Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS, POR UNA PARTE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. XXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y EL LIC. XXXXXX XXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE COORDINADOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, Y POR LA OTRA PARTE EL (LA) C. << PRESTADOR>> A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES:
POR “LA SECRETARÍA”:
I.1.- Que es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado de San Xxxx Potosí, conforme lo establece la Ley Orgánica de la Ad ministración Pública del Estado de San Xxxx Potosí, contenida en el Decreto 7 publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Go bierno del Estado Libre y Soberano de San Xxxx Potosí, del 20 de octubre de 1997 en sus artículos 1º, 3º fracción I in ciso a), 18, 20, 26, 31 fracción X, 40; así como con fundamento en los artículos 1°, 3°, fracción II, inciso b), 7°, fracción VII, 11 fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaria de Educación publicado en el Periódico Oficial del Gobierno xxx Xxxxx o Libre y Soberano de San Xxxx Potosí, año LXXXV, xxx xxxxxx 20 de jul io de 2002.
I.2.- Que de acuerdo al Artículo 22 Fracción XXIV de la Ley de Educación del Estado de San Xxxx Potosí, son atribuciones de la Secr etaría la administración de los recursos humanos, técnicos, financieros y materiales que requieran las unidades que la integran.
I.3.- La temporalidad de este contrato es con sustento en lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley del Presupuesto de Egresos del Estado, para el ejercicio fi scal del año 2016 , así mismo las erogaciones que se derivan del presente contrato serán con cargo al presupuesto estatal autorizado que otorga el gobierno del estado a la Secretaria de Educación de San Xxxx Potosí, así como del presupuesto deriva do xxx xxxx 33 FONDO 1: FONDO DE APORTACIONES FEDERALES PARA LA NOMINA EDUCATIV A Y GASTO OPERATIVO ( FONE), 2016 Y “OTROS DEL
GASTO CORRIENTE”, debiendo clasificarse el tipo de servicio dentro del capítulo 1000 de Servicios Personales, específicamente en la partida presupuestal 1212 Honorarios Asimilables a Salarios, de acuerdo a lo establecido en el anexo IV de la Ley en ci ta, para el ejercicio f i scal, con una vigencia del 1º de enero al 31 de diciembre del 2016 .
I.4.- Que tiene su domicilio en Xxxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx x Xx. 000 xx xx 0x Xxxx. de la Colonia Himno Nacional de la Ciudad de Xxx Xxxx Xxxxxx, X. X. X., X. X. 00000, mismo que se señala para los fines del presente contrato.
II. El (la) C. << PRESTADOR>> , declara:
II.1 Que cuenta con experiencia suficiente para el desarrollo de los servicios objeto de este contrato.
II.2 Que declara ser mexicano ( a), mayor de edad, y que cuenta con un Registro Federal de Contribuyentes << RFC>> y Clave úni ca de Registro de Población << CURP>>.
II.3 Por lo que además manifiesta que tiene la capacidad jurídica para contratar y obligarse, reuniendo las condiciones técnicas y fiscales para la prestación de los servicios objeto del presente instrumento.
II.4 Que tiene establecido su domicilio en la calle de << DOMICILIO PARTICULAR>>, SAN XXXX POTOSI, mismo que señala para todos los fines y efectos legales de este contrato.
Expuesto lo anterior las partes sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- “EL PRESTADOR SE OBLIGA para que realice las siguientes funciones <<FUNCIONES>>; obligándose a realizarlas en el domicilio de (l) (la)
<<NOMBRE CENTRO DE TRABAJO>>, en los términos que fij e la “ LA SECRETARÍA”
SEGUNDA.- El monto del contrato.- "LA SECRETARIA" y “EL PRESTADOR” acuerdan que se cubrirá por concepto de los servicios prestados a “EL PRESTADOR”, la cantidad de $0,000.00 (cantidad en letra 00/100 ) mensuales por concepto de honorarios por servicios profesionales asimilables a salarios, a la que le aplicará la deducción de los impuestos que le correspondan y en su caso la retención de los mismos para su traslado, lo que se hará del conocimiento de“EL PRESTADOR”.
Los honorarios de los servicios se pagaran en moneda nacional y los mismos cubrirán a “EL PRESTADOR” por materiales, honorarios, organización, dirección técnica propia, administración de las obligaciones que ““EL PRESTADOR” adquiera y todos los demás gastos que se originen como consecuencia del presente contrato, así como su utilidad, por lo que “EL PRESTADOR” no podrá exigir mayor retribución por ningún otro concepto.
TERCERA.- La duración del presente contrato será a partir del día al , por lo que su vigencia debe de entenderse sujeta a las siguientes razones:
1.- A la vigencia de la Ley del Presupuesto de Egresos del Estado de San Xxxx Potosí para el ejercicio fiscal del año 2016, acorde a lo dispuesto en su artículo 22 y lo establecido en el anexo IV, así como del presupuesto derivado xxx xxxx 33 FONDO 1: FONDO DE APORTACIONES FEDERALES PARA LA NOMINA EDUCATIVA Y GASTO OPERATIVO (FONE) 2016, Y “ OTROS DEL GASTO CORRIENTE” debiendo clasificarse el tipo de servicio dentro del capítulo 1000 de Servicios Personales, específicamente en la partida presupuestal 1212 Honorarios Asimilables a Salarios, comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre de 2016.
2.- A la disponibilidad del presupuesto correspondiente autorizado para el ejercicio fiscal ya reseñado y otorgado a "LA SECRETARIA".
CUARTA.- “EL PRESTADOR” Solicita a “LA SECRETARIA”, quien a su vez acepta, que a las cantidades percibidas por concepto de honorarios se les de el tratamiento de ingresos asimilables a salarios, en términos del artículo 110, fracción v de la ley del impuesto sobre la renta, y para tal efecto se obliga a firmar los documentos emitidos por “LA SECRETARIA” donde se haga constar la retención del impuesto relativo.
QUINTA.- Los servicios objeto de este contrato, deberán ajustarse a los datos y especificaciones, así como sujetarse a todas las indicaciones y demás observaciones particulares que en su caso dicte “LA SECRETARIA” de acuerdo al servicio que en este contrato se establece por parte de “EL PRESTADOR”.
SEXTA.- “EL PRESTADOR” Se obliga a otorgar asesoría y servicio a “LA SECRETARIA” en los lugares que determine “LA SECRETARIA” mismos que se harán del conocimiento de “EL PRESTADOR”.
SÉPTIMA.- “LA SECRETARIA” A través de la dirección administrativa por conducto de la coordinación general de recursos humanos, está facultada para supervisar y vigilar en todo tiempo, los servicios objeto de este contrato y dar al “EL PRESTADOR” las instrucciones que estime convenientes relacionadas con su ejecución.
OCTAVA.- “EL PRESTADOR” Conviene que no podrá divulgar por medio de publicaciones, informes, conferencias o cualquier otra forma, los datos y resultados obtenidos en los trabajos objeto de este contrato, sin la autorización expresa de “LA SECRETARIA”, pues dichos datos y resultados son propiedad de este último.
NOVENA.- “LA SECRETARIA” Podrá rescindir el presente contrato de prestación con el solo requisito de comunicar su decisión al “EL PRESTADOR” en los siguientes casos:
I.-Si “EL PRESTADOR” no ejecuta los trabajos de acuerdo a los datos y especificaciones que emite “LA SECRETARIA“, sujetándose a la más estricta reserva por cuanto a las informaciones que reciba y empleando los procedimientos generalmente aceptados.
II.-Si suspende injustificadamente la ejecución de los trabajos;
III.- Si no repite, modifica o completa los trabajos que “LA SECRETARIA” no acepte por deficiente.
IV.- Si no otorga las facilidades necesarias a los supervisores que al efecto designe “LA SECRETARIA” para la ejecución de su función.
DÉCIMA.- es obligación de “EL PRESTADOR” someterse tanto al examen médico, clínico y de laboratorio, previo a la firma de este contrato, y durante la vigencia del mismo que posteriormente le ordene “LA SECRETARIA”, ya sea periódica o eventualmente, por lo que de arrojar los exámenes ya referidos, resultados que acrediten o demuestren que padece de alcoholismo o el mismo es intencionalmente adicto o hace uso frecuente de cualquier sustancia psicotrópica o enervante, de los prohibidos por la ley general de salud, será motivo de la rescisión contractual, que se traduce en la terminación anticipada de este contrato para con “EL PRESTADOR” sin responsabilidad para “LA SECRETARIA”. Por otra parte igualmente se obliga a “EL PRESTADOR” a mantener actualizada la documentación que se requiere para la prestación de sus servicios.
DECIMA PRIMERA.- Reconocimiento contractual.- este contrato constituye el acuerdo completo entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación, obligación o comunicación entre estas, ya sea oral o escrito con anterioridad a esta fecha.
Las partes convienen que en el evento de que existan discrepancias entre ellas se estará sujeto a lo establecido en las cláusulas del presente contrato prevaleciendo lo asentado en las mismas, a falta de disposición expresa las partes se someten a lo establecido en el código civil del estado para los contratos de prestación de servicios.
Las partes manifiestan que este contrato no da pauta u origen a relación laboral alguna entre “LA SECRETARIA” Y “EL PRESTADOR”, en la celebración del mismo no existe dolo, lesión ni vicio alguno del consentimiento por lo que renuncia a cualquier acción derivada de lo anterior.
DECIMA SEGUNDA.- Sometimiento.- las partes se obligan a sujetarse estrictamente para el cumplimiento del presente contrato, a todas y cada una de las cláusulas del mismo, la ley general de profesiones así como el código civil y de procedimientos civiles vigente en el estado por tratarse este contrato de servicios profesionales.
DECIMA TERCERA.- Jurisdicción.- ambas partes convienen en que lo no previsto en el presente contrato se sujetara a lo establecido en los artículos 1628, 1630, 2436 y demás relativos del capítulo II del título décimo del código civil de San Xxxx Potosí; asimismo, para la interpretación y cumplimiento del contrato, las partes se sujetaran a la jurisdicción y competencia de los tribunales del estado de San Xxxx Potosí; por lo tanto “EL PRESTADOR” renuncia al fuero que por su domicilio o por cualquier otra razón presente o futura pudiera llegar a tener.
POR LA SECRETARIA | |
DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN ___________________________________ LIC. XXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | COORDINADOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ___________________________________ LIC. XXXXXX XXXXX XXXXXXX |
“EL PRESTADOR” <<PRESTADOR>> |