Contract
CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE VEHÍCULOS NUEVOS PARA EL MUNICIPIO XX XXXXXXXXX, NUEVO LEÓN COMPARECIENDO POR UNA PARTE EL GOBIERNO MUNICIPAL XX XXXXXXXXX, NUEVO LEÓN, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA C. PRESIDENTA MUNICIPAL, LA MAESTRA XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX, QUIEN TAMBIEN COMPARECE COMO SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN, EL MAESTRO XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EL MAESTRO XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, TITULAR DE LA SEGUNDA SINDICATURA PROPIETARIA; EL LICENCIADO XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO MUNICIPAL, MAESTRO XXXX XXXX XXXXX XXXX, SECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS E INFRAESTRUCTURA Y EL LICENCIADO XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, DIRECTOR DE ADQUISICIONES, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ EL MUNICIPIO Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA AUTOPOLIS CUMBRES, S.A. DE C.V., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO XXXXXX XXXXX XXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL PROVEEDOR. AMBAS PARTES MANIFIESTAN QUE, POR ASÍ CONVENIR A SUS INTERESES, ESTÁN DISPUESTOS A OBLIGARSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA EL MUNICIPIO A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES:
a) Que el Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, forma parte de la división territorial, organización política y administrativa del Estado de Nuevo León, siendo una persona jurídica colectiva de carácter público, administrada por un Republicano Ayuntamiento para satisfacer sus intereses comunes, investida de personalidad jurídica, con libertad interior, patrimonio propio, autonomía para su administración y la facultad para celebrar el presente acto jurídico, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 165 y 166 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 2, 4, 15, 17, 34, y demás relativos y aplicables de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, en relación con los artículos 1, 2, 3, 4, 8, 9 y 11 inciso b) Fracción III del Reglamento de Gobierno Municipal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, así como los numerales 2, 3, 4, 8 y 23 del Reglamento de Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León.
b) Que su representante la Maestra Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, está debidamente facultada para celebrar en nombre y representación de EL MUNICIPIO el presente instrumento jurídico en su calidad de Presidenta Municipal, conforme al acta circunstanciada relativa a la sesión permanente de cómputo para la renovación del Ayuntamiento del Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, que contiene la planilla que se declaró electa integrada por la Presidenta Municipal, Regidores y Síndicos, para ocupar dichos cargos en el Municipio mencionado, durante el período 2021-2024, misma que esta publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Nuevo León, número 79, Tomo III, el día 29 (veintinueve) xx xxxxx de 2021 (dos mil veintiuno), fojas 1140-1252; así como también con la constancia de mayoría expedida por la Comisión Municipal Electoral xx Xxxxxxxxx, Nuevo León de fecha 11-once xx xxxxx de 2021(dos mil veintiuno), misma que se anexa; y de conformidad con el Acta de Sesión Solemne de Rendición de la Toma de Protesta del R. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, Período Constitucional 2021-2024 de 29 (veintinueve) de septiembre de 2021 (dos mil veintiuno), publicada en la Gaceta Municipal del Republicano Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, Volumen I, Año 3, número 105 de fecha 29 (veintinueve) de septiembre de 2021 (dos mil veintiuno).
c) Que en este acto la Presidenta Municipal Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx es representada por el Licenciado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx, de conformidad con el Acuerdo No 5 del R. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León de fecha 4 (cuatro) de octubre del 2021 (dos mil veintiuno), mediante el cual se aprueba y autoriza a la C. Presidenta Municipal, Maestra Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, delegar al Licenciado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx
Xxxxx, las facultades que estipula el artículo 35, inciso B, fracción III de la Ley de Gobierno Municipal del Estado, Nuevo León, en términos del artículo 11 inciso B, fracción III del Reglamento de Gobierno Municipal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, mismo que está publicado en la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, Vol. I, Año 1. No.2, Pagina 13, de día 4 (cuatro) de octubre de 2021 (dos mil veintiuno).
d) Que su representante el Maestro Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, está debidamente facultado para celebrar en nombre y representación de EL MUNICIPIO, el presente contrato en su calidad de Titular de la Segunda Sindicatura Propietaria, conforme al Acta circunstanciada relativa a la Sesión Permanente de Cómputo para la renovación del Ayuntamiento del Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, que contiene la planilla que se declaró electa integrada por la Presidenta Municipal, Regidores y Síndicos, para ocupar dichos cargos en el municipio mencionado, durante el período 2021-2024, misma que esta publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Nuevo León, número 79, Tomo III, del día 29 (veintinueve) xx xxxxx de 2021 (dos mil veintiuno), a fojas 1140-1252; así como también de conformidad con la constancia de mayoría expedida por la Comisión Municipal Electoral xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, de fecha 11 once xx xxxxx de 2021 (dos mil veintiuno), misma que se anexa; y de conformidad con Acta de Sesión Solemne de Rendición de la Toma de Xxxxxxxx del R. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, Período Constitucional 2021-2024 de 29 (veintinueve) de septiembre de 2021 (dos mil veintiuno), publicada en la Gaceta Municipal del Republicano Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, Volumen I, Año 3, número 105 de fecha 29 (veintinueve) de septiembre de 2021 (dos mil veintiuno).
e) Que el Maestro Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, fue propuesto como Secretario del Ayuntamiento, por la Presidenta Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, en fecha 30 (treinta) de septiembre del 2021 (dos mil veintiuno), ratificado y designado en la misma fecha por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, mediante la celebración de la sesión respectiva.
f) Que el Licenciado Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, fue propuesto Secretario de Finanzas y Tesorero Municipal, por la Presidenta Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, en fecha 30 (treinta) de septiembre del 2021 (dos mil veintiuno), ratificado y designado en la misma fecha por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, mediante la celebración de la sesión respectiva.
g) Que el Licenciado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx, fue designado como Secretario de Administración, en fecha 30 (treinta) de septiembre del año 2021 (dos mil veintiuno), por la Presidenta Municipal y por el Secretario del Ayuntamiento, anexa nombramiento.
h) Que el Maestro Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxx, fue designado como Secretario de Servicios Públicos e Infraestructura en fecha 16 (dieciséis) de febrero del año 2022 (dos mil veintidós) por la Presidenta Municipal y por el Secretario del Ayuntamiento, anexa nombramiento.
i) Que el Licenciado Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, fue designado Director de Adquisiciones en fecha 30 (treinta) de septiembre del año 2021 (dos mil veintiuno), por la Presidenta Municipal y por el Secretario del Ayuntamiento, anexa nombramiento.
j) Que la adjudicación del suministro objeto del presente contrato, se llevó a cabo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 fracción V, 2, 8, 14, 16, 20, 25 fracción I, 27 fracción II, 29 fracción I, 31, 32, 34, 35, 37, 38, 39, 40, 46, 50, 92, 93, 94 y demás relativos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; 1, 5, 10, 41, 55 fracción III, 57,
59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 68, 69, 72, 73, 74, 87, 88, 90, 99, 108 y 109 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, en correlación con el artículo 70 de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el año 2023; 1, 2, 4, 5, 9, 22, 54, 63 fracción I, 85 y demás relativos del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, y con base en el Acta de Fallo y Adjudicación de la Licitación Pública Nacional DA-LP-04-23, de fecha 17 (diecisiete) xx xxxxx del 2023 (dos mil veintitrés).
k) Que EL MUNICIPIO requiere de los bienes que ofrece EL PROVEEDOR por lo que se da la necesidad de celebrar el presente contrato en la forma y términos que se precisan en el mismo, fundamentándose en las disposiciones señaladas en el inciso j) del presente contrato, así como como en los oficios numero SA/CA/0131-A/2023 suscito por la Ciudadana Xxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxxxx, Coordinadora Administrativa de la Secretaría de Ayuntamiento y el oficio número SSPEI/131A/2023, suscrito por el Maestro Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxx, Secretario de Servicios Públicos e Infraestructura, como UNIDADES REQUIRENTES en términos de lo dispuesto por el artículo 4 fracción XXVIII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, mediante el cual solicita iniciar los procesos respectivos de adquisiciones para la contratación del suministro de vehículos con las características y especificaciones anexas al mismo.
l) Que EL MUNICIPIO cuenta con suficiencia presupuestal para la celebración del presente contrato, esto de acuerdo a los oficios de números SFT/735/2023 Y SFT/742/2023, signados por el Lic. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Secretario de Finanzas y Tesorero Municipal y que la procedencia de los recursos son de origen propio.
m) Que cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes MGN770101TZA, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
n) Señala como domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones, el ubicado en el recinto oficial xxx Xxxxxxx Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, en las calles Xxxxxx Xxxxxxx y Costilla y Lic. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx s/n en el centro xx Xxxxxxxxx, Nuevo León.
II. DECLARA EL PROVEEDOR
a) Que la empresa que representa legalmente está constituida según consta en la Escritura Pública número 734 (setecientos treinta y cuatro) de fecha 7 (siete) de julio de 1994 (mil novecientos noventa y cuatro), pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número 114 (ciento catorce), Licenciada Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxx-Xxxxxx, con ejercicio de sus funciones en el Primer Distrito Registral en el Estado, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Nuevo León bajo el No 1522 (mil quinientos veintidós), Vol 417, libro 3, registro Publico de Comercio, Primer Distrito en fecha 01 (primero) xx Xxxxxx de 1994 (mil novecientos noventa y cuatro).
b) Que mediante la Escritura Pública número 10,382 (diez mil trescientos ochenta y dos), de fecha 26 (veintiséis) de julio del año 2013 (dos mil trece), pasada ante la fe del Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Notario Público Suplente de la Notaría Pública numero 69 (sesenta y nueve), con ejercicio de sus funciones en el Primer Distrito Registral en el Estado, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Nuevo León bajo el folio mercantil electrónico número 50285*9 en fecha 29 (veintinueve) de julio de 2013 (dos mil trece).
c) Que su representada cuenta con Registro Federal de Contribuyentes COM021025A18, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
d) Que actualmente se encuentra inscrito en el Padrón de Proveedores, con número de registro 1980, que para tal efecto lleva la Dirección de Adquisiciones xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, obligándose a mantener refrendado antes de su vencimiento el registro mencionado.
e) Que cuenta con los bienes y/o materiales, conocimientos y personal capacitado necesario para la prestación del servicio que requiere EL MUNICIPIO y que por medio del presente contrato se adjudica, con la más óptima calidad y bajo su más estricta responsabilidad.
f) Que manifiesta bajo protesta de decir la verdad, que ninguno de sus socios desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, así como que su representada tampoco se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 37 y 95 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; 38, 39 y 40 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; y 83 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León.
g) Señala como domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones, así como para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato, ubicado en la Xxxxxxx Xxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx 0x Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxx.
III.- EXPUESTO LO ANTERIOR, LAS PARTES FORMALIZAN EL PRESENTE CONTRATO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto de este contrato es el suministro de vehículos nuevos para el Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, por parte de EL PROVEEDOR a EL MUNICIPIO, de acuerdo con las especificaciones y características que se mencionan en los Anexos A y B que firmado por ambas partes forma parte integrante de este contrato.
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO: EL MUNICIPIO pagará a EL PROVEEDOR la cantidad de $7,441,828.10 (siete
millones cuatrocientos cuarenta y un mil ochocientos veintiocho pesos 10/100 m.n.) más el Impuesto al Valor Agregado, por el suministro de vehículos nuevos para el Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, de acuerdo con las especificaciones, características y precios unitarios que se mencionan en los Anexos A y B de este contrato, el cual firmado por las partes forma parte integrante del presente instrumento, y que se tiene aquí por reproducido como si se insertare a la letra.
EL MUNICIPIO y EL PROVEEDOR convienen en que los precios unitarios de los bienes derivados del suministro mencionado en los Anexos A y B de este contrato son los que a continuación se detallan:
CANTIDAD | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | SUB TOTAL |
16 | NISSAN NP 300, CHASIS CABINA 2023, AIRE ACONDICIONADO, DIRECCIÓN HIDRAULICA CON CAJA DE REDILAS Y EQUIPO DE AUDIO. | $397,931.89 | $6,366,910.24 |
5 | AUTOMOVIL NISSAN, MARCH 2023, ESTANDAR CON CLIMA VERSIÓN SENSE | $214,983.62 | $1,074,918.10 |
SUB TOTAL | $ 7,441,828.34 | ||
I.V.A. | $1,190,692.53 | ||
TOTAL | $8,632,520.87 |
En el monto antes mencionado, se consideran incluidos todos los gastos derivados por sus servicios tales como comida, tgransporte y cualquier otra cantidad y/o necesidad que se desprenda de sus actividades para la que se le contrata, no teniendo EL PROVEEDOR ninguna otra prestación que exigir o que se obligue a EL MUNICIPIO a pagarle, tales como servicio médico, aguinaldo, fondo de prestaciones, vacaciones, prima vacacional, seguro de vida, entre otras; los comparecientes reconocen que el presente contrato por su naturaleza es de carácter puramente civil, por lo que no existe relación laboral alguna, y desde este momento se deslinda a EL MUNICIPIO de cualquier responsabilidad en cualquier material, siendo EL PROVEEDOR el único responsable.
LAS PARTES acuerdan que serán responsables de cumplir con las obligaciones fiscales que se generen de acuerdo a su participación en el presente istrumento, liberándose mutuamente de cualquier responsabilidad que su contra parte incumpla.
TERCERA.- FORMA DE PAGO: EL MUNICIPIO se obliga y EL PROVEEDOR que la cantidad generada por el suministro de los bienes derivados del mismo, y señalados en la cláusula segunda sea una vez realizado lo anterior, expedirá la actura correspondiente a la orden de compra a nombre del Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León y con Registro Federal de Contribuyentes número MGN-770101-TZA, con domicilio en la calle Hidalgo y Barbadillo s/n, en la Colonia Centro xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, la cual deberá estar sellada por LA UNIDAD REQUIRENTE en los términos de las bases de la Licitación Pública Nacional Número DA-LP-04-23, presentando esta documentación en el domicilio de EL MUNICIPIO.
La forma de pago se llevará a cabo en moneda nacional, posterior a la presentación de la factura respectiva para su revisión y demás documentos comprobatorios requeridos, previo a la realización del servicio, en los términos de este contrato y los Anexos A y B del mismo, en la Dirección de Egresos del Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, ubicada en calle Hidalgo y Xxxxxxxxxx s/n, en la Colonia Centro xx Xxxxxxxxx, Nuevo León
CUARTA.- PLAZO DEL CONTRATO: La vigencia del contrato es del 17 (dieicisiete) xx xxxxx de 2023 (dos mil veintitres) al 31 (treinta y uno) de julio de 2023 (dos mil veintitres).
QUINTA.- CONDICIONES PARA EL SUMINISTRO DE LOS BIENES: Refiere EL PROVEEDOR que por el presente se
obliga a brindar el suministro de los vehiculos, de acuerdo a los términos de los Anexos A y B, del presente contrato. Así mismo se obliga al cumplimiento de lo señalado en su propuesta técnica correspondiente a la Licitación Pública Nacional Número DA-LP-04-23, acorde con las premisas siguientes:
I. Ofrecer el suministro en forma eficiente, eficaz, continua y conforme a lo señalado en el presente contrato y las bases de la licitación objeto del mismo.
II. Realizar el suministro conforme al presente contrato, su propuesta técnica, las bases, disposiciones y leyes aplicables.
III. Realizar el suministro conforme a los estándares de calidad establecidos en el presente contrato, sus Anexos A y B, así como su propuesta técnica y las bases.
EL PROVEEDOR se obliga a responder por los vicios ocultos que pudieran presentar los bienes suministrados a que se refiere los Anexos A y B, materia de este contrato. Así mismo se obliga a subsanar las deficiencias de bienes en un término no mayor de 1 un día hábil a partir de que sea notificada la falla correspondiente. EL PROVEEDOR, no podrá, bajo ninguna circunstancia, alterar o modificar las especificaciones de los bienes objeto del presente contrato, mismas que se precisan en los Anexos A y B del presente contrato.
SEXTA.- PRECIO FIJO: El presente contrato se celebra bajo la condición de precio fijo, por lo cual no se reconocerá incremento alguno en el precio de los bienes descritos en los Anexos A y B de este instrumento, lo anterior con fundamento en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.
SÉPTIMA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 48, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, se obliga a presentar dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firma del presente contrato, una fianza de garantía de cumplimiento del contrato, expedida por institución legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del contrato, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, en favor de la Secretaria de Finanzas y Tesorería Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, para garantizar el cumplimiento del contrato. Dicha fianza deberá señalar lo siguiente, mediante la descripción que a continuación se expone:
“Para garantizar por la persona moral denominada Autopolis Cumbres, S.A. de C.V., con domicilio en la Xxxxxxx Xxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 0000, Xxxxxxx 0x Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxx. , con Registro Federal de Contribuyentes COM021025A18, su correcta aplicación, o en su defecto, la devolución del anticipo que reciba del Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, así como el correspondiente Impuesto al Valor Agregado, en virtud del contrato y sus Anexos A y B celebrado por el Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León y la persona moral denominada Autopolis Cumbres, S.A. de C.V. en fecha 30 (treinta) xx xxxxx de 2022(dos mil veintidós) derivado de la Licitación Pública Nacional número DA-LP-04-23”. Esta póliza estará en vigor hasta el momento en que quede totalmente amortizado dicho anticipo conforme a lo establecido en el contrato celebrado y para su cancelación se requerirá la autorización previa de EL MUNICIPIO.
“Esta institución fiadora hace suyas las obligaciones contraídas en el contrato referido y por lo mismo se obliga a pagar a la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León hasta el monto total de la presente fianza. Asimismo, esta institución fiadora pagará a la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León el importe de este documento a título xx xxxx convencional.”
“En caso de que sea necesario prorrogar el plazo señalado en el contrato para la prestación del servicio y el suministro de los bienes objeto del mismo, o exista espera concedida a la persona moral denominada Autopolis Cumbres, S.A. de C.V. la vigencia de esta fianza queda automáticamente prorrogada, en concordancia con dicha prórroga o espera en caso de incumplimiento de la persona moral denominada Autopolis Cumbres, S.A. de C.V., las partes convienen en considerar que la resolución de rescisión por parte de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León opera de pleno derecho sin necesidad de declaración judicial o cualquier otro trámite o formalidad.”
"Asimismo garantiza la buena calidad de los bienes en concordancia con el contrato referido." "Dicha fianza se expide de acuerdo a las siguientes cláusulas:
a) Que la fianza se otorga en los términos de este contrato.
b) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente por un mínimo de 6 (seis) meses después de que los bienes se hayan entregado en su totalidad, y quedará extendida hasta la fecha en que se satisfagan las responsabilidades no cumplidas y se corrijan los defectos o vicios ocultos en los casos en que esa fecha sea posterior al vencimiento del plazo anteriormente señalado.
c) Que en caso de que sea prorrogado el plazo establecido para el servicio y los bienes derivados del mismo, solicitados por el Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, objeto del presente Contrato, o exista espera, la vigencia de la fianza quedará automáticamente prorrogada, en concordancia con dicha prórroga o espera.
d) La Institución Afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 279, 280, 282, 179 y demás relativos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en vigor.
e) Que para la cancelación de la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales.”
OCTAVA.- RESCISIÓN: De conformidad con lo establecido en los artículos 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, y 109 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León serán causas de rescisión del presente Contrato las siguientes:
a) Cuando EL PROVEEDOR no inicie con la prestación del suministro de los bienes, derivados del mismo, objeto del presente contrato, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha establecida;
b) Cuando EL PROVEEDOR interrumpa injustificadamente el suministro de los bienes derivados del mismo objeto del contrato;
c) Cuando EL PROVEEDOR se niegue a reponer los bienes entregados objeto del contrato, que se hayan detectado como defectuosos o de mala calidad;
d) Cuando EL PROVEEDOR no entregue la fianza de cumplimiento que se describe en la cláusula séptima del presente contrato.
e) Cuando EL PROVEEDOR no se ajuste a las especificaciones y características establecidas en los Anexos A y B para la prestación del servicio y suministro de los bienes derivados del mismo, objeto del presente contrato;
f) Cuando EL PROVEEDOR no realice el servicio y/o suministro de los bienes derivados del mismo, objeto de este contrato dentro del plazo establecido en el mismo;
g) Cuando EL PROVEEDOR incurra en falta de veracidad total o parcial respecto a la información proporcionada para la celebración del contrato;
h) Cuando EL PROVEEDOR no proporcione a EL MUNICIPIO las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión del suministro de vehículos;
i) Cuando EL PROVEEDOR no haga del conocimiento de EL MUNICIPIO que fue declarado en concurso mercantil o alguna figura análoga;
j) Cuando EL PROVEEDOR incumpla cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato; y
k) Cuando EL PROVEEDOR subcontrate o ceda la totalidad o parte del compromiso objeto del presente instrumento legal, los derechos derivados del mismo.
En tal situación le serán aplicables a EL PROVEEDOR las sanciones que señalan los artículos 92 y 97 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.
NOVENA.-TERMINACIÓN ANTICIPADA: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, y 114 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, EL MUNICIPIO podrá resolver la terminación anticipada del presente Contrato cuando ocurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el suministro de los bienes originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a EL MUNICIPIO, o se determine, por la autoridad competente, la nulidad o inexistencia jurídica de los actos que dieron origen al presente contrato. La terminación anticipada del contrato se sustentara mediante dictamen de EL MUNICIPIO que precise las razones o las causas justificadas que le den origen.
En estos supuestos EL MUNICIPIO reembolsará a EL PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato. El pago de los gastos no recuperables se sujetará a lo previsto en el artículo 114 del Reglamento de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León. En caso de desacuerdo, el reembolso de gastos no recuperables podrá ser objeto de los mecanismos establecidos en el capítulo IX de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.
DÉCIMA.- PENAS CONVENCIONALES: Para el caso de que EL PROVEEDOR incurra en xxxx por lo que hace a la obligación de realizar el suministro de los bienes materia de este contrato, se penalizará con un 1.0% (uno por ciento) sobre el valor de los bienes y servicios no entregados oportunamente, por cada día natural de retraso, hasta agotar el monto de la garantía de cumplimiento.
Para efectos del párrafo anterior, se considerará incumplida dicha obligación, por cada día de no entregados los bienes o servicios en los plazos establecidos en la cláusula cuarta de este contrato.
La aplicación de las penas convencionales será de acuerdo a los artículos 99 y 100 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León por lo que no podrá exceder el monto de la garantía de cumplimiento. En caso de que EL PROVEEDOR haya agotado el monto señalado, EL MUNICIPIO podrá acceder a la rescisión administrativa del contrato, por causas imputables a EL PROVEEDOR.
El pago por concepto xx xxxxx convencionales a cargo de EL PROVEEDOR se efectuará mediante cheque certificado a favor de la Secretaria de Finanzas y Tesorería Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, o a través de descuento con cargo al pago que proceda a EL PROVEEDOR.
EL MUNICIPIO llevará a cabo el trámite para hacer efectiva la garantía de cumplimiento del Contrato cuando:
(a). Se rescinda administrativamente el Contrato considerando la parte proporcional del monto de las obligaciones incumplidas.
(b). Se detecten vicios ocultos, defectos de fabricación o calidad inferior a la propuesta de los bienes entregados. (c). Por cualquier incumplimiento de las obligaciones contraídas en el Contrato
DÉCIMA PRIMERA.- Conforme lo dispuesto en los artículos 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y 111 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, en caso de incumplimiento del presente contrato, en los términos de la cláusula octava del mismo, previo el procedimiento señalado en el artículo 111 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, EL MUNICIPIO a través del Secretario de Administración conjuntamente con el Director de Asuntos Jurídicos Municipales xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, levantarán una Acta de rescisión administrativa del contrato, que contendrá detalladamente las violaciones al mismo, procediéndose a hacer efectivas las garantías y demás consecuencias legales. La declaración de rescisión le será comunicada a EL PROVEEDOR ante la presencia de dos testigos de asistencia, que darán fe de lo acontecido en el acto de la notificación, levantándose el acta correspondiente.
Así mismo, EL MUNICIPIO deberá dar aviso a la Secretaria de la Función Pública, a fin de que se establezcan y aplique las sanciones y multas señaladas en el Capítulo X de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.
DÉCIMA SEGUNDA.- CONFIDENCIALIDAD: LAS PARTES se comprometen a que los resultados y productos que se obtengan de la ejecución del presente Contrato, serán de carácter confidencial conforme a la reglamentación oficial aplicable y para el cumplimiento de los compromisos contraídos.
DÉCIMA TERCERA.- El presente contrato sólo podrá ser modificado o adicionado mediante acuerdo por escrito de las partes de acuerdo a los artículos 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de
Nuevo León y 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.
EL MUNICIPIO podrá acordar con EL PROVEEDOR, un incremento en la cantidad de los bienes amparados en este Contrato sin rebasar el 20% (veinte por ciento) del monto pactado inicialmente, en los términos establecidos en los artículos 47 último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; 97 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; y 105 del Reglamento de Adquisiciones xx Xxxxxxxxx, Nuevo León.
DÉCIMA CUARTA.- EL MUNICIPIO y EL PROVEEDOR acuerdan que el presente contrato sólo podrá ser prorrogado cuando por caso fortuito o de fuerza mayor, o por circunstancias extraordinarias no imputables a EL PROVEEDOR puedan originar un retraso en el plazo establecido en la cláusula cuarta, para la prestación del servicio, objeto del presente contrato. La prórroga deberá ser solicitada oportunamente por EL PROVEEDOR. Queda a criterio de EL MUNICIPIO el conceder prórrogas al plazo de conclusión del suministro establecido originalmente, previa solicitud presentada oportunamente y por escrito debidamente firmada por EL PROVEEDOR o su representante legal en donde exponga y justifique las causas y circunstancias que ocasionaron la demora en la realización del suministro objeto del presente contrato. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en la fracción XV del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.
DÉCIMA QUINTA.- RELACIÓN LABORAL: Las partes refieren que no existe relación laboral entre las mismas, ni entre el personal de EL MUNICIPIO y EL PROVEEDOR por lo que EL MUNICIPIO no se obligará ante terceras personas que sean contratadas o subcontratadas por EL PROVEEDOR para cumplir con el servicio y suministro de los bienes materia del presente contrato, por lo que los compromisos laborales que se produzcan de una posible contratación, serán por cuenta exclusiva de EL PROVEEDOR.
DÉCIMA SEXTA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR: EL PROVEEDOR asume la responsabilidad
total en el caso que al realizar el suministro de los bienes materia del presente contrato a EL MUNICIPIO, infrinja patentes, marcas o viole registros o derechos de autor, de acuerdo con la Ley Federal del Derecho de Autor, Ley de la Propiedad Industrial y la Ley Federal de Competencia Económica, obligándose en consecuencia a responder legalmente en el presente o futuro de cualquier reclamación a terceros dejando a salvo a EL MUNICIPIO.
DÉCIMA SÉPTIMA - NORMATIVA: Son aplicables al presente Instrumento, en lo conducente, las disposiciones establecidas por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, así como lo dispuesto por los artículos 1998, 2001, 2002, 2004 y demás relativos del Código Civil vigente en el Estado de Nuevo León.
DÉCIMA OCTAVA.- EL PROVEEDOR manifiesta conocer las obligaciones que impone la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León y consiente la publicación en la página de internet del Municipio xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, de su nombre o razón social para la formalización del presente contrato, en tanto sean imprescindibles para cumplir con las citadas disposiciones legales.
DÉCIMA NOVENA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Para la resolución de cualquier conflicto que pudiera surgir con motivo de la interpretación o cumplimiento de las anteriores cláusulas, y salvo la opción por mutuo acuerdo de recurrir a la decisión arbitral, ambas partes se someten a la jurisdicción de las autoridades y Tribunales competentes en Monterrey, Nuevo León, renunciando desde ahora a la competencia de las autoridades que pudieran corresponderles en razón del fuero de sus domicilios presentes o futuros.
Las partes convienen que este Contrato contiene su voluntad expresa en cuanto a lo que en el mismo se especifica, por consiguiente, cualquier otro Convenio, Contrato o arreglo en forma verbal o escrita que se haya elaborado o que tácitamente pudiera implicarse, queda desde ahora sin efectos; las posteriores modificaciones que se hagan a éste documento deberán ser por escrito y firmadas por ambas partes.
Ratificado el alcance y contenido de este instrumento, y manifestando que su voluntad ha sido libremente expresada y que su consentimiento no se encuentra viciado por dolo, error, mala fe o ignorancia, es firmado por triplicado para constancia de lo anterior, en la Ciudad xx Xxxxxxxxx, Nuevo León a 17 (diecisiete) xx xxxxx del 2023 (dos mil veintitres).
RÚELBMRUNIICCIPAIO
RÚBRICA
RÚBRICA
LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX | MTRO. XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
En representación de la Presidenta Municipal Mtra. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx y como Secretario de Administración | Titular de la Segunda Sindicatura Propietaria |
RÚBRICA
RÚBRICA
MTRO. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX Secretario del Ayuntamiento | LIC. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX Secretario de Finanzas y Tesorero |
MTROR. LÚUISBRRAÚILCCAASAS XXXX LIC. XXXXXX XXXXXXXXXXX RROIDCRÍGAUEZ XXXXXXX
Secretario de Servicios Públicos e Infraestructura Director de Adquisiciones
RÚBRICA
EL PROVEEDOR
LIC. XXXXXX XXXXX XXXXX
Representante Legal xx
XXXXXXXXX CUMBRES, S.A. DE C.V.
Vo. Bo. Secretaría de la Función Pública
Vo. Bo. Dirección de Asuntos Jurídicos Municipales RÚBRICA
Las firmas corresponden al contrato para el SUMINISTRO DE VEHÍCULOS NUEVOS PARA EL MUNICIPIO XX XXXXXXXXX, NUEVO LEÓN,
celebrado entre el Gobierno Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, reconocido como EL MUNICIPIO y la persona Moral AUTOPOLIS CUMBRES,
S.A. DE C.V. como EL PROVEEDOR de fecha 17 (diecisiete) xx xxxxx del 2023 (dos mil veintitres), en 3 (tres) ejemplares.
ANEXO A
FICHA TÉCNICA “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS UTILITARIOS MODELO 2023” |
Descripción de los bienes: Vehículo NISSAN NP 300, CHASIS CABINA 2023, AIRE ACONDICIONADO, DIRECCIÓN HIDRAULICA CON CAJA DE REDILAS Y EQUIPO DE AUDIO. |
Objetivo: Para uso de trabajos de la Secretaría de Servicios Públicos e Infraestructura. |
Lugar para la entrega de los bienes: Instalaciones de la Secretaría de Servicios Públicos en Avenida Tolteca sin número en la colonoia Tolteca en esta Ciudad (Parque Tolteca). |
Descripción de los bienes | CANTIDAD DE VEHÍCULOS |
NISSAN NP 300, CHASIS CABINA 2023, AIRE ACONDICIONADO, DIRECCIÓN HIDRAULICA CON CAJA DE REDILAS Y EQUIPO DE AUDIO. MOTOR: Gasolina 4 cilindros 2.5 litros, de inyección de combustible multipunto, potencia 166hp@6000rpm. TRANSMISIÓN: Manual 6 velocidades. TREN MOTRIZ: Dirección Hidráulica, suspensión frontal xx xxxxx horquilla, suspensión trasera de muelles, frenos frontales disco ventilado y traseros xx xxxxxx. CAPACIDADES Y DIMENSIONES: Alto (mm) 1774, Ancho 1790 (mm), Distancia entre ejes (mm) 3150, largo (mm) 5066. EQUIPO SEGURIDAD: Bolsas de aire frontales para conductor y copiloto, laterales y xx xxxxxxx, 2 cinturones de seguridad delanteros de 3 puntos, sistema de inmovilización. EQUIPO FUNCIONAL: Aire Acondicionado frontal con controles manuales, indicadores para cinturones de seguridad, guantera sin llave, viseras sencillas, tomacorriente 12V, volante con ajuste de altura y tapetes. INFOTAINMENT Y CONECTIVIDAD: Sistema de audio con CD, AUX y puerto USB, 2 bocinas, y bluetooth, | 16 |
EQUIPO EXTERIOR 2: Defensa frontal en color negro, defensa trasera en color negro, manijas de puerta en color negro, loderas, luces traseras de bulbo y parrilla en color negro, faros de halógeno con acabados en negro, xxxxx xx xxxxx 16". GARANTÍA EN EQUIPO Y VEHÍCULO: • VEHÍCULO: 3 AÑOS O 60,000 KMS |
EL MUNICIPIO
RÚBRICA
RÚBRICA
LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX | MTRO. XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
En representación de la Presidenta Municipal Mtra. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx y como Secretario de Administración | Titular de la Segunda Sindicatura Propietaria |
MTRO. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX Secretario del Ayuntamiento | LIC. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX Secretario de Finanzas y Tesorero |
RÚBRICA
RÚBRICA
RÚBRICA
RÚBRICA
MTRO. XXXX XXXX XXXXX XXXX XXX. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Servicios Públicos e Infraestructura Director de Adquisiciones
EL PROVEEDOR
RÚBRICA
LIC. XXXXXX XXXXX XXXXX
Representante Legal xx
XXXXXXXXX CUMBRES S.A. DE C.V.
RÚBRICA
Vo. Bo. Secretaría de la Función Pública RÚBRICA Vo. Bo. Dirección de Asuntos Jurídicos Municipales
Las firmas corresponden al anexo A del contrato para el SUMINISTRO DE VEHÍCULOS NUEVOS PARA EL MUNICIPIO XX XXXXXXXXX, NUEVO LEÓN, celebrado entre el Gobierno Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, reconocido como EL MUNICIPIO y la persona Moral AUTOPOLIS CUMBRES, S.A. DE C.V. como EL PROVEEDOR de fecha 17 (diecisiete) xx xxxxx del 2023 (dos mil veintitres), en 3 (tres) ejemplares.
ANEXO B
FICHA TÉCNICA “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS UTILITARIOS MODELO 2023” |
Descripción de los bienes: Vehículo AUTOMOVIL NISSAN, MARCH 2023, ESTANDAR CON CLIMA VERSIÓN SENSE |
Objetivo: Mejorar los servicios de la Dirección de Espectáculos y Comercio |
Lugar para la entrega de los bienes: Estacionamiento xxx Xxxxxxx Municipal ubicado en el cruce de las calle Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx en la Zona Centro xx Xxxxxxxxx, Nuevo León. |
Descripción de los bienes | Cantidad |
AUTOMOVIL NISSAN, MARCH 2023, ESTANDAR CON CLIMA VERSIÓN SENSE Especificaciones técnicas MOTOR Transmisión manual 5 Velocidades Número de cilindros 4, 1.6L Número de válvulas 4 por cilindro Potencia Hp@rpm 106 hp @ 5600 Torque Nm@rpm 105 @ 4000 Inyección de combustible secuencial multipunto TREN MOTRIZ Dirección Electrónicamente asistida Frenos delanteros disco, traseros Tambor Sistema de antibloqueo de frenos (ABS) Suspensión delantera Independiente Mc Pherson Suspensión trasera eje semirígido EQUIPO DE SEGURIDAD Bolsas de aire: 2 frontales, 2 laterales y 2 tipo cortina Cierre automático de seguros al iniciar la marcha Cinturones de seguridad para todos los pasajeros de 3 puntos | 5 |
Inmovilizador Control dinámico vehicular Control de tracción EQUIPO FUNCIONAL Aire Acondicionado manual Computadora de viaje Controles de audio en el volante Desempañador trasero con temporizador Limpiabrisas intermitente con velocidades INFOTAINMENT Y CONECTIVIDAD Sistema de audio AM/FM/AUX-IN. Toma corriente 12V EQUIPO INTERIOR Asiento trasero abatible Consola central Control remoto para liberación de seguros Volante con ajuste de altura EQUIPO EXTERIOR 4 puertas Espejos exteriores con ajuste manual desde el interior Faros con Signature Lamps tipo LED Xxxxx xx xxxxx 14” con tapón completo |
EL MUNICIPIO
RÚBRICA
RÚBRICA
LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX | MTRO. XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
En representación de la Presidenta Municipal Mtra. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx y como Secretario de Administración | Titular de la Segunda Sindicatura Propietaria |
MTRO. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX Secretario del Ayuntamiento | LIC. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX Secretario de Finanzas y Tesorero |
RÚBRICA
RÚBRICA
MTRO. XXXX XXXX XXXXX XXXX XXX. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Servicios Públicos e Infraestructura Director de Adquisiciones
RÚBRICA
RÚBRICA
EL PROVEEDOR
RÚBRICA
LIC. XXXXXX XXXXX XXXXX
Representante Legal xx
XXXXXXXXX CUMBRES S.A. DE C.V.
Vo. Bo. Secretaría de la Función Pública RÚBRICA
RÚBRICA
Vo. Bo. Dirección de Asuntos Jurídicos Municipales
Las firmas corresponden al anexo B del contrato para el SUMINISTRO DE VEHÍCULOS NUEVOS PARA EL MUNICIPIO XX XXXXXXXXX, NUEVO LEÓN, celebrado entre el Gobierno Municipal xx Xxxxxxxxx, Nuevo León, reconocido como EL MUNICIPIO y la persona Moral AUTOPOLIS CUMBRES, S.A. DE C.V. como EL PROVEEDOR de fecha 17 (diecisiete) xx xxxxx del 2023 (dos mil veintitres), en 3 (tres) ejemplares.