ADMINISTRACION DE CARTERA CARTERA AGRESIVA
ADMINISTRACION DE XXXXXXX XXXXXXX AGRESIVA
El presente documento contiene el plan de inversión Xxxxxxx Xxxxxxxx (la “Cartera”) que pueden seleccionar los Clientes que hayan suscrito el Contrato de Administración de Cartera celebrado con Banchile Administradora General de Fondos S.A (“Banchile” o el “Administrador").
PRIMERO: REQUISITOS DE INGRESO
Monto mínimo inicial de ingreso de capital : $1.000.000 (un millón de pesos) Monto mínimo para cada ingreso de capital posterior al inicial : $100.000 (cien mil pesos)
SEGUNDO: VALORES, CONTRATOS Y BIENES.
El Cliente que seleccione esta cartera acepta que sus recursos sean invertidos bajo el siguiente plan de inversión:
A. Objetivo del plan de inversión
Invertir en cuotas de fondos administrados o gestionados por Banchile Administradora General de Fondos
S.A. o por personas relacionadas a esta.
Hasta el 100% de los activos de la cartera serán mantenidos o invertidos en instrumentos de capitalización, mientras que hasta el 20% de los activos de la cartera serán mantenidos o invertidos indirectamente en instrumentos de deuda. Se entenderá como “inversión indirecta en instrumentos de deuda” a aquellos fondos que cumplan con al menos una de las siguientes características:
a) Su objetivo sea invertir al menos un 80% de sus activos en instrumentos de deuda.
b) Que mantengan al menos un 80% de sus activos en instrumentos de deuda.
c) Al menos un 80% de sus activos estén clasificados como renta fija o deuda, por entidades proveedoras de información financiera tales como Bloomberg o Reuters.
d) Su objetivo de inversión sea entregar el retorno de un índice o cartera que esté compuesto en al menos un 80% por instrumentos de deuda.
e) Que los fondos mutuos en que se invierta se encuentren definidos en algunos de los tipos de fondos indicados en los números 1 a 3 de la Sección II de la Circular 1.578 de la Comisión para el Mercado Financiero, esto es (i) fondos mutuos de inversión en instrumentos de deuda de corto plazo con duración menor o igual a 90 días, (ii) fondos mutuos de inversión en instrumentos de deuda de corto plazo con duración menor o igual a 365 días, o (iii) fondos mutuos de inversión en instrumentos de deuda xx xxxxxxx y largo plazo.
No existirá restricción alguna para la adquisición de instrumentos administrados por personas relacionadas al Administrador, salvo aquellos establecidos en este documento.
B. Diversificación de las inversiones por tipo de inversión respecto del activo total de la cartera:
TIPO DE INSTRUMENTO, CONTRATO O BIEN | % Mínimo | % Máximo | |
1 | INSTRUMENTOS DE CAPITALIZACION | 0 | 100 |
1.1 | NACIONALES | 0 | 100 |
1.1.1 | Cuotas de fondos de inversión cerrados, entendiendo por tales aquellos fondos de inversión, cuyas cuotas de participación no sean rescatables. | 0 | 100 |
1.1.2 | Cuotas de fondos mutuos y de inversión abiertos, entendiendo por tales aquellos fondos cuyas cuotas de participación sean rescatables. | 0 | 100 |
2 | RECURSOS EN EFECTIVO (MONEDA NACIONAL O EXTRANJERA) | 0 | 100 |
C. Diversificación por Tipo de Moneda en que se podrán denominar las inversiones
Tipo de Moneda | Porcentaje Máximo |
Peso chileno. | 100 |
Dólar de los Estados Unidos de América. | 100 |
TERCERO: REMUNERACION, COMISIONES Y GASTOS.
1. Remuneración por administración de cartera de valores nacionales y extranjeros
Banchile cobrará una remuneración porcentual anual por administración, la cual se pagará el último día hábil de cada mes y se devengará diariamente, según la siguiente tabla:
Tabla Remuneración (anual, sobre patrimonio administrado) | |
Monto Administrado (MM$) | Costo de Administración |
Inversión en cuotas de fondos, administrados o gestionados por Banchile Administradora General de Fondos S.A. o por personas relacionadas a esta, a través de una serie con remuneración de administración igual a 0%. | Hasta un 3,98% |
Inversión en cuotas de fondos, administrados o gestionados por Banchile Administradora General de Fondos S.A. o por personas relacionadas a esta, a través de una serie con remuneración de administración mayor a 0% | 0% |
Recursos en efectivo. | 0% |
Todos los valores incluyen IVA.
2. Gastos y comisiones por inversiones
El Cliente que seleccione la Xxxxxxx declara conocer y autorizar que por la administración de los fondos que componen la Cartera las respectivas sociedades administradoras cobran una remuneración en cada uno de sus fondos y en algunos casos una remuneración de cargo del partícipe o algún gasto, todo lo cual consta en los respectivos reglamentos internos de cada uno de los fondos.
El porcentaje máximo del total de los recursos administrados que podrá ser cargado por concepto de remuneraciones de cargo de cada fondo, será de hasta un 3,98% anual (IVA incluido). Por su parte, el porcentaje máximo del total de los recursos administrados que eventualmente podrá ser cargado por concepto de remuneraciones de cargo del participe, será de hasta un 2,38% anual (IVA incluido). Se entiende por “recursos administrados” el patrimonio máximo mantenido por el cliente en administración de cartera, en un año calendario.
3. Impuestos y otros gravámenes
Serán de cargo del Cliente todo impuesto, tasa, derecho, o tributo de cualquier clase y jurisdicción, nacionales o extranjeros que grave o afecte los activos administrados o a los actos, instrumentos o convenciones que se celebren o ejecuten con ocasión de la inversión, rescate, reinversión o transferencia de dichos activos o que deba pagar Banchile con motivo de las inversiones a que se refiere este contrato.
4. Forma de Pago
El Cliente autoriza a que Xxxxxxxx realice retiros desde su cuenta de valores para pagarse la remuneración por administración y solventar los gastos y comisiones originados de la misma.
CUARTO: RIESGOS
Algunos de los riesgos asociados a la inversión en esta cartera son los siguientes:
a) Riesgo Crédito y Contraparte: Es el riesgo de una pérdida económica como consecuencia de que una de las partes deje de cumplir con sus obligaciones en tiempo y/o forma provocando una pérdida financiera.
b) Riesgo Precio: Es el riesgo asociado a los cambios en el valor de los instrumentos financieros frente a cambios en las condiciones generales de los mercados financieros.
c) Riesgo Moneda o Tipo de Cambio: Es el riesgo de pérdida en el valor de las inversiones producto de variaciones en los Tipos de cambios.
d) Riesgo Liquidez: Es la posibilidad de tener que vender un título valor a un precio por debajo de lo razonable, por no tener suficiente actividad de negociación en el mercado secundario.
e) Riesgo País: Es el riesgo asociado a variaciones en los precios de los instrumentos, frente a cambios en las condiciones económicas, políticas x xx xxxxxxx que puedan darse en un país en particular.
f) Riesgo Sectorial: Es el riesgo relacionado a una inversión cuyos resultados dependan del desempeño de un sector muy definido dentro de la economía nacional o internacional.
g) Riesgo de Reinversión: Es la posibilidad de que los ingresos recibidos por las inversiones sean reinvertidos a una tasa de interés inferior a la que tenía esa inversión, como consecuencia de una disminución en la tasa de interés.
h) Riesgo inflación: es el riesgo que tienen el valor de los activos financieros asociados a cambios en las condiciones de inflación.
i) Riesgo contratos derivados: Se refiere a los efectos asociados al apalancamiento que conllevan las inversiones en contratos derivados, posibilidad que puede estar contemplada en algunos de los fondos que componen la cartera. Estas inversiones presentan una alta sensibilidad a las variaciones de precio del activo subyacente.
QUINTO: AUTORIZACION PARA PARTICIPACION EN MERCADOS ESPECIALES
El Cliente que seleccione la Xxxxxxx manifiesta expresamente su intención de participar e invertir en los mercados especiales establecidos por la comisión para el Mercado Financiero y en las ofertas o colocaciones dirigidas a Inversionistas Calificados y declara que entiende a cabalidad y acepta todos los riesgos propios de estos mercados y sus instrumentos.
En consecuencia y para los efectos de cumplir con lo establecido en el punto II N°6 de la norma de Carácter General N°216, el Cliente por este instrumento autoriza y faculta a Banchile Administradora General de Fondos S.A. para que, dentro de las inversiones que en conformidad al contrato de administración de cartera realice, participe en ofertas y colocaciones dirigidas a Inversionistas Calificados y, en general, para que pueda participar e invertir en dichos mercados especiales, sus productos e instrumentos.
Las operaciones referidas en este párrafo serán informadas al Cliente con la misma periodicidad establecida en el Contrato de Administración de Cartera para la entrega de información relativa a las demás operaciones.