PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 155/DGTALMH/16
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ÍNDICE
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
2. PRESUPUESTO OFICIAL
3. SERVICIOS A CONTRATAR
4. PLAZO DE EJECUCION
5. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO Y NOTIFICACIONES
6. CONSULTAS Y ACLARACIONES CIRCULARES
7. CONDICIONES PARA SER OFERENTE
8. IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
9. PRÓRROGA Y AMPLIACIÓN DEL CONTRATO
10. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
11. FORMA DE COTIZAR
12. ESTRUCTURA DE REDETERMINACION DE PRECIOS
13. SEGUROS
14.- MANTENIMIENTO DE OFERTAS
15. IMPUGNACIONES AL PLIEGO
16. EXENCION DE PRESENTAR GARANTIAS
17. CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
18. CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA LICITACIÓN
19. APERTURA DE OFERTAS 20 . ADJUDICACIÓN
21. RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD FRENTE A TERCEROS Y PERSONAL
22. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
23. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
24. FORMALIZACION DEL CONTRATO
25. FORMA DE PAGO
26. RECEPCIÓN DEFINITIVA Y FACTURACIÓN
27. PENALIDADES
28. LICITACIÓN FRACASADA
29. RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
30. RESCISIÓN POR FRAUDE O NEGLIGENCIA
31. CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
32. CONSULTAS TECNICAS Y/O ADMINISTRATIVAS
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado tiene por objeto la contratación de un servicio de mantenimiento preventivo e integral, asistencia técnica con atención de urgencias para cuatro (4) ascensores del edificio xxx Xxxxxxx Municipal sito en la Av. Rivadavia Nº 524 / 540 y Bolivar Nº1- Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de doce (12) meses con opción, por parte de esta Administración, de prorrogar el mismo por igual período.
2. MONTO DE LA CONTRATACIÓN
El monto estimado de la presente licitación asciende a la suma de PESOS ($ 168.000.-).
3. SERVICIO A CONTRATAR
La presente contratación tiene por objeto la contratación de un Servicio de Mantenimiento Integral de Ascensores, conforme a lo que se establece en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
4. PLAZO DE EJECUCION
A partir del perfeccionamiento del documento contractual por parte del adjudicatario y por el término de doce (12) meses.
El adjudicatario debe efectuar por su cuenta y cargo la provisión de equipos y demás elementos necesarios para cumplimentar adecuadamente el objeto de la presente contratación.
El adjudicatario no podrá invocar situaciones imprevistas o casos fortuitos luego de transcurrido el plazo previsto en el artículo 136 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado Ley 5454), para excusarse del cumplimiento en tiempo y forma de todas aquellas obligaciones emergentes xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales y xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
5. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO Y NOTIFICACIONES
Se considera domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP), dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, en el que se tendrán por válidas y vinculantes todas notificaciones electrónicas que sean
cursadas por el GCABA. En caso de corresponder, se considerará como domicilio constituido, aquel declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP). Todo cambio de domicilio deberá hacerse en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y será comunicado fehacientemente al GCABA y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días corridos a contar desde su notificación. A los efectos de esta contratación, la Dirección General Técnica Administrativa y Legal constituye domicilio en Av. Rivadavia N° 524 Piso 3º de esta Ciudad. No obstante, en caso de modificación del domicilio constituido por parte del Organismo contratante, éste comunicará dicho cambio a los interesados y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días corridos contados a partir de su notificación.
Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos de acuerdo a lo dispuesto precedentemente, excepto para las notificaciones judiciales dirigidas al GCABA, las cuales, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Cédulas y Oficios Judiciales, sito en la xxxxx Xxxxxxx Xx 000 de esta Ciudad (conforme Resolución Nº 77-PG-06).
6. CONSULTAS Y ACLARACIONES
Los oferentes podrán formular consultas y/o solicitar aclaraciones a través del sistema BAC, sobre el contenido de los Pliegos hasta los tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas, de conformidad con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Las respuestas y aclaraciones formuladas respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes, serán comunicadas de conformidad con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. El Gobierno, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio hasta treinta y seis (36) horas antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas. Todas las aclaraciones que se emitan por parte del Organismo Contratante, pasarán a formar parte de la documentación contractual. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas circulares.
7. CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como oferentes a la presente Contratación, deberán reunirse los siguientes requisitos:
a) Ser personas humanas o sociedades regularmente constituidas por alguno de los tipos societarios previstos por la Ley de Sociedades Comerciales.
b) Cumplir con los requisitos previstos para la presentación y contenido de la oferta establecidos en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el presente Pliego y
en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
c) Estar inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) del GCABA al momento de efectuarse la adjudicación de la presente contratación, de conformidad con lo previsto por el Artículo 97 de la Ley N° 2.095.
d) Aptitud para contratar con el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no encontrándose comprendidas dentro de lo normado por el Artículo 98 de la Ley N°
2.095.
8. IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
No podrán concurrir como Oferentes las personas comprendidas en alguna de las causales previstas en el Artículo 98 de la Ley N° 2095, tampoco podrán presentarse:
a) Las sociedades irregulares o de hecho.
b) Las sociedades cuya finalización del plazo de duración según sus estatutos sea anterior a la finalización del servicio objeto de la presente contratación.
c) Las empresas y/o sociedades extranjeras, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 35 de la Ley N° 2.095.
d) Personas humanas, empresas y/o sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos y/o Gerentes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as del GCABA.
e) Las empresas, aún cuando formaran parte de una UT, y/o sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes y demás autoridades registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
f) Las empresas, aún cuando formaran parte de una UT, y/o sociedades que posean acciones de otra u otras empresas y/o sociedades Oferentes.
g) En el caso de las UT, será impedimento que todas las empresas integrantes o al menos una, forme parte de otra UT o presenten ofertas en forma individual.
h) Las UT que estén conformadas totalmente por personas extranjeras y las que estén compuestas por personas nacionales y extranjeras en las cuales las últimas tengan más del CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) de participación en el contrato.
9. PRÓRROGA Y AMPLIACIÓN DEL CONTRATO
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de prorrogar y ampliar el contrato de acuerdo a lo establecido en el artículo 119 de la Ley N° 2.095.
10. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumpliendo con todas las previsiones que expresamente requiere el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y circulares aclaratorias si las hubiere. Ellos, junto con la documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el Oferente adjunte electrónicamente o que, en los casos que corresponda, presente en papel, integrarán en conjunto la oferta. Toda documentación e información que se acompañe deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de los folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original.
SOLAMENTE SERÁN CONSIDERADAS COMO VÁLIDAS LA OFERTAS PRESENTADAS Y CONFIRMADAS ELECTRÓNICAMENTE. SERÁN DESESTIMADAS LAS OFERTAS, CUANDO SE HAYA PRESENTADO LA DOCUMENTACIÓN EXIGIDA EN FORMATO PAPEL, SIN HABERSE CONFIRMADO LA OFERTA TRAVÉS DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE COMPRAS B.A.C. LA DOCUMENTACIÓN EXIGIDA EN FORMATO PAPEL, SE DEBERÁ PRESENTAR EN UN SOBRE O PAQUETE CERRADO, INDICANDO EN SU CUBIERTA EL NUMERO DE CONTRATACIÓN, OBJETO, DÍA Y HORA ESTABLECIDO PARA LA APERTURA, EN AV. RIVADAVIA 524, 3º PISO OFICINA 315 (SUBGERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES).
11. FORMA DE COTIZAR
Los Oferentes deberán cotizar obligatoriamente indicando PRECIO UNITARIO Y TOTALIDAD DEL RENGLÓN, conforme PLANILLA DE COTIZACIÓN anexa. Los precios cotizados (unitario y total) deberán incluir, indefectiblemente, el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Todos los importes deberán expresarse en moneda nacional (PESOS ARGENTINOS) y deberá cotizarse con hasta dos decimales.
NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE COTIZACIÓN PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDO Y NO SE ACEPTARÁN COTIZACIONES PARCIALES.
El Oferente deberá presentar junto con la Oferta la estructura integral de costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También, se deberá indicar el precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), la Dirección de Estadística dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA o el organismo que la reemplace o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el Comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de precios del contrato. La falta de algunos de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la Oferta. (RESOLUCIÓN 601/MHGC/2014 – ANEXO I – Artículo 4° inc. C).-
12.- ESTRUCTURA DE REDETERMINACION DE PRECIOS
El régimen de redeterminación de precios de la presente contratación se encuentra alcanzada por las disposiciones de la Ley Nº 2809 y su reglamentación
ESTRUCTURA DE COSTOS ESTIMADA (INDEC) | ||
ITEM | INCIDENCIA | PARAMETROS |
MANO DE OBRA | 50% | BASICO DE LA CATEGORIA SUPERVISOR TECNICO CONVENIO COLECTOVI Nº 237/94 |
INSUMOS | 35% | INDEC CUADRO 6.2.1 IPIM NACIONAL – CODIGO 29 Máquinas y Equipos |
OTROS GASTOS | 15% | INDEC CUADRO 6.2.1 IPIM, NIVEL GENERAL |
13. SEGUROS:
a) Generalidades
El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio, excepto para el supuesto de la cobertura de daño ambiental, la cual se acreditará mediante presentación del original en la Dirección General de Seguros conforme la Resolución Nº 2780/MHGC/10.
Asimismo es de señalar que, deberán acreditarse las coberturas, como mínimo una vez por año o cada vez que modifique y/o cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCABA, o cada vez que el GCABA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas y de sus comprobantes de pago del premio.
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas.
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización
efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las convenciones contractuales.
El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso
Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
Quedará a criterio del GCABA conforme los trabajos a efectuar objeto de la presente contratación la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario.
b) De las compañías aseguradoras.
Las coberturas de seguros deberán ser contratadas en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma.
Deberán también acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo antedicho y enumerado no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular.
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial . Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia:
- Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/ó empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del Adjudicatario/Contratista, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.
2) Seguro de Accidentes Personales
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia:
-Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/o empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el Adjudicatario/Contratista, amparados por la póliza N° XXXX y por acciones ocurridas o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes: Seguro de Accidentes Personales:
La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.
Alcance de las coberturas:
Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
· Muerte: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
· Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
· Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Quince mil ($ 15.000)
3) Seguro de Responsabilidad Civil.
El adjudicatario deberá amparar todos los daños que se ocasionen a personas o cosas de terceros y/o del GCABA de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 578/2011 y concordantes, como consecuencia directa o indirecta de la prestación del objeto de la presente Licitación.
Monto mínimo de suma asegurada: pesos un millon quienientos mil ($ 1.500.000). También estarán cubiertos por estas pólizas los eventos producidos como consecuencia de cualquier accidente que se produzca como consecuencia directa o indirecta de los trabajos en ejecución.
En caso de que el monto de la póliza no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante es asumida por el contratista.
Las pólizas deberán contener:
- Un endoso sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA
14. MANTENIMIENTO DE OFERTAS
Los Oferentes deberán mantener los términos de sus ofertas por el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos, a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
15. IMPUGNACIONES AL PLIEGO
Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones a los pliegos, el previo depósito del monto equivalente al tres por ciento (3%) del presupuesto oficial o valor estimado de la contratación de conformidad con el Artículo 17.1 apartado d) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente Nº 20.052/3 “Impugnaciones – Fondos en Garantía D.G.T.Adm. y Legal SHyF. ”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 52, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
Las impugnaciones deberán ser presentadas, en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Hacienda, sita en Av. Rivadavia 524 Piso 3º Of. 315 – CABA hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas y se tramita en forma paralela al desarrollo
del procedimiento, adjuntando a dicha presentación la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionada y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.
En los procedimientos tramitados por BAC, la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse ante el organismo contratante de forma previa a formalizar la impugnación. La impugnación debe ser deducida a través de BAC mediante el uso de los formularios correspondientes.
16. EXENCION DE PRESENTAR GARANTÍAS
No resulta necesario presentar garantías de cumplimiento de contrato, cuando el monto de la oferta o del contrato no supere el límite de las Cien Mil ( 100.000) Unidades de Compra
17. CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La sola presentación de la oferta implicará para el Oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y requisitos que rigen la presente contratación y de las características contractuales del presente llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias, como así también las circulares con y sin consulta que se emitieren, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables y del contenido de los Pliegos.
18. CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA CONTRATACIÓN
No se admitirán Ofertas que se aparten de los términos y condiciones establecidos en los Pliegos que rigen la contratación, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas ni aquellas que no contemplen la totalidad de lo requerido en esta contratación.
19. APERTURA DE OFERTAS
El acto de apertura de las ofertas se efectuará a través del sistema electrónico BAC, en el día y hora fijados en el respectivo llamado a contratar, formulándose electrónicamente el Acta pertinente. Vencido el plazo para la presentación de ofertas, no se admitirá presentación alguna, a excepción de aquella documentación que se agregue en cumplimiento de una intimación por la cual se solicite información complementaria o aquella documentación requerida en formato papel, cuya presentación sea exigida con posterioridad al acto de apertura de ofertas.
20. ADJUDICACIÓN
La autoridad competente resolverá en forma fundada la adjudicación mediante acto administrativo, el que será notificado y publicado conforme lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Se procederá adjudicar a un solo oferente, por la totalidad de los renglones, que cumpla con las condiciones fijadas en el presente y cuya oferta resulte la más conveniente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica y económica, y demás condiciones para la realización del período total de la prestación.
Los recursos contra la adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo prescripto por la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
21. RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD FRENTE A TERCEROS Y PERSONAL
El personal y/o terceros afectados por el Adjudicatario de la presente contratación en cumplimiento de las obligaciones asumidas por éste, carecerán de relación jurídica alguna con el GCABA. Estarán a exclusivo cargo del Adjudicatario los salarios, seguros, cumplimiento xx xxxxx y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual, quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. El GCABA no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar o no la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el Adjudicatario.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la normativa vigente, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el presente Pliego y el Pliego de Especificaciones Técnicas correspondientes. En el caso de que la contratista recurra a empresas subcontratistas, las mismas deberán cumplir con todas las obligaciones previstas en los pliegos licitatorios para el contratista.-
22. DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
El GCABA, podrá dejar sin efecto el procedimiento de la contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin que ello dé lugar a indemnización alguna.
23. CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
El Adjudicatario deberá cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del contrato. En ningún caso la invocación de situaciones y circunstancias imprevistas autorizará al Adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del contrato, ni eximirá de las sanciones y penalidades que por incumplimiento se encuentren previstas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y el presente Pliego, la Ley N° 2095.
24. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la Orden de Compra al adjudicatario a través de BAC, tal lo establecido en el Artículo 29 del Anexo I del Decreto Nº 1.145/09 y Artículo 17 del Anexo I de la Resolución Nº 1.160/MHGC/11.
25. FORMA DE PAGO
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Artículos 28, 29, 30 y 31 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
26. RECEPCIÓN DEFINITIVA Y FACTURACIÓN
El adjudicatario confeccionará un remito mensual. El cual será firmado únicamente por personal responsable se designe a tal efecto. En caso de existir conformidad, se enviará a la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Hacienda, quien emitirá el Parte de Recepción Definitiva (PRD). Obtenido el Parte de Recepción Definitiva, el adjudicatario procederá a confeccionar la factura en original y DOS (2) copias, ajustadas a las formas establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. El adjudicatario deberá confeccionar un remito por duplicado quedando el Original para la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones y el duplicado para el adjudicatario.
27. PENALIDADES
El incumplimiento en término de las obligaciones emergentes del contrato coloca al adjudicatario en estado xx xxxx automática y por lo tanto sujeto a la aplicación de las penalidades establecidas en las cláusulas siguientes: A) Por no iniciar el servicio en el término establecido en la Cláusula 4 de las presentes cláusulas, por causas imputables al adjudicatario: Por cada día de demora: uno por ciento (1%) sobre el monto total adjudicado.
B) Por no hacerse presente para cumplimentar las visitas de mantenimiento mensual y semestral como mínimo previstas en las Especificaciones Técnicas: Por cada oportunidad: tres por ciento (3%) sobre el monto mensual adjudicado. C) Por no hacerse presente en forma inmediata, o dentro de las veinticuatro (24) horas según la circunstancia, desde la comunicación telefónica ante cualquier urgencia o irregularidad en el funcionamiento del ascensor, de acuerdo a lo manifestado en las Especificaciones Técnicas: Por cada oportunidad: tres por ciento (3%) sobre el monto mensual adjudicado. D) En todos aquéllos casos no enumerados precedentemente en que la adjudicataria incurra en actos u omisiones culpables ó negligentes que se traduzcan en la privación de uso del servicio contratado por el GCABA, se generará una multa equivalente al dos por ciento (2%) del monto de facturación mensual del adjudicatario correspondiente al mes de infracción y/o en la que se detectare la misma.
Las multas y/o sanciones de las que pudiera resultar pasible la contratista serán aplicadas aún cuando el contrato se encuentre rescindido y/o extinguido, ello en tanto que el hecho motivador hubiere ocurrido durante la vigencia del contrato.
28. LICITACIÓN FRACASADA.
En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la licitación será declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes.
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 155/DGTALMH/16 (continuación)
29. RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Vencido el plazo de cumplimiento del contrato o de su prórroga en su caso, para el cumplimiento de obligaciones esenciales del contrato, sin que el servicio en cuestión haya sido llevado a cabo de conformidad con el presente Pliego y/o el Pliego de Único de Bases y Condiciones Generales, se rescindirá el mismo de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego el organismo contratante proceder al dictado de la declaración formal de rescisión.
30. RESCISIÓN POR FRAUDE O NEGLIGENCIA
Cuando el adjudicatario incurra en negligencia en la ejecución del contrato o incumpla con las obligaciones a su cargo, el GCABA puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del Adjudicatario la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. Asimismo, es causal de rescisión del contrato por culpa del adjudicatario y con las consecuencias precedentemente indicadas, cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión.
31. CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
La relación contractual quedará extinguida por:
a) Expiración del término del contrato.
b) Mutuo acuerdo.
c) Quiebra del adjudicatario.
d) Rescisión del contrato por incumplimiento del adjudicatario, de conformidad con las causales establecidas en la Ley N° 2.095.
32. CONSULTAS TECNICAS Y/O ADMINISTRATIVAS
Para consultas técnicas o administrativas, comunicarse con la Mesa de Ayuda BAC al Tel. 0000-0000/5236 al 4810 Opción: 8. O enviar un mail a: mesadeayudabac@dguiaf- gc xx.xxx.xx.
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 155/DGTALMH/16 (continuación)
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE ASCENSORES"
CERTIFICADO DE VISITA
Fecha: / / 2016
Se certifica que el Sr………………………………………..……., DNI N°……………………….
Representante de la Empresa ha concurrido en el día de la fecha a
visitar las instalaciones en donde se encuentran operando los ascensores sujetos al llamado a contratación Nº de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal , dependiente del Ministerio de Hacienda
Firma y Sello del Funcionario Responsable
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 155/DGTALMH/16 (continuación)
Gobi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Planilla de Cotización
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | MENSUAL. | TOTAL |
1 | Servicio de mantenimiento | ||
preventivo e integral, asistencia técnica con | |||
atención de urgencias y | |||
reclamos de 2 (dos) ascensores, (PUBLICO Xx | |||
Xxxxxxxxx 000) s/ especificaciones | |||
período de 1 (un) año | |||
2 | Servicio de mantenimiento | ||
preventivo e integral, | |||
asistencia técnica con atención de urgencias y | |||
Reclamos de 1 (uno) ascensor (FUNCIONARIOS – | |||
Bolivar nº 1) s/ especificaciones período de 1 (un) año | |||
3 | Servicio de mantenimiento preventivo e integral, | ||
asistencia técnica con atención de urgencias y reclamos de 1 (uno) Ascensor (PRIVADO MIN. | |||
DE HACIENDA -COCHERA |
Dirección General Técnica Administrativa y Legal - MHGC
Xx Xxxxxxxxx Xx 000 x/ xxxxxxxxxxxxxxxx
período de 1 (un) año
NOTA: Por razones de índole técnica, la adjudicación reacaerá en un ÚNICO OFERENTE.
FIN DEL ANEXO