CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO DE SERVICIOS
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: ☐SI ☒NO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y TÉCNICAS DE CONSULTORÍA ESTRATÉGICA EN RECURSOS HUMANOS.
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
EXPEDIENTE CONTRATACIÓN Nº: 20190221
Fecha de publicación: 21 de febrero de 2019
A. OBJETO DEL CONTRATO
El Xxxxxxx de Congresos de Valencia es una Entidad Pública Empresarial Local perteneciente al Ayuntamiento de Valencia. Su Misión consiste en la captación de congresos y eventos nacionales e internacionales que aporten turismo de negocio y generen un impacto económico para la Ciudad de Valencia. Cuenta con una plantilla de 21 personas, con una antigüedad media de 16 años.
Con la contratación de este servicio de consultoría estratégica en recursos humanos se persigue abordar la complejidad y la valía de los recursos humanos desde una perspectiva de avance y desarrollo profesional derivando en el diseño de un plan de formación y desarrollo que responda a los más avanzados criterios de gestión.
Juntamente al diseño de un modelo propio de gestión se precisa de un plan de formación y desarrollo capaz de predisponer, desde el convencimiento, al equipo a favor de acometer este cambio en la estrategia y la gestión de los recursos humanos: sesiones de coaching, mentoring, dinámicas de grupo, etc.
La misión fundamental de este plan de desarrollo será la configuración de un modelo estratégico de recursos humanos orientado a satisfacer las necesidades de la organización y a procurar la satisfacción y la motivación del personal. Esto implica potenciar y reconocer el perfeccionamiento de sus conocimientos, su capacitación, experiencia, calidad y grado de competencia para el desempeño.
Así pues, el objetivo de este contrato es implementar y desarrollar un modelo propio de gestión de personas y un plan de formación y desarrollo que permitan potenciar su crecimiento profesional a partir de la mejora de sus competencias mediante la formación continuada, Por tanto, se definirán los perfiles profesionales,
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para orientarlos hacia un rendimiento superior, y se dará la formación necesaria para adaptar a las personas hacia su perfil.
Para ello se persigue:
1. Implantar un sistema que permita la evaluación del desempeño y del rendimiento del personal, a través de la valoración de la competencia profesional y la medición del rendimiento en función de unos objetivos y resultados.
2. Potenciar el progreso profesional. A este respecto se realizará un diagnóstico, definición y descripción de los puestos de trabajo, los perfiles profesionales donde constarán las competencias y conductas que permitirán la evaluación del desempeño y su agrupación en áreas funcionales. Ello podría conllevar una redefinición de los puestos en la RPT.
3. Diseño de la estructura del plan y ejecución durante un año. Éste contemplará la actualización permanente de los conocimientos y de las capacidades profesionales, basándose en planes a medida, donde se buscará tanto el perfeccionamiento como el aprendizaje de nuevos métodos de trabajo. Todo ello como elemento motivador del personal.
4. Una vez el modelo esté implementado, se debe asegurar la coherencia interna y el enfoque de las personas hacia la misión, objetivos y planes de acciones anuales, que forman parte del plan estratégico corporativo de modo que se logre una mejor identificación de los fines perseguidos y de las líneas de actuación. Para ello, se diseñarán mecanismos de retroalimentación para, en función de los resultados obtenidos, revisar los distintos puestos de trabajo, así como en el diseño y revisión de los procesos de formación.
5. Desarrollo del plan de igualdad xxx Xxxxxxx, el cual debe contemplar medidas y actuaciones que fomenten la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, que eviten cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, tanto en el acceso como en el desarrollo profesional
El alcance del proyecto implica a la globalidad del equipo humano xxx Xxxxxxx de Congresos; la Dirección General, el Comité de Dirección, constituido por seis miembros (incluida la Dirección General), y al resto de los integrantes de la plantilla formado por otras 15 personas. Así pues, el equipo humano xxx Xxxxxxx de Congresos está compuesto por 21 personas.
A continuación, se procede a realizar una descripción de los servicios a prestar relacionados con este proyecto:
1. Identificación de competencias y perfiles de puestos de trabajo: Análisis y diagnóstico
2. Desarrollo e implantación de la evaluación del desempeño: diseño de la herramienta de evaluación, acciones de puesta en marcha de la evaluación y conclusiones.
3. Formación, acompañamiento y desarrollo de personas: Elaboración de planes de desarrollo personal y profesional.
4. Seguimiento, evaluación de resultados, retroalimentación
B. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS (ART. 28 LCSP)
La necesidad de contratación de este servicio resulta de la consideración por parte de la dirección xxx Xxxxxxx de Congresos de que las personas, más allá de un sistema de recursos que hay que gestionar, tienen trascendencia estratégica. La contratación externa de este servicio de consultoría, a través de empresas expertas y especializadas en el ámbito de la consultoría de recursos humanos, servirá como complemento a las políticas actuales de desarrollo y puesta en marcha de un sistema tan específico y complejo.
Así pues, el Xxxxxxx de Congresos precisa acudir a la contratación de estos servicios a través de un agente externo que lleve a término esta misión, que, por otra parte, constituye uno de los objetivos estratégicos xxx Xxxxxxx destinado al cumplimiento de sus objetivos institucionales.
C. PLAZO DE EJECUCIÓN
PLAZO DE EJECUCIÓN (art. 29.4 y 29.7 LCSP):
La duración del contrato será por 1 año, prorrogable por 1 anualidad, hasta alcanzar como máximo un periodo de 2 años.
En caso de no querer prorrogarse el servicio, la comunicación de la renuncia, por cualquiera de las partes, se comunicará con una antelación mínima de dos meses.
D. PRESUPUESTO BASE, PRESUPUESTO MÁXIMO Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
PRESUPUESTO ANUAL
Presupuesto anual IVA excluido | Importe IVA y Tipo de aplicable | Presupuesto anual IVA incluido |
50.000 € | 10.500 € | 60.500 € |
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (POR TOTAL DE PRÓRROGAS POSIBLES)
Presupuesto Base Licitación IVA excluido | Importe IVA y Tipo de aplicable | Presupuesto Base Licitación IVA incluido |
100.000 € | 21.000 € | 121.000 € |
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Presupuesto Base Licitación IVA excluido | Importe IVA y Tipo de aplicable | Presupuesto Base Licitación IVA incluido |
120.000 € | 25.200 € | 145.200 € |
El Valor Estimado es el presupuesto base de licitación incrementado según la posibilidad prevista en la cláusula S
En base a esta información, los licitadores deben de tener en cuenta que, en sus precios y ofertas han de quedar incluidos todos los costes directos, indirectos, los otros eventuales gastos y los costes salariales a partir del convenio laboral aplicable, a los que hace referencia el art. 100 LCSP.
E. PRECIO DEL CONTRATO
El precio del contrato será el presentado en la oferta del adjudicatario, en base a los conceptos y criterios expuestos en el apartado anterior.
F. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede, conforme al art. 103 LCSP.
G. GARANTÍAS DE LA CONTRATACIÓN
El adjudicatario, según el art. 107.1 LCSP, hará efectiva una garantía definitiva por un 5% del precio final ofertado, IVA excluido.
Si, a la firma del contrato, el adjudicatario no depositara la fianza, el Xxxxxxx retendrá un 25% de las facturas en cada uno de los pagos, hasta cubrir el aval. El Xxxxxxx abonará en su integridad todas las cantidades retenidas en el momento en que cuente con la fianza.
H. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE
CRITERIO: MENOR PRECIO OFERTADO | |
PONDERACIÓN: 20 puntos | |
VALORACIÓN: Los licitadores obtendrán su puntuación en base a la siguiente fórmula: Oferta más ventajosa x máxima puntuación posible Puntuación = ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ Oferta a valorar | |
OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS | |
Se considerarán, en principio, ofertas anormalmente bajas, aquellas que se encuentren en los siguientes supuestos: 1) Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 2) Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 3) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4) Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. Cuando la mesa de contratación hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad, deberá requerir al licitador o licitadores que las hubieren presentado dándoles plazo suficiente para que justifiquen y desglosen razonada y |
detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, mediante la presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos.
La petición de información que la mesa de contratación dirija al licitador se formulará con claridad de manera que estén en condiciones de justificar plena y oportunamente la viabilidad de la oferta. Concretamente, la mesa de contratación podrá pedir justificación a estos licitadores sobre aquellas condiciones de la oferta que sean susceptibles de determinar el bajo nivel del precio o costes de la misma y, en particular, en lo que se refiere a los siguientes valores:
a. El ahorro en los servicios prestados.
b. Las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para prestar los servicios.
c. La innovación y originalidad de las soluciones propuestas para prestar los servicios.
d. El respeto de obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral, y de subcontratación.
e. O la posible obtención de una ayuda de Estado.
La mesa de contratación evaluará toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo y, en el caso de que se trate de la mesa de contratación, elevará de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al órgano de contratación. En ningún caso se acordará la aceptación de una oferta sin que la propuesta de la mesa de contratación en este sentido esté debidamente motivada.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado cuatro, estimase que la información recabada no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador y que, por lo tanto, la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
I. CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR
CRITERIO 1: MEMORIA TÉCNICA |
PONDERACIÓN: 80 puntos |
VALORACIÓN: Las empresas licitadoras deberán presentar un escrito, de no más de quince páginas, en el que quede plasmado y explicado de qué manera enfocarían ellos el servicio en el caso de que resultaran adjudicatarios. Lo plasmado en esta memoria no tendrá que ser necesariamente ejecutado al pie de la letra, admitiéndose variaciones y propuestas alternativas, que el adjudicatario realizaría una vez conocida más profundamente la realidad xxx Xxxxxxx. La memoria ha de servir para mostrar y convencer al órgano de contratación de la aptitud e idoneidad del licitador. En la memoria deberá plasmarse: 1. Identificación de competencias y perfiles de puestos de trabajo: Análisis y diagnóstico. Planificación de los trabajos: cronograma, sistemática, descripción pormenorizada del trabajo y número, periodicidad y duración de evaluaciones por competencias. Hasta 10 puntos. 2. Desarrollo e implantación de la evaluación del desempeño: diseño de la herramienta de evaluación, acciones de puesta en marcha de la evaluación y conclusiones. Se deberá indicar duración de las sesiones, valorándose positivamente un mayor número de éstas, tipología, el grupo al que van dirigidas (Dirección General, Comité de Dirección, resto de miembros del equipo), el número de participantes y el número de profesionales asignado a cada una de las sesiones. Hasta 20 puntos. 3. Formación, acompañamiento y desarrollo de personas: Elaboración de planes de desarrollo personal y profesional. Diseño, metodología, planificación. Estrategias y/o técnicas de motivación. Número de acciones formativas, valorándose positivamente un mayor número de éstas. Se deberá indicar duración, tipología, el grupo al que van dirigidas (Dirección General, Comité de Dirección, resto de miembros del equipo), el número de participantes y el número de profesionales asignado a cada una de las sesiones. Hasta 20 puntos |
4. Seguimiento, evaluación de resultados, retroalimentación: Exposición de indicadores, sistemas de control, medición, y, en su caso, reversión de prácticas propuestas o aquella información que el licitador considere de relevancia teórica y práctica. Hasta 10 puntos 5. Se valorará positivamente la experiencia de los miembros del equipo en trabajos de similares características en el ámbito de las empresas públicas. Hasta 5 puntos 6. Experiencia contrastada en: formación, coach y procesos de mentoring. Valorándose que quien lidere el desarrollo del proyecto tenga la certificación PCC. Hasta 10 puntos. 7. Descripción detallada del equipo asignado al proyecto, valorándose positivamente mayores niveles de especialización y formación a los enumerados en el apartado b) del punto referido a la solvencia técnica o profesional del epígrafe K. Hasta 5 puntos. |
X. XXXXX Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de proposiciones será de 30 días a partir de la publicación xxx xxxxxx en el portal de transparencia del Palacio de Congresos de Valencia, del Ayuntamiento de Valencia y en la Plataforma de Contratación del Estado.
Las ofertas deben entregarse o remitirse por correo postal a la dirección: Xxxxxxx de Congresos de Valencia, Xxxx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, 00; 46015 de Valencia a la atención de Xxxxxx Xxxxxxx, Director Administrativo‐ Financiero. Cuando la proposición se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y comunicar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante email a dsobrino@palcongres‐xxx.xxx, con copia a taguilar@palcongres‐xxx.xxx en el mismo día.
FORMA DE PRESENTACIÓN
TRES SOBRES. Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados En la parte exterior de cada uno de los sobres deberá constar:
‐ DENOMINACIÓN DEL CONCURSO Y NÚMERO DE EXPEDIENTE (se encuentran al inicio de este documento)
‐ NOMBRE DE LA EMPRESA licitadora
‐ EMAIL de la empresa licitadora
‐ TELÉFONO de la empresa licitadora
‐ NÚMERO DE SOBRE (1 documentación administrativa, 2 criterios dependientes de un juicio de valor, o 3 criterios cuantificables automáticamente)
Dentro de cada uno de los sobres, deberá constar:
“SOBRE Nº 1”: Documentación administrativa. Dentro del sobre 1, los licitadores solo incluirán el Documento Europeo Único de Contratación‐ DEUC. (xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx).
“SOBRE Nº 2”: Documentación relativa a los criterios dependientes de un juicio de valor (Xxxxxxxx X) así como la documentación donde quede plasmado que cumplen los requisitos relativos a su solvencia económica y financiera y técnica o profesional (Cláusula K).
“SOBRE Nº 3”: documentación relativa a los criterios cuantificables automáticamente (Cláusula H).
Solo el adjudicatario, junto con el aval definitivo, tendrá que presentar en su integridad la siguiente documentación:
a. Copia bastanteada notario del DNI del firmante de la proposición.
b. Escritura de poder otorgado a su favor, bastanteada por notario, acompañado de declaración de vigencia de este.
c. Si el licitador fuere persona jurídica presentará fotocopia bastanteada por notario de la escritura de constitución o modificación.
d. Declaración responsable del licitador de no hallarse comprendido en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en la ley de contratos del sector público
e. Certificación de estar al corriente en el pago de las obligaciones en materia de tributos locales (los referentes a Impuesto de Bienes Inmuebles, Impuesto de Actividades Económicas y demás gravámenes municipales)
f. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias autonómicas
g. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias estatales
h. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones de Seguridad Social.
i. Ultimo recibo del pago del I.A.E.
j. Escrito detallando nombre, domicilio, número de teléfono, email y número de fax a efectos de comunicaciones oficiales de cuanto se relacione con este concurso y su adjudicación.
k. Póliza de responsabilidad civil que cubra las posibles eventualidades.
l. Certificación de estar dado de alta el licitador en la Agencia Tributaria e inscrito en el Registro Mercantil.
m. Acreditación del volumen anual de negocio descrito en la cláusula relativa a la solvencia económica, mediante las cuentas anuales de los tres últimos años presentadas en el Registro Mercantil.
n. Acreditación de los suministros mencionados en la cláusula correspondiente a la solvencia técnica, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
o. Plan de Prevención de Riesgos Laborales, seguro y fianza y cuantas otras obligaciones correspondan al adjudicatario.
Los documentos referenciados se presentarán en copia legalizada por Notario, para el caso de que no se presente el original, admitiéndose también copias compulsadas por organismo público competente.
PLAZO DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE LOS PLIEGOS:
Las personas o empresas interesadas en solicitar información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria deberán hacerlo con una antelación de al menos 12 días del transcurso del plazo de presentación de proposiciones (plazo legal).
No obstante;
‐ Los licitadores tienen acceso en nuestra web a la RPT xxx Xxxxxxx, así como a los estatutos de la entidad.
‐ Cualquier otra información que se requiera y no tenga carácter público, el Xxxxxxx considerará si puede y debe o no facilitarla. En caso afirmativo, la publicará en su web, en la del Ayuntamiento de Valencia y en el Plataforma de Contratación del Estado.
COMISIÓN DE CONTRATACIÓN:
La comisión de contratación la constituirán el miembro del equipo directivo que se responsabilizará del seguimiento y control de la prestación del servicio, y será quien firme el “informe técnico”; el resto de los directores de área y el responsable de calidad y procesos, que formarán la “mesa de contratación” y emitirán el informe de la mesa de contratación, avalando el informe técnico y expresando, en su caso, las objeciones o puntualizaciones pertinentes, y la dirección‐gerencia quien, en atención a los mencionados informes, adjudicará el servicio.
Una vez abiertos, estudiados y valorados los sobres 1 y 2, se procederá a la apertura pública del sobre 3, comunicando lugar, fecha y hora a todos los licitadores.
K. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)
a) | Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios |
Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D) Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. | |
b) | Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe del valor estimado del contrato. |
SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 90 LCSP)
a) | Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años últimos años |
Relación de los principales servicios de las mismas características que los servicios ofertados, realizados durante los últimos tres años, que incluya importe, fechas, nombre y ubicación, destinatario público o privado de los mismos, descripción del negocio, servicios y productos, número de empleados y cualquier otra información que considere de utilidad. Al menos, deberá acreditar 3 contratos de similares características durante los últimos tres años. Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder de este que acrediten la realización de la prestación. | |
b) | Medios personales y materiales descritos. La disposición efectiva de tales medios deberá acreditarse documentalmente por la persona o empresa licitadora que resulte propuesta como adjudicataria, y su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato (art. 211 LCSP). Mínimo exigible: Profesionales con formación académica superior. Además, se requerirá como mínimo un equipo compuesto por: ▪ 1 miembro profesional senior en gestión de RRHH ▪ 1 miembro con certificado coach en formación de equipos. |
▪ 1 miembro con certificado coach por la Internacional Coaching Federation (ICF). Dichos profesionales tendrán al menos 15 años xx xxxxxxx profesional en empresa (no sólo en el ámbito de la consultoría). Experiencia en Dirección y realización de proyectos. |
Los licitadores deberán introducir la documentación donde quede plasmado que cumplen estos requisitos relativos a su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como el compromiso de adscripción a medios, en el sobre 2.
M. SUBCONTRATACIÓN
Las personas o empresas licitadoras deben indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
En el caso de que el adjudicatario prevea la necesidad o conveniencia de subcontratar parte de su prestación, deberán tenerse en cuenta las siguientes indicaciones:
- El importe máximo de la subcontratación no superará el 60% del importe del contrato firmado entre el Xxxxxxx y el adjudicatario
- Las condiciones de solvencia profesional y técnica de los subcontratistas a los que se les encomiende la realización de los trabajos serán las mismas que las exigidas al adjudicatario, y deberán dejar constancia de ello mediante los mismos medios que el adjudicatario
- En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito al Xxxxxxx su intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
N. OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
Asimismo, la adjudicataria está obligada a todas cuantas obligaciones legales no explicitadas en este pliego sean aplicables al adjudicatario, en materia laboral, tributaria, mercantil y en todos los campos propios del servicio y de su actividad profesional..
El deber de confidencialidad se ajustará a los dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público, durante el plazo de 5 años.
El adjudicatario se compromete a realizar un uso de cuanta información maneje con pleno cumplimiento de la Ley de Propiedad Intelectual, la Ley de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, el Reglamento de Protección de Datos de Carácter Personal, y del resto de la legislación vigente aplicable
O. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Es condición especial de ejecución, la obligación de la empresa adjudicataria, durante todo el periodo de ejecución del contrato, de no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo en materia de jornada y salario, así como cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable que corresponda a cada momento a las personas trabajadoras adscritas al cumplimiento del contrato, en función del convenio del sector que resulte de aplicación al presentarse la oferta, salvo acuerdo explícito entre empresa y representación del personal.
P. OTRAS PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS
Las infracciones y los incumplimientos cometidos por el adjudicatario serán clasificadas como faltas muy graves, graves y leves.
1. Se considerarán faltas muy graves los siguientes incumplimientos y conductas:
a. El incumplimiento de las obligaciones esenciales derivadas del contrato y las establecidas en el presente documento, entre las que figura la demora injustificada en la ejecución del contrato.
b. La reiteración o reincidencia en dos faltas graves consecutivas.
c. Falta notoria de calidad de los informes, valoraciones, prácticas o lecciones objeto del contrato
d. Incumplimiento del acuerdo de confidencialidad
2. Se considerarán faltas graves los siguientes incumplimientos y conductas:
a. La reiteración de dos faltas leves.
b. Trato irrespetuoso al personal
3. Se considerarán faltas leves los siguientes incumplimientos y conductas:
Todas aquellas infracciones del presente pliego de condiciones y el incumplimiento de las obligaciones contenidas en la proposición del adjudicatario no tipificadas como faltas graves o muy graves, y en particular:
a. Incumplimiento del planning establecido
b. Reducción del personal establecido
4. Por razón de las faltas tipificadas en los anteriores apartados el Xxxxxxx de Congresos podrá imponer las siguientes sanciones: las faltas muy graves se sancionarán con multas contractuales entre 2000 y 4000 € o con la resolución del contrato y pérdida de fianza. Las falta o infracciones graves podrán sancionarse igualmente con la resolución del contrato o con multas contractuales de entre 1000 y 2000 €. Y las faltas o infracciones leves con apercibimiento o multas de hasta 1000 €. Las sanciones y, en su caso, la resolución del contrato, se adoptarán por el órgano competente xxx xxxxxxx previa audiencia al contratista por un plazo xx xxxx días.
Son causas de resolución de los contratos de servicios, además de las generales, las siguientes:
a. El desistimiento antes de iniciar la prestación del servicio o la suspensión por causa imputable al órgano de contratación de la iniciación del contrato por plazo superior a cuatro meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo, salvo que en el pliego se señale otro menor
b. El desistimiento, una vez iniciada la prestación del servicio o la suspensión del contrato por plazo superior a ocho meses acordada por el órgano de contratación, salvo que en el pliego se señale otro menor
c. Los contratos complementarios quedarán resueltos, en todo caso, cuando se resuelva el contrato principal.
Q. OTRAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Asimismo, se considerará causa de resolución del contrato:
a. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b. La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
c. El mutuo acuerdo entre la Entidad Xxxxxxx de Congresos y el contratista.
d. La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista
e. La demora injustificada en el pago por parte xxx Xxxxxxx por plazo superior a 6 meses.
f. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público xxx Xxxxxxx de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato.
g. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en los convenios, acuerdos, reglamentaciones y demás normas aplicables en el caso, así como la comisión de falta muy grave o grave.
R. FORMA DE PAGO
El adjudicatario a lo largo de los años del contrato emitirá una factura mensual de la parte alícuota del precio del contrato. El Xxxxxxx abonará dichas facturas transcurridos 30 días con fecha fija 1 de cada mes.
S. OTRAS CAUSAS DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Procederá la modificación del contrato en los términos previstos en los arts. 204 y 309 LCSP, conforme a lo detallado en el objeto de este contrato, en los supuestos y con el alcance y límites que a continuación se indican:
Cuando el mayor número de eventos, congresos, convenciones u otras actividades que se celebren en el Xxxxxxx requiriera, impidan cumplir los plazos con la continuidad requerida, lo que podría hacer necesario llevar a cabo sesiones de refuerzo o recordatorio. En este caso, se modificará el contrato previendo la continuación del servicio según los precios del contrato, hasta el límite establecido en esta cláusula
El porcentaje máximo del precio al que pueden afectar las citadas modificaciones es del 20%