JUSTIFICACIÓN PARA CONTRATACIÓN DERIVADA DE DECRETOS DE DESASTRE, DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA EN RAZÓN A CALAMIDAD PÚBLICA.
JUSTIFICACIÓN PARA CONTRATACIÓN DERIVADA DE DECRETOS DE DESASTRE, DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA EN RAZÓN A CALAMIDAD PÚBLICA.
“INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y CONTABLE A LAS OBRAS A EJECUTAR BAJO EL XXXXXXXX Xx. 0000-00-000-0000, XXXX XXXXXX XX AUNAR ESFUERZOS ENTRE EL FNGRD Y EL DEPARTAMENTO DE NORTE XX XXXXXXXXX PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN EL DEPARTAMENTO DE NORTE XX XXXXXXXXX”
TABLA DE CONTENIDO
1 DESCRIPCIÓN Y GENERALIDADES DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN 3
1.2 PLAN, PROYECTO O GESTION 7
2.2 DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR 9
3 FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL INTERVENTOR 12
3.2 IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR 13
4 ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INDICANDO LAS VARIABLES UTILIZADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN Y LOS RUBROS QUE LO COMPONEN 13
4.1 SALARIO MÍNIMO LEGAL MENSUAL VIGENTE PARA EL AÑO 2014: 13
4.2 PRESUPUESTO DISPONIBLE EL FNGRD 13
4.4 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 15
4.4.1 OBLIGACIONES GENERALES 15
4.4.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS 16
4.4.3 OBLIGACIONES DE LA UNGRD 19
4.4.4 OBLIGACIONES DE FIDUCIARIA LA PREVISORA EN CALIDAD DE VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES 19
5 FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE 19
5.1.1 Registro Único de Proponentes 20
5.1.2 Experiencia del Proponente: 21
5.1.3 Documentos Financieros 22
5.1.4 Experiencia del personal propuesto como equipo mínimo de trabajo 25
5.2 JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN 27
5.2.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE ADICIONAL (PUNTAJE MÁXIMO 40 PUNTOS) 28
5.2.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL EQUIPO DE TRABAJO ADICIONAL: (30 PUNTOS) 29
5.2.3 CALIDAD: CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS ANTERIORES (PUNTAJE MAXIMO 10
5.2.4 ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA (10 PUNTOS). 30
5.2.5 CONDICIONES PREFERENCIALES EN FAVOR DE LA OFERTA DE BIENES Y SERVICIOS PRODUCIDOS POR LAS MIPYME. 31
5.2.6 NUMERO MÍNIMO DE PROPUESTAS HÁBILES 31
5.2.7 FACTORES DE DESEMPATE 31
5.3 JUSTIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA 32
5.3.1 Soporte que permite la Tipificación, Estimación y Asignación de Riesgos previsibles del Proyecto 32
5.3.2 Análisis que sustenta la exigencia de los mecanismos de Xxxxxxxxx que garantizan las Obligaciones surgidas con ocasión del Proceso de Selección y del contrato a celebrar 33
1 DESCRIPCIÓN Y GENERALIDADES DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN.
El Sistema Nacional Para la Prevención y Atención de Desastres –SNPAD, de 1998, modificado mediante ley 1523 del 2012 elevado hoy al Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres es el conjunto de Instituciones públicas, privadas y comunitarias, de políticas, normas, procesos, recursos, planes, estrategias, instrumentos, mecanismos, así como la información atinente a la temática, que se aplica de manera organizada para garantizar la gestión del riesgo en el país.
Debido a la necesidad de implementar las políticas de gestión del riesgo de desastres a cargo del sistema para la prevención y atención de desastres, el Gobierno Nacional mediante decreto No. 4147 del 2011, creo la UNIDAD NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES – UNGRD quien es la encargada de
coordinar y transversalidad la aplicación de la política pública sobre la materia en las entidades públicas, privadas y en la comunidad.
El Fondo Nacional de Calamidades creado por el Decreto 1547 de 1984 y modificado por el Decreto-ley 919 de 1989, se denominará en adelante Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y continuará funcionando como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadística conforme a lo dispuesto por dicho Decreto. – ART 47 LEY 1523 DE 2012.
Los objetivos generales del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres son la negociación, obtención, recaudo, administración, inversión, gestión de instrumentos de protección financiera y distribución de los recursos financieros necesarios para la implementación y continuidad de la política de gestión del riesgo de desastres, que incluya los procesos de conocimiento y reducción del riesgo de desastres y de manejo de desastres. Estos objetivos se consideran de interés público.
Así mismo el parágrafo primero del artículo 48 de la Ley 1523 establece que la ordenación del gasto del Fondo Nacional de gestión del riesgo y sus subcuentas, estará a cargo del Director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, sin perjuicio de la ordenación del gasto que se encuentra dispuesta para la ejecución de los recursos destinados para la atención de la emergencia ocasionada por el Fenómeno de la Niña 2010-2011, de que trata el Decreto 4702 de 2010.
De conformidad con lo señalado en el artículo 19 del Decreto 4147 de 2011, la Subdirección de Manejo de Desastres tiene entre sus funciones el formular, implementar y ejecutar los proyectos de manejo de desastres a cargo de la Unidad, así como apoyar a las entidades nacionales y territoriales del SNGRD en la gestión de recursos para la financiación de proyectos de manejo de desastres.
Como consecuencia de la fuerte temporada invernal ocurrida en los últimos meses del año 2011, se presentaron en el país una serie de eventos naturales, los cuales surgieron debido a las prolongadas y altas precipitaciones que a nivel general se presentaron paulatinamente y en forma inesperada, las cuales generaron una serie de eventualidades en todo el territorio nacional, a tal punto que aún existen sectores vulnerables persistiendo la situación de desastre declarada por el Gobierno Nacional, mediante Decreto 4579 de 2010 y el cual sigue vigente. Dentro de los daños producidos por este fenómeno natural uno de los más relevantes es el ocasionado a la malla vial del País.
Los efectos del fenómeno de la Niña 2010-2011 que conllevó a la expedición del Decreto 4579 del 7 de diciembre de 2010 “Por el cual se declara la situación de desastre nacional en el territorio colombiano”, se
siguieron viendo hasta el 2011, lo cual aunado a la temporada regular de lluvias del segundo semestre de dicho año, hizo necesario enfrentar la prolongación de estos fenómenos hidrometeoro lógicos, con el país en estado de vulnerabilidad, ocasionando afectación en varios sectores (vivienda, agua y saneamiento, vial, comunicaciones, educativas, agropecuarias, etc.), requiriendo la respuesta, recuperación y mitigación de los mismos.
El Departamento de Norte xx Xxxxxxxxx fue uno de los Departamentos afectados por el fenómeno de la Niña 2010-2011, como consecuencia de los efectos causados por la falla geológica – Gramalote, se presentó una posible traslación con destino a la Quebrada la Caldera, en la zona correspondiente al frente xxx xxxxx Urbano del municipio de Gramalote, lo cual y según los estudios desarrollados por CORPONOR, puede causar movimientos de remoción en masa hacia el cauce de la quebrada la Caldera, generando de acuerdo con la misma fuente, posibles afectaciones sobre las poblaciones ubicadas río abajo, en los municipios del el Zulia, Santiago y el Corregimiento de el Xxxxxxx, con el consiguiente peligro para la población habitante en estas zonas.
De igual manera se presentaron procesos erosivos sobre el talud de la margen izquierda del río Pamplonita, socavando la terraza y acercándose a la zona de construcción de la Urbanización Conjunto Cerrado Asturias y Vegas del Río. La zona de estudio correspondió al xxxxx aluvial del río Pamplonita, en sectores donde la topografía del terreno es básicamente plana, además en algunas zonas del borde del cauce sobre ambos taludes se presentaron escarpes, donde se han construido estructuras de contención en concreto ciclópeo; las crecientes ocasionadas por el intenso invierno, que provocaron debilitamiento en la cimentación de los muros, ocasionando la falla parcial de estos, dejando en riesgo el talud sobre la margen izquierda del río Pamplonita en el sector descrito.
Que formando procesos erosivos sobre el talud de la margen izquierda del río, erosionando y socavando la terraza, acercándose a la zona de construcción de la infraestructura del centro penitenciario. La constante acción de la corriente sobre el talud generó cambios morfológicos debido a la velocidad del agua. Sobre el costado oriental de la cárcel Modelo xx Xxxxxx cruza adyacente y drenaje natural conocido como xxxx xxxxx, donde metros adelante confluye el río Pamplonita. Este drenaje recoge las aguas de una zona de la ciudad xx Xxxxxx y en momentos de lluvia incrementó e incrementa drásticamente su caudal y la velocidad de la misma. Esta situación afecta la margen Derecha, a su paso por el costado oriental de la cárcel con riesgo de arrastre xxx xxxx de cerramiento debido a la desviación de su cauce.
Dado lo anterior, se definió una Estrategia del Gobierno Nacional financiada con recursos del Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, para la atención y prevención de los sectores en riesgo por eventuales eventos naturales, (inundaciones, desbordamientos etc…) y con la intención de implementar actividades tendientes en todo el territorio Nacional, para la adopción de medidas de conocimiento y reducción del riesgo de desastres, calamidad o emergencia, tales como respuesta y recuperación de los sectores afectados, como es el caso de las redes secundarias y terciarias a cargo de los entes territoriales, de la infraestructura de agua y saneamiento, de la rehabilitación de viviendas y la necesidad de obras de control de inundaciones y estabilización.
La Ley 489 de 1998 respecto del principio de coordinación y colaboración, señala que: “(…) las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales. En consecuencia, prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entidades titulares (…)”.
La Ley 1523 de 2012 en su artículo 31 determina el papel de las Corporaciones Autónomas Regionales como complementario y subsidiario respecto a la labor de alcaldías y gobernaciones, y estará enfocado al apoyo de las labores de gestión del riesgo que corresponden a la sostenibilidad ambiental del territorio.
Conforme lo anterior la Unidad Nacional Para la Gestión del Riesgo de Desastres puso a consideración el proyecto de inversión, según solicitud expresa de CORPONOR, para dar una gestión oportuna a los procesos de reducción del riesgo en la zona, con el objetivo primordial de proteger a la población amenazada por las situaciones de riesgo que se mencionaron anteriormente, proyecto de inversión que fue aprobado por el DNP, cuyos datos de inscripción fueron: CONSTRUCCIONES DE OBRAS DE REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES – PARA TRANSFERIR AL FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
– EN EL DEPARTAMENTO DE NORTE XX XXXXXXXXX código BPIN: 2012011000390.
Mediante resolución 1565 del 6 xx xxxxx de 2012, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, efectuó la distribución en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal 2012, para que se ejecute el proyecto de inversión conforme a lo viabilizado por la Subdirectora de Desarrollo Ambiental Sostenible del DNP.
El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – Fiduprevisora S.A. y el Departamento de Norte xx Xxxxxxxxx, suscribieron el Convenio de Cooperación No. 9677-04-594-2012, con el objeto de aunar esfuerzos entre el FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES y el DEPARTAMENTO NORTE
XX XXXXXXXXX para la ejecución de obras de reducción del riesgo de desastres en el Departamento de Norte xx Xxxxxxxxx, tal como lo establece el proyecto e inversión BPIN:2012011000390, con viabilidad positiva emitida por el Departamento Nacional de Planeación.
Que de acuerdo con otro sí No. 01 al convenio 9677-04-594-2012 suscrito el 13 de noviembre de 2012, se modificaron varias cláusulas del convenio, así: cláusula segunda – valor y forma de pago, cláusula sexta obligaciones del departamento, cláusula décima primera – supervisión y se adicionó un parágrafo a la cláusula tercera – afectación presupuestal.
Que de acuerdo con otro sí No. 02 al convenio 9677-04-594-2012 suscrito el 22 xx xxxx de 2013, se modificaron varias cláusulas del convenio así: cláusula segunda – valor y forma de pago, el numeral 5 de la cláusula cuarta – Obligaciones de la UNGRD y se adicionó el numeral 11 de la cláusula sexta – Obligaciones del Departamento y se prorrogó el plazo del convenio por un término de 12 meses contados a partir del 23 de julio de 2013
Que de acuerdo con otro sí No. 03 al convenio 9677-04-594-2012 suscrito el 28 de febrero de 2014, se modificaron varias cláusulas del convenio así: cláusula primera en lo concerniente al alcance del objeto contractual, el numeral 5 de la cláusula cuarta – Obligaciones de la UNGRD y cláusula décima primera – supervisión.
Que de acuerdo con otro sí No. 04 al convenio 9677-04-594-2012 suscrito el 20 xx xxxxx de 2014, se prorrogó el plazo del convenio por un término de 06 meses, es decir hasta el 23 de enero de 2015.
Que una de las obligaciones de la Unidad Nacional Para Gestión del Riesgo de Desastres en el marco del convenio 9677-04-594-2012, es realizar las acciones contractuales necesarias para la contratación de la interventoría técnica y administrativa de las obras:
1. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN XXXXXXX XXXXXX XXX XXXXX XXX XXX. XXXXXXXXX XX XXXXXX. XXXXX XX XXXXXXXXX.
2. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR ASTURIAS
3. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR CÁRCEL MODELO. MUNICIPIO XX XXXXXX. NORTE XX XXXXXXXXX.
4. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR AVENIDA LIBERTADORES XXX XXXXXXX – XXXXX XX XXXXXXXX. XXXXXXXXX XX XXXXXX. XXXXX XX XXXXXXXXX.
0. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR XXXXXXX XX XXX XXXXXX X XXX. XXXX. XXXXXXXXX XX XXXXXX. XXXXX XX XXXXXXXXX.
Por otra parte y como consecuencia del convenio 9677-04-594-2012, el Departamento de Norte xx Xxxxxxxxx en cumplimiento del parágrafo primero del mencionado convenio y la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL, suscribieron el Convenio de Cooperación No. 000079 DE 2012, con el objeto de aunar esfuerzos entre el DEPARTAMENTO NORTE XX XXXXXXXXX y la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL, para la ejecución de obras de reducción del riesgo de desastres en el Departamento Norte xx Xxxxxxxxx, donde la Unidad Nacional Para la Gestión del Riesgo de Desastres participa como supervisor del mismo.
En el marco del comité técnico del Convenio No. 000079 de 2012, llevado a cabo el día 21 xx Xxxxx de 2014, mediante acta 06, se aprobó la solicitud de la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL – CORPONOR para incorporar y asignar los recursos necesarios para la ejecución de obras de mitigación necesarias para la reducción del riesgo de desastres en los nuevos sectores priorizados, adicionales a las inicialmente aprobadas, y donde solicitaron a la UNGRD incluir las dos obras adicionales dentro de la interventoría a contrata establecida en el numeral 5 de la cláusula cuarta del convenio 9677-04- 954-2012, esto es:
1. "OBRAS DE MITIGACIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN, MARGEN IZQUIERDA, RÍO PAMPLONITA, AGUAS ABAJO XXXXXX XXXXX X. XXXX, XXXXXXXXX XX XXX XXXX XX XXXXXX, XXXXX XX XXXXXXXXX.
2. "OBRAS DE MITIGACIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN, MARGEN DERECHA RÍO PAMPLONITA, AGUAS ABAJO PUENTE SAN XXXXXX (URBANIZACIÓN LA RINCONADA), MUNICIPIO DE SAN XXXX XX XXXXXX, NORTE XX XXXXXXXXX.
Interventoría que fue aprobada, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos bajo el convenio 9677-04- 594-2012 y el principio de economía.
Por lo anterior, en el presente proceso se pretende llevar a cabo la contratación de la Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera, en forma eficiente y cumplida para los siguientes proyectos que ejecute la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL – CORPONOR en el marco
del Convenio No. 000079 de 2012,derivado del convenio 9677-04-594-2012:
1. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN XXXXXXX XXXXXX XXX XXXXX XXX XXX. XXXXXXXXX XX XXXXXX. XXXXX XX XXXXXXXXX.
2. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR ASTURIAS
3. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR CÁRCEL MODELO. MUNICIPIO XX XXXXXX. NORTE XX XXXXXXXXX.
4. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR AVENIDA LIBERTADORES XXX XXXXXXX – XXXXX XX XXXXXXXX. XXXXXXXXX XX XXXXXX. XXXXX XX XXXXXXXXX.
0. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR XXXXXXX XX XXX XXXXXX X XXX. XXXX. XXXXXXXXX XX XXXXXX. XXXXX XX XXXXXXXXX.
6. "OBRAS DE MITIGACIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN, MARGEN IZQUIERDA, RÍO PAMPLONITA, AGUAS ABAJO XXXXXX XXXXX X. XXXX, XXXXXXXXX XX XXX XXXX XX XXXXXX, XXXXX XX XXXXXXXXX.
7. "OBRAS DE MITIGACIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN, MARGEN DERECHA RÍO PAMPLONITA, AGUAS ABAJO PUENTE SAN XXXXXX (URBANIZACIÓN LA RINCONADA), MUNICIPIO DE SAN XXXX XX XXXXXX, NORTE XX XXXXXXXXX.
En el Anexo Técnico se presentan la descripción de las obras a ejecutar.
Debido a que las afectaciones presentadas por las fuertes lluvias derivadas de la ocurrencia del fenómeno de la Niña no han cesado por lo cual la situación de desastre declarada mediante decreto No. 4579 de 2010 y 4580 de 2010 no ha caducado y sus efectos legales siguen vigentes para hacer frente a la situación derivada de estos, la contratación producto de esta invitación se se someterán a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares, con sujeción al régimen especial dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007de acuerdo a lo que prevé el artículo 66 y el ultimo párrafo del artículo 96 de la ley 1523 del 2012.
1.1 OBJETIVO
Ejecutar el proyecto actuando con responsabilidad, traducidas en procedimientos adecuados que ayuden a la culminación en el tiempo previsto, con la calidad esperada y dentro del marco normativo.
Los proyecto a ejecutar, se encuentran relacionados directamente con las actividades de respuesta, de rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en situación de desastre o calamidad pública y se ejecutaran obras de protección sobre la margen izquierda del rio pamplonita en los sectores xx Xxxxxxxx, Vegas del Río, Cárcel Modelo, Niza, Av. Libertadores – CAI, aguas abajo puente Xxxxx Xxxx y margen derecha aguas abajo puente san Xxxxxx en el Municipio de San Xxxx xx Xxxxxx.
1.2 PLAN, PROYECTO O GESTIÓN:
Para el Gobierno Nacional, la recuperación de las áreas afectadas por la fuerte temporada invernal de los años 2010 y 2011 es factor clave para el desarrollo del país. Los objetivos de la Unidad nacional para la Gestión del riesgo están estrechamente unidos con los de este proyecto, en el sentido de apoyar la gestión de la mitigación del riesgo y el manejo de desastres, por eso el FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES apoyara con recursos la realización de este Proyecto. La ejecución de obras de reducción del riesgo de desastres en el Departamento Norte xx Xxxxxxxxx.
El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – Fiduprevisora S.A. y el Departamento de Norte xx Xxxxxxxxx, suscribieron el Convenio de Cooperación No. 9677-04-594-2012, con el objeto de aunar esfuerzos
entre el FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES y el DEPARTAMENTO NORTE
XX XXXXXXXXX, para la ejecución de obras de reducción del riesgo de desastres en el Departamento Norte xx Xxxxxxxxx conforme lo establece el proyecto de inversión Código BPIN: 2012011000390, con viabilidad positiva emitida por el Departamento Nacional de Planeación.
El Plan de Acción de la Corporación y el Plan Operativo Anual contemplan la ejecución de obras para la prevención y reducción de riesgos naturales y antrópicos a través de acciones como construcción de obras de protección, mitigación y riesgos naturales, (Proyecto 9.2), como una actividad necesaria dentro del manejo de las cuencas hidrográficas, orientada a la ejecución de obras para la defensa contra inundaciones, regulación de cauces y recuperación de tierras.
El Departamento de Norte xx Xxxxxxxxx y CORPONOR, suscriben el Convenio de Cooperación No. 000079 DE 2012, con el objeto de aunar esfuerzos entre el DEPARTAMENTO NORTE XX XXXXXXXXX y la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL, para la ejecución de obras de reducción del riesgo de desastres en el Departamento Norte xx Xxxxxxxxx.
2 ANTECEDENTES TÉCNICOS
2.1 GENERALIDADES:
2.1.1 Aspectos Ambientales
Es responsabilidad de los promotores de proyectos pero también de los particulares que los ejecutan, contribuir al desarrollo sostenible, por tanto reconocen que un adecuado dimensionamiento de los componentes ambiental y social, contribuye a mejorar la calidad de las obras, y al cumplimiento de objetivos y metas nacionales con ese propósito.
Durante la ejecución de las obras de emergencia, el Contratista es responsable de dar estricto cumplimiento a la normatividad ambiental vigente en materia ambiental y social. En caso de establecerse conductas, hechos o actividades consideradas infracciones que atenten contra el medio ambiente o que sean violatorias de la normatividad vigente, en especial el Código de Recursos Naturales Renovables Decreto-Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 165 de 1994, y en las demás disposiciones que las sustituyan o modifiquen, será acreedor a las multas o sanciones que se estipulan en la ley con respecto a este tema. Igualmente, el incumplimiento de los actos administrativos emanados de la autoridad ambiental competente, lo hará acreedor de las acciones preventivas y sancionatorias establecidas por la Ley 1333 de 2009, “Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”. El Contratista es único responsable de los procedimientos administrativos que de este incumplimiento se deriven, entre otros su inclusión en el reporte en el Registro Único de Infractores Ambientales, y otros procedimientos reglamentados por las autoridades competentes.
Es obligación del interventor realizar el control y seguimiento al cumplimiento de la normatividad aplicable y las obligaciones derivadas de la obtención de permisos; la ejecución de medidas de compensación, programas y obras debe ser simultánea a la ejecución de las obras de emergencia.
El proponente identificará con precisión por alcance y localización del proyecto, todos los permisos de carácter ambiental del mismo, de tal manera que, en el evento de resultar adjudicatario, le permita obtenerlos en los términos establecidos en el pliego de condiciones.
El CONTRATISTA debe tener en cuenta que los costos ambientales están contenidos en su mayoría, en los ítems de obra, se debe verificar cuales responsabilidades hacen parte del AIU y cuáles están contenidas en las especificaciones generales de construcción. Solamente serán objeto de modificación mediante acta de precios no previstos, aquellas no incluidas en las especificaciones generales o en el AIU.
Las Especificaciones Generales de Construcción igualmente establecen el cumplimiento de la legislación ambiental, social, de seguridad industrial y de salud ocupacional de obligatorio cumplimiento por los contratistas. Los pagos de honorarios para los diferentes profesionales vinculados con éstos propósito, así como los gastos de logística, permisos ambientales (incluidos trámites de obtención, monitoreo, evaluación y seguimiento), la gestión y procedimientos ante el INSTITUTO COLOMBIANO DE ANTROPOLOGÍA, y la implementación del Programa de Salud Ocupacional, hacen parte de la composición de la Administración, reconocida en el AIU.
2.1.2 Plan de Contingencia
El Plan de Contingencia (PCA), establecido en la ley 1523 de 2012 debe garantizar el manejo oportuno y eficiente de todos los recursos técnicos, humanos, económicos con los que debe contar el Contratista para la atención de situaciones de carácter técnico, natural o humano que puedan presentar afectación a los recursos naturales durante las actividades constructivas, y que tiene como fin fundamental proteger los componentes ambientales en el área de influencia del proyecto, los patrones normales de vida o actividad humana y el funcionamiento de los ecosistemas involucrados.
2.2 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR
2.2.1 Objeto
INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y CONTABLE DE LAS OBRAS A EJECUTAR BAJO EL CONVENIO 9677-04-594-2012 CUYO OBJETO ES AUNAR ESFUERZOS ENTRE EL FNGRD Y EL DEPARTAMENTO DE NORTE XX XXXXXXXXX PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN EL DEPARTAMENTO DE NORTE XX XXXXXXXXX.
2.2.2 Alcance
La interventoría técnica, administrativa, financiera y contable se adelantara en los siguientes frentes de trabajo:
1. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN XXXXXXX XXXXXX XXX XXXXX XXX XXX. XXXXXXXXX XX XXXXXX. XXXXX XX XXXXXXXXX.
2. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR ASTURIAS
3. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR CÁRCEL MODELO. MUNICIPIO XX XXXXXX. NORTE XX XXXXXXXXX.
4. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR AVENIDA LIBERTADORES XXX XXXXXXX – XXXXX XX XXXXXXXX. XXXXXXXXX XX XXXXXX. XXXXX XX XXXXXXXXX.
0. FASE II. OBRAS DE PROTECCIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN LATERAL SECTOR XXXXXXX XX XXX XXXXXX X XXX. XXXX. XXXXXXXXX XX XXXXXX. XXXXX XX XXXXXXXXX.
6. "OBRAS DE MITIGACIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN, MARGEN IZQUIERDA, RÍO PAMPLONITA, AGUAS ABAJO XXXXXX XXXXX X. XXXX, XXXXXXXXX XX XXX XXXX XX XXXXXX, XXXXX XX XXXXXXXXX.
7. "OBRAS DE MITIGACIÓN PARA EL CONTROL DE EROSIÓN, MARGEN DERECHA RÍO PAMPLONITA, AGUAS ABAJO PUENTE SAN XXXXXX (URBANIZACIÓN LA RINCONADA), MUNICIPIO DE SAN XXXX XX XXXXXX, NORTE XX XXXXXXXXX.
Las actividades a ejecutar en el contrato de INTERVENTORÍA están establecidas en la Normatividad vigente en el pliego de condiciones y requerimientos técnicos.
El interventor ejercerá en nombre del FNGRD-UNGRD, un control integral sobre el proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir a los contratistas la información que consideren necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas ,financieras y socio-ambientales existentes al momento de celebración del mismo. Igualmente, la interventoría apoyara, asistirá y asesorara a la UNGRD en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico, jurídico, socio ambiental y presupuestal que se susciten durante la ejecución del contrato hasta su liquidación.
CARGO/OFICIO | UND | DEDICACIÓN h/mes |
PERSONAL PROFESIONAL | ||
Director de Interventoría | MES | 1,0 |
Especialista en Hidráulica | MES | 0,5 |
Especialista en Geotecnia o Geología | MES | 0,5 |
Ingeniero Residente | MES | 3,0 |
Profesional en HSEQ | MES | 0,5 |
Inspector de Interventoría de Obra | MES | 7,0 |
COSTOS DIRECTOS | ||
Vehículo con conductor | UND | 1,0 |
Impresos, Informes y Planos | GBL | 1,0 |
Comisión Topografía | MES | 0,5 |
Ensayos de laboratorio | GBL | 1,0 |
La interventoría se ejecutara sobre las obras a desarrollar que contemplan las especificaciones estipuladas en el Anexo Técnico.
2.2.3 Plazo de Ejecución
La duración será de cinco (5) meses correspondiente a cuatro (4) meses de obra y un (1) mes adicional para la presentación del informe final de la obra, contados a partir del acta de inicio previo perfeccionamiento y cumplimiento de los requisitos exigidos para su ejecución.
2.2.4 Forma de Pago
Los pagos del presente contrato se efectuarán por parte del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, previa autorización del supervisor del contrato y una vez cumplidos los requisitos exigidos para tal fin. Por tratarse de una interventoría a diferentes tipos de obras, para efectuar los pagos se deberán tener en cuenta el avance de las obras sobre la cual se le debe realizar la interventoría. El valor de la interventoría corresponderá a la propuesta económica presentada, no obstante durante la ejecución del proyecto deberá llevar un análisis detallado de cada uno de los frentes de obra asignados con el fin de no superar el porcentaje de la interventoría según el presupuesto estimado. Por lo anterior el porcentaje acordado del valor del contrato será:
DESCRIPCION | OBRA | PORCENTAJE INTERVENTORIA RESPECTO A LAS OBRAS |
VALOR ESTIMADO DE LAS OBRAS | 9.762.560.596 | NO PODRA SER SUPERIOR AL 7% DEL AVANCE DE OBRA |
VALOR ESTIMADO DE LA INTERVENTORIA (INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y CONTABLE) | 683.379.242 |
Un 90 % del valor del contrato mediante pagos parciales correspondientes al avance de los frentes de obra sobre los cuales se efectúa la interventoría sin superar el 7% del valor facturado por el Contratista de Obra, acorde a la propuesta económica presentada y valores pactados, previa presentación de las facturas y recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato, pagos que deben ir soportados por los siguientes documentos: (i) informe resumen de las actividades del contratista de obra, actas parciales de avance de obra, elaboradas por el Contratista y aprobadas por el Interventor y el supervisor del contrato, (ii) informe resumen de las actividades del interventor, certificación del representante legal y/o el revisor fiscal en la que conste que se encuentra al día en el pago de los aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales del personal a su cargo,
(iii) factura de venta, (iv) - Certificación de Cumplimiento por parte de la Interventoría, y demás documentos soportes que se requieran para la legalización del pago.
Y el DIEZ POR CIENTO 10% restante se pagará una vez aprobada el acta de liquidación del respectivo contrato previa certificación y autorización de la supervisión.
PARÁGRAFO PRIMERO: La FIDUPREVISORA S.A. previa instrucción del ordenador del gasto del Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, pagará al contratista el valor del contrato, mediante actas parciales que se suscriban, previo cumplimiento del procedimiento previsto por parte de la UNGRD. En todos los casos, el valor de la Interventoría no podrá superar el siete (7%) del valor de la obra objeto del contrato de la presente Interventoría, aun cuando la obra supere el plazo estipulado para su ejecución.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El pago correspondiente a la última acta se efectuará previa presentación del acta de entrega y recibo definitivo de Interventoría y de obra debidamente firmada por las partes.
3 FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL INTERVENTOR
3.1 MARCO LEGAL
El Fondo Nacional de Calamidades creado por el Decreto 1547 de 1984 y modificado por el Decreto-ley 919 de 1989, se denominará en adelante Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y continuará funcionando como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadística conforme a lo dispuesto por dicho Decreto. – ART 47 LEY 1523 DE 2012.
Mediante el Decreto 4147 del 3 de noviembre de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres -UNGRD- adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a quien se determinó como una de las instancias de la dirección Nacional del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SNGRD
En virtud de lo que prevé el numeral 3 y 10 del artículo 11 del decreto 4147 del 0 xx xxxxxxxxx xx 0000 x xx xxxxxxxxx primero del artículo 48 de la ley 1523 de 2012 el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres del DAPRE, tiene la facultad de la ordenación del gasto del Fondo Nacional de Calamidades o del que haga sus veces de conformidad con lo previsto en el artículo 5 del decreto 2378 de 1.997 y la facultad de la determinación de contratos, acuerdos y convenios que se requiera para el funcionamiento de la UNGRD de acuerdo con las normas vigentes.
Como consecuencia de la fuerte temporada invernal que se presentó en los últimos meses del año 2011, se presentaron en el país una serie de eventos naturales, los cuales surgieron debido a las prolongadas y altas precipitaciones que a nivel general se presentaron paulatinamente y en forma inesperada, las cuales generaron una serie de eventualidades en todo el territorio nacional, a tal punto que aún existen sectores vulnerables persistiendo afectación de la situación de desastre declarada por el Gobierno Nacional, mediante Decreto 4579 de 2010. Dentro de los daños producidos por este fenómeno natural, unos de los más relevantes son los ocasionados en el Departamento de Norte xx Xxxxxxxxx el cual uno de los Departamentos afectados por el fenómeno de la Niña 2010-2011, como consecuencia de los efectos causados por la falla geológica – Gramalote, se presentó una posible traslación con destino a la Quebrada la Caldera, en la zona correspondiente al frente xxx xxxxx Urbano del municipio de Gramalote, lo cual y según los estudios desarrollados por CORPONOR, puede causar movimientos de remoción en masa hacia el cauce de la quebrada la Caldera, generando de acuerdo con la misma fuente, posibles afectaciones sobre las poblaciones ubicadas río abajo, en los municipios del el Zulia, Santiago y el Corregimiento de El Xxxxxxx, con el consiguiente peligro para la población habitante en estas zonas.
De igual manera se presentaron procesos erosivos sobre el talud de la margen izquierda del río Pamplonita, socavando la terraza y acercándose a la zona de construcción de la Urbanización Conjunto Cerrado Asturias y Vegas del Río. La zona de estudio correspondió al xxxxx aluvial del río Pamplonita, en sectores donde la topografía del terreno es básicamente plana, además en algunas zonas del borde del cauce sobre ambos taludes se presentaron escarpes, donde se han construido estructuras de contención en concreto ciclópeo; las crecientes ocasionadas por el intenso invierno, que provocaron debilitamiento en la cimentación de los muros, ocasionando la falla parcial de estos, dejando en riesgo el talud sobre la margen izquierda del río Pamplonita en el sector descrito.
Que formando procesos erosivos sobre el talud de la margen izquierda del río, erosionando y socavando la terraza, acercándose a la zona de construcción de la infraestructura del centro penitenciario. La constante acción de la corriente sobre el talud generó cambios morfológicos debido a la velocidad del agua. Sobre el costado oriental de la cárcel Modelo xx Xxxxxx cruza adyacente y drenaje natural conocido como xxxx xxxxx, donde metros adelante confluye el río Pamplonita. Este drenaje recoge las aguas de una zona de la ciudad xx Xxxxxx y en momentos de lluvia incrementó e incrementa drásticamente su caudal y la velocidad de la misma. Esta situación afecta la margen Derecha, a su paso por el costado oriental de la cárcel con riesgo de arrastre xxx xxxx de cerramiento debido a la desviación de su cauce.
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Debido a que las afectaciones presentadas por las fuertes lluvias derivadas de la ocurrencia del fenómeno de la Niña no han cesado por lo cual la situación de desastre declarada mediante decreto No. 4579 de 2010 y 4580 de 2010 no ha caducado y sus efectos legales siguen vigentes para hacer frente a la situación derivada de estos, la contratación producto de esta invitación se someterán a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares, con sujeción al régimen especial dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007de acuerdo a lo que prevé el artículo 66 y el último párrafo del artículo 96 de la ley 1523 del 2012.
3.2 IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
El Contrato que se pretende celebrar será de INTERVENTORÍA, según lo dispone el inciso segundo del numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, “Son también contratos de consultoría los que tienen por objeto la interventoría…”
4 ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INDICANDO LAS VARIABLES UTILIZADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN Y LOS RUBROS QUE LO COMPONEN
4.1 SALARIO MÍNIMO LEGAL MENSUAL VIGENTE PARA EL AÑO 2014:
De conformidad con el Decreto 3068 del 30 de diciembre de 2013, se fijó como Xxxxxxx Xxxxxx Legal Mensual la suma de “SEIS CIENTOS DIEZ Y SEIS MIL ($616.000.oo) pesos moneda corriente”, a partir del 1º de enero de 2014.
4.2 PRESUPUESTO DISPONIBLE EL FNGRD:
La UNGRD presentó proyecto de inversión según solicitud expresa de CORPONOR, para dar una gestión oportuna a los Procesos de Reducción del Riesgo en la zona, con el objetivo primordial de proteger a la población amenazada por las situaciones de riesgo generadas durante la temporada invernal del año 2011, proyecto de inversión aprobado por el DNP, código BPIN 2012011000390.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante la resolución No. 1565 del 6 xx Xxxxx de 2012, efectúa distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y aprueba que se ejecute el proyecto de Inversión conforme a lo viabilizado por la Subdirección de Desarrollo
Ambiental Sostenible del DNP, por un valor de $ 00.000.000.000,00. De estos recursos se destinaron
$683.379.242,00, con las siguiente afectaciones presupuestales:
AFECTACIÓN PRESUPUESTAL No. | CÓDIGO DEL FIDEICOMISO | ORIGEN DE LOS RECURSOS | APLICACIÓN DEL GASTO | NUMERAL | VALOR |
14-0231 | 100504 | 01 Presupuesto Nacional | 01 Atención, prevención, rehabilitación | 0184 | $585.229.664,70 |
14-0612 | 100504 | 01 Presupuesto Nacional | 01 Atención, prevención, rehabilitación | 0184 | $98.149.577,30 |
VALOR TOTAL | $683.379.242,00 |
4.3 PRESUPUESTO OFICIAL
El presente proyecto asciende a la suma de Seiscientos ochenta y tres millones trescientos setenta y nueve mil doscientos cuarenta y dos pesos m/cte. ($683.379.242,00), correspondientes al valor total de la Interventoría (incluido impuestos)
SITIOS DE LAS OBRAS | VALOR OBRA | VALOR INTERVENTORIA |
obras de protección para el control de erosión, margen izquierda, río pamplonita, sector cárcel modelo, municipio de san xxxx xx xxxxxx, norte xx xxxxxxxxx, en el marco del convenio de cooperación no. 000079 del 00 xx xxxxxxx xxx 0000, xxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxx y corponor | 2.840.719.666 | 198.850.377 |
obras de protección para el control de erosión, margen izquierda, río pamplonita, sector vegas del rio, municipio de san xxxx xx xxxxxx, norte xx xxxxxxxxx, en el marco del convenio de cooperación no. 000079 del 00 xx xxxxxxx xxx 0000, xxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxx y corponor | 1.636.112.986 | 114.527.909 |
obras de protección para el control de erosión, margen izquierda, río pamplonita, sector asturias, municipio de san xxxx xx xxxxxx, norte xx xxxxxxxxx, en el marco del convenio de cooperación no. 000079 del 00 xx xxxxxxx xxx 0000, xxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxx y corponor | 2.120.302.872 | 148.421.201 |
obras de mitigación para el control de erosión, margen izquierda, río pamplonita, avenida del rio sector niza, municipio de san xxxx xx xxxxxx, norte xx xxxxxxxxx, en el marco del convenio de cooperación no. 000079 del 00 xx xxxxxxx xxx 0000, xxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxx y corponor | 799.102.310 | 55.937.162 |
obras de mitigación para el control de erosión, margen izquierda, río pamplonita, xxxxxxx xxxxxxxxxxxx xxxxxx xxx - xxxxx xx xxxxxxxx, municipio de san xxxx xx xxxxxx, norte xx xxxxxxxxx, en el marco del convenio de cooperación no. 000079 del 00 xx xxxxxxx xxx 0000, xxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxx y corponor | 532.771.809 | 37.294.027 |
obras de mitigación para el control de erosión, margen izquierda, río pamplonita, aguas abajo puente xxxxx x. xxxx, municipio de san xxxx xx xxxxxx, norte xx xxxxxxxxx, en el marco del convenio de cooperación no. 000079 del 00 xx xxxxxxx xxx 0000, xxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxx y corponor | 767.708.143 | 53.739.570 |
obras de mitigación para el control de erosión, margen derecha río pamplonita, aguas abajo puente san xxxxxx (urbanización la rinconada), municipio de san xxxx xx xxxxxx, norte xx xxxxxxxxx, en el marco del convenio de cooperación no. 000079 del 00 xx xxxxxxx xxx 0000, xxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxxxxx xxxxx xx xxxxxxxxx y corponor | 1.065.842.810 | 74.608.997 |
VALOR TOTAL | 9.762.560.596 | 683.379.242 |
VALOR PORCENTUAL DE LA INTERVENTORIA RESPECTO A LAS OBRAS | 7,0% |
Este valor se obtuvo de variables como Costos Directos de Personal Especializado, Profesional y No Profesional, el Factor Multiplicador y Otros Costos Directos. En el Factor Multiplicador, se incluyen los costos indirectos que contenga entre otros, las cargas por concepto de seguridad social y prestacional, viáticos que no estén establecidos como reembolsables, gastos generados por la adquisición de herramientas o insumos necesarios para la realización de la labor, gastos de administración, utilidades del interventor, impuestos, gastos contingentes y demás costos indirectos en que él incurra por la ejecución del contrato.
Es obligación del Interventor el programar sus flujos financieros, adaptándose a las disponibilidades presupuestales, de tal manera que no se afecte el plazo previsto para la ejecución del contrato.
4.4 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
En desarrollo del objeto, el contratista adquirirá con la Unidad, las siguientes:
4.4.1 OBLIGACIONES GENERALES
En desarrollo del objeto, el contratista adquirirá con el FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES, las siguientes obligaciones generales:
1. Cumplir con el objeto contratado y demás documentos de este proceso de selección.
2. Atender las solicitudes, condiciones y recomendaciones que efectué el supervisor del contrato, dentro de los términos del contrato.
3. En coordinación con el supervisor del contrato dar solución oportuna a los diferentes problemas que se presenten en el desarrollo de la construcción.
4. Atender las sugerencias, reclamos, observaciones y en general todas las solicitudes transmitidas de forma escrita y/o verbal por parte del contratista, resolviendo las que sean de su competencia y dando trámite las que no sean adjuntando su concepto al respecto. Toda solicitud deberá quedar registrada y consignada en el informe mensual de Interventoría.
5. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales evitando dilaciones que puedan presentarse durante el desarrollo del contrato.
6. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho, informando inmediatamente a la UNGRD y/o
/GOBERNACIÓN/CORPONOR y a las demás autoridades competentes, si esto se llegare a presentar.
7. El contratista se compromete a cumplir con lo establecido en el sistema de gestión integral HSEQ presentado por el contratista de obra y aprobado por la interventoría con validación de la UNGRD y/o
/GOBERNACIÓN/CORPONOR.
8. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje) de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
9. Suscribir los documentos necesarios y solicitados por la entidad con el objeto de llevar el control y pagos respectivos.
10. Presentar informes semanales o aquellos que requiera la UNGRD y/o
/GOBERNACIÓN/CORPONOR, los cuales deberán ser presentados en medio físico impresos a color y en medio magnético en Word y en Excel, según los formatos establecidos por la Corporación, acompañados de registros fotográficos y videos tomando puntos de referencia para evidenciar el avance de las actividades realizadas; dos copias de c/u. Al final se requiere la presentación de un video donde se observe el proceso constructivo de las obras desde su inicio hasta su culminación señalando las actividades principales desarrolladas y de acuerdo a las indicaciones dadas por la Corporación.
11. Mensualmente elaborar un informe completo del avance de las obras, balance financiero, teniendo como soporte las memorias de medición, registro fotográfico de las actividades realizadas; documentos que serán soporte de acta de liquidación de la obra.
12. INFORME FINAL: se debe apoyar al contratista de la obra en la elaboración de un informe final. La UNGRD y/o /GOBERNACIÓN/CORPONOR suministrará la relación de documentos y evidencias que forman parte del documento final; debe ser presentado antes del último desembolso.
13. Actuar con total autonomía técnica y administrativa en el cumplimiento de las obligaciones que asume por el contrato y, en consecuencia su personal, no contrae relación laboral alguna con la UNGRD Y/O /GOBERNACIÓN/CORPONOR.
14. Todas las demás que se originen de la naturaleza del contrato.
4.4.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
En desarrollo del objeto, el contratista adquirirá con el FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES, las siguientes obligaciones específicas:
1. Revisar y evaluar todos y cada uno de los planos de la obra, estudios técnicos, diseños, especificaciones técnicas, pliego de condiciones, diseños adicionales y complementarios del proyecto que se hayan suministrado al contratista de la obra, las obligaciones contractuales y así mismo examinará la zona de construcción del proyecto. Si observa necesidad de modificaciones evaluar las nuevas condiciones e informar a la supervisión para realizar los cambios correspondientes sin desbalancear el presupuesto oficial de la obra.
2. Verificar y controlar los plazos de ejecución de las obras de acuerdo a la programación de obra presentada por el contratista de obra y aprobada por la UNGRD y/o /GOBERNACIÓN/CORPONOR.
3. Verificar y controlar la correcta inversión de los recursos asignados.
4. Verificar el cumplimiento de las cláusulas descritas en el contrato de obra.
5. Convocar al comité de obra para revisar, analizar y aprobar los análisis de precios unitarios de ítems no previstos presentados por el contratista.
6. En coordinación con la firma contratista se adelantarán los planos récord a las obras y exigirá la presentación definitiva a la firma contratista de los mismos con el último corte de obra.
7. Se abrirá y llevará diariamente una memoria de obra “bitácora de obra” donde conste las actividades diarias, coordinaciones, comités, verificación calidad de materiales y procesos constructivos, verificación número de trabajadores que laboraron en ese día, verificación seguridad industrial y ambiental, avance programación y ensayos solicitados, la cual deberá ser firmada por los directores o residentes de obra según sea el caso y entregada anexa al informe final.
8. Verificar que el Director de obra, residente de obra y demás personal cumplan las capacidades y calidades ofrecidas en la propuesta.
9. Verificar la permanencia y funciones del Director de obra, residente de obra para la cual dejará constancia diaria en la bitácora de obra.
10. Verificar que tanto el personal, como los equipos y demás recursos ofrecidos por el contratista de obra, se encuentren debidamente utilizados en los sitios de trabajo y de acuerdo a la programación de las obras. Se dejará constancia diaria en la bitácora de obra.
11. Realizar permanentemente supervisión de las obras controlando: el adecuado cumplimiento de los diseños, calidad en la ejecución de las obras, la programación o reprogramación, según el caso. Recibiendo únicamente la obra ejecutada que esté conforme al cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas.
12. Revisar el proyecto de construcción y verificar las condiciones topográficas de pendiente en la instalación de la roca caliza.
13. Evaluar y aprobar que el contratista de obra cumpla con todas las actividades establecidas para su desarrollo.
14. Exigir al contratista de obra mantener en cada punto de la obra un juego completo de planos actualizados, especificaciones estudios técnicos, programación, registro fotográfico, y demás documentos que se estimen convenientes para el buen funcionamiento del proyecto.
15. Aprobar los sitios de depósito de los materiales sobrantes si fuera el caso, de acuerdo a la normatividad existentes sobre la materia.
16. Cuando las obras deban quedar ocultas, se revisaran y cuantificaran. Es preciso que para este tipo de obras quede las memorias e informe técnico y una reseña fotográfica y vídeo.
17. Exigir que la maquinaria y equipo se encuentren en condiciones de servicio. Se dejará constancia diaria en la bitácora.
18. Solicitar por escrito al contratista de obra el retiro y reemplazo de los equipos que estén dañados o subutilizados.
19. Estudiar y dar concepto a la UNGRD Y/O /GOBERNACIÓN/CORPONOR a las solicitudes de prorrogas presentadas por las firmas contratistas debidamente sustentados.
20. Aprobar los sitios de depósito de los materiales sobrantes si fuera el caso, de acuerdo a la normatividad existentes sobre la materia.
21. Ordenar con la debida antelación las muestras que se requieran y las pruebas de ensayo necesarias para garantizar la calidad de materiales y obras, estos reportes deben presentarse en los comités de obra e informes mensuales.
22. En forma oportuna rechazará las obras mal ejecutadas o cuando se hayan ejecutado con especificaciones inferiores a las contratadas, de igual manera las obras cuyos resultados de laboratorio no dieren los resultados exigidos.
23. Durante la ejecución de las obras estará pendiente de la calidad de los materiales rechazando los que no cumplan con la calidad exigida en las especificaciones técnicas, así mismo los procedimientos constructivos.
24. En forma conjunta con el contratista de obra, semanalmente se realizará la medición de obra ejecutada y el balance con cantidades de obra medidas en planos. Las memorias de medición deben ser anexadas a los informes semanales, a las actas de recibo parcial de obra, al informe mensual de Interventoría y al acta de recibo final del contrato.
25. En las actividades y especificaciones técnicas que el interventor desconozca, se asesorará oportunamente con el supervisor designado por la UNGRD Y/O /GOBERNACIÓN/CORPONOR, los fabricantes, comercializadores y entidades que dominen los temas en duda y presentara las respectivas recomendaciones.
26. Liderar los comités de obra, elaborando las actas respectivas y anotaciones en el libro bitácora de obra.
27. Apoyar al contratista y al supervisor de la UNGRD y/o /GOBERNACIÓN/CORPONOR en la conformación del comité de veeduría ciudadana con la comunidad beneficiaria del proyecto y diligenciar los formatos estregados por la Corporación para el desarrollo de esta actividad.
28. Apoyar al contratista en las socializaciones de c/u de las obras con la comunidad beneficiaria del proyecto y los representantes de las entidades que hacen parte del Convenio (Inicio, avance y entrega de obras).
29. Apoyar al contratista en la elaboración y diligenciamiento de las actas de vecindad inicial y final.
30. Exigir a la firma contratista que los LABORATORIOS para los ensayos de materiales y calidad de los productos estén certificados.
31. Llevar y entregar a la UNGRD y/o /GOBERNACIÓN/CORPONOR un listado del personal vinculado en la ejecución de la obra indicando el nombre y apellidos, número de documento de identificación, EPS y ARL al cual se encuentra afiliado y novedades que se presenten.
32. Estudiar y dar concepto a UNGRD y/o /GOBERNACIÓN/CORPONOR a las solicitudes de prorrogas presentadas por las firmas contratistas debidamente sustentados.
33. Informar sobre las irregularidades constructivas no corregidas al contratista, con copia a la aseguradora, Veeduría Ciudadana (Si fuere el caso).
34. Verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y pagos de aportes parafiscales a cargo del contratista de obra.
35. Verificar que si en el evento de que trabajen menores de edad, sean vinculados conforme a la normatividad vigente, es decir con las debidas autorizaciones del Ministerio de Trabajo.
36. Informar a la UNGRD y/o /GOBERNACIÓN/CORPONOR todo accidente o incidente de trabajo que ocurra en el desarrollo de sus actividades.
37. Verificar que el Contratista adopte durante la ejecución de sus trabajos, todas las medidas preventivas destinadas a controlar adecuadamente los riesgos a que puedan estar expuestos su propia salud o la de terceros.
38. Verificar y exigir que el contratista dispone y utiliza los elementos de protección personal de acuerdo a las actividades que realice. Así mismo verificar que el personal que labora en la obra cumpla con este requisito.
39. Verificar el cumplimiento por parte del contratista de dar a conocer a la comunidad el proyecto mediante valla(s) informativa(s) sobre la obra a ejecutar, de acuerdo a la Resolución No. 0384 del 27 xx xxxx de 2.013.
40. Verificar que a la firma del acta de inicio, prorrogas, suspensiones y al finalizar la obra el contratista realice la actualización de pólizas.
41. El contratista se obliga a cumplir con las condiciones ofrecidas en su propuesta en cuanto a las capacidades y cualidades del personal.
42. El contratista debe cumplir con los aportes del Sistema de Seguridad Social Integral y el de sus empleados.
43. El contratista debe afiliarse a una ARL al momento de suscribir el contrato y a sus empleados.
44. Aplicar los programas de gestión ambiental establecidos en los presentes en la justificación para contratar, los pliegos de condiciones y verificar el cumplimiento por el contratista de obra.
45. Aplicar los controles de seguridad y salud en el trabajo (uso adecuado de los elementos de protección personal, hojas de seguridad, peligros y riesgos laborales a los cuales está expuesto), para lo cual deberá allegar las respectivas evidencias.
46. Con el fin de garantizar la seguridad industrial y salud ocupacional en cumplimiento a la Política de Gestión Integral HSEQ de /GOBERNACIÓN/CORPONOR, debe dotar a todo su personal de los EPP (elementos de protección personal) adecuados para la labor que desarrollen.
47. Adoptar, durante la ejecución de sus trabajos, todas las medidas preventivas destinadas a controlar adecuadamente los riesgos a que puedan estar expuestos su propia salud, la de sus empleados y la de los terceros.
48. Verificar el cumplimiento de las actividades necesarias para cumplir con las obligaciones y criterios de seguridad y salud en el trabajo / gestión ambiental (Formato MPA-01-F-25 – SIGESCOR).
49. El interventor deberá referenciar en los informes de interventoría el cumplimiento de las obligaciones contractuales del sistema de gestión integral HSEQ.
50. Verificar el cumplimiento de las actividades presentadas en el Plan de Manejo de Transito, Señalización y Desvíos.
51. Verificar que el contratista haya gestionado todos los permisos que fueren necesarios para la realización de las obras.
52. Las demás actividades que sean de la naturaleza del presente contrato y que se encuentren contempladas en la presente justificación de contratación y el manual de contratación del FNGRD.
4.4.3 OBLIGACIONES DE LA UNGRD
1. Suministrar a EL CONTRATISTA la información necesaria, completa y oportuna, para el desarrollo del objeto del contrato.
2. Colaborar para que el objeto del contrato se desarrolle de manera eficiente y adecuada.
3. Velar por la correcta ejecución del presente contrato a través del seguimiento y control, qu ien será el conducto regular entre EL CONTRATISTA y LA UNGRD, verificando que se cumplan a satisfacción la totalidad de las obligaciones del mismo.
4. Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato
5. Suscribir el acta de inicio y expedir a través del supervisor, el certificado de cumplimiento para el pago, previa presentación de la factura por parte de EL CONTRATISTA; e informar los defectos de los elementos adquiridos con el presente contrato, o el incumplimiento de las especificaciones exigidas A LA UNGRD.
4.4.4 OBLIGACIONES DE FIDUCIARIA LA PREVISORA EN CALIDAD DE VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES.
En virtud del presente contrato El Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres se obliga a:
1. Coadyuvar al cumplimiento del objeto y de las obligaciones derivadas del presente contrato.
2. Designar el supervisor de la UNGRD del presente contrato.
3. Pagar los desembolsos requeridos para la ejecución del presente contrato, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el mismo, ordenados por el Director General de la UNGRD.
4. Designar la interventoría técnica y administrativa quien va a desarrollar dicha actividad en las obras que sobre esa materia se ejecuten en el territorio nacional.
5. Facilitar todos los medios necesarios para el buen desarrollo del presente contrato.
6. Dar respuesta oportuna a través del Supervisor del Contrato a las peticiones del contratista.
5 FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE.
El procedimiento de selección del interventor será el especificado en los pliegos de condiciones
Cabe anotar que los pliegos de condiciones forman parte esencial del contrato, son la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contiene la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes durante el concurso y el oferente favorecido durante el mismo lapso y durante la vigencia del contrato.
La entidad estableció un procedimiento de selección consistente en Invitación privada que tiene por fin elegir la oferta más favorable a la entidad, que presente la mejor calidad de acuerdo con los criterios en el pliego de condiciones, con independencia del precio, que no será factor de calificación o evaluación.
Conforme a lo anterior y con el propósito de establecer los criterios de selección del futuro interventor, que permitan la escogencia de una persona idónea para la ejecución de las actividades de consultoría, se valorarán factores técnicos del proponente, tales como de experiencia específica, el personal propuesto y el apoyo a la industria nacional, con independencia del precio, que no será factor de calificación o evaluación.
5.1 CRITERIOS HABILITANTES Requisitos jurídicos habilitantes:
La Entidad establece los requisitos jurídicos que, acorde con la naturaleza y características del futuro contrato, se exigirán como requisito de verificación (Habilitado / No Habilitado), como aquellos necesarios para determinar que el proponente o el miembro del consorcio o unión temporal no se encuentre incurso en causal de inhabilidad, incompatibilidad, prohibición o conflicto de interés y, adicionalmente, que cuente con la capacidad e idoneidad jurídica necesaria para celebrar y ejecutar el contrato
Los pliegos de condiciones establecen como criterios de calificación los aspectos de experiencia específica, personal profesional, a través de los cuales se busca que la Entidad escoja un proponente que cumpla con las condiciones técnicas y jurídicas que garanticen el cumplimiento del objeto contractual.
5.1.1 Registro Único de Proponentes
Teniendo en cuenta que a partir del 01 xx xxxxx de 2014, se da por terminado el régimen de transición establecido en el artículo 162 del Decreto 1510 de 2013 numeral 1 (…) Régimen de Transición de las Normas sobre el RUP (…), para el presente proceso de contratación se utilizara el clasificador de bienes y servicios, según lo establecido en el decreto 1510 de 2013.
El servicio objeto del presente proceso de contratación esta codificada en el clasificador de bienes y servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) con el nivel, como se indica en la siguiente tabla:
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIA | CLASE |
F. SERVICIOS | 81. servicios basados en ingeniería, investigación y tecnología | 10. Servicios profesionales de ingeniera | 15. Ingeniería Civil |
Código UNSPSC: 811015
La consulta que efectúe la entidad con base en el Registro Único de Proponentes –RUP-, serán realizadas únicamente con la información que se encuentre en firme.
5.1.2 Experiencia del Proponente:
5.1.2.1 Experiencia General del Proponente:
El proponente deberá relacionar tres (3) contratos de Interventoría de obra pública (ejecutado con entidades del estado).
Los contratos deben encontrarse suscritos después del 01 de Enero del 2006 y debidamente ejecutados a la fecha de cierre del presente proceso.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales cualquiera de sus integrantes puede aportar la experiencia requerida en el presente numeral.
5.1.2.2 Experiencia específica:
Se considerará la experiencia mediante la presentación de dos (2) certificaciones o contratos de interventorías, suscritas por el contratante, que acrediten el cumplimiento del proponente en contratos celebrados con entidades públicas, que se encuentren ejecutados, que cumplan los siguientes requisitos:
Que su objeto sea relacionado con la interventoría de obras civiles para la protección de xxxxxxxx xx xxxx.
Que su fecha de recibo final este comprendida desde el 1 Enero de 2006 y la fecha de cierre de la presente proceso.
Que la suma del valor facturado actualizado de los contratos presentados sea superior a (100% del presupuesto oficial.
En caso de presentarse certificaciones por adiciones a los contratos principales, éstas se verificarán en conjunto con el contrato principal al que están adicionando.
PROTECCIÓN DE MARGENES XX XXXX: Una obra de protección de márgenes es la intervención que se efectúa sobre las riberas de los xxxx cuyo fin es evitar la erosión o socavación por la dinámica fluvial. Algunos ejemplos sobre defensas ribereñas: Diques con material de cauce o impermeable xx xxxxxxxx; Diques de Gaviones; Mantas prefabricadas de hormigón o geosintéticos; Jarillón (Dique) lateral en roca caliza; Muros en concreto.
Para efectos de verificar la experiencia el proponente deberá acreditar mediante copia de contratos y/o certificaciones expedidas por el respectivo contratante, que contenga, como mínimo, la siguiente información: nombre del Contratista, número y objeto del contrato, plazo de ejecución, descripción de los ítem ejecutados, fechas de iniciación y de terminación, y porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en Consorcio o Unión Temporal.
Notas
1) Si el contrato fue ejecutado en consorcio se aceptara el valor total del contrato independientemente del porcentaje de participación del consorciado. Si el contrato fue ejecutado en unión temporal se aceptara el valor total por el porcentaje de participación.
2) En el evento de anexarse copia de los contratos, siempre deberán acompañarse de la respectiva acta de liquidación o acta de recibo final.
El valor de los contratos que presenten los proponentes se llevará a valor presente dividiendo el monto del contrato entre el SMMLV del año en que se inició el contrato y el Número de SMMLV de este resultado se multiplicará por el SMLV actual.
PERIODO | MONTO (SMLV) |
Enero 1 de 2008 a Dic. 31 de 2006 | 408.000,00 |
Enero 1 de 2009 a Dic. 31 de 2007 | 433.700,00 |
Enero 1 de 2008 a Dic. 31 de 2008 | 461.500,00 |
Enero 1 de 2009 a Dic. 31 de 2009 | 496.900,00 |
Enero 1 de 2010 a Dic. 31 de 2010 | 515.000,00 |
Enero 1 de 2011 a Dic. 31 de 2011 | 535.600,00 |
Enero 1 de 2012 a Dic. 31 de 2012 | 566.700,00 |
Enero 1 de 2013 a Dic. 31 de 2013 | 589.500,00 |
Enero 1 de 2014 a Dic. 31 de 2014 | 616.000,00 |
En caso de Consorcios o Uniones Temporales cualquiera de sus integrantes puede aportar toda la experiencia requerida en el presente numeral.
Cuando las certificaciones que se presenten en la propuesta sean de contratos ejecutados bajo la modalidad de Unión Temporal, se deberá especificar el porcentaje de participación que hubiere tenido cada uno de los miembros, o anexar copia del contrato o documento en el que mencione el porcentaje de participación.
En el evento en que dos o más proponentes aporten una misma información y ésta presente inconsistencias, se solicitará la aclaración respectiva a cada uno de ellos y sólo se tendrá en cuenta aquella que esté demostrada.
El proponente, sea persona natural o jurídica, Consorcio o Unión Temporal, deberá diligenciar el anexo que se especifique en los pliegos de condiciones y adjuntar la documentación que acredite toda la información allí requerida.
5.1.3 Documentos Financieros
La capacidad financiera del oferente se verificara a través del RUP conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el artículo 8 del decreto 1510 de 2013, Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley, a la fecha de presentación de las propuestas. Información Financiera con corte a 31 de diciembre de 2013.
Los Consorcios o Uniones Temporales, deberán aportar la información financiera antes solicitada de cada uno de sus integrantes, con las mismas exigencias.
Si el proponente presenta información financiera inconsistente o incompleta, ésta no será tenida en cuenta para el cálculo de los indicadores correspondientes y, por lo tanto, la propuesta será considerada NO HABILITADA. Si dichas inconsistencias o deficiencias las presenta el integrante de un consorcio o una unión temporal, la propuesta también será considerada NO HABILITADA.
La evaluación de los indicadores financieros se realizará sobre la información financiera reportada en el certificado de inscripción, clasificación y calificación de la Cámara de Comercio.
La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la evaluación de los siguientes indicadores:
5.1.3.1 Índice de liquidez (l)
IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente. IL mayor a 4
Para determinar el Índice de Liquidez se tendrá en cuenta la siguiente fórmula:
Activo Corriente Índice de Liquidez = ---------------------------
Pasivo Corriente
En caso de Uniones Temporales o Consorcios el Índice de Liquidez se calculará ponderando los parámetros necesarios de todos los miembros de la Unión Temporal o consorcio de acuerdo al Porcentaje de Participación de cada uno de los miembros y aplicando la siguiente fórmula:
Índice de Liquidez = IL=ILI1%P1+ILI2%P2+. IL%PIn
ILI1%: Índice de liquidez de cada integrante de la Unión Temporal o Consorcio por el % de participación
5.1.3.2 Nivel de endeudamiento (ne)
NE = Pasivo Total / Activo Total NE menor o igual al 40 %
Para determinar el Nivel de Endeudamiento se tendrá en cuenta la siguiente fórmula: Pasivo Total
Nivel de Endeudamiento = * 100
Activo Total
En caso de Uniones Temporales o Consorcios el Nivel de Endeudamiento se calculará ponderando los parámetros necesarios de todos los miembros de la Unión Temporal o Consorcio de acuerdo al Porcentaje de Participación de cada uno de los miembros y aplicando la siguiente fórmula:
Nivel de Endeudamiento: + NEI1(%P)+NEI2(%P)+……NEIn(%P)
NEi= Nivel de endeudamiento de cada integrante de la Unión Temporal o Consorcio por el % de participación.
5.1.3.3 RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES (RCI)
RCI = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses RCI mayor o igual a 3
Para determinar la Razón de Cobertura de intereses se tendrá en cuenta la siguiente fórmula:
Utilidad Operacional
Razón de Cobertura de intereses = --------------------------------------------------
Gastos de Intereses
Los oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso, el oferente cumple que no tiene obligaciones financieras resulta habilitado, salvo que la utilidad operacional sea negativa, caso en el cual NO cumple con el indicador de cobertura de intereses.
En el caso de consorcios o uniones temporales, los indicadores se calcularan con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los integrantes
5.1.3.4 Capital de trabajo
CAPITAL DE TRABAJO = ACTIVO CORRIENTE – PASIVO CORRIENTE
Debe ser igual o mayor al 80 % del presupuesto oficial para esta contratación
Si el proponente es un consorcio o una unión temporal, el capital de trabajo se calculará así:
Dónde:
CT= Σ ACi - Σ PCi
CT= Capital de trabajo del Consorcio o Unión Temporal. ACi= Activo Corriente de cada uno de los integrantes. PCi= Pasivo Corriente de cada uno de los integrantes.
En el caso de consorcios o uniones temporales, los indicadores se calcularan con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los integrantes.
5.1.3.5 Patrimonio:
El proponente debe acreditar un Patrimonio igual o mayor a al presupuesto oficial
PATRIMONIO= ACTIVO TOTAL – PASIVO TOTAL
La firma debe acreditar un PATRIMONIO mayor o igual ≥ a la CPR (Capacidad Patrimonial Requerida) CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
Dónde:
CPR | = | Capacidad patrimonial requerida |
VTP | = | Valor total del presupuesto oficial. |
CAPACIDAD PATRIMONIAL REQUERIDA (PATRIMONIO) = ∑ ACTIVO TOTAL – ∑ PASIVO TOTAL
La relación patrimonial de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, es el resultado de la sumatoria de los activos totales de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal restando la sumatoria de los pasivos totales de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal y esta (CPR) deberá ser mayor o igual ≥ al 100% del valor del presupuesto oficial del ítem o la sumatoria de los ítems al que presente propuesta.
En el caso de consorcios o uniones temporales, los indicadores se calcularan con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los integrantes.
5.1.3.6 Capacidad de organización
El proponente debe cumplir los siguientes indicadores, para medir la capacidad organizacional.
INDICADOR | FORMULA | ÍNDICE REQUERIDO |
Rentabilidad sobre el patrimonio | Utilidad Operacional / Patrimonio % | Mayor o igual a 7% |
Rentabilidad sobre activos | Utilidad Operacional / Activo total % | Mayor o igual a 4% |
En caso de consorcios o uniones temporales la capacidad organización será la suma aritmética del indicador de rentabilidad sobre el patrimonio y el indicador de rentabilidad sobre activos de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal.
5.1.4 Experiencia del personal propuesto como equipo mínimo de trabajo
El contratista debe garantizar que contará con el equipo de trabajo suficiente y adecuado para atender el desarrollo normal de la interventoría en el plazo propuesto.
El proponente deberá incluir en su propuesta y se comprometerá a mantener durante la ejecución del contrato, por su cuenta y riesgo el siguiente personal:
TABLA DESCRIPCIÓN DEL PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO | ||||
CANT. | Cargo a desempeñar | Formación Académica | EXPERIENCIA GENERAL MÍNIMA | % de dedicación en el contrato |
1 | Director de Interventoría | Ingeniero Civil | Con una experiencia profesional mínima de 10 años contados a partir de la expedición de la matricula profesional y certificar como mínimo una experiencia específica en dos (2) contratos relacionados con obras o interventoría de obras civiles para la protección de xxxxxxxx xx xxxx. | 100% |
1 | Ingeniero Hidráulico o Especialista en Hidráulica | Ingeniero Civil, Ambiental o Hidráulico con especialización en áreas afines | Con una experiencia profesional mínima de 8 años contados a partir de la expedición de la matricula profesional y certificar como mínimo una experiencia específica en un (1) contrato relacionado con obras o interventoría de obras civiles para la protección de xxxxxxxx xx xxxx. | 50% |
1 | Ingeniero Especialista en Geotecnia o Geología | Ingeniero Civil con especialización en áreas afines o Geólogo | Con una experiencia profesional mínima de 8 años contados a partir de la expedición de la matricula profesional y certificar como mínimo una experiencia específica en un (1) contrato relacionado con obras o interventoría de obras civiles para la protección de xxxxxxxx xx xxxx. | 50% |
3 | Ingeniero Residente de Interventoría | Ingeniero Civil | Con una experiencia profesional mínima de 3 años contados a partir de la expedición de la matricula profesional y certificar como minino una experiencia específica en un (1) contrato relacionado obras o interventoría de obras civiles para la protección de xxxxxxxx xx xxxx. | 100% |
1 | Profesional con formación en (Seguridad y Salud en el trabajo y gestión ambiental) | Un profesional en Ingeniería Industrial, Civil o Ambiental o Salud Ocupacional, con especialización relacionada en áreas afines | Con una experiencia profesional mínima de 1 año en Seguridad y Salud en el trabajo y gestión ambiental. | 50% |
7 | Inspector de Interventoría de | Tecnólogo en obras civiles o Ingeniero | Con una experiencia profesional mínima de un (1) año y experiencia | 100% |
obra | Civil | específica en un (1) contrato relacionado con obras civiles |
El proponente deberá allegar los siguientes documentos del equipo de trabajo a presentar:
Hoja de vida
fotocopia de la cedula de ciudadanía
Fotocopia de la tarjeta o matricula profesional vigente
Certificación vigente expedida por el consejo Profesional respectivo
Carta de compromiso sobre la disponibilidad de tiempo
La experiencia especifica en proyectos, se probara mediante certificaciones. Contratos, acta de liquidación y/o recibo final donde se señale el cargo desempeñado, incluya el valor del proyecto, fecha de inicio y fecha de terminación. La experiencia especifica en contratos, se probará mediante la certificación donde se señale el objeto, valor, fecha de inicio y fecha de terminación. A falta de esta, copia de los contratos, siempre que se acompañen con la respectiva acta de liquidación o recibo final. Cuando las certificaciones que se presenten en la propuesta sea de contratos ejecutados o en ejecución bajo la modalidad de Consorcios o Uniones Temporales, se deberá especificar el porcentaje (%) de participación de cada uno de los miembros, o anexar copia del contrato o documento de la unión temporal en el que se ,mencione el porcentaje de participación.
El valor de la certificación, se proyectara a valor presente, considerando el valor del SMMLV a la fecha de terminación, multiplicado por el valor del SMMLV del presente año.
NOTA:- Los documentos de formación académica, certificaciones de experiencia y demás requeridos para el cargo de director de interventoría, deberán ser acreditados por el proponente con su oferta.
5.2 JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN
En cuanto a los factores de Calificación de las Propuestas, que hayan cumplido con los requisitos de admisibilidad, La Entidad considera que La Experiencia Especifica, tiene un peso preponderante en la escogencia del consultor en razón que se garantiza que el adjudicatario ha ejecutado contratos similares de seguimiento, control y supervisión de la obra que permitan desarrollar satisfactoriamente la consultoría objeto del contrato de Interventoría, factor éste que es decisivo en la buena ejecución del contrato de interventoría, lo cual es muy favorable para la Entidad, en consecuencia se le asignó 40 puntos sobre 100, asignando el puntaje restante a otros factores.
Las propuestas técnicas serán calificadas teniendo en cuenta los aspectos que se enuncian a continuación y dentro de los rangos de ponderación establecidos, así:
No. | FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE |
1 | Experiencia específica del proponente adicional | 40 Puntos |
2 | Experiencia específica del equipo de trabajo adicional Director de Interventoría (15 PUNTOS) Residente de Interventoría (15 PUNTOS) Especialista Hidráulico (10 PUNTOS) | 40 Puntos |
3 | Cumplimiento de contratos anteriores (10) puntos | 10 Puntos |
4 | Estímulo a la Industria Nacional Colombiana | 10 Puntos |
PUNTAJE TOTAL | 100 Puntos |
La evaluación se realizará de conformidad con las siguientes reglas:
1. La evaluación y ponderación de los factores de evaluación se realizará por el Comité designado para el efecto, quien verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos y asignarán los puntajes correspondientes.
2. Se evaluará y asignará el respectivo puntaje a los proponentes que acrediten experiencia adicional a la exigida en el personal profesional técnico mínimo que debe ofrecer el proponente.
3. La experiencia adicional se acreditará con las certificaciones correspondientes.
4. En caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones o títulos correspondientes, la UNGRD podrá solicitarlas al proponente por escrito, quien contará con el plazo establecido en los pliegos de condiciones.
5. Teniendo en cuenta que el factor de experiencia también se verificará como especificación técnica mínima, el proponente debe indicar en forma clara y precisa cuáles son las certificaciones que la entidad debe tener en cuenta como mínimas y cuáles para la evaluación y asignación de puntaje por este aspecto y en caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en las mismas, la UNGRD podrá solicitarlas al proponente por escrito, quien contará con el término establecido en el cronograma del proceso para suministrarlas.
La Entidad asignará puntajes y ponderará los mismos de la siguiente forma:
5.2.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE ADICIONAL (PUNTAJE MÁXIMO 40 PUNTOS)
Se evaluara a partir de la información relacionada en el formato anexo en los pliegos de condiciones, con sus respectivos soportes, en el cual el proponente deberá acreditar lo siguiente:
El proponente deberá presentar dos (2) contratos con entidad estatal, que cumplan los siguientes requisitos:
a. Que su fecha de recibo final este comprendida desde el 1 Enero de 2006 y la fecha de cierre del presente proceso.
b. Que su objeto sea interventoría de obras civiles para la protección para la protección de márgenes xx xxxx.
EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE | PUNTAJE |
Por cada contrato adicional a la experiencia especifica mínima acreditada | 10 PUNTOS (hasta un máximo de 20 puntos) |
A la propuesta que acredite la mayor experiencia en meses de ejecución se le asignarán 10 puntos más. | 10 PUNTOS |
A la propuesta que acredite la mayor facturación de la suma de los contratos aportados como experiencia especifica acreditada (incluyendo la mínima y la exigida para evaluación) | 10 PUNTOS |
NOTA: La experiencia acreditada para este factor de evaluación es adicional a la presentada para los requisitos habilitantes, es decir es aquella en exceso de la mínima habilitante. Dado lo anterior, aquellos contratos que se presenten para la habilitación de la propuesta no podrán presentarse para acreditar este numeral.
Para efectos de verificar la experiencia el proponente deberá acreditar mediante copia de contratos y/o certificaciones expedidas por el respectivo contratante, que contenga, como mínimo, la siguiente información: nombre del Contratista, número y objeto del contrato, plazo de ejecución, descripción y área del proyecto, fechas de iniciación y de terminación, y porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en Consorcio o Unión Temporal.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales cualquiera de sus integrantes puede aportar toda la experiencia requerida en el presente numeral.
5.2.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL EQUIPO DE TRABAJO ADICIONAL: (30 PUNTOS)
Se evaluara a partir de la información relacionada en el formato anexo en los pliegos de condiciones, cuya evaluación corresponderá a la siguiente:
Director de Interventoría (15 PUNTOS)
Residente de Interventoría (15 PUNTOS)
Especialista Hidráulico (10 PUNTOS)
Se asignara el puntaje a los proponentes que acrediten estudios y experiencia específica del Director de interventoría ADICIONAL, así como experiencia especifica ADICIONAL para el Especialista Hidráulico y Residente de obra, de conformidad con los parámetros establecidos a continuación:
CARGO | EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PERSONAL PROPUESTO | PUNTAJE |
DIRECTOR DE INTERVENTORÍA | Cuando se acredite especialización en una rama de la ingeniería civil. | 5 PUNTOS PARA ESPECIALIZACIÓN |
0 PUNTOS SI NO PRESENTA | ||
DIRECTOR DE INTERVENTORÍA | Acreditar experiencia adicional en un (1) contrato como Director de Interventoría relacionado con obras civiles para la protección de xxxxxxxx xx xxxx | 10 PUNTOS |
0 PUNTOS SI NO PRESENTA | ||
RESIDENTE DE INTERVENTORÍA | Acreditar experiencia adicional en un (1) contrato relacionado con diseño, obras o | 5 PUNTOS POR CONTRATO POR RESIDENTE HASTA UN MÁXIMO DE |
interventoría de obras civiles para la protección de xxxxxxxx xx xxxx | 15 PUNTOS | |
ESPECIALISTA HIDRÁULICO | Acreditar experiencia adicional en dos (2) contratos relacionados con diseño, obras o interventoría de obras civiles para la protección de xxxxxxxx xx xxxx. | 5 PUNTOS POR CADA CONTRATO HASTA UN MÁXIMO DE 10 PUNTOS |
La experiencia específica se acreditara con las certificaciones correspondientes que deberán cumplir los mismos requisitos para acreditar las condiciones de experiencia mínimas, que debe cumplir el personal ofrecido.
5.2.3 CALIDAD: CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS ANTERIORES (PUNTAJE MÁXIMO 10 PUNTOS)
Se asignaran xxxxxx xxxx (10) puntos a proponente que porl efctiva prestación del servicio en contrato anteriores, no haya obtenido multas o sanciones.
Si el proponente registra multas o sanciones debidamente ejcutoriadas, quel hubieren sido impuestas dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, el puntaje será el siguiente:
N° DE MULTAS O SANCIONES | Puntaje |
Una (1) o mas | 2 PUNTOS |
Cero (0) | 10 PUNTOS |
En el caso de Consorcios o Uniones temporales, se asignará el puntaje por multas o sanciones que registre uno cualquiera de sus integrantes.
La informacón sobre multas o sanciones se verificara en el Registro Unico de Proponentes (RUP) de la Camara de Comercio.
5.2.4 ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA (10 PUNTOS).
En cumplimiento de lo establecido en la Ley 816 de 2003 y los artículos 150 y 151 del Decreto 1510 de 2013, la Entidad otorgará un puntaje xxxxxx xx xxxx (10) puntos como criterio de calificación por Apoyo a la Industria Nacional, disponiendo que “son servicios de origen nacional aquéllos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia., el cual se asignará en los siguientes términos:
El proponente debe demostrar mediante Certificación expedida por el Representante Legal de la firma, Unión Temporal o Consorcio que los servicios (personal de trabajo que presta el servicio) ofertados son de origen nacional se le asignará 10 puntos. De no presentar la certificación anterior, no se otorgará puntaje por este factor. En caso de contar con personal extranjero, el puntaje se otorgará en conforme a la tabla.
La certificación solicitada sobre Apoyo a la industria Nacional deberá ser entregada por el proponente conjuntamente con la propuesta y no será admitida con posterioridad a la fecha y hora de cierre establecida para la entrega de las ofertas.
PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL | PUNTAJE MÁXIMO |
El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia de acuerdo con la legislación nacional o aplica principio de reciprocidad. | 10 Puntos |
El oferente cuya empresa se haya constituido por personas naturales de Colombia o por residentes en Colombia y personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional sin aplicación principio de reciprocidad | 9 PUNTOS |
El oferente cuya empresa se haya constituido por personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional. | 5 PUNTOS |
5.2.5 CONDICIONES PREFERENCIALES EN FAVOR DE LA OFERTA DE BIENES Y SERVICIOS PRODUCIDOS POR LAS MIPYME.
Se otorgará un puntaje a los bienes y servicios producidos por las Mipymes de la siguiente manera:
CONDICIONES PREFERENCIALES EN FAVOR DE LA OFERTA DE BIENES Y SERVICIOS PRODUCIDOS POR LAS MIPYME. | PUNTAJE |
Un puntaje xxx xxxx por ciento (10%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las microempresas; | 10 |
Un puntaje del seis por ciento (6%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las pequeñas empresas | 6 |
Un puntaje del tres por ciento (3%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las medianas empresas | 3 |
Si el proponente en su propuesta no manifiesta condiciones de calidad, tendrá por calidad, cero (0) puntos.
En el evento de presentarse más de dos (2) proponente, el puntaje total se dividirá entre el número de proponentes y se restará en forma descendente del puntaje máximo establecido para este factor.
5.2.6 NUMERO MÍNIMO DE PROPUESTAS HÁBILES.
La entidad podrá adjudicar el contrato cuando solo se haya presentado una oferta y esta cumpla con los requisitos mínimos habilitantes exigidos, siempre que la oferta satisfaga los requerimientos contenidos en la presente invitación pública.
5.2.7 FACTORES DE DESEMPATE
Si existe empate entre dos o más propuestas, se utilizarán los siguientes criterios:
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación.
Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
Si a pesar de lo anterior, persiste el empate se optará por el sistema de sorteo por medio de balotas.
Nota: Para aplicarse los criterios de desempate establecidos en los numerales 2, 3 y 4 el proponente deberá acreditar tal condición, desde su oferta, mediante escrito presentado bajo la gravedad del juramento, suscrito por el Representante Legal, en donde manifieste que su empresa cumple con los parámetros y condiciones requeridas so pena de no obtener este beneficio ya que se entenderá que el proponente no reúne las condiciones anteriormente señaladas.
En el caso de los numerales 2 y 3 la certificación, además del representante legal, deberá estar suscrita por el Revisor Fiscal o Contador Público cuando corresponda.
5.3 JUSTIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA
5.3.1 Soporte que permite la Tipificación, Estimación y Asignación de Riesgos previsibles del Proyecto
Todos los riesgos previsibles que se corren particularmente en la contratación de la consultoría se encuentran como un archivo anexo (Matriz de Riesgos), que hace parte integral del presente documento.
5.3.2 Análisis que sustenta la exigencia de los mecanismos de Xxxxxxxxx que garantizan las Obligaciones surgidas con ocasión del Proceso de Selección y del contrato a celebrar
La exigencia de garantías en la contratación estatal es un mandato legal de conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007 en los siguientes términos: “Los contratistas prestarán garantía única para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato y los proponentes prestarán garantía de seriedad de los ofrecimientos hechos.”
Como la contratación que se fundamenta en estos estudios previos no se encuentra exenta de la exigencia de la garantía única, la entidad exigirá el amparo de los perjuicios que se deriven del incumplimiento del ofrecimiento y del incumplimiento del contrato mediante las siguientes garantías:
5.3.2.1 Garantía Única de Cumplimiento
El interventor deberá tener en cuenta las siguientes instrucciones al adquirir la póliza de garantía única:
1. Deben indicar clara y completamente el NIT del FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES- FIDUPREVISORA, UNGRD, y el NIT del Contratista , Incluir dígito de verificación (Número después xxx xxxxx). No se aceptan pólizas a nombre del representante legal o de alguno de los integrantes del consorcio.
2. Debe incluir claramente el número y año del contrato.
3. Debe incluir el objeto del contrato.
4. Las pólizas deben ser firmadas por el representante legal del contratista.
5. La fecha de inicio de la vigencia de los amparos debe ser dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato.
6. En caso de no usar centavos, los valores deben aproximarse al mayor valor entero Ej. Cumplimiento si el valor a asegurar es $14.980.420,20 aproximar a $14.980.421
7. Las pólizas deben venir en original.
8. Anexar el comprobante de pago de las pólizas., este documento para control.
9. Cuando el contratista sea una unión temporal o consorcio, se debe incluir razón social, NIT y porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.
10. Debe cubrir el siguiente amparo.
Estos riesgos se ven cubiertos con la extensión de las siguientes garantías:
AMPARO | PORCENTAJE | VIGENCIA |
Cumplimiento | 10% del valor del contrato | Hasta la liquidación del contrato |
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales | 5% del valor del contrato | Plazo del contrato + 3 años |
Calidad del servicio | 10% del valor del contrato | (5) años contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Recibo Definitivo de la Interventoría. |
Vo. Bo.
Ing. XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXXXXX ING. XXXXX XXXXXXX
Ing. Civil Contratista –FNGRD Asesor Dirección General FIN
JUSTIFICACIÓN PARA CONTRATACIÓN DERIVADA DE DECRETOS DE DESASTRE, DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA EN RAZÓN A CALAMIDAD PÚBLICA.
“INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y CONTABLE A LAS OBRAS A EJECUTAR BAJO EL XXXXXXXX Xx. 0000-00-000-0000, XXXX XXXXXX XX AUNAR ESFUERZOS ENTRE EL FNGRD Y EL DEPARTAMENTO DE NORTE XX XXXXXXXXX PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN EL DEPARTAMENTO DE NORTE XX XXXXXXXXX”
MATRIZ DE RIESGO
No. | CLASE | FUENTE | ETAPA | TIPO | DESCRIPCIÓN (QUÉ PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR) | CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO | PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACIÓN DEL RIESGO | CATEGORIA | A QUIEN SE LE ASIGNA? | TTO/CONTROLES A SER IMPLEMENTADOS | AFECTA LA EJECUCIÓN DEL CTO. | PERSONA RESPONS. POR IMPLEMENTAR EL | FECHA ESTIMADA EN QUE INICIA EL TTO | FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TTO | MONITOREO Y REVISION | |
COMO SE REALIZA EL MONITOREO? | PERIODICIDA D CUANDO? | |||||||||||||||||
1 | GENERAL | EXTERNO | EJECUCIÓN | RIESGO FINANCIERO | EFECTOS PROVENIENTES DE LAS VARIACIONES DE LAS TASAS DE INTERÉS, DE CAMBIO, DEVALUACIÓN REAL Y OTRAS VARIABLES XXX XXXXXXX, FRENTE A LAS ESTIMACIONES INICIALES DEL CONTRATISTA, QUE PUEDAN AFECTAR LAS UTILIDADES ESPERADAS O GENERAR PÉRDIDAS. | INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO | 3 | 3 | 6 | ALTO | COMPAÑÍA ASEGURADORA CONTRATISTA | MAYOR EXIGENCIA EN LOS REQUISITOS FINANCIEROS EXIGIDOS EN LOS PLIEGOS DE CONDICIONES | SI | SECRETARIA GENERAL DE CORPONOR | UNA VEZ DETECTADO INCUMPLIMIENTO EN EL CONTRATO | UNA VEZ RESPONDA LA ASEGURADORA | SUPERVISIÓN EN CAMPO Y A LOS INFORMES EMITIDOS POR EL CONTRATISTA | MENSUAL |
2 | GENERAL | EXTERNO | EJECUCIÓN | OPERACIONALES | FALTA DE PERSONAL PARA EL CONTROL DE LA OBRA (OCURRE CUANDO RENUNCIA O SE ENFERMA UN PROFESIONAL A CARGO DE LA INTERVENTORIA). | FALTA DE CERTEZA SOBRE LA CALIDAD EN LA OBRA Y EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES REQUERIDA (EPP - DISPOSICIONES AMBIENTALES, OTROS) | 2 | 3 | 5 | MEDIO | CONTRATISTA | OFICIAR AL CONTRATISTA CUANDO SE DETECTA EL RIESGO POR PARTE DEL SUPERVISOR | SI | SUPERVISOR | INMEDIATA | UNA VEZ SUBSANADO POR PARTE DEL CONTRATISTA LO QUE ORIGINÓ EL INCUMPLIMIENTO | A TRAVÉS DE LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO | DIARIA |
3 | GENERAL | INTERNO | PLANEACIÓN Y EJECUCIÓN | OPERACIONALES | DEFICIENTE PLANEACIÓN EN LOS PROCESOS CONTRACTUALES. (DEFICIENCIA EN LA ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS PREVIOS) | SANCIONES DISCIPLINARIAS, PENALES Y FISCALES | 2 | 2 | 4 | MEDIO | CORPONOR | IDENTIFICAR LAS FALENCIAS MEDIANTE COMITÉ DE OBRA Y EVALUAR PARA REALIZAR LOS CORRECTIVOS RESPECTIVOS | SI | SUBDIRECCIÓN U OFICINA QUE LIDERA EL PROCESO CONTRACTUAL | UNA VEZ SE DETECTA LA NECESIDAD DE REALIZAR MODIFICACIONES A LOS ESTUDIOS, DISEÑOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | UNA VEZ GENERADOS LOS CAMBIOS QUE HAGAN VIABLE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO | A TRAVÉS DE LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO Y/O CONVENIO | MENSUAL |
4 | GENERAL | EXTERNO | PLANEACION | FINANCIEROS | VARIACIONES EN LA LEGISLACIÓN TRIBUTARIA, LA CREACIÓN DE NUEVOS IMPUESTOS, LA SUPRESIÓN O MODIFICACIÓN DE LOS EXISTENTES, Y EN GENERAL CUALQUIER EVENTO QUE MODIFIQUE LAS CONDICIONES TRIBUTARIAS EXISTENTES AL MOMENTO DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, ES ASUMIDO POR CUENTA Y RIESGO DEL OFERENTE ADJUDICATARIO. | CAMBIO EN LAS CONDICIONES TRIBUTARIAS DEL PROCESO | 2 | 2 | 4 | BAJO | CORPONOR | ANTE NUEVA LEGISLACIÓN TRIBUTARIA QUE CONLLEVE A DETRIMENTO PATRIMONIAL DEL CONTRATISTA SE EVALUARÁ PARA REALIZAR LOS AJUSTES QUE PERMITEN UN EQUILIBRIO CONTRACTUAL | NO | SUBDIRECCIÓN U OFICINA QUE LIDERA EL PROCESO CONTRACTUAL | INMEDIATA | UNA VEZ SE PACTE CON EL CONTRATISTA Y SE OBTENGA EL EQUILIBRIO CONTRACTUAL | GENERAR OTROSÍ MODIFICATORIO AL CONTRATO | PUNTUAL |
7 | GENERAL | EXTERNO | EJECUCION | OPERACIONALES | PERMANENCIA EN LA EJECUCIÓN DE PROYECTO, COMO INTERVENTOR POR EL MISMO TIEMPO QUE DURE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA, ASÍ ESTA SE PRORROGUE POR MÁS TIEMPO DEL ESTABLECIDO EN EL CONTRATO DE OBRA PRINCIPAL OBLIGÁNDOSE EN ESTE CASO A SUSCRIBIR EL RESPECTIVO CONTRATO DE ADICIÓN DE PLAZO. | INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA | 3 | 3 | 6 | ALTO | COMPAÑÍA ASEGURADORA - CONTRATISTA | SEGUIMIENTO OPORTUNO Y EFICAZ POR PARTE DE LA INTERVENTORIA PARA QUE EL CONTRATISTA REALICE LOS TRABAJO DENTRO DEL TIEMPO PACTADO. | SI | SUBDIRECCIÓN U OFICINA QUE LIDERA EL PROCESO CONTRACTUAL | UNA VEZ SE DETECTA LA NECESIDAD DE REALIZAR OTROSÍ MODIFICATORIO DE AMPLIACIÓN PLAZO AL CTO. DE OBRA | UNA VEZ LEGALIZADO EL MODIFICATORIO AL CONTRATO | VERIFICAR QUE SE FIRME EL MODIFICATORIO Y SE ADJUNTEN LAS RESPECTIVAS PÓLIZAS | PUNTUAL |
8 | GENERAL | INTERNO | POSTERIOR A LA | DE LA NATURALEZA | LOS EFECTOS DESFAVORABLES, DERIVADOS DE LA EXISTENCIA DE DAÑO EMERGENTE O, POR LA OCURRENCIA DE HECHO DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, SURGIDOS DESPUÉS DE LA ENTREGA A SATISFACCIÓN DEL BIEN | INESTABILIDAD DE LA OBRA | 2 | 3 | 5 | MEDIO | COMPAÑÍA ASEGURADORA CONTRATISTA | REALIZAR LOS SEGUIMIENTOS CON LOS CONTROLES DE ANÁLISIS DE LABORATORIO CUANDO APLIQUE DE ACUERDO AL TIPO DE OBRA. REALIZAR LA SENSIBILIZACIÓN | NO | SECRETARIA GENERAL DE CORPONOR | INMEDIATO UNA VEZ SE CONOCE EL DAÑO EMERGENTE O CASO FORTUITO | UNA VEZ EL CTISTA O CIA. ASEGURADORA REALIZA LAS REPARACIONES DEL CASO | SUPERVISIÓN EN CAMPO HASTA QUE SE SUBSANE LA CONDICIÓN QUE GENERÓ LA INESTABILIDAD | PERMANENTE |
9 | GENERAL | EXTERNO | EJECUCION | SOCIALES | EL RIESGO POLÍTICO RELACIONADO CON CONFLICTOS INTERNOS, CONFLICTOS DE COLOMBIA CON OTROS ESTADOS, Y SITUACIONES DE ORDEN PÚBLICO QUE AFECTEN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO RESULTANTE DE ESTE PROCESO DE SELECCIÓN | INCUMPLIMIENTO EN EL PLAZO DEL CONTRATO | 2 | 3 | 5 | MEDIO | COMPAÑÍA SEGURADORA- CORPONOR- | PRESENTAR AVISO AL CONTRATANTE ANTE CUALQUIER EVENTUAL CONFLICTO Y SOLICITAR SUSPENSIÓN DE OBRA HASTA TANTO SE RESTABLESCAN | SI | SECRETARIA GENERAL DE CORPONOR Y SUBD. U OFICINA QUE LIDERA | CON LA FECHA DE SE TIENE SITUACIÓN | CUANDO SE SUBSANA LA SITUACIÓN O SE LIQUIDE EL CTO. | A TRAVÉS DE LA CONTRATO | SEMANAL |
SUSPENSIÓN UNA VEZ
CONOCIMIENTO DE LA
SUPERVISIÓN DEL