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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA RETIRADA DE RESIDUOS ORGÁNICOS POR MEDIOS MECÁNICOS EN EL LITORAL DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE TARIFA PARA LA SOCIEDAD MUNICIPAL URBANIZADORA TARIFEÑA S.A. TEMPORADA VERANO 2023.
1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El presente contrato se regirá por las cláusulas contenidas en el presente Xxxxxx y por el Título I del Libro 3º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, (LCSP en lo sucesivo) en cuanto a su preparación y adjudicación.
En cuanto a sus efectos y extinción, serán aplicables las normas de derecho privado -con las excepciones dispuestas en el artículo 319 de la citada LCSP.
El contrato, por razón de su cuantía, no está sujeto a regulación armonizada.
El presente pliego y demás documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego.
El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los otros documentos contractuales, y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución de lo pactado, no exime a la adjudicataria de la obligación de cumplirlas
La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto.
2. CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS.
2.1 Disposiciones generales.
2.1.1 Objeto y necesidad del contrato.
El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es el señalado en el apartado B del cuadro resumen, de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente Pliego y, en su caso, las modificaciones que puedan tramitarse.
Las necesidades a satisfacer mediante el contrato son las contenidas en el cuadro resumen.
2.1.2 Valor estimado del contrato.
El valor estimado del contrato, recogido en el apartado E del cuadro – resumen, ha sido tenido en cuenta para elegir el procedimiento de licitación aplicable a este contrato y la publicidad a la que va a someterse.
Si el sistema de determinación del precio se realiza mediante unidades de ejecución, se podrá incrementar el número de unidades hasta el porcentaje del 10 por ciento del precio del contrato, sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificación, recogiéndose en la liquidación del contrato.
2.1.3 Presupuesto base de licitación.
El importe del presupuesto base de licitación del contrato es el señalado como máximo en el apartado D del Cuadro-Resumen, conforme al desglose recogido en el Anexo II. Cuando se indique en apartado D del cuadro–resumen que el sistema de determinación del precio sea por precios unitarios y las prestaciones estén subordinadas a las necesidades de la Sociedad Municipal Urbanizadora Tarifeña S.A., (URTASA en lo sucesivo). El presupuesto base de licitación tiene carácter estimativo.
Si el sistema de determinación del precio del contrato indicado en el apartado D del cuadro– resumen es el de precios unitarios, los precios máximos unitarios de licitación, IVA excluido, serán los establecidos en el Anexo IX.
2.1.4 Precio del contrato.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo. En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego.
2.1.5 Existencia de crédito.
Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto máximo fijado por URTASA.
2.1.6 Plazo de duración del contrato.
El plazo de duración será el que figure en el apartado F del cuadro-resumen. Este plazo comenzará a contar a partir de la formalización del contrato o desde la fecha fijada en el documento contractual.
El contrato podrá ser prorrogado por el órgano de contratación, siendo la prórroga obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con la antelación prevista en el apartado F del cuadro - resumen, que no podrá ser inferior a quince días respecto de la finalización del plazo de duración del contrato.
2.1.7 Plazo y lugar de entrega del suministro.
Los plazos de entrega, parciales o totales, del suministro serán los que figuran en el apartado J del cuadro – resumen. El lugar de entrega del suministro será el señalado en el apartado K del cuadro
– resumen. El plazo de mantenimiento del suministro, en su caso, será el que figure en el apartado L del cuadro – resumen.
2.1.8 Perfil de contratante.
La información relativa al presente contrato que, de acuerdo con lo dispuesto en este Pliego, vaya a ser publicada a través del perfil de contratante podrá ser consultada en la siguiente dirección electrónica: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxxx-xxxxxxxx/xxxxxx/
2.1.9 Notificaciones.
Todas las notificaciones y comunicaciones que realice URTASA se practicarán por medios electrónicos que permitan acreditar la recepción del contenido.
Los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita, en su caso, recoger las notificaciones en la misma aplicación.
En el caso de que los sistemas informáticos señalados en la normativa no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento.
En ningún caso se podrá utilizar una aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación que no garantice el secreto de las mismas
hasta el momento en que proceda su apertura, teniendo que presentarse como indica la cláusula 2.2.1
2.2 Cláusulas especiales de licitación.
2.2.1 Presentación de proposiciones.
Las proposiciones se dirigirán al órgano de contratación y se presentarán necesaria y únicamente en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación.
En ningún caso, la tramitación de urgencia del expediente implicará reducción de plazos de presentación de ofertas.
2.2.2 Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial.
Los licitadores deberán indicar qué documentos (o parte de los mismos) o datos de los incluidos en las ofertas tienen la consideración de confidenciales, sin que resulten admisibles las declaraciones genéricas de confidencialidad de todos los documentos o datos de la oferta. La condición de confidencial deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma claramente identificable) en el propio documento que tenga tal condición, señalando además los motivos que justifican tal consideración. No se considerarán confidenciales documentos que no hayan sido expresamente calificados como tales por los licitadores.
2.2.3 Subsanación de documentos.
La presentación de declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de participación será objeto de subsanación por los licitadores a requerimiento de los servicios del órgano de contratación o la mesa de contratación, cuando no se hubiera presentado, o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada.
Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación que le sean requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato.
En ambos casos se concederá al licitador un plazo de tres días, a contar desde el siguiente al de recepción del requerimiento de subsanación.
Si no se subsanase en plazo lo requerido, el órgano o, en su caso, la mesa de contratación entenderá que el licitador desiste de su oferta.
2.2.4 Contenido de las proposiciones.
Las proposiciones constarán de un sobre ťNICO, cerrado y firmado por la licitadora o persona que la represente, haciendo constar de modo visible en el exterior el órgano de contratación al que se dirige, el procedimiento al que concurre y el nombre de la licitadora. En su interior se hará constar en hoja independiente su contenido, ordenado numéricamente.
Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano y las traducciones deberán hacerse en forma oficial. Dentro del sobre único se incluirá la siguiente documentación:
1. ÍNDICE.
2. DOCUMENTO EUROPEO ťNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC). A cumplimentar conforme a las indicaciones incluidas en el Anexo III, firmado por el licitador o su representante. En el caso de licitación por lotes con diferentes requisitos de solvencia y capacidad, deberá presentarse tantas
declaraciones como lotes en los que participa, debidamente firmadas.
3. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS, EN SU CASO. Cuando dos o más empresas acudan a una licitación con el compromiso de constituirse en Unión Temporal, se deberá aportar una declaración indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal, en caso de resultar adjudicatarios. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la
Unión. En estos casos cada una de las empresas deberá presentar asimismo su DEUC.
4. DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL, EN SU CASO. Conforme al modelo que se acompaña como Anexo IV.
5. ESPECIALIDADES A PRESENTAR POR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS. Los empresarios extranjeros deberán presentar además de la documentación señalada anteriormente, la documentación específica que a continuación se detalla.
Todas las empresas no españolas deben aportar:
- Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Las empresas de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar:
- Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
- Informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 LCSP
6. PROPOSICIÓN.
También se incluirá en este sobre la oferta económica y el resto de documentos relativos a la propuesta ofertada por el licitador, de conformidad con lo indicado en los criterios de adjudicación según el Anexo X.
La oferta económica será formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo VII de este Pliego, formando parte inseparable del mismo. Las ofertas de los licitadores deberán indicar, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
Cada licitadora no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una UTE. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas.
La proposición se presentará en caracteres claros y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, lo que la entidad contratante estime fundamental para considerar la oferta.
7. REFERENCIAS TÉCNICAS:
Asimismo, el licitador deberá incluir cualesquiera otros documentos que se indiquen expresamente en el presente pliego y que permitan verificar que la oferta cumple con las
especificaciones técnicas requeridas, pero que no van a ser objeto de valoración.
2.2.5 Efectos de la presentación de proposiciones.
La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las condiciones de este pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la sociedad municipal Urbanizadora Tarifeña S.A.
2.2.6 Órgano competente para la calificación de la documentación administrativa y valoración de ofertas.
En el anexo XVII se concretará el órgano de asistencia para el contrato, que podrá ser constituido conforme a las siguientes modalidades:
1º Mesa de Contratación.
Si se acuerda la constitución xx Xxxx de Contratación ésta será integrada por los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, como órgano competente para calificar la documentación aportada por las licitadoras y para efectuar la valoración de las ofertas.
2º Unidad Técnica.
La Presidencia designará una Unidad Técnica, compuesta por el Gerente de URTASA, personal técnico de la misma y el Secretario del Consejo de Administración.
El Secretario del Consejo de Administración recibirá las ofertas y las custodiará hasta el momento señalado para su apertura pública y efectuar su valoración.
El Presidente, a propuesta de la Unidad Técnica, será el competente para admitir o excluir a las licitadoras, previa calificación de la documentación aportada.
La composición de la unidad técnica o de la mesa, estará prevista en el Anexo XVII del presente pliego, que se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o, en caso contrario, su composición se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil.
2.2.7 Apertura y examen de la documentación presentada.
Concluido el plazo de presentación de ofertas se procederá, en acto público, a la apertura de la documentación presentada por los licitadores en tiempo y forma, por la mesa de contratación o la unidad técnica, verificándose que constan los documentos, manifestaciones y declaraciones responsables indicados en el apartado 2.2.4.
Las propuestas que no cumplan las condiciones exigidas en los pliegos no serán objeto de valoración, quedando excluidas del procedimiento. Seguidamente, se dará lectura a las ofertas económicas.
De todo lo actuado conforme a los apartados anteriores, se dejará constancia en las Actas correspondientes en las que se reflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias.
El resultado de los actos de calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publicará en el perfil de contratante, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, según proceda, a los licitadores afectados.
El acto de exclusión de un licitador será notificado a éste, con indicación de los recursos que procedan contra dicha decisión.
2.2.8 Comprobación de la veracidad de las declaraciones responsables.
Los servicios del órgano de contratación o la mesa de contratación podrán, en cualquier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que las licitadoras hubieran declarado responsablemente su cumplimiento. La licitadora deberá presentar la documentación requerida en un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento
2.2.9 Criterios de adjudicación.
Los criterios de adjudicación de las propuestas cuantificable/s exclusivamente mediante la mera aplicación de fórmulas son los que figuran en el anuncio de licitación y en el Anexo X.
2.2.10 Ofertas anormalmente bajas.
En el Anexo X se establecen los parámetros objetivos en virtud de los cuales se entenderá que la proposición no puede ser cumplida por ser considerada anormalmente baja.
2.3 A djudicación.
2.3.1 Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación.
Una vez valoradas las ofertas, la unidad técnica o la mesa de contratación en su caso, remitirán al órgano de contratación la correspondiente valoración y propuesta de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas e identificando la mejor oferta.
Cuando se produzca empate entre ofertas se aplicarán los criterios de desempate previstos en el Anexo X. A tal efecto, los servicios correspondientes del órgano de contratación requerirán la documentación pertinente a las empresas afectadas.
La mesa de contratación o, en su defecto, el órgano de contratación, a la vista de la propuesta formulada por la unidad técnica, clasificará las ofertas presentadas.
2.3.2 Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta.
La mesa de contratación o, en su defecto, el órgano de contratación, a través de sus servicios dependientes, requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta, mediante comunicación electrónica, para que, en el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación, para que aporte la documentación que se relaciona, necesaria para adjudicar el contrato.
Los documentos deberán presentarse, para su calificación por el órgano de contratación o la mesa de contratación, en originales o copias compulsadas.
DOCUMENTACIÓN.
1º. Certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público.
Si la licitadora no estuviera inscrita, deberá presentar:
- Documentos que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad. Si la empresa fuese persona jurídica la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible según la legislación mercantil aplicable. Si dicho requisito no fuere exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial
Si se trata de una persona e m p r e s a r i a individual la unidad técnica o la mesa de contratación
comprobará sus datos de identidad mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (artículo 16 Ley 3/2011).
- Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, previamente bastanteado por el secretario del Ayuntamiento de Tarifa.
Los datos de identidad de la persona que ostenta la representación del licitador serán comprobados por el órgano de contratación o la mesa de contratación mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (artículo 16 Ley 3/2011).
Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no será necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
2º. Adscripción de medios.
Cuando así se exija en el apartado M del cuadro - resumen, se deberá acreditar la efectiva disposición de los medios personales y/o materiales que para la ejecución del contrato determine en su caso el Anexo VI del presente pliego, y que el licitador declaró disponer en su oferta. En este caso, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que haya aportado, y sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios equivalentes y con la correspondiente autorización de la sociedad municipal Urbanizadora Tarifeña S.A.
3º. Habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación objeto de contrato.
Si resulta legalmente exigible como condición de aptitud para contratar, deberá aportarse la documentación que acredite la correspondiente habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación que constituya el objeto del presente contrato.
Si el contrato está reservado a Centros Especiales de Empleo o Empresas de Inserción, certificado oficial que acredite su condición como tales.
4º. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: Alta, referida al ejercicio corriente, o último recibo, junto con una declaración responsable de no
haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto y, en su caso, declaración responsable de encontrarse exento.
5º. Documentación acreditativa de la subcontratación con otras empresas con las que el adjudicatario tenga previsto subcontratar, cuando así se señale en el apartado N del cuadro - resumen. Tendrá que aportar según corresponda, una declaración en la que indique la parte del contrato que va a subcontratar, señalando el importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización, firmada por ambas partes junto con el resto de documentación que se solicite por U R T A S A .
La mesa de contratación o, en su caso, los servicios correspondientes del órgano de contratación, verificarán que el propuesto como adjudicatario acredita documentalmente el cumplimiento de todos los requisitos de participación exigidos, y se solicitará a los organismos correspondientes la acreditación de no existencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social.
De no cumplimentarse adecuadamente con la presentación de toda la documentación indicada dentro del plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
2.3.3 Renuncia a la celebración del contrato y desistimiento del procedimiento por XXXXXX
La decisión de no celebrar o no adjudicar el contrato y el desistimiento del procedimiento determinará la compensación a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido en los términos señalados en el Anexo XVI.
2.3.4 Adjudicación.
La adjudicación del contrato deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante. La notificación contendrá la información necesaria que permita a los interesados interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
2.4 Formalización del Contrato.
La formalización del contrato se realizará mediante la firma por el contratista de la resolución de adjudicación. En ningún caso podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, que se producirá en el plazo máximo de cinco días desde que el adjudicatario hubiera recibido el requerimiento.
Si se tratara de una Unión Temporal de Empresas su representante deberá presentar ante el órgano de contratación la escritura pública de su constitución, CIF asignado y nombramiento de representante con poder suficiente.
La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante.
3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
3.1 Abonos a la contratista.
El pago del suministro se efectuará una vez sea entregado y recibido de conformidad, previa presentación de factura debidamente conformada, que podrá ser comprensiva de una o varias entregas, y Acta de Recepción cuando proceda.
Las facturas deberán contener los datos que aparecen en el apartado P del cuadro – resumen.
El contratista deberá presentar la factura en el registro de URTASA en el plazo de máximo de 10 días desde la realización de la prestación en el periodo de que se trate.
Por otra parte, XXXXXX deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los suministros prestados, dentro de los treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes.
3.2 Obligaciones de la contratista.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
3.2.1 Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente.
El personal que la empresa adjudicataria deba contratar para atender sus obligaciones
dependerá exclusivamente de esta, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano contratante.
El contratista estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación.
3.2.2 Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación.
La contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que se establezcan en el Anexo VII.
La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 215 LCSP.
Para la celebración de subcontratos por parte del contratista será necesario que éste comunique al órgano de contratación, en todo caso, de forma anticipada y por escrito la intención de celebrar los subcontratos, junto con la documentación que justifique la aptitud del subcontratista para ejecutar la parte de la prestación que se
pretende subcontratar, y una declaración responsable del subcontratista de no estar incurso en prohibición de contratar con URTASA
3.2.3 Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones.
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio y ejecución del suministro solicitando de la sociedad municipal Urbanizadora Tarifeña S.A los documentos que para ello sean necesarios.
3.2.4 Obligaciones de transparencia.
El contratista deberá suministrar a la entidad contratante, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones de transparencia.
Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido, URTASA podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas por importe de 1.000 euros, reiteradas por periodos de quince días hasta el cumplimiento, y hasta alcanzar la cantidad al 5% del precio de adjudicación, o del presupuesto de licitación en el caso oferta por precios unitarios.
3.3 Tributos.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como partida independiente de acuerdo con la legislación vigente.
3.4 Revisión de precios.
Si procediera la revisión se indicará así en el apartado I del cuadro-resumen, que recogerá la fórmula aplicable.
3.5 Cesión.
Los derechos y obligaciones derivados del contrato podrán ser objeto de cesión por el contratista a un tercero en los términos del artículo 214 LCSP, cuando así se hubiese establecido en el apartado R del cuadro-resumen y conforme a las condiciones adicionales que se establezcan en el Anexo VII
4. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
4.1 Valoración de los trabajos.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas aprobados por el órgano de contratación y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica de éste diere al contratista el órgano de contratación o el responsable del contrato.
La valoración de los trabajos se realizará, conforme al sistema de determinación de precios fijados en el apartado D del cuadro resumen, en los vencimientos que se hubieran establecido en los pliegos, y si este fuera de tracto sucesivo y no se hubiera dispuesto otra cosa, se realizará mensualmente.
Podrán realizarse valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos, siempre que se solicite por parte del contratista y sean autorizados por el órgano de contratación.
Si el sistema de determinación del precio se realiza mediante precios unitarios, se podrá incrementar el número de unidades a suministrar hasta el porcentaje del 10 por ciento del precio del contrato, sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificación, siempre que se haya acreditado la correspondiente financiación en el expediente originario del contrato.
4.2 Condiciones especiales de ejecución del contrato.
Las condiciones especiales de ejecución se describirán en el Anexo XI y su incumplimiento tendrá las consecuencias que en el mismo se establezcan. Asimismo, se podrán prever en el Anexo XII penalidades para el incumplimiento de las mismas.
4.3 Plazo de duración.
El plazo de duración del contrato será el que se fija en el apartado F del cuadro - resumen, o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario.
El plazo de las entregas sucesivas y el lugar de recepción de los bienes objeto del contrato, son los que se fijan en los apartados J y K del cuadro - resumen o los que resulten de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario. El plazo de entrega se computará desde que se remita al contratista el correspondiente formulario de suministro de material.
4.4 Responsable del contrato.
El órgano de contratación designará un responsable del contrato con facultades de supervisión y capacidad para dictar instrucciones sobre la ejecución del contrato.
4.5 Condiciones de instalación y prestaciones complementarias del suministro.
El adjudicatario vendrá obligado a realizar a su xxxxx todo tipo de operaciones inherentes a las instalaciones requeridas por el suministro, incluyendo los elementos auxiliares necesarios que por su escasa entidad y dificultad de definición previa no figuren expresamente en la composición de aquél, salvo que el Pliego de prescripciones técnicas
establezca otra cosa.
Si así se establece en el Pliego de prescripciones técnicas la firma adjudicataria llevará a cabo los cursos de formación u otras prestaciones complementarias que sean necesarios para la adecuada utilización de los bienes suministrados. Todo ello, sin coste alguno para el órgano de contratación.
4.6 Programa de trabajo.
Si URTASA estima conveniente exigir un Programa de Trabajos éste será presentado por el empresario para su aprobación URTASA al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes.
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba.
4.7 Evaluación de riesgos profesionales.
La contratista en todo caso deberá realizar la correspondiente evaluación de riesgos laborales y además estará obligado a poner a disposición del contrato los recursos preventivos adecuados, conforme al artículo 22.bis del Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención.
En función de las prestaciones contratadas, deberá adecuarse la coordinación de actividades empresariales que corresponda, conforme al Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
4.8 Penalidades.
4.8.1 Penalidades por demora.
La adjudicataria queda obligada al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por URTASA. Caso de sobrepasarse el plazo establecido o en el caso de incumplimiento de plazos parciales por causas imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en los artículos 193 y 195 LCSP.
Si atendiendo a las especiales características del contrato se considera necesario para su correcta ejecución el establecimiento de penalidades distintas a las citadas en el párrafo anterior, éstas se especificarán en el Anexo XII de este pliego.
4.8.2 Otras penalidades.
El cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato, el incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios, o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, o el incumplimiento de alguno de los criterios que sirvieron de base para la valoración de las ofertas, dará lugar a la imposición de penalidades cuando así se indique en el Anexo XII de este Pliego y en la forma en él previstas.
4.9 Mantenimiento.
Cuando así se establezca en el apartado L del cuadro - resumen el adjudicatario realizará el mantenimiento de los bienes objeto del suministro en las condiciones que se recogen en el Pliego de prescripciones técnicas.
En cualquier caso, si el objeto del contrato es la compra de equipos o sistemas para el tratamiento de la información, el mantenimiento incluirá las revisiones preventivas, reparaciones de averías de las máquinas o dispositivos de las mismas, reposición de piezas y sustitución del equipo averiado mediante otro de reserva y actualización o adaptación de programas.
5. RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN.
5.1. Recepción y liquidación.
El contratista deberá entregar los bienes a suministrar dentro del plazo estipulado, efectuándose por el responsable del contrato un examen de la documentación presentada o de la prestación realizada y propondrá que se lleve a cabo la recepción.
La recepción o conformidad se manifestará en un acto formal y positivo dentro del mes siguiente a la realización del objeto del contrato o en el plazo que se establezca en el Pliego de Prescripciones Técnicas en función de
las características del contrato. Asimismo, podrán efectuarse recepciones parciales sobre aquellas partes del contrato susceptibles de ser utilizadas de forma independiente.
En caso de contratos cuya ejecución sea de tracto sucesivo, la recepción se realizará a la terminación de la prestación contratada o al término del plazo contractual.
5.2 Plazo de garantía de los bienes.
El plazo de garantía será el establecido en el apartado G del cuadro - resumen o, en su caso, el ofertado por el adjudicatario.
6. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Serán causa de resolución del contrato, además de las legalmente establecidas, las previstas en el Anexo XV del presente Pliego. La resolución contractual se tramitará con arreglo al procedimiento detallado en el artículo 109 y siguientes del RGLCAP en el plazo de 8 meses contados desde la fecha de incoación del procedimiento de resolución.
Asimismo, serán causas de resolución del contrato las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de contratación en el Anexo XIII.
En el supuesto de UTE, cuando alguna de las integrantes se encuentre comprendida en el supuesto del artículo 211 a) y b) LCSP, URTASA estará facultada para exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales al resto de las empresas que constituyan la unión temporal o acordar la resolución del contrato.
El incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios personales o materiales a la ejecución del contrato recogidos en el Anexo VI podrá ser causa de resolución del contrato cuando así se determine expresamente en dicho Anexo o dará lugar, en su caso, a la imposición de las penalidades que se señalen en el Anexo XII.
7. PRERROGATIVAS DE URTASA.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público, cuando así se prevea en el en el apartado O del cuadro - resumen y Anexo XIV, o en los supuestos y con los límites legalmente previstos. Estas modificaciones deberán ser acordadas por el órgano de contratación, previa tramitación del procedimiento oportuno, formalizarse en documento administrativo, y publicarse en el perfil de contratante.
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Contratista quedará obligado a la actualización del Programa de Trabajo.
7.1 Modificaciones previstas.
Estas modificaciones serán en todo caso obligatorias para el contratista. El procedimiento para acordar estas modificaciones incluirá un trámite de audiencia al contratista por un plazo de hasta 5 días, así como el resto de trámites que resulten preceptivos.
En caso de prever modificaciones, el Anexo XIV deberá especificar las circunstancias, condiciones, alcance y los límites, indicando expresamente el porcentaje del precio de adjudicación del contrato al que como máximo puedan afectar y el procedimiento a seguir.
En caso de prever modificaciones, el Anexo XIV deberá especificar las circunstancias, condiciones, alcance y los límites, indicando expresamente el porcentaje del precio de adjudicación del contrato al que como máximo puedan afectar y el procedimiento a seguir. En caso de prever varias causas de modificación las circunstancias, condiciones, alcance, límites y porcentaje deberá quedar referido a cada una de ellas.
En los contratos en los cuales la empresa se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de entregas se defina con exactitud al tiempo de celebrar este, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la sociedad municipal URTASA, en el caso de que, dentro de la vigencia del contrato, las necesidades reales fuesen superiores a las estimadas inicialmente, deberá tramitarse la correspondiente modificación antes de que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado, reservándose a tal fin el crédito necesario para cubrir el importe máximo de las nuevas necesidades.
7.2 Modificaciones no previstas.
Sólo podrán introducirse modificaciones distintas de las previstas en el apartado anterior por razones de interés público, cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguno o varios de los supuestos tasados del artículo 205 LCSP.
Estas modificaciones serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido. Cuando, por razón de su importe, la modificación no resulte obligatoria para el contratista, dicha modificación exigirá la conformidad expresa del contratista.
8. RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LA DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA CONTRATACIÓN.
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas que describa las prestaciones, así como el resto de documentos contractuales que deba regir la contratación podrán ser recurridos mediante el recurso indicado en el apartado Q del cuadro- resumen. El recurso se interpondrá ante el órgano indicado en dicho apartado del cuadro-resumen, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante tramitándose conforme a los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO I LIMITACIONES A LOS LOTES:
LOTE 1: 41.360,00 € más IVA.
LOTE 2: 13.860,00 € más IVA.
LOTE 3: 11.515,00 € más IVA.
LOTE 4: 18.900,00 € más IVA.
ANEXO II PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
Base | IVA | Total | |
PLAYA DE LOS LANCES SUR Lote 1 Lote 2 | 41.360,00 13.860,00 | 8.685,60 2.910,60 | 50.045,60 16.770,60 |
PLAYA DE ATLANTERRA Lote 3 Lote 4 | 11.515,00 18.900,00 | 2.418,15 3.969,00 | 13.933,15 22.869,00 |
TOTAL | 85.635,00 | 17.983,35 | 103.618,35 |
El importe del contrato es 85.635,00 euros más 17.983,35 euros de IVA.
ANEXO III. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ťNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC).
1) La presentación del DEUC por el licitador sirve como prueba preliminar del CUMPLIMIENTO de los REQUISITOS PREVIOS especificados en el presente pliego para participar en este procedimiento de licitación
El DEUC consiste en una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad de las empresas para participar en un procedimiento de contratación pública, de conformidad con el artículo 59 Directiva 2014/14, (Anexo
1.5) y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que establece el formulario normalizado del mismo y las instrucciones para su cumplimentación.
El órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación de las declaraciones responsables previamente presentadas requiriendo al efecto la presentación de los correspondientes justificantes documentales, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015.
En cualquier caso, la presentación del DEUC por el licitador conlleva el compromiso de que, en caso de que la propuesta de adjudicación del contrato recaiga a su favor, se aportarán los documentos justificativos a los que sustituye de conformidad con lo previsto en la cláusula 2.3.2.
2) Formulario normalizado DEUC
El formulario normalizado del DEUC se encuentra a disposición de los licitadores en las siguientes direcciones electrónicas:
xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
Mientras no sea posible su tramitación electrónica se presentará en formato papel firmado.
3) Instrucciones
Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de licitación y subsistir hasta la perfección del contrato, pudiendo URTASA efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento.
La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello.
En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse un DEUC por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato.
Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato y los requisitos de solvencia variaran de un lote a otro, se aportará un DEUC por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia
Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado del DEUC.
Además del formulario o formularios normalizados del DEUC y del compromiso de constitución de la UTE, en su caso, en el sobre ťNICO deberá incluirse la declaración de los licitadores de su pertenencia o no a un grupo empresarial, conforme al modelo del Anexo IV
Sobre la utilización del formulario normalizado DEUC los licitadores podrán consultar los siguientes documentos:
1. Reglamento (UE) n º 2016/7
2. Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado de 6 abril de 2016,
Deberán cumplimentarse necesariamente los apartados (del Índice y Estructura del DEUC) que se encuentran marcados en este Anexo.
PARTE I: INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER
ADJUDICADOR (Identificación del contrato y la entidad contratante; estos datos deben ser facilitados o puestos por el poder adjudicador)
PARTE II: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO Sección A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
Identificación: Como n º de IVA se deberá indicar el NIF o CIF
(ciudadanos o empresas españolas), el NIE (ciudadanos extranjeros residentes en España), y el VIES o DUNS (empresas extranjeras).
Información general Forma de participación
Sección B: INFORMACIÓN SOBRE LOS RERESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO
Representación, en su caso (datos del representante)
Sección C: INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES
Recurso (Sí o No)
Sección D: INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS
Subcontratación (Sí o No y, en caso afirmativo, indicación de los subcontratistas conocidos)
PARTE III: MOTIVOS DE EXCLUSIÓN (en el servicio electrónico DEUC los campos
de los apartados A, B y C de esta parte vienen por defecto con el valor 'No' y tienen la utilidad de que el operador pueda comprobar que no se encuentra en causa de prohibición de contratar o que, en caso de encontrarse en alguna, puede justificar la excepción)
Sección A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. Motivos referidos a condenas penales establecidos en el art. 57, apartado 1, de la Directiva
Sección B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A
LA SEG. SOCIAL. Pago de impuestos o de cotizaciones a la Seguridad Social (declara cumplimiento de obligaciones)
Sección C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE
INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL. Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional
Sección D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSIÓN QUE ESTÉN PREVISTOS EN LA
LEGISLACIÓN NACIONAL. Motivos de exclusión puramente nacionales (si los hay, declaración al respecto)
PARTE IV: CRITERIOS DE SELECCIÓN
Sección A: IDONEIDAD: (información referida a la inscripción en el Registro Mercantil u oficial o disponibilidad de autorizaciones habilitantes).
Sección B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (datos a facilitar según las indicaciones xxx xxxxxx, anuncio o invitación).
Sección C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL (datos a facilitar según las indicaciones xxx xxxxxx, anuncio o invitación).
Sección D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL.
PARTE V: REDUCCIÓN DEL NťMERO DE CANDIDATOS CUALIFICADOS.
PARTE VI: DECLARACIONES FINALES (declaración responsable de veracidad y disponibilidad de documentos acreditativos de la información facilitada, y consentimiento de acceso a la misma por el poder adjudicador).
ANEXO IV MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL GRUPO EMPRESARIAL.
D/Xx con DNI nº
En nombre propio /En representación de la empresa, en calidad de XX al objeto de participar en la licitación del contrato DE SERVICIOS PARA LA RETIRADA DE RESIDUOS ORGÁNICOS POR MEDIOS MECÁNICOS EN EL LITORAL DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE TARIFA convocado por
la sociedad municipal Urbanizadora Tarifeña S.A. (URTASA) declara bajo su responsabilidad: Que la empresa (indíquese lo que proceda):
o No pertenece a ningún grupo de empresas.
o Pertenece al grupo de empresas denominado: XX, del cual se adjunta listado de empresas vinculadas de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio.
(Lugar, fecha y firma).
ANEXO V: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL.
EXENCIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA - En este procedimiento y en virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6 b) LCSP, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, deberán poseer la solvencia mínima exigida en el presente anexo, aunque estén exentos de su acreditación, para lo cual el licitador propuesto como adjudicatario deberá presentar:
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP):
- Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe del valor estimado del contrato.
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 89 LCSP):
- Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años,
en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
- Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
ANEXO VI ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO.
Los licitadores, deberán presentar, como documentación técnica una relación de medios personales y materiales para la ejecución del contrato.
Estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este suministro. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a Urbanizadora Tarifeña S.A. Su incumplimiento podrá ser causa de imposición de penalidades.
ANEXO VII SUBCONTRATACIÓN / CESIÓN.
La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos
1. Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
2. En todo caso, el contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de este, al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar. Bajo la responsabilidad del contratista, los subcontratos podrán concluirse sin necesidad de dejar transcurrir el plazo de veinte días si su celebración es necesaria para atender a una situación de emergencia o que exija la adopción de medidas urgentes y así se justifica suficientemente.
3. Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones, salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que el órgano de contratación no hubiese notificado dentro de este plazo su oposición a los mismos.
4. Los subcontratistas quedarán obligados solo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración, con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documento descriptivo, y a los términos del contrato, incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral.
5. Sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional quincuagésima primera de la LCSP, los subcontratistas no tendrán acción directa frente al órgano de contratación por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos.
ANEXO VIII MODELO DE OFERTA ECONÓMICA.
Dº/Xx _ con DNI nº
con domicilio en _ en nombre de con CIF nº y con domicilio fiscal en _
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato: CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA RETIRADA DE RESIDUOS ORGÁNICOS POR MEDIOS MECÁNICOS EN EL LITORAL DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE TARIFA PARA LA SOCIEDAD MUNICIPAL URBANIZADORA TARIFEÑA
S.A., se compromete, a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, realiza la siguiente oferta:
A. PRECIO DEL CONTRATO:
PLAYA DE LOS LANCES SUR, LOTES 1 y 2.
PLAYA DE LOS LANCES SUR 2023. lote 1 | ||||||||
Ud. | Días/sem | H/día | H/sem | Precio hora | Precio sem | Total, sem | Total | |
Pala cargadora | 1 | 4 | 5,50 | 22,00 | ||||
Máquina giratoria | 1 | 4 | 5,50 | 22,00 | ||||
Camión Bañera | 3 | 4 | 5,50 | 22,00 | ||||
PLAYA DE LOS LANCES SUR 2023 lote 2 | ||||||||
Ud. | Días/sem | H/día | H/sem | Precio hora | Precio sem | Total, sem | Total | |
Tractor | 1 | 7 | 6,00 | 42,00 | ||||
Precios unitarios sin IVA.
Las horas de trabajo incluyen las necesarias para el acondicionamiento de la zona de acopio, incluso traslado de las mismas a dicha zona, ubicada en un radio máximo de 10 km.
PLAYA DE ATLANTERRA: LOTES 3 y 4.
PLAYA DE ATLANTERRA 2023. lote 3 | ||||||||
Ud. | Días/sem | H/día | H/sem | Precio hora | Precio sem | Total, sem | Total | |
Pala cargadora | 1 | 1 | 7,00 | 7,00 | ||||
Máquina giratoria | 1 | 1 | 7,00 | 7,00 | ||||
Camión Bañera | 3 | 1 | 7,00 | 21,00 | ||||
PLAYA DE ATLANTERRA 2023. lote 4 | ||||||||
Ud. | Días/sem | H/día | H/sem | Precio hora | Precio sem | Total, sem | Total | |
Tractor | 1 | 7 | 6,00 | 42,00 | ||||
Precios unitarios sin IVA.
Las horas de trabajo incluyen las necesarias para el acondicionamiento de la zona de acopio, incluso traslado de las mismas a dicha zona, ubicada en un radio máximo de 10 km.
B. PLAZO DE RESPUESTA
Plazo de respuesta desde la petición para la prestación del servicio será de _ .
ANEXO IX PRECIOS MÁXIMOS UNITARIOS DE LICITACIÓN, IVA EXCLUIDO:
SEGťN PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.
ANEXO X CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS (SOBRE ťNICO).
La mesa de contratación clasificará las ofertas de los licitadores por orden decreciente atendiendo a los siguientes criterios de adjudicación:
Puntuación máxima a obtener 110 puntos.
Se deberá licitar por lotes completos, no pudiendo realizar una oferta parcial de éstos. Para la baremación de la oferta se van a seguir los siguientes criterios generales:
a) El precio unitario de los servicios
b) Reducción del plazo de respuesta del servicio, considerando que se planean 3 intervenciones semanales para la playa de Los Lances Sur y 1 intervención semanal para la playa de Atlanterra.
Y los siguientes criterios sociales y medio ambientales:
c) El porcentaje de personal indefinido de la plantilla que ejecutará el contrato.
d) Tratamiento de los aceites lubricantes usados, justificación del cumplimiento de lo establecido en el R.D. 679/2006, de 2 xx xxxxx, por el que se regula la gestión de aceites industriales usados.
a) Baremación del precio unitario de los servicios: Se cuantificará la oferta mediante la suma total de los importes de cada uno de los conceptos obtenidos a partir del producto de su precio unitario por sus cantidades (Total lote). Puntuación máxima: 95 puntos.
El contratista deberá ofertar precio/hora por cada máquina o unidad que corresponda. En este precio irán incluidos todos los gastos derivados del servicio (transporte, seguros, mantenimiento, recambios, etc.).
Precio ofertado = Suma (Precios unitarios x cantidades) Mejor oferta económica: 95 puntos
Resto de ofertas: Proporcional
P = 95 x (Of. / min)
P = Puntuación obtenida por cada oferta.
min = % Porcentaje de baja de la mejor oferta.
Of. = % Porcentaje de la baja ofertada por cada licitador.
En ningún caso el precio unitario ofertado de un servicio podrá ser superior al precio unitario de licitación.
b) Baremación de la reducción del plazo de respuesta: Se cuantificará la reducción del plazo de respuesta a la petición del servicio con 5 puntos si el licitador se compromete a prestar el servicio dentro del mismo día en que se formuló la petición. Máxima puntuación 5 puntos.
c) Porcentaje de personal indefinido que ejecutará el contrato, máxima puntuación 5 puntos.
Máxima puntuación al mayor %: 5 puntos. Resto de ofertas: Proporcional.
Puntuación= 5 x (% máximo / % ofertado por cada licitador).
d) Tratamiento de los aceites lubricantes usados, justificación del cumplimiento de lo establecido en el
R.D. 679/2006, de 2 xx xxxxx, por el que se regula la gestión de aceites industriales usados, máxima puntuación 5 puntos.
Por el cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 del RD 679/2006, 2,5 puntos. (El no cumplimiento implica la exclusión del procedimiento), 2,5 puntos.
Por realizar la entrega del aceite usado a un fabricante de aceites en lugar de a un gestor (artículo 6, punto 2 del R.D. 679/2006), 2,5 puntos.
En la oferta el licitador presentará listado de servicios de maquinaria con su descripción en el orden mostrado en el listado correspondiente al lote de maquinaria ofertado según el anexo I, indicando precio unitario sin IVA para cada concepto.
ANEXO XI CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 202 LCSP
La adjudicataria aplicará cuantas medidas preventivas sean necesarias para evitar la generación de impactos medioambientales negativos durante la realización de los trabajos y, en caso de que éstos se produjesen, adoptará las medidas correctoras necesarias para subsanarlos, corriendo por su cuenta cuantos gastos se deriven de la adopción de las mismas.
Asimismo, el adjudicatario se obliga al cumplimiento de cuanta regulación de contenido medioambiental sea aplicable a los equipos objeto del contrato. Será de su responsabilidad la adecuada gestión y tratamiento, de acuerdo con la normativa en vigor, de toda clase de residuos, envases y restos de embalajes cuyo origen sea consecuencia de cualquier actividad relacionada con el contrato.
La adjudicataria deberá cumplir, cuando resulte procedente, las siguientes cláusulas sociales de género:
a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
b) Las empresas con plantilla superior a 250 personas, deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley 3/2007 de 22 xx xxxxx, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
c) En todo caso y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete, siempre que sea posible, a contratar a mujeres y en función del número de contrataciones éstas se realizarán en un porcentaje superior, al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la Encuesta de Población activa del I.N.E.
d) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para
prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.
El incumplimiento de las mismas tendrá la consideración de infracción grave a los efectos de imposición de penalidades.
XXXXX XXX REGIMEN POTESTATIVO DE PENALIDADES.
Penalidades por incumplimiento de plazos:
- 500 euros retraso en el plazo de respuesta por encima de lo estipulado en el presente pliego superior a 3 días e inferior a 5 días.
- 800 euros por retraso en el plazo de respuesta superior a 5 días e inferior a 10 días.
ANEXO XIII OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO.
Se consideran obligaciones esenciales del contrato:
- Compromiso de adscripción de medios (artículo 76.2 LCSP)
- Condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202 LCSP)
- Criterios de adjudicación de las ofertas (artículo 122.3 LCSP)
- Cumplimiento del régimen de pagos a los subcontratistas o suministradores establecido (artículo 217.1 LCSP).
ANEXO XIV MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS.
No previstas.
Fuera de estos supuestos: una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público en los términos de lo dispuesto en el artículo 205 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
ANEXO XV CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL.
- Retraso en la prestación del servicio por plazo superior a 10 días.
XXXXX XXX RENUNCIA /DESESTIMIENTO A LA CELEBRACION DEL CONTRATO.
En caso de renuncia o desistimiento, se compensará a cada uno de los licitadores por los gastos en que hubiese incurrido, siempre que éstos sean reclamados y justificados. No obstante, esta indemnización no superará en ningún caso el límite de 1.000,00 € en total, para todos los licitadores su conjunto.
ANEXO XVII: COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN/UNIDAD TÉCNICA.
Para la presente licitación, por su cuantía, no se procederá a la constitución xx Xxxx de Contratación, calificándose la documentación y formulándose la correspondiente propuesta de adjudicación por la Unidad Técnica, compuesta por la Gerencia, personal técnico de la sociedad y el secretario del Consejo de Administración.
CUADRO RESUMEN.
A. PODER ADJUDICADOR.
Administración contratante: | Sociedad municipal Urbanizadora Tarifeña X.X. XXXXXX |
Xxxxxx de contratación: | Consejo de Administración de la Sociedad |
Servicio gestor: | Gerencia de la Sociedad y Secretaría del Consejo de Administración |
Dirección del órgano de contratación | Plaza de Santa Xxxxx s/n. |
Teléfono: | 000 000 000 xxx.000 |
Fax: | 000 000 000 |
Correo electrónico: |
B. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO.
Objeto: | PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA RETIRADA DE RESIDUOS ORGÁNICOS POR MEDIOS MECÁNICOS EN EL LITORAL DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE TARIFA. SOCIEDAD MUNICIPAL URBANIZADORA TARIFEÑA S.A. TEMPORADA 2021. |
Necesidades a satisfacer: | Retirada de residuos orgánicos del litoral del término municipal. |
CPV: | 43250000-0 43251000-7 |
43252000-4 | |
43260000-3 | |
43261000-0 | |
43261100-1 | |
43262000-7 | |
43210000-8 | |
43200000-5 | |
45500000-2 | |
45510000-5 | |
60181000-0 | |
16700000-2 | |
42995200-9 |
Contrato reservado: | |
SI | |
NO |
D. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
Importe de licitación: (IVA excluido): | 85.635,00 euros contabilizados por horas de administración. |
Tipo IVA aplicable: | 21%. |
Importe IVA: | 17.983,35 euros. |
Presupuesto base de licitación (IVA incluido): | 103.618,35 euros. |
PRESUPUESTO TOTAL (IVA incluido). | 103.618,35 euros. |
E. VALOR ESTIMADO.
Procedimiento abierto simplificado. | |
Importe de licitación: (IVA excluido): | 142.590,00 euros contabilizados por horas de administración. |
Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido): | 0 |
Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido): | 0 |
Importe de las opciones eventuales prórroga/s (IVA excluido): | 0 |
Valor estimado (IVA no incluido): | 142.590,00 euros. |
Duración del contrato: | 3 meses |
Prórroga: | SI |
Duración de la prórroga: | 2 meses |
Plazo de preaviso: | 15 días |
G. PLAZO DE GARANTÍA.
No procede
Plazo de garantía:
H. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Se facturará por horas reales de maquinaria hasta el precio total de contrato o hasta que URTASA deje de precisar los servicios, en cuyo caso el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización alguna por ello, aunque no se haya llegado a facturar el precio total del contrato.
I. REVISIÓN DE PRECIOS. (IDÉNTICO PARA LOS DOS LOTES).
Revisión de precios: | No aplica |
Fórmula: | No |
J. PLAZO DE INICIO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Plazo de entrega: NO SUPERIOR A 5 DÍAS DESDE LA FORMALIZACIÓN DEL
CONTRATO.
K. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
LOTES 1 y 2: Playa de los Lances Sur, Tarifa.
LOTES 3 y 4: Playa de Atlanterra, término municipal de Tarifa.
L. MANTENIMIENTO.
Mantenimiento/Garantía: Según cláusula -- Pliego de Prescripciones Técnicas.
M. ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS.
Adscripción obligatoria de medios. Véase anexo VI.
N. SUBCONTRATACIÓN.
Subcontrata ción
Permitida en los términos de la LCSP, con los límites del anexo VII.
O. MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS.
Modificaciones contractuales No previstas.
P. DATOS DE FACTURACIÓN.
URBANIZADORA TARIFEÑA X.X.X.
Xxxxx Xxxx Xxxxx, local 4ª. CIF: X-00000000
Q. RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LOS PLIEGOS.
En los términos recogidos en los arts. 44.6 y 321.5 de la LCSP, recurso presentado en el registro de la Sociedad.
R. CESIÓN DE CONTRATO.
Cesión del contrato: No.
S. ÍNDICE DE ANEXOS.
ANEXO I | LIMITACIONES EN LOTES |
ANEXO II | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN |
XXXXX XXX | INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ťNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) |
ANEXO IV | DECLARACIÓN RELATIVA AL GRUPO EMPRESARIAL |
ANEXO V | SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL |
ANEXO VI | ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO |
ANEXO VII | SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN |
ANEXO VIII | MODELO OFERTA ECONÓMICA |
ANEXO IX | PRECIOS UNITARIOS |
ANEXO X | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS |
ANEXO XI | CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN |
ANEXO XII | PENALIDADES |
ANEXO XIII | OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO |
ANEXO XIV | MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS |
ANEXO XV | CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL |
XXXXX XXX | RENUNCIA / DESESTIMIENTO A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO |
ANEXO XVII | COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Y/O UNIDAD TÉCNICA. |
ANEXO XVIII | PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. |
En Tarifa a la fecha y hora de la firma electrónica.
XXXXXX XXXXXX XXXXXX - 31848466K
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXX XXXXXX - 31848466K Fecha: 2023.05.12
12:08:43 +02'00'
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Gerente