CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS
XXXXXX XXXXXXXXX
XXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Xx. 0 “HÉROES DEL 41”
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS
En la Parroquia El Cambio, Provincia de El Oro, a los del mes de del año 2021, en las dependencias de la UNIDAD EDUCATIVA DE FUERZAS ARMADAS COLEGIO MILITAR No. 3 “HÉROES DEL 41”, se suscribe el presente contrato de obligación mutua para las partes, al tenor de las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. – COMPARECIENTES: Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte, el/la señor/a , con cédula de ciudadanía No. por sus propios derechos, en calidad de padre/madre de familia o representante legal xxx xxxxxx
de Año de: EDUCACIÓN INICIAL ( ) BÁSICA ( ) BACHILLERATO ( ) Paralelo “ ”,
en calidad de REPRESENTANTE; y, por otra parte, la UNIDAD EDUCATIVA DE FUERZAS ARMADAS COLEGIO MILITAR No. 3 “HÉROES DEL 41”, representada legalmente por su Rector, el TCRN DE CCEE. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. Ambas partes con capacidad jurídica para obligarse ante la ley, por sí mismas, libres, con consentimiento y voluntad, se comprometen al cumplimiento de todo lo que en derecho se estipula en el presente Contrato de Prestación de Servicios Educativos.
Para efectos del presente contrato, de aquí en adelante, se tendrán en consideración únicamente el término REPRESENTANTE para referirse al padre/madre de familia o representante legal del/la cadete.
CLÁUSULA SEGUNDA. – ANTECEDENTES: La UNIDAD EDUCATIVA DE FUERZAS
ARMADAS XXXXXXX XXXXXXX Xx. 0 “XXXXXX XXX 00”, xx una institución fiscomisional que imparte educación integral a la niñez y juventud, en los niveles Inicial, Básica General y Bachillerato General Unificado, que contribuye al desarrollo de la sociedad, a través de un modelo pedagógico alternativo dentro de un marco de lealtad a la institución, disciplina consiente y práctica permanente de valores. Su actividad y los servicios educativos que presta se enmarcan en las normas de la Constitución, la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento, el Código de la Niñez y Adolescencia y demás leyes de la República del Ecuador. Está sujeta al control y regulación por parte del Ministerio de Defensa Nacional y del Ministerio de Educación, quien ha autorizado sus actividades mediante la Resolución No. 0000027-07D02-RM para el año lectivo 2021-2022 emitida por la Junta Distrital Reguladora de Pensiones y Matrículas de establecimientos Particulares y Fiscomicionales de la Dirección Distrital 17D02 Machala- Educación, misma que podrá ser revisada en la red social de Facebook de esta Unidad Educativa y del Ministerio de Educación. Por otra parte, el/la REPRESENTANTE, consciente de su responsabilidad de participar en el proceso educativo de su representado/a(s), ha escogido libremente el modelo educativo que ofrece la Unidad Educativa de Fuerzas Armadas Colegio Militar No. 3 “Héroes del 41”, por considerarlo adecuado para el desarrollo integral de su
representado/a(s) y con el objeto de asegurar el pleno ejercicio de sus derechos y una educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas.
CLÁUSULA TERCERA.- OBJETO DEL CONTRATO: El/la señor/a
, en calidad de padre/madre de familia o representante legal xxx xxxxxx declara que se encuentra en capacidad económica de sufragar puntualmente los costos del servicio educativo ofertado, y que dará estricto cumplimiento a lo dispuesto y firmado en la Carta de Compromiso del año lectivo 2021-2022 (requisito principal para obtener matrícula) y que por lo tanto, acepta libremente y contrata los servicios educativos de la UNIDAD EDUCATIVA DE FUERZAS ARMADAS COLEGIO MILITAR No. 3 “HÉROES DEL 41”, para el Año académico escolar 2021-2022, en pleno ejercicio de su derecho constitucional de “escoger para sus hijos o hijas una educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas”. (Art. 29 de la Constitución Política del Ecuador).
CLÁUSULA CUARTA. - DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO CONTRATADO. - El/la
cadete se matricula en el Año de: EDUCACIÓN INICIAL ( ) BÁSICA ( ) BACHILLERATO ( ) Paralelo “ ”, de la UNIDAD EDUCATIVA DE FUERZAS ARMADAS COLEGIO MILITAR No. 3 “HÉROES DEL 41”, quien oferta
para el efecto los siguientes Servicios Educativos:
1. Formación integral guiada por los lineamientos de la unidad educativa, para lo cual los/as padres/madres o representantes lo asumen y autorizan la asistencia y participación de su cadete en todas las actividades y proyectos educativos, formativas, cívicas, culturales, sociales, deportivas y militares.
2. Proceso de enseñanza – aprendizaje en función del progreso de la ciencia, pedagogía, técnica, didáctica, tecnología y requerimientos de la sociedad ecuatoriana, fundamentados en los principios, virtudes y valores xxxxxxx de la ética, incluido el honor, disciplina y lealtad, propios de una institución educativa militar.
3. Personal docente profesional y acreditado con los títulos académicos y/o experiencia en su respectiva especialidad.
4. Departamento de Consejería Estudiantil con personal profesional y dentro del marco de lo dispuesto en el Art. 58 del Reglamento a la LOEI, que brinda un servicio educativo y de orientación psicológica cuya función es acompañar, informar, orientar y capacitar a los estudiantes en la toma de sus decisiones bajo los ejes de acción del DECE y el principio de la corresponsabilidad social de los miembros de la comunidad educativa.
5. Infraestructura física con amplios espacios para la recreación, actividades deportivas, culturales, militares, sociales y servicios de bar, además de aulas acondicionadas acordes con las exigencias pedagógicas y didácticas de la institución.
6. Laboratorios de física, química, inglés, biología, computación, biblioteca, salones de uso múltiple y demás servicios académicos.
7. Espacios de formación integral – militar – cívica - deportiva y otras actividades extracurriculares.
CLÁUSULA QUINTA. – COSTO DEL SERVICIO EDUCATIVO: El valor del servicio de la educación y formación integral del o la cadete en los niveles de Educación Inicial, Básica y Bachillerato, se regula por la Junta Distrital reguladora
de pensiones y matrículas para establecimientos fiscomisionales, mediante resolución anual correspondiente, tanto para el rubro de matrícula, como para el rubro de pensión. Los valores que se cobrarán por los servicios educativos han sido autorizados por el Ministerio de Educación mediante Resolución No. 0000027-07D02-RM para el año lectivo 2021-2022 y están publicados visiblemente en la unidad educativa, por consiguiente, los rubros serán: MATRÍCULA PARA EDUCACIÓN INCIAL: $61,27 y PENSIÓN: $98,03; MATRÍCULA PARA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA (1ero a 7mo) $76,36 y PENSIÓN: $122,17; MATRÍCULA PARA BÁSICA SUPERIOR (8vo a 10mo) y BACHILLERATO: $84,11 y PENSIÓN: $134,58. Por lo que el/la REPRESENTANTE
del/la cadete se obliga a cancelar los valores acordados en la cuenta del Banco General Xxxxxxxxx, dentro de los 5 a 20 días de cada mes. Se RECALCA que al inicio de año, la matrícula y pensión se cancelarán, una vez que se habilite el comunicado en la página web de la institución educativa de que está lista la asignación de becas y descuentos según el Acuerdo Ministerial No. 127-2018 del MIDENA. Así mismo, se pone a su conocimiento que el incumplimiento de la obligación de pago de pensiones por tres meses consecutivos, faculta a la UNIDAD EDUCATIVA DE FUERZAS ARMADAS COLEGIO MILITAR No. 3 “HÉROES DEL 41” a poner a órdenes del
Distrito Educativo correspondiente, los documentos escolares del/la cadete para su reubicación en otra institución educativa, en la que pueda gozar de su Derecho a la Educación, e incluso podrá también la Unidad Educativa contratada, acudir a los jueces competentes para obtener el pago de los valores adeudados con el recargo del interés legal vigente, más los costos que se deriven de la misma. En transacción de las partes, se procurará el retiro voluntario del/la cadete por incumplimiento contractual de sus padres, apoderado o representante legal, para solventar los costos del servicio contratado.
CLÁUSULA SEXTA. - COMPROMISO ESPECÍFICO: Por la aceptación y firma del presente Contrato de Servicios Educativos, El/la REPRESENTANTE, , madre/padre de familia del/la cadete , declara conocer las obligaciones y derechos generados en este contrato y en la carta de compromiso del año lectivo 2021-2022, por lo que ratifican su aceptación.
LOS REPRESENTANTES: se han informado adecuada y ampliamente de este modelo educativo que consta en el Proyecto Educativo Institucional, Código de Convivencia y en sus Políticas internas vigentes, documentos que se encuentran publicados en la página web del plantel.
LOS REPRESENTANTES: han leído y comprendido el alcance de las disposiciones que constan en los documentos mencionados y, de manera libre, voluntaria y responsable, se comprometen a respetarlos y a hacerlos cumplir pues sus contenidos están conformes con sus creencias, principios y cultura. Así mismo comprenden las consecuencias de su inobservancia y aceptan su obligación de ser los primeros responsables en el proceso educativo de su representado.
CLÁUSULA SÉPTIMA. - DECLARACIONES DEL/LA REPRESENTANTE: El/la
REPRESENTANTE reconoce que, de no estar al día en el pago de sus obligaciones contractuales, las facturas emitidas constituyen una obligación de tipo civil, exigible inmediatamente después de haber transcurrido el tiempo previsto para cancelarla y que se encuentra estipulado en la cláusula quinta de este contrato. Las facturas regularmente emitidas por la Unidad Educativa, constituirán
prueba suficiente de las obligaciones contraídas por el/la REPRESENTANTE y se entenderán como canceladas únicamente con la presentación de documentos y/o recibos válidos de descargo.
CLÁUSULA OCTAVA. - COMPROMISO ESPECÍFICO DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN:
Con el fin de garantizar los derechos y responsabilidades de los/las cadetes, de acción conjunta, oportuna y propositiva el padre o la madre de familia o representante legal indican los siguientes medios de comunicación como oficiales para ser informado, comunicado o notificado sobre asuntos académicos o disciplinarios de su representado/a según sea el caso:
Dirección domiciliaria: . Teléfono Celular: . Teléfono Convencional: .
Correo electrónico: .
Información de Pariente Cercano o/u de su confianza:
Dirección domiciliaria: . Teléfono Celular: . Teléfono Convencional: .
Correo electrónico: .
CLÁUSULA NOVENA. - TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El contrato terminará por las siguientes causas: a) Por el vencimiento del año lectivo estudiantil. b) Por voluntad o acuerdo de ambas partes. c) Por incumplimiento del pago de pensiones de 3 meses consecutivos durante el primer quimestre del año lectivo, esta información, será remitida al Distrito de Educación xx Xxxxxxx, para que el/la cadete sea reubicado en otra institución educativa. Cuando el impago se produzca en el segundo quimestre del año lectivo, igualmente se informará al Distrito de Educación xx Xxxxxxx, para la negación de la matrícula en nuestra institución en el siguiente año. d) Por suspensión de actividades de la unidad educativa por más de sesenta días o por cierre definitivo.
e) Por voluntad del/la REPRESENTANTE, previa solicitud escrita. Si una vez matriculado el/la cadete, sus progenitores o representantes deciden retirarlo de la Unidad Educativa de Fuerzas Armadas Colegio Militar No. 3 “HÉROES DEL 41”, deberán comunicar de inmediato a los directivos de la institución; teniendo en cuenta que no se podrá solicitar el reembolso de la matrícula ni de las pensiones que hayan sido devengadas. Por lo tanto, el/la REPRESENTANTE se compromete a cancelar los valores correspondientes a los servicios educativos y adicionales voluntarios recibidos a favor del/la cadete que representa, hasta el último día de asistencia a la Unidad Educativa. f) Por incurrir sus representados en las faltas muy graves que establece el Art. 134 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural.
CLÁUSULA DÉCIMA. - RENOVACIÓN DEL CONTRATO: Para la renovación del presente contrato, el/la REPRESENTANTE deberá solicitarlo al suscribir un nuevo contrato de servicios educativos para el siguiente año lectivo. La renovación procederá cuando el/la REPRESENTANTE demuestre que ha cumplido a cabalidad con este contrato, especialmente en cuanto al Código de Convivencia, las Políticas Internas, el estar al día en el pago de la matrícula y pensión puntualmente y que reitere libremente su aceptación a la modalidad del proyecto educativo
institucional de la Unidad Educativa de Fuerzas Armadas Colegio Militar No. 3 “HÉROES DEL 41”, para el siguiente período lectivo. Si el/la REPRESENTANTE no cumpliere con lo estipulado en este contrato, la Unidad Educativa de Fuerzas Armadas Colegio Militar No. 3 “HÉROES DEL 41”, tendrá la libertad de no renovarlo, ni de receptar la matrícula de quien, a cuyo nombre actúa el/la REPRESENTANTE.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.– CONTROVERSIA: En caso de suscitarse controversia o conflictos, las partes se comprometen a utilizar los mecanismos de Solución Alternativa de Conflictos dentro o fuera de la Institución, a fin de superar las divergencias que puedan suscitarse en dialogo solidario y de mutuo respeto, salvaguardando el prestigio de la Unidad Educativa y el interés superior de su representado/a. Acudirán a los centros de mediación o a las autoridades competentes de esta jurisdicción como última instancia.
Si LOS REPRESENTANTES incumplieren en el pago oportuno de más de tres mensualidades, estos se comprometen a acudir al Centro de Mediación de la Función Judicial en la ciudad xx Xxxxxxx para suscribir el correspondiente acuerdo de pago que se plasmará en un acta de mediación, amparados en lo establecido en el artículo 190 de la Constitución de la República, artículos 44 y 47 de la Ley de Arbitraje y Mediación, el Reglamento del mencionado centro y las demás normas aplicables o a la Jurisdicción.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- En el caso de cambios de los representantes legales (académico y económico) deberán ser actualizado mediante el contrato de servicios educativos.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- LOS REPRESENTANTES: Se comprometen a que su representado no traerá al plantel objetos de valor que no se usen para el proceso educativo. En caso de hacerlo, aceptará las acciones educativas disciplinarias que se impongan y a su vez liberará de responsabilidad a LA INSTITUCIÓN en caso de pérdida, hurto o robo.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. – RATIFICACIÓN: Las partes firman y ratifican el total contenido del presente contrato, en forma libre y voluntaria y por así convenir a sus intereses, para constancia de lo cual lo suscriben su firma y rúbrica ante Notario o Juez Competente de ser requeridos.
FIRMA DEL PADRE/MADRE DE FAMILIA O REPRESENTANTE LEGAL C.C. No. ………………………. | XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX. DE XX.XX RECTOR DE LA UNIDAD EDUCATIVA DE FF.AA COLEGIO MILITAR “HÉROES DEL41” |
FIRMA DEL PADRE/MADRE DE FAMILIA O REPRESENTANTE ECONÓMICO C.C. No. ………………………. |