EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA
EXCMO. AYUNTAMIENTO
XX XXXXXX
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DENOMINADO:
“SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN PARA LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES DE LA CIUDAD XX XXXXXX”.
1. OBJETO.
El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es el establecimiento de las condiciones que han de regir para la contratación del suministro de energía eléctrica en alta tensión a la Estación Depuradora de Aguas Residuales de la ciudad xx Xxxxxx, en base a la Ley 14/1997 de 00 xx xxxxxxxxx xxx xxxxxx xxxxxxxxx, xx ley 17/2007 de 4 de julio en la que se modifica la anterior, el Real Decreto 2019/1997 de 26 de diciembre y el Real Decreto ley 6/2000 de 23 xx xxxxx y por imperativo de los mismos.
El objeto de esta licitación es definir y establecer las condiciones económicas que regirán la contratación del servicio de suministro eléctrico antes mencionado.
2. AMBITO DE ACTUACIÓN.
La localización del suministro se encuentra en La Estación Depuradora de Aguas Residuales del municipio xx Xxxxxx y su emplazamiento es Paraje del Terminillo s/n próximo al casco urbano de la ciudad.
3. CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO.
El suministro será en Alta Tensión en el Centro de Transformación de la EDAR que está equipado con una potencia total instalada de 1600 KVA en dos transformadores de 800 KVA de los cuales uno está en servicio y el otro de reserva.
Las principales características de la instalación son:
- Tensión de suministro: Trifásica a 20.000 V. entre fases.
- Potencia a contratar: 475 Kw en los Seis Periodos
- Frecuencia suministro 50 Hz.
- Consumo anual total estimado 2.300.000 Kw-h.
El consumo de electricidad de la EDAR será el que resulte de la lectura de la medida del contador y se abonará a la compañía eléctrica comercializadora adjudicataria de esta licitación.
Los valores de consumos reales, por meses y períodos tarifarios, durante doce meses se recogen en el cuadro de Anexo I.
4. MODALIDAD DEL CONTRATO.
El contrato de suministro eléctrico será, a través de un comercializador autorizado, y en las ofertas se reflejaran los siguientes conceptos:
-Termino de Potencia:
Se hará constar el precio de dicho concepto sabiendo que la potencia a contratar es de 475 Kw en todos los periodos de facturación.
-Termino de Energía:
Se hará constar el precio del KWh por periodo de facturación.
En el precio se incluirá:
- Coste de la energía, incluyendo todos los conceptos considerados en el artículo 23 del R.D. 2019/97.
- Tarifa de acceso, derechos de acometida, verificación y enganche.
- Aparatos de medida necesarios, mantenimiento y sustitución en caso de avería o cambio de modelo.
- Complemento sobre el valor de la energía en concepto de Impuesto Eléctrico.
- El Software y el hardware necesarios para el seguimiento remoto desde las oficinas del Excmo. Ayuntamiento xxx Xxxxxx del consumo eléctrico en la EDAR.
- Impuestos, tasas y recargos que graven el suministro de electricidad, incluido el IVA.
El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx pondrá a disposición del adjudicatario una línea telefónica para su utilización en la telemedida.
El consumo total estimado, así como el consumo en los diferentes periodos, sólo pueden considerarse orientativos por lo que, tanto si el consumo final anual fuera inferior al estimado, o el consumo por periodo fuese diferente, no se podrán utilizar estas situaciones como argumento para elevar el precio del Kwh.
5. CALIDAD DE SUMINISTRO.
La calidad del servicio vendrá determinada por los siguientes apartados a considerar:
a) Continuidad de! suministro, relativa al número y duración de las interrupciones del suministro.
b) Calidad relativa a las características de la onda de tensión.
c) Consecuencias del incumplimiento de la calidad del servicio.
A continuación se desarrolla cada uno de los apartados anteriores.
a) Continuidad del Suministro
La determinación de la continuidad del suministro, por las interrupciones del mismo, se basa en dos parámetros:
• El tiempo de interrupción, que vendrá determinado por el tiempo transcurrido desde que la misma se inicia hasta que finaliza, medido en horas. E! tiempo de interrupción total será la suma de todos los tiempos de interrupción durante un año. Se fija en 3,5 horas/año.
• El número de interrupciones. El número de interrupciones total será la suma de todas las interrupciones habidas durante un año. Se fija en SIETE interrupciones máximas anuales.
La calidad del suministro
Hace referencia al conjunto de características de la onda de tensión. Para determinar la calidad se tomarán en cuenta, entre otros, las variaciones del valor eficaz de la tensión y de la frecuencia y las interrupciones del servicio y huecos de tensión de duración inferior a un minuto.
Para la determinación de los aspectos de calidad de la onda se seguirán los criterios establecidos en la Norma UNE-EN 50160 y las Instrucciones Técnicas Complementarias que se dicten por el Organismo competente, en el desarrollo del futuro Reglamento de Transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, o aquel que reglamentariamente le sustituya.
Los límites máximos de variación de la tensión de alimentación serán de ± 7% de la tensión de alimentación declarada. No obstante, si este límite fuera modificado por el Organismo competente en función de la evolución de la normativa en lo relativo a la normalización de tensiones, la empresa Comercializadora deberá comunicárselo anticipadamente al Consumidor, para que tome las medidas oportunas, teniendo en cuenta que cualquier modificación necesaria en la instalación del Consumidor, consecuencia de dicho cambio en la variación de la tensión de alimentación, correrá a cargo del Comercializador.
La frecuencia nominal de la tensión suministrada será de 50 Hz. Los límites máximos de variación de esta frecuencia serán los establecidos en la norma UNE-EN 50.160.
c) Consecuencias del incumplimiento de la calidad del servicio
El Comercializador se responsabiliza ante el Consumidor de los niveles de calidad individual definidos en los puntos anteriores, con independencia de las relaciones Comercializador-Distribuidor.
El incumplimiento de los valores fijados en los puntos a) y b) anteriores, determinará la obligación del Comercializador de aplicar una liquidación anual, dentro del período de vigencia del contrato, con los siguientes abonos:
• Si el incumplimiento es por el número de horas de interrupción, con carácter anual se aplicará un abono anual al consumidor, en una cantidad equivalente al consumo de su potencia media anual facturada, por la diferencia entre el número de horas de interrupción del consumidor y el número de horas de interrupción fijado en el punto a) anterior, valorado en 5 veces el precio del KWh correspondiente a su tarifa de acceso contratada, con un tope máximo de un 1 % de su facturación eléctrica anual.
• Si el incumplimiento es por número de interrupciones, se aplicará un abono anual al consumidor, en una cantidad equivalente al consumo de su potencia media anual facturada por el número de horas de interrupción, valoradas al precio del Kwh. correspondiente a su tarifa de acceso contratada, por la diferencia entre el número real de interrupciones menos el fijado en el punto a) anterior dividido por ocho, con un tope máximo del 1 % de su facturación eléctrica anual.
6. VARIACIÓN DE PRECIO POR CAMBIOS EN LA TARIFA DE ACCESO, EXCESOS DE POTENCIA Y ENERGÍA REACTIVA.
La tarifa de acceso que se aplique responde, por su carácter de regulada, a los términos vigentes en la fecha de contratación. Cualquier variación en dicha tarifa o en las tasas, recargos o impuestos que gravan el suministro eléctrico que pudiera aprobarse por la Administración a partir de la firma del presente contrato será trasladada a los precios contratados, en la medida que resulten de aplicación. Asimismo, se modificará el precio por las resoluciones de la Administración que afecten a la tarifa aplicable.
Los excesos de potencia y energía reactiva se facturarán según esté establecido en las tarifas de acceso aprobadas por la Administración.
7. REPRESENTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN.
La empresa adjudicataria asumirá la representación de la Administración ante la Sociedad Distribuidora, estableciendo con la misma los contratos precisos para el acceso a la red y realizando cuantas gestiones sean necesarias para la resolución de los conflictos que pudieran surgir, así como la lectura, validación y envío de los registros de consumo al Operador del Sistema Eléctrico.
8. MANTENIMIENTO.
La empresa adjudicataria asumirá el mantenimiento y las reparaciones de los equipos de medida, líneas y sistemas de comunicación, incluyendo las verificaciones sistemáticas obligatorias que determine el Operador del Sistema.
El adjudicatario realizará, sin cargo alguno adicional, la lectura y validación de los registros horarios de consumo y su envío al operador del Sistema Eléctrico, en cumplimiento de lo previsto en el Reglamento de Puntos de Medida.
9. DURACIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de duración del contrato será de DOCE MESES.
10. FACTURACIÓN.
El suministro eléctrico que efectúe la empresa adjudicataria se facturará por períodos de meses naturales. Para ello presentará, por mensualidades vencidas, factura detallada de los KWh consumidos desglosados por periodos y detalle de los demás conceptos facturables. Dicha factura será abonada al adjudicatario una vez conformada por los Servicios Técnicos Municipales.
11. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
- Las ofertas justificarán el cumplimiento de lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas (será causa de exclusión el no cumplimiento de las disposiciones relacionadas en el presente Pliego).
- El adjudicatario será aquel que realice la mejor oferta económica.
Xxxxxx, 00 de noviembre de 2.011
EL INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL MUNICIPAL
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxxxx Hontecillas.
ANEXO I
CONSUMOS ELÉCTRICOS EN KWh AGOSTO 10 – JULIO 00
Xxxxx |
X0 |
X0 |
X0 |
X0 |
X0 |
X0 |
Total |
Ago-10 |
|
|
|
|
|
176.610 |
176.610 |
Sep-10 |
|
|
32.433 |
60.549 |
|
84.933 |
177.915 |
Oct-10 |
|
|
|
|
83.840 |
99.229 |
183.069 |
Nov-10 |
|
|
35.359 |
54.894 |
|
89.772 |
180.025 |
Dic-10 |
36.086 |
61.045 |
|
|
|
106.223 |
203.354 |
Ene-11 |
35.071 |
60.114 |
|
|
|
104.759 |
199.944 |
Feb-11 |
32.483 |
56.586 |
|
|
|
91.873 |
180.942 |
Mar-11 |
|
|
42.852 |
66.970 |
|
100.837 |
210.659 |
Abr-11 |
|
|
|
|
103.501 |
104.063 |
207.564 |
May-11 |
|
|
|
|
99.464 |
96.547 |
196.011 |
Jun-11 |
25.495 |
23139 |
16689 |
30908 |
|
88.226 |
184.457 |
Jul-11 |
47.483 |
44.026 |
|
|
|
98.531 |
190.040 |
Total |
176.618 |
244.910 |
127.333 |
213.321 |
286.805 |
1.241.603 |
2.290.590 |
% |
8% |
11% |
6% |
9% |
13% |
54% |
100% |
ANEXO II
(A utilizar en papel con membrete de la empresa)
“D……………….…., con DNI nº………………. .expedido en …….., domiciliado a todos los efectos de esta licitación en………, C/ ………………., obrando en nombre de ………………………….……………, CIF nº ……………….y dirección de correo electrónico…….……., a efectos de notificaciones, enterado de la convocatoria, solicita tomar parte en la misma comprometiéndose a realizar el Suministro de energía eléctrica a la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) xx Xxxxxx, en los siguientes precios que incluyen todos los Impuestos y conceptos facturables A EXCEPCIÓN DEL IVA, no admitiéndose cargo adicional añadido:
Término de potencia: ………… € / KW mensuales (Sin IVA)
Término de energía: …………… € / KWh consumidos en P1 (Sin IVA)
Término de energía: …………… € / KWh consumidos en P2 (Sin IVA)
Término de energía: …………… € / KWh consumidos en P3 (Sin IVA)
Término de energía: …………… € / KWh consumidos en P4 (Sin IVA)
Término de energía: …………… € / KWh consumidos en P5 (Sin IVA)
Término de energía: …………… € / KWh consumidos en P6 (Sin IVA)
Fecha y firma del proponente y sello.