PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A.
PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A.
PLIEGO DE CONDICIONES
INVITACIÓN PÚBLICA No : 024 de 2022
SELECCIÓN DE PROVEEDOR PARA LA COMPRA E INSTALACIÓN DE ALFOMBRA MODULAR PARA EL GRAN SALÓN, SALAS DE COMISIONES Y SALA VIP DEL PABELLÓN VERDE DE
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A
MEDELLÍN, DICIEMBRE DE 2022
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. es una entidad de economía mixta que promueve, organiza, desarrolla y dinamiza negocios, eventos y exhibiciones nacionales e internacionales con excelencia, innovación y competitividad, creando experiencias memorables y exitosas para hacer latir el corazón de nuestros grupos de interés.
Dentro de la promesa de arrendamiento de las áreas xxx xxxxxxx de convenciones se incluye la dotación de los espacios para garantizar el confort y la estética del espacio para la realización de eventos, esto es principalmente dotar cada uno de los salones xxx xxxxxxx de convenciones con una alfombra que permita garantizar el confort y embellecer los salones para que los clientes se sientan cómodos como también permitir una buena acústica en las ayudas audiovisuales con las que cuenta cada espacio.
Actualmente la alfombra del Gran salón, Comisiones y Sala VIP del pabellón Verde xxx xxxxxxx de Plaza Mayor Medellín tienen más 12 años de uso, lo que implica que ya tenga un desgaste natural y por referencia ya no se encuentre el mismo estilo en el mercado, esto hace que se vean manchas y fibras sueltas, desprendimiento de material, mal olor, pérdida de tonalidad a lo largo de los salones, lo cual genera alto riesgo reputacional, comercial y como resultado una mala imagen ante nuestros clientes y visitantes.
Estas condiciones ocasionan que los clientes deban incurrir en gastos adicionales como implementación temporal de alquiler de alfombras que permita la cobertura de los espacios utilizados durante el desarrollo de los eventos, lo que nos resta valor agregado.
Partiendo de la necesidad anterior y teniendo en cuenta el Core del negocio de Plaza Mayor Medellín, que incluye el alquiler de espacios para convenciones y exposiciones, la alfombra con la que actualmente cuentan los recintos denominados Gran Salón, Comisiones y Sala VIP del pabellón verde, no garantizan un confort y una buena apariencia de estos salones; es por eso que nos vemos en la necesidad de renovar totalmente la alfombra modular de cada uno de los espacios mencionados, para que nos permita brindar una experiencia memorable a cada uno de los clientes y visitantes de Plaza Mayor Medellín.
Los beneficios asociados a esta renovación de la alfombra modular de los salones de Gran Salón, Salas de Comisiones y Sala VIP del pabellón Verde son:
• Mayor ocupación xxx xxxxxxx.
• Disminución en rutina de mantenimientos correctivo de la alfombra.
• Optimización y aprovechamiento de los recursos económicos de la entidad.
• Experiencias memorables de nuestros clientes.
Es por eso que la entidad se encuentra interesado en recibir propuestas para seleccionar el proveedor que se encuentren en capacidad de vender e instalar alfombra modular de gran salón, salas de comisiones y sala VIP del pabellón verde de Plaza Mayor Medellín S.A
1. INFORMACIÓN GENERAL
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. pone a disposición de los interesados el Pliego de Condiciones para la selección de un proveedor que se encuentren en capacidad de vender e instalar de alfombra modular de gran salón, salas de comisiones y sala VIP del pabellón verde de Plaza Mayor Medellín S.A.
La presente invitación y el trámite del procedimiento a seguir, será el señalado en el capítulo segundo del título II del Manual de Contratación de la entidad (Acuerdo No. 01 del 23 de septiembre de 2016). Ver documento en: xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/xx- content/uploads/manual_de_contratacion_plaza_mayor_medellin_convenciones_y_exposiciones
Corresponde al participante enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución, resolver previamente las inquietudes que le suscite este pliego de condiciones, según el caso. Por los principios de lealtad procesal y buena fe, deberá advertir a PLAZA MAYOR MEDELLÍN
S.A. de las inconsistencias o errores que advierta en este documento.
El hecho de que los participantes no se familiaricen debidamente con las condiciones bajo las cuales será ejecutado el contrato, no se considerará excusa válida para posteriores reclamaciones
Si dentro de la documentación se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando en la carta de presentación el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. En caso de ser secretos industriales, deberá indicar con claridad, qué documentos están sujetos a este secreto industrial. En caso de no hacerlo se entenderá que toda la información allí contenida es pública.
Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de los documentos, la entidad se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información cuando sea necesario.
La presentación de la documentación por parte del participante constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones técnicas, anexos, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas en
los plazos establecidos en el proceso y que ha aceptado que este Pliego de Condiciones es completo, compatible, adecuado y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que eventualmente se celebrará.
Por la sola presentación de su documentación, los participantes autorizan a PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. a verificar toda la información que en ella suministren.
Plaza Mayor Medellín S.A. publica en la plataforma SECOP II con alcance publicitario los documentos relacionados con su actividad contractual, por lo que en cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 por la cual se dictan disposiciones generales sobre la protección de datos personales, y teniendo en cuenta que con la propuesta se incluyen datos personales, con la presentación de la documentación solicitada se autoriza a la publicación de su contenido en el SECOP II, en caso de que resulte seleccionado, así como de todo documento que se desprenda en desarrollo del proceso de selección. Igualmente, autoriza la expedición de copias a quienes demuestren interés jurídico en el proceso.
Por lo anterior, el participante deberá dar a conocer a las personas que incluye en su oferta, que se trata de una propuesta pública y que será objeto de publicaciones. Este requisito es responsabilidad del participante y en ningún caso afecta la validez de su participación, sin perjuicio de la responsabilidad del participante frente a las personas que pueda afectar.
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. para el presente proceso de selección no acepta participación bajo la modalidad de promesa sociedad futura ni de promesa de conformación de consorcios o uniones temporales.
2. OBJETO DEL PROCESO
Selección de proveedor para compra e instalación de alfombra modular para el Gran salón, Salas de Comisiones y Sala VIP del pabellón Verde de Plaza Mayor Medellín S.A.
3. CRONOGRAMA
Actividad | Fecha | Lugar |
Publicación xxx Xxxxxx de Condiciones. | 16 de diciembre de 2022 | |
Plazo máximo para formular observaciones o solicitudes | Hasta el 19 de diciembre de 2022 hasta las 16:00 horas. |
de aclaración al Pliego de Condiciones. | ||
Plazo para la entrega de propuestas | Hasta las 16:00 horas del 21 de diciembre de 2022. | |
Publicación Informe Evaluación Preliminar. | 23 de diciembre de 2022. | |
Plazo máximo para formular observaciones al Informe Preliminar y subsanación de requisitos. | 27 diciembre de 2022 hasta las 18:00 horas | |
Publicación Informe de Evaluación Definitivo. | 28 de diciembre de 2022. | |
Asignación y firma de contrato | Dentro de los dos días hábiles siguientes de la publicación del informe de evaluación definitivo |
4. PRESUPUESTO OFICIAL
Plaza Mayor Medellín S.A cuenta para la ejecución del presente contrato con un presupuesto máximo de Cuatrocientos ochenta y siete millones de pesos M.L ($487.000.000) Contrato de Obras
-Exento de IVA.
5. PUBLICACIÓN
El pliego de condiciones de la invitación pública No 024 de 2022 y demás documentos de naturaleza precontractual y contractual serán publicados en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx
6. ACLARACIONES
Dentro del plazo indicado en el cronograma de la invitación pública los interesados podrán presentar por escrito las observaciones o solicitudes de aclaración al pliego de condiciones. Dicha comunicación deberá ser dirigida al correo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
NOTA: el correo electrónico de Plaza Mayor para envío y recibo de archivos tiene una capacidad de hasta 25 megas y para archivos compartidos en DRIVE tiene capacidad de hasta 5 gigas.
El hecho de que los participantes no se familiaricen debidamente con las condiciones bajo las cuales será ejecutado el contrato, no se considerará excusa válida para posteriores reclamaciones.
7. PARTICIPANTES
En la Invitación Pública podrán participar las personas naturales o jurídicas, consideradas legalmente capaces de conformidad con las disposiciones legales.
Para el caso de las personas jurídicas deberán acreditar que su duración no será inferior a la de la vigencia del contrato y un (1) año más. La propuesta del proponente que no reúna estas condiciones será rechazada o eliminada de plano.
CONSORCIOS, UNIONES TEMPORALES U OTRA FORMA DE ASOCIACIÓN: Se permite la
presentación mediante consorcios, uniones temporales u otras formas asociativas con capacidad para contratar, con las mismas exigencias xx xxx. Los participantes indicarán si su participación es a título de consorcio, unión temporal u otra forma asociativa, para lo cual deberán señalar las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos. Deberán diligenciar el formato No. 2 o 2.1.
Para el caso de las uniones temporales, deberán indicar su porcentaje de participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, lo cual no podrá ser modificado sin la autorización previa de PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
En los casos en que se conformen asociaciones bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de participar en esta Invitación Pública, la responsabilidad y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios.
En cualquier caso, el proponente no deberá estar incurso en las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar, señaladas por la Constitución y la Ley, manifestación la cual se entiende hecha bajo la gravedad de juramento con la sola presentación de los documentos requeridos.
8. FECHA DE CIERRE Y ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN
El cierre de la presente invitación pública será hasta las 16:00 horas del 21 de diciembre de 2022.
El único medio idóneo y válido para la entrega de propuestas o cualquier comunicación referente al proceso es el siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, es decir que este es el sistema de información designado de conformidad con lo previsto en la Ley 527 de 1999 que se aplicará para este proceso de contratación:
ARTÍCULO 24. Tiempo de la recepción de un mensaje de datos. De no convenir otra cosa el iniciador y el destinatario, el momento de la recepción de un mensaje de datos se determinará como sigue:
a) Si el destinatario ha designado un sistema de información para la recepción de mensaje de datos, la recepción tendrá lugar:
1. En el momento en que ingrese el mensaje de datos en el sistema de información designado; o
2. De enviarse el mensaje de datos a un sistema de información del destinatario que no sea el sistema de información designado, en el momento en que el destinatario recupere el mensaje de datos;
b) Si el destinatario no ha designado un sistema de información, la recepción tendrá lugar cuando el mensaje de datos ingrese a un sistema de información del destinatario.
Lo dispuesto en este artículo será aplicable aun cuando el sistema de información esté ubicado en lugar distinto de donde se tenga por recibido el mensaje de datos conforme al artículo siguiente.
De acuerdo con lo anterior, la propuesta se entenderá presentada en la fecha y hora en que INGRESE el mensaje de datos con la propuesta, al sistema de información designado: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx.
NOTA: Si se requiere un documento original solo será exigido al momento de firmar el contrato. La documentación presentada deberá contener todo lo requerido en este pliego, teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
En el correo electrónico se deberá indicar el siguiente asunto:
INVITACIÓN PÚBLICA No 024 DE 2022
• Se deberá tener en cuenta la capacidad del correo al momento de enviar la documentación:
NOTA: El correo Gmail de Plaza Mayor para envío y recibo de archivos es de hasta 25 megas y para archivos compartidos en DRIVE de Gmail tiene la capacidad de hasta 5 gigas.
Nota: El correo Gmail de Plaza Mayor tiene respuesta automática, lo que cuenta como confirmación de recepción.
Nota: El orden de llegada se determinará por el último correo que se reciba por parte del oferente.
No se recibirán propuestas en el Centro de Administración Documental (CAD) de PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A, y la que así sea entregada se entenderá como NO PRESENTADA.
Se levantará un acta suscrita por el o los funcionarios en representación de PLAZA MAYOR MEDELLÍN
S.A. donde se consignarán los nombres de los participantes, el número de folios de la propuesta, los retiros del proceso de la invitación si las hubiere, la hora de recepción en el sistema de información designado y las observaciones correspondientes.
Para la presentación se deberá cumplir lo siguiente:
‐ Presentar índice del contenido.
‐ El primer folio deberá ser el Formato No.1.
- La documentación debe ir debidamente foliada.
Nota: El proponente sufragará todos los costos, tanto directos como indirectos, relacionados con la preparación y presentación de su propuesta y los que se causen con ocasión de la suscripción y ejecución del contrato, por lo cual Plaza Mayor no será responsable en ningún caso, de dichos costos, cualquiera que sea el resultado del proceso de selección y contratación, y, por tanto, no se hará ninguna clase de reembolsos o pagos derivados de dichos conceptos.
9. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
9.1. HABILITACIÓN
No encontrarse incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad para celebrar contratos con entidades estatales, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 (modificado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y los artículos 1, 4 y 84 de la Ley 1474 de 2011), 9 y 10 del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública Ley 80 de 1993; artículos 44 y 49 de la Ley 617 de 2000 modificado el último, por las leyes 1148 de 2007, 1296 de 2009 y 1474 de 2011. En consecuencia, al presentar la documentación requerida, el proponente estará afirmando, bajo la gravedad del juramento, que no se haya comprometido en las mencionadas inhabilidades o incompatibilidades.
9.2. REQUISITOS HABILITANTES
Se revisará en primer lugar que los proponentes reúnan las condiciones, requisitos y documentos de participación conforme a lo requerido en el pliego de condiciones.
Estos requisitos no otorgarán puntaje alguno, se trata del estudio que debe realizar PLAZA MAYOR para determinar si los proponentes cumplen con las condiciones y requisitos establecidos en el pliego de condiciones en cuanto a la participación. La evaluación determinará si el participante resulta HABILITADO o INHABILITADO para participar en la invitación pública.
Registro Único de Proponentes – RUP
Para el presente proceso de Invitación Pública el Participante singular o cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal (si el participante es plural) debe acreditar que está inscrito en el RUP de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal y que esté en firme para el momento del cierre de la Invitación Pública, de lo contrario, Plaza Mayor Medellín S.A. no considerará que el participante está habilitado y no evaluará su oferta.
9.2.1. REQUISITOS JURÍDICOS.
En la presente Invitación Pública pueden participar personas naturales o jurídicas, consorcios, uniones temporales, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse.
La duración de las personas jurídicas, asociaciones en consorcio o unión temporal debe ser por lo menos por el plazo del contrato y un (1) año más.
Plaza Mayor Medellín S.A. revisará que los participantes no se encuentren incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, verificará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales, el Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC y el RUP para verificar que no haya sanciones, multas o contravenciones inscritas.
El análisis de los documentos solicitados no da derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el participante CUMPLE o NO CUMPLE con las condiciones para participar, lo cual HABILITA o INHABILITA. Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal, verificando su estricto cumplimiento.
Para el efecto se verificarán los siguientes documentos:
• Carta de presentación de la oferta anexo No. 1 suscrito por el representante legal.
• Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del Representante Legal.
• Registro único de proponentes RUP expedido con fecha no superior a 90 días contados a partir de la fecha de cierre de la Invitación Pública y deberá estar renovado al año 2022 y en firme.
• Certificado de existencia y representación legal expedido con fecha no superior a 90 días contados a partir de la fecha de cierre de la Invitación Pública y deberá estar renovado al año 2022.
• En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, el Proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva, u órgano competente, según el caso, donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar. La autorización deberá expedirse con fecha anterior a la entrega de propuestas o cierre de la invitación pública.
• Certificado actualizado de antecedentes disciplinarios del Representante Legal y la persona jurídica expedido a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
• Certificado actualizado de antecedentes fiscales del Representante Legal y la persona jurídica expedido a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
• Certificado actualizado de antecedentes judiciales del Representante Legal expedido a través de la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx
• Pantallazo del representante legal, de no reportes en la consulta de inhabilidades por delitos sexuales cometidos contra menores de 18 años, Ley 1918 de 2018, el cual puede ser consultado en el siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx:0000/
• Pantallazo que el representante legal se encuentra al día con el pago de multas establecidas en el Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016) de conformidad con el artículo 183, lo cual puede ser consultado en el siguiente enlace xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx
• Aportar certificación, firmada por representante legal donde manifieste bajo gravedad de juramento que ni él ni la persona jurídica que representa, se encuentran incluidos en ninguna de las listas restrictivas xx xxxxxx de activos
• De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 1150 de 2007 y Ley 1562 de 2012, a la fecha del cierre de la Invitación Pública, el participante deberá aportar certificación del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, o CREE, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o en su defecto por el Representante Legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la presentación de la oferta y su expedición no debe ser superior a treinta (30) días anteriores, con el fin de dar cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. FORMATO NO. 03.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada para cada uno de los miembros. FORMATO NO. 03.
Cuando el proponente sea persona natural, deberá acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995; esto es, aportes para la seguridad social en salud y pensiones. Si tienen trabajadores a su servicio deberán acreditar, el pago de los aportes al sistema integral de seguridad social y los parafiscales en los casos que se requiera de conformidad con la normatividad vigente. Si el proponente es persona natural deberá aportar la Planilla integrada de Liquidación de aportes (PILA) a la seguridad social, de todos los empleados.
Para el caso en que el participante tenga un acuerdo de pago vigente, deberá certificar que se encuentra al día con los pagos acordados en el mismo, al mes anterior al cierre.
NOTAS A LOS DOCUMENTOS JURÍDICOS
Nota 1: Junto con el FORMATO NO. 03 deberá anexarse copia del documento de identificación del revisor fiscal o contador, tarjeta profesional y certificación de vigencia de inscripción y de
antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que debe encontrarse vigente a la fecha de cierre de la Invitación Pública (no mayor a 3 meses).
NOTA 2: En caso de unión temporal o consorcio, cada integrante deberá presentar las anteriores certificaciones o documentos.
NOTA 3: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
NOTA 4: No adjuntar Formato 1 firmado por el representante legal, se entenderá como no presentada la oferta, dando lugar al rechazo de la oferta y en consecuencia, a la eliminación del proceso y así se informará en los informes de evaluación.
9.2.2. REQUISITOS FINANCIEROS
El Proponente debe acreditar su capacidad financiera con los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP vigente y en firme.
Conforme lo establece el Decreto 579 de 2021, Plaza Mayor Medellín S.A. evaluará los requisitos habilitantes de capacidad financiera tomando la información del mejor año fiscal que se registre en el RUP con corte a 31 de diciembre de las vigencias 2019, 2020 o 2021. Se entiende la expresión “mejor año fiscal”, como aquel en el que, vistos en su conjunto los indicadores de capacidad financiera, el proponente podría cumplir estos requisitos habilitantes. La información financiera se revisará con el RUP vigente y en firme a la fecha de cierre de la Invitación Pública, sin que se requiera aportar los estados financieros indicados en el presente numeral. En todo caso PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. se reserva el derecho de pedir documentación complementaria para aclarar cualquier indicador o sus componentes.
El oferente deberá informar en la Carta de Presentación de Propuesta con cuál de los tres años fiscales reportados en el RUP (2019, 2020, 2021) acreditará la capacidad financiera. No obstante, Plaza Mayor analizará objetivamente el mejor año fiscal a partir de la información que consta en el certificado del RUP.
Se deberá adjuntar cédula y tarjeta profesional legible del contador que firma los estados financieros y del revisor fiscal (cuando haya lugar), acompañados del certificado de antecedentes disciplinarios vigente expedido por la Junta Central de Contadores, con fecha de expedición no superior a 30 días contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación pública.
Se aclara que la entrega de la información es subsanable, en tanto el cumplimiento de los índices
Nombre | Fórmula | Lectura | Valores deseados | Observaciones |
Patrimonio | Patrimonio neto >50% *aporte del capital Social | |||
neto vs 0,5 | Se debe | |||
*aporte del | revisar que la | |||
Estado de | capital Social | compañía no | Si esto se da, la contratación no | |
disolución | o capital | esté en | es viable y se declara inhabilitado. | |
suscrito | causal de | |||
según tipo de | disolución | |||
empresa | ||||
Ratio Endeudamiento | (Pasivo total/ activo total) *100 | Pesos de pasivo por cada peso de Activo | <=0,80 | Nos indica qué porcentaje del activo está financiado con recursos ajenos |
Determina la capacidad que | ||||
tiene un proponente para | ||||
cumplir con sus obligaciones de | ||||
Ratio de liquidez | Activo Corriente/ pasivo corriente | Pesos de activo corriente por cada Peso de pasivo corriente | Superior al 1,1 | corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo. Si el inventario pesa más del 30% del activo corriente total, debe |
retirarse y verificar que (activo | ||||
corriente- inventario) / pasivo | ||||
corriente, sea mayor a 1.1 |
EN CASO DE PRESENTARSE EN CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, LA PROPUESTA SE HARÁ A NOMBRE DEL RESPECTIVO CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL; EN CUANTO A LOS REQUISITOS FINANCIEROS, ESTOS PODRÁN SER CUMPLIDOS EN SU TOTALIDAD POR CUALQUIERA DE SUS
PARTICIPACIÓN EN LA FORMA ASOCIATIVA UTILIZADA, DE ACUERDO CON LO INIDICADO EN LOS FORMATOS 2 o 2.1., SEGÚN CORRESPONDA A CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL. EN CASO DE NO CUMPLIR CON ESTE REQUISITO, LA PROPUESTA SERÁ RECHAZADA
9.2.3. EXPERIENCIA
El participante deberá estar inscrito en el Registro Único de Proponentes – RUP en al menos uno (1) de los códigos relacionados, para ser evaluado.
30161701 | Alfombra |
30161709 | Alfombra de penachos |
30161711 | Alfombra para exteriores |
El proponente debe acreditar como experiencia, mínimo uno (1) y máximo cinco (5) certificados de contratos, terminados y ejecutados en los últimos tres (3) años contados a partir de la entrega de propuestas, cuyo objeto contractual este directamente relacionado con el objeto de la presente invitación, y que sumados sean igual o mayor a la suma equivalente a 487 SMLMV. La experiencia no necesariamente debe estar registrada en el RUP.
En caso de presentar certificaciones globales deberán desglosar el monto y objeto para el cual aplica dicha certificación.
Teniendo en cuenta que toda la información del contrato no se encuentra registrada en el RUP y que se permite certificar contratos no registrados en el RUP, en tanto es necesario verificar el objeto, actividades y obligaciones, el oferente indicará con cuáles contratos desea ser evaluado al presentar como soporte adicional al registro en el RUP o adicionales a estos, la certificación de cada uno en los siguientes términos:
· Estar en papel membretado de la empresa o entidad contratante
· Nombre del contratista
· Nombre del contratante
· Objeto del contrato u orden (similar o afín con el objeto del presente proceso de selección).
· Valor ejecutado del contrato.
· Nombre y firma de quien expide la certificación.
Nota 1: Para verificar el valor de los contratos certificados, se tomará el valor xxx xxxxxxx mínimo legal mensual vigente del año de celebración del respectivo contrato.
Nota 2: Cuando las certificaciones expresen su valor en dólares, se tendrá en cuenta la tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx (TRM) a la fecha en que se celebró el contrato certificado.
Nota 3: Aquellas certificaciones que no reúnan los requisitos aquí señalados no serán validadas para acreditar la experiencia para participar. En caso de que se conceda plazo para subsanar este requisito, el plazo será perentorio, es decir, vencido este término sin satisfacer en la forma requerida el requisito, dará lugar a que se constituya una causal de eliminación de la propuesta.
El proponente que pretenda acreditar experiencia obtenida en contratos suscritos con PLAZA MAYOR, no deberá aportar las certificaciones contractuales. Bastará con enunciarlo en el FORMATO No. 4
Si los contratos fueron ejecutados bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, el valor que será objeto de evaluación, será el correspondiente al porcentaje de participación que hubiese tenido en los mismos.
Si el proponente es un Consorcio o una Unión Temporal, la experiencia resultará de la suma de la experiencia de cada uno de los integrantes, para ello, deberá aportar algún porcentaje en la experiencia, es decir, que no se aceptará que alguno de los integrantes no tenga experiencia para aportar.
En caso de no cumplir con los requisitos anteriores, la propuesta será rechazada y la propuesta eliminado del proceso.
9.2.4. REQUISITOS TÉCNICOS: Especificaciones Técnicas mínimas particulares
El proponente deberá cumplir con las especificaciones técnicas relacionadas a continuación:
• Certificado de calidad de los materiales a utilizar emitido por el proveedor o fabricante:
• Certificados por las entidades competentes en Colombia que la alfombra contribuya con la sostenibilidad ambiental.
• Cantidad de STOCK solicitada en el Formato N6
• Alfombra modular: El oferente deberá entregar ficha técnica del productor o fabricante de la alfombra modular, para demostrar que es resistente al tráfico pesado con una flamabilidad ASTM E 648 CLASE 1 (INSTALACIÓN DIRECTA), DENSIDAD DE HUMO ASTM E 662 MENOS DE 450, PROPENSIÓN ESTÁTICA AATCC-134 MENOS DE 3.5 KV.
• El proponente deberá adjuntar con su oferta el portafolio de los productos que se están ofreciendo.
10. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. evaluará las ofertas de los proponentes que xxxxx acreditado los requisitos habilitantes determinados en el presente documento y suscribirá el contrato con un (1) proponente, que de acuerdo con el orden de elegibilidad obtenga el mayor puntaje, según los criterios establecidos a continuación.
Criterio de evaluación | Puntaje |
Menor precio | 90 puntos |
Fomento Social | 10 puntos |
Total | 100 puntos |
Las ofertas deben presentarse en los formatos establecidos en el pliego de condiciones, así como los formatos para presentación de la oferta. Estos no pueden ser modificado en su contenido, en de lo contrario la propuesta será rechazada.
En todo caso el proponente al presentar su propuesta deberá tener en cuenta todos los costos y gastos en que incurra para cumplir con el objeto contractual, de acuerdo con las especificaciones técnicas y obligaciones del contrato a suscribir.
PRECIO (90 PUNTOS)
Para su constatación deberá diligenciarse el FORMATO (OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA). El Proponente deberá ajustar al peso el valor de la propuesta, el Comité evaluador tomará para efectos de evaluación, el valor sin decimales y sin aproximar.
Los precios que ofrezca el contratista serán los que correspondan a la fecha de presentación de la oferta y deberán cubrir todos los costos de trabajos diurnos y nocturnos o en días feriados, prestaciones sociales, impuestos, tasas, derechos, contribuciones, herramientas, equipos y todos los demás gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato, inclusive los imprevistos, gastos de administración y utilidades del proponente. Para esto debe diligenciar Formato N6 con todas las opciones disponibles.
Como anexos también estarán los planos de las áreas a intervenir:
Anexo 1: Plano Gran Salón Anexo 2: Plano Comisiones Anexo 3: Sala VIP pabellón verde
El proponente que oferte el menor precio recibirá 90 puntos, y los demás puntajes se asignarán de acuerdo con el resultado de la siguiente fórmula:
P=90*Pm/Pi | P: | Puntaje para el factor precio |
Pm: | Valor oferta más económica | |
Pi: | Valor propuesta a comparar | |
100 | Puntaje máximo asignado al factor |
FOMENTO SOCIAL (10 puntos)
Plaza Mayor Medellín es una entidad consciente de la responsabilidad social y su compromiso con el impacto social, por medio de la promoción a la provisión de bienes y servicios por población sujeto de especial protección constitucional, siempre que se garanticen las condiciones de calidad y cumplimiento del objeto contractual. Por lo tanto, en este proceso de selección se otorgará hasta 10 puntos si certifica el cumplimiento de cada una de las categorías de la siguiente forma:
- 4 puntos: a quien vincule para la prestación de los servicios personas mayores de 50 años.
- 3 puntos: a quien vincule personas que hayan egresado de procesos sociales y/o población vulnerable. Para tales efectos, el oferente debe adjuntar comprobante de esta situación (la información podrá obtenerse de la Escuela para la Inclusión de la Secretaría de Inclusión Social del Distrito de Medellín, los registros oficiales de la Unidad de Víctimas, sistemas de información oficiales de gobierno – CIVIS, bases de
datos del SISBEN (0 a 32.20 o su homologable), población estratos 1,2,3, entre otros).
- 3 puntos: a quien vincule población en edades entre 18 y 28 años con el fin de promocionar el empleo juvenil.
El proponente podrá acceder al puntaje y deberá entregar una certificación suscrita por el Revisor Fiscal, si la persona jurídica está en la obligación de tenerlo, o en caso contrario por el representante legal donde se certifique el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o de sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección y acredite el número de personas que cumplen con cualquiera de los requisitos anteriores en su planta de personal.
Adicional a lo anterior, deberá aportar la planilla de pago de la seguridad social del personal antes certificado, indicando el nombre y documento de identificación de las personas con las que pretende cumplir este requisito.
El puntaje de cada uno de los criterios se asignará a quienes acrediten que el diez por ciento (10%) del total de trabajadores vinculados a la planta de personal cumple con los requisitos para el incentivo.
NOTA 1: El oferente deberá garantizar durante toda la ejecución de contrato el cumplimiento de estas condiciones.
NOTA 2: Si la oferta es presentada por un oferente plural se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del consorcio o unión temporal que aporte como mínimo el 40% de la experiencia requerida para la respectiva contratación.
11. SELECCIÓN
Plaza Mayor seleccionará un proponente que obtenga el mayor puntaje según orden de elegibilidad.
12. CAUSALES DE RECHAZO Y/O ELIMINACIÓN
Serán causales para rechazar la oferta el incumplimiento de cualquiera de los requisitos de participación de esta invitación pública o por incumplimiento de requisitos legales y la no presentación del Formato N°1
Definición de eliminación: Se entiende por “eliminación” la decisión de excluir de la invitación
información no admisible, o cuando se presente alguna(s) de las causales descritas a continuación.
Causales de eliminación
Podrán ser causales de eliminación de las ofertas, cuando no se ajusten a las exigencias xxx xxxxxx de condiciones o de la ley, o cuando se presente alguna o algunas de las siguientes causales, a menos que hubiere posibilidad de subsanarse conforme con lo previsto en esta invitación pública:
a. Cuando no se adjunte la carta de presentación de oferta FORMATO N°1 o esta no esté firmada por el representante legal o su apoderado.
b. Cuando un socio o empleado de quien presente oferta, o el mismo oferente haya participado en la elaboración de la oferta de otro oferente.
c. Cuando la oferta o sus aclaraciones contengan información inexacta o contradictoria.
d. Cuando la oferta se modifique por el oferente de manera unilateral o ante una solicitud de aclaración.
e. Cuando uno o varios precios presentados en la oferta presenten desequilibrios no justificados en relación con los precios normales xxx xxxxxxx.
f. Cuando los oferentes celebren acuerdos entre sí, con el fin de restringir o distorsionar la libre competencia o para que sea seleccionado uno de ellos o pongan en riesgo los derechos de PLAZA MAYOR.
g. Cuando el oferente ejecute cualquier acción tendiente a influenciar o presionar a empleados de PLAZA MAYOR encargados del estudio y evaluación de las ofertas, o de la aceptación de la oferta.
h. Cuando hayan cambiado sustancialmente las condiciones del oferente desde la presentación de su oferta por cualquier causa que, a juicio de PLAZA MAYOR, limite seriamente la capacidad técnica, operacional o financiera del oferente.
i. Cuando el oferente responda los requerimientos de subsanación de manera insatisfactoria o inconsistente, o lo haga modificando la oferta.
j. Cuando el oferente se encuentre incluido en la lista internacional vinculante para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas) o en la lista emitida por la Oficina de Activos Extranjeros del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos (Lista OFAC), así como en listas o bases de datos nacionales o internacionales relacionadas con actividades ilícitas, fraude o corrupción (listas del Banco Mundial y del Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo). Cuando el oferente sea una persona jurídica, esta causal se extiende a los socios o accionistas, Revisores Fiscales, Auditores Externos, miembros de junta directiva y representantes legales que tengan directa, o indirectamente más del cinco por ciento (5%) de participación o acciones.
k. Cuando el oferente o sus accionistas, asociados o socios, que directa o indirectamente
representantes legales, revisores fiscales, auditores externos o miembros de la junta directiva, hayan sido condenados en sentencia judicial en firme, por la comisión de delitos dolosos relacionados con lavado de activos, financiación del terrorismo, fraude, corrupción o soborno, o se encuentren vinculados a investigaciones o procesos penales por la comisión de delitos dolosos relacionados con lavado de activos, financiación del terrorismo, fraude, corrupción o soborno, o exista información pública con respecto a tales personas que impacte legal y reputacionalmente al oferente, exponiendo a PLAZA MAYOR a un riesgo.
l. Cuando la oferta esté condicionada (artículo 855 del Código de Comercio).
m. Cuando la solicitud de ofertas permita la presentación mediante formas asociativas (tales como unión temporal o consorcio, entre otras) y se presente oferta como integrante de más de una de ellas, se considerará la que primero se haya recibido. Si se presentan al mismo tiempo, todas serán eliminadas.
n. Cuando la información requerida en los formularios para la evaluación de la oferta, de acuerdo con lo previsto en las condiciones particulares sea consignada en forma indebida, incorrecta o parcial, salvo que sea subsanable.
o. Cuando su presentación sea extemporánea; es decir, se presente luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de la invitación pública.
p. Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponda a lo requerido por PLAZA MAYOR. Esta exigencia aplica a cada uno de los integrantes, cuando se trate de consorcios, uniones temporales u otra forma de asociación.
q. Cuando no se diligencie en su totalidad o se modifique el Formato de oferta económica”, o cuando el proveedor en este formato” presente precios superiores a los precios techo fijados en el mismo anexo o cuando supere el presupuesto oficial del proceso de selección.
r. Por no considerar las modificaciones al pliego de condiciones que mediante adendas haya hecho PLAZA MAYOR.
s. Cuando el proponente no cumpla los requisitos habilitantes o condiciones de participación indicados en el presente pliego.
t. Cuando no se anexe la póliza de seriedad de la oferta, o la garantía de no sea insuficiente en su cuantía y/o vigencia.
u. Las demás previstas en la ley.
13. TERMINACIÓN DEL PROCESO
Cuando se presenten circunstancias que hagan perder la competencia de PLAZA MAYOR para la aceptación o declaración de desierto del proceso, o aparezca un vicio en éste que pueda generar una nulidad de lo actuado, o cuando las exigencias del servicio lo requieran o las circunstancias de orden público lo impongan, o cuando a juicio de PLAZA MAYOR el proceso resulte inconveniente, o incurran en alguna de las causales de eliminación, PLAZA MAYOR dará por terminado el proceso de contratación en el estado en que se encuentre sin que haya lugar al
14. DESEMPATE
Se presentará empate cuando dos o más proponentes obtienen el mismo puntaje. Como primer factor de desempate se escogerá el proponente que en la oferta presente el más alto indicador de ratio de liquidez.
Si persiste el empate se elegirá quien haya radicado su propuesta primero en el tiempo.
15. COMITÉ EVALUADOR
La revisión y evaluación de los participantes será realizada por: Secretario General
Gerente de Experiencias e Infraestructura Abogado(a) asignada al proceso
Coordinador de Mantenimiento e Infraestructura Director(a) Financiera
16. CONDICIONES DEL CONTRATO
Plaza Mayor celebrará contratos, bajo las siguientes condiciones:
16.1. OBJETO
Compra e instalación de alfombra modular de Gran salón, Salas de Comisiones y Sala VIP del pabellón Verde de Plaza Mayor Medellín S.A. El presente contrato se entiende como de obra para todos los efectos fiscales y tributarios.
16.2. PLAZO
180 días calendario contados a partir de la aprobación de las garantías por parte de la Secretaría General de Plaza Mayor.
En todo caso el plazo del contrato podrá adicionarse, antes de su vencimiento mediante documento suscrito por las partes, previa verificación por parte del supervisor designado por Plaza Mayor.
16.3. FORMA DE PAGO
Plaza Mayor Medellín realizará un único pago 30 días después de radicada la factura, una vez se haya recibido a satisfacción por parte del supervisor del contrato el bien y servicio prestado del proveedor.
La factura debe ir acompañada de la certificación de pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes xx xxxxx de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando hubiere lugar a ello, según lo establecido en la Ley 789 de 2002; así como el respectivo recibo a satisfacción emitido por el supervisor del contrato.
PLAZA MAYOR dispone de treinta (30) días calendario para cancelar la factura al contratista luego de radicada en CAD, previa deducción de los impuestos, retenciones y descuentos a que hubiere lugar, de acuerdo con la ley.
Así mismo, para proceder al pago, PLAZA MAYOR verificará que el contratista se encuentre al día en el pago de sus obligaciones parafiscales y aquellas relacionadas con los sistemas de seguridad social integral.
Si el proveedor se encuentra obligado a facturar electrónicamente según lo establecido en el Decreto 2242 de 2015, la factura se recibirá mediante el correo xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx. Los documentos anexos como la certificación de pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes xx xxxxx de compensación familiar, ICBF y SENA, deberán ser suministrados al supervisor del contrato cuando hubiere lugar a ello según lo establecido en la Ley 789 de 2002; así mismo, el proveedor deberá asegurarse del respectivo recibo a satisfacción emitido por el supervisor del contrato.
En caso que el proveedor aún no se encuentre obligado a facturar electrónicamente, radicará de manera física en el Centro de Administración Documental – CAD, la factura, acompañada de la Certificación por parte del Revisor Fiscal, el pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes xx xxxxx de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando hubiere lugar a ello según lo establecido en la Ley 789 de 2002, previo recibo a satisfacción emitido por el supervisor del contrato.
IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES
El proponente deberá tener en cuenta todos los impuestos que hayan de causarse para la celebración y ejecución del contrato, los cuales corren por cuenta del proponente favorecido y no dará lugar a ningún pago adicional de los precios pactados. Estos se encuentran especificados en el Formato N6
16.4. NATURALEZA DEL CONTRATO
Se aclara a los proponentes que la naturaleza del contrato que se pretenden suscribir y ejecutar es la de un CONTRATO DE OBRA, al cual se le asigna un respaldo presupuestal que garantice el pago del valor del mismo.
Lo anterior significa que el valor a ejecutar, es el equivalente a la propuesta económica presentada y aprobada y cubre los servicios prestados durante todo el plazo del contrato.
16.5. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El proveedor deberá estar en capacidad de prestar sus servicios las instalaciones de Plaza Mayor Medellín S.A.
16.6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. establece las siguientes actividades y especificaciones técnicas:
El objeto de la presente Invitación comprende la compra e instalación del tapete del Gran salón, Comisiones y la sala VIP del pabellón Verde de Plaza Mayor Medellín, consiste en el cambio de 3429 m2 de tapete modular de 60*60 cm de los salones y 370 m2 de alfombra modular de stock para los mantenimientos correctivos de alguna sala al momento de ser requerido.
Los componentes del requerimiento son:
Alfombra Modular: el proyecto consiste en la compra de una alfombra modular que permite la versatilidad en comparación de alfombras convencionales; la cuales cuentas con una característica de fácil instalación sin la utilización de materiales previos que pueden afectar la superficie, otra de la características de la alfombra modular es la facilidad del mantenimiento, el tráfico de las personas con las que cuenta el recinto se ve reflejado significativamente en la alfombra los agentes como el polvo, manchas de sustancias y daños son algunas de las razones más comunes por la que la alfombra se desgasta.
Alfombra atrapa mugre: el proyecto consiste en la compra de una alfombra modular atrapa mugre que permite la versatilidad en comparación de alfombras convencionales; la cuales cuentas con una característica de fácil instalación sin la utilización de materiales previos que pueden afectar la superficie, otra de la características de la alfombra modular atrapa mugre es la facilidad del mantenimiento, es que está fabricada en materiales que garantizan condiciones ambientales abrasivos, el tráfico de las personas y el uso comercial con las que cuenta el recinto se ve reflejado significativamente en una mayor vida útil.
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT. |
1 | SUMINISTRO, TRASNPORTE E INSTALACION DE ALFOMBRA MODULAR DE TRAFICO PESADO EN GRAN SALON, CON METODO DE TINDE DE SOLUCION TEÑIDA, 1/12 (47,00 FILAS POR 10 CM), DENSIDAD DE 6.697, REPETICION DE PATRON 4.8 "(ANCHO) X 4.8" (LARGO), FLAMABILIDAD ASTM E 648 CLASE 1 (INSTALACIÓN DIRECTA), DENSIDAD DE HUMO ASTM E 662 MENOS DE 450, PROPENSIÓN ESTÁTICA AATCC- 134 MENOS DE 3.5 KV; INCLUYE RETIRO DEL TAPETE MODULAR EXISTEN, PREOARACIONDE LA SUERFICIE, PEGANTE Y DEMAS ELEMENTOS O ACCESORIOS NECESARIOS PARA SU CORRECTA INSTALACION. | M2 | 3429 |
2 | SUMINISTRO DE ALFOMBRA ATRAPA MUGRE XXXX ENTAPETADO DE STOCK; INCLUYE RETIRO DEL TAPETE MODULAR EXISTEN, PREOARACIONDE LA SUERFICIE, PEGANTE Y DEMAS ELEMENTOS O ACCESORIOS NECESARIOS PARA SU CORRECTA INSTALACION. | M2 | 266 |
3 | SUMINISTRO, TRASNPORTE E INSTALACION DE ALFOMBRA MODULAR DE TRAFICO PESADO EN SALA DE COMISIONES, CON METODO DE TINDE DE SOLUCION TEÑIDA, 1/12 (47,00 FILAS POR 10 CM), DENSIDAD DE 6.697, REPETICION DE PATRON 4.8 "(ANCHO) X 4.8" (LARGO), FLAMABILIDAD ASTM E 648 CLASE 1 (INSTALACIÓN DIRECTA), DENSIDAD DE HUMO ASTM E 662 MENOS DE 450, PROPENSIÓN ESTÁTICA AATCC-134 MENOS DE 3.5 KV; INCLUYE RETIRO DEL TAPETE MODULAR EXISTEN, PREOARACIONDE LA SUERFICIE, PEGANTE Y DEMAS ELEMENTOS O ACCESORIOS NECESARIOS PARA SU CORRECTA INSTALACION. | M2 | 780 |
4 | SUMINISTRO, TRASNPORTE E INSTALACION DE ALFOMBRA MODULAR DE TRAFICO PESADO EN SALA DE VIP PABELLON VERDE, CON METODO DE TINDE DE SOLUCION TEÑIDA, 1/12 (47,00 FILAS POR 10 CM), DENSIDAD DE 6.697, REPETICION DE PATRON 4.8 "(ANCHO) X 4.8" (LARGO), FLAMABILIDAD ASTM E 648 CLASE 1 (INSTALACIÓN DIRECTA), DENSIDAD DE HUMO ASTM E 662 MENOS DE 450, PROPENSIÓN ESTÁTICA AATCC-134 MENOS DE 3.5 KV; INCLUYE RETIRO DEL TAPETE MODULAR EXISTEN, PREOARACIONDE LA SUERFICIE, PEGANTE Y DEMAS ELEMENTOS O ACCESORIOS NECESARIOS PARA SU CORRECTA INSTALACION. | M2 | 143 |
5 | SUMINISTRO DE ALFOMBRA MODULAR DE TRAFICO PESADO PARA STOCK, CON METODO DE TINDE DE SOLUCION TEÑIDA, 1/12 (47,00 FILAS POR 10 CM), DENSIDAD DE 6.697, REPETICION DE PATRON 4.8 "(ANCHO) X 4.8" (LARGO), FLAMABILIDAD ASTM E 648 CLASE 1 (INSTALACIÓN DIRECTA), DENSIDAD DE HUMO ASTM E 662 MENOS DE 450, PROPENSIÓN ESTÁTICA AATCC-134 MENOS DE 3.5 KV; INCLUYE RETIRO DEL TAPETE MODULAR EXISTEN, PREOARACIONDE LA SUERFICIE, PEGANTE Y DEMAS ELEMENTOS O ACCESORIOS NECESARIOS PARA SU CORRECTA INSTALACION. | M2 | 340 |
6 | SUMINISTRO DE ALFOMBRA ATRAPA MUGRE XXXX ENTAPETADO DE STOCK; INCLUYE RETIRO DEL TAPETE MODULAR EXISTEN, PREOARACIONDE LA SUERFICIE, PEGANTE Y DEMAS ELEMENTOS O ACCESORIOS NECESARIOS PARA SU CORRECTA INSTALACION. | M2 | 30 |
Es determinante para efectos de la ejecución de la presente invitación pública tener en cuenta que la necesidad que se pretende satisfacer obedece a una solución completa de la renovación de la alfombra modular del Gran Salón, Sala de Comisiones y Sala VIP de Pabellón Verde de Plaza Mayor Medellín, por lo tanto, deben ser incluidos dentro de la propuesta los demás elementos que se consideren necesarios para el completo funcionamiento de la misma.
A continuación, se encuentran las condiciones de ejecución del contrato:
Equipo Disponer de la infraestructura y equipos necesarios para llevar a cabo los trabajos objeto de la presente contratación.
Personal Mantener al frente personal calificado y certificados, con equipos necesarios y suficientes para ejecutar los trabajos durante el plazo estipulado.
Calidad El proponente seleccionado deberá hacer las reparaciones y asumir el total los costos que se deriven como consecuencia de daños ocasionados durante la ejecución de la obra o áreas donde se hagan las intervenciones.
Material: El proveedor será el responsable de suministrar, instalar y ejecutar en general los trabajos con materiales nuevos y de primera calidad certificados por las entidades competentes en Colombia y que contribuya con la sostenibilidad ambiental.
Seguridad y salud en el trabajo Aplicar las disposiciones legales vigentes relacionadas con la seguridad del personal que realice la ejecución de los trabajos (SG-SST); así mismo garantizar la identificación y elementos de seguridad personal necesarios para la ejecución de la obra.
Garantías en alfombra, instalación y materiales:
• Garantía de la alfombra modular 10 años: el proveedor deberá presentar de manera escrita las garantías emitidas por el fabricante.
• Garantía de la alfombra atrapa mugre 10 años: el proveedor deberá presentar de manera escrita las garantías emitidas por el fabricante
• Garantía de instalación de la alfombra modular 1 año
• Garantía de instalación de la alfombra atrapa mugre 1 año
El proponente elegido deberá asignar durante toda la ejecución del contrato un residente de tiempo completo durante la ejecución de la obra, el cual es quien dirija los trabajos, resuelva y atienda todas las novedades y solicitudes que se presenten.
El contratista debe contar con el personal idóneo para la ejecución de la obra que hacen parte del objeto del contrato.
Todos los elementos de señalización, herramientas de obra o bienes que se requieran para la ejecución del contrato el proponente deberá suminístralos y la pérdida o daño de estos el contratista será el responsable.
El contratista deberá al momento de presentar su oferta tener en cuenta que Plaza Mayor realizará la retención del 5% por concepto de contribución especial de obra al momento de realizar el pago.
Finalizada la actividad el contratista debe dejar los espacios limpios y libre de cualquier suciedad; en caso de llegar generarse escombros durante la ejecución del proyecto, el proveedor será el responsable del retiro y la disposición final en los acopios permitidos por el distrito de Medellín.
Todas las actividades objeto de esta contratación deben ceñirse a los planos que acompaña esta documentación.
Este contrato será modalidad precio fijo unitario y el valor finalmente pagado, será el correspondiente a las cantidades de obra efectivamente ejecutadas.
Aplicar las disposiciones legales vigentes relacionadas con la seguridad del personal que labora en la obra y dotársele de uniformes y elementos de seguridad industrial necesarios para la realización
En caso de presentarse algún problema en la alfombra después del recibo a satisfacción por parte de Plaza Mayor, el proveedor debe de atender el llamado por parte del supervisor en un tiempo máximo de 4 horas, si durante esta revisión se detecta que es necesario realizar una reparación o cambio de los elementos instalados, el proveedor debe garantizar la prestación del servicio durante el tiempo que demore la reparación o el reemplazo de los elementos.
Los precios para cotizar por los proponentes son EXCENTOS DE IVA, y deben comprender los costos de del transporte, licencias, trámites, permisos, personal, logística y demás conceptos requeridos para el cumplimiento del objeto contractual.
Las cantidades indicadas en el siguiente anexo son aproximadas, por ende, al momento de recibir la obra se realizarán las respectivas mediciones.
En caso de registrarse novedades con la alfombra a entregar en cuanto que no sean los requeridos, presenten problemas o desperfectos, se encuentren rotos o fibras sueltas, estén incompletos, entre otros, no serán recibidos por Plaza Mayor y deberán ser cambiados en coordinación con el supervisor del contrato, sin que para el efecto haya reconocimiento de ningún costo distinto al inicialmente contemplado. De igual forma las novedades y/o imperfectos serán aplicables para el empaque y/o embalaje del producto.
En caso de ser fallas por garantía el fabricante/proveedor asumirá los costos de reparación y la instalación. El servicio técnico cubre la mano de obra, materiales y transportes.
Todas las garantías deben ser tramitadas por el proveedor seleccionado por Plaza Mayor. Los trabajadores del contratista deben de estar debidamente carnetizados y uniformados.
La instalación de la alfombra estará sujeta a la disponibilidad de las áreas de Plaza Mayor, las cuales
podrán ser incluso domingos, días festivos y nocturnos. Lo anterior debe estar contemplado en la oferta económica y no podrá generar costos adicionales en la ejecución del contrato.
Durante la ejecución del contrato, el contratista deberá asignar un coordinador del proyecto con una experiencia mínima de 3 años en instalación de alfombras modular, disponibilidad y capacidad de respuesta.
El contratista deberá suministrar la documentación, manuales de mantenimiento, guías rápidas, capacitaciones mantenimiento preventivo y transferencia de garantía del fabricante de la alfombra modular.
El contratista al momento de presentar su oferta deberá tener en cuenta que Plaza Mayor Medellín realizará la retención del 1,3% por concepto del impuesto al Prodeporte al momento de realizar el pago.
El contratista deberá realizar el traslado de la alfombra existente al sitio destinado por el supervisor del contrato.
CONDICIONES DE EJECUCIÓN
• Para garantizar un excelente servicio a Plaza Mayor, con dos (2) novedades o irregularidades en la prestación del servicio notificadas por el supervisor del contrato, será causal de incumplimiento y se podrá terminar el contrato.
• Los servicios solo serán autorizados por la supervisión de Plaza Mayor o por quien ésta delegue.
• El contratista deberá contar con agilidad y capacidad de respuesta en los requerimientos solicitados.
• El contratista (proveedor) tendrá, de forma permanente, total disposición para informar y trabajar de forma conjunta con Plaza Mayor, sobre cualquier aspecto del servicio a prestar.
• El contratista deberá conocer y respetar los procedimientos y políticas de Plaza Mayor.
• El proponente deberá cumplir todas las actividades y exigencias inherentes al objeto antes descrito y señalado por PLAZA MAYOR, con apego a los mejores estándares de calidad y oportunidad, teniendo en cuenta que debe garantizar la prestación de los servicios requeridos, tomando todas las precauciones necesarias.
• El proponente deberá disponer del personal suficiente para atender el objeto contractual.
• Prestar el servicio dando cumplimiento a las fechas y condiciones de la propuesta económica.
• Atender los requerimientos y necesidades que surjan según solicitudes del contrato.
• El contratista (proveedor) tendrá de forma permanente total disposición para informar.
• Contar con los seguros requeridos xx xxx.
16.7. OBLIGACIONES GENERALES
1. Ejecutar la obra, suministrar los bienes y prestar los servicios objeto del contrato, de conformidad con los requerimientos y necesidades de PLAZA MAYOR, las cuales serán canalizadas siempre a través del supervisor del contrato.
2. Cumplir durante la vigencia del contrato con todas las especificaciones técnicas consagradas en el pliego de condiciones, sus anexos y en la oferta económica
3. Informar y mantener actualizado al supervisor del contrato sobre los servicios no utilizados,
4. Contar con el personal idóneo y calificado para la prestación de los servicios objeto del contrato. Se deberá garantizar que tenga la experticia suficiente en cada una de las líneas de ejecución del contrato.
5. Suministrar con cargo al valor del contrato todos los bienes y herramientas necesarias para la ejecución del objeto contractual.
6. Proporcionar todo su conocimiento, experiencia para la implementación y desarrollo del objeto contractual.
7. Contar con la autorización formal del supervisor del contrato cuando se soliciten bienes o servicios inicialmente no cotizados o adicionales.
8. Asumir todas las obligaciones legales y extralegales que se deriven de la relación contractual con el personal que presta el servicio, quedando PLAZA MAYOR indemne de toda reclamación.
9. Acatar las indicaciones que sobre la ejecución del contrato le haga el supervisor del contrato.
10. Designar una persona que tenga contacto permanente con el CONTRATANTE.
11. Entregar a PLAZA MAYOR cualquier información necesaria relacionada con el presente contrato.
12. Cumplir con los impuestos, retenciones y gastos que sean relacionados con el objeto del presente contrato, como el pago de costos de parqueaderos cuando hubiese lugar a ello.
13. Xxxxxxx el apoyo y asistencia técnica requerida para cumplir a cabalidad el contrato.
14. Deberá reportar cualquier anomalía o evento que se presente durante la ejecución del proceso al supervisor del mismo.
15. Facilitar la labor de supervisión dando respuesta oportuna a las observaciones o requerimientos que se realicen.
16. Presentar los informes y evidencias que sean requeridos según las necesidades específicas y en los tiempos acordados previos a la ejecución del servicio.
17. Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del contrato le imparta PLAZA MAYOR a través del supervisor, para una correcta ejecución y cumplimiento de sus obligaciones.
18. Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades salvo requerimiento expreso de autoridad competente. Toda la información y/o documentos que se produzcan en desarrollo del presente contrato, serán de uso exclusivo de PLAZA MAYOR, obligándose EL CONTRATISTA a no utilizarlos para fines distintos a los previstos en este contrato, ni a divulgar la información que se le suministre, ni los resultados de su labor conservando la confidencialidad de los mismos, de conformidad con la ley, so pena de las acciones civiles, administrativas o penales a que haya lugar.
20. Xxxxxxx los reclamos y sugerencias que presente Plaza Mayor, en relación con la prestación del servicio y adoptar las medidas correctivas necesarias para mejorar el servicio.
21. Acreditar la inscripción y pago de sus aportes en los montos señalados por la ley al Sistema General de Salud, Pensiones, Riesgos profesionales, caja de compensación familiar, SENA, ICBF, de todo el personal que labore y disponga durante la ejecución de este contrato, independientemente de su calidad.
22. Xxxxxxx en forma oportuna y hacerse responsable de las posibles reclamaciones laborales que puedan originarse con ocasión de la ejecución del contrato.
23. Responder por los perjuicios que por motivo de su negligencia o descuido se causen a sus bienes o a su personal, a Plaza Mayor o a terceros.
24. Presentar para efectos del pago las facturas con el lleno de los requisitos legales.
25. Las demás inherentes a la naturaleza y esencia de este contrato.
17. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A remitirá el contrato para firma al proponente favorecido. El proponente favorecido dispondrá de un (1) día hábil para firmar el contrato.
El contratista constituirá a favor del PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. la garantía única de cumplimiento, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia (a favor de entidades estatales con régimen privado de contratación), que cubra los siguientes amparos.
Cumplimiento: para garantizar el cumplimiento del contrato, esta garantía debe ser del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y su vigencia será igual al plazo de ejecución total del contrato y cuatro (4) meses más.
Garantía de pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnización laborales: La cuantía de esta garantía debe ser del veinte por ciento (20%) del valor de la oferta y su vigencia será igual a la del plazo de ejecución total del contrato y tres (3) años más.
Responsabilidad civil extracontractual: Su vigencia deberá ser igual al periodo de ejecución del contrato y el valor xxx xxxxxx deberá ser de mínimo 300 SMLMV.
Garantía de calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados: La cuantía de esta garantía debe ser xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del contrato y su vigencia será de doce (12) meses contados a partir de la finalización del contrato.
En esta póliza Plaza Mayor debe aparecer como asegurada y beneficiaria y debe permanecer vigente durante toda la ejecución del contrato.
18. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO
Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que, para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión. Se considerará como fuerza mayor o caso fortuito, el suceso que no es posible predecir y que está determinado por circunstancias no imputables al contratista o a PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A., que impidan totalmente el trabajo u obliguen a disminuir notablemente su ritmo, como, por ejemplo, catástrofes, guerras, huelgas causadas por razones no imputables al Contratista o PLAZA MAYOR, u otros similares.
La situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por el contratista, y en tal evento tendrá derecho a la ampliación del plazo, pero no a indemnización alguna.
Sin embargo, esto no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes las garantías estipuladas en el contrato y de la responsabilidad por los daños que sufra PLAZA MAYOR MEDELLÍN
S.A. por no haberlas constituido o mantenido vigente.
19. SUPERVISIÓN
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A. designará un supervisor para el proceso contractual, quien tendrá la facultad de inspeccionar en cualquier tiempo el desarrollo del contrato, incluyendo las especificaciones técnicas, así como la calidad del servicio de los productos ofrecidos e igualmente velar por el estricto cumplimiento de su objeto.
20. CONFIDENCIALIDAD
La suscripción de todo contrato con PLAZA MAYOR implica la obligación para el contratista de utilizar y manejar cualquier información de la que tenga conocimiento por cualquier medio y que le sea confiada o a la que tenga acceso en razón o con ocasión de sus labores, de manera confidencial, garantizando por todos los medios a su alcance que los trabajadores a su servicio y demás personas que autorice, respetarán la obligación de mantener reserva sobre la misma. Las partes se obligan a que la información que se suministre durante el desarrollo del contrato sea manejada como confidencial y sólo podrá ser utilizada para su debida ejecución. La violación de la confidencialidad o el uso indebido de la información dará lugar a la parte cumplida a reclamar indemnización a cargo
independientemente de la causación de perjuicios, cuando la información confidencial fue marcada como tal por PLAZA MAYOR.
No se considera violación de la confidencialidad, la entrega de información a autoridad competente o cuando sea de conocimiento público. Ninguna de las partes adquiere derechos de propiedad o disposición respecto de la información suministrada por la otra.
21. HABEAS DATA
Cuando para la debida ejecución del contrato el contratista deba acceder, consultar y/o administrar bases de datos de PLAZA MAYOR, sus clientes, trabajadores, proveedores o accionistas, previos los permisos concedidos para el efecto, se obliga a disponer de los medios necesarios para observar, cumplir e instruir a sus empleados sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del oferente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada PLAZA MAYOR, para el manejo de su información y la de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento.
22. AVISO DE PRIVACIDAD
De conformidad con el aviso de privacidad que se suministra con la firma del futuro contrato, el contratista autorizará de manera voluntaria, previa, explícita, informada e inequívoca a PLAZA MAYOR para tratar sus datos personales de acuerdo con la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Compañía. Para conocer los derechos que le asisten como titular de los datos personales y los procedimientos para acceder a ellos, el contratista tiene la facultad de conocerlas a través de la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y contactar al área encargada en el teléfono 0000000 o en el correo electrónico xxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
23. PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y FINANCIACION A LA PROLIFERACIÓN XX XXXXX DE DESTRUCCIÓN MASIVA- LA/FT/FPADM
El contratista manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos,
xx xxxxx de destrucción masiva y en general de cualquier actividad ilícita; del mismo modo, que los recursos recibidos en desarrollo del contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
El representante legal del oferente deberá aportar certificación, donde manifieste bajo gravedad de juramento que ni él ni la persona jurídica que representa, se encuentran incluidos en ninguna de las listas restrictivas xx xxxxxx de activos.
24. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
Las partes acuerdan que se podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada sin que este hecho dé lugar a indemnizar algún tipo de perjuicios a la parte que incurra en una o varias de las situaciones que a continuación se estipulan: a. Cuando una de las partes no diere cumplimiento a las disposiciones legales relacionadas con la prevención y control al lavado de activos y el financiamiento del terrorismo que le sean aplicables. b. Cuando una de las partes o algunos de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, sus representantes legales, Revisores Fiscales, Auditores Externos y sus miembros de la Junta Directiva, figuren en las listas internacionales vinculantes para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas), en las listas de la OFAC, en la lista de organizaciones terroristas emitida por el Consejo de Seguridad Nacional, Banco Mundial, Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo-y/o en las listas nacionales o internacionales. c. Cuando exista en contra de una de las partes o de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, o de sus representantes legales, revisores fiscales, auditores externos o de sus miembros de Junta Directiva, sentencia judicial en firme en cualquier país que los condene por la comisión de delitos dolosos, relacionados con lavado de activos, financiación del terrorismo, financiación a la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva, fraude, corrupción o soborno, o se encuentren vinculados en cualquier país a investigaciones o procesos penales por delitos dolosos relacionados con lavado de activos, financiación del terrorismo, financiación a la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva, fraude, corrupción o soborno, o exista información pública que impacte legal y reputacionalmente a una de las partes, exponiendo a la otra, a su vez, a un riesgo de carácter legal o reputacional. d. Cuando se presenten elementos que puedan representar riesgos reputacionales, legales, operativos o de contagio relacionados con el lavado de activos o financiación del terrorismo o financiación a la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva. e. Cuando se presenten elementos que conlleven dudas fundadas sobre la legalidad de las operaciones, la licitud de sus recursos o que cualquiera de las partes ha efectuado transacciones u operaciones destinadas a dichas actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. f. Cuando cualquier activo objeto del contrato sea objeto de una medida de extinción de dominio y sobre el cual la Dirección Nacional de Estupefacientes o la entidad que haga sus veces no tenga el control o no le haya sido nombrado un depositario directo. g. Plaza Mayor dará por terminado el
mismo. Para la terminación anticipada por una o varias de las anteriores causales, para garantizar el debido proceso y el derecho de contradicción, se comunicará por escrito la decisión de iniciar el trámite, indicándole la causal o causales que se invocan. La parte que recibe tal comunicación podrá demostrar en un plazo no superior a quince (15) días calendario que subsanó o eliminó o desvirtuó la existencia de la situación o de la condena. Las partes acuerdan que, si no se logra demostrar en el plazo fijado que la causal ha sido subsanada o eliminada o que no existió, habrá lugar a la terminación del contrato, lo cual se comunicará inmediatamente y se procederá a la liquidación del mismo, en el estado en que se encuentre, quedando obligada la parte que incurrió en la causal a indemnizar los perjuicios causados a la otra parte.
25. CONDICIONES DE INGRESO A LAS INSTALACIONES DE PLAZA MAYOR
El contratista deberá suministrar al supervisor designado por la entidad, con la suficiente anticipación, el listado del personal que ingresará al recinto de PLAZA MAYOR para ejecutar el objeto del contrato, indicando el nombre y documento de identificación. Al momento de la entrada, las personas relacionadas en el listado deberán presentar su respectivo documento de identificación y la fotocopia de los documentos donde se evidencie la afiliación vigente al sistema de seguridad social. En caso de no presentar la documentación completa, PLAZA MAYOR no autorizará el ingreso al recinto. Si las actividades de trabajo que se deben realizar incluyen montaje eléctrico y montaje en alturas, además de la documentación anteriormente relacionada, deberán presentar el certificado de técnico electricista y el certificado de trabajo en alturas y deberán contar con el coordinador debidamente certificado que supervise la actividad en todo momento.
Adicional a lo antes indicado, deberá cumplirse con lo exigido en el documento “Requerimientos contratistas/proveedores”; anexo a estos pliegos de condiciones.
26. POLITICA DE SOSTENIBILIDAD Y FOMENTO AL IMPACTO SOCIAL:
Plaza Mayor es una entidad consciente de la responsabilidad que tiene en el cuidado del medio ambiente y en el cumplimiento de buenas prácticas empresariales para afianzar su compromiso con la sostenibilidad y el impacto social. En este sentido se articula al Plan de Desarrollo, Medellín Futuro 2020-2023, implementando estrategias que impactan directamente dos de sus ejes centrales. El primero de ellos y con el fin de hacer de Medellín una eco ciudad, nuestros procesos contractuales están regidos por políticas que apuntan a la realización de eventos cada vez más sostenibles y amigables con el medio ambiente, disminuyendo el uso de materiales como el poliestireno expandido, papeles parafinados, pitillos, vasos y mezcladores de plástico.
Y el segundo, articulados con el propósito de recuperar lo social, fomentaremos la contratación dentro del desarrollo de los eventos, de personas adultas mayores de 50 años, que hayan egresado de procesos sociales o que hagan parte de grupos de población vulnerable y se fomentará el empleo
1. Vincular para la prestación de los servicios contratados personas mayores a 50 años de edad.
2. Vincular personas que hayan egresado de procesos sociales y/o población vulnerable (la información podrá obtenerse de la escuela para la inclusión de la Secretaría de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos del Municipio, los registros oficiales de la Unidad de Víctimas, sistemas de información oficiales de gobierno – CIVIS – bases de datos de SISBEN (0 a 32.20 o su homologable), población estratos 1,2,3, entre otros.
3. Vincular población entre 18 y 28 años con el fin de promocionar el empleo juvenil
Conforme con lo anterior, se desarrolla esta política con el fin de mitigar los impactos ambientales que el uso del poliestireno expandido (EPS) o icopor, papeles parafinados, pitillos, vasos y mezcladores de plástico puede causar a la salud humana y al medio ambiente, pretendiendo reducir la cantidad que llega de estos elementos a los sitios de disposición y sumarnos a la lucha nacional e internacional de sustituir los productos derivados del plástico. Así como promover la generación de empleo en la población sujeto de especial protección constitucional, siempre que se garanticen las condiciones de calidad y cumplimiento del objeto contractual.
Por lo tanto, la suscripción de todo contrato con PLAZA MAYOR implica para el contratista la disminución del uso de los materiales antes mencionados, en los contratos ejecutados para Plaza Mayor y en lo posible dar opciones más amigables con el ambiente como productos reutilizables, productos de polyboard (cartón), biodegradables, entre otros. Adicionalmente cuando la actividad requiera utilizar aparatos electrónicos como computadores, videobeam, televisores, entre otros, el contratista procurará suministrar equipos con sistemas de ahorro energético, cuando los mismos se encuentren disponibles.
SISTEMA DE GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
Junto con su propuesta, el proponente deberá presentar los siguientes documentos: 1. Una certificación firmada por el Representante Legal en la que se indique si la empresa cuenta con un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (o si se encuentra en proceso) y que se encuentra altamente comprometida con la prevención de riesgos y protección de la salud de las personas, en cumplimiento de la normatividad establecida por el Ministerio del Trabajo, en el Decreto 1072 de 2015 y en la Resolución No. 1111 de 2017. 21.
En el certificado se deberá indicar el porcentaje de cumplimiento en la evaluación de los Estándares Mínimos de Seguridad y Salud en el trabajo, de acuerdo con los criterios de valoración de la Resolución No. 1111 de 2017, artículo 13.
El proponente deberá relacionar en la certificación, en nivel de riesgo a que se encuentra expuesta la empresa, según su objeto social. 2. Copia de la política de Seguridad y Salud en el Trabajo firmada por el Gerente o Representante Legal.
FORMATO No. 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
Lugar y fecha
Señores
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
Referencia: Invitación pública No. 0 de 2022 Estimados señores:
[Nombre del Representante Legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de Representante Legal de] [nombre del Proponente], presento oferta para el proceso Invitación Pública No. 0 de 2022 y hago las siguientes manifestaciones:
1. Que conozco y acepto los documentos del proceso, tuve la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los mismos y recibí de PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A., respuesta oportuna a cada una de las solicitudes.
2. Que declaro bajo la gravedad del juramento, que no me encuentro incurso en ninguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la Ley.
3. Que declaro bajo la gravedad de juramento que no me encuentro reportado en el sistema de información del Boletín de Responsables Fiscales “SIBOR” de la Contraloría General de la República, ni en el sistema de información de Sanciones e inhabilidades (SIRI) de la Procuraduría General de Nación.
4. Que estoy autorizado para suscribir y presentar la oferta en nombre del proponente y estoy autorizado para suscribir el contrato resultare adjudicatario del proceso de contratación de la referencia.
5. Que la oferta que presento cumple con la totalidad de los requisitos y especificaciones técnicas xxx xxxxxx de condiciones del proceso de selección de la referencia.
6. Que la oferta económica adjunta a la presente comunicación y ha sido elaborada de acuerdo con los documentos del proceso y hacen parte integral de la oferta.
7. Manifiesto mi interés en que la capacidad financiera se evalué con la información del año:
8. Que los documentos que presento con la oferta son ciertos y han sido expedidos por personas autorizadas para el efecto.
9. Que la oferta económica adjunta, fue elaborada teniendo en cuenta todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la propuesta, suscripción y ejecución del contrato y que en consecuencia, de resultar adjudicatario no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos.
10. Que en caso de resultar seleccionado, suscribiré el contrato en la fecha prevista para el efecto en el cronograma contenido en los documentos del proceso.
11. Que en caso de resultar seleccionado, me obligo a presentar las garantías prevista en los documentos del proceso en la fecha prevista para el efecto.
12. Manifiesto que estoy x xxx y salvo con las obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales.
13. Que la oferta tiene vigencia de 3 meses.
14. La siguiente información tiene reserva bajo la norma
14. Recibiré notificaciones en la siguiente dirección en:
Nombre Representante Legal
Dirección [Dirección de la compañía]
Teléfono [Teléfono de la compañía] Celular representante legal: e-mail notificaciones [Dirección de correo electrónico de la compañía] (Dirección de correo electrónico del representante legal)
Firma Representante Legal del Proponente Nombre:
FORMATO No. 2. CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO
Medellín, de de 2022
Señores
PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A.
Calle 41 No. 55 - 80
Los abajo firmantes manifestamos, a través de este documento, que hemos convenido asociarnos en Consorcio para participar en el proceso de invitación pública No 0 de 2022, por lo anterior expresamos lo siguiente:
1. La duración de este Consorcio será igual al término de ejecución del contrato y un año más.
2. El Consorcio está integrado por:
NOMBRE INTEGRANTE NIT o CÉDULA PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (%) NOMBRE INTEGRANTE NIT o CÉDULA PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (%)
3. El representante del Consorcio es: , identificado con la cédula de ciudadanía número de , quien está expresamente facultado para firmar el presente contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades.
4. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria.
Para constancia se firma en a los días del mes de de 2022.
Nombre y firma de cada uno de los integrantes del Consorcio. Nombre y firma del Representante Legal.
FORMATO No. 2.1. CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL
Medellín, de de 2022
Señores
PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A.
Calle 41 No. 55 – 80
Los abajo firmantes manifestamos a través de este documento que hemos convenido asociarnos en Unión Temporal para participar en el proceso de invitación pública No 0 de 2022, por lo anterior expresamos lo siguiente:
1. La duración de esta Unión Temporal será igual al término de ejecución del contrato y un más.
2. La Unión Temporal está integrada por:
NOMBRE INTEGRANTE NIT o CÉDULA PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (%) NOMBRE INTEGRANTE NIT o CÉDULA PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (%)
3. El representante de la Unión Temporal es: , identificado con la cédula de ciudadanía de , quien está expresamente facultado para firmar el presente contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplia y suficientes facultades.
4. La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal, es solidaria de conformidad con lo estipulado en la ley 80 de 1993.
Para constancia se firma en a los días del mes de de 2022.
Atentamente,
Nombre y firma de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal. Nombre y firma del Representante Legal
FORMATO No. 3.
CERTIFICADO DE PAGO DE LOS APORTES
Ciudad y fecha Señores
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A
Medellín
Asunto: Carta de certificación de pago de aportes
Por medio de la presente me permito certificar que la persona jurídica que represento se encuentra x xxx y salvo por todo concepto de pago de los aportes de los empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, aportes parafiscales y de contratación de aprendices al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y Cajas de compensación Familiar.
Atentamente,
NOMBRE:
FIRMA:
CARGO:
NOTA: ESTE DOCUMENTO DEBERÁ SER FIRMADO ÚNICAMENTE POR EL REVISOR FISCAL CUANDO SE TENGA LA OBLIGACIÓN DE ACUERDO CON LA LEY O POR EL REPRESENTANTE LEGAL.
FORMATO No 4
EXPERIENCIA PROPONENTE CON PLAZA MAYOR
No. CONTRATO | OBJETO DEL CONTRATO | FECHA INICIO | FECHA TERMINACIÓN | VALOR EN SMLMV |
FORMATO No. 5 MINUTA CONTRACTUAL
CONTRATO DE XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXX ENTRE PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A. Y XXXXXX
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXXXX , domiciliado en Medellín, en su calidad de Gerente General de PLAZA MAYOR MEDELLÍN CONVENCIONES Y EXPOSICIONES S.A. , sociedad anónima de economía mixta del orden municipal, legalmente constituida, domiciliada en la ciudad de Medellín, identificada con NIT. 890.909.297-2, quien para efectos de este contrato se denominará PLAZA MAYOR, y XXXXX, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No XXXXX, actuando en su calidad de Representante Legal de XXXXX, identificada con NIT. XXXX, quien para efectos del contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO, previo las siguientes consideraciones:
1.Que para satisfacer la necesidad objeto de este contrato PLAZA MAYOR realizó la Invitación Pública No XX de 2022 cuyo objeto es:
2. Que como resultado del proceso de Invitación Pública N° xxx de 2022, la oferta presentada por XXXXXXXXXXXXXXX resultó elegida por cumplir con los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones y ser la oferta más conveniente para la entidad.
De conformidad con lo expuesto, las partes acuerdan el sometimiento y aplicación de las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO.
SEGUNDA. PLAZO DEL CONTRATO. 180 días calendario contados a partir de la aprobación de las garantías por parte de la Secretaría General de Plaza Mayor.
En todo caso el plazo del contrato podrá adicionarse, antes de su vencimiento mediante documento suscrito por las partes, previa verificación por parte del supervisor designado por Plaza Mayor.
TERCERA. VALOR DEL CONTRATO. Corresponderá al valor de la oferta seleccionada que no podrá ser superior a Cuatrocientos ochenta y siete millones de pesos M.L ($487.000.000) Contrato de Obras -Exento de IVA.
CUARTA. FORMA DE PAGO. Plaza Mayor Medellín realizará un único pago 30 días después de radicada la factura, una vez se haya recibido a satisfacción por parte del supervisor del contrato el bien y servicio prestado del proveedor.
La factura debe ir acompañada de la certificación de pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes xx xxxxx de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando hubiere lugar a ello, según lo establecido en la Ley 789 de 2002; así como el respectivo recibo a satisfacción emitido por el supervisor del contrato.
PLAZA MAYOR dispone de treinta (30) días calendario para cancelar la factura al contratista luego de radicada en CAD, previa deducción de los impuestos, retenciones y descuentos a que hubiere lugar, de acuerdo con la ley.
Así mismo, para proceder al pago, PLAZA MAYOR verificará que el contratista se encuentre al día en el pago de sus obligaciones parafiscales y aquellas relacionadas con los sistemas de seguridad social integral.
Si el proveedor se encuentra obligado a facturar electrónicamente según lo establecido en el Decreto 2242 de 2015, la factura se recibirá mediante el correo xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx. Los documentos anexos como la certificación de pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes xx xxxxx de compensación familiar, ICBF y SENA, deberán ser suministrados al supervisor del contrato cuando hubiere lugar a ello según lo establecido en la Ley 789 de 2002; así mismo, el proveedor deberá asegurarse del respectivo recibo a satisfacción emitido por el supervisor del contrato.
En caso que el proveedor aún no se encuentre obligado a facturar electrónicamente, radicará de manera física en el Centro de Administración Documental – CAD, la factura, acompañada de la Certificación por parte del Revisor Fiscal, el pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes xx xxxxx de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando hubiere lugar a ello según lo establecido en la Ley 789 de 2002, previo recibo a satisfacción emitido por el supervisor del contrato.
QUINTA. OBLIGACIONES GENERALES
SEXTA. OBLIGACIONES DE PLAZA MAYOR. Para efectos del presente contrato, PLAZA MAYOR se obliga a:
1. Informar oportunamente a EL CONTRATISTA las condiciones de tiempo, modo y lugar en las cuales debe llevar a cabo el objeto contractual.
2. Entregar previamente a EL CONTRATISTA toda la información requerida para la ejecución del objeto contractual.
3. Informar oportunamente a EL CONTRATISTA cualquier novedad relacionada con el objeto contractual.
4. Designar el supervisor del contrato, quien se encargará de la supervisión y el seguimiento al desarrollo de las actividades del contrato, de acompañar el proceso, y de las gestiones necesarias durante la ejecución del contrato.
5. Las demás obligaciones emanadas de la naturaleza jurídica del contrato y de sus obligaciones que no se encuentren explícitamente relacionadas en el presente contrato.
SÉPTIMA. EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD LABORAL. El presente contrato no genera relación o vínculo laboral alguno entre PLAZA MAYOR y EL CONTRATISTA, y por tanto no tendrá derecho a ninguna contraprestación distinta a la expresamente descrita en la cláusula tercera del presente contrato.
OCTAVA. RÉGIMEN APLICABLE. El presente contrato se regirá por el Manual de Contratación de PLAZA MAYOR (Acuerdo 1 del 23 de septiembre de 2016) así como por las normas civiles, comerciales y demás normatividad aplicable a la naturaleza del servicio.
NOVENA. SUPERVISIÓN. PLAZA MAYOR verificará el cumplimiento del contrato con un supervisor designado a través del acta respectiva, quien actuará como intermediario entre PLAZA MAYOR y EL CONTRATISTA. Entre sus funciones estarán, verificar el adecuado desarrollo del contrato y las demás que se estipulan y sean inherentes a esta clase de encargos.
PARÁGRAFO. El supervisor del contrato tendrá de manera conjunta con EL CONTRATISTA la facultad de realizar ajustes o modificaciones a las obligaciones del contrato que no impliquen una alteración sustancial al mismo y que no afecten el equilibrio contractual, de lo cual dejará constancia por escrito.
DÉCIMA. RÉGIMEN TRIBUTARIO. Se aplicarán a EL CONTRATISTA todas las normas tributarias vigentes al momento del pago.
DÉCIMA PRIMERA. CESIÓN Y SUBCONTRATACION.
CESIÓN: LAS PARTES no podrán ceder el presente contrato, salvo autorización previa, cumpliendo con las formalidades que la cesión requiere.
SUBCONTRATACIÓN: El CONTRATISTA no podrá subcontratar total o parcialmente el objeto contractual, ni ejecutarlos a través de un tercero, sea cual fuere la figura jurídica que utilice.
DÉCIMA SEGUNDA INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL CONTRATISTA declara bajo la
gravedad del juramento, que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades consagradas en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1174 de 2011, 1778 de 2016, así como en sus Decretos Reglamentarios y en las demás normas legales vigentes. La contravención
PARÁGRAFO. EL CONTRATISTA y su Representante Legal, declaran con la suscripción del presente contrato que no se encuentran reportados en el Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales “SIBOR” de la Contraloría General de la República, ni en el Sistema de Información de Sanciones e Inhabilidades “SIRI” de la Procuraduría General de Nación.
DÉCIMA TERCERA. DECLARACIONES VOLUNTARIAS. Para los efectos del contrato LAS PARTES declaran:
1. Que sus recursos, no provienen de una actividad ilícita tipificada en las normas penales colombianas.
2. Que se compromete de manera voluntaria a que sus recursos y dineros no serán destinados al desarrollo de actividades ilícitas tipificadas en las normas penales colombianas.
3. Que no pertenece a ningún grupo terrorista o al margen de la ley, y que no se encuentra reportado en ninguna lista internacional expedida por la OFAC, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, ni en las demás listas restrictivas nacionales e internacionales y/o bases de datos públicas que tengan carácter vinculante para Colombia, por actividades relacionadas con lavado de activos y/o financiación del terrorismo.
PARÁGRAFO. LAS PARTES conocen y aceptan que las declaraciones consagradas en esta cláusula son ciertas tanto al momento de la firma de este documento como durante toda su vigencia. La violación a estas declaraciones por parte de cualquiera de LAS PARTES faculta a las demás a dar por terminado el Alianza estratégica y a repetir en contra del incumplido por todos los daños y/o perjuicios que se le llegaren a causar.
DÉCIMA CUARTA. EL CONTRATISTA garantiza, bajo la gravedad del juramento, que ninguna persona al servicio de PLAZA MAYOR, ha recibido, ni recibirá beneficio directo o indirecto resultante de la adjudicación, celebración o ejecución del contrato, y acepta expresamente que la presente disposición es condición esencial del contrato, por lo que su incumplimiento dará lugar a su terminación y a la aplicación de las sanciones legales pertinentes.
DÉCIMA QUINTA. CONFIDENCIALIDAD. La suscripción de todo contrato con PLAZA MAYOR implica la obligación para EL CONTRATISTA de utilizar y manejar cualquier información de la que tenga conocimiento por cualquier medio y que le sea confiada o a la que tenga acceso en razón o con ocasión de sus labores, de manera confidencial, garantizando por todos los medios a su alcance que los trabajadores a su servicio y demás personas que autorice, respetarán la obligación de mantener reserva sobre la misma.
Las partes se obligan a que la información que se suministre durante el desarrollo del contrato sea manejada como confidencial y sólo podrá ser utilizada para su debida ejecución. La violación de la confidencialidad o el uso indebido de la información dará lugar a la parte cumplida a reclamar
objetivo, independientemente de la causación de perjuicios, cuando la información confidencial fue marcada como tal por PLAZA MAYOR.
No se considera violación de la confidencialidad, la entrega de información a autoridad competente o cuando sea de conocimiento público. Ninguna de las partes adquiere derechos de propiedad o disposición respecto de la información suministrada por la otra.
DÉCIMA SEXTA. HABEAS DATA. Cuando para la debida ejecución del contrato EL CONTRATISTA deba acceder, consultar y/o administrar bases de datos de PLAZA MAYOR, sus clientes, trabajadores, proveedores o accionistas, previos los permisos concedidos para el efecto, se obliga a disponer de los medios necesarios para observar, cumplir e instruir a sus empleados sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del oferente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada PLAZA MAYOR, para el manejo de su información y la de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento.
DÉCIMA SÉPTIMA. AVISO DE PRIVACIDAD. De conformidad con el aviso de privacidad que se suministra con la firma del presente contrato, EL CONTRATISTA autoriza de manera voluntaria, previa, explícita, informada e inequívoca a PLAZA MAYOR para tratar sus datos personales de acuerdo con la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Compañía. Para conocer los derechos que le asisten como titular de los datos personales y los procedimientos para acceder a ellos, EL CONTRATISTA tiene la facultad de conocerlas a través de la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx y contactar al área encargada en el teléfono 0000000 o en el correo electrónico xxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
DÉCIMA OCTAVA. PAGO DE APORTES. De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 1607 de 2012, el Decreto 862 de 2013 y demás normatividad vigente EL CONTRATISTA deberá acreditar mediante certificación suscrita por el revisor fiscal o Representante Legal, según lo exija la ley, el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Así mismo deberá presentar la planilla integrada de liquidación de aportes de cada uno de los operarios que prestó el servicio en el mes a pagar.
DÉCIMA NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA responderá por el
incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y causen daño o perjuicio a PLAZA MAYOR.
VIGÉSIMA. IMPUESTOS. EL CONTRATISTA deberá pagar todos los impuestos establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y por lo tanto, su omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad.
VIGÉSIMA PRIMERA. INDEMNIDAD.EL CONTRATISTA mantendrá indemne a PLAZA MAYOR, de
cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes en la ejecución del presente contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA. GARANTÍAS. El contratista constituirá a favor del PLAZA MAYOR MEDELLÍN
S.A. la garantía única de cumplimiento, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia (a favor de entidades estatales con régimen privado de contratación), que cubra los siguientes amparos.
Cumplimiento: para garantizar el cumplimiento del contrato, esta garantía debe ser del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y su vigencia será igual al plazo de ejecución total del contrato y cuatro (4) meses más.
Garantía de pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnización laborales: La cuantía de esta garantía debe ser del veinte por ciento (20%) del valor de la oferta y su vigencia será igual a la del plazo de ejecución total del contrato y tres (3) años más.
Responsabilidad civil extracontractual: Su vigencia deberá ser igual al periodo de ejecución del contrato y el valor xxx xxxxxx deberá ser de mínimo 300 SMLMV.
Garantía de calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados: La cuantía de esta garantía debe ser xxx xxxx por ciento (10%) del valor total del contrato y su vigencia será de doce (12) meses contados a partir de la finalización del contrato.
En esta póliza Plaza Mayor debe aparecer como asegurada y beneficiaria y debe permanecer vigente durante toda la ejecución del contrato.
VIGÉSIMA TERCERA. CLÁUSULA PENAL. En el evento que se configure una o varias causales de incumplimiento, PLAZA MAYOR podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, la cual será equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total del contrato cada vez que se imponga, sin que llegue a superar el 20% del valor total. De llegarse a dicho límite las partes acuerdan voluntaria y libremente que el acreedor o parte cumplida, podrá dar por terminado unilateralmente el contrato,
previa comunicación al deudor con por lo menos quince (15) días calendario a la antelación a la fecha en que se dará por terminado.
Por la ejecución o el pago de la cláusula penal no se entenderá extinguida la ejecución principal y tampoco se entenderán pagados los eventuales perjuicios que se le hubieren causado a PLAZA MAYOR. Podrá igualmente cobrarse de los saldos debidos a EL CONTRATISTA.
Procede la exigencia de la cláusula penal en los casos en que EL CONTRATISTA ejecute en forma tardía sus obligaciones o las incumpla parcial o totalmente en términos de calidad, oportunidad y/o precio, y en particular por las siguientes razones:
Violación a la cláusula de confidencialidad, sin perjuicio de las demás sanciones a que haya lugar. Incumplimiento de las obligaciones o entregables determinados en el presente documento.
Incumplimiento en la calidad y cantidad de los productos o servicios requeridos y contratados.
VIGÉSIMA CUARTA. CAUSALES DE TERMINACIÓN. El presente contrato termina por alguna o algunas de las siguientes causales: a) por mutuo acuerdo entre las partes; b) por cumplimiento del objeto contractual; c) por vencimiento del plazo pactado. d) Por subcontratar total o parcialmente el objeto del contrato. e) por las demás causas establecidas por la ley o en el pliego de condiciones. La terminación por las causales establecidas en los literales d) y e), no darán lugar a indemnización alguna.
VIGÉSIMA QUINTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que se podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada sin que este hecho dé lugar a indemnizar algún tipo de perjuicios a la parte que incurra en una o varias de las situaciones que a continuación se estipulan: a. Cuando una de las partes no diere cumplimiento a las disposiciones legales relacionadas con la prevención y control al lavado de activos y el financiamiento del terrorismo que le sean aplicables. b. Cuando una de las partes o algunos de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, sus representantes legales, Revisores Fiscales, Auditores Externos y sus miembros de la Junta Directiva, figuren en las listas internacionales vinculantes para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas), en las listas de la OFAC, en la lista de organizaciones terroristas emitida por el Consejo de Seguridad Nacional, Banco Mundial, Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo-y/o en las listas nacionales o internacionales. c. Cuando exista en contra de una de las partes o de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, o de sus representantes legales, revisores fiscales, auditores externos o de sus miembros de Junta Directiva, sentencia judicial en firme en cualquier país que los condene por la comisión de delitos dolosos, relacionados con lavado de activos, financiación del terrorismo, financiación a la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva, fraude, corrupción o soborno, o se encuentren vinculados en
cualquier país a investigaciones o procesos penales por delitos dolosos relacionados con lavado de activos, financiación del terrorismo, financiación a la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva, fraude, corrupción o soborno, o exista información pública que impacte legal y reputacionalmente a una de las partes, exponiendo a la otra, a su vez, a un riesgo de carácter legal o reputacional. d. Cuando se presenten elementos que puedan representar riesgos reputacionales, legales, operativos o de contagio relacionados con el lavado de activos o financiación del terrorismo o financiación a la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva. e. Cuando se presenten elementos que conlleven dudas fundadas sobre la legalidad de las operaciones, la licitud de sus recursos o que cualquiera de las partes ha efectuado transacciones u operaciones destinadas a dichas actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. f. Cuando cualquier activo objeto del contrato sea objeto de una medida de extinción de dominio y sobre el cual la Dirección Nacional de Estupefacientes o la entidad que haga sus veces no tenga el control o no le haya sido nombrado un depositario directo.
g. Plaza Mayor dará por terminado el contrato cuando se presente situaciones de orden público que hagan inviable la ejecución de este. Para la terminación anticipada por una o varias de las anteriores causales, para garantizar el debido proceso y el derecho de contradicción, se comunicará por escrito la decisión de iniciar el trámite, indicándole la causal o causales que se invocan. La parte que recibe tal comunicación podrá demostrar en un plazo no superior a quince (15) días calendario que subsanó o eliminó o desvirtuó la existencia de la situación o de la condena. Las partes acuerdan que, si no se logra demostrar en el plazo fijado que la causal ha sido subsanada o eliminada o que no existió, habrá lugar a la terminación del contrato, lo cual se comunicará inmediatamente y se procederá a la liquidación del mismo, en el estado en que se encuentre, quedando obligada la parte que incurrió en la causal a indemnizar los perjuicios causados a la otra parte.
VIGÉSIMA SEXTA. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes, pero para su ejecución se requiere de la aprobación de las garantías por parte de la Dirección Jurídica de Plaza Mayor Medellín S.A.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. DOCUMENTOS. Serán parte integral del presente contrato, el estudio previo, la Invitación Pública N° 024 de 2022 con todos sus documentos y sus anexos, la propuesta y documentos de EL CONTRATISTA, así como los informes de supervisión que se generen a partir del inicio del contrato y demás documentos.
VIGÉSIMA OCTAVA. DOMICILIO DEL CONTRATO. Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, se fija como domicilio el municipio de Medellín.
Para constancia se firma en Medellín, a los xxx (xx) días del mes de xxxxxxxx de 2022.
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx XXXXXXXXXXXX
Gerente General EL CONTRATISTA
PLAZA MAYOR MEDELLÍN S.A.
FORMATO N6
PROPUESTA ECONOMICA | |||||
RENOVACION DE ALFOMBRA MODULAR DE GRAN SALON, COMISIONES Y SALA VIP DEL PABELLON VERDE | |||||
Item | Descripción | Unidad | Cantidad | Valor Unitario | Valor Total |
1 | Suministro, transporte e instalación de alfombra modular de tráfico pesado en gran salón, con método de tinte de solución teñida, 1/12 (47,00 filas por 10 cm), densidad de 6.697, repetición de patrón 4.8 "(ancho) x 4.8" (largo), flotabilidad astm e 648 clase 1 (instalación directa), densidad de humo astm e 662 menos de 450, propensión estática aatcc-134 menos de 3.5 kv; incluye retiro del tapete modular existen, preparación de la superficie, pegante y demás elementos o accesorios necesarios para su correcta instalación. | M2 | 3429 | ||
2 | Suministro de alfombra atrapa mugre xxxx entapetado de stock; incluye retiro del tapete modular existen, preparación de la superficie, pegante y demás elementos o accesorios necesarios para su correcta instalación. | M2 | 266 | ||
3 | suministro, transporte e instalación de alfombra modular de tráfico pesado en sala de comisiones, con método de tinte de solución teñida, 1/12 (47,00 filas por 10 cm), densidad de 6.697, repetición de patrón 4.8 "(ancho) x 4.8" (largo), flamabilidad astm e 648 clase 1 (instalación directa), densidad de humo astm e 662 menos de 450, propensión estática aatcc-134 menos de 3.5 kv; incluye retiro del tapete modular existen, preparación de la superficie, pegante y demás elementos o accesorios necesarios para su correcta instalación. | M2 | 780 |
4 | suministro, transporte e instalación de alfombra modular de tráfico pesado en sala de vip pabellón verde, con método de tinte de solución teñida, 1/12 (47,00 filas por 10 cm), densidad de 6.697, repetición de patrón 4.8 "(ancho) x 4.8" (largo), flamabilidad astm e 648 clase 1 (instalación directa), densidad de humo astm e 662 menos de 450, propensión estática aatcc-134 menos de 3.5 kv; incluye retiro del tapete modular existen, preparación de la superficie, pegante y demás elementos o accesorios necesarios para su correcta instalación. | M2 | 143 | ||
5 | Suministro de alfombra modular de tráfico pesado para stock, con método de tinte de solución teñida, 1/12 (47,00 filas por 10 cm), densidad de 6.697, repetición de patrón 4.8 "(ancho) x 4.8" (largo), flamabilidad astm e 648 clase 1 (instalación directa), densidad de humo astm e 662 menos de 450, propensión estática aatcc-134 menos de 3.5 kv; incluye retiro del tapete modular existen, preparación de la superficie, pegante y demás elementos o accesorios necesarios para su correcta instalación. | M2 | 340 | ||
6 | Suministro de alfombra atrapa mugre xxxx entapetado de stock; incluye retiro del tapete modular existen, preparación de la superficie, pegante y demás elementos o accesorios necesarios para su correcta instalación. | m2 | 30 | ||
Total |