MADRID, 4 DE DICIEMBRE DE 2007
AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (ACUAMED)
PLIEGO DE BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN LA ACTUACIÓN URGENTE 2.2.f, “MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS- CONTRAPARADA”, RECOGIDA EN LA LEY 11/2005, CORRESPONDIENTES AL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS OBRAS DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS- CONTRAPARADA. MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA ACEQUIA MAYOR XX XXXXXX (MURCIA)
MADRID, 4 DE DICIEMBRE DE 2007
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX DE BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN LA ACTUACIÓN URGENTE 2.2.f, “MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS- CONTRAPARADA”, RECOGIDA EN LA LEY 11/2005, CORRESPONDIENTES AL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS OBRAS DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS- CONTRAPARADA. MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA ACEQUIA MAYOR XX XXXXXX (MURCIA)
Nº de expediente: OB/19/07
CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN LA ACTUACIÓN URGENTE 2.2.f, “MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA”, RECOGIDA EN LA LEY 11/2005, CORRESPONDIENTES AL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS OBRAS DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA. MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA ACEQUIA MAYOR XX XXXXXX (MURCIA)
1. Definición del objeto del Contrato
2.1. Cuantía:
En cifra: 23.458.281,80 €
En letra: VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS
2.2. Sistema de determinación del precio: Por precios unitarios
2. Presupuesto base de licitación (IVA incluido)
3. Previsión de distribución en anualidades | |
Año 2008: | NUEVE MILLONES DE EUROS (9.000.000,00 €) |
Año 2009: | NUEVE MILLONES DE EUROS (9.000.000,00 €) |
Año 2010: | CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL |
DOSCIENTOS OCHENTA Y UN EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS | |
(5.458.281,80 €) |
36 MESES
Plazo total:
4. Plazo de ejecución
ACUAMED, x/ Xxxxxxxx, 00 - 00000 XXXXXX
Lugar:
5. Lugar de entrega de las ofertas
La clasificación exigida de acuerdo con el artículo 25 del XXXXXX x xx xxx xxxxxxxxx 00 x 00 xxx XXXXXX xx:
GRUPO E, SUBGRUPO 2, CATEGORÍA f GRUPO E, SUBGRUPO 6, CATEGORÍA f
6. Acreditación de los requerimientos económicos, financieros y técnicos y profesionales
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX DE BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS INCLUIDAS EN LA ACTUACIÓN URGENTE 2.2.f, “MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS- CONTRAPARADA”, RECOGIDA EN LA LEY 11/2005, CORRESPONDIENTES AL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS OBRAS DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS- CONTRAPARADA. MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA ACEQUIA MAYOR XX XXXXXX (MURCIA)
7.1. Existencia de requisitos de publicidad en el DOUE: Sí
7.2. Admisión de soluciones variantes: No
7.3. Existencia de fases: Sí
7. Singularidades en la celebración de la licitación
8.1. Provisional: 2% del Presupuesto Base de Licitación
8.2. Definitiva: 4% del Presupuesto de adjudicación
8. Garantías a disposición de la Sociedad
Se presentará un Programa de Trabajo 15 días después de la notificación de la Adjudicación.
9. Programa de trabajo
Los precios unitarios que forman parte de la oferta, se revisarán anualmente aplicando la fórmula 9 del Anexo al Decreto 3650/1970 de 19 de Diciembre, y en la forma prevista en la Cláusula 7.1 del documento de formalización del Contrato
10. Revisión de precios
Por precios unitarios y mediante certificaciones mensuales
11. Sistema de abono
Un (1) año
12. Plazo de garantía
Las fijadas en la cláusula 15 del Documento nº 2 xxx Xxxxxx de Bases
13. Penalizaciones e indemnizaciones
El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación a abonar por el adjudicatario es de 15.000 euros
14. Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación a abonar por el adjudicatario
De acuerdo con este cuadro de características se aprueba el presente Pliego de Bases, que consta de los siguientes documentos que se desarrollan a continuación:
▪ DOCUMENTO Nº 1: CARACTERÍSTICAS GENERALES
▪ DOCUMENTO Nº 2: CLÁUSULAS REGULADORAS
▪ DOCUMENTO Nº 3: CONDICIONES TÉCNICAS
▪ DOCUMENTO Nº 4: ANEXOS
EL SUBDIRECTOR DE CONSTRUCCIÓN
X. Xx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
CONFORME
EL DIRECTOR GENERAL
X. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Madrid, 4 de diciembre de 2007
APROBADO
EL DIRECTOR DE CONSTRUCCIÓN
D. Xxxxxxxxx Hijós Xxxxxxx
ÍNDICE
Página
DOCUMENTO Nº 1. CARACTERÍSTICAS GENERALES 6
1. INTRODUCCIÓN 8
2. ALCANCE XXX XXXXXX DE BASES 9
3. OBJETO DEL CONTRATO 9
4. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN 9
5. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 10
6. PUBLICIDAD DE LA CONTRATACIÓN 10
7. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO 10
8. PLAZO DE EJECUCIÓN 11
9. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO 11
10. FORMA DE PAGO 11
DOCUMENTO Nº 2. CLÁUSULAS REGULADORAS 12
I. LICITACIÓN 16
II. VALORACIÓN DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 30
III. EJECUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO 41
DOCUMENTO Nº 3. CONDICIONES TÉCNICAS 46
1. ANTECEDENTES 49
2. CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONCURSO DE OBRAS 50
DOCUMENTO Nº 4. ANEXOS 51
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 53
ANEXO II. MODELOS DE AVAL BANCARIO 54
ANEXO III. PROYECTO CONSTRUCTIVO 57
ANEXO IV. CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 58
ANEXO V. CONTRATO 71
DOCUMENTO Nº 1 CARACTERÍSTICAS GENERALES
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 1 CARACTERÍSTICAS GENERALES
Página
1. INTRODUCCIÓN 8
2. ALCANCE XXX XXXXXX DE BASES 9
3. OBJETO DEL CONTRATO 9
4. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN 9
5. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 10
6. PUBLICIDAD DE LA CONTRATACIÓN 10
7. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO 10
8. PLAZO DE EJECUCIÓN 11
9. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO 11
10. FORMA DE PAGO 11
1. INTRODUCCIÓN
Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 xx xxxxx de 2004, se autorizó el cambio de denominación y la sustitución del objeto social de la antigua sociedad estatal Infraestructuras del Trasvase, S.A., pasando a denominarse “AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.”, en adelante ACUAMED, y teniendo por objeto la contratación, construcción, adquisición y explotación, en su caso, de toda clase de obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en el real decreto ley 2/2004, se realizasen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos autorizadas por el artículo 13 de la ley 10/2001, así como la gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de dichas obras, y el ejercicio de las actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
Posteriormente, la ley 11/2005 de 22 xx xxxxx, modificó las actuaciones incluidas en el Real Decreto Ley mencionado, de modo que, como consecuencia de esto, el Consejo de Ministros de 22 de julio de 2005 autorizó, entre otras cuestiones relacionadas con ACUAMED, una nueva modificación de su objeto social cuya finalidad fuese incluir otras actuaciones distintas a las contempladas en el Real Decreto Ley 2/2004, de modo que el nuevo objeto contemple:
1. La contratación, construcción adquisición y explotación de toda clase de obras hidráulicas y, en especial, de aquellas obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2005, por la que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional, se realicen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos.
2. La gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de las obras citadas en el párrafo primero, así como el ejercicio de aquellas actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
3. El objeto social podrá realizarse directamente o mediante la participación en el capital de las sociedades constituidas o que pudieran constituirse con alguno de los fines señalados en los apartados anteriores.
La actuación “Modernización de las infraestructuras hidráulicas de los regadíos de la Xxxx Xxxx. Ojós- Contraparada”, está incluida en el convenio de ACUAMED con el Ministerio de Medio Ambiente. Se trata de la Actuación 2.2.f. de la Ley 11/2005. Dentro de la misma se encuentran incluidas las obras de modernización de las infraestructuras hidráulicas de los regadíos de la Acequia Mayor xx Xxxxxx.
ACUAMED contrató con INITEC INFRAESTRUCTURAS la prestación de servicios para la “CONSULTORÍA Y ASISTENCIA EN LA REDACCIÓN DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX OJÓS-CONTRAPARADA. REVISIÓN Y ADAPTACIÓN DEL PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DE LA XXXX XXXX DEL RÍO SEGURA, HEREDAMIENTO DE LA ACEQUIA MAYOR DE XXXXXX XX XXXXXX, TT. MM. DE ARCHENA, LORQUÍ Y XXXXXX XX XXXXXX (MURCIA), ACTUACIONES URGENTES APROBADAS POR EL REAL DECRETO LEY 2/2004.
Por resolución de la Confederación Hidrográfica xxx Xxxxxx de fecha 16 de enero de 2007 se anuncia la información pública del Proyecto Constructivo de las obras de “Modernización de las infraestructuras hidráulicas de los regadíos de la Xxxx Xxxx. Ojós-Contraparada. Modernización de las infraestructuras hidráulicas de los regadíos de la Acequia Mayor xx Xxxxxx”, a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 86 de la ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Con fecha 30 de enero de 2004 la Secretaría General de Medio Ambiente del Ministerio de Medio Ambiente resolvió que no es necesario someter al Procedimiento de Evaluación Ambiental el proyecto “Modernización de la Xxxx Xxxx del río Segura, Heredamiento de la acequia Mayor de Xxxxxx xx Xxxxxx. TTMM de Archena, Lorquí y Xxxxxx xx Xxxxxx”.
Por último, el órgano competente del Ministerio de Medio Ambiente aprobó, con fecha 20 de diciembre de 2007, el mencionado proyecto constructivo.
Con objeto de determinar las condiciones que han de regir la licitación, la adjudicación, la contratación y el desarrollo y contenido de las actividades de las “OBRAS INCLUIDAS EN LA ACTUACIÓN URGENTE 2.2.f, “MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA”, RECOGIDA EN LA LEY 11/2005, CORRESPONDIENTES AL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS OBRAS DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA. MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA ACEQUIA MAYOR XX XXXXXX
(MURCIA)”, se procede a redactar el presente Pliego de Bases.
2. ALCANCE XXX XXXXXX DE BASES
El presente Pliego de Bases tiene por objeto describir los trabajos que han de ser materia del Contrato de Obras que se presenta, y contiene las declaraciones jurídicas, económicas y administrativas que serán obligatorias en dicho Contrato.
Asimismo, se concretan las normas para la presentación de proposiciones, para la valoración y adjudicación del Contrato, los requisitos de contratación, las relaciones entre las partes durante el desarrollo de dicho Contrato de Obras y los documentos que deberán ser entregados por el Consultor.
3. OBJETO DEL CONTRATO
Mediante el presente Contrato se acometen las obras necesarias para satisfacer el interés general, de acuerdo con las competencias y funciones que la legislación atribuye a ACUAMED.
El Contrato tiene por objeto la ejecución de la obra indicada en el apartado 1 del Cuadro de Características del presente Pliego de Bases, conforme al proyecto constructivo aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente, el cual se adjunta como Anexo III a este Pliego.
La codificación que corresponde al objeto del presente Contrato, según la nomenclatura de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 1996 (CNPA-1996), es la 45.24.12.
Además, por el importe del Presupuesto Base de Licitación, se debe indicar la codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de los Contratos (CPV) de la Comisión Europea, que en este caso responde al código 45.24.72.00.
4. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
La presente licitación está sometida al régimen que resulta de la dispuesto en el artículo 132.3 del Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por R.D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio, según el
cuál a los Contratos para la construcción de las obras hidráulicas se aplicarán las prescripciones del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx (en adelante TRLCAP), y de las disposiciones que la desarrollen, en lo concerniente a la capacidad de las empresas, publicidad, procedimientos de licitación y formas de adjudicación, y más en concreto a lo indicado en el artículo 2.1. del mencionado TRLCAP.
El Contrato, que forma parte indisociable de este Pliego de Bases, se regirá:
1) En cuanto a la capacidad de las empresas, publicidad, procedimiento de licitación y forma de adjudicación por las prescripciones del TRLCAP y su normativa de desarrollo.
2) En lo referente a su contenido, derechos y obligaciones de las partes y a su ejecución y extinción, por lo establecido en el modelo de Contrato que es anexo inseparable y parte integrante de este Pliego y con arreglo al cual se formalizará el Contrato con el adjudicatario.
La legislación civil y mercantil se aplicará con carácter supletorio en todo lo no especialmente contemplado en este Pliego, que actuará igualmente como legislación integradora del mismo, sin perjuicio de la normativa que resulte de aplicación a ACUAMED por su carácter de Sociedad Estatal, y en particular de la que se deriva de aquellas Sociedades Estatales que tienen por objeto social la construcción y explotación de obras hidráulicas.
El orden jurisdiccional Contencioso-administrativo será el competente para conocer de los recursos que puedan interponerse contra los actos dictados en materia de preparación y adjudicación de este contrato. Para todas las demás controversias será competente la Jurisdicción Civil.
5. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
De acuerdo con lo expresado en la cláusula 4 anterior, se ha optado por realizar la licitación mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, en tanto que la forma de la adjudicación será la de CONCURSO SIN VARIANTES, la cual se hará atendiendo a la proposición que ACUAMED considere más ventajosa en su conjunto, de acuerdo con los criterios objetivos de adjudicación establecidos en este Pliego.
Se procederá al anuncio de la licitación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, pues su presupuesto supera el umbral mínimo necesario para su publicación.
6. PUBLICIDAD DE LA CONTRATACIÓN
La presente licitación se anunciará en el Diario Oficial de las comunidades Europeas y en el Boletín Oficial del Estado de acuerdo con los plazos señalados en los artículos 78.2 y 137 del TRLCAP.
7. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO
Con carácter general, la ejecución de los trabajos y servicios objeto del presente concurso de obras se llevará a cabo de acuerdo con las condiciones y cláusulas contenidas en el presente Pliego de Bases y en el modelo de Contrato y sus anexos, el cual se adjunta en el Anexo V de este Pliego, con sujeción a los cuales se formalizará el Contrato.
Para la realización de los trabajos objeto del Contrato adjudicado de acuerdo con la presente licitación, además de tener en cuenta las condiciones técnicas recogidas en el Documento nº 3 del presente Pliego de Bases, que a su vez hacen referencia al proyecto constructivo aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente, se tendrá en cuenta también lo expuesto en el Anexo IV del Documento nº 4 del este Pliego, “Condiciones para la ejecución de las obras”.
8. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo máximo para la ejecución de los trabajos del Contrato de Obras es de TREINTA Y SEIS
(36) MESES.
La fecha de la firma del acta de la comprobación del replanteo fijará el inicio de cómputo de dicho plazo, si bien a este respecto se tendrá en cuenta también lo expuesto en el apartado 4, “Programación y Plazos de Ejecución de los Trabajos”, del Anexo IV al que se ha hecho referencia en la cláusula anterior.
El Acta de Comprobación del Replanteo y los plazos parciales que puedan fijarse al aprobar el Programa de Trabajos, con los efectos que en esta aprobación se determinen, se entenderán integrantes del Contrato, a los efectos de su exigibilidad.
9. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
El Presupuesto Base de Licitación será el que figura en el apartado 2 del Cuadro de Características del presente Xxxxxx, entendiéndose como presupuesto máximo, por lo que las ofertas no podrán rebasar en ningún caso su importe.
Las ofertas económicas de los licitadores incluirán, expresamente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que proceda por la ejecución de su prestación.
El Precio del Contrato coincidirá con el presupuesto de la oferta adjudicada.
La Revisión de Precios a aplicar en el presente contrato es la que se indica en el apartado 10 del Cuadro de Características.
10. FORMA DE PAGO
El Contratista facturará los trabajos ejecutados objeto del presente Contrato mensualmente. El importe de las facturas presentadas será el resultado de valorar a precios del Contrato, el grado de desarrollo y calidad técnica de las distintas unidades que componen el trabajo. Esta valoración quedará plasmada en la relación valorada incluida en la posterior Certificación que deberá ser aprobada por ACUAMED.
En la cláusula 9 del modelo de Contrato que se adjunta como Anexo V al presente Pliego de Bases, se detallan la forma y plazo para la presentación de las relaciones valoradas y sus certificaciones correspondientes.
DOCUMENTO Nº 2 CLÁUSULAS REGULADORAS
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 2 CLÁUSULAS REGULADORAS | ||||
Página | ||||
I. | LICITACIÓN | 16 | ||
1. | DOCUMENTACIÓN BÁSICA A UTILIZAR POR LOS LICITADORES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS | 16 | ||
2. | CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS OFERTAS | 16 | ||
3. | PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES | 17 | ||
3.1. | Requisitos de los licitadores | 17 | ||
3.2. | Condiciones para la presentación de las ofertas | 17 | ||
3.2.1. | Aspectos generales | 17 | ||
3.2.2. | Forma de presentación de las ofertas | 18 | ||
SOBRE A: | DOCUMENTACIÓN GENERAL | 18 | ||
A.1. | DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACEPTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS Y CLÁUSULAS XXX XXXXXX DE BASES | 19 | ||
A.2. | DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DEL EMPRESARIO | 19 | ||
A.3. | DOCUMENTOS QUE ACREDITEN, EN SU CASO, LA REPRESENTACIÓN | 20 | ||
A.4. | COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, EN SU CASO | 20 | ||
A.5. | REQUERIMIENTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS | 20 | ||
A.6. | DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO INCLUSIÓN EN LA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR | 21 | ||
A.7. | DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES | 21 | ||
A.8. | DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A UN GRUPO DE EMPRESAS, EN SU CASO | 21 | ||
A.9. | GARANTÍA PROVISIONAL | 22 | ||
A.10. | REQUISITOS ESPECÍFICOS EN LA DOCUMENTACIÓN QUE HAN DE PRESENTAR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS | 22 | ||
SOBRE B: | DOCUMENTACIÓN TÉCNICA | 23 | ||
B.1. | MEMORIA TÉCNICA | 23 | ||
B.2. | PLAN DE OBRA | 25 | ||
B.3. | PLAN DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD | 26 | ||
B.4. | PROGRAMA DE ACTUACIONES AMBIENTALES | 26 | ||
B.5. | MEMORIA DE SEGURIDAD Y SALUD | 27 | ||
B.6. | OBSERVACIONES A LA OFERTA TÉCNICA | 27 |
SOBRE C: | OFERTA ECONÓMICA | 28 |
C.1. | PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y PLAZO DE EJECUCIÓN | 28 |
C.2. | PRECIOS UNITARIOS | 28 |
C.3. | OBSERVACIONES A LA PROPUESTA ECONÓMICA | 28 |
II. VALORACIÓN DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL
CONTRATO 30
4. APERTURA DE PROPOSICIONES 30
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS ACEPTADAS 31
5.1. Oferta técnica 31
5.1.1. Memoria técnica 31
5.1.2. Plan de obra 32
5.1.3. Plan de Aseguramiento de la Calidad 32
5.1.4. Programa de actuaciones ambientales 33
5.1.5. Memoria de seguridad y salud 33
5.1.6. Puntuación total de la oferta técnica 34
5.2. Oferta Económica 35
5.2.1. Ofertas excluidas previamente a su valoración 35
5.2.2. Valoración de la proposición económica 35
5.2.3. Criterios para la definición de baja temeraria en las Proposiciones Económicas 35
6. ADJUDICACIÓN 37
6.1. Cumplimiento de las obligaciones tributarias 37
6.2. Cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social 38
7. GARANTÍA DEFINITIVA 38
8. PROGRAMA DE TRABAJOS 39
9. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 39
III. EJECUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO 41
10. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS 41
11. PERSONAL Y MEDIOS DEL CONTRATISTA DE LAS OBRAS 41
12. PÓLIZA DE SEGURO 41
13. COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO 42
14. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA DE LAS OBRAS 42
14.1. Obligaciones laborales y sociales 42
14.2. Xxxxxx exigibles al Contratista de las obras 43
15. PENALIZACIONES E INDEMNIZACIONES 43
15.1. Penalizaciones por incumplimiento en los plazos parciales o
totales 43
15.2. Penalizaciones por trabajos defectuosos o mal ejecutados 44
16. EXTINCIÓN DEL CONTRATO 44
16.1. Cumplimiento del contrato 44
16.2. Resolución del contrato 44
17. ASISTENCIA A ACUAMED 45
18. RECLAMACIONES Y RECURSOS A LA CONTRATACIÓN 45
I. LICITACIÓN
1. DOCUMENTACIÓN BÁSICA A UTILIZAR POR LOS LICITADORES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
La documentación básica a utilizar por las empresas que deseen participar en el presente concurso, y que ACUAMED pone a su disposición en soporte informático, es la siguiente:
▪ Pliego de Bases (se incluye en archivo PDF).
▪ Anexo X xxx Xxxxxx de Bases: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA (se incluye en el mismo archivo que el Pliego).
▪ Anexo II xxx Xxxxxx de Bases: MODELO DE AVAL BANCARIO (se incluye en el mismo archivo que el Pliego).
▪ Anexo III xxx Xxxxxx de Bases: PROYECTO CONSTRUCTIVO (se incluye en archivo aparte al xxx Xxxxxx).
▪ Anexo IV xxx Xxxxxx de Bases: CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS (se incluye en el mismo archivo que el Pliego).
▪ Anexo X xxx Xxxxxx de Bases: CONTRATO (se incluye en el mismo archivo que el Pliego).
Salvo manifestación expresa contraria, en caso de discrepancia entre cualesquiera de los documentos citados, prevalecerá lo establecido en el presente Pliego de Bases, del cual forma parte indisociable, entre otros documentos, el Contrato.
2. CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS OFERTAS
Las consideraciones generales que los licitadores deben tener en cuenta para la presentación de su oferta son:
1) Los ofertantes deberán ajustar estrictamente su oferta al contenido de los documentos que figuren en el apartado anterior, y al de todos sus anexos, cumplimentando en la forma establecida los impresos que a tal fin se adjunten.
En particular, la oferta deberá tener en cuenta los condicionantes específicos que se establecen en el Anexo IV del Documento nº 4 de este Pliego, “Condiciones para la ejecución de las obras”.
2) La Dirección y el control de los trabajos se desarrollarán de acuerdo con lo indicado en la cláusula 10 del presente Documento nº 2, así como con todo lo recogido a este respecto en el modelo de Contrato, incluido como Anexo V dentro del Documento nº 4 de este Pliego.
3) El plazo de validez de las ofertas será de tres (3) meses contado a partir de la fecha de apertura de las mismas.
3. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
3.1. Requisitos de los licitadores
Podrán participar en la licitación de este Contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que acrediten la correspondiente clasificación, que es la especificada en el apartado 5 del Cuadro de Características del presente Pliego de Bases y que no se hallen comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 20 de la TRLCAP (prohibiciones de contratar).
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará de acuerdo con lo dispuesto en el art. 9 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre (en adelante RGLCAP) y, en su caso, en el
25.2 del TRLCAP. La capacidad de obrar de las restantes empresas extranjeras se acreditará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 23 del TRLCAP y 10 del RGLCAP.
En las uniones temporales de empresarios que concurran a la licitación, cada uno de los que la compongan deberá acreditar su capacidad y solvencia, debiendo estar a lo dispuesto en los artículos 24 del TRLCAP y 24 del RGLCAP.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se pondrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución del Contrato.
Las adjudicaciones del Contrato a favor de personas que carezcan de la capacidad de obrar o de solvencia y de las que se hallen comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 20 del TRLCAP serán nulos de pleno derecho sin perjuicio de ello, ACUAMED podrá acordar que el empresario continúe la ejecución del Contrato, bajo las mismas cláusulas, por el tiempo indispensable para evitar perjuicios al interés público correspondiente.
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
3.2. Condiciones para la presentación de las ofertas
3.2.1. Aspectos generales
Las personas o entidades que deseen participar en el concurso regulado en el presente Pliego, deberán presentar sus proposiciones, dentro del plazo señalado en el anuncio publicado, directamente en la sede social de ACUAMED indicada en dicho anuncio, o en las oficinas de Correos, cumpliendo lo prevenido al efecto en este Pliego de Bases.
Cuando las proposiciones se presenten en oficinas de Correos, deberán remitirse a la sede social de ACUAMED, y cumplirán los requisitos señalados en el Art. 80 del RGLCAP, debiendo justificarse la fecha y hora de presentación y anunciar a la Sociedad la remisión de la oferta mediante telex, fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del expediente y nombre del licitador. El telex, fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio. A
efectos de justificar que el envío por correo no se hecho con posterioridad a la fecha señalada como límite para la presentación de proposiciones, se admitirá como medio de prueba que en el telegrama o fax se haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo. No obstante lo anterior, transcurridos diez (10) días desde la fecha de terminación del plazo de presentación de las proposiciones sin haberse recibido la documentación en el domicilio señalado ésta no será admitida en ningún caso.
Todos los licitadores deberán señalar en el momento de presentar sus propuestas un domicilio, para la práctica de las comunicaciones y relaciones que en general se deriven del concurso, o que de cualquier manera puedan afectar al licitador.
Cada licitador podrá presentar una única oferta, bien sea individual o conjunta con otros licitadores. La presentación de varias ofertas en las que intervenga un mismo licitador determinará la invalidez automática de todas ellas.
La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicional de las Cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con ACUAMED, y una vez presentadas no podrán ser retiradas salvo causa justificada.
3.2.2. Forma de presentación de las ofertas
Las ofertas se presentarán escritas en castellano y a máquina u otros tipos de impresión mecánica o informática, y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, erratas, enmiendas o tachaduras que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.
La documentación para esta licitación se presentará en tres (3) Sobres independientes (“A”, “B” y “C”), cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en el exterior de cada uno de ellos:
▪ La letra correspondiente al sobre.
▪ El título de la licitación.
▪ El nombre completo -y siglas en su caso-, dirección, C.I.F. (o N.I.F), número de teléfono y fax y correo electrónico del licitador.
▪ Nombre y firma de la persona que actúa representando al licitador.
▪ Cualquier otro dato que se exija en el anuncio de licitación.
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con la identificación del licitador y demás requisitos expresados anteriormente.
Los documentos que así lo requieran podrán presentarse en original o copias que tengan el carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente. Igualmente ACUAMED podrá exigir al adjudicatario los justificantes que considere oportunos con objeto de verificar la autenticidad de la documentación referida en los apartados anteriores.
ACUAMED, ante la no presentación de alguno de los documentos relacionados a continuación, o su inexactitud, otorgará a los licitadores que se encuentren en esta situación un plazo de tres (3) días
hábiles para la subsanación de los errores detectados. Una vez transcurrido dicho plazo, todo licitador que no haya regularizado su documentación se considerará excluido.
La documentación general contendrá lo siguiente:
A.1. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACEPTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS Y CLÁUSULAS XXX XXXXXX DE BASES
De acuerdo con lo expresado en el artículo 79 del TRLCAP, los licitadores presentarán una declaración de aceptación incondicional de las Cláusulas del presente Pliego de Bases y de sus Anexos, sin perjuicio de lo solicitado en los sobres B y C sobre EXCEPCIONES A LA PETICIÓN DE OFERTA.
A.2. DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DEL EMPRESARIO
Se deberán presentar los documentos que a continuación se indican:
A.2.1. Personas jurídicas
La capacidad de obrar de los empresarios que fueran personas jurídicas, se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución -o modificación, en su caso-inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Se admitirá la presentación de copias de los documentos mencionados, que deberán estar autenticados notarialmente.
Asimismo, deberá acreditarse el C.I.F. de la empresa, debidamente legitimado.
A.2.2. Para empresarios individuales, Documento Nacional de Identidad
Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de la fotocopia, legitimada notarialmente, del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
A.2.3. Empresarios no españoles
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del R.D. 1098/2001.
Los demás empresarios deberán acreditar su capacidad de obrar con informe expedido por la respectiva representación diplomática española del lugar de domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación de la empresa, que figuran inscritos en el Registro Local Profesional, Comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición
de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, de informe de reciprocidad.
A.3. DOCUMENTOS QUE ACREDITEN, EN SU CASO, LA REPRESENTACIÓN
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto y fotocopia, legitimada notarialmente, de su D.N.I. o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, a cuyos efectos deberá presentar la correspondiente justificación. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el Art.
94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
A.4. COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, EN SU CASO
ACUAMED podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor.
Cuando dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una Unión Temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad y solvencia, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del Contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a ACUAMED. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante ACUAMED y deberán nombrar un representante o apoderado único de la Unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del Contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que pueden otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las Uniones Temporales de Empresas será coincidente con la del Contrato hasta su extinción.
La proposición presentada por una Unión Temporal de Empresas deberá estar firmada por los representantes en esta licitación de cada una de las empresas componentes de la citada Unión.
A.5. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS, ECONÓMICOS Y FINANCIEROS
Las personas naturales o jurídicas que pretendan contratar con ACUAMED, deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos y por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación tal como señala la normativa de aplicación, según lo recogido en el apartado 3.1 de este Documento nº 2, incluyendo la clasificación u otros criterios de selección que sean exigibles, según lo indicado en el apartado 6 del Cuadro de Características.
Los licitadores presentarán certificado de clasificación expedido por el Registro Oficial de Empresas clasificadas o testimonio notarial del mismo, acompañado de una declaración responsable de su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento. Dicho documento deberá justificar que el licitador está clasificado en los grupos y subgrupos que se especifiquen en el punto 6 del Cuadro de Características en categorías iguales o superiores a las allí mencionadas.
Para los licitadores no españoles de Estados miembros de la Unión Europea podrá ser sustitutivo de lo anterior la acreditación, en su caso, ante el Órgano de Contratación correspondiente de su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, conforme a los artículos 16 y 17 del TRLCAP, así como
su inscripción en el Registro profesional o comercial en las condiciones previstas en la legislación del Estado donde están establecidos (art. 25.2 del TRLCAP). En este caso será necesario que justifiquen mediante certificación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, no hallarse clasificados, ni con clasificación suspendida o anulada (art. 9 del RGLCAP).
Los certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por estados miembros de la Unión Europea en favor de sus propios empresarios constituye una presunción de capacidad frente a los diferentes órganos de contratación en relación con las letras b) y c) del artículo 16.1; letras b) y d) del artículo 17; y letras a), b), d) e i) del artículo 20 (art. 26.2 del TRLCAP).
La clasificación de las Uniones Temporales de Empresas se determina mediante la acumulación de las características de cada uno de los asociados, expresadas en sus respectivas clasificaciones (art. 24 y 52 del RGLCAP). Se exige que todas las empresas que concurran en unión temporal estén clasificadas, (art. 31.2 del TRLCAP) excepto cuando concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, en cuyo caso los dos primeros deberán acreditar su clasificación y en los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica (art.
24.2 del TRLCAP).
Además de todo lo anterior, las empresas que se presenten a esta licitación deberán tener establecido un sistema de gestión ambiental en desarrollo del reglamento CE EMAS 761/2001, de 19 xx xxxxx de 2001 o disponer de la norma internacional EN ISO 14001 u otra norma equivalente o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de gestión ambiental establecidos en el sistema antes citado.
A.6. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO INCLUSIÓN EN LA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR
Se presentará una declaración responsable del licitador o su representante legal de que la Sociedad, así como sus administradores o representantes, no están incursos en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 20 del TRLCAP. La prueba de esta circunstancia deberá hacerse mediante declaración responsable otorgada ante notario público u organismo profesional cualificado, o por cualquiera de los medios señalados en el art. 21.5 de dicho Texto.
Además, el licitador deberá acreditar por cualquiera de los medios del artículo 21.5 del TRLCAP no haber sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra el medio ambiente. En el caso que el licitador sea una Unión Temporal de Empresas, la declaración se referirá a cada una de las empresas constituyentes de la Unión.
A.7. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
Asimismo, se presentará una declaración responsable, en las mismas condiciones que las expresadas en el apartado anterior, del licitador o su representante legal, de que la Sociedad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5 del Documento nº 2 de este Pliego de Bases para el licitador que resultare adjudicatario.
A.8. DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A UN GRUPO DE EMPRESAS, EN SU CASO
Las empresas aportarán declaración de no pertenencia a grupo, entendiéndose por tal el que se encuentre en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, o declaración responsable en la que se manifieste la no presentación de ninguna empresa de su grupo a la misma
licitación. La no realización de la declaración que corresponda, en cada caso, será causa de exclusión de la licitación.
A.9. GARANTÍA PROVISIONAL
La garantía provisional a constituir corresponderá al dos por ciento (2%) del Presupuesto Base de Licitación.
La garantía provisional se constituirá en la forma prevista en los artículos 35 y siguientes del TRLCAP, y 61.1.b), 55, 56, 57 y 58 DEL RGLCAP. Como Xxxxx XX a este Pliego se adjuntan modelos de aval bancario y de seguro de caución para la constitución, en su caso, de la garantía provisional.
En caso de Uniones Temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias empresas participantes, siempre que su conjunto alcance la cuantía requerida en este Pliego, y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal (art. 61.1. del RGLCAP).
La garantía provisional permanecerá vigente hasta que el órgano de contratación adjudique el contrato. Una vez realizada la adjudicación la garantía provisional quedará extinguida, acordándose su devolución para todos los licitadores excepto para el empresario adjudicatario, a quien se le retendrá la garantía provisional hasta la formalización del contrato (artículo 65.1. RGLCAP).
Si algún licitador retirara su proposición injustificadamente antes de la adjudicación o si el adjudicatario no constituyese la garantía definitiva o, por causas imputables al mismo, no pudiese formalizarse en plazo el contrato, se procederá a la ejecución de la garantía provisional por él constituida. La falta de contestación a la solicitud de información en los supuestos de presunción de temeridad a que se refiere el artículo 83.3. del TRLCAP, o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, tendrán la consideración de retirada injustificada de la proposición (artículo 62 RGLCAP).
A.10. REQUISITOS ESPECÍFICOS EN LA DOCUMENTACIÓN QUE HAN DE PRESENTAR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS
Los empresarios extranjeros que deseen presentarse a la licitación que se rige por el presente Pliego de Bases, además de lo indicado al respecto en los apartados correspondientes, deberán adjuntar lo siguiente:
A.10.1. Informe de reciprocidad
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o a los Estados signatarios de la Organización Mundial de Comercio deberán justificar, mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, la reciprocidad a que se refiere el Art. 23.1 del TRLCAP, con las salvedades que se hacen en el mismo.
En el caso de contratos de obras, será necesario, además, que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
A.10.2. Declaración de sometimiento
Los empresarios extranjeros deberán presentar una declaración en la que hagan constar su disposición de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, así como, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato,
declaración con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Toda la documentación presentada por empresarios extranjeros deberá efectuarse en castellano. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial.
SOBRE B: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con la identificación de la empresa y demás requisitos expresados anteriormente. Cuando el firmante de la proposición actúe como representante o apoderado con poder suficiente, deberá acreditar su apoderamiento o representación.
La documentación se presentará, en soporte informático (en CD) y también impresa, en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con el contenido y título de la licitación e identificación de la empresa.
Deberá contener los siguientes apartados.
B.1. MEMORIA TÉCNICA
La Memoria deberá servir para explicitar las bases en que se fundamenta el Programa de Trabajo e, incluso, para la completa explicación de éste.
Describirá los procesos de ejecución de las actividades importantes de la obra y reflejará un enfoque y un planteamiento correctos y realistas del conjunto de la misma, tanto en cuanto a su planificación en el espacio como en el tiempo, todo ello analizado en coherencia con los medios propuestos.
De las unidades complejas la Memoria contendrá un análisis completo del proceso de ejecución.
La Memoria deberá contener, y así deberá venir diferenciado en este sobre B, al menos lo siguiente:
B.1.1. Descripción de la concepción global de la obra (al realizar la valoración de este concepto, no se puntuará la reproducción o copia de la Memoria del Proyecto).
B.1.2. Descripción de todas las actividades importantes o complejas y de los procesos constructivos propuestos.
B.1.3. Relación de la maquinaria, medios de transporte, plantas de producción de materiales y otros medios a utilizar adscritos a la obra, indicando los que son propios o subcontratados, expresando, en este caso, la(s) empresa(s) que los aporta(n) y los períodos aproximados de permanencia en la Obra. A estos efectos, se considerará de mayor valor la presentación de contratos o precontratos sobre las cartas-compromiso.
B.1.4. Relación de las fuentes de suministro de materiales y validación de las mismas, en su caso. A estos efectos, se considerará de mayor valor la presentación de contratos o precontratos sobre las cartas-compromiso. En cualquiera de los casos es obligatorio especificar el tipo de material y sus características técnicas (diámetros, recubrimientos, resistencias, etc.).
B.1.5. Justificación y análisis de las necesidades de acopios y de instalaciones auxiliares.
B.1.6. Análisis de los condicionantes externos y de los climatológicos. Los licitadores deberán presentar una declaración en la que hará constar expresamente haber visitado y recorrido el emplazamiento de las obras, haber estudiado, inspeccionado y analizado todos los obstáculos y/o servicios existentes, estén o no reflejados en los documentos del Proyecto de Construcción,
habiendo tenido en cuenta todos estos factores a la hora de la estimación de sus precios y plazos para la ejecución de las obras.
B.1.7. Definición de los desvíos provisionales y reposiciones de servicios con sus medidas de señalización y seguridad previstas.
B.1.8. Definición del plan de accesos a la obra.
Los ofertantes deberán presentar en su oferta los planos de acceso al emplazamiento de las infraestructuras a ejecutar, indicando expresamente los caminos, senderos, pistas forestales, carreteras, etc. que piensa utilizar durante el desarrollo de las obras y su grado de utilización.
Los accesos a utilizar se presentarán sobre un plano a escala 1:10.000, o superior, en donde también se representará el trazado de la conducción.
B.1.9. Definición de las zonas previstas para préstamos y vertederos, situadas sobre un plano a escala 1:10.000, o superior, y grado de compromiso sobre los mismas.
B.1.10. Relación de los suministros de materiales, unidades o partes de la obra que realizará bajo subcontratación, indicando la(s) empresa(s) con las que se prevé suscribir dicha subcontratación. A estos efectos, se considerará de mayor valor la presentación de contratos o precontratos sobre las cartas-compromiso.
B.1.11. Relación de técnicos (superiores y medios) que el licitador se compromete a adscribir a la obra con expresión de la dedicación, especificando su titulación profesional y experiencia.
Para cada una de las personas que componen el equipo de trabajo, se presentará un breve historial en el que sólo se incluirá:
▪ Estudios cursados, año de terminación de los mismos y universidad (Facultad y/o Escuela) en la que fueron recibidos. Igualmente se relacionarán los cursos de postgrado realizados.
▪ Empresas en las que ha desarrollado su actividad profesional, relacionando el tipo de de obras en las que ha intervenido y las fechas de su realización.
▪ Breve explicación de su cometido en la ejecución de las obras indicadas en el punto anterior.
▪ Dedicación prevista a la Obra.
El historial mencionado deberá ser resumido, con una extensión máxima de 3 hojas en tamaño DIN-A4 por persona.
Cada licitador deberá proponer para el puesto de Jefe de Obra a la persona que posea la titulación adecuada, con la experiencia suficiente, y con poderes para actuar en nombre del Contratista y poder decidir sobre cualquier asunto relativo a los trabajos contratados. Su dedicación será a tiempo completo para esta obra. Se deberá indicar su situación laboral en la fecha de la oferta, con indicación expresa de su puesto de trabajo.
Este profesional ostentará las atribuciones que el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales (RD 3854/1970) asigna al Delegado del Contratista.
En un plazo de quince (15) días posteriores a la notificación de la adjudicación, el Contratista deberá proponer, definitivamente, al Jefe de Obra, que no contará con una experiencia inferior al del incluido en su oferta, en caso de no ser el mismo.
Cualquier sustitución del Jefe de Obra propuesto que se precise realizar posteriormente deberá ser solicitada por el adjudicatario a ACUAMED, adjuntando el historial profesional del técnico de nueva designación, antes de su autorización. Si esta no se produce, solo se podrá sustituir aquel personal que cause baja en la empresa adjudicataria. En caso contrario será posible motivo de rescisión.
El equipo asignado a esta obra deberá contar como mínimo con los siguientes técnicos:
▪ Jefe de obra. Ingeniero de Caminos o Técnico competente con más de 10 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto del presente Contrato. Dedicación completa.
▪ Jefe de producción con experiencia contrastable en hidráulica y ejecución de estructuras y responsable del Plan de Aseguramiento de la Calidad. Técnico competente con más de 10 años de experiencia demostrada en trabajos similares a los que son objeto del presente Contrato. Dedicación completa.
▪ Encargado de obra con experiencia superior a 10 años y dedicación completa..
▪ Ingeniero Técnico Topógrafo o Técnico competente con conocimientos en topografía con más de 8 años de experiencia. Dedicación completa.
▪ Auxiliar de Topografía con experiencia superior a 3 años en Obra. Dedicación completa.
▪ Responsable del cumplimiento del Plan de Seguridad y Salud. Deberá ser un Titulado con la cualificación adecuada a la reglamentación vigente, con más de 5 años de experiencia en un puesto similar en otras obras. Dedicación parcial.
▪ Responsable del cumplimiento del Plan de Vigilancia Ambiental. Deberá ser un Titulado con más de 5 años en puestos similares en otras obras. Dedicación parcial.
B.1.12. Organigrama explicativo de las competencias y dependencias del equipo de técnicos propuestos, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito de las actividades principales descritas en la Memoria y en el Plan de trabajo. Se destacarán las funciones de Control de Calidad y Medioambiente y de Seguridad y Salud.
La extensión máxima de esta Memoria, sin considerar el apartado B.1.11, será de 50 hojas en tamaño DIN-A4, más los planos que se consideren necesarios, debiéndose incluir cualquier desarrollo complementario que el Contratista considere de interés como anexo a la misma.
B.2. PLAN DE OBRA
Cada licitador presentará el Programa de Trabajos en forma de diagrama xx Xxxxx, que provenga de la resolución de una red de precedencias, acompañándose documento de la descripción de las actividades, tipos y duración, de los vínculos entre éstas, calendario de trabajo y de los plazos obtenidos de los cálculos efectuados. Se presentará estructurado y desglosado al menos en los mismos conceptos, obras elementales y actividades contempladas en el presupuesto. En el Programa de Trabajos se reflejarán las fechas de inicio y final de las actividades, así como las obras elementales sujetas a plazos parciales de finalización (hitos). En él se tendrán en cuenta las consideraciones realizadas en el apartado 4 del Anexo IV del Documento nº 4 del presente Pliego de Bases, “Condiciones para la ejecución de las obras”.
Asimismo se definirán las producciones mensuales previstas y las acumuladas a origen de obra sin tener en cuenta la baja de la propuesta económica. Se deberá complementar con otro organigrama
valorado para los medios de mano de obra, materiales y maquinaria, así como para servicios de terceros.
B.3. PLAN DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD
Cada licitador presentará la siguiente documentación:
▪ Acreditación de tener implantado un Sistema de Calidad o de haber iniciado los trámites para su obtención.
▪ Compromiso de ejecución de la obra dentro del marco del Sistema de Calidad.
▪ Procedimientos concretos de ejecución de las unidades de obra, o de las actividades, a controlar durante la ejecución de los trabajos, y normativa aplicable.
▪ Programa de Puntos de Inspección de las unidades de obra importantes y/o singulares.
▪ Actividades de inspección y ensayo, laboratorios previstos indicando si son propios o contratados, así como su dotación en personal especializado y material.
▪ Organización dedicada al control de Calidad.
Con anterioridad a la firma del Contrato, el adjudicatario desarrollará, redactará y presentará el Plan de Aseguramiento de Calidad de la obra, que se corresponderá con el respectivo Programa de Trabajos y Memoria constructiva. Dicho Plan de Aseguramiento de Calidad será sometido a autorización preceptiva de la Dirección de Obra.
B.4. PROGRAMA DE ACTUACIONES AMBIENTALES
Dentro del Plan de Vigilancia Ambiental que los licitadores están obligados a presentar en su oferta, se deberán incluir, entre otras las actuaciones siguientes:
▪ Propuestas de medidas para la utilización de materiales y productos medioambientalmente adecuados, en las actividades de ejecución de las obras.
▪ Propuestas de medidas para minimizar la producción de residuos y el reciclaje de los mismos, en las actividades de ejecución de las obras.
▪ Propuestas de medidas para limitar o, en su caso, evitar el consumo de agua, en las actividades de ejecución de las obras.
▪ Propuestas de medidas para minimizar el consumo de energía, primando la utilización de energías alternativas, en las actividades de ejecución de las obras.
▪ Propuestas de medidas que minimicen la contaminación acústica, en las actividades de ejecución de las obras.
▪ Propuestas de medidas para ubicación de las instalaciones de obra que alteren mínimamente el entorno en el que se sitúen.
▪ Propuestas de medidas para la utilización de maquinaria y medios auxiliares ambientalmente adecuados (que utilicen combustibles limpios, por ejemplo), en las actividades de ejecución de las obras.
Además, en dicho Plan se especificarán las actuaciones de Vigilancia y Seguimiento sobre el medio natural para las actividades u operaciones siguientes:
▪ Replanteo.
▪ Formación medioambiental al personal de obra.
▪ Ubicación y explotación de préstamos y vertederos.
▪ Localización y control de instalaciones y parques de maquinaria.
▪ Control de accesos temporales.
▪ Desmantelamiento de zonas de obras.
▪ Medidas de protección, durante las obras, a la flora y fauna amenazadas.
▪ En general todas las consideradas en el Plan de Vigilancia Ambiental.
B.5. MEMORIA DE SEGURIDAD Y SALUD
Se redactará una memoria de prevención de riesgos y seguridad en la que se explicará:
▪ Organización de la prevención y seguridad en la obra: organigrama, funciones, coordinación con Subcontratistas y trabajadores autónomos.
▪ Análisis de las posibles situaciones de emergencia: medidas a adoptar, relaciones a organizar con servicios externos para garantizar su rapidez y eficacia.
▪ Funciones del Responsable del cumplimiento del plan de Seguridad y Salud en la definición de los procedimientos de ejecución de las unidades de obra y en la propia ejecución. Funciones en los programas de Puntos de Inspección.
▪ Revisión del Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto bajo la perspectiva de su ejecución como Contratista, proponiendo las mejoras que se consideren convenientes.
B.6. OBSERVACIONES A LA OFERTA TÉCNICA
Los licitadores presentarán en este apartado, caso de que lo consideren necesario, las observaciones de naturaleza técnica que quieran aducir sobre la documentación aportada por ACUAMED de las mismas características.
En cualquier caso, se incluirá una declaración haciendo constar expresamente la aceptación íntegra y sin reservas de la documentación técnica incluida en el presente Pliego de Bases y en los anexos que lo componen.
SOBRE C: OFERTA ECONÓMICA
C.1. PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y PLAZO DE EJECUCIÓN
La proposición económica se formulará conforme al modelo que figura en el Anexo n° 1 a este Pliego, recogiéndose en la misma el presupuesto total ofertado.
De acuerdo con el modelo de proposición económica que se adjunta, se deberá especificar que el presupuesto total ofertado comprende el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido y del resto de tributos que proceda liquidar. No obstante lo anterior, el Impuesto sobre el Valor Añadido deberá ser repercutido como partida independiente, cuando así proceda, en los documentos que se presenten para el cobro, sin que el importe global del Contrato experimente incremento como consecuencia de la consignación del tributo repercutido.
El importe consignado en la proposición, no podrá superar el Presupuesto Base de Licitación. De no ser así la oferta quedará excluida.
De igual forma, el plazo de ejecución propuesto no podrá superar el indicado en el Cuadro de Características. En caso contrario la propuesta quedará excluida, con independencia de lo indicado en el Programa de Trabajo que se adjunte en la cláusula B.2.
La proposición económica se presentará en caracteres claros, escrita a máquina o por medios informáticos de impresión y firmada y no se aceptarán aquellos que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra se estará a lo expresado por esta última.
En la proposición económica, de acuerdo con el modelo, se presentará el presupuesto separado para cada uno de los capítulos en los que está desglosado el Presupuesto del proyecto constructivo, teniendo en cuenta que las Partidas Alzadas no podrán sufrir ninguna modificación.
Se deberá expresar claramente la baja ofertada al presentar la proposición económica, entendiendo como tal el tanto por ciento de reducción, único, que el Contratista ha estimado conveniente aplicar a todos los precios de mano de obra, maquinaria, materiales y unidades de obra, para obtener al final la proposición económica presentada.
C.2. PRECIOS UNITARIOS
Los precios que se tendrán en cuenta durante la ejecución del Contrato, tanto relativos a la mano de obra, maquinaria y materiales, como a las distintas unidades de obra, y que habrán dado lugar a las proposiciones económicas de los licitadores, serán el resultado de aplicar la baja indicada en C.1 a cada uno de los precios que hayan servido para obtener el Presupuesto base de licitación del proyecto constructivo, a excepción de la Partidas Alzadas.
C.3. OBSERVACIONES A LA PROPUESTA ECONÓMICA
Los licitadores presentarán en este apartado, caso de que lo consideren necesario, las observaciones de naturaleza económica que quieran aducir sobre la documentación aportada por ACUAMED de las mismas características económicas.
En cualquier caso, se incluirá una declaración haciendo constar expresamente la aceptación íntegra y sin reservas de la documentación económica incluida en el presente Pliego de Bases y en los anexos que lo componen.
Lo indicado en este apartado no será considerado por ACUAMED a efectos de valoración de la puntuación económica, aunque sí se tendrá en cuenta a efectos de la valoración del nivel de estudio de la oferta en el apartado 5.1.1.
II. VALORACIÓN DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
4. APERTURA DE PROPOSICIONES
A efectos de la calificación de la documentación presentada, el Presidente de la Mesa ordenará la apertura de la documentación contenida en el sobre A, certificando el Secretario de la Mesa la relación de documentos que figuren en cada uno de los sobres.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán hacerse públicas a través de anuncios del órgano de contratación que se fijaran en el tablón de anuncios del mismo, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación.
De las anteriores actuaciones se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
Una vez realizada la previa calificación de los documentos requeridos en el sobre A y subsanados, en su caso los defectos u omisiones de la documentación presentada, se determinará por la Mesa los licitadores que han sido admitidos a la licitación, los rechazados y las causas del rechazo. Las incidencias comentadas, serán comunicados a los licitadores en el acto público de apertura de la documentación técnica contenida en el sobre B, realizada en el día y hora señalado en el anuncio, acto en el cual se procederá, además de lo expresado anteriormente, al desprecintado de dicho sobre B.
A partir del momento descrito en el párrafo anterior, el personal encargado de la valoración técnica procederá a efectuarla, remitiendo a la Mesa de Contratación, al final de este proceso, un informe con las observaciones realizadas y la puntuación dada a la documentación técnica de las distintas proposiciones.
La Mesa de Contratación podrá solicitar al licitador cuantos informes técnicos considere necesarios y se relacionen con el objeto del Contrato, así como requerir a los licitadores para que precisen o aclaren el contenido de sus ofertas. Hecho lo anterior, si fuese oportuno, y tras la consideración del informe de valoración realizado por el Departamento correspondiente de la sociedad, la Mesa de Contratación levantará acta en la que queden reflejadas de forma definitiva las valoraciones técnicas de las proposiciones, determinando aquellas que, en su caso, hubiesen sido excluidas de acuerdo con lo definido en el Pliego de Bases del concurso.
Realizado lo anterior, y en el día y hora señalados también en el anuncio de licitación, se procederá, en acto público, a la apertura de las ofertas económicas que no hubiesen sido excluidas durante la fase de valoración técnica de las proposiciones.
Hecho lo anterior, la Mesa de Contratación elevará, con el Acta correspondiente, la propuesta de adjudicación que estime pertinente, al órgano competente de ACUAMED, el cual, a la vista de dicha propuesta, tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el Contrato a la proposición más ventajosa en su conjunto, definida como aquella que reúna en mejor medida las circunstancias que se señalan como criterios de adjudicación en este Pliego, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación del concurso que figuren en el presente Pliego de Bases.
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS ACEPTADAS
Una vez realizada la apertura del sobre A y descartadas las ofertas que no hayan presentado la documentación requerida en el mismo después del período de subsanación de errores, se procederá a efectuar la valoración de las ofertas según se indica a continuación.
5.1. Oferta técnica
Se valorará entre 0 y 70 puntos, de acuerdo con la descomposición que se recoge en los subapartados que siguen, habiendo sido excluidas de esta valoración las empresas que no hayan presentado correctamente la documentación exigida en el sobre A.
Por otra parte, con el fin de que la puntuación técnica tenga el peso relativo que se le pretende asignar con relación a la económica, se aplicará a todas las ofertas la expresión que se indica a continuación, de modo que la máxima puntuación técnica asignada obtenga al final 70 puntos:
Puntuación Técnica final Oferta i
= Valoración de la Calidad Técnica Total (V) i x 70 Valoración de la Calidad Técnica Total (V) máxima de ∀ Ofertas
5.1.1. Memoria técnica
La valoración de la Memoria Técnica se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:
▪ Concepción global de la obra, planteamiento general de la misma y grado de comprensión. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X1).
▪ Procesos constructivos propuestos. Soluciones a las actividades más importantes. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X2).
▪ Relación de maquinaria, medios de transporte, plantas de producción de materiales y medios auxiliares. Coherencia de los mismos y grado de compromiso. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X3).
▪ Previsión de las fuentes de suministro de materiales y su validación. Coherencia de los mismos y grado de compromiso. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X4).
▪ Previsión de las necesidades de acopios e instalaciones auxiliares. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X5).
▪ Análisis de los condicionantes externos y climatológicos. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X6).
▪ Definición de los desvíos provisionales y reposiciones de servicios con sus medidas de señalización y seguridad previstas. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X7).
▪ Definición del plan de accesos a la obra. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X8).
▪ Grado de definición de las zonas previstas para préstamos y vertederos. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X9).
▪ Detalle de suministros de materiales y unidades de obra subcontratadas. Definición de Subcontratistas y nivel de compromiso. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X10).
▪ Coherencia de esta Memoria con el Plan de Obra presentado. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X11).
▪ Coherencia y suficiencia del Organigrama propuesto. Garantía de la disponibilidad del equipo técnico Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X12).
▪ Observaciones realizadas a las características técnicas y económicas xxx Xxxxxx. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos (X13).
La puntuación total de la Memoria Técnica será:
V = X1 + 4 X 2 + 3X 3 + 3X 4 + 2 X 5 + X 6 + X 7 + X 8 + 2 X 9 + 2 X 10 + X 11 + 2 X 12 + 2 X 13
1 25
5.1.2. Plan de obra
Se valorará de acuerdo con los siguientes criterios:
▪ Realiza un análisis de las actividades incluidas en el Programa de Trabajos propuesto y de su suficiencia. Se valorará de 0 a 10 puntos (X1).
▪ Se tienen en cuenta los trabajos que condicionan la obra derivados de actividades “críticas” y de los condicionantes externos. Se valorará de 0 a 10 puntos (X2).
▪ Los rendimientos propuestos y la duración de las actividades son acorde con los medios ofertados. Se valorará de 0 a 10 puntos (X3).
▪ Grado de detalle de los organigramas valorados para los medios de mano de obra, materiales, maquinaria y servicios a terceros. Se valorará de 0 a 10 puntos (X4).
La puntuación total por este concepto se obtiene:
V = 3X 1 + 2 X 2 + 3X 3 + 2 X 4
2 10
5.1.3. Plan de Aseguramiento de la Calidad
Se valorará de la siguiente forma:
▪ Acreditación de tener implantado un Sistema de Calidad o de haber iniciado los trámites para su obtención. Compromiso de ejecución de la obra dentro del marco del Sistema de Calidad. Se valorará con un máximo de 10 puntos (X1).
▪ Se relacionan las unidades importantes de la obra. Las unidades de obra que serán sometidas al control de Calidad están identificadas y definidas. Procedimientos concretos de ejecución de las unidades de obra. Se valorará de 0 a 10 puntos (X2).
▪ Programa de Puntos de Inspección de las unidades de obra importantes y/o singulares. Se definen los aspectos concretos a controlar en cada unidad de obra. Se definen los criterios de muestreo técnico y de aceptación o rechazo. Se valorará de 0 a 10 puntos (X3).
▪ Se define la normativa técnica a aplicar. Se valorará de 0 a 10 puntos (X4).
▪ Actividades de inspección y ensayo, laboratorios previstos indicando si son propios o contratados, así como su dotación en personal especializado y material. Se valorará de 0 a 10 puntos (X5).
▪ Organización dedicada al control de Calidad. Se definen la organización y las instalaciones desde el punto de vista de las exigencias de calidad. Se valorará de 0 a 10 puntos (X6).
La puntuación total para este concepto se obtiene:
V = X1 + 3X 2 + 4 X 3 + X 4 + 2 X 5 + 5X 6
3 16
5.1.4. Programa de actuaciones ambientales
Se valorarán de la forma siguiente:
▪ Propuestas de medidas para la utilización de materiales y productos medioambientalmente adecuados, en las actividades de ejecución de las obras. Se valorará de 0 a 10 puntos (X1).
▪ Propuestas de medidas para minimizar la producción de residuos y el reciclaje de los mismos, en las actividades de ejecución de las obras. Se valorará de 0 a 10 puntos (X2).
▪ Propuestas de medidas para limitar o, en su caso, evitar el consumo de agua, en las actividades de ejecución de las obras. Se valorará de 0 a 10 puntos (X3).
▪ Propuestas de medidas para minimizar el consumo de energía, primando la utilización de energías alternativas, en las actividades de ejecución de las obras. Se valorará de 0 a 10 puntos (X4).
▪ Propuestas de medidas que minimicen la contaminación acústica, en las actividades de ejecución de las obras. Se valorará de 0 a 10 puntos (X5).
▪ Propuestas de medidas para ubicación de las instalaciones de obra que alteren mínimamente el entorno en el que se sitúen. Se valorará de 0 a 10 puntos (X6).
▪ Propuestas de medidas para la utilización de maquinaria y medios auxiliares ambientalmente adecuados (que utilicen combustibles limpios, por ejemplo), en las actividades de ejecución de las obras. Se valorará de 0 a 10 puntos (X7).
La puntuación total para este concepto se obtiene:
V4 =
X 1 + 2 X 2 + 2 X 3 + 3X 4 + 2 X 5 + 2 X 6 + 2 X 7
14
5.1.5. Memoria de seguridad y salud
La valoración es como sigue:
▪ Propuesta sobre la organización de la prevención y seguridad en la obra: organigrama, funciones, coordinación con subcontratistas y trabajadores autónomos. Se valorará de 0 a 10 puntos (X1).
▪ Exposición de las posibles situaciones de emergencia durante la ejecución de las obras. Definición de las medidas a adoptar para las posibles situaciones de emergencia durante la ejecución de las obras. Se valorará de 0 a 10 puntos (X2).
▪ Funciones del Responsable del cumplimiento del plan de Seguridad y Salud en la definición de los procedimientos de ejecución de las unidades de obra y en la propia ejecución. Funciones en los programas de Puntos de Inspección. Se valorará de 0 a 10 puntos (X3).
▪ Exposición de la revisión efectuada del Estudio de Seguridad y Salud del proyecto proponiéndose mejoras. Se valorará de 0 a 10 puntos (X4).
V = 2 X1 + X 2 + X 3 + 2 X 4
5 6
5.1.6. Puntuación total de la oferta técnica
Para cualquier Proposición la correspondiente Puntuación Técnica se hallará del modo siguiente: Inicialmente se obtiene la Valoración de la Calidad Técnica Total (V) de la siguiente manera
V1 = Memoria Técnica
V2 = Plan de Obra
V3 = Plan de Aseguramiento de la Calidad V4 = Programa de actuación ambiental
V5 = Memoria de Seguridad y Salud
Valoración de la Calidad Técnica Total:
V = 2,5V1 + 1,5V2 + V3+ V4 + V5
El ofertante que obtenga algún Vi = 0, su Valoración de la Calidad Técnica Total (V) será reducida a la mitad.
Se considerarán como ofertas técnicamente no aptas aquellas en las que su Valoración de la Calidad Técnica Total (V) sea inferior a 35 puntos, quedando excluidas de la licitación.
En el supuesto de que todas las ofertas presentadas alcancen una Valoración de la Calidad Técnica Total (V) inferior a 35 puntos, sin perjuicio de otras facultades, el órgano de contratación podrá declarar desierto el concurso.
5.2. Oferta Económica
5.2.1. Ofertas excluidas previamente a su valoración
Habrán sido excluidas de la valoración de la Oferta Económica las empresas que no hubieran sido consideradas previamente a la valoración de la Oferta Técnica, por no haber presentado correctamente la documentación exigida en el sobre A.
5.2.2. Valoración de la proposición económica
Se valorará de 0 a 30 puntos con los siguientes criterios:
▪ Se determinarán los valores de los presupuestos característicos siguientes:
o PT: Presupuesto base de licitación.
o PM: Presupuesto medio calculado sobre el 80% de las ofertas admitidas, prescindiendo de las de mayor y menor presupuesto en números iguales en cada caso al 10% del número total de las admitidas, redondeando al entero inferior.
o PB: Presupuesto correspondiente al 90% de PM.
o PA: Presupuesto de la oferta más baja admitida.
▪ Los presupuestos ofertados se puntuarán del siguiente modo:
a) Presupuestos con valores inferiores a PB:
Por interpolación lineal entre las puntuaciones siguientes:
➢ Para PA:
V (PA) = VM , valor máximo de puntuación.
0,1⋅ PT
➢ Para PB:
V (PB) = VM −
PT − PB
b) Presupuestos ofertados con valores iguales o superiores a PB:
A cada Presupuesto ofertado (PO), le corresponderá la puntuación V(PO) resultante de la siguiente fórmula:
⎡ 2,7 PT ⎛ PO − PB ⎞2 ⎤
V (PO) = V ⎢1 −
⋅ ⋅ ⎜ ⎟ ⎥
5 PB PT − PB
⎣⎢ ⎝ ⎠ ⎥⎦
donde V toma los valores:
V = V(PB), si PB es mayor que el Presupuesto ofertado más bajo, PA, ó
V = VM, si PB es igual o menor que el Presupuesto ofertado más bajo, PA.
5.2.3. Criterios para la definición de baja temeraria en las Proposiciones Económicas
A efectos de apreciar que la proposición económica no pueda ser cumplida, se considerarán desproporcionadas o temerarias las proposiciones económicas, correspondientes a ofertas admitidas que se encuentren en las situaciones que más adelante se detallan. Previamente se definirán los conceptos que se utilizarán para su apreciación.
▪ PT, Presupuesto base de licitación
▪ POj, proposición económica de la oferta genérica “j”
▪ BOj, baja correspondiente a la oferta genérica “j”
▪ BM, baja media, calculada como se indica más adelante
▪ σ, desviación estándar, calculada como se indica más adelante
▪ BR, baja de referencia, calculada como se indica más adelante Las situaciones a las que se ha aludido son las siguientes:
a) Cuando el número, “n”, de ofertas admitidas para su valoración económica sea menor que cinco (5), se considerarán desproporcionadas o temerarias todas aquellas ofertas en las que sus bajas correspondientes se encuentren en alguna de las dos siguientes situaciones:
1) si BM < 15 %, se considerará baja temeraria cuando: BOj > BM + 4,5
2) si BM ≥ 15 %, se considerará baja temeraria cuando: BOj > 19,5
b) Cuando el número, “n”, de ofertas admitidas para su valoración económica sea mayor o igual que cinco (5), se considerarán desproporcionadas o temerarias todas aquellas ofertas en las que sus bajas correspondientes se encuentren en alguna de las dos siguientes situaciones:
1) si σ ≥ 4,5, se considerará baja temeraria cuando: BOj > BR + 4,5
2) si σ < 4,5, se considerará baja temeraria cuando: BOj > BR + σ
Los parámetros definidos anteriormente se calculan como sigue:
n ∑
1 j =n
BM = BOj
j=1
⎡ j =n
⎤1/ 2
⎢∑(BO j ) 2 − n(BM ) 2 ⎥
⎢
⎥
σ = ⎢ j =1 ⎥
⎢ n ⎥
⎢
⎥
⎢ ⎥
⎣ ⎦
Entre las mencionadas “n” ofertas admitidas, se elegirán aquellas “n,” ofertas tales que, siendo su baja genérica BOh, cumplan la siguiente condición:
BOh − BM ≤ σ
Considerando sólo con estas “n,” ofertas se calculará el valor de BR, que será igual a:
BR =
h=n,
∑
BOh
h=1
n,
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, la oferta más baja de las distintas empresas pertenecientes al mismo grupo, sin considerar las del resto, a las cuales se les aplicará lo que resulte de dicha consideración.
No obstante todo lo anterior, cuando una oferta se considere desproporcionada o temeraria, la Mesa de Contratación lo notificará al interesado, a fin de que manifieste en el plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la recepción de la comunicación de ACUAMED lo que a estos efectos considere oportuno, tras lo cual la Mesa resolverá sobre la apreciación o no de la temeridad de la propuesta.
6. ADJUDICACIÓN
La adjudicación del Contrato por el órgano de contratación deberá ser hecha en el plazo máximo de tres (3) meses a contar desde la fecha de apertura de las proposiciones.
Previa a la adjudicación definitiva, se exigirá al licitador propuesto como adjudicatario la justificación acreditativa de las condiciones en que se encuentra con relación a los conceptos que se relacionan a continuación, concediéndosele un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde la fecha de requerimiento, para la presentación de la documentación que faltase o para la corrección de la presentada.
6.1. Cumplimiento de las obligaciones tributarias
Se considera que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias cuando concurran las siguientes circunstancias:
a) Estar dada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, cuando estén obligadas a ello.
b) Haber presentado, si estuvieran obligadas, las declaraciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o de Sociedades, según se trate de personas o entidades sujetas a uno u otro impuesto personal, así como las correspondientes declaraciones por pagos fraccionados, ingresos a cuenta y retenciones que en cada caso procedan.
c) Haber presentado, si estuvieran obligadas, las declaraciones periódicas por el Impuesto sobre el Valor Añadido, así como la declaración resumen anual.
d) No tener con el Estado deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en periodo voluntario. Sin embargo, a los efectos de expedición de las certificaciones se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de las correspondientes liquidaciones.
Las circunstancias indicadas en los párrafos b) y c) se refieren a declaraciones cuyo plazo reglamentario de presentación hubiese vencido en los doce (12) meses precedentes al mes inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de certificación.
Dicha acreditación se efectuará mediante certificación administrativa positiva expedida por el Órgano competente, excepto el apartado a) que se efectuará, con carácter general, mediante la presentación del alta y del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, atendiendo, en los casos especiales del art. 15.1 del RGLCAP, a lo dispuesto en el mismo. Dichas certificaciones tendrán una validez de 6 meses para participar en la licitación, desde que se expidieron.
6.2. Cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social
Se considera que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuando concurran las siguientes circunstancias, que se acreditarán mediante certificación positiva del órgano competente:
a) Estar inscrita en el sistema de la Seguridad Social y, en su caso, si se tratare de un empresario individual, afiliado y en alta en el régimen que corresponda, por razón de la actividad.
b) Xxxxx afiliado, en su caso, y haber dado de alta a los trabajadores que presten servicios a las mismas.
c) Haber presentado los documentos de cotización correspondientes a las cuotas de la Seguridad Social y, si procediese, de los conceptos de recaudación conjunta con las mismas, así como de las asimiladas a aquéllas a efectos recaudatorios, correspondientes a los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la certificación.
d) Estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
A los efectos de la expedición de las certificaciones antes mencionadas, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en la Seguridad Social cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiese acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas. El plazo de validez de dichas certificaciones para participar en la licitación es también de 6 meses desde su expedición.
7. GARANTÍA DEFINITIVA
El Adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de quince (15) días desde que se le notifique la adjudicación, la constitución de una garantía definitiva, de acuerdo con el apartado 8 del Cuadro de Características del presente Pliego, a disposición de ACUAMED con arreglo a los modelos que se adjuntan al Contrato, incluido como Anexo II a este Pliego.
En el supuesto de adjudicación a un empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de temeridad, de acuerdo con lo expresado en 4.2.3, el órgano de contratación exigirá al Contratista la constitución de una garantía definitiva, en el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, por el veinte por ciento (20%) del importe de adjudicación o del presupuesto base de licitación, cuando el precio se determine en función de precios unitarios que sustituirá a la prevista en el apartado 7 del Cuadro de Características.
En caso de incumplimiento de constitución de la garantía en el plazo expresado anteriormente, ACUAMED declarará sin efecto la adjudicación pudiendo reclamar daños y perjuicios.
En caso de amortización o sustitución total o parcial de los valores que constituyen la garantía, el Adjudicatario está obligado a reponerlos en la cuantía necesaria para que el importe de la garantía no se merme por este motivo, debiendo quedar constancia documentada de dicha reposición.
Cuando a consecuencia de la modificación del contrato, el valor del trabajo contratado experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el presupuesto de los trabajos vigentes en cada momento.
Aprobada la liquidación del Contrato y una vez terminado el plazo de garantía sin producirse ningún defecto no reparado por el Contratista, éste podrá solicitar la devolución o cancelación de la garantía definitiva, estándose para ello a lo dispuesto en el artículo 47 del TRLCAP.
8. PROGRAMA DE TRABAJOS
En el plazo máximo de quince (15) días, contados desde la notificación de la adjudicación, tal y como se recoge en el apartado 9 del Cuadro de Características, o, en su caso, desde la fecha de aprobación de las modificaciones del Contrato, el Adjudicatario presentará un Programa de Trabajos, en los términos y con el contenido previstos en el apartado B.2 del presente Documento nº 2, teniendo en cuenta las indicaciones que haga ACUAMED al respecto.
Este Programa de Trabajos será aprobado por ACUAMED, fijándose en el mismo, si procede, los plazos parciales correspondientes. Tras su aprobación, el Programa de Trabajos se incorporará al Contrato.
9. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Adjudicatario queda obligado a suscribir en el plazo de quince (15) días naturales, a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, el correspondiente documento de formalización del Contrato con arreglo al modelo que se anexa a este Pliego (Anexo V).
Serán requisitos previos para su formalización:
▪ Haber atendido a cualquier requerimiento hecho por ACUAMED para subsanación de errores, justificación de documentación presentada, o cualquier otro tipo de aclaración relativa a la información incluida en los sobres A ó B.
▪ Que el adjudicatario haya presentado la garantía definitiva.
▪ Que el adjudicatario haya abonado los gastos de publicación de los anuncios de licitación por un importe máximo de quince mil (15.000,00) euros.
▪ Que el adjudicatario haya presentado un Programa de Trabajos, en las condiciones expresadas en la cláusula 8 de este Documento nº 2.
▪ Que el Adjudicatario haya presentado un Plan de Aseguramiento de la Calidad, desarrollando, en su caso, el de la oferta y recogiendo en el mismo los comentarios vertidos por ACUAMED.
▪ Que el Adjudicatario haya presentado un Plan de Vigilancia Ambiental, desarrollando, en su caso, el de la oferta y recogiendo en el mismo los comentarios vertidos por ACUAMED.
▪ Que el Adjudicatario haya presentado un Plan de Seguridad y Salud, desarrollando si fuese preciso el de la oferta y recogiendo en el mismo los comentarios vertidos por ACUAMED, y con el alcance
dado, en su caso, en el Anexo IV del Documento nº 4 del presente Pliego de Bases, “Condiciones Técnicas del Concurso de Obras”.
▪ En el supuesto de que el expediente se haya adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, igualmente, de forma previa a la formalización del Contrato, aquéllas deberán acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, y el NIF asignado a la Unión.
Las partes podrán compelerse recíprocamente para el otorgamiento de escritura notarial en la formalización del Contrato. Los gastos de otorgamiento correrán, en todo caso, a cargo del adjudicatario.
El incumplimiento de estas obligaciones, o cualesquiera otras por causa imputable al adjudicatario, implicará la posibilidad de resolución del Contrato por parte de ACUAMED, con la pérdida de la fianza depositada.
III. EJECUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
10. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
ACUAMED designará al DIRECTOR DE OBRA de los trabajos cuyas funciones esenciales serán:
1) Interpretar el Proyecto.
2) Controlar la ejecución de la obra.
Este control tiene varios aspectos:
▪ Control sobre el personal del Contratista.
▪ Control sobre los equipos de maquinaria y otros medios auxiliares.
▪ Control sobre los materiales.
▪ Control sobre el ritmo de los trabajos.
▪ Control sobre la calidad de los trabajos.
▪ Control sobre el seguimiento y la adopción de las medidas legales para la aplicación de la normativa de Seguridad y Salud en las obras.
▪ Control sobre el seguimiento y la adopción de las medidas medioambientales a aplicar.
▪ Control sobre la conservación de la obra ejecutada.
Dentro del modelo de Contrato incluido como Anexo V a este Pliego, se recogen con mayor amplitud las responsabilidades del Director de Obra.
11. PERSONAL Y MEDIOS DEL CONTRATISTA DE LAS OBRAS
A este respecto se aplicará lo indicado en el subapartado B.1 del presente Documento nº 2 de este Pliego.
12. PÓLIZA DE SEGURO
El Contratista deberá remitir a ACUAMED la póliza de seguro descrita en el modelo de Contrato que se adjunta como Anexo V al presente Pliego de Bases, junto con el justificante de pago de la prima, antes de la firma del acta de comprobación del replanteo. La no presentación de dicha póliza será causa de resolución del Contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula 37 del mismo.
Con relación a las cláusulas que debe contemplar la póliza, el Contratista se atendrá a este respecto a lo dispuesto en la cláusula 30 del Contrato que se adjunta como modelo en el Anexo V al presente Pliego de Bases.
13. COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO
En un plazo no superior a un (1) mes, a partir de la fecha de formalización del Contrato se efectuará la comprobación del replanteo de las obras, en presencia del adjudicatario o de su representante.
Las obras podrán comenzarse estando disponibles los terrenos indispensables para su inicio, completándose la disponibilidad de los restantes según lo exija la ejecución de las mismas.
Cuando el resultado de la comprobación del replanteo demuestre la viabilidad del inicio de la misma, el Director de Obra dará la autorización para comenzarlas, lo cual quedará plasmado en el Acta de Comprobación del Replanteo, la cual estará suscrita por el Contratista.
Si existiesen circunstancias, no imputables al Contratista, que a juicio del Director de Obra impidieran el inicio de las obras, quedará suspendido su comienzo hasta que se adopte, por parte de ACUAMED, la resolución que proceda. Esta suspensión puede ser causa de resolución del Contrato de acuerdo con lo expresado en la cláusula 37 del modelo del mismo que se adjunta como Anexo V, dentro del Documento nº 4, al presente Pliego de Bases
Si en el momento de la comprobación del replanteo el Contratista formulase reservas sobre dicha comprobación que a juicio del Director de Obra resultasen infundadas, no quedará suspendido el inicio de las obras, corriendo por tanto el cómputo del plazo de ejecución, con las consecuencias, a efectos de penalizaciones y resolución del Contrato que se recogen en las cláusulas 21, 25 y 37 del modelo del mismo al que se ha hecho referencia en el párrafo anterior.
14. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA DE LAS OBRAS
El Contratista está obligado a ejecutar las obras objeto del Contrato con sujeción estricta a las cláusulas del presente Pliego de Bases y del Contrato que forma parte indisociable del mismo y de las instrucciones que al respecto formule el Director de Obra.
14.1. Obligaciones laborales y sociales
El Adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.
En particular, y de conformidad con lo previsto en el artículo 3.2. del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, en el que se establecen disposiciones mínimas en materia de Seguridad y Salud en las obras, cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa y trabajadores autónomos, o diversos trabajadores autónomos, el Adjudicatario, antes del inicio de los trabajos, o tan pronto como se constate dicha circunstancia, deberá proponer a ACUAMED, para su designación, como Responsable en materia de Seguridad y Salud, durante la ejecución de la obra, al técnico competente en esta materia que ejercerá dicha función.
14.2. Gastos exigibles al Contratista de las obras
Son de cuenta del adjudicatario, los gastos e impuestos derivados de la publicación, por una sola vez, de los anuncios de la licitación y adjudicación, y los de la formalización del Contrato cuando se eleve a escritura pública, así como los gastos por los trabajos de replanteo, dirección e inspección realizados por ACUAMED, y cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
Si el presupuesto de licitación supera los tres (3) millones de euros, serán igualmente de su cuenta la publicación de un anuncio de inicio y otro de finalización de la obra en los diarios de mayor difusión regional (hasta un máximo de cuatro) y la edición de un folleto explicativo de la obra, con una tirada mínima de 1.000 ejemplares.
La Dirección de Obra podrá ordenar que, además de los que pudieran estar previstos en las “Condiciones de ejecución de las Obras”, que se incluye en el Anexo IV del presente Pliego de Bases, se verifiquen los estudios, ensayos, análisis de materiales, de instalaciones y de unidades de obra, que considere necesarios, por laboratorios homologados en cada especialidad, o que se recaben los informes específicos que en cada caso resulten pertinentes. Los gastos que se originen de los mismos correrán por cuenta del Contratista hasta un límite del 1% del Presupuesto de adjudicación de las obras.
De acuerdo con la normativa de aplicación, en las ofertas que formulen los licitadores se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier naturaleza que graven a los diversos conceptos en consideración. En particular, deberá entenderse incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido o, en su caso, el impuesto que por la realización de la actividad o ámbito territorial pudiera corresponder. Sin perjuicio de ello, este Impuesto deberá ser repercutido como partida independiente en los documentos que se presenten para el cobro, sin que el importe global contratado pueda experimentar incremento alguno como consecuencia de esta consignación del tributo repercutido.
Igualmente, se considerarán incluidas las cantidades a satisfacer en concepto de licencia de obras, impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y cualquier otro tributo de similares características establecido por el Estado, las Comunidades Autónomas o la Administración Local.
Será obligación del Contratista la obtención de todos los permisos y licencias oficiales o particulares que se requieran para la ejecución de los trabajos encomendados, así como el abono de los tributos, derechos, cánones, compensaciones y demás indemnizaciones a los que hubiere lugar.
El Contratista adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de sus trabajos quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que a éstos puedan ocasionarse, como consecuencia de aquellos.
15. PENALIZACIONES E INDEMNIZACIONES
El Contratista que resulte adjudicatario de los trabajos objeto del presente contrato, estará obligado al pago de penalizaciones e indemnizaciones en los casos, y por los motivos, que a continuación se detallan.
15.1. Penalizaciones por incumplimiento en los plazos parciales o totales
Según se indica en el Cuadro de Características, dentro de los quince (15) días siguientes al de la notificación de la adjudicación, el Contratista está obligado a presentar un Programa de Trabajos que deberá ser aprobado por ACUAMED y que se hará contractual a la firma del Contrato.
Si existiesen causas para la modificación del Programa de Trabajos, el Contratista se obliga a realizar dicha modificación en un plazo máximo de una (1) semana desde que ACUAMED se lo comunique. En caso contrario se suspenderá el pago de certificaciones hasta que no sea presentado el nuevo Programa.
El Contratista está obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del Contrato ofertado por él, así como de los hitos parciales, en aquellas partes de dicho Contrato en las que ACUAMED haya fijado unos plazos máximos para su ejecución en el presente Pliego de Bases.
Si durante la ejecución del Contrato la producción acumulada a origen fuese inferior a la prevista en el Programa de Trabajos aprobado, por causas imputables al Contratista, ACUAMED aplicará mensualmente en cada certificación la penalización establecida en la cláusula 25 del modelo de Contrato que se adjunta como Anexo V a este Pliego.
En cuanto al incumplimiento de los hitos parciales y/o total del Contrato, en las cláusulas 25 y 37 del modelo de Contrato que se adjunta como Anexo V a este Pliego, se establecen las penalizaciones puntuales y las posibles causas de resolución del Contrato, para estos casos.
Los importes de las penalizaciones por demora, se harán efectivos mediante la deducción de los mismos en las certificaciones posteriores, o en la liquidación final.
Las penalizaciones indicadas no excluyen la indemnización a la que pueda tener derecho ACUAMED al reclamar daños y perjuicios originados por la demora del Contratista.
15.2. Penalizaciones por trabajos defectuosos o mal ejecutados
Si alguna unidad de obra no cumpliera las condiciones que para la misma se establecen en el presente Xxxxxx, o en sus documentos anexos, deberá ser demolida y reconstruida x xxxxx del Contratista, sin embargo, si aún con menor calidad que la exigida resultase aceptable, a juicio de la Dirección de Obra, se fijará por ésta el precio a abonar por la misma en función del grado de deficiencia. El Contratista podrá optar por aceptar la decisión de aquella o atenerse a lo especificado al principio de este párrafo, sin que se modifiquen ni los plazos parciales ni el final de la obra.
Cuando se tenga algún indicio de la existencia de vicios ocultos de construcción o de materiales de calidad deficiente, la Dirección de Obra podrá ordenar la apertura xx xxxxx correspondientes, siendo de cuenta del Contratista todos los gastos de apertura, ensayos, y todas las demás operaciones que se originen de esta comprobación, en caso de confirmarse la existencia de dichos defectos.
16. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
16.1. Cumplimiento del contrato
El contrato se entenderá cumplido cuando el Contratista haya realizado, de acuerdo con los términos establecidos en aquél y a satisfacción de ACUAMED, el objeto de dicho Contrato.
La constatación del hecho mencionado exigirá, por parte de ACUAMED, un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente al de recepción de los trabajos objeto del contrato.
16.2. Resolución del contrato
Serán causas de resolución o desistimiento del Contrato las previstas en la cláusula 37 del modelo del mismo que se adjunta como Anexo V al presente Pliego de Bases, en donde también se expresan las consecuencias de la resolución o del desistimiento.
17. ASISTENCIA A ACUAMED
El Contratista facilitará a ACUAMED cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y cumplimientos del objeto del Contrato, como asistencia a reuniones explicativas, información al público, etc. Esta obligación se mantendrá hasta cinco (5) años después de la recepción de los trabajos.
18. RECLAMACIONES Y RECURSOS A LA CONTRATACIÓN
A efectos de reclamaciones y recursos en relación a la licitación, preparación y adjudicación del Contrato derivado del presente concurso, se deberá seguir en su tramitación el procedimiento previsto en los artículos 51 y 53 a 64 de la Ley 48/1998.
DOCUMENTO Nº 3 CONDICIONES TÉCNICAS
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 3 CONDICIONES TÉCNICAS
Página
1. ANTECEDENTES 49
2. CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONCURSO DE OBRAS 50
1. OBJETO 59
2. DEFINICIÓN Y ALCANCE DE LAS OBRAS 60
3. COMIENZO DE LAS OBRAS 60
4. PROGRAMACIÓN Y PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 61
5. PLANIFICACIÓN DE LAS OBRAS 62
7. MAQUINARIA E INSTALACIONES 62
8. CONDICIONANTES DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 63
9. PLAN DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y MEDIOAMBIENTE 65
10. NORMAS Y CONSIDERACIONES COMPLEMENTARIAS AL PROYECTO 65
10.1. Objeto 64
10.2. Aspectos técnico-económicos y constructivos 64
10.2.1. General 65
10.2.2. Seguimiento de las obras 66
10.2.3. Accesos 66
10.2.4. Replanteo 66
10.2.5. Zanjas y excavaciones 66
10.2.6. Rellenos 66
10.2.7. Préstamos y vertederos 67
10.2.8. Cruces y zonas especiales 67
10.2.9. Medidas ambientales 67
10.2.10. Documentación final 67
11. PENALIDADES POR DEMORA 67
12. SEGURIDAD Y SALUD 67
13. SEGUROS 70
14. MEDIDAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL 70
1. ANTECEDENTES
Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 xx xxxxx de 2004, se autorizó el cambio de denominación y la sustitución del objeto social de la antigua sociedad estatal Infraestructuras del Trasvase, S.A., pasando a denominarse “AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.”, en adelante ACUAMED, y teniendo por objeto la contratación, construcción, adquisición y explotación, en su caso, de toda clase de obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en el real decreto ley 2/2004, se realizasen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos autorizadas por el artículo 13 de la ley 10/2001, así como la gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de dichas obras, y el ejercicio de las actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
Posteriormente, la ley 11/2005 de 22 xx xxxxx, modificó las actuaciones incluidas en el Real Decreto Ley mencionado, de modo que, como consecuencia de esto, el Consejo de Ministros de 22 de julio de 2005 autorizó, entre otras cuestiones relacionadas con ACUAMED, una nueva modificación de su objeto social cuya finalidad fuese incluir otras actuaciones distintas a las contempladas en el Real Decreto Ley 2/2004, de modo que el nuevo objeto contemple:
1. La contratación, construcción adquisición y explotación de toda clase de obras hidráulicas y, en especial, de aquellas obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2005, por la que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional, se realicen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos.
2. La gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de las obras citadas en el párrafo primero, así como el ejercicio de aquellas actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
3. El objeto social podrá realizarse directamente o mediante la participación en el capital de las sociedades constituidas o que pudieran constituirse con alguno de los fines señalados en los apartados anteriores.
La actuación “Modernización de las infraestructuras hidráulicas de los regadíos de la Xxxx Xxxx. Ojós- Contraparada”, está incluida en el convenio de ACUAMED con el Ministerio de Medio Ambiente. Se trata de la Actuación 2.2.f. de la Ley 11/2005. Dentro de la misma se encuentran incluidas las obras de modernización de las infraestructuras hidráulicas de los regadíos de la Acequia Mayor xx Xxxxxx.
ACUAMED contrató con INITEC INFRAESTRUCTURAS la prestación de servicios para la “CONSULTORÍA Y ASISTENCIA EN LA REDACCIÓN DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX OJÓS-CONTRAPARADA. REVISIÓN Y ADAPTACIÓN DEL PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DE LA XXXX XXXX DEL RÍO SEGURA, HEREDAMIENTO DE LA ACEQUIA MAYOR DE XXXXXX XX XXXXXX, TT. MM. DE ARCHENA, LORQUÍ Y XXXXXX XX XXXXXX (MURCIA), ACTUACIONES URGENTES APROBADAS POR EL REAL DECRETO LEY 2/2004.
Por resolución de la Confederación Hidrográfica xxx Xxxxxx de fecha 16 de enero de 2007 se anuncia la información pública del Proyecto Constructivo de las obras de “Modernización de las infraestructuras hidráulicas de los regadíos de la Xxxx Xxxx. Ojós-Contraparada. Modernización de las infraestructuras hidráulicas de los regadíos de la Acequia Mayor xx Xxxxxx”, a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 86 de la ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Con fecha 30 de enero de 2004 la Secretaría General de Medio Ambiente del Ministerio de Medio Ambiente resolvió que no es necesario someter al Procedimiento de Evaluación Ambiental el proyecto “Modernización de la Xxxx Xxxx del río Segura, Heredamiento de la acequia Mayor de Xxxxxx xx Xxxxxx. TTMM de Archena, Lorquí y Xxxxxx xx Xxxxxx”.
Por último, el órgano competente del Ministerio de Medio Ambiente aprobó, con fecha 20 de diciembre de 2007, el mencionado proyecto constructivo.
Con objeto de determinar las condiciones que han de regir la licitación, la adjudicación, la contratación y el desarrollo y contenido de las actividades de las “OBRAS INCLUIDAS EN LA ACTUACIÓN URGENTE 2.2.f, “MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA”, RECOGIDA EN LA LEY 11/2005, CORRESPONDIENTES AL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS OBRAS DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA. MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA ACEQUIA MAYOR XX XXXXXX
(MURCIA)”, se procede a redactar el presente Pliego de Bases.
2. CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONCURSO DE OBRAS
Las condiciones técnicas a tener en cuenta para la presentación de ofertas, se incluyen en el Anexo III, “Proyecto constructivo” y en el Anexo IV, “Condiciones para la ejecución de las obras”, ambos correspondientes al presente Pliego de Bases.
DOCUMENTO Nº 4 ANEXOS
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 4 ANEXOS
Página
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 53
ANEXO II. MODELOS DE AVAL BANCARIO 54
ANEXO III. PROYECTO CONSTRUCTIVO 57
ANEXO IV. CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 58
ANEXO V. CONTRATO 71
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D......................................................................., domiciliado en
............................................, provincia de ,
calle............................................................................., número, con Documento Nacional de
Identidad Número ........................., actuando en nombre (propio
o de la Empresa que representa. En el caso de que el firmante actúe como Director, Apoderado, etc., de una Empresa o de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado del anuncio publicado en el ..............................del día .........de ........................de 20. ,
y de las condiciones y requisitos iniciales que se exigen para la adjudicación mediante Procedimiento Abierto y en su forma de Concurso, del Contrato de Obras para
……..........................................................................................., se compromete a asumir la
realización de las expresadas obras, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de ……………………. EUROS, de los que EUROS corresponden al IVA vigente.
(expresar claramente, escrita en letra y cifra, las cantidades en euros que se proponen). El desglose del precio ofertado (I.V.A. excluido) es como se indica a continuación:
Capítulo 1 | ………………………………………………………………………………. | € |
Capítulo 2 | ………………………………………………………………………………. | € |
Capítulo 3 | ………………………………………………………………………………. | € |
……………………………………………………………………………………………………………………….………………………… PRECIO DEL CONTRATO (I.V.A. incluido) ………………………………………….. €
BAJA ………………………………………………………………………………………………. %
PLAZO DE EJECUCIÓN ……………………………………………………………………. meses
..................................... a ..... de ............. de 20......
MODELOS DE AVAL BANCARIO
A) GARANTÍA PROVISIONAL A).1 AVAL BANCARIO
El Banco (Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito) ......................................., (NIF ……….)y en su
nombre y representación Don .................y Don .................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA a ............... (razón social del avalado) NIF/CIF .................., en virtud de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, normativa de desarrollo y Pliego de Bases que rige la licitación del Contrato de ......................, ante la Entidad AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A., en
concepto de GARANTÍA PROVISIONAL, para responder de las obligaciones derivadas de la participación en la referida licitación, por importe de
……………………….................................................................................(en letra)
.......................................(en cifra) EUROS.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia al beneficio de excusión, orden, división y cualquier otro que pudiera ser, en su caso, de aplicación, y con compromiso de pago al primer requerimiento de AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A., en cumplimiento a las cláusulas del Contrato y xxx Xxxxxx de Bases.
En .................,a ....... de ................... de 20.....
............................ (razón social de la entidad)
.............................. (firma de los apoderados)
A).2 AVAL DE SEGURO DE CAUCIÓN:
B) MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número .......................................(en adelante, asegurador), con domicilio en calle y
CIF.......debidamente presentado por Xxx ....................................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de .........
ASEGURA
A .........................................................NIF/CIF, ............................en concepto de tomador del
seguro, ante AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (en adelante, asegurado), hasta el importe de EUROS en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, normativa de desarrollo y Pliego de Bases por las que se rige el Contrato de..................................................................................................................................................
..............................en concepto de GARANTÍA PROVISIONAL para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el Contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. en los términos establecidos en la legislación aplicable al efecto.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS,
S.A. o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en Contrato y en el Pliego de Bases.
En .........................., a ...... de ................... de 20.....
Firma (Asegurador):
B) GARANTÍA DEFINITIVA
El Banco (Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito) ................................................., (NIF
………) y en su nombre y representación Don ............................y Don ................................, con poderes suficientes para este acto,
AVALA a .......................................... (NIF ………) ante la Entidad AGUAS DE LAS CUENCAS
MEDITERRÁNEAS, S.A., garantizando el cumplimiento por .................. de las obligaciones derivadas del Contrato de Obras para efectuar............................................................. del que es Adjudicatario.
En consecuencia, la fianza responderá de todas las obligaciones del Adjudicatario procedentes del Contrato y sus anexos, así como de las que se sigan indirectamente del mismo; de su ejecución o de su eventual resolución; del reintegro de las cantidades que, en su caso, AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. hubiera abonado en exceso a raíz de la liquidación final; del resarcimiento de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones, incluidos los que pudiesen ser reclamados a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. por cualesquiera terceros y, singularmente, por la Administración a tenor de los términos que regulen la obra encomendada a aquélla.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
La garantía que se constituye tiene el carácter de solidaria con
......................................................con renuncia a los beneficios de excusión, orden y división, y se podrá hacer efectiva por AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. mediante la sola comunicación a este Avalista del concepto reclamado y de su importe, debiendo el Avalista hacer entrega del mismo en el plazo xx xxxx días a contar desde el requerimiento.
Este aval se concede por importe de (en cifra y en letra) .................................. EUROS, y estará vigente hasta tanto AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, mediante comunicación dirigida al Avalista, con devolución de este documento.
............................, a ...... de .................... de 20.....
PROYECTO CONSTRUCTIVO
Se adjunta en archivo aparte.
CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
ÍNDICE
1. OBJETO 59
2. DEFINICIÓN Y ALCANCE DE LAS OBRAS 60
3. COMIENZO DE LAS OBRAS 60
4. PROGRAMACIÓN Y PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 61
5. PLANIFICACIÓN DE LAS OBRAS 62
7. MAQUINARIA E INSTALACIONES 62
8. CONDICIONANTES DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 63
9. PLAN DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y MEDIOAMBIENTE 63
10. NORMAS Y CONSIDERACIONES COMPLEMENTARIAS AL PROYECTO 65
11. PENALIDADES POR DEMORA 67
12. SEGURIDAD Y SALUD 67
13. SEGUROS 70
14. MEDIDAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL 70
1. OBJETO
El objeto del presente documento es definir las condiciones técnicas con las que se desarrollarán el concurso y la ejecución de las obras correspondientes al “PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS OBRAS DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA. MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA ACEQUIA MAYOR XX XXXXXX (MURCIA)”.
El Proyecto mencionado consta de los siguientes documentos:
DOCUMENTO Nº 1: MEMORIA Y ANEJOS
MEMORIA ANEJOS:
Anejo no 1. Resumen de características y ficha técnica.
Anejo no 2. Antecedentes. Aspectos significativos de la DIA. Recopilación y análisis de la información existente. Consultas realizadas y autorizaciones obtenidas.
Anejo no 3. Criterios de diseño. Normativa empleada. Anejo no 4. Cartografía y topografía.
Anejo no 5. Estudio geológico-geotécnico. Anejo no 6. Hidrogeología
Anejo no 7. Climatología e hidrología. Anejo no 8. Estudio de soluciones.
Anejo no 9. Trazado y replanteo.
Anejo no 10.Cálculos hidráulicos. Elementos de regulación. Elementos mecánicos de protección.
Anejo no 11.Cálculo de tuberías. Justificación de materiales. Anejo no 12.Balsas.
Anejo no 13.Cálculos de estructuras. Anejo no 14.Estaciones de bombeo. Anejo no 15.Auscultación.
Anejo no 16.Propuesta de clasificación. Anejo no 17.Estudio de zonificación.
Anejo no 18.Normas provisionales de explotación.
Anejo no 19.Plan provisional de emergencia y medidas para su implantación Anejo no 20.Plan de puesta en carga.
Anejo no 21.Estudio sismotectónico. Anejo no 22.Suministro eléctrico.
Anejo no 23.Procedimientos constructivos. Anejo no 24.Telemando y telecontrol.
Anejo no 25.Integración ambiental y declaración de Impacto Ambiental. Anejo no 26.Reposición de servidumbres y servicios afectados.
Anejo no 27.Xxxxxxxxx y vertederos.
Anejo no 28.Expropiaciones. Parcelarios, relación de propietarios y valoración. Anejo no 29.Justificación de precios.
Anejo no 30.Plan de obras.
Anejo no 31.Coordinación con otros organismos y servicios. Anejo no 32.Estudio de seguridad y salud.
Anejo no 33.Presupuesto para conocimiento de la Administración.
DOCUMENTO Nº 2: PLANOS
DOCUMENTO Nº 3: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
DOCUMENTO Nº 4: PRESUPUESTOS
MEDICIONES AUXILIARES MEDICIONES
CUADRO DE PRECIOS Nº 1 CUADRO DE PRECIOS Nº 2 PRESUPUESTO
RESUMEN DE PRESUPUESTO
En caso de discrepancia o contradicción las presentes Condiciones Técnicas prevalecen sobre cualquier otro documento del concurso.
2. DEFINICIÓN Y ALCANCE DE LAS OBRAS
Las obras se encuentran definidas en el Proyecto que acompaña, como Anexo III al Pliego de Bases del concurso.
El objeto del proyecto es la definición de las obras de modernización del actual sistema xx xxxxx tradicional en el ámbito del Heredamiento de la Acequia Mayor de Xxxxxx xx Xxxxxx, permitiendo el riego automático localizado y evitando los actuales vertidos a la acequia y las captaciones ilegales en la misma, consiguiendo así una distribución equitativa de los caudales xx xxxxx. Se logra también mejorar ambientalmente el entorno de la acequia cubriéndola, eliminando así focos de insalubridad.
Se considera exclusivamente el suministro en alta, hasta las balsas que serán cabecera de las redes xx xxxxx.
La modernización del sistema xx xxxxx ha sido proyectada para un caudal continuo de 1,074 m3/s en cabecera de acequia. Cuenta con los siguientes elementos:
• Adecuación de la obra de toma actual de la Acequia xx Xxxxxx en el río Segura, en el paraje de La Algaida.
• Entubamiento en hormigón armado de la acequia en una longitud de 2.663,16 m desde la obra de toma hasta la balsa 1, en diámetro 1600 mm para un caudal de diseño de 1,074 m3/s.
• Entubamiento en hormigón armado de la acequia en una longitud de 3.117,57 m desde la balsa 1 hasta la balsa 2, en diámetro 1500 mm para un caudal de diseño de 0,882 m3/s.
• Entubamiento en hormigón armado de la acequia en una longitud de 1.803,79 m a partir de la balsa 2, en diámetro 1000 mm para un caudal de diseño de 0,200 m3/s.
• Balsa de regulación de 0,075 hm3 de capacidad, denominada balsa 1, dispuesta en las proximidades de la acequia y alimentada desde esta última con un caudal de 0,192 m3/s.
• Estación de bombeo para elevar un caudal de 0,234 m3/s desde la balsa 1 hasta la balsa H por medio de una impulsión de poliéster reforzado con fibra xx xxxxxx de 450 mm de diámetro y 2.140 m de longitud.
• Balsa de regulación de 0,085 hm3 de capacidad, denominada balsa H, dispuesta en las proximidades del paraje conocido como “Casa del obispo” y alimentada desde la balsa 1 con un caudal de 0,234 m3/s.
• Balsa de regulación de 0,166 hm3 de capacidad, denominada balsa 2, dispuesta en las proximidades de la acequia y alimentada desde esta última con un caudal de 0,882 m3/s.
• Estación de bombeo para elevar un caudal de 1,005 m3/s desde la balsa 2 hasta la balsa D por medio de una impulsión de poliéster reforzado con fibra xx xxxxxx de 900 mm de diámetro y 4.470 m de longitud.
• Balsa de regulación de 0,215 hm3 de capacidad, denominada balsa D, dispuesta en las proximidades del paraje conocido como “El Romeral” y alimentada desde la balsa 2 con un caudal de 1,005 m3/s.
• Estación de bombeo para elevar un caudal de 0,548 m3/s desde la balsa D hasta la balsa C por medio de una impulsión de poliéster reforzado con fibra xx xxxxxx de diámetros 700 y 600 mm, y 3.880 m de longitud.
• Balsa de regulación de 0,222 hm3 de capacidad, denominada balsa C, dispuesta en las proximidades del paraje conocido como “Los Conejos” y alimentada desde la balsa D con un caudal de 0,548 m3/s.
• Dispositivos necesarios para el control automático a distancia de los caudales tomados por los usuarios.
3. COMIENZO DE LAS OBRAS
En el plazo de quince (15) días desde la notificación de la Adjudicación, el Contratista deberá presentar el Programa de Trabajos ajustado a su oferta. Como máximo un (1) mes después de la firma del Contrato, se deberá formalizar el Acta de Comprobación de Replanteo. En la misma se confirmarán los terrenos disponibles para ejecución de las obras y el calendario previsto por ACUAMED para completar el resto. El Contratista adaptará su Programa de Trabajos a este calendario.
Antes del inicio de las obras, el Contratista deberá haber depositado las fianzas, tasas y avales a favor de los Organismos que lo soliciten para la autorización de las obras, que deberán servir para garantizar, entre otros, la correcta restitución de los servicios afectados, la cual está obligada a realizar el Contratista en todos los casos.
Asimismo, el Contratista deberá haber contratado las pólizas de seguro con los límites y coberturas recogidos en la cláusula 30 del Contrato.
El plazo de la obra comenzará al día siguiente de la firma del Acta de Comprobación de Replanteo.
4. PROGRAMACIÓN Y PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
El plazo máximo total para la ejecución de las obras correspondientes al presente concurso es de treinta y seis (36) meses. Transcurrido ese plazo total máximo, las obras deberán estar totalmente terminadas, incluyendo restitución, señalización, planos finales y documentación completa.
En las ofertas, tal y como se indica en el apartado B.1.2 del Documento nº 2 xxx Xxxxxx de Bases, se deberá adjuntar el Programa de Trabajos de acuerdo con las fases de las obras en que éstas se hayan descompuesto, teniendo en cuenta los plazos indicados anteriormente.
Este Programa de Trabajos deberá describir con amplitud y detalle las actividades principales de las obras, especificando asimismo la composición de los equipos que realizarán las distintas fases, caso de existir.
Transcurridos quince (15) días desde la fecha de adjudicación, el Contratista deberá remitir al DIRECTOR DE OBRA la planificación que se compromete a cumplir.
Los planos “as built” y el resto de la documentación final de las obras, incluido el dossier de calidad, deberá ser entregado a ACUAMED dentro de los treinta (30) días naturales posteriores a la terminación de las obras, siendo condición imprescindible para la tramitación de la Liquidación que corresponda.
5. PLANIFICACIÓN DE LAS OBRAS
La planificación de las obras se deberá ajustar, necesariamente, al plazo total establecido, así como los condicionantes que en el Anejo nº 30 del Proyecto Constructivo se exponen.
El plazo de ejecución total es de 36 meses. El plan de obra contemplará todas las afecciones y reposiciones necesarias.
En la ejecución de las tuberías se respetará lo siguiente:
a) El desfase máximo entre la apertura de zanjas y la colocación de los tubos, será de una semana.
b) El desfase máximo entre la colocación de la tubería y el tapado de la misma será de una semana (excepto para las zonas de unión de tubos, las cuales se taparán cuando se haya superado la prueba hidráulica del tramo correspondiente).
Es obligatorio el mantenimiento de todos los servicios y servidumbre existentes.
El incumplimiento de los condicionantes anteriores, se corregirá mediante la orden de paralización, dada por ACUAMED, de las fases o actividades de obra que corresponda, siendo a cargo del Contratista todos los costes derivados de dicha paralización, y sin que ésta pueda ser causa de justificación de aumento del plazo de ejecución. Así pues, el Contratista será el único responsable a todos los efectos de las consecuencias que se deriven de los incumplimientos de los condicionantes mencionados, no admitiendo ACUAMED ninguna reclamación económica ni de plazo derivada de los mismos.
6. MAQUINARIA E INSTALACIONES
Los concursantes deberán adjuntar en su oferta, tal y como se indica en la cláusula B.1.1, Memoria Técnica, de la Documentación Técnica incluida en el Sobre B, la relación de maquinaria, medios de transporte, plantas de materiales y otros medios auxiliares e instalaciones que dispondrá para la ejecución de los trabajos, diferenciando cada uno de ellos por fases y/o actividades, indicando los que son propios o subcontratados, e indicando el periodo de permanencia en cada caso. Esta documentación será contractual y obligará al Contratista a su cumplimiento.
8. CONDICIONANTES DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
8.1. Accesos a la zona de obras
Según se indica en el apartado B.1.1 Memoria Técnica, del Documento nº 2 de este Pliego, los concursantes deberán presentar en su oferta los planos de acceso a la traza por la que discurrirán las infraestructuras a ejecutar, indicando expresamente los caminos, senderos, pistas forestales, carreteras, etc. que piensa utilizar durante el desarrollo de las obras y su grado de utilización.
Los accesos a utilizar se presentarán sobre un plano a escala 1:10.000, o mayor. El uso, por parte del Contratista, de caminos privados para el acceso a la zona de las obras, será objeto de negociación directa entre el mismo y los propietarios de dichos accesos.
Todos los daños que el Contratista cause en propiedades, tanto públicas como privadas, fuera de las zonas expropiadas y/o de ocupación temporal, así como eventuales incumplimientos de lo indicado en el párrafo anterior, serán debidamente atendidos por el Contratista a su cargo.
Si, como consecuencia de lo indicado en el párrafo anterior, ACUAMED tuviera que encargarse de las reclamaciones a causa de los daños causados por el Contratista, ejecutará las reparaciones, deduciendo al Contratista de las certificaciones, avales o fianzas el coste que le haya originado.
El coste de ejecución de todos los caminos que sean necesarios +se encuentra comprendido en el precio global ofertado, salvo que expresamente figure en el presupuesto del Proyecto.
8.2. Mantenimiento de servicios
El Contratista deberá asegurar durante la ejecución de las obras, el funcionamiento de los servicios de abastecimiento, saneamiento y riego actuales para lo que habilitará los medios necesarios.
8.3. Cruces y/o desvíos de servicios públicos
El Contratista estará obligado a localizar los servicios afectados por las obras y a tramitar todos los permisos necesarios para su cruce o desvío, contemplando en su oferta los costes asociados a estas actividades. Quedan fuera de de esta condición los cruces de aguas naturales, xxxxxxxxxx, xxxx xxxxxxx x xxxxxx xx xxxxxxxxxxx, que son contemplados en el Proyecto con presupuesto independiente. A estos efectos ACUAMED y el Contratista realizarán conjuntamente las gestiones para los permisos y autorizaciones oportunas.
8.4. Inicio de las obras en los diferentes municipios
Los Ayuntamientos de los distintos municipios atravesados deberán tener conocimiento de la fecha prevista de inicio de las obras en los mismos, al menos con diez días de antelación. A estos efectos los representantes de la Asistencia a la Dirección de Obra y del Contratista realizarán conjuntamente las gestiones oportunas.
8.5. Conocimiento de la zona de obras
Los concursantes deberán haber examinado todos los documentos que forman parte de la licitación y haber visitado el terreno en el que se deben ejecutar las obras, así como sus accesos y alrededores.
Asimismo, deberán reconocer la naturaleza de los terrenos, la existencia de servicios, las condiciones para el transporte, movimiento y almacenamiento de materiales, niveles freáticos, régimen y avenida de los xxxx, arroyos y cauces, en general, y demás factores que puedan condicionar el desarrollo de las obras.
También deberán tener en cuenta obras de terceros que puedan realizarse en la misma zona geográfica, simultáneamente a la ejecución de los trabajos objeto de la presente licitación.
Hecho lo indicado en los párrafos anteriores, los concursantes deberán presentar una declaración en la que hará constar expresamente haber recorrido todo el emplazamiento y trazado de las obras, haber estudiado, inspeccionado y analizado todos los obstáculos y/o servicios existentes, estén o no reflejados en los documentos del Proyecto de Construcción, habiendo tenido en cuenta todos estos factores a la hora de la estimación de sus precios y plazos para la ejecución de las obras. ACUAMED no admitirá ninguna reclamación si alguno de los factores mencionados en este subapartado condicionara la ejecución de las obras.
8.6. Descripción de todas las actividades importantes o complejas y de los procesos constructivos propuestos.
Se deberá desarrollar incluyendo planos, ocupaciones, tipo de maquinaria, rendimientos y proceso constructivo de todos los capítulos.
8.7. Climatología
Debido a la gran influencia que tiene la meteorología sobre la construcción de la obra civil, y con objeto de ayudar a la planificación de los distintos trabajos comprendidos en las obras de construcción recogidas en el presente Pliego, aumentar su eficiencia y reducir los riesgos inherentes a una falta de predicción, el Contratista deberá disponer de un servicio de predicción meteorológica con las características que se relacionan más adelante. Dicha predicción meteorológica deberá ser recibida diariamente y al mismo tiempo por el Contratista, la Dirección de Obra, la Asistencia Técnica y cualquier otra persona o ente que ACUAMED designe, desde el inicio de las obras hasta la recepción de las mismas.
La utilización de esta predicción así como las decisiones que el Contratista tome basándose en ésta, serán responsabilidad única y exclusivamente de dicho Contratista.
Los gastos derivados de la elaboración de estas predicciones no son de abono independiente puesto que son gastos de carácter general a cargo del Contratista, y se encuentran por lo tanto incluidos en los precios unitarios del presupuesto de la obra.
Las predicciones meteorológicas tendrán las siguientes características:
▪ Resolución espacial: Local. La predicción debe ser específica para la ubicación de la obra, quedando definido el corredor por el eje de la infraestructura en coordenadas UTM.
▪ Periodicidad: Diaria.
▪ Variables: Precipitación, Nubosidad, Temperaturas máxima y mínima, Viento y Racha Máxima.
▪ Alcance: Las predicciones tendrán un alcance de 10 días.
▪ Expresión de la predicción: De todas las variables, se aportará una expresión categórica de la predicción y una expresión probabilística.
▪ Formato: Las predicciones se presentarán en un formato gráfico y compacto que debe permitir su lectura rápida e intuitiva.
▪ Control de calidad: Con el objeto de evaluar la calidad de las predicciones se recurrirá a compararlas con observaciones del observatorio meteorológico más representativo del emplazamiento en cuestión, que deberá pertenecer a la red supervisada por el Instituto Nacional de Meteorología (o en su defecto a redes supervisadas por la correspondiente Comunidad
Autónoma). Se empleará el Ranked Probability Score como indicador de calidad de las predicciones probabilísticas.
9. PLAN DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y MEDIOAMBIENTE
El adjudicatario, con anterioridad a la formalización del Contrato, deberá presentar los Planes de Aseguramiento de la Calidad y Medioambiente de las obras, respondiendo ambos a los modelos que se incluyen en el Proyecto de Construcción que se adjunta como Anexo nº V al presente Pliego de Bases del concurso, y/o a las indicaciones dadas por ACUAMED al respecto.
Los costes derivados de ambos deberán ser repercutidos en los precios ofertados, e incluidos en el alcance de los mismos.
Deberá presentar los ensayos concretos que realizará a cada unidad de obra, atendiendo a la adecuación de cada uno de ellos.
Para la realización de ensayos el Contratista deberá disponer de laboratorios certificados y homologados en los ensayos previstos.
Se aplicarán todas las medidas ambientales previstas en el Anejo de Integración Ambiental. El Contratista deberá observar todas las medidas y precauciones que le afecten.
10. NORMAS Y CONSIDERACIONES COMPLEMENTARIAS AL PROYECTO
10.1. Objeto
El presente apartado tiene por objeto definir las líneas y los criterios técnico-económicos básicos a considerar en el desarrollo de las obras.
El cumplimiento de estas Normas y Consideraciones Complementarias tienen prioridad sobre los restantes documentos del Proyecto de Construcción, prevaleciendo, en caso de discrepancia, lo indicado en las mismas.
10.2. Aspectos técnico-económicos y constructivos
Se recogen a continuación algunos aspectos técnico-económicos y constructivos, que, bien por su incidencia, bien por no estar incluidos en otros documentos entregados a los concursantes para preparar sus ofertas, han de ser tenidos en cuenta, tanto en la preparación de sus precios como en el dimensionado de los equipos, en los métodos constructivos y en la programación de las obras.
10.2.1. General
Se deberán tener en cuenta los aspectos que se indican a continuación:
10.2.1.1. Calidad y medioambiente
El Contratista deberá tener en obra la organización adecuada y personal de experiencia probada y demostrable en temas relacionados con la calidad y el medioambiente.
10.2.1.2. Estudio geotécnico
Los datos geotécnicos que se incluyen en el Proyecto, tienen únicamente carácter orientativo e informativo, por lo que el Contratista deberá realizar, a su exclusiva cuenta y cargo, los estudios que considere necesarios para su confirmación y verificación, a efectos de valorar su repercusión en el
coste de las obras y reflejarlo en su oferta económica. ACUAMED no admitirá ningún coste adicional por diferencias existentes entre los datos del terreno incluidos en el Proyecto y los reales.
10.2.1.3. Servicios
En los documentos del Proyecto figuran los diferentes servicios interceptados. Esta información tiene carácter orientativo, por lo que el Contratista deberá, a su exclusiva cuenta y cargo, y bajo su responsabilidad, recabar y obtener toda la información necesaria para detectar todos los servicios existentes, así como adoptar los métodos constructivos adecuados.
Todos los costes de ejecución de los trabajos motivados por la afección de servicios se considerarán repercutidos en los precios ofertados, salvo los de aquellas unidades de obra o capítulos que tengan asignado un precio específico. ACUAMED no aceptará ningún tipo de extracoste o reclamación por la existencia de servicios no reflejados en el Proyecto, ni por los condicionantes que su presencia imponga para la correcta ejecución de los trabajos.
10.2.1.4. Organización
Tanto la Dirección de Obra de ACUAMED, como el Delegado de la Asistencia a la Dirección de Obra, sólo darán órdenes a las personas que pertenezcan al organigrama del Contratista, debiendo designar éste, antes del inicio de las distintas actividades, incluso las que sean subcontratadas, a la persona de la organización del Contratista que sea responsable de cada una de ellas. La ausencia de dicho responsable por causa no justificada ante ACUAMED, o ante el Delegado de la Asistencia a la Dirección de Obra, dará lugar a la paralización de la actividad de que se trate, no teniendo derecho el Contratista, debido a la misma, a ningún tipo de reclamación económica o de incremento de plazo. El Contratista vendrá obligado, a su exclusiva cuenta y cargo, a corregir y recuperar los retrasos que se hayan originado por esta causa.
10.2.2. Seguimiento de las obras
El sistema a emplear para el seguimiento y control de la obra será el paquete informático PRESTO, integrado por los módulos: Presupuesto y Banco de Precios, Seguimiento económico y Planificación. Alternativamente podrá emplearse algún otro programa de mediciones, presupuestos y seguimiento del plan de obra que permita realizar los trabajos citados y que sea compatible con el formato FIEDBC.
10.2.3. Accesos
El Contratista mantendrá en todo momento vías alternativas a los caminos afectados para el acceso a las fincas de particulares.
10.2.4. Replanteo
Antes del inicio de las obras se identificarán y señalizarán todas las conducciones de servicios afectados.
10.2.5. Zanjas y excavaciones
Se extremará el cumplimiento de las medidas de seguridad y salud en las zanjas y excavaciones. Se dispondrán los medios necesarios para evitar las afecciones a las tuberías que discurren paralelas a la traza de la conducción de recarga.
10.2.6. Rellenos
El contratista dispondrá medios necesarios para conseguir el máximo aprovechamiento del material procedente de las excavaciones en la realización de rellenos.
10.2.7. Préstamos y vertederos
Se utilizarán preferentemente los préstamos y vertederos reflejados en el proyecto constructivo. En caso de que el Contratista pretenda utilizar otros, deberá ubicarlos y justificarlos en su oferta, teniendo en cuenta que lo anterior no supondrá un incremento de coste ni de plazo en la ejecución de los trabajos, dado que, con referencia a esto último, podría ser necesario realizar el preceptivo Estudio de Impacto Ambiental y tramitar y obtener los permisos necesarios por parte del Contratista, previamente a su utilización.
Con anterioridad a la Recepción de las Obras, se realizará un Proyecto de Restauración Ambiental de los vertederos que no lo tuvieran previamente, en caso de ser necesario.
10.2.8. Cruces y zonas especiales
El eventual agotamiento en las zonas de zanja quedará incluido en los precios de la excavación en las zonas con niveles freáticos altos.
10.2.9. Medidas ambientales
Se aplicarán todas las medidas ambientales previstas en el Anejo de Integración Ambiental, incluyendo el Programa de Vigilancia Ambiental.
10.2.10. Documentación final
Además del resto de la documentación, se entregarán los planos y documentos con el despiece y replanteo de los tubos y piezas especiales dispuestos en obra.
10.3. Subcontratos
ACUAMED sólo aceptará a los subcontratistas propuestos por el Contratista principal cuando tengan probada experiencia y medios, y cada uno de los equipos del subcontratista esté dirigido por un Jefe de Equipo del Contratista.
En la fase de ofertas, los concursantes indicarán los subcontratos que piensan realizar y quiénes serán los posibles subcontratistas, así como el porcentaje de subcontratación.
En cualquier caso, el Contratista deberá solicitar a ACUAMED la autorización del subcontrato, no pudiendo iniciarse los trabajos de éste sin haber recibido por escrito la aprobación.
11. PENALIDADES POR DEMORA
En caso de demora respecto al plazo total o a los plazos parciales previstos en el apartado 4 del presente Anexo IV, se impondrán al Contratista las penalizaciones indicadas en la cláusula 25 del Contrato que acompaña al Pliego de Bases como Anexo V.
12. SEGURIDAD Y SALUD
Los concursantes están obligados a presentar en sus ofertas una Memoria de Xxxxxxxxx y Salud, a modo de Plan Previo de Seguridad y Salud, en la que se analizarán, estudiarán, desarrollarán y complementarán las previsiones contenidas en el Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto de Construcción, en función del sistema de ejecución de la obra previsto.
En dicha Memoria se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que los licitantes propongan con la correspondiente justificación técnica debidamente motivada, siempre que ello no suponga una disminución del importe total del Estudio de Seguridad y Salud, ni de los niveles de protección contenidos en el mismo. Durante la elaboración de la Memoria de Seguridad y Salud se tendrán en cuenta todos los costes indirectos necesarios para su correcta implantación, y se repercutirán en los precios unitarios del presupuesto de Seguridad y Salud.
El Contratista deberá presentar, dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la adjudicación de los trabajos, y antes de la formalización del Contrato, un Plan de Seguridad y Salud de acuerdo con lo establecido en el RD 1627/1999 sobre “Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción”, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el Estudio de Seguridad y Salud y en la Memoria de Seguridad y Salud de la oferta, y en los términos que merezcan la aprobación del Coordinador de Seguridad y Salud de la obra designado por ACUAMED. La certificación y abono de los elementos de este Plan de Seguridad y Salud se realizará por lo realmente ejecutado y puesto en obra del mismo.
El Contratista dispondrá en obra, en todo momento, de un Equipo de Prevención, con la dedicación y formación necesarias en los términos que se indican en su oferta, que, como mínimo, serán los recogidos en el Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto de Construcción. Xxxxx Xxxxxx deberá contar con el apoyo suficiente para responsabilizarse de todo lo relacionado con la seguridad de las obras, vigilando y controlando el correcto cumplimiento de la Normativa Legal Vigente.
La empresa adjudicataria, viene obligada a demostrar en todo momento, durante la ejecución de los trabajos, el cumplimiento estricto de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud.
A tales efectos y, con independencia de cumplir respecto de sus trabajadores el Deber General de Prevención establecido en el art. 15 y siguientes de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (en adelante LPRL), la Empresa adjudicataria deberá elaborar, dentro de su plan de prevención de riesgos laborales empresarial, una planificación preventiva específica para los trabajos contratados. Dicha planificación deberá, en cumplimiento de lo establecido en el art. 16 de la LPRL, cumplir los siguientes requisitos mínimos:
1. Contará con una evaluación de los riesgos laborales a los que se verán expuestos todos y cada uno de los trabajadores, propios o subcontratados, afectados por el objeto del presente contrato.
2. Incluirá una planificación de la actividad preventiva a desarrollar en cada una de las actividades objeto del presente contrato.
3. Dispondrá los procedimientos a poner en práctica para que el empresario cumpla con sus obligaciones en materia preventiva de carácter general: formación e información de los trabajadores, vigilancia de la salud, coordinación de actividades empresariales, consulta y participación de los trabajadores, procedimientos de control y actualización de la planificación preventiva, presencia de recursos preventivos.
4. Contará con las debidas medidas de actuación en caso de emergencia incluyendo, como mínimo y para cada tipo de emergencia, el procedimiento de actuación, los responsables de ponerlos en práctica y los medios externos que, en su caso, deberían utilizarse y, consecuentemente, ser informados con carácter previo de su posible actuación en caso de emergencia.
5. Incluirá los recursos técnicos y personales que utilizará el empresario para poner en práctica su acción preventiva en el ámbito del contrato. En este sentido, el empresario adjudicatario deberá disponer, al menos durante la etapa en la que se ejecuten trabajos de construcción, de un técnico de seguridad con formación técnica de Ingeniero Técnico de Obras Públicas y
formación preventiva correspondiente, como mínimo, al nivel intermedio de prevención de riesgos laborales (anexo IV RD 39/97). Dicho técnico será complementado, en las actividades de especial riesgo con la obligada presencia de recursos preventivos designados por la empresa adjudicataria para vigilar, de manera concreta, el cumplimiento de lo establecido en la planificación preventiva de los trabajos que conlleven riesgos especiales (art. 32 bis LPRL y anexo II RD 1627/97) y, en particular, en todos los incluidos en las labores anteriormente señaladas.
6. De acuerdo con lo establecido en la LPRL y en el RD 39/97, la planificación preventiva específica de los trabajos objeto del presente contrato deberá ser redactada por el Servicio de Prevención de la empresa adjudicataria y su contenido deberá ser participado y consensuado con los trabajadores afectados por la misma. En caso de no existir representación legal de éstos, el adjudicatario deberá hacer constar en el propio documento que el contenido de éste ha sido consultado y aceptado por los trabajadores afectados.
En cumplimiento del art. 24 de la LPRL, el Contratista deberá establecer los medios oportunos para coordinarse con el resto de empresas y trabajadores autónomos concurrentes en el centro de trabajo de la obra. Así mismo, el contratista deberá informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a sus trabajadores, a las empresas subcontratistas y a los trabajadores autónomos de los posibles riesgos a los que se verán sometidos y de las medidas preventivas a utilizar en cada caso. Además, y tal como se establece en la legislación, el Contratista principal estará afectado por la responsabilidad solidaria derivada de incumplimientos de los subcontratistas.
El Contratista será el responsable de definir y hacer efectivos los procedimientos destinados a controlar el acceso de terceros y personas no autorizadas a la zona de trabajos.
El Contratista, en el ámbito de los trabajos de construcción contratados, mantendrá todas las medidas preventivas en correcto estado, teniendo en cuenta que es el responsable de la disposición y correcto uso y empleo de las mismas por los trabajadores en el momento adecuado, de forma que eviten los riesgos antes de que aparezcan. Por lo tanto, antes de comenzar cada actividad algún miembro de la organización preventiva del contratista en la obra comprobará que las medidas de seguridad están realmente dispuestas y preparadas para colocar. Siendo obligación del Contratista garantizar el estado, estabilidad y fiabilidad de las mismas.
Así mismo, y en relación a los equipos de protección individual, el Contratista es responsable de que todos los trabajadores de la obra cuenten con todos los equipos indicados en su planificación preventiva; de igual modo, es responsable no sólo de proporcionar los equipos de protección, sino también de que su utilización se realice adecuadamente.
En el ámbito de las labores de construcción incluidas en el presente contrato, el adjudicatario estará obligado a presentar la planificación preventiva de dichos trabajadores al coordinador de seguridad y salud designado por ACUAMED para dichas labores. Así mismo, y con la finalidad de que ACUAMED cumpla con su obligación de redactar y actualizar el aviso previo a la Autoridad Laboral, el empresario contratista deberá notificar al citado coordinador con la antelación suficiente la incorporación de cualquier empresa subcontratista que participe en la ejecución de los trabajos.
Sin perjuicio de cuantas medidas preventivas se incluyan en la planificación preventiva de los trabajos de construcción, el empresario adjudicatario deberá, con carácter mínimo observar, cumplir y hacer cumplir las siguientes prescripciones técnicas preventivas:
1. Toda la maquinaria y equipos de trabajo empleados contarán con el marcado CE o, en su caso, con certificado de conformidad acorde con la legislación vigente. Así mismo, el empresario deberá velar porque dichos equipos y máquinas se utilicen exclusivamente para el fin para el que fueron concebidos y sean montados, utilizados y desmontados de acuerdo,
respectivamente, con los procedimientos y manuales existentes.
2. En todos los trabajos con riesgo de caída al agua, el empresario deberá disponer de los medios de seguridad necesarios para controlar el riesgo de ahogamiento (salvavidas o similares). Así mismo, el empresario deberá garantizar que todos los trabajadores afectados por este riesgos saben nadar.
3. En el caso de trabajar en presencia de sustancias tóxicas, el empresario deberá de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en la materia (entre otros el RD 667/97).
Adicionalmente a lo expresado, los concursantes tendrán en cuenta que, como desarrollo del objetivo existente en las obras de ACUAMED de accidentalidad cero, se establece que en el supuesto de que el Índice de Frecuencia resulte al final de las obras igual o menor que 25, se le abonará, al Contratista un importe igual al 50% del presupuesto ofertado para el desarrollo y aplicación del Plan de Seguridad y Salud.
13. SEGUROS
El Contratista deberá remitir a ACUAMED la póliza de seguro descrita en el Contrato que se adjunta al presente Pliego de Bases, junto con el justificante de pago de la prima, antes de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, la cual se deberá producir en un plazo inferior a un (1) mes desde la fecha de formalización del Contrato. La no presentación de dicha póliza será causa de resolución del Contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula 37 del mismo.
Con relación a las cláusulas que debe contemplar la póliza, el Contratista se atendrá a este respecto a lo dispuesto en la cláusula 30 del Contrato que se adjunta como Anexo V al Pliego de Bases.
14. MEDIDAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
Sin perjuicio de lo establecido en el Pliego de Bases y en la restante documentación del concurso, el Contratista es responsable de cumplir, durante el desarrollo de las obras, toda la normativa que en materia de Medio Ambiente sea de aplicación. Para ello deberá establecer las necesarias medidas preventivas y correctoras, además de un registro documental de las mismas.
Se aplicarán todas las medidas medioambientales previstas en el Anejo de Integración Ambiental del Proyecto. El Contratista deberá observar todas las medidas y precauciones que le afecten y las que pudiera fijar la autoridad ambiental en el transcurso de las obras.
ANEXO V CONTRATO
CONTRATO DE OBRAS INCLUIDAS EN LA ACTUACIÓN URGENTE 2.2.f, “MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS- CONTRAPARADA”, RECOGIDA EN LA LEY 11/2005, CORRESPONDIENTES AL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS OBRAS DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA. MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA ACEQUIA MAYOR XX XXXXXX (MURCIA)
En ................., a ..... de .................de 20....
REUNIDOS
De una parte, D .........................................................………………………………………..
De otra, D. ...........................................................................................................
INTERVIENEN
D. ..................................................., en nombre y representación de la entidad AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.( en lo sucesivo, “ACUAMED”), domiciliada en MADRID, X/ Xxxxxxxxx Xxxxxxx, 000, 0x, CIF n° X00000000, constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada el día 7 xx Xxxxx de 2002, ante el Notario de MADRID, Xxx XXXX XXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXX, con el n° 1255 de su Protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil al tomo 17.481, Libro 0, folio 10, hoja M-300094, inscripción 1.
D. ................................................. actúa en su condición de de ACUAMED
ostentando la representación legal de la Sociedad para la formalización de este Contrato, según las
facultades que se le otorgan en la escritura de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, x xx xxxxxxxxx xx xxx Xxxxxxxx adoptados en su Consejo de Administración de fecha 7 xx xxxxx de 2002.
En adelante, esta parte será denominada en el Contrato ACUAMED.
D. ***************, en nombre y representación de *********************) domiciliado en **************, C/ **************, CIF n° *************, constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada el día *** de ********* de ****, ante el Notario de *************, Don *********************, con el n° ***** de su Protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil al tomo ****, Libro ****, folio ***, hoja *********, inscripción **.
En adelante, esta parte será denominada “el Contratista”.
EXPONEN
I. ACUAMED es una Sociedad estatal de las previstas por el artículo 6.1 a) del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, que se rige por las normas de Derecho Mercantil, Civil o Laboral (salvo en las materias en las que les sea de aplicación la propia Ley General Presupuestaria), así como por lo dispuesto en el artículo 132.1 del Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, por el Real Decreto Ley 2/2004, de 10 xx Xxxxx que derogó el artículo 13 de la Ley 10/2001 de 5 de Xxxxx XXX, y por el Convenio de Gestión Directa formalizado entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Sociedad con fecha de [...] noviembre de 2005, por el cual se encarga a dicha Sociedad la realización de los trabajos necesarios para efectuar toda clase de obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la 11/2005, de 22 xx xxxxx, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, se realicen en sustitución de las previstas en su día para las transferencia de recursos hídricos autorizadas por el artículo 13 de la citada Ley, entre las que se encuentran las “OBRAS INCLUIDAS EN LA ACTUACIÓN URGENTE 2.2.f, “MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA”, RECOGIDA EN LA LEY 11/2005, CORRESPONDIENTES AL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS OBRAS DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA. MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA ACEQUIA MAYOR XX XXXXXX (MURCIA)”.
II. El ……........................ de ACUAMED, en su reunión de fecha y de acuerdo con la
propuesta formulada por la Mesa de Contratación de la Sociedad en relación a la licitación del Contrato para la ejecución de las citadas obras, ha acordado adjudicar el concurso antes mencionado a ........................................
III. El Contratista ha acreditado frente a la Mesa de Contratación de ACUAMED, su personalidad y capacidad de obrar para contratar y obligarse, en especial, para el otorgamiento del presente Contrato y ha constituido la fianza definitiva exigida en las bases del concurso, que ha quedado depositada a la disposición de ACUAMED a los efectos previstos en este Contrato.
IV. Ambas partes proceden a la formalización de este Contrato con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
1. DEFINICIONES
1.1. Aprobado: Significa aprobado por escrito por el DIRECTOR DE OBRA, tal y como se especifica en la cláusula 44.1, y/o por la Asistencia cuando así esté previsto en el Contrato, implicando la confirmación escrita subsiguiente a toda aprobación verbal provisional.
1.2. Asistencia: Significa la empresa contratada por ACUAMED para llevar a cabo la Asistencia a la Dirección de Obra, conforme a la cláusula 11.
1.3. Baja: Significa el tanto por ciento de reducción, único, que el CONTRATISTA ha estimado conveniente aplicar a todos los precios de mano de obra, maquinaria, materiales y unidades de obra, para obtener al final la proposición económica presentada.
1.4. Certificaciones de Obra: Significa el instrumento expresivo de los trabajos realizados que presenta el CONTRATISTA para su aprobación.
1.5. Comprobación del Replanteo: Significa el primer acto de ejecución del Contrato de obras, cuyo resultado es la emisión del Acta de Comprobación del Replanteo firmada por las Partes, mediante el cual se comprueba y confirma la realidad geométrica de la obra y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución, así como del ritmo previsto de disposición de los mismos.
1.6. Contratista: Significa la persona natural o jurídica que encabeza y firma como tal el Contrato. No tiene la consideración de agente o representante legal de ACUAMED.
1.7. Contrato: Significa el presente documento, sus anexos y el Pliego de Bases para la contratación. En caso de discrepancia, prevalecerá el Pliego de Bases, del cual forma parte indisociable el presente documento como modelo.
1.8. Día: Significa cualquier día de la semana, de lunes x xxxxxxx, ambos inclusive, salvo que expresamente se fije otra cosa.
1.9. Director de Obra: Significa aquella persona designada por ACUAMED, cuyas funciones son:
▪ Analizar (junto con la Asistencia) el proyecto adjudicado.
▪ Analizar (junto con la Asistencia) el Programa de Trabajos presentado por el CONTRATISTA.
▪ Analizar (junto con la Asistencia) el Plan de Aseguramiento de la Calidad presentado por el CONTRATISTA.
▪ Aprobar los procedimientos específicos de ejecución propuestos por el CONTRATISTA para la realización de la obra.
▪ Comprobar (junto con la Asistencia) la suficiencia cualitativa y cuantitativa de medios por parte del CONTRATISTA de las obras.
▪ Definir y organizar las medidas de control para asegurar la calidad, independientes de las correspondientes al CONTRATISTA.
▪ Interpretar (junto con la Asistencia) el proyecto y adoptar las medidas necesarias para su desarrollo.
▪ Controlar (junto con la Asistencia) la ejecución de la obra, de acuerdo con los documentos contractuales suscritos entre ACUAMED y el CONTRATISTA.
▪ Controlar periódicamente (junto con la Asistencia) la obra ejecutada, aprobar y comprobar y tramitar la certificación correspondiente.
▪ Controlar (junto con la Dirección Medioambiental de ACUAMED y su Asistencia) la adopción de las medidas protectoras y correctoras, según el Programa de Vigilancia Ambiental, y proponer, en su caso, otras nuevas cuando se consideren insuficientes, así como la ejecución del Programa de Vigilancia Ambiental.
▪ Supervisar (junto con la Asistencia a la Coordinación de Seguridad y Salud) y coordinar la correcta definición, y efectiva aplicación posterior, de los principios generales de Prevención, Seguridad y Salud, a la hora de planificar y ejecutar los trabajos, fases, o tajos, que vayan a desarrollarse durante el transcurso de la obra, adoptando las medidas necesarias en caso de incumplimiento de lo anterior.
▪ Atender (junto con las Asistencias de Expropiaciones) las actuaciones y necesidades referentes a las expropiaciones o afecciones a terceros.
▪ Gestionar y analizar (junto con la Asistencia) las propuestas del CONTRATISTA que impliquen una alteración de las condiciones del Contrato entre aquél y ACUAMED, y, en caso de aprobación por el órgano correspondiente, generar o supervisar (junto con la Asistencia) toda la documentación necesaria.
▪ Supervisar (junto con la Asistencia) la documentación necesaria generada por el CONTRATISTA para la recepción y liquidación de las obras.
1.10. Equipo: Significa toda maquinaria, aparatos, herramientas, vehículos objetos de cualquier naturaleza o medios auxiliares necesarios para la ejecución y mantenimiento de los Trabajos, Obras definitivas y provisionales, pero sin incluir los Materiales, maquinaria, aparatos y objetos de cualquier naturaleza que hayan de formar o que formen parte de la obra permanente construida.
1.11. Especificaciones: Significa conjunto de documentos técnicos de los trabajos, señalados en el Contrato y, en especial, en su Anexo nº 3 y en el Anexo IV xxx Xxxxxx de Bases, el cual se incorpora como Anexo nº 2 al presente Contrato, así como sus posibles modificaciones.
1.12. Fuerza Mayor: Debe entenderse tal y como se define en la cláusula 36.
1.13. Inicio de los Trabajos y/o Obras: Es el día siguiente al de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo.
1.14. Jefe de Obra: Significa aquella persona designada por el CONTRATISTA, con las condiciones detalladas en la cláusula 16.1.
1.15. Libro de Órdenes: Significa el documento, diligenciado por el Director de Obra en la forma procedimental acordada por ACUAMED y abierto en la fecha de Comprobación del Replanteo, en el que queden registradas por parte del DIRECTOR DE OBRA todas las órdenes, instrucciones y comunicaciones que estime oportunas, autorizándolas con su firma. El CONTRATISTA estará también obligado a transcribir y firmar dichas órdenes, instrucciones o comunicaciones al Libro indicado como oportuno acuse de recibo.
1.16. Lugar: Significa aquellos terrenos donde los trabajos se realizan.
1.17. Materiales: Significa el conjunto de materias primas o productos elaborados que vayan a ser incorporados o añadidos sobre el terreno, o a otros materiales.
1.18. Mes: Significa el período del calendario correspondiente al mes natural.
1.19. Modificación de Obra: Significa cualquier variación de las obras, alcance de los trabajos, Programa de Trabajos, especificaciones y Planos.
1.20. Obras y/o Trabajos: Significan todos los trabajos, obras y servicios descritos en la cláusula 3 que el CONTRATISTA debe realizar como consecuencia del Contrato, así como cualquier otra actividad relacionada con el mismo.
1.21. Obras y/o Trabajos Provisionales: Significa todas las obras, trabajos o instalaciones de carácter eventual o auxiliar que sean necesarios para la ejecución, terminación y conservación de las obras.
1.22. Orden: Significa aquella orden por escrito, o de forma verbal pero con confirmación escrita, dada por el DIRECTOR DE OBRA.
1.23. Partes: ACUAMED, el CONTRATISTA y sus representantes.
1.24. Período de Garantía: Significa el período fijado en la cláusula 29.
1.25. Planos: Significa los planos, dibujos, cálculos, muestras, manuales de operación y mantenimiento, o similares, aprobados por el DIRECTOR DE OBRA, o, por delegación, por la Asistencia.
1.26. Precio: Significa el precio pactado conforme a la cláusula 6 de este Contrato.
1.27. Precio nuevo y/o contradictorio: Significa el precio, elemental, auxiliar o correspondiente a una unidad de obra, pactado entre el DIRECTOR DE OBRA y el CONTRATISTA, como consecuencia de su inexistencia en el Contrato y ser necesaria su aplicación para la realización de los Trabajos.
1.28. Proyecto: Conjunto de documentos incluidos en el Anexo nº 3. En caso de contradicción o discrepancia entre los documentos que lo conforman, prevalecerá el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares sobre el resto.
1.29. Recepción de las Obras: Significa aquella recepción realizada de acuerdo con la cláusula 26.
1.30. Subcontratista: Significa persona contratada por el CONTRATISTA, sin relación contractual laboral con ACUAMED, para realizar parte del Trabajo, previa aprobación del DIRECTOR DE OBRA. No tiene la consideración de agente o representante legal de ACUAMED.
2. INTERPRETACIÓN
2.1. Las dudas y discrepancias que puedan surgir en la ejecución del Contrato se resolverán por el DIRECTOR DE OBRA, con la ayuda de la Asistencia, quien seguidamente comunicará al CONTRATISTA, por escrito, la existencia de dichas diferencias y las instrucciones necesarias de cómo llevar a cabo el Trabajo, de acuerdo siempre con el Contrato.
2.2. Si, como consecuencia de lo expuesto en la cláusula 2.1, el cumplimiento de lo dispuesto por el DIRECTOR DE OBRA implicase la aparición de nuevos gastos que el CONTRATISTA no hubiese previsto, se deberá acordar por las Partes el correspondiente Precio Contradictorio, según el procedimiento indicado en la cláusula 24.
2.3. Siempre que en el Contrato se indique que el CONTRATISTA debe realizar determinado Trabajo "por su cuenta", "a su cargo", "sin cargas adicionales para ACUAMED", u otra expresión similar, se entenderá que el CONTRATISTA no podrá recibir compensación adicional de ACUAMED por tal trabajo y que, por tanto, sus costes se consideran incluidos en las diversas unidades de obra.
2.4. No se considerará que alguna de las Partes haya renunciado a algún derecho, poder o privilegio otorgado por este Contrato o estipulación del mismo, salvo que tal renuncia haya sido debidamente expresada por escrito y reconocida por la otra Parte. La renuncia de un derecho concreto no implicará la renuncia a eventuales derechos futuros, aunque sean de la misma naturaleza.
2.5 El no ejercicio de un derecho no implicará renuncia al mismo, salvo en los supuestos concretos previstos en el Contrato.
3. OBJETO DEL CONTRATO
3.1. El presente Contrato tiene por objeto la construcción de las “OBRAS INCLUIDAS EN LA ACTUACIÓN URGENTE 2.2.f, “MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA”, RECOGIDA EN LA LEY 11/2005, CORRESPONDIENTES AL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS OBRAS DE MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA XXXX XXXX. OJÓS-CONTRAPARADA. MODERNIZACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE LOS REGADÍOS DE LA ACEQUIA MAYOR XX XXXXXX (MURCIA)”, comprendiendo todos los Trabajos y servicios necesarios para la construcción, terminación y conservación de las obras, así como la provisión de toda la mano de obra, Materiales (a excepción de los que, en su caso, suministre ACUAMED), Equipos de construcción e instalaciones auxiliares, obras provisionales y cuanto se necesite, sea de carácter provisional o permanente, para llevar a cabo, directa o indirectamente, tal construcción y conservación.
3.2 Los trabajos serán realizados por el CONTRATISTA ajustándose al Proyecto del Anexo nº 3 y a las Condiciones del Anexo IV xxx Xxxxxx de Bases, el cual se incorpora como Anexo nº 2 al presente Contrato, con la supervisión del DIRECTOR DE OBRA con ayuda de la Asistencia.
3.3. Las Partes consideran que las características de las obras objeto de este Contrato y sus condiciones de ejecución, se encuentran perfectamente determinadas de conformidad con la información contenida en los documentos que al mismo se incorporan. En el supuesto de que para la ejecución de las unidades descritas en el Proyecto fuera precisa la realización de
alguna parte de obra, no prevista expresamente en el mismo y/o en su documentación adjunta, pero lógicamente complementaria, se entenderá que la misma ha sido tenida en cuenta por el CONTRATISTA, viniendo éste obligado a realizarla, y quedando comprendida en el precio estipulado en la cláusula 6.1.
4. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
4.1. El CONTRATISTA realizará el trabajo de una manera diligente, profesional y cuidadosa, con sujeción al presente Contrato y a lo dispuesto en la normativa vigente.
4.2. El CONTRATISTA, a su propia xxxxx y de acuerdo con el Contrato, deberá suministrar y aportar todos los Equipos, Obras Provisionales, Materiales, mano de obra, y su transporte hasta el Lugar. Igualmente, y a su xxxxx, deberá procurarse el suministro de agua y energía, los trabajos de delineación, un equipo de control de calidad de la Obra, los servicios médicos obligatorios, según la legislación vigente, y cualquier otro servicio necesario para la ejecución de la Obra.
En relación al Equipo, deberá destinarlo en exclusiva a la ejecución de los Trabajos. Deberá tener a disposición de la Asistencia una relación detallada de los Equipos empleados en la Obra, pudiendo ser rechazados por ésta cuando lo estime oportuno, con la conformidad del DIRECTOR DE OBRA.
4.3. El CONTRATISTA deberá prestar especial cuidado en la conservación de los Trabajos, Planos, documentos, herramientas, utensilios, Materiales y demás objetos, propios ó suministrados por el DIRECTOR DE OBRA y/o por la Asistencia, siendo de su responsabilidad los daños que se produzcan.
4.4. El CONTRATISTA deberá cooperar con el DIRECTOR DE OBRA y con la Asistencia o con cualquier otra persona designada por éstos, así como coordinar sus operaciones, incluso con otros Contratistas, con el fin de asegurarse de que todos los Trabajos en el Lugar son desarrollados eficientemente y sin demora alguna. A tal efecto, dará todas las facilidades y prestará su máxima ayuda para permitir en todo momento el acceso al Lugar al personal de ACUAMED, a la Asistencia o a personas autorizadas por ellos.
4.5. El CONTRATISTA declara, expresamente, conocer, y haber estudiado previamente todas las características y condiciones propias del Lugar, debiendo, por tanto, considerar los riesgos, daños contingencias u otras circunstancias que pudieran sobrevenir en la ejecución del Contrato, y la incidencia y la ocurrencia sobre la Obra de cualquier evento, debiendo responder frente a ACUAMED de todos los daños que se produzcan en la misma, sin que pueda repercutirlos a ACUAMED.
En este sentido, el CONTRATISTA conoce las características y naturaleza del Lugar, sus condiciones físicas, climáticas y meteorológicas, incluidas tormentas de arena, polvo y, agua, riadas, heladas, lluvias, cantidades y clases de trabajo, condiciones topográficas o batimétricas, condiciones geológicas, niveles freáticos, y agotamientos necesarios para construir las obras, necesidades de entibación de excavaciones, servidumbre, zonas de vertido de residuos aprobadas para tal fin por la Administración competente, necesidades de Materiales y Equipos para llevar a cabo las Obras, zonas de estacionamiento de Equipos y almacenamiento de Materiales, medios de acceso al Lugar, disponibilidades de agua, combustibles y energía. Asimismo conoce la Resolución Ambiental del Proyecto y las medidas específicas de protección aplicables a las obras del Proyecto.
4.6. Serán de cuenta del CONTRATISTA todos los gastos y cargos por derecho de paso libre u ocupación especial o temporal por propiedades ajenas, que sean necesarios para la ejecución de los Trabajos, fuera de la zona de ocupación descrita en la cláusula 17.1.
4.7. El CONTRATISTA debe realizar el Trabajo con estricta observancia del Plan de Aseguramiento de la Calidad del Anexo nº 4, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 23.
4.8. Hasta la Recepción de las Obras, el CONTRATISTA deberá cuidarlas y conservarlas para cumplir con el Objeto del Contrato. Cualquier daño, pérdida o desperfecto deberá ser subsanado a su xxxxx, bajo las instrucciones del DIRECTOR DE OBRA.
4.9. El CONTRATISTA será el responsable de todos los daños y perjuicios, incluyendo responsabilidad extracontractual, que acaezcan en el Lugar de los Trabajos durante la ejecución de los mismos.
4.10. El CONTRATISTA responderá personalmente frente a ACUAMED de las actuaciones de sus Subcontratistas, como si las hubiera realizado él mismo. Igual alcance tendrá su responsabilidad.
4.11. El CONTRATISTA fijará una oficina en el Lugar o en una localidad próxima, donde conservará los documentos necesarios para la ejecución del Contrato y donde se ubicará el personal técnico y administrativo de la obra, así como el Jefe de Obra. Cualquier modificación geográfica deberá contar con la aprobación del DIRECTOR DE OBRA.
4.12. Si, a juicio del DIRECTOR DE OBRA, fuese necesario que el CONTRATISTA realizara trabajos adicionales no previstos en este Contrato, pero necesarios para el cumplimiento del objetivo del mismo, a juicio del DIRECTOR DE OBRA, el CONTRATISTA estará obligado a realizarlos siguiendo las instrucciones oportunas, en las mismas condiciones previstas en este Contrato. Si para su abono no existiera precio en este Contrato, se establecerá el correspondiente Precio Contradictorio, según el procedimiento indicado en xx xxxxxxxx 00.
4.13. El CONTRATISTA redactará diariamente un informe denominado "Informe Semanal", siguiendo la pauta establecida por la Asistencia, y con la conformidad del DIRECTOR DE OBRA, en el que recoja todas las actividades e incidencias acaecidas durante el día. El contenido de ese informe, una vez comprobado por la Asistencia y aceptado por el DIRECTOR DE OBRA, será el único documento, además del Contrato, al que podrá recurrir el CONTRATISTA para argumentar en posibles discrepancias que pudieran presentarse en la interpretación del Contrato. Si el CONTRATISTA omite recoger cualquier incidencia en este Informe Diario sobre la cual surja posteriormente algún tipo de controversia, prevalecerán sobre la misma los registros y anotaciones que al respecto pudiera tener la Asistencia.
4.14. El CONTRATISTA examinará y buscará los defectos, discrepancias y errores en los Planos y Especificaciones que reciba del DIRECTOR DE OBRA o de la Asistencia para la ejecución de los Trabajos, poniéndolos en conocimiento de la Asistencia, de acuerdo con las cláusulas 2.1 y
11.3. Si el CONTRATISTA dejase de notificar cualquier error que haya descubierto, o que hubiera debido haber descubierto de acuerdo con la diligencia que le es exigible según el presente Contrato, el CONTRATISTA hará frente a las obras extraordinarias que sean necesarias para solventar dichos errores.
5. OBLIGACIONES DE ACUAMED
5.1. Abono del Trabajo realizado, en las cantidades, precios y condiciones estipuladas en este Contrato.
5.2. Poner a disposición del CONTRATISTA los terrenos donde radiquen los Trabajos, de acuerdo con la cláusula 17.1.
5.3. Suministro, en su caso, de los Materiales necesarios, según las Especificaciones del Anexo nº
3 y del Anexo IV xxx Xxxxxx de Bases, el cual se adjunta como Anexo nº 2 al presente Contrato.
5.4. Facilitar el Proyecto al CONTRATISTA para la realización de los Trabajos.
6. PRECIO
6.1. El importe de las Obras asciende a la suma de . Dicho importe incluye todos los servicios, Equipos, Materiales y Mano de Obra necesarios para la realización de los Trabajos, gastos directos, indirectos, generales y beneficio industrial. En materia de impuestos, se estará a lo dispuesto en la cláusula 35. En la expresada cantidad está incluido el correspondiente Impuesto del Valor Añadido que legalmente se fije en cada momento.
6.2. Los Precios unitarios, obtenidos por aplicación de la Baja, no sufrirán variación durante la ejecución de los Trabajos, salvo lo previsto en la cláusula 7.1. Todos los precios incluyen, excepto cuando expresamente se estipule lo contrario, el suministro, elaboración, transporte, manipulación y empleo de todos los Materiales, ensayos, mano de obra, maquinaria, medios auxiliares, energía, vallas, cimbras, andamios, iluminación, señalización, entibaciones, agotamiento, mantenimiento, desvío o reposición de servidumbres, medios de elevación y colocación, habilitación de los caminos de acceso, construcción y mantenimiento de las obras de desagüe necesarias y su eliminación cuando se precise, el transporte a cualquier punto de los Materiales necesarios y/o sobrantes, los cánones por depósitos o vertederos, el arreglo de las áreas afectadas y, en general, todos los Materiales, operaciones, Equipos, obras auxiliares y gastos que sea preciso realizar para ejecutar y dejar terminada la clase de obra de que se trate y en disposición de recibir, en su caso, la complementaria correspondiente. Igualmente debe entenderse incluida en los precios del CONTRATISTA la parte correspondiente a coeficientes de esponjamiento, excesos de cubicación de la obra real sobre la teórica representada en los Planos, mermas y rotura de Materiales, tolerancias de laminación, soldaduras, despuntes, solapes, ataduras, soportes provisionales, ayudas de construcción y/o albañilería y resto de obra. Así pues, no tendrá derecho el CONTRATISTA a exigir indemnización alguna por estos conceptos ni tampoco porque los Materiales procedan de puntos distintos a los señalados en el Contrato.
6.3. El CONTRATISTA presentará dentro de los cinco (5) primeros Días de cada Mes relaciones valoradas referidas al origen, suficientemente detalladas, de las Obras ejecutadas desde el comienzo de las mismas, desglosándose las Obras inicialmente contratadas y las correspondientes al proyecto de Modificación de Obra al que se refiere la cláusula 24, las cuales servirán de base para la realización de las Certificaciones de Obra mensuales.
6.4. El CONTRATISTA realizará la valoración de las Obras ejecutadas hasta fin de Mes aplicando los precios unitarios a las mediciones hechas de conformidad con la cláusula 8.
6.5. El CONTRATISTA, previa aprobación del DIRECTOR DE OBRA, tendrá derecho a la certificación y cobro por acopio de materiales, ubicados en el lugar en que ACUAMED decida, cuando dichos materiales estén a disposición de ACUAMED aunque ésta no los haya recibido. El importe máximo a anticipar será del setenta y cinco (75) por ciento del valor de los materiales acopiados, a precio de Contrato.
En estos casos el CONTRATISTA presentará avales bancarios a primer requerimiento por el importe facturado, de una entidad establecida en España y aceptada por ACUAMED. Los materiales no se considerarán recibidos por ACUAMED y, por tanto, serán responsabilidad del CONTRATISTA, hasta que se produzca la recepción de los mismos.
Los avales se reintegrarán una vez se produzca la recepción del Material anticipado.
6.6. En casos de suministro de equipos para todo tipo de instalaciones o de aquellos materiales que representen un importe superior al veinticinco (25) por ciento del precio del Contrato, el CONTRATISTA tendrá derecho, a criterio de ACUAMED, a recibir un pago a cuenta por los equipos o materiales en fase de inicio de fabricación, aunque no hayan llegado al lugar en donde deberán ser recepcionados.
En este caso, se aplicarán los mismos requisitos de presentación de avales y su posterior devolución que los expresados en la cláusula 6.5 anterior.
6.7. La suma determinada en cada Certificación de Obra, de acuerdo con la cláusula 6.4, podrá ser incrementada o reducida de acuerdo con lo recogido en el proyecto de Modificación de Obra.
6.8. Las partidas alzadas son aquéllas que se refieren a Trabajos cuya especificación figure en los documentos contractuales y no sean susceptibles de medición previa, o bien sea conveniente prescindir de la misma.
Estas partidas se abonarán a medida que se vayan ejecutando, de acuerdo con el Contrato.
7. REVISIÓN DE PRECIOS
7.1. Los precios unitarios que forman parte de la oferta, se revisarán anualmente aplicando la fórmula 9 del Anexo al Decreto 3650/1970 de 19 de diciembre..
Esta revisión sólo tendrá lugar una vez ejecutado el veinte por ciento (20%) de los trabajos incluidos en el Contrato, y transcurrido un (1) año desde la notificación de la adjudicación de las obras.
La fórmula de revisión aplicada será invariable durante la vigencia del contrato y determinará la revisión de precios en cada fecha respecto de la fecha final de plazo de presentación de ofertas.
8. MEDICIÓN DE LAS OBRAS
8.1. La Asistencia comprobará y fijará mediante mediciones el valor de los Trabajos realizados de acuerdo con el Contrato. Para ello, la Asistencia recibirá del CONTRATISTA la relación valorada, y la comprobará en un plazo no superior a diez (10) Días después de su recepción.
8.2. Para los efectos de la medición de las Obras permanentes que haya de efectuarse a base de Planos y referencias, la Asistencia preparará las referencias y Planos de tales Obras y el CONTRATISTA, cuando se le solicite por escrito, acudirá, dentro de un plazo de 10 Días, a comprobar y a aceptar tales referencias y Planos conjuntamente con la Asistencia y, de estar conforme, los firmará.
8.3. Si el CONTRATISTA no acudiera o, se abstuviese o dejase de enviar a su agente, se considerará la medición efectuada o Aprobada por la Asistencia como la correcta del Trabajo.
8.4. Si el CONTRATISTA no estuviera conforme con la medición, lo pondrá en conocimiento del DIRECTOR DE OBRA, cuya decisión constituirá la cantidad que se considerará de abono en la certificación en cuestión. Si se mantuviera la discrepancia por parte del CONTRATISTA, se estará a lo definido en la cláusula 18.1 y en la cláusula 41, no pudiendo en ningún caso el CONTRATISTA paralizar o retrasar la ejecución de las obras.
8.5. El CONTRATISTA suministrará, a requerimiento del DIRECTOR DE OBRA, los Equipos, Materiales y mano de obra necesarios para la realización de las mediciones.
9. FORMA DE PAGO
9.1. El precio pactado será abonado contra factura emitida mensualmente por el CONTRATISTA, que reflejará la Certificación de Obra mensual, aprobada por la Asistencia, y con la conformidad del DIRECTOR DE OBRA, durante la ejecución de los Trabajos, de acuerdo con el avance real de los mismos y del Programa de Trabajos del Anexo nº 6.
Las Certificaciones deberán ser presentadas por el CONTRATISTA a la Asistencia en los primeros 5 Días del mes siguiente al de la realización de los trabajos, la cual dispondrá de un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días para su comprobación.
9.2. Las Certificaciones, una vez aprobadas por la Asistencia, quien consignará en las mismas la fecha en que se produce dicha aprobación, serán remitidas al DIRECTOR DE OBRA para dar su conformidad o no, hecho que se deberá producir en un plazo máximo de cinco (5) días desde su recepción. Validadas las Certificaciones, se enviará una copia al CONTRATISTA, recibida la cual emitirá la correspondiente factura, que remitirá al domicilio de pago de ACUAMED señalado en la cláusula 44.2.
La conformidad a las Certificaciones de Obra no supondrá la aceptación de ninguna unidad hasta que tenga lugar la recepción y liquidación final.
9.3. Una vez admitida la certificación, el pago de las facturas será realizado, mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique el CONTRATISTA, el primer día de pago de ACUAMED del mismo mes, si ello fuese posible o, en su caso, del mes siguiente al de emisión de la Certificación, presentando el CONTRATISTA en esta fecha la oportuna factura de acuerdo con la legislación vigente.
9.4. En el caso de que exista desacuerdo entre las Partes sobre alguna partida de la Certificación de Obra, aquélla será excluida de ésta, abonándose el resto en la forma establecida en la cláusula 9.3, incorporándose la partida discutida, en su caso, en la siguiente Certificación de Obra.
9.5. Las cantidades abonadas se considerarán a todos los efectos como entregas a cuenta de la liquidación definitiva, que se realizará una vez terminados todos los Trabajos objeto del presente Contrato y transcurrido el Período de Garantía de la cláusula 29, sin que su pago prejuzgue la calidad de la Obra efectuada, ni su bondad y garantía.
10. PLAZO DE EJECUCIÓN
10.1. Los Trabajos comenzarán el día de de 200_.
10.2. El plazo máximo para la ejecución total de las Obras será de meses a partir de la fecha de comienzo de las mismas.
10.3. Los Trabajos se realizarán obligatoriamente en los plazos, parciales y total, señalados en el Programa de Trabajos del Anexo nº 6.
10.4. Si por cualquier motivo el ritmo de ejecución de las obras resultase, a juicio del DIRECTOR DE OBRA, demasiado lento para asegurar los plazos, parciales o total, previstos, éste lo notificará al CONTRATISTA, que deberá adoptar las medidas que considere necesarias, previa su aprobación, para acelerar la marcha de las obras y asegurar su realización dentro de los plazos fijados. En cuanto a penalizaciones a los efectos de lo expresado, se estará a lo dispuesto en la cláusula 25.1.
10.5. En caso de demoras en los plazos, se estará a lo dispuesto en las cláusula 25.2, 25.3 y 25.4.
10.6. En el caso de que, de acuerdo con la cláusula 4.12, fuera necesaria la realización de trabajos adicionales, el plazo para su ejecución será el que las Partes acuerden en su momento.
11. DIRECCIÓN DE OBRA Y ASISTENCIA A LA DIRECCIÓN DE OBRA
11.1. ACUAMED, por medio de D. ………………………………………….., realizará las funciones de DIRECTOR DE OBRA.
11.2. ACUAMED ha encargado la Asistencia a la Dirección de Obra a la Ingeniería
................................., que actúa como la Asistencia a los efectos de este Contrato. ACUAMED se reserva el derecho de sustituir a la Asistencia, debiendo notificar el cambio al CONTRATISTA, en su caso.
11.3. La Asistencia supervisará y vigilará la construcción de las Obras que realice el CONTRATISTA con el fin de que el Trabajo se desarrolle según el Contrato.
11.4. Sin perjuicio de lo establecido en la subcláusulá 4.14, y de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 2.1, las discrepancias y ambigüedades de los documentos técnicos que forman parte del Contrato o que se establezcan durante la ejecución del mismo, deberán ser resueltas por la Asistencia, con la conformidad del DIRECTOR DE OBRA, quién seguidamente deberá comunicar por escrito al CONTRATISTA y a ACUAMED su existencia y las instrucciones necesarias de cómo llevar a cabo el trabajo.
11.5. Cualquier reclamación o divergencia que se produzca entre las Partes del presente Contrato, o entre la Asistencia y el CONTRATISTA, se hará constar en el Libro de Órdenes. El CONTRATISTA no podrá formular reclamación alguna contra ACUAMED si previamente no se hizo la anotación correspondiente en dicho Libro.
11.6. La Dirección Técnica de los Trabajos por parte del CONTRATISTA, estará a cargo de un Técnico competente por el mismo como Jefe de Obra, auxiliado a pie de obra por el personal técnico titulado que considere necesario.
12. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
12.1. El CONTRATISTA no podrá ceder o transferir, en todo o en parte, las obligaciones que surgen del Contrato sin el previo consentimiento por escrito de ACUAMED. La misma obligación incumbe a sus Subcontratistas.
12.2. El CONTRATISTA no podrá subcontratar un porcentaje que exceda el cincuenta por ciento (50%) del importe de la totalidad de la Obra. Tampoco puede subcontratar parte de los trabajos sin la previa aprobación de ACUAMED.
12.3. Previamente a la Petición de oferta de los subcontratos a realizar, el CONTRATISTA deberá someter a la Aprobación del DIRECTOR DE OBRA:
▪ Las Especificaciones generales y particulares de la petición de oferta.
▪ Lista de Subcontratistas ofertantes.
▪ Alcance técnico del Trabajo que se subcontrata.
12.4. El CONTRATISTA se obliga a abonar a los Subcontratistas y a los suministradores el pago del precio pactado con unos y otros en los plazos y condiciones que no sean más desfavorables que los establecidos entre ACUAMED y el CONTRATISTA en la cláusula 9.3.
El CONTRATISTA está obligado a comunicar lo dispuesto en el párrafo anterior, incluyendo la redacción de la mencionada cláusula 9.3, a sus Subcontratistas. De dichas comunicaciones será informado el DIRECTOR DE OBRA, mediante fotocopia del recibí de la comunicación firmado por el Subcontratista.
Para dejar constancia del cumplimiento de lo expresado en el primer párrafo de la presente cláusula, durante los cinco (5) primeros días de cada Mes, el DIRECTOR DE OBRA mantendrá una reunión con los máximos responsables de los Subcontratistas que hayan estado trabajando en la Obra en el Mes precedente, en la que se dejará constancia, mediante Acta firmada por dichos responsables, del cumplimiento de las condiciones de pago por parte del CONTRATISTA.
12.5. La subcontratación no origina relación contractual alguna entre ACUAMED y los Subcontratistas.
12.6. ACUAMED se reserva el derecho de aprobar a aquellos Subcontratistas que, antes o durante la marcha de sus trabajos, presentaran dudas razonables sobre algún aspecto acerca de la ejecución de los mismos.
12.7. La subcontratación no exonerará al CONTRATISTA de ninguna de sus responsabilidades u obligaciones contractuales, siendo además responsable frente a ACUAMED de los actos, faltas y negligencias de cualquiera de sus Subcontratistas, de sus agentes y trabajadores.
12.8. No surgirá relación laboral alguna entre ACUAMED y los empleados, agentes o Subcontratistas del CONTRATISTA con motivo de la ejecución del presente Contrato.
12.9. ACUAMED no será responsable ante ningún Subcontratista, ni ante personal de los mismos por ninguna reclamación. A tal efecto, cuando se autorice la subcontratación, el CONTRATISTA deberá presentar la renuncia expresa y escrita del Subcontratista a los derechos que concede el artículo 1.597 del Código Civil, así como reconocimiento expreso y
escrito del Subcontratista de la responsabilidad adquirida según la cláusula 12.10. El CONTRATISTA indemnizará a ACUAMED por cualquier pérdida o daño que se derive como resultado de cualquier reclamación de algún Subcontratista.
12.10. El Subcontratista debe realizar el Trabajo con estricta observancia del Plan de Aseguramiento de la Calidad del Anexo nº 4 y de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 23.
El CONTRATISTA debe exigir a sus Subcontratistas copia de los informes de inspección, activación y ensayos y certificados de calidad respecto de los trabajos subcontratados, para facilitarlos a la Asistencia.
12.11. El Subcontratista quedará sujeto a las mismas obligaciones que el CONTRATISTA, según, el presente Contrato, en cuanto sean compatibles, respondiendo el CONTRATISTA y su Subcontratista solidariamente frente a ACUAMED en el cumplimiento de sus obligaciones.
13.1. El CONTRATISTA desarrollará, de acuerdo con el Estudio de Seguridad y Salud incluido dentro del Anexo nº 3 al presente Contrato, “Proyecto”, y con la normativa vigente, el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo que se incorpora al Contrato como Anexo nº 5. El citado Plan de Seguridad deberá ser presentado con anterioridad suficiente al comienzo de las Obras, al objeto de que sea aprobado por el coordinador de seguridad y salud que designe ACUAMED, o por la persona que, de acuerdo con la legislación vigente, asuma tales funciones.
13.2. El CONTRATISTA deberá cumplir el Plan de Seguridad y Salud y será responsable de su observancia y cumplimiento por sus empleados, así como por sus Subcontratistas y sus empleados.
13.3. La existencia del Plan de Seguridad y Salud no eximirá al CONTRATISTA de sus responsabilidades y obligaciones, ni del pago de indemnizaciones a las que, en su caso, hubiera lugar, de acuerdo con lo estipulado en el Contrato.
13.4. El CONTRATISTA estará obligado a instalar las señales precisas para indicar el acceso a la Obra, ordenar la circulación en la zona que ocupan los Trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus límites e inmediaciones. Todas las operaciones necesarias para la ejecución del Trabajo se llevarán a cabo de forma que no estorben indebida o innecesariamente la conveniencia pública ni el acceso, uso y ocupación de carreteras, caminos públicos o privados o propiedades ACUAMED o de cualquier otra persona. El CONTRATISTA preservará y resarcirá a ACUAMED de todas las reclamaciones, demandas, querellas, acciones judiciales, indemnizaciones, costas, cargos y gastos de cualquier clase en relación a tales asuntos, en la medida en que el CONTRATISTA sea responsable de ellos.
13.5. El CONTRATISTA proveerá y mantendrá a su propia xxxxx todas las luces, guardas, cercas y vigilancia para la protección de las Obras o para la seguridad y conveniencia del público u otras personas, donde sea necesario y, en todo caso cuando lo ordene la Asistencia o autoridad competente.
14. PUBLICIDAD
14.1. Podrán ponerse en las Obras las inscripciones que acrediten su ejecución por el CONTRATISTA, debiendo también figurar el nombre ACUAMED. En ningún caso podrá publicarse inscripción alguna que tenga carácter de publicidad comercial. En cualquier caso, el CONTRATISTA estará sujeto a cuantas indicaciones reciba del DIRECTOR DE OBRA. Obligatoriamente se colocarán dos carteles de obra definidos por ACUAMED con unas dimensiones mínimas de 3 x 3 metros.
14.2. El CONTRATISTA o sus Subcontratistas no podrán publicar artículos, fotografías o anuncios relativos a las Obras objeto del Contrato, sin la aprobación previa ACUAMED.
15. OBLIGACIONES LABORALES
15.1. El CONTRATISTA se obliga a cumplir y hacer cumplir a su personal las obligaciones exigidas por la legislación laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo, seguros sociales, mutualidad laboral, seguro de accidentes, contratación de personal, etc. y, asimismo, deberá designar una persona responsable que se encargue de la vigilancia y cumplimiento de las normas y reglamentos de seguridad, higiene y salud y del Plan de Seguridad y Salud del Anexo nº 5.
15.2. Antes del comienzo de las Obras y Trabajos, así como en cualquier momento en que le fuere requerido por ACUAMED en el curso de la ejecución del Contrato, el CONTRATISTA está obligado a acreditar a ACUAMED, mediante la aportación de los documentos oficiales correspondientes, el estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones laborales y de Seguridad Social a que se refiere la cláusula anterior.
15.3. El CONTRATISTA será único y exclusivo responsable, durante la ejecución de los Trabajos, de todos los accidentes que puedan sufrir sus operarios o causar éstos a otras personas o entidades, asumiendo por lo tanto, todas las .responsabilidades exigibles según la legislación vigente.
16. PERSONAL
16.1. El personal que el CONTRATISTA asigne para la construcción de las Obras, estará debidamente cualificado y experimentado en trabajos similares y, de forma especial, la persona que se designe como jefe de Obra que deberá ser técnico superior con título oficial y con representación y capacidad decisorias suficientes para cuantas incidencias puedan presentarse a lo largo de la ejecución de los Trabajos. Este nombramiento deberá contar con la aprobación de la Asistencia y la conformidad del DIRECTOR DE OBRA.
16.2. ACUAMED se reserva el derecho de exigir la sustitución de aquél o aquéllos agentes o empleados del CONTRATISTA que, antes o en el curso de los servicios y Trabajos, creyera oportuno separar de los mismos, sin coste alguno para ACUAMED.
Cualquier cambio de las personas mencionadas en el organigrama del Anexo nº 7 necesita la previa aprobación de ACUAMED.
16.3. El CONTRATISTA deberá conservar toda la documentación legal relativa a su personal a disposición del DIRECTOR DE OBRA o de la Asistencia, y cumplir con las indicaciones que éstos le hagan al respecto. Igual obligación deberá exigir el CONTRATISTA a sus Subcontratistas, para así poder facilitar a ambos la documentación requerida.
16.4. El CONTRATISTA deberá adoptar todas las precauciones razonables para prevenir e impedir toda conducta tumultuosa o desordenada por o entre sus empleados, así como para preservar la paz y proteger personas y bienes, propios o ajenos. No obstante, la responsabilidad sobre estos actos, de producirse, será de cuenta del CONTRATISTA.
17. DAÑOS FUERA DE LA ZONA DE OCUPACIÓN
17.1. El área de ocupación temporal que ACUAMED pone, en su caso, a disposición del CONTRATISTA, para la ejecución de los trabajos (en adelante, zona de ocupación), es la que figura en el Proyecto. En donde no sea posible asegurar una zona de ocupación de las dimensiones proyectadas, y siempre que así lo ordene el DIRECTOR DE OBRA, el CONTRATISTA deberá amoldarse a la zona de ocupación real o efectiva señalada por el DIRECTOR DE OBRA, o por la Asistencia, sin otro sobrecoste para ACUAMED.
17.2. Serán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos de paso u ocupación especial o temporal por propiedades ajenas que sean necesarios para la ejecución de los Trabajos. También lo serán los soportes, refuerzos o desvíos provisionales que sean precisos, a juicio del DIRECTOR DE OBRA, incluidos los daños ocasionados por los transportes necesarios para el desarrollo de la Obra.
17.3. Todos los daños que el CONTRATISTA cause en servicios o propiedades, tanto públicos como privados, como consecuencia de la ejecución de las Obras, serán debidamente atendidos por el CONTRATISTA a su cargo. En caso contrario, podrá atenderlos ACUAMED, sin perjuicio de repercutirlos al CONTRATISTA.
18. PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES
18.1. Las posibles reclamaciones que pueda plantear el CONTRATISTA a ACUAMED deberán presentarse necesariamente dentro de los treinta Días siguientes a la fecha en que se produzca el hecho que da lugar a la reclamación. A su vez, ACUAMED está obligado a fijar su posición dentro de los treinta Días siguientes, de tal manera que si transcurrido dicho plazo no se hubiera producido una decisión ACUAMED, deberá entenderse como rechazada la reclamación, debiendo el CONTRATISTA; dentro de un plazo de treinta (30) Días, cursar la petición de iniciación del arbitraje, ya que, en caso contrario, se entenderá que se renuncia a la reclamación.
18.2. Las Partes acuerdan que los abonos correspondientes a las reclamaciones que puedan producirse según la cláusula 18.1, no devengarán intereses por demora durante el período comprendido entre la ejecución de los Trabajos objeto de reclamación y el pago de los mismos.
19. MATERIALES
19.1. Todos los Materiales los debe suministrar el CONTRATISTA, teniendo en cuenta también lo expresado en la cláusula 19.8, debiendo responder a las características técnicas que se fijan en las Especificaciones, códigos y normas vigentes. El CONTRATISTA deberá entregar a la Asistencia copia de los pedidos de los Materiales que deba suministrar, así como el acta de recepción de los mismos y las oportunas licencias de importación, en su caso, siendo de su cargo la gestión y gastos que origine la obtención de dicha documentación.
El CONTRATISTA deberá tener presente que, antes de que realice pedido alguno, ACUAMED deberá aprobar al suministrador seleccionado.
19.2. Todos los Materiales de obra deberán ser nuevos y de la más alta calidad consignada. Los Materiales de obra se controlarán de acuerdo con lo que establezca el Plan de Aseguramiento de Calidad que se adjunta como Anexo nº 4 al presente Contrato.
19.3. El CONTRATISTA estará obligado a establecer un almacén para los Materiales, llevando una ficha xx xxxxxxx para cada Material, en la que se anoten los movimientos. El almacén estará organizado de tal manera que la Asistencia pueda en cualquier momento comprobar los consumos de las distintas clases que se hayan producido.
19.4. El CONTRATISTA suministrará a sus expensas las muestras de los Materiales necesarias para su inspección y para la ejecución de los ensayos previstos en la cláusula 23 y en las Especificaciones del Anexo nº 3 y del Anexo IV xxx Xxxxxx de Bases, el cual se adjunta como Anexo nº 2 al presente Contrato, debiendo asimismo prestar la ayuda y proporcionar el Equipo y mano de obra necesarios a tal fin. El número o cantidad de las muestras, su conservación y ensayos, será el determinado en los Anexos indicados anteriormente. Una vez aprobadas las muestras, el CONTRATISTA será el único responsable de que todos los Materiales entregados en el Lugar sean de la misma calidad que las muestras de los Materiales aprobadas.
19.5. Todos los Materiales importados por el CONTRATISTA deberán ir acompañados de los certificados de calidad de origen, en los que, se haga constar expresamente por las Autoridades del país exportador o por una entidad de control de calidad, previamente aceptada por ACUAMED, que los Materiales importados cumplen con las Especificaciones de este Contrato. Dichos certificados deberán estar redactados de forma que puedan ser identificados rápidamente los Materiales a que, se refieran, y deberán estar sellados por el Consulado Español del país de origen.
19.6. Todos los aranceles e impuestos indirectos o de cualquier naturaleza que graven la importación de los Materiales que deba suministrar el CONTRATISTA serán de su cuenta, así como todos los gastos que se originen con motivo de los trámites aduaneros.
19.7. En general, la recepción de los Materiales se ajustará a lo establecido en los Anexos III y IV xxx Xxxxxx de Bases, el cual se adjunta como Anexo nº 2 al presente Contrato. Cuando a juicio del DIRECTOR DE OBRA los Materiales suministrados por el CONTRATISTA resultaren inadecuados al objeto de los Trabajos, el CONTRATISTA deberá retirarlos y sustituirlos por otros, de forma y modo que ello no origine retrasos en la ejecución de los Trabajos ni sobrecoste alguno para ACUAMED.
19.8. ACUAMED puede decidir hacerse cargo de realizar el suministro de los Materiales, o la subcontratación con terceros, a los que, en su caso, se refiera el Anexo IV xxx Xxxxxx de Bases, “Condiciones para le Ejecución de las Obras”, el cual se adjunta como Anexo nº 2 a este Contrato, en cuyo caso compensará al CONTRATISTA, que habría ofertado dichos Materiales dentro de sus precios unitarios, o la(s) unidad(es) de obra, en su caso, con el 13% aplicable al precio de los Materiales, o de la(s) unidad(es) de obra, que hubiese considerado en su oferta (que será el del Proyecto multiplicado por la Baja). En este caso el suministro por parte de ACUAMED se realizará con la periodicidad que se establece en el Anexo nº 6, mientras que la ejecución de la(s) unidad(es) de obra se ejecutarán por los terceros en el momento que no interfieran los trabajos del CONTRATISTA. En el caso del suministro de materiales, la provisión de los mismos se hará en el almacén que designe ACUAMED, y se realizará mediante relaciones, que se detallarán en las fichas que se mencionan en la cláusula
19.3. El CONTRATISTA será responsable, como depositario, de su transporte, custodia y conservación, estando especialmente afecto el Seguro del Anexo nº 9, a todos los daños, deterioros, pérdidas, extravíos, robos o cualquier otro accidente que puedan sufrir los Materiales.
20. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
20.1. El CONTRATISTA será responsable de la ejecución fiel de los Trabajos, de acuerdo con el Proyecto, con el Contrato y con las Órdenes recibidas, así como de la exactitud de: la posición, los niveles, dimensiones y alineaciones de todas las partes de la Obra y de todos los. instrumentos, aparatos y mano de obra necesarios para este fin. El CONTRATISTA deberá conservar cuidadosamente toda la documentación, puntos de referencia y replanteos, Materiales, instrumentos, utensilios y otros objetos que se usen para el trazado y disposición de las Obras.
ACUAMED podrá facilitar al CONTRATISTA cualquiera otra información distinta a la facilitada en el Proyecto, si bien dicha información no formará parte del Contrato y, aunque se considera razonablemente correcta, no se garantiza que sea completa ni exacta.
20.2. Si el Trabajo no se está efectuando de día y de noche y el CONTRATISTA solicita permiso para trabajar de noche además de trabajar por el día, y si el DIRECTOR DE OBRA concede dicho permiso, el CONTRATISTA no tendrá derecho a ningún pago adicional por ello, pero si es denegado el permiso y no existe otro método practicable para acelerar la ejecución de las Obras, deberá prorrogarse el plazo para su terminación, debiendo ser el plazo adicional el que sea solamente atribuible a dicha denegación. Todo trabajo de noche deberá llevarse a cabo sin excesivos ruidos ni perturbaciones. El CONTRATISTA deberá indemnizar a ACUAMED de y contra toda responsabilidad por daños y perjuicios debidos al ruido o a otras perturbaciones ocasionadas mientras se esté llevando a cabo dicho trabajo, y por todas las reclamaciones, demandas, actuaciones judiciales, costas, gastos y desembolsos de cualquier índole y que sean relativos o correspondan a dicha responsabilidad.
20.3. El CONTRATISTA deberá enviar a la Asistencia, mensualmente, dentro de los tres primeros días de cada Mes, un informe detallado del estado de las Obras y Trabajos referido al último Día del Mes anterior. En dicho informe se harán constar inexcusablemente las variaciones que haya habido en el plazo de ejecución, indicando sus razones, así como los cambios efectuados en los Equipos y personal empleado en las Obras y Trabajos, debiendo citarse fecha y número del escrito de la Asistencia en el que se aprobaron dichos cambios.
20.4. Ninguna de las Obras deberá cubrirse u ocultarse sin la inspección y aprobación de la Asistencia, y conformidad del DIRECTOR DE OBRA. El CONTRATISTA deberá dar todas las facilidades a la Asistencia para examinar y medir todas las Obras que vayan a cubrirse, así como para examinar los cimientos antes de que se ponga sobre ellos Obra permanente. El CONTRATISTA deberá pasar aviso a la Asistencia, con la debida anticipación, siempre que tales Obras o cimientos estén a punto, o vayan a estar a punto para su examen, y éste sin demora no justificada deberá presentarse, a menos que no lo considere necesario y así lo comunique al CONTRATISTA, con el fin de examinar y medir la Obra o de examinar los cimientos.
20.5. De todos los Trabajos y unidades de Obra que hayan de quedar ocultos, el CONTRATISTA levantará los Planos precisos indispensables para que queden perfectamente definidos; estos documentos se extenderán por triplicado, entregándose uno al DIRECTOR DE OBRA, otro a la Asistencia y el tercero al CONTRATISTA, firmados todos ellos por estos dos últimos. Dichos Planos, que deberán ir suficientemente acotados, se considerarán documentos indispensables e irrecusables para efectuar las mediciones de las Obras.
20.6. El CONTRATISTA deberá descubrir cualquier parte o partes de las Obras y Trabajos, o hacer aberturas en ellas o a través de ellas, en cuantas ocasiones indique la Asistencia, debiendo reponer y reparar aquella parte o partes a la satisfacción del mismo.
Si alguna de dichas partes se hubiese cubierto u ocultado después de haber obtenido la aprobación de la Asistencia y se encontrase que ha sido ejecutada de acuerdo con el Contrato, los gastos de descubrirla, de hacer las aberturas en o a través de ella, y de reponer y reparar la misma, correrán a cargo de ACUAMED.
En cualquier otro caso distinto del expresado en el párrafo anterior, los referidos gastos correrán a cargo del CONTRATISTA, y ACUAMED podrá exigírselos o deducirlos de las sumas que le deba o vaya a deberle al CONTRATISTA.
20.7. Si en el curso de la ejecución de las Obras la Asistencia advierte la existencia de Materiales inadecuados o de vicios o defectos en la construcción, o tiene fundadas razones para creer que existen ocultos en la Obra ejecutada, podrá, siempre antes de la Recepción de las Obras, proceder como se- indica a continuación:
20.7.1. Ordenar que se retiren del Lugar, dentro del plazo o de los plazos especificados en la Orden, todos aquellos Materiales que, al parecer de la Asistencia, no se ajusten a las condiciones del Contrato.
20.7.2. Ordenar que los mismos sean sustituidos por Materiales adecuados y convenientes.
20.7.3. Ordenar que se efectúe la demolición y reconstrucción de las unidades de Obra defectuosas por sus Materiales o ejecución, no obstante sus ensayos anteriores y las cantidades que se hayan abonado, todo ello en estricta sujeción a los documentos contractuales, según criterio de la Asistencia.
20.8 Si la Asistencia ordena la demolición y reconstrucción, con la conformidad del DIRECTOR DE OBRA, por advertir vicios o defectos patentes en las Obras, los gastos de estas operaciones serán por cuenta del CONTRATISTA.
20.9 Si excepcionalmente la Asistencia estima que las unidades de Obras son defectuosas y que no cumplen estrictamente las condiciones del Contrato son, sin embargo, admisibles, puede proponer al DIRECTOR DE OBRA la aceptación de las mismas, con la consiguiente rebaja de los precios. El CONTRATISTA queda obligado a aceptar los precios rebajados fijados por el DIRECTOR DE OBRA, con la Asistencia, a no ser que prefiera demoler y reconstruir las unidades defectuosas por su cuenta y con arreglo a las condiciones del Contrato.
20.10 Una vez comunicada al CONTRATISTA una Orden, éste dispondrá de 10 Días para iniciar su cumplimiento de la manera mas diligente posible. Transcurrido dicho plazo sin que el CONTRATISTA haya cumplimentado la Orden, ACUAMED tendrá derecho a contratar a otras personas para llevarla a cabo y todos los gastos habidos directa o indirectamente por ello, correrán a cargo del CONTRATISTA y ACUAMED podrá exigírselos, o deducirlos de los importes pagaderos al CONTRATISTA, ya vencidos o por vencer.
20.11 Si a causa de cualquier accidente, falta u otro acontecimiento que ocurra en las Obras, ya sea durante su ejecución o bien en el Período de Garantía, se hace urgente, en opinión de la Asisitencia, algún arreglo, Trabajo o reparación, y el CONTRATISTA no puede o no quiere llevarlo a cabo, el DIRECTOR DE OBRA podrá hacerlo o encargarlo a terceros, imputando su valor o coste al CONTRATISTA, si estaba obligado a responder del mismo y la Asistencia le hubiere notificado la emergencia tan pronto como fuere factible.
21. PARALIZACIÓN Y SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS
21.1. El DIRECTOR DE OBRA, tendrá el derecho en todo momento a exigir que el CONTRATISTA detenga el Trabajo si parece defectuoso, o si no ha sido, no está siendo o no será ejecutado de conformidad con el Contrato, o no se atiene a la buena práctica de construcción. El CONTRATISTA deberá detener el trabajo de las Obras inmediatamente hasta haber aclarado suficientemente al DIRECTOR DE OBRA la correcta calidad de los Materiales y ejecución de la Obra realizada o por realizar, sin que pueda reclamar por este concepto ninguna cantidad ni aumento del plazo.
21.2. Pueden ser causa de que se deban suspender temporalmente las Obras, con carácter total o parcial, las siguientes:
21.2.1. Que el CONTRATISTA incumpla alguna de las condiciones impuestas en el Contrato para el correcto desarrollo de las Obras.
21.2.2. Que los medios utilizados por el CONTRATISTA no sean los adecuados para garantizar una ejecución correcta y segura de las Obras.
21.2.3. Que las condiciones atmosféricas no permitan realizar las Obras con las mínimas condiciones de seguridad exigibles, poniendo en peligro las Obras realizadas.
21.2.4. Que el CONTRATISTA incumpla las instrucciones dictadas por las Autoridades administrativas competentes para la ejecución de la Obra.
21.2.5. Que el CONTRATISTA no pueda terminar la Obra por falta de Materiales de su suministro o de Equipo adecuado.
21.2.6. Que se produzcan causas de Fuerza Mayor, tal como aparece definida en la cláusula 36.
21.2.7. Que ACUAMED decida suspender las Obras por decisión unilateral y/o interés propio.
21.3. La Orden de suspensión de los Trabajos especificará la parte de los mismos que queda suspendida, la fecha efectiva de la suspensión y la fecha prevista para la reanudación de los Trabajos. Además, fijará el plan de movilización y mantenimiento de las Obras mientras dure la suspensión.
21.4. Cuando se den las circunstancias previstas en los números 1, 2, 3, y 4 de la cláusula 21.2, el DIRECTOR DE OBRA requerirá por escrito al CONTRATISTA la suspensión inmediatamente de las Obras hasta que se corrijan las circunstancias que motiven la suspensión, sin que por dichos motivos el CONTRATISTA pueda reclamar cantidad alguna ni prolongación del plazo de terminación de las Obras. En el caso de la cláusula 21.2.6, el CONTRATISTA deberá comunicarlo por escrito al DIRECTOR DE OBRA, dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que se produjo la paralización, el cual rechazará o aceptará las alegaciones del CONTRATISTA dentro de un plazo máximo de cinco días laborables.
21.5. Cuando se den las circunstancias de la cláusula 21.2.5, el CONTRATISTA deberá comunicarlas por escrito al DIRECTOR DE OBRA con indicación del tiempo que estima continuarán dándose dichas circunstancias, sin que la demora perjudique ninguno de los derechos de ACUAMED, y
sin que el CONTRATISTA pueda reclamar cantidad alguna ni prolongación del plazo de terminación de las Obras.
21.6. En todos los casos de suspensión de las Obras, el CONTRATISTA deberá proceder a cumplir las instrucciones complementarlas que le dicte el DIRECTOR DE OBRA, en cuanto a protección, afianzamiento, vigilancia y conservación de las Obras.
21.7. Una vez establecida una Orden de suspensión de las Obras de acuerdo con la cláusula 21.2.7, el DIRECTOR DE OBRA y el CONTRATISTA fijarán, de mutuo acuerdo la dotación de Xxxxxx, Materiales, mano de obra y vigilancia que deban permanecer en la Obra para minimizar los costes motivados por la suspensión. ACUAMED abonará al CONTRATISTA los gastos que, según baremos de coste de alquiler de equipo inmovilizado, o de mano de obra inactiva establecidos en el Contrato, se deriven de la suspensión. Los equipos desmovilizados, aunque lo fueren temporalmente, no serán indemnizados ni supondrán gasto alguno para ACUAMED en tanto se encuentren en dicha situación de desmovilización, abonándose únicamente los gastos de movilización y desmovilización.
21.7.1. Las Partes convienen que el pago de dichos gastos complementarios no se llevará a cabo si dentro de los 30 Días después de recibida la Orden de suspensión, que, en su caso, pueda motivar, el CONTRATISTA no notificara por escrito al DIRECTOR DE OBRA su intención de reclamarlos.
21.7.2. Si las Obras quedasen interrumpidas, en su totalidad o en parte, durante más de 90 Días o durante varios períodos consecutivos, sumando en total más de 90 Días, el CONTRATISTA podrá requerir por escrito al DIRECTOR DE OBRA, después de los 90 Días, permiso para reanudar la ejecución de las Obras interrumpidas, disponiendo éste de un plazo de 30 Días para decidir a partir de la fecha en que le fuera entregado formalmente dicho requerimiento. En el caso de Fuerza Mayor se estará a lo dispuesto en la cláusula 36.
21.7.3. En el caso de que este permiso no le fuera concedido en el plazo prescrito, el CONTRATISTA podrá, por medio de nuevo escrito, comunicar que considera la Orden de suspensión de las Obras cuando sólo afecten a una parte, como una Modificación de Obra, o bien si la interrupción concierne a todas las Obras, como resolución del Contrato por parte de ACUAMED, con las consecuencias previstas- en la cláusula 37.1.8.
22. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
22.1. El CONTRATISTA deberá cumplir la legislación medioámbiental vigente mientras desarrolle sus actividades, relacionadas con la ejecución del Contrato o cuando manipule equipos, sustancias, productos y residuos.
22.2. El CONTRATISTA no utilizará durante su permanencia en instalaciones de ACUAMED o zonas de obras ningún producto prohibido por la legislación medioambiental vigente. Sólo podrá utilizar, de los productos peligrosos, las cantidades estrictamente necesarias para el desarrollo de las actividades. Todo envase de producto peligroso estará claramente identificado en cuanto a su peligrosidad, de acuerdo con la legislación aplicable.
22.3. El CONTRATISTA deberá almacenar e identificar los residuos conforme a la legislación, hasta su retirada por gestores autorizados. Las tierras sobrantes procedentes de excavaciones y otros residuos inertes deberá depositarlos en vertederos autorizados. No se podrán efectuar vertidos de productos peligrosos tanto en el suelo como en cauces naturales o en redes de
aguas residuales. El CONTRATISTA retirará todo envase, resto de producto o material impregnado de su propiedad utilizado en el desarrollo de las actividades, a través de gestores autorizados.
22.4. Previamente a la realización de cualquier actividad que implique riesgo real o potencial de combustión o reacción química, o previamente al almacenamiento temporal de productos inflamables o corrosivos, el CONTRATISTA lo pondrá en conocimiento del DIRECTOR DE OBRA y de la Asistencia. El CONTRATISTA respetará la normativa de señalización en cuanto a prevención de incendios, prescripciones en cuanto a comportamiento en utilización de energía, utilización de máquinas, zonas con prohibición de fumar, o trabajos con peligro de incendio.
22.5. El CONTRATISTA no producirá emisiones al aire y medio hídrico, olores molestos, o ruidos, por encima de los niveles permitidos por la legislación.
22.6. El CONTRATISTA tendrá en cuenta en todo momento las prescripciones que le afectan contenidas en el Anejo de Integración Ambiental y en el Plan de Vigilancia Ambiental.
23. CONTROL DE CALIDAD
23.1. El CONTRATISTA implantará, previa aprobación de ACUAMED, un Plan de Control o Aseguramiento de la Calidad, de acuerdo con el Anexo nº 4, donde se detallará la organización, procedimientos y medios establecidos por el CONTRATISTA para garantizar la consecución de los niveles de calidad requeridos para los Trabajos.
23.2. El CONTRATISTA dará todas las facilidades y proporcionará todos los instrumentos, máquinas, mano de obra y Materiales que normalmente se necesiten para examinar, medir y ensayar las Obras ejecutadas, así como la calidad, el peso o la cantidad de todo material que se use, debiendo suministrar muestras de Materiales, antes de utilizarlos en las Obras y Trabajos, para su ensayo, conforme las escoja y requiera la Asistencia y se establezca en el Plan de Aseguramiento de la Calidad del Anexo nº 4.
23.3. El costo de la realización de todo ensayo, incluidas las muestras necesarias, deberá correr a cargo del CONTRATISTA cuando el ensayo estuviera proyectado y previsto en las Especificaciones o en las listas de Materiales de los Anexos en donde se recogen.
23.4. El CONTRATISTA estará obligado a llevar las libretas de control que se describen a continuación:
23.4.1. Una libreta general, donde anotarán las variaciones efectuadas por el DIRECTOR DE OBRA, firmada por las Partes.
23.4.2. Una libreta de control de calidad, en la que se harán constar inexcusablemente los datos necesarios para que todas las actividades y los Materiales empleados en las Obras queden identificados en lo que se refiera a su posición en ellas, certificado de calidad, ensayos efectuados y cuanta documentación sea precisa para justificar que los Materiales y los Trabajos cumplen las Especificaciones contractuales y reglamentarias vigentes, incluida la trazabilidad de los Materiales en relación con sus certificados de calidad de origen.
23.5 Correrá a cargo del CONTRATISTA la custodia de esta documentación de ensayos y control.
23.6 Si la Asistencia propusiese, con la conformidad del DIRECTOR DE OBRA, un ensayo que no estuviese proyectado ni previsto, o no estuviese particularizado en las Especificaciones o en las Lista de Materiales, o cuando proyectado o previsto, la Asistencia hubiere ordenado que se lleve a cabo en lugar distinto de aquél en que se había previsto la realización, el costo de tal ensayo deberá soportarlo el CONTRATISTA, si el ensayo revela que la ejecución o los Materiales no están de acuerdo con el Contrato o las instrucciones de la Asistencia. En caso contrario, deberá cubrirlo ACUAMED.
23.7 Estos ensayos podrán ser realizados por cualquier Entidad de Control de Calidad, siempre que sea de reconocido prestigio, a propuesta del CONTRATISTA, bajo la aprobación de la Asistencia, y con la conformidad del DIRECTOR DE OBRA.
24. MODIFICACIÓN DE OBRA
24.1. Las Modificaciones de Obra pueden referirse a:
a) Aumento o disminución de las cantidades de cualquier Trabajo o unidad de Obra comprendido en el Contrato.
b) Omitir cualquier Trabajo.
c) Cambiar el carácter, calidad, índole o forma de ejecución de cualquier Trabajo.
d) Cambiar las cotas, alineaciones, posición y dimensiones de cualquier parte de las Obras.
e) Ejecutar trabajo adicional de cualquier índole, necesario para terminar las Obras.
24.2. Cualquier modificación del Contrato requerirá el cumplimiento del siguiente procedimiento:
a) El Director de Obra elevará la relación de las posibles modificaciones al órgano competente de ACUAMED para su aprobación.
b) ACUAMED propondrá a la Secretaría General del Ministerio de Medio Ambiente para su autorización la relación de posibles modificaciones de obra que, previamente, haya aprobado la sociedad.
Efectuado lo anterior por parte de la Secretaría General, quedará autorizado el inicio del nuevo expediente y la redacción del proyecto de modificación de obra, pudiendo someterse, en este momento, al preceptivo acuerdo del Consejo de Administración de ACUAMED.
El contenido del proyecto de modificación de obra deberá ajustarse a lo prescrito en el artículo 124 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y a los artículos 125 a 133 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
c) Elaboración, una vez redactado el proyecto de modificación de obra, por parte del servicio correspondiente del Ministerio de Medio Ambiente de un informe de supervisión del mismo, que servirá para que el mismo órgano del Ministerio de Medio
Ambiente que emitió resolución aprobando el proyecto constructivo, dicte ahora también resolución con la aprobación del proyecto de modificación de obra.
d) Audiencia del CONTRATISTA, en la que habrá de exponer sus consideraciones respecto del Proyecto de variación y su incidencia respecto al Contrato.
e) Aprobación por el Consejo de Administración de ACUAMED que expresará los términos en que haya de reformarse el Contrato, singularmente en lo que se refiere al plazo y precio.
24.3. Los precios aplicables al presupuesto del proyecto de Modificación de Obra serán los fijados en la “Oferta del CONTRATISTA” que se acompaña como Anexo nº 1 a este Contrato. En caso de discrepancia decidirá ACUAMED, a propuesta del DIRECTOR DE OBRA, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Si el Contrato no contiene previsión de precio respecto de los Trabajos adicionales, deberán convenirse contradictoriamente entre el DIRECTOR DE OBRA y el CONTRATISTA. En caso de divergencia, se deberá recurrir al arbitraje realizado por quien acuerden las Partes en su momento.
b) Si, debido a la naturaleza o al volumen de los Trabajos adicionales, el DIRECTOR DE OBRA estimase no ser de aplicación los precios fijados en el Contrato, deberán convenirse contradictoriamente entre el DIRECTOR DE OBRA y el CONTRATISTA. En caso de divergencia, se deberá recurrir al arbitraje realizado por quien acuerden las Partes en su momento.
24.4. Con independencia del acuerdo indicado en el último párrafo de la cláusula 24.2.b), el CONTRATISTA colaborará en la preparación del proyecto de Modificación de Obra, según las indicaciones que le transmita el DIRECTOR DE OBRA.
24.5. El proyecto de Modificación de Obra tendrá fuerza contractual y estará sujeto a todas las cláusulas y condiciones del presente Contrato, salvo aquellas que fueran específicamente sustituidas por el mismo.
24.6. Ninguno de los cambios señalados en la cláusula 24.1. podrá viciar ni invalidar en modo alguno el Contrato, pero el costo, si lo hubiera, de todos aquellos cambios se tendrá en cuenta al determinar el importe de la liquidación del Contrato.
24.7. El CONTRATISTA realizará todo el trabajo y suministrará toda la mano de obra y Materiales requeridos para la ejecución del proyecto de Modificación de Obra, salvo mención expresa en el mismo.
24.8. En ningún caso, por las causas indicadas en la cláusula 24.3, el CONTRATISTA podrá paralizar o ralentizar sus trabajos.
24.9. Las variaciones en los Trabajos por circunstancias imputables al mismo, no supondrán en ningún caso mayor coste o cambios en el Programa de Trabajos.
25. PENALIZACIONES POR DEMORAS
25.1. Si durante la ejecución del Contrato la producción acumulada a origen fuese inferior a la prevista en el Programa de Trabajos aprobado, por causas imputables al CONTRATISTA,
ACUAMED aplicará mensualmente en cada certificación una penalización xxx xxxx (10) por ciento de la diferencia entre las producciones prevista y real. Esta cantidad será abonada al CONTRATISTA sólo en el caso de que en el mes siguiente, o sucesivos, se recupere la producción prevista.
25.2. Cuando el CONTRATISTA o sus Subcontratistas hubieran incurrido en retrasos respecto al plazo total y/o a los plazos parciales previstos en la cláusula 10, se impondrá al mismo una penalización de TRES MIL EUROS (3.000 €) por Día de retraso. Las penalizaciones por incumplimiento de varios plazos distintos son acumulables.
25.3. Las penalizaciones no podrán exceder en su conjunto del 20% del presupuesto total de Obra. Alcanzado este limite, ACUAMED podrá resolver el Contrato, con arreglo a la cláusula 37.1.7.
25.4. ACUAMED podrá, sin perjuicio de cualquier otro medio, reembolsarse las cantidades debidas por este concepto mediante deducción de las Certificaciones de Obra. El pago o la deducción de tales penalizaciones no relevará al CONTRATISTA de su obligación de terminar las Obras ni de cualquiera de sus demás obligaciones y responsabilidades que emanen del Contrato.
26. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
26.1. Una vez terminadas las Obras, en opinión del DIRECTOR DE OBRA, y visto el resultado satisfactorio de los ensayos finales, con arreglo a lo dispuesto en la cláusula 23, el CONTRATISTA deberá instar por escrito la Recepción de aquéllas. La Recepción se llevará a cabo dentro de los 30 Días siguientes a la fecha de recepción del anterior escrito, mediante acta que se extenderá por triplicado y que será firmada por las Partes y por la Asistencia.
26.2. Con antelación a dicha notificación, el CONTRATISTA deberá:
26.2.1. Retirar del Lugar de las Obras todo el material no utilizado en la construcción, al igual que todo el Equipo, estructuras temporales y toda acumulación de escombros, desperdicios y basuras.
26.2.2. Limpiar y tener listo para el uso a que será destinado todo el espacio de las Obras, incluyendo interiores y exteriores dentro de los límites de propiedad del terreno.
26.3. Al recibir ACUAMED la notificación, acordará una fecha con el CONTRATISTA para que la inspección conjunta de las Obras se realice dentro del plazo marcado en la cláusula 26.1. Si el DIRECTOR DE OBRA y la Asistencia, al completarse la inspección conjunta, están de acuerdo de la forma en que han sido realizadas las Obras en total acuerdo con el Contrato, incluyendo la posible Modificación de Obra, el DIRECTOR DE OBRA y la Asistencia expedirán al CONTRATISTA, por escrito, un Acta de Recepción del Trabajo, que será firmada por las Partes y por la Asistencia.
26.4. Si, al realizar la inspección conjunta de las Obras, el DIRECTOR DE OBRA o la Asistencia consideran que las mismas no han sido terminadas de acuerdo con el Contrato, se preparará un acta firmada por los tres otorgantes que enumere las discrepancias con el Contrato o los defectos, o ambos. El acta especificará además una fecha antes de la cuál deberán ser corregidas las discrepancias o los defectos; a fin de celebrar una segunda inspección conjunta en esta fecha.- La fecha especificada estará dentro de los 30 Días siguientes a la fecha de la primera inspección conjunta y el CONTRATISTA tomará todas las medidas necesarias para
corregir las discrepancias y los defectos, sin aumento del presupuesto de las Obras y dentro del período especificado.
26.5. Si como consecuencia de la cláusula 26.4, hubiese sido necesaria una segunda inspección:
26.5.1. Si el resultado fuese conforme, se aplicará la cláusula 26.3.
26.5.2. Si el resultado no fuese conforme, ACUAMED podrá hacer uso de la cláusula
20.11. Los gastos serán a cargo del CONTRATISTA.
26.6. El DIRECTOR DE OBRA podrá realizar la Recepción de cualquier parte de las Obras, antes de terminar la totalidad. Del mismo modo, podrá realizarla cuando se hubiese concluido una parte sustancial que haya sido terminada a satisfacción y ocupada o utilizada por ACUAMED. En este segundo caso, quedarán a salvo los ajustes y acabados que se precisen, haciéndolos constar en el acta de Recepción.
26.7. Si, al hacer la Recepción de una parte de las Obras, no fuesen a satisfacción del DIRECTOR DE OBRA, éste concederá al CONTRATISTA un plazo prudencial para su arreglo y buen acabado. Si se demorase o se negare a ello, el DIRECTOR DE OBRA podrá usar la provisión prevista en la cláusula 20.11.
26.8. Si ACUAMED pensara ocupar parte de las Obras antes de su terminación, comunicará al CONTRATISTA por escrito su intención de uso. En ningún caso se entenderá por ocupación la permanencia más o menos prolongada de ACUAMED o de sus empleados, agentes, Contratistas, etc, en el Lugar con el fin de inspeccionarla o de realizar algunos Trabajos relacionados con la misma. Únicamente se considerará como tal ocupación la utilización de las instalaciones para el fin que fueron construidas.
26.9. Efectuada la ocupación a que se refiere la cláusula 26.8, serán por cuenta de ACUAMED la conservación y mantenimiento, sin perjuicio de las que sean a cargo del CONTRATISTA en aplicación de la cláusula 29.
26.10. Con la Recepción, el CONTRATISTA entregará a ACUAMED una colección completa y actualizada de todos los documentos relativos a los Trabajos, en la cual se incluirán memorias, manuales de trabajo y/u operación, listas de recambios y proveedores, planos as- built, libro de tubos, actas de pruebas, certificación de los Materiales suministrados por el CONTRATISTA, documentación del control de calidad realizado y cuanta información precise ACUAMED para poder utilizar la Obra, considerándose dicha entrega, a plena satisfacción de ACUAMED, como condición indispensable para la realización de la Recepción de las Obras.
27. PLANOS FINALES
27.1. Los Planos finales (en adelante, planos as-built), correspondientes a cada parte de la Obra, así como los de su totalidad, deberán ser aprobados por ACUAMED como condición para la firma de la Recepción de las Obras, total o parcial, para lo cual el CONTRATISTA deberá haberlos entregado con al menos un mes de antelación a dicha aprobación.
27.2. Los planos as-built serán realizados por el CONTRATISTA con arreglo a las siguientes condiciones:
27.2.1. A los treinta (30) Días de iniciadas las Obras, el CONTRATISTA, a su cuenta y cargo, dispondrá en la oficina de obras de la Asistencia de los delineantes y
operadores informáticos, ordenadores y software necesarios, que serán los encargados del dibujo de los planos as-built, con dedicación permanente y exclusiva durante el período de duración de los Trabajos hasta su conclusión. Si, a juicio de ACUAMED, el ritmo de ejecución de los planos as-built fuera insuficiente en relación con el avance de los Trabajos, el CONTRATISTA quedará obligado a incrementar el número de delineantes, también con dedicación permanente y exclusiva.
27.2.2. El CONTRATISTA nombrará una persona de su organización como responsable de la ejecución de los planos as-built. Esta persona facilitará a la Asistencia y al equipo de delineación, con periodicidad diaria, copia de los croquis, dibujos y demás datos tomados por el CONTRATISTA de las Obras realizadas, comprobando y supervisando la ejecución de los planos.
27.2.3. Los planos as-built serán entregados por el CONTRATISTA a ACUAMED, no más tarde de la Recepción de las Obras, en soporte digitalizado en formato DXF, junto a tres copias rotuladas, dobladas y encuadernadas en tamaño DIN A-3
27.3. El CONTRATISTA deberá restituir a ACUAMED cuanta documentación haya recibido de éste para la ejecución de los Trabajos.
28. GARANTÍAS
28.1. El CONTRATISTA realizará el Trabajo diligentemente, de acuerdo con las prácticas habituales y reglas del arte, y con los códigos y normas que sean de aplicación a la fecha de la firma de este Contrato.
28.2. Antes del comienzo de las Obras, el CONTRATISTA deberá entregar a ACUAMED un aval bancario en concepto de garantía de fiel cumplimiento de las Obras y responsabilidades que se deriven de este Contrato, por un valor del 4% del presupuesto base de licitación de las Obras. Este aval bancario queda incorporado al Contrato en su Anexo nº 8. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 9.5.
28.3. El aval podrá ser utilizado para cubrir cualquier responsabilidad en que pueda incurrir el CONTRATISTA y/o sus Subcontratistas por los daños y perjuicios que pueda sufrir ACUAMED como consecuencia de cualquier incumplimiento de las obligaciones que el CONTRATISTA ha asumido según el presente Contrato.
28.4. En el supuesto de que por cualquier circunstancia, durante la vigencia del Contrato o en su Período de Garantía, se viese disminuida la fianza o aval prestados por el CONTRATISTA, por haber sido hecha efectiva alguna responsabilidad dei mismo, el CONTRATISTA queda obligado a reponer nuevamente la fianza o aval en la parte utilizada y dentro del plazo de los quince Días siguientes al requerimiento que para estos fines realice ACUAMED. El incumplimiento de esta obligación por el CONTRATISTA, dará derecho a ACUAMED a resolver el presente Contrato, con los efectos previstos en la cláusula 37.8.
28.5. Cumplido el Contrato, el aval se mantendrá en favor de ACUAMED durante el Período de Garantía establecido en la cláusula 29 para cubrir los perjuicios, daños y gastos que pudieran derivarse de defectos en los Trabajos realizados. Transcurrido dicho plazo sin haberse registrado los defectos mencionados, la fianza será devuelta contra entrega del Acta de
Recepción de las Obras y de los Planos que reflejen la situación real de las Obras y Trabajos a la fecha de la Recepción de las Obras.
29. PERÍODO DE GARANTÍA
29.1. Se establece un Período de Garantía de 12 Meses contado desde la fecha del Acta de Recepción favorable de las Obras.
29.2. Durante el Período de Garantía, el CONTRATISTA, a instancia de ACUAMED o de la Asistencia, llevará a cabo aquellos trabajos de reparación, enmienda, reconstrucción, reemplazo, rectificación y arreglo de desperfectos u otras deficiencias. Caso de no atender al requerimiento, los ejecutará ACUAMED por cuenta del CONTRATISTA, pudiendo repetirle los gastos realizados.
29.3. El coste de los trabajos descritos en la cláusula 29.2 será por cuenta del CONTRATISTA, salvo los costes de mantenimiento que no lo serán.
29.4. Si al procederse al reconocimiento de las Obras para verificar la Recepción de las Obras de acuerdo con la cláusula 26.2, no se encontrasen en las debidas condiciones de conservación, se aplazará dicha Recepción hasta que se hallen en disposición de ser recibidas, sin que por esta ampliación del Período de Garantía perciba el CONTRATISTA cantidad alguna.
29.5. El Acta de Recepción de las Obras no eximirá al CONTRATISTA de la responsabilidad en que incurra por vicios ocultos de construcción, para lo que será de aplicación la normativa vigente.
30. SEGUROS
30.1. Sin perjuicio de su responsabilidad bajo Contrato, y sin que esta cláusula limite la misma, el CONTRATISTA contratará y mantendrá vigente por su cuenta y a su cargo en todo momento durante el curso del presente Contrato y, con compañías de reconocido prestigio y en términos y condiciones de cobertura a satisfacción de ACUAMED, los seguros descritos a continuación. Cualquier rechazo por parte del ACUAMED de los términos y condiciones de cobertura propuestos por el CONTRATISTA, deberá estar basado en motivos razonados. Se entiende que los montos de dichos seguros nunca serán inferiores a los obligatorios según las leyes y normas vigentes y que su mantenimiento no variará ninguna de las obligaciones de indemnización establecida por Contrato.
Para estos seguros, el CONTRATISTA actuará como Tomador del Seguro, y tendrán la consideración de asegurados, ACUAMED como Promotor, sus filiales y/o participadas, Consorcios o UTE´s de los que forme parte como Promotor, funcionarios adscritos al Ministerio de Medio Ambiente relacionados con los Trabajos, Contratistas, Subcontratistas, proyectistas, Asistencia y cualquier otra parte con interés asegurable en lo que se refiere a sus actividades relacionadas con la ejecución de las obras.
a) Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir las reclamaciones de terceros por daños materiales, daños personales y sus consecuencias de los que el CONTRATISTA sea legalmente responsable, bien sea directa, solidaria o subsidiariamente, y que sean consecuencia del desarrollo de sus obligaciones conforme a lo establecido en el Contrato desde la Orden de Inicio de los Trabajos hasta la expiración del Periodo de Garantía establecido en la cláusula 29, y con la obligación de extender la cobertura en los casos de las extensiones previstas en dicha cláusula. El límite de esta póliza de seguro será de un diez por ciento (10%) del valor del Contrato con un máximo de quince (15) Millones de Euros por siniestro y un mínimo de tres (3) Millones de Euros.
Este seguro cubrirá también la Responsabilidad Civil Cruzada, Responsabilidad Civil de Productos y/o Post-trabajos hasta veinticuatro (24) meses después de la entrega de los trabajos, Responsabilidad Civil derivada de Polución y/o Contaminación accidental, Responsabilidad Civil Locativa, Responsabilidad Civil subsidiaria por el uso de vehículos a motor, Responsabilidad Civil por voladuras, Responsabilidad Civil derivada del transporte de mercancías, Responsabilidad Civil derivada del ejercicio profesional del personal técnico y especialista en relación contractual del mismo, Responsabilidad Civil Contractual que no exceda de la legal, así como la Responsabilidad Civil del CONTRATISTA, por daños personales causados a sus propios empleados o de sus Subcontratistas – Responsabilidad Civil Patronal (en dicho caso con un sublímite de trescientos mil (300.000) Euros por víctima) por los que sea legalmente responsable.
b) Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio y Voluntario de Automóviles: para cubrir toda responsabilidad civil derivada de daños materiales, daños corporales y sus consecuencias, derivada del uso de todos aquellos vehículos necesarios para la ejecución de este Contrato y que tengan obligación de tener seguro de automóviles conforme a la legislación que les sea aplicable.
c) Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo: para todo el personal del CONTRATISTA y de sus Subcontratistas, así como cualquier otro seguro de contratación obligatoria de acuerdo a la legislación durante el período de duración del Contrato.
d) Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montaje: por el cien por cien (100%) del Importe Total del Precio del Contrato para cubrir los daños y pérdidas ocurridos en los Trabajos Objeto de este Contrato desde la fecha de inicio de los Trabajos en el Emplazamiento, hasta la entrega de los mismos a la Propiedad de acuerdo con el presente Contrato, incluyendo el período de puesta en marcha con sus respectivas pruebas de recepción, e incluyendo un período de Mantenimiento amplio de veinticuatro (24) meses, desde su entrega.
Dicho seguro, deberá garantizar como mínimo:
• Obra civil e instalaciones: cien por cien (100%) del valor del Contrato.
• Riesgos de la Naturaleza: cien por cien (100%) del valor del Contrato.
• Bienes preexistenes: 3.000.000 € a primer riesgo.
• Gastos de desescombro: diez por ciento (10%) del valor del Contrato.
• Horas extras y transportes urgentes: diez por ciento (10%) del valor del Contrato.
• Gastos de extinción: diez por ciento (10%) del valor del Contrato.
• Honorarios profesionales, incluidos los del Asegurado: cinco por ciento (5%) del valor del Contrato.
• Huelga, Motín y Conmoción Civil: cinco por ciento (5%) del valor del Contrato.
• Terrorismo: tres millones (3.000.000) de euros por siniestro.
• Aumento automático de sumas aseguradas: veinte por ciento (20%).
• Errores de diseño, incluyendo la pieza defectuosa: (cláusulas LEG3 o DE5).
• Mantenimiento amplio: 24 meses
e) Seguro de daños a los Equipos de construcción alquilados, arrendados por o de propiedad del CONTRATISTA o de sus Subcontratistas: el CONTRATISTA o sus Subcontratistas suscribirán pólizas de seguro para cubrir, por su valor de reposición, los daños que sufran los Equipos de construcción, maquinaria, herramientas y demás bienes que se utilicen en la ejecución de los Trabajos Objeto de este Contrato. En caso