación. Por lo que se prevé que la intervención urbana a realizar en el mismo contemple su total integración al área costera, así como la preservación de los respectivos espacios destinados a la Memoria del Terrorismo de Estado.
Que, asimismo, la PROVINCIA DE CORRIENTES se encuentra trabajando en el Proyecto Ejecutivo del Nuevo Puerto Provincial en la localidad de El Sombrero, todo ello debido el actual Puerto de Corrientes, no cumple con los requisitos necesarios de escala, logística y ubicación para el desarrollo económico impulsado por el Gobierno Provincial y Nacional.
Que, la Dirección Nacional de las Vías Navegables, se encuentra en un proceso de restructuración a nivel nacional, por lo que su dependencia en el área portuaria de la ciudad de corrientes continuaría cumpliendo con sus objetivos desde otro elemento.
Que, por ello, LAS PARTES, también acuerdan integrar estos predios al presente convenio, no sin dejar de aclarar, en primer término, que la inclusión real del actual Puerto de Corrientes recién podrá darse una vez mudada efectivamente y en su totalidad su actividad al nuevo puerto proyectado en El Sombrero. Y en segundo término que se contemplarán en el estudio de lo proyectado, la preservación de los edificios existentes que poseen valor patrimonial, así como el destino de las oficinas gubernamentales, la Escuela Técnica, el Museo Portuario, el Club Talleres, entre otros.
Que, asimismo, entre los inmuebles identificados, aledaño a la unidad militar citada, también se incluye, resguardando aquellos sectores que poseen valor patrimonial histórico, el inmueble de aproximadamente 1,7 ha. de superficie, en donde actualmente funciona la Unidad Penal Nº 1 de la Provincia de Corrientes, respecto de la cual se prevé se prevé su traslado a una nueva y eficiente estructura en la Ciudad de San Xxxxxxxx, Municipio de Riachuelo.
Que, dada la magnitud e importancia del Plan Xxxxxx Xxxxxxx con respecto a su incidencia en el futuro de la ciudad cabecera de la Provincia de Corrientes, LAS PARTES, estiman conveniente, para aquellos predios superiores a UNA (1) hectárea de superficie, utilizar la herramienta del Concurso Abierto no vinculante de iniciativas y Proyectos, en el entendimiento que dicha instancia dará participación de la “sociedad profesional”, otorgando una mayor validez de lo planificado, como así también sirviendo como una herramienta de utilidad para la captación de los Potenciales desarrolladores.
Que, en función de lo anterior, las “Partes” se encuentran trabajando en forma conjunta en aquellas gestiones y trámites necesarios y conducentes para materializar proyectos urbanísticos en la Ciudad de Corrientes.
Que, atento lo expuesto, resulta conveniente fijar lineamientos básicos, condiciones de cooperación mutua y pautas de interrelación entre las “Partes” a efectos de materializar los fines compartidos.
Por ello y en atención a estas consideraciones, las “Partes” acuerdan celebrar el presente Convenio Xxxxx de Cooperación, sujeto a las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: Las “Partes” se comprometen a articular esfuerzos para desarrollar acciones individuales o conjuntas que coadyuven a la viabilidad técnica, económica y social del Plan Urbano Costero y/o de otros desarrollos urbanísticos en la Ciudad de Corrientes.
CLÁSULA SEGUNDA: Las “Partes” se comprometen a iniciar estudios preliminares a fin de determinar la titularidad y las acciones de saneamiento y perfeccionamiento dominial, catastral y registral que pudieren requerir los inmuebles sobre los cuales podría desarrollarse el Plan Urbano Costero y/u otros desarrollos urbanísticos, entre los que se encuentran los inmuebles identificados en los Considerandos.
CLÁUSULA TERCERA: Las “Partes” se comprometen a realizar un Concurso Abierto no vinculante de Iniciativas y Proyectos para los inmuebles mencionados que poseen más de una 1) ha de superficie y en el cual las “Partes”, formarán parte xxx Xxxxxx que evaluará los proyectos presentados.
CLAUSULA CUARTA: Para concretar los objetivos derivados del presente Convenio de Cooperación, “Las Partes”, deberán suscribir convenios específicos adicionales por cada predio, a efectos de establecer los detalles de la ejecución de la propuesta urbanística que se desarrolle en los mismos, como así también las responsabilidades específicas que le correspondan a las partes que tengan que intervenir en los mismos.
CLÁUSULA QUINTA: Con el objetivo de converger esfuerzos entre todos los actores intervinientes, las “Partes”, acuerdan celebrar en forma periódica al mes una vez por mes una MESA DE TRABAJO Y COORDINACIÓN INSTITUCIONAL que se integrará con 1 representantes por cada una de las partes.
La misma será coordinada por la UPB, en el marco de las pautas establecidas en la mesa de seguimiento del proyecto y que preside el SEÑOR PRESIDENTE DE LA NACION.
Cuando las “Partes” lo estiman conveniente, podrá celebrarse una MESA AMPLIADA que incluya la Participación de aquellos funcionarios de otros Organismos técnicos del Estado Nacional, Provincial o Municipal que se consideren necesarios para el mejor desarrollo de los proyectos.
CLÁUSULA SEXTA: Las “Partes” observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración y las mismas se basarán en los principios de buena fe y cordialidad, en atención a los fines perseguidos en común con la celebración del presente Convenio. Las “Partes”, se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para resolver de común acuerdo, en el marco de la buena fe, indefiniciones, diferencias y/o controversias que se susciten con motivo de la interpretación, cumplimiento, y/o extinción del presente. Cualquier controversia derivada del presente Convenio se regirá por las leyes de la República Argentina, sometiéndose las partes a los Tribunales Federales con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción. A todos los efectos legales del presente Convenio, las partes constituyen domicilios, los que se detallan en el encabezamiento del presente Convenio.
En prueba de conformidad, se firman CINCO (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los …….días del mes de del año 2018.
XXXXXXX X. XXXXXXX XXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX.
XXXX XXXXXXX XXXXXXX
SECRETARIO DE COORDINACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD
DE CORRIENTES
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX
XX XXXXXXXXXX.
Resolución Nº 1469
Xxxxxxxxxx, 00 xx Xxxxx xx 0000.
VISTO:
El Expediente Nº 1813-S-2018, Caratulado: “Secretaría de Infraestructura-Ref: Pliego Obra: “Reconstrucción de Pavimento en distintos sectores de la Ciudad de Corrientes” (Consta de 2 Cuerpos), y;
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 2/51 el Sr. Secretario de Infraestructura, eleva Pliego, Cómputo, Presupuesto y Documentación Gráfica, para el llamado a Licitación Privada con destino a la ejecución de la Obra: “Reconstrucción de Pavimento en Distintos Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 13.238.997,01 (Pesos: Trece Millones Doscientos Treinta y Ocho Mil Novecientos Noventa y Siete).
Que, asimismo, en el marco de las facultades otorgadas por las Resoluciones Municipales Nº 139/13 y 2543/16, reglamentarias de la Ordenanza Nº 3581: “Régimen legal de las Obras Públicas Municipales”, dispone lo pertinente para la prosecución del procedimiento pertinente.
Que, a fojas 53/57 obran Formularios de Invitación a 5 (cinco) empresas del medio: “CONSTRUMEX S.A.”, “JS CONSTRUCCIONES S.R.L.”, “SEIMAC S.A”, “SYCIC S.A,” y NEXO S.A”; a los efectos
del cotejo de precios, conforme listado incorporado a fojas 52 por la Dirección de Compras y Suministro de la Secretaría de Infraestructura.
Que, a fojas 58/208 obran documentaciones, ofertas y Acta de Apertura de Sobres de la Licitación Privada OP Nº 001 de fecha 26 xx Xxxxx de 2018, a continuación, respectivamente, del que surge que se han presentado a cotizar 3 (tres) firmas: SOBRE Nº 1: “SEIMAC S.A.”, SOBRE Nº 2: “SYCIC S.A.” y SOBRE Nº 3: “NEXO S.A.”
Que, a fojas 209 y vuelta obra Informe de la Comisión de obra Informe de la Comisión de Preadjudicación, designada al efecto mediante Disposición SI Nº 016/18, del que surge en su parte pertinente: “Que, conforme surge de las actuaciones se presentó una (1) firma del medio, arrojando dicho acto el siguiente resultado: SOBRE Nº 1: corresponde a la empresa SEIMAC S.A., CUIT Nº 30- 71223519-1, con domicilio legal en calle Xxxxxxx X. Xxxxx Nº 2345 de esta Ciudad de Corrientes, quién presenta: Solicitud de Admisión Garantía de Oferta póliza de seguro de caución de la firma Fianzas y Crédito Compañía de Seguros ( Póliza Nº 669.519), declaración jurada de aceptación de la justifica Ordinaria de esta Provincia y constitución de domicilio legal, Certificado de Inscripción en el Registro de Proveedores Municipal, Comprobante de Pago IERIC, Nómina de equipos, Plantel de Personal, Pliego de Licitación privada suscripta por los representantes técnico y legal, sellado xx xxx, xxxxxxxxxx de invitación, quien propone ejecutar la obra en $ 14268.164.13 (PESOS CATORCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO CON 13/100), vale decir un
7,77% aprox. Sobre el Presupuesto Oficial). SOBRE Nº 2: correspondiente a la Empresa SYCIC S.A., CUIT Nº 30-50366710-6, con domicilio en calle Entre Xxxx Nº 945, Segundo Piso, Dpto “A” de esta Ciudad de Corrientes, quien presenta: Garantía de Oferta, “pagaré” a la Municipalidad, declaración jurada
de aceptación de la Justicia Ordinaria de esta Provincia y Constitución de Domicilio Legal, Certificado de Inscripción en el Registro de Proveedores Municipal vencido. Comprobante de Pago IBERIC, Pliego de la Licitación Privada suscripta por los representes técnico y legal, Constancia de invitación. Rechazándose la Oferta por no atenerse al Pliego al incumplir Artículo Nº 13 del mismo (rechazo automático) no presentando solicitud de admisión, garantía correspondiente ni certificado de proveedor municipal al día. Que luego de examinar, analizar y estudiar la documentación recibida y comprobar la veracidad de la misma, esta Comisión considera que la única oferta válida, estando la misma ajustada en un todo a los pliegos, es la presentada por la Empresa SEIMAC S.A…”.
Que, a fojas 210 obra Cuadro Comparativo de Ofertas.
Que, a fojas 211 y vta, obra Dictámen Nº 038/2018 de la Asesoría Legal de la Secretaría de Infraestructura.
Que, las normativas antes citadas, autorizan el citado de la presente.
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL RESUELVE:
Artículo 1: APROBAR el Pliego y el trámite de la Licitación Privada OP Nº 001/2018, para la ejecución de la Obra: “Reconstrucción de Pavimento en Distintos Sectores de la Ciudad de Corrientes”.
Artículo 2: Adjudicar a la Empresa: “SEIMAC S.A.”, la ejecución de la obra consignada en el Artículo 1º de esta Resolución, según Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, Formulario de Presupuesto de Oferta, Formulario de Presentación de Oferta y Documentación Gráfica, Informe de la Comisión de Preadjudicación y Cuadro Comparativo de Ofertas y demás documentaciones obrantes a fojas 58/170, 209 y vuelta y 210 respectivamente.
Artículo 3: Encuadrar la presente erogación en la Ordenanza Nº 3581: “Régimen Legal de las Obras Públicas Municipales”, Artículo 9º, sus Reglamentarias: Resoluciones Departamento Ejecutivo Municipal Números: 718/00 y sus modificatorias: 143/09 y 108/11, 1174/02, cuyos topes de contratación fuera actualizada por Resoluciones Municipales Nº 307/08, 898/09, modificada ésta última por Resolución Nº 97/10, Nº 146/11, Nº 545/13, 361/15, 2543 y Artículo 1º de la Resolución Municipal Nº 139/2013.
Artículo 4º: Autorizar a la Secretaría de Hacienda a emitir libramiento orden de pago y a efectuar el pago, previa verificación del cumplimiento de los recaudos legales a favor de la Empresa: “SEIMAC S.A.”, C.U.I.T. Nº 30-71223519-1, por la suma total de $ 14.268.164,13 (Pesos Catorce Millones Doscientos Sesenta y Ocho Mil Ciento Sesenta y Cuatro con Trece Centavos), pagaderos según certificación, por el concepto expresado en los Artículos 1º y 2º de la presente Resolución.
Artículo 5º: La Secretaría de Hacienda, imputará el gasto en las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 6º: Aprobar el Modelo de Contrato de Locación de Obra, que como ANEXO I, forma parte de la presente Resolución, él que se formalizará por Escribanía Municipal, previa constitución de las siguientes GARANTIAS DE CONTRATO: 5% (cinco) por ciento, de Fondo de Reparo: 5% (cinco por ciento) del monto de cada Certificado y de Anticipo: por el total del monto solicitado.
Artículo 7: Facultar a la Secretaría de Infraestructura, para que mediante Disposición Interna, designe la Inspección de Obra, conforme lo establece el Artículo 61º de la Resolución Nº 718/00 y sus modificatorias.
Artículo 8º: La presente Resolución será refrendada por los Señora Secretarios: de Coordinación de Gobierno de Hacienda y de Infraestructura.
Artículo 9º: Girar copia de la presente a la Secretaría de Infraestructura.
Artículo 10º: Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
XXXXXXX X. XXXXXXX XXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX.
XXXXXXXXX XXXXXXX CORRALES XXXX XXXXXXXXXX DE HACIENDA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD
DE CORRIENTES.
ING. XXXXXXX XXXXXXX XXXX SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD
DE CORRIENTES.
ANEXO I.
CONTRATO DE XXXXXXXX XX XXXX
Xxxxx xx XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Xx. Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXXX, Documento Nacional de Identidad Nº….. , el que fija domicilio legal en calle 25 xx Xxxx Nº 1178, de la Ciudad de Corrientes, en adelante la “Municipalidad” y la Empresa “SEIMAC S.A.”, C.U.I.T. Nº 30-71223519-1, representada en este acto por el Señor ………………, acreditando tal carácter con………domicilio en calle
…………Nº………..De la Ciudad de Corrientes, Provincia de Corrientes, en adelante llamada “LA CONTRATISTA”, CONVIENEN en celebrar el presente contrato de obra pública en el marco de la Ordenanza de Obras Públicas Municipal Nº 3581 y Pliego Reglamentario de la Resolución Nº 718/00 y sus modificatorias, que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El presente contrato tiene por objeto la ejecución de la obra denominada: “Reconstrucción de Pavimento en Distintos Sectores de la Ciudad de Corrientes”, de conformidad con los pliegos de bases y condiciones, legales, general y de especificaciones técnicas generales y particulares y documentación gráfica.
SEGUNDA: “La CONTRATISTA” en carácter de adjudicataria de la obra, individualizada en la cláusula primera se compromete a ejecutarla en el plazo convenido, esto es, NOVENTA (90) DIAS CORRIDOS, contados a partir de la fecha del Acta de Replanteo (Artículos 24º y 25º xxx Xxxxxx), que se labrará dentro de los cinco (5) días corridos de la firma del Contrato, y de conforme las reglas del buen arte, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente y a lo dispuesto en la documentación obrante a fojas 58/170 del Expediente Nº 1813-S-2018 y demás documentaciones técnicas incorporadas al mismo.
TERCERA: La presente obra se contrata por sistema de “Unidad de Medida”, previsto en el Artículo 17º, Inciso a) de la Ordenanza de Obras Públicas Nº 3581, estableciéndose como retribución a “LA CONTRATISTA”, la suma de $ 14.268.164,13 (Pesos Catorce Millones Doscientos Sesenta y Ocho Mil Ciento Setenta y Cuatro con Trece Centavos), aprobada por Resolución Nº…………../……….
CUARTA: “LA CONTRATISTA” deberá dar inicio a la obra dentro de los 5 (cinco) días corridos a partir de la fecha del Acta de Replanteo, momento a partir del cual comenzara a computarse el plazo establecido en las bases y condiciones legales xxx xxxxxx.
QUINTA: Las demoras en la iniciación, desarrollo o terminación de los trabajos con respecto a los plazos estipulados y todo incumplimiento a cláusula contractuales darán lugar a la aplicación de multas y/o sanciones que surjan de la aplicación del presente pliego “LA CONTRATISTA”, se obliga a denunciar o poner en conocimiento de la administración todo caso fortuito o situación de fuerza mayor dentro del plazo de VEINTICINCO (25) días corridos de producirse o podido conocer el hecho o su influencia. Pasado dicho término no podrá justificar xxxx alguna, salvo el caso que se tratara de siniestros de pública notoriedad.
SEXTA: “La CONTRATISTA” podrá percibir hasta un TREINTA POR CIENTO (30%) en concepto de anticipo financiero, que serán descontados mensualmente durante el plazo de ejecución en forma proporcional al avance físico programado en el plan de trabajo.
SEPTIMA: La documentación que integra el presente contrato, que las partes declaran expresamente conocer y consentir, está compuesta por: 1) Ordenanza Nº 3581/2000, 2) Resolución Municipal Nº 718/00 y sus modificatorias, 3) Pliego Particular de Condiciones de la Obra 4) Pliego General de Especificaciones Técnicas 5) Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, 6) Cómputos, 7) Presupuesto, 8) La Oferta y 9) Memoria Descriptiva.
OCTAVA: Se deja expresa constancia que la recepción, definitiva de la obra, objeto del presente contrato, no libera a la contratista de la responsabilidad derivada de la aplicación de lo establecido en el Título V, Capítulo 1, del Código del Código Civil y Comercial.
NOVENA: La inspección y el contralor de los trabajos, será ejercida por “EL MUNICIPIO”, por intermedio de su representante técnico designado a tal efecto, aceptando “LA CONTRATISTA”, su jurisdicción.
DÉCIMA: A partir de la firma del presente, el proyecto y toda otra documentación, complementaria del mismo que ante requerimiento de “EL MUNICIPIO”, deba ser presentada por “LA CONTRATISTA”, pasara a ser propiedad de “EL MUNICIPIO” haciéndose “LA CONTRATISTA” responsable por los derechos de terceros derivados de la utilización de dicha documentación para la ejecución de la obra.
DÉCIMA PRIMERA: Las partes convienen en someterse a la jurisdicción contenciosa administrativa con asiento en la Ciudad de Corrientes, Capital, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, que les pudiere corresponder.
En prueba de conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Corrientes, Provincia de Corrientes a los …….días del mes de del año 2018.