En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el Acuerdo________, expedido por el Concejo Municipal y CONSIDERANDO
Resolución No. del Hoja No. 12
“Por la cual se transfiere la propiedad a título de Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita II en el proyecto ____________ de la ciudad de __________.””
“Por la cual se transfiere la propiedad de un inmueble a título de Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita II en el proyecto ____________ de la ciudad de __________.”
EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE _______
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el Acuerdo________, expedido por el Concejo Municipal y
CONSIDERANDO
Que el capítulo II de la Ley 1537 de 2012 contiene disposiciones dirigidas a facilitar el acceso efectivo a la vivienda de interés prioritario (VIP) y con fundamento en las mismas el Gobierno Nacional creó el Programa de Xxxxxxxx Xxxxxxxx (PVG), que tiene por objeto la entrega de viviendas, a título de subsidio familiar de vivienda 100% en especie, a la población más pobre y vulnerable del país, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la misma Ley.
Que el artículo 3º de la citada Ley se refiere a la coordinación que debe existir entre las entidades nacionales y territoriales, la cual implica entre otras cosas: “a) La articulación y congruencia de las políticas y de los programas nacionales de vivienda con los Departamentos y Municipios” y “b) La disposición y transferencia de recursos para la ejecución de programas de vivienda de interés social o interés prioritaria”.
Que el artículo 113 de la Constitución Política de Colombia señala que los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas, pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.
Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, y las autoridades administrativas deben coordinar sus actividades para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 95 de la Ley 489 de 1998: “Las entidades públicas podrán asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de convenios interadministrativos…”.
Que en el marco de la convocatoria realizada por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), el Municipio de _________ propuso el predio ubicado en __________, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. ______________, con el fin de ejecutar un proyecto de VIP, para la población a la que hace referencia el artículo 12 de la ley 1537 de 2012, y sus normas reglamentarias.
Que como resultado de la convocatoria realizada por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a los Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Planeación de Municipios de categorías 3, 4, 5 y 6, que no hacen parte de áreas metropolitanas se suscribió el CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACIÓN No. ___ DE 201_, CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DE __________ Y EL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA – FONVIVIENDA, con el propósito de aunar esfuerzos para desarrollar un proyecto de vivienda de interés prioritario en el predio identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. _________, en virtud del cual las partes, tienen a su cargo, entre otras las siguientes obligaciones: “3.2.5 OBLIGACIONES EN RELACIÓN CON LA ENTREGA DE LAS VIVIENDAS Y EL ACOMPAÑAMIENTO A LAS FAMILIAS BENEFICIARIA S DE LAS MISMAS: 3.2.5.1. Apoyar en lo de su competencia, al ejecutor del proyecto en las actividades relacionadas con la elaboración, protocolización e inscripción del reglamento de propiedad horizontal en los respectivos folios de matrícula inmobiliaria, conforme a lo dispuesto en la Ley 675 de 2001 y demás disposiciones que lo reglamenten o lo modifiquen. 3.2.5.2. Apoyar la realización de la primera Asamblea General de Copropietarios, especialmente en lo relacionado con la designación de líderes, comités y demás órganos a que haya lugar. 3.2.5.3. Apoyar la conformación de las Juntas de Acción Comunal o cualquier otro mecanismo orientado a garantizar la convivencia ciudadana en el proyecto a que se refiere éste convenio. 3.2.5.4. Asumir la vigilancia y custodia de las viviendas y del proyecto desde el momento de su recibo al ejecutor del proyecto, de acuerdo con lo establecido en éste convenio, hasta tanto se transfieran y entreguen materialmente las viviendas a los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda asignado por FONVIVIENDA… 3.2.5.6. Apoyar la coordinación y acompañamiento a las diligencias de reconocimiento de las viviendas por parte de los hogares beneficiarios de las mismas. 3.2.5.7. Una vez las viviendas hayan sido asignadas por FONVIVIENDA a título de subsidio familiar de vivienda en especie, adelantar todas las actuaciones a que haya lugar para la transferencia y entrega de las mismas a los hogares beneficiarios, de acuerdo a lo establecido en las normas vigentes…3.2.5.9. Entregar a FONVIVIENDA toda la información relacionada con los actos administrativos de transferencia y/o las actas de entrega material a los hogares beneficiarios del Programa. 3.2.5.10. Responder ante los hogares beneficiarios ante FONVIVIENDA y ante cualquier ente de control o autoridad judicial por cualquier inconsistencia o demora en el proceso de transferencia y/o entrega de las viviendas a los hogares beneficiarios del PVG II. 3.2.5.11. Coordinar con las entidades nacionales y municipales competentes los procesos de acompañamiento social a las familias, incluyendo las capacitaciones en el manejo de zonas comunes y en el cumplimiento de sus obligaciones como propietarios. 3.2.5.12. Apoyar la elaboración y socialización del Manual de uso y cuidado de la vivienda. 3.2.5.13. Acompañar a los hogares en los procesos que se llegaren a presentar en relación con eventuales reclamaciones al ejecutor del proyecto, posteriores a la entrega de las viviendas.”
Que, de acuerdo con las normas citadas, el Gobierno Nacional promueve alianzas con los entes territoriales y/o con sus entidades del sector central o descentralizado, con el propósito de aunar esfuerzos tendientes a generar oferta efectiva de VIP en condiciones dignas para la población en especial situación de vulnerabilidad.
Que de acuerdo con las facultades atribuidas por el artículo 23 de la Ley 1469 de 2011 y el artículo 6º de la Ley 1537 de 2012, FONVIVIENDA celebró el contrato xx xxxxxxx mercantil No. 325 de 2015 por medio del cual se constituyó un patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO – PROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA II, (en adelante FIDEICOMISO – PVG II) el cual se encargará de administrar los recursos de la segunda etapa del Programa de Vivienda Gratuita, en adelante PVG II.
Que el numeral 7.3.5 del contrato xx xxxxxxx mercantil No. 325 de 2015 establece que el FIDEICOMISO – PVG II podrá adelantar procesos para la selección de ejecutores de las viviendas que serán entregadas a los hogares beneficiarios en el marco del PVG II, así como suscribir los contratos de diseño y/o construcción respectivos, en los términos y condiciones expresamente determinados por el COMITÉ TECNICO del FIDEICOMISO.
Que, entre el Municipio /o/ Fideicomiso ___________________ y (Constructor) ____________________ se celebró el (Contrato de Comodato Precario y/o Documento xx Xxxxxxxx para Construcción) No. ____ de fecha ____ de ______ de _____, cuyo objeto es “_________________________”, en virtud del cual las partes, tienen a su cargo, entre otras las siguientes obligaciones: OBLIGACIONES DEL COMODANTE: El Comodante se obliga a:
a) Entregar el inmueble al COMODATARIO libre de ocupaciones y en las condiciones necesarias para la ejecución del proyecto de vivienda denominado SAN XXXXX.
b) Entregar el predio desagregado debidamente determinado en sus linderos con distancias en metros y/o georreferenciados mediante coordenadas y materializados los puntos que determinan el perímetro en terreno.
c) Gestionar y solicitar ante el IGAC el plano predial catastral del predio desagregado.
d) Pagar los impuestos Municipales y Departamentales que se generen sobre el lote durante la ejecución del proyecto.
e) Mantener el bien inmueble libre de embargos, gravámenes o limitaciones al dominio que impidan el normal desarrollo del proyecto constructivo.
f) Presentar a FONVIVIENDA el certificado de tradición y libertad que le sea asignado por la Oficina de Registro e Instrumentos Públicos.
g) Recibir el proyecto debidamente terminado y realizar la custodia y vigilancia de las viviendas hasta tanto se definan los beneficiarios y se realice la entrega material de estas
h) Las demás propias de la naturaleza del presente contrato.
Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 2.1.1.2.1.3.1. y 2.1.1.2.1.3.2. del Decreto 1077 de 2015, expidió la Resolución No. ____________ del ___ de _______ de 201__ mediante la cual define el listado definitivo del hogar beneficiario, seleccionado __________ para el proyecto ___________ de la ciudad de ___________.
Que, por medio de la Resolución No. ______ del ____de ____ de 201_ FONVIVIENDA asignó un subsidio familiar de vivienda 100% en especie (SFVE), la cual se encuentra protocolizada en la Escritura Pública No. _____ del ______, otorgada en la Notaría______ del circulo de _______, en la que se asignó como beneficiario del subsidio familiar de vivienda mencionado a _________________________, identificado con C.C.________________ de ________, domiciliado en __________, departamento de __________, en su condición de jefe de hogar conformado por los siguientes miembros de conformidad con el formato (nombre del formato en donde los miembros del hogar indican que el beneficiario es el jefe de hogar):
NOMBRE |
DOCUMENTO IDENTIFICACIÓN |
PARENTESCO CON JEFE DE HOGAR. |
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Que, el día ____de ____ de 201_ en presencia de los delegados del Municipio de ______________, Personería Municipal, Caja de Compensación Familiar y Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se realizó el sorteo de nomenclatura de las viviendas del proyecto ___________ y se determinó que al señor(a) __________________ identificado con la cédula de ciudadanía No. ____________________, le correspondió la vivienda ubicada en ________________________, de conformidad con el Acta No. _______, la cual se encuentra protocolizada en la Escritura Pública No. _____ del ______, otorgada en la Notaría_____ del círculo de ___________,
Que, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, expidió la Resolución No. 119 del 25 de febrero de 2.015, por la cual se definen las condiciones para la transferencia, entrega y legalización del subsidio familiar de vivienda urbana en especie, y su Capítulo I reguló la transferencia, entrega y legalización de viviendas adquiridas a título de compraventa a favor de los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie.
Que la ejecución del proyecto se llevó a cabo de acuerdo con la Licencia de Construcción Número __________________, con fecha de expedición ____ de _____________ de _______, ejecutoriada el ____ de _______ de __, expedida por ____________________________.
Que el inmueble objeto de esta transferencia se encuentra determinado dentro de los siguientes linderos generales de conformidad con la Escritura Pública No. _________________ de fecha ___________, otorgada en el Notaria _______ del círculo ______, los cuales se describen a continuación: NORTE_____________________________________________________, SUR_______________________________________________________,
ESTE __________________________________________________________,
OESTE_______________________________________________________.
Que el MUNICIPIO de ___________, adquirió el derecho de dominio sobre el(los) inmueble(s) objeto de esta transferencia, de la siguiente forma: Por transferencia de dominio a título de ____________________________ hecha por _____________________________, mediante escritura pública ______ del ___ de ________ de 201_ otorgada en la Notaria _____ de ___________, debidamente inscrita en el folio de matrícula inmobiliaria No. ___________ de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de _______________.
Que mediante Certificación de fecha _______ expedida por Fonvivienda y el Municipio de _________el inmueble ubicado ____________ ha sido calificado como vivienda de interés prioritario, documento que se parte de la presente Resolución.
Que _________________ (Interventor) expidió el Certificado de Existencia y Habitabilidad No. ________ del ______de _____ de 201__ para la vivienda objeto de la presente transferencia, documento que hace parte de la presente Resolución.
Que en virtud de la Ley No. 1796 de 2016 se expidió el Certificado de Ocupación Técnico para el proyecto ________________ el cual hace parte integral de la presente Resolución.
Que el artículo 43° de la Ley 1537 del 20 xx xxxxx de 2012 estipuló lo siguiente: “Actos de transferencia. Todos los negocios jurídicos que involucren recursos de subsidios familiares de vivienda otorgados por el Gobierno Nacional, que impliquen la transferencia de derechos reales, por parte de una entidad pública, y las cesiones de bienes fiscales ocupados con Vivienda de Interés Social, que realicen las entidades públicas a los particulares, se efectuarán mediante resolución administrativa, la cual constituirá título de dominio o de los derechos reales que corresponda y será inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. En el mismo instrumento se constituirá el patrimonio de familia inembargable a que se refiere el artículo 9º de la presente ley. En todo caso, cualquier acto de disposición del derecho real de dominio de bienes de propiedad de las Entidades Públicas, podrá realizarse a través de acto administrativo, sin perjuicio de las actas de entrega material y recibo de los inmuebles”.
Que el Concejo Municipal mediante el Acuerdo Municipal No. _______ de fecha _____ de _________ de ______, facultó al Alcalde del Municipio de __________ a transferir a título de Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, el derecho real de dominio y la posesión material que actualmente tiene y ejerce sobre el inmueble ubicado en la ___________________________del proyecto denominado _____________, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita II.
Que el predio objeto de la presente Resolución fue adquirido de la siguiente manera: __________________________________________________________________________________________________________________, identificado con la matricula inmobiliaria No. _____________.
Que el parágrafo cuarto (4°) del artículo 90 de la Ley 1753 de 2015, por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014- 2018, denominado “Todos por un nuevo país”, establece que una vez surtido el proceso de restitución, por virtud de la Ley e independientemente del negocio jurídico suscrito para que el hogar beneficiario se convirtiera en propietario de la vivienda, la entidad otorgante del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie o los fideicomisos en los cuales esta sea fideicomitente, podrán convertirse en titulares del derecho de dominio de las viviendas restituidas, para lo cual solo se requerirá la inscripción del Acto Administrativo correspondiente en el folio de matrícula inmobiliaria de la vivienda.
Que el artículo 4° de la Ley 1579 de 2012, por medio de la cual se expide el Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos, instituye que están sujetos a registro todos los actos, contratos, decisión contenida en escritura pública, providencia judicial, administrativa o arbitral que implique constitución, declaración, aclaración, adjudicación, modificación, limitación, gravamen, medida cautelar, traslación o extinción del dominio u otro derecho principal o accesorio sobre bienes inmuebles.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: TRANSFERENCIA: Que el Municipio de ______________________, transfiere, a título de subsidio en especie y a favor de (él, la) señor(a)(es) ____________________, mayor(es) de edad, vecino(s) de _________, identificado(s) con la cédula de ciudadanía No.______________, en su condición de jefe de hogar conformado por los miembros enunciados en la parte considerativa de la presente resolución, de estado civil ___________________, quien(es) se denominará(n) EL(LOS) BENEFICIARIO, el derecho real de dominio y la posesión material que tiene el Municipio de ___________________ sobre el siguiente inmueble: ________________________ ubicado en ____________ de la ________ Etapa de la Urbanización ___________, situada en el Corregimiento de _____________, del Municipio de ___________. El inmueble tiene un área privada construida de ___________m², un área común de _____ m², y un área total construida de _______ m². Sus linderos están delimitados de la siguiente forma: POR EL NORTE: _____________________. POR EL SUR: _________________________. POR EL ORIENTE: _________________________. POR EL OCCIDENTE: ___________________. POR EL NADIR: __________________________; y POR EL CENIT: ________________________. Que éste Inmueble se encuentra identificado con la matrícula inmobiliaria No. ____________ de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de ______________.
PARÁGRAFO PRIMERO. CUERPO CIERTO. No obstante, la mención de la cabida y los linderos, la transferencia se hace como cuerpo cierto, de tal forma que una eventual diferencia entre la cabida real y la aquí declarada, no dará lugar a reclamo posterior alguno, por ninguna de las partes.
PARÁGRAFO SEGUNDO. COEFICIENTES DE COPROPIEDAD: La presente transferencia incluye el coeficiente de copropiedad en los bienes de dominio común, en la proporción establecida en el reglamento de propiedad horizontal para cada bien de dominio exclusivo. (Si aplica).
PARÁGRAFO TERCERO. PARÁGRAFO TERCERO. RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL: El inmueble objeto de la presente transferencia se encuentra sometido al régimen de propiedad horizontal previsto en la Ley 675 de 2001, por medio de la Escritura Pública N° ____________ del __ de _____ de ______, otorgada en la Notaria _______ del círculo de __________, debidamente registrada. En dicha escritura se delimitaron los bienes de dominio particular y se enunciaron los bienes comunes. (Si aplica).
PARAGRAFO CUARTO: EL BENEFICIARIO DEL SUBSIDIO EN ESPECIE del inmueble podrá instalar acabados en los mismos siempre y cuando no interfieran con los elementos estructurales de la vivienda, ya que esto afecta la estabilidad estructural de la construcción. Será responsabilidad de EL BENEFICIARIO DEL SUBSIDIO EN ESPECIE el costo y la instalación de acabados, así como cualquier modificación en las instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas, ductería telefónica, de gas o de seguridad con las que han sido dotadas las viviendas. En el evento en que se haga caso omiso a lo expresamente establecido en este parágrafo y a las demás disposiciones que regulan la construcción del inmueble, la garantía derivada de la estabilidad de la obra o de la calidad de los materiales utilizados no podrá ser exigible por EL BENEFICIARIO DEL SUBSIDIO EN ESPECIE y el contratista de la obra no asumirá responsabilidad alguna en relación con las consecuencias que se deriven de dicha modificación, ampliación o instalación de acabados en tales eventos. EL BENEFICIARIO DEL SUBSIDIO EN ESPECIE asumirá la responsabilidad por los daños que ocasionen a terceros por la ejecución de dichas obras.
ARTÍCULO SEGUNDO. SANEAMIENTO: El inmueble objeto de la transferencia, se encuentra libre de hipotecas, embargos, demandas civiles, pleitos pendientes, patrimonio de familia, arrendamiento por escritura pública, condiciones resolutorias y cualquier otra limitación de dominio.
ARTÍCULO TERCERO. VALOR: Que el valor del inmueble que por este instrumento se transfiere es la suma de: _____________________________________________________PESOS ($____________), correspondiente al subsidio familiar de vivienda en especie asignado por FONVIVIENDA mediante Resolución No. _____________.
ARTÍCULO CUARTO.- ENTREGA: Que el beneficiario declara en sede administrativa haber recibido materialmente y a satisfacción, el inmueble objeto de esta transferencia.
PARAGRAFO PRIMERO: A partir de la fecha de entrega del inmueble objeto de esta Resolución estarán a cargo de EL BENEFICIARIO DEL SUBSIDIO EN ESPECIE todas las reparaciones por daños o deterioros que no obedezcan a vicios del suelo o de la construcción.
PARAGRAFO SEGUNDO: EL MUNICIPIO, de conformidad con lo previsto en la Resolución No. 0119 del 25 de febrero de 2015, expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, hace entrega al BENEFICIARIO de las llaves de la vivienda y de los manuales de usuario de la misma simultáneamente al momento de realizar la notificación de la presente Resolución, razón por la cual la vivienda se entiende recibida materialmente. EL BENEFICIARIO DEL SUBSIDIO EN ESPECIE manifiesta haber recibido la vivienda a su entera satisfacción.
ARTÍCULO QUINTO. IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES: EL MUNICIPIO DE ______________ entrega el bien, x xxx y a salvo por concepto de impuestos, tasas, contribuciones, valorizaciones, conexión e instalación de los servicios de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, liquidados hasta la fecha de esta resolución, siendo de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) DEL SUBSIDIO EN ESPECIE las sumas que por tales conceptos se liquiden a partir de la fecha. Las contribuciones de valorización y los reajustes a las actuales que fueren decretadas por las autoridades municipales a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, serán de cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), lo mismo que el pago del impuesto predial. A partir de la fecha de la entrega del inmueble, serán de cargo de éste(os) el pago de las cuotas de administración en razón de la copropiedad y las tasas de servicios públicos como energía, acueducto y alcantarillado, etc.
PARÁGRAFO PRIMERO. El proyecto inmobiliario cuenta con todas las obras de urbanismo necesarias para facilitar la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, energía, red interna de gas y redes telefónicas. La consecución y el pago de las líneas telefónicas y el respectivo aparato, serán por cuenta de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), sin que EL MUNICIPIO asuma responsabilidad alguna por el otorgamiento de dichas líneas, pues no depende de su voluntad, sino de las posibilidades de la Empresa de Telecomunicaciones que EL(LOS) BENEFICIARIO (S) escoja(n).
PARÁGRAFO SEGUNDO. Estarán a cargo de EL(LOS) BENEFICIARIO(S), los reajustes en la liquidación de los derechos de conexión de tales servicios públicos que se decreten con posterioridad a la firma de la presente transferencia.
ARTICULO SEXTO. PROHIBICION DE ENAJENACION: Conforme lo dispone el artículo 21 de la ley 1537 de 2012 que modificó el artículo 8 de la ley 3 de 1991, reglamentado por el artículo 2.1.1.2.6.2.3 del Decreto 1077 de 2015, el beneficiario se obliga a residir en el inmueble por el término xx xxxx (10) años desde el registro del presente acto en el folio de matrícula inmobiliaria descrito en el artículo primero.
En consecuencia, se abstendrá de i) arrendar o entregar a título de comodato, total o parcialmente, la vivienda asignada, ii) transferir total o parcialmente cualquier derecho real que ejerza sobre la vivienda, antes de haber transcurrido diez (10) años desde la fecha de su transferencia, sin mediar permiso específico emitido por FONVIVIENDA fundamentado en razones de fuerza mayor.
ARTÍCULO SÉPTIMO. DERECHO DE PREFERENCIA. Una vez vencido el plazo establecido en el artículo 8° de la Ley 3ª de 1991, modificado por el artículo 21 de la Ley 1537 de 2012, las entidades otorgantes del Subsidio Familiar de Vivienda tendrán un derecho de preferencia para la compra de la propiedad en el evento que los beneficiarios de los subsidios familiares de vivienda decidan vender el inmueble. En consecuencia, los beneficiarios de los subsidios familiares de vivienda deberán ofrecerlo en primer término a las entidades otorgantes de los subsidios familiares de vivienda, por una sola vez, las cuales dispondrán de un plazo de tres (3) meses desde la fecha de recepción de la oferta para manifestar si deciden hacer efectivo este derecho y un plazo adicional de seis (6) meses para perfeccionar la transacción. Las condiciones para la adquisición de la vivienda, la metodología para definir su valor de compra y la definición de la entidad que podrá adquirir la vivienda en el caso en que concurran varios otorgantes del subsidio, serán definidas mediante reglamento por el Gobierno Nacional.
ARTÍCULO OCTAVO. CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA: Los beneficiarios de los proyectos de vivienda de interés prioritario, deberán constituir sobre los inmuebles que reciban del subsidio familiar de vivienda en especie, patrimonio familiar inembargable, por el valor del respectivo inmueble, en los términos de los artículos 60 de la ley 9 de 1989 y 38 de la ley 3 de 1991.
Conforme a lo anterior, por el presente acto administrativo se constituye(n) patrimonio de familia inembargable a favor de los hijos habidos y por haber de EL(LOS) BENEFICIARIO(S) en los términos, forma y condiciones previstos en el artículo 60 de la ley 9 de 1989, por tratarse de vivienda de interés prioritario, en la ley 3 de 1991 y en los artículos 9 y 43 de la Ley 1537 del 20 junio de 2012.
ARTÍCULO NOVENO. AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR. EL BENEFICIARIO manifiesta bajo la gravedad del juramento que su estado civil es ________________________, razón por la cual procede la afectación de vivienda familiar sobre el inmueble que adquiere por este instrumento. (Procede cuando los beneficiarios se encuentren casados o tengan una unión marital de hecho.).
ARTÍCULO DÉCIMO. CONDICIÓN RESOLUTORIA Y RESTITUCIÓN DEL BIEN. EL(LOS) BENEFICIARIO(S), quedan obligados a restituir el bien transferido mediante esta Resolución, cuando se establezca plenamente que se incurrió en alguna de las causales establecidas para la revocatoria del subsidio consagradas en el artículo 2.1.1.2.6.3.3. del Decreto 1077 de 2015, el cual establece que el Fondo Nacional de Vivienda- FONVIVIENDA revocará el Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, mediante Acto Administrativo, al verificarse la ocurrencia de alguna o algunas de las causales previstas en el artículo 2.1.1.2.6.3.2. de la misma regulación, previo desarrollo del Procedimiento Administrativo Sancionatorio previsto en el artículo 47 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, expedido mediante la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. GASTOS: Los gastos que demande el presente Acto Administrativo no genera derechos registrales de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1537 del 20 junio de 2012.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN Y RECURSOS. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el cual se deberá interponer dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación en los términos del artículo 76 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. INSCRIPCIÓN EN LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS. Una vez ejecutoriada la presente Resolución, se ordena su inscripción en el folio real de matrícula inmobiliaria No. __________________ de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de _________________.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTA. ANEXOS. Los documentos que a continuación se relacionan __________________________________________________________________________________________________________________hacen parte integral de la presente Resolución.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en ________________, a los
_______________________________
ALCALDE MUNICIPAL