CONTRATO NO. LS-CECyTEV-021-2008.
CONTRATO NO. LS-CECyTEV-021-2008.
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MOBILIARIO ESCOLAR, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE VERACRUZ, REPRESENTADO POR EL L.A.E. XXXX X. XXXXXXXX XXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 16 Y 19 FRACCIONES X Y XIII DEL DECRETO QUE CREA ESTE ORGANISMO DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 1994, A QUIEN EN LOS SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “CECyTEV” Y POR OTRA PARTE EL C. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX, REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA OFIX S.A. DE C.V., QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL CONTRATANTE”; QUIENES MANIFIESTAN RECONOCERSE LA PERSONALIDAD, BAJO LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
A) CON FECHA 00 XX XXXXXXX XX 0000, XX XXXXXXX INVITACIÓN A LAS EMPRESAS: ALTA COMERCIALIZADORA EN OFICINAS S.A. DE C.V.; OFIX S.A. DE C.V.; COMERCIALIZADORA H Y H DEL GOLFO
S.A. DE C.V.; y KVENTAS S.A. DE C.V.; PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN SIMPLIFICADA NÚMERO GEV/23/CECyTEV/009/2008 RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO ESCOLAR.
B) EL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, SE CELEBRÓ EL ACTO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DE LA LICITACIÓN SIMPLIFICADA ANTES SEÑALADA, RECIBIENDOSE LOS SOBRES DE LAS PROPUESTAS TECNICAS Y ECONÓMICAS DE LAS EMPRESAS QUE ENVIARON SUS SOBRES PARA PARTICIPAR, QUEDANDO SUJETAS A ANÁLISIS LAS PROPUESTAS DE: ALTA COMERCIALIZADORA EN OFICINAS S.A. DE C.V.; COMERCIALIZADORA H Y H DEL GOLFO S.A. DE C.V.; y OFIX S.A. DE C.V.; PARTICIPANTES QUE CUMPLIERON CON LOS REQUISITOS DE LA LICITACIÓN DE REFERENCIA.
C) UNA VEZ EFECTUADA LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA A LAS PROPUESTAS DE LOS PARTICIPANTES QUE CUMPLIERON CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN BASES, CON FECHA 27 DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO, LA COMISIÓN DE LA LICITACIÓN EMITIÓ Y NOTIFICÓ FALLO, DETERMINANDO CONVENIENTE LA ADJUDICACIÓN DE UNA PARTE DEL TOTAL DE PARTIDAS EN LICITACIÓN, A LA EMPRESA OFIX S.A. DE C.V.; AL PRESENTAR LAS
MEJORES CONDICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS EN LAS PARTIDAS QUE LE FUERON ASIGNADAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
DECLARACIONES Y PERSONALIDAD DE LAS PARTES DEL “CECyTEV”:
I. QUE ES UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIOS, DENOMINADO POR DECRETO DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 1994, COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE VERACRUZ.
II. CON DOMICILIO Y OFICINAS CENTRALES UBICADAS EN LA XXXXX XX XXXXXX X. XXXXXXXXX Xx. 00, XXXXXXX XXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 91030 DE LA CIUDAD DE XALAPA – XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX.
III. DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 19 FRACCIONES X Y XIII DEL DECRETO DE CREACIÓN DEL COLEGIO, EL DIRECTOR GENERAL CUENTA CON FACULTADES PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO Y ACREDITA SU PERSONALIDAD CON SU NOMBRAMIENTO DE FECHA 06 DE SEPTIEMBRE DEL 2005, OTORGADO POR EL C. GOBERNADOR DEL ESTADO DE VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX.
DEL “CONTRATANTE”:
I. MANIFIESTA SER UNA PERSONA MORAL, CON R.F.C. OFI- 920113-KZ8 Y DEDICARSE A LA COMPRA VENTA DE PAPELERÍA DE OFICINA, ARTÍCULOS DE ESCRITORIO, MUEBLES, EQUIPOS DE CÓMPUTO.
II. QUE SU DOMICILIO FISCAL DE LA EMPRESA ES EL UBICADO EN LA XXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX Xx. 000-X, XXXXXXX XXXXXX, CÓDIGO POSTAL 91000, XALAPA, VERACRUZ XX XXXXXXX DE LA LLAVE.
III. QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD CUENTA CON FACULTADES, EXPERIENCIA, CAPACIDAD TÉCNICA Y LEGAL PARA SUSCRIBIR Y CUMPLIR CON EL PRESENTE CONTRATO. ASÍ MISMO EL REPRESENTANTE LEGAL ACREDITA SU
PERSONALIDAD CON SU CREDENCIAL PARA VOTAR EXPEDIDA POR EL IFE, PODER LEGAL, ACTA CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA Y RFC COMO PERSONA MORAL.
QUIENES SE OBLIGAN, BAJO LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS
OBJETO Y MONTO DEL CONTRATO
PRIMERA.- EL PRESENTE CONTRATO ES ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA LA ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO ESCOLAR; OBLIGANDOSE “EL CONTRATANTE” A PROPORCIONAR LOS BIENES LICITADOS EN LA CANTIDAD, ESPECIFICACIONES Y PRECIOS QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN:
PAR TIDA | MOBILIARIO ESCOLAR | U.M. | CANTID AD | P.U. | IMPORTE |
3 | PIZARRON BLANCO MELAMINICO DE 240X120 XXXXX XXXXXXXX Y PORTABORRADOR COMPLETO EN LA PARTE DE ABAJO DISEÑADO EN CONRTE DE 45° DE UNA SOLA PIEZA MARCA ESCO | PIEZA | 28 | $987.90 | $27,661.20 |
4 | ROTAFOLIO DE ALUMINIO, TABLERO BLANCO FIBRA XX XXXXXX DE ALTA DENSIDAD EN 33MM ESCOBOARD DE 60 X 90 CMS MARCO DE ALUMINIO ANONIZADO DE UNA SOLA PIEZA PORTA BORRADOR COMPLETO EN LA PARTE INFERIOR ESTRUCTURA TUBULAR REDONDO DE 19MM 3/4 EN TRIPIE EMBUTIBLE EMBUTIBLE CON SUJETADOR DE HOJAS DE PAPEL A PRESION EN AMBAS CARAS, ACABADO CON PINTURA MICRO PULVERIZADA TERMO FUNDIBLE HORNEADO PARA UNA MAYOR DUREZA Y DURABILIDAD MARCA ESCO | PIEZA | 20 | $838.50 | $16,770.00 |
5 | SILLA ESCOLAR TUBULAR RESISTENTE CON PALETA RESPALDO Y ASIENTO EN POLIPROPILENO DISEÑO ERGONOMICO CON ESTRUTURA Y PATAS METALICAS A UNA PULGADA Y CON PORTA LIBROS XX XXXXXXXX DE ALAMBRE PULIDO EN 1/4 PINTADA CON ELECTROSTATICA COLOR NEGRO SEMIAMTE MARCA ESCO | PIEZA | 100 | $580.13 | $58,013.00 |
6 | SILLA PARA MAESTRO DE 81CMS DE ALTURA FIJA ESTRUCTURA TUBULAR PERFIL CUADRADO 3/4 " DE PULGADA SOMETIDA A PROCESO DE FOSFATIZADO PARA EVITAR LA OXIDACION CON REGATONES DE PROLIPROPILENO ASIENTO Y RESPALDO CON ACOJINAMIENTO EN ESPUMA DE URETANO Y TAPIZADO EN TELA PLIANA COLORES DISPONIBLES GRIS NEGRO Y XXXX XXXXXX MARCA DUREX | PIEZA | 18 | $339.48 | $6,110.64 |
IVA TOTAL | $108,554.84 | ||||
$16,283.23 | |||||
$124,838.07 |
SEGUNDA.- “EL CECyTEV” SE OBLIGA A PAGAR AL “CONTRATANTE” EL IMPORTE DE LOS BIENES SEÑALADOS EN LA CLÀUSULA PRIMERA, LA CANTIDAD DE $108,554.84 (CIENTO OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS 84/100 M.N.), MÁS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE
$16,283.23 (DIECISEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS 23/100 M.N.), LO QUE HACE UN IMPORTE TOTAL DE $124,838.07 (CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO 07/100 M.N.), UNA VEZ RECIBIDO A ENTERA SATISFACCIÓN DEL ORGANISMO, LA TOTALIDAD DE LOS BIENES, CONTRA FACTURA DEBIDAMENTE REQUISITADA FISCALMENTE POR “EL CONTRATANTE”.
TERCERA.- “EL CECyTEV” Y “EL CONTRATANTE” ACUERDAN QUE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE ESTE CONTRATO, NO PODRÁN CEDERSE O TRASPASARSE BAJO NINGUNA MODALIDAD A FAVOR DE PERSONA O EMPRESA ALGUNA.
CUARTA.- “EL CONTRATANTE” SE RESPONSABILIZA TOTALMENTE DE CUALQUIER VIOLACIÓN O INFRACCIÓN A LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS DERECHOS DE PROPIEDAD, PATENTE Y MARCA DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO, ASÍ COMO PAGAR SUS RESPECTIVOS IMPUESTOS HACENDARIOS; EXIMIENDO DE ESTO A “EL CECyTEV”.
QUINTA.- “EL CONTRATANTE” RECONOCE Y ACEPTA QUE CUENTA CON LOS ELEMENTOS PROPIOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 13 Y 15 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y EN CONSECUENCIA ES EL PATRÓN DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PERSONAS QUE INTERVENGAN EN EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LA ENTREGA DE LOS BIENES SEÑALADOS EN ESTE CONTRATO, LIBERANDO A “EL CECyTEV” DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL.
LUGAR Y FECHA DE ENTREGA
SEXTA.- “EL CONTRATANTE”, SE OBLIGA A REALIZAR LA ENTREGA DE LOS BIENES DESCRITOS EN LA CLAUSULA PRIMERA, LIBRE A PISO EN EL ALMACÉN DEL “CECyTEV”, UBICADO EN LA XXXXX XX XXXXXX X. XXXXXXXXX Xx. 00, XXXXXXX XXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 91030 DE LA CIUDAD DE XALAPA – XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, DENTRO DEL PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO.
FORMA Y LUGAR DE PAGO
SEPTIMA.- “EL CECyTEV” EN APEGO A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN, SE OBLIGA A REALIZAR EL PAGO AL “CONTRATANTE” DENTRO DEL PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN TOTAL DE LOS BIENES CONTRATADOS Y RECIBIDA LA FACTURA DEBIDAMENTE REQUISITADA.
OCTAVA.- “EL CECyTEV” ESTABLECE COMO LUGAR DE PAGO, LAS OFICINAS DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEL CECyTEV, UBICADAS EN LA XXXXX XXXXXX X. XXXXXXXXX Xx. 00, XXXXXXX XXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 91030 DE LA CIUDAD DE XALAPA – XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, EN DONDE “EL CONTRATANTE” DEBERÁ ACUDIR Y PRESENTAR LA FACTURA, PARA REALIZAR EL CORRESPONDIENTE PAGO.
GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
NOVENA.- “EL CONTRATANTE” SE OBLIGA PRESENTAR DENTRO DEL PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA FIRMA DE ESTE CONTRATO, A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, PÓLIZA DE FIANZA EXPEDIDA POR COMPAÑÍA LEGALMENTE AUTORIZADA PARA ELLO, POR EL IMPORTE DEL 10% (DIEZ PORCIENTO) DEL MONTO TOTAL CONTRATADO, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO; ADEMÁS OBSERVANDO LO SIGUIENTE:
I.- LA FIANZA ESTARÁ VIGENTE POR UN AÑO, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA EN QUE “EL CECyTEV” RECIBA DE CONFORMIDAD LOS BIENES MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO.
II.- LA AFIANZADORA DEBERÁ ACEPTAR EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 95, 96 BIS Y 118 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.
III.- LA AFIANZADORA SE DEBERÁ COMPROMETER A PAGAR HASTA LA CANTIDAD IMPORTE DE LA FIANZA Y EL MONTO RESULTANTE DE LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA PENAL DEL PRESENTE CONTRATO, EN CASO DE QUE SU FIADO NO JUSTIFIQUE PLENAMENTE Y A SATISFACCIÓN DE “EL CECyTEV”, EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
IV.- ASI MISMO, DEBERÁ SEÑALARSE QUE LA COMPAÑÍA AFIANZADORA SE COMPROMETE A SEGUIR AFIANZANDO EN EL CASO DE QUE SE OTORGUEN PRÓRROGAS O ESPERAS AL FIADO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE AFIANZAN.
V.- LA PÓLIZA SOLAMENTE PODRÁ CANCELARSE A PETICIÓN POR ESCRITO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN.
VI.- LA AFIANZADORA RECONOCE LA PERSONALIDAD DE LA PROCURADURÍA FISCAL DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ PARA HACER EFECTIVA ESTA GARANTÍA.
DECIMA.- “EL CONTRATANTE” SE OBLIGA A MANTENER LOS BIENES A PRECIO FIJO, ASÍ COMO SOSTENER LOS PRECIOS HASTA POR 60 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA FIRMA DE ESTE CONTRATO.
DECIMA PRIMERA.- “EL CONTRATANTE” SE OBLIGA A GARANTIZAR LOS BIENES CONTRA CUALQUIER DEFECTO DE FABRICACIÓN, COMPOSICIÓN O VICIOS OCULTOS, POR UN TÉRMINO MÍNIMO DE UN AÑO, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE SU RECEPCIÓN.LAS GARANTÍAS QUE SOLICITE “EL CECyTEV”, SE REALIZARAN POR CONDUCTO DEL “CONTRATANTE” ANTE EL FABRICANTE DE LOS BIENES.
PENALIZACIONES
DECIMA SEGUNDA.- “EL CONTRATANTE” SE OBLIGA A CUMPLIR CON UNA PENA CONVENCIONAL DEL 3 AL MILLAR, POR CADA DÍA DE ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO, MISMA QUE SERÁ CALCULADA SOBRE EL MONTO TOTAL DE LA PARTIDA QUE NO FUE ENTREGADA EN TIEMPO Y FORMA, IMPORTE QUE SERÁ DESCONTADO DEL PAGO QUE LE CORRESPONDA O EN SU CASO, PROCEDA LA APLICACIÓN DE LA FIANZA.
DECIMA TERCERA.- “EL CECyTEV” VIGILARÁ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL “CONTRATANTE” Y EN CASO DE QUE INCUMPLA, PROCEDERÁ A HACER EFECTIVAS LAS PENALIZACIONES ESTIPULADAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
FACTURACIÓN
DECIMA CUARTA.- “EL CONTRATANTE” DEBERÁ EXPEDIR LA RESPECTIVA FACTURA DE LOS BIENES, A NOMBRE DE “COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL EDO. DE VER.”, CON CLAVE DE IDENTIFICACIÓN FISCAL CEC941104AN5, Y DOMICILIO EN LA XXXXX XXXXXX X. XXXXXXXXX Xx. 00, XXXXXXX XXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 91030 DE LA CIUDAD DE XALAPA – XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX.
CAUSAS DE RESCINCIÓN
DECIMA QUINTA.- EN CASO DE QUE “EL CONTRATANTE” SE HAGA ACREEDOR A LA PENALIZACIÓN DEL 3 AL MILLAR POR CADA DÍA DE ATRASO Y ESTÁ LLEGUE ALCANZAR EL 10% (DIEZ PORCIENTO) DEL MONTO TOTAL CONTRATADO, PROCEDERA LA RESCISIÓN INMEDIATA DEL CONTRATO.
DECIMA SEXTA.- “EL CECyTEV” POR CAUSAS DE INTERÉS PÚBLICO O DE FUERZA MAYOR PLENAMENTE JUSTIFICADAS, PODRÁ RESCINDIR EN CUALQUIER MOMENTO EL PRESENTE CONTRATO O REDUCIR PARTIDA.
DECIMA SÉPTIMA.- EN CASO DE QUE ALGUNA DE LAS PARTES TRASPASE O CEDA LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PRESENTE CONTRATO, PROCEDERÁ EN FORMA INMEDIATA LA RESCISIÓN DEL MISMO.
DECIMA OCTAVA.- “EL CECyTEV” PODRÁ RESCINDIR EL CONTRATO, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL CONTRATANTE”, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA “EL CECyTEV”.
FUNDAMENTACIÓN LEGAL
DECIMA NOVENA.- DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 26 FRACCIÓN II, 27 FRACCIÓN III, 43, 56, 57, 58, 60, 61, 62, 63, 64, Y 65 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE VERACRUZ XX XXXXXXX DE LA LLAVE; Y ARTÍCULOS 4 FRACCIÓN X, 16 Y 19 FRACCIONES X Y XIII DEL DECRETO DE CREACIÓN DEL ORGANISMO, EL PRESENTE CONTRATO ES LEGALMENTE VALIDO, FIRMANDO EN FORMA VOLUNTARIA LAS PARTES INTERESADAS Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS. LO NO PREVISTO EN EL PRESENTE CONTRATO SE RESOLVERA EN FORMA SUPLETORIA EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 1725,1726, 1728, 1731, 1736, 1757, 1765, 1772, 1777, 1780 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ EN VIGOR.
VIGESIMA.- LAS PARTES MANIFIESTAN QUE EN EL PRESENTE CONTRATO NO EXISTE ERROR, DOLO, MALA FÉ, NI VICIO ALGUNO QUE PUDIERA INVALIDARLO, COMPROMETIENDOSE A CUMPLIRLO EN CUALQUIER TIEMPO, LUGAR Y BAJO LAS CONDICIONES ESPECIFICADAS EN EL PRESENTE DOCUMENTO.
VIGESIMA PRIMERA.- PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES CONVIENEN EN SOMETERSE EXPRESAMENTE A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y/O DEL FUERO COMÚN DE LA CIUDAD DE XALAPA- XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, RENUNCIANDO “EL CONTRATANTE” A CUALQUIER OTRO FUERO QUE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE Y FUTURO PUDIERA CORRESPONDERLE.
EL PRESENTE CONTRATO SE EXPIDE EN LA CIUDAD DE XALAPA – EQZ, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, A LOS 30 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DE DOS MIL OCHO.
“EL CECyTEV” “EL CONTRATANTE”
_____________________________
L.A.E. XXXX X. XXXXXXXX XXX XXXXXXXX Director General del CECyTEV
_____________________________
C. XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX
Representante Legal de Ofix S.A. de C.V.
TESTIGOS
_____________________________
L.I.I. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX Director Administrativo del CECyTEV
______________________________ CP. XXXXXX XXXX XXXXX XXXXXX
Jefe xxx Xxxxx. De Recursos Materiales y Servicios CECyTEV