Contract
1. INFORMACIÓN GENERAL
1.1. Fecha: 15 de octubre de 2020
1.2. Valor Total: Ciento once millones setecientos ochenta y cinco mil doscientos pesos M.L
($111.785.200) Exento de Iva
1.3. Tipo de Contrato: Contrato de prestación de servicios
1.4. Objeto: Prestar el servicio de impresión de once (11) obras de artistas antioqueños, como parte del fortalecimiento del sector artístico y cultural del Departamento.
Plazo: Hasta el 31 de diciembre de 2020, contado desde la suscripción del acta de inicio.
2. NECESIDAD
2.1. Descripción de la necesidad
Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia es una entidad descentralizada creada mediante el Decreto Ordenanza No. 494 de 2011, modificado posteriormente por los Decretos Ordenanzas 02120 y 02132 ambos de 2011, el cual se constituye como establecimiento público, dotado con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio autónomo, con una estructura organizacional básica que se debe fortalecer para poder lograr cumplir con eficiencia y eficacia todos y cada uno de los procesos que soportarán el pleno desarrollo de los programas y proyectos que se están ejecutando en el marco de su competencia y funciones, desde sus normas de creación se establece que le corresponde a la entidad el fomento, de las artes y las letras, la divulgación de la cultura regional en el departamento de Antioquia, teniendo como función la de diseñar estrategias y divulgación y conservación del patrimonio cultural tangible e intangible, así como garantizar la conservación, enriquecimiento de la creación y expresiones culturales del departamento, y en todo caso impulsar estrategias que garanticen el desarrollo del arte y de expresiones artísticas.
En este sentido en el plan de desarrollo UNIDOS POR LA VIDA 2020 – 2023, se identifica que “los productos artísticos y culturales de alta calidad cuentan con posibilidades limitadas de circulación por el territorio. Debido a aspectos como la lejanía de algunas regiones con respecto a la capital del Departamento u otros epicentros de desarrollo, la concentración de los bienes y servicios en el Xxxxx de Aburrá, así como la carencia de escenarios debidamente acondicionados, inciden desfavorablemente en el acceso y disfrute de este tipo de manifestaciones, de manera equitativa para las poblaciones de Antioquia”.
Con el fin de mitigar las problemáticas identificadas y de disminuir la inequidad entre las regiones del
1
Departamento, el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia continuará realizando procesos de intervención en el sector, para beneficiar a las subregiones de forma integral, identificando las necesidades propias del territorio en sus niveles municipal y departamental, para lograr procesos creativos y participativos que estimulen el sector cultural y artístico, ya que en la medida que se fortalezcan nuestros creadores, artistas, gestores, escuelas, casas de la cultura, entidades oficiales, particulares y asociaciones culturales de la sociedad civil, se contribuirá al desarrollo de las localidades y del Departamento.
Para lograr disminuir la brecha y la inequidad en el acceso a los procesos artísticos y culturales del Departamento mediante la ampliación de la oferta de calidad con énfasis en la creación, la cultura y el patrimonio en Antioquia, se plantean dentro de la Línea estratégica 1. Nuestra gente; Componente 4: Antioquia unida por la creación y la cultura, el Programa 1: Unidos para la creación, el arte y la cultura, indicadores en el ámbito de la creación literaria, que dan cuenta de las “Publicaciones apoyadas por el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia” durante el cuatrenio, este programa promoverá la creación, continuidad y producción artística de nuevo conocimiento, que aporte al capital cultural de la región. A través de este programa se garantizará la oportunidad de acceder a la oferta institucional en 124 municipios permitiendo así el fortalecimiento del sector literario y editorial como gestores culturales activos en las subregiones del Departamento.
Es de anotar también que existe un antecedente de iniciativas en el sector por parte del Instituto de cultura y Patrimonio de Antioquia, el cual bajo la resolución número 000370 de 7 de noviembre de 2017 “Por medio del cual se crea el Fondo editorial del Instituto de Cultura y patrimonio de Antioquia…” incluye en sus programas y planes de acción el apoyo y la promoción de la producción escrita por parte de los diferentes agentes culturales del Departamento mediante publicaciones que permitan la creación de una cultura editorial, soportado en línea número 3. Lectura y escritura, proyecto “Implementación Plan de lectura, escritura y biblioteca de Antioquia”, Fondo Editorial.
El Instituto cuenta con diversas obras que hacen parte de la colección “VIVAN LOS CREADORES”, de acuerdo a las aprobaciones realizadas por el comité editorial según acta número 10 del 31 xx xxxxxx de 2018; colección la cual busca servir de pedagogía y de enseñanza para el sector cultural del Departamento.
El comité editorial, para la impresión de la colección “VIVAN LOS CREADORES” que contienen las obras pictóricas y escultóricas de diferentes artistas antioqueños, con el fin de asegurar la difusión y promoción de éstas como legado de los antioqueños, seleccionó, evaluó y definió como parámetros en esta selección de las obras los siguientes:
✓ El aporte educativo y cultural para el departamento.
✓ Pedagogía de enseñanza para el sector cultural.
✓ La rigurosidad académica o investigativa de los contenidos de las obras
✓ La proyección como Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia respecto al Comité editorial.
2
✓ La valorización y optimización en términos de recursos públicos.
De acuerdo a lo anterior, las decisiones del Comité han sido las siguientes:
• El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, con el propósito de fomentar la cultura y bajo un ejercicio de dignificación y visibilidad del artista, a través del comité editorial, bajo acta número 10 del 31 xx xxxxxx del 2018, aprobó realizar una invitación a diferentes artistas plásticos reconocidos del Departamento de Antioquia, para que presenten una propuesta de un libro (Machote), bajo unas especificaciones puntuales, esto con el objetivo de que haga parte de la colección “Vivan los Creadores” y que sirva de pedagogía de enseñanza para el sector cultural.
• Bajo acta de comité editorial número 12 del 22 de Febrero del 2019 se aprobó el inicio del proceso para producir la colección “VIVAN LOS CREADORES”, que luego de recibir 15 propuestas se dio como resultado la viabilizarían de 1 libros para conformar la primera edición de la colección “VIVAN LOS CREADORES” y se dio plazo a 4 artistas para hacer los ajustes pertinentes de sus libros, quedando así una colección de 15 libros.
• El comité editorial bajo Acta 19 y del 10 xx xxxx de 2019, recomienda la contratación de un equipo de diseño para desarrollar la línea grafica de la colección (Anexo1 – Diseño).
• En reunión del comité editorial bajo acta número 21 xx xxxxx de 2019, se presentó la línea grafica de la colección “VIVAN LOS CREADORES” y es aprobada.
• Por último, bajo acta número 22 del 14 xx xxxxxx de 2019, el comité recomendó adelantar el proceso contractual, por parte del Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, para la impresión de los libros de los 3.300libros, la colección “VIVAN LOS CREADORES” se compone de 15 libros y de cada uno de ellos se imprimirán 500.
De acuerdo a lo anterior y con el propósito de formatear la cultura adelantó un proceso de contratación en el año 2019, el cual tuvo que ser cancelado, dados los incumplimientos del contratista en relación a las fechas de entrega, y número de productos entregados, alcanzando sólo cuatro de los quince títulos contratados inicialmente; es así como 11 de esas obras quedaron evaluadas y aprobadas por el comité editorial, pero sin su respectivo proceso de impresión.
A la fecha del presente estudio previo, los escultores presentaron el contrato debidamente firmado, en el cual autorizan al Instituto de cultura y Patrimonio de Antioquia, para realizar la edición, diseño, e impresión, publicación y distribución de cada una de las obras, todo con fines culturales, educativos y excluyendo los fines comerciales, teniendo presente que el Instituto realizará los diseños de los libros que harán parte de la colección, los cuales serán entregados al contratista que realice la impresión de los respectivos ejemplares.
De acuerdo a lo anterior, se hace necesario, adelantar un proceso de selección con miras a seleccionar una persona natural o jurídica que realice la Impresión De los 3.300 ejemplares, de las 11 obras que hacen parte de la colección “Vivan los creadores”.
3
El oferente elegido se encargará de la impresión final, el ICPA entregara en medio digital el arte final por cada libro que conforma la colección “VIVAN LOS CREADORES” al contratista elegido, el cual es el insumo para el proceso de impresión.
La distribución de la colección, El registro ISBN y el registro de derechos de autor, serán responsabilidad del ICPA.
2.2. Forma de satisfacer la necesidad
Para satisfacer la necesidad planteada, se realizará un proceso de contratación mediante subasta inversa electrónica para seleccionar un contratista que preste el servicio de impresión de los 3.300 ejemplares requeridos. Es importante señalar que la contratación para la presente obra se encuentra contemplada en el Plan Anual de Adquisiciones del Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia para la vigencia 2020.
3. CONDICIONES DEL CONTRATO
3.1. OBJETO: Prestar el servicio de impresión de once (11) obras de artistas antioqueños, como parte del fortalecimiento del sector artístico y cultural del Departamento.
3.2. LUGAR DE EJECUCIÓN: Departamento de Antioquia.
3.3. DURACIÓN O PLAZO DE EJECUCIÓN: Hasta el 31 de diciembre de 2020, contado desde la suscripción del acta de inicio. El plazo establecido no podrá superar la vigencia fiscal 2020, de conformidad con el principio de anualidad estatuto orgánico de presupuesto.
3.4. Fondos y Apropiaciones Presupuestales: Ciento doce millones quinientos ochenta y cinco mil doscientos pesos IVA Incluido.
L.E. | PROGRAMA | PROYECTO / RUBRO | FUT | CENTRO DE COSTO | FONDO | PPTO OFICIAL | |
CODIGO | NOMBRE | ||||||
NUESTRA GENTE | UNIDOS PARA LA CREACIÓN, EL ARTE Y LA CULTURA | 0600180 | Implementación del plan de lecutrua escritura y biblioteca | A.5.6.1 | 1255200 | 4-1011 | 111,785,200 |
3.5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS El contratista deberá cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:
Realizar la impresión de 3.300 ejemplares de las 11 obras que hacen parte de la colección “VIVAN LOS CREADORES”, de los siguientes autores Antioqueños:
1. Nombre del artista: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
2. Nombre del artista: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
3. Nombre del artista: Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
4. Nombre del artista: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
5. Nombre del artista: Xxxxxx de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
6. Nombre del artista: Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx
7. Nombre del artista: Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx
8. Nombre del artista: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
9. Nombre del artista: Xxxxx Xxxxx Xxxxxx
10. Nombre del artista: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
11. Nombre del artista: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx
Cada uno de los ejemplares entregados por el contratista, debe cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:
✓ IMPRESIÓN DE LIBRO PASTA RÚSTICA COSIDO AL HILO CON SOLAPAS:
● Cantidad de referencias: 11 libros
● Cantidad por cada referencia: 300
● Cantidad total: 3.300
● Tamaño final del libro cerrado: 24 x 31 cms.
✓ TACO INTERIOR:
Papel: Propalmate 150 grs.
Tamaño final: Cerrado (ya refilado): 24 x 31 cms. o Abierto (ya refilado): 48 x 31 cms.
, Páginas: 100p. mínimo - 180p. máximo (aprox.)
Tintas: Policromía 4 x 4
Acabados: En cuadernillos plegados, compaginados, cocidos con hilo, emblocado, refilado.
IMAGEN DE REFERENCIA:
✓ CARÁTULA PASTA RÚSTICA:
Tamaño: Cerrada (con solapas dobladas): 24 x 31 cm. o Abierta (ya refilada): 67,5 x 31 cm.
Lomo: 1,5 cm Aprox. (Confirmar según el taco interior de la impresión final)
Solapas: 9 cms a cada una. Papel: Propalcote 350 grs. Tintas: Policromía 4 x 4.
Acabado: Encuadernación rústica y laminado mate 1 x 0.
IMAGEN DE REFERENCIA; REQUERIMIENTOS ADICIONALES:
• Impresión de pruebas sherpa de al menos 10 páginas de cada libro y de la carátula para verificar colores y aprobar.
• Impresión de pruebas sherpa de al menos 10 páginas de cada libro y de la carátula para verificar colores y aprobar.
• Un machote completo para cada referencia de libro.
• Un machote completo para cada referencia de libro NÚMERO DE PÁGINAS PARA CADA LIBRO:
1. Nombre del artista: Xxxxxxxx Xxxxx X., Páginas: 132
2. Nombre del artista: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Páginas: 116 ISBN:
3. Nombre del artista: Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Páginas: 116
4. Nombre del artista: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx , Páginas: 180
5. Nombre del artista: Xxxxxx Xxxxxx, Páginas: 132
6. Nombre del artista: Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx
7. Nombre del artista: Xxxxx Xxxxx, Páginas: 140
8. Nombre del artista: Xxxxx Xxxxxxx, Páginas: 86
9. Nombre del artista: Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Páginas: 132
10. Nombre del artista: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Páginas: 80
11. Nombre del artista: Xxxxxxx Xxxxx, Páginas: 88 ISBN:
Requerimientos del diseño para la producción
● El proveedor deberá tener máquinas y procesos de producción que garanticen el tamaño final propuesto para el libro.
● Estándares de calidad altos en el proceso y manipulación de los libros.
● El impresor NO debe manipular los archivos originales en términos del diseño, formas, espacios, tamaños, tipografías, colores etc, cualquier modificación deba hacerla el diseñador o consultarla y notificarla.
● El diseño de cada libro será entregado por parte del Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia al contratista.
3.6. CODIFICACIÓN DEL BIEN, OBRA O SERVICIO, SEGÚN CLASIFICACIÓN DE SECOP
Para el presente proceso la clasificación del Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas UNSPSC 14.0801, implementada con la entrada en vigencia del Decreto 1082 de 2015, para efectos de publicación es la siguiente:
Grupo | F | Servi cios |
Segmento | 550000 | Publicaciones impresos, publicaciones electrónicas y accesorios |
Familia | 551000 | Medios Impresos |
Clase | 551015 | Publicaciones impresas |
Segmento | 730000 | Servicios de producción industrial y manufactura |
Familia | 731500 | Servicios de apoyo a la fabricación |
Clase | 731519 | Servicios de industria de impresión |
Segmento | 820000 00 | Servicios editoriales, de diseño, de artes gráficas y bellas artes. |
Familia | 821200 00 | Servicios de reproducción |
Clase | 821215 00 | Impresión |
3.7. AUTORIZACIONES, PERMISOS, LICENCIAS Y DOCUMENTOS TÉCNICOS.
El Instituto de Cultura y patrimonio de Antioquia, cuenta con la cesión de derechos realizada por cada autor respecto de cada una de las 11 obras.
El Instituto de Cultura y patrimonio de Antioquia se encargará de realizar los trámites de registro de derechos de Autor y registro del ISBN.
3.8 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
✓ Cumplir a cabalidad todas y cada una de las especificaciones técnicas descritas en el estudio previo, el pliego de condiciones y sus adendas y la propuesta presentada y aceptada por el Instituto.
✓ El Contratista se compromete a Entregar al Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, Tres mil trescientos (3.300) libros físicos impresos cumpliendo con todas las especificaciones técnicas descritas anteriormente.
✓ Entregar los bienes descritos en las especificaciones técnicas en el Xxxxxxx de la Cultura Xxxxxx Xxxxx Xxxxx.
✓ Suministrar toda la información que se requiera con el fin de verificar tanto el cumplimiento de los requisitos y compromisos contractuales como los legales a que haya lugar en razón del contrato.
✓ Los precios presentados en la propuesta serán fijos durante la ejecución del contrato.
✓ Cumplir con las demás obligaciones establecidas en la Ley 1480 de 2011, Estatuto del Consumidor.
✓ Entregar los productos con responsabilidad, idoneidad, celeridad y calidad.
✓ Atender los requerimientos de la supervisión.
✓ Cancelar los gastos de perfeccionamiento, ejecución e impuestos que se generen en razón del contrato.
✓ Facilitar la labor de supervisión dando respuesta oportuna a las observaciones o requerimientos que se realicen.
✓ Atender los requerimientos realizados por el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia para el desarrollo del presente contrato por medio del supervisor y/o interventor correspondiente.
✓ Informar oportunamente al contratante cuando exista o sobrevenga alguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Constitución y la ley.
✓ Realizar los pagos correspondientes al sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales de las personas al servicio del contratista que ejecutaran las actividades del contrato.
✓ Cumplir con las actividades que se requieran respecto del Sistema de Gestión de Seguridad
y Salud en el Trabajo de acuerdo con los lineamientos del decreto 1072 de 2015 y sus modificaciones.
✓ Realizar dentro de los tres (03) días siguientes a la suscripción del contrato las gestiones necesarias para el cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato, así como de sus modificaciones, adiciones o prorrogas y asumir los costos de éstas.
✓ El contratista deberá realizar las correcciones y cambios a los libros que no cumplan con las especificaciones técnicas descritas, sin que esto genere un costo adicional para el contratante.
✓ Utilizar personal calificado, contratado por su cuenta y riesgo para la debida y satisfactoria ejecución del objeto contractual.
✓ En general responder por cualquier eventualidad que se presente en la ejecución del contrato que implique incumplimiento del mismo de cualquier naturaleza y que genere perjuicios a terceros o al medio ambiente entre otros, dejando indemne a El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia por toda situación, reclamación o condena, o cualquier decisión que comprometa la responsabilidad de la entidad por vía administrativa o judicial
✓ Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato y que garanticen su cabal y oportuna ejecución
3.9. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
✓ Designar un supervisor y/o interventor para que realice las funciones de control, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista.
✓ Entregar el diseño y contenido de las obras para impresión.
✓ Vigilar y verificar el cumplimiento por parte del contratista, de sus obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral, conforme al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y la Ley 1150 de 2007.
✓ Pagar oportunamente el valor del contrato de acuerdo con la forma de pago estipulada, previa presentación del recibo a satisfacción por parte del supervisor y/o interventor.
✓ Suministrar la información necesaria relacionada con el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas.
✓ Poner a disposición del contratista los comprobantes de descuentos y retenciones efectuados al pagar las facturas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto Ley 019 de 2012.
✓ Verificar que el Proveedor entregue el certificado xx xxx y salvo de los aportes al sistema de seguridad social y de salud de sus subordinados de manera anexa a la factura.
3.10. SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA
Una vez legalizado el contrato, Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia designará un supervisor y/o interventor para el mismo, quien ejercerá, conforme al artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato.
.
4. MODALIDAD DE SELECCIÓN, SU JUSTIFICACIÓN Y FUNDAMENTOS JURIDICOS
El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia adelantará el proceso de contratación al que hace referencia el presente estudio a través de la modalidad de contratación de Selección Abreviada bajo la causal de subasta inversa, con fundamento en las normas que se indican a continuación:
La Ley 1150 de 2007 en su artículo 2° señala que “La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa”, y señala como regla general la licitación pública, definiendo como excepciones, entre otras la siguiente:
“La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que, por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.
(…)
Serán causales de selección abreviada las siguientes:
a) La adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades, que corresponden a aquellos que poseen las mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos.
Para la adquisición de estos bienes y servicios las entidades deberán, siempre que el reglamento así lo señale, hacer uso de procedimientos de subasta inversa o de instrumentos de compra por catálogo derivados de la celebración de acuerdos marco de precios o de procedimientos de adquisición en bolsas de productos;”
El artículo 2.2.1.1.1.3.1., del Decreto 1082 de 2015 que establece:
“Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes: Bienes y servicios de común utilización con especificaciones técnicas y patrones de desempeño y calidad iguales o similares, que en consecuencia pueden ser agrupados como bienes y servicios homogéneos para su adquisición y a los que se refiere el literal (a) del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007.”
De acuerdo a lo anterior, se tiene que por la cuantía del proceso contractual se acude a la modalidad de Licitación Pública, y atendiendo el objeto del proceso contractual, se debe hacer uso del procedimiento de subasta inversa, por lo que la entidad considera procedente adelantar un proceso de Licitación Pública mediante subasta inversa presencial.
10
El Decreto 1082 de 2015 en los artículos 2.2.1.2.1.2.2 a 2.2.1.2.1.2.6, de los que se cita a continuación el artículo 2.2.1.2.1.2.2 contempla las reglas específicas de la subasta, así:
“Procedimiento para la subasta inversa. Además de las reglas generales previstas en la ley y en el presente decreto, las siguientes reglas son aplicables a la subasta inversa:
1. Los pliegos de condiciones deben indicar: a) la fecha y hora de inicio de la subasta; b) la periodicidad de los lances; y c) el margen mínimo para mejorar la oferta durante la subasta inversa.
2. La oferta debe contener dos partes, la primera en la cual el interesado acredite su capacidad de participar en el proceso de contratación y acredite el cumplimiento de la Ficha Técnica; y la segunda parte debe contener el precio inicial propuesto por el oferente.
3. La entidad estatal debe publicar un informe de habilitación de los oferentes, en el cual debe indicar si los bienes o servicios ofrecidos por el interesado cumplen con la ficha técnica y si el oferente se encuentra habilitado.
4. Hay subasta inversa siempre que haya como mínimo dos oferentes habilitados cuyos bienes o servicios cumplen con la Ficha Técnica.
5. Si en el proceso de contratación se presenta un único oferente cuyos bienes o servicios cumplen con la ficha técnica y está habilitado, la entidad estatal puede adjudicarle el contrato al único oferente si el valor de la oferta es igual o inferior a la disponibilidad presupuestal para el contrato, caso en el cual no hay lugar a la subasta inversa.
6. La subasta debe iniciar con el precio más bajo indicado por los oferentes y en consecuencia, solamente serán válidos los lances efectuados durante la subasta inversa en los cuales la oferta sea mejorada en por lo menos el margen mínimo establecido.
7. Si los oferentes no presentan lances durante la subasta, la entidad estatal debe adjudicar el contrato al oferente que haya presentado el precio inicial más bajo.
8. Al terminar la presentación de cada lance, la entidad estatal debe informar el valor xxx xxxxx más bajo.
Si al terminar la subasta inversa hay empate, la entidad estatal debe seleccionar al oferente que presentó el menor precio inicial. En caso de persistir el empate la entidad estatal debe aplicar las reglas del numeral 1 al 5 del artículo 33 del presente decreto. “
A lo largo de la disposición mencionada se contemplan algunas reglas especiales para esta modalidad de la contratación entre las que cabe mencionar la evaluación de la oferta con valor artificialmente bajo sobre el precio obtenido al final de la subasta inversa (artículo 2.2.1.1.2.2.4) y la exclusión de los incentivos para la contratación pública para los procesos adelantados bajo la causal de subasta inversa (artículo 2.2.1.2.4.2.1).
LIMITACIÓN A MIPYME
En desarrollo del artículo 12 de la Ley 1150 de 2007 y según lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad Estatal debe indicar la posibilidad de limitar a las Mipymes nacionales, la participación en el presente proceso de selección cuando el valor del Proceso de
Contratación es menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Así:
“Artículo 2.2.1.2.4.2.2. Convocatorias limitadas a Mipyme. La Entidad Estatal debe limitar a las Mipyme nacionales con mínimo un (1) año de existencia la convocatoria del Proceso de Contratación en la modalidad de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos cuando:
1. El valor del Proceso de Contratación es menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; y
2. La Entidad Estatal ha recibido solicitudes de por lo menos tres (3) Mipyme nacionales para limitar la convocatoria a Mipyme nacionales. La Entidad Estatal debe recibir estas solicitudes por lo menos un
(1) día hábil antes de la apertura del Proceso de Contratación.
Artículo 2.2.1.2.4.2.3. Limitaciones territoriales. Las Entidades Estatales pueden realizar convocatorias limitadas a Mipyme nacionales domiciliadas en los departamentos o municipios en donde se va a ejecutar el contrato. La Mipyme debe acreditar su domicilio con el registro mercantil o el certificado de existencia y representación legal de la empresa”.
Atendiendo a lo anterior, tenemos que el valor Umbral para convocatorias limitadas a Mipymes 2020: (Información suministrada por Colombia Compra Eficiente (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx-xxxxxxx)
El valor de la tasa de cambio según el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo es: (Información suministrada por Superintendencia Financiera de Colombia LINK (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/00000).
TRM: Indicador diario | Unidad | Valor | Vigencia |
TRM | COP | 3,813.30 | 23-Sep-2020 |
Teniendo en cuenta el valor del presente proceso contractual, $111.785.200, puede ser objeto de limitación de la convocatoria para Mipymes, con los requisitos que exige la norma referida.
De acuerdo a lo anterior la entidad procede a realizar la presente convocatoria limitada a Mis pymes domiciliadas en el Departamento de Antioquia, para lo cual deberán acreditar su domicilio con el Registro Mercantil o el Certificado de Existencia y Representación Legal de la empresa. Para el efecto la Entidad Estatal debe recibir solicitudes de por lo menos tres (3) Mis pymes nacionales por lo menos un (1) día hábil antes de la apertura del proceso de contratación, hasta la fecha señalada en el cronograma del proceso. A dicha solicitud la Mipyme debe anexar la siguiente documentación para verificar las condiciones exigidas legalmente:
✓ Certificado de existencia y representación legal o registro mercantil.
✓ Certificado expedido por el representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el contador, en la cual conste que la Mi pyme tiene el tamaño empresarial establecido de conformidad con la ley.
En el evento de presentarse convocatoria limitada a Mis pymes la Entidad Estatal debe aceptar solamente las ofertas de Mi pymes, consorcios o Uniones Temporales formados únicamente por Mi pymes y promesas de sociedad futuras suscritas por Xxx xxxxx.
5. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y SU JUSTIFICACIÓN
5.1. ANÁLISIS DEL SECTOR Aspectos generales xxx xxxxxxx:
El servicio que se pretende contratar se ubica en el sector de la Industria Gráfica (Litografías, Editoriales, empresas de artículos publicitarios y corporativos y todo el referente a la comunicación gráfica)
La cadena productiva de la Industria Gráfica comprende los sectores papelero, gráfico y publicitario, cuyas actividades productivas son interdependientes: materia prima para la producción de papel, cartón u otro material utilizado para impresión, que pueden ser usados como productos finales o transformarse dentro de la industria, es decir, son susceptibles de conversión a libros, afiches, volantes, etiquetas, empaques, souvenires y otros productos impresos. Esta cadena se complementa con los procesos de comercialización y venta con valor agregado para el consumidor final.
En Colombia la industria de este sector se consolida en 1977, por un grupo de cincuenta empresarios gráficos, donde crearon la Asociación Colombiana de la Industria de la Comunicación Gráfica – Andrigraf, su objetivo es impulsar el sostenimiento y la competitividad de esta industria, definiendo sus intereses, desarrollando análisis de carácter macroeconómico, sectorial, de comercio y realización de alianzas estratégicas que sirvan a los empresarios para su gestión y crecimiento. Así que a lo largo de los años a estas alianzas se han aunado organizaciones como Coimpresores Bogotá, la Federación de Cooperativas de Impresores y Papeleros de Colombia – Fedegráfica, la Cámara de Comercio del Libro, el Centro de Desarrollo Tecnológico para la Competitividad de la Industria de la Comunicación Gráfica
– Cigraf.
“Esta industria, hoy genera más de 39.000 empleos directos y 57.000 indirectos, y su actividad está enfocada en la fabricación y diseño de empaques, envases, libros, material publicitario, entro otros. En el último año la industria creció 1,7%, y en el primer trimestre de 2019 las exportaciones alcanzaron US$50 millones. Los principales receptores de estas exportaciones son Ecuador, Estados Unidos y Perú. Así lo dio a conocer Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, presidenta ejecutiva de Andigraf, la agremiación más importante del sector.” (tomado de la Revista Dinero, junio 1 de 2019)
Aspectos Legales aplicables al objeto:
El objeto de la presente contratación se regula y reglamenta con diferente normatividad:
✓ Código de Autorregulación Publicitaria, emitido por la Comisión Nacional de Auto Regulación Publicitaria - CONARP - El cual regula los principios y conductas universales de respeto a la veracidad de la información, la decencia, la honestidad y a los derechos del consumidor y de los competidores en Colombia.
✓ Modificación de la estructura de la Imprenta Nacional
✓ Decreto 0960 de 2013
✓ Democratización y fomento al libro colombiano
✓ Ley 98 de 1993
✓ Publicidad exterior en el territorio Nacional
✓ Ley 140 de 1994
✓ Normatividad sobre Derechos de Autor y Propiedad Intelectual en Colombia
✓ Artículo 61 Constitución Política de Colombia, Ley 23 de 1982 (Art. 1 y 2), Ley 44 de 1993 (Cap. II Art. 6 y Cap. IV Art. 51)
✓ Certificaciones y lineamientos del sector para su sostenibilidad y cuidado del medio ambiente
✓ Icontec: Criterios ambientales para materiales impresos. Proyecto de norma técnica Colombiana. NTC de 224/12, Técnica del papel libre de cloro, Certificación Forestal Ambiental Voluntaria, Programa de reconocimiento del Sistema de Certificación Forestal, Normas ISO 14000 y 27000 y el Programa de Excelencia Ambiental Distrital.
Sostenibilidad ambiental:
Existen diferentes lineamientos y certificaciones para promover la sostenibilidad en la industria editorial y de la comunicación gráfica:
Sello ambiental colombiano: es establecido a través de la Norma Técnica Colombiana – NTC 6019 y hace referencia a los criterios ambientales para pulpa, papel y cartón y productos derivados. La NTC 6016 incluye lineamientos para el uso de tintas amigables con el medio ambiente, minimizar el uso de materias primas nocivas para la salud, reducción en el uso de materiales y el uso de materiales reciclables, reutilizables o degradables. De acuerdo al
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la etiqueta ecológica consiste en un sello obtenido de forma voluntaria, otorgado por un organismo de certificación, debidamente acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación -ONAC y autorizado por la Autoridad de Licencias Ambientales- ANLA. No obstante, muy pocas empresas del sector cuentan con este sello.
Papel libre de cloro: esta certificación es otorgada cuando el productor del papel usa métodos amigables con el medio ambiente para el blanqueamiento del papel, es decir, que no involucran cloro. A nivel internacional son reconocidas las certificaciones ECF (por sus siglas en inglés Elemental Chlorine Free Certification) y la TCF (por sus siglas en inglés Totally Chlorine Free).
La certificación ECF es una de las más conocidas en la industria. A nivel nacional, los principales productores de papel cuentan con dicha certificación.
Certificación Forestal Voluntaria (CFV): es otorgada por Forest Stewardship Council (FSC), busca impulsar el manejo sostenible de los bosques y disminuir la tala ilegal.
Programa de reconocimiento de Sistema de Certificación Forestal (PEFC): es el sistema de certificación forestal más utilizado en el mundo, promueve la gestión sostenible de los bosques para conseguir un equilibrio social, económico y medioambiental de los mismos.
Respecto a las dos (2) ultimas certificaciones ambientales mencionadas, es importante tener en cuenta que no todos los proveedores nacionales de papel pueden obtenerlas. De otro lado, es importante tener en cuenta que la producción de papel con fibra de la caña de azúcar es amigable con el medio ambiente, por lo cual no es necesaria una certificación forestal.
CADENA DE LA INDUSTRIA DE LA COMUNICACIÓN GRÁFICA Y DE IMPRESIÓN
La cadena de producción en la industria de la comunicación gráfica y de impresión puede dividirse en: (i) proceso de diseño y diagramación; y (ii) Servicio de Impresión. Según ANDIGRAF, las empresas del sector que actualmente prestan el Servicio de Impresión también ofrecen el servicio de diseño y diagramación. En efecto, los servicios de producción creativa y diseño hacen parte del valor agregado que el sector busca dar a sus clientes.
ANÁLISIS DE LA DEMANDA: De conformidad con la guía, elaborada por Colombia Compra Eficiente para éste tipo de análisis, se han analizado las condiciones en las cuales el INSTITUTO ha adquirido en el pasado el bien o servicio a contratar, utilizando para ello la herramienta tecnológica que brinda el SECOP y consultando los archivos de la Entidad
Contratista | Número de contrat o | Objeto del contrato | Presupuesto |
M.N. IMPRESOS S.A.S | 033-2018 | Servicios de diseño editorial e impresión de tres obras literarias desde las cuales se promueve la cultura, la educación, la inclusión y el uso pedagógico éstas | $106.100.000,0 0 |
FUNDACIÓN AMIGOS POR LA MÚSICA | 065-2016 | "Apoyar el proceso investigativo y la respectiva publicación por medio de la cual se visibilicen las músicas tradicionales del Territorio Sonoro de la Trova y la Parranda". | $21.100.000,00 |
OPCION HOY LIMITADAQ | 2012-CS- 1255200- 0137 | Fortalecer la riqueza cultural del departamento de antioquia mediante la publicación del directorio de artistas antioqueños | $4,640,000.00 |
SUFORMA SAS | 005 de 2019 | Prestar el servicio de impresión de quince (15) obras de artistas antioqueños, que hacen parte de la colección “VIVAN LOS CREADORES” | $259.000.000 |
A continuación, se relacionan algunos de los contratos que han suscrito diferentes entidades del estado con el sector editorial en el país.
Contratista | Número de contrat o | Objeto del contrato | Presupuesto |
Prestación de servicios profesionales para dirigir la | |||
Xxxx Xxxxxxx | 106ct130 | elaboración, edición y publicación del libro de crónicas ¿la historia de la publicidad empresarial en Cartagena el cual será | $69,600,000.00 |
S.A.S | -16 | publicado por la cámara de comercio xx Xxxxxxxxx a través del cedec, conforme a propuesta sobre el contenido académico | |
del libro, presentado por el contratista. |
Imprenta Nacional de Colombia | 207-010- 2016 | Elaboración de impresos y publicaciones: libros, revistas, periódicos, plegables, folletos, volantes, afiches; producción de cd y demás productos impresos elaborados por sistema análogo o digital y requeridos por el iemp para cumplir con su función misional de acuerdo con la programación académica, con el ejercicio investigativo y con las solicitudes de obra editorial que le hagan las distintas dependencias de la procuraduría general de la nación. En los casos en que sea necesario, y cuando el iemp no pueda cubrir con sus propios recursos, será objeto de este contrato la corrección de estilo, la elaboración de diseño y la diagramación de estos impresos y publicaciones para lo cual se solicitara la correspondiente cotización. En estos casos, los impresos y publicaciones deberán entregarse acompañados del respectivo archivo nativo de | $235,000,000 |
diseño grabado en medio magnético (cd o dvd) que contenga los archivos finales (editables de diseño e impresión) | |||
Imprenta Nacional de Colombia | 0167 de 2014 | Realizar la edición, el diseño, la diagramación, corrección de estilo y la impresión de libros, revistas, papelería, folletos, cartillas, boletines, publicaciones especiales, publicación en el diario oficial de actos administrativos y material promocional para posicionar la gestión de la agencia nacional de minería | 35,000,000 |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Y/O Litografía Dinámica | 4600010 494 | Prestación de servicios de litografía y comunicación gráfica como edición, impresión y publicación de contenidos de la Gobernación de Antioquia en otros formatos, de acuerdo con las órdenes de servicio de la Oficina de Comunicaciones | 300,000,000 |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Y/O Litografía Dinámica | 10 DE 2018 | Prestación de servicios de pre prensa, impresión, empastado y algunos terminados de los trabajos que requiere la academia y la administración del ITM, de acuerdo con las especificaciones técnicas. | 220,000,000 |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Y/O Litografía Dinámica | 025 de 2010 | Impresión litográfica, corrección de estilo y distribución de una publicación institucional en la conmemoración de sus 30 años de funcionamiento | $ 59,380,013 |
PANAMERICA NA FORMAS E IMPRESOS S.A | 21060 | Prestar servicios de impresión de artes gráficas y editoriales en las áreas de impresión offset y digital, duplicación y producción de piezas comunicativas. Se envían a producción: 1) Catatumbo: afiche, volantes, agenda, sticker y plegable; 2) Iniciativas: volantes, cuadernos y plegable: 3) Semana x Memoria: volantes, agendas, plegable y stickers; 4) Publicaciones: informe Bloque Tolima, Revista Conmemora, Basta Ya en francés e informe La guerra escondida. | CENTRO DE MEMORIA HISTORICA |
LEGISLACI ON ECONOMIC A S.A. LEGIS S.A | 18863 | Con el fin de dar continuidad a la estrategia de comunicaciones y con el objetivo de generar permanencia y recordación de los mensajes trazados o instrucciones directivas, en la vigencia de 2018 la Oficina Asesora de Comunicaciones Estrategias e Imagen Institucional, identificó las clases de piezas publicitarias necesarias para tal fin: 1U-Libros S3: 21 cm x 28 cm Papel bond blanco 90 gr 60 2x2 (CMYK + especial) 0 Papel esmaltado C2S de 240 gr; 2U-Libros S3: 21 cm x 28 cm Papel bond blanco 90 gr 60 2x2 (CMYK + especial) 0 Papel esmaltado C2S de 240 gr | SUPERINTEND ENCIA NACIONAL DE SALUD |
PANAMERICA NA FORMAS E IMPRESOS S.A | 17443 | Adquisición del servicio de impresos con destino dispensario médico sur occidente, dispensarios centralizados y dirección de sanidad ejército. | DIRECCION GENERAL DE SANIDAD MILITAR- DISPENSARIO MEDICO SUR OCCIDENTE HEROES DE SUMAPAZ |
M.N. Impresos S.A.S. | 033- 2018 | servicios de diseño editorial e impresión de cuatro obras literarias desde las cuales se promueve la cultura, la educación, la inclusión y el uso pedagógico de éstas. | Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia; Área: Fondo Editorial |
ANÁLISIS DE LA OFERTA:
Con respecto a la industria en cifras, según el Dane y Andigraf en el 2013: En Colombia existen más de 2.296 empresas dedicadas a actividades de impresión, el PIB de la Industria de Comunicación gráfica representa el 3,7% del PIB Industrial, genera 31 mil empleos directos, aproximadamente el 50% del valor de la producción bruta de la industria corresponde a valor agregado y el 75% del consumo intermedio corresponde a materias primas. De estas el 50% son papeles y cartones. En los últimos años ha sido notoria la caída de la industria gráfica por factores como la importación de productos terminados, y el desarrollo de nuevas tecnologías que permiten el diseño de piezas, documentos y archivos en plataformas digitales disminuyendo la producción de impresos.
La industria gráfica y de impresión en Colombia está conformada por cinco (5) grandes segmentos: (i) empaques y etiquetas; (ii) comercial; (iii) publicitarios; (iv) editorial; y (v) publicaciones periódicas:
Empaques y etiquetas: las industrias que usan este tipo de servicios corresponden principalmente al sector farmacéutico, alimentos, textil y confección, entre otras. A diferencia de las demás empresas de la industria gráfica y de impresión, en este segmento las empresas usan otro tipo de tecnologías de impresión diferentes a la impresión en papel. En efecto, sus insumos incluyen plásticos, latas de bebidas, cartón y cartulina, y otros papeles de alto gramaje, así como tintas especiales según el material empleado para la impresión.
Comercial: corresponde a la impresión de formas continuas como facturas, papel membretado, cheques, formularios, cartas de información variable y fija, impresión de seguridad, billetes de lotería, entre otros. Para realizar este tipo de impresos las empresas requieren tecnologías mixtas Digital-Offset u Offset con impresión variable. La digitalización de los documentos ha llevado a que el mercado disminuya la demanda de formas continuas de manera significativa, por lo cual, los prestadores de Servicios de Impresión no se concentran únicamente en este segmento comercial.
Publicitarios: corresponde a la impresión de todos los elementos que son utilizados para generar recordación o publicidad como afiches volantes, calendarios, plegables, cartillas, catálogos, directorios, cuadernos, entre otros publicomerciales. En este tipo de impresos, algunas empresas de Servicios de Impresión también se han especializado en la producción o tercerización de material para el apoyo en ventas conocido como PoP.
Editorial: corresponde a la impresión de libros y generalmente es desarrollado por empresas editoriales. Este segmento maneja tirajes muy altos que requieren un mayor nivel de tecnificación y capacidad instalada que permiten al proveedor del Servicio de Impresión, responder a sus clientes con mayor calidad y de manera oportuna. Generalmente, los impresos que son parte del segmento editorial
18
están regulados por derechos de autor por lo cual es importante que los archivos digitales compartidos entre el cliente y el proveedor del Servicio de Impresión tengan un manejo adecuado para evitar el riesgo de filtración de la información.
Publicaciones periódicas: corresponde a la impresión de periódicos y revistas que tienen una circulación períoca entre los lectores. En el caso de los periódicos, debido al formato y al volumen del tiraje, es importante que los proveedores tengan un mayor nivel de tecnificación, asimismo, Colombia Compra Eficiente identificó en las mesas de trabajo con proveedores que la distribución de los periódicos puede llegar a tener un costo mayor a la misma impresión cuando los periódicos son de circulación nacional.
El Instituto identificó las siguientes empresas/proveedores que pueden prestar el servicio:
1. AUROS COPIAS S.A.
2. XXXXXX XXXXXXXX SAS - IN COLORS IQ
3. CADENA S.A
4. XXXXXXXX SOLUCIONES DE COMUNICACIÓN S.A.S
5. CEDRO IMPRESORES S.A.
6. CONTACTO GRAFICO LTDA
7. CORCAS EDITORES SAS
8. CREATIVE GROUP LTDA
9. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX – IMPRENET
10. EDITORIAL NOMOS S.A.
11. JAVEGRAF
12. GRAFICAS SAN XXXX LTDA
13. GRUPO OP GRAFIC
14. AS S.A
15. GUÍAS DE IMPRESIÓN LTDA
16. LEGIS S.A.
17. LITHO COPIAS CALIDAD XXXXXXX XXXXX & CIA S.
18. PANAMERICANA FORMAS E IMPRESOS
19. IN PREZZO PRODUCCION GRAFICA LTDA
20. MULTI-IMPRESOS SAS
21. PROCEDITOR LTDA
22. COPYALINA INC
23. EDITORIAL EDECO LTDA.
24. ESPACIO CREATIVO IMPRESORES SAS
25. IMPRELIT
26. LITOGRAFÍA DINÁMICA
27. LITOGRAFÍA XXXXX GRÁFICAS
28. FORMAS CONTINUAS MEDELLÍN
29. LITOCREATIVOS
30. FORMAS CONTINUAS MEDELLÍN
Con base en los datos de SIREM, Colombia Compra Eficiente identificó una muestra de 204 empresas del sector de actividades de impresión. Las principales 25 empresas de la muestra concentraron el 58,1% de las ventas en 2014. En el sector de Servicios de Impresión Panamericana S.A. y Xxxxxxxx
S.A.S sobresalen con una participación del 5,9% y 5,2% en las ventas, respectivamente. Le siguen, Cadena S.A con una participación del 4,8% en el total de las ventas, Quad Graphics S.A. con 4,7% y Xxxxxx Xxxx and Sons de Colombia S.A con un 4,7%.
5.2. PRESUPUESTO OFICIAL
Para determinar el presupuesto oficial se elaboró un estudio xx xxxxxxx o análisis económico, en el cual se utilizó una estimación de precios a través de la consulta de oferta-demanda xx xxxxxxx, cuyo proceso reposa en la carpeta del proceso de conformidad con los requerimientos para el suministro de los productos con las especificaciones requeridas.
Se establece el siguiente cuadro con el estudio xx xxxxxxx de tres de las empresas que poseen experiencia en Dotación Instrumental a nivel Departamental y Nacional, donde se refleja el precio promedio del servicio a adquirir:
ESTUDIO XX XXXXXXX | ||||||||||||||
Objetivo: | Prestar el servicio de impresión de once (11) obras de artistas antioqueños, como parte del fortalecimiento del sector artístico y cultural del Departamento. | |||||||||||||
Especificaciones Técnicas: | Realizar la impresión de 3.300 ejemplares de las 11 obras que hacen parte de la colección “VIVAN LOS CREADORES”, de auotres Antioqueños | |||||||||||||
DENOMINACIÓN TÉCNICA DEL BIEN O SERVICIO | DESCRIPCION GENERAL Y/O ESPECIFICACIONES | UNIDAD DE MEDIDA | CANT | EMPRESA 1 | EMPRESA 2 | EMPRESA 3 | PRECIO PROMEDIO UNITARIO FINAL | VALOR TOTAL IVA INCLUIDO | ||||||
PRECIO UNITARIO | IVA | PRECIO UNITARIO CON IVA | PRECIO UNITARIO | IVA | PRECIO UNITARIO CON IVA | PRECIO UNITARIO | IVA | PRECIO UNITARIO CON IVA | ||||||
Libro colección vivan los creadores- libro rustico cosido al hilo con solapas Tamaño: 24x31 cm ( Cerrado ) Internas: / Impresión: 4 x 4 tintas. / Papel: Propalmate 150 x. Xxxxxxx + Solapas 9 cm: / Impresión: 4 x 4 tintas ( Full color 2 lados ). Papel: Propalcote 350 g. / Acabados: Laminado mate 1 Lado. Acabados libro: Refilados, intercalados, cocidos al hilo en cuadernillos, emblocado al lomo hot melt. | Xxxxxx Xxxxxx. ( 172 Páginas ) | Libro | 300 | $ 52.220 | 0% | $ 52.220 | $ 39.900 | 0% | $ 39.900 | $ 42.300 | 0% | $ 42.300 | 44.807 | $ 13.442.000 |
Xxxxxxxx Xxxxx X. ( 132 Páginas ) | Libro | 300 | $ 41.293 | 0% | $ 41.293 | $ 39.970 | 0% | $ 31.970 | $ 33.530 | 0% | $ 33.530 | 35.598 | $ 10.679.300 | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxx ( 116 Páginas ) | Libro | 300 | $ 36.923 | 0% | $ 36.923 | $ 28.850 | 0% | $ 28.850 | $ 30.020 | 0% | $ 30.020 | 31.931 | $ 9.579.300 | |
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx ( 180 Páginas ) | Libro | 300 | $ 54.403 | 0% | $ 54.403 | $ 41.470 | 0% | $ 41.470 | $ 44.000 | 0% | $ 44.000 | 46.624 | $ 13.987.300 | |
Xxxxxx Xxxxxx ( 132 Páginas ) | Libro | 300 | $ 41.293 | 0% | $ 41.293 | $ 31.970 | 0% | $ 31.970 | $ 33.530 | 0% | $ 33.530 | 35.598 | $ 10.679.300 | |
Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx (112 páginas) | Libro | 300 | $ 35.830 | 0% | $ 35.830 | $ 27.480 | 0% | $ 27.480 | $ 29.150 | 0% | $ 29.150 | 30.820 | $ 9.246.000 | |
Xxxxx Xxxxx ( 140 Páginas ) | Libro | 300 | $ 43.477 | 0% | $ 43.477 | $ 33.633 | 0% | $ 33.633 | $ 35.300 | 0% | $ 35.300 | 37.470 | $ 11.241.000 | |
Xxxxx Xxxxxxx ( 86 Páginas ) | Libro | 300 | $ 29.273 | 0% | $ 29.273 | $ 22.691 | 0% | $ 22.691 | $ 23.900 | 0% | $ 23.900 | 25.288 | $ 7.586.400 | |
Xxxxx Xxxxx Xxxxxx ( 132 Páginas ) | Libro | 300 | $ 41.293 | 0% | $ 41.293 | $ 31.970 | 0% | $ 31.970 | $ 33.530 | 0% | $ 33.530 | 35.598 | $ 10.679.300 | |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx ( 80 Páginas ) | Libro | 300 | $ 27.090 | 0% | $ 27.090 | $ 21.360 | 0% | $ 21.360 | $ 22.140 | 0% | $ 22.140 | 23.530 | $ 7.059.000 | |
Xxxxxxx Xxxxx ( 88 Páginas ) | Libro | 300 | $ 29.273 | 0% | $ 29.273 | $ 22.890 | 0% | $ 22.890 | $ 23.900 | 0% | $ 23.900 | 25.354 | $ 7.606.300 | |
TOTAL GENERAL | $ 111.785.200 |
Para el cumplimiento, de las especificaciones técnicas y las cotizaciones solicitadas para el estudio xx xxxxxxx incluidas en las especificaciones técnicas se tiene un presupuesto oficial de: Ciento Once Millones setecientos ochenta y cinco mil doscientos pesos M.C ($111.785.200)
5.3. FORMA DE PAGO O DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS
El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia pagará al contratista el valor del presente contrato mediante tres pagos de la siguiente forma:
Un primer pago correspondiente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, una vez se haya cumplido con los requisitos de legalización del contrato y con la entrega de los siguientes productos:
- Cronograma de actividades y línea de tiempo para la entrega de las obras impresas.
- Hacer una revisión técnica del material propuesto para la impresión de los libros, la cual será entregado el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia para su revisión y aprobación.
Segundo Pago: Correspondiente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, previa entrega de:
✓ Entrega de la Propuesta final para impresión de la obra, en un machote por cada libro para la aprobación de la impresión de todos los ejemplares, por parte del Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia.
✓ Pago de derechos de Autor e ISBN de la obra impresa y electrónica.
Tercer pago y último correspondiente, al cuarenta (40%) por ciento, previa entrega de:
✓ Entrega de 3.300 libros físicos impresos cumpliendo con todas las especificaciones técnicas descritas anteriormente, incluyendo el trámite del ISBN de cada uno.
Todos los pagos se realizarán previa presentación de la factura o cuenta de cobro por parte del contratista. Los pagos quedan sujetos a la aprobación del Plan Anual de Caja (PAC) mensual.
Además, para cada pago el contratista debe acreditar que se encuentra al día con el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales, de conformidad con inciso segundo y el parágrafo 1° del artículo 41 de la Ley 80 de 1993. A las cuentas de cobro que presente el CONTRATISTA y que se originen en el presente contrato, se le harán las deducciones establecidas por la Ley.
6. CRITERIOS DE SELECCIÓN
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 en su numeral 3°,
“Sin perjuicio de lo previsto en el numeral 1 del presente artículo, en los pliegos de condiciones para las contrataciones cuyo objeto sea la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y común utilización, las entidades estatales incluirán como único factor de evaluación el menor precio ofrecido”.
La verificación del precio ofrecido se realizará de acuerdo con las reglas determinadas por el artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015.
De acuerdo con la metodología descrita en el presente documento, para la realización del certamen de subasta inversa, cada oferente deberá presentar su propuesta inicial de precio diligenciada en el Formato No. 3 que se incluirá en los pliegos de condiciones.
Los precios ofrecidos deberán ser en pesos colombianos, presentando cifras enteras, tanto en los precios unitarios como totales.
El oferente debe discriminar con exactitud el precio correspondiente a los bienes y servicios objeto de la oferta y el valor del impuesto sobre las ventas IVA que afecte la misma, de acuerdo con las normas vigentes en la fecha de presentación de la oferta; en el evento de no discriminarse el IVA, se entenderá incluido en el valor de la oferta.
En el caso de bienes y servicios excluidos de IVA no se deberán diligenciar los campos relacionados con este impuesto. En el evento de discriminar el IVA y el valor de los bienes y servicios ofrecidos no causen dicho impuesto, éste no será tenido en cuenta.
Para el análisis del precio se confrontará la relación entre los precios unitarios y los totales por medio de operaciones aritméticas, en caso de encontrarse diferencia, se realizarán las respectivas correcciones, tomando el precio unitario y con base en éste se calculará el valor total de la oferta.
En caso de diferencia de precios en diferentes partes de la propuesta, primará para todos los efectos, los que figuran en el Formato No. 3, Propuesta inicial de precio.
CRITERIOS HABILITANTES
De conformidad con el parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, que señala: “La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje podrán ser subsanados ÚNICAMENTE dentro del término expresamente fijado por la Entidad en el cronograma del proceso.
En el presente Proceso de Contratación podrán participar las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; Consorcios o Uniones Temporales o promesas de sociedad futura, de conformidad con el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes y en general las disposiciones legales vigentes.
INFORMACIÓN INEXACTA
El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, se reserva el derecho de verificar integralmente la información aportada por el Proponente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas. Cuando exista inconsistencia definitiva entre la información suministrada
por el Proponente y la efectivamente obtenida o suministrada a la Entidad por la fuente de donde proviene la información que se pretende acreditar en el proceso de contratación, el documento que la contenga se entenderá como no presentado.
INFORMACIÓN NO VERAZ
En caso de que el proponente aporte información no veraz o adultere de cualquier forma algún documento original presentado, su propuesta será RECHAZADA, sin perjuicio de hacer conocer el hecho a las autoridades competentes.
6.1 CAPACIDAD JURÍDICA:
La participación en el presente proceso de selección podrá ser individualmente o en Consorcio o Unión Temporal, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse, que no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato y que además cumplan con los requisitos establecidos en el presente numeral.
6.1.1 Capacidad jurídica:
Acorde con el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, se verificará la capacidad jurídica del proponente para contratar el suministro de bienes a que se refiere el presente proceso, bajo los siguientes criterios:
El objeto social de la persona jurídica o actividad comercial de la persona natural para efectos de verificar que esté autorizada para cumplir con el objeto del contrato.
La calidad de representante legal de quien suscribe la oferta, lo cual se verifica con la inscripción del representante legal en el certificado de existencia y representación legal.
Las facultades del representante legal de la persona jurídica para presentar la oferta y obligar a la persona jurídica a cumplir con el objeto del contrato.
La ausencia de inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones de la persona natural o jurídica para contratar.
Los Proponentes nacionales o extranjeros podrán presentar Ofertas directamente o por intermedio de APODERADO, evento en el cual deberán anexar con la Oferta el poder otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del Contrato.
El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al Proponente y a todos los integrantes del Proponente plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades:
(i) Formular Oferta para el proceso de selección de que trata el presente documento;
(ii) Dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la entidad en el curso del presente proceso;
(iii) Recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso, incluyendo la del acto administrativo de Adjudicación;
(iv) Suscribir en nombre y representación del Adjudicatario el Contrato.
En caso de no anexarse con la oferta el poder conferido legalmente, con anterioridad al cierre del proceso o que éste no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello, según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, la Entidad solicitará tales requisitos durante el periodo de evaluación de las propuestas.
El poder especial en referencia es diferente a la Carta de Presentación de la oferta, razón por la cual, este último sí necesita de los requisitos legales establecidos para los poderes especiales. Lo anterior, en concordancia con el artículo 5° del Decreto 019 de 2012.
Documentos de verificación
a. Certificado de existencia y representación legal.
• PERSONAS NATURALES
Aportarán el certificado del registro mercantil donde conste que desarrolla actividades que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección con una expedición no superior a 30 días calendarios anteriores al cierre del proceso de selección.
• PERSONAS JURÍDICAS
Deberá acreditar su existencia y representación legal con la copia del Certificado de la Cámara de Comercio de su jurisdicción, expedido con una antelación no mayor a los treinta (30) días calendario, previos a la fecha de cierre del presente proceso. Su objeto social deberá comprender labores o actividades que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección y la duración de la sociedad deberá ser como mínimo, igual al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
En caso de que sean consorcios o uniones temporales, a través del certificado de existencia y representación legal de todos sus miembros expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, en éste se verificará:
- Fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal no mayor a los treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre del presente proceso.
- El objeto de la sociedad el cual deberá comprender labores o actividades que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección.
- La duración de la sociedad, contada a partir de la fecha de cierre del plazo del presente proceso, no podrá ser inferior al plazo establecido para la ejecución del contrato, y un (1) año más.
- El nombramiento del revisor fiscal en caso de que exista.
- Restricciones para contraer obligaciones por parte del representante legal.
Personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia:
Deberán acreditar la existencia y representación legal de su sucursal en Colombia mediante Certificado de la Cámara de Comercio de su jurisdicción, expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario, previos a la fecha de cierre del presente proceso o anteriores a la fecha de subsanación prevista en el cronograma del proceso cuando sea el caso. En dicho certificado deberán constar claramente las facultades del Gerente o del Representante Legal, el objeto social, el cual deberá comprender labores o actividades que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección y, la duración de la sociedad, la cual debe ser, como mínimo, igual al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
Si el representante legal tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la sociedad, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, otorgado con anterioridad a la fecha de presentación de la oferta.
Personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán:
Acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio o su equivalente expedido por lo menos dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución, vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta.
En el evento en que conforme a la jurisdicción de incorporación del Interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente numeral expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si en la jurisdicción de incorporación no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la
información aquí solicitada, el Proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad para vincular y representar a la sociedad en la que conste:
A) Que no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral;
B) la información requerida en el presente numeral; y
C) la capacidad para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.
1) Acreditar que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral 1 anterior). Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.
2) Acreditar la suficiencia de la capacidad de su representante legal o de su apoderado especial en Colombia para la suscripción del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral 1 anterior).
3) Acreditar que su duración es por lo menos igual al Plazo Total Estimado del Contrato y un (1) año más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral 1 anterior).
Si el representante legal tuviere limitaciones estatutarias para presentar la Propuesta o suscribir el Contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio o de su eventual condición de adjudicatario, deberá adjuntarse una autorización del órgano social competente de la sociedad en la cual se eliminen dichas limitaciones o se faculte para realizar la contratación; si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos de estos Pliegos, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar Adjudicatarios y antes de la suscripción del Contrato.
Todo lo anterior en los mismos términos previstos para personas nacionales.
En caso de uniones temporales, consorcios cada uno de los integrantes debe estas personas conjuntas deben allegar copia de este documento.
b. Cédula de ciudadanía vigente.
Las personas naturales, el representante legal de las personas jurídicas y el representante designado por los consorcios y uniones temporales deben aportar copia de su cédula de ciudadanía. Las personas naturales extranjeras, deben presentar fotocopia de su cédula de extranjería o pasaporte.
En caso de uniones temporales, consorcios cada uno de los integrantes debe estas personas conjuntas deben allegar copia de este documento.
c. Autorización para contratar.
Cuando el Representante Legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma en razón a la cuantía, debe adjuntar el documento de autorización expresa del órgano societario competente donde se acredite su autorización para participar en el proceso, firmar la propuesta y suscribir el contrato en el evento de ser seleccionado, con fecha dentro de los 30 días anteriores al cierre del proceso.
d. Apoderado de personas jurídicas extranjeras no domiciliadas en Colombia.
Las personas naturales y jurídicas extranjeras podrán estar representadas por el mandatario y/o representante de su sucursal (cuando se tenga en Colombia) o por un tercero, caso en el cual éste deberá ser abogado inscrito de conformidad con el artículo 35 del Decreto 196 de 1971, y estar debidamente facultado para presentar la propuesta, celebrar el contrato, así como representarla judicial y extrajudicialmente.
Xxxx presentarse el documento que acredite la condición de mandatario.
En caso de uniones temporales, consorcios cada uno de los integrantes debe estas personas conjuntas deben allegar copia de este documento.
e. Acta de constitución de consorcios o uniones temporales.
En caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación, se presentará acta de constitución de la misma, señalando los términos y porcentajes de participación en todos los casos y la designación de la persona que de manera principal y suplente los representará.
El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia aceptará que la oferta sea presentada por dos (2) o más personas naturales o jurídicas, que acrediten poseer las calidades enunciadas en los numerales anteriores, quienes en forma conjunta deben informar si su participación es a título de Consorcio, Unión Temporal u otra forma asociativa.
En todo caso, uno de los integrantes de un consorcio o unión temporal deberá tener una participación mínima del cincuenta por ciento (50%) y ninguno deberá tener una participación inferior al veinticinco por ciento (25%), de lo contrario, la propuesta no será tenida en cuenta para la evaluación.
Los consorciados o unidos temporalmente deberán señalar las reglas básicas que regularán las
relaciones entre ellos, con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley al respecto y deberán estar conformados a la fecha de cierre del proceso de selección, mediante documento suscrito con la firma autorizada de cada una de las partes, que avale el acuerdo, en el cual se establezca el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes y se indique la persona que para todos los efectos los representará.
Si la oferta es presentada en Consorcio, los integrantes del mismo se obligan en forma solidaria, tanto en la ejecución del contrato que se llegue a celebrar, como en las sanciones derivadas del mismo. En consecuencia, el Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia podrá exigir el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del presente proceso de selección o del contrato, a cualquiera de los integrantes del consorcio, o a todos juntos.
Si la oferta es presentada en Unión Temporal, los integrantes de la misma se obligan en forma solidaria, tanto en el presente proceso de selección como en la ejecución del contrato que se llegue a celebrar, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución que se haya definido para cada uno. En consecuencia, se deberán indicar los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros de la unión temporal en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia. Si en el documento de conformación de la Unión Temporal no se determinan los términos y extensión de la participación de los integrantes, se le dará el tratamiento establecido para Consorcios.
En caso de que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley, con el único objeto de presentar una propuesta o celebrar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas en esta ley para los Consorcios.
f. Carta De Presentación De La Propuesta
El formato de carta de presentación de la propuesta entregado por la entidad debe estar suscrito por el representante legal del proponente, de conformidad con el anexo de la invitación pública.
Se elaborará a partir del modelo suministrado en el presente documento, será suscrita por el apoderado del proponente de la estructura plural, por el representante legal de la persona jurídica o directamente por la persona natural.
La carta de presentación no implica el otorgamiento de un poder especial, razón por la cual, no es necesario que la misma surta el proceso de autenticación ante cualquier notaria.
En el formato de carta de presentación de la propuesta es indispensable incluir el número de Fax, correo electrónico y demás datos relacionados en el citado modelo, a fin de que la Entidad surta los requerimientos a través de dichos medios, cuando así se disponga.
En el evento en que el Proponente considere que algún documento de su oferta goza de reserva legal, deberá manifestarlo expresamente en la carta de presentación de la propuesta y soportarlo conforme a las normas que le brindan tal carácter.
29
Con la carta de presentación de la propuesta se entiende presentada la declaración juramentada por parte del proponente de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del contrato, así como el origen licito de los recursos destinados al proyecto o a la ejecución del contrato.
La carta de presentación deberá presentarse con firma autógrafa o firma digital de conformidad con lo previsto en la ley.
g. Registro Único Tributario (RUT)
Documento expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcio y/o Unión Temporal, cada uno de sus miembros deberá aportar el respectivo registro o el de la correspondiente forma asociativa en caso de contar con él.
La Identificación Tributaria por medio del RUT (Registro Único Tributario), debidamente actualizado. En caso de uniones temporales, consorcios cada uno de los integrantes debe estas personas conjuntas deben allegar copia de este documento.
h. Aportes Parafiscales Y De Seguridad Social Integral
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 789 de 2002, cuando se trate de personas jurídicas, se deberá certificar que se han efectuado el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensiones, riesgos laborales), y aportes parafiscales en las cuantías xx xxx, dentro de los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha límite para la entrega de propuestas, mediante certificación suscrita por el revisor fiscal o el representante legal en aquellos casos que por ley no tenga revisor fiscal.
Los documentos y certificaciones que deban suscribir el contador público o revisor fiscal, según corresponda, deberán acompañarse de copia de la tarjeta profesional y de la certificación expedida por la Junta Central de Contadores sobre su vigencia.
El proponente persona natural debe acreditar el pago de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia tendrá la obligación de verificación de lo anterior, en virtud de lo consagrado por el artículo 23 del Decreto 1703 de 2002.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes, deberá aportar por separado la certificación aquí exigida.
En caso de que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe, bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la mencionada certificación.
i. Certificación De No Sanciones O Incumplimiento
30
El proponente, bajo la gravedad de juramento deberá certificar sobre la existencia de multas y/o sanciones de que haya sido objeto, por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, frente a entidades públicas o privadas cualquiera que sea su denominación, en los últimos tres (3) años, contados con anterioridad a la fecha prevista para la entrega de las ofertas, para lo cual diligenciará el Formato No. 5.
En caso de uniones temporales, consorcios cada uno de los integrantes debe estas personas conjuntas deben allegar copia de este documento
j. Certificación De No Inhabilidades E Incompatibilidades
El proponente deberá acreditar con la presentación del Formato No. 5 debidamente suscrito por el representante legal, el representante designado por el consorcio, unión temporal o forma de asociación, o la persona natural, que no está incurso en ninguna incompatibilidad o inhabilidad para contratar de las que trata la Constitución, los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993, los artículos 6 y 18 de la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y demás consagradas legalmente.
En caso de uniones temporales, consorcios cada uno de los integrantes debe estas personas conjuntas deben allegar copia de este documento
k. Certificado de Antecedentes Disciplinarios.
El proponente no deberá presentar antecedentes disciplinarios de conformidad con lo consagrado en el Artículo 174 de la Ley 734 de 2002; en consonancia del articulo 38 numeral 4 del mismo compilado; situación que será verificada por el Instituto, o podrá ser acreditada por el oferente en su propuesta.
Igual requisito deberá acreditar el representante legal de las personas jurídicas, o el representante de los consorcios o uniones temporales.
En caso de que en el certificado conste que el proponente o el representante legal de las personas jurídicas, o el representante de los Consorcios, Uniones Temporales, presentan antecedentes disciplinarios vigentes, que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado, no se tendrá en cuenta su propuesta para la evaluación y posterior adjudicación.
Dicho certificado podrá ser acreditado por el oferente en su propuesta, y será consultado por el Comité Asesor y Evaluador del presente proceso de selección. Ver Ley 1238 de 2008.
l. Certificado del Boletín de Responsabilidad Fiscal.
De conformidad con lo consagrado en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, ningún proponente ni los integrantes de Consorcios o Uniones Temporales, ni Persona Jurídica de derecho privado, podrán estar registrados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. Igual requisito deberá acreditar el representante legal de la persona jurídica, o el representante legal de los consorcios o uniones temporales.
Dicho certificado podrá ser acreditado por el oferente en su propuesta, y será verificado por el Comité Asesor y Evaluador del presente proceso de selección.
Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sin sucursal en Colombia, deberán declarar que no son responsables fiscales por actividades ejercidas en Colombia en el pasado, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la ley 610 de 2000 y que no tienen sanciones vigentes en Colombia que implique inhabilidad para contratar con el Estado.
m. Certificado de Antecedentes Judiciales Vigentes
Xxxxxx proponente, ni los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales, podrán presentar Antecedentes Judiciales vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
Dicho certificado será consultado por el Comité Asesor y Evaluador del presente proceso de selección, pero podrá ser aportado por el Proponente.
n. Certificado de antecedentes de medidas correctivas del representante legal.
Xxxxxx proponente, ni los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales, podrán presentar Antecedentes de medidas correctivas que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
Dicho certificado será consultado por el Comité Asesor y Evaluador del presente proceso de selección, pero podrá ser aportado por el Proponente.
o. Certificado Del Registro Único De Proponentes – RUP.
Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales deberán estar inscritas en el REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - RUP, salvo las respectivas excepciones legales. La clasificación que se debe acreditar debe ser en los siguientes códigos UNSPSC:
Grupo | F | Servi cios |
Segmento | 550000 | Publicaciones impresos, publicaciones electrónicas y accesorios |
Familia | 551000 | Medios Impresos |
Clase | 551015 | Publicaciones impresas |
Segmento | 730000 | Servicios de producción industrial y manufactura |
Familia | 731500 | Servicios de apoyo a la fabricación |
Clase | 731519 | Servicios de industria de impresión |
Segmento | 820000 00 | Servicios editoriales, de diseño, de artes gráficas y bellas artes. |
Familia | 821200 00 | Servicios de reproducción |
Clase | 821215 00 | Impresión |
Para acreditar tal inscripción deberán aportar con su propuesta, copia del RUP en firme con corte a 31 de diciembre de 2019, expedido con una antelación no mayor a los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre prevista en el cronograma del proceso.
Para cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal se deberá aportar el certificado de inscripción en el RUP.
Para los proponentes que durante el proceso de evaluación sean requeridos por cualquier aspecto relacionado al RUP, se debe tener en cuenta que el RUP que sea aportado deberá estar vigente y en firme;
NOTA: De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto – Ley 019 de 2012 y lo impuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, es un deber del inscrito, mantener actualizada la información que obra en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio.
p. Garantía de Seriedad de la Propuesta.
El proponente, deberá anexar una garantía de seriedad de la propuesta con el respectivo comprobante de pago, a favor del Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, constituida ante una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia y que contenga los siguientes aspectos:
⮚ Valor asegurado: Diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial.
⮚ Vigencia: Tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre del proceso y hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento del contrato, conforme al cronograma del proceso.
⮚ Tomador y/o afianzado: Nombre del proponente.
⮚ Asegurado y beneficiario: Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia
⮚ Para el caso de los Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, debe figurar como tomador y/o afianzado, la respectiva forma asociativa.
⮚ Objeto: Garantizar la seriedad de la propuesta….(indicar el objeto de la presente contratación)
De conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015 la garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la propuesta.
Si la oferta se presenta en forma conjunta como proponente plural, es decir, bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural y de acuerdo a su porcentaje de participación.
De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015, la garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos:
1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato
En virtud de la Ley 1882 de 2018 artículo 5 modificatorio del artículo 5 de la ley 1150 de 2007 “La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma.
q. Certificado De Cumplimiento De Normatividad. (Solamente Aplica Para Entidades Sin Ánimo De Lucro “ESAL”
Documento expedido por la Dirección de Asesoría Legal y de control de la Gobernación de Antioquia, como entidad encargada del control, inspección y vigilancia de entidades sin ánimo de lucro (ESAL) donde se informa sobre el cumplimiento de la obligación de remitir anualmente la documentación de orden administrativo, financiero y contable a la que se refieren el artículo 1° del decreto nacional 1093 de 1989 y la Ley 222 de 1995 en sus artículos 34, 36, 37, 38, 46.
El documento debe estar vigente, con el reporte de la información con corte a 31 de diciembre de 2019.
Si el proponente XXXX tiene domicilio diferente al departamento de Antioquia deberá presentar el documento expida la autoridad competente en la respectiva localidad.
6.1.2 EXPERIENCIA
La experiencia habilitante del proponente se verificará en los siguientes términos:
El proponente persona natural o jurídica deberá acreditar mínimo tres (3) contratos ejecutados cuyo objeto sea igual o similar al del presente proceso y que sumados tengan un valor igual o superior al 100% del presupuesto oficial y relacionados con alguno de los códigos estándar de productos y servicios de las naciones unidas – UNSPSC, hasta el tercer nivel (clase), que se relacionan a continuación:
Grupo | F | Servici os |
Segmen | 550000 | Publicaciones impresos, publicaciones electrónicas y accesorios |
to | ||
Familia | 551000 | Medios Impresos |
Clase | 551015 | Publicaciones impresas |
Segmen to | 730000 | Servicios de producción industrial y manufactura |
Familia | 731500 | Servicios de apoyo a la fabricación |
Clase | 731519 | Servicios de industria de impresión |
Segmen to | 8200000 0 | Servicios editoriales, de diseño, de artes gráficas y bellas artes. |
Familia | 8212000 0 | Servicios de reproducción |
Clase | 8212150 0 | Impresión |
Para el caso del proponente plural (unión temporal, consorcio y promesa de sociedad futura), cada uno de los integrantes deberá acreditar como mínimo un contrato.
Documentos de Verificación:
a. Certificado del Registro Único de Proponentes - RUP: Para la verificación de la experiencia, los contratos que se acrediten deberán aparecen incluidos en el Registro Único de Proponentes - RUP, de acuerdo a la siguiente clasificación en uno o algunos de los siguientes códigos:
EL PROPONENTE DEBE RELACIONAR EN UN DOCUMENTO LOS CONTRATOS CON LOS QUE ACREDITARA LA EXPERIENCIA Y QUE SE ENCUENTREN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES.
b. El proponente debe allegar certificación de los contratos que relacione en el documento, mínimamente debe indicar:
-Nombre del proponente.
-Objeto.
-Valor.
-Plazo.
6.1.3 MUESTRAS:
Los oferentes deben presentar al Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, una muestra de los machotes cada uno de los libros de acuerdo a las especificaciones técnicas exigidas. El
funcionario del Instituto se pondrá en contacto con el contratista seleccionado para coordinar la revisión de los mismos.
6.1.4 FICHA TECNICA (Formato 6)
La FICHA TECNICA en los procesos de subasta inversa, es un documento que contiene las características del bien o servicios establecidos por la entidad, por tanto, se constituye en un requisito necesario para la comparación de las ofertas que no otorga puntaje (Colombia Compra Eficiente, Síntesis Normativa y Jurisprudencia en Contratación 12/23/2016 Subdirección de Gestión Contractual- xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxx-xxxxx-x%X0%X0xxxxx-xx-xxxxxxx- inversa), por tanto, el proponente debe presentar el FORMATO 6. FICHA TECNICA debidamente diligenciado y firmado que contiene las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS necesarias para la ejecución del contrato, para lo cual se debe diligenciar el FORMATO NO. 6 establecido en el pliego de condiciones, mismo que debe incluirse en los documentos del sobre No. 1 y 2.
6.2. CAPACIDAD FINANCIERA:
Los oferentes deben acreditar los siguientes indicadores que verifican la capacidad financiera mínima requerida para un contrato como el que se pretende celebrar:
INDICADOR | INDICE REQUERIDO |
Índice de Liquidez | Mayor o igual a 1.5 |
Índice de endeudamiento | Menor o igual a 0.4 |
Razón de Cobertura de Interés | Mayor o igual a 1.0 |
Los oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el Oferente cumple el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses.
Si el Oferente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura debe calcular su capacidad financiera así: (i) sumando el patrimonio de los miembros del Oferente plural; y (ii) ponderando cada uno de los indicadores (índice de liquidez, índice de endeudamiento y razón de cobertura de intereses) de cada miembro del Oferente plural, de acuerdo con su porcentaje de participación.
6.3. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN:
Se verificarán los siguientes índices como requisito habilitante:
INDICADOR | INDICE |
REQUERIDO | |
Rentabilidad sobre activos | Mayor o igual a 7% |
Rentabilidad sobre el patrimonio | Mayor o igual a 13% |
Si el oferente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura deben acreditar su capacidad organizacional ponderando cada uno de los indicadores (rentabilidad sobre activos y rentabilidad sobre patrimonio) de cada miembro del oferente plural, de acuerdo con su porcentaje de Participación.
6.4. DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Certificado del Registro Único de Proponentes - RUP: El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia, efectuó el análisis para establecer los indicadores a verificar la capacidad financiera, de acuerdo con la obligación prevista en el Decreto 1082 de 2015 y el Manual de Requisitos Habilitantes expedido por Colombia Compra Eficiente, información que será verificada en el Registro Único de Proponente RUP con corte al 31 de diciembre de 2018 para quienes lo tengan actualizado. Lo propio se hará con la capacidad de organización.
Cuando se trate de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, a información financiera deberá presentarse respecto de cada uno de los integrantes.
El Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia si lo considera necesario, se reserva la facultad de solicitar información adicional, con el fin de verificar y/o aclarar los datos reportados en los estados financieros requeridos.
7. ANÁLISIS DE RIESGOS Y FORMA DE MITIGARLOS
De acuerdo con los artículos 2.2.1.1.1.6.3. y 2.2.1.2.5.2. del Decreto 1082 de 2015, la evaluación del riesgo se hará de acuerdo con el Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación, expedido por Colombia Compra Eficiente, para todas las modalidades de selección.
Para la columna identificada como “Prioridad” se establece un orden de acuerdo a los siguientes literales:
a. Evitar el Riesgo, para lo cual debe decidir no proceder con la actividad que causa el Riesgo o busca alternativas para obtener el beneficio del Proceso de Contratación.
b. Transferir el Riesgo haciendo responsable a otra entidad quien asume las consecuencias de la materialización del Riesgo, típicamente se transfiere el Riesgo a través de las garantías previstas el Proceso de Contratación o en las condiciones del contrato estableciendo con
xxxxxxxx quien es el responsable. El principio general es que el Riesgo debe asumirlo la parte que pueda enfrentarlo
en mejor forma bien sea por su experiencia, conocimiento o papel dentro de la ecuación contractual, entre otras.
c. Aceptar el Riesgo cuando no puede ser evitado ni ser transferido o el costo de evitarlo o transferirlo es muy alto. En este caso el Riesgo se recomiendan medidas para reducir el Riesgo o mitigar su impacto, así como el monitoreo.
d. Reducir la probabilidad de la ocurrencia del evento, cuando el Riesgo debe ser aceptado. Para el efecto se sugieren medidas como: (i) aclarar los requisitos, requerimientos y especificaciones y productos del contrato; (ii) revisar procesos; (iii) establecer sistemas de aseguramiento de calidad en los contratos; (iv) especificar estándares de los bienes y servicios; (v) hacer pruebas e inspecciones de los bienes; (vi) establecer sistemas de acreditación profesional; (viii) administrar la relación entre proveedores y compradores.
e. Reducir las consecuencias o el impacto del Riesgo a través de planes de contingencia, en los términos y condiciones del contrato, inspecciones y revisiones para revisar el cumplimiento del contrato y programas de apremio para lograr el cumplimiento del contrato.
Para el presente proceso de selección la evaluación del riesgo se hace en los siguientes términos:
Matriz de Riesgos
N ° | Clase | Fuent | Etapa | Tipo | Descripción (Qué puede pasar y, cómo puede ocurrir) | Consecuencia de la ocurrencia del evento | Probabilidad | Impacto | Calificación | Prioridad |
1 | General | Interno | Planeació | Operacion | Deficiencias en la planeación y construcción de estudios previos para el desarrollo de procesos contractuales | No satisfacción de la necesidad real de la entidad, impactando negativamente la ejecución de los programas y proyectos. | 1 | 2 | 3 | d |
2 | Específic | Externo | Planeaci | Operacio | Análisis inadecuado del estudio xx xxxxxxx, con datos insuficiente o errados. | Determinación de presupuesto inadecuado | 1 | 2 | 3 | b |
3 | Específico | Externo | Ejecución | Operacional | Incumplimiento o cumplimiento deficiente de las especificaciones técnicas y obligaciones establecidas en el contrato. | No satisfacción de la necesidad de la entidad, impactando negativamente la ejecución de los programas y proyectos. Retraso o incumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Acción de la Entidad. | 3 | 4 | 7 | b |
4 | General | Interno | Ejecució | Operacio | Modificación de especificaciones técnicas | Retraso en la ejecución de alguna o varias especificaciones técnicas y obligaciones del contrato. | 3 | 3 | 6 | d |
Desgaste administrativo, ocasionando retrasos en actividades ajenas al proceso. | ||||||||||
5 | Específico | Interno | Ejecución | Operacional | Falta de seguimiento o seguimie?nto aor t deficiente al cumplimiento de last n o obligaciones y especificaciones dc el l e d contrato. o ic | Posible incumplimiento contractual o posible entrega deficiente de los productos requeridos por la entidad. | 3 | 4 | 7 | d |
6 | Específico | Interno | Ejecución | Operacional | m ó n Omisión en la notificación opoo rtuna, al c e presentarse incumplimiento por parte del contratista o de hechos que constituyan faltas disciplinarias y/o delitos. | Responsabilidad disciplinaria y posible responsabilidad fiscal y penal. | 1 | 5 | 6 | e |
7 | General | Externo | Contratación | Regulatorio | Expedición de nuevas normas. | Inseguridad jurídica o actuaciones no acordes a la legislación vigente. Responsabilidad disciplinaria y posible responsabilidad. Posible nulidad o invalidez de las actuaciones realizadas. | 1 | 1 | 2 | c |
N° | ¿A quién se le asigna? | Tratamiento/Contr oles a ser implementado s | Impa cto desp ués del tratami ento | ¿Afecta el equilibrio | Persona responsable por implementar el tratamiento | Fecha estimada en que se inicia el tratamiento | Fecha estimada en que se completa el tratamiento | Monit oreo y revisió n | |||
Probabili | Impacto | Califica | ¿Cómo se realiza | Periodici dad | |||||||
1 | Instituto de Cultura y Patrimoni o de Antioquia | Revisión técnica, jurídica y financiera de los procesos, antes de su aprobación en comité técnico y de contratación. | 1 | 1 | 2 | N o | Subdirecto r Administra tivo y Financiero | 25/202 0 | 30/12/2 020 | Verificación del Documento de Estudios previos por el Comité Técnico y Comité de Contratación. | Anual |
2 | Instituto de Cultura y Patrimoni o de Antioquia | Lista de chequeo y verificación de los documentos que componen la propuesta por parte del equipo de contratación y técnico, controlando vigencia, contenido y calidad de cada docume nto. | 1 | 1 | 2 | N o | Equipo d e Contrataci ón y Comité d e contrataci ón. | 15/25/2 020 | 30/12/2 020 | Verificación, foliación y lleno de la lista de chequeo como procedimiento de obligatorio cumplimiento para proceder a su análisis en comité técnico y de contratación. | Anual |
3 | Instituto de Cultura y Patrimoni o de Antioquia | Supervisión y/o interventoría permanente a la ejecución de las obligaciones del contrato. Entrega de Plan de Trabajo e informes parciales de acuerdo a la forma de pago establecida en el contrato. | 2 | 3 | 5 | N o | Supervisor y/o Interventor designado | 15/25/202 0 | 30/12/2020 | Seguimiento y monitoreo permanente del cumplimiento de las especificacione s técnicas y obligaciones del contrato, lo cual se refleja en el balance parcial de supervisión y/o interventoría | Mensua l |
4 | Instituto de Cultura y Patrimoni o de Antioquia | Realizar una planeación adecuada de la contratación, analizando detenidamente la necesidad de la entidad y los productos requeridos. Supervisión y/o interventoría permanente a la ejecución de las obligaciones del contrato. | 2 | 2 | 4 | N o | Subdirecto r responsab le del área y supervisor y/o interventor designado | 15/25/202 0 | 30/12/2020 | Seguimiento y monitoreo permanente del cumplimiento de las especificacione s técnicas y obligaciones del contrato, lo cual se refleja en el balance parcial de supervisión y/o interventoría | Mensua l |
5 | Instituto de Cultura y Patrimoni o de Antioquia | Designar un supervisor y/o interventor idóneo para realizar el seguimiento adecuado al contrato. Realizar una evaluación permanente a la labor de supervisión y/o interventoría de los contratos. | 2 | 3 | 5 | N o | Subdirecto r responsab le del área y supervisor y/o interventor designado | 15/25/202 0 | 30/12/2020 | Seguimiento y monitoreo permanente de la labor del supervisor y/o interventor designado | Trimestr al |
6 | Instituto de Cultura y Patrimoni o de Antioquia | Designar un supervisor y/o interventor idóneo para realizar el seguimiento adecuado al contrato. | 1 | 5 | 6 | N o | Supervisor y/o Interventor designado | 15/25/2 020 | 30/12/2 020 | Seguimiento y monitoreo permanente de la labor del supervisor y/o interventor designado | Trimestr al |
Realizar una evaluación permanente a la labor de supervisión y/o interventoría de los contratos. |
Realizar jornadas de capacitación o reinducción sobre contratación interventoría y código único disciplinario. | |||||||||||
7 | Instituto de Cultura y Patrimoni o de Antioquia | Análisis y estudio permanente de la normatividad vigente. Actualizar de forma permanente el normograma de la entidad, dentro del SICPA. | 1 | 1 | 2 | N o | Subdirecto r Administra tivo y Financiero y Equipo jurídico de la entidad | 15/25/202 0 | 30/12/2020 | Jornadas permanentes de estudio, actualización y capacitación. Control en el SICPA de la actualización del normograma | Semana l |
8 | Instituto de Cultura y Patrimoni o de Antioquia | Optimización y/o adición de los recursos para la ejecución del contrato | 1 | 3 | 4 | SI | Subdirecto r responsab le del área. | 15/25/20 20 | 31/12/2020 | Acta de supervisión / interventoría para la redistribución de recursos Trámite de otrosí para adición de recursos | Semana l |
8. GARANTÍAS EXIGIDAS PARA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
De acuerdo al Análisis de riesgos realizado en el capítulo 7° del presente documento, y para garantizar el cumplimiento de las obligaciones resultantes del contrato, el contratista deberá constituir contrato de seguro contenido en una póliza, patrimonio autónomo o garantía bancaria con la siguiente cobertura:
AMPAR O | ESTIMACIÓN (%) | VIGENC IA |
Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato. | 10% del valor del contrato. En ningún caso será inferior al valor de la cláusula penal pecuniaria | Vigencia del contrato y cuatro meses más (término estimado para la liquidación) |
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones | 5% sobre el valor del contrato | Por el término de duración del Contrato y tres (3) años más. |
Calidad de los bienes suministrados | 15% sobre el valor del contrato. | Por el término de duración del contrato y seis (6) meses más. |
9. APLICACIÓN DE ACUERDO COMERCIAL
De acuerdo con el Manual para el Manejo de los Acuerdos Comerciales en Proceso de Contratación M-MACPC-02, la verificación a realizar por parte de la entidad estatal para determinar la obligatoriedad o no de los acuerdos comerciales vigentes, gira en torno a los siguientes cuatro criterios aplicados en su orden:
a. Cuáles Entidades Estatales están incluidas en cada uno de los Acuerdos Comerciales vigentes
b. El valor a partir del cual los Procesos de Contratación están cubiertos por los Acuerdos Comerciales
c. La existencia de excepciones a la cobertura del Acuerdo Comercial.
Acuerdo comercial | Chile | Triángulo del Norte (Xxxxxxxx y Guatemala) | Decisión Andina 439 | |
Entidad estatal incluida | SI | SI | SI | |
Presupuesto del proceso de contratación superior al valor de acuerdo | NO Bienes y servicios $643.264.000 Servicios de construcción $00.000.000.000 | SI Corresponde al valor de la menor cuantía de la Entidad Estatal. | SI No incluye valores | |
Excepción aplicable al proceso de contratación | Excepción 14 (Convocatorias limitadas a Mipymes)* (ver nota) | Xxxxxxxx | El suministro estatal de mercancías o servicios a | NO |
Guatemala | El suministro estatal de mercancías o servicios a | |||
Proceso de contratación cubierto | NO |
personas o a Entidades Estatales del nivel territorial | |||
Proceso de contratación cubierto | NO | NO | SI Obligación de trato Nacional |
Nota: *. Esta excepción sólo es aplicable en los casos en que la Entidad Estatal verifica las condiciones previstas en el artículo 2.2.1.2.4.2.2, del Decreto 1082 de 2015 para que una convocatoria sea limitada a Mipyme. Así, esta excepción no puede ser utilizada para excluir la cobertura del Acuerdo Comercial en el aviso de Convocatoria; los estudios y documentos previos; o, el borrador xxx xxxxxx de condiciones
El análisis anterior determina que en el presente proceso de selección se aplica la Decisión Andina 439 de 1195, que señala, al igual que el artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015, la obligación de trato nacional a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones.
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXX XXXXX
Coordinador bibliotecas Subdirector de Patrimonio y Fomento
Responsable y proyección técnica artística y cultural
Viabilización del proyecto
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX
Profesional U. Líder Jurídico Profesional U. Líder de Proyectos
Revisión Jurídica Asignación presupuestal
XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXX
Contratista Profesional de apoyo