CONTRATO DE SERVICIO EDUCATIVO 2021-2022
CONTRATO DE SERVICIO EDUCATIVO 2021-2022
Entre, el Instituto Hermano Escuelas Xxxxxxxxxx Xx Xxxxx “Colegio Pre-Artesanal Hermano Xxxx”, institución educativa privada sin fines de lucro, inscrita en el Ministerio del Poder Popular para la Educación bajo el número S-2175-D-1303, con renovación Nº 065RA de fecha 20 xx Xxxxxx de 2012, con validez hasta el año escolar 2019-2020, representada en este acto por Xxxxxxx del Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx , de nacionalidad venezolana, mayor de edad, domiciliado en Barquisimeto y titular de la Cédula de Identidad N° X-00.000.000, en su condición de Directora, y el (la) ciudadano (a)
, X.X. , xxxxx xx xxxx x xx xxxx xxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxxx xxxxx xxx xxxxxx (x):
quien ha sido inscrito (a) para cursar
, durante el año escolar , se firma el presente contrato de Servicio Educativo, que declaramos se aceptan en todas y cada una de sus partes y cuyas clausulas a continuación se estipulan: CLAUSULA PRIMERA: “EL COLEGIO” se obliga a prestar el servicio educativo en el nivel escolar en el que se inscribió el (la) estudiante (a), impartiendo el Pensum Oficial del Ministerio del Poder Popular para la Educación, en el horario establecido para cada curso o nivel, durante el calendario escolar oficial del MPPE, comprendidos desde el 16 de septiembre del año 2021 hasta el 31 xx xxxxxx del año 2022. CLAUSULA SEGUNDA: EL REPRESENTANTE acepta y conviene que el monto del servicio educativo de su representado
(a) será proyectado por los pronunciamientos de aumentos del Ejecutivo Nacional durante el año escolar 2021/2022, según la estructura de costos presentada por la Institución, es de una cuota de escolaridad mensual de BOLIVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 000.000,00), para los Niveles de, Educación Primaria y Educación Media General y Técnica, será la cuota de escolaridad mensual correspondiente a septiembre 2021 montos que por la situación económica del país, serán modificados durante el año escolar por índices inflacionarios superiores a los proyectados en la estructura de costos aprobada en Asamblea, y autorizados por el Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPPE), y la Asociación Venezolana de Educación Católica (AVEC), pudiendo el representante cancelar como monto máximo por adelantado, un trimestre hasta tres (3) cuotas de escolaridad si el pago se efectúa en moneda extranjera ($) y los cinco primeros días de cada mes, desde el mes después de su vencimiento dicho pago se debe realizar mediante depósito, transferencia bancaria o tarjeta de débito en la cuenta bancaria que indique el Colegio montos que serán recibidas al Valor del Banco Central de Venezuela (Tasa de cambio del día). CLAUSULA TERCERA: El REPRESENTANTE cancela en el momento de la inscripción, la matrícula, cuyo monto es el equivalente a una cuota de escolaridad de BOLIVARES CON 00/100 CÉNTIMOS. Este monto será depositado o cancelado a la Institución. CLAUSULA CUARTA: Como REPRESENTANTE convengo y acepto que el monto del servicio educativo vigente al momento de la inscripción para el año escolar 2021-2022, podrá ser modificado por aumentos legales establecidos por el Ejecutivo Nacional o inflación que incidan directamente en los costos operativos y que superen el monto presupuestado en la estructura de costos para el año escolar 2021-2022, en cuyo caso acepto los ajustes necesarios en la
mensualidad para culminar el año escolar antes citado. CLAUSULA QUINTA: El REPRESENTANTE acepta y conviene que la falta de pago de cualesquiera de cada una de las cuotas que se indican en la Cláusula segunda de este contrato, dará lugar a que “EL COLEGIO”, tome las acciones legales de cobranza. Un atraso en el pago de la cuota de escolaridad igual o superior a tres
(3) meses, y el no recibir el pago oportuno, le dará el derecho al colegio de remitir el caso al Consejo de Protección xxx Xxxx, Xxxx y Adolescente para la reubicación del alumno en una Institución oficial, a fin de garantizarle el derecho a la educación del estudiante. CLAUSULA SEXTA: Una vez que el representante cancele el monto de inscripción y decide retirar del COLEGIO a su representado, no se realizara reintegro por tales aportes. XXXXXXXX XXXXXXX: El Tiempo de duración del presente contrato es de un año escolar, entendiéndose como tal el que se inicie en el mes de septiembre del presente año y culmine en el mes xx xxxxxx del año siguiente, ambos inclusive, quedando entendido que el Colegio se compromete a cumplir el Calendario Escolar establecido por el Ministerio del Poder Popular para la Educación de acuerdo a el Art. 46, Capítulo 1 de la Ley Orgánica de Educación. Si el presente contrato se firma con fecha posterior al mes de septiembre del año en curso, estará en vigencia en el momento de la firma y culminará el 31 xx xxxxxx del año 2022. El REPRESENTANTE, conviene y acepta que este contrato de servicio educativo quedará resuelto de pleno derecho por vencimiento del plazo, en el mes xx xxxxxx del año siguiente, no siendo prorrogable bajo ninguna circunstancia. CLAUSULA OCTAVA: El REPRESENTANTE conviene y acepta que firmará este contrato en el momento de la Inscripción y el Acta de Asamblea como requisito indispensable para ratificar la misma. En el caso de representantes de Estudiantes regulares del colegio, para que la inscripción sea procesada como válida, deberá estar solvente con el año escolar anterior al que solicita inscripción, y consignar en la Institución los recaudos requeridos para formalizar la misma. Los alumnos que ingresan deben consignarán igualmente todos los recaudos exigidos por la Institución para legalizar la Inscripción. CLAUSULA NOVENA: En caso del retiro del estuante antes de la fecha de vencimiento del presente contrato, El REPRESENTANTE deberá pagar la cuota de escolaridad correspondiente en forma completa. El retiro deberá notificarse con quince (15) días de anticipación, por escrito, dirigido a las autoridadesdel plantel. Si el representante ha cancelado montos por servicio educativo aún no disfrutado, tendrá derecho a la devolución de las cantidades abonadas. En caso de retiro, El REPRESENTANTE conviene y acepta que no tendrá derecho al reembolso a reintegro de lo cancelado por concepto de matrícula. CLAUSULA DECIMA: El REPRESENTANTE acepta y conviene cumplir todas y cada una de las condiciones del presente contrato, así como el Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitaria del Colegio, y demás requisitos exigidos para la permanencia del educando en el Plantel, así como las disposiciones relativas a la materia educativa, que declara conocer y acepta en el acto de la firma del mismo.
Yo, , procediendo en este acto en carácter de Representante o Responsable, Declaro en nombre de mi representada estoy conforme con lo anteriormente expuesto.
En Barquisimeto Estado Xxxx jurisdicción del Municipio Xxxxxxxxx Parroquia Guerrera Xxx Xxxx, a los
días del mes de del año .