INVITACIÓN PÚBLICA N° 06 DE 2019
INVITACIÓN PÚBLICA N° 06 DE 2019
“CONTRATO PARA REALIZAR EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE GESTIÓN ALIMENTARIA DE LA SECCIÓN DE GESTIÓN Y FOMENTO SOCIOECONÓMICO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO SEDE MANIZALES, MEDIANTE LA MODALIDAD DE NEGOCIACIÓN GLOBAL DE PRECIOS”
Este pliego de condiciones ha sido elaborado siguiendo los postulados señalados por el Acuerdo del CSU N°002 de 2008, “Por el cual se adopta el régimen que contiene las normas generales de los acuerdos de voluntades en la Universidad Nacional de Colombia”, lNaORTeAsIoMluPcOiRóTnANdeTERectoría N° 1551 de 2014, “Por medio de la cual se adopta el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia”, al igual que la Ley 30 de 1992, y demás normas que la modifican, complementan o adicionan con arreglo a los principios de esta institución; para tal efecto, se han realizado los estudios previos con base en los requerimientos de la Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales; los cuales se plasman en las condiciones del presente pliego. Teniendo en cuenta el objeto y la cuantía del proceso, la presente convocatoria se desarrollará a través de la modalidad de Invitación Pública.
Por ello, es claro que “En desarrollo del Artículo 69 de la Carta, el legislador expidió la Ley 30 de 1992, por la cual se organiza el servicio público de la educación superior. En materia de contratación, el Artículo 93 de la citada ley, establece que los contratos celebrados por las universidades estatales u oficiales se regirán por el derecho privado y sus efectos se sujetarán a las normas civiles y comerciales, con excepción de los contratos de empréstito, que se regirán por las normas generales de contratación. En consecuencia, la Universidad tiene la facultad de regirse prioritariamente por su propio régimen orgánico especial.
El Decreto Extraordinario 1210 de 1993 contempla la posibilidad de que la Universidad pueda aplicar las normas generales de contratación administrativa; sin embargo, la Universidad haciendo uso de su autonomía, debe establecer criterios normativos propios y adaptados a las necesidades de su actividad contractual orientada al cumplimiento de los fines misionales.
En síntesis, la Universidad está facultada para actuar como contratante y contratista en la suscripción de toda clase de negocios jurídicos generadores de obligaciones, previstos en el derecho público o privado, típico o atípico, originados en la autonomía de la voluntad de las partes, de acuerdo con sus estatutos y con el presente Manual, siempre que no sean contrarios a la ley (…)”. (p.1, Introducción Manual de Convenios y Contratos, Universidad Nacional de Colombia).
Se solicita seguir en la elaboración de la oferta, la metodología señalada en este pliego, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole que permitan una selección objetiva, transparente y responsable y así evitar la declaratoria de desierta de esta selección.
Se recuerda a los oferentes, que el particular que contrata con la Universidad, adquiere la calidad de colaborador de la misma, en el logro de sus fines y, por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones, sin perjuicio de los derechos que la misma ley le otorga.
Por lo anteriormente expuesto, se recomienda a los aspirantes para participar en esta selección, leer debidamente el presente pliego de condiciones y seguir las instrucciones en él consagradas.
1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento.
2. Verifique, en forma exhaustRiEvCaO, MqEuNeDAnCoIOeNsEtéS INinICcIuArLsEoS en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades generales ni específicas para contratar.
3. Cerciórese que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.
4. Proceda a reunir la información y documentación exigida.
5. Cumpla las instrucciones que en este pliego de condiciones se imparten para la elaboración de su oferta.
6. Identifique su oferta, tanto el original como las copias en la forma indicada en este documento.
7. Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre de la presente Invitación Pública. EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN OFERTAS RADICADAS FUERA DEL TÉRMINO PREVISTO.
8. Toda consulta debe formularse por escrito, radicada en la Sección de Contratación, Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales, Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx X xxxx 0 o enviada vía e-mail a través de los correos, cuya direcciones electrónicas son xxxxxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx y xxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx e igualmente toda comunicación enviada por los oferentes debe ser dirigida a nombre de la Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales, radicada en la Sección de Contratación ubicada en Carrera 27 No. 64-60, Campus Palogrande Bloque D piso 4, dentro del horario comprendido entre las 8:00 a.m. – 12:00 m. y 1:00 p.m.- 5:00 p.m. Ningún convenio verbal con el personal de la Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales, antes, durante o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos o condiciones y obligaciones aquí estipuladas.
9. Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, AUTORIZAN A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MANIZALES, PARA VERIFICAR TODA LA INFORMACIÓN QUE EN ELLA SUMINISTREN.
10. Cuando se presente una presunta falsedad, en la información suministrada por el oferente, o en la de uno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, acorde con las exigencias o requisitos establecidos en el pliego de condiciones, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MANIZALES, podrá rechazar la oferta y/o dar aviso a las autoridades competentes, previa evaluación de la Entidad.
11. El contenido xxx xxxxxx de condiciones debe ser interpretado integralmente.
Donde quiera que, en los documentos del presente proceso de selección y del contrato, se encuentren los siguientes términos, tendrán el significado que se les asigna a continuación:
DEFINICIONES, SIGNIFICADO DE TÉRMINOS PARA EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN
Universidad Nacional de Colombia: Es una comunidad académica cuya misión esencial es la creación, desarrollo e incorporación del conocimiento y su vinculación con la cultura. Es un órgano público estatal, autónomo e independiente, de rango constitucional, organizado en desarrollo del inciso 2 del artículo 113 de la Constitución Política, no perteneciente a ninguna de las ramas del poder público, con personería jurídica especial, no identificable ni asimilable a ninguna de las que corresponden a otras modalidades o tipos de entes públicos, con capacidad de darse sus directivas y de regirse por sus propios estatutos de acuerdo con la ley especial que lo regula. La Universidad Nacional de Colombia cumple, en nombre del Estado, funciones no administrativas orientadas a promover el desarrollo de la educación superior hasta sus más altos niveles, fomentar el acceso a ella y desarrollar la docencia, la investigación, las ciencias, la creación artística y la extensión, para alcanzar la excelencia y los fines señalados en el artículo 2o. del Decreto Extraordinario 1210 de 1993.
Por su carácter nacional y para el mejor cumplimiento de su misión de contribuir a la identidad de la Nación en su diversidad, la Universidad Nacional de Colombia está constituida por las Sedes creadas a la fecha de vigencia del presente Acuerdo, y por aquellas que se creen o integren en el futuro, en armonía con sus planes y programas de desarrollo.
Documentos del proceso de selección: Son los que contienen la información general y particular y las instrucciones para los oferentes.
Adenda: Es el instrumento mediante el cual la Universidad puede explicar, aclarar, modificar o ajustar el pliego de condiciones integrando con estos un solo documento. Dichas modificaciones se deben dar a conocer a los posibles oferentes de manera oportuna, a través del mismo medio en que se dio a conocer el pliego de condiciones.
Verificación de cumplimiento de requisitos habilitantes: Para efectos del presente proceso de selección se entiende por verificación de requisitos habilitantes, el estudio y demás actividades mediante las cuales se comprueba el cumplimiento de la oferta en relación con las exigencias jurídicas y financieras establecidas en el Capítulo IX del presente pliegos de condiciones.
Ponderación: Para efectos del presente proceso de selección se ponderarán las ofertas habilitadas en el análisis jurídico y financiero, según sea el caso. La ponderación se efectuará aplicando las fórmulas o puntajes establecidos en el capítulo respectivo.
Oferta rechazada: Es la oferta que no cumple con los requisitos habilitantes y en consecuencia no puede ser ponderada, o aquella que fue presentada extemporáneamente y las demás estipuladas en los Capítulos II, IV, VI y IX en el presente pliego de condiciones.
Contratista: Es el oferente cuya oferta ha sido adjudicada por la Universidad y con quien se ha celebrado el contrato.
Contrato: Acuerdo de voluntades mediante el cual una parte se obliga con otra a dar, hacer o no hacer algo, a cambio de una contraprestación en dinero o en especie.
Contratos de negociación global de precios: Son los acuerdos de voluntades que se celebran con el fin de fijar las condiciones de oferta para la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización no regulados o controlados por el Estado o para la determinación de tarifas para la prestación de servicios de salud, durante un período de tiempo determinado, en la forma, plazo y condiciones de entrega, calidad y garantía establecidas, sin comprometer recursos presupuestales.
La selección de proveedores como consecuencia de la realización de un contrato de negociación global de precios o de la adhesión a acuerdos xxxxxx de precios suscritos por la entidad rectora del sistema de la contratación pública estatal o de los suscritos por la Universidad en conjunto con otras entidades, permitirá a la Universidad adquirir los bienes y servicios ofrecidos a través de órdenes contractuales o contratos en los mismos términos de la delegación contractual y en las mismas condiciones previstas en el contrato de negociación global de precios, para cuya celebración no se requerirá procesos de selección adicionales.
Estudios previos: Conjunto de documentos que soportan el análisis previo de la conveniencia, pertinencia y oportunidad de la adquisición del bien y/o servicio, el trámite de las autorizaciones y las aprobaciones previas necesarias para la contratación o el desarrollo de los estudios y diseños técnicos previos y/o la formulación de proyectos requeridos para tal fin, determinando las especificaciones técnicas y el valor del bien y/o servicio y analizando los riesgos en los que incurrirá la Universidad al contratar.
Dichos documentos previos, serán de responsabilidad del área o proyecto que requiere la adquisición de un bien y/o servicio y serán el insumo fundamental para la elaboración del estudio xx xxxxxxx y del posterior pliego de condiciones, de manera que los posibles oferentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la Universidad, así como la distribución de riesgos.
Estudio xx xxxxxxx: Es la etapa previa a la invitación a presentar ofertas, en la que se documentan las actividades adelantadas por el área o proyecto que requiere la adquisición de un bien y/o servicio, con el fin de establecer y analizar las especificaciones técnicas, comerciales, económicas y jurídicas de lo que se requiere contratar, para satisfacer de la mejor manera las necesidades de la institución de acuerdo con las tendencias y condiciones xxx xxxxxxx.
Garantía: Es un mecanismo para respaldar el cumplimiento de las obligaciones que surgen a cargo de las partes en el proceso contractual. Las garantías pueden consistir en pólizas de seguros en favor de entidades estatales o garantías bancarias expedidas por compañías de seguros o entidades bancarias respectivamente y los demás mecanismos que previo análisis financiero respalden efectivamente el cumplimiento de las obligaciones, las cuales están especificadas en el Capítulo XI del presente Pliego.
Documentos del contrato: Son aquellos que forman parte integrante del contrato, independientemente que estén contenidos en otros documentos y que por su naturaleza complementen, aclaren o particularicen condiciones especiales a tener en cuenta durante la ejecución y liquidación del contrato.
Modificación del contrato: Es la variación que se efectúa de común acuerdo por las partes sobre los términos y condiciones contractuales, sin que se modifique el objeto de la orden contractual o contrato.
Adición: Es el incremento en el valor de la orden contractual o contrato.
Prórroga: Es la ampliación en el plazo de la orden contractual o contrato:
Aclaraciones: Cuando las modificaciones no afecten el valor o el plazo del contrato, éstas se consignarán en actas suscritas por las partes, salvo en el caso de errores mecanográficos, de trascripción o de copia, debidamente comprobados, donde la aclaración la firmará únicamente la Universidad y podrá colocarse como nota marginal de la minuta que contenga el texto a aclarar.
Interventor/ Supervisor
Se denomina Interventor la persona natural o jurídica que en razón a su conocimiento especializado o experiencia en el área del objeto contractual es contratada por la Universidad para que ejerza el seguimiento técnico, administrativo, jurídico, financiero y contable sobre el cumplimiento de la orden contractual o contrato, cuando la complejidad o la extensión del mismo lo justifiquen.
Se denomina supervisor el servidor público de la Universidad designado para ejercer el seguimiento técnico, administrativo, jurídico, financiero y contable que garantice el cumplimiento del objeto de una orden contractual o contrato.
Invitación: Es el proceso mediante el cual la Universidad requiere a los proveedores para la presentación de oferta que se ajusten a sus necesidades.
Las formas de invitación a presentar ofertas son:
1. Invitación pública: Es la convocatoria dirigida al público en general a través de la página Web de la Universidad o de los medios masivos de comunicación, nacionales o internacionales, para dar a conocer el pliego de condiciones que regirá el proceso de selección del contratista.
2. Invitación directa: Es la convocatoria dirigida a una o varias personas naturales o jurídicas determinadas, para que, con base en los requisitos y condiciones exigidos por la Universidad, presenten una oferta susceptible de ser seleccionada para la celebración de un acuerdo de voluntades.
Objeto: Es el fin que se busca a través de los acuerdos de voluntades y por el cual las partes adquieren compromisos, derechos y obligaciones. El Objeto no es susceptible de ser modificado por las partes pues ello configuraría un nuevo acuerdo de voluntades.
Obligaciones: Son los compromisos específicos que adquiere cada una de las partes, en virtud del acuerdo de voluntades. Las obligaciones deben ser claras, detalladas y ponderables, de manera tal que se permita su seguimiento y evaluación.
Pliego de condiciones: Es el conjunto de reglas que deben cumplir los oferentes dentro del proceso de invitación.
Oferta: Son las condiciones técnicas, de valor y plazo, en las cuales un proveedor ofrece un bien o servicio determinado. Bajo este criterio se incluyen las ofertas escritas o verbales.
Certificación: Todo documento escrito expedido por una persona competente que da fe de algo que se pretende probar.
Asignación: Es la decisión emanada de la Universidad una vez aceptada la recomendación por el Ordenador del Gasto, el Jefe de Contratación o quien haga sus veces requerirá al oferente seleccionado, a través de cualquier medio escrito, para suscribir el contrato, de acuerdo con los parámetros establecidos en el pliego de condiciones.
Día(s) corriente(s) o día(s) calendario: Es cualquier día del calendario, entendido como el espacio de tiempo de 24 horas, sin tener en cuenta si se trata de un día hábil o inhábil. En el evento en que la fecha en que finalice un plazo establecido en los presentes pliegos de condiciones resulte ser un sábado x xxxxxxx u otro día inhábil, el último día de tal período o la fecha correspondiente, se trasladará al día hábil siguiente.
Día(s) hábil(es): Es cualquier día comprendido entre el lunes y el viernes de cada semana entre las 8:00 a.m.- 12:00
m. y las 2:00 p.m.- 6:00 p.m., excluyendo de éstos los días festivos determinados por Ley en la República de Colombia. En el evento en que la fecha en que finalice un plazo establecido en los presentes pliegos de condiciones resulte ser un sábado x xxxxxxx u otro día inhábil, el último día de tal período o la fecha correspondiente, se trasladará al día hábil siguiente.
Cómputo de términos: Para efectos de la presente invitación pública, se aclara que los términos expresados en días y horas se computarán desde la hora en que inicia el término y vencerán el último segundo de la hora inmediatamente anterior a la fecha y hora fijada para la respectiva actuación. Cuando la prórroga de los términos conlleve fracciones de día, se tendrá en cuenta que éstas se contarán a partir del segundo siguiente al vencimiento del respectivo término y que cada día calendario conlleva 8 horas hábiles, entre las 8:00 a.m.- 12:00 m. y las 2:00 p.m.- 6:00 p.m.
Inconsistencia: Falta de consistencia entre la información, manifestación o documentos presentados en la oferta, frente al estudio que realice directamente la entidad de la información, manifestación o documentos aportados con la oferta.
Inexactitud: Falta de exactitud en algún dato contenido en un documento o información aportada por el oferente.
Costos de la preparación de la oferta: Serán de cargo del Oferente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su oferta, la Universidad en ningún caso será responsable de los mismos.
Orden Contractual: Es una de las formas de contratos que celebra la Universidad para crear, modificar o extinguir obligaciones y cuya cuantía no exceda los 800 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Partes: Son las personas naturales o jurídicas que contraen compromisos, derechos y obligaciones en virtud de la celebración de un acuerdo de voluntades.
Plazo: Es el término dentro del cual las partes deben cumplir con el objeto y obligaciones adquiridas a través del acuerdo de voluntades. Empezará a contarse de manera general cuando se cumplan todos los requisitos de perfeccionamiento y legalización o los demás que se hayan pactado para el inicio de la ejecución.
Requisitos de perfeccionamiento: Son aquellos necesarios para que un acuerdo de voluntades nazca a la vida jurídica y genere compromisos, derechos y obligaciones para las partes.
Requisitos de legalización: Son aquellos establecidos por las leyes y aplicables a la Universidad, que deben cumplirse en la celebración de acuerdos de voluntades.
Requisitos de ejecución: Son aquellos necesarios para que las partes inicien el cumplimiento del objeto contractual.
S.M.L.M.V.: Salario Mínimo Legal Mensual Vigente.
NOTA: Para este caso, el contrato se perfecciona, legaliza y da inicio a su ejecución con la firma de las partes.
ANEXOS AL PLIEGO DE CONDICIONES
Los formatos y/o anexos del presente pliego de condiciones, son los siguientes:
Los formatos y/o anexos del presente pliego de condiciones, son los siguientes:
FORMATO No. 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
FORMATO No. 2. OFERTA ECONÓMICA
FORMATO No. 3. ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA POR PARTE DEL OFERENTE RELACIÓN DE CONTRATOS VIGENTES, ADJUDICADOS Y/O EN EJECUCIÓN.
FORMATO No. 4. CALCULO DE ÍNDICES
FORMATO No. 5. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS
ANEXO No. 1. MINUTA DEL CONTRATO
NOTA: No obstante, si el oferente considera que es conveniente para complementar su oferta anexar otra información adicional a la solicitada por La Universidad en los Anexos y/o formatos establecidos, podrá anexarla haciendo referencia al formato que complementa.
CAPÍTULO I
INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS OFERENTES
1.1. OBJETO
CONTRATO PARA REALIZAR EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE GESTIÓN ALIMENTARIA DE LA SECCIÓN DE GESTIÓN Y FOMENTO SOCIOECONÓMICO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO SEDE MANIZALES, MEDIANTE LA MODALIDAD DE NEGOCIACIÓN GLOBAL DE PRECIOS.
1.2. TIPO DE CONTRATACIÓN
La contratación de los servicios del suministro de alimentos se realizará mediante invitación pública1, y como resultado de este proceso se suscribirá un Contrato bajo la modalidad de Negociación Global de Precios, definida ésta como: “La Universidad podrá suscribir contratos de negociación global de precios, individualmente o en conjunto con otras entidades o adherirse a acuerdos xxxxxx de precios suscritos por la entidad rectora del sistema de la contratación pública estatal. Para la negociación global de precios deberán observarse los requisitos y condiciones establecidos en este capítulo, salvo la existencia de un certificado de disponibilidad presupuestal, ya que en este tipo de contratos no se compromete el presupuesto de la Universidad. La selección de proveedores como consecuencia de una negociación global de precios, permitirá a la Universidad adquirir los bienes y servicios ofrecidos a través de órdenes contractuales o contratos en los mismos términos de la delegación contractual y en las mismas condiciones previstas en el contrato de negociación global de precios, para cuya celebración no se requerirán procesos de invitación y selección adicionales”.
1.3. CONDICIONES MÍNIMAS A SER ATENDIDAS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato de Suministro de alimentación consiste en proveer los almuerzos y cenas en las instalaciones de los restaurantes ubicados en los Campus la Xxxxx y Palogrande. El contratista deberá garantizar el suministro de almuerzos y cenas de lunes a sábado (sin incluir festivos). Así mismo, deberá:
a. Suscribir el contrato de arrendamiento de las instalaciones de los restaurantes propiedad de la Universidad, durante todo el período de duración del contrato.
b. Cancelar el canon de arrendamiento en los plazos pactados en los respectivos contratos de arrendamiento; el cual estará conformado por un valor fijo y uno variable.
El valor fijo para el año 2019 es de UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO VEINTICUATRO PESOS
($1.922.124) MCTE mensuales para los dos locales donde funcionan los restaurantes y el valor variable corresponderá al 4% sobre el valor que subsidia o auxilia la Universidad a los estudiantes para el pago de los suministros. Este valor se calculará mensualmente sobre el consumo del período a liquidar.
El valor fijo lo deberá pagar el contratista durante los cinco primeros días de cada mes de ejecución del contrato y el valor variable lo pagará dentro de los siguientes quince días calendario al correspondiente mes de liquidación de los suministros otorgados; en todo caso, la Universidad podrá descontar el canon de arrendamiento fijo o variable de los pagos que realice al Contratista seleccionado por los suministros prestados a los estudiantes.
El Arrendamiento de las instalaciones de los restaurantes ubicados en los Campus de la Xxxxx y Palogrande presenta las siguientes condiciones:
Incluye: Energía eléctrica, servicio de acueducto y alcantarillado, surtidor de alimentos con calefacción y muebles para el área de comedor, estufas, horno microondas, malacate ubicado en el campus Palogrande,
1
campana extractora, tanque de almacenamiento de agua, cuarto frio, estanterías y un congelador vertical en cada campus.
NO incluye: Servicio de gas natural o propano, servicio de refrigeración (congeladores y refrigeradores adicionales), estufas auxiliares, menaje (platos, cubiertos, vasos de uso semi-industrial o industrial, utensilios de cocina, bandejas, etc), cazuelas, sartenes, asadores, porcionadores, licuadora semi-industrial, hornos microondas auxiliares.
c. Los horarios de atención a estudiantes para la entrega del almuerzo y la comida serán convenidos con la Dirección de Bienestar Universitario de la Sede.
d. Informar de inmediato al supervisor sobre cualquier imprevisto o impedimento que perturbe la ejecución normal del contrato.
e. Cumplir el objeto del contrato en la forma y dentro del plazo previsto.
f. Estar al día en sus obligaciones tributarias nacionales ante la DIAN.
g. Cancelar oportunamente el servicio de gas natural.
h. Estar al día en el pago de los aportes a la seguridad social y parafiscal de todo el personal que labore en los restaurantes del campus Palogrande y la Xxxxx.
i. Acatar las indicaciones que imparta el supervisor o coordinador del contrato durante el desarrollo de éste.
j. Evitar dilaciones y retardos innecesarios durante la ejecución del contrato.
k. Responder por la adecuada presentación y la conducta de su personal, manteniendo la supervisión directa del mismo especialmente en los eventos en que puedan llegar a causar daño a los diferentes usuarios del servicio, instalaciones físicas y a los bienes muebles que se encuentran dentro de las instalaciones de los diferentes espacios de la Universidad que son objeto del suministro.
l. El personal encargado de atender a los usuarios del servicio deberá tener un buen manejo de las relaciones interpersonales y actitud de servicio. Igualmente, el personal requerido para la ejecución del contrato no debe exceder las horas reglamentarias de su jornada laboral diaria, para que esto no repercuta en la disminución de su capacidad para prestar el servicio
m. Garantizar durante el suministro, los elementos de Seguridad Industrial, tanto para el personal como para las áreas de operación y de servicio, a fin de evitar accidentes a sus empleados y usuarios.
n. Garantizar la calidad de los suministros y diferentes actuaciones del personal en cumplimiento del objeto del contrato y responder por ello, lo cual se verificará a través del supervisor.
o. Presentar planes de mejoramiento en caso de encontrarse oportunidades de mejora en los procesos de evaluación interna objeto del contrato, referente a los estándares de calidad y servicio, usando los formatos institucionales.
p. Responder a los requerimientos efectuados por la UNIVERSIDAD, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo de la solicitud.
q. El suministro en el restaurante y cafetería deberá ser prestado no sólo a los estudiantes beneficiados del programa de Bienestar Universitario sino a toda la comunidad universitaria que lo demande en los campus Palogrande y La Xxxxx.
r. Cumplir a cabalidad con lo ofrecido en la oferta presentada a LA UNIVERSIDAD, especialmente en lo indicado en el punto 1.2. Descripción y requerimiento de los suministros a contratar de los pliegos de invitación pública.
s. Cada suministro ofrecido deberá incluir lo establecido en las tablas de contenido básico consignadas en la presentación de la oferta, por lo tanto, se comprometerá a entregar como mínimo las cantidades allí descritas.
t. Semanalmente y en lugar visible, publicar los menús en las instalaciones de los restaurantes, con copia del mismo a Bienestar Universitario, lo que permitirá el control del supervisor.
u. Permitir que la Universidad realice evaluaciones sobre la calidad del suministro prestado, en caso de no obtener resultados favorables, esto podrá ser causal de terminación del contrato.
v. Para garantizar la inocuidad de la alimentación suministrada, el Contratista debe cumplir con los lineamientos establecidos en la Resolución 2674 de 2013, Decreto 60 de 2002 y demás normas vigentes para lo cual presentará:
Manual de Buenas Prácticas de Manufactura
Cada CONTRATISTA deberá allegar obligatoriamente con su oferta, en medio digital, a través de CD, el Manual de Buenas Prácticas de Manufactura, el cual deberá ser elaborado conforme los parámetros establecidos en la Resolución 2674 de 2013 por las cuales se reglamentan los requisitos técnicos sanitarios que deben cumplir los expendios de alimentos, Decreto 60 de 2002 por el cual se reglamenta el sistema de análisis de puntos críticos de control HACCP y demás normatividad higiénico sanitaria aplicable que se ajusten al local y al tipo de servicio a prestar.
Plan de Saneamiento Básico
El contratista deberá presentar con la oferta en medio digital, a través de CD, un plan de saneamiento básico, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 2674 de 2013, el cual deberá incluir como mínimo:
- Programa de Limpieza y Desinfección: En el cual constarán los procedimientos concretos de limpieza y desinfección adelantados por los CONTRATISTAS para garantizar la asepsia y la inocuidad de los alimentos. Cada establecimiento debe tener por escrito todos los procedimientos, incluyendo los agentes y sustancias utilizadas, así como las concentraciones o formas de uso y los equipos e implementos requeridos para efectuar las operaciones y periodicidad de limpieza y desinfección.
- Agua Potable: El Contratista deberá monitorear los niveles de pH y Cloro Residual con una frecuencia semanal y llevar el registro correspondiente.
- Programa de Desechos Sólidos: En cuanto a los desechos sólidos (basuras) debe contar con los elementos, recursos y procedimientos que garanticen una eficiente labor de recolección, conducción, manejo, almacenamiento interno, clasificación, transporte y disposición, lo cual tendrá que hacerse observando las normas de higiene y salud ocupacional establecidas con el propósito de evitar la contaminación de los alimentos, áreas, dependencias y equipos o el deterioro del medio ambiente.
- Programa de Control de Plagas: Las plagas entendidas como artrópodos y roedores deberán ser objeto de un programa de control específico, el cual debe involucrar un concepto de control integral, esto apelando a la aplicación armónica de las diferentes medidas de control conocidas, con especial énfasis en las radicales y de orden preventivo.
Manual de Almacenamiento y Conservación de Alimentos
El contratista deberá presentar con la oferta en medio digital, a través de CD, un manual de almacenamiento y conservación de alimentos donde consten los procesos adelantados para dar cumplimiento a las exigencias higiénico sanitarias contenidas en la Resolución 2674 de 2013 y demás normatividad higiénico sanitaria aplicable en lo relacionado al almacenamiento y conservación de alimentos.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar este documento.
Certificación de Manipulación de Alimentos
El contratista deberá presentar una vez se haya suscrito el contrato, el listado de las personas que desarrollarán actividades en los restaurantes; adjuntar la certificación médica que demuestre la aptitud del personal para manipular alimentos y los respectivos certificados de manipulación de alimentos, los cuales deben ser emitidos por la autoridad competente para la ciudad de Manizales.
Plan de Capacitación
El contratista debe presentar con la oferta en medio digital, a través de CD, un plan completo de capacitación a manipuladores, al cual debe adjuntar el cronograma que debe corresponder específicamente al período de desarrollo del contrato y al objeto del mismo de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 2674 de 2013, con las actividades a desarrollar y que reúna los temas, objetivos, metodología y secuencias específicas para cada ítem.
Análisis Microbiológicos
Será responsabilidad del Contratista, efectuar el control de calidad microbiológico, tanto a las materias primas utilizadas, como alimentos procesados. Para verificar la calidad microbiológica de la alimentación el contratista realizará el primer y tercer mes de cada período académico rastreos microbiológicos, que corresponden a tres alimentos (proteína, verdura, fruta, lácteos u otro), uno a superficie y uno a manipulador de alimentos. Debe garantizar que se hagan con estas frecuencias. Como norma de seguridad, el contratista deberá guardar diariamente en refrigeración una muestra del menú del día (100 g), almacenarla como mínimo 48 horas y rotularla con el fin de realizar los análisis pertinentes en caso de intoxicación alimentaria. Si se presentara algún tipo de intoxicación masiva por alimentos adulterados y /o alterados, el contratista asumirá toda responsabilidad civil que genere la demanda por dicha causa.
Manejo Ambiental de Residuos Sólidos
El contratista se obliga a aplicar a cabalidad y en lo pertinente los Decretos 838 de 2005 sobre disposición final de residuos sólidos y Resolución 2674 de 2013, aplicar los lineamientos establecidos por la Universidad Nacional de Colombia – Sede Manizales, en cuanto al adecuado manejo de los residuos peligrosos y no peligrosos, y acatar las directrices emanadas del Equipo de Apoyo al Sistema de Gestión Ambiental respecto del manejo, almacenamiento y entrega para disposición final de los residuos orgánicos generados. Utilizando de manera eficiente y racional los recursos naturales que requiera para el ejercicio de su labor, específicamente en lo que se refiere al agua y la energía eléctrica y suministrar las canecas y bolsas de basura necesarias para la gestión de los residuos sólidos en los puntos satélites y cafeterías, acorde a los lineamientos de la Universidad Nacional de Colombia teniendo en cuenta que las bolsas de residuos orgánicos deben estar debidamente rotuladas.
El contratista, estará obligado a asistir a las reuniones de capacitación citadas por las autoridades de salud municipal o internas de la sede, para tratar los temas de manipulación de alimento y condiciones de higiene.
El contratista será responsable de mantener un ambiente laboral seguro, mediante el control de los factores que puedan ser potencialmente dañinos para la seguridad y la salud de los empleados ocasionando accidentes de trabajo y/o enfermedad profesional y propender por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones generales de salud y calidad de vida de los empleados; para lo cual presentara un programa de salud ocupacional y seguridad industrial de acuerdo a lo establecido por la normatividad legal vigente y dispondrá de los registros de entrega de elementos de protección personal, así como durante el inicio de la ejecución del contrato levantara el panorama de riesgos con ayuda de su ARL.
Así mismo, se deberá aplicar prácticas en la prevención de accidentes, incendios y demás siniestros que se puedan presentar durante la prestación del servicio. Ubicar en un lugar visible el protocolo de manejo en caso de una emergencia, que contenga los números de contacto con la ARL y la orientación para el diligenciamiento del formato de reporte de accidente de trabajo.
w. El contratista deberá relacionar los suministros proporcionados durante la semana (lunes a sábado) y presentarlos a la Oficina de Bienestar Universitario, donde se relacionen las fechas de entrega de los suministros y el número de estudiantes efectivamente atendidos para cada fecha; discriminados por tipo de subsidio que otorga la Universidad al estudiante.
x. El contratista deberá diseñar estrategias y recursos de carácter pedagógico para promover hábitos alimentarios saludables y el cuidado de la salud en la comunidad universitaria.
y. El contratista deberá garantizar el suministro de una alimentación balanceada nutricionalmente en los diferentes tiempos de comida ofrecidos en los servicios. Velará por ofrecer una alimentación de calidad, equilibrada y suficiente, asegurando la calidad sensorial en términos de armonía de colores, texturas, apariencia, presentación, olor y temperatura.
z. El contratista deberá desarrollar actividades que promuevan una buena atención al cliente y la fidelización del mismo (menús variados en fechas especiales, decoración temática del espacio del restaurante, ambientación, entre otros).
aa. El contratista promoverá iniciativas de formación ciudadana a través de la implementación de estrategias pedagógicas que encaminen hábitos alimenticios saludables a los usuarios del servicio.
bb. El contratista deberá contar con un protocolo de atención al usuario que le permita agilizar la prestación del servicio y atender sugerencias, quejas y reclamos de los usuarios.
cc. Dotar cada uno de los restaurantes con los siguientes equipos: gramera, báscula, termómetro digital y capacitar al personal manipulador de alimentos en el uso de los mismos y el registro adecuado de los datos.
dd. El contratista debe garantizar que los equipos de refrigeración y congelación de uso en el servicio, cuenten con dispositivos para el control de la temperatura de almacenamiento.
ee. El contratista debe garantizar el cumplimiento de la política ambiental de la Universidad.
ff. Distribuir el personal mínimo requerido en las condiciones establecidas en el presente pliego y en el contrato. Mantener durante la ejecución del contrato el talento humano completo; cuando se requiera cambio del personal, el nuevo personal debe cumplir los requisitos establecidos en la guía de lineamientos para la prestación de servicios de alimentación en la Universidad Nacional de Colombia en su componente de condiciones higiénico sanitarias, lineamientos específicos del personal manipulador de alimentos.
gg. Tener contemplado planes de contingencia para el desabastecimiento de insumos y menaje, infestación de plagas y roedores, fallo de equipos, entre otros, de tal manera que se garantice la continuidad y la calidad en la prestación del servicio. Deberá tener además un plan de contingencia para déficit de personal por calamidades domésticas, incapacidades o renuncias, con el fin de minimizar los incumplimientos en los procesos.
hh. Asistir a reuniones de seguimiento y control del servicio de alimentación, convocadas por las diferentes instancias de la Universidad.
ii. Todos los trabajadores del contratista sin excepción alguna, antes de iniciar sus actividades al interior de la Universidad deben recibir la inducción en los temas ambientales relacionados con sus actividades propias y realizar la evaluación correspondiente asegurando que la información no solo sea recibida sino también entendida.
jj. Podrán realizar actividades al interior de la Universidad única y exclusivamente aquellas personas que hayan recibido la inducción en gestión ambiental.
kk. Todo el personal operativo y administrativo que presta sus servicios al contratista debe asistir a las capacitaciones en manejo adecuado de residuos orgánicos y responsabilidad ambiental programada por gestión ambiental durante la ejecución del contrato y presentar la respectiva evaluación. Deberá además cumplir con toda la normatividad ambiental vigente en esta materia.
ll. El contratista debe entregar a gestión ambiental el aceite usado generado en las actividades de cocina, en el caso que el contratista realice la disposición final del aceite entrega del certificado de disposición final.
mm. Los residuos orgánicos generados no podrán ser depositados en las tolvas de la Universidad, el contratista debe garantizar el aprovechamiento de los mismos mediante actividades de compostaje o similares.
nn. Es obligación hacer uso adecuado de los puntos ecológicos según los residuos reciclables y no reciclables generados, según la información recibida en la inducción.
oo. El personal a cargo del contratista debe hacer uso eficiente de los recursos naturales tales como agua, energía durante la ejecución del contrato.
pp. En el caso de presentarse cualquier accidente que ocasione impactos negativos al medio ambiente tales como derrames, fugas, entre otros, informar inmediatamente a la línea de emergencia de la Universidad 777.
qq. Al contratista se le prohíbe la preparación de alimentos dentro de las instalaciones de la Universidad con destino diferente a los usuarios de la misma.
rr. El Contratista deberá presentar una matriz de riesgos para cada establecimiento del servicio, la cual debe ser socializada con el equipo de colaboradores.
ss. No instalar máquinas de juegos xx xxxx y suerte o expendedoras de productos industrializados en las áreas destinadas al suministro de alimentación a su cargo.
tt. Abstenerse de usar el nombre de la UNIVERSIDAD en actividades de publicidad, comunicados de prensa, avisos, comerciales o similares, sin la expresa autorización escrita.
uu. El operador debe garantizar el cuidado de los equipos que la universidad provee para el funcionamiento del servicio de alimentación y que estarán a cargo del operador durante el tiempo en que se desarrolle esta orden global. Si durante las visitas de verificación se observa deterioro de los equipos por negligencia, falta de cuidado o mala operación, el operador se hará responsable de los mantenimientos adicionales que el equipo requiera.
1.4. DESCRIPCIÓN Y REQUERIMIENTO DE LOS SUMINISTROS
El número de suministros diarios estimados para los estudiantes beneficiarios del programa de Bienestar Universitario, bajo condiciones académicas normales, son en promedio, de lunes a viernes 550 suministros diarios entre almuerzos y comidas, y el día sábado en promedio son 400 suministros. Estas cifras de consumo promedio son entre los dos campus Palogrande y la Xxxxx.
La estimación de los suministros debe tener en cuenta:
Una desviación en las dos primeras y las dos últimas semanas del semestre que oscila entre el 30% y 60% de los suministros promedio.
El contratista podrá ofrecer el servicio de restaurante al precio estimado para las personas que no tienen el subsidio de alimentación. Igualmente podrá ofrecer servicio de cafetería siempre y cuando no altere la prestación normal del servicio de restaurante.
1.5. TARIFAS DEL SUMINISTRO
La Universidad considera que el valor máximo por suministro de almuerzo o comida es de $7.000 incluido impuesto al consumo del 8%, tanto para estudiantes beneficiarios del programa como para las demás personas de la comunidad universitaria. En consecuencia, las ofertas que superen este valor incurrirán en causal de rechazo de la oferta. El suministro de alimentación subsidiado tiene dos modalidades:
TARIFA PARCIAL: Del valor establecido para el suministro de alimentación, el estudiante asume el 25% del valor total del servicio, cancelados directamente por éste al contratista al momento de solicitar el suministro, previa identificación con su huella digital, el resto del valor pactado lo asume la Universidad.
TARIFA TOTAL: Para el caso de los estudiantes beneficiados con tarifa total, la Universidad asume el valor total de la tarifa ofertada (100%) para cada suministro y sólo requiere de la presentación de la huella por parte del estudiante en el momento de solicitar el almuerzo o la comida.
NOTA: A partir del 1° de enero del año 2020 y del año 2021, se realizará un incremento en el valor del servicio equivalente al índice de precios al consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior.
1.6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SUMINISTRO
El Contratista deberá tener en cuenta las tablas del menú patrón detalladas a continuación del suministro del apoyo alimentario presentada por la Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales, realizada según los lineamientos y estándares definidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF- en las guías alimentarias para población colombiana mayor de 2 años.
Minuta Patrón y Ciclo de Menús
Es la lista de preparaciones que conforman un tiempo de comida, incluye los grupos de alimentos y las porciones de cada uno para lograr el aporte de calorías y macronutrientes de los estudiantes beneficiarios del programa de apoyo alimentario. El tamaño de porción dispuesto en la minuta patrón del presente pliego de condiciones, corresponde al tamaño mínimo exigido por la Universidad y al producto en cocido.
Tabla No. 1 TABLA DE CONTENIDO BÁSICO DEL SUMINISTRO (ALMUERZO)
MENÚ PATRÓN ALMUERZO | |||
PORCENTAJE DE APORTE CALÓRICO | 40% | ||
COMPONENTES | FRECUENCIA | CANTIDAD TOTAL (COCIDO) | ESPECIFICACIONES |
Sopa | Diaria | 260 cc | Se deben incluir dos (2) sopas de cereal en la semana (cebada, arroz, cuchuco xx xxxxx, quinua, maíz, amaranto.) Dos (2) cremas y Dos (2) sopas a elección del Operador |
El contenido sólido de la sopa debe pesar 80 g en cocido (30 x xx xxxxxx, 00 g variedad xx xxxxx, plátano o yuca y 20 g verdura). | |||
Carne (pollo, pescado, res, cerdo, ternera)* ** | Diaria de acuerdo a las especificaciones | 100 g Magra | Pollo entero dos(2) veces a la semana (incluir una preparación con filete y otra de pollo con hueso), pescado Dos (2) veces a la semana, carne de res Una (1) vez a la semana, carne de cerdo Una (1) vez a la semana. |
MENÚ PATRÓN ALMUERZO | |||
PORCENTAJE DE APORTE CALÓRICO | 40% | ||
COMPONENTES | FRECUENCIA | CANTIDAD TOTAL (COCIDO) | ESPECIFICACIONES |
*Las carnes molidas solo se ofrecen dos (2) veces al mes. | |||
**No ofrecer embutidos ni enlatados. | |||
150 g con hueso | Opciones de alimento vegetal: albóndigas de carve, tofú, gluten, hamburguesa de leguminosas. | ||
110 g Pescado con espina tipo bagre, 180 g mojarra y 100 g filete. | Se sugiere para el manejo de la proteína vegetal, realizar inscripción previa de estudiantes vegetarianos ante el Área de Gestión y Fomento Socioeconómico. | ||
Opción de alimento vegetal para vegetarianos 100 g. | Esta proteína no puede ser intercambiada por ningún otro componente del almuerzo del día. | ||
Cereal | Diaria | 120 g | Arroz, pastas, (espaguetis, tallarines, macarrones, entre otros). |
Tubérculos y plátanos | Diaria | 100 g papa entera | Papa (sabanera, pastusa, criolla), yuca, plátano, arracacha. Se sugiere incluir únicamente Dos (2) preparaciones fritas a la semana. |
80 g yuca, arracacha, plátano, papa xxxxxxx o papa en presentación chip o francesa. | |||
Verdura | Diaria | 60 g verdura cruda | Ofrecer cuatro (4) días de ensalada cruda variada, que incluya tres (3) ingredientes de diferente color (debidamente desinfectada en medio ácido o básico) y dos (2) días de verdura cocida, guisada o en torta, que incluya dos (2) ingredientes. |
80 g verdura cocida | |||
Jugo de fruta natural * | Diaria | 210 cc | Con mínimo 90 g de fruta por vaso, equivalente al 43%. |
En sedes de clima cálido adicionar un vaso de 210 cc de agua de panela fría con limón. | Endulzar con panela, evitar el azúcar. | ||
Leguminosas | Diaria | 100 g | Ofrecer distintas variedades de fríjol, lenteja, garbanzo y arveja seca. |
Leche | Diaria | 1 vaso de 7oz ó 210 cc | Leche pasteurizada en bolsa para el consumo inmediato durante el servicio de alimentos. |
MENÚ PATRÓN ALMUERZO | |||
PORCENTAJE DE APORTE CALÓRICO | 40% | ||
COMPONENTES | FRECUENCIA | CANTIDAD TOTAL (COCIDO) | ESPECIFICACIONES |
Azúcares y dulces | Diaria | 20 - 30 g | Postre industrializado tres (3) veces por semana: arequipe, mini brownie, mini ponqué, galletas, mini milhoja, minipasabocas, helado, gelatina de pata, panelita. |
50 g | Postres elaborados tres (3) veces por semana (arroz de leche, gelatina y natilla) |
Tabla No. 2 TABLA DE CONTENIDO BÁSICO DEL SUMINISTRO (CENA)
MENÚ PATRÓN CENA | |||
PORCENTAJE DE APORTE CALÓRICO | 30% | ||
COMPONENTES | FRECUENCIA | CANTIDAD TOTAL (COCIDO) | ESPECIFICACIONES |
Sopa | Diaria | 260 cc | Se deben incluir dos (2) sopas de cereal en la semana (cebada, arroz, cuchuco xx xxxxx, quinua, maíz, amaranto.) Dos (2) cremas y Dos (2) sopas a elección del Operador |
El contenido sólido de la sopa debe pesar 80 g en cocido (30 x xx xxxxxx, 00 g variedad xx xxxxx, plátano o yuca y 20 g verdura). | |||
Carne (pollo, pescado, res, cerdo, ternera)* ** | Diaria de acuerdo a las especificaciones | 100 g Magra | Pollo entero dos(2) veces a la semana (incluir una preparación con filete y otra de pollo con hueso), pescado Dos (2) veces a la semana, carne de res Una (1) vez a la semana, carne de cerdo Una (1) vez a la semana. |
*Las carnes molidas solo se ofrecen dos (2) veces al mes. | |||
**No ofrecer embutidos ni enlatados. | |||
150 g con hueso | Opciones de alimento vegetal: albóndigas de carve, tofú, gluten, hamburguesa de leguminosas. | ||
110 g Pescado con espina tipo bagre, 180 g mojarra y 100 g filete. | Se sugiere para el manejo de la proteína vegetal, realizar inscripción previa de estudiantes vegetarianos ante el Área de Gestión y Fomento Socioeconómico. | ||
Opción de alimento vegetal para vegetarianos 100 g. | Esta proteína no puede ser intercambiada por ningún otro componente del almuerzo del día. | ||
Cereal | Diaria | 120 g | Arroz, pastas, (espaguetis, tallarines, macarrones, entre otros). |
Tubérculos y plátanos | Diaria | 100 g papa entera | Papa (sabanera, pastusa, criolla), yuca, plátano, arracacha. Se sugiere incluir únicamente Dos (2) preparaciones fritas a la semana. |
MENÚ PATRÓN CENA | |||
PORCENTAJE DE APORTE CALÓRICO | 30% | ||
COMPONENTES | FRECUENCIA | CANTIDAD TOTAL (COCIDO) | ESPECIFICACIONES |
80 g yuca, arracacha, plátano, papa criolla o papa en presentación chip o francesa. | |||
Verdura | Diaria | 60 g verdura cruda | Ofrecer cuatro (4) días de ensalada cruda variada, que incluya tres (3) ingredientes de diferente color (debidamente desinfectada en medio ácido o básico) y dos (2) días de verdura cocida, guisada o en torta, que incluya dos (2) ingredientes. |
80 g verdura cocida | |||
Jugo de fruta natural * | Diaria | 210 cc | Con mínimo 90 g de fruta por vaso, equivalente al 43%. |
En sedes de clima cálido adicionar un vaso de 210 cc de agua de panela fría con limón. | Endulzar con panela, evitar el azúcar. | ||
Leche | Diaria | 1 vaso de 7oz ó 210 cc | Leche pasteurizada en bolsa para el consumo inmediato durante el servicio de alimentos. |
Azúcares y dulces | Diaria | 20 - 30 g | Postre industrializado tres (3) veces por semana: arequipe, mini brownie, mini ponqué, galletas, mini milhoja, minipasabocas, helado, gelatina de pata, panelita. |
50 g | Postres elaborados tres (3) veces por semana (arroz de leche, gelatina y natilla) |
NOTA: TENIENDO EN CUENTA QUE LAS ENCUESTAS DE SATISFACCIÓN AUN INDICAN INCONFORMIDAD DE LOS USUARIOS CON RESPECTO A LA FRECUENCIA DEL PESCADO, SE DISMINUIRÁ A 2 VECES POR SEMANA, UNA EN EL ALMUERZO Y OTRA EN LA CENA. PARA SUSTITUIR LAS DOS PORCIONES RESTANTES (ALMUERZO Y CENA) SE DEBERÁ VARIAR DE LA SIGUENTE MANERA: POLLO CON HUESO Y CERDO, UNA SEMANA Y RES Y PECHUGA (FILETE) LA SEMANA SIGUIENTE.
Para la planeación y derivación de los menús diarios, los Contratistas deberán acogerse a la minuta patrón definida por la Universidad Nacional de Colombia en las Tablas No. 1 y No. 2. con nota aclaratoria con respecto al proteico pescado.
El Contratista deberá comprometerse a suministrar una alimentación completa, equilibrada, suficiente y adecuada que cubra todas las recomendaciones nutricionales y tamaños de porción establecidos en la minuta patrón. Cada oferta deberá contener como mínimo cuarenta (40 menús), los cuales deben ser cumplidos y sin excepción con los requisitos del presente pliego de condiciones, teniendo la misma vigencia del contrato. Durante la prestación del servicio, diariamente debe colocarse el menú en un lugar visible en los restaurantes. Los cambios que se realicen al ciclo de menús durante la ejecución del contrato deben ser esporádicos y serán informados por escrito al supervisor del contrato.
La alimentación suministrada deberá cumplir con las características organolépticas de sabor, color, aroma y textura apropiadas, debe ser variada y poseer la temperatura adecuada de acuerdo al tipo de alimento.
Durante la ejecución, el contratista seleccionado se compromete a entregar la totalidad de los suministros propuestos. Solamente se permitirán variaciones para la asignación y distribución de los mismos si se realizan encuestas de consumo, por cualquiera de las partes, para medir las preferencias de los usuarios las cuales solo podrán adoptarse con el visto bueno expreso y por escrito emitido por el supervisor del contrato. Igualmente se aceptarán variaciones de los menús propuestos en casos de fuerza mayor, previa aceptación por parte del supervisor.
La Universidad verificará a través de auditorías periódicas el cumplimiento del componente nutricional de conformidad con los “lineamientos para la prestación de servicios de alimentación en la Universidad Nacional de Colombia”, establecidos en el Acuerdo 17 de 2017 del Consejo Superior Universitario “Por el cual se reglamentan los servicios de alimentación que forman parte del programa Gestión Alimentaria del Sistema de Bienestar Universitario en la Universidad Nacional de Colombia”. Se realizará el número de evaluaciones que el supervisor del presente contrato estime conveniente durante el período académico. Si los resultados obtenidos después de la ponderación de las muestras analizadas resultan subadecuados es decir, menores al 97% de cumplimiento frente al gramaje establecido en el menú patrón, en más de un componente y/o específicamente en el componente proteico, esto será considerado causal de incumplimiento del contrato.
1.7. REQUISITOS DE HIGIENE PARA LA PREPARACIÓN Y DISTRIBUCIÓN
El Contratista debe cumplir los requisitos exigidos en el literal “v” del numeral 1.3. CONDICIONES MÍNIMAS A SER ATENDIDAS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1.8. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA GESTIÓN DE LOS CUPOS OTORGADOS POR EL PROGRAMA DE GESTIÓN ALIMENTARIA Y PAGO AL CONTRATISTA EN LOS ALIMENTOS SUBSIDIADOS
La asignación de los cupos a los estudiantes se realizará según las disposiciones de la normatividad vigente por Bienestar Universitario, y se entregará en el horario que determine la Universidad para esto.
El estudiante beneficiado se acercará al punto de entrega de los suministros de alimentación en el Campus que escoja y se identificará mediante la huella digital. Sólo quien tenga asignada la tarifa parcial además de identificarse entregará, al contratista el valor correspondiente al 25% del valor total del servicio ofertado. Huella aceptada por el sistema, servicio entregado.
El contratista llevará un registro del número de suministros entregados por modalidad, el cual será presentado en la oficina de Bienestar Universitario, dicho registro será confrontado con el sistema de información adoptado por la Universidad para realizar seguimiento al consumo de los suministros.
Bienestar Universitario de Sede, previa verificación de los consumos, solicitará la factura y los soportes se deben entregar de acuerdo al cronograma establecido con el supervisor del contrato y deberá incluir como mínimo los siguientes documentos e información:
- Factura donde se discriminen cada uno de los conceptos cobrados.
- Resumen del consumo por cada servicio, correspondiente al período facturado.
- Paz y salvo de parafiscales y seguridad social expedido por el revisor fiscal o representante legal, según el caso.
- Para el último pago establecido en el marco de la orden contractual final, el contratista deberá presentar el paz y salvo de la Oficina de Inventarios relacionados con los bienes a su cargo.
1.9. PERSONAL
Se hace referencia al personal mínimo requerido para la óptima prestación del suministro, distribuido de la siguiente manera:
CAMPUS PALOGRANDE:
Un administrador (puede ser el mismo para los restaurantes de ambos campus)
Un Ingeniero de Alimentos (puede ser el mismo para los restaurantes de ambos campus)
Una persona encargada del aseo.
Tres personas para manipulación y cocción de alimentos.
Un auxiliar.
Un cajero.
CAMPUS LA XXXXX
Un administrador (puede ser el mismo para los restaurantes de ambos campus)
Un Ingeniero de Alimentos (puede ser el mismo para los restaurantes de ambos campus)
Una persona encargada del aseo
Cuatro personas para manipulación y cocción de alimentos.
Un auxiliar.
Un cajero.
IMPORTANTE: Nótese que lo anterior se refiere al personal “mínimo”, si el flujo de trabajo en horas pico o el aumento de los usuarios lo amerita, el contratista debe disponer del personal necesario para asegurar la prestación del servicio de manera eficiente y asegurando los componentes higiénico sanitario, nutricional y de servicio.
Experiencia del personal:
Administrador: El oferente deberá acreditar un mínimo de tres (3) años de experiencia certificada en cargos similares en contratos de suministro de alimentación, para el administrador propuesto.
Personal de Cocina: El oferente deberá acreditar un mínimo de dos (2) años de experiencia certificada en actividades similares en contratos de suministro de alimentación, para el personal de cocina propuesto.
Para el resto del personal que se proponga para la ejecución del contrato se deberá acreditar como mínimo dos (2) años de experiencia en las actividades a realizar.
OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD
1) Realizar los pagos en la forma y oportunidad convenidas en las órdenes contractuales o contratos derivados de la Negociación Global de Precios.
2) Designar un supervisor por cada orden contractual o contrato derivado del Contrato de Negociación Global de Xxxxxxx, quien servirá de intermediario entre el Contratista y la Universidad.
3) Exigir al Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato a través de la supervisión.
4) Adelantar las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufra en desarrollo del contrato.
1.10. PLAZO DE EJECUCIÓN REQUERIDO POR LA UNIVERSIDAD
De acuerdo con los estudios previos y xx xxxxxxx que preceden al presente proceso de selección, la Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales tiene estimado y calculado como plazo de ejecución del contrato setecientos treinta y tres (733) días calendario, contados desde el 15 de octubre de 2019, hasta el 16 de octubre de 2021.
1.11. CIFRAS HISTÓRICAS
Aclarando que este tipo de contratos no compromete recursos presupuestales, la Universidad considera importante informar a los posibles oferentes cual ha sido el presupuesto asignado para suplir las necesidades del Programa de Gestión Alimentaria de los últimos cuatro años:
ITEM | AÑO | VALOR |
1 | 2014 | $513.000.000 |
2 | 2015 | $576.000.000 |
3 | 2016 | $638.000.000 |
4 | 2017 | $612.105.788 |
5 | 2018 | $675.000.000 |
También es importante aclarar que la Universidad Nacional de Colombia presenta estas cifras históricas de presupuesto comprometido, durante las vigencias en los años 2014 – 2018, con un propósito meramente INFORMATIVO.
Históricos de las tarifas totales y parciales entregadas a los estudiantes usuarios del servicio de alimentación y el porcentaje por tarifa
CONSUMO POR TARIFAS Y PORCENTAJES | ||||||||
Tarifa | Año 2015 | Año 2016 | ||||||
Periodo | Pocentaje | Periodo | Porcentaje | Periodo | Porcentaje | Periodo | Porcentaje | |
2015-1 | 2015-2 | 2016-1 | 2016-2 | |||||
Total | 27.188 | 46,60% | 33.059 | 47,20% | 16.522 | 49,80% | 27.086 | 43,30% |
Parcial | 31.105 | 53,40% | 36.909 | 52,85% | 16.686 | 50,20% | 35.495 | 56,70% |
Total Servicios Entregados | 58.293 | 100% | 69.968 | 100% | 33.208 | 100,00% | 62.581 | 100,00% |
CONSUMO POR TARIFAS Y PORCENTAJES | ||||||||
Tarifa | Año 2017 | Año 2018 | ||||||
Periodo | Porcentaje | Periodo | Porcentaje | Periodo | Porcentaje | Periodo | Porcentaje | |
2017-1 | 2017-2 | 2018-1 | 2018-2 | |||||
Total | 25.608 | 37,20% | 24.632 | 40,20% | 33.571 | 33,89% | 37.389 | 30,08% |
Parcial | 43.300 | 62,80% | 36.652 | 59,80% | 65.462 | 66,10% | 86.892 | 69,91% |
Total Servicios Entregados | 68.908 | 100% | 61.284 | 100% | 99.033 | 100,0% | 124.281 | 100,0% |
NOTAS.
1. El presupuesto asignado para el contrato comprende todos los costos, gastos e impuestos directos e indirectos, y demás tasas y retenciones que se puedan generar para la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del mismo. Por lo anterior, el Contratista deberá proyectar el valor de su oferta incluyendo todos los valores, así como los impuestos y demás tasas y contribuciones a que haya lugar, en que pudiera incurrir durante la suscripción, legalización, ejecución y liquidación de la orden contractual o contrato que se suscriba.
2. El valor de la contribución especial (4x1000) no hace parte del valor estimado para amparar el objeto del contrato y cuando se detalla, se hace sólo para efectos tributarios internos de la Universidad.
3. Durante todo el tiempo de ejecución del contrato, sus prórrogas y adiciones, el contratista deberá mantener el mismo precio ofrecido en la oferta presentada.
1.12. FORMA DE PAGO
El contrato de negociación global de precios se ejecutará mediante la celebración de órdenes contractuales o contratos de acuerdo con los requerimientos que la Universidad considere necesarios para garantizar con ello el suministro de alimentos para los estudiantes beneficiarios del programa de gestión alimentaria de la sección de gestión y fomento socioeconómico de Bienestar Universitario Sede Manizales. La Universidad pagará el valor pactado en la orden contractual de suministro que se derive de la ejecución del contrato de negociación global de precios, así: El valor incluye los impuestos, gravámenes y retenciones a que haya lugar o se deriven del mismo, mediante pagos parciales de los suministros efectivamente entregados, previa presentación de la factura a nombre de la Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales con Nit 899.999.063-3, constancia de cumplimiento expedida por el supervisor y certificación por parte del contratista en la que conste que se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social y parafiscales, conforme a lo dispuesto en la ley 789 de 2002. Es de anotar que tal como se estableció en el numeral 1.3. CONDICIONES MÍNIMAS A SER ATENDIDAS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, el contratista deberá cancelar el canon de arrendamiento, así: El valor fijo será UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO VEINTICUATRO PESOS ($1.922.124) MCTE mensual para los dos locales
donde funcionan los restaurantes y el valor variable corresponderá al 4% sobre el valor que subsidia o auxilia la Universidad a los estudiantes para el pago de los suministros. Este valor se calculará mensualmente sobre el consumo del período a liquidar. Así mismo, el valor fijo lo deberá pagar el contratista durante los cinco primeros días de cada mes de ejecución del contrato y el valor variable lo pagará dentro de los siguientes quince días calendario al correspondiente mes de liquidación de los suministros otorgados; en todo caso, la Universidad podrá descontar el canon de arrendamiento fijo o variable de los pagos que realice al Contratista seleccionado por los suministros prestados a los estudiantes.
PARÁGRAFO PRIMERO. Será requisito para el pago presentar la factura en caso de persona jurídica o cuenta de cobro si es persona natural, a nombre de la Universidad Nacional de Colombia NIT. 000.000.000-3, previa presentación de recibido a satisfacción de los servicios contratados por el supervisor de la orden contractual o contrato que se suscriba y anexar los comprobantes de pago de aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales.
1.13. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
La presente invitación pública y el contrato que llegare a suscribirse, se regirán, además de lo establecido en el acuerdo 002 de 2008 del Consejo Superior Universitario, “Por el cual se adopta el Régimen que contiene las normas generales de los acuerdos de voluntades en la Universidad Nacional de Colombia”; por la Resolución de Rectoría N° 1551 de 2014 “por medio de la cual se adopta el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia”, por las demás normas que los modifiquen, complementen o sustituyan; y por las normas legales, comerciales y civiles que rigen la materia.
En ese orden de ideas, la Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales, en ejercicio de su autonomía, y bajo los parámetros de su régimen especial de contratación, hace público el presente documento, que contiene PLIEGOS DE CONDICIONES que regirán la INVITACIÓN PÚBLICA N° 01 de 2017, por medio de la cual, bajo criterios objetivos de Selección, los órganos competentes designados para tal efecto, analizarán y evaluarán las ofertas que, cumpliendo con el lleno de todos y cada uno de los requisitos aquí consignados, y sin excepción, sean presentados dentro de los preciso términos que se establecen en la presente Invitación Pública.
1.14. PUBLICIDAD
La Universidad será responsable de garantizar la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados al presente proceso de selección objetiva, salvo los asuntos sometidos a reserva. La información contenida en los actos del proceso se considera oponible en el momento en que aparece publicados en la página del Portal de Contratación xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxxx. La publicación electrónica de los actos y documentos a que se refiere el presente proceso de Invitación pública deberá hacerse a la fecha de su expedición.
1.15. COMUNICACIONES
Para efectos del envío y recibo de cualquier tipo de documentos se describen a continuación los datos de contacto de la Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales:
1. Domicilio: Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 - Xxxxxx X, Xxxxxx xxxx – Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx. 2. Teléfono: (00) 0000000 Ext. 50244 -50516- 50158.
3. Correo electrónico: xxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx, xxxxxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx
4. Portal único de contratación: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxxx
1.16. RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE
El OFERENTE responderá por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (Ley 1474 de 2011 reglamentada por el Decreto Nacional 734 de 2012 derogado por el artículo 163 del Decreto Nacional 1510 de 2013, Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 4632 de 2011).
1.17. EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MANIZALES
Cuando el oferente no llenare los requisitos para participar o no reúna las condiciones exigidas para contratar, es entendido que no adquiere derecho alguno. La Universidad no asume responsabilidad alguna. El oferente debe elaborar su oferta por su cuenta y riesgo, de acuerdo con lo solicitado en el presente Pliego de Condiciones y sus modificaciones e incluir dentro de ésta toda la información exigida. La oferta junto con los ajustes que se puedan presentar por solicitud de La Universidad formará parte integral del contrato, en las partes aceptadas por éste.
1.18. CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA
Los oferentes deberán indicar en su oferta cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva. Si el oferente no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la oferta es pública.
1.19. DETERMINACIÓN Y CUANTIFICACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATO
Como en cualquier negocio, la oferta presentada por quien decida participar en la contratación del asunto debe estar precedida de un análisis juicioso de las posibilidades y riesgos involucrados en la operación, teniendo en cuenta para el efecto, que la existencia de riesgos es connatural al negocio. Para una mejor determinación de los riesgos existentes es importante tener claro el concepto de riesgos como aquel daño potencial que puede surgir por un suceso presente o futuro y puede generarse en el desarrollo de un contrato en cualquiera de sus etapas (precontractual, contractual). El riesgo es la posibilidad de que un peligro pueda llegar a materializarse dentro de un período determinado, como también es la probabilidad de que un resultado esperado no ocurra, en el período de tiempo de ejecución del contrato y con las obligaciones del mismo.
El principio básico de asignación de riesgos consiste en que éstos deben ser asumidos por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos o administrarlos, consecuente con lo anterior, los riesgos inherentes a este proceso, y a los contratos y órdenes contractuales que se celebraren, serán asumidos por la empresa que
resulte seleccionada en la presente invitación pública.
1.20. RESERVA DE DOCUMENTOS
Los OFERENTES interesados en participar en este proceso de selección, se comprometen, bajo la gravedad del juramento, a guardar la debida reserva de todos los documentos que se les entreguen.
1.21. INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA UNIVERSIDAD
La UNIVERSIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el OFERENTE xxxxxxx a esta invitación pública es veraz, y corresponde a la realidad. No obstante, la UNIVERSIDAD podrá verificar la información suministrada por el OFERENTE.
1.22. PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente invitación pública todas las personas naturales o jurídicas legalmente matriculadas o constituidas según el caso, y domiciliadas en Colombia, individualmente o bajo las modalidades de consorcios o uniones temporales, cuyo objeto social (personas jurídicas) o la actividad (personas naturales) contemple actividades relacionadas con el objeto del contrato a celebrarse; que cumplan con los requisitos jurídicos, financieros, y económicos establecidos en la presente invitación pública, y que no estén incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Constitución Política y la Ley.
CAPÍTULO II
ETAPAS DEL PROCESO
2.1. CRONOGRAMA
El proceso de selección se llevará a cabo en las fechas, sitios y horas exactos que se establecen a continuación:
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
Publicación y consulta xxx xxxxxx de condiciones | 05 xx xxxxxx de 2019 | xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx- publicas |
Visita técnica obligatoria | 08 xx xxxxxx de 2019 a las 02:00 p.m. | Cafetería Principal Campus Hora 10:00 a.m. Palogrande |
Observaciones al pliego de condiciones | Desde el 05 al 12 xx xxxxxx de 2019 a las 11:00 a.m. | Sección de Contratación de Sede ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00- 00 - Xxxxxx X, Xxxxxx xxxx – Campus Palogrande, Manizales, o a |
Respuestas a las observaciones al pliego de condiciones | 23 xx xxxxxx de 2019 | xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx- publicas |
Recepción de ofertas y cierre de la invitación pública | 28 xx xxxxxx a las 11:00 a.m. | Sección de Contratación de Sede ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00- 00 - Xxxxxx X, Xxxxxx xxxx – Campus Palogrande, Manizales |
Publicación del informe preliminar de evaluación | 04 de septiembre de 2019 | xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx- publicas |
Observaciones al informe preliminar de evaluación | Desde el 04 al 06 de septiembre de 2019 11:00 a.m. | Sección de Contratación de Sede ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00- 00 - Xxxxxx X, Xxxxxx xxxx – Campus Palogrande, Manizales, o a |
Respuesta a las observaciones y publicación de informe definitivo de evaluación | 11 de septiembre de 2019 | xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx- publicas |
Notas:
1) Cuando se presenten razones de conveniencia o necesidad institucional, la UNIVERSIDAD podrá prorrogar los plazos establecidos en el cronograma, para lo cual se informará a los OFERENTES a través de la página Web de la Universidad.
2) Todas las adendas, avisos y comunicaciones que emita la UNIVERSIDAD, con relación al pliego de condiciones, pasarán a formar parte del mismo, y serán publicadas en la página Web de la Universidad.
3) Para efectos de garantizar los principios de transparencia y de responsabilidad, se establece, para todas y cada una de las diligencias y audiencias programadas dentro del presente proceso, como hora legal del mismo, la hora legal para la República de Colombia coordinada y establecida por la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual se encuentra en la dirección xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx. Lo anterior de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 20 del decreto 2153 de 1992.
2.2. PUBLICACIÓN Y CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES PARA INVITACIÓN PÚBLICA
El pliego de condiciones será publicado a partir de la fecha establecida en el Cronograma, por intermedio de la Sección de Contratación de Sede, y podrá ser consultado por los interesados en la página Web de la UNIVERSIDAD xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxxx. bajo el título “INVITACIÓN PÚBLICA N° 06 de 2019 “SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE GESTIÓN ALIMENTARIA DEL ÁREA DE GESTIÓN Y FOMENTO SOCIOECONÓMICO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO SEDE MANIZALES, MEDIANTE LA MODALIDAD DE NEGOCIACIÓN GLOBAL DE PRECIOS”.
2.3 VISITA TÉCNICA OBLIGATORIA
Las personas interesadas en presentar sus ofertas a la Universidad, deberán hacerse presentes en el sitio, día y hora mencionados en el cronograma, con el fin de indicarles las áreas de prestación del suministro que se pretende contratar en ambos campus.
Para el interesado que quiera presentar su oferta, la asistencia a la visita técnica será obligatoria el día y hora señalado en el cronograma, en el lugar determinado por la Universidad. En la apertura de las ofertas se verificará que los oferentes hayan asistido a la visita técnica de carácter obligatorio, y en caso de no encontrarse registrado será una causal de rechazo de la oferta.
De la visita técnica, en la fecha y hora señaladas, se levantará, en original, un acta que será suscrita por todos los asistentes y los representantes de la Universidad.
Con la visita técnica, se pretende brindar a los participantes una mayor información acerca del objeto y los alcances del contrato a celebrarse, lo mismo que absolver las posibles dudas que tengan al respecto. En tal sentido, el hecho de que aquellos no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo los cuales deberá prestarse el suministro no será excusa válida para posteriores reclamaciones.
En el caso, en que se asista en representación de una persona natural o jurídica, antes del inicio de la sesión se requiere la presentación de la autorización para dicho efecto.
NOTA: En el evento que a la visita técnica sólo asistan dos posibles oferentes o menos, la Universidad podrá programar una nueva fecha y hora para celebrarlas, esto con el fin que haya una mayor participación de oferentes. Para quienes asistieron a la primera visita no es necesaria su asistencia a la segunda que pudiese programarse.
En caso de Consorcios y Uniones Temporales, se requiere que al menos uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, haya asistido a la visita técnica.
2.4 OBSERVACIONES A LA INVITACIÓN PÚBLICA
Los OFERENTES podrán presentar las observaciones y/o solicitudes de aclaraciones a la invitación que consideren convenientes, dentro del plazo establecido en el cronograma y por escrito en la Sección de Contratación de Sede ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 - Xxxxxx X, Xxxxxx xxxx – Campus Palogrande, Manizales, o remitirlas a los correos electrónicos: xxxxxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx, xxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx
La consulta y la respuesta a las observaciones formuladas por los oferentes, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las ofertas. La UNIVERSIDAD dará respuesta dentro del plazo establecido en el cronograma.
Solo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan a través de los canales y dentro de los plazos establecidos en el cronograma.
2.5 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES A LA INVITACIÓN PÚBLICA
La Universidad, publicará en la página web la Respuesta a las Observaciones el día establecido en el Cronograma. Ninguna aclaración verbal podrá afectar los términos y condiciones de esta invitación pública y sus adendas.
El silencio por parte de la Universidad a la fecha del vencimiento de la presente invitación pública, ante cualquier sugerencia, manifestación de supuestas inconsistencias, errores, omisiones y solicitud de modificaciones, deberá tenerse como negación de la solicitud y en consecuencia las condiciones de la invitación pública habrán de tomarse como se expidieron originalmente.
2.6 RECEPCIÓN DE OFERTAS Y CIERRE DE LA INVITACIÓN PÚBLICA
Las OFERTAS deben ser presentadas en la Sección de Contratación, ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 - Xxxxxx X, Xxxxxx xxxx – Campus Palogrande, Manizales, hasta la fecha y hora indicada en el CRONOGRAMA.
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan sido radicadas en la Sección de Contratación hasta la fecha y hora indicadas en el CRONOGRAMA. El OFERENTE que envíe su oferta por correo certificado, será responsable que la misma sea radicada en el sitio, fecha y hora establecidos.
En la fecha y hora establecidas para el cierre de la invitación pública, se levantará un acta que contendrá una relación sucinta de las ofertas presentadas, el nombre del OFERENTE, el número de folios de que consta, haciendo la aclaración si la numeración de la misma presenta tachaduras o enmendaduras o si se encuentran folios en blanco.
En el evento que la OFERTA se encuentre sin foliar, la UNIVERSIDAD procederá a hacerlo en presencia de los asistentes y consignará esta circunstancia en la respectiva Acta. Cuando se encuentren folios en blanco se procederá a anular la correspondiente hoja con una nota diagonal que así lo señale. Cuando se presenten folios superpuestos, se procederá a verificar su foliación y también se dejará constancia de ello.
El acta deberá ser suscrita por los funcionarios de la UNIVERSIDAD que allí intervengan y por los OFERENTES presentes que manifiesten su deseo de firmarla.
2.7 SOLICITUD DE ACLARACIONES A LAS OFERTAS
La UNIVERSIDAD, a través de la Sección de Contratación, podrá solicitar por escrito una vez cerrada la Invitación pública, las aclaraciones y explicaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las ofertas, sin que esto implique adición o modificación de la oferta presentada, hasta antes de la publicación definitiva del informe de evaluación.
La solicitud de la UNIVERSIDAD y la respuesta del OFERENTE deberán constar por escrito.
El OFERENTE deberá dar respuesta dentro del término señalado por la UNIVERSIDAD a fin de proseguir dentro del proceso de evaluación.
Los OFERENTES podrán presentar sus respuestas a las solicitudes de aclaración en la Sección de Contratación, ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 - Xxxxxx X, Xxxxxx xxxx – Campus Palogrande, Manizales, o remitirlas a los correos electrónicos: xxxxxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx, xxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx
2.8 PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR DE EVALUACIÓN
Los resultados de la evaluación preliminar de las ofertas serán publicados en la página web de la Universidad, en la fecha indicada en el CRONOGRAMA.
2.9 OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y CONSULTA DE OFERTAS
Los OFERENTES podrán hacer llegar las observaciones al informe de evaluación preliminar que estimen convenientes, a más tardar en la fecha y hora indicada en el cronograma, en la Sección de Contratación ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 - Xxxxxx X, Xxxxxx xxxx – Campus Palogrande, Manizales, o remitirlas a los correos electrónicos: xxxxxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx, xxxxxxxxx_xxx@xxxx.xxx.xx
Sólo se tendrán como presentadas las observaciones que se hagan a través de los canales y dentro de los plazos establecidos en el cronograma.
En este mismo período establecido en el cronograma, los OFERENTES podrán tener acceso a las ofertas para verificar contra el informe de evaluación preliminar y presentar observaciones.
Si vencida la fecha para presentación de observaciones al informe preliminar de evaluación, la UNIVERSIDAD no ha recibido observaciones por parte de los participantes, el documento quedará ratificado como informe definitivo de evaluación.
2.10RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO
Las respuestas a las observaciones presentadas al informe de evaluación preliminar y los resultados de la evaluación definitiva, serán publicadas en la página web de la Universidad, en la fecha indicada en el cronograma.
La consulta y la respuesta a las observaciones formuladas por los OFERENTES, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las Ofertas.
2.11 VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán tener una validez mínima de noventa (90) días, contados a partir de la fecha de cierre de la Invitación pública.
2.12CONFIDENCIALIDAD Y RETIRO DE LA OFERTA
El contenido de las ofertas será de carácter reservado en la medida que la ley lo determina. El OFERENTE podrá solicitar el retiro de su oferta mediante escrito dirigido a la Sección de Contratación, hasta la fecha y hora previstas para el plazo de entrega de la Oferta. En tal caso, en la diligencia de cierre de la Invitación pública y apertura de ofertas, no se abrirá el sobre que contenga la Oferta retirada.
2.13NEGATIVA O ABSTENCIÓN INJUSTIFICADA A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Si el OFERENTE seleccionado mediante la presente Invitación pública, no suscribe el contrato dentro de los dos
(2) días siguientes a la comunicación de su asignación, quedará a favor de la UNIVERSIDAD, en calidad de sanción, la garantía de seriedad de la oferta, sin menoscabo de las sanciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía.
En este evento, la UNIVERSIDAD podrá asignar el contrato dentro de los cinco (5) días siguientes, al OFERENTE calificado en segundo lugar, siempre y cuando su oferta sea igualmente favorable para la UNIVERSIDAD.
2.14 DEVOLUCIÓN DE LAS OFERTAS
No habrá devolución de ofertas. Una vez finalizado el proceso de selección, la UNIVERSIDAD procederá a archivar todas y cada una de las ofertas. Solo en caso de que la convocatoria sea declarada desierta, se devolverá a los OFERENTES el original de sus ofertas, previa solicitud escrita del oferente.
2.15 DOCUMENTOS REQUERIDOS DEL PERSONAL DEL CONTRATISTAS PARA LA ELABORACIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN GLOBAL DE PRECIOS
El contrato de negociación global de precios se ejecutará mediante la celebración de órdenes contractuales o contratos de acuerdo con los requerimientos que la Universidad considere necesarios. Para ello, el oferente que resultare seleccionado durante el presente proceso de invitación pública, deberá presentar los siguientes documentos antes de la elaboración del contrato de ejecución del suministro de alimentos para los estudiantes en la Universidad:
CERTIFICADO DE MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS
El OFERENTE deberá presentar una vez se haya suscrito el contrato que formalice la negociación global de precios, certificado de manipulación de alimentos, por cada una de las personas encargadas del proceso de manipulación y cocción de los alimentos, el cual es expedido por la Secretaria Municipal de Salud o por personas naturales o jurídicas debidamente autorizadas para ello, con una fecha de expedición no superior a dos años, garantizando en la presentación de la oferta que dichas personas cumplirán con este requisito.
1. RESULTADOS DE EXÁMENES DE LABORATORIO
a. Exámenes de laboratorio para el personal en sus diferentes cargos, tales como: Cultivo de faringe, Cultivo de materia fecal, Cultivo de uñas, Resultados que deben ser entregados en la Dirección de Bienestar Universitario una vez legalizado el contrato de negociación global de precios y antes de iniciar la ejecución del contrato de prestación del suministro. Con una fecha de expedición inferior a 10 días.
b. Hacer practicar cultivos de faringe y de materia fecal a los dependientes que van a manipular alimentos, y entregarlos una vez legalizado el contrato y antes de iniciar la ejecución del contrato de prestación del suministro. Con una fecha de expedición inferior a 10 días.
CAPÍTULO III
CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
3.1. El OFERENTE deberá hacer una lectura juiciosa y detallada de los requisitos establecidos en esta INVITACIÓN PÚBLICA.
3.2. La presentación de la oferta, por parte del oferente, constituye evidencia de que estudió completamente las especificaciones del suministro, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que el contenido de esta invitación pública es completo, compatible y adecuado para identificar el alcance del suministro a prestar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
3.3. La oferta debe incluir una tabla de contenido donde se indique la ubicación de los documentos que la conforman con el número de folio.
3.4. La oferta y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse por escrito, utilizando un medio impreso, debidamente foliada en la parte frontal de cada hoja, en estricto orden consecutivo ascendente.
3.5. La oferta deberá entregarse en un original, debidamente foliado y en sobre sellado, rotulado en su parte exterior. El Rótulo contendrá como mínimo la siguiente información del OFERENTE:
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA – SEDE MANIZALES
INVITACIÓN PUBLICA N° 06 de 2019 “SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE GESTIÓN ALIMENTARIA DE LA SECCIÓN DE GESTIÓN Y FOMENTO SOCIOECONÓMICO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO SEDE MANIZALES, MEDIANTE LA MODALIDAD DE NEGOCIACIÓN GLOBAL DE PRECIOS”
Oferta presentada por: Nombre o razón social Dirección
No. Teléfono No. de Fax
Correo electrónico
3.6. La oferta deberá contener la totalidad de los documentos legales exigidos, oferta técnica, oferta económica, con todos sus anexos.
3.7. La oferta remitida por correo que para la fecha y hora límite, establecidas para su presentación en el Cronograma, haya sido presentada en dependencias distinta a la indicada en la invitación pública para su recepción, no se tendrá en cuenta.
3.8. No se aceptarán ofertas fuera de la fecha y hora límite establecida en el cronograma.
3.9. El OFERENTE debe diligenciar y presentar todos los formatos enunciados a lo largo de este documento, los cuales hacen parte integral de esta invitación pública.
3.10. No se aceptarán Ofertas cuyos documentos presenten tachaduras o enmendaduras, a menos que tengan la aclaración correspondiente.
3.11. Serán a cargo del OFERENTE todos los costos asociados a la preparación y presentación de su oferta.
3.12. En el presente proceso, NO SE ACEPTA la presentación de ofertas parciales, alternativas o complementarias.
CAPÍTULO IV
DOCUMENTOS A PRESENTAR CON LA OFERTA
4.1. DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA
4.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La OFERTA deberá estar acompañada de carta de presentación firmada por la persona natural o el representante legal del OFERENTE o por el apoderado reconocido para el efecto, para lo cual se deberá adjuntar el correspondiente poder reconocido ante Notario Público.
La carta de presentación de la oferta deberá ser diligenciada en el Formato No. 1 de la presente invitación pública.
Nota: La no presentación de este documento, será causal de rechazo de la Oferta.
El contenido de este documento podrá ser subsanado dentro del plazo establecido, en caso de ser requerido por la Universidad.
4.1.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL / CERTIFICADO DE MATRÍCULA PERSONA NATURAL
1. PERSONA NATURAL
Cuando los invitados sean una persona natural y de acuerdo al Código de Comercio y a la normatividad vigente estén obligados a estar inscritos en la Cámara de Comercio, deberán presentar el certificado de matrícula mercantil, donde conste el nombre del propietario y del establecimiento de comercio, además donde se verificará la siguiente información:
a) Que su actividad económica principal corresponde al objeto contractual de la presente invitación pública.
b) La(s) persona(s) natural(es) debe(n) estar matriculada(s) por lo menos diez (10) años contados antes de la fecha de cierre de la presente invitación pública.
c) Que el certificado de matrícula mercantil se encuentre vigente al momento de presentar la oferta.
2. PERSONA JURÍDICA
Si por el contrario el oferente es una persona jurídica, se deberá comprobar su existencia y representación legal mediante Certificado expedido por la Cámara de Comercio, donde conste su razón social y representación legal, además donde se verificará la siguiente información:
a) Que su objeto social o actividad económica corresponde al objeto contractual de la presente invitación pública.
b) Que estén contempladas las facultades del representante legal.
c) Que este contemplado el nombramiento del revisor fiscal, cuando deba tenerlo.
d) La (s) persona (s) jurídica(s) debe (n) haberse constituido legalmente y estar inscrita por lo menos diez (10) años contados antes de la fecha de cierre de la presente invitación pública.
e) La duración de la sociedad no podrá ser inferior al plazo del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación pública.
f) Fecha de expedición con una antelación máxima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha inicialmente establecida para el cierre del presente proceso. (Cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre).
3. CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
En caso de Consorcio o unión temporal cada uno de sus miembros debe cumplir los requisitos establecidos dependiendo si son personas naturales o jurídicas.
NOTA. En caso de Consorcio o unión temporal cada uno de sus miembros debe cumplir los requisitos del mismo.
Nota: Serán causales de rechazo de la OFERTA, aplicables a este numeral:
i. La presentación de documentos distintos a los expresamente exigidos en este numeral.
ii. Que la información indicada en el Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio para la persona jurídica no corresponda a lo solicitado en los literales a) y d).
iii. Que la información indicada en el Certificado de Matrícula Mercantil expedido por la Cámara de Comercio para la persona natural no corresponda a lo solicitado en los literales a) y b).
iv. La no presentación del certificado de existencia y representación legal o certificado de matrícula mercantil. Los requisitos solicitados para la(s) persona(s) jurídica(s) en los literales b), c), e) y f) podrán ser subsanados en el plazo establecido para ello, en caso de ser requerido por la Universidad.
El requisito solicitado para la(s) persona(s) natural(es) en el literal c) podrá ser subsanado en el plazo establecido para ello, en caso de ser requerido por la Universidad.
4.1.3. DOCUMENTO FORMAL QUE ACREDITE LA CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Si el OFERENTE presenta su OFERTA a título de consorcio o unión temporal deberá presentar el respectivo documento de conformación, para lo cual se deberá cumplir con lo siguiente:
a) Expresar si la participación es a título de consorcio o de unión temporal. Si se trata de unión temporal, sus miembros deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin previa autorización de la UNIVERSIDAD.
b) Señalar la duración del Consorcio o Unión Temporal, la cual no será inferior a la del plazo del contrato y tres
(3) años más.
c) Informar quien es el representante legal del Consorcio o Unión temporal.
d) Designar la persona que, para todos los efectos representará al consorcio o unión temporal.
e) Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los integrantes y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1o del artículo 7o de la Ley 80 de 1993.
f) Informar cuál es el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de dicho Consorcio o Unión Temporal.
g) Informar cual será la persona natural o jurídica que emitirá la facturación para la Universidad.
h) Se requiere que alguno de los integrantes de la unión temporal o consorcio esté inscrito en el Registro Único de Oferentes y en todas las actividades solicitadas.
Nota: El contenido de este documento podrá ser subsanado dentro del plazo establecido, en caso de ser requerido por la Universidad. La omisión de este documento, así como la no inscripción de ninguno de los integrantes en el Registro Único de Proponentes, no son subsanables y generan el rechazo de la oferta.
4.1.4. CÉDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DE LA PERSONA NATURAL o REPRESENTANTE LEGAL
El OFERENTE deberá presentar la respectiva copia de la cédula de ciudadanía o de extranjería como persona natural y/o Representante Legal, en el caso de Uniones Temporales o Consorcios, cada uno de sus miembros presentará la respectiva copia de la cédula de ciudadanía o de extranjería.
Nota: En caso de no presentarse este documento, la UNIVERSIDAD podrá requerirlo en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación preliminar, y el OFERENTE deberá adjuntarlo en el plazo que estipule la Universidad, so pena de incurrir en causal de rechazo.
4.1.5. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR OFERTA Y SUSCRIBIR CONTRATO
Si el representante legal del OFERENTE requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y suscribir contrato en caso de ser asignado, deberá anexar los documentos que acrediten dicha autorización, debidamente firmados por el presidente o el secretario de la reunión del órgano competente para emitir dicha autorización de acuerdo con los estatutos o reglamentos de la respectiva persona jurídica.
En caso de nombrar apoderado, se deberá presentar el Poder reconocido ante Notario Público que lo faculte para presentar ofertas y celebrar contratos.
Nota: La no presentación de este documento, será causal de rechazo de la OFERTA. Este documento podrá ser subsanado, en cuanto a su contenido. La UNIVERSIDAD podrá requerir su subsanación en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación preliminar, y el OFERENTE deberá adjuntarlo en el plazo que estipule la Universidad, so pena de incurrir en causal de rechazo.
4.1.6. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El OFERENTE debe acompañar su oferta, como requisito indispensable, con una Garantía de Seriedad, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida y establecida en Colombia o podrá constar en una garantía bancaria expedida por el representante legal de la entidad bancaria. El oferente debe presentar la póliza (carátula), el cuadernillo que acompaña a la póliza y el recibo de pago de la garantía de seriedad de la oferta.
En dicho documento se verificará lo siguiente:
a) Asegurado/Beneficiario: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MANIZALES – NIT 899.999.063-3
b) Cuantía: Diez por ciento (10%) del valor total contratado en la vigencia 2018 (IVA INCLUIDO), suma que corresponde a SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($675.000.000) MCTE, otorgada por compañía de seguros legalmente constituida en Colombia.
c) Vigencia: Igual al plazo de la oferta (90 días) más noventa (90) días calendario (en total 180 días), contados desde la fecha de presentación de las ofertas; y, otorgada por compañía de seguros legalmente constituida en Colombia y con representación en la ciudad de Manizales.
d) Tomador/Afianzado: La póliza o garantía deberá tomarse con el nombre del OFERENTE o de la razón social que figura en el Certificado de Matricula Mercantil o en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio.
e) Firma del representante legal: La póliza o garantía deberá firmarse por parte del representante legal del OFERENTE.
f) Aportar el recibo de pago de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
El OFERENTE deberá ampliar la vigencia de la garantía en caso de presentarse prórrogas en los plazos de la contratación, de la asignación, o de la suscripción del contrato, no cubiertas con la vigencia inicial.
Tanto al OFERENTE seleccionado para la contratación como a los demás participantes, se les devolverá la garantía de la seriedad de la oferta cuando haya cumplido con los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato, previa solicitud escrita en este sentido.
La UNIVERSIDAD hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios en los siguientes casos:
1) Cuando el OFERENTE se niegue a prorrogar la garantía de seriedad de la OFERTA, en caso que la UNIVERSIDAD decida modificar el cronograma de la invitación pública.
2) Cuando el OFERENTE, por cualquier motivo, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado y aceptado por la UNIVERSIDAD, no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en la invitación Pública o en su OFERTA, en especial no suscribir y legalizar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación de su otorgamiento.
Nota: La no presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta, será motivo de rechazo por considerar que ésta no tiene el respaldo exigido. También será causal de rechazo de la Oferta la presentación de la garantía sin el cumplimiento de los requisitos contenidos en el literal d). El contenido de los literales a) en cuanto a la Sede, b), c), e) y f) establecidos en este numeral, podrá ser subsanado cuando la Universidad lo requiera por una sola vez y antes de la publicación de la evaluación preliminar. El Oferente deberá adjuntarlo en el plazo que estipule la Universidad, so pena de incurrir en causal de rechazo.
4.1.7. CERTIFICACIÓN DE REGISTRO ÚNICO DE OFERENTES (RUP) DE LA CÁMARA DE COMERCIO
El OFERENTE deberá presentar el Certificado de Registro Único de Oferentes expedido por la Cámara de Comercio. En caso de Consorcios y Uniones Temporales, todos los integrantes de ellas deben estar inscritos en el R.U.P. al menos en una de las actividades solicitadas.
En el certificado se verificará:
a) La inexistencia de reportes sobre multas o sanciones impuestas al Oferente, dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de expedición del RUP, en relación con el objeto contractual de la presente invitación pública.
b) Fecha de expedición inferior a noventa (90) días calendario a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación pública, (cuando se prorrogue la fecha de cierre, esta certificación tendrá validez con la primera fecha de cierre).
Este documento no podrá ser subsanado.
Serán causales de rechazo de la oferta, aplicables a este numeral:
c) Que el oferente esté inscrito, calificado y clasificado en las siguientes actividades:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTOS |
90 Servicios de Viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento | 90100000 Restaurantes y catering (servicios de comidas y bebidas) | N/A | N/A |
90 Servicios de Viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento | 9010 Restaurantes y catering (servicios de comidas y bebidas) | 90101500 Establecimientos para comer y beber | N/A |
90 Servicios de Viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento | 9010 Restaurantes y catering (servicios de comidas y bebidas) | 901015 Establecimientos para comer y beber | 90101511 Restaurantes |
90 Servicios de Viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento | 9011 Instalaciones hoteleras, alojamientos y centros de encuentros | 901116 Facilidades para encuentros | 90111603 Salas de reuniones o banquetes |
85 Servicios de Salud | 8515 Servicios alimenticios y de nutrición | 85151600 Asuntos nutricionales | N/A |
a) La no presentación del certificado del RUP por parte del oferente o cuando se presente con una expedición que supera el plazo establecido en el literal b).
b) La presentación de documentos distintos al expresamente exigido en este numeral.
c) Estar incurso en alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 90 de la ley 1474 de 2011.
4.1.8. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
Las personas jurídicas deberán presentar el certificado de parafiscales expedido por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal, el cual debe certificar que se encuentra x xxx y salvo durante los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato.
Dicho certificado deberá expedirse con una antelación inferior a treinta (30) días calendario, a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación pública y debe constar que se encuentran x xxx y salvo por concepto de pago de aportes a salud, pensiones, riesgos profesionales y Cajas de Compensación Familiar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002, modificado por la Ley 828 de 2003 y Ley 1607 de 2012.
A las personas naturales se les exigirá documento que acredite afiliación vigente al Sistema de Seguridad Social Integral en Salud, Pensiones y Arl. Lo cual se acredita con copia de certificación de afiliación ante EPS y AFP, copia de formato de afiliación radicado ante la EPS y AFP, copia de recibo de pago EPS y AFP. Este documento debe tener una fecha máxima de expedición de TREINTA (30) DÍAS al momento de presentar la oferta. Las personas que acrediten, encontrarse pensionadas al momento de presentar la oferta, no será obligatoria su afiliación y pago de aportes ha dicho sistema. Sin embargo, se deberá acreditar su afiliación a salud como independiente.
Nota: La no presentación de este documento, será causal de rechazo de la OFERTA. Este documento podrá ser subsanado, en cuanto a su contenido. La UNIVERSIDAD podrá requerir su subsanación en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación preliminar.
4.1.9. TARJETA PROFESIONAL DEL REVISOR FISCAL
El OFERENTE deberá anexar copia de la Tarjeta Profesional, del Revisor Fiscal (si está obligado a tenerlo) responsable de la suscripción del certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales
Nota: Si el OFERENTE no allega la tarjeta profesional del revisor fiscal que suscribe el certificado sobre el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y aportes parafiscales, podrá ser subsanado dentro del plazo establecido, en caso de requerirlo la UNIVERSIDAD; si el OFERENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD, se configurará causal de rechazo de la OFERTA.
4.1.10. RUT (Registro Único Tributario)
Nota: La no presentación de este documento, será causal de rechazo de la OFERTA. Este documento podrá ser subsanado, en cuanto a su contenido. La UNIVERSIDAD podrá requerir su subsanación en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación preliminar, y el OFERENTE deberá adjuntarlo en el plazo que estipule la Universidad, so pena de incurrir en causal de rechazo.
El OFERENTE deberá presentar el respectivo certificado expedido por el ente legal, donde conste si se encuentra en representación de una persona jurídica o natural debidamente registrada, y que su actividad económica corresponde a la del objeto a contratar.
4.1.11 DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA
El OFERENTE deberá allegar con su oferta, dos (2) certificados de contratos celebrados directamente, o en consorcio, o en unión temporal, que tengan las siguientes características:
a) Todos los contratos deben haber sido ejecutados dentro de los cinco (5) últimos años, contados a partir de la fecha de apertura de la presente invitación pública y deberá tener una duración mínimo de sesenta (60) días calendario.
b) Que la sumatoria sea igual o superior a 815 SMLMV.
c) Que el objeto sea el suministro de almuerzos o cenas.
d) Uno de estos certificados debe corresponder a un contrato celebrado con Institución de Educación Superior, por un valor igual o superior a 400 SMLMV (SMLMV de acuerdo al año de ejecución).
Nota: En consorcios y Uniones Temporales, la experiencia podrá ser acreditada por uno o por todos los integrantes.
Dichas certificaciones deben contener como mínimo la siguiente información:
a) Nombre o razón social de la empresa o persona contratante.
b) Objeto del contrato.
c) Fecha del contrato.
d) Valor del contrato.
e) Los contratos deben haber sido ejecutados dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, o tener una ejecución mínima del 70% para la misma fecha. Para tal fin, la certificación deberá indicar la fecha de inicio y la fecha de terminación de cada contrato.
f) Nombre, cargo, teléfono y firma de quién la expide.
g) En caso que el proveedor haya participado en el contrato como consorcio o unión temporal, indicar el porcentaje de participación de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, porcentaje que será tenido en cuenta para cuantificar el número de salarios mínimos legales mensuales vigentes.
h) Si el contrato al momento de cierre de la presente invitación pública se encuentra en ejecución, indicar el porcentaje ejecutado del contrato a la fecha de expedición de la certificación.
Si el certificado de experiencia corresponde a un contrato que se encuentra en ejecución, se tendrá en cuenta el valor del contrato ejecutado desde la fecha de inicio hasta la fecha de presentación de la oferta, en este caso, para establecer el valor de la experiencia se tomará como valor del contrato la proporción del valor antes de IVA, respecto a la proporción en tiempo del contrato ejecutado.
Las certificaciones de experiencia exigidas podrán contener dos o más contratos para el mismo contratista, siempre y cuando se especifique claramente el valor, y el objeto de cada uno de ellos en cada certificación, independientemente de si estas vienen en uno, dos o tres documentos.
La Universidad no recibirá documentos relacionados con el contrato, tales como actas de liquidación, copias de facturación o similares. Sólo serán válidas las certificaciones que se presenten con los requisitos exigidos.
Las certificaciones no podrán ser expedidas por el propio OFERENTE, el Consorcio, o la Unión Temporal de la cual formó parte en la ejecución del contrato.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse traducidos al idioma castellano y legalizado en la forma prevista por la normatividad vigente en la materia; de lo contrario, la UNIVERSIDAD entenderá que no existe el cumplimiento del requisito.
NOTAS:
Serán causales de rechazo de la OFERTA, aplicables a este numeral:
i. La no presentación de las certificaciones.
ii. Que la información solicitada en las literales a), b), c), d), e) y f) de este numeral no repose en la(s) certificación(es) aportada(s).
iii. El contenido de las certificaciones será subsanable en lo relacionado con el numeral g) y h). Para lo cual, la Universidad podrá requerir al oferente en cualquier momento y por una sola vez, antes de la publicación de la evaluación preliminar, si el OFERENTE no responde a la solicitud dentro del plazo estipulado por la UNIVERSIDAD, se configurará causal de rechazo de la OFERTA.
Para el caso del literal g), solamente será subsanable en el evento en que la certificación carezca de porcentaje de participación de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal.
v.
Se debe diligenciar el Formato N° 4, para relacionar los contratos.
4.1.12. FORMATOS DE LA OFERTA
Los formatos suministrados en la presente invitación pública, deben adjuntarse a la oferta, totalmente diligenciados.
Si el OFERENTE considera que es conveniente para complementar su oferta anexar otra información adicional a la solicitada por la UNIVERSIDAD en los formularios establecidos, podrá hacerlo Referenciando el formulario que complementa.
CAPÍTULO V
5.1 FACTORES DE ESCOGENCIA.
- Factores de habilitación y evaluación de las ofertas.
- Requisitos técnicos.
- Presentación de los formatos exigidos en el pliego.
FORMATO No. 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA FORMATO No. 2. OFERTA ECONÓMICA
FORMATO No. 3. ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA POR PARTE DEL OFERENTE RELACIÓN DE CONTRATOS VIGENTES, ADJUDICADOS Y/O EN EJECUCIÓN.
FORMATO No. 4. CÁLCULO DE ÍNDICES
FORMATO No. 5. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS
CAPÍTULO VI
6.1 CAUSALES DE RECHAZO.
La UNIVERSIDAD rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos y entre otros, en los siguientes casos:
6.1.1 Cuando se encuentre que el OFERENTE está incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones previstas en la Constitución o en la Ley.
6.1.2 Cuando se presenten varias ofertas por el mismo OFERENTE por sí, por interpuestas personas o por personas jurídicas pertenecientes al mismo grupo empresarial.
6.1.3 Cuando se descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la oferta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del OFERENTE a la UNIVERSIDAD o los demás OFERENTES.
6.1.4 Cuando el OFERENTE habiendo sido requerido por La UNIVERSIDAD para aportar documentos, información o aclaraciones, conforme a lo establecido en la invitación pública, no los xxxxxxx dentro del término fijado, o habiéndolos aportado, no estén acorde con las exigencias.
6.1.5 Cuando la oferta presentada no cumpla con los requerimientos mínimos y obligatorios establecidos en los capítulos IV y V de la presente invitación pública.
6.1.6 Cuando las certificaciones, anexos, y demás documentos necesarios para la evaluación de las OFERTAS presenten enmendaduras y no hayan sido refrendadas por el representante legal.
6.1.7 Cuando no coincida la información diligenciada en los formatos o certificaciones, con la información de los documentos soportes solicitados como aclaraciones por parte de la UNIVERSIDAD. Se entiende que la información no coincide cuando no exista correspondencia, entre la información obtenida frente a la relacionada por el OFERENTE en los respectivos formatos o certificaciones.
6.1.8 Cuando el representante legal de una persona jurídica ostente igual condición en otra u otras firmas que también participen en la contratación.
6.1.9 Cuando la vigencia de la oferta comprenda un plazo inferior al exigido.
6.1.10 Cuando la oferta se presente en forma extemporánea.
6.1.11 Cuando el OFERENTE no asiste a la visita técnica.
6.1.12 Cuando la oferta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
6.1.13 Cuando el Representante Legal de la sociedad o de la unión temporal o consorcio, no se encuentre debidamente autorizado para presentar la oferta de acuerdo con los estatutos sociales.
6.1.14 Cuando falte el documento de integración del Consorcio o Unión Temporal o su firma, o cuando alguno de sus miembros, tratándose de personas jurídicas no se encuentre debidamente autorizado.
6.1.15 Cuando existan evidencias de que el oferente ha tratado de interferir o influenciar indebidamente en el análisis de las ofertas, o la decisión de adjudicación.
6.1.16 Cuando se evidencie que la información presentada por el oferente no se ajusta a la realidad.
6.1.17 Cuando la oferta se presente en forma incompleta por grupo o extemporánea, se envíe por correo, fax ó correo electrónico ó se deje en un lugar distinto al indicado en este pliego.
6.1.18 Cuando el(los) oferente(s) no cumpla(n) con los requisitos técnicos mínimos de acuerdo con lo establecido en el presente proceso.
6.1.19 Cuando no se aporte la garantía de seriedad de la oferta.
6.1.20 Cuando la oferta no cumpla con los índices financieros, ni con los requisitos técnicos mínimos o jurídicos habilitantes.
6.1.21 Cuando condicione su oferta
6.1.22 Cuando el oferente no se encuentre debidamente inscrito, clasificado y calificado en el grupo, segmento, familia y clase requerido por la entidad en el Certificado de Registro Único de Proponentes - RUP.
6.1.23 Cuando el oferente NO SUBSANE LA INFORMACIÓN REQUERIDA POR LA ENTIDAD, EN LA ETAPA EVALUATIVA, EN EL TÉRMINO PERENTORIO PREVISTO Y DADO EN IGUALDAD DE CONDICIONES PARA TODOS LOS OFERENTES.
6.1.24 Los demás casos expresamente establecidos en la presente invitación pública.
6.1.25 Cuando no se cumpla con cada uno de los factores de escogencia y no se diga de manera expresa que es subsanable.
6.1.26 Cuando el oferente no asiste a la visita técnica.
6.1.27 Cuando la oferta no tenga la tabla de contenido indicada en el numeral 3.3. y el sobre sellado de la oferta no traiga el rotulado establecido en el numeral 3.5. del Capítulo III Condiciones Generales de la presentación de la oferta.
6.2. CAUSALES DE DECLARATORIA DE DESIERTA.
La Universidad podrá declarar desierto un proceso de invitación pública o directa por los siguientes motivos:
6.2.1 La no presentación de ofertas,
6.2.2 Incumplimiento por parte de los oferentes de los requisitos habilitantes establecidos en el Pliego de Condiciones o en los términos de la invitación pública,
6.2.3 Que la oferta no alcance los puntajes mínimos requeridos en el Pliego de Condiciones o en los términos de la invitación pública,
6.2.4 Cuando no existan razones que justifiquen la diferencia de precios entre los precios del estudio xx xxxxxxx o de referencia y los presentados por los oferentes
6.2.5 Cuando se presenten causales que impidan la escogencia objetiva del oferente,
6.2.6 Cuando la oferta resulte inconveniente institucionalmente para la Universidad;
6.2.7 Cuando se presenten circunstancias sobrevinientes al proceso de invitación pública que determinen la inconveniencia de la selección de la oferta para los intereses de la Universidad.
CAPÍTULO VII OFERTA ECONÓMICA
La presentación de la oferta económica deberá contemplar toda la información descrita en el formato No. 2 de la presente Invitación pública, con los correspondientes costos que sean necesarios para prestar a la Universidad el suministro integral contratado de manera oportuna, en los lugares y plazos definidos para desarrollar el objeto contractual, incluyendo el costo de los impuestos, y demás contribuciones a que haya lugar.
La oferta económica deberá presentarse en pesos colombianos.
VALOR POR SERVICIO (ALMUERZO O CENA) IMPUESTO AL CONSUMO INCLUIDO | $ |
Para todos los cálculos matemáticos se tomaron cifras enteras, aproximando por exceso o por defecto según el caso, así: Los decimales hasta 0.4 se aproximarán por defecto a la cifra inmediatamente anterior, los decimales superiores a 0.5 se aproximarán a la cifra inmediatamente superior.
Se hará una confrontación efectuando las operaciones aritméticas del caso para constatar la correspondencia de los datos suministrados por el oferente. En caso de discrepancia entre el precio unitario y el valor total incluido impuesto al consumo, prevalecerá el valor unitario antes de impuesto, a menos que LA UNIVERSIDAD, ciertamente pueda determinar que el valor real se encuentra en el valor con el impuesto al consumo incluido, en este caso el valor unitario será corregido para los efectos de la evaluación de las ofertas.
Todas las deducciones, errores y omisiones que con base en sus propias interpretaciones, conclusiones o análisis, llegue el oferente respecto de los pliegos de condiciones, son de su exclusiva responsabilidad. Por lo tanto, la Universidad no asume responsabilidad alguna de tales deducciones.
La Universidad efectuara como correcciones aritméticas las originadas por todas las operaciones aritméticas a que haya lugar, en particular las siguientes:
La multiplicación entre columnas
Las sumatorias parciales
La totalización de sumatorias
La liquidación del valor del impuesto al consumo
La suma del costo total de la oferta
El ajuste al peso.
La evaluación de la oferta económica comprende el análisis de precios ofrecidos por el oferente y que permita su comparación con las demás ofertas.
Se asignará el mayor puntaje a la oferta de menor valor, a las demás ofertas se les asignará el puntaje de acuerdo con la siguiente fórmula:
Valor oferta más baja Puntaje = Puntaje (máximo) X ----------------------------------------
Valor oferta comparada
Nota: Esta información debe ser presentada por el oferente en el formato No. 2 que se anexa al pliego.
CAPÍTULO VIII
FACTORES DE HABILITACIÓN Y DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas presentadas válidamente en este proceso, serán analizadas por los evaluadores designados por la UNIVERSIDAD para tal efecto, garantizando una selección objetiva que le permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para la UNIVERSIDAD y la realización de los fines que se buscan con la contratación.
La UNIVERSIDAD evaluará las ofertas con base en los aspectos relacionados en la siguiente tabla y suscribirá el contrato con aquella que obtenga el mayor puntaje, según los criterios establecidos a continuación:
8.1. FACTORES DE HABILITACIÓN
LA UNIVERSIDAD efectuará la verificación de los aspectos jurídicos, técnicos y financieros de las ofertas, cuyo cumplimiento permitirá que se pueda entrar a evaluar la oferta.
Solamente las ofertas QUE CUMPLAN con los requisitos jurídicos técnicos y financieros, serán objeto de comparación con otras ofertas y de asignación de puntaje.
FACTORES | CUMPLE - RECHAZO | |
8.1.1 | Verificación de requisitos jurídicos | Cumple – Rechazo |
8.1.2 | Análisis de capacidad financiera | Cumple – Rechazo |
8.1.3 | Análisis de requisitos técnicos | Cumple – Rechazo |
8.1.1. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS JURÍDICOS (CUMPLE / RECHAZO)
Este factor se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de cada uno de los requisitos exigidos en el numeral 4.1 de la presente Invitación pública.
El cumplimiento en este aspecto es requisito fundamental para que la oferta sea evaluada financiera y técnicamente.
8.1.2. ANÁLISIS DE CAPACIDAD FINANCIERA (CUMPLE / RECHAZO)
Este factor analiza la capacidad del OFERENTE para realizar la gestión financiera del objeto propuesto en la presente Invitación pública. El cumplimiento de este aspecto es requisito fundamental para que la oferta sea evaluada técnicamente.
Los estados financieros aportados en la oferta, se evaluarán de acuerdo los siguientes factores.
ASPECTOS A VERIFICAR | FORMULA | CUMPLE |
Índice de Liquidez | IL = AC/PC ≥ 1 Donde, IL: Índice de liquidez AC: Activo corriente PC: Pasivo corriente | ≥ 1 |
Índice de Endeudamiento | E = PT/ AT ≤ 70% Donde, E: Índice de Endeudamiento PT: Pasivo Total | ≤ 70% |
AT: Activo Total | ||
Razón de Cobertura de Intereses | RCI = UO/GI ≥ 2 Donde, RCI: Razón de cobertura de interés UO: Utilidad operacional GI: Gastos de intereses | ≥ 2 |
El OFERENTE deberá cumplir con los tres (3) indicadores para que su oferta cumpla financieramente.
Los cálculos financieros se analizarán en la proporción de participación de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal.
Para la verificación financiera de los consorcios y/o uniones temporales se obtendrán los índices de cada uno de los integrantes por separado, los cuales serán multiplicados por su porcentaje de participación y luego serán sumados para obtener el índice total.
Presentar los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2018 (Balance General con corte al 31 de diciembre de 2018 y el estado de resultados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018). Esta información debe ser presentada por el oferente en el formato Nro. 3 que se anexa al pliego.
Nota 1: En el estado de resultados debe estar discriminado el valor causado por concepto de intereses durante el período solicitado, para poder realizar el cálculo de la cobertura de intereses.
Nota 2: Los estados financieros pueden presentarse dando aplicabilidad a las Normas Internacionales de información financiera NIIF.
Para el caso de uniones temporales o consorcios el anexo y formato se deben presentar por cada integrante de los mismos.
8.1.3. ANÁLISIS DE REQUISITOS TÉCNICOS (CUMPLE / RECHAZO) DESCRIPCIÓN DEL SUMINISTRO
Proveer el suministro de almuerzos y comidas en las instalaciones de los restaurantes ubicados en los Campus de la Xxxxx y Palogrande. El oferente deberá garantizar el suministro de almuerzo y comida de lunes a sábado (sin incluir festivos). Para ello deberá cumplir con las siguientes actividades:
-Prevención de la contaminación microbiana con los principios de limpieza y desinfección de los insumos, espacios, utensilios y manipulación de productos desde la recepción de insumos hasta la entrega del suministro.
-Control de insectos y roedores para evitar la contaminación.
-Saneamiento aplicado al personal en sus diferentes cargos, higiene personal en el proceso de manipulación de alimento, en la compra, recibo, almacenamiento (Bodega, despensa, refrigeración), preparación y entrega del producto.
- Plan de Manejo de Residuos sólidos que esté acorde con las políticas y lineamientos de la Universidad y a la normatividad ambiental aplicable.
-Certificado de Manipulación de Alimentos, expedido por la entidad competente, dentro de los últimos dos años a la fecha de presentación de la oferta, para cada una de las personas encargadas del proceso de manipulación y
cocción de los alimentos; dentro de la ejecución del contrato deberá garantizar que quienes participen de estas actividades tengan este certificado.
-Semanalmente y en lugar visible, publicar los menús en las instalaciones de los restaurantes, con copia del mismo a Bienestar Universitario, lo que permitirá el control del supervisor.
-Disponer el personal requerido en las condiciones establecidas en el presente pliego y en el contrato.
-Tabla de contenido básico del suministro (almuerzo o comida), con mínimo cuarenta (40) menús
-Todo el personal que el contratista ponga a disposición de la Universidad para prestar el suministro deberá contar con la dotación completa que se requiere para la manipulación de alimentos (tapabocas, delantal, guantes, uniforme, gorro o xxxx xxx xxxxxxx, zapatos antideslizantes etc.)
DESCRIPCIÓN DE ELEMENTOS NECESARIOS PARA EL SUMINISTRO
El oferente deberá garantizar la utilización de los siguientes elementos y/o cumplimiento de condiciones, en el desarrollo de las actividades con el fin lograr los niveles esperados en el cumplimiento del objeto del contrato.
Utilizar vajilla de porcelana, cubiertos en excelentes condiciones y proporcionar servilletas desechables. Vasos metálicos o xx xxxxxx, no utilizar vasos desechables
Disposición de limpiones en condiciones higiénicas.
Batería completa de cocina tipo industrial con capacidad para atender la demanda del servicio.
Elementos de Seguridad Industrial tanto para el personal como para las áreas, a fin de evitar accidentes a sus empleados y usuarios.
Esta información debe ser presentada por el oferente en el formato Nro. 5 que se anexa al pliego.
8.2. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
Con el fin de garantizar la escogencia de la oferta más conveniente para LA UNIVERSIDAD y para los fines que se pretenden satisfacer con la contratación, se tendrá en cuenta la oferta económica la cual será tenida en cuenta para las ofertas que cumplan con los requisitos jurídicos, técnicos, financieros y económicos, verificados como se señaló anteriormente.
FACTOR DE EVALUACIÓN PUNTAJE EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICA CIEN (100) PUNTOS
Los oferentes presentarán su oferta considerando que el valor máximo por suministro de almuerzo o comida es de
$7.000 incluido el impuesto al consumo del 8%, tanto para estudiantes beneficiarios del programa como para la comunidad universitaria.
Este factor analiza el valor económico que representa la contratación de los suministros del oferente para la Universidad.
Se asignarán cien (100) puntos a aquella oferta que tenga el menor valor, a los demás oferentes se les asignará un puntaje proporcional (se aplicará la regla de tres inversa, fórmula establecida en el CAPÍTULO VII OFERTA ECONÓMICA), las cifras que se obtengan como producto del cálculo del puntaje a cada oferente se manejará con dos decimales.
El orden de elegibilidad comenzará con el oferente que obtenga el mayor puntaje.
La Universidad no aceptará ofertas parciales. En la evaluación se tomará el valor total de la oferta incluyendo el valor del impuesto al consumo.
En caso de que el valor de dos o más ofertas sea igual, se les asignará el mismo puntaje.
8.4 CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de presentarse empate entre dos o más ofertas, que hayan obtenido la misma calificación total por puntos se elegirá al oferente de acuerdo a los siguientes criterios:
El oferente que acredite mayor experiencia. Este criterio se evaluará teniendo en cuenta la mayor cantidad de experiencia representada en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes aportada por los oferentes de acuerdo al numeral 4.1.11 xxx xxxxxx de condiciones y que se encuentre debidamente diligenciada en el formato N°3.
Si continua el empate éste se dirimirá entre los oferentes que estuvieron en igualdad de condiciones, mediante sorteo xx xxxxxx, según se describe a continuación.
Dentro del término de evaluación de las ofertas, se llevará a cabo una audiencia, a la que deberán concurrir los oferentes cuyas ofertas se encuentren empatadas, y de cuya fecha y hora de realización se les informará a través de comunicación escrita dirigida a la dirección consignada en sus respectivas ofertas. En dicha audiencia se hará un sorteo solamente entre los oferentes presentes por el sistema de balotas numeradas del 1 al 10, las cuales serán introducidas en una bolsa no traslúcida, para que cada uno de los oferentes que asista saque su respectiva balota. Xxxxxx quien saque la balota marcada con la cifra menor. De todo lo ocurrido en dicha audiencia, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes.
NOTA: Se deja expresa constancia que LA UNIVERSIDAD da por entendido que el oferente debidamente citado a la audiencia de desempate que no se presentare a ella, renuncia a participar en el sorteo de desempate; en tal sentido, éste se realizará sólo con quienes concurran a aquélla. En caso de que sólo uno de los citados concurra, se le asignará el primer lugar de elegibilidad.
CAPÍTULO IX INDEMNIDAD
9.1. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD.
EL contratista que resulte favorecido con la asignación del contrato se compromete con LA UNIVERSIDAD, a mantenerla indemne de cualquier reclamación frente a reclamos de terceros, que tengan como causa única las actuaciones del contratista.
La Universidad en ningún caso será responsable por los actos, incumplimientos de contratos, omisiones o hechos ocasionados por el adjudicatario con quien llegare a celebrar el contrato objeto de este proceso de selección, como tampoco de los actos, incumplimientos de contratos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que dependan del mismo. Por lo tanto, la relación contractual de La Universidad será única y exclusivamente con el oferente favorecido y la fuente de sus obligaciones serán las que se originen en la Ley y el contrato que se celebre como resultado de este proceso de selección y de la oferta que presente.
Los OFERENTES aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones del presente pliego de condiciones, y en caso de ser seleccionados, se obligan a suscribir la minuta del contrato resultante de la presente invitación pública.
CAPÍTULO X GARANTÍAS EXIGIDAS
Con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones, en los términos y condiciones que se exijan y dependiendo del tipo orden contractual o contrato que se celebre para efectos de ejecutar el contrato de negociación global de precios, el contratista constituirá en favor de LA UNIVERSIDAD, una póliza de garantía única, otorgada por banco o compañía de seguros, legalmente constituidos en Colombia, y bajo las siguientes especificaciones y condiciones:
a) AMPARO DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ADQUIRIDAS: en cuantía mínima equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la orden contractual o contrato y con vigencia igual al plazo de la misma(o) y seis (6) meses más.
b) AMPARO DE CALIDAD DEL SERVICIO: en cuantía mínima equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la orden contractual o contrato y con vigencia igual al plazo de la misma(o) y seis (6) meses más.
c) AMPARO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: por cuantía mínima equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la orden contractual o contrato y con vigencia igual al plazo de la misma(o) y tres (3) años más.
d) SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL – PREDIOS, LABORES Y OPERACIONES, RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL, CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS Y VEHÍCULOS PROPIOS Y NO PROPIOS: La vigencia de esta garantía y de sus amparos deberá ser igual al plazo de ejecución de la orden contractual o contrato. El valor de cada uno de los será el que estime el Manual de convenios y contratos de la Universidad nacionales según la orden contractual o contrato.
Seguro de responsabilidad civil extracontractual, que podrá contener como mínimo los siguientes amparos:
Predios, labores y operaciones
Responsabilidad civil patronal
Contratista y subcontratista
Vehículos propios y no propios
El valor de cada uno de los amparos de predios, labores y operaciones, contratista y subcontratista, vehículo propios y no propios y responsabilidad civil patronal, será mínimo de cuatrocientos (400) salarios mínimos legales mensuales vigentes del valor total de la orden contractual, con vigencia igual al plazo de ejecución del mismo, y deducible hasta el diez por ciento (10%) del valor de cada pérdida y de mínimo 1 salario mínimo mensual legal vigente (incluir cada uno de los amparos)
NOTAS:
Las mencionadas garantías, que forman parte integral de la orden contractual o contrato que se adhiere al Contrato de Negociación Global de Precios, se harán efectivas total o parcialmente, cuando a juicio del Supervisor y de la Universidad, si el Contratista hubiere incumplido cualquiera de las obligaciones pactadas en la orden contractual.
En caso de prórroga o adición de la orden contractual, El Oferente deberá remitir para revisión y aprobación el respectivo certificado modificatorio de la garantía, en la que se verifique la respectiva modificación, o cuando el valor y/o la duración de las mismas se vean afectados por la ocurrencia de siniestros.
En caso de disminución del valor de la póliza de garantía por cualquier causa, el Contratista se obliga a reponerla de manera inmediata.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX
Director Bienestar Universitario
FORMATO No. 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
XXXXX, [día] de [mes] de [año]
Señores
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Ciudad.
Referencia: INVITACIÓN PÚBLICA N° 06 DE 2019 PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE ALIMENTOS PARA LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE GESTIÓN ALIMENTARIA DE LA SECCIÓN DE GESTIÓN Y FOMENTO SOCIOECONÓMICO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO SEDE MANIZALES, MEDIANTE LA MODALIDAD DE NEGOCIACIÓN GLOBAL DE PRECIOS
El (Los) suscrito (s) [xxx nombre del oferente xxx], de acuerdo con las condiciones que se estipulan en la presente invitación, presento la siguiente oferta por valor de (valor en letras) ($ valor en números) para participar en la invitación Referenciada, y en caso de que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA me asigne el contrato, objeto de la presente Invitación pública, me comprometo a suscribirla en los términos aquí establecidos.
Declaro así mismo:
1. Que ésta y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete al y/o a los aquí firmantes.
2. Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tienen interés comercial en esta oferta ni en el contrato que de ella se derive.
3. Que conozco la información general y especial y demás documentos de la INVITACIÓN PUBLICA y aceptamos los requisitos en ellos contenidos.
4. Que hemos recibido las siguientes adendas (si las hubo) y aceptamos su contenido:
Adenda No. de fecha Adenda No. de fecha Adenda No. de fecha
5. Que hemos recibido las siguientes informaciones sobre preguntas y respuestas (si las hubo) y aceptamos su contenido:
Información sobre preguntas y respuestas No. de fecha Información sobre preguntas y respuestas No. de fecha Información sobre preguntas y respuestas No. de fecha
6. Que me comprometo a prestar el suministro de alimentos de conformidad con lo solicitado en la presente INVITACIÓN PUBLICA, a partir del momento en que se dé con el cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del respectivo contrato y hasta el 31 xx xxxxx de 2021.
7. Que si mi oferta es seleccionada, me comprometo a aportar los documentos requeridos para la elaboración, suscripción y legalización del contrato, dentro de los términos señalados para ello.
8. Que no me encuentro incurso en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la ley y la Constitución Política y no me encuentro en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar con entidades públicas.
9. Que la vigencia de nuestra oferta es (# de días) días calendario contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación pública.
10. Que la siguiente oferta consta de [número de folios] folios debidamente numerados.
Cordialmente,
_ Firma Representante Legal
Nombre del Representante Legal: [ ]
Cédula de Ciudadanía del Representante Legal No. [ ] de [ ] Nombre o Razón Social del oferente: [ ]
NIT del oferente: [ ] Dirección: [ ]
Ciudad: [ ]
Teléfono: [ ]
Fax: [ ]
Correo Electrónico: [ ]
NOTA: Ninguna estipulación de esta Carta de Presentación, reemplaza la información o documentación exigida en la INVITACIÓN PÚBLICA.
Notas:
1. Este formato debe ser diligenciado por el oferente
2. El contenido de este documento podrá ser subsanado dentro del plazo establecido, en caso de ser requerido por la Universidad.
3. Será causal de rechazo de la oferta la no presentación de este formato
(Fin Formato No. 1)
FORMATO No. 2 OFERTA ECONÓMICA
Los oferentes presentarán su oferta considerando que el valor máximo por servicio de almuerzo o comida es de
$7.000 incluido el impuesto al consumo del 8%, tanto para estudiantes beneficiarios del programa como para la demás comunidad universitaria.
VALOR POR SERVICIO (ALMUERZO O CENA) IMPUESTO AL CONSUMO INCLUIDO | $ |
NOTAS:
1. Este formato debe ser diligenciado por el oferente.
2. En el valor de cada ítem deben incluirse todos los costos directos e indirectos necesarios para el suministro.
3. Durante todo el tiempo de ejecución del contrato y de las órdenes contractuales que se desprenda del mismo, sus prórrogas y adiciones, el proveedor deberá mantener el mismo precio ofrecido en la oferta presentada, salvo lo estipulado en la nota del numeral 1.5 TARIFAS DEL SUMINISTRO.
4. Este formato no podrá ser subsanado, su no presentación o modificación del contenido, será causal de RECHAZO de la oferta.
(Fin Formato No. 2)
FORMATO No. 3
ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA POR PARTE DEL OFERENTE
RELACIÓN DE CONTRATOS VIGENTES, ADJUDICADOS Y/O EN EJECUCIÓN.
(Se diligencia una relación por cada oferente o integrante de consorcio o unión temporal) Nombre del Oferente: Representante: Oferente Único Si No
Oferente Asociado: SI No MODALIDAD: Consorcio Unión Temporal
CERTIFICACIÓN 1 | CERTIFICACIÓN 2 | |
CONTRATO No. | ||
CONTRATANTE: Nombre del Representante Legal Teléfono de contacto | ||
%PARTICIPACIÓN En caso de haber sido contratado como en consorcio o unión temporal | ||
OBJETO | ||
Fecha de inicio | ||
Fecha de Terminación | ||
Tiempo en años y meses | ||
% de EJECUCIÓN A LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA | ||
VALOR EN $ | ||
VALOR EN SMMLV | ||
FOLIO DE UBICACIÓN EN LA OFERTA |
Integrante: Representante:
Firma
Nombre Cargo
Identificación
NOTAS:
1. Este formato debe ser diligenciado por el oferente.
2. Este formato resume la información de los certificados, no exime su presentación.
3. Este formato podrá ser subsanado en cuanto a su contenido, siempre y cuando sea requerido por la Universidad, en cuyo caso deberá presentarse dentro del plazo solicitado, so pena de incurrir en causal de rechazo de la oferta.
4. Será causal de rechazo de la oferta la no presentación de este formato.
(Fin Formato No. 3)
FORMATO No. 4 CALCULO DE ÍNDICES
RAZÓN FINANCIERA | FORMULA | |||
ÍNDICE DE LIQUIDEZ | Activo corriente / pasivo corriente | Activo Corriente | Pasivo Corriente | Índice de Liquidez |
ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO | Pasivo Total / Activo Total | Pasivo Total | Activo Total | Índice de Endeudamiento |
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES | Utilidad Operacional/ Gastos de Intereses | Utilidad Operacional | Gastos de Intereses | Razón de Cobertura de Intereses |
FIRMAS | ||
REPRESENTANTE LEGAL | CONTADOR PUBLICO | REVISOR FISCAL |
C.C. No. | Matricula No. | Matricula No. |
EL OFERENTE DEBERÁ SUMINISTRAR EL BALANCE CON CORTE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y ESTADO DE RESULTADOS ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018. ESTOS DEBEN IR FIRMADOS POR EL REPRESENTANTE LEGAL, EL CONTADOR PUBLICO Y EL REVISOR FISCAL, SI ESTA OBLIGADO A TENERLO. En el
estado de resultados debe estar discriminado el valor causado por concepto de intereses durante el período solicitado, para poder realizar el cálculo de la cobertura de intereses.
Notas:
1. Este formato debe ser diligenciado por el oferente.
2. Este formato podrá ser subsanado en cuanto a su contenido siempre y cuando sea requerido por la Universidad, en cuyo debe presentarse dentro del plazo solicitado, so pena de incurrir en causal de rechazo de la oferta.
3. Será causal de rechazo de la oferta la no presentación de este formato.
4. Será causal de rechazo la no presentación del balance y estado de resultados.
(Fin Formato No. 4)
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES | ||
Proveer el suministro de almuerzos y comidas en las instalaciones de los restaurantes ubicados en los Campus de la Xxxxx y Palogrande. El oferente deberá garantizar el suministro de almuerzo y comida de lunes a sábado (sin incluir festivos). Para ello deberá cumplir con las siguientes actividades: | ||
CUMPLE | NO CUMPLE | |
Prevención de la contaminación microbiana con los principios de limpieza y desinfección de los insumos, espacios, utensilios y manipulación de productos desde la recepción de insumos hasta la entrega del suministro. | ||
Control de insectos y roedores para evitar la contaminación. | ||
Saneamiento aplicado al personal en sus diferentes cargos, higiene personal en el proceso de manipulación de alimento, en la compra, recibo, almacenamiento (Bodega, despensa, refrigeración), preparación y entrega del producto. | ||
Plan de Manejo de Residuos sólidos que esté acorde con las políticas y lineamientos de la Universidad y a la normatividad ambiental aplicable. | ||
Certificado de Manipulación de Alimentos, expedido por la entidad competente, dentro de los últimos dos años a la fecha de presentación de la oferta, para cada una de las personas encargadas del proceso de manipulación y cocción de los alimentos; dentro de la ejecución del contrato deberá garantizar que quienes participen de estas actividades tengan este certificado. | ||
Semanalmente y en lugar visible, publicar los menús en las instalaciones de los restaurantes, con copia del mismo a Bienestar Universitario, lo que permitirá el control del supervisor. | ||
Disponer el personal requerido en las condiciones establecidas en el presente pliego y en el contrato. | ||
Tabla de contenido básico del servicio (almuerzo y comida), con mínimo cuarenta (40) menús | ||
Todo el personal que el contratista ponga a disposición de la Universidad para prestar el servicio deberá contar con la dotación completa que se requiere para la manipulación de alimentos (tapabocas, delantal, guantes, uniforme, gorro o xxxx xxx xxxxxxx, zapatos antideslizantes etc.) |
FORMATO N° 5 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS
DESCRIPCIÓN DE ELEMENTOS NECESARIOS PARA EL SUMINISTRO | ||
El oferente deberá garantizar la utilización de los siguientes elementos y/o cumplimiento de condiciones, en el desarrollo de las actividades con el fin de lograr los niveles esperados en el cumplimiento del objeto del contrato. | ||
CUMPLE | NO CUMPLE | |
Utilizar vajilla de porcelana, cubiertos en excelentes condiciones y proporcionar servilletas desechables. | ||
Vasos metálicos, o xx xxxxxx. No utilizar vasos desechables | ||
Disposición de limpiones en condiciones higiénicas. | ||
Batería completa de cocina tipo industrial con capacidad para atender la demanda del servicio | ||
Elementos de Seguridad Industrial tanto para el personal como para las áreas, a fin de evitar accidentes a sus empleados y usuarios |
NOTAS:
1. Este formato debe ser diligenciado por el oferente.
2. Este formato no podrá ser subsanado en su presentación o contenido. Su no presentación o modificación del contenido, será causal de RECHAZO de la oferta.
(Fin Formato No. 5)
ANEXO N° 1
CONTRATO No. XXX DE 2019 CELEBRADO ENTRE
LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MANIZALES,
Y XXXXXXXXXXXXXXXXX
entre los suscritos a saber: XXXXXX XXXXXX XXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía n° 79.627.660, quién obra en calidad de Vicerrector de la Universidad Nacional de Colombia - Sede Manizales, y cargo para el cual fue encargado mediante resolución de rectoría general número 496 del 03 xx xxxx de 2018, y debidamente autorizado por el acuerdo 002, acta 01 del 00 xx xxxxxxx xx 0000 xxx xxxxxxx superior universitario y delegado para efectos contractuales por el manual de convenios y contratos, adoptado mediante resolución de rectoría n° 1551 del 19 de diciembre de 2014, está facultado para la celebración de ordenes contractuales en nombre de LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MANIZALES, identificada con NIT 899.999.063-3, ente universitario autónomo del orden nacional, sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante decreto 1210 del 28 xx xxxxx de 1993 expedido por el gobierno nacional, quien para efectos de este contrato, se llamará LA UNIVERSIDAD, de una parte, y por la otra _ _, identificado(a) con cédula de ciudadanía _ , quien en su calidad de , actúa en nombre y representación legal de , identificada con nit. , constituida bajo escritura pública n° _ _ de la Notaría de del
_ de de _, según certificación de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio de , del de _ del _, quien para efectos de este documento se llamará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato, previas las siguientes
CONSIDERACIONES:
1) Que la Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales requiere contratar el suministro de alimentos para los estudiantes beneficiarios del programa de gestión alimentaria del área de gestión y fomento socioeconómico de Bienestar Universitario Sede Manizales, bajo la modalidad de negociación global de precios.
2) Que el Comité de Contratación, en sesión N° del / /2019, según consta en el Acta N° , aprobó el pliego de condiciones de la Invitación Pública, de acuerdo con la solicitud presentada.
3) Que la invitación pública y el pliego de condiciones fueron publicados en la página WEB de la universidad Nacional del Colombia Sede Manizales el día / /2019.
4) Que el día __ /_ /2019, fecha de cierre de la Invitación Pública, se recibieron las siguientes ofertas escritas por parte de: , _ _
, , _.
5) Que una vez realizada la verificación de requisitos jurídicos y financieros de la oferta, siguiendo los parámetros establecidos en el pliego de condiciones por parte del Comité Evaluador, el Comité de Contratación de Sede, en sesión del /_ /2019, según consta en el Acta N° __, aprobó el informe de evaluación preliminar; el cual fue debidamente publicado en la página web de LA UNIVERSIDAD el día
_ _/ _/2019.
6) Que en fecha / /2019 dentro del plazo establecido para presentar Observaciones al Informe Preliminar, no se recibieron escritos de observaciones al informe preliminar.
7) El Comité de Contratación, en sesión N° del / /2019, según consta en Acta N° , aprobó el Informe Definitivo de Evaluación y recomendó al ordenador del gasto la suscripción del presente contrato con la firma (LA PERSONA Ó EMPRESA SELECCIONADA).
8) Que el señor Vicerrector de Sede, en calidad de ordenador del gasto, aceptó la recomendación emitida por el Comité de Contratación de Sede para la suscripción del contrato que permita suplir las necesidades institucionales de estos servicios, mediante Negociación Global de Precios.
9) Que los servicios objeto del presente contrato se realizan mediante Negociación Global de Precios, definidos como los acuerdos de voluntades que se celebran con el fin de fijar las condiciones de oferta para el servicio durante un período de tiempo determinado, en la forma, plazo y condiciones de entrega, calidad y garantía establecidas, sin comprometer recursos presupuestales. El presente contrato, se regirá por las siguientes cláusulas y en lo no previsto en ellas por la ley
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO. Contrato de Suministro de alimentos para los estudiantes beneficiarios del programa de gestión alimentaria del área de gestión y fomento socioeconómico de Bienestar Universitario Sede Manizales, bajo la modalidad de negociación global de precios conforme a las especificaciones solicitadas en los Pliegos de Condiciones de la Invitación N° 06/2019 y según la oferta presentada por EL PROVEEDOR. A LA UNIVERSIDAD, recibida , documentos que hacen parte integral del presente contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO. Teniendo en cuenta que el presente contrato se celebra bajo la modalidad de negociación global de precios establecida en el artículo 43 del Manual de Convenios y Contratos de la Universidad, ésta deberá adquirir los suministros contratados a través de la suscripción de ordenes contractuales o contratos de acuerdo a los requerimientos previamente establecidos, en los mismos términos de la delegación contractual y bajo las mismas condiciones previstas en el contrato de negociación global de precios, para cuya celebración no se requerirán procesos de invitación y selección adicionales.
CLÁUSULA SEGUNDA. CONDICIONES MÍNIMAS A SER ATENDIDAS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO OBLIGACIONES
El contrato de Suministro de alimentación consiste en proveer los almuerzos y cenas en las instalaciones de los restaurantes ubicados en los Campus la Xxxxx y Palogrande. El contratista deberá garantizar el suministro de almuerzos y cenas de lunes a sábado (sin incluir festivos). Así mismo, deberá:
Suscribir el contrato de arrendamiento de las instalaciones de los restaurantes propiedad de la Universidad, durante todo el período de duración del contrato.
Cancelar el canon de arrendamiento en los plazos pactados en los respectivos contratos de arrendamiento; el cual estará conformado por un valor fijo y uno variable.
El valor fijo para el año 2019 es de UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO VEINTICUATRO PESOS
($1.922.124) MCTE mensuales para los dos locales donde funcionan los restaurantes y el valor variable corresponderá al 4% sobre el valor que subsidia o auxilia la Universidad a los estudiantes para el pago de los suministros. Este valor se calculará mensualmente sobre el consumo del período a liquidar.
El valor fijo lo deberá pagar el contratista durante los cinco primeros días de cada mes de ejecución del contrato y el valor variable lo pagará dentro de los siguientes quince días calendario al correspondiente mes de liquidación de los suministros otorgados; en todo caso, la Universidad podrá descontar el canon de arrendamiento fijo o variable de los pagos que realice al Contratista seleccionado por los suministros prestados a los estudiantes.
El Arrendamiento de las instalaciones de los restaurantes ubicados en los Campus de la Xxxxx y Palogrande presenta las siguientes condiciones:
Incluye: Energía eléctrica, servicio de acueducto y alcantarillado, surtidor de alimentos con calefacción y muebles para el área de comedor, estufas, horno microondas, malacate ubicado en el campus Palogrande, campana extractora, tanque de almacenamiento de agua, cuarto frio, estanterías y un congelador vertical en cada campus.
NO incluye: Servicio de gas natural o propano, servicio de refrigeración (congeladores y refrigeradores adicionales), estufas auxiliares, menaje (platos, cubiertos, vasos de uso semi-industrial o industrial, utensilios de cocina, bandejas, etc), cazuelas, sartenes, asadores, porcionadores, licuadora semi-industrial, hornos microondas auxiliares.
Los horarios de atención a estudiantes para la entrega del almuerzo y la comida serán convenidos con la Dirección de Bienestar Universitario de la Sede.
Informar de inmediato al supervisor sobre cualquier imprevisto o impedimento que perturbe la ejecución normal del contrato.
Cumplir el objeto del contrato en la forma y dentro del plazo previsto. Estar al día en sus obligaciones tributarias nacionales ante la DIAN. Cancelar oportunamente el servicio de gas natural.
Estar al día en el pago de los aportes a la seguridad social y parafiscal de todo el personal que labore en los restaurantes del campus Palogrande y la Xxxxx.
Acatar las indicaciones que imparta el supervisor o coordinador del contrato durante el desarrollo de éste. Evitar dilaciones y retardos innecesarios durante la ejecución del contrato.
Responder por la adecuada presentación y la conducta de su personal, manteniendo la supervisión directa del mismo especialmente en los eventos en que puedan llegar a causar daño a los diferentes usuarios del servicio, instalaciones físicas y a los bienes muebles que se encuentran dentro de las instalaciones de los diferentes espacios de la Universidad que son objeto del suministro.
El personal encargado de atender a los usuarios del servicio deberá tener un buen manejo de las relaciones interpersonales y actitud de servicio. Igualmente, el personal requerido para la ejecución del contrato no debe exceder las horas reglamentarias de su jornada laboral diaria, para que esto no repercuta en la disminución de su capacidad para prestar el servicio
Garantizar durante el suministro, los elementos de Seguridad Industrial, tanto para el personal como para las áreas de operación y de servicio, a fin de evitar accidentes a sus empleados y usuarios.
Garantizar la calidad de los suministros y diferentes actuaciones del personal en cumplimiento del objeto del contrato y responder por ello, lo cual se verificará a través del supervisor.
Presentar planes de mejoramiento en caso de encontrarse oportunidades de mejora en los procesos de evaluación interna objeto del contrato, referente a los estándares de calidad y servicio, usando los formatos institucionales.
Responder a los requerimientos efectuados por la UNIVERSIDAD, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recibo de la solicitud.
El suministro en el restaurante y cafetería deberá ser prestado no sólo a los estudiantes beneficiados del programa de Bienestar Universitario sino a toda la comunidad universitaria que lo demande en los campus Palogrande y La Xxxxx.
Cumplir a cabalidad con lo ofrecido en la oferta presentada a LA UNIVERSIDAD, especialmente en lo indicado en el punto 1.2. Descripción y requerimiento de los suministros a contratar de los pliegos de invitación pública.
Cada suministro ofrecido deberá incluir lo establecido en las tablas de contenido básico consignadas en la presentación de la oferta, por lo tanto, se comprometerá a entregar como mínimo las cantidades allí descritas.
Semanalmente y en lugar visible, publicar los menús en las instalaciones de los restaurantes, con copia del mismo a Bienestar Universitario, lo que permitirá el control del supervisor.
Permitir que la Universidad realice evaluaciones sobre la calidad del suministro prestado, en caso de no obtener resultados favorables, esto podrá ser causal de terminación del contrato.
Para garantizar la inocuidad de la alimentación suministrada, el Contratista debe cumplir con los lineamientos establecidos en la Resolución 2674 de 2013, Decreto 60 de 2002 y demás normas vigentes para lo cual presentará:
Manual de Buenas Prácticas de Manufactura
Cada CONTRATISTA deberá allegar obligatoriamente con su oferta, en medio digital, a través de CD, el Manual de Buenas Prácticas de Manufactura, el cual deberá ser elaborado conforme los parámetros establecidos en la Resolución 2674 de 2013 por las cuales se reglamentan los requisitos técnicos sanitarios que deben cumplir los expendios de alimentos, Decreto 60 de 2002 por el cual se reglamenta el sistema de análisis de puntos críticos de control HACCP y demás normatividad higiénico sanitaria aplicable que se ajusten al local y al tipo de servicio a prestar.
Plan de Saneamiento Básico
El contratista deberá presentar con la oferta en medio digital, a través de CD, un plan de saneamiento básico, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 2674 de 2013, el cual deberá incluir como mínimo:
- Programa de Limpieza y Desinfección: En el cual constarán los procedimientos concretos de limpieza y desinfección adelantados por los CONTRATISTAS para garantizar la asepsia y la inocuidad de los alimentos. Cada establecimiento debe tener por escrito todos los procedimientos, incluyendo los agentes y sustancias utilizadas, así como las concentraciones o formas de uso y los equipos e implementos requeridos para efectuar las operaciones y periodicidad de limpieza y desinfección.
- Agua Potable: El Contratista deberá monitorear los niveles de pH y Cloro Residual con una frecuencia semanal y llevar el registro correspondiente.
- Programa de Desechos Sólidos: En cuanto a los desechos sólidos (basuras) debe contar con los elementos, recursos y procedimientos que garanticen una eficiente labor de recolección, conducción, manejo, almacenamiento interno, clasificación, transporte y disposición, lo cual tendrá que hacerse observando las
normas de higiene y salud ocupacional establecidas con el propósito de evitar la contaminación de los alimentos, áreas, dependencias y equipos o el deterioro del medio ambiente.
- Programa de Control de Plagas: Las plagas entendidas como artrópodos y roedores deberán ser objeto de un programa de control específico, el cual debe involucrar un concepto de control integral, esto apelando a la aplicación armónica de las diferentes medidas de control conocidas, con especial énfasis en las radicales y de orden preventivo.
Manual de Almacenamiento y Conservación de Alimentos
El contratista deberá presentar con la oferta en medio digital, a través de CD, un manual de almacenamiento y conservación de alimentos donde consten los procesos adelantados para dar cumplimiento a las exigencias higiénico sanitarias contenidas en la Resolución 2674 de 2013 y demás normatividad higiénico sanitaria aplicable en lo relacionado al almacenamiento y conservación de alimentos.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los miembros deberá presentar este documento.
Certificación de Manipulación de Alimentos
El contratista deberá presentar una vez se haya suscrito el contrato, el listado de las personas que desarrollarán actividades en los restaurantes; adjuntar la certificación médica que demuestre la aptitud del personal para manipular alimentos y los respectivos certificados de manipulación de alimentos, los cuales deben ser emitidos por la autoridad competente para la ciudad de Manizales.
Plan de Capacitación
El contratista debe presentar con la oferta en medio digital, a través de CD, un plan completo de capacitación a manipuladores, al cual debe adjuntar el cronograma que debe corresponder específicamente al período de desarrollo del contrato y al objeto del mismo de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 2674 de 2013, con las actividades a desarrollar y que reúna los temas, objetivos, metodología y secuencias específicas para cada ítem.
Análisis Microbiológicos
Será responsabilidad del Contratista, efectuar el control de calidad microbiológico, tanto a las materias primas utilizadas, como alimentos procesados. Para verificar la calidad microbiológica de la alimentación el contratista realizará el primer y tercer mes de cada período académico rastreos microbiológicos, que corresponden a tres alimentos (proteína, verdura, fruta, lácteos u otro), uno a superficie y uno a manipulador de alimentos. Debe garantizar que se hagan con estas frecuencias. Como norma de seguridad, el contratista deberá guardar diariamente en refrigeración una muestra del menú del día (100 g), almacenarla como mínimo 48 horas y rotularla con el fin de realizar los análisis pertinentes en caso de intoxicación alimentaria. Si se presentara algún tipo de intoxicación masiva por alimentos adulterados y /o alterados, el contratista asumirá toda responsabilidad civil que genere la demanda por dicha causa.
Manejo Ambiental de Residuos Sólidos
El contratista se obliga a aplicar a cabalidad y en lo pertinente los Decretos 838 de 2005 sobre disposición final de residuos sólidos y Resolución 2674 de 2013, aplicar los lineamientos establecidos por la Universidad Nacional de Colombia – Sede Manizales, en cuanto al adecuado manejo de los residuos peligrosos y no peligrosos, y acatar las directrices emanadas del Equipo de Apoyo al Sistema de Gestión Ambiental respecto del manejo, almacenamiento y entrega para disposición final de los residuos orgánicos generados. Utilizando de manera eficiente y racional los recursos naturales que requiera para el ejercicio de su labor, específicamente en lo que se refiere al agua y la
energía eléctrica y suministrar las canecas y bolsas de basura necesarias para la gestión de los residuos sólidos en los puntos satélites y cafeterías, acorde a los lineamientos de la Universidad Nacional de Colombia teniendo en cuenta que las bolsas de residuos orgánicos deben estar debidamente rotuladas.
El contratista, estará obligado a asistir a las reuniones de capacitación citadas por las autoridades de salud municipal o internas de la sede, para tratar los temas de manipulación de alimento y condiciones de higiene.
El contratista será responsable de mantener un ambiente laboral seguro, mediante el control de los factores que puedan ser potencialmente dañinos para la seguridad y la salud de los empleados ocasionando accidentes de trabajo y/o enfermedad profesional y propender por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones generales de salud y calidad de vida de los empleados; para lo cual presentara un programa de salud ocupacional y seguridad industrial de acuerdo a lo establecido por la normatividad legal vigente y dispondrá de los registros de entrega de elementos de protección personal, así como durante el inicio de la ejecución del contrato levantara el panorama de riesgos con ayuda de su ARL.
Así mismo, se deberá aplicar prácticas en la prevención de accidentes, incendios y demás siniestros que se puedan presentar durante la prestación del servicio. Ubicar en un lugar visible el protocolo de manejo en caso de una emergencia, que contenga los números de contacto con la ARL y la orientación para el diligenciamiento del formato de reporte de accidente de trabajo.
El contratista deberá relacionar los suministros proporcionados durante la semana (lunes a sábado) y presentarlos a la Oficina de Bienestar Universitario, donde se relacionen las fechas de entrega de los suministros y el número de estudiantes efectivamente atendidos para cada fecha; discriminados por tipo de subsidio que otorga la Universidad al estudiante.
El contratista deberá diseñar estrategias y recursos de carácter pedagógico para promover hábitos alimentarios saludables y el cuidado de la salud en la comunidad universitaria.
El contratista deberá garantizar el suministro de una alimentación balanceada nutricionalmente en los diferentes tiempos de comida ofrecidos en los servicios. Velará por ofrecer una alimentación de calidad, equilibrada y suficiente, asegurando la calidad sensorial en términos de armonía de colores, texturas, apariencia, presentación, olor y temperatura.
El contratista deberá desarrollar actividades que promuevan una buena atención al cliente y la fidelización del mismo (menús variados en fechas especiales, decoración temática del espacio del restaurante, ambientación, entre otros).
El contratista promoverá iniciativas de formación ciudadana a través de la implementación de estrategias pedagógicas que encaminen hábitos alimenticios saludables a los usuarios del servicio.
El contratista deberá contar con un protocolo de atención al usuario que le permita agilizar la prestación del servicio y atender sugerencias, quejas y reclamos de los usuarios.
Dotar cada uno de los restaurantes con los siguientes equipos: gramera, báscula, termómetro digital y capacitar al personal manipulador de alimentos en el uso de los mismos y el registro adecuado de los datos.
El contratista debe garantizar que los equipos de refrigeración y congelación de uso en el servicio, cuenten con dispositivos para el control de la temperatura de almacenamiento.
El contratista debe garantizar el cumplimiento de la política ambiental de la Universidad.
Distribuir el personal mínimo requerido en las condiciones establecidas en el presente pliego y en el contrato. Mantener durante la ejecución del contrato el talento humano completo; cuando se requiera cambio del personal, el nuevo personal debe cumplir los requisitos establecidos en la guía de lineamientos para la prestación de servicios de alimentación en la Universidad Nacional de Colombia en su componente de condiciones higiénico sanitarias, lineamientos específicos del personal manipulador de alimentos.
Tener contemplado planes de contingencia para el desabastecimiento de insumos y menaje, infestación de plagas y roedores, fallo de equipos, entre otros, de tal manera que se garantice la continuidad y la calidad en la prestación del servicio. Deberá tener además un plan de contingencia para déficit de personal por calamidades domésticas, incapacidades o renuncias, con el fin de minimizar los incumplimientos en los procesos.
Asistir a reuniones de seguimiento y control del servicio de alimentación, convocadas por las diferentes instancias de la Universidad.
Todos los trabajadores del contratista sin excepción alguna, antes de iniciar sus actividades al interior de la Universidad deben recibir la inducción en los temas ambientales relacionados con sus actividades propias y realizar la evaluación correspondiente asegurando que la información no solo sea recibida sino también entendida.
Podrán realizar actividades al interior de la Universidad única y exclusivamente aquellas personas que hayan recibido la inducción en gestión ambiental.
Todo el personal operativo y administrativo que presta sus servicios al contratista debe asistir a las capacitaciones en manejo adecuado de residuos orgánicos y responsabilidad ambiental programada por gestión ambiental durante la ejecución del contrato y presentar la respectiva evaluación. Deberá además cumplir con toda la normatividad ambiental vigente en esta materia.
El contratista debe entregar a gestión ambiental el aceite usado generado en las actividades de cocina, en el caso que el contratista realice la disposición final del aceite entrega del certificado de disposición final.
Los residuos orgánicos generados no podrán ser depositados en las tolvas de la Universidad, el contratista debe garantizar el aprovechamiento de los mismos mediante actividades de compostaje o similares.
Es obligación hacer uso adecuado de los puntos ecológicos según los residuos reciclables y no reciclables generados, según la información recibida en la inducción.
El personal a cargo del contratista debe hacer uso eficiente de los recursos naturales tales como agua, energía durante la ejecución del contrato.
En el caso de presentarse cualquier accidente que ocasione impactos negativos al medio ambiente tales como derrames, fugas, entre otros, informar inmediatamente a la línea de emergencia de la Universidad 777.
Al contratista se le prohíbe la preparación de alimentos dentro de las instalaciones de la Universidad con destino diferente a los usuarios de la misma.
El Contratista deberá presentar una matriz de riesgos para cada establecimiento del servicio, la cual debe ser socializada con el equipo de colaboradores.
No instalar máquinas de juegos xx xxxx y suerte o expendedoras de productos industrializados en las áreas destinadas al suministro de alimentación a su cargo.
Abstenerse de usar el nombre de la UNIVERSIDAD en actividades de publicidad, comunicados de prensa, avisos, comerciales o similares, sin la expresa autorización escrita.
El operador debe garantizar el cuidado de los equipos que la universidad provee para el funcionamiento del servicio de alimentación y que estarán a cargo del operador durante el tiempo en que se desarrolle esta orden global. Si durante las visitas de verificación se observa deterioro de los equipos por negligencia, falta de cuidado o mala operación, el operador se hará responsable de los mantenimientos adicionales que el equipo requiera.
CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD.
1) Realizar los pagos en la forma y oportunidad convenidas en las órdenes contractuales o contratos derivados de la Negociación Global de Precios.
2) Designar un supervisor por cada orden contractual o contrato derivado del Contrato de Negociación Global de Xxxxxxx, quien servirá de intermediario entre el Contratista y la Universidad.
3) Exigir al Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato a través de la supervisión.
4) Adelantar las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufra en desarrollo del contrato.
CLÁUSULA CUARTA. PERSONAL. Las partes contratantes dejan expresa constancia de que los trabajadores empleados en el contrato por el CONTRATISTA no tiene relación jurídica de ningún naturaleza con la UNIVERSIDAD, y que, en consecuencia, el CONTRATISTA está obligado a atender el pago de salarios, prestaciones sociales y demás obligaciones que le impone la legislación laboral vigente, así como las de carácter civil con los subcontratistas.
CLÁUSULA QUINTA. REAJUSTES. En caso de requerirse personal adicional, tiempo extraordinario de trabajo, aumento de plazo o cualquier otra causa que afecte el equilibrio contractual de las ordenes contractuales o contratos que se celebren para efectos de ejecutar el presente contrato de negociación global de precios, tales como obligaciones tributarias, imposición de nuevas prestaciones sociales, entre otras, se deberá reajustar el valor de la respectiva orden contractual o contrato, previo acuerdo entre las partes.
CLÁUSULA SEXTA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del presente contrato, es de setecientos (733) días, contados a partir 15 de octubre de 2019, con el cumplimiento de todos los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución y hasta el día 16 de octubre de 2021.
CLÁUSULA SEPTIMA. FORMA DE EJECUCIÓN y PAGO. El Contrato de Negociación Global de Precios se ejecutará mediante la celebración de órdenes contractuales o contratos de acuerdo con los requerimientos que la Universidad considere necesarios para garantizar el suministro de alimentos. La Universidad pagará el valor pactado en la orden contractual o contrato suscrito con el contratista, así: El valor incluye los impuestos, gravámenes y retenciones a que haya lugar o se deriven del mismo, pagos parciales previa presentación de la factura a nombre de la Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales con Nit 899.999.063-3, constancia de cumplimiento expedida por el supervisor y certificación por parte del contratista en la que conste que se encuentra al día en el pago de aportes a seguridad social integral (salud y pensión) y parafiscales, conforme a lo dispuesto en la ley 789 de 2002.
PARÁGRAFO PRIMERO. Será requisito para el pago presentar la factura en caso de persona jurídica o cuenta de cobro si es persona natural, a nombre de la Universidad Nacional de Colombia NIT. 000.000.000-3, previa presentación de recibido a satisfacción del suministro de alimentos contratados por el supervisor de la orden contractual o contrato que se suscriba y anexar los comprobantes de pago de aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales.
PARÁGRAFO SEGUNDO: La factura y los soportes se deben entregar de acuerdo al cronograma establecido con el supervisor de la orden contractual o contrato y deberá incluir como mínimo los siguientes documentos e información: a) Factura donde se discriminen cada uno de los conceptos cobrados; b) Anexo con valores discriminados de salarios y prestaciones sociales causados y pagados; c) Paz y salvo de parafiscales y seguridad social integral expedido por el revisor fiscal o representante legal, según el caso.
CLÁUSULA OCTAVA. LUGAR DE EJECUCIÓN. El CONTRATISTA prestará los servicios en la ciudad de Manizales - Caldas
CLÁUSULA NOVENA. DESTINO. Universidad Nacional de Colombia Sede Manizales, Campus Palogrande y el Cable.
CLÁUSULA DÉCIMA. RESPONSABLE DE LA SUPERVISIÓN. La supervisión del presente contrato de negociación global de precios, será ejercida por el Director de Bienestar Universitario de la Sede, o quien haga sus veces.
La supervisión de cada una de las ordenes contractuales y contratos que se celebren bajo las condiciones del presente contrato de negociación global se realizará a través del interventor y/o supervisor designado para cada uno de tales órdenes o contratos, quienes representarán a la Universidad para los efectos de vigilancia y control de la ejecución de los señalados actos; serán intermediarios entre ella y el contratista, y por su conducto se tramitarán todas las cuestiones relativas al desarrollo de cada uno de los contratos u órdenes contractuales, sin perjuicio de que, simultáneamente, el supervisor del contrato cumpla con las obligaciones que le son propias tales como efectuar labores de comunicación, intermediación y coordinación entre el contratista y el supervisor.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. SUPERVISIÓN. El supervisor, para ejercer el adecuado seguimiento a la ejecución del contrato que le ha sido asignada, deberá dar cumplimiento a las obligaciones estipuladas en los artículos 92 a 94 del manual de convenios y contratos adoptado mediante resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, y las demás normas que lo complementen, adicionen o sustituyan
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Antes de acudir a las instancias judiciales, las partes buscarán resolver cualquier diferencia o discrepancia surgida con ocasión del presente contrato, de forma ágil, rápida y directa, mediante la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, tales como la conciliación, la mediación o la transacción.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL CONTRATISTA manifiesta expresamente
a la UNIVERSIDAD que no está incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad contenida en la constitución política ni en la ley, y que serán de su exclusiva responsabilidad las consecuencias que se deriven de los antecedentes o sobrevinientes.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES. Las partes se
comprometen a cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 50 de la ley 789 de 2002, modificado por la ley 828 de 2003.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. MULTAS. En caso de que EL CONTRATISTA incurra en incumplimiento parcial de las obligaciones derivadas de la presente orden contractual, LA UNIVERSIDAD, mediante Resolución motivada que prestará mérito ejecutivo, podrá imponer multas diarias sucesivas, a razón del 0,01% del valor de la orden contractual mientras persista el incumplimiento, sin que sumadas superen el veinte por ciento (20%) del valor de la orden contractual.
Nota: En el Contrato de Negociación Global de Xxxxxxx, se configurarán multas diarias al incumplimiento de los plazos establecidos en la cláusula segunda, en tal caso el Contratista autorizará a la Universidad para descontar de los pagos pactados el valor de la multa que se ocasione por este concepto
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. CLAÚSULA PENAL. Se pacta como cláusula penal pecuniaria la suma equivalente al 20% del valor total de la orden contractual, la cual se hará efectiva por parte de la UNIVERSIDAD en caso de atraso o incumplimiento por parte del CONTRATISTA en la prestación debida de la ejecución del contrato. Dicha suma podrá ser tomada directamente de las garantías, o de ser el caso, se cobrará por jurisdicción coactiva.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA. INTERPRETACIÓN UNILATERAL. Cuando en la ejecución del contrato se presenten divergencias respecto a la interpretación del clausulado, que no puedan ser subsanadas acudiendo a las normas de interpretación generales, los pliegos de condiciones que dieron origen a la contratación o la oferta presentada por EL CONTRATISTA, LA UNIVERSIDAD interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones o cláusulas objeto de la diferencia.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIÓN UNILATERAL. Si durante la ejecución del contrato y para evitar la paralización o la afectación grave del servicio que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el contrato y previamente las partes no llegan al acuerdo respectivo, la entidad en acto administrativo debidamente motivado, lo modificará mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios. Si las modificaciones alteran el valor del contrato en un veinte por ciento (20%) o más del valor inicial, el CONTRATISTA podrá renunciar a la continuación de la ejecución. en este evento, se ordenará la liquidación de la orden contractual y la entidad adoptará de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminación del objeto del mismo.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: LIQUIDACIÓN UNILATERAL. Cuando EL CONTRATISTA, habiendo sido requerido, no se presente a la liquidación de común acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación del plazo de ejecución; o las partes no lleguen a un acuerdo sobre el contenido de la misma; la liquidación será practicada directa y unilateralmente por LA UNIVERSIDAD dentro de los dos (2) meses siguientes y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. En todo caso, el acto de liquidación unilateral deberá ser expedido por el ordenador del gasto, y en el evento de resultar sumas de dinero a favor de la UNIVERSIDAD y a cargo del CONTRATISTA, la Resolución proferida prestará mérito ejecutivo.
CLÁUSULA VÍGESIMA: TERMINACIÓN UNILATERAL. LA UNIVERSIDAD podrá terminar unilateralmente las órdenes contractuales que haya celebrado en los siguientes casos: 1. Cuando las exigencias del Servicio Público lo requieran o la situación de orden público lo imponga. 2. Por muerte o incapacidad física permanente del CONTRATISTA, si es persona natural, o por disolución de la persona jurídica del CONTRATISTA. 3. Por interdicción judicial o liquidación obligatoria del CONTRATISTA. 4. Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales al CONTRATISTA que afecten de manera grave el cumplimiento de la orden contractual. Cuando dichas causales se presenten, el ordenador del gasto deberá expedir el acto administrativo mediante el cual se dé aplicación a la terminación unilateral de la orden contractual, sin que sea necesario procurar acuerdos previos con EL CONTRATISTA para poder declararla.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. CADUCIDAD. LA UNIVERSIDAD podrá dar por terminado el contrato y ordenar su liquidación, en aquellos casos en los cuales advierta que hay claras evidencias de que EL CONTRATISTA está incumpliendo con las obligaciones contractuales y que esta circunstancia afecta de manera grave y directa la ejecución de la misma, hasta el punto de considerar que se puede presentar su parálisis. La declaratoria de caducidad sea constitutiva del siniestro de incumplimiento.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL Y AUTONOMÍA. El presente contrato lo
ejecuta el CONTRATISTA con plena autonomía y no genera relación laboral entre LA UNIVERSIDAD con EL
CONTRATISTA ni con el personal que éste designe para el cumplimiento del objeto contractual. Todo el personal del CONTRATISTA deberá estar vinculado en forma tal que se garantice su disponibilidad para la ejecución oportuna de las distintas actividades de la orden contractual.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. SUBCONTRATACIÓN. Cualquier subcontratación que EL CONTRATISTA pretenda hacer para la ejecución del contrato, deberá ser aprobada previamente y por escrito por LA UNIVERSIDAD. EL CONTRATISTA será responsable del cumplimiento por parte de sus subcontratistas, de las exigencias comerciales, económicas y jurídicas establecidas por LA UNIVERSIDAD, y en consecuencia será responsable solidariamente con el subcontratista por los perjuicios de toda índole que LA UNIVERSIDAD, sus clientes o usuarios puedan sufrir como consecuencia de la labor del subcontratista. Los subcontratos no eximirán AL CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales ni las atenuará. LA UNIVERSIDAD no asumirá ninguna obligación directa o indirecta con el subcontratista, ni está en la obligación de tener ningún contacto o entendimiento con los subcontratistas, siendo EL CONTRATISTA el directamente obligado a responder ante LA UNIVERSIDAD por la actividad subcontratada como si él fuere el directo ejecutor de la misma; en los subcontratos se deberá consignar expresamente esta circunstancia. En todo caso LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de exigirle AL CONTRATISTA, de ser procedente, que reasuma el cumplimiento de la obligación subcontratada, o el cambio del subcontratista, sin que se derive responsabilidad de ninguna clase para LA UNIVERSIDAD. En tal evento, EL CONTRATISTA deberá proceder dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la comunicación de LA UNIVERSIDAD.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. GARANTÍA. EL PROVEEDOR deberá constituir a favor de LA UNIVERSIDAD, en compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, cuya póliza matriz se encuentre aprobada por la Superintendencia Financiera y con representación en la ciudad de Manizales las garantías en los términos y condiciones que se exijan en cada orden contractual o contrato que se celebre para efectos de ejecutar el presente contrato de negociación global de precios y bajo las siguientes especificaciones y condiciones adicionales:
- Deberá constituirse en pesos colombianos.
- Deberá anexarse el correspondiente recibo de pago de la prima, cancelada en su integridad por el contratista.
- Deberá estar firmada por el contratista y por el asegurador.
- Deberá estar vigente durante el plazo de la orden contractual o contrato, su liquidación y la prolongación de sus efectos por el tiempo que se fije en cada uno de ellos.
-No expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.
PARÁGRAFO PRIMERO. . Deberá ampliar la cuantía y el término de la vigencia de las garantías cuando el valor y/o la duración de las mismas se vean afectados por la ocurrencia de siniestros, o por la modificación, adición o prorroga de las órdenes contractuales o contratos.
PARÁGRAFO SEGUNDO. Las mencionadas garantías, formarán parte integral de cada orden o contrato y se harán efectivas total o parcialmente, cuando a juicio del supervisor y de la UNIVERSIDAD, el contratista hubiere incumplido cualquiera de las obligaciones pactadas en este contrato de negociación global o en las específicas de cada orden contractual o contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. FUERZA MAYOR. Para los efectos de las obligaciones del contratista, se considera como fuerza mayor o caso fortuito, cualquier hecho o suceso imprevisto, que demore o impida el cumplimiento de sus obligaciones sin que pueda remediarlo. En la eventualidad de presentarse un caso fortuito o fuerza mayor,
. Tendrá derecho a la suspensión o prórroga del plazo de ejecución de las órdenes contractuales o contratos celebrados para ejecutar el presente contrato de negociación global de precios, a juicio de la UNIVERSIDAD, pero no podrá reclamar indemnizaciones por los perjuicios sufridos.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. NORMAS REGULADORAS. Régimen contractual de la Universidad Nacional de Colombia: Acuerdo 002 del 12 de febrero de 2008 y Manual de Convenios y Contratos, adoptado por Resolución
de Rectoría N° 1551 del 19 de diciembre de 2014, Código Sustantivo del Trabajo y demás normas legales vigentes que regulan la materia.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA. CLÁUSULA COMPROMISORIA. En caso de presentarse alguna controversia técnica o jurídica relacionada con el desarrollo o ejecución del presente contrato de negociación global de precios, la UNIVERSIDAD y el . buscarán inicialmente una solución alternativa del conflicto, diferente a la judicial: la conciliación, la transacción o cualquiera otra forma extrajudicial, con el fin de solucionar en forma ágil, rápida, directa y amigable dichas diferencias.
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA: ADICIÓN, MODIFICACIÓN, Y PRÓRROGA. EL presente contrato se podrá adicionar, modificar o prorrogar, siempre que exista concepto favorable por parte del supervisor, por mutuo acuerdo entre las partes y previamente a su fecha de terminación. Esto deberá constar por escrito y surtirá efectos a partir de la fecha de su legalización. No obstante lo anterior, deberá ceñirse a los procedimientos regulados y establecidos en el manual de convenios y contratos de la Universidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA. ANEXOS. Hacen parte integral del presente contrato: estudio previo ( folios), estudio xx xxxxxxx (_ folios), cotizaciones (_ _ folios), análisis del estudio xx xxxxxxx ( _folios), pliego de condiciones ( folios), constancia de publicación la invitación pública N° 06 de 2019, informe de observaciones al pliego de condiciones ( folios), acta de entrega de ofertas del / /2019, acta de cierre de invitación pública y apertura de ofertas de fecha / /2019, ofertas: , ,
, informe preliminar de evaluación de las ofertas del / /2019
( folios), publicación del informe preliminar de evaluación de fecha / /2019, informe de
observaciones al informe preliminar de evaluación ( folios), informe de evaluación definitiva de fecha
/ /2019, actas de comité de contratación Nos .
del / /2019,
del
/ /2019, del / /2019 y del / /2019, certificados de antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales ( folios).
Documentación aportados por : Carta de presentación donde contiene la oferta económica de fecha / _/2019, fotocopia cédula ciudadanía del representante legal, fotocopia tarjeta profesional del revisor fiscal, Formulario de Registro Único Tributario - RUT (Régimen Común), certificado xx xxx y salvo de seguridad social y parafiscales de fecha _/ / _ , formato único de hoja de vida persona natural con sus respectivos soportes ( folios), certificados de antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales ( folios).
Se deja constancia que la contratista , perteneciente a la oficina de contratación de la sede, verificó los antecedentes fiscales, disciplinarios y judiciales de la contratista, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos y la vigencia de la documentación presentada por el contratista para la elaboración de la presente orden contractual. lo anterior se puede constatar en la lista de chequeo con fecha del / /2019.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA. PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN. El presente contrato se perfecciona y legaliza con la firma de las partes. Para su ejecución se requiere que la Jefe de Contratación o quien haga sus veces comunique a través de cualquier medio escrito al Supervisor y al CONTRATISTA, que se ha legalizado el contrato.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA: RECOMENDACIÓN AL ORDENADOR DEL GASTO: En sesión ordinaria del
/ /2019 según acta No. , el Comité de Contratación, previa verificación del cumplimiento de los requisitos, documentos y procedimientos exigidos por la normatividad vigente en la Universidad, recomienda al ordenador del gasto la suscripción del presente contrato de negociación global de precios con el oferente seleccionado.
En constancia se firma en Manizales, a los ( ) días del mes de de 2019.
XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
VICERRECTOR Rep. Legal XXXXXXXXX
UNIVERSIDAD CONTRATISTA
NOTA: LA PRESENTE MINUTA NO ES LA DEFINITIVA, PUEDE SUFRIR VARIACIONES AL MOMENTO DE SU ELABORACIÓN.
(Fin Anexo 1)