CONTRATO NUMERO ASENL-RE-ADQ-130/2016
CONTRATO NUMERO ASENL-RE-ADQ-130/2016
CONTRATO DE ADQUISICiÓN, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EN LO SUCESIVO "EL CLIENTE". REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C.P.C. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX. AUDITOR GENERAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y EL LIC. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, TITULAR DE LA UNIDAD GENERAL DE ADMINISTRACiÓN, QUIENES SE ACOMPAÑAN DEL REPRESENTANTE DE LA UNIDAD DE COMPRAS Y RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. EL L1C_ XXXXXXX XXXXX XXXX, COORDINADOR DE ADQUISICIONES Y RECURSOS MATERIALES. Y POR OTRA PARTE, LA PERSONA MORAL EQUIPOS DE ENSAYE CONTROLS, S.A. DE C.V. A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR" REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXX XXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
1. Declara "EL CLIENTE". que:
1.1 Es un órgano técnico, superior de fiscalización y control gubernamental auxiliar del Congreso del Estado en su función de revisión de las cuentas públicas, dotado de personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía financiera, técnica y de gestión, así como para decidir su organización interna, funcionamiento, ejercicio presupuestal y emitir sus propias resoluciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 63 fracción XIII y 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León. y 3 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.
1.2 Su representante el C.P.C. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, fue designado de conformidad con lo establecido en los artículos 79 y 80 fracción V de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, como Auditor General del Estado. según consta en los decretos 036 y 080 del 14 de diciembre de 2015, expedidos por el
H. Congreso del Estado de Nuevo León, y publicados en el Periódico Oficial del Estado del 16 de diciembre de 2015, por lo que acude a este acto en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 82 fracciones 1,11Y V de la citada legislación.
1.3 El Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, en su calidad de Titular de la Unidad General de Administración, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, en términos de lo dispuesto en los artículos 86 y 90 fracciones I y V de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y numeral 35 fracciones VII y VIII del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León.
1.4 En representación de la Unidad de Compras de "EL CLIENTE", participa el Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Coordinador de Adquisiciones y Recursos Materiales, quién conforme a lo establecido en el numeral 36 Bis fracción V del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, cuenta entre otras facultades y atríbuciones, la de supervisar que la adquisición y suministro de bienes de consumo, inversión y prestación de servicios que contrate la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, se den en las mejores condiciones de calidad. oportunidad y precio.
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1.5 El presente contrato, se adjudicó de conformidad con lo establecido en los artículos 42 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y 5 fracción I de la Ley de Egresos del Estado para el año 2016, es decir, conforme al procedimiento de ADJUDICACiÓN DIRECTA.
1.6 Para cubrir las erogaciones que se deriven de la celebración de este instrumento, se ejercerán recursos propios los cuales se encuentran contemplados en el presupuesto de egresos 2016.
1.7 El Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Coordinador de Adquisiciones y Recursos Materiales de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, actuará en cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 93 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, como RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, por lo que será el encargado de verificar que los bienes o servicios contratados, cuenten con los requisitos establecidos en el presente instrumento, debiendo en su caso informar por escrito al Titular de la Unidad General de Administración del posible incumplimiento que se pudiera presentar.
1.8 Para todos los efectos legales del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en calle Loma Larga 2550, Colonia Obispado, Monterrey, Nuevo León, Código Postal 64060.
DE "EL PROVEEDOR"
\ 11. Declara "EL PROVEEDOR", bajo protesta de decir verdad, que:
11.1 Es una persona moral mexicana, constituida en una Sociedad Anónima de Capital
Variable, mediante escritura publica número 40,229 de fecha 29 xx xxxxx de 1995, realizada por el Licenciado Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Notario Público xxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
11.2 Su apoderado cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, de conformidad con el testimonio del instrumento 32,940, pasada ante la fe del Licenciado Xxxx Xxxx X. Xxxxxxxx Xxxxxxx, Notario Público Titular de la Notaría xxxxxx 000, xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Identificándose en este acto con credencial de residente permanente, con número 11062970, expedida por el Instituto Nacional de Migración.
11.3 Cuenta con la experiencia, capacidad técnica, operativa y financiera, así como la organización administrativa necesaria, para cumplir con las obligaciones derivadas de este contrato, en los términos que se establecen en este instrumento jurídico.
11.4 Formaliza este contrato con la seguridad de que ninguno de sus socios o directivos, ni su apoderado legal para efectos del presente contrato, desempeñan un empleo, cargo o comisión en el Servicio Público o que están inhabilitados para desempeñarlo, así como tampoco se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y 38 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado.
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11.5 Conoce plenamente y se sujeta al contenido y requisitos que establece el presente contrato, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, el Reglamento de la citada legislación, así como demás normatividad vigente aplicable en la materia.
11.6 Para efectos legales del presente contrato, señala domicilio para oír y recibir notificaciones, el ubicado en xxxxxxx xx xx Xxxxxxxx 00 FO, Xxxx xx Xxxx Xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- "EL CLIENTE" encomienda a "EL
(12.5mm). Con certificado de cumplimiento con la norma ASTM E11. Tamiz de 8w de diámetro, xxxxx xx xxxxx inoxidable con abertura de 1/4" |
PROVEEDOR" el suministro de equipos y accesorios para su laboratorio de ensaye de materiales, en adelante "LOS EQUIPOS" para el servicio de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, obligándose "EL PROVEEDOR" a vender y proporcionar "LOS EQUIPOS", en las cantidades, y con las
especificaciones y | descripciones estipuladas a continuación: |
equipo ultrasonido.
0.xxx
DESCRIPCiÓN | ESPECIFICACIONES | CANTIDAD | ||
1.- Moldes metálicos de recambio para equipo de pista de Hamburgo (modelo 77-PV33B06). | Conjunla de dos moldes para muestras de 400 x 330 mm, 40 a 100 mm de espesor, recomendado para ensayos conforme a la norma EN12697- | |||
1-uno | ||||
22 en acua o en aire. TlOTSOMMAMP Transductor de desplazamiento de 50mm con saluda | ||||
2-<:10$ | ||||
de 0.5 a 5.0 Valt. Para la máquina de Hamburgo modo 77.PV33B06. | ||||
Vaso de aluminio de 70 mm de diámetro x 190 mm de altura, para | 2-<:10$ | |||
2." Banco para la | centrifuga de la serie 75.Bo024/N. Este aparato se utiliza en com,.binación con una balanza electrónica adeCuada para determinar gravedad especifica del concreto endurecido y los agregados. Su sólido bastidor esta especialmente diseñado para soportar la balanza electrónica mientras que la parte inferior del bastidor incorpora un. plataforma móvil que soporta el contenedor de agua (incluida), lo que permite que las muestras de ensayo se pesen tanto en aire como en agua. La balanza no esta incluida y debe seleccionarse en función de la escala de peso requerida. Se puede utilizar cualquier tipo xx xxxxxxx electrónica con dispositivo de pesada hidrostática (pesaje por debajo de la balanza). El bastidor debe completarse con el cestillo de densidad 11-00612 y/O Plataforma-soporte colgante para muestras 11.D0621/A1, Dimensiones | |||
determinación de | ||||
densidades de muestra | ||||
de mezclas asfálticas | ||||
compactadas y | ||||
accesorios. | ||||
1-uno | ||||
totales: 400 x 650 x 1000mm. Peso: 25,5 kg (aprox), | ||||
Estanque de polietileno de 30 galones que mide 18wx14.x1S- | ||||
(457x610x457mm) de profundidad y viene con una válvula de drenaje y | ||||
una puerta de rebalse. También incluye un calentador de estanque de 200W y una bomba circuladora, las cuales están hecha firme a un brazo | 1-uno | |||
xx xxxxx inoxidable que las mantiene aseguradas al estanque. Cumple con norma ASTM e127. | ||||
Canastilla de 12W de diámetro, para colocar las muestras dentro del | ||||
tanQue de aQua. | 2-dos | |||
Báscula electrónica de carga superior e inferior 24000gr de capacidad y | ||||
1-uno | ||||
O.1gr de resolución, salida de datos RS232, 110V, 60Hz, 1ph, | ||||
3.- Cribas | y jabón | para | dimensiones de plato: 160 x 200 mm, peso aproximado 2.7kg. Tamiz de 8w de diámetro, xxxxx en acero inoxidable con abertura de 112w | |
Tamiz | de 8w de diámetro, malla | en acero | inoxidable | con abertura | del No. | ||
200 (75IJm). Con certificado de cumplimiento con la norma ASTM E11. Tamiz de 8" de diámetro y 4" de altura, malla en acero inoxidable con abertura del No. 200 (75IJm). Con certificado de cumplimiento con la | 2-dos 1-uno | ||||||
norma | ASTM E 11, |
(6.3mm). Con certificado de cumplimiento con la norma ASTM E11. 1-uno
Liquido limpiador de tamices. 1 galón 1-uno
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SEGUNDA.- ENTREGA DE "LOS EQUIPOS".- "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar
"LOS EQUIPOS". a más tardar el31 xx xxxxx de 2017.
"EL CLIENTE" se reserva el derecho de no aceptar "LOS EQUIPOS" cuando éstos no cumplan con las especificaciones convenidas.
TERCERA.- PRECIO FIJO.- "LAS PARTES" establecen que el precio unitario que se maneja en el presente instrumento respecto de "LOS EQUIPOS" es a precio fijo.
CUARTA.- LUGAR DE ENTREGA.- "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar "LOS
EQUIPOS" objeto del presente contrato. en el domicilio manifestado en la DECLARACiÓN 1.8de "EL CLIENTE".
QUINTA.- MONTO.- El monto del presente contrato asciende a la cantidad de $190,599.92 (CIENTO NOVENTA MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 92/100
M.N.) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado.
SEXTA.- FORMA DE PAGO.- El monto de este contrato será cubierto en dos exhibiciones, el primer pago se realizará por concepto de anticipo por la cantidad de $181,068.97 (Ciento Ochenta y Un Mil Sesenta y Ocho Pesos 97/100 M.N.) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, previa entrega por parte de "EL PROVEEDOR" de la fianza correspondiente, y el restante, se efectuará dentro de los 15 días naturales posteriores a la entrega de "LOS EQUIPOS" a entera satisfacción de "EL CLIENTE" en la forma y el lugar establecidos; dichos pagos se efectuaran previa exhibición de la factura que cumpla con los requisitos exigidos en las disposiciones fiscales vigentes.
El comprobante fiscal que se expida con motivo de la presente adquisición deberá contener los siguientes datos:
¡)i.-Ñ-OMBRE-OE-:-'-rAui5iTORIA-SUPERI6ROEL-ESTA'o6oE-N"uE\'oTEON";
¡'DOMICiLío-'-'-'---T'CALLE-L()MALARGA'25-5(iCOL~6B'ISPA[jo !
~! _F._IS._C._A._L._:._._._-_._._+---! -M--O---N--T-E--R--R--E--Y----N-_U.-E--V--O._.L_.E_-a-.N_-._.C_.._P-_.._6.4_.0_-6_0._.._---_._._--, :
!.R-.._F.-.,C--.-:.-._-----_._. ! .A_.S_.E_0._8._0.1_.0_7._2._G._3._._._._._._._._._._._._._._._._._._._-------------_. !
"EL CLIENTE" realizará el pago por el importe señalado en la CLÁUSULA QUINTA, mediante transferencia electrónica a cuenta bancaria de "EL PROVEEDOR".
En caso de que el comprobante fiscal presente errores o deficiencias, "EL CLIENTE" al momento de su recepción indicará a "EL CLIENTE" las deficiencias que se deberán corregir para que las subsane.
SÉPTIMA.- ANTICIPO.- "EL CLIENTE" otorgará a "EL PROVEEDOR" un anticipo por un total de $181,068.97 (Ciento Ochenta y Un Mil Sesenta y Ocho Pesos 97/100 M.N.) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado. monto que será cubierto en una sola exhibición.
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El anticipo será pagado en un plazo no mayor a tres días hábiles contados a partir de la firma del presente instrumento, previa entrega por parte de "EL PROVEEDOR" de la fianza y factura correspondientes.
OCTAVA.-
NOVENA.-
DÉCIMA.-
DÉCIMA PRIMERA.-
DÉCIMA SEGUNDA.-
DÉCIMA TERCERA.-
~\
DÉCIMA CUARTA.-
FIANZA DE ANTlCIPO.- "EL PROVEEDOR" se obliga a exhibir una fianza a favor de "EL CLIENTE", con el objeto de garantizar el anticipo descrito en la cláusula anterior, la cual podrá ser cancelada cuando "EL PROVEEDOR" haya cumplido con las obligaciones que se deriven del presente contrato.
VIGENCIA.- Las partes acuerdan que la vigencia del presente contrato iniciará a partir de su firma, y terminará hasta que se cumpla el objeto del mismo.
IMPUESTOS Y DERECHOS.- Los impuestos y derechos locales y federales que se generen con motivo del objeto del presente contrato, serán cubiertos por aquella parte que legalmente tenga la obligación de hacerlo. en términos de la normativa aplicable.
OBLIGACIONES DE "EL PROVEEDOR".- "EL PROVEEDOR" será el único
responsable de la calidad de "LOS EQUIPOS" materia del presente contrato de conformidad con lo siguiente:
1. Se obliga a cumplir con las especificaciones técnicas exigidas por "EL CLIENTE", en relación a "LOS EQUIPOS" a adquirir.
2. Se obliga a entregar "LOS EQUIPOS" dentro del plazo establecido en el presente instrumento.
3. Se obliga a cumplir con la totalidad de las obligaciones que se establecen en el presente contrato.
GARANTIA.- "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar una garantía por escrito la cual proteja contra defectos de fabricación respecto de "LOS EQUIPOS", por un período de un año, contado a partir de que el mismo haya sido entregado a "EL CLIENTE".
RESTRICCiÓN DE CESiÓN DE DERECHOS Y OBLlGACIONES.- "EL
PROVEEDOR" se obliga a que los derechos y obligaciones que se deriven dei presente contrato no podrán cederse en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona.
CONFIDENCIALlDAD.- "EL PROVEEDOR" se obliga a mantener estricta confidencialidad de la información y/o documentación relacionada con el presente contrato, bajo la pena de incurrir en responsabilidad penal, civil o de otra índole, y por lo tanto, no podrá ser divulgada, transmitida, ni utilizada en beneficio propio o de tercero.
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DÉCIMA QUINTA.-
DÉCIMA SEXTA.-
DÉCIMA SÉPTIMA.-
DÉCIMA OCTAVA.-
PENA CONVENCIONAL.- "EL PROVEEDOR" se obliga a pagar a "EL CLIENTE" una pena convencional por no cumplir el objeto del presente contrato en los plazos y condiciones establecidos en este contrato, por el 1% (uno por ciento) del monto total del presente contrato, sin considerar el impuesto al valor agregado, por cada día natural de atraso en la entrega de "LOS EQUIPOS".
Dicha cantidad se descontará del pago debido a "EL PROVEEDOR", sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.
RESCISiÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. "EL CLIENTE" podrá
rescindir administrativamente el presente contrato, por cualquiera de las siguientes causas imputables a "EL PROVEEDOR", que a continuación se señaian:
A) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas en el presente instrumento.
B) Si no proporciona "LOS EQUIPOS" en los términos, condiciones y especificaciones establecidas en este instrumento;
C) Si cede en forma parcial o total, a terceras personas físicas x xxxxxxx, los derechos y obligaciones derivados del presente contrato.
D) Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de declaraciones de "EL PROVEEDOR".
E) Cuando cambie de nacionalidad e invoque la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de "EL CLIENTE";
F) En caso de que se encuentre en alguno de los supuestos contenidos en el artículo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y 38 del Reglamento de la citada Ley.
PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.- En caso de que "EL PROVEEDOR"
incurra en alguna de las causas señaladas en la Cláusula Décima Sexta, sin necesidad de juicio y previa notificación con 5-cinco días naturales de anticipación, se dará por rescindido el presente contrato.
DISPOSICiÓN ANTlCORRUPCIÓN.- "EL PROVEEDOR" acuerda que antes, durante y después de ia celebración del presente instrumento, no ofrecerá, prometerá o dará por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley, tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.
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DÉCIMA NOVENA.-
VIGÉSIMA.-
VIGÉSIMA PRIMERA.-
VIGÉSIMA SEGUNDA.-
VIGÉSIMA TERCERA.-
FACULTADES DE VERIFICACIÓN.- "EL PROVEEDOR" manifiesta que tiene conocimiento de las acciones de visita, auditoría e inspección que en ejercicio de las facultades señaladas en los numerales 78 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios dei Estado de Nuevo León y 120 del Reglamento de la invocada Ley, podrá practicar la Contraloría Interna de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, para verificar que las operaciones del presente contrato se hayan ajustado al contenido de la citada legislación; por lo que en este acto se obliga a proporcionar la información y documentos que en su caso le requiera el citado Órgano Interno de Control para los efectos antes citados.
RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL.- El presente contrato constituye un acuerdo entre las partes, en relación con ei objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación, obligación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, con anterioridad a la fecha en que se firma el mismo.
Las partes manifiestan que en la celebración del presente contrato no ha habido dolo o mala fe alguna del consentimiento.
PUBLlCIDAD.- "EL PROVEEDOR" otorga a la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, su consentimiento para que ésta, en cumplimiento de las obligaciones que en materia de publicidad, transparencia, y rendición de cuentas, le Imponen la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, publique en su portal de internet, o proporcione a terceros, la información relacionada con el presente contrato, que exijan las disposiciones de los citados ordenamientos.
LEGISLACiÓN APLlCABLE.- Las partes se obligan a sujetarse estrictamente al objeto de este contrato, a todas y cada una de las declaraciones y cláusulas que lo integran, así como a los lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y disposiciones vigentes que le sean aplicables.
JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, "EL CLIENTE" Y "EL PROVEEDOR" se someten a la jurisdicción de las autoridades y tribunales competentes de la ciudad de Monterrey, Nuevo León., por lo que "EL PROVEEDOR" renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
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Leido que fue por las partes y enteradas de su contenido y alcance legal, se firma el presente contrato, en dos tantos originales, otorgándose uno a "EL PROVEEDOR" Y conservándose otro en poder de "EL CLIENTE", firmándose al margen en todas sus fojas útiles a excepción de la última que se firma al calce por las que en él intervinieron, como ca stancia de su aceptación, en Monterrey, Nuevo León, el 26 de diciembre de 2016.
(Ji
"EL CLIENTE"
Representada por:
¿z¡¡z
C.P.C. XXXXX XX~DALUPE XXXXXX XXXXXXXX AUDITOR GENERAL DEL ESTADO
LIC. XXXXXXX XXXXX XXX XXXX NDEZ TITULAR DE LA UNIDAD
DE NUEVO LEÓN
GENERAL DE ADMINISTRACiÓN
C. XXXXX XXXXXX XXXXXXX APODERADO LEGAL
Unidad de Compras de "EL CLIENTE"
4¿
~ 2/-')~
LIC. XXXXXXX XXXXX XXXX COORDINADOR DE ADQUISICIONES
Y RECURSOS MATERIALES
Esta a, es la última de un total 08-ocho, correspondiente al CONTRATO DE ADQUISICiÓN celebrado por LA AUDITORIA
SUPERIOR DE EL ESTADO DE NUEVO LEÓN, en su carácter de "EL CLIENTE", a través del e,p,c. Xxxxx XxxxxXxxx
Xxxxxx Xxxxxxxx, Auditor General del Estado de Nuevo León y el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Titular de la Unidad General de Administración; y por la otra parte, la persona xXxxx denominada EQUIPOS DE ENSAYE CONTROLS, S.A. DE
C.V. denominado dentro del contrato como "EL PROVEEDOR", representada por el C. XXXXX XXXXXX XXXXXXX, en su carácter de Apoderado Legal en la ciudad de Monterrey, Nuevo León el dla 26 de diciembre de 2016.
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