PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Datos de la jurisdicción o entidad contratante |
Nombre: Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos - ORSNA |
CUIT: 30-69349421-0 |
Denominación de la Unidad Operativa de Contrataciones que gestiona el procedimiento: Departamento de Compras y Contrataciones, Patrimonio y Suministros |
Domicilio: Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx x/x, Xxxx: 2° Dpto.: ED IV T:IV |
Datos del procedimiento de selección | ||
Tipo de Procedimiento: Licitación Privada | Número: 58/1- 0002-LPR23 | Ejercicio: 2023 |
Expediente Electrónico: EX-2023-06689932--APN-GAYP#ORSNA | ||
Clase: Sin clase | ||
Modalidad: Sin modalidad | ||
Costo xxx xxxxxx: Gratuito | ||
Rubro: INDUMENT TEXTIL Y CONFECCIONES; LIBRERIA, PAP. Y UTILES OFICINA; BAZAR Y MENAJE | ||
Objeto: Adquisición elementos de trabajo con el logo actualizado del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA). | ||
Encuadre legal: Xxxxxxx Xx 0000/00, Xxxxxxx Xx 0000/00, Xxxxxxxxxxxxx ONC N° 62/16, 63/16, 64/16, 65/16, y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Toda la normativa citada podrá consultarse en el sitio de Internet xxxx://xxxxxxx.xxx.xx, o en la sección “Normativa” del sitio web xxxxx://xxxxxxx.xxx.xx. Contrato de Fideicomiso, de fecha 29 de diciembre de 2009, suscripto entre la Empresa AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 S.A. (fiduciante), el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA (fiduciario), la ex SECRETARIA DE TRANSPORTE y el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMANACIONAL DE AEROPUERTOS. |
Comunicaciones |
Lugar: Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional (XXXXX.XX) |
Dirección: xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx |
Presentación de ofertas |
Lugar: Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional (XXXXX.XX) |
Plazo y horario: Hasta la hora fijada para la apertura |
Especificaciones Técnicas | |||
N° de Descripción Renglón | Unidad de medida | Cantidad | |
1 | MOCHILA CON LOGO DEL ORSNA | UNIDAD | 280 |
2 | BOLÍGRAFO CON LOGO DEL ORSNA | UNIDAD | 280 |
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3 | CUADERNO CON LOGO DEL ORSNA | UNIDAD | 280 |
4 | BOTELLA CON LOGO DEL ORSNA | UNIDAD | 280 |
5 | JARRO TÉRMICO CON LOGO DEL ORSNA | UNIDAD | 280 |
El detalle de las especificaciones técnicas se encuentra en el Anexo I del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares |
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CLÁUSULAS PARTICULARES
TÍTULO I - BASES DEL LLAMADO
I.- ADQUISICIÓN, CONSULTAS Y CIRCULARES.
1.- Adquisición. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares se encuentra a disposición de los interesados para su consulta en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (XXXXX.XX).
2.- Consultas. Para efectuar consultas al pliego de bases y condiciones particulares, los interesados deberán haber cumplido con el procedimiento de registración y autenticación como usuarios externos de XXXXX.XX. Las consultas, deben efectuarse a través de XXXXX.XX. sin excepción. Los interesados podrán realizar las mismas hasta la fecha fijada en el Sistema XXXXX.XX.
3.- Circulares. La jurisdicción o entidad contratante podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de bases y condiciones particulares, de oficio o como respuesta a consultas. Todas ellas serán incluidas como parte integrante del presente Xxxxxx y se difundirán en el sitio de internet XXXXX.XX.
II.- NOTIFICACIONES.
Todas las notificaciones entre el ORSNA y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, se realizarán válidamente a través de la difusión en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional, “XXXXX.XX”, cuyo sitio de internet es https:
//xxx.xxxxxxx.xxx.xx, o el que en el futuro lo reemplace, y se entenderán realizadas el día hábil siguiente al de su difusión. Cualquier diligencia de notificación que no pudiera ser efectuada mediante la modalidad antes expuesta por no estar alcanzada por el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional, “XXXXX.XX”, se realizará válidamente por cualquiera de los medios enumerados en el artículo 6º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. El envío de mensajería mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional, “XXXXX.XX”, en forma automática, sólo constituye un medio de aviso.
III.- OFERTAS.
Las ofertas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y los del presente Pliego.
1.- Presentación de las ofertas. Las ofertas deberán presentarse hasta el día y hora que determine el ORSNA en la convocatoria, a través del XXXXX.XX (xxx.xxxxxxx.xxx.xx) utilizando el formulario Electrónico que suministre el sistema, y cumpliendo todos los requerimientos de los pliegos aplicables, acompañando la documentación que la integre en soporte electrónico.
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En ningún caso los oferentes podrán alegar el mal funcionamiento o errores del sitio de Internet del portal XXXXX.XX para eximirse o aducir excepciones respecto del ingreso oportuno de cualquier dato, información o documentación requerida en los formularios electrónicos habilitados, estando ellos obligados a guardar la debida diligencia y antelación para ingresar y confirmar sus Ofertas en el portal XXXXX.XX en los plazos perentorios establecidos en el presente Pliego.
2.- Plazo de mantenimiento de oferta. Será de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. Dicho plazo se renovará automáticamente por sucesivos lapsos iguales salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. 3.- Ofertas parciales. No se admite la presentación de ofertas parciales.
4.- Ofertas variantes. Se admite la presentación de ofertas variantes. Se entiende por oferta variante a aquella que modificando las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el pliego de bases y condiciones particulares, ofrece una solución con una mejora que no sería posible en caso de cumplimiento estricto del mismo. Deberán indicar claramente, en los casos en que se efectúen ofertas variantes, cual es la oferta base y cuales las variantes. En todos los casos deberá existir una oferta base.
La jurisdicción o entidad contratante sólo podrá comparar la oferta base de los distintos proponentes y sólo podrá considerar la oferta variante del oferente que tuviera la oferta base más conveniente.
5.- Ofertas alternativas. Se entiende por oferta alternativa a aquella que cumpliendo en un todo las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el pliego de bases y condiciones particulares, ofrece distintas soluciones técnicas que hace que pueda haber distintos precios para el mismo producto o servicio. La jurisdicción o entidad contratante podrá elegir cualquiera de las dos o más ofertas presentadas ya que todas compiten con la de los demás oferentes.
Los oferentes deberán indicar claramente, en los casos en que se efectúen ofertas alternativas cual es la oferta base y cuales las alternativas. En todos los casos deberá existir una oferta base.
6.- Cotización. Se realizará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Disposición ONC Nº 63/16 y sus modificatorias.
La propuesta económica deberá ser formulada en moneda nacional, incluyendo el I.V.A., sin discriminar.
Frente al I.V.A. el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
deberá considerarse como “SUJETO EXENTO”.
7.- Requisitos administrativos.
a) Habilidad para contratar con la Administración Nacional. A los fines de constatar que los oferentes se encuentren habilitados para contratar con la Administración Pública Nacional, el ORSNA verificará:
i. Incumplimientos tributarios y/o previsionales (AFIP). La existencia de deudas tributarias o previsionales de los oferentes a través de los Sistemas implementados por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS mediante Resolución General 4.164/17.
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ii. Registro Público de Empleadores con sanciones laborales (REPSAL). La existencia de sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
iii. Inscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO). En el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), verificará el estado en que se encuentra cada uno de los oferentes y, en su caso, comunicarles que realicen las gestiones necesarias ante la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES para que se encuentren inscriptos y con los datos actualizados al momento de la emisión del dictamen de evaluación o bien al momento de la adjudicación en los procedimientos en que no se realice dicha etapa.
b) Documentación a presentar. Los oferentes, junto con su oferta deberán presentar la siguiente documentación:
i. Declaración Jurada de Habilidad para Contratar suministrada por el Sistema XXXXX.XX.: A los fines de dar por cumplido los restantes requisitos para ser considerado un oferente habilitado para contratar, acorde a lo consagrado en el artículo 27 y 28 del Decreto N° 1023/01, deberá tildar la Declaración Jurada suministrada por el Sistema.
ii. Declaración Jurada de Intereses. Presentación de una Declaración Jurada de Intereses según lo establecido en el Decreto N° 202/17, utilizando el formulario - según se trate de Persona Humana o Persona Jurídica- que como Anexo II A y Anexo II B, forman parte integrante del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
En cumplimiento de lo dispuesto en el punto 7 de la Comunicación General ONC N° 76/17 se informa que los funcionarios con competencia para autorizar la convocatoria, elección del procedimiento, aprobar el pliego, dejar sin efecto, declarar desierto, aprobar el procedimiento, adjudicar y/o declarar fracasado, son:
Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx (CUIL N° 20-00000000-8) Presidente del Directorio.
Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxx (CUIL N° 20-00000000-6) Vicepresidente del Directorio Xxxxxxx, Xxxxx (CUIL N° 27-00000000-4) Primer Vocal del Directorio.
Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx (CUIL N° 20-00000000-3) Gerente de Administración y Presupuesto.
Xxxxx, Xxxxxxxx (CUIL N° 23-00000000-9) Jefe de Compras y Contrataciones, Patrimonio y Suministros.
iii. Garantía. En caso de corresponder, deberán acompañar la garantía de mantenimiento de la oferta o la constancia de haberla constituido, acorde a lo establecido en la cláusula IV del presente Pliego.
c) Uniones Transitorias (UT): Las personas que se presenten agrupadas asumiendo, en caso de resultar adjudicatarias, el compromiso de constituirse en una Unión Transitoria (UT), además deberán acompañar junto con la oferta lo siguiente:
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1. Poder emitido por las personas que conformarán la UT o sus representantes legales en favor de uno de ellos, mediante el cual se acrediten sus facultades para suscribir la oferta y actuar en su representación desde el momento de la presentación de la propuesta hasta el dictado del acto de finalización del procedimiento.
2. Declaración jurada suscripta por las personas que conformarán la UT o sus representantes legales, en la que conste lo siguiente:
2.1. El compromiso de constituirse legalmente como tal, en caso de resultar adjudicatarias, y de modo previo a la notificación de la orden de compra o firma del contrato respectivo.
2.2. El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las personas agrupadas, por el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del procedimiento de selección y del contrato.
2.3. El compromiso de mantener la vigencia de la UT por un plazo no menor al fijado para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato.
2.4. El compromiso de no introducir modificaciones en el estatuto de la UT, ni en el de las personas jurídicas que la integraren, que importe una alteración de la responsabilidad, sin la aprobación previa del organismo contratante.
2.5. El compromiso de actuar exclusivamente bajo la representación unificada en todos los aspectos concernientes al contrato.
3. Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos específicos previstos en los pliegos de bases y condiciones particulares.
Una vez presentada la oferta, las UT no podrán modificar su integración, es decir, cambiar, aumentar y/o disminuir el número de personas que las compondrán, y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del contrato, excepto conformidad expresa del organismo contratante.
Las personas que se presentasen en los términos previstos en el presente apartado no podrán presentarse como parte de otra oferta, ni constituirse como oferentes individuales, bajo apercibimiento de desestimarse la totalidad de las ofertas.
Se deja constancia que los requisitos deberán ser cumplidos por cada uno de los integrantes de las UT son:
SIPRO: Se verificará en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), el estado en que se encuentra quien hubiere suscripto la oferta, como así también el estado en que se encuentran cada una de las personas que integrarán la UT.
DEUDA ANTE AFIP: En caso de Uniones Transitorias (UT), el cumplimiento de las obligaciones ante AFIP mencionadas precedentemente, se verificará respecto de cada una de las personas que integrarán la UT.
REPSAL: En caso de Uniones Transitorias (UT), su cumplimiento, se verificará respecto de cada una de las personas que integrarán la UT.
Declaración Jurada de Intereses: En caso de Uniones Transitorias (UT), su cumplimiento, se verificará respecto de cada una de las personas que integrarán la UT.
d) Documentación para acceder a las Preferencias: La documentación que se detalla en el presente punto únicamente deberá ser presentada a efectos de acceder a
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preferencias. La falta de presentación o la presentación en forma incompleta y/o defectuosa de las Declaraciones Juradas, se entenderá, dentro del procedimiento de contratación en particular, que la oferta no accede a las preferencias, no constituyendo una causal de desestimación de la oferta:
i. Sistema de protección integral de los discapacitados. Acorde a lo establecido en el Decreto N° 312/10, si se produjera un empate de ofertas, deberá considerarse en primer término aquella empresa que tenga contratadas a personas con discapacidad, situación que deberá ser fehacientemente acreditada. En el caso en que la totalidad de las empresas igualadas hubiera personal con discapacidad, se priorizará, a igual costo, las compras de insumos y provisiones de aquellas empresas que contraten o tengan en su planta de personal el mayor porcentaje de personas discapacitadas empleadas. En caso de corresponder, y a fin de acceder a la mencionada preferencia, los oferentes deberán completar y acompañar la Declaración Jurada que se encuentra como Anexo III del presente Pliego.
ii. Promoción del acceso al empleo formal para personas Travestis, Transexuales y Transgénero. Acorde a lo establecido en el Decreto N° 659/21 y su Anexo, Si se produjera un empate de ofertas, deberá priorizarse, en primer término, aquella empresa que posea en su planta laboral a personas travestis, transexuales y transgénero. En el caso de que varias de las empresas igualadas incluyan en su plantel a personas con dichas identidades, deberá priorizarse al oferente que posea el mayor porcentaje de personas travestis, transexuales y transgénero en sus puestos de trabajo. En caso de corresponder, y a fin de acceder a la mencionada preferencia, los oferentes deberán completar y acompañar la Declaración Jurada que se encuentra como Anexo IV del presente Pliego.
iii. Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores. A los fines de acreditar el origen de los bienes, los oferentes de bienes de origen nacional, en los términos del primer párrafo del artículo 5° de la Ley N° 27.437, los artículos 10 a 12 del Anexo al Decreto N° 800/18 y el artículo 4° de la Resolución N° 91/18 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y su modificatoria, deberán completar y presentar, para cada uno de los bienes que coticen, la totalidad del formulario de DECLARACIÓN JURADA DE CONTENIDO NACIONAL de conformidad con el Anexo V del presente pliego.
Cuando el oferente que hubiere resultado cocontratante en un procedimiento de selección por la aplicación de la preferencia establecida en la Ley N° 27.437, no cumpla con las condiciones de la contratación o con los porcentajes de integración nacional declarados en los bienes ofrecidos, deberá reintegrar la suma equivalente a la preferencia obtenida, consistente en la diferencia del porcentual mediante el cual obtuviera la adjudicación del contrato, sin perjuicio de las demás sanciones que le pudieran corresponder.
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Se incorpora como Anexo VI las Sanciones establecidas en el Capítulo IX de la Ley N° 27.437 dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 30 de la Resolución N° 91/2018 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y su modificatoria.
iv. PyME. En caso de que el oferente sea una PyME, para acceder a las preferencias previstas en la Ley Nº 25.300, sus normas complementarias y modificatorias, deberá manifestar tal condición en su oferta o acompañar el certificado PyME.
A fin de corroborar la información declarada por el oferente, el ORSNA efectuará la consulta a través de la página de Internet xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx, ingresando el número de CUIT del oferente.
8.- Requisitos técnicos.
a) En su oferta se deberá especificar con el mayor grado de detalle las características técnicas de los bienes a proveer, acompañando catálogos y/o folletos descriptivos de cada uno de los elementos cotizados en la presente contratación, indicando calidad, presentación, marca y número de renglón; y cualquier otro detalle que pueda servir para una mejor evaluación de sus ofertas.
b) Muestras: lugar, plazo y horario para su presentación. Examen.
Los oferentes deberán presentar muestras de todos y cada uno de los productos y marcas cotizadas. Estas podrán ser presentadas, como máximo, hasta el momento fijado para el acto de apertura de ofertas, en el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y
SUMINISTROS en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx x/x, Xxxxxxxx XX, Xxxx 0x Acceso Norte, en el horario de 9.30 a 13 y de 15 a 17.30 hs.
Las muestras deberán indicar en forma visible los datos del procedimiento de selección al que correspondan y la fecha y hora de apertura de las ofertas. En el interior del sobre, caja o paquete que las contenga el oferente deberá consignar su nombre o razón social. Deberán presentarse con remito, con el detalle de el/los producto/s entregado/s, como así también las marcas, dentro del sobre, caja o paquete. Los envases y productos de dichas muestras serán iguales a los que se deberán entregar en caso de resultar adjudicatarios.
9.- Subsanación de ofertas. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones, acorde a lo establecido en el artículo 67 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16, se intimaráa los oferentes a que subsanen susofertas dentro del término de TRES (3) días.
IV.- GARANTÍAS.
1.- Clases de garantías. Los oferentes o los cocontratantes deberán constituir:
a) De mantenimiento de la oferta. En la oferta presentada a través del “XXXXX.XX”, el oferente individualizará la garantía de mantenimiento de la oferta mediante los datos que requiera el sistema. La misma será constituida por un CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto.
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b) De cumplimiento del contrato. El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de CINCO (5) días de recibida la orden de compra o contrato. En los casos de licitaciones o concursos internacionales, el plazo será de hasta VEINTE (20) días como máximo. La misma será constituida por un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato.
c) De impugnación al dictamen de evaluación de las ofertas. Se podrá impugnar el dictamen de evaluación dentro de los TRES (3) días contados a partir del día hábil siguiente al de su notificación.
A tales efectos, se deberá integrar la garantía por un POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
Para las situaciones previstas en los párrafos 3°, 4° y/o 5° del inciso a) del artículo 32 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición ONC N° 63/16, el monto de la garantía será de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000,00).
2.- Formas de garantías. Las garantías podrán constituirse mediante alguna de las formas previstas en el artículo 39 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición ONC N° 63/16. En relación a los plazos, se estará a lo consagrado en los artículos 10, 13 y 16 de la misma normativa.
Cuando la garantía no fuera electrónica, el original o el certificado pertinente de la garantía deberá ser presentado, en la UNIDAD SECRETARÍA GENERAL sito en el Aeroparque Xxxxx Xxxxxxx; Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx x/x, Xxxxxxxx XX, Xxxx 0x Xxxxxx Xxxxx, X0000XXX, XXXX, en el horario de 9:30 a 13:00 y 15:00 a 17.00 hs. Para el caso de la garantía de mantenimiento de oferta, deberá ser presentada entre el plazo que va desde la fecha y hora de apertura y hasta un plazo de DOS (2) días contados a partir del día hábil siguiente al del acto de apertura. Para las restantes garantías, se deberán acompañar dentro de los plazos indicados anteriormente para cada una de ellas.
Cuando la garantía fuera una póliza electrónica de seguro de caución, se deberá individualizar en XXXXX.XX, dentro de los plazos aludidos para cada caso, mediante los datos que requiera el sistema y no se presentará en forma física.
Se deberá contratar las pólizas con una compañía de seguros autorizada por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (SSN), la cual deberá estar encuadrada dentro de la rama de actividad “Patrimoniales y Mixtas”.
La SSN como autoridad de aplicación analiza cierta información contenida en los Balances Trimestrales que las mismas aseguradoras presentan, y con ella conforman los llamados “Indicadores xxx Xxxxxxx Asegurador”, los cuales se encuentran disponibles en planilla de cálculo en xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxxx, dentro de la sección Estadísticas > Información Contable > Indicadores.
Solo alcanzarán la condición de aceptabilidad, aquellas aseguradoras rankeadas por los indicadores mencionados, que por lo menos alcancen o superen los valores de referencia del sector en 2 de los 3 indicadores identificados como “C” [Créditos / Activos], “D” [(Disponibilidad + Inversiones) / Deudas
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con Asegurados] y “E” [(Disponibilidad + Inversiones + Total de Inmuebles) / (Deudas con Asegurados + Compromisos Técnicos)].
Si el Organismo lo considere pertinente, podrá solicitar el cambio de póliza cuando no se cumplan los parámetros descriptos.
V.- APERTURA DE OFERTAS.
La apertura de ofertas se efectuará a través del sistema XXXXX.XX (xxx.xxxxxxx.xxx.xx). La misma se realizará en el día y horario establecido en el Cronograma previsto en el mencionado Sistema.
VI.- CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS.
La evaluación comprenderá el análisis técnico, la que se basará en corroborar el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas en el presente pliego. A su vez se realizará una evaluación administrativa, verificando que el oferente haya cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente y por el presente Pliego. Finalmente, se evaluarán los factores económicos, es decir, que los valores cotizados resulten convenientes a los intereses del ORSNA.
En los casos que corresponda, se otorgarán las preferencias establecidas en la Ley N° 25.300 de Fomento de la Micro, Mediana y pequeña empresa y su Decreto Reglamentario, en la Ley N° 27.437, en la Ley N° 22.431 del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados y su Decreto Reglamentario N° 312/10 y en la Ley N° 27.636 y su Decreto Reglamentario N° 659/21.
VII.- ADJUDICACIÓN.
La adjudicación se realizará en favor de la oferta más conveniente, teniendo en cuenta el precio global de los productos, la calidad, la idoneidad del oferente, el cumplimiento de los requisitos técnicos y administrativos establecidos en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y demás condiciones de la oferta.
La adjudicación de la totalidad de los Renglones recaerá sobre un único oferente.
TÍTULO II – ETAPA DE EJECUCIÓN
VIII.- ENTREGA: FORMA Y LUGAR.
La entrega se efectuará dentro de los VEINTE (20) días corridos, contados a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de notificación de la Orden de Compra al adjudicatario en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx x/x, Xxxxxxxx XX, Xxxx 0x de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Deberá coordinarse previamente con el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS al correo electrónico xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx.
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IX.- RECEPCIÓN.
La Comisión de Recepción recibirá los bienes con carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la conformidad de la recepción definitiva.
En el caso que se verificara que la prestación cumple con las condiciones establecidas en el presente pliego, la Comisión de Recepción procederá a otorgarla conformidad de la recepción. De este modo, la recepción definitiva se otorgará dentro del plazo xx XXXX (10) días, a partir de la recepción de los bienes objeto del contrato.
X.- FACTURAS.
Las facturas electrónicas deberán remitirse a: xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx y a xxx@xxxxx.xxx.xx o podrán ser presentadas en la Mesa de Entradas del ORSNA, acompañada con una nota de presentación membretada dirigida al ORSNA e indicando como Unidad Requirente al Departamento de Compras y Contrataciones, Patrimonio y Suministros. Asimismo, en la factura se deberá indicar indefectiblemente el N° de Expediente, N° de Orden de Compra y el objeto de la contratación.
El cocontratante deberá presentar las constancias de las exenciones impositivas correspondientes conjuntamente con la factura.
Asimismo, deberá indicar Nombre, CUIL y domicilio de la/s persona/s humana/s que revista carácter de beneficiario final de la contratista, todo ello de acuerdo a lo establecido en las Resoluciones Generales AFIP Nros. 3312/2012, 4879/2020 y 4912/2021.
XI.- PAGO.
El pago se efectuará dentro de los TREINTA (30) días corridos posteriores a la presentación de la factura, cumplida y conformada la entrega. Si correspondiera la aplicación de penalidades, éstas se harán efectivas sobre dichas facturas, tomando en consideración el mes vencido.
La moneda de pago será la de curso legal en el país.
El Contratista deberá abrir una cuenta en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, a efectos de que esa entidad bancaria deposite los pagos correspondientes, acompañando la certificación de la cuenta al momento de presentar la factura.
XII.- RECONOCIMIENTO DE CARGOS.
Este Organismo no reconocerá ningún gasto que no esté taxativamente indicado en la oferta.
XIII.- CLAÚSULA DE CONFIDENCIALIDAD.
El adjudicatario se compromete a respetar la confidencialidad de la información.
Se entenderá por Información Confidencial a la totalidad de la información suministrada en el marco de esta contratación por el ORSNA. El término “Información Confidencial” incluirá asimismo todos los datos, investigaciones, informes, análisis, compilaciones, pronósticos, notas, estudios, archivos, proyecciones, información estadística, procedimientos, papeles de trabajo, correspondencia, hechos
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o cualquier otro material proveniente del ORSNA, sus representantes o terceras personas contratadas por este.
El adjudicatario y sus empleados se comprometen en forma irrevocable ante el ORSNA a no revelar, divulgar o difundir, facilitar, transmitir, bajo cualquier forma, a ninguna persona humana o jurídica, sea esta pública o privada, y a no utilizar para su propio beneficio o para beneficio de cualquier otra persona humana o jurídica, pública o privada, toda la información relacionada con el ejercicio de sus funciones, las cuales se llevarán a cabo como consecuencia de contratación antes referida. Tampoco podrán divulgar las políticas del ORSNA y/o cualquier otra información vinculada con sus funciones y/o el giro institucional o funcional del ORSNA.
El adjudicatario y sus empleados asumirán la obligación de confidencialidad por todo el plazo de la contratación y a perpetuidad.
XIV.- JURISDICCIÓN.
Ante cualquier controversia o reclamo que se suscite con motivo del presente procedimiento de contratación, una vez agotadas todas las instancias administrativas, serán competentes para su resolución los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo situados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Anexo I
ANEXO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
CONSIDERACIONES GENERALES DE LOS PRODUCTOS
- Se deberán ofertar obligatoriamente todos los productos, dado que la adjudicación será a un único oferente por la totalidad de los renglones.
- Previo al acto de apertura los oferentes deberán acompañar muestras de los productos a fin de evaluar la calidad de los mismos.
- Todos los productos deberán contar con el logo del ORSNA, el cual será proporcionado, en caso de resultar adjudicado, por el Organismo.
- Para el Renglón N° 5 (Jarros) se deberá ofertar únicamente por uno de los dos productos propuestos por el Organismo.
- La entrega se encuentra a cargo del proveedor, y deberá entregarse los productos del Renglón N° 2, 3, 4 y 5, dentro de la mochila (Renglón N° 1).
RENGLÓN N° 1: MOCHILA CON LOGO DEL ORSNA.
- Color: negra o gris o azul.
- Compartimento para notebook.
- Capacidad: 17 Lts.
- Bolsillos: mínimo un bolsillo externo.
- Espaldar y tiras acolchadas.
- Incluye aplicación del logo del Organismo. El ORSNA, oportunamente remitirá a quien resulte adjudicatario el isologotipo correspondiente.
Se acompaña el logo a modo ilustrativo:
- Cantidad: 280 mochilas con logo del ORSNA.
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Imagen Ilustrativa
RENGLÓN N° 2: BOLÍGRAFO CON LOGO DEL ORSNA.
- Material: Cuerpo y punta metálica.
- Apertura: Rotación de cuerpo.
- Tamaño: Estándar.
- Colores: blanco o negro.
- Tinta: negra o azul.
- Incluye aplicación del logo del Organismo. El ORSNA, oportunamente remitirá a quien resulte adjudicatario el isologotipo correspondiente.
- Se acompaña el logo a modo ilustrativo:
- Cantidad: 280 bolígrafos con logo del ORSNA.
Imagen Ilustrativa
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RENGLÓN N° 3: CUADERNO CON LOGO DEL ORSNA.
- Tamaño de cuaderno: aprox. 21 x 14 cm.
- Tapa: dura
- Color: xxxx x xxxxxx.
- Cantidad de hojas: 80 o más (hojas rayadas).
- Incluye aplicación del logo del Organismo. El ORSNA, oportunamente remitirá a quien resulte adjudicatario el isologotipo correspondiente.
- Se acompaña el logo a modo ilustrativo:
- Cantidad: 280 cuadernos con logo del ORSNA.
Imagen Ilustrativa
RENGLÓN N° 4: BOTELLA CON LOGO DEL ORSNA.
- Material: acero inoxidable.
- Capacidad: 800ml.
- Color: plata x xxxxxx o azul.
- Incluye aplicación del logo del Organismo. El ORSNA, oportunamente remitirá a quien resulte adjudicatario el isologotipo correspondiente.
- Se acompaña el logo a modo ilustrativo:
15
PLIEG-2023-13417129-APN-GAYP#ORSNA
Imagen Ilustrativa
- Cantidad: 280 botellas con logo del ORSNA.
RENGLÓN N° 5: JARRO TÉRMICO CON LOGO DEL ORSNA.
Los oferentes podrán cotizar cualquiera de los dos productos que se describen a continuación:
a) JARRO TÉRMICO CON MANGO Y LOGO DEL ORSNA:
- Debe tener mango y tapa.
- Material: acero inoxidable.
- Capacidad: 600 ml.
- Color: blanco o azul o gris.
- Incluye aplicación del logo del Organismo. El ORSNA, oportunamente remitirá a quien resulte adjudicatario el isologotipo correspondiente.
- Se acompaña el logo a modo ilustrativo:
Imagen Ilustrativa
- Cantidad: 280 jarros térmicos con mango y logo del ORSNA.
16
PLIEG-2023-13417129-APN-GAYP#ORSNA
b) JARRO TÉRMINO CON LOGO DEL ORSNA:
- Material: acero inoxidable.
- Capacidad: 400 ml.
- Color: blanco o azul.
- Incluye aplicación del logo del Organismo. El ORSNA, oportunamente remitirá a quien resulte adjudicatario el isologotipo correspondiente.
- Se acompaña el logo a modo ilustrativo:
Imagen Ilustrativa
- Cantidad: 280 jarros térmicos con logo del ORSNA.
00
XXXXX-0000-00000000-XXX-XXXX#XXXXX
Xxxxx XX A.
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona humana
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT |
Vínculos a declarar
¿La persona física declarante tiene vinculación con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de | La opción elegida en cuanto a la | ||
un funcionario se deberá repetir la | no declaración de vinculaciones implica | ||
información que a continuación se solicita | la declaración expresa de la inexistencia | ||
por cada una de las vinculaciones a | de los mismos, en los términos del | ||
declarar. | Decreto n° 202/17. |
Vínculo
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
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PLIEG-2023-13417129-APN-GAYP#ORSNA
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. | |
Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato | No se exige información adicional |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
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PLIEG-2023-13417129-APN-GAYP#ORSNA
Anexo II B.
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona jurídica
Razón Social | |
CUIT/NIT |
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | |||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la declarante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Director | Detalle nombres apellidos y XXXX | |
Socio o accionista con participación en la formación de la voluntad social | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
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PLIEG-2023-13417129-APN-GAYP#ORSNA
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firma Fecha
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Anexo III
DECLARACIÓN JURADA: SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOSDECRETO N° 312/10
El que suscribe, en mi carácter de …………………… de la firma…………………………………………CUIT N°……………………………………. por este acto DECLARO BAJO JURAMENTO que la firma TIENE / NO TIENE (TACHAR LO QUE NO
CORRESPONDA) empleadas a personas con discapacidad.
En caso afirmativo, indicar el porcentaje de personas con discapacidad empleadas que tengan en su planta de personal: %
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firma Fecha
Artículo 8° del Decreto N° 312/10: Con relación a la priorización dispuesta en el Artículo 8º bis de la Ley Nº 22.431, incorporado por la Ley Nº 25.689, si se produjera un empate de ofertas, deberá considerarse en primer término aquella empresa que tenga contratadas a personas con discapacidad, situación que deberá ser fehacientemente acreditada. En el caso en que la totalidad de las empresas igualadas hubiera personal con discapacidad, se priorizará, a igual costo, las compras de insumos y provisiones de aquellas empresas que contraten o tengan en su planta de personal el mayor porcentaje de personas discapacitadas empleadas.
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Anexo IV
DECLARACIÓN JURADA: PROMOCIÓN DEL ACCESO AL EMPLEO FORMAL PARA PERSONAS TRAVESTIS, TRANSEXUALES Y TRANSGÉNERO “XXXXX XXXXXXX - XXXXXX XXXXXXX”
Decreto N° 659/2021
El que suscribe, en mi carácter de …………………… de la firma…………………………………………CUIT N°……………………………………. por este acto DECLARO BAJO JURAMENTO que la firma TIENE / NO TIENE (TACHAR LO QUE NO
CORRESPONDA) empleadas a personas travestis, transexuales y/o transgénero.
En caso afirmativo, indicar el porcentaje de personas travestis, transexuales y/o transgénero empleadas que tengan en su planta de personal: %
-
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firma Fecha
ARTÍCULO 10.- Prioridad en las contrataciones del Estado. Si se produjera un empate de ofertas, deberá priorizarse, en primer término, aquella empresa que posea en su planta laboral a personas travestis, transexuales y transgénero. En el caso de que varias de las empresas igualadas incluyan en su plantel a personas con dichas identidades, deberá priorizarse al oferente que posea el mayor porcentaje de personas travestis, transexuales y transgénero en sus puestos de trabajo. Con el fin de hacer valer esta preferencia, los oferentes deberán acreditar fehacientemente la relación laboral con el aludido personal y, en su caso, la cantidad mediante la presentación de la documentación que acredite el vínculo laboral.
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Anexo V
DECLARACIÓN JURADA DE CONTENIDO NACIONAL
Código NCM del Bien:
Bien (Descripción):
El contenido de la presente Declaración Jurada es susceptible de ser verificada por la Autoridad deAplicación (inciso e, Artículo 14 de la Ley Nº 27.437; Artículo 32 del Anexo del Decreto Nº 800/18)
Concepto | VALOR (en % sobre el Precio Final) | |
Nacional | Importado | |
1. Costos de Materiales | ||
2. Mano de Obra (Directa e Indirecta, incl. Cargas Sociales) | ||
3. Otros conceptos (Otros Costos, Impuestos y Tasas excl. IVA, rentabilidad) | ||
4. Precio Final (1+2+3) |
Tipo de Cambio de Referencia Comunicación "A" 3500 del ……………….
(Indicar fecha dd/mm/aaaa, no pudiendo ser anterior a CINCO (5) días hábiles previos a lapresentación de la Declaración)
Declaración de Contenido Nacional | Nacional | Importado |
Porcentaje sobre el Precio Final | % | % |
Firma:
Aclaración:
La falta de presentación o la presentación de forma incompleta y/o defectuosa de la presente Declaración Jurada, se entenderá, dentro del procedimiento de contratación en particular, como que el bien no cumple con la calificación de origen nacional o no posee el porcentaje de integración nacional declarado.
Cada uno de los conceptos de la desagregación del Precio Final del Bien puede incluir, en una misma fila, valores indicados como de origen nacional y/o valores indicados como de origen importado.
La suma de los porcentajes de: 1. Costos de Materiales + 2. Mano de obra + 3. Otros Conceptos, debe ser CIEN POR CIENTO (100 %).
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La suma de los porcentajes sobre el Precio Final (Nacional + Importado) indicados en la Declaración de Contenido Nacional debe ser CIEN POR CIENTO (100 %).
1. Costo de Materiales: incluye insumos, partes, piezas, conjuntos y subconjuntos que se incorporen al bien final. Comprende el valor de costo, seguro y flete (CIF), más todos los tributos que gravan la nacionalización de un bien, que debieran ser satisfechos para su importación por un importador no privilegiado, más el costo de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. En el caso de los Subconjuntos y Conjuntos, para no ser considerados como Contenido Importado, deben cumplir con las dos condiciones impuestas para que un bien sea de origen nacional: i) ser producidos en argentina: y ii) su contenido importado no debe superar el CUARENTA POR CIENTO (40 %) del valor bruto de producción (Artículo 11 del Decreto Nº 800/16).
2. Mano de obra: costo laboral total, incluidos los aportes y contribuciones a la seguridad social.
3. Otros Conceptos incluye a todos aquellos conceptos que integren el precio final del bien s in IVA no contabilizados en los conceptos anteriores: Otros costos directos e indirectos; Margen de ganancia o rentabilidad por sobre los costos; e Impuestos y Tasas (excepto IVA y aquellos incluidos dentro de los conceptos anteriores).
00
XXXXX-0000-00000000-XXX-XXXX#XXXXX
Xxxxx XX
Ley N° 27.437 y sus normas complementarias: Sanciones
Ley N° 27.437
ARTÍCULO 17.- En caso de configurarse el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley y su reglamentación por parte de las entidades comprendidas en el artículo 1°, incisos a), d) y e) de la presente, se notificará a las autoridades de dichas entidades, a la Sindicatura General de la Nación y a la Auditoría General de la Nación.
ARTÍCULO 18.- En caso de configurarse el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley y su reglamentación por parte de las personas comprendidas en el artículo 1°, incisos b) y c) de la presente podrán aplicarse las siguientes sanciones:
a) Apercibimiento;
b) Multa de entre el cinco por ciento (5%) y el cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato, en cuyo marco se verificare el incumplimiento. Dicha multa podrá reducirse hasta en un cincuenta por ciento (50%) si la sancionada rectificare su falta dando cumplimiento inmediato al presente régimen;
c) Suspensión para resultar adjudicatario de futuros contratos, concesiones, permisos o licencias, por un plazo de tres (3) a diez (10) años. El acto administrativo que aplique dicha sanción será comunicado al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) que administra la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Modernización Administrativa del Ministerio de Modernización.
ARTÍCULO 19.- La sanción que se imponga ante la verificación de una infracción se graduará teniendo en cuenta la gravedad de la misma, la capacidad económica del infractor y el grado de afectación al interés público.
ARTÍCULO 20.- Cuando el oferente que hubiere resultado adjudicatario en un procedimiento de selección por la aplicación de la preferencia establecida en la presente ley no cumpla con las condiciones de la contratación o con los porcentajes de integración nacional declarados en los bienes ofrecidos, deberá reintegrar la suma equivalente a la preferencia obtenida, consistente en la diferencia del porcentual mediante el cual obtuviera la adjudicación del contrato, sin perjuicio de las demás sanciones que le pudieran corresponder.
Xxxxxxxxxx Xx 00/00 xx xx xx XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX: PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES
ARTÍCULO 31.- A los fines de la determinación de las sanciones y penalidades previstas en los artículos 18 y 20 de la Ley N° 27.437, ante la verificación de un eventual incumplimiento surgida de una actuación de oficio o por interposición de un recurso, la COORDINACIÓN DE ANÁLISIS DE PROYECTOS DE INTEGRACIÓN NACIONAL notificará al sujeto presunto autor de la conducta pasible de sanción, para que en el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, presente los descargos correspondientes y en su caso formule el ofrecimiento de prueba.
Para el caso de estimarse corresponder, se procederá a la producción de prueba, mediante el procedimiento previsto en el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017.
En el ejercicio de tales funciones, podrá requerir la intervención del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) u otros organismos especializados o Universidades Nacionales.
A fin de merituar las actuaciones, la COORDINACIÓN DE ANÁLISIS DE PROYECTOS DE INTEGRACIÓN NACIONAL elaborará un informe técnico dentro del plazo xx XXXX (10) días hábiles en el que dictaminará respecto a si corresponde la aplicación de sanción o penalidad alguna. En caso afirmativo, y tomando en consideración la gravedad de la infracción cometida, la capacidad económica del infractor y el grado de afectación del interés público, conforme lo previsto en el artículo 19 de la Ley N° 27.437, recomendará la sanción o penalidad que considere aplicable, elevando las actuaciones a la SUBSECRETARÍA DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES.
La determinación de la sanción aplicable a la infracción constatada, se realizará por acto administrativo de la SUBSECRETARÍA DE COMPRE ARGENTINO Y DESARROLLO DE PROVEEDORES, en el plazo de CINCO (5) días hábiles.
ARTÍCULO 32.- Las sanciones que se aplicaren serán notificadas a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, a la AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN y al organismo contratante. En el caso del inciso c) del artículo 18 de la Ley N° 27.437, se notificará, además, a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC).
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PLIEG-2023-13417129-APN-GAYP#ORSNA
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: PLIEG-2023-13417129-APN-GAYP#ORSNA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 6 de Febrero de 2023
Referencia: EX-2023-06689932--APN-GAYP#ORSNA - 58/1-0002-LPR23 - Adquisición elementos de trabajo con el logo actualizado del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).
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Digitally signed by Gestion Documental Electronica Date: 2023.02.06 09:45:25 -03:00
Xxxxxxxx Xxxxx
Jefe de Departamento
Gerencia de Administración y Presupuesto
Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
Digitally signed by Gestion Documental Electronica
Date: 2023.02.06 09:45:26 -03:00