TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DEL FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACIÓN
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DEL FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACIÓN
Los requisitos Técnicos Mínimos para cumplir los Términos de Referencia de la Contratación del Servicio de Seguridad y Vigilancia del Fondo de Empleados del Banco de la Nación – FEBAN son lo que a continuación se indican.
I.- OBJETIVO
El Fondo de Empleados del Banco de la Nación, requiere la contratación de una empresa de SEGURIDAD PARTICULAR denominado EL CONTRATISTA, que cautele y proteja la vida e integridad física de las personas, la seguridad de los bienes muebles e inmuebles, así como contribuir al normal desarrollo de las diferentes actividades de la Institución y sus Anexos disponiendo de una eficiente cobertura de vigilancia y seguridad y de acuerdo a las modalidades de su Ley y su Reglamento.
Básicamente la organización que se contrate para dicho fin prestará sus servicios para la disuasión y prevención de actos ilícitos; así como de cualquier otra forma de intención dolosa que atenten contra las instalaciones y bienes del FEBAN.
II.- PLAZO DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO
El plazo de contratación del servicio de seguridad y vigilancia será de 06 meses, computados desde el día siguiente de la firma de contrato sujeto a renovación automática previo acuerdo de las partes.
III.- DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
Con la finalidad de contratar a una persona jurídica que reúna las condiciones necesarias para prestar los servicios de vigilancia privada, a fin de realizar una eficiente y permanente cobertura de vigilancia para la custodia y resguardo del patrimonio del FEBAN así como la seguridad de las personas, personal administrativo, visitantes, bienes muebles e inmuebles que se encuentren dentro y fuera de los locales comprendidos en el servicio, se detallan los siguientes servicios:
Custodia, vigilancia, seguridad y protección del personal, bienes, muebles e inmuebles que viene ocupando el FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACION, o que estén en su posesión en sí.
Prevención y protección contra daños, robos, deterioros, espionaje y sabotaje, terrorismo o cualquier acto delincuencial en agravio del personal o bienes del FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACION.
Control de los bienes que ingresan o salen de las instalaciones del FEBAN.
Control de movimiento de público externo.
Control de ingreso y salida del personal del FEBAN.
Control de ingreso, salida y parqueo de vehículos del FEBAN, incluyendo de particulares, etc.
IV.- DE LOS PUESTOS, ROTACIÒN, HORARIOS Y EQUIPOS DE VIGILANCIA
Se entiende por puesto de vigilancia al lugar o área predeterminada de las instalaciones del FEBAN en los cuales se ubica uno o dos vigilantes, cubierto por uno o dos turnos respectivamente.
El puesto de 24 horas, serán cubiertos por un mínimo de 02 agentes en turnos de doce (12) horas cada uno, en el siguiente horario:
Primer turno de 07: 00 a 19:00 horas
Segundo turno de 19: 00 a 07:00 horas
Los descanseros, se consideran para los puestos de lunes a domingos y su costo deberá incluirse dentro del precio global del puesto.
Todo material y equipo requerido para el cumplimiento del servicio será proporcionado por EL CONTRATISTA como: armas de fuego, pistolas calibre 38 AUTO con una dotación de municiones frescas de óptica calidad, chalecos antibalas de acuerdo al puesto de servicio, el cual deberá estar confeccionado con materiales que tengan un nivel de protección mínimo II, casacas, ponchos, chalecos refractarios, equipo de comunicación con batería de repuesto, equipos de telefonía móvil RPM y útiles de escritorio.
4.1 Sobre los relevos y puntualidad
Si no se presentara el relevo la empresa estará en la obligación de proveer en un periodo no mayor de dos (02) horas posterior el relevo respectivo informando el mismo a la Unidad de Seguridad del FEBAN consignado datos generales del retén. El FEBAN aplicará los descuentos y sanciones establecidas (Ver anexo 01).
Con respecto a la puntualidad, se considerará sólo una tolerancia de 15 minutos de retraso a los agentes de seguridad. Al respecto, transcurrido este tiempo de tolerancia el FEBAN aplicará los descuentos y sanciones establecidas en el Anexo 01. Asimismo, pasado los 45 minutos de retraso se considerará falta y por ende se aplicará los descuentos y sanciones establecidas.
El cumplimiento de los turnos establecidos de 12 a 24 horas, deberán ser consignados y reportados en el cuaderno de ocurrencias de la empresa y en los informes de asistencia del servicio que se presentará.
Los supervisores y agentes de seguridad privada de la empresa, estarán bajo la supervisión del Jefe de la Unidad de Seguridad del FEBAN, los mismos que reportaran sus actividades y darán cumplimiento a las consignas y las órdenes emitidas de éste último.
4.2 Sobre la rotación del Personal de vigilancia:
La Unidad de Seguridad del FEBAN, evaluará y autorizará las rotaciones internas del personal de vigilancia que deberá efectuar EL CONTRATISTA, sin que afecten los turnos ni el normal desenvolvimiento de las labores a desarrollar según las consignas específicas y transitorias de los puestos fijos y supervisiones de vigilancia;
EL FEBAN a través de la Unidad de Seguridad se reserva el derecho de examinar y controlar los cuadernos de ocurrencias donde se registran los relevos, así como también la implementación de otros dispositivos de control, los mismos que al estar llenos, serán entregados a la Unidad de Seguridad del FEBAN.
EL FEBAN a través de la Unidad de Seguridad del FEBAN, se reserva el derecho de solicitar el cambio de personal de agentes de vigilancia y supervisores las veces que lo estime conveniente, con el solo informe solicitado;
EL FEBAN para garantizar la calidad y eficiencia de los servicios de vigilancia propondrá paralelamente los turnos de supervisión e inspecciones necesarios propias del CONTRATISTA en los locales de la Institución;
La rotación del personal de vigilancia en un determinado puesto, no deberá ser diario, el efectivo deberá permanecer como mínimo quince (15) días en el puesto, salvo sea rotado por motivos válidamente justificados, en cuyo caso deberá ser sustentado, a fin de asegurar las custodia de los bienes;
V.- ACTIVIDADES DIARIAS BÁSICAS
6.1 Control de Personas:
Identificación del ingreso y salida de las personas, personal docente y administrativo, visitantes y unidades móviles a las instalaciones del FEBAN.
Controlar el debido uso de la tarjeta de visitante dentro de las instalaciones impidiendo el acceso de éste a áreas no autorizadas o en horarios no establecidos.
Control
y revisión de las personas que visitan los locales, mediante el uso
de dispositivos de seguridad tipo garren, a fin de detectar armas
otros que
porten, y que pongan en riesgo la seguridad física
de todo personal asistente al FEBAN
En cumplimiento a las Funciones de los Vigilantes, los vigilantes contratados deben controlar la permanencia dentro de los Locales del personal administrativo y asistencial, Controlar en forma minuciosa el Control de ingreso y salida del personal de acuerdo al horario laboral y comisiones de servicio, vigilar que en días no laborables no ingresen personas particulares, médico, técnico, proveedores que brinden productos u otros, sin la debida autorización por el funcionario competente y/o jefe inmediato;
Observar el movimiento y desplazamiento del público en general y visitas dentro de los locales;
Intervención y neutralización de acción de personas que atenten contra el patrimonio institucional;
Sistema de supervisión y control permanente las 24 horas del día.
Otros que determine la Unidad de Seguridad del FEBAN.
6.2 Control de maletines y bienes:
Control de ingreso y salida de los bienes, recursos materiales y activos en general de las instalaciones del FONDO DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA NACION.
Revisión de todo tipo de paquetes, maletines, bultos, etc., portados personalmente o en vehículos, que ingresen y/o se retiren de las instalaciones del FEBAN evitando de ese modo el ingreso de objetos y/o artículos que pongan en riesgo la seguridad en donde se ubican todas las oficinas de la Institución, del mismo modo, se impide la salida de bienes patrimoniales del FEBAN que no cuentan con la debida autorización, Orden u Hoja de Transferencia autorizado por el Área de Control Patrimonial, unidad de Logística y o el retiro de bienes personales cuyo acceso no haya sido registrado;
La recepción de correspondencia fuera del horario y que sean con carácter de "Urgente" se efectuará de acuerdo a las instrucciones del funcionario responsable de la Unidad de Seguridad del FEBAN.
6.3 Instrucciones de riesgos o peligros dentro y alrededor de los locales:
Rondas programadas y no programadas en las instalaciones a fin de verificar el desarrollo normal de las actividades vinculadas a la seguridad y/o protección de las personas y el patrimonio del FEBAN o son el caso de toma de locales, huelgas, y otros;
Detectar a personas y vehículos sospechosos que merodean o se encuentran dentro, así como de artefactos explosivos o bultos sospechosos en el ámbito de las instalaciones del FEBAN.
Prevención y acción contra incendios, accidentes, sabotaje terrorismo y cualquier otro tipo de siniestro, daño o deterioro que pudiera presentarse en las instalaciones físicas, maquinaria y equipo en custodia;
Verificar que las oficinas o ambientes en donde se ubican bienes de valor considerable para el FEBAN, estén completamente cerradas para evitar pérdidas en caso de encontrarlas abiertas dar parte al Jefe de la Unidad de Seguridad del FEBAN...
Controles específicos mediante rondas permanentes, después de la salida del personal de las oficinas. Al término del horario laboral (verificación y previsión de situaciones inseguras: puertas no aseguradas. Bienes patrimoniales descuidados, escritorios abiertos, artefactos eléctricos y electrónicos conectados, luces prendidas, llaves de control de agua abiertos, etc.), y el funcionamiento de extintores a los que tuviera acceso, debiendo informar las ocurrencias observadas al Jefe de la Unidad de Seguridad del FEBAN.
EL CONTRATISTA está obligado a verificar e inspeccionar durante el desarrollo y al término de las labores administrativas de trabajo las puertas, ventanas, chapas, candados de las instalaciones y estaciones de control de ronda, a los que tengan acceso y estén bajo su responsabilidad, en caso de reportarse novedades relacionado a los dispositivos de seguridad antes mencionados de las oficinas levantará inmediatamente un inventario y entregará al jefe Unidad de Seguridad del FEBAN.
6.4 Control del acceso, salida y parqueo de vehículos:
Controlar el acceso, salida y parqueo de vehículos autorizados y particulares;
Vigilar dentro de los estacionamientos de la entidad, los vehículos oficiales del FEBAN, vehículos de personal Administrativo, técnico, visitantes, socios afiliados (casos de emergencia), a fin de prevenir daños materiales, robos y/o accidentes (choques).
VII.- PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO
EL CONTRATISTA, deberá evaluar constantemente a su personal destacando en aspectos relacionados a la cortesía, amabilidad, comunicación, relaciones humanas, documentación, redacción, defensa personal, prevención, protección, uso de equipos de radio, centrales telefónicas, primeros auxilios y manejo de extintores, para lo cual acreditará en su propuesta técnica, un instructor con registro vigente en la SUCAMEC.
VIII.- MEDICIÓN DE LOS RESULTADOS
La Unidad de Seguridad evaluará trimestralmente la calidad del servicio de acuerdo a las condiciones establecidas en el contrato suscrito.
IX.- PERFIL DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y VIGILANCIA SOLICITADO
El personal de vigilancia solicitado deberá acreditar con los documentos siguientes:
Nacionalidad : Peruano (Acreditar con copia simple del DNI)
Grado de instrucción : Secundaria completa como mínimo
Edad : Mayor de 25 años
Sexo : Masculino
Inscripción : Carné de la SUCAMEC (Copia simple del carné SUCAMEC)
Estatura mínima : 1.68 m.
Experiencia : Acreditar un mínimo de dos (02) años de experiencia en funciones de seguridad y/o vigilancia. (Copia simple del certificado o constancia que acredite la experiencia en la especialidad solicitada, correspondiente a empresas reconocidas como: SUCAMEC).
Estado de salud : Buena salud física y mental
Licencia de arma : Licencia de arma (Copia simple de licencia de arma)
X.- ELABORACIÓN DE PLAN DE SEGURIDAD
La empresa que obtenga la buena pro deberá elaborar de manera conjunta con la Unidad de Seguridad del FEBAN una propuesta de “Plan de Seguridad” que tenga como objetivo la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos existentes en nuestras Instalaciones en armonía con nuestro Reglamento Interno de Trabajo.
XI.- CUADRO DE REQUERMIENTO DE PERSONAL EN NUESTRAS INSTALACIONES – LIMA Y HUÁNUCO
NECESIDAD |
UBICACION |
NEC. DEL SERVICIO |
DIAS |
EQUIPOS |
02 agentes de 12 horas c/u |
FEBAN - Xx. Xxxxxx 000, Xxxxxxx xx Xxxx |
00 HORAS |
Lunes x Xxxxxxx |
Arma, Chaleco y Celular con línea RPM |
02 agentes de 12 horas c/u |
Policlínico La Calera - Xxxxx Xxxx xx Xxxxxx Xx 000 Xxx. Xx Xxxxxx, Xxxxxxxxx |
24 HORAS |
Lunes x Xxxxxxx |
Arma, Chaleco y Celular con línea RPM |
02 agente de 12 horas c/u |
Policlínico Salamanca - Xxxxx Xxx Xxxxx 000, Xxxxxxxxx Ate |
24 HORAS |
Lunes x Xxxxxxx |
Arma, Chaleco y Celular con línea RPM |
02 agente de 12 horas c/u |
Centro Educativo del B.N - Calle Xxxxxx Nº 121 La Calera de la Merced, Surquillo |
24 HORAS |
Lunes x Xxxxxxx |
Arma, chaleco y Celular con línea RPM |
02 agente de 12 horas c/u |
Cereban La Calera - Xxxxx X. Xxxxxx Xx 000 Xxx. Xx Xxxxxx, Xxxxxxxxx |
24 HORAS |
Lunes x Xxxxxxx |
Arma, Chaleco y Celular con línea RPM |
02 agente de 12 horas c/u |
Cereban el Cuadro Xx. 00.0 xx xx xxxxxxxxx xxxxxxx Xxx. Xx xxxxxx. chaclacayo |
24 HORAS |
Lunes x Xxxxxxx |
Arma, Chaleco y Celular con línea RPM |
02 agente de 12 horas c/u |
Cereban Mamacona Km.. 26.5 de la Panamericana Sur. Lurin
|
24 HORAS |
Lunes x Xxxxxxx |
Arma, Chaleco y Celular con línea RPM |
01 agente de 12 horas |
Xx. Xxxxxxxxxxxxx Xx 000-Xxxxx Xxxxxxxx (xxxxx xxx Xxxxxxxx ) Xxxxxxx |
12 HORAS |
Lunes x Xxxxxxx |
Arma, Chaleco y Celular con línea RPM |
ANEXO 01
PENALIDADES
INCUMPLIMIENTO |
PENALIDAD |
DE LOS AGENTES |
|
|
S/. 150.00 |
|
S/. 100.00 y retiro del agente inmediatamente |
DE LA EMPRESA |
|
|
S/. 100.00 y retiro del agente inmediatamente. |
|
S/. 100.00 al detectar la situación y se comunica al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. |
|
S/. 80.00 por hora, si se superan las dos horas, a la penalidad se sumará el monto de S/. 50.00 por cada hora adicional que transcurra sin cubrir el puesto de vigilancia. |
|
S/. 100.00 por día. |
|
S/. 100.00 por día |
|
S/. 100.00 hasta por cada hora. |
|
S/. 100.00 y retiro del agente inmediatamente |