PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato es la Organización y Desarrollo de las actividades, en el Centro de Juventud xx Xxxxxx “Tetuán Punto Joven”, en el Distrito xx Xxxxxx, con arreglo a las prescripciones técnicas que figuran en el presente pliego.
Los objetivos específicos que se persiguen con dicha actividad son:
✓ Crear un espacio de reunión y punto de encuentro para los jóvenes del barrio del Distrito.
✓ Promover acciones formativas y evitar hábitos de consumo “no saludables”.
✓ Incrementar el apoyo a los jóvenes, facilitándoles información sobre materia jurídica, sanitaria, laboral y profesional, vivienda, etc.
✓ Promover la actividad cultural como un medio de cooperación social.
✓ Promover el voluntariado, la formación no reglada y potenciar una actitud emprendedora.
✓ Promover y apoyar el funcionamiento y las actividades de los grupos, colectivos y asociaciones juveniles.
✓ Impartir talleres educativos y creativos de interés para los jóvenes.
Las acciones y actividades se desarrollarán en el Centro de Juventud “Tetuán”, sito en la calle Dulcinea encuentro con la calle Artistas, de este Distrito xx Xxxxxx. Las mismas se deberán estructurar en Áreas de trabajo:
ÁREA DE INFORMACIÓN Y RECURSOS.
Estará dirigida por el/la Informador/a Juvenil, que será responsable de atender las demandas informativas efectuadas por los jóvenes a través de:
A) SERVICIO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN JUVENIL.
- Información personalizada sobre temáticas de interés juvenil: Educación, empleo, tiempo libre, cultura, viajes, educación para la salud, etc.
- Autoconsulta (folletos, guías, libros, vídeos, estudios, artículos, etc).
- Atención telefónica.
- Atención postal.
- Atención e-mail.
B) ASESORÍAS.
Su objetivo es ofrecer un servicio de orientación en áreas de especial interés para los jóvenes, ya sea de manera individual o grupal -con soporte de profesional especializado, en caso necesario-, en aspectos como:
- Naturaleza: Información para preparar salidas (rutas, recursos de aire libre, etc) y préstamo de material de aire libre (mapas, brújulas, libros, guías de campo, etc).
- Laboral: Cómo elaborar un currículum, carta de presentación, oferta de trabajo, autoempleo, bolsa de empleo, cursos, becas, formas de economía social (cooperativas), etc. Dirigido a jóvenes con edades comprendidas entre los 16 y 35 años.
- Salud: Información sobre temas relacionados con la sexualidad (relaciones xx xxxxxx, disfunciones sexuales, aspectos psicológicos de la sexualidad, autoestima e imagen corporal, métodos anticonceptivos, ETS, etc), sustancias adictivas, maltrato, etc., siendo un servicio anónimo y confidencial, dirigido a jóvenes con edades comprendidas entre los 14 y 35 años.
- Jurídica: Asesoramiento sobre cualquier tema del ámbito jurídico que afecte a los jóvenes: Inmigración, acoso escolar, violencia de género, juicios, reclamaciones, derechos laborales, constitución de una asociación, etc.
- Bolsa de vivienda joven: Cómo lograr el acceso a una vivienda en mejores condiciones que la media xx xxxxxxx: Tramitación de hipoteca, información de compraventa de vivienda libre y VPO, así como los aspectos legales de tramitación y financiación. Dirigido a jóvenes con edades comprendidas entre los 16 y 35 años.
ÁREA DE PARTICIPACIÓN JUVENIL.
Estará dirigida por el/la Animador Sociocultural, y constituirá el espacio social donde los jóvenes puedan mantener reuniones, intercambios, encuentros, actividades culturales y de ocio, en el que se facilitarán recursos que forman parte del Centro (material didáctico, recursos técnicos y formativos, material audiovisual, etc).
A) PROGRAMA DE ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL.
Encaminado a fortalecer las conexiones de los colectivos del barrio y el Distrito entre sí. Para ello, se trabajará en la formación de los jóvenes procedentes de los colectivos del barrio que puedan convertirse en agentes dinamizadores, a través de las siguientes actuaciones:
- Organización de actividades informativas y formativas en Centros de Enseñanza Secundaria, Enseñanzas Medias y Centros Culturales, dirigidas tanto a los jóvenes como a los profesores y mediadores que lo soliciten.
- Fomento de actividades en el Punto de Encuentro para estudiantes y profesores de los Centros Escolares, espacios para jóvenes, etc.
B) PROGRAMA DE APOYO, FORMACIÓN Y ASESORAMIENTO A ASOCIACIONES JUVENILES.
Dirigido a la creación de asociaciones, grupos o colectivos que conformen un tejido social activo y participativo, aportando elementos formativos, teóricos y prácticos, tanto de planificación, gestión y funcionamiento asociativo como de desarrollo y ejecución de actividades juveniles.
Asimismo, prestará asesoramiento y apoyo técnico o logístico a las actividades de dinamización en el ámbito juvenil propuestas por Juntas Vecinales, Centros Culturales o de Juventud, Comisiones de Fiestas y Asociaciones Juveniles de los diversos barrios.
C) ACTIVIDADES CULTURALES Y LÚDICAS DE GRUPOS Y ASOCIACIONES.
Las actividades serán propuestas por las personas, grupos o colectivos que participen, tales como exposiciones, jornadas, actuaciones, cine, charlas, etc., e irán encaminadas a la promoción de la cultura y la creación juvenil.
D) ACTIVIDADES DE EDUCACIÓN NO FORMAL Y DE INFORMACIÓN.
En esta área se desarrollarán actividades que sean demandadas por los jóvenes, tales como cursos, talleres, jornadas, etc., fomentando la autoformación y la formación entre los mismos.
ÁREA DE EDUCACION SOCIAL.
Estará dirigida por el/la Educador social, y constituirá el refuerzo necesario para la atención de necesidades y problemas especiales, refuerzo de una preparación técnica-profesional, y la figura necesaria para detectar situaciones de riesgo. En este espacio se trabajará para buscar el equilibrio entre las demandas de la administración, la sociedad y los sujetos, y lograra una integración.
2. CONDICIONES PARTICULARES.
El Centro permanecerá abierto xx xxxxxx x xxxxxxx, festivos incluidos, debiendo el licitador contemplar en su propuesta, al menos, los siguientes aspectos:
Ð Recursos humanos.
- Un/a Informador/a Juvenil, para un total de 24 horas a la semana, y que deberá ajustarse al siguiente perfil: Título de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre, reconocido por la Comunidad de Madrid y experiencia de, al menos un año, demostrable mediante Currículum Vitae, especialmente en el trabajo de campo y la información juvenil.
- Un/a Animador/a Sociocultural, para un total de 39 horas a la semana, y que deberá ajustarse al siguiente perfil: Titulado en Animación Sociocultural o licenciatura o diplomatura en la rama de Ciencias Sociales y con experiencia de, al menos un año, demostrable mediante Currículum Vitae, en el campo de la animación sociocultural con jóvenes (Programas de Ocio).
- Un/a Educador Social, para un total de 10 horas a la semana, y que deberá ajustarse al siguiente perfil: Diplomado en Educación Social y con experiencia de, al menos un año, demostrable mediante Currículum Vitae, en el campo de la atención social a jóvenes preferentemente a través de Programas de Ocio.
El adjudicatario dará cuenta escrita de las gestiones realizadas a la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas de este Distrito, mediante Memoria mensual, de los objetivos cubiertos. A la finalización de la actividad, presentará una Memoria anual ampliada, en la que conste, como mínimo, la labor desempeñada en cuanto a contactos externos realizados, las funciones desempeñadas, así como una estadística sobre las consultas realizadas por los usuarios, que incluya al menos el tema consultado y el sexo y la edad de los mismos.
Ð Recursos materiales.
- Material informático y acceso a Internet:
• 1 ordenador AMD o Pentium IV, XP 2.600, RAM 1.024 Mb, 120 Gb, SVGA de 64 Mb, lector DVD, CD, Disquetera, altavoces, teclado, ratón y monitor TFT 17”.
• 5 ordenadores portátiles, Tecnología AMD Turion™ o Intel Centrino™, 2 GHZ, 2 x 512 KB de DDR2, 120 GB, con pantalla XGA 15” ó panorámica WXGA 15”.
• Licencias correspondientes (Windows Vista Home Premium y Paquete Ofimático).
• 1 Scanner, con velocidad de exploración menor a 20 segundos.
• 1 Impresora color, mínimo 18 ppm.
• 1 Impresora láser, mínimo 20 ppm.
Asimismo, la empresa deberá contratar y mantener, durante el plazo de duración del presente contrato, la instalación a Internet, a través de línea xx xxxxx ancha ADSL.
- Material fungible. Todo aquel que resulte imprescindible para el correcto funcionamiento del Centro (papelería, fotocopias, cartuchos de tinta, papel fotográfico, etc).
- Material de consulta. Fondo documental compuesto por libros, artículos, revistas especializadas (al menos 5 de interés juvenil: Informática, naturaleza, viajes, ocio y tiempo libre, etc), DVD,s (al menos 50, que se renovarán cada año), cómics, folletos, Guías de Naturaleza, etc.
- Juegos de entretenimiento: Al menos 10 unidades de distintos juegos xx xxxx (Ajedrez, Damas, Trivial, Intelectus, Tabú, Conecta 4, etc).
- Mobiliario: Todo aquel que se estime necesario para el adecuado uso de las instalaciones y la correcta prestación de las actividades y servicios descritos en este pliego y propuestos para su desarrollo en la oferta a presentar por la empresa adjudicataria. El mobliliario mínimo a presentar debe constar de: 30 sillas, 5 escritorios, 4 mesas, 2 sofás de 3 plazas, 1 sofá de 4
plazas, 4 taburetes, 1 mesa baja de salón, 5 estanterías, 1 librería, 1 armario bajo, 1 mueble de
TV, 2 cajoneras.
Ð Mantenimiento de los equipos informáticos.
La empresa adjudicataria deberá garantizar el correcto funcionamiento de los equipos informáticos adscritos al Área de Información y Recursos, a través de un servicio de mantenimiento que, como mínimo, incluirá:
- Instalación y seguimiento de los mismos en red de área local.
- Resolución de problemas vía telefónica, que agilice al máximo la resolución de incidencias.
- Desplazamiento in situ de técnico, en el caso de no solucionarse la incidencia vía telefónica.
- Equipos de reemplazo, en caso de avería prolongada.
- Sustitución de piezas dañadas, ya sea por mal uso de los usuarios (en cuyo caso se informará al responsable del Centro) o por fallo técnico.
- Reposición de los consumibles necesarios.
Ð Diseño del logotipo e imagen.
La empresa adjudicataria deberá hacerse cargo del diseño del logotipo e imagen del Centro y su Programa, y éste deberá plasmarse en la correspondiente señalización del Centro, en concreto en el diseño, fabricación e instalación de indicador exterior, así como del diseño y edición de los carteles y folletos divulgativos del mismo y sus actividades.
3. CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES.
3.1. Este Distrito se reserva el derecho a formular cuantas objeciones estime convenientes y modificar las orientaciones presentadas según las conveniencias de la actividad, debiendo someterse el adjudicatario en todo momento a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por el funcionario responsable, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación.
3.2. El adjudicatario será responsable del buen uso y conservación de la maquinaria, aparatos y demás material a utilizar en la prestación de la actividad que sea propiedad municipal.
Cuando concurran tales circunstancias, al comienzo de la actividad se redactará un inventario del material que se vaya a utilizar que, unido al presente pliego, deberá ir firmado por el adjudicatario, viniendo obligado a reponerlo cuando su pérdida o deterioro sean consecuencia inmediata de un uso inadecuado.
3.3. Las personas responsables del desarrollo del programa de trabajo deberán permanecer hasta el cumplimiento del contrato.
No obstante, si durante su ejecución alguno de ellos causara baja temporal o definitiva, deberá ser sustituida por el adjudicatario con el visto bueno de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas .
CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia .
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD) . Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con el artículo 9.4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).
11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
Madrid, 14 de julio de 2009
LA JEFA DE LA UNIDAD DE ACTIVIDADES CULTURALES, FORMATIVAS Y DEPORTIVAS
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx.