AÑO XXIX Núm. 130 8 de julio de 2010 32451
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V.- ANUNCIOS
CONTRATACIÓN Y LICITACIONES PÚBLICAS
Agencia Estatal de Administración Tributaria. Delegación Especial de Castilla-La Mancha
Anuncio de 15/06/2010, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Delegación Especial de Castilla-La Mancha, sobre subasta nº S2010R4586001004. [2010/11286]
El Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de la AEAT de Castílla-La Mancha
Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación aprobado por RD 939/2005, de 29 de julio, se dictó acuerdo de fecha 15-06-2010 decretando enajenación mediante subasta de los bienes que se detallan en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio como anexo I. La subasta se ce- lebrará el día 27 de julio de 2010, a la 10:00 horas en la Sala de Juntas de la Delegación Especial de la AEAT de Castilla La Xxxxxx xxxxx Xxxxxxx X xx xxxxx xx 0 0x xxxxxx xx Xxxxxx.
En cumplimiento del citado artículo, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen participar en la subasta lo siguiente:
Primero: Los bienes a subastar están afectos por las cargas y gravámenes que figuran en su descripción, y que constan
en el expediente, las cuales quedarán subsistentes sin que pueda aplicarse a su extinción el precio del remate.
Segundo: La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, se realiza el pago del importe de la deuda no ingresada, los intereses que se hayan devengado o se devenguen hasta la fecha del ingreso en el Tesoro, los recargos del periodo ejecutivo y las costas del procedimiento de apremio.
Tercero: Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta, sin perjuicio de que puedan participar personalmente en la licitación con posturas su- periores a las del sobre. Dichas ofertas, que tendrán carácter de máximas, serán presentadas en el registro general de la oficina donde se celebre la subasta, haciéndose constar en el exterior de la misma. En el sobre se incluirá además de la oferta y el depósito constituido conforme al punto Cuarto, los datos correspondientes al nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio del licitador.
Los licitadores podrán participar en la subasta por vía telemática presentando ofertas y/o realizando pujas automáticas, a través de la página Web de la Agencia Tributaria xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, de acuerdo con lo establecido en la Reso- lución 5/2002, de 17 xx xxxx (BOE 24/05/02), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributa- ria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación.
Cuarto: Todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de subasta con anterioridad a su celebración un depósito del 20 por ciento del tipo de subasta en primera licitación, excepto para aquellos lotes en los que se hubiese acordado un porcentaje menor, que en ningún caso será inferior al 10 por ciento. El importe del depósito para cada uno de los lotes está determinado en la relación de bienes a subastar incluida en este anuncio.
El depósito deberá constituirse mediante cheque que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 35.1 del Regla- mento General de Recaudación o por vía telemática, a través de una entidad colaboradora adherida a este sistema que asignará un número de referencia completo (NRC) que permita su identificación, de acuerdo con lo establecido en la resolución 5/2002, de 17 xx xxxx (BOE 24/05/02), del Director General de la Agencia Estatal de Administración Tribu- taria.
Si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, este depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin per- juicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que origine esta falta de pago.
Quinto: En caso de que no resulten adjudicados los bienes en primera licitación, la Mesa de Subasta podrá acordar la celebración de una segunda licitación, si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el 75% del tipo de subasta en 1ª licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación.
Sexto: El adjudicatario deberá ingresar en la fecha de adjudicación, o dentro de los 15 días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.
El ingreso podrá realizarse en Bancos, Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito, en las que no es preciso tener cuenta abierta. También puede realizarse el pago mediante adeudo en su cuenta corriente, a través de Internet en la dirección xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, en la opción: Sede Electrónica – Procedimientos, servicios y trámites – Trá- mites Destacados. Pagar Impuestos. Para realizar el pago a través de Internet es necesario disponer de un sistema de firma electrónica de los admitidos por la Agencia Tributaria. Asimismo, si lo solicita a la Mesa de Subasta en el acto de adjudicación, el adjudicatario podrá realizar el ingreso del importe total del precio de adjudicación, en cuyo caso, una vez comprobado el ingreso, se procederá por la Agencia Tributaria a levantar la retención realizada sobre el depósito constituido por el adjudicatario.
Séptimo: Cuando en la licitación no se hubiera cubierto la deuda y quedasen bienes sin adjudicar la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa.
Las ofertas se podrán presentar en el plazo en que a tales efectos comunique la mesa de subasta. Se deberán presentar en sobre cerrado en el registro general de la oficina donde se haya celebrado la subasta y deberán ir acompañadas, en su caso, del depósito.
Asimismo se podrán presentar ofertas a través de la página Web de la Agencia Tributaria xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 xx xxxx (BOE 24/05/02), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se regula la participación por vía telemática en procedi- mientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación.
Transcurrido el plazo señalado por la Mesa de Subastas, se abrirán por la misma las ofertas presentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contra- rio, se anunciará la extensión del plazo para presentación de nuevas ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses.
El precio mínimo de adjudicación directa será el tipo de subasta en 1ª licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una 2ª licitación; si hubiera existido 2ª licitación, no habrá precio mínimo.
Octavo: Tratándose de inmuebles, el adjudicatario podrá solicitar expresamente en el acto de la adjudicación el otorgamiento de escritura pública de venta del inmueble.
Noveno: Cuando se trate de bienes inscribibles en registro públicos, los licitadores no tendrán derecho a exigir otros títulos de propiedad que los aportados en el expediente; dichos títulos estarán a disposición de los interesados en las oficinas de esta Dependencia de Recaudación donde podrán ser examinados todos los días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio, hasta el día anterior a la subasta. En caso de no estar inscritos los bienes en el Registro, el documento público de venta es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los térmi- nos previstos en la legislación hipotecaria; en los demás casos en que sea preciso, podrá procederse como dispone el título VI de la Ley Hipotecaria para llevar a cabo la concordancia entre el Registro y la realidad jurídica.
Décimo: El tipo de subasta no incluye los impuestos indirectos que graven la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro correspon- diente del mandamiento de cancelación de cargas posteriores, serán por cuenta del adjudicatario.
El adjudicatario exonera expresamente a la AEAT, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960., de 21 xx xxxxx, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 xx xxxxx, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de la deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.
Undécimo: El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el
artículo 165 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre).
Duodécimo: También será de aplicación las condiciones que se recogen en el anexo 2. Condiciones que deben apli- carse en esta Subasta. En caso de que el lote quede desierto se exigirá la constitución de un depósito del 1% para participar en la adjudicación directa.
En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto.
Subasta S2010R4586001004
Lote 1
Nº de diligencia: 450923303565J Fecha de la diligencia: 03-06-2009
Tipo de Subasta en 1ª licitación: 407.845,32 euros
Tramos: 2.000,00 euros
Depósito: 81.569,06 euros
Tipo de derecho: Pleno dominio
Bien nº 1
Tipo de bien: Nave industrial Localización: Mn Xxxxxxxxx x/x 00000 Xxxxxxxxx
Registro nº 2 xx Xxxxxxxx
Xxxx: 1633 Libro: 76 Folio: 218 Finca: 7256 Inscripción 4ª Referencia catastral: 3895902VK3339N 1 WW
Descripción: Urbana: Nave adosada numero uno A totalmente construida, con entrada por calle c superficie: 1.065,94 m2. Compuesta de dos plantas. La baja con superficie de 955,42 m2. Xxxxx: n, parcela xxxx xxxxx, x, xxxxx xx xxxx- xxxxxxxx x, x, xxxx b y o, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx. Coeficiente de participación en elementos comunes: 36,38 % Valoración: 679.801,28 euros
Cargas:
Importe total actualizado: 271.955,96 euros
Carga nº 1 Préstamo hipotecario a favor del banco popular español sa, con amortizaciones mensuales y vencimiento el 04/11/2017
Toledo 15 xx xxxxx de 2010
El Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de Castilla La Mancha XXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX