CONTRATO IAIP LG-01/2018
CONTRATO IAIP LG-01/2018
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET DEDICADO, LINEA FIJA (E-
1) Y LINEAS MOVILES PARA EL IAIP EN EL AÑO 2018”
NOSOTROS: XXXXXX XXXXXX XXXXXX conocido como XXXXXX
XXXXXX XXXXXX XXXXX, de años de edad, Administrador de Empresas, de este domicilio, portador de mi Documento único de Identidad número
, con Número de Identificación Tributaria
Legal del INSTITUTO
, en mi calidad de Presidente y Representante
DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA , que
en adelante podrá abreviarse “ IAIP ”, con Número de Identificación Tributaria: cero seis uno cuatro guion dos tres cero dos uno tres guion uno uno cero guion cinco, del domicilio de San Xxxxxxxx, actuando en mi calidad de Presidente y Representante Legal, lo cual compruebo por medio de: a) Diario Oficial Número setenta, Tomo Número trescientos noventa y uno de fecha ocho xx xxxxx de dos mil once, en el cual se publica la Ley de Acceso a la Información Pública ( LAIP), aprobada por medio de Decreto Legislativo número quinientos treinta y cuatro, de fecha dos de diciembre de dos mil diez, mediante la cual, de conformidad al artículo cincuenta y uno de dicha Ley, se crea el Instituto de Acceso a la Información Pública, como una institución de Derecho Público, con personalidad jurídica y patrimon io propio, con autonomía administrativa y financiera, en cuyo artículo cincuenta y siete se confiere al Presidente, la Representación Legal de la misma; b) Certificación del Acuerdo número cuarenta y siete, emitido el veintidós de febrero de dos mil trece, mediante el cual se designa a partir del veintitrés de febrero del mismo año, al señor Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Comisionado Propietario por los sindicatos autorizados por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y Presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública; c) Diario Oficial Número treinta y siete, Tomo Número trescientos noventa y
ocho de fecha veintidós de febrero de dos mil trece, en el cual se publica el acuerdo antes mencionado; y, d) Certificación del punto
ocho del acta número uno, del día tres de enero de dos mil diecisiete en donde se acordó que se designa a mi persona para suplir a Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx en su calidad de Comisionado Presidente, por lo que estoy plenamente facultado para otorgar actos como el presente, quien en este instrumento me denominaré “ EL CONTRATANTE” por una parte, y por la otra XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX , estudiante, de de edad, del domicilio de
, Departamento de La Libertad, con mi Documento Único de Identidad número
, con fecha de vencimiento el cuatro del mes xx xxxxx de dos mil veintitrés, y con Número de Identificación Tributaria:
, actuando en calidad de apoderado especial, de la Sociedad TELECOMODA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE , que se abrevia TELECOMODA,
S. A. de C. V., de nacionalidad salvadoreña, de este d omicilio, con Número de Identificación Tributaria:
calidad que compruebo mediante la Copia Certificada de Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial, otorgado por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx en representación de la Sociedad TELECOMODA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, en la ciudad de San Xxxxxxxx, a las quince horas del día dieciocho xx xxxxx de dos mil quince, ante los oficios notariales de Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, el cual se encuentra inscrito en el Registro de Comercio al número quince del libro mil setecientos tres
del Registro de Otros Contratos Mercantiles, en la cual consta que se me otorgan facultades para la suscripción de contratos para la prestación de servicios de telecomunicaciones y sus respectivos acuerdos específicos y documentos anexos, referentes a bienes y/ o servicios cuya comercialización se encuentre debidamente autorizada
y que sean otorgados con clientes de TELECOMODA, SOCIED AD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; por lo cual estoy plenamente facultado para otorgar actos como el presente; quien en este instrumento me denominaré el CONTRATISTA, y en las calidades antes expresadas , MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar el presente contrato de SUMINISTRO, proveniente del proceso de Libre Gestión número 01 / 2018 , denominado “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INTERNET DEDICADO, LINEA FIJA ( E-1 ) Y LINEAS
MOVILES PARA EL IAIP EN EL AÑO 2018 ”, el cual ha sido adjudicado de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP, su Reglamento, que en adelante se denominará RELACAP y a las cláusulas que se detallan a continuación: I) OBJETO DEL CONTRATO: El Contratista se compromete a brindar servicio 1 ) Internet dedicado: instalación y configuración en las oficinas del IAIP( Cuando aplique), 2 ) Telefonía fija: instalación y configuración en las oficinas del IAIP ( Cuando aplique), 3 ) Telefonía móvil: Configuración de terminales ( Cuando aplique) y servicio de group calling. Todos los servicios contratados serán entregados en las oficinas del Instituto de Acceso a la Información Pública, ubicadas en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, # 00 , Xxxxxxx Xxx Xxx onio Xxxx, calle al Volcán, edifico Oca Xxxxx, xxxxxxx nivel, San Xxxxxxxx. El servicio en referencia será proporcionado en el plazo y en la forma establecida en el presente contrato. A efectos de garantizar el cumplimiento del objeto del contrato, la inst itución contratante podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarias a efectos de salvaguardar los intereses que persigue. II) DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del contrato los siguientes documentos: Términos de Referencia de la Libre Gestión y otros documentos que emanaren del presente contrato, los cuales son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta, en caso de discrepancia entre alguno de los documentos contractuales
y este contrato, prevalecerá el contrato. III) FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: Las obligaciones emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo a presupuesto del Fondo General de la Nación de El Xxxxxxxx ( GOES) para lo cual se ha verificado la correspondi ente asignación presupuestaria. El contratante se compromete a cancelar al contratista la cantidad de TRECE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON VEINTISEIS CENTAVOS
( US$13, 295. 26) , los cuales incluyen IVA y CESC, por su servicio así:
a) Servicio de telefonía móvil para el período comprendido de enero al treinta y uno diciembre de dos mil dieciocho, el cual tendrá un costo mensual de CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON NOVENTA CENTAVOS XX XXXXX ( US$ 482. 90) , asimismo, el primer mes se hará un pago adicional y único de CIENTO OCHENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUARENTA Y SEIS CENTAVO S XX XXXXX ( US$180. 46) en concepto de la Contribución Especial para la Seguridad y Convivencia Ciudadana ( CESC), en relación a los aparatos móviles; haciendo un costo total; el cual tendrá un costo total y anual de servicio de CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON VEINTISEIS CENTAVOS XX XXXXX ( US$ 5, 975. 26) ; b) Servicio de telefonía fija, el cual tendrá un costo mensual de TRESCIENTOS QUINCE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ( US$315. 00) , y un costo total anual de servicio de TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ( US$3, 780. 00) ; c) Servicio de internet, el cual tendrá un costo mensual de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( US$295. 00), y un costo anual de servicio de TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( US$3, 540. 00). La forma de pago es por cuenta única, el Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General de Tesorería, realizará el pago directamente a la cuenta del Banco
Agrícola número
pagos se realizarán de la siguiente manera:
, los mensualmente, en la
Unidad Financiera Institucional del IAIP, dentro de los sesenta ( 60 ) días hábiles después de haber retirado el quedan correspondiente, previa presentación de acta de recepción original y de la respectiva factura de consumidor final sin retención del uno por ciento ( 1% ). IV) PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA. El plazo de ejecución de las obligaciones emanadas del presente contrato es a partir de la fecha que se haga efectiva la prestación del servicio hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil dieciocho . Pudiendo prorrogarse tal plazo de conformidad a la LACAP y a este contrato. V) GARANTÍAS: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato el contratista otorgará a favor del Instituto de Acceso a la Información Pública, Garantía de Cumplimiento de Contrato, de conformidad al artículo treinta y cinco de la LACAP, equivalente al diez por ciento ( 10%) del valor total del presente contrato. Esta garantía incrementará en la misma proporción en la que el valor del contrato llegare a aumentar en un futuro; la cual tendrá vigencia de catorce ( 14 ) meses contados a partir de la fecha de suscripción del presente contrato y deberá entregarse a la Un idad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del IAIP, dentro de los ocho ( 8 ) días hábiles, posteriores a la fecha de haberse recibido el ejemplar original del presente contrato en legal forma. VI) ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales estará a cargo del Administrador del Contrato, quien es el Jefe de la Unidad de Informática del IAIP, teniendo como atribuciones las establecidas en los artículos ochenta y dos Bis, ciento veintidós de la LACAP, cuarenta y dos inciso tercero, setenta y cuatro, setenta y cinco inciso segundo, setenta y siete, ochenta y ochenta y uno del RELACAP. VII) ACTA DE RECEPCIÓN: Corresponderá al Administrador del Contrato en coordinación con el contratista, la elaboración y firma de las actas de recepción, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el artículo setenta y siete
del RELACAP. VIII) MODIFICACIÓN: El presente contrato podrá ser modificado o ampliado en sus plazos y vigencia antes del vencimiento de su plazo original, de conformidad con lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B de la LACAP, debiendo emitir el contratante la correspondiente resolución modificativa, debiendo el contratista en caso de ser necesario modificar o ampliar los plazos y mon tos de las Garantías de Cumplimiento de Contrato según lo indique el contratante y formará parte integral de este contrato. IX) PRORROGA: Previo al vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres de la LACAP y setenta y cinco del RELACAP; en tal caso, se deberán modificar o ampliar los plazos y montos de la Garantía de Cumplimiento de Contrato; debiendo emitir el contratante la correspondiente resolución de prórroga. X) CESIÓN: Salvo autorización expresa del Instituto de Acceso a la Información Pública, la contratista no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. XI) CONFIDENCIALIDAD: Ambas partes se comprometen a guardar la confidencialidad de toda información revelada por el contratante, independientemente del medio empleado para transmitirla, ya sea en forma verbal o escrita, y se compromete a no revelar dicha información a terceras personas, salvo que el contratante lo autorice en forma escrita. El contratista se compromete a hacer del conocimiento únicamente la información que sea estrictamente indispensable para la ejecución encomendada y manejar la reserva de la misma, estableciendo las medidas necesarias para asegurar que la información revelada por el contratante se mantenga con carácter confidencial y que no se utilice para ningún otro fin. XII) RESPETO DE NORMATIVA CONTRA EL TRABAJO
INFANTIL: Si durante la ejecución del contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo
y Previsión Social, incumplimiento por parte de EL CONTRATANTE a la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el artículo ciento sesenta de l a LACAP para determinar el consentimiento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el artículo ciento cincuenta y ocho romano “x” xxxxxxx “x” xx xx XXXXX relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometi do una infracción, o por el contrario si se remitiere a un procedimiento sancionatorio, y en este último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final XIII) SANCIONES: En caso de incumplimiento el contratista expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la LACAP ya sea imposición de multa por xxxx, inhabilitación, extinción, las cuales serán impuestas siguiendo el debido proceso por el contratante, a cuya competencia se somete para efectos de su imposición. XIV) TERMINACIÓN BILATERAL: Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable al contratista y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que corresponda al servicio parcialmente ejecutado, debiendo en tal caso emitirse la resolución correspondiente y otorgarse el instrumento de resciliación en un plazo no mayor de och o ( 8 ) días hábiles de notificada tal resolución. XV) SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: En caso de conflicto, ambas partes se someten a sede judicial señalando para tal efecto como domicilio especial la ciudad de San Xxxxxxxx, a la competencia de cuyos tribunales se someten; en caso de embargo a el contratista, el contratante nombrará al depositario de los bienes que se le embargarán a el contratista, quien releva al contratante de la
obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose el contratista a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales aunque no hubiere condenación en costas. XVI) INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: El Instituto de Acceso a la Información Pública se reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República, la LACAP, el RELACAP, demás legislación aplicable, y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses del Instituto de Acceso a la Información Pública con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La contratista expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dict e el Instituto de Acceso a la Información Pública. XVII) MARCO LEGAL: El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este con trato. XVIII) NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones referentes a la ejecución de este contrato, serán válidas, sol o cuando sean hechas por escrito a las direcciones de las partes contratantes, para cuyos efectos las partes señalan como lugar para recibir notificaciones los siguientes: El contratante: en Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, # 00 , Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxx, calle al Volcán, edifico Oca Xxxxx, xxxxxxx nivel, San Xxxxxxxx, y el contratista en la dirección: Final calle el progreso y calle Liverpool, edificio “e” segundo nivel, colonia Roma, San Xxxxxxxx. Así nos expresamos los comparecientes, quienes enterados y conscientes de los términos y efectos legales del presente contrato, por convenir así a los intereses de nuestros representados, ratificamos su contenido, en fe de lo cual firmamos en l a ciudad de San Xxxxxxxx, a los treinta y un días del mes de enero de dos mil dieciocho.
En la ciudad de San Xxxxxxxx, a las trece horas del treinta y uno de enero de dos mil dieciocho. Ante mí, XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX , Notario, del domicilio xx Xxxxxxxxx, departamento de San Xxxxxxxx, COMPARECEN: XXXXXX XXXXXX XXXXXX conocido como XXXXXX
XXXXXX XXXXXX XXXXX, de años de edad, Administrador de Empresas, de este domicilio, a quien conozco e identifico por medio de su Documento único de Identidad número
, con Número de
Identificación Tributaria
, actuando en su calidad de
Presidente y Representante Legal del INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA , que en adelante podrá abreviarse “ IAIP ”, con Número de Identificación Tributaria: cero seis uno cuatro guión dos tres cero dos uno tres guión uno uno cero guión cinco, del domicilio de San Xxxxxxxx, lo cual compruebo por medio de: a) Diario Oficial Número setenta, Tomo Número trescientos noventa y uno de fecha ocho xx xxxxx de dos mil once, en el cual se publica la Ley de Acceso a la Información Pública ( LAIP), aprobada por medio de D ecreto Legislativo número quinientos treinta y cuatro, de fecha dos de diciembre de dos mil diez, mediante la cual, de conformidad al artículo cincuenta y uno de dicha Ley, se crea el Instituto de Acceso a la Información Pública, como una institución de De recho Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía administrativa y financiera, en cuyo artículo cincuenta y siete se confiere al Presidente, la Representación Legal de la misma; b) Certificación del Acuerdo número cuarenta y siete , emitido el veintidós de febrero de dos mil trece, mediante el cual se designa a partir del veintitrés de febrero del mismo año, al señor Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Comisionado Propietario por los sindicatos autorizados por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y Presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública; c) Diario Oficial Número treinta y siete, Tomo Número trescientos noventa y ocho de fecha veintidós de
febrero de dos mil trece, en el cual se publica el acuerdo antes mencionado; y, d) Certificación del punto ocho del acta número uno, del día tres de enero de dos mil diecisiete en donde se acordó que se designa personal compareciente para suplir a Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx en su calidad de Comisionado Presidente, por lo que est á plenamente facultado para otorgar actos como el presente, quien en este instrumento se denominará “EL CONTRATANTE” y XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX , estudiante, de
años de edad, del domicilio de , Departamento de La Libertad, a quien en razón de este acto conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número
, con fecha de vencimiento el cuatro del mes xx xxxxx de dos mil veintitrés, y con Número de Identificación Tributaria:
,
actuando en su calidad de apoderado especial, de la Sociedad
TELECOMODA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE , que se
abrevia TELECOMODA, S. A. de C. V., de nacionalidad salvadoreña, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria:
,
calidad que compruebo mediante la Copia Certificada de Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial, otorgado por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx en representación de la Sociedad TELECOMODA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en la ciudad de San
Xxxxxxxx, a las quince horas del día dieciocho xx xxxxx de dos mil quince, ante los oficios notariales de Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, el cual se encuentra inscrito en el Registro de Comercio al número quince del libro mil setecientos tres del Registro de Otros Contratos Mercantiles, en la cual consta que se le otorgan facultades para la suscripción de contratos para la prestación de servicios de telecomunicaciones y sus respectivo s acuerdos específicos y documentos anexos, referentes a bienes y/ o servicios cuya comercialización se encuentre debidamente autorizada y que xxxx
otorgados con clientes de TELECOMODA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, el apoderado que esta nombrado pu ede suscribir los contratos y contraer obligaciones, ya sea a través de documentos públicos o de documentos privados; por lo cual está plenamente facultado para otorgar actos como el presente; y que en el transcurso del presente instrumento se denominar á “ EL CONTRATISTA” , personerías que Doy Fe de ser legítimas y suficientes, por haber tenido a la vista los documentos ya relacionados. Y en tal carácter ME DICEN : Que reconocen como suyas las obligaciones y firmas que calzan el documento que antecede, en la calidad en que comparecen; así también me dicen que en ese mismo carácter reconocen todos los conceptos vertidos en tal documento, que consta de cuatro hojas, por medio del cual celebran un CONTRATO DE SERVICIOS DE 15 LÍNEAS MÓVILES PARA EL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA PARA EL AÑO DOS MIL DIECISIETE, el cual literalmente dice “””””””” I) OBJETO DEL CONTRATO: El Contratista se compromete a brindar servicio 1 ) Internet dedicado: instalación y configuración en las oficinas del IAIP( Cuando aplique), 2 ) Telefonía fija: instalación y configuración en las oficinas del IAIP ( Cuando aplique), 3 ) Telefonía móvil: Configuración de terminales (Cuando aplique) y servicio d e group calling. Todos los servicios contratados serán entregados en las
oficinas del Instituto de Acceso a la Información Pública, ubicadas en Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, # 00 , Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxx, calle al Volcán, edifico Oca Xxxxx, segun do nivel, San Xxxxxxxx. El servicio en referencia será proporcionado en el plazo y en la forma establecida en el presente contrato. A efectos de garantizar el cumplimiento del objeto del contrato, la institución contratante podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarias a efectos de salvaguardar los intereses que persigue. II) DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del contrato los siguientes documentos: Términos de Referencia de la Libre Gestión y otros documentos que emanaren del presente contrato, los cuales
son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta, en caso de discrepancia entre alguno de los documentos contractuales y este contrato, prevalecerá el contrato. III) FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: Las obligaciones emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo a presupuesto del Fondo General de la Nación de El Xxxxxxxx ( GOES) para lo cual se ha verificado la correspondiente asignación presupuestaria. El contratante se compromete a cancelar al contratista la cantidad de TRECE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON VEINTISEIS CENTAVOS
( US$13, 295. 26) , los cuales incluyen IVA y CESC, por su servicio así:
a) Servicio de telefonía móvil para el período comprendido de enero al treinta y uno diciembre de dos mil dieciocho, el cual tendrá un costo mensual de CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON NOVENTA CENTAVOS XX XXXXX ( US$482. 90) , asimismo, el primer mes se hará un pago adicional y único de CIENTO OCHENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS XX XXXXX ( US$180. 46) en concepto de la Contribución Especial para la Seguridad y Convivencia Ciudadana ( CESC), en relación a los aparatos móviles; haciendo un costo total; el cual tendrá un costo total y anual de servicio de CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON VEINT ISEIS CENTAVOS XX XXXXX ( US$5, 975. 26) ; b) Servicio de telefonía fija, el cual tendrá un costo mensual de TRESCIENTOS QUINCE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ( US$315. 00) , y un costo total anual de servicio de TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ( US$3, 780. 00) ; c) Servicio de internet, el cual tendrá un costo mensual de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( US$295. 00), y un costo anual de servicio de TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA DOLARES D E LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ( US$3, 540. 00). La forma de pago es por cuenta
única, el Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General de Tesorería, realizará el pago directamente a la cuenta del Banco Agrícola número , los
pagos se realizarán de la siguiente manera: mensualmente, en la Unidad Financiera Institucional del IAIP, dentro de los sesenta ( 60 ) días hábiles después de haber retirado el quedan correspondiente, previa presentación de acta de recepción original y de la respectiva factura de consumidor final sin retención del uno por ciento ( 1% ). IV) PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA. El plazo de ejecución de las obligaciones emanadas del presente contrato es a partir de la fecha que se haga efectiva la prestación del servicio hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil dieciocho . Pudiendo prorrogarse tal plazo de conformidad a la LACAP y a este contrato. V) GARANTÍAS: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas d el presente contrato el contratista otorgará a favor del Instituto de Acceso a la Información Pública, Garantía de Cumplimiento de Contrato, de conformidad al artículo treinta y cinco de la LACAP, equivalente al diez por ciento ( 10%) del valor total del pr esente contrato. Esta garantía incrementará en la misma proporción en la que el valor del contrato llegare a aumentar en un futuro; la cual tendrá vigencia de catorce ( 14 ) meses contados a partir de la fecha de suscripción del presente contrato y deberá en tregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del IAIP, dentro de los ocho ( 8 ) días hábiles, posteriores a la fecha de haberse recibido el ejemplar original del presente contrato en legal forma. VI) ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales estará a cargo del Administrador del Contrato, quien es el Jefe de la Unidad de Informática del IAIP, teniendo como atribuciones las establecidas en los artículos ochenta y dos Bis, ciento veintid ós de la LACAP, cuarenta y dos inciso tercero, setenta y cuatro, setenta y cinco inciso segundo, setenta y siete, ochenta y ochenta y uno del RELACAP. VII) ACTA DE RECEPCIÓN: Corresponderá al Administrador del Contrato en coordinación con el
contratista, la elaboración y firma de las actas de recepción, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el artículo setenta y siete del RELACAP. VIII) MODIFICACIÓN: El presente contrato podrá ser modificado o ampliado en sus plazos y vigencia antes del vencimi ento de su plazo original, de conformidad con lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B de la LACAP, debiendo emitir el contratante la correspondiente resolución modificativa, debiendo el contratista en caso de ser necesario modificar o ampliar los plazos y montos de las Garantías de Cumplimiento de Contrato según lo indique el contratante y formará parte integral de este contrato. IX) PRORROGA: Previo al vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres de la LACAP y setenta y cinco del RELACAP; en tal caso, se deberán modificar o ampliar los plazos y montos de la Garantía de Cumplimiento de Contrato; debiendo emitir el contratante la correspondiente resolución d e prórroga. X) CESIÓN: Salvo autorización expresa del Instituto de Acceso a la Información Pública, la contratista no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. XI) CONFIDENCIALIDAD: Ambas partes se comprometen a guardar la confidencialidad de toda información revelada por el contratante, independientemente del medio empleado para transmitirla, ya sea en forma verbal o escrita, y se compromete a no revelar dicha información a terceras personas, salvo que el contratante lo autorice en forma escrita. El contratist a se compromete a hacer del conocimiento únicamente la información que sea estrictamente indispensable para la ejecución encomendada y manejar la reserva de la misma, estableciendo las medidas necesarias para asegurar que la información revelada por el con tratante se mantenga con carácter confidencial y que no se utilice para ningún otro fin. XII) RESPETO DE NORMATIVA CONTRA EL TRABAJO
INFANTIL: Si durante la ejecución del contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Minister io de Trabajo y Previsión Social, incumplimiento por parte de EL CONTRATANTE a la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el artículo cie nto sesenta de la LACAP para determinar el consentimiento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el artículo ciento cincuenta y ocho romano “x” xxxxxxx “x” xx xx XXXXX relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a un procedimiento sancionatorio, y en este último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final XIII) SANCIONES: En caso de incumplimiento el contratista expre samente se somete a las sanciones que emanaren de la LACAP ya sea imposición de multa por xxxx, inhabilitación, extinción, las cuales serán impuestas siguiendo el debido proceso por el contratante, a cuya competencia se somete para efectos de su imposición . XIV) TERMINACIÓN BILATERAL: Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable al contratista y que por razones de interés público h agan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que corresponda al servicio parcialmente ejecutado, debiendo en tal caso emitirse la resolución correspondiente y otorgarse el instrumento de resciliación en un plazo no mayor de ocho ( 8 ) días hábiles de notificada tal resolución. XV) SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: En caso de conflicto, ambas partes se someten a sede judicial señalando para tal efecto como domicilio especial la ciudad de San Xxxxxxxx, a la competencia de cuyos tribunales se someten; en caso de embargo a el
contratista, el contratante nombrará al depositario de los bienes que se le embargarán a el contratista, quien releva al contratante de la obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose el contratis ta a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales aunque no hubiere condenación en costas. XVI) INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: El Instituto de Acceso a la Información Pública se reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformida d a la Constitución de la República, la LACAP, el RELACAP, demás legislación aplicable, y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses del Instituto de Acceso a la Información Pública con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La contratista expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el Instituto de Acceso a la Información Pública. XVII) MARCO LEGAL: El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este contrato. XVIII) NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones referentes a la ejecución de este contrato, serán válidas, solo cuando sean hechas por escrito a las direcciones de las partes contratantes, para cuyos efectos las partes señalan como lugar para recibir notificaciones los siguientes: El contratante: en Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, # 00 , Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxx, calle al Volcán, edifico Oca Xxxxx, xxxxxxx nivel, San Xxxxxxxx, y el contratista en la dirección: Final calle el progreso y calle Liverpool, edificio “e” segundo nivel, colonia Roma, San Xxxxxxxx. Así nos expresamos los comparecientes, quienes enterados y conscientes de los términos y efectos legales del presente contrato, por convenir así a los intereses de nuestros representados, ratificamos su contenido, en fe de lo cual firmamos en l a ciudad de San Xxxxxxxx, a los treinta y un días del mes de enero de dos mil dieciocho.””””””””. Yo el Suscrito Notario DOY FE: Que las firmas que
se han relacionado son “AUTENTICAS” por haber sido puestas de su puño y letra por los comparecientes a mi presencia, quienes ratifican los restantes términos del contrato aludido, otorg ado en esta ciudad y en esta misma fecha. Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de la presente Acta Notarial que consta de nueve hojas y leído que les fue por mí todo lo escrito íntegramente en un solo acto, lo ratifica y firmamos. DE TODO DOY FE.