PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE RIGEN EL CONTRATO DE SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DEL
AYUNTAMIENTO DE CAMPEZO
(XXXXX)
KANPEZUKO UDALA (ARABA)
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE RIGEN EL CONTRATO DE SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DEL
AYUNTAMIENTO DE CAMPEZO 2019-2023.
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación del Contrato
El objeto del contrato es la realización del servicio correspondiente a las
actividades deportivas del Ayuntamiento de Campezo durante los ejercicios 2019- 2020, 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios tal y como establece el artículo 17 de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto con
varios criterios de adjudicación (oferta económicamente más ventajosa y varios criterios de adjudicación), tramitación ordinaria, en el que la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información
relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, se procederá a publicar la presente licitación en el Perfil de Contratante.
CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato
El importe del presente contrato asciende a un máximo de 42 euros/hora,
iva excluido, conforme al calendario de actividades adjunto para el ejercicio 2019- 2020 (Anexo I) y la siguiente planificación orientativa:
HORARIO | LUNES | MARTES | MIERCOLES | JUEVES |
16-17 H | GIMNASIA | ZUMBA | GIMNASIA | ZUMBA |
17-18 H | PILATES | AEROBIC | PILATES | AEROBIC |
18-19 H | PILATES | SPINNING | PILATES | SPINNING |
19-20 H | BODY COM | SPINNING | BODY COM | SPINNING |
Se establece la posibilidad de incluir dentro de esta programación, la celebración los viernes de la actividad de “Bailes de salón”, de 19:00 a 20:30 horas, debiendo incluir dentro de la oferta presentada la posibilidad o no de celebración de dicha actividad.
El cuadro de actividades y el calendario establecido anteriormente es meramente orientativo, concretándose los horarios y actividades en cada ejercicio entre el 15 y el 20 de septiembre de cada ejercicio.
La oferta presentada se establecerá de un precio/hora para la ejecución de un máximo de 16 horas semanales de lunes a jueves (pudiéndose ampliar hasta las 17,5 horas semanales en caso de ofertas la actividad de “Bailes de salón”), oferta que no sufrirá variaciones en caso de que a la hora de concreción de los horarios y actividades no se llegue a alcanzar dicho máximo.
El precio ofertado incluirá todos los costes del servicio, excepto el iva.
Se establece la obligatoriedad de ofertar la actividad de spinning, con el compromiso de aportación del material necesario en un número de 12 a 15 usuarios (bicicletas), que deberá encontrarse en buen estado, y tener el visto bueno del Ayuntamiento una semana antes del comienzo de las actividades en cada ejercicio (en caso contrario se procederá a su sustitución en el plazo máximo de 48 horas).
Dentro de la planificación del servicio, la empresa adjudicataria tiene la obligación de realizar aportaciones anuales de material necesario para la ejecución del servicio (excluida la aportación de bicicletas recogidas para la actividad de spinning) en un importe mínimo de 500 euros, que deberá acreditar al comienzo de cada curso
El importe se abonará con cargo a la partida del vigente Presupuesto existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento.
El precio estimado del contrato se establece en 78.624,00 € más el I.V.A.(19.656,00 euros por cada año, más IVA). En caso de añadir la actividad xx xxxxxx de salón, se le añadiría la cantidad de 6.552,00 euros más el IVA (1.638,00 euros por cada año, más IVA).
El pago del precio del contrato se fraccionará mensualmente y se abonará a final de mes, previa presentación de facturas y acreditación del cumplimiento del contrato.
Se deberán observar las obligaciones derivadas de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, a la hora de la facturación, según el punto creado al efecto en la página web municipal, xxx.xxxxxxx.xxx, en el apartado de “Ayuntamiento on-line”.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato será desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 xx
xxxx del 2023, sin que exista la posibilidad de realizar prórrogas al mismo.
Transcurrido el primer ejercicio, el Ayuntamiento realizará una valoración del servicio entre todos los usuarios, pudiendo finalizar el contrato sin penalización alguna, en caso de que dicha valoración sea inferior a 7 puntos (sobre 10).
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas,
españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la solvencia económica, financiera y profesional.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas, que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación) cuyos miembros responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual se nombrará una persona representante o una persona apoderada única.
Las personas o empresas licitadoras deberán estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y técnica o profesional, que se determinen por el órgano de contratación:
A) La solvencia económica y financiera se podrá acreditar mediante la presentación de declaraciones de entidades financieras y justificante de la existencia de seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Si por una razón justificada, la persona o empresa licitadora no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le podrá autorizar a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
B) La solvencia técnica o profesional, se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que tendrá que acreditar mediante alguno de los siguientes medios:
a) Relación de los servicios ejecutados en el curso de los tres últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las actuaciones más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución.
b) Indicación de si pretende subcontratar o no parte del servicio y en qué porcentaje.
c) Títulos académicos y profesionales: será necesario aportar el título de “Fundamentos básicos de actividades deportivas”, INEF o titulación equivalente, que habilite para el desempeño de actividades deportivas en general. Para la realización de actividades específicas, se requerirá el correspondiente título: -Zumba o ritmos latinos; - pilates; -personal global training. La falta de presentación de la habilitación correspondiente excluirá automáticamente la oferta presentada.
d) Título PL1 de perfil de euskera.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Clasificación del Contratista
No procede.
CLÁUSULA OCTAVA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
1.- Lugar y plazo de presentación
Las proposiciones se presentarán en las oficinas municipales sitas en la Plaza Xxxxxx Xxxxxx, 1 de Campezo, en horario y plazo establecido en la publicación del anuncio en el perfil de contratación municipal.
Si el último día fuera sábado o inhábil, se trasladará al siguiente día hábil.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando las ofertas, se envíen por correo la persona o empresa licitadora deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telex, fax o telegrama en el mismo día consignándose el número del expediente título completo del objeto del contrato y nombre de la persona o empresa candidata.
La acreditación de la recepción del referido telex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por la Secretaría Municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación esta no será admitida.
2.- Formalidades
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por quien licite, en los que se deberá indicar “PROPUESTA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE CAMPEZO, 2019-2023”.
Los documentos a incluir en cada sobre pueden ser originales o copias. En este segundo caso, se requerirá a la persona o empresa adjudicataria para que se presente los originales antes de la notificación de la adjudicación.
Cada persona o empresa licitadora únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos, así como una relación numerada de los mismos. La denominación de los sobres será la siguiente:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Opción 1. Deberá presentarse la documentación señalada en este apartado:
a) Declaración Responsable de la empresa licitadora indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
, con domicilio a efectos de notificaciones en
, , n.º _ , y mail
@ , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación , ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del servicio de prestación de actividades deportivas del Ayuntamiento de Campezo durante el período 2019-2023.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 140 de la Ley de Contratos del Sector Público para ser empresa adjudicataria del mencionado contrato, en concreto:
— Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
— Que, en su caso, está debidamente clasificada la empresa o que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.(Deberá acreditar los documentos descritos en la cláusula 6ª)
— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se compromete al cumplimiento del convenio colectivo vigente del sector aplicable a los trabajadores contratados según su categoría profesional, y que respetará como mínimo las condiciones laborales recogidas en el convenio colectivo de la provincia xx Xxxxx.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder a la licitadora. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
@ .
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
, de de .
Firma del/de la declarante,
Fdo.: »
b) Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía provisional. La falta de presentación de este documento, es un vicio que no se puede subsanar y supone la exclusión automática de la licitación.
Opción 2.
En el supuesto de no presentar el documento indicado en el apartado a) anterior, será necesario presentar la siguiente documentación:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad de quien licite y la representación, en su caso, de la persona o empresa firmante de la proposición, consistentes:
1.1. Documento Nacional de Identidad de la persona licitadora cuando se trate de personas físicas o personas empresarias individuales, o Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando ésta fuera persona jurídica. En caso de Asociaciones los Estatutos.
1.2. Poder cuando se actúe por representación.
1.3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de las personas empresarias que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión entre la Administración. Deberá señalarse asimismo el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias.
1.4. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión europea o signatarias del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros establecidos por las normas de contratación.
El resto de las personas empresarias extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local, profesional comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente representación diplomática española relativo a que el Estado de su
procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. Y deberán presentar una declaración en virtud de la cual se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder a la persona licitante.
2. Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía provisional. La falta de presentación de este documento, es un vicio que no se puede subsanar y supone la exclusión automática de la licitación.
3. Declaración responsable de la persona licitadora, haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público.
4. Declaración jurada en la que se compromete al cumplimiento del convenio colectivo vigente del sector aplicable a los trabajadores contratados según su categoría profesional, y que respetará como mínimo las condiciones laborales recogidas en el convenio colectivo de la provincia xx Xxxxx.
5. Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica, en los términos de la cláusula 6ª, “Acreditación de la aptitud para contratar”.
6. Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
SOBRE «B»
Denominado “Documentación relativa a criterios evaluables de forma
automática”.
La oferta se adaptará al modelo de proposición económica que se transcribe a continuación:
D/Dña..................................................., con domicilio a efectos de
notificaciones en ..............................c/ D.N.I. nº
.......................... teléfono ...................., email …………….@...................., en
representación de la Entidad ……………………………, con CIF n.º ,
enterado/enterada del expediente para la contratación del servicio de prestación de actividades deportivas de Campezo para el período 2019-2023, declaro:
1º) Que me comprometo a la ejecución del servicio por el precio de
.......................... €/hora más en concepto de I.V.A., lo que hace
un total de …………………………………………. €/hora, (se deberá indicar expresamente si se incluye o no la actividad de “bailes de salón”) debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo el Impuesto de Actividades Económicas, cotizaciones a la Seguridad Social, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, al igual que el beneficio industrial del contratista.
2º) Que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente.
3º) Que me comprometo a la adscripción al contrato de los siguientes medios personales: (se deberán indicar los profesionales adscritos a la prestación del servicio y la titulación disponible de cada uno de ellos)
....................................................................................................................
....................................................................................................................
En........................ a ......... de ............... de ..….
Firma.
SOBRE «C»
Denominado “Documentación relativa a criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor”.
El sobre incluirá la documentación acreditativa de los méritos que presenta la persona o empresa licitadora para valorar las condiciones de las ofertas según los criterios establecidos en el presente pliego (cláusula décima)
CLÁUSULA NOVENA. Garantía Provisional
La garantía provisional de 1.200,00 euros (300,00 euros por cada ejercicio),
que responderá del mantenimiento de las ofertas de quienes liciten hasta la adjudicación del contrato; y en el caso de la persona o empresa adjudicataria, hasta el cumplimiento de sus obligaciones, hasta la presentación de la garantía definitiva y firma del contrato.
La garantía definitiva será del 10 % del precio del contrato, y podrá constituirse en cualquier de las formas previstas en el artículo 108 de la Ley de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA DÉCIMA. Aspectos Objeto de Valoración
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la económicamente
más ventajosa se atenderá a los siguientes aspectos:
— Precio (70%) (Inclusión en el sobre “B”)
—Acreditación de disponer de un plan de igualdad aprobado en la empresa (5%) (Inclusión en el sobre “C”)
—Haber realizado alguna de las medidas recogidas expresamente en el plan de igualdad aprobado, en los últimos tres años, debiendo acreditarlo fehacientemente (5%) (Inclusión en el sobre “C”)
—Aportación inicial de material nuevo al desarrollo de las actividades por encima de la aportación obligatoria del contrato: 100,00 euros (5%), 200 euros (10%). Máximo 200,00 euros (10%). (Inclusión en el sobre “C”)
—Realización durante cada ejercicio de un festival/exhibición/aerobiton a concretar en fecha con el Ayuntamiento: 10% (Inclusión en el sobre “C”)
En caso de que después de la aplicación de los presentes criterios se alcance un empate final entre varias empresas, se aplicará como criterio de prevalencia en 1º lugar, el precio, 2º lugar, la aportación de material deportivo nuevo, 3º lugar, la realización de festival/exhibición/aerobiton, en 4º lugar, la realización de medidas
de igualdad recogidas en el plan de igualdad, y en último lugar, la disposición de plan de igualdad aprobado.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Mesa de Contratación
De acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional
Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público, la Mesa de Contratación estará constituida por los siguientes miembros:
- Presidente/Presidenta: La Concejala delegada del área o miembro en quien delegue.
- Vocales: Una persona representante de cada uno de los grupos políticos municipales, así como el Interventor de la Corporación.
- Secretaria: Funcionaria de la Corporación.
-Técnico de la Cuadrilla, que actuará con voz pero sin voto.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 190 de la Ley de
Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 191 de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Apertura de Ofertas
La Mesa de Contratación se constituirá el siguiente LUNES, tras la
finalización del plazo de licitación, a las 11.00 horas y calificará la documentación administrativa contenida en el sobre «A».
A los efectos de la expresada calificación, se procederá a la apertura del sobre y la Secretaría certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará verbalmente a las personas interesadas y además se harán públicas a través de anuncios en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y se concederá un plazo no superior a 3 días hábiles para que la persona o empresa licitadora subsane el error. Si la documentación de alguna de ellas, contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
2.- Resuelta la apertura del Sobre A, y subsanada la documentación en su caso, se procederá en acto público a la apertura del sobre C, asignándose la puntuación conforme a los criterios establecidos en el pliego conforme al juicio de valor emitido.
A continuación, se procederá a la apertura del Sobre B, asignando las puntuaciones automáticamente que correspondan.
Por último, con el resultado de las valoraciones, se elevará a la Alcaldía la correspondiente propuesta, para que se proceda a la clasificación de las propuestas y posteriormente a la adjudicación del contrato.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Requerimiento de la Documentación
A la vista de la valoración de los criterios, la Mesa de Contratación
propondrá a la persona o empresa licitadora que haya presentado la oferta más ventajosa.
El Órgano de Contratación requerirá a la persona o empresa licitadora que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
a) Aportar la justificación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como certificación de hallarse dado de Alta en el IAE en el epígrafe correspondiente.
b) Constituir la garantía definitiva del 10% del importe de adjudicación.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Garantía Definitiva
El candidato que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa
deberá acreditar la constitución de la garantía de un 10% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá
adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a las personas o empresas candidatas o licitadoras y, simultáneamente.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará
dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
Deberá la persona o empresa adjudicataria satisfacer todos los gastos derivados de publicaciones oficiales, hasta un importe máximo de 300,00 euros.
CLÁUSULA
Adjudicatario
DECIMOCTAVA.
Derechos y Obligaciones del
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del
presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
A) Abonos al contratista
Se procederá al pago de la facturación, de forma mensual, una vez presentada la correspondiente factura antes de finalizar el mes en curso, debiendo cumplir con los requisitos de la Ley de facturación electrónica.
B) Obligaciones del contratista.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
— Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. Se deberá presentar dentro del primer mes de vigencia del contrato, y en el primer mes de cada ejercicio, la acreditación del cumplimiento de las obligaciones necesarias en materia de seguridad social.
— El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello.
— Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y/o adjudicación hasta el límite máximo de 300 euros de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Revisión de Precios
Se procederá a la actualización de precios a comienzo de cada ejercicio,
octubre, con la aplicación del IPC correspondiente al mes anterior (septiembre), a excepción del primer ejercicio, de 2019.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Penalidades por Incumplimiento
— Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido
en demora respecto al cumplimiento del plazo, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias.
— Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
— Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades en la proporción de 10% del presupuesto del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en
este Pliego y en los fijados en los artículos 211 y 213 de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017 y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia de la persona o empresa contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
En este sentido, hay que tener en cuenta lo descrito en el presente pliego en cuanto a la posibilidad de rescisión unilateral del contrato a la finalización del primer ejercicio por no cumplir el requisito mínimo de exigencia expresado por los usuarios del servicio.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación,
efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley de Contratos del Sector Público y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017.
En Santa Xxxx de Campezo, a 00 xx xxxxx xx 0000 Xx Xxxxxxxxx,
ACTIVIDADES DEPORTIVAS 2019 / 2020 | ||||||
OCTUBRE | ||||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Xxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | |
7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 |
14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 |
21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 |
28 | 29 | 30 | 31 |
Fdo.: Ibernalo Xxxxxxxx Txasko ANEXO I
NOVIEMBRE | ||||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Xxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx |
1 | 2 | 3 | ||||
4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 |
11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 |
18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 |
25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | |
DICIEMBRE | ||||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Xxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx |
1 | ||||||
2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 |
16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 |
23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 |
30 | 31 | |||||
ENERO | ||||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Xxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | ||
6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 |
13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 |
20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 |
27 | 28 | 29 | 30 | 31 | ||
FEBRERO | ||||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Xxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx |
1 | 2 | |||||
3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 |
10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 |
17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 |
24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | |
MARZO | ||||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Xxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx |
1 | ||||||
2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 |
16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 |
23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 |
30 | 31 | |||||
ABRIL | ||||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Xxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | ||
6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 |
13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 |
20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 |
27 | 28 | 29 | 30 | |||
MAYO | ||||||
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Xxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx |
1 | 2 | 3 | ||||
4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 |
11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 |
18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 |
25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 |