CAPÍTULO I – DEL OBJETO
BASES Y CONDICIONES PARA EL “CONCURSO DE PRODUCCIÓN DE SERIES DE FICCIÓN SOBRE TEMÁTICAS CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS”
CAPÍTULO I – DEL OBJETO
1.- Considerando el Convenio Xxxxx N° 29837329/17 celebrado entre El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (en adelante denominado “INCAA”) a través de la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual, y EL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA NACIÓN (en adelante denominado “MINCYT”), a través de su Canal TEC, llaman a participar del “CONCURSO DE PRODUCCIÓN DE SERIES DE FICCIÓN SOBRE TEMÁTICAS CIENTÍFICAS Y
TECNOLÓGICAS” (en adelante denominado el “CONCURSO”) a productores y productoras residentes en la República Argentina, con o sin antecedentes.
2.- El presente CONCURSO está destinado a presentar propuestas escritas para la realización de CUATRO (4) proyectos audiovisuales inéditos (en adelante “EL PROYECTO”) de ficción de entre SEIS (6) y OCHO (8) episodios de TREINTA (30) minutos
-o más- cada episodio por cada proyecto audiovisual, de acuerdo a las exigencias de calidad y formato xxx xxxxxxx internacional y conforme lo establecido en las presentes BASES Y CONDICIONES y el ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS.
El objetivo de cada UNO (1) de los CUATRO (4) proyectos seleccionados es la realización de series audiovisuales, dirigidas a un público ya sea de entre 15 y 18 años o a un público de entre 25 y 45 años, que desarrollen temáticas científicas y tecnológicas como tema central de la trama de la ficción. El objetivo que se busca es que la ciencia y la tecnológica no sean un aspecto tangencial y/o complementario de la trama de la ficción, sino parte importante de la trama misma desde ficciones que sean atractivas y entretenidas.
3.- Cada UNO (1) de los CUATRO (4) PROYECTOS deberán ser realizados con un presupuesto de, al menos, PESOS CUARENTA MILLONES ($40.000.000-). Xxxxx xxxxx será otorgado a cada UNO (1) de los CUATRO (4) PRODUCTORES o PRODUCTORAS ganadores como premio del concurso.
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4.- Le será posible a cada UNO (1) de los PRODUCTORES o las PRODUCTORAS ganadores realizar por su parte un aporte económico al proyecto, ya sea propio o de terceros, ya sean donaciones y/o auspicios y/o canjes publicitarios.
5.- Cada PROYECTO deberá realizarse en un plazo máximo de DOSCIENTOS DIEZ (210) días corridos a partir de la acreditación total de la primera cuota a ser abonada al PRODUCTOR/A PRESENTANTE, tal cual figura en el ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS.
6.- El PROYECTO a presentar deberá guiarse por las pautas temáticas de la presente convocatoria referidas en el artículo 2 de las presentes bases y condiciones, y deberá ser INÉDITO basándose en una obra original o en adaptaciones o derivaciones de una obra preexistente, basándose o no en hechos reales, debiendo en todos los casos los productores y las productoras presentantes acreditar -mediante declaración jurada simple- que posee los derechos necesarios para la realización de la obra objeto del PROYECTO, sin límite temporal, geográfico ni de medios de exhibición.
7.- La titularidad de todos los derechos de manera integral y total de cada una de las obras resultantes de los proyectos, será en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del MINCYT y en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de cada uno de las y los PRODUCTORES y PRODUCTORAS que resulten ganadores del presente concurso. Asimismo, tanto el INCAA como el MINCYT tendrán derecho -no exclusivo- total e integral, sin límite territorial ni temporal, de emisión sobre el PROYECTO en sus Canales TEC y CINEAR Tv. A su vez el MINCYT – TEC tendrán derecho no exclusivo de emisión en medios digitales y plataformas creadaso por crearse sin límite territorial ni temporal públicas y/o privadas. A su vez, el INCAA poseerá derechos de emisión en medios digitales y plataformas creadas (CINEAR PLAY) o por crearse, sin límite territorial ni temporal pero luego de TRES (3) años de realizado el estreno en TEC y/o CINEAR Tv. También poseerá el INCAA derechos de exhibición no exclusivos en el cine Gaumont y Espacios INCAA sin límite temporal y en muestras y festivales nacionales o internacionales que organice o con los que tenga convenio.
Será obligación de los productores y las productoras presentantes realizar el registro de obra, de marca y de obra publicada, respetando el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de titularidad integral del MINCYT y el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los productores y las productoras presentantes. Será, también, obligación de los productores y las
productoras presentantes tramitar todas las cesiones de deIrFe-c2h0o2s2-8d4e24im90a8g0e-An PyN/u-GoFtIrAas#INCAA que resulten necesarias para la
realización del PROYECTO a favor el MINCYT y su Canal TEC –tanto en sus medios actuales como futuros- y de los productores y las productoras presentantes.
8.- No se tomarán como válidos aquellos PROYECTOS que sean continuaciones, precuelas o secuelas de DOCUMENTALES, DOCUFICCIONES, FILMS, TELEFILMS o SERIES que
tengan desarrollada y/o producida otra temporada con anterioridad.
9.- El soporte de registro del PROYECTO deberá ser digital en una resolución no inferior a FULL HD (1920x1080), 25 cuadros, 16:9 de relación de aspecto, y su finalización en FULL HD calidad Broadcasting Internacional y demás aspectos que se detallan el ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS.
10.- El MINCYT, en conformidad con el INCAA, designará un TUTOR / PRODUCTOR DELEGADO para cada uno de los PROYECTOS a fines de acompañar la ejecución del contrato y conforme lo establecido en el artículo 33 de las presentes BASES Y CONDICIONES.
11.- La mera presentación del PROYECTO por parte de los productores y las productoras presentantes es considerada como manifestación de conocimiento, aceptación y obligatoriedad decumplimiento por PRODUCTOR/A PRESENTANTE de todos los términos de las presentes BASES Y CONDICIONES.
CAPÍTULO II - DE LA CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DEPROYECTOS
12.- El propósito del llamado a CONCURSO es estimular a la industria audiovisual, casas productoras, productores y productoras independientes y cooperativas audiovisuales a la presentación de proyectos de ficción – basadas en temáticas científicas y tecnológicas- que consten de 8 capítulos de 30 minutos aproximados cada capítulo. Xxxxxxx participen deberán presentar ideas originales, interesantes, creativas y atractivas que traten sobre ciencia y tecnología, ya sea basada en hechos reales o absolutamente de ficción. Se busca generar contenidos de interés público, relacionados con la ciencia y la tecnología para ser exhibidos en medios audiovisuales. Dado que se trata de proyectos audiovisuales sobre temáticas científicas y tecnológicas será obligatorio que los proyectos audiovisuales cuenten con un asesor científico que oriente la veracidad del contenido que desarrolle la
ficción. Será responsabilidad del asesor/a científico/a revisarIFq-u2e02lo2s-8h42e4c9h0o8s0-yAcPoNn-cGeFpItAos#INCAA científicos descriptos mediante los mecanismos ficcionales sean correctos científicamente.
La incorporación de un/una asesor/a científico/a en la instancia de desarrollo xx xxxxx y de
revisión de guiones será obligatorio por parte de quienes ganenel presente concurso.
Resulta fundamental que quienes se presenten al presente concurso tenga en cuenta las siguientes sugerencias:
a) Promover formas audiovisuales que logren contar hechos, conceptos e historias de ciencia y tecnología de manera amena, entendible para todo público y fundamentalmente atrapantes y entretenidas, lejos de formatos que no logren el interés del espectador. El presente concurso no busca la producción audiovisual de proyectos conocidos como educativos, pero si deberán tener rigor científico. Es por ello que es de suma importancia la creatividad original de la propuesta de ficción en vinculación con el rol de asesor/a científico/a.
b) Xxxxxxx participen deberán presentar proyectos audiovisuales que logren tener como público objetivo a un público de entre 15 a 18 años (de referencia) o a un público de 25 a 45 años (de referencia), pero también capacidad de llegar a otras audiencias.
c) Se valorarán ideas originales de las cuales traten los proyectos que se presenten, siendo posible que los proyectos elijan cualquier tema sobre ciencia y tecnología, pudiendo los proyectos acotarse a una temática científica especifica o incorporando varias temáticas científicas, siempre y cuando estén bien desarrolladas y entrelazadas con la trama ficcional de la propuesta.
d) Las propuestas a presentarse deberán incluir en la trama del proyecto a la ciencia y la tecnología como parte del arco dramático – entre otros aspectos- no siendo admisible proyectos en que la ciencia y la tecnología tengan un mero tratamiento lateral o escasamente complementario.
e) Se valorarán propuestas que cuenten con perspectiva de género y federal.
f) Se valorarán propuestas que contemplen el accionar (historia, investigación, desarrollo, innovación, vinculaciones de la ciencia con la sociedad, etc.) de la ciencia y la tecnología de la Argentina.
13.- El presente concurso establece en dos etapas distintas las obligaciones a cumplimentarse por quienes se presenten al presente concurso. Por un lado estarán aquellas obligatoriedades que quienes se presenten al presente concurso deberán cumplir en la etapa de presentación de proyectos, y por otro lado estarán las obligaciones para
quienes resulten ganadores del concurso. Se recomienda leer la totalidad de las bases y
xxxx) pero teniendo en cuenta
IF-2022-84249080-APN-GFIA#INCAAcondiciones (en todos sus aspectos de cumplimiento obligat que al momento de presentar la propuesta audiovisual solo será de cumplimiento obligatorio
– para esa etapa- lo siguiente:
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a) Sinopsis del proyecto audiovisual de no más de 3000 (tres mil) caracteres con espacios.
b) Tratamiento argumental del proyecto audiovisual que desarrolle cabalmente la propuesta de ficción – episodio a episodio- de no más de 30000 (treinta mil) caracteres con espacios.
c) Propuesta estética de la serie de no más de 4500 (cuatro mil quinientos) caracteres con espacios.
d) Biblia de personajes de no más de 5500 (cinco mil quinientos) caracteres con espacios.
e) Justificación sobre la factibilidad del proyecto de ficción con el presupuesto acorde al premio otorgado por el presente concurso y al plazo de 210 días para todas las etapas de producción y realización del proyecto. No más de 4000 (cuatro mil) caracteres con espacios.
e.1.- Presupuesto de Producción desglosado por rubros. e.2.- Plan Económico.
e.3.- Plan Financiero (Cashflow)
f) Antecedentes y/o curriculum vitaes de los productores y las productoras presentantes, del director/a del proyecto, del guionista y del asesor científico. En cada caso, no más de 3000 (tres mil) caracteres con espacios por cada caso.
g) Estar inscripto en el Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual del INCAA (en adelante denominado “RPACA”).
h) Declaración jurada simple suscripta por los productores y las productoras presentantes por la cual asegure que posee los derechos necesarios para la realización de la obra objeto del PROYECTO, sin límite temporal, geográfico ni de medios de exhibición.
i) En caso de ser los productores y las productoras presentantes persona física, copia del DNI e inscripción antela AFIP para acreditación de nacionalidad y residencia. En caso de ser Persona jurídicase requerirá de copia del estatuto o contrato social y sus modificaciones debidamente inscripto en la Inspección General de Justicia (IGJ), e inscripción ante la AFIP; como se especifica en el artículo 14 de las presentes bases y condiciones.
No se requerirán guiones, ni escaletas ni otros elementos para la presentación de proyectos.
No se requerirán elencos artísticos ni técnicos para la presentación de proyectos. En todo caso eso será requerido y aprobado por el tutor/productor delegado solo a los proyectos
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que el jurado haya establecido como ganadores del presente concurso. Los productores y
las productoras presentantes ganador se compromete a proponer un elenco técnico y
artístico de jerarquía para la realización del proyecto ganador.
14.- El PRODUCTOR/A PRESENTANTE podrá ser PERSONA HUMANA o PERSONA
JURÍDICA, pero en ambos casos deberá acreditar domicilio legal en la República Argentina y deberá estar inscripto en el Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual del INCAA (en adelante denominado “RPACA”).
Es condición para participar del presente CONCURSO y poder acceder al sistema de inscripción online de la plataforma “INCAA en LÍNEA” estar inscripto en el RPACA. Aquellos productores y productoras presentantes que aún no se encuentren inscriptos al RPACA, podrán hacerlo en la categoría gratuita de “Concursante”. En caso de resultar ganador, los productores y las productoras presentantes deberán inscribirse en la categoría que corresponda, previo a la firma del contrato de instrumentación de premio respectivo.
Asimismo, se aclara que el usuario/a titular registrado en INCAA en LÍNEA será considerado por el INCAA como el único PRODUCTOR/A PRESENTANTE del proyecto.
A los efectos de demostrar el domicilio legal, los productores y las productoras presentantes pueden acreditarlo de la siguiente forma:
a) Si el productor o la productora presentante es una PERSONA HUMANA, deberá acreditar residencia en la Argentina adjuntando una copia del Documento Nacional de Identidad del PRODUCTOR (anverso y reverso) y constancia de inscripción en AFIP que acredite la residencia. Asimismo, en caso de resultar ganadores/as del CONCURSO los productores y/o las productoras presentantes, como condición para la firma del contrato, deberá presentar Documento Nacional de Identidad certificado ante Escribano Público, Entidad Bancaria o Judicial. En caso de ser una PERSONA HUMANA EXTRANJERA deberá, además de los requisitos mencionados, acreditar residencia en el país en los últimos DOS (2) años, y contar con todos los permisos legales necesarios relativos a su residencia. Para ello, deberá adjuntar una copia del Documento Nacional de Identidad del PRODUCTOR/A (anverso y reverso). La fecha de emisión del DNI deberá tener, al menos, DOS (2) año de antigüedad.
b) Si el productor o la productora presentante es una PERSONA JURÍDICA deberá acreditar, para participar del presente CONCURSO copia del estatuto o contrato social y sus modificaciones debidamente inscripto en la Inspección General de Justicia (IGJ), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, además de
actas o asambleas de donde surja la designación de sus autoridades y la distribución
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de sus cargos. En el objeto de dicho estatuto, deberá constar que la PERSONA
JURÍDICA se dedica a realizar actividades audiovisuales. Asimismo, deberá presentar
constancia de inscripción en AFIP que acredite la residencia. En caso de resultar ganador del CONCURSO los productores o las productoras presentantes, deberá presentar la totalidad de la documentación mencionada certificada ante Escribano Público, Entidad Bancaria o Judicial, como condición para la firma del contrato de instrumentación del premio, e incluyendo también copia certificada del último balance registrado ante el órgano de control respectivo. Para el caso que el firmante no se trate del representante legal de la Sociedad, deberá adjuntarse un poder con mandato suficiente y facultades expresas de administración y disposición, debidamente certificado.
15.- LOS PRODUCTORES Y/O LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES no podrá ser
titular, accionista, licenciatario, personal jerárquico de un canal o señal de televisión, o plataforma de distribución y comercialización de contenidos audiovisuales a través de cualquier medio, en ningún caso. Igualmente, en caso de ser una persona jurídica, sus socios o accionistas nopodrán ser representantes o propietarios de un canal o señal de televisión, o plataformade distribución y comercialización de contenidos audiovisuales a través de cualquier medio. Tampoco podrá participar personal del MINCYT en ninguno de todos los roles posibles del producto audiovisual.
16.- Sólo podrán participar en el presente CONCURSO aquellos PROYECTOS que al momento de su inscripción NO hayan iniciado grabación y/o rodaje. En caso de incumplimiento, el PROYECTO se tendrá por no presentado en todos los concursos en que se hubiera presentado y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo los productores y las productoras presentantes restituir toda suma que hubiese percibido más los intereses correspondientes. A tal efecto los productores y las productoras presentantes deberá manifestar tal circunstancia en el proceso de inscripción en la Plataforma “INCAA EN LINEA”.
17.- EL PROYECTO no podrá contener ningún tipo de publicidad comercial durante la artística, exceptuándose aquellos que hayan sido autorizados por el tutor / productor delegado, permitiéndose únicamente placas de agradecimientos o canje en los créditos finales. Asimismo, en dichas placas y/o menciones y/o en la respectiva publicidad en tanda comercial, los productores y las productoras presentantes deberán cumplir con la normativa del tiempo de emisión de publicidad establecido en la ley 26.522, su decreto reglamentario
y legislación complementaria.
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18.- El productor y/o la productora presentante será el único responsable ante el INCAA y quien suscriba los instrumentos respectivos en caso de resultaPr ággainnaa d7odre. A40simismo, en caso
de que el PROYECTO resultara ganador los productores y las productoras presentantes no podrá ser reemplazado. Solo será admitido aquellos productores y/o las productoras presentantes que NO se encuentre concursado o en quiebra. Se deberá manifestar tal condición en INCAA en LÍNEA.
19.- El productor y/o la productora presentante, quien además de cumplimentar lo establecido en el artículo 13, no podrá ejercer el rol de DIRECCIÓN ni el rol de GUIONISTA en el PROYECTO por el cual se presenta. Asimismo, deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Además de los productores y las productoras presentantes, cada PROYECTO deberá incluir el rol de DIRECTOR/A y el rol de GUIONISTA. b) Los productores y/o las productoras presentantes, el GUIONISTA y el/la DIRECTOR/A deberán ser TRES (3) personas diferentes. c) El/LA DIRECTOR/A podrá ser CO-GUIONISTA del PROYECTO, siempre y cuando haya un GUIONISTA principal. d) EL/LA PRODUCTOR/A, DIRECTOR/A y GUIONISTA deberán ser argentinos/as, o en el caso de ser extranjeros deberán ser residentes en el país en los últimos DOS (2) años, debiendo ental caso acreditarlo en forma fehaciente.
20.- No podrá ser participante del presente CONCURSO, todo aquellos productores y productoras que habiendo ganado algún concurso que gestione directa o indirectamente el INCAA, no haya dado cumplimiento pleno del Contrato suscripto oportunamente y/o que haya obtenido informes negativos por parte del Tutor/a asignado, quedando a consideración del INCAA, la decisión final de su participación. Tampoco podrá ser participante del presente CONCURSO toda aquella PERSONA HUMANA o JURÍDICA que registre deudas vencidas e impagas, por cualquier concepto, con el INCAA. Asimismo, no se admitirán inscripciones de presentantes, ni directores, ni guionistas del proyecto directamente vinculados al INCAA, pudiendo impugnarse la inscripción en caso que esta situación se presente en cualquier fase del CONCURSO. Respecto de las personas jurídicas, tampoco se admitirá su inscripción cuando alguno de sus accionistas y/o titulares de cuotas partes y/o miembros de su órgano de gobierno y/o administración se encuentren en la situación de vinculación descripta xxxxxxxxxxxxxxx.Xx entiende como directamente vinculadas a:
a) todas las personas que mantengan una relación laboral con el INCAA y b) todas las personas del INCAA que hayan participado enla organización, ejecución o desarrollo del presente CONCURSO, cualquiera que fuera la modalidad de su intervención. Se exceptúa de esta última prohibición a: a) aquellas personas que únicamente tuvieran una relación
laboral en calidad de instructor académicoen la Escuela Nacional de Experimentación y
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Realización cinematográfica (ENERC); y b) aquellas personas que sean capacitadores,
tutores o jurados de concursos organizados por el INCAA siempre y cuando no estén
vinculados en esos roles al presente CONCURSO.
CAPÍTULO IV – DE LA/S PANTALLA/S Y PARTE/S ASOCIADA/S
21.- En caso de presentarse asociado con una o más PARTES ASOCIADAS deberá demostrar fehacientemente dicho aporte, el cual deberá acreditarse mediante documentación respaldatoria y carta de intención como requisito para participar del presente CONCURSO. Se aclara asimismo lo siguiente:
a) Las PARTES ASOCIADAS podrán ser coproductoras del PROYECTO en los porcentajes que acuerde con los productores y las productoras presentantes, dentro de su porcentaje del CINCUENTA CIENTO (50%). Esta participación como PARTE ASOCIADA no amerita recibir ningún tipo de puntaje como antecedente de INCAA. Se aclara que la acreditación de la carta de intención y documentación respaldatoria mencionada deberá presentarse al momento de la inscripción al presente CONCURSO. Si de resultar que durante cualquier etapa del proceso la/las partes asociadas deciden retirarse y/o incumpliera cualquiera sea su acción acordada con el PRODUCTOR/A PRESENTANTE, ello no podrá resultar en demerito del proyecto, dado que el PRODUCTOR/A PRESENTANTE está obligado a realizar integralmente el proyecto audiovisual.
b) Los productores y las productoras presentantes podrán realizar aportes con equipamientos y/o servicios propios, o de terceros, tenga o no vinculación societaria. En ambos casos, deberá presupuestar el costo de dichos equipamientos y/o servicios que presenta, yadicionar otros DOS (2) presupuestos de empresas diferentes y comprobables por los equipamientos o servicios que está aportando y su uso, como referencia de precio xx xxxxxxx. Si el aporte es con equipamientos o servicios propios, los productores y las productoras presentantes deberá presentar además la documentación que acredite la tenencia legal de los mismos a través de facturas o seguros.
c) Si los costos excedieran el valor presupuestado y presentado oportunamente al presente CONCURSO, corresponderá exclusivamente al PRODUCTOR/A PRESENTANTE del PROYECTO que resulte ganador conseguir el aporte de los recursos adicionales.
CAPÍTULO V – DEL PREMIO
22.- Los PROYECTOS ganadores serán CUATRO (4), quienes serán acreedores del premio establecido en el artículo 3 de las presentes BASES Y CONDICIONES. A su vez, se
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incluirán en carácter de SUPLENTES, CUATRO (4) PROYECTOS como máximo que el
Jurado considere pertinente.
23.- La firma del CONTRATO, acto necesario para acceder al PREMIO, implica para LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES la obligación de la realización integral del PROYECTO sujeto el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes BASES Y CONDICIONES. El premio será abonado en TRES (3) cuotas.
CAPÍTULO VI - XXX XXXXXX
24.- El INCAA nombrará un Jurado conformado por TRES (3) personalidades de reconocida trayectoria en la actividad audiovisual y cultural como en el campo de la ciencia y la tecnología, respetando la paridad de género y el federalismo
El Jurado tendrá a su cargo la elección de los CUATRO (4) proyectos ganadores y de un máximo de CUATRO (4) proyectos suplentes.
25.- El Jurado se basará en los siguientes criterios y puntajes:
A – Propuesta originalidad y creatividad del proyecto: 0 a 70 puntos. Basado en la sinopsis, tratamiento argumental, biblia de personajes y propuesta estética de la propuesta audiovisual.
B - Antecedentes de los productores y las productoras presentantes, del guionista y del director: 0 a 15 puntos. Basado en los antecedentes y/o curriculum vitaes.
C – Factibilidad del proyecto: 0 a 15 puntos. Basado en el informe de justificación sobre la factibilidad del proyecto.
26-. El Jurado labrará un acta en la que consten los CUATRO (4) proyectos ganadores y los suplentes. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo precedente, de considerarlo necesario, el Jurado podrá declarar desierto en forma total o parcial el presente CONCURSO en caso que los PROYECTOS presentados no cumplan con los criterios referidos en el artículo precedente y/o con los requisitos de presentación establecidos en las presentes BASES Y CONDICIONES. Asimismo, el Jurado podrá hacer recomendaciones sobre la continuación de los proyectos ganadores que serán comunicados al Productor delegado / Tutor.
Las decisiones que adopte el Xxxxxx interviniente serán inapelables por parte de LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES.
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CAPÍTULO VII - DEL GANADOR Y DEL CONTRATO
27-. Los productores y las productoras presentantes de los PROYECTOS que resulten ganadores del CONCURSO firmarán un CONTRATO con el INCAA para la realización del PROYECTO, obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en las BASES Y CONDICIONES del presente CONCURSO. Para el caso que el/la firmante no se trate del representante legal de la sociedad, deberá adjuntarse un poder con mandato suficiente de administración y disposición debidamente certificado. 27.- Los ganadores del presente CONCURSO deberán estar inscriptos en la categoría que corresponda en el Registro Público de la Actividad Cinematográfica del INCAA como condición para la firma del contrato de instrumentación del premio. En caso que los productores y las productoras presentantes hubiera accedido a participar del presente CONCURSO mediante la categoría de “concursante”, para la firma del contrato deberá modificar su condición y registrarse en la categoría que corresponda.
28.- Para la firma del contrato de instrumentación del premio una vez publicada la nómina del ganador en el Boletín Oficial, los productores y las productoras presentantes de cada PROYECTO que resulte ganador deberá presentar, previo a la firma del CONTRATO mencionado anteriormente, toda la documentación en original o copia certificada conforme los requisitos de presentación establecidos en las BASES Y CONDICIONES del presente CONCURSO en el plazo máximo de CUARENTA (40) días corridos a partir de dicha fecha de publicación, incluyendo asimismo el/los instrumento/s o contrato/s definitivo/s con la/s PARTES ASOCIADAS y PANTALLAS ASOCIADAS. En caso de que los productores y las productoras presentantes requiriese una prórroga a fines de la presentación de la documentación señalada, deberá hacerlo antes del vencimiento del plazo indicado y la misma no podrá exceder el plazo de TREINTA (30) días corridos, sin excepción, bajo apercibimiento que en caso de falta de presentación de la documentación exigida los productores y las productoras presentantes perderá el premio obtenido y será asignado al SUPLENTE quien contará con igual plazo de tiempo para la presentación de la documentación para la firma del contrato definitivo desde el momento en que sea notificado.
29.- La firma del citado CONTRATO implica para LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES asumir la obligación de la realización integral y entrega del PROYECTO. El CIENTO POR CIENTO (100%) del PREMIO del proyecto presentado y
aprobado por el INCAA deberá ser rendido bajo la normativa vigente del INCAA aplicable a
No serán tomados como costo
IF-2022-84249080-APN-GFIA#INCAAla materia o aquella que en su futuro la reemplace al efecto. los comprobantes válidos cuya fecha sea anterior a la publicación del ganador en el boletín
oficial del presente concurso. Las rendiciones de gastos deberán contar con una certificación contable realizada por un contador público nacional.
30.- El incumplimiento del CONTRATO a firmarse con los productores y las productoras presentantes que resulte ganador del premio, en cualquiera de sus instancias, dará derecho al INCAA para que, previo informe del TUTOR, se proceda conforme al artículo 43 de las presentes BASES Y CONDICIONES.
CAPÍTULO VIII – DE LOS DERECHOS
31.- Los derechos patrimoniales, de propiedad intelectual y todos otros posibles derechos vinculados a la obra resultante del PROYECTO serán en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del MINCYT y en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del PRODUCTOR/A
PRESENTANTE que resulte ganador del concurso. Sin perjuicio de lo cual se ceden al INCAA y al MINCYT los derechos no exclusivos de exhibición del PROYECTO para: (I) el canal de televisión del INCAA y el canal de televisión del MINCYT – sin límite territorial ni temporal en ambos casos-; (II) El MINCYT tendrá derecho total e integral de emisión no exclusivo en plataformas y medios digitales (enumerando pero no de manera excluyente Servicios de Contenido en Línea, Servicio de Subscripción VOD o SVOD, Streaming lineal, servicios XXX (“Over the Top”) y cualquier otro), sin límite territorial ni temporal; (III) El INCAA tendrá derecho total e integral de emisión no exclusivo en plataformas actuales (CINEAR PLAY) o futuras y medios digitales –sin límite territorial ni temporal- pero luego de TRES (3) años de producido el estreno del producto audiovisual en el Canal TEC y/o CINEAR TV; (IV) También poseerá el INCAA derechos de exhibición no exclusivos en el cine Gaumont y Espacios INCAA sin límite temporal.
Los derechos cedidos a favor del INCAA y los derechos cedidos a favor del MINCYT-TEC no caducarán. LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES, por su
sola inscripción en el CONCURSO, renuncia a realizar cualquier reclamo de cualquier tipo vinculado con la cesión de derechos antedicha.
32.- El INCAA y el MINCYT desde la fecha del respectivo contrato de instrumentación del premio se reservan el derecho de exhibición no exclusivo en muestras, festivales o cualquier otra actividad de difusión –sin límite temporal- a partir del estreno del PROYECTO.
CAPÍTULO IX - DEL SEGUIMIENTO
33.- De acuerdo a lo establecido en el punto 10 de estas bases, el tutor/ productor delegado designando por el MINCYT deberá acompañar la ejecucióIFn-2d0e2l2-c8o4n2t4r9a0to80-cAoPnfNo-rGmFeIAlo#INCAA establecido en las presentes BASES Y CONDICIONES, certificando mediante informes escritos las diferentes etapas de la realización integral del PRPOáYgiEnCa T12Od. e 40
El tutor/ productor delegado deberá realizar un seguimiento de la realización del proyecto de principio a fin, deberá consensuar con los productores y las productoras presentantes ganador del concurso los pasos y contenidos de la preproducción (guiones y otros), producción /realización y posproducción del proyecto.
Si bien como resultado final de la producción, los derechos de las producciones audiovisuales quedarán en igual parte entre EL MINISTERIO y quien resulte ganador del concurso, durante las etapas de preproducción (guiones), producción /realización y posproducción del proyecto el productor delegado / tutor podrá realizar recomendaciones, solicitar cambios y en caso de que el productor delegado/tutor no logre llegar a un consenso con el ganador del concurso, caerá sobre el productor delegado/tutor la responsabilidad de tomar la decisión final en cada una de las instancias. El/la productor/a delegado o tutor/a tendrá la facultad de otorgar extensiones de plazo para la realización integral del proyecto audiovisual de así considerarlo necesario.
34.- Las y los ganadores considerarán de buena fe los aportes efectuados por el productor delegado/ tutor designado y acogerán sus sugerencias con respecto a la realización del PROYECTO. En caso de resultar una diferencia irreconciliable entre el productor delegado/ tutor y los productores y las productoras presentantes ganador del concurso, y que los productores y las productoras presentantes no acepta la decisión final del productor delegado/ tutor, tales diferencias serán resueltas por el INCAA en conjunto con el MINCYT.
CAPÍTULO X – DEL PRESUPUESTO Y DE LOS PAGOS
35.- Los montos que resulten de la aplicación de los porcentajes detallados a continuación se liquidarán en TRES (3) cuotas, en relación al presupuesto definitivo del proyecto aprobado por el INCAA. La rendición aludida deberá efectuarse de forma debidamente documentada y bajo la normativa correspondiente según resoluciones dictadas por el INCAA al efecto y deberán haber sido certificadas contablemente por un contador público nacional. El beneficiario del premio, no obstante rendir la totalidad de los montos percibidos del PREMIO otorgado por el INCAA, deberá adicionalmente acreditar fehacientemente el aporte complementario al premio, propio y/o de terceros, hasta completar el 100% del presupuesto. A tales efectos deberá acompañar las constancias que requieran las distintas áreas técnicas del Instituto. El no cumplimiento de este artículo permitirá a EL INCAA registrarlo al productor/a como deudor del organismo hasta tanto se produzca la debida
acreditación de este financiamiento y de los gastos erogados.IFE-l2m02o2n-8to42to4t9a0l8e0s-AtipPuNla-GdoFIdAe#lINCAA Premio descripto se dividirá según el siguiente detalle y en cumplimiento la aplicación de la
Resolución INCAA N°439/2014/INCAA y/o aquella normPaátigviana 1q3uede 4la0
reemplace o
complemente:
35.1- CUOTA 1 / CINCUENTA POR CIENTO (50%) desde la fecha de la Resolución del INCAA que aprueba o convalida el contrato de instrumentación de premio, y aclarando que dicho plazo comenzará a contarse desde el efectivo cumplimiento de toda la documentación requerida en el presente artículo para el cobro de la CUOTA 1. A los efectos del pago de la presente Cuota y de la firma del CONTRATO respectivo, el INCAA deberá disponer de la siguiente documentación obligatoria previa a la firma del CONTRATO:
A.1.- Copia del Documento Nacional de Identidad de los productores y las productoras presentantes certificado, en caso de ser PERSONA HUMANA. En caso de ser PERSONA JURÍDICA deberá presentar copia certificada del Estatuto o Contrato Social y sus modificaciones debidamente inscripto en la Inspección General de Justicia (IGJ), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, además de actas o asambleas de donde surja la designación de sus autoridades y la distribución de sus cargos.
A.2.- Datos Bancarios de los productores y las productoras presentantes beneficiario del premio. Entidad Bancaria; Sucursal; Tipo y Número de Cuenta y CBU (Clave Bancaria Unificada) o alias bancario.
A.3.- Constancia de Inscripción actualizada de los productores y las productoras presentantes beneficiario del premio ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), impresa de la página web de dicho organismo (http:// xxx.xxxx.xxx.xx).
A.4.- Constancia de inscripción PRODUCTOR/A PRESENTANTE en Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual (RPACA) del INCAA en la categoría que corresponda. No será tomado como válido en esta instancia la inscripción en la categoría de “concursante”.
A.5.- En caso que los productores y las productoras presentantes, sea PERSONA HUMANA O JURÍDICA, posea personal bajo relación de dependencia, deberá, en virtud de las obligaciones y responsabilidades citadas en el presente artículo, remitir al INCAA la siguiente documentación: I) Declaración Jurada del personal afectado al servicio, consignando datos filiatorios y CUIL de cada uno; II) Constancia expedida por el banco que corresponda, individualizando las cuentas de titularidad del personal afectado donde proceda la PRODUCTORA al depósito mensual de los salarios; III) Copia de la póliza de
A.R.T. Asimismo, los productores y las productoras presentantes deberán presentar la
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documentación que se detalla a continuación: I) Copias de los últimos recibo xx xxxxxx de
los empleados afectados a la prestación del servicio; II) Copias de los últimos comprobantes
de pago de aportes previsionales; III) Copias de los últimos recibos de pago xx xxxxxx por la cobertura de A.R.T. Todas las copias de la documentación a presentar deberá estar debidamente suscripta por los productores y las productoras presentantes, de su puño y letra o su representante legal.
A.6.- En caso de existir, deberá presentar los instrumentos debidamente certificados firmados con LA PARTE ASOCIADA donde queden expresadas las obligaciones de cada parte.
35.2.- CUOTA 2 / 30% (TREINTA POR CIENTO) una vez que los/as ganadores/as del concurso acrediten ante EL INCAA el inicio del rodaje y hayan rendido al menos el 50% (CINCUENTA POR CIENTO) de la cuota 1 y sujeto a disponibilidad presupuestaria del INCAA. A los efectos del pago de la presente Cuota, el INCAA deberá disponer, previamente al pago, la siguiente documentación:
B.1.- Recibo X, como constancia de recepción de la CUOTA 1 y extracto bancario del PRESENTANTE beneficiario del premio que acredite el depósito respectivo.
B.2.- Nota del PRESENTANTE beneficiario del premio con carácter de Declaración Jurada donde se consigne la fecha de inicio de grabación.
B.3.- UNA (1) copia del plan de producción que incluya todas las etapas del proyecto: Etapa del plan de grabaciones, etapa de preeditados, entrega final y de guiones finales y demás aspectos.
B.4.- Presupuesto desglosado y pormenorizado por rubros actualizado con el único fin de reconocimiento de costos.
B.5.- UNA (1) copia del Informe del TUTOR, firmada en original, donde se apruebe el inicio de grabación, el Desglose Presupuestario pormenorizado por rubros actualizado y el Cronograma de grabación definitivos de donde surja el plan de realización indicando expresamente las locaciones y fechas de ejecución de las distintas etapas.
B.6- - Rendición total o parcial de gastos de la primera cuota suscripta por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo Profesional Nacional o Provincial correspondiente, presentado según los rubros del presupuesto definitivo aprobado por el TUTOR. En caso de presentarse una Rendición parcial la misma no podrá ser inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del total recibido como concepto por la CUOTA 1.
B.7.- Disposición del área rendición de costos de INCAA en lIaF-q2u0e22c-o8n4s2t4a9t0e8l0a-AaPpNro-bGaFcIiAón#INCAA de la rendición total o parcial de gastos de la CUOTA 1 del PROYECTO.
LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES beneficiarios del premio tendrá un plazo máximo de SESENTA (60) días a partir del depósito de la CUOTA 2, para presentar rendición de la misma, no pudiendo ser inferior a la Rendición total de gastos de la CUOTA 1 (en caso de que no se hubiera rendido en su totalidad) y Rendición total de gastos de la CUOTA 2.
35.3.- CUOTA 3 / El 20% (VEINTE POR CIENTO) restante cuando luego de la aprobación técnica del Master del PROYECTO y de la aprobación total de la Rendición General de cuenta de la cuota 1 y al menos el 50% de la rendición de la cuota 2, y sujeto a disponibilidad presupuestaria del INCAA. A los efectos del pago de la presente Cuota, el INCAA deberá disponer, previamente al pago, la siguiente documentación:
C.1.- Recibo X, como constancia de recepción de la CUOTA 2 y extracto bancario del PRESENTANTE beneficiario del premio que acredite el depósito respectivo.
C.2.- Rendición total de gastos de la CUOTA 1 (en caso que no se hubiera rendido en su totalidad) y Rendición total de cuentas de las CUOTAS 1 y CUOTA 2 suscriptas por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo Profesional Nacional o Provincial correspondiente presentado según los rubros del presupuesto definitivo aprobado por el TUTOR.
C.3.- Disposición del área rendición de costos de INCAA en la que constate la aprobación de la rendición total de gastos de la CUOTA 1 y CUOTA 2 del PROYECTO.
C.4.- Declaración de Responsabilidad sobre uso de obras de terceros, uso de imagen, uso de archivo gráfico o sonoro, uso de música, uso de cualquier otro derecho de propiedad intelectual o industrial o de derechos conexos, gráficos, modificaciones o adaptaciones y cualesquiera otras obras o derechos utilizadas en la producción del PROYECTO, acreditando en caso de corresponder el debido pago a entidades o asociaciones de gestión colectiva o sindicatos conjuntamente con todas las copias de las autorizaciones respectivas de cesión de derechos debidamente refrendadas y/o las constancias de pagos emitidas por las entidades correspondientes.
C.5.- Se deberá entregar DOS (2) DISCOS RÍGIDOS PORTATILES, que cumpla con las exigencias de acuerdo a lo especificado en el ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS presentados ante el MINCYT. A su vez, UNO (1) DISCO RÍGIDO PORTATIL, que cumpla con las exigencias de acuerdo a lo especificado en el ANEXO DE
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS presentados ante el INCAA.
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C.6.- UNA (1) copia del Informe final del TUTOR donde conste la aprobación de la finalización de la postproducción y de la aprobación técnica Pyágfoinram1a6l ddeel40PROYECTO, la
calidad del Master entregado.
C.7.- Certificado de Apto Técnico definitivo emitido por TEC -MINCYT.
C.8.- Copia certificada del formulario de registro de LA OBRA objeto del PROYECTO emitido por la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
C.9.- Copia certificada del registro/s de marca de la obra. C.10.- Copia certificada del registro de obra publicada.
C.10- Autorización debidamente certificada del Autor, cuando éste sea distinto al PRODUCTOR/A PRESENTANTE, ante Escribano Público, Entidad Bancaria o Judicial o ante ARGENTORES, de donde surja expresamente la autorización de los derechos de LA OBRA objeto del PROYECTO por parte del Autor al PRODUCTOR/A PRESENTANTE beneficiario del premio para la realización del PROYECTO en el marco del presente Concurso.
C.11.- Copia de la libre deuda de las entidades colectivas/sindicales que pudieran corresponder al proyecto como ACTORES, ARGENTORES, SATSAID, SUTEP, SADAIC u otros que pudieran corresponder.
36.- LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES beneficiario del
premio tendrá un plazo máximo de TREINTA (30) días hábiles a partir del depósito de la CUOTA 3, para presentar la Rendición de Gastos total de la CUOTA 3 que deberá contar con una certificación contable realizada por un/a contador/a público nacional para ser analizada por el/ella, Asimismo, y en el mismo plazo, deberá presentar todos los comprobantes y/o recibos que acrediten los pagos de las facturas devengadas. Asimismo, deberá presentar el Recibo X, como constancia de recepción de la CUOTA 3 y el extracto bancario que acredite el depósito respectivo. Este requerimiento -sin perjuicio de los requisitos establecidos a los fines de la acreditación de cada etapa- será condición necesaria para cancelar las obligaciones derivadas del compromiso contractual y por consiguiente para participar de cualquier otra convocatoria futura a realizarse en el marco de los concursos que gestiona el INCAA.
37.- En caso de incumplimiento de los productores y las productoras presentantes a lo establecido en las presentes BASES Y CONDICIONES, el INCAA iniciará las acciones legales correspondientes, a los fines de que se restituyan las sumas entregadas con más los intereses y daños y perjuicios que pudieran corresponder, previa intimación por DIEZ
(10) días corridos. Por su parte, el MINCYT se reserva el derecIhFo-2d0e22in-8ic4ia24r 9a0c8c0io-AnePsNl-eGgFaIlAes#INCAA correspondientes -con conjunto con el INCAA o por sí solo-, ante el incumplimiento por parte
de los productores y las productoras presentantes de las presPeángtiensa b1a7sdees4y0condiciones.
38.- En caso de ausencia del TUTOR, o por cualquier otro motivo que se considere pertinente, el INCAA queda expresamente facultado para refrendar los distintos informes relacionados con la dinámica del Concurso y sus etapas.
CAPÍTULO XI – DE LA COMERCIALIZACIÓN
39.- Con el fin de aportar a la difusión en el mundo de los contenidos producidos, los productores y las productoras presentantes beneficiario del premio, podrá – en conjunto con el MINCYT, dado su igual porcentaje de propiedad del producto- ejercer sus derechos para la comercialización nacional e internacional de la obra resultante del PROYECTO sin límite de tiempo ni territorio y respetando lo mencionado en el artículo 31, así como todo lo manifestado en cuanto a derechos previos establecidos en las presentes BASES Y CONDICIONES. Asimismo y de igual manera, deberá contar con la previa autorización al MINCYT-TEC en caso de querer realizar nuevas temporadas del proyecto, segundas, terceras y/o demás temporadas, realizar futuras adaptaciones, incorporaciones, incluyendo explotación teatral, gráfica, literaria, explotación de productos derivados, realizar remakes, precuelas y/o secuelas y/o o cualquier otro tipo de obra y todas sus posibles obras derivadas y/o comercializaciones dado el igual porcentaje de propiedad de la obra por parte del MINCYT.
CAPÍTULO XII - DE LOS TÍTULOS, CRÉDITOS Y PUBLICIDAD
40.- En los créditos de la realización ganadora del CONCURSO y en toda publicidad que de las mismas se realice deberán incluirse los logomarcas de INCAA y del MINCYT-TEC o cualquier otro logomarca que determine el INCAA o el MINCYT-TEC, de acuerdo a las especificaciones del ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS, y de acuerdo a sus modos y/o formatos vigentes. Asimismo la señal de referencia (barras, charter de inicio, countdown), las logomarcas y el chart con la artística Institucional serán entregados por los organizadores del CONCURSO a través del TUTOR, no pudiéndose utilizar otros que no sean los diseñados por el INCAA y el MINCYT-TEC, respectivamente. Asimismo, el INCAA y el MINCYT-TEC podrán solicitar la incorporación de sus respectivos logomarcas al material. El mismo podrá ser solicitado por el INCAA y/o el MINCYT-TEC previo a la entrega del material. El ganador/a se compromete a mencionar expresamente en los créditos del PROYECTO que la misma fue ganadora del presente CONCURSO.
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CAPÍTULO XIII – DE LAS OBLIGACIONES
41.- Son OBLIGACIONES de los productores y las productoras presentantes beneficiario del premio:
41.1.- Producir integralmente el PROYECTO, siendo fiel al proyecto seleccionado en el Concurso, respetando especialmente las disposiciones referentes a la propuesta y plan de producción, presupuesto, cronograma y calidad de entrega del presente, debiendo informar al TUTOR/PRODUCTOR DELEGADO cualquier anormalidad o irregularidad que pueda ser constatada, para que decidan, en conjunto, como reparar tales situaciones, siendo deber de los productores y las productoras presentantes beneficiario del premio acatar tal decisión.
41.1.1.- Solicitar autorización al TUTOR/PRODUCTOR DELEGADO si en el transcurso del desarrollo de la realización se produjeran cambios en el equipo técnico o en el elenco los productores y las productoras presentantes beneficiario del premio, argumentando las razones de dicho cambio, así como cualquier eventual alteración al PROYECTO.
41.2.- Realizar integralmente el PROYECTO, responsabilizándose por la contratación y desempeño de los profesionales especializados contratados para formar el equipo técnico operacional de grabación, de edición, de postproducción y otras, así como por los demás gastos con equipamientos técnicos de grabación, atendiendo a las exigencias requeridas respecto a la calidad técnica de imagen y audio. Además, debe responsabilizarse por la remuneración y encargos tributarios, sociales, laborales, de la seguridad social, impositiva, contractual y administrativa e indemnizaciones, incidentes sobre los servicios de su exclusiva responsabilidad, según lo acordado por medio del CONTRATO que celebre oportunamente.
41.3.- Garantizar que los recursos previstos serán exclusivamente utilizados en la realización el PROYECTO.
41.4.- Proveer al TUTOR/PRODUCTOR DELEGADO los materiales e informes pertinentes, y colaborar con las solicitudes del TUTOR/PRODUCTOR DELEGADO y/o el INCAA y/o el MINCYT efectuadas para fines de fiscalización y/o informes sobre la aplicación de los recursos financieros referentes a la realización del PROYECTO.
41.5.- Entregar una Rendición de Xxxxxx debidamente documentada de los fondos
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otorgados de acuerdo a la normativa vigente, que deberá estar certificada por un contador
público nacional.
41.6.- Responder por la adquisición junto con los respectivos titulares, a título oneroso o gratuito, de las autorizaciones de uso de nombre, marca comercial, imagen, gráficos, diseños industriales, voz e interpretaciones artísticas, escénicas o musicales, en cualquier medio, y de derechos de autor, o sus modificaciones o derivaciones o derechos conexos o cualesquiera otros derechos sobre las obras intelectuales, industriales, artísticas, musicales, fonográficas, cinematográficas, televisivas y cualesquier otras utilizadas en la producción del PROYECTO objeto de esta avenencia, inclusive la cesión de derechos referentes al concurso personal de sus contratados.
41.7.- Entregar una carpeta de cesiones y autorizaciones, que contenga la totalidad de los contratos, pagos y autorizaciones con personas físicas, jurídicas y sociedades entidades o asociaciones de gestión colectiva y sindicatos que hayan autorizado o cedido derechos deimagen, industriales o de propiedad intelectual o derechos conexos para la realización del PROYECTO.
41.8.- Efectuar el pago de todas las obligaciones, aranceles, impuestos, tasas, obligaciones de previsión y obra social que corresponda para la realización artística integral del PROYECTO y que deban efectivizarse a las entidades respectivas, o a cualquier otra entidad a la que debiere pagarse cualquier importe en virtud de la realización del PROYECTO.
41.9.- Responder por la contratación de los artistas, intérpretes o ejecutantes y con los productores de fonogramas y por el pago de los derechos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato que firmará oportunamente con el INCAA.
41.10.- Contratar todos los seguros previstos en el presupuesto del PROYECTO, en especial, el seguro de Responsabilidad Civil, los Seguros Personales, y de Equipos durante la realización del PROYECTO.
41.11.- Considerar de buena fe los aportes efectuados por EL TUTOR/PRODUCTOR DELEGADO designado y acoger sus sugerencias con respecto al contenido el PROYECTO y su realización.
41.12- Cumplir con las especificaciones técnicas incluidas en el ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS.
41.13.- Exigir a la PARTE ASOCIADA, en caso de que la hubiera, la realización del aporte financiero y/o técnico comprometido al porcentaje no aportado por el INCAA para completar
el financiamiento total del PROYECTO al equivalente de su vaIloFr-a20ci2ó2n-8f4in2a4n9c0i8e0r-aAePnNa-GpoFrItAes#INCAA técnicos.
41.14.- Respetar los hechos históricos sucedidos narrados, tal como sucedieron, sin faltar a la verdad ni ocultar información.
42.- Como consecuencia de lo establecido precedentemente, corresponderá exclusivamente al PRODUCTOR/A PRESENTANTE la responsabilidad por cualquier reclamo, pleito de indemnización o cualquier otro cargo derivado de la utilización no autorizada de cualquier obra literaria, dramática, teatral, musical, fonográfica, televisiva, cinematográfica, o cualquier otra obra o derecho de propiedad intelectual, industrial, derechos conexos, laboral o de cualquier índole, o cualquier otra relacionada con el objeto del presente, comprometiéndose a mantener indemne al INCAA y al MINCYT por cualquier reclamo en tal sentido.
42.1.- Le estará prohibido al PRODUCTOR/A PRESENTANTE, en todo y en parte, cualquier tipo de divulgación y/o difusión y/o promoción sobre EL PROYECTO ya sea en la etapa de producción como luego de su finalización, ya sea en forma oral o escrita, a través de medios digitales o tradicionales, creados o por crearse, que no sean autorizados por EL MINISTERIO. Las autorizaciones de divulgación serán otorgadas por el la TUTOR/PRODUCTOR DELEGADO.
CAPÍTULO XIV – DE LAS SANCIONES
43.- Se establece expresamente que la falta de cumplimiento, a modo enunciativo, del plazo de realización y/o la falta de entrega y/o la entrega deficiente de los informes descriptivos, materiales de trabajo, archivos y masters finales del proyecto audiovisual y/o documentación relativa a la debida acreditación legal de los derechos respectivos de la OBRA objeto del PROYECTO como así también todo pago que corresponda realizar en tal sentido conforme todas las obligaciones, por parte de los productores y las productoras presentantes beneficiario del premio, implicará hasta tanto se produzca su correcta adecuación, la suspensión del pago de las cuotas subsiguientes. Producido dicho extremo EL TUTOR informará dicha situación a EL INCAA quién deberá intimar al PRODUCTOR/A PRESENTANTE beneficiario del premio por el término xx XXXX (10) días corridos a su cumplimiento, bajo apercibimiento declarar caduco el proyecto y exigir al PRODUCTOR/A PRESENTANTE la devolución de las sumas ya pagadas más sus intereses correspondientes y hacerlo responsable por los daños y perjuicios causados.
44.- Asimismo, en caso de que los Archivos y Masters finales no superaran el control de calidad de acuerdo al ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS, EL
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PRODUCTOR/A PRESENTANTE beneficiario del premio podrá encontrarse bajo la misma
situación que en el párrafo anterior.
CAPÍTULO XV – DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
45.- Es a cargo del productor o la productora presentante beneficiario/o del premio el registro de la propiedad intelectual e industrial de la obra audiovisual objeto del PROYECTO en lo referido a derechos de autor, marcas, gráficos, diseños y modelos industriales, adaptaciones, modificaciones o derivaciones para su explotación comercial en Argentina y el exterior, siendo de su exclusiva responsabilidad costo y cargo la gestión, gastos, impuestos y cualquier otro concepto necesario así como la contratación de técnicos, artistas, intérpretes o ejecutantes y con los productores de fonogramas y el pago de los derechos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto del presente concurso incluyendo asimismo todo pago o derecho que corresponda abonar a sociedades o entidades de gestión colectiva o sindicatos. En consecuencia, LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES beneficiario del premio será el único responsable de los efectos resultantes de la planificación, ejecución y puesta en marcha de la obra audiovisual objeto del PROYECTO, y se compromete a mantener indemne al INCAA y al MINCYT, con relación a cualquier reclamo o acción de terceros hacia su parte o PARTES ASOCIADAS, cualquiera sea su naturaleza, hasta la finalización del contrato que oportunamente celebre, debiendo hacerse cargo en forma exclusiva y excluyente de la posible indemnización, daños, costos, pérdida, pasivo, costas y honorarios de abogados, xxxxxxx, y gastos de justicia.
46.- Es a cargo de los productores y las productoras presentantes beneficiarios del premio informar por escrito y vía correo electrónico al INCAA y al MINCYT, sobre la difusión y exhibición del PROYECTO. Para ello, deberá reportar sobre cada emisión/publicación en plataformas web y cada venta que se produzca del PROYECTO, para ambos casos, tanto nacionales como internacionales. Asimismo, deberá reportar cada participación en Festivales, Muestras y/ Concursos Nacionales y/o Internacionales. El INCAA y al XXXXX, a su vez, podrán solicitar toda vez que lo consideren necesario, información específica del PROYECTO a efectos de generar una base de datos para el diseño de futuras estrategias de fomento.
Los PROYECTOS que no resulten premiados no generarán ningún compromiso con el INCAA y al MINCYT, y sus autores podrán disponer de ellos para presentar en otros concursos o proyectos personales apenas se hayan publicado la nómina del ganador del presente CONCURSO en el boletín oficial.
47.- Cualquier hecho no previsto en estas BASES Y CONDICIIFO-2N0E2S2-8s4e2r4á9r0e8s0u-AelPtoN-pGoFr IlAas#INCAA autoridades del INCAA y tendrá competencia respecto de todos los conflictos generados
durante la ejecución de los concursos. Intervendrá por pedido del TUTOR, de la Gerencia de fortalecimiento de la industria audiovisual u otra área que así disponga EL INCAA y podrá definir acerca de la continuidad o no de un PROYECTO ganador en caso de incumplimientos del CONTRATO o modificaciones del PROYECTO. La aplicación de sanciones establecidas en las presentes bases y/o la cancelación del premio se realizarán previa intimación al productor ganador, quien deberá presentarse dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación de la citación. La decisión de las autoridades del INCAA será inapelable.
48.- La plataforma INCAA en línea, y la dirección de mail declarada en la misma, funcionará como domicilio electrónico para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza, notificación de actos administrativos y eventualmente para el cumplimiento de obligaciones y se tendrán como válidas las notificaciones emitidas por este medio.
49.- Podrán presentarse aquellos proyectos que hayan sido seleccionados en otro Concurso Internacional, Nacional, Provincial o Municipal siempre y cuando no se encuentren en contradicción con las disposiciones de las presentes BASES Y CONDICIONES. En tal situación de contradicción, los productores y las productoras presentantes deberá optar por la continuidad del PROYECTO objeto del presente Concurso o el que haya sido seleccionado en otro Concurso de otro organismo distinto al INCAA.
50.- Para todos los efectos de la Resolución que aprueba las presentes BASES Y CONDICIONES, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Federales del Fuero Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituyendo domicilio el INCAA en Xxxx 000, X.X.X.X. y los productores y las productoras presentantes en el domicilio que declare en su presentación.
REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN
Fíjese la apertura del CONCURSO desde la fecha de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial y como cierre del mismo para realizar presentaciones al CONCURSO el día 13 de noviembre del 2022 hasta las 23:59 horas.
Los PROYECTOS deberán presentarse única y exclusivamente en forma online en la página web del INCAA a través de INCAA EN LINEA (xxxxx://xxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/). No se
aceptarán inscripciones presentadas fuera del plazo establecido por las presentes BASES
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Y CONDICIONES con excepción de lo establecido en el párrafo siguiente. Los
PROYECTOS deberán presentarse de conformidad a lo establecido en el apartado
REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN de las presentes BASES Y CONDICIONES.
Una vez finalizado el plazo para realizar presentaciones al presente CONCURSO, se realizará un proceso de admisión, y aquellos PROYECTOS que tuvieran errores de presentación, previa comunicación del INCAA a través de la plataforma INCAA en LINEA, contarán con un período de CINCO (5) días hábiles para la corrección de los mismos. En caso de no rectificarse los errores respectivos, la presentación se considerará no admitida de pleno derecho. Se aclara asimismo que las presentes BASES Y CONDICIONES podrán ser consultadas en la página web xxx.xxxxx.xxx.xx.
Los PROYECTOS deberán presentarse conforme lo establecido en el artículo 13 de las presentes BASES Y CONDICIONES. Asimismo, la inscripción estará organizada de la siguiente manera:
DOCUMENTACIÓN SOBRE EL PROYECTO AUDIOVISUAL
DOCUMENTACIÓN DE LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES REQUERIDA PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA ACTIVIDAD CINEMATOGRÁFICA Y AUDIOVISUAL, EN CASO DE NO ESTAR INSCRIPTO.
DOCUMENTACIÓN DE LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES RELATIVA AL PROYECTO.
MATERIAL ADICIONAL
DOCUMENTACIÓN SOBRE EL PROYECTO AUDIOVISUAL. Tanto para personas físicas o jurídicas, un archivo PDF que contenga:
a- Sinopsis del proyecto audiovisual de no más de 3000 (tres mil) caracteres con espacios.
b- Tratamiento argumental del proyecto audiovisual que desarrolle cabalmente la propuesta de ficción – episodio a episodio- de no más de 30000 (treinta mil) caracteres con espacios.
c- Propuesta estética de la serie de no más de 4500 (cuatro mil quinientos) caracteres con espacios.
d- Biblia de personajes de no más de 5500 (cinco mil quinientos) caracteres con espacios.
e- Justificación sobre la factibilidad del proyecto de ficción con el presupuesto acorde al premio otorgado por el presente concurso y al plazo de 210 días para todas las etapas
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de producción y realización del proyecto. No más de 4000 (cuatro mil) caracteres con
espacios.
e.1.- Presupuesto de Producción desglosado por rubros. e.2.- Plan Económico.
e.3.- Plan Financiero (Cashflow)
f- Antecedentes y/o curriculum vitae de los productores y las productoras presentantes, del director/a del proyecto, del guionista y del asesor/a científico. No más de 3000 (tres mil) caracteres con espacios por cada caso.
g- Declaración jurada simple suscripta por los productores y las productoras presentantes por la cual asegure que posee los derechos necesarios para la realización de la obra objeto del PROYECTO, sin límite temporal, geográfico ni de medios de exhibición.
h- Registro de la obra en la DNDA
B - DOCUMENTACIÓN DE LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS PRESENTANTES PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA ACTIVIDAD CINEMATOGRÁFICA Y AUDIOVISUAL:
B.1.- PERSONAS FÍSICAS:
B.1.1.- Formulario F48 A - DDJJ PERSONA HUMANA (Completado digitalmente) B.1.2.- Copia de constancia de inscripción en AFIP (CUIL O CUIT)
B.1.3.- Copia de DNI
B.2.- PERSONAS JURÍDICAS:
B.2.1- Formulario 48 B
B.2.2- Inscripción a AFIP de la PERSONA JURÍDICA
B.2.3.- Formulario 48 C (completado por cada socio junto a su correspondiente CUIT o CUIL, y copia DNI de cada uno de ellos)
B.2.4- ESTATUTO (copia certificada)
B.2.5.- Acta última asamblea (copia certificada)
C -DOCUMENTACIÓN DE LOS PRODUCTORES Y LAS PRODUCTORAS
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PRESENTANTES RELATIVA AL PROYECTO:
C.1.- En caso que los productores y las productoras presentantPeásgisneaa2P5EdRe S40ONA HUMANA:
C.1.1- copia del Documento Nacional de Identidad de los productores y las productoras presentantes (anverso y reverso).
C.1.2- Copia del Documento Nacional de Identidad del DIRECTOR/A y del GUIONISTA (anverso y reverso).
C.1.3- En caso de que los productores y las productoras presentantes, el DIRECTOR/A o el GUIONISTA sea extranjero residente en el país, copia del DNI donde deberá figurar el domicilio legal por la región por la que participa. Este documento deberá acreditar una fecha de emisión de al menos DOS (2) años de antigüedad.
C.1.4.- Copia de inscripción en AFIP actualizada y activa, donde figure el domicilio.
C.1.5.- Carta de intención de la PARTE ASOCIADA, en caso que la hubiera, donde se establezca claramente las obligaciones, aportes y porcentajes de aquélla en relación al PROYECTO.
C.1.6.- En caso de que el productor o la productora presentante realice aportes de equipamientos y/o servicios propios o de un tercero asociado, deberá presentar carta de intención del presentante detallando el aporte, el valor y el porcentual del mismo en relación al PROYECTO; y además otros DOS (2) presupuestos de empresas diferentes y comprobables por los equipamientos y/o servicios que está aportando.
C.1.7- En caso de que el productor o la productora presentante realice realicen aportes de equipamientos y/o servicios propios deberá presentar documentación que acredite la propiedad de dichos equipos mediante facturas, seguros, o cualquier otra documentación que así lo acredite quedando sujeto a la efectiva aprobación del INCAA.
C.1.8.- En caso de que el productor o la productora presentante realice aportes financieros propios, extracto bancario y carta de intención expresando obligaciones, aportes y porcentajes de aquélla en relación al PROYECTO.
C.2.- En caso de que el productor o la productora presentante sea PERSONA JURÍDICA: C.2.1.- Copia del ESTATUTO.
C.2.2.- Última acta de asamblea donde quede expresado la máxima autoridad firmante.
C.2.3.- Copia del Documento Nacional de Identidad del o la DIRECTOR/A y del GUIONISTA (anverso y reverso).
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C.2.4.- Antecedentes profesionales audiovisuales de la PERSONA JURÍDICA.
C.2.5.- Copia de inscripción en AFIP actualizada y activa, donPdáegifnigau2r6e deel d40omicilio.
C.2.6.- En caso de que el DIRECTOR o el GUIONISTA sea extranjero residente en el país, copia del DNI cuya fecha de emisión deberá tener, como mínimo, DOS (2) años de antigüedad.
C.2.7.- Carta de intención de la PARTE ASOCIADA, en caso de que la hubiera, donde se establezca claramente las obligaciones, aportes y porcentajes de aquélla en relación al PROYECTO.
C.2.8.- En caso de que el productor o la productora presentante realice aportes de equipamientos y/o servicios propios o de un tercero asociado, deberá presentar carta de intención del presentante detallando el aporte, el valor y el porcentual del mismo en relación al PROYECTO; y además otros DOS (2) presupuestos de empresas diferentes y comprobables por los equipamientos y/o servicios que está aportando.
C.2.9.- En caso de que el productor o la productora presentante realice aportes de equipamientos y/o servicios propios deberá presentar documentación que acredite la propiedad de dichos equipos mediante facturas, seguros, o cualquier otra documentación que así lo acredite quedando sujeto a la efectiva aprobación del INCAA.
C.2.10.- En caso de que el productor o la productora presentante realice aportes financieros propios, extracto bancario y carta de intención expresando obligaciones, aportes y porcentajes de aquélla en relación al PROYECTO.
D. MATERIAL ADICIONAL.
Los productores y las productoras presentantes podrán optar, si así lo desearan o creyeran conveniente, por incluir fotografías, tipografías, audios, un demo reel, etc. que xxxxxx para ilustrar aspectos generales del tratamiento visual y/o sonoro, como material complementario del proyecto.
D.1.- El MATERIAL ADICIONAL deberá estar comprimido en un único archivo (ZIP, o RAR) que no supere los 100 MB (Megabytes) y ajustarse a los siguientes parámetros:
D.2.- IMÁGENES en formato Joint Pictures Experts Group - .JPEG. D.3.- VIDEO en formato Audio Video Interleave. AVI.
D.4.- AUDIO en formato Waveform Audio File Format - .WAV.
D.5.- DOCUMENTOS en formato PDF o JPG: Cartas de apoyo, recomendaciones,
Declaraciones de Interés, Cartas de Intención, etc. IF-2022-84249080-APN-GFIA#INCAA
Cualquier material que no cumpla con los presentes requisitos no será entregado al Jurado
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para su evaluación. No se tendrá en cuenta cualquier otro material remitido que no se encuadre en lo aquí especificado.
ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS
Los productores y las productoras presentantes deberán aportar, organizar y coordinar los recursos técnicos y humanos y todos los demás actos requeridos para la realización integral de la serie hasta conseguir el corte final y la bajada de los masters a los soportes indicados.
Dichas tareas comprenden, entre otras: pre-producción, producción, grabación digital, desarrollo de la artística (efectos, separadores, aperturas, cierres, etc.), contratación de los talentos y locación/es de grabación; edición, post-producción de audio y video,musicalización, gastos de traslado, seguros, catering, maquillaje, vestuario, escenografía, obtención de todas las autorizaciones y permisos para grabar en los distintos recintos y locaciones, así como la realización de todos los demás actos que resulten conducentes para dotar a la serie de todas las condiciones técnicas y artísticas requeridas para su posterior difusión, exhibición, reproducción, distribución y/o comercialización en cualquier medio televisivo y/o de exhibición (incluido VOD, IPTV, streaming y webcasting) y/o en soportes existentes a la fecha o futuros, sin limitación temporal y/o territorial alguna.
Los productores y las productoras presentantes tendrán a su exclusivo costo y cargo la contratación de todo el personal que de una forma u otra participe activamente, delante o detrás xx xxxxxx, asumiendo en caso de resultar necesaria, la gestión de las autorizaciones y/o pagos de tasas, derechos, honorarios, aranceles y de todo gravamen pertinente ante las compañías discográficas, SADAIC, AAA, SAGAI, ARGENTORES y AADI-CAPIF, asimismo, el pago de derechos y/o aranceles de sincronización y/o inclusión ante SADAIC.
Los productores y las productoras presentantes estarán obligados a comunicar al Sindicato Argentino de Televisión (SATSAID) el comienzo de la producción integral del ciclo, de conformidad a las previsiones contenidas en el presente pliego.
Los productores y las productoras presentantes tendrán a su costo y cargo los registros de obra, obra publicada, de marca u otros que pudieran corresponder, respetando los derechos propietarios tanto del MINCYT como de los productores y las productoras presentantes.
PLAZOS DE ENTREGA
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Las entregas del material, deberán efectuarse, como máximo, en las fechas fijadas en el
cronograma siguiente:
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Plazo 1: desde el día en que se acredita la Cuota 1 los productores y las productoras presentantes contará con 60 días para presentar la totalidad de los guiones. Y con 30 días para realizar las correcciones de guiones solicitadas por MINCYT-TEC y presentar la preproducción de todo el proyecto.
Plazo 2: desde el día en que se acredita la Cuota 2 los productores y las productoras presentantes contará con un máximo de 60 días para la realización de la serie.
Plazo 3: A partir del día 150 los productores y las productoras presentantes contarán con 30 días para entregar el primer corte de todos los capítulos y 30 días más para realizar todas las correcciones solicitadas por el TUTOR/PRODUCTOR DELEGADO hasta realizar el master final de cada capítulo.
Asimismo el TUTOR/PRODUCTOR DELEGADO podrá otorgar extensiones en los plazos de entrega. Tales extensiones también demorarán las acreditaciones de las cuotas.
RODAJE
Los productores y las productoras presentantes deberán prever las jornadas de grabación necesarias para la realización de serie.
Los productores y las productoras presentantes sólo podrán iniciar el rodaje luego de la aprobación por parte del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de los guiones, según se exprese en el cronograma convenido y deberá contemplar los permisos correspondientes para poder grabar y tomar fotografías, tanto en espacios públicos como privados.
CÁMARAS
La grabación deberá realizarse con cámaras de alta definición (HD). Las mismas deberán contar con sensor de imagen de 1.0 pulgada o 35mm. Frecuencia de muestreo: 4:2:2. Aspecto 16:9 Frame Rates 50i, Video Bit/Rate 50 Mbit/sec.
No se aceptarán cámaras semi-profesionales u hogareñas. Tampoco se aceptarán codecs domésticos, como el AVCHD o MP4 (H.264 Long Gop).
El modo de registro deberá ser entrelazado a 25 cuadros por segundo.
Los productores y las productoras presentantes deberán detallar en la propuesta tipo y cantidad de cámaras que utilizará en el rodaje.
ILUMINACIÓN
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Los productores y las productoras presentantes deberánPácguibnrair29ladse 4n0ecesidades de
iluminación de acuerdo a los requerimientos que surjan en el desarrollo integral de las piezas audiovisuales y a las características de la propuesta.
Los niveles de ajuste deben cumplir con los parámetros de calidad del canal.
REGISTRO DE AUDIO
Es condición excluyente que los productores y las productoras presentantes contrate al menos UN (1) sonidista especializado para el rodaje.
El sonido debe ser grabado con micrófonos que permitan un registro de óptima calidad. Los mismos deben estar correctamente posicionados.
El audio debe ser limpio, sin el menor ruido de fondo posible; no debe tener ningún tipo de defectos como clicks, hum o cualquier tipo de distorsión analógica o digital.
GRABACIÓN DE LOCUCIONES
En caso de ser necesario, los productores y las productoras presentantes deberá contemplar la grabación de la o las voces en off en cabinas de locución diseñadas para tal fin, que coincidan con los estándares de calidad establecidos actualmente en el mercado.
POST-PRODUCCIÓN
Deberá incluir:
Edición y post-producción integral (imagen y sonido) de cada episodio hasta llegar al corte final (previa presentación de un pre-editado) y su posterior bajada a los correspondientes másters.
Desarrollo y aplicación del pack gráfico y animaciones del branding de la serie.
Tratamiento de imagen y color para el video plano por plano, realizado por un/a colorista profesional.
Musicalización y post-producción de audio en sistema Pro-Tools.
APERTURA GENÉRICA Y PACK GRÁFICO
Los productores y las productoras presentantes deberán contemplar el desarrollo de la apertura genérica del programa, el desarrollo del pack gráfico en alta definición y la utilización de los siguientes recursos para el diseño y la animación de los mismos.
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Placas gráficas fijas (4 versiones)
Fondos fijos (4 versiones) Página 30 de 40
Diseño y aplicación de logotipo (identidad del ciclo) - Barrida apertura del ciclo (1 versión)
ID de la apertura de 5’’a 7’’ (1 versión) - Barridas Genéricas de 3’’ a 5’’ (3 versiones)
Transiciones gráficas (4 versiones) - Chart separador de bloques (1 versión) - Zócalo simple animado (2 versiones) - Zócalo doble animado (2 versiones) - Placas gráficas animadas: información general (las que se necesiten por guion) - Mosca (1 versión) - Cierre de programa para créditos (1 versión).
ANIMACIONES
En caso de que la propuesta presentada lo requiera, los productores y las productoras presentantes deberá prever la utilización de técnicas de animación 2D, 3D o mixtas, para la realización de los episodios. Podrán utilizarse After Effects, 3D Max, Cinema 4D o programas similares para lograr la estética adecuada. Los productores y las productoras presentantes sólo podrán iniciar el armado de las animaciones luego de tener, por parte del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, la aprobación de la propuesta gráfica.
MÚSICA
En caso que la serie contenga música original, los productores y las productoras presentantes deberá entregar al MINISTERIO el contrato original firmado con el músico donde conste el pago realizado por inclusión, haciéndose responsable los productores y las productoras presentantes por la autenticidad de la firma del músico inserta en el contrato. Además, los productores y las productoras presentantes se harán responsable por cualquier reclamo que pueda surgir del músico por derechos de inclusión, con carácter permanente y sin limitación de tiempo ni territorial alguna.
MUSICALIZACIÓN
Los productores y las productoras presentantes deberán presentar y realizar el diseño de sonido de la serie incluyendo derechos de autor en caso de componer música adicional, banda sonora durante el programa, sonorización y musicalización del episodio. Se sugiere uso de música CC (creative commons), libre de derechos. Los productores y las productoras presentantes deben poseer los medios técnicos necesarios para llevar a cabo las grabaciones y elaborar el lipsync de la serie en su totalidad. En el caso de que se optase por utilizar musicalización que genere posibles reclamos por derecho de autor, los
productores y las productoras presentantes se hará responsable por cualquier reclamo que
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pueda surgir del músico por derechos de inclusión, con carácter permanente y sin limitación
de tiempo ni territorial alguna.
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MATERIAL DE ARCHIVO
En caso de ser necesario, los productores y las productoras presentantes deberá contemplar la inserción de imágenes de archivo, ilustraciones, materiales fotográficos, fílmicos, de video y documentales pertinentes para ilustrar los episodios que integren la serie, los cuales deberán contar con óptimas condiciones de calidad y las correspondientes licencias para su utilización. Se deberá tener en cuenta la resolución del material de archivo y su aplicación en alta definición, pudiéndose utilizar recursos como enmarcados o escalados dentro de la imagen.
Los productores y las productoras presentantes deberán realizar la investigación, búsqueda, localización, solicitud y adquisición de las imágenes y materiales de archivo que se deseen incluir para ilustrar la serie. Los productores y las productoras presentantes deberán tramitar las autorizaciones de inclusión y exhibición correspondientes, liberando al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de posibles reclamos futuros. Se requiere copia de todos los permisos tramitados para tener constancia de que han sido debidamente gestionados por los productores y las productoras presentantes.
AUTORIZACIONES Y PERMISOS
Es responsabilidad de los productores y las productoras presentantes tramitar todas las autorizaciones y permisos correspondientes para el registro de imágenes dentro de las locaciones seleccionadas para las grabaciones de la serie, como así también la tramitación de las autorizaciones para la difusión de las imágenes y los testimonios de todas las personas que participen en los episodios de la serie.
En el caso de la participación frente x xxxxxx de menores de edad, los productores y las productoras presentantes deberá requerir la autorización expresa y por escrito de ambos padres.
SEGUROS
Es condición excluyente para la realización de la serie que tanto el equipamiento técnico como el personal artístico, de producción y el personal técnico, contratados o a cargo de los productores y las productoras presentantes y todas las personas que estén implicadas en
el proceso de realización, cuenten con seguros de vida,IFs-e2g02u2ro-84d2e49r0e8s0p-AonPsNa-bGilFidIAad#INCAA civil/seguros de ART y caución, manteniéndolos vigentes durante la duración del presente
contrato, requisito sin excepción.
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CALIDAD DE LAS ENTREGAS
Dentro del plazo previsto se deberán entregar los másters, con calidad broadcast, sistema PAL, conteniendo la serie terminada y en condiciones de ser emitida a los fines de su aprobación definitiva.
Los soportes entregados a TEC deberán ser nuevos y contar con óptimas condiciones técnicas. No se aceptarán soportes reciclados. TEC informará de la presencia de cualquier defecto en los másters que imposibilite la transmisión o reproducción de uno o algunos de los episodios de la serie, debiéndose cambiar el material por otro en calidad de ser emitido dentro de los CINCO (5) días siguientes de notificado.
Todos los materiales que se solicitan a continuación han de ser entregados y deben aprobar los controles de calidad del canal. Ninguno de dichos materiales se debe obviar, salvo ciertas excepciones que estén debidamente notificadas y consensuadas con TEC.
MATERIALES A ENTREGAR: MÁSTERS EN DISCO RÍGIDO
DOS (2) Discos rígidos portables (máster y backup) o la cantidad que fuera necesaria según la información alojada y capacidad de los mismos, conteniendo el máster HD con pack gráfico de cada uno de los episodios que integran el ciclo; la versión HD sin pack gráfico de cada uno de los que integran el ciclo.
En este soporte también se deberán incluir los archivos del pack gráfico, los scripts, los archivos de audio mix y audio internacional.
Audio Mix
UN (1) archivo WAV a 48 KHz 24 bits estéreo Mix, sincronizado con el archivo MXF de video.
Audio internacional
UN (1) archivo WAV a 48kHz 24 bits estéreo con la música, sincrónico con el archivo MXF de video.
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UN (1) archivo WAV a 48kHz 24 bits estéreo con las voces, sincrónico con el archivo MXF
de video.
UN (1) archivo WAV a 48kHz 24 bits estéreo con los efectos y ambiente, sincrónico con el archivo MXF de video.
UN (1) archivo WAV mix estéreo de la mezcla final sincrónico con el archivo MXF de video. Proyecto de audio
Se deberá entregar el proyecto abierto del software que se haya utilizado para realizar la mezcla de sonido, con todos los componentes que se usaron para trabajarlo y UN (1) archivo AAF u OMF que contenga embebida la media utilizada con CINCO (5) segundos de handle.
Pack gráfico:
Versión original completa (con especificaciones del máster HD).
Versión limpia (clean) (sin tipografía aplicada y con especificaciones del máster HD): animaciones, zócalos, rodante, barridas, tipografía, etc. En secuencia TIFF/TGA o en QuickTime self-contained movie con su correspondiente canal alpha (si lo tiene), sin ningún tipo de compresión o con la misma calidad que fue aplicado en el programa original.
Relación de aspecto: 16:9
Resolución: 1920 x 1080 entrelazado (1080i) Frame Rate (fps): 25 Hz.
Todas las gráficas han de hacerse entrelazadas. SINOPSIS, FICHA TÉCNICA, SCRIPTS Y GUION FINAL
Los productores y las productoras presentantes deberán redactar y entregar, SIN EXCEPCIÓN:
la sinopsis general de la serie, la sinopsis de cada episodio, la ficha técnica con duración del programa, director, casa productora y año de realización
el guion final de cada uno de los episodios que integren la serie, de acuerdo al máster de emisión aprobado.
el script con time code de cada uno de los episodios que integran la serie en el que deben incluirse los recursos gráficos, sonoros y la narración completa y literal de todos los
episodios finales terminados y aprobados del ciclo.
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Estos materiales deberán entregarse -como máximo- a las 72 horas de la aprobación de los
másters de emisión, por parte del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
4-MATERIALES PARA PRENSA Y PROMOCIÓN
Todos los materiales que se solicitan a continuación deberán ser entregados en un disco rígido debidamente rotulado (NTFS) y tendrán que cumplir con la aprobación del MINISTERIO.
Imágenes en bruto de los episodios que integran la serie y que contengan la mayor variedad de escenas de rodaje, entrevistas, locaciones y tomas de backstage, en HD, con una duración aproximada xx xxxx (10) minutos.
Editado Featurette (con testimonios de los protagonistas).
Trailer para venta promocional de la serie (duración aproximada 1.30 min. a 2 min.). Logo de la serie en curvas (Illustrator) o en formato PSD (Photoshop), calidad: 300 dpi; Un mínimo xx xxxx (5) fotos de los protagonistas en distintas posturas y lugares.
Si por formato los lugares de registro son importantes, se solicitará un mínimo de tres (3) fotos por lugar (incluyendo planos generales y detalles).
Al menos cuatro (2) fotos que representen el concepto de la serie.
Afiche representativo de la serie en formato A5 - VERTICAL - 300 DPI - JPG
Afiche representativo de la serie editable en formato A5 (PSD o Illustrator) convertido a curvas (incluir imágenes) a 300 dpi.
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS- ENTREGA DE MATERIALES
Los programas deben ser entregados bajo los siguientes parámetros (ITU-R BT.709-5 Part.2):
Tipo de archivo contenedor (wrapper): MXF OP 1A Compresión: XDCAM HD 50 Mbps 420 Xxxx XXX Xelación de aspecto: 16:9
Resolución: 1920 x 1080 entrelazado (1080i/50) Frame Rate (fps): 25
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Chroma sample: 4:2:2 Bit Rate: 50Mbps
Audio: sin compresión a 48 kHz a 24 bits - 8 canales.
AUDIO
El audio deberá ser FULL MIX Estéreo y distribuido de la siguiente manera: Canal 1 - señal de audio izquierdo de la mezcla final
Canal 2 - señal de audio derecho de la mezcla final Canal 3 - señal de audio izquierdo de la banda musical Canal 4 - señal de audio derecho de la banda musical
Canal 5 - señal de audio izquierdo de los efectos y ambiente Canal 6 - señal de audio derecho de los efectos y ambiente
Canal 7 - señal de audio izquierdo de la narración, diálogos y voces Canal 8 - señal de audio derecho de la narración, diálogos y voces
No serán aceptados para la producción los formatos XDCAM con resoluciones menores a 35 Mbps, como así tampoco los formatos hogareños como HDV, AVCHD.
No se aceptará contenido en diferentes frame rates como 24p, 30p o 60i, como así tampoco sus sub-formatos (23.997, 59.97, etc.).
En el caso de los discos rígidos, deberán estar formateados en NTFS y ser compatibles con sistemas operativos Windows.
Los materiales que pasaron por un proceso de “up-convert” de SD a HD no serán aceptados. Másters en HDV no serán aceptados como Másters HD.
ACERCA DE LOS NIVELES
Valores de video en másters
Los niveles de video no deben exceder 1Volt para las señales componentes y los niveles negros del programa no deben extenderse debajo de 0 VDC. Ni los blancos ni los negros de la luminiscencia del programa se deben clipear excesivamente.
Niveles xx Xxxxxx en la Señal de Video Compuesta:
Los niveles de video en la señal de video compuesta no debIeFn-2e0x2c2e-8d4e2r4l9o0s8100-A0PINR-EGyFIlAos#INCAA niveles de negro no deben bajar de 0 IRE.
Ni los niveles xx xxxxxx o negro deben ser “clipeados” (con niveles de blancos cortados)
excesivamente.
Niveles de Croma en la Señal de Video Compuesta:
Los niveles de croma no deben exceder los 40 IRE cuando son medidos con el filtro “Chroma” encendido. Los niveles ilegales deben ser ajustados para prevenir la sobre- modulación de la transmisión, lo que daría como resultado pérdida de fidelidad de color y de detalle.
Todas las mediciones de video se harán con instrumentos (forma de onda) que miden la señal de video compuesto análogo o digital. Hay que hacer los ajustes a esta medida estándar, que es la única que se aceptará.
ESPECIFICACIONES DE LA ZONA DE LOGO IDENTIFICATORIO Y BRANDING
Es importante que las gráficas, tales como títulos o créditos, utilicen el lugar libre de la pantalla para que se pueda ver el logo identificatorio y área de branding de TEC, la cual se desarrolla en el margen superior derecho de la pantalla.
Los zócalos y otros elementos gráficos que contengan texto no deberán permanecer estáticos fuera de la zona de seguridad definida por el 80% del área central de la imagen, compuesta por un rectángulo de 1536 x 864 pixeles, comenzando a 192 pixeles del margen izquierdo y 108 pixeles del margen superior del cuadro, y terminando a 1728 pixeles del margen izquierdo y a 972 pixeles del margen superior
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Todos los elementos gráficos con texto deberán estar formateados de tal forma que su lectura sea clara tanto en HD como en caso de ser down conPveágrtiindao3s7adSe D40Letterbox. Si el
texto en HD no es lo suficientemente grande el programa podrá ser rechazado en la evaluación técnica.
Subtítulos
En caso de requerir el uso de subtitulado parcial o total se deberán tener en cuenta las siguientes especificaciones en HD:
Fuente: Tiresias Key Font Tamaño: 30 puntos (60 pixeles) Kerning: 0
Leading: 0
Color: blanco (al 90%) (232,232,232)
Sombra: 2
Borde: 2 pixeles Color borde: negro
El subtitulado deberá corresponderse y estar sincronizado con el audio, seguir el ritmo de quien está hablando -esté en plano o sea narración en off- y deberá tener una duración suficiente para que su lectura sea clara.
No deberá aplicarse subtítulo sobre gráfica.
La cantidad máxima de caracteres por línea será de 30. En caso de haber menos se usará una sola línea.
La cantidad de líneas no superará las 2.
El paso de un subtitulado a otro será por corte.
Al pasar de una imagen a otra (si a ambas les corresponde un subtitulado), sólo se usarán los puntos suspensivos cuando, por motivos de entonación, se requiera. De lo contrario, se usará el signo de puntuación que a ese caso corresponda (ya sea una coma, un punto y coma, dos puntos, un punto y seguido o un punto y aparte). De no ser necesario ningún signo de puntuación entre el pasaje de una imagen a otra, simplemente se respetará la ausencia del mismo.
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VALORES DE AUDIO
Valores en medición digital de Audio:
Pistas Valores de referencia Full Mix -20 dBFS Música - efectos - voces -20 dBFS
Valores en medición Analógico de Audio:
Pistas Valores de referencia Full Mix +4 dbm Música - efectos - voces +4 dbm
Fase de Audio:
Cuando los canales izquierdo y derecho son sumados y convertidos a monofónico, no debe haber inversión de fase (o cancelación) o algún cambio en la calidad del sonido. El uso de programas o hardware que ayude a mejorar la mezcla estéreo debe ser empleado también para asegurar una reproducción monofónica con igual calidad.
Niveles de Audio:
Niveles de Peak Program (Medida Digital):
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Los niveles y los picos de los programas serán revisados con una medida digital True Peak, que tiene una respuesta de 0 ms (instantáneo). En la mezcla full, los niveles pico y el audio
en general no debe pasar de -10 dBFS. Y el mínimo, en -20 dBFS. Sincronía Audio/Video (Lip-sync):
Todos los audios deben coincidir con la imagen (si se aplica). No debe haber ningún error en el tiempo de la acción con el sonido que lo acompaña.
Compresión Dinámica:
Término usado para definir la diferencia de intensidad sonora entre el sonido más suave que una persona puede oír y el sonido más ruidoso que puede tolerar cómodamente.
El programa debe mezclarse en un rango dinámico que sea confortable para ser escuchado durante largos períodos.
Una vez obtenido el APTO TECNICO otorgado por TEC, el PRODUCTOR DELEGADO/TUTOR le brindará al PRODUCTOR/A PRESENTANTE las especificaciones técnicas para la entrega de los masters al INCAA; entrega que es independiente de la entrega que los productores y las productoras presentantes deberá hacer ante TEC.
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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Las Malvinas son argentinas
Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico
Número: IF-2022-84249080-APN-GFIA#INCAA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 12 xx Xxxxxx de 2022
Referencia: BASES Y CONDICIONES INCAA TECTV
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 40 pagina/s.
Digitally signed by Gestion Documental Electronica Date: 2022.08.12 15:09:57 -03:00
Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audivisual Instituto Nacional del Cine y Artes Audiovisuales
Digitally signed by Gestion Documental Electronica
Date: 2022.08.12 15:09:58 -03:00