CUADRO DE CARACTERÍSTICAS PARTICULARES
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS PARTICULARES
1. OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto de la presente licitación, establecer los requisitos y condiciones técnicas que sirvan de base a la contratación del alquiler de los equipos de sonido para los espectáculos que se desarrollen en el Teatro del Generalife, en el marco de la 68 Edición del Festival Internacional de Música y Danza de Granada, que se celebrará del 21 xx xxxxx al 12 de julio de 2019.
2. NATURALEZA DEL CONTRATO
Contrato mixto por tratarse de prestaciones de suministro y servicio técnico que se encuentran directamente vinculadas entre sí y mantienen relaciones de complementariedad, que exigen su consideración y tratamiento como una unidad funcional dirigida a la satisfacción del fin propio del Festival.
3. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
La contratación de este tipo de servicios viene motivada por la necesidad del Festival de alquilar los equipos de sonido que el Festival no posee en propiedad, por ser específicos para Teatros o Auditorios, y que son necesarios como equipamiento básico general para las actuaciones de las Compañías xx Xxxxx en el Teatro del Generalife.
Por tanto, es objeto del contrato el alquiler de los equipos de sonido para los eventos programados en el Teatro del Generalife dentro de la 68 edición del Festival, según las características de los equipos de sonido que se detallan a continuación.
Además, la empresa deberá poner disposición del Festival el personal técnico necesario para la supervisión de la descarga del material de sonido y su instalación en el Teatro, antes del inicio del Festival. Dicho personal técnico de la empresa también deberá encargarse de la supervisión del desmontaje, revisión y carga de los equipos de sonido suministrados, una vez finalizada la edición del Festival.
La empresa adjudicataria asumirá la total responsabilidad por cuantos daños, desperfectos o deterioros sean causados en el material y en las instalaciones como consecuencia de culpa o negligencia del personal de su plantilla que se encargue de la supervisión de la instalación y desmontaje.
Asimismo, el adjudicatario será responsable por los daños que pudieran causarse a terceras personas y en especial a los usuarios, como consecuencia de la negligencia o culpa de sus trabajadores en el desarrollo de sus funciones.
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Firmado digitalmente por 24230788N XXXXX XXXXX XXXXXXX (R: P6808903F) Fecha: 2019.05.23 10:13:25 +02'00'
La entrega de los equipos en el Teatro del Generalife tendrá lugar como muy tarde el 17 xx xxxxx de 2019, y su recogida se realizará a partir del 12 de julio de 2019.
En concreto, los equipos de sonido tendrán las siguientes características: P.A.
- Sistema de sonido L-Acoustics Kara (18 Recintos) o similar
4 Recintos Sb 18 o similar 2 Recintos Sb – 28 o similar 4 Front-fill 108-p o similar
2 Rack potencia La-8 o similar
2 motores 1000 kg o similar
1 control 4 motores
4 -Bump
2 Eslingas (Acero y Tela) 20 Speak on 4h 25m
15 Speak on 4h 20m 10 Speak on 4h 15m
Mac Book con software de gestión y predicción Monitorización y control vía la Network manager Software y hardware de medición
Software Nuendo/logic de grabación multipista 1 S.A.I.
4. NECESIDADES A SATISFACER CON ESTE CONTRATO
La necesidad de contratación de este servicio deriva de la actividad propia del Festival.
5. DIVISIÓN EN LOTES
La división en lotes presenta dificultades para la correcta ejecución técnica de los distintos servicios.
6. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La Gerente del Festival, bajo la supervisión del Director del Festival.
7. EXAMEN DEL EXPEDIENTE
DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA
LUGAR: Oficina del Festival Internacional de Música y Danza de Granada X/ Xxxxxxx Xxxxxx, x/x. 00000 Xxxxxxx
Tfno.: 958 276 200
Email: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
8. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Abierto súper simplificado
9. TRAMITACIÓN
Ordinario
10. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
10 días hábiles
11. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
En cifra: 23.000,00 €
En letra: Veintitrés Mil euros En cifra con IVA: 27.830,00 €
En letra con IVA: Veintisiete Mil ochocientos xxxxxxx xxxxx
00. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
En cifra: 23.000,00 €
En letra: Veintitrés Mil euros En cifra con IVA: 27.830,00 €
En letra con IVA: Veintisiete Mil ochocientos treinta euros
En el presente contrato se ha tomado como base, para el cálculo del valor estimado, el valor real de los contratos similares adjudicados durante ejercicios precedentes,
teniendo en cuenta las características específicas de los equipos de sonido necesarios para la ejecución del servicio solicitado.
Los licitadores deben tener en cuenta que, en sus precios y ofertas han de quedar incluidos todos los costes directos, indirectos, los otros eventuales gastos y los costes salariales a partir del convenio laboral aplicable, para el personal técnico de la empresa que se adscriba al contrato.
Así, se considerarán incluidos los tributos, tasas, cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen al adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
13. MODIFICACIONES CONTRACTUALES ADMITIDAS (EN SU CASO)
Modificaciones estimadas en relación con actividades concretas no regulares, o motivadas por peticiones específicas de las Compañías, que en todo caso no superarán el 10% del precio anual. Esta estimación está incluida en el valor estimado del contrato.
14. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LAS MODIFICACIONES
Debido al funcionamiento y a las actividades desarrolladas por el FESTIVAL, se hace necesario prever que puedan surgir necesidades extras de alquiler de equipos de sonido para el Teatro del Generalife, para la 68 edición del Festival.
15. VALOR ESTIMADO DE LAS MODIFICACIONES
En cifra: 2.300 €
En letra: Dos mil trescientos euros En cifra con IVA: 2.783 €
En letra con IVA: Dos mil setecientos ochenta y tres euros
16. RÉGIMEN DE FACTURACIÓN
El precio final del presente contrato se abonará de acuerdo con los plazos de facturación y pago establecidos en la Ley 15/2010, de 5 de julio.
17. PRESENTACIÓN DE FACTURAS
El adjudicatario deberá remitir al FESTIVAL, en los referidos plazos, las correspondientes facturas, que deberán ajustarse a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
El pago se efectuará, previa presentación conformidad de las facturas correspondientes, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el contratista.
18. DURACIÓN
La vigencia del contrato se extenderá desde la fecha de su firma hasta la finalización de los servicios de alquiler de los equipos de sonido objeto del presente contrato.
19. PLAZO DE GARANTÍA
En caso de que fuera necesaria la constitución de garantía, transcurrido el plazo de 1 mes desde la fecha de terminación del contrato, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma, se dictará a instancia del interesado el acuerdo de devolución de la garantía o cancelación del aval, en los términos señalados en la cláusula 17 xxx Xxxxxx modelo.
20. PENALIZACIONES GENERALES POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
Las previstas en el Pliego Modelo de Cláusulas Administrativas particulares.
21. SOLVENCIA
Dada la naturaleza del contrato, que se rige por lo dispuesto en el artículo 159.6 de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de solvencia económica y financiera y técnica.
22. SUBCONTRATACIÓN
No se admite la posibilidad de subcontratación.
23. ARCHIVOS ELECTRÓNICOS EN LOS QUE DEBE APORTARSE LA DOCUMENTACIÓN PARA CONCURRIR A LA LICITACIÓN Y CONTENIDO A INCLUIR EN CADA UNO DE ELLOS
SOBRE 1 –DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y CRITERIOS SOMETIDOS A JUICIOS DE VALOR
La documentación que viene establecida en la cláusula 13 xxx Xxxxxx Modelo de cláusulas administrativas particulares con respecto al procedimiento abierto, en concreto, la Declaración responsable según Anexo I de este cuadro de características Particulares.
Asimismo, se presentará manifestación firmada por el licitador en la que se designa, a los efectos del artículo 133 LCSP, sobre qué información de la contenida en su oferta tiene el carácter de confidencial.
Además, el licitador deberá incluir cualesquiera otros documentos que se indiquen expresamente en el PPT y que permitan verificar que la oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas, pero que no van a ser objeto de valoración.
Modelo de Proposiciones Sujetas a Valoración con Criterios Objetivos conforme al Anexo II del presente Cuadro de Características Particulares.
Las proposiciones deberán ser formuladas en número y letra. En caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará como válida la oferta expresada en letra.
24. MEDIOS QUE SE EXIGEN ADSCRIBIR A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
PERSONALES
La empresa adjudicataria deberá designar un interlocutor para Festival, encargado de la supervisión del servicio, al que en primera instancia se pudiera dirigir el responsable del contrato designado o cualquier persona perteneciente a la organización del Festival.
Esta persona, o quien en ella delegue, estará localizable 24 horas, durante cualquier día de vigencia del contrato, mediante número de teléfono que se facilitará a Festival
MATERIALES
Todos aquellos equipos de sonido objeto de alquiler, de conformidad con lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas.
La empresa deberá contar en sus instalaciones con el material técnico e informático necesario y los medios humanos precisos para el desarrollo de los trabajos.
25. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Se consideran obligaciones esenciales del contrato:
La prestación del servicio con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato, en los pliegos de la presente licitación, así como a las instrucciones que se diere al responsable del contrato.
En concreto, el material de sonido suministrado deberá estar en perfectas condiciones de uso, y deberá ser sustituido, en su caso en el plazo máximo estipulado en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Para ello, la empresa suministradora del material deberá tener su sede o sucursal en un radio máximo de 300 km. desde el Teatro del Generalife.
2. El cumplimiento del compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales suficientes para la ejecución del contrato.
El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la entidad contratante, ni exigirse a esta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre adjudicatario y sus empleados.
3. La obligación del adjudicatario de abonar en tiempo y forma las retribuciones a los trabajadores con cumplimiento íntegro de la oferta formulada, y el cumplimiento del resto de normativa en materia laboral y de Seguridad Social aplicable.
4. La no introducción en la ejecución del contrato de modificación alguna, salvo que para ello hubiese obtenido autorización u orden expresa, por escrito, del órgano de contratación.
5. Mantener al personal adscrito al contrato durante la vigencia del mismo. La sustitución del personal adscrito al contrato requerirá la autorización previa de la empresa. El personal que se pretenda sustituir deberá contar con la misma cualificación profesional que la persona que sustituya.
26. GARANTÍA
No se requiere constitución de garantía.
27. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS CRITERIOS OBJETIVOS: HASTA 100 PUNTOS
100 Puntos. Costes. Oferta económica.
Cálculo mediante fórmula. Se valorará asignándole a la oferta más baja 100 puntos y al resto de ofertas mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
𝑋 =
100𝑥 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑚á𝑠 𝑏𝑎𝑟𝑎𝑡𝑎
𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎
28. CÁLCULO DE LA BAJA DESPROPORCIONADA O ANORMAL
Criterios para apreciar las ofertas desproporcionadas o temerarias en las subastas. Se considerarán en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si ente ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
5. Excepcionalmente, y atendiendo al objeto del contrato y circunstancias xxx xxxxxxx, el órgano de contratación podrá motivadamente reducir en un tercio en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares, los porcentajes establecidos en los apartados anteriores.
6. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, el órgano de asistencia al órgano de contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
29. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA
Documentación reseñada en la Cláusula 14 xxx Xxxxxx Modelo de Cláusulas Administrativas Particulares.
30. CAUSAS DE RESOLUCIÓN ESPECÍFICAS PARA ESTE CONTRATO
Serán causas de resolución, además de las previstas con carácter general, las siguientes:
• El incumplimiento de las estipulaciones xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas o de las prescripciones técnicas.
• El incumplimiento deficiente o incumplimiento de cualquiera de los servicios acordados con el adjudicatario de conformidad con lo establecido en los pliegos y en la oferta.
• El Festival podrá resolver el contrato si con posterioridad a la adjudicación se comprobase la falsedad en los datos aportados por el adjudicatario que hayan sido tenidos en cuenta para la adjudicación.
• El Festival podrá proceder a la resolución del contrato cuando quede acreditada la existencia de retrasos o irregularidades en el pago de los salarios o conceptos retributivos que el empresario debe abonar a los trabajadores, que bajo su dirección estén prestando servicio en el marco del contrato o cuando Festival haya requerido al empresario la acreditación de dicho pago, sin que esta acreditación tenga lugar en el plazo que a tal efecto le conceda.
• La obstrucción a las facultades de dirección e inspección del Festival, entendiendo como tal la reiterada obstrucción o falta de colaboración del contratista para hacer efectivas las facultades de dirección e inspección reconocidas a Festival en los pliegos y en el CCP, previamente advertida por escrito. Se asimilan expresamente a este supuesto la negativa o falta de colaboración del contratista con las medidas que Festival adopte para conocer en todo momento la identidad de las personas que prestan el servicio y para comprobar la correcta y completa aportación de los medios personales y materiales contratados.
• La facturación de ejecuciones no realizadas o medios no utilizados. Sin perjuicio de la responsabilidad que incumba al empresario por la no aportación íntegra de los medios comprometidos, y del derecho de Festival a no hacer efectivo el pago correspondiente, será causa de resolución del contrato la facturación de servicios no prestados o el cargo íntegro de servicios prestados con medios personales o materiales inferiores a los contratados, cuando esta práctica se repita o el importe de lo indebidamente facturado alcance el 1% del importe del contrato. En el supuesto a que se refiere este apartado, Festival se abstendrá de cualquier pago hasta la liquidación subsiguiente a la resolución del contrato.
31. RESPONSABLE DEL CONTRATO
Se designa como responsable del contrato, a efectos del artículo 62 de la LCSP, a X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx.
Granada, mayo de 2019
ANEXO I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (SOBRE 1)
D............................................................................................., con Documento Nacional de
Identidad número............................, en su propio nombre o en representación de
............................................................................................................., con N.I.F....................................................
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
Que, cumpliendo todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Festival, así como con las condiciones particulares que rigen la licitación de
.........................................................................................................................................................
..................... ...................................................................................., comprometiéndose, en
caso de resultar propuesto como adjudicatario, a acreditar tales circunstancias, mediante la presentación tanto de la documentación administrativa a que se refiere el Pliego modelo de Cláusulas Administrativas Particulares y el cuadro de características particulares, así como otro tipo de documentación por la que se rige esta licitación.
Asimismo, declaro responsablemente:
1º.Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como firmante de la declaración ostento la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella. En caso de licitar en nombre propio declaro que tengo la capacidad necesaria para firmar la presente declaración.
2º.Que la sociedad a la que represento (o el firmante de la declaración cuando actúe en nombre propio) no está incurso/a en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de la LCSP
3º.Que la sociedad a la que represento (o el firmante de la declaración cuando actúe en nombre propio) se compromete a cumplir con la adscripción y dedicación de los medios materiales y personales suficientes para la ejecución del contrato, teniendo en consideración los requisitos obligatorios señalados en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y, en particular, al menos los indicados en el apartado “Medios que se exigen adscribir a la ejecución del contrato” de este Cuadro de Características Particulares y su incumplimiento será causa de resolución del mismo.
4º.Que designa la siguiente dirección de correo electrónico
a los efectos de practicar las notificaciones.
Fecha y firma del proponente
ANEXO II. MODELO DE PROPOSICIONES SUJETAS A VALORACIÓN CON CRITERIOS OBJETIVOS
D............................................................................................., con Documento Nacional de
Identidad número............................, en su propio nombre o en representación de
............................................................................................................., con
N.I.F...................................................., bien enterado de las condiciones facultativas, económico-administrativas y demás documentación que integra el expediente que ha de regir en la licitación para la adjudicación del SERVICIO de
.........................................................................................................................................................
.........................................................................................................................................................
................................................,
PRIMERO: se compromete a la realización del objeto del presente contrato con estricta sujeción a los expresados documentos, por la cantidad de. euros
En caso de discordancia entre el número y la letra, se considerará como válida la oferta expresada en letra.
Domicilio que señala para notificaciones: Las notificaciones en relación a la presente licitación y a todos los efectos que de la misma se derivan deberán practicarse en: Calle............................................................................................ nº ,
escalera ........., piso ........., letra ..........., C.P. ......................, Localidad
..................................., Provincia ......................................., teléfono
.................................................., Móvil ............................................ y Email
..................................................................................
En Granada, a ........................ de ................................................... de ...........................
Fecha Firma y sello