ALCANCE DE LAS COBERTURAS
ALCANCE DE LAS COBERTURAS
Daño accidental
El asegurador acuerda pagar los costes de reparación del equipo incluyendo piezas, mano de obra, impuestos, y desplazamiento durante la jornada laboral del servicio técnico (en el caso de servicio técnico local, para equipos portátiles, será el clien- te responsable del transporte) como resultado de cualquier causa accidental no excluida en el apartado de exclusiones de este certificado hasta un límite máximo igual al valor de compra del equipo asegurado. La aplicación de esta cobertura comienza el día de compra de este seguro. A partir de la segunda incidencia por daño accidental, la aseguradora podría considerar cualquier nuevo siniestro de esta misma naturaleza resultado de un uso negligente por parte del asegurado.
Recuperación de datos en Disco Duro dañado
El Asegurador se obliga a prestar el servicio de rescate de los datos exclusivamente sobre el equipo asegurado y durante el período de duración de este contrato. Toda la información contenida en el soporte dañado se considerará a priori perdida por el Cliente, es decir, el Cliente no podrá en ningún caso reclamar al Asegurador por ninguna información contenida en el soporte dañado, ni a las empresas que el Asegurador pudiera contratar para la prestación de dicho servicio. El asegurado expresamente acepta, que dado el actual estado de la tecnología, es imposible garantizar en todos los casos la recuperación del cien por cien de la información
DESCRIPCIÓN Y ACTIVACIÓN DE LAS COBERTURAS
de un soporte dañado. El porcentaje de datos recuperados variará en función de la naturaleza de la avería.
Límite de cobertura
La indemnización máxima acumulada ante los posibles daños accidentales será el valor de compra del equipo asegurado. El servicio de Recuperación de datos en disco duro dañado habilita al asegurado para disponer del servicio 2 veces durante los 2 años de vigencia de la póliza únicamente sobre el dispositivo para el que se ha adquirido la póliza.
Sustitución del aparato
Si consideramos que no es apropiada la reparación del producto por cualquier motivo, podremos optar por cubrir los costes de sustitución.
LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS
Esta póliza se regirá e interpretará en todos sus aspectos de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999. Le informamos que sus datos personales se incorporarán a un fichero automatizado de datos del que es titular y responsable Domestic & General Insurance PLC, Suc. en España con domicilio social en X/ Xxxxxxxxx xx xx Xxx, 00 - 0x Xxxxxx, 00000 Xxxxxx donde el cliente puede ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición; que la finalidad de dichos datos
es el mantenimiento de las relaciones con el cliente y la prestación por parte de Domestic & General o de sus empresas colaboradoras de los servicios asegurados en esta póliza, así como la presentación al cliente de todo tipo de ofertas. Que para el cumplimiento de las finalidades descritas, consiente Ud. expresamente a su cesión y tratamiento.
CLÁUSULAS ESPECIALES
Aceptación expresa de cláusulas limitativas
De acuerdo con lo previsto en el Artículo 3 de la Ley 50/1980, de 8 Octubre, del Contrato de Seguro y como pacto adicional a las Condiciones Particulares, el Tomador del Seguro/Asegurado manifiesta que ha leído, examinado y entendido el contenido y alcance de todas las cláusulas del presente contrato y, expresamente, aquellas que, debidamente resaltadas en letra negrita, pudieran ser limitativas para sus derechos. Y para que conste su reconocimiento, expresa conformidad y acepta- ción de las mismas, el Tomador del Seguro/Asegurado firma este documento abajo. Reconocimiento de recepción de información previa
Por la presente, el Tomador del Seguro/Asegurado reconoce expresamente haber recibido del Asegurador, la oportuna información relativa a la legislación aplicable al contrato de seguro, las diferentes instancias de reclamación, el Estado miembro del domicilio del Asegurador y su autoridad de control, la denominación social, dirección y forma jurídica del Asegurador.
DEFINICIONES PREVIAS
En este contrato se entiende por:
ASEGURADOR: El presente contrato de seguro se celebra en régimen de dere- cho de establecimiento con la Sucursal en España de la entidad aseguradora británica Domestic & General Insurance PLC.
TOMADOR DEL SEGURO/ASEGURADO: La persona, física o jurídica benefi- ciaria de la garantía recogida en el presente contrato, que, juntamente con el Asegurador, suscribe este contrato y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven.
PRIMA: El precio del seguro. El recibo contendrá, además, los recargos e im- puestos que sean de legal aplicación.
SINIESTRO: Hecho súbito, accidental e imprevisto cuyas consecuencias daño- sas están recogidas por las coberturas de esta póliza. Constituyen un solo y mismo Siniestro el conjunto de daños y/o perjuicios derivados de una misma causa.
NOTIFICACIÓN: Aviso que el Asegurado debe realizar al Asegurador a través de los medios establecidos informando del siniestro, según xxxxxxx.
DAÑO ACCIDENTAL: Cualquier deterioro o destrucción del Equipo Asegurado, externamente visible, que evita que el equipo asegurado funcione correcta- mente y que sea el resultado de una causa externa, repentina e imprevisible, siempre con sujeción a las Exclusiones del presente contrato.
GARANTÍA DEL FABRICANTE: Periodo de garantía comercial otorgada por los distintos fabricantes para electrodomésticos distribuidos en España.
DISCO DURO DAÑADO: Soporte de almacenamiento de datos adquirido por el cliente en los que no sea posible acceder a la información contenida en ella, motivado por fallos mecánicos, fallos de hardware, desastres naturales, que provoquen perdida de datos, o tras un daño accidental del mismo.
DOLO: La voluntad maliciosa de engañar a otro o de incumplir la obligación contraída.
DISCO DURO: Medio de almacenamiento magnético interno o externo como son los HDD, Reproductores o Media Player.
CANCELACIÓN
El Asegurado podrá cancelar la póliza dentro de los 30 días siguientes a su contratación. En ese caso, el Asegurador le devolverá íntegramente la prima satisfecha. Si el Tomador hubiese notificado algún siniestro durante dicho plazo de 30 días, el Asegurador no devolverá el importe de la prima. La cancelación de la póliza por el Asegurado transcurridos los 30 días de prueba tras su reno- vación no dará derecho a reembolso alguno por parte del Asegurador.
El impago total o parcial de la prima facultará al Asegurador para cancelar el contrato, extinguiéndose la cobertura ante cualquier avería o rotura que fuera comunicada con posterioridad a la fecha de dicho impago. Si el Asegurador hubiera ya abonado el importe de cualquier reparación sobre el aparato asegu- rado, el Asegurado deberá indemnizar al Asegurador por dicha cuantía.
PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO
De forma general, el Asegurado deberá comunicar el Siniestro a DOMESTIC & GENERAL INSURANCE PLC en el plazo máximo de 7 días, desde la fecha en que se produjo o se conoció el siniestro mediante cualquiera de los medios que se indican a continuación.
a) Escrito dirigido a Domestic & General Insurance PLC, C/Xxxxxxxxx xx xx Xxx 52, 4ª Xxxxxx - 00000 Xxxxxx.
b) Llamada telefónica al Teléfono de Atención al cliente 000 000 000.
c) Fax enviado al 000 000 000.
d) Correo electrónico dirigido a xxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
El asegurado deberá cumplimentar un formulario explicando con detalle las circunstancias del siniestro. El incumplimiento de la notificación en plazo podrá dar lugar a la pérdida de las garantías otorgadas en la presente póliza.
En el caso del servicio de recuperación de datos en disco duro dañado:
a) Dado que los dispositivos de almacenamiento internos o discos duros pueden estar integrados a su vez en otros dispositivos, como ordenadores personales, grabadores de TV, etc… y puesto que el servicio está únicamente habilitado para recoger la unidad de disco duro, si fuera necesario recoger todo el dispositivo, el envío y la recogida sería por cuenta del cliente.
b) El correcto embalaje del dispositivo será a cargo del cliente; para ello se recomienda que, a falta del embalaje original, se inserte el dispositivo en una caja de, al menos, el doble del tamaño del dispositivo y suficientemente protegido.
c) Los datos recuperados se volcarán en un soporte de almacenamiento mag- nético, u óptico, accesible para el cliente.
Prueba de Siniestro:
Para completar el proceso, el Asegurado deberá remitir a DOMESTIC & GENE- RAL INSURANCE PLC, por cualquiera de los medios previstos, los siguientes documentos o información:
a.- En todos los casos (Daño Accidental y Recuperación de datos en el disco duro dañado):
- Fotocopia de este certificado de seguro.
- Un formulario indicando específicamente las circunstancias del Siniestro.
- Fotocopia de la factura de compra del Equipo Asegurado y justificante de pago del recibo de prima de Seguro.
- La Compañía Aseguradora se reserva el derecho a solicitar cualquier do- cumentación original que fuera precisa para la verificación de cualquier reclamación.
- En Caso de siniestros fuera del territorio español, todos los documentos expedidos en idioma extranjero por las Autoridades competentes del país de procedencia deberán ir acompañados de su Traducción Jurada Oficial a alguno de los idiomas co-oficiales vigentes en el Estado Español.
DEFINICIONES PREVIAS
EXCLUSIONES DEL SEGURO
EXCLUSIONES COMUNES A TODAS LAS COBERTURAS:
a) Cuando se pueda hacer responsable al fabricante o distribuidor en virtud de otras garantías otorgadas.
b) Cualquier perjuicio o pérdida financiera sufrida por el Asegurado durante o tras una Avería, Rotura accidental, o por pérdida de datos en el disco duro dañado. Daños causados a terceros u otros enseres como conse- cuencia de la avería, rotura, o por pérdida de datos en el disco duro dañado.
c) Cualquier daño derivado de una Catástrofe Natural.
d) Las consecuencias de terrorismo, vandalismo o cualquier xxxxxx, xxxx- lión, confiscación por parte de las autoridades, huelgas o conflictos co- lectivos laborales o industriales de toda clase.
e) Las consecuencias de cualquier radiación ionizada o cualquier otra ca- pacidad peligrosa de elementos o partes nucleares que formen parte del mismo.
f) Cuando deriven, directa o indirectamente de xxxx, negligencia, culpa grave o imprudencia del tomador/asegurado.
g) Ondas de presión causadas por aviones que viajen a velocidades super- sónicas o sónicas.
h) La instalación o traslado de los equipos, o daños producidos cuando el equipo se encuentre en lugar distinto del domicilio declarado en la Póliza de seguro, salvo que haya sido comunicado previamente al Asegurador.
i) Coste de accesorios o de cualquier parte consumible relacionado con el funcionamiento del Equipo Asegurado. Esto incluye cargadores, mandos a distancia, fusibles, baterías, pilas, bombillas, conexiones de arranque, filtros, uniones, cables, correas, tapones.
j) Todo equipo que presente una apariencia estética incoherente con el hecho que ha desencadenado el siniestro y declarado por el asegurado.
k) No nos responsabilizaremos de los costes de desplazamiento de técni- cos, recogida o entrega cuando el siniestro haya ocurrido fuera de xxxxx- xxxxx español.
EXCLUSIONES ESPECÍFICAS DE LA COBERTURA DE ROTURA ACCIDENTAL
a) Defectos de fabricación reconocidos o aceptados por el fabricante, fa- llos endémicos.
b) Cuando no se encuentre ningún fallo de funcionamiento en el equipo.
c) Cuando deriven de defectos o vicios ya existentes y conocidos por el Asegurado al contratar el seguro.
d) Cuando haya realizado pruebas en cuyo transcurso sea sometida la máquina asegurada, de forma intencionada, a un esfuerzo superior al normal, o a continuar utilizando el equipo asegurado después de haber ocurrido una irregularidad o incidencia en el mismo (cubierta o no por este seguro), sin haber restablecido correctamente la regularidad en su funcionamiento mediante la revisión o reparación pertinente y definiti- va.
e) Arañazos, golpes o daños estéticos que no impidan el correcto funciona- miento del aparato.
f) Daños causados por sobretensión eléctrica, incendio (causas internas o externas), tormenta, inundación, rayo, explosión.
g) Incumplimiento de las instrucciones del fabricante, o mantenimiento contrario a éstas.
h) Instalación, modificación o mantenimiento incorrecto de elementos de sujeción, tomas o sistemas de electricidad y agua.
i) Suspensión o cese de los servicios eléctricos por cualquier fallo o acto provocado por el asegurado, su familia o cualquier otra persona.
j) Daño provocado por el sol, humedad o líquidos, incluyendo oxidación y corrosión, o la reparación si el equipo no ha sido instalado de forma profesional.
k) Costes de reparación abonados por el Asegurado, sin la previa aproba- ción de DOMESTIC & GENERAL INSURANCE PLC.
l) Costes de mantenimiento, revisión, modificación, mejora o arreglo del Equipo Asegurado.
m) Cuando los daños que presente el equipo no se correspondan con los hechos o daños descritos por el asegurado.
n) Cuando se haya denunciado con anterioridad el robo o pérdida del equi- po asegurado.
EXCLUSIONES ESPECÍFICAS DE LA COBERTURA DE RECUPERACIÓN DE DA- TOS EN DISCO DURO DAÑADO
a) La manipulación indebida del dispositivo (intento de recuperación) por parte del cliente o por parte de cualquier persona ajena a Domestic & General Insurance PLC.
b) Daños o pérdidas en la información provocados por dolo o error humano, pérdidas de claves de acceso, necesidad de reinstalación del sistema operativo o virus.
c) La información situada en llaves USB, tarjetas de memoria, discos duros de estado sólido(SSD) y en general, cualquier dispositivo cuya unidad de almacenamiento no sea un solo Disco Duro Magnético, externo o interno.
d) La transferencia del servicio a un tercero, ni total ni parcialmente, ni de forma onerosa o gratuita.
Si en el momento de producirse un siniestro cubierto por esta Póliza existe otra u otras pólizas que cubran el mismo riesgo, sólo se responderá por la parte proporcional que corresponda a Domestic & General Insurance PLC, conforme a la suma asegurada prevista en la póliza.
INFORMACIÓN AL TOMADOR DEL SEGURO/ASEGURADO
Por la presente le informamos que:
a) El presente contrato de seguro se celebra en régimen de derecho de esta- blecimiento con la Sucursal en España de la entidad aseguradora británica Domestic & General Insurance PLC, con domicilio social en Xxxx Xxxxx 00 Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxxx XX00 0XX (Xxxxx Xxxxx).
La Sucursal en España se encuentra debidamente inscrita en el Registro Administrativo de las Entidades aseguradoras de la DGSFP bajo la clave E0127 y tiene su domicilio en X/ Xxxxxxxxx xx xx Xxx, 00 - 0x Xxxxxx, 00000 Xxxxxx, con CIF: W- 0062561 F.
b)El Estado miembro a quien corresponde el control de la Entidad Aseguradora es el Xxxxx Unido y, dentro de dicho Estado, la Autoridad a quien correspon- de dicho control es la Financial Conduct Authority (FCA), con domicilio en 00 Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx X00 0XX.
c) Que la legislación aplicable al presente contrato será la Ley 50/1980 de 8 de octubre, del Contrato de Seguro, el Real Decreto Legislativo 6/2004 de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, la Ley 30/1995 de 8 de noviembre (en lo que resulte de aplicación y esté en vigor) y demás normativa española de desarrollo y/o complemento.
d) Que las disposiciones internas y externas relativas a quejas y reclamaciones serán las siguientes:
a) Instancias internas de reclamación:
Es intención del Asegurador ofrecerle unos estándares de servicio de primer orden. Sin embargo, en el supuesto de que tenga alguna queja o reclamación, le informamos que la Sucursal en España dispone de un servicio de Atención al Cliente cuya misión es atender y resolver las que- jas y reclamaciones de nuestros clientes. Estas quejas o reclamaciones podrán presentarse, tanto por escrito como por medios telemáticos a:
Att. Servicio de Atención al Cliente
Domestic & General Insurance PLC, Suc. en España Xxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxx, 00 – 0x Xxxxxx
00000 Xxxxxx
Fax: 000 000 000
Correo electrónico a: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Conforme lo estipulado en Orden ECO/734/2004, de 11 xx xxxxx, so- bre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, su queja o reclamación deberá ser resuelta por el Servicio de Atención al Cliente en el plazo máximo de dos meses desde su presentación.
En caso de no obtener respuesta en el referido plazo, o de disconformi- dad con el resultado del pronunciamiento, podrá usted acudir ante el Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones de la DGSFP, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00, 00000 Xxxxxx, Tfno.: 000000000, Fax: 000000000, xxx.xxxxx.xxx.xx
El Reglamento de Funcionamiento del Servicio de Atención al Cliente se encuentra a disposición de los clientes en las oficinas de Domestic & General Insurance PLC, Sucursal en España.
b) Instancias externas de reclamación:
En caso de disputa, podrá usted reclamar ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente a su domicilio.
Asimismo, podrá someter voluntariamente sus divergencias a decisión arbitral en los términos previstos en el Artículo 31 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y sus normas de desarrollo, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Arbitraje, para el caso de que las partes sometan sus diferencias a decisión de uno o varios árbitros. Igualmente y sin perjuicio de las acciones a ejercitar ante los Tribunales, el Tomador del Seguro, Asegurado, beneficiarios, terceros perjudicados o derechohabientes de cualquiera de ellos podrán reclamar, ante la Direc- ción General de Seguros (Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones) cuando consideren que la entidad aseguradora ha realizado prácticas abusivas o ha lesionado los derechos derivados del contrato de seguro.
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LA COBERTURA DE RECUPERACIÓN DE DA- TOS EN DISCO DURO DAÑADO
El servicio de la cobertura de recuperación de datos en disco duro será rea- lizado por empresas colaboradoras con Domestic & General Insurance PLC.
PROTECCIÓN DE DATOS
El cliente reconoce que la información y los datos suministrados o almacena- dos en su dispositivo, serán empleados con la única finalidad de gestionar el servicio de rescate de datos adquirido, asumiendo el compromiso de mantener esa información bajo la más estricta confidencialidad.
A estos efectos, de conformidad con lo dispuesto en la L.O. 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales facilitados por los clientes, para la prestación del servicio, serán insertados en los ficheros automatizados de datos personales creados por Domestic & General.