PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES COMPULSA ABREVIADA
Xxxxxxxxx xx Xxxxxx xxx Xxxxx, Xxxxxxxxx x Xxxxx xxx Xxxxxxxxx Xxx
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
EXPEDIENTE Nº 96680 - GD / 2019 (EX-2019-00096680-GDETDF-HRU#MS)
HOSPITAL REGIONAL USHUAIA
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES COMPULSA ABREVIADA
“CONTRATACIÓN DE VEINTIDOS (22) PROFESIONALES EN ENFERMERÍA PARA EL HOSPITAL REGIONAL USHUAIA”
El Hospital Regional Ushuaia invita a la presentación de ofertas para la contratación de veintidós
(22) Profesionales
en Enfermería, bajo el amparo de
la Ley Provincial Nº 1015 Artículo
18º
Inciso k), de acuerdo a los términos y condiciones particulares que se indican a continuación y Anexos que forman parte integrante del presente.
RECEPCIÓN DE OFERTAS: Hasta el día 22/07/2019 a las 15:00 Horas.-
PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Personalmente
o por correo postal en el Departamento
DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS – HOSPITAL REGIONAL USHUAIA sito en xxxxx 00 xx
Xxxxxxx 00 – (CP.9410) Ushuaia, Tierra del Fuego de 09:00 a 15:00 Horas. –
FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTA: SOBRE CERRADO, SIN IDENTIFICACIÓN PERSONAL, INCLUYENDO EL PRESENTE PLIEGO DE BASES, LA DOCUMENTACIÓN
REQUERIDA EN ANEXO I Y SU ANEXO II –MODELO DE CONTRATO A SUSCRIBIR-
FIRMADA EN TODAS SUS HOJAS CON LA REFERENCIA:
HOSPITAL REGIONAL USHUAIA EXPEDIENTE 96680-GD/2019
Ref. “CA – ENF”
VALIDEZ DE OFERTA: TREINTA (30) días desde el cierre de cotizaciones, prorrogable automáticamente s/Decreto Provincial Nº 674/11 Art. 34º Punto 47. –
INICIO, CARACTERÍSTICAS Y LUGAR DE PRESTACIÓN, CONDICIÓN DE PAGO,
VIGENCIA: Según lo establecido en las cláusulas del Modelo de Contrato de Locación de Servicios a suscribir, que se adjunta como Anexo II del presente llamado.
LA PRESENTACIÓN DE OFERTA Y EL HECHO DE SUSCRIBIR LA PROPUESTA IMPLICA EL PLENO CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE TODOS Y CADA UNO DE LOS REQUERIMIENTOS DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN, COMO TAMBIÉN LAS OBLIGACIONES EMERGENTES DE LA ADJUDICACIÓN.
PRECIOS OFERTADOS MENSUALES
1. PRECIO POR CIENTO VEINTE HORAS (120 HS.) MENSUALES DE SERVICIOS DE ENFERMERÍA EN TURNOS/JORNADAS DE SEIS HORAS (6 HS.)
PESOS TREINTA MIL C/ 00 CENTAVOS ($ 30.000,00 . -)
2. PRECIO POR TURNO/JORNADA EXTRA DE SEIS HORAS (6 HS.) DE SERVICIOS DE ENFERMERÍA
PESOS UN MIL C/ 00 CENTAVOS ($ 1.000,00 . -)
FIRMA DEL OFERENTE: .
ACLARACIÓN: .
CUIT: .
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
EXPEDIENTE Nº 96680 - GD / 2019 (EX-2019-00096680-GDETDF-HRU#MS)
HOSPITAL REGIONAL USHUAIA
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES COMPULSA ABREVIADA
“CONTRATACIÓN DE VEINTIDOS (22) PROFESIONALES EN ENFERMERÍA PARA EL HOSPITAL REGIONAL USHUAIA”
* ANEXO I *
DOCUMENTACIÓN A INTEGRAR –EN ORIGINAL O COPIA AUTENTICADA- COMO PARTE DE LA OFERTA, EN CARÁCTER EXCLUYENTE:
COPIA AUTENTICADA DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD. –
COPIA CERTIFICADA DE TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN ENFERMERÍA, ENFERMERO UNIVERSITARIO, PROFESIONALES O TÉCNICO SUPERIOR EN ENFERMERÍA y TÍTULOS DE ESPECIALIDADES (DE POSEERLOS). –
COPIA AUTENTICADA DE MATRICULA PROFESIONAL PROVINCIAL. –
CURRÍCULUM VITAE FIRMADO EN TODAS SUS HOJAS, acreditando experiencia comprobable en Establecimientos Públicos o Privados de la Provincia de Tierra del Fuego A. e I.A.S. bajo la modalidad de visitancia, contrato o planta permanente. –
CARTA DE ACREDITACIÓN DE VISITANCIA, CONTRATO O PLANTA PERMANENTE EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS O PRIVADOS DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO A. E I.A.S.
PÓLIZA DE SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL – MALA PRÁXIS VIGENTE Y CONSTANCIA DE ÚLTIMO PAGO. –
PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA - ACCIDENTES PERSONALES VIGENTE Y CONSTANCIA DE ÚLTIMO PAGO. –
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES VIGENTE. –
CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN/OPCIÓN EN A.F.I.P. Y ÚLTIMO PAGO. –
CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN A.R.E.F., CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO FISCAL VIGENTE Y ÚLTIMO PAGO. –
CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO (PRO.TDF) VIGENTE. –
CONSTANCIA BANCARIA DE C.B.U.-
FIRMA DEL OFERENTE: .
ACLARACIÓN: .
CUIT: .
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
HOSPITAL REGIONAL USHUAIA
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES COMPULSA ABREVIADA
ANEXO II
EXPEDIENTE Nº 96680 - GD / 2019 (EX-2019-00096680-GDETDF-HRU#MS)
MODELO DE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DEL HOSPITAL REGIONAL USHUAIA A SUSCRIBIR
El “HOSPITAL REGIONAL USHUAIA” Gobernador Xxxxxxx X. Xxxxxx, en adelante “EL
c
HOSPITAL” con domicilio legal en xxxxx 00 xx Xxxxxxx Xx 65, de la Ciudad de Ushuaia,
e
Provincia de Tierra del Fuego, representada en este acto por su Director/a General
D.N.I. Nº xx.xxx.xxx, designado/a por Resolución M.S. Nº xxx/xx y
en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Provincial N° 1004 y su Decreto
Reglamentario N° 1742/15; y por el otro lado la ………………….., DNI: CUIT:
…………….., enfermero/a, con domicilio real y legal en la calle de esta
Ciudad de Ushuaia, en adelante “PRESTADOR/A”, convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios y en lo sucesivo se regirán por las siguientes cláusulas: PRESUPUESTOS PRELIMINARES: Las partes tuvieron en miras a los efectos del presente:
a) Que la contratación se encuadra en lo dispuesto por la Ley Provincial 1015 Artículo
18, inciso k, y se justifica en la necesidad de contratar personal de enfermería en
respaldo del personal de planta del H.R.U. garantizando el normal funcionamiento y continuidad de los servicios. -
b) Que no es intención ni se deriva del presente, el entendimiento del mismo como
constitutivo de una relación laboral de dependencia o por tiempo indeterminado, o
relación de principal y agente entre las partes, ni personal de planta permanente,
quedando asentado que el “PRESTADOR/A” es una persona que cumplirá funciones en la institución de forma independiente y autónoma al Hospital Regional de Ushuaia.
-
c) Que resulta de suma urgencia la suscripción del presente a los fines de garantizar la continuidad y normal funcionamiento del Servicio de Enfermería del H.R.U. -
d) Que el La “PRESTADOR/A” deberá velar en todo momento, por proteger los
intereses del “HOSPITAL” y no actuar en forma contraria a dicho intereses, adoptando todas las medidas razonables para desempeñar su función de manera diligente, eficaz y eficiente.-
CLAUSULA PRIMERA - OBJETO: El “PRESTADOR/A” se desempeñará a requerimiento
del Departamento de Enfermería del Hospital Regional Ushuaia, a los fines de prestar ciento
veinte horas (120 hs.) mensuales de servicios en turnos/jornadas de seis (6) horas cada uno, según
acuerdo de “LAS PARTES”. Adicionalmente, podrán realizar un xxxxxx xx xxxx (10)
turnos/jornadas extras por mes de seis (6) horas cada uno, bajo petición del Departamento de Enfermería del Hospital Regional Ushuaia. -
CLAUSULA SEGUNDA - DURACIÓN DEL ACUERDO: El presente contrato regirá por el término de SEIS (6) MESES a contar desde la fecha de suscripción, con posibilidad a prórroga por idéntico período, previo acuerdo de “LAS PARTES”. La continuidad de prestaciones vencido el plazo estipulado, no importará la prórroga automática del mismo. -
CLAUSULA TERCERA – PRECIO: “EL HOSPITAL” se obliga a pagar por cada periodo mensual de ciento veinte horas (120 hs.) de prestación efectiva de servicios la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00) y la suma de PESOS UN MIL ($1.000,00) por cada “turno/jornada” extra de seis (6) horas. El/la “PRESTADOR/A” no tendrá derecho a requerir de EL HOSPITAL ningún beneficio, prestación, compensación, indemnización y cualquier otro pago fuera de los expresamente aquí estipulados. –
CLAUSULA CUARTA – FACTURACIÓN Y PAGO: El/la “PRESTADOR/A” facturará
mensualmente los servicios prestados a “EL HOSPITAL” el mes inmediato anterior, debiendo presentar las facturas correspondientes del 1º al 5º de cada mes en las oficinas del Departamento Administrativo Contable del Hospital Regional Ushuaia, localizadas en calle Rio Grande Nº 09 Piso1º, de la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego A. e I.A.S.
La factura deberá ser confeccionada en PESOS, Tipo “B”, “X” x “X”, x xxxxxxxxx a nombre del “XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXX XXXXX, XXXXXXXXX X XXXXX XXX
XXXXXXXXX XXX”; deberá consignarse la CUIT Nº 30-54666243-4 e “IVA: Sujeto Exento”, con domicilio en “XXX XXXXXX Xx 000, XXXXXXX” e indicándose el Número de Orden de Compra y/o el Número de Expediente por el cual tramita el presente Contrato.
Las sumas resultantes se abonarán dentro de los treinta (30) días hábiles contados desde practicada la conformidad de la factura, acorde a lo dispuesto en el Punto 96 del Decreto Provincial N.º 674/11. El/La “PRESTADOR/A” debe presentar junto con su factura la constancia de pago y vigencia de los seguros dispuestos en la cláusula DECIMO TERCERA. XXXXXXXX XXXXXX - CRONOGRAMA: El Cronograma de “turno/jornada” se podrá modificar, por razones de necesidad y/o urgencia, a requerimiento del Departamento de Enfermería del Hospital Regional Ushuaia y/o Dirección Asociada de Enfermería del Hospital Regional Ushuaia, quien lo comunicará oportunamente a el/la “PRESTADOR/A”. El/La “PRESTADOR/A” deberá mantener informado a los directivos del Servicio y/o del HOSPITAL sobre la ejecución del presente. –
CLAUSULA SEXTA: El presente contrato no genera una expectativa ni otorga derecho alguno a prórroga en favor de el/la “PRESTADOR/A”, considerándose resuelto cumplido el objeto del mismo y/o plazo estipulado. -
CLAUSULA SÉPTIMA - INSTRANSFERIBILIDAD: El presente contrato es intuito personae, por lo que queda expresamente prohibida su cesión total o parcial, bajo apercibimiento de que “EL HOSPITAL” resuelva el contrato por exclusiva culpa del “PRESTADOR/A” e inicie las acciones judiciales pertinentes. –
CLAUSULA OCTAVA - OBLIGACIONES: El/la “PRESTADOR/A” deberá velar en todo momento por proteger los intereses de “EL HOSPITAL” y abstenerse de actuar en forma
contraria a dichos intereses, adoptando todas las medidas razonables para la prestación de
PLIEG-2019-00115974-GDETDF-HRU#MS
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
HOSPITAL REGIONAL USHUAIA
servicios por el cual fueron contratados. Asimismo, el/la “PRESTADOR” no tratarán de obtener ni aceptar instrucciones de autoridades o terceros ajenos a “EL HOSPITAL”.
CLAUSULA NOVENA - APORTES JUBILATORIOS Y PRESTACIONES MEDICAS: El
“PRESTADOR/A” manifiesta encontrarse incorporado al S.I.P.A. en el cual efectúa y continuará efectuando sus aportes previsionales. En razón de ello, su actuación es independiente y autónoma
a la Administración Publica Provincial, comprendida en las disposiciones de la Ley 24.241 y
normas concordantes, cuyo puntual y estricto cumplimiento correrá por su exclusiva cuenta, al igual que todas las obligaciones derivada de la legislación impositiva y de la Seguridad Social vigentes.-
CLAUSULA DÉCIMA - OBLIGACIÓN FISCAL: El “PRESTADOR/A” no se encuentra con
motivo de este contrato, exenta de ningún impuesto, y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los impuestos que graven la retribución pactada en la Cláusula Tercera. -
CLAUSULA DECIMO PRIMERA – CONFIDENCIALIDAD: El/la “PRESTADOR/A” se
obliga a mantener la confidencialidad de la información no publicada o de carácter confidencial que tome conocimiento en virtud de sus servicios, salvo que “EL HOSPITAL” lo autorice expresamente. Esta obligación de reserva y/o confidencialidad, rige aún vencido y/o rescindido el
presente contrato,
haciéndose responsable “PRESTADOR/A” de los daños y perjuicios
que
pudiera irrogar la difusión de datos o informes prohibidos. –
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA – RESPONSABILIDAD: El/la “PRESTADOR/A” se
prestará servicios de acuerdo a las normas que regulan el ejercicio de la profesión, asumiendo el/la “PRESTADOR” la responsabilidad plena por su actuación, manteniendo indemne a “EL HOSPITAL” frente a cualquier reclamo que contra ella se inicie, en virtud de los servicios aquí
contratados. Sin perjuicio de ello, el/la “PRESTADOR” deberá encuadrar su conducta
contractual dentro contratación. –
de los términos pactados y de
las disposiciones legales que rigen la
CLAUSULA DECIMO TERCERA - SEGUROS: La “PRESTADOR/A” será responsable por la vigencia y gastos derivados de su seguro de vida, seguro de mala praxis, enfermedad, accidentes de personales, y/o cualquier otro seguro que pudieran ser necesarios, convenientes y/o requeridos a los fines del cumplimiento del presente contrato, quedando a su cargo el pago de los mismos.
El/la “PRESTADOR/A” se obliga a contratar los seguros de responsabilidad civil por “mala praxis” y accidentes personales, considerados convenientes en razón de la ejecución del presente y el ejercicio de su prestación, debiendo acreditar la vigencia y pago de los mismos previo a dar principio de ejecución y al momento de presentar las facturas para el cobro. -
CLAUSULA DECIMO CUARTA - RESCISIÓN: “LAS PARTES” podrán, en cualquier
momento y sin expresión de causa, rescindir el presente Contrato notificando el distracto por
PLIEG-2019-00115974-GDETDF-HRU#MS
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
escrito con una antelación mínima de quince (15) días a fin de no alterar la organización de las áreas donde se prestan servicios. El desistimiento unilateral de “EL HOSPITAL” sólo genera a el/la “PRESTADOR/A” el derecho a percibir lo adeudado en concepto de prestación de servicios ya devengadas, sin derecho a ningún otro pago o indemnización. -
CLAUSULA DECIMO QUINTA – COMPETENCIA: para todos los efectos del presente contrato, las partes se someten a la Justicia Ordinaria de la Provincia de Tierra del Fuego - Distrito Judicial Sur, haciendo expresa renuncia de todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles. A todos los efectos del presente se tienen por validos los domicilios indicados ut- supra, donde serán válidas todas las notificaciones, quedando a cargo de las partes comunicar su modificación. -
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, al
............ de de 2019.-
PLIEG-2019-00115974-GDETDF-HRU#MS
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
"2019 - AÑO XXX XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXXX XX XXX XXXXXX XX XXXXX"
Pliego
Hoja Adicional de Firmas
Número: PLIEG-2019-00115974-GDETDF-HRU#MS
USHUAIA, TIERRA DEL FUEGO A. e I.A.S.
Martes 16 de Julio de 2019
Referencia: Exp.96680gd/19 PByC Contratación Enfermeros
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DN: cn=GDE Tierra del Fuego , c=AR, o=Provincia de Tierra del Fuego , ou=Secretaria de Informatica y Telecomunicaciones , serialNumber=CUIT 30546662434
Date: 2019.07.16 11:51:49 -03'00'
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Directora General Hospital Regional Ushuaia Ministerio de Salud
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"
Digitally signed by GDE Tierra del Fuego\
DN: cn=GDE Tierra del Fuego , c=AR, o=Provincia de Tierra del Fuego , ou=Secretaria de Informatica y Telecomunicaciones , serialNumber=CUIT 30546662434 Date: 2019.07.16 11:51:50 -03'00'