EX-2021-1823089- -UBA-DME#REC
EX-2021-1823089- -UBA-DME#REC
Referencia:
EX-2021-1823089- -UBA-DME#REC Convenio de Intercambio Estudiantil y Convenio de Cooperación para Intercambio Académico con la Universidad de Pekín (Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx)
Buenos Aires, VISTO
Las presentes actuaciones vinculadas con el Convenio de Intercambio Estudiantil y el Convenio de Cooperación para Intercambio Académico con la Universidad de Pekín (Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx) y lo dispuesto por la reglamentación vigente, y en particular por las Resoluciones (CS) Nros. 338/82, 1048/87 y 1655/87 y
CONSIDERANDO
Que se eleva para su aprobación el Convenio de Intercambio Estudiantil y el Convenio de Cooperación para Intercambio Académico con la Universidad de Pekín (Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx); cuyo convenio marco de Cooperación fue ratificado oportunamente por Resolución (CS) N° 3573/2015.
Que el Convenio de Intercambio Estudiantil tiene como objeto llevar a cabo un intercambio recíproco de estudiantes entre ambas universidades.
Que el Convenio de Cooperación para Intercambio Académico tiene como objeto desarrollar el intercambio académico entre ambas universidades.
Que las Secretarías de Relaciones Internacionales, de Asuntos Académicos y de Posgrado y las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Presupuesto y Finanzas han elaborado los informes técnicos de su competencia, los que obran agregados a las presentes actuaciones.
Lo informado por la Dirección de Presupuesto en el IF-2021-03211374-UBA- DP#REC.
Esta Comisión de Convenios aconseja dictar la siguiente Resolución. Por ello, y en uso de sus atribuciones,
XX XXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el texto del Convenio de Intercambio Estudiantil con la Universidad de Pekín (Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx) que como Anexo (ACS-2021- -E- UBA-SG#REC) forma parte de la presente Resolución.
EX-2021-1823089- -UBA-DME#REC
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el texto del Convenio de Cooperación para Intercambio Académico con la Universidad de Pekín (Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx) que como Anexo (ACS-2021- -E-UBA-SG#REC) forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Autorizar al señor Rector a suscribir el Convenio de Intercambio Estudiantil y el Convenio de Cooperación para Intercambio Académico cuyo texto fue aprobado por el artículo 1º y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese a las Secretarías de Relaciones Internacionales, de Asuntos Académicos y de Posgrado, a la Dirección General de Presupuesto y Finanzas. Pase a la Secretaría de Relaciones Internacionales para que notifique a la Universidad de Pekín (Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx) y remita los originales debidamente firmados a la Dirección de Gestión de Consejo Superior y Asamblea Universitaria y previo desglose y resguardo de los originales, archívese.
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXX XX
XXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX, XXXXXXXXX Y LA
UNIVERSIDAD DE PEKÍN, CHINA
En reconocimiento del beneficio mutuo de la interacción cultural y académica entre ambas instituciones, la Universidad de Buenos Aires sito en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (en adelante “UBA”) y la Universidad de Pekín sito en la ciudad de Beijing, China (en adelante “PKU”) acuerdan lo siguiente:
OBJETO
El presente Xxxxxxxx es parte integrante del Convenio General de Cooperación Académica entre la Universidad de Buenos Aires y la Universidad de Pekín. Este Convenio tiene como finalidad establecer las cláusulas de un intercambio recíproco de estudiantes entre la UBA y la PKU. Los estudiantes, tras completar el 40% de sus estudios de grado o el 30% de sus estudios de posgrado, pueden matricularse por un año o semestre en PKU para realizar cursos como parte de su titulación en la UBA. Asimismo, los estudiantes de la PKU pueden inscribirse después de su primer año para un año o semestre de estudio en la UBA para tomar cursos como parte de su título en la PKU.
ADMINISTRACIÓN DEL INTERCAMBIO
La Secretaría de Relaciones Internacionales de la UBA coordinará los trámites de admisión y proporcionará a los estudiantes la información adicional necesaria (p. ej. seguro de salud, visas, vivienda, orientación) para asistir a la UBA. La Oficina de Relaciones Internacionales de la PKU coordinará los trámites de admisión y proporcionará a los estudiantes la información adicional necesaria (p. ej. seguro de salud, visas, vivienda, orientación) para asistir a la PKU.
En la UBA, el asesoramiento académico de los estudiantes de intercambio visitantes de la PKU será coordinado por la Secretaría de Relaciones Internacionales junto con los asesores de las Facultades correspondientes. En la PKU, la asesoría académica de los estudiantes de intercambio visitantes de la UBA será coordinada por la Oficina de Relaciones Internacionales, junto con el consejero académico departamental correspondiente.
CANTIDAD DE ESTUDIANTES
Tanto la UBA como la PKU podrán enviar y aceptar, por cada una, hasta DOS (2) estudiantes de grado y DOS (2) estudiantes de posgrado/doctorado por UN (1) año completo o el número equivalente de semestres cada año. Con el consentimiento de la universidad anfitriona, se puede permitir a la universidad de origen enviar estudiantes adicionales en cualquier año, siempre que el número total de estudiantes intercambiados durante los cinco (5) años del Convenio permanezca en paridad. Las Partes harán todos los esfuerzos razonables para garantizar que los intercambios sean totalmente recíprocos.
ESTUDIANTES DE LA UBA EN LA PKU
La Secretaría de Relaciones Internacionales, siguiendo sus procedimientos internos, revisará los expedientes de los estudiantes que deseen asistir a la PKU y los remitirá al personal responsable en la División de Estudiantes Internacionales de la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidad de Pekín, los expedientes serán respaldados por la Secretaría Relaciones Internacionales - Área Movilidades. Cada expediente estará conformado por el formulario de solicitud, el certificado analítico o diploma, una carta de recomendación y la declaración personal del estudiante que describa las razones para postularse a la PKU y una carta de nominación oficial del Secretario de Relaciones Internacionales.
Los estudiantes de la UBA pueden inscribirse en la Facultad de Chino como Segundo Lengua para mejorar su dominio del idioma chino o sólo tomar cursos impartidos en chino o en inglés.
La Secretaría de Relaciones Internacionales - Área Movilidades - enviará los expedientes a Xxx XXXXXX en la Oficina de Relaciones Internacionales de la PKU: antes del 30 xx xxxxx para el semestre del otoño y el 30 de noviembre para el semestre de la primavera.
ESTUDIANTES DE LA PKU EN LA UBA
La PKU revisará los expedientes de los estudiantes que deseen asistir a la UBA y Xxxx XXXX de la Oficina de Relaciones Internacionales remitirá a la Secretaría de Relaciones Internacionales - Área Movilidades – aquellos que fueron recomendados para su ingreso como estudiantes de intercambio visitantes, a más tardar el 15 de octubre para el primer semestre (xx Xxxxx a julio) y el 15 xx xxxx para el segundo semestre (xx xxxxxx a diciembre). Cada expediente estará compuesto por el formulario de solicitud, el certificado analítico, una carta de recomendación, la declaración personal del estudiante que describa las razones para postularse a la UBA y el currículum vitae.
Los estudiantes de la PKU se inscribirán en TRES (3) o CUATRO (4) cursos por período, lo que constituye una inscripción a tiempo completo. Los estudiantes podrán elegir cursos en cualquier departamento de la Facultad siempre que se hayan completado los requisitos previos solicitados.
Los estudiantes de grado de la PKU que participen en el intercambio deben tener, como mínimo, el equivalente al nivel B2 de español, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. En cuanto a los estudiantes de posgrado/doctorado, deben cumplir con el requisito de idioma establecido en cada Programa de posgrado de la UBA.
DECISIÓN DE LAS ADMISIONES
La universidad anfitriona tendrá la discreción exclusiva para tomar sus decisiones de admisión. La universidad de destino hará todo lo posible para tomar decisiones dentro de las DOS (2) semanas posteriores a la recepción de los expedientes. Los estudiantes serán notificados directamente por carta de la Universidad anfitriona de la decisión de admisión y se enviará una copia de la carta de decisión a cada oficina coordinadora de
la universidad de origen. En la UBA, el contacto relevante para los estudiantes entrantes de PKU es la Secretaría de Relaciones Internacionales – Área Movilidades -; en la PKU, el contacto de los estudiantes salientes de la PKU es Xxxx XXXX (xxxx.xxxx@xxx.xxx.xx) y de los estudiantes entrantes de la UBA es Xxx XXXXXX (xxxxxxxx@xxx.xxx.xx) en la Oficina de Relaciones Internacionales.
CRÉDITO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITO
Los estudiantes de la UBA en la PKU se inscribirán a cursos con carga horaria de tiempo completo. Para tomar los cursos, los estudiantes de intercambio de la UBA deben manejar una carga de no menos de SEIS (6) créditos y no más de VEINTE (20) créditos por semestre (excepto los cursos en la Facultad de Chino como Segunda Lengua). Tras finalizar el semestre, PKU enviará los certificados al Área Movilidades de la Secretaría de Relaciones Internacionales. Estos documentos llegarán a más tardar a mediados xx xxxxx para el semestre de otoño y a fines de septiembre para el semestre xx xxxxxxxxx. Los certificados de los estudiantes que pasan el año académico en PKU se enviarán a fines de septiembre. Los estudiantes de intercambio de la UBA deben completar todos los procedimientos de salida de la universidad antes de que se publiquen los certificados de la División de Estudiantes Internacionales de la PKU.
Los estudiantes de PKU en la UBA se inscribirán en DOS (2) o TRES (3) cursos durante el semestre y recibirán un certificado, que enumera los cursos tomados y las calificaciones obtenidas al final del semestre. La UBA hará todo lo posible por enviar los certificados analíticos dentro de las TRES (3) semanas posteriores al final del semestre. Los estudiantes de intercambio de PKU deben completar todos los procedimientos de salida de la universidad antes de que se publiquen las transcripciones de la División de Estudiantes Internacionales de la UBA.
Si un estudiante tiene obligaciones financieras pendientes en la institución anfitriona, se pueden retener los certificados hasta que se hayan cancelado todas las deudas.
DISPOSICIONES FINANCIERAS
Cada estudiante continuará pagando la matrícula y cuotas regulares a su universidad de origen. No obstante, si los estudiantes de la UBA que asisten a la PKU y soliciten una extensión de intercambio después de que expire el período de intercambio, deben pagar la tarifa de extensión (300 CNY). Todos los gastos personales y de manutención, incluidos: alojamiento y comida, tarifas de estudiantes, libros de texto, suministros, seguro, viajes internacionales de ida y vuelta y viajes dentro del país anfitrión, serán responsabilidad personal de los estudiantes de intercambio.
Los estudiantes deben adquirir un seguro médico que la institución anfitriona solicita o deben demostrar, a satisfacción de dicha institución, que el seguro médico que llevan, o en su nombre, es suficiente para todos los propósitos de la institución de acogida. El costo de cualquier seguro médico solicitado en virtud del presente, así como los gastos médicos no cubiertos por dicho seguro, serán responsabilidad personal de los estudiantes de intercambio.
Los estudiantes de intercambio de la UBA deben adquirir el Plan de Seguro Integral para Estudiantes Extranjeros proporcionado por la compañía de seguros Ping An el día
de la inscripción en la PKU, que ha sido reconocido y recomendado por el Ministerio de Educación de China.
Los estudiantes de intercambio con la PKU están obligados a contratar un seguro de enfermedad y accidentes internacional que cubra todo el período de la estancia en el país de destino, que incluya un seguro de repatriación al país de origen en caso de enfermedad grave o fallecimiento. La institución anfitriona puede exigir otros certificados de salud / sanitarios en circunstancias especiales.
INTEGRACIÓN ESTUDIANTIL
La institución anfitriona hará todos los esfuerzos razonables para integrar a los estudiantes de intercambio visitantes en la vida estudiantil colocándolos en clases con estudiantes que aspiran a un título. La institución anfitriona también ofrecerá información relacionada con la vivienda local, pero no puede garantizar la vivienda ni facilitar las colocaciones.
CONDUCTA DEL ESTUDIANTE
Durante el período de participación en el Programa, todos los estudiantes deberán cumplir con todas las políticas y regulaciones vigentes en la institución anfitriona. La institución anfitriona tendrá derecho a rescindir la participación de cualquier estudiante en el Programa de Intercambio y en cualquier otro Programa, servicio o beneficio en cualquier momento si el trabajo académico o el comportamiento de dichos estudiantes no es adecuado a juicio de la institución anfitriona. Siempre que sea posible, la finalización de la participación en el Programa de Intercambio no se efectuará sin la consulta previa de la institución anfitriona con la institución de origen. Se espera que tanto los estudiantes de la UBA en la PKU como los estudiantes de la PKU en la UBA cumplan con las reglas y regulaciones establecidas en ambas instituciones.
DURACIÓN Y RESCISIÓN
El presente Xxxxxxxx entrará en vigencia a partir de la fecha de su firma por parte del Rector de la Universidad de Buenos Aires y del Vice-Presidente de la Universidad de Pekín y permanecerá vigente por un período inicial de CINCO (5) años. Además, constituye el Convenio completo entre las Partes y reemplaza todos los acuerdos o protocolos orales o escritos previamente realizados entre las partes con respecto al tema del presente.
Las modificaciones al presente Convenio, una vez aprobadas por ambas instituciones, pasarán a formar parte de este Convenio. Cualquiera de las Partes puede rescindir este Convenio por cualquier motivo mediante notificación por escrito a la otra Parte. Dicho aviso debe recibirse a más tardar el 1° de enero para que entre en vigencia en el siguiente año académico. Sin embargo, si la Parte que desea rescindir el Convenio ("parte que rescinde el Convenio") ha alojado a menos estudiantes que la otra Parte, la otra Parte debe aceptar dicha rescisión. Cualquiera de las Partes puede rescindir este Convenio mediante notificación, por escrito en cualquier momento si la otra Parte incumple sustancialmente cualquiera de sus obligaciones en virtud del presente y no subsana dicho incumplimiento, dentro de los TREINTA (30) días posteriores a la recepción de una notificación inicial por escrito de la parte afectada, describiendo con razonable detalle la naturaleza de la supuesta infracción.
FUERZA MAYOR
Una Parte no es responsable del incumplimiento del presente Convenio si el incumplimiento es causado por eventos o condiciones más allá del control razonable de esa Parte, incluidos: casos de fuerza mayor, actos de autoridades gubernamentales, huelgas o acciones laborales, incendios. inundaciones, cortes de energía, guerras, disturbios, brotes de enfermedades, epidemias, pandemias o cualquier otra causa de tal naturaleza (“caso de Fuerza Mayor”) y la Parte afectada notifica con prontitud y hace todos los esfuerzos razonables para cumplir. La Parte afectada por el caso de Fuerza Mayor deberá, a solicitud de la otra Parte, tomar todas las medidas razonables para acortar y evitar las consecuencias del caso de Fuerza Mayor y proporcionar la asistencia razonable que la otra Parte pueda solicitar para remediar las consecuencias de la Fuerza Mayor. Si, a pesar del esfuerzo razonable de la Parte afectada, prevalece el caso de Fuerza Mayor, las Partes quedarán eximidas de cumplir con sus obligaciones respectivas en relación con la Parte del presente Convenio que haya sido afectada por un caso de Fuerza Mayor.
DISPOSICIONES VARIAS
Ninguna de las Partes emitirá ningún comunicado de prensa ni hará ningún otro anuncio público sobre el presente Convenio o la relación creada por el presente sin la aprobación previa por escrito de la otra Parte. Ninguna de las Partes utilizará el nombre, los logotipos o las marcas comerciales de la otra Parte sin el permiso previo por escrito de dicha parte.
La UBA y la PKU actuarán por cuenta propia en todas las relaciones con un tercero, y ninguna institución será responsable de los compromisos de la otra institución.
La UBA y la PKU permanecerán independientes entre sí y nada de lo que aquí se incluye se interpretará, por implicación o de otro modo, para formar una sociedad, agencia, empresa conjunta u otra asociación comercial formal. El presente Xxxxxxxx no implica más vínculos entre las Partes distintos de los derechos y obligaciones incluidos en el mismo, manteniendo a cada Parte su individualidad y autonomía.
La existencia del presente Convenio no limita en modo alguno el derecho de las Partes a celebrar acuerdos similares con otras instituciones.
En las actividades a desarrollar en el marco de este Convenio y/o sus convenios específicos, cuando sea pertinente, se utilizará el logo y/o isotipo de ambas instituciones, de acuerdo con su legislación.
La UBA y la PKU se adhieren a la política de igualdad de oportunidades y no discriminan por motivos ilegales, incluidos, entre otros, raza, casta, sexo, edad, etnia, religión u origen nacional.
Las previsiones sobre los derechos intelectuales deberán establecerse oportunamente en los Convenios Específicos correspondientes.
Ambas Partes acordarán los límites de confidencialidad en los Convenios Específicos que pudieran generarse en el marco de este Convenio. Asimismo, en el supuesto que por el vínculo establecido se intercambie información calificada las Partes se
comprometen a no difundir y a guardar reserva de los aspectos metodológicos y científicos que la Partes señales como confidenciales, durante la vigencia del presente Convenio.
Durante la implementación del Convenio, las Partes se esforzarán por resolver cualquier controversia mediante consultas amistosas.
De no ser factible dar solución de común acuerdo a las cuestiones que pudieran suscitarse, las mismas serán sometidas a la decisión inapelable de una comisión ad hoc que estará compuesta por un miembro designado por cada una de las Partes contratantes y otro escogido de común acuerdo.
El texto del presente Xxxxxxxx ha sido redactado en español, inglés y chino. Todos los textos tendrán la misma eficacia. Si hubiera alguna inconsistencia, prevalecerá el texto en inglés.
University of Buenos Aires Peking University
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xx
Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx Peking University
Date: Date:
Convenio de cooperación para intercambio académico
Universidad de Buenos Aires y Universidad de Pekín
Para desarrollar el intercambio académico entre las dos universidades, ambas instituciones acuerdan enviar a su personal a la otra parte con fines de investigación y estudio en el marco del convenio, y de acuerdo con la normativa correspondiente de cada universidad. El Secretario de Relaciones Internacionales (SRRII) de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y la Oficina de Relaciones Internacionales (ORI) de la Universidad de Pekín (PKU), serán designados respectivamente como representantes autorizados de cada universidad, y serán responsables de la contacto e implementación del programa de intercambio incluido en el convenio.
I. Definición para el personal de intercambio:
Los académicos de intercambio incluyen a profesores de cada universidad.
Las dos universidades intercambiarán un académico por un período de dos semanas al año. Con del consentimiento de ambas partes mediante negociación, el tiempo de intercambio puede extenderse.
II. Apoyo financiero
1- Para los profesores de intercambio de UBA a PKU, PKU les proporcionará alojamiento gratuito y estipendio mensual:
Profesor: 2000RMB / mes
Profesor asociado: 1500RMB / mes
Otros profesores de intercambio: 1500RMB / mes
2- Para los profesores de intercambio de PKU a UBA, la UBA les proporcionará viáticos per diem (de acuerdo con el monto establecido anualmente por la UBA para gastos de manutención en la Ciudad de Buenos Aires) y alojamiento gratuito.
3-Para los profesores de intercambio de la UBA a la PKU,
a) Si desean dar por terminado el programa de intercambio antes de que finalice el período de intercambio, deben notificar a la OIR y completar los trámites necesarios en la OIR;
b) Al completar su período de intercambio, deben completar los procedimientos necesarios en OIR;
c) Si desean extender su período de intercambio en PKU, primero deben proporcionar
una carta de confirmación de SRRII, Universidad de Buenos Aires a OIR, PKU. Después del acuerdo de PKU, pueden extender el período de intercambio.
Para los profesores de intercambio de PKU a UBA,
a) Si desean terminar el programa de intercambio antes de la finalización del período de intercambio, deben notificarlo a SRRII, UBA y OIR, PKU, así como completar los trámites necesarios en SRRII, UBA;
b) Al finalizar su período de intercambio, deberán completar los trámites necesarios en SRRII, UBA;
c) Si desean extender su período de intercambio en la UBA, deben solicitarlo en la OIR, PKU. OIR proporcionará la carta de confirmación a la UBA. Después del acuerdo de la UBA, pueden extender el período de intercambio.
4) El anfitrión no se hará cargo de los gastos de viaje ni del seguro de los profesores de intercambio.
5) Si algún p de intercambio no puede llegar a la institución de acogida según lo programado debido a la falta de obtención de la visa, su elegibilidad puede trasladarse al proximo año académico. (eligibility may be carried over to the academic year).
III. Este convenio se suscribe en el marco del Convenio General de Cooperación Académica entre la Universidad de Buenos Aires y la Universidad de Pekín.
IV. El texto de este acuerdo ha sido redactado en chino y español. Todos los textos tendrán la misma eficacia..
V. Este acuerdo permanecerá en vigor por un período de cinco años a partir de la fecha de la última firma. Puede ser revisado, prorrogado o rescindido por mutuo consentimiento por escrito de las dos partes.
VI. Si alguna de las partes desea rescindir el acuerdo, debe informar a la otra parte por escrito con al menos seis meses de anticipación. La rescisión del acuerdo no afectará a los participantes de los programas de intercambio que ya están en curso.
Universitdad de Buenos Aires Univesridad de Pekin University
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xx
Rector Vice Presidente
Fecha: Fecha:
4/8/2021 Resultado compartido del sondeo
Resultados del sondeo individuales
Reunión:
Tema: Sala personal de Comisiones Consejo Superior
Organizador: Comisiones Consejo Superior
Número de asistentes:26
Sondeo:
Tipo: Resultados individuales
Fecha: miércoles, 4 xx xxxxxx de 2021
Hora de inicio: 12:35
Duración real: 0 minutos 37 segundos
Límite de tiempo: 3 minutos 0 segundos
P1.COMISIÓN DE CONVENIOS
Respuestas | Resultados | % | |
A | Afirmativo | 11/26 | 42 |
B | Negativo | 0/26 | 0 |
C | Abstención | 0/26 | 0 |
Sin respuesta | 15/26 | 58 |
Asistentes A B C xxxxx xxxxxxxxx
Xxxxxxx Xxxxxxxxx
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx X. Xxxxx Xxxxxxxxxx
Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Santiago xx Xxxx
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx xxxxxxx
Xxxxxx Xxxx Xxxxx
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
Cati
Xxxxxxx X Xxxxx
Respuesta correcta
file:///C:/Users/PC/OneDrive/Documentos/20210804-Sala personal de Comisiones Consejo Superior.201713604320334(201713604320334239)/… 1/1
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Convenio de Intercambio Estudiantil y Convenio de Cooperación para Intercambio Académico con la Universidad de Pekín (Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx)
Buenos Aires, 4 xx xxxxxx de 2021
Se deja constancia que la Decana Xxxxxxxx Xxxxxx a viva voz emitió voto AFIRMATIVO en el Despacho de la Comisión de Convenios EX-2021-1823089- -UBA-DME#REC de acuerdo a lo establecido en el art. 2.8 y 10 del Anexo de la Resolución REREC-2020-555-E-UBA-REC sobre Protocolo de Funcionamiento Remoto del Consejo Superior.
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx
Dirección de Gestión del Consejo Superior Y Asamblea Universitaria