PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIO INTEGRAL DEILUMINACIÓN EXTERIOR
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIO INTEGRAL DEILUMINACIÓN EXTERIOR
1. ÍNDICE
5.2.- Instalaciones futuras y modificaciones 8
5.3.- Cumplimiento de la Reglamentación 9
6. CESIÓN DE USO Y EXPLOTACIÓN DE LA INSTALACIÓN 12
7. ORGANIZACIÓN Y SERVICIOS GENERALES 13
7.1.- Plan básico de funcionamiento, organización del servicio 13
7.2.- Disposición del personal 14
7.3.- Disposición de equipos 16
7.4.- Medios de transporte y elevación 18
7.5.- Disposición de superficie y stock de recambios 19
7.6.- Información del servicio administrativo 19
7.7.- Elaboración del inventario de las instalaciones 21
8. GESTIÓN ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN. – PRESTACIÓN P1 22
8.1.- Gestión de facturas y pagos del suministro eléctrico 22
8.2.- Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN 24
8.3.- Robo de electricidad, obras ajenas y otras causas 26
8.4.- Control y gestión del funcionamiento general 27
8.5.- Mantenimiento de planos e inventario de la instalación 27
9. MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN.- PRESTACIÓN P2 28
9.1.- Elaboración de un Plan de Mantenimiento Preventivo 30
9.2.- Mantenimiento preventivo mínimo en equipos de regulación y control 31
9.3.- Mantenimiento preventivo mínimo en cuadros de maniobra 32
9.4.- Mantenimiento preventivo mínimo en luminarias 33
9.5.- Mantenimiento preventivo mínimo en líneas eléctricas 33
9.6.- Inspecciones de la INSTALACIÓN 33
9.7.- Verificación e inspección reglamentaria de la INSTALACIÓN 35
9.8.- Centro de Mantenimiento 35
10. GARANTÍA TOTAL.- PRESTACIÓN P3 36
9.1.- Aseguramiento de la instalación 39
11. OBRAS DE MEJORA Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL ALUMBRADO EXTERIOR.- PRESTACIÓN P4 41
12.1.- Levantamiento lumínico del Municipio de Leioa 43
12.2.- Adecuación de las instalaciones a la normativa vigente y remodelaciones 44
12.3.- Alumbrado festivo y navideño 44
12.4.- Operaciones casuales, puntuales y provisionales 45
12.5.- Nuevas instalaciones 45
12.6.- Forma de prestación del programa de trabajo 46
13. ENTREGA Y RECEPCION DE LAS INSTALACIONES A LA EXTINCION DEL CONTRATO 46
ANEXO A1.- Requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de alumbrado exterior CEI-IDEA 50
ANEXO A2: Certificados y ensayos necesarios para luminarias con tecnología Led de alumbrado exterior 50
ANEXO B: Condiciones técnicas mínimas a cumplir por las luminarias con tecnología Led de alumbrado exterior 52
ANEXO C: Condiciones técnicas mínimas a cumplir para adaptaciones de luminarias existentes a tecnología LED 61
ANEXO D: Condiciones técnicas mínimas a cumplir para los centros de mando y control 63
ANEXO E: Condiciones técnicas mínimas a cumplir para el control de los centros de mando 66
ANEXO F: Condiciones técnicas mínimas para estabilizadores-reductores en cabecera de línea 68
ANEXO G: Relación de zonas singulares que tienen un tratamiento especial 72
ANEXO H: Temperatura de color genérica y específica correlacionada en xxxxxx para luminarias con tecnología Led 73
ANEXO I: Proyecto luminotécnico. Cálculos lumínicos justificativos 74
ANEXO J: Auditoria energética en el alumbrado exterior xxxxxxx xxx xxxxxxxxx 00
XXXXX K: Relación de instalaciones que componen el alumbrado navideño 96
ANEXO L: Relación de instalaciones adheridas al alumbrado público objeto de consumo energético 97
ANEXO M: Relación de instalaciones semafóricas 106
ANEXO N: GIS Municipal. 113
2. ANTECEDENTES
Existe una auditoría energética del año 2012, que recoge las condiciones de las instalaciones en esa fecha, una propuesta de cambio para cada vía pública, el importe de las obras a realizar para la solución que propone la auditoría y los plazos previstos de retorno de la amortización. Esta auditoría se adjunta en el Anexo X xxx Xxxxxx Técnico, exclusivamente a título informativo. En el Anexo N de esos mismos Pliegos, se adjuntan datos de las instalaciones a fecha de 2015, y se observan variaciones con respecto al inventario de luminarias y centros de mando contemplados en la auditoría de 2012, debido a los cambios producidos en el tiempo. En este periodo de tiempo transcurrido se han producido avances tecnológicos significativos, lo cual permite a los licitadores ofertar, si así lo estiman, soluciones tecnológicas alternativas a las que se contemplan en la auditoría.
La propuesta de cada licitador, por tanto, no tiene por qué atenerse a la solución contemplada en la auditoría, sino que deberá atender a la mejor solución que cada licitador entienda en orden a una mayor eficiencia energética
3. OBJETO
El objeto de este Pliego de Condiciones Técnicas es regular y definir el alcance y condiciones mínimas de las prestaciones que habrán de regir para la contratación de los servicios energéticos y mantenimiento con garantía total de las instalaciones de alumbrado exterior público (en adelante, la INSTALACIÓN) pertenecientes al Ayuntamiento de Leioa.
La prestación del servicio tiene como principal finalidad el servicio energético que prevé la mejora, la eficiencia y el ahorro energético, asegurando el correcto funcionamiento del alumbrado exterior público del municipio manteniendo el nivel de servicio por el que fueron proyectadas las instalaciones previniendo posibles averías y realizando, cuando proceda, reparaciones, reposiciones y reemplazos, suministros, mejoras y modificaciones.
Los Servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones obligatorias:
- Prestación P1- Gestión Energética: gestión energética y explotación de las instalaciones integrantes electricidad de la red de alumbrado público de Leioa; gestión del suministro energético de electricidad para toda la red de alumbrado público exterior de Leioa; control de calidad, cantidad y uso y garantías de provisionamiento. Los contratos de compra de energía serán de titularidad del Adjudicatario, quien deberá formalizarlos con las empresas comercializadoras o distribuidoras de energía eléctrica. En esta prestación están incluidos los consumos energéticos de las instalaciones de semáforos, alumbrados navideños, paneles informativos, paneles publicitarios y equipamientos urbanos (incluidos en Anexos K, L y M del este Pliego)
- Prestación P2- Mantenimiento: mantenimiento rutinario, programado y preventivo
necesarios para garantizar el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones que componen la red de alumbrado exterior público de Leioa con todos sus componentes, semáforos y alumbrado navideño, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial. En el PPTP se contemplan las actuaciones obligatorias mínimas de esta prestación.
- Prestación P3- Garantía Total: mantenimiento correctivo, reparación y, en su caso, sustitución de todos los elementos deteriorados en las instalaciones integrantes de la red de alumbrado exterior público de Leioa y semáforos, según se regula en el PPTP bajo la modalidad de Garantía Total.
- Prestación P4- Obras de mejora y Renovación de las Instalaciones del Alumbrado Exterior-: Se incluye en esta prestación, como carácter de mínimo obligatorio, todas aquellas inversiones necesarias para la mejora y renovación de las instalaciones
consumidoras de energía recogidas en las especificaciones del documento de la Auditoría realizada, anexado al Pliego de Prescripciones Técnicas, incluyéndose el suministro e instalación, puesta en marcha y recepción provisional, de los dispositivos que en su caso deban ser instalados para la eliminación y/o compensación de la energía reactiva de los suministros.
Además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables.
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
La Empresa de Servicios Energéticos (en adelante ESE) contratada será responsable de la ejecución de estas Prestaciones, limitándose el Ayuntamiento a disponer de la estructura técnica de supervisión para establecer los planes, coordinar los trabajos, controlar las realizaciones y, en general, verificar y asegurar que las prestaciones estén en condiciones de satisfacer sus exigencias.
4. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Los trabajos a realizar por la ESE abarcan a todas las instalaciones conectadas a la Red de Alumbrado Exterior Público y semafóricas que se ubican dentro del término municipal del Ayuntamiento de Leioa, a todos y cada unos de sus componentes (en adelante, LA INSTALACIÓN).
Además, el Adjudicatario se hará cargo del montaje y desmontaje del alumbrado navideño.
5. REQUISITOS GENERALES
La ESE aceptará la INSTALACIÓN en las condiciones de la fecha de formalización del contrato, haciéndose cargo de la misma, a la que prestará el servicio correspondiente, de acuerdo con las especificaciones de este Pliego. A este respecto, la ESE manifiesta que tiene completo conocimiento de:
- La naturaleza de la INSTALACIÓN.
- Estado de todas las instalaciones y equipos de la INSTALACIÓN cuya gestión le es encomendada.
- Las condiciones particulares de acceso ligadas a la seguridad y a la especificidad de sus instalaciones.
Esta aceptación de la INSTALACIÓN actual, independientemente de su tipo, estado y calidad, le obliga a mantener los elementos existentes sin que puedan ser sustituidos por otros, salvo en los casos especificados en este Pliego, o cuando previamente haya sido autorizada para ello por el Ayuntamiento de Leioa.
Es por tanto necesario que los licitadores realicen el estudio de las instalaciones actualmente existentes, antes de redactar su oferta, considerando su estado, y para ello, pueden solicitar al Ayuntamiento autorización para tener acceso a las mismas, siempre que no interfieran en su funcionamiento.
Para conocer las instalaciones de la mano de los técnicos municipales, se les convocará por parte del Ayuntamiento, en orden a una visita guiada a las mismas en la fecha a publicar en el Perfil del Contratante de la web municipal. Deberán presentar, entre los documentos a aportar con su oferta, el referido en el apartado 5.1.A.5 de la claúsula X xxx Xxxxxx Administrativo.
Durante la vigencia de este Contrato, la ESE se hará cargo de todas las instalaciones de alumbrado público que realice o reciba de terceros el Ayuntamiento, debiéndose prestar el servicio correspondiente de acuerdo con lo especificado en el presente Contrato y a los precios que así se estipulen.
La ESE revisará a su cargo las nuevas instalaciones de alumbrado realizadas por terceros antes de su recepción por el Ayuntamiento, a quien informará de la bondad de la ejecución de las mismas o de las deficiencias apreciadas. Si la instalación no cumple lo dispuesto en el Pliego de Condiciones Técnicas generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de obras municipales, la ESE deberá hacerlo constar con vistas a la realización de las obras para su adecuación por parte de los responsables.
La ESE aceptará la resolución que le transmita el Ayuntamiento y, en su caso, se haría cargo de la instalación en las condiciones existentes y de acuerdo con las especificaciones de este Pliego.
La cuantía del abono por el Ayuntamiento a la ESE por la conducción y conservación de estas nuevas instalaciones será la cantidad resultante de promediar los costes del contrato a la ampliación prevista.
Durante el plazo de garantía de estas nuevas instalaciones, la ESE dará parte de las incidencias sobre dichas instalaciones de forma expresa y singularizada.
5.2.- Instalaciones futuras y modificaciones
Todos los materiales que se utilicen, tanto en las instalaciones definitivas como en las provisionales, deberán estar de acuerdo con las condiciones técnicas generales que se establezcan, respetando cuanto se indica sobre niveles y uniformidad de las iluminaciones.
Si durante la vigencia del contrato el Ayuntamiento de Leioa considera oportuno modificar los
elementos de la instalación o adoptar otros sistemas, la ESE estará obligada a aceptar la conservación de los mismos, previa elaboración y aceptación por ambas partes, de los precios contradictorios que correspondan, siempre y cuando los nuevos cambios en el alumbrado exterior público no menoscaben los ahorros obtenidos tras la implantación de las medidas de la ESE. En caso contrario y tras la aprobación de la ESE, se sumarán las pérdidas de ahorros a la lista de precios contradictorios, y que serán elaborados teniendo como referencia los que consten en la oferta presentada por la ESE.
Si el contratista creyera oportuno llevar a cabo modificaciones de los materiales de la instalación si la evolución tecnológica así lo aconseja, tendrá que comunicar su petición al Ayuntamiento de Leioa, sin la comprobación y autorización del cual no se podrán realizar los citados cambios
Las nuevas instalaciones, las ampliaciones de las existentes y las modificaciones cuando corresponda, cumplirán el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior y la normativa municipal.
5.3.- Cumplimiento de la Reglamentación
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del presente Contrato, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica y de seguridad e higiene vigentes, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de las instalaciones y las prestaciones asumidas con el presente contrato.
Básicamente se contemplará en todo momento el cumplimiento del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) y sus instrucciones técnicas complementarias, especialmente la ITC-BT 09 que se refiere a instalaciones de alumbrado exterior con prescripciones específicas para la seguridad de las mismas, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado
Exterior (REEIAE) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-01 a ITC-EA-07, las normas
particulares vigentes de la empresa suministradora de energía aprobadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo de las líneas de distribución eléctrica que pueda afectar a la homologación de equipos y disposiciones eléctricas y el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Leioa, junto con sus Ordenanzas Municipales.
Se tendrán en cuenta las disposiciones siguientes:
• Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx y en concreto la ITC-BT 09 que se refiere a instalaciones de alumbrado exterior con prescripciones específicas para la seguridad de las mismas.
• Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior, Real
Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, con las prescripciones y normas contenidas en las Instrucciones Técnicas Complementarias que se incorporan como anexos al Reglamento, y en concreto la ITC-EA-01 a ITC-EA-07.
• Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, Real
Decreto 2200/1995, de 29 de diciembre, y en concreto para todo lo concerniente en cuanto a la acreditación documental del cumplimiento de las prescripciones técnicas, mediante Certificados de Laboratorios Acreditados por ENAC, para el tipo de ensayos requeridos y Aprobados por el Comité Técnico de Certificación AEN-CTC-007 de AENOR, para ensayos de luminarias, lámparas y equipos asociados, con Marca N.
• Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y en concreto su apartado 6 del artículo 20, que impone a las Administraciones Públicas el fomento de la adquisición de productos normalizados.
• Normas o Especificaciones AENOR o UNE tanto de los 3 sistemas de regulación, como
del las luminarias de alumbrado exterior y soportes de las mismas.
• Recomendaciones del Comité Español de Iluminación (CEI) y del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Recomendaciones publicadas en el Cuaderno núm. 5 de Eficiencia Energética en Iluminación, titulado “Sistemas Eficientes de Regulación y Control en Alumbrado de Exteriores”.
• Requerimientos Técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de Alumbrado Exterior del Comité Español de Iluminación (CEI) y del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
La ESE aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones, sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento de Leioa.
La ESE, en cumplimiento del Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, tendrá suscrito un Convenio del que aportará certificación oportuna, para el Sistema Integrado de Gestión de Residuos de Aparatos de Alumbrado (xxxxxxx xx xxx, luminarias y equipos auxiliares) incluidos en la categoría 5 del Anejo I del citado Real Decreto.
Igualmente, La ESE acreditará de forma fehaciente que las lámparas y/o luminarias retiradas son enviadas a una instalación de reciclado autorizada para realizar dichas operaciones. En el caso de las lámparas, se justificará que el traslado a dicha instalación se hará mediante Gestor Autorizado de
Residuos Peligrosos con código LER 200121 y tanto para las lámparas como para las luminarias deberá presentar, además, certificado de la entrada de los residuos en la planta de reciclado.
La ESE deberá conservar toda la documentación perteneciente al municipio que se vaya generando a lo largo del tiempo de duración del contrato y se la entregará al Ayuntamiento de Leioa a la finalización del mismo, en formato digital. No obstante, irá entregando copias puntuales de los informes que se vayan realizando, de las certificaciones y otros documentos que se generen.
El Ayuntamiento de Leioa tendrá acceso y podrá solicitar en cualquier momento cuanta documentación considere de interés.
6. CESIÓN DE USO Y EXPLOTACIÓN DE LA INSTALACIÓN
El Ayuntamiento de Leioa cede, por este Contrato, el uso y la explotación de la INSTALACIÓN a favor del adjudicatario, la ESE, quien por su parte la acepta, en los términos y condiciones que se especifican a continuación.
La ESE, desde el momento de la firma del Contrato, será el único y exclusivo responsable de utilizar y explotar dicha INSTALACIÓN con la diligencia y cuidado que su destino exija, operándola de acuerdo con las indicaciones de operación y mantenimiento establecidos por el Ayuntamiento de Leioa, y manteniéndola en perfecto estado de uso y funcionamiento, constituyéndose así la ESE en el único y exclusivo responsable de cualesquiera daños que pudieran ocasionarse en la prestación de este Servicio Público como consecuencia de la omisión o negligencia en la realización de tales tareas.
La INSTALACIÓN sólo podrá ser dedicada al uso previsto en el presente contrato.
Serán por cuenta y cargo de la ESE todos los gastos necesarios que la INSTALACIÓN pudiera
requerir con ocasión de su uso, explotación, mantenimiento, conservación y reparaciones, tanto ordinarias como extraordinarias.
La transformación, modificación, supresión, retirada y/o alteración de cualesquiera partes o elementos componentes de la INSTALACIÓN no podrá ser llevada a cabo durante la vigencia del presente contrato sin la previa y expresa autorización del Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa.
7. ORGANIZACIÓN Y SERVICIOS GENERALES
7.1.- Plan básico de funcionamiento, organización del servicio.
Los licitadores tendrán que presentar un plan de funcionamiento del servicio, detallando particularmente:
- Organigramadetallado del conjunto de personal directo, es decir, del designado al servicio, y
de aquel que estará disponible para cubrir las necesidades que se produzcan, horarios del servicio de todo el personal adscrito.
- Relación de las categoríasprevistas en todos los niveles con las correspondientes funciones.
- Planificación operativa de los itinerarios y medios de control. Se detallarán los trabajos programados por cada equipo de trabajo y los horarios en que se llevaran a cabo, así como la planificación de los mismos.
- Relación de vehículos y medios previstos.
- Calendario de puesta en marcha del contrato.
La empresa adjudicataria nombrará un representante del contrato, técnico especialista en alumbrado con titulación de ingeniero, técnico o asimilable con amplia experiencia demostrable,
como un interlocutor válido con el Ayuntamiento, con objeto de controlar la buena marcha del servicio.
Este responsable será el interlocutor válido para la presentación del servicio y se personará periódicamente, así como siempre que sea requerido en el Ayuntamiento para las principales incidencias del servicio.
El responsable del contrato dispondrá de un teléfono móvil de amplia cobertura para ser localizado en todo momento.
7.2.- Disposición del personal
El contratista deberá disponer en todo momento del personal necesario en número y condiciones para efectuar todos los trabajos específicos en el presente pliego.
El contratista deberá presentar en su oferta un completo Organigrama del servicio, tal como lo pretende realizar, especificando adecuadamente su plantilla e indicando los puestos que serán desempeñados por su personal, que prestará su servicio en jornada completa o parcial.
El contratista deberá contar inicialmente con la totalidad del personal previsto en el organigrama y plantilla ofertados, no admitiéndose que puedan transcurrir más de sesenta días durante la vigencia del contrato sin tener la plantilla del servicio completa.
Si pasados dos meses desde el inicio del contrato, el adjudicatario considerase conveniente una modificación del organigrama, con carácter circunstancial o definitivo, a fin de lograr una mejor adecuación a las necesidades del servicio, lo propondrá a el Ayuntamiento, debiendo aceptar, en todo caso, la resolución que éste tome.
Dado que el contratista viene obligado a satisfacer en todo caso las especificaciones xxx Xxxxxx, si con el personal previsto en la plantilla no realizase la presentación con la calidad contractual exigida, vendrá obligado a ampliar la plantilla la misma sin que ello permita variar los precios de su
oferta.
Condiciones generales: el contratista dispondrá del personal previsto en el Organigrama
para satisfacer adecuadamente las exigencias xxx Xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etc., los cuales satisfarán, en todo caso, o dispuesto en la legislación vigente y los convenios colectivos de aplicación que les afecten.
El contratista facilitará la información requerida por el Ayuntamiento para controlar el cumplimiento de las reglamentaciones legales exigentes.
Jefe de servicio y/o ingeniero, Técnico o asimilable: el adjudicatario deberá nombrar a un responsable y/o técnico medio o superior, que será el único interlocutor válido para los asuntos relativos al servicio entre el Contratista y el Ayuntamiento. Este interlocutor deberá asistir a las reuniones a que se les requiera para tratar asuntos relativos al servicio.
Documentación: todo el personal de la contrata adscrito al servicio deberá llevar una tarjeta de identidad plastificada que será facilitada por el propio contratista.
Prevención de riesgos Laborales: las empresa que liciten, deberán estar al corriente de sus obligaciones, según lo exigido por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por el reglamento de los Servicios de Prevención y de los demás reglamentos particulares relacionados con la Prevención de Riesgos Laborales.
Para poder acreditar lo anteriormente expuesto deberá presentar en el momento indicado la siguiente documentación:
1. Resumen del sistema de gestión de la prevención implantado en la empresa, contrato del servicio de prevención ajeno, si corresponde y número de personas asignadas a los trabajos y subcontrataciones a realizar. Deberá presentarse con la oferta.
2. Plan de seguridad y salud y nombramiento de un técnico responsable de prevención de riesgos laborales, así como certificados médicos de aptitud de los trabajadores que vayan a participar en la ESE, certificados de formación en prevención recibida por los trabajadores, habilitaciones para uso de vehículos y maquinaria, todo ello deberá presentarse a la dirección del contrato antes del comienzo de su explotación.
El contratista dotará a todo su personal de elementos de seguridad y prevención de accidentes que se utilizan actualmente en este tipo de trabajos, debiendo tomar las medidas necesarias para conseguir que dichos elementos protectores sean efectivamente utilizados y siendo de su exclusiva responsabilidad los accidentes laborales que pudiera llegar a sufrir el personal de la contrata.
Toda la información relativa al Organigrama, personal mínimo, medios, etc., deberá quedarse reflejada en la memoria descriptiva de la organización que el licitador presentará en su oferta.
El contratista vendrá obligado a contar con el equipo necesario para satisfacer las exigencias especificadas en el Pliego, tanto por lo que respecta a los aparatos de medida , como a los demás elementos y herramientas que deberá manejar su personal y a los vehículos de los que les dote, así como de aquél que haya que adquirir como consecuencia de la dinámica funcional y operativa de la prestación del servicio y del crecimiento cuantitativo del número de puntos de luz y otras exigencias que se vayan creando durante la vigencia del contrato y que haya de satisfacer.
El contratista estará obligado al mantenimiento de los medios materiales y mecánicos que resulten necesarios para la realización de los fines objeto del contrato.
El Ayuntamiento de Leioa podrá comprobar y revisar el equipo cuando lo desee sin interferir la prestación del servicio o influir negativamente en su coste, debiendo dar el contratista todas las facilidades necesarias para que ello pueda efectuarse con eficacia y rapidez.
El contratista dispondrá como mínimo del equipo que se indica a continuación y será utilizado en las diversas inspecciones o verificaciones.
- Medidor de aislamiento y tierras.
- Tenazas volt-amperimétricas y faseamperimétricas para cada operario.
- Voltímetro-amperímetro registrador.
- Registrador de tensión.
- Registrador de intensidad.
- Analizador de armónicos en la red.
- Detector de continuidad de cables subterráneos.
- Medidor de iluminancias calibrado.
- Cámara termográfica.
- Telémetro láser.
-Luxómetro registrador.
Todos los aparatos de medida deberán estar en perfectas condiciones de uso y serán comprobados periódicamente por la ESE, a fin de asegurar que permiten realizar mediciones correctas de acuerdo con errores admisibles, según el tipo de instrumento. El medidor de iluminancias deberá estar debidamente calibrado por organismo independiente.
Además la ESE deberá disponer de:
- Herramientas, escalera, etc. La ESE está obligada a que su personal obrero disponga de las herramientas necesarias para que efectúe su cometido con seguridad, calidad y eficacia de acuerdo con la buena práctica.
- Sistema de transmisión con escucha y misión perfecta en todo el término municipal. La ESE describirá detalladamente en su oferta el sistema de comunicación que oferta.
La maquinaria, equipos, etc., serán objeto de una minuciosa descripción en la Memoria de organización del servicio que el licitador presentará en la oferta .
7.4.- Medios de transporte y elevación
La ESE dispondrá de los vehículos necesarios y de características tales que le permitan realizarse las prestaciones exigidas por el contrato con la máxima rapidez posible y con el mínimo de molestias a las /los vecinos/as, y a las/los usuarios/as de las vías públicas, o en caso, de la totalidad de lo que indique su oferta. Estos medios de transporte deberán ser capaces y suficientes para aportar, con la necesaria urgencia, los materiales, medios auxiliares y personal técnico y laboral a los trabajos que se presenten, así como realizarse las rondas periódicas de inspección orientadas a mantener una adecuada vigilancia de las instalaciones.
La ESE detallará en su oferta la lista de vehículos ligeros y pesados, las plataformas elevadoras (potencia y altura), así como las características de los mismos. Igualmente describirá los dispositivos de comunicación instalados en ellos.
El licitador deberá justificar detalladamente en su oferta el número de vehículos que oferta para ejecutar su servicio.A este respecto deberá acreditar, como mínimo, disponer de los siguientes vehículos:
.- Plataforma de elevación, para alturas de más de 12 metros, que permita realizar trabajos en zonas de difícil acceso
.- Camión cesta para una altura igual o superior a 14 metros, con sistema de comunicación y
GPS.
7.5.- Disposición de superficie y stock de recambios
Para asegurar el buen servicio de conservación del alumbrado público, la ESE deberá dejar reflejado en su oferta su propuesta para disponer de un local o almacén en el término municipal (cláusula D.4.4.2.7.1.7 xxx Xxxxxx Administrativo), así como de la superficie destinada a oficinas, almacén de materiales, dependencias para el personal, aparcamiento para vehículos, etc., a fin de que cualquier urgencia sea tratada con la mayor celeridad posible y no se consuma tiempo por desplazamientos innecesarios.
Igualmente, la ESE deberá justificar el stock disponible para atender cualquier avería o accidente que se produzca.
7.6.- Información del servicio administrativo
Periódicamente, el contratista entregará al responsable del Ayuntamiento de Leioa un comunicado donde se detallarán las incidencias detectadas y reparadas, especificando el número de puntos de luz, el tipo de incidencia, la fecha de detección, y la fecha de reparación. La incorporación de un sistema de Gestión ha de permitir que el Ayuntamiento, en cualquier momento pueda tener acceso a la base de datos actualizada.
El contratista podrá presentar el sistema informático de gestión que será compatible con el que viene usando el Ayuntamiento de Leioa (Geomedia de Intergraph),siempre y cuando permita gestionar o realizar las siguientes operaciones:
Debe tener una base de datos que contenga el inventario de las instalaciones del alumbrado
exterior público: Esta plataforma tendrá que ser capaz de emitir los listados e informes siguientes:
- Ubicación y descripción e imágenes de los puntos de luz y cuadros de maniobra.
- Calificaciones energéticas de las instalaciones por calle.
- Codificación de los cuadros y puntos de luz.
- Trabajos pendientes: Averías detectadas pendientes de reparar y procesos de conservación preventiva pendientes de ejecutar.
- Fichas de cada punto de luz con su historial de xxxxxxx.
- Operaciones de conservación preventiva.
- Fichas de cada cuadro de maniobra con su historial.
Mostrar la información sobre un plano digitalizado del municipio donde se encuentren graficadas las instalaciones de alumbrado (cuadros de mando, puntos de luz y circuitos) y todos los datos del inventario. También debe quedar indicada el área donde se ubica la infraestructura para planificar correctamente posteriores actuacionese indicar sobre plano la ubicación de las incidencias generadas previamente.
Recepción de las instalaciones. El sistema debe permitir introducir nuevas instalaciones, verificando el cumplimiento con las Normativas de aplicación y generando informes de subsanación en el caso que no se cumplan, con el objetivo de recepcionar adecuadamente instalaciones nuevas.
Integración total de los datos alfanuméricos (base de datos) con los datos gráficos (cartografía).
El mantenimiento de la base de datos y el plano digitalizado irán a cargo del contratista.
El contratista tendrá que entregar a el Ayuntamiento, una vez finalizada la prestación P4, los programas que permitan consultar por pantalla y por impresora el plano digitalizado y la base de datos que contenga el inventario del alumbrado exterior público.
Los licitadores tendrán que presentar las plantillas tipo de las fichas y los listados.
EL sistema informático que se implante será accesible por los servicios técnicos del Ayuntamiento mediante acceso en servidor web, para crear o visualizar avisos, inventario, o verificar el estado de incidencias asociadas al mantenimiento pendientes de reparar.
7.7.- Elaboración del inventario de las instalaciones
El contratista tendrá que entregar, una vez finalizada la prestación P4, un inventario informatizado de las instalaciones de alumbrado público, así como un plano digitalizado donde de reflejen los cuadros de maniobra y los puntos de luz, exportable en formato GIS al sistema utilizado por el Municipio. Concretamente, se entregará una cartografía de toda la red de alumbrado público, especificando los puntos de luz existentes (con su número de código) y cuadros de maniobra (con su número de código). Para facilitar el trabajo, el Ayuntamiento proporcionará la información digitalizada en formato DGNde los planos del presente pliego.
Los datos alfanuméricos de la base de datos y los datos gráficos de la cartografía tendrán que poderse integrar totalmente en el sistema utilizado por el Municipio.
A fin de facilitar las funciones de control y conservación de los puntos de luz y cuadros de maniobra, se referirán a cada uno de los códigos identificativos.
Los licitadores explicarán en su oferta de forma detallada el sistema informático que proponen utilizar, sus características de funcionamiento y los datos que permiten almacenar y gestionar.
El sistema aportado por el contratista, debe poder comprobar ahorros conseguidos tras realizar las actuaciones asociadas a la mejora de la eficiencia energética, comparando facturas emitidas por la Compañía con las estimaciones iniciales. Debe permitir, previa introducción de los datos de facturación, estimación de costes energéticos para la realización de presupuestos
Existirá un servicio xx xxxxxxx permanente de 24 horas incluyendo días festivos, de modo que ni un solo momento a lo largo del año quede sin atender el servicio.
El personal xx xxxxxxx deberá disponer en caso de necesidad de los vehículos y materiales necesarios para su intervención.
La ESE será responsable de establecer el programa de la realización de los trabajos que debe efectuarse como consecuencia de las anomalías que se produzcan durante las horas sin luz diurna, o en días festivos, a fin de evitar, por orden de prioridad, posibles peligros contra personas o cosas, serios deterioros de la instalación dificultades al tráfico, reparar averías que afecten a puntos de luz contiguos, etc., ajustarse a las instrucciones especificas que reciba del Ayuntamiento, o de la Policía Municipal.
Asimismo, será responsable de avisar a los técnicos de su Empresa, así como a los del Ayuntamiento, Policías Municipales, Compañía suministradora de energía, etc., de aquellas anomalías que se produzcan, si así lo aconseja su importancia, de las causas si es que son conocidas, etc.
8. GESTIÓN ENERGÉTICA DE LA INSTALACIÓN. – PRESTACIÓN P1
La gestión energética de la INSTALACIÓN contemplada en la Prestación P1 comprenderá su acondicionamiento, vigilancia y control y el suministro de la energía requerida para el funcionamiento de la misma.
8.1.- Gestión de facturas y pagos del suministro eléctrico
La ESE se compromete a hacer suministrar, a su cuenta, la electricidad necesaria para asegurar el funcionamiento y la utilización normal de la INSTALACIÓN, gestionando todas las pólizas de abono necesarias y asumiendo su pago mediante la domiciliación bancaria con la compañía
comercializadora de la energía eléctrica.
Para ello, en el plazo máximo de una semana a la firma del Contrato, la ESE habrá comunicado de forma fehaciente a la actual compañía comercializadora de electricidad sus datos bancarios para la domiciliación de la factura de consumo de electricidad de la INSTALACIÓN, remitiendo copia del escrito al Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa. En el mismo sentido, los contratos de compra de energía serán de titularidad del Adjudicatario, quien deberá formalizarlos con las empresas comercializadoras o distribuidoras de energía eléctrica, dentro de ese mismo plazo de una semana.
Los desajustes de facturación en el consumo que se pudiera producir debido al cambio de titularidad de la Instalación, será prorrateado al precio del contrato.
La ESE estará obligada a conservar las facturas de suministro eléctrico durante el plazo que dure ese contrato. Durante este tiempo, dichas facturas estarán a disposición del Ayuntamiento para consultar cuantos datos sean necesarios.
La ESE llevará un registro mensual desglosado de la facturación de cada cuadro de mando. Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato y se entregará al Ayuntamiento de Leioa a la conclusión de dicho contrato.
La ESE podrá negociar y contratar el suministro de electricidad de la INSTALACIÓN con cualquier compañía comercializadora. Esa nueva contratación será comunicada previamente al Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa.
Las garantías de calidad en el suministro y aprovisionamiento de energía eléctrica dadas por la ESE serán las mismas aportadas por los organismos y las empresas distribuidoras o comercializadoras de energía eléctrica.
8.2.- Gestión de conducción y vigilancia de la INSTALACIÓN
La ESE realizará bajo su responsabilidad las acciones siguientes:
- El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior.
- Las regulaciones necesarias.
- El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos.
- La vigilancia general de las instalaciones.
- Las rondas e inspecciones corrientes.
El encendido y apagado de la INSTALACIÓN se realizará por la ESE en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario de funcionamiento publicado por el Ministerio de Industria (ortos y ocasos), con el objetivo de conseguir una optimización energética, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (más o menos). De la misma manera se gestionará la entrada en funcionamiento de la reducción del nivel de flujo luminoso.
En el plazo de dos semanas desde la fecha de inicio del contrato, la ESE deberá comprobar que no existen desviaciones entre los sistemas de encendido y apagado de la INSTALACIÓN, corrigiéndolos en caso contrario. La ESE emitirá un informe con el resultado de la inspección que entregará al Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa.
Para el control del encendido y apagado de las instalaciones, así como para la reducción del flujo luminoso, la ESE propondrá un programa de inspecciones y verificaciones, o en su defecto un sistema de gestión, que permita detectar y corregir cualquier mal funcionamiento.
La ESE realizará a su coste la variación del horario de encendido o apagado de los cuadros de mando que se indiquen por parte del Ayuntamiento de Leioa.
El horario propuesto por el Ayuntamiento de Leioa podrá ser revisado por la ESE con el
objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades del servicio, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa antes de su puesta en funcionamiento.
Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada en funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes:
- Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado.
- Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado.
Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación.
Las reducciones de flujo de luz por debajo de esta cifra del 50% podrán ser establecidas y negociadas por las partes (Ayuntamiento y adjudicatario), en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones.
La utilización de sistemas de Telegestión dedicados al alumbrado, ya sean por cuadro de mando o punto a punto, contarán siempre con la aprobación del Responsable Municipal del Contrato Ayuntamiento de Leioa. Dichos sistemas de Telegestión, podrán utilizarse para realizar los apagados y encendidos, y/o las regulaciones horarias de flujo siempre que lo permitan. Si en algún caso, y con la ayuda de los sistemasde Telegestión, se propone un perfil de apagado/encendido y de regulaciones horarias de flujo distinto al establecido anteriormente, deberá contar siempre con la aprobación del Ayuntamiento de Leioa.
En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por la ESE, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). Dichos puntos de luz nunca podrán ser
apagados en ningún caso, según lo establecido en el REEIAE, mantendrán un mínimo de iluminación determinado por el Ayuntamiento de Leioa. En todos estos casos, el funcionamiento de su emisión selectiva de flujo luminoso, dependiente del sensor en cuestión, será propuesta por la ESE, y será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato Ayuntamiento de Leioa
8.3.- Robo de electricidad, obras ajenas y otras causas
La ESE tendrá que comunicar al Ayuntamiento de Leioa, de inmediato, las instalaciones ajenas a la instalación que puedan estar conectadas a la misma de manera irregular. Asimismo la ESE deberá desconectarlas, para lo cual el Ayuntamiento prestará asistencia de los servicios técnicos y policía municipal si así se considerase necesario por partes.
La ESE presentará asistencia al Ayuntamiento, cuando así sea requerido, para comprobar la realización de cualquier trabajo ajeno a la red de alumbrado exterior público realizado por otras empresas y que puedan afectar a la misma.
La ESE revisará las nuevas instalaciones de alumbrado realizadas por terceros antes de su recepción por parte del Ayuntamiento y previamente a la incorporación al actual contrato, a quien informará de la bondad de la ejecución de las mismas o de las deficiencias apreciadas.
Durante el plazo de garantía de estas nuevas instalaciones, la ESE redactará informe de las incidencias sobre estas instalaciones de forma expresa y singularizada, haciéndolo llegar al Ayuntamiento, quien se obliga a avisar al instalador para que proceda, durante el plazo de garantía, a su reparación inmediata.
El Ayuntamiento de Leioa no podrá autorizar a terceros la manipulación de ningún centro de mando, canalizaciones, tendidos eléctricos, luminarias, soportes y en general cualquier elemento que forme parte del alumbrado exterior público gestionado por la ESE, sin aprobación expresa de la misma.
8.4.- Control y gestión del funcionamiento general
La ESE llevará un registro mensual de los consumos de cada cuadro de mando, desglosando las potencias activa y reactiva y el factor de potencia, así como en las horas de funcionamiento con horario punta y horario xxxxx y el funcionamiento de la reducción de flujo. Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato y se entregará al Ayuntamiento de Leioa con la frecuencia en que se entreguen los informes periódicos.
Así mismo, la ESE llevará un registro anual de los niveles de iluminación, de la eficiencia energética y del resplandor luminoso de la INSTALACIÓN, clasificando los niveles de cada zona de acuerdo al Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE).
La ESE mantendrá el factor de potencia de las instalaciones de alumbrado exterior público, sin variar las características de las mismas, en el valor de 0,9, como mínimo a nivel de centros de mando y control.
Anualmente la ESE elaborará un informe de gestión del suministro y de los niveles de iluminación, eficiencia energética y resplandor luminoso nocturno y luz intrusa, con las conclusiones más significativas. Este informe será entregado al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de Leioa.
8.5.- Mantenimiento de planos e inventario de la instalación
Durante los seis primeros meses de contrato, la ESE levantará planos de todas las instalaciones de alumbrado exterior público y elaborará un inventario de todos los elementos y equipos:
- Numeración y codificación de todos los puntos de luz.
- Datos de los distintos puntos de luz; numeración, emplazamiento, características y marca de las luminarias, características y marca de los soportes, características y marca de las lámparas, relación cuantitativa y cualitativa de los distintos tipos de conductores instalados y ubicación del centro de mando desde donde se alimenta.
- Inventario y esquemas de los cuadros de mando, relación de elementos de protección y maniobra instalados con tipos y marcas, número de líneas y circuitos.
- Inventario por calle, sector y total de todos los puntos de luz instalados, potencia instalada, luminarias de cada tipo, soportes de cada tipo y otros datos significativos.
Los planos y el inventario se entregarán al Ayuntamiento de Leioa, en formato electrónico (planos en formato .dgn e inventario o datos alfanuméricos en formato .mdb) y en formato papel, al finalizar los seis primeros meses de contrato.
Durante la vigencia del contrato, cada vez que se produzcan modificaciones que alteren o varíen los datos anteriores, la ESE actualizará los planos, datos, esquemas e inventario, poniéndolos a disposición del Ayuntamiento de Leioa.
Los datos alfanuméricos de la base de datos y los datos gráficos de la cartografía tendrán que poderse integrar totalmente en el sistema utilizado por el programa de gestión propio y en el utilizado por los servicios técnicos del Ayuntamiento.
Los licitadores explicarán en su oferta de forma detallada el sistema informático que proponen utilizar, sus características de funcionamiento y los datos que permiten almacenar y gestionar.
9. MANTENIMIENTO E INSPECCIÓN.- PRESTACIÓN P2
El mantenimiento e inspecciones de la INSTALACIÓN contemplado en la Prestación P2,
seguirá las prescripciones de la normativa vigente que la ESE deberá ejecutar para llevar a cabo las labores de mantenimiento, verificación e inspección de las instalaciones conectadas a la Red de Alumbrado Exterior Público, y que comprenderán:
- Conservación y mantenimiento de los centros de mando, incluyendo todos sus componentes eléctricos y electrónicos.
- Conservación y mantenimiento del sistema de gestión centralizado xx xxxxxxx de mando, debiendo además actualizarlo cuando se produzcan modificaciones durante la vigencia del contrato.
- Conservación y mantenimiento de los tendidos de cables subterráneos y aéreos, conexiones, cajas de empalme, cajas de fusibles, etc.
- Conservación y limpieza de arquetas con sus tapas, que deberán estar perfectamente atornilladas y enrasadas.
- La reposición de portezuelas, retirada y sustitución de báculos, columnas, brazos y otros elementos que, por accidente u otras causas, resulten dañados.
- Conservación de luminarias, lámparas y faroles, sobre soporte o fachada, así como las de todos los elementos para su correcto funcionamiento, tales como inclinación de la luminaria, fijación y sujeción de la misma, adecuado apriete de tornillos, tuercas, posición del portalámparas, adecuación del cierre y estado de la junta en las cerradas, cierres, reactancias, condensadores, conexiones, portalámparas, instalación eléctrica y elementos originarios que puedan faltar, aunque solo tengan una función estética.
- Conservación en perfecto estado de las acometidas de las instalaciones de alumbrado exterior público.
- Cualquier otro elemento o equipo perteneciente a las instalaciones de alumbrado exterior público que no estuviera recogido entre los anteriores.
Trimestralmente, como resultado de las labores de mantenimiento, la ESE emitirá al Ayuntamiento de Leioa informes sobre los trabajos e inspecciones que se vayan realizando y sobre las incidencias que se produzcan.
Todos los desperfectos tendrán que ser informados al Ayuntamiento de Leioa, y los referentes a terceros, tendrán que ser presupuestados y reparados a cargo del contratista, una vez se de la aprobación por parte del Ayuntamiento de Leioa.
9.1.- Elaboración de un Plan de Mantenimiento Preventivo
La ESE deberá presentar en su oferta, un Plan de Mantenimiento Preventivo y de Inspecciones de la INSTALACIÓN apoyándose en la normativa vigente, y más concretamente en el Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), el resto de normativa vigente que sea de aplicación y a las recomendaciones dadas en el documento de Auditoría Energética que acompaña a este pliego y que se indican a continuación como obligaciones mínimas.Este Plan deberá ser aprobado por el Ayuntamiento de Leioa durante los seis primeros meses de contrato.
En el Plan de Mantenimiento e Inspecciones se detallarán tareas, periodicidad, planificación en cada sector del municipio y fechas de inicio y fin de dichas tareas en cada sector.
El Plan de Mantenimiento Preventivo incluye la realización de las tareas de limpieza de las instalaciones, así como de pintura de los elementos susceptibles de ello.
La ESE emitirá informes periódicos en los que indique el grado de avance del plan de Mantenimiento Preventivo, desglosado por tareas y zonas.
9.2.- Mantenimiento preventivo mínimo en equipos de regulación y control
Trimestralmente se llevará a cabo una revisión de comprobación, ajuste y anotación del funcionamiento y de los parámetros fundamentales (verificación del tarado, regulación, accionamientos) de los relojes astronómicos ubicados en los cuadros de maniobra y sistemas de encendido y apagado.
Estas comprobaciones y ajustes se podrán hacer a través del sistema de telegestión contemplado en la auditoría, si así se considera oportuno por el Ayuntamiento de Leioa, siempre que se justifique y compruebe la veracidad de la información recogida y la fiabilidad de las maniobras ejecutadas.
Las revisiones de los Equipos estabilizadores de tensión y reductores de flujo luminoso en cabecera de línea deberán ser semestrales como mínimo, y consistirán en las operaciones siguientes:
a) Comprobación que las cargas conectadas al equipo no superan la intensidad máxima por fase admitida. Esta medida es importante tomarla siempre, ya que es posible que se hayan incrementado las cargas conectadas al equipo.
b) Revisar las conexiones de entrada y salida del Equipo, con apriete xx xxxxxx, así como las del centro de mando que lo alimenta, a fin de corregir posibles contactos deficientes.
c) Verificación de funciones del equipo.
d) Comprobación de que realiza el arranque inicial o cebado de las lámparas a tensión nominal o de red.
e) Comprobación de todas las protecciones contra descargas atmosféricas.
f) Limpieza del equipo con aire comprimido.
La ESE efectuará las reparaciones de los fallos detectados y emitirá un informe del estado de
los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa.
9.3.- Mantenimiento preventivo mínimo en cuadros de maniobra
Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual de su estado y de los parámetros de funcionamiento (tensión, aparatos de medida, ausencia de protecciones automáticas disparadas) y consumo.
Trimestralmente se hará una comprobación y anotación de funcionamiento de los parámetros fundamentales (consumo, revisión termográfica). También se llevará a cabo una limpieza.
Anualmente se realizará una revisión general de todos sus elementos, sin desmontaje, incluyendo el propio armario así como el engrase de cierres y bisagras. Las principales operaciones de control serán:
- Funcionamiento de los aparatos de maniobra y protección.
- Comprobación de los aislamientos entre conductores y entre conductor y tierra.
- Comprobación de la tensión de entrada.
- Comprobación del factor de potencia.
- Comprobación de las intensidades por fase y equilibrado de las mismas.
- Comprobación de la caída de tensión al final de la línea.
- Test de respuesta de los diferenciales.
- Medida de la protección a tierra.
- Repretado xx xxxxxx
La ESE emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa.
9.4.- Mantenimiento preventivo mínimo en luminarias
Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual del estado de sustitución sistemática de lámparas, LEDs, tubos fluorescencias, reactancias, cebadores, drivers y protecciones de sobretensiones por agotamiento de su vida útil.
Tres veces por semana se comprobará el funcionamiento nocturno de todos los puntos de luz de cada zona, corrigiendo aquellos que se encuentren fuera de servicio.
La ESE emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe loentregará al Ayuntamiento de Leioa.
Cada dos años, como mínimo, se llevará a cabo una limpieza, realizándose la primera de ellas dentro de los seis primeros meses desde la firma del contrato. La limpieza de las luminarias comprenderá la carcasa, del interior del reflector y los cierres. La limpieza de las luminarias abiertas, de los faroles y de los globos afectará a todos sus componentes y elementos. Se trasladará el informe correspondiente de las acciones realizadas al Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa.
9.5.- Mantenimiento preventivo mínimo en líneas eléctricas
Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual del estado y parámetros de funcionamiento (canalizaciones y revisión termográfica general).
La ESE emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa.
9.6.- Inspecciones de la INSTALACIÓN
La ESE presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la INSTALACIÓN como el estado de la totalidad de los soportes, armarios, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las
instalaciones de alumbrado público.
Así mismo, la ESE estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo.
El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiéndose presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas.
Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por la ESE, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Leioa tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la INSTALACION. A tales efectos, la ESE se obliga a facilitar al Ayuntamiento de Leioa el acceso a la INSTALACIÓN y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos.
Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de la ESE. La ESE será la única responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica.
La ESE se obliga a comunicar al Ayuntamiento de Leioa, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la INSTALACIÓN, así como todo accidente causado por o con aquélla.
Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas
serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.
9.7.- Verificación e inspección reglamentaria de la INSTALACIÓN
En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y por organismos de control, autorizados para este campo reglamentario.
El calendario será el que se indica a continuación:
- Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones.
- Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada.
- Verificaciones cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada.
- Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada.
La ESE llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento de Leioa a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia de dichos certificados al Ayuntamiento de Leioa en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.
9.8.- Centro de Mantenimiento
La ESE dispondrá de un Centro de Mantenimiento compuesto por el personal y medios contemplados en su oferta. Se entiende por Centro de Mantenimiento el conjunto de medios
humanos y materiales de la ESE que estará más en contacto con los técnicos municipales, y a través del cual se cursarán las órdenes de trabajo, notas de servicio, informes, etc., sirviéndose de nexo de unión entre la ESE y el Ayuntamiento de Leioa.
10. GARANTÍA TOTAL.- PRESTACIÓN P3
La ESE conservará constantemente en funcionamiento y en buen estado el material y los componentes de la INSTALACIÓN, haciendo cuantas reparaciones o reposiciones sean necesarias, con la mayor brevedad y sin necesidad de requerimiento previo, cualquiera que sea la causa que lo motivó.
Es por ello que la ESE queda obligada a la localización y reparación a su cargo de todas las averías que puedan originarse en las instalaciones objeto de este contrato.
En caso de averías provocadas por actos vandálicos, robos, hechos malintencionados, accidentes o similares, la ESE tendrá igualmente la obligación de su detección y reparación, a su cargo. En caso de conocer la identidad del causante, la ESE hará la reclamación formal de los daños ocasionados a estos o a su compañía aseguradora.
En general, las averías deberán ser reparadas en menos de veinticuatro horas, y las que afecten a centros de mando de forma inmediata, aunque pueda tener carácter provisional su puesta en servicio. Las grandes reposiciones por averías causadas por actos vandálicos, saqueos o robos tumultuosos, desastres naturales o similares, serán reparadas a la mayor brevedad posible.
Si en otro tipo de averías su reparación exigiese, por motivos justificados, un mayor plazo, se informará de ello al Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento.
Se repondrán todas las lámparas y equipos fundidos rotos o agotados, sin coste adicional al servicio de mantenimiento. Cualquier punto de luz averiado o cuyo flujo luminosos sea inferior al mínimo correspondiente al final de su vida útil, deberá ser reparado antes de 48 horas de su baja o,
en aquellos casos en los que por su importancia o singularidad lo requiera, en el plazo fijado por el Ayuntamiento de Leioa.
Conforme se vayan sustituyendo las lámparas o equipos auxiliares en este concepto, se llevará un control de la fecha de reposición, con la finalidad de controlar la duración de los mismos.
Si durante la vigencia del contrato se modificasen los elementos de las instalaciones o se adoptasen nuevos sistemas de control de las mismas, la ESE quedará obligada a aceptar la conservación de los mismos.
La reposición de los diversos elementos se efectuará con materiales de las mismas características y calidades que los primitivos, los cuales serán comprobados por los técnicos del Ayuntamiento de Leioa, quienes podrán rechazar los materiales que no cumplan estas condiciones.
Así mismo, las soluciones adoptadas en las tareas de mantenimiento y reposición deberán guardar la estética y la uniformidad del resto de las instalaciones del área.
En el caso de que el Ayuntamiento de Leioa considere que el material que debe reponerse es de características anticuadas o inadecuadas a las circunstancias del momento, podrá exigir a la ESE que los sustituya por productos ajustados a la actual tecnología y calidad necesaria.
Para la prestación de los servicios de conservación de las instalaciones y reparación de averías, laESE establecerá un “servicio xx xxxxxxx” integrado por al menos un equipo disponible las 24 horas del día. El equipo dispondrá de un vehículo provisto xx xxxxxxxx hidráulica para una altura de trabajo de 14 metros, sistema de comunicación y dispositivo GPS para optimizar y minimizar los desplazamientos, y estará dotado del personal, medios técnicos y repuestos que lo capaciten para resolver inmediatamente cualquier incidencia, o tomar las medidas necesarias para evitar el posible peligro de los usuarios de la vía pública o deterioro de la instalación. Los vehículos se encontrarán en un local predeterminado, dotado de sistema de comunicación.
La ESE propondrá al Ayuntamiento de Leioa la organización del servicio xx xxxxxxx y el
número de equipos necesarios en función de las características del municipio. El Ayuntamiento deberá dar su visto bueno por el Responsable Municipal del Contrato.
Igualmente existirá un servicio telefónico xx xxxxxxx en las oficinas de la ESE a lo largo de las
24 horas del día que reciba los avisos y reclamaciones, dotado de grabador de llamadas que le permita grabar el informe sobre la anomalía denunciada y de sistema de comunicación para poner en conocimiento de los equipos xx xxxxxxx la deficiencia. El Ayuntamiento podrá examinar, cuando lo estime pertinente, las cintas grabadas, para lo cual deberán ser almacenadas hasta que no se autorice su destrucción por parte del Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa.
A partir de las llamadas recibidas, la ESE creará un registro electrónico donde se reflejará la fecha y la hora de cada llamada, el aviso recibido y las acciones realizadas para subsanar la posible avería. Este registro estará permanentemente actualizado y a disposición del Ayuntamiento de Leioa.
Estos servicios se prestarán todos los días del año en idénticas condiciones.
La ESE deberá disponer del correspondiente detector de averías subterráneas de forma que facilite la rápida determinación del punto donde se encuentra y que evite tener que descubrir canalizaciones de una longitud superior a los tres metros.
La ESE tendrá que señalizar la vía pública de acuerdo con las Ordenanzas Municipales y Reglamentos en vigor o con las instrucciones que reciba por parte del Ayuntamiento de Leioa, siendo de su exclusiva responsabilidad los daños y perjuicios que puedan derivarse por el incumplimiento de esta obligación, independientemente de cualquier otra responsabilidad civil o penal.
Cuando una avería afecte, por sus características, a tres o más puntos de luz consecutivos, y se precise de un tiempo de reparación que superase las 48 horas, la ESE estará obligada a realizar a su cargo una instalación provisional, con tendido de cables, sustitución de componentes, etc., que permita al menos una restitución cuantitativa y cualitativa del 50% de la iluminación normal.
Los desplazamientos, tanto provisionales como definitivos, de los elementos de alumbrado
exterior público, a petición de terceros, siempre que sean autorizados por el Ayuntamiento de Leioa y con cargo directo a aquellos serán supervisados por los servicios técnicos municipales.
La empresa ESE adjudicataria podrá controlar y velar para que no afecten en las instalaciones de alumbrado exterior público existentes aquellas obras que se realicen en la vía pública, sea cual sea la actuación y la empresa que las realice.
9.1.- Aseguramiento de la instalación.
Dentro del concepto de garantía Total, la ESE asume todos los riesgos por daños y pérdidas totales o parciales de los elementos y/o equipos que conforman la INSTALACION, incluso por robo, por incendio, ocualquiera que sea la causa a que respondan, al tener encomendado el mantenimiento y conservación de la misma.
Con tal motivo la ESE se obliga a concertar, previo conocimiento y aprobación del Ayuntamiento, y por cuantía suficiente en las sumas aseguradas, la póliza o pólizas de seguros que cubran de manera suficiente al menos:
• Seguro todo riesgo de la INSTALACION.
• Daños a terceros y responsabilidad civil por la explotación.
• Incendio, explosión, rayo y adicionales incluidos los riesgos extensivos de daños por huelgas y acciones tumultuosas con inclusión de la prima del consorcio de compensación de seguros para riesgos catastróficos.
• Robo y expoliación.
La ESE se obliga a remitir al Ayuntamiento previamente a la fecha de su formalización, copia acreditativa de dichas Pólizas y de todas sus renovaciones, no quedando obligado este último con la Aseguradora al pago de las primas que serán de única cuenta y cargo de la ESE.
El beneficiario de la póliza o pólizas que suscriba para garantizar tales riesgos será el Ayuntamiento. El pago de la indemnización o indemnizaciones en caso de siniestro, deberá ser por tanto satisfecho directamente al Ayuntamiento por la Entidad Aseguradora.
El periodo durante el cual deberán mantenerse en vigor tales pólizas coincidirá con la duración del presente contrato.
Estas pólizas podrán ser sustituidas por una franquicia anual destinada a cubrir el importe de reposición de los elementos de la INSTALACIÓN afectados por cualquiera de estos riesgos.
La ESE informará por escrito al Ayuntamiento, en caso de siniestro y con independencia de su gravedad, dentro del mismo plazo en que venga obligado a comunicar su acaecimiento a la entidad aseguradora, precisando su naturaleza, la fecha, el lugar y las circunstancias del mismo, así como la índole y valoración provisional de los daños producidos.
En caso de siniestro, el importe de la indemnización recibida de la Compañía Aseguradora será destinado por el Ayuntamiento a la reconstrucción o reparación de LA INSTALACIÓN, transfiriendo los importes recibidos, directamente a la ESE a estos solos efectos.
La ESE completará por su cuenta y cargo la sustitución de los elementos y/o equipos siniestrados, los trabajos necesarios y los importes que no estén incluidos en la indemnización del seguro o que correspondan a franquicias, y que sean necesarios para la total reposición y nueva puesta en operación de LA INSTALACION en caso de siniestro.
Podrá abonar el ayuntamiento las MEJORAS que puedan ocasionarse con motivo de las sustituciones de elementos deteriorados por estas causas ( esto es, mejoras tales como: cambio a material normalizado si no lo fuera el que se sustituye, cambio de luminarias abiertas a cerradas, etc.) y las modificaciones que se realicen para evitar o minimizar las causas de robos o vandalismo (cambios a luminarias a más altura, protecciones diversas adicionales, desplazamientos a lugares más idóneos, etc.), todo ello a iniciativa del propio Ayuntamiento.
11. OBRAS DE MEJORA Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL ALUMBRADO EXTERIOR.- PRESTACIÓN P4
El objeto de este contrato tiene como fin reducir el consumo energético del alumbrado exterior público sustituyendo las instalaciones que no cumplan las normativas de eficiencia energética y contaminación lumínica.
La ESE ejecutará, a su cargo, las inversiones de ahorro propuestas en la Memoria Técnica presentada en el Documento B.4 del Sobre B de su oferta para la mejora y renovación de las instalaciones de alumbrado exterior público. Tendrá que ser efectiva dentro de los 6 primeros meses de contrato. El plazo de la renovación podrá ser reducido por el licitador.
Será necesario que el licitador presente un plan de actuación detallado que incluya todas las actuaciones previstas en su oferta para la mejora y renovación de las instalaciones de alumbrado exterior público, con la especificación del calendario de ejecución, detalle de procedimiento de ejecución y todo aquello necesario con especial atención a los aspectos de seguridad y salud y coordinación con los técnicos municipales y Policía Local. Este plan se tendrá que aprobar por parte del Responsable Municipal del Contrato delAyuntamiento de Leioa.
Todos los materiales tendrán que ser de primera calidad, por eso será necesario que en las actuaciones a incluir en la Prestación P4 se presente dossier técnico de cada uno de los materiales propuestos, así como certificados de homologaciones, certificados de laboratorio acreditado por ENAC que avale el cumplimiento de los requisitos técnicos definidos en los Pliegos y toda la información necesaria de los materiales propuestos. No se utilizará ningún material que no cumpla las normativas vigentes sobre alumbrado exterior público. Este apartado se valorará notablemente ya que la calidad de los materiales sustituidos, los disfrutará el Ayuntamiento una vez recepcione el alumbrado exterior público, vencido este contrato, sin tener que realizar nuevas instalaciones.
La ESE gestionará la ejecución, puesta en marcha, pruebas y legalización de la nueva INSTALACIÓN de acuerdo con el calendario incluido en la oferta.
La ESE inspeccionará y supervisará por su cuenta las fases de suministro, montaje y puesta en marcha de la nueva INSTALACIÓN y de sus pruebas de funcionamiento, asumiendo las responsabilidades que se pudieran derivar por cualesquiera daños y/o perjuicios, ya sean directos o indirectos que pudieran causarse en el proceso de renovación de la INSTALACIÓN por ella misma o sus Proveedores.
El calendario de ejecución, puesta en marcha y pruebas podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre la ESE y el Ayuntamiento de Leioa, en el caso de que concurrieran causas de fuerza mayor o surgieran imprevistos que impidieran el cumplimiento de los plazos inicialmente estipulados.
La aceptación de la nueva INSTALACIÓN por parte del Ayuntamiento de Leioa tendrá lugar una vez se hubiere verificado su correcto y adecuado funcionamiento, mediante la realización de las pruebas adecuadas para cada equipo y para el conjunto de la INSTALACIÓN. Dichas pruebas serán realizadas bajo la responsabilidad de la ESE y de sus Proveedores en presencia de un representante del Ayuntamiento de Leioa. Las mismas verificarán el cumplimiento de preceptos recogidos en el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior.
No tendrá lugar la aceptación de la nueva INSTALACIÓN cuando, durante la realización de las pruebas de funcionamiento, se pusiera notoriamente de manifiesto cualquier tipo de deficiencias, defectos, fallos y/o anomalías derivadas de un incorrecto diseño, vicios o defectos de los elementos o equipos que conforman la nueva INSTALACIÓN, montaje, puesta en marcha o mediciones luminotécnicas de la misma.
Una vez resulten satisfactorias las pruebas y mediciones, el Ayuntamiento de Leioa suscribirá conjuntamente con la ESE y por duplicado ejemplar, un Certificado de Aceptación de la nueva INSTALACIÓN, por el que se entenderá a los efectos de este contrato como reconocimiento expreso
del primero de haber recibido ésta a su entera satisfacción.
Una vez suscrito el Certificado de Aceptación, la ESE asumirálas responsabilidades de gestión, mantenimiento y garantía (P1, P2 y P3) de la INSTALACIÓN renovada, en las mismas condiciones en las que venía asumiendo las prestaciones P1, P2 y P3 hasta ese momento, dentro del marco del Contrato.
En virtud de lo pactado en el presente contrato, a la finalización del mismo todos los elementos y componentes adquiridos por la ESE para la nueva INSTALACIÓN, serán propiedad del Ayuntamiento de Leioa. Consecuentemente, la ESE no podrá contraer préstamos, tomar créditos ni asumir obligaciones de ninguna especie por las que cualquier elemento, o la INSTALACIÓN en su conjunto, pueda quedar afecto como garantía de cumplimiento de las mismas.
Como se ha indicado, además de las Prestaciones P1, P2 y P3, se pretende promover la incorporación de equipos de elevada eficiencia, y la utilización de energías renovables, como la energía solar fotovoltaica, mediante la Prestación P4.
Estas instalaciones, adicionales, serán propuestas, ejecutadas y financiadas voluntariamente por el Adjudicatario mediante los ahorros conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendránrepercusión económica sobre el presupuesto del contrato.
Cualquier inversión planteada de forma voluntaria por el Adjudicatario en las instalaciones del Ayuntamiento de Leioa, deberá contar con el consentimiento del propio Ayuntamiento, teniendo ésta la potestad para admitir o rechazar la ejecución de dicha inversión.
12. OTRAS ACTUACIONES
12.1.- Levantamiento lumínico del Municipio de Leioa
Una vez ejecutadas y finalizadas las obras de mejora y renovación de las instalaciones de alumbrado exterior (Prestación P4), la ESE Adjudicataria realizará un levantamiento lumínico del
Municipio de Leioa, marcando los niveles luminosos de cada zona representativa (calles, plazas, etc.). Los niveles obtenidos, tras la ejecución de las obras, deberán estar dentro de los parámetros marcados por el R.D. 1890/2008. En el caso de que hubiera desviaciones importantes en las mediciones obtenidas, la ESE Adjudicataria deberá realizar las acciones necesarias para subsanarlas en una plazo inferior a 30 días. Estas actuaciones deberán contar con la aprobación de los servicios técnicos del Ayuntamiento de Leioa. Los costes derivados de dicha subsanación correrán a cuenta de la ESE Adjudicataria.
12.2.- Adecuación de las instalaciones a la normativa vigente y remodelaciones
Se consideran trabajos incluidos en este apartado aquellos derivados de las inspecciones para la legalización de las instalaciones, que deberán llevarse a cabo paralelamente a la ejecución de las obras de mejora y renovación de las instalaciones. Una vez ejecutados estos trabajos, le ESE deberá proceder a legalizar las instalaciones resultantes, a su cargo.
12.3.- Alumbrado festivo y navideño
En la celebración de actos festivos, deportivos, culturales o de cualquier otra naturaleza que el Ayuntamiento de Leioa considere de interés general, la ESE será responsable del perfecto funcionamiento de las instalaciones de su alumbrado exterior público durante el desarrollo de los mismos en la zona que oportunamente se indique y por el tiempo que se determine.
El Ayuntamiento de Leioa facilitará a la ESE los adornos navideños y la ESE se encargará de la adecuación, montaje y desmontaje de las instalaciones de las mismas.
Podrá incluir, dependiendo de las características de cada evento, la inspección previa de la instalación y la subsanación de las deficiencias detectadas, variaciones en el horario de funcionamiento, el apagado parcial o total de la instalación y el montaje y/o desmontaje de determinados elementos.
El Ayuntamiento entregará la relación de este alumbrado navideño realizado en el último año, a efectos orientativos.
12.4.- Operaciones casuales, puntuales y provisionales
Por estos conceptos se incluyen los trabajos siguientes:
- Trabajos de cambio de potencia, retirada y desplazamiento de puntos de luz o centros de mando.
- Trabajos de conexiones y desconexiones del alumbrado exterior público.
- Instalaciones o actos promovidos por el Ayuntamiento u otras entidades, siempre con la autorización del técnico municipal y a petición del Ayuntamiento.
- Traslados, instalaciones por obras realizadas por el Ayuntamiento u otras entidades con la autorización municipal y siempre a petición del Ayuntamiento.
La ESE estará a disposición del ayuntamiento para cuantas reuniones sean necesarias para colaborar en obras y proyectos del Ayuntamiento que puedan afectar a la Red de Alumbrado exterior público.
Estas operaciones se realizarán tanto por iniciativa municipal como a petición de terceros, previa autorización de los servicios técnicos municipales.
Este punto también incluye los medios complementarios tanto de mano de obra como de material que solicite el Ayuntamiento de Leioa por traslados, pruebas de laboratorio, retirada de pancartas, encendidos y apagados esporádicos, etc.
Opcionalmente el Ayuntamiento podrá encargar trabajos correspondientes a aquellas instalaciones nuevas de pequeño y medio abasto, no previstas en estos momentos, que sea necesario
en el futuro.
12.6.- Forma de prestación del programa de trabajo
En función de la magnitud de las actuaciones a realizar, o por el requerimiento expreso de los servicios técnicos municipales, el contratista está obligado a presentar, antes de comenzar los trabajos, un plan de ejecución que será sometido a la aprobación del Ayuntamiento de Leioa. Una vez aprobado, el plan adquirirá carácter contractual.
Antes de iniciar la obra se procederá al replanteo de la misma sobre el terreno, existiendo la posibilidad de realizar modificaciones parciales, tanto en ese momento, como durante la ejecución de los trabajos siempre que las dos partes estén de acuerdo.
La obra tendrá que finalizar en la fecha establecida, ya sea la fecha inicialmente prevista o la determinada en una posterior ampliación del plazo.
El contratista pondrá a disposición del responsable del Ayuntamiento de Leioa un libro de obra en el que periódicamente se anotará la ejecución y las variaciones que puedan ocurrir.
Con el objeto de cumplir lo especificado en el apartado anterior, el contratista tendrá que organizar unos grupos de trabajo que actuarán básicamente durante la jornada diurna. Estos grupos serán independientes al grupo que se dedique al mantenimiento de la red de alumbrado. Estos grupos de trabajo tendrán que estar capacitados para efectuar la instalación completa de la INSTALACIÓN.
13. ENTREGA Y RECEPCION DE LAS INSTALACIONES A LA EXTINCION DEL CONTRATO
Al término del contrato, la ESE hará entrega al Ayuntamiento de Leioa las obras ejecutadas e instalaciones realizadas, garantizando la ESE que unas y otras se entregan con una vida útil mínima de 1 año, a contar desde la recepción por parte del Ayuntamiento de Leioa.
En caso de que cualquiera de los elementos instalados por la ESE durante el contrato, requiera ser sustituido dentro del plazo de 1 año que se acaba de señalar, los gastos de sustitución correrán a cargo de la ESE, siempre y cuando su deterioro no responda a un uso anormal.
RELACIÓN DE ANEXOS AL PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DESERVICIOS ENERGÉTICOS EN LAS INSTALACIONES DE
ALUMBRADOEXTERIOR PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE LEIOA
NOTA: Esta relación de anexos es el resultado del trabajo efectuado para complementar los pliegos de un concurso de reforma de la iluminación de un municipio a la tecnología LED. Su único fin es el de servir de ayuda para definir, acotar, clarificar y comparar las distintas soluciones que pudieran presentar los concursantes.
Anexo A 1.- Requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología led de alumbrado exterior CEI-IDAE.
Anexo A 2.- Certificados y ensayos necesarios para luminarias con tecnología Led de alumbrado exterior.
Anexo B.- Condiciones técnicas mínimas a cumplir por las luminarias con tecnología Led de alumbrado exterior.
Anexo C.- Condiciones técnicas mínimas a cumplir para adaptaciones de luminarias existentes a tecnología Led.
Anexo D.- Condiciones técnicas mínimas a cumplir para los centros de mando y control. Anexo E.- Condiciones técnicas mínimas a cumplir para el control de los centros de mando. Anexo F.- Condiciones técnicas mínimas para estabilizadores-reductores en cabecera de línea. Anexo G.- Relación de zonas singulares que tienen un tratamiento especial.
Anexo H.- Temperatura de color genérica y específica correlacionada en xxxxxx para luminarias con tecnología Led.
Anexo I.- Proyecto luminotécnico. Cálculos lumínicos justificativos.
Anexo J.- Auditoria energética en el alumbrado exterior público del municipio. Anexo K.- Relación de instalaciones que componen el alumbrado navideño.
Anexo L.- Relación de instalaciones adheridas al alumbrado público objeto del consumo energético.
Anexo M.- Relación de instalaciones semafóricas. Anexo N.- GIS Municipal.
ANEXO A1.- Requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de alumbrado exterior CEI-IDEA
xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxx_Xxxxxxxxxxxxxx_XXX_XXX-0- 120815_81a949fd.pdf
ANEXO A2: Certificados y ensayos necesarios para luminarias con tecnología Led de alumbrado exterior
Además de cumplir en su totalidad los requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de alumbrado exterior incluidos en el documento del ANEXO A-1 se presentaran los certificados y ensayos necesarios para el cumplimiento del mismo y que se incluyen en la siguiente tabla.
CERTIFICADOS Y ENSAYOS EMITIDOS PORUNAENTIDADACREDITADA | ||
1 | Marcado CE: Declaración de Conformidad y Expediente Técnico tanto de la luminaria como de sus componentes. | |
2 | Certificado sobre el grado de hermeticidad de la luminaria completa o en su defecto de cada uno de los elementos auxiliares y necesarios para el correcto funcionamiento de la luminaria. (Recomendado IP6x). | |
3 | Fotometría de la luminaria estabilizada en temperatura según Xxxxx EN 13032 | |
4 | Medidas eléctricas de tensión, corriente de alimentación, potencias y factor de potencia de la luminaria. | |
5 | Eficacia de la luminaria (mínimo 80 lm/W). | |
6 | Medida del Índice de Reproducción Cromática. (Mínimo Ra 70) |
7 | Medida de Temperatura de Color. (Rango admitido: 2.700K – 4.000K (+300)) salvo | |
8 | Certificado del cumplimiento de las normas UNE-EN 60598-1 (Luminarias. Requisitos generales y ensayos), UNE-EN 60598-2.3 (luminarias) y UNE-EN 60598-2- | |
9 | Certificado del cumplimiento de las normas UNE-EN 62031 (requisitos de seguridad para módulos LED) y UNE-EN 62471 (seguridad fotobiológica de lámparas y de aparatos que utilizan lámparas) | |
10 | Certificado del cumplimiento de las normas UNE-EN 00000-0-00 y UNE-EN 62384 para los dispositivos de control electrónico. | |
11 | Certificado del cumplimiento de las normas UNE-EN 55015 (límites perturbación radioeléctrica) y UNE-EN 61547 (inmunidad CEM) y UNE-EN 61000-3 |
ANEXO B: Condiciones técnicas mínimas a cumplir por las luminarias con tecnología Led de alumbrado exterior
Condiciones Técnicas a cumplir por las luminarias MODELO FUNCIONAL
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
MATERIALES | El cuerpo y la fijación de la luminaria, estará formada por piezas de fundición de aluminio inyectado de aleación del tipo EN AC-43000, EN AC 43400, EN AC 44100, EN AC 47100 según la norma UNE EN 1706 | |
TIPO ACABADOS | La pintura exterior de la carcasa deberá de cumplir la ISO 2808: >= 20µm para pintura líquida. >= 60µm para pintura en polvo en superficies lisas. >= 80µm para partes no lisas. | |
Mantenimiento de los sistemas integrados | Sustitución o acceso independiente de los sistemas integrantes (grupo óptico y equipo auxiliar) | |
Grado de protección (IP) de los compartimentos del sistema óptico y equipo auxiliar | ≥ 65 | |
Grado de protección IK global | ≥08 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 3 sistemas ópticos diferentes (fotometrías) | |
Temperatura de color máxima | 4000K + 300K |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra picos de voltaje perjudiciales en la red, incluidos los de alta sobretensiones causadas por rayos. | Integrado o no en la luminaria. Al menos 10Kv | |
FHS/ULOR instalado | Máximo 3% según cuadro 25 del Reglamento CE 245/2009 | |
Clase eléctrica | Disponible clase I y clase II |
MODELO AMBIENTAL:
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
MATERIALES | El cuerpo y la fijación de la luminaria, estará formada por piezas de fundición de aluminio inyectado de aleación del tipo EN AC-43000, EN AC 43400, EN AC 44100, EN AC 47100 según la norma UNE EN 1706 o de polímero reforzado de alta calidad según ensayos UNE 53104, UNE-EN ISO 2440, UNE-EN ISO 4589/1, UNE-EN ISO 4589/2 y UNE- EN ISO 4589/3. | |
TIPO ACABADOS | La pintura exterior de la carcasa deberá de cumplir la ISO 2808: >= 20µm para pintura líquida. >= 60µm para pintura en polvo en superficies lisas. >= 80µm para partes no lisas | |
Grado de protección (IP) del sistema óptico y del equipo auxiliar | ≥ 65 | |
Grado de protección IK global | ≥08 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 2 sistemas ópticos diferentes de distribución simétrica y asimétrica (fotometrías) | |
Temperatura de color máxima | 3000K + 300K |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra picos de voltaje perjudiciales en la red, incluidos los de alta sobretensiones causadas por rayos. | Integrado o no en la luminaria. Al menos 10Kv | |
FHS/ULOR instalado | Máximo según cuadro 25 del Reglamento CE 245/2009 | |
Clase eléctrica | Disponible clase I y clase II |
MODELO FAROL:
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
MATERIALES | El cuerpo y la fijación de la luminaria, estará formada por piezas de fundición de aluminio inyectado de aleación del tipo EN AC-43000, EN AC 43400, EN AC 44100, EN AC 47100 según la norma UNE EN 1706 o por xxxxx xx xxxxx inoxidable AISI304 de 1,5mm de espesor según Normas UNE-EN ISO 9445 y UNE-EN 10088. | |
TIPO ACABADOS | La pintura exterior de la carcasa deberá de cumplir la ISO 2808: >= 20µm para pintura líquida. >= 60µm para pintura en polvo en superficies lisas. >= 80µm para partes no lisas | |
Grado de protección (IP) del sistema óptico y del equipo auxiliar | ≥ 65 | |
Grado de protección IK global | ≥08 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 2 sistemas ópticos diferentes de distribución simétrica y asimétrica (fotometrías) | |
Temperatura de color máxima | 3000K + 300K | |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas xx | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, |
regulación | y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra sobre tensiones perjudiciales en la red, incluidas las causados por rayo | Integrado o no en la luminaria. Al menos 10Kv | |
FHS/ULOR instalado | Máximo según cuadro 25 del Reglamento CE 245/2009 | |
Clase eléctrica | Disponible clase I y clase II |
(*)Otros materiales serán especificados según criterios particulares.
MODELO TÚNELES Y PASOS INFERIORES:
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
MATERIALES | El cuerpo y la fijación de la luminaria, estará formada por piezas de fundición de aluminio inyectado de aleación del tipo EN AC-43000, EN AC 43400, EN AC 44100, EN AC 47100 según la norma UNE EN 1706 | |
TIPO ACABADOS | La pintura exterior de la carcasa deberá de cumplir satisfactoriamente el ensayo de envejecimiento acelerado de 1.000 horas según UNE EN ISO 11507:2007 |
Grado de protección (IP) del sistema óptico y del equipo auxiliar | ≥ 66 | |
Grado de protección IK global | ≥08 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 3 sistemas ópticos diferentes (fotometrías) | |
Temperatura de color máxima | 4000K + 300K | |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra sobre tensiones perjudiciales en la red, incluidas las causados por rayo | Integrado o no en la luminaria. Al menos 10Kv | |
Clase eléctrica | Disponible clase I y clase II |
MODELO PROYECTOR:
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
MATERIALES | El cuerpo y la fijación de la luminaria, estará formada por piezas de fundición de aluminio inyectado de aleación del tipo EN AC-43000, EN AC 43400, EN AC 44100, EN AC 47100 según la norma UNE EN 1706 | |
TIPO ACABADOS | La pintura exterior de la carcasa deberá de cumplir la ISO 2808: >= 20µm para pintura líquida. >= 60µm para pintura en polvo en superficies lisas. >= 80µm para partes no lisas | |
Grado de protección (IP) del sistema óptico y del equipo auxiliar | ≥ 66 | |
Grado de protección IK global | ≥08 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 3 sistemas ópticos diferentes (fotometrías) | |
Temperatura de color máxima | 4000K + 300K | |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable |
Se incorporará la protección contra sobre tensiones perjudiciales en la red, incluidas las causados por rayo | Integrado o no en la luminaria. Al menos 10Kv | |
Clase eléctrica | Disponible clase I y clase II |
ANEXO C: Condiciones técnicas mínimas a cumplir para adaptaciones de luminarias existentes a tecnología LED
Esta transformación además de cumplir las prescripciones incluidas en los diferentes apartados del documento requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de alumbrado exterior CEI-IDAE, deberá satisfacer:
Modelo | Valores mínimos exigidos | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Grado de protección (IP) del sistema óptico y del equipo auxiliar | ≥ 65 | |
Sistemas ópticos | Disponible con al menos 2 sistemas ópticos diferentes de distribución simétrica y asimétrica (fotometrías) | |
Grado de protección IK global | ≥08 | |
Temperatura de color máxima | 3.000K + 300K para adaptaciones tipo ambiental y 4.000K + 300K para adaptaciones tipo funcional | |
Configuraciones de control disponibles con uno o varios de estos sistemas de regulación | XXXX, Regulación de 3 pasos, Doble nivel, Hilo de mando, Regulación en cabecera, Flujo lumínico constante, y/o Flujo de luz ajustable | |
Se incorporará la protección contra picos de voltaje perjudiciales en la red, incluidos los de alta | Integrado o no en la luminaria. Al menos 10Kv |
sobretensiones causadas por rayos. | ||
FHS/ULOR instalado | Según cuadro 25 del Reglamento CE 245/2009 |
ANEXO D: Condiciones técnicas mínimas a cumplir para los centros de mando y control
Característica | Obligatoria | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Los cuadros serán integrales. Se compondrán de 2 o 3 módulos integrados en la misma envolvente (Acometida y medida, mando y protección para 2 módulos y con regulación para 3 módulos). | Sí | |
Tensión de trabajo de 400/230V F+N, potencia de hasta 43,64 Kw 400V 63A. | Sí | |
Grado de protección del conjunto IP65, IK 10 (Excepto módulo estabilizador-reductor con grado de protección XX00, XX00 si dispone del mismo). | Sí | |
Los módulos interiores de acometida, mando y protección estarán formados por xxxxx xx xxxxx aislamiento Clase II. | Si | |
Temperatura de trabajo: De -20 ºC hasta 45 ºC. | Sí | |
Envolvente exterior de xxxxx xx xxxxx inoxidable de 2 mm. De espesor AISI 304 y tejadillo para protección de lluvia, con tratamiento de inprimaciónWash-primer RFGS-766 y secativo RFCS-751 y pintura exterior normalizada sintética | Sí | |
El zócalo y bancada serán xx xxxxx inoxidable AISI 304 pulido. | Si | |
Cerraduras de triple acción con xxxxxxx xx xxxxx inoxidable y empuñadura antivandálicaocultable con soporte para bloqueo por candado y detector de puertas abiertas. | Sí |
El módulo de acometida y medida contendrá la acometida eléctrica según las normas particulares de la Compañía Eléctrica, la caja general de protección y los contadores electrónicos para tarifa integrada. | Sí | |
El módulo de mando y protección contendrá el interruptor general IGA, contactor (es) de potencia según la intensidad nominal en categoría AC3, protecciones de las líneas de salida con interruptores magnetotérmicos y diferenciales rearmables de 300mA de reconexión automática y display con teclado (de 4 a 6 salidas), protecciones de circuito de maniobra, protecciones de sobretensiones Clases B y C, alumbrado interior con lámpara protegida Clase II y toma de corriente auxiliar. | Sí |
Protección contra descargas atmosféricas y sobretensiones combinada clase I+II basada en tecnología de vía de chispas. Corriente de xxxxxx xx xxxx 50Ka y capacidad de apagado de la corriente consecutiva de 25KAms /100 Ams. | Si | |
El cableado de potencia del centro de mando será de sección mínima de 6 mm². | Sí | |
Los bornes de conexión para las líneas de salida de los circuitos de alumbrado exterior serán de sección mínima 35 mm² con prensaestopas PG29 para protección de cada línea. | Sí | |
Los cuadros satisfacen la Directiva Comunitaria de Baja Tensión 93/98/CEE, Directiva Comunitaria de Compatibilidad Electromagnética 89/336/CEE. | Sí |
Los cuadros satisfacen la Norma para conjuntos de aparamenta en baja tensión UNE-EN 60439-1, Xxxxx xx xxxxx de protección para envolventes UNE-EN 60529 (IP) y Xxxxx xx xxxxx de protección para envolventes UNE-EN 50102 (IK). | Sí | |
Los cuadros tienen que cumplir el Reglamento para Baja Tensión Real Decreto 842/2002. | Sí | |
La producción de los cuadros estará asegurada según la Norma UNE-EN ISO 9001/2000 con Certificado AENOR ER-0420/1996. | Sí |
ANEXO E: Condiciones técnicas mínimas a cumplir para el control de los centros de mando
Característica | Obligatoria | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Software basado en una aplicación web con acceso por usuario y contraseña | Sí | |
La comunicación entre los centros de mando y el servidor central se deberá realizar a través de GPRS o red LAN (RJ-45) | Sí | |
Detección de fallos inmediata | Sí | |
Detección de vandalismo en la instalación eléctrica (robo de energía, interrupción de la alimentación) | Sí | |
Posibilidad de encendido/apagado del centro de mando a través de SMS desde móvil autorizado | Sí | |
Control de consumos: medición de los consumos energéticos y representación gráfica por hora, día, semana, mes y año | Sí | |
Exportación de los datos de consumo a Excel | Sí | |
La configuración de encendido/apagado de los centros de mando se puede configurar de forma remota para un centro de mando o todo el municipio de una vez, configurando cada Equipo con las mismas coordenadas | Sí | |
Se muestran las alarmas y detección de fallos, y el sistema es capaz de generar informes con ellos. | Sí | |
El sistema detecta e informa de fallo general de tensión en el centro de mando | Sí | |
El sistema puede detectar fallos en cada una de las fases de los circuitos de salida. | Sí |
El sistema registra las horas de funcionamiento de la instalación | Sí | |
El sistema permite encender y apagar el alumbrado de forma remota | Sí | |
El sistema permite detectar corrientes de fuga y emitir una alarma si se rebasa el límite establecido, con detector adecuado | Sí | |
El sistema permite generar alarmas de puerta de centro de mando abierta | Sí | |
El sistema es inmune a los picos de tensión generados por la activación/desactivación de los contactores de maniobra, con protección adecuada | Sí | |
El sistema permite hacer lecturas en tiempo real de tensiones, corrientes, factor de potencia y consumos de cada fase independientemente. | Sí | |
El sistema permite comprobar el estado de la comunicación GPRS y medir su calidad (fuerza de la señal y número de antenas que pueden dar servicio), bien directamente o desde un smartphone | Sí | |
El sistema permite controlar en tiempo real las protecciones contra descargas atmosféricas del centro de mando bien sea el sistema de regulación con Equipos estabilizadores reductores en cabecera de línea o mediante el sistema de regulación punto a punto. | Sí | |
El sistema permite ir alojado en envolvente o armario con el grado de protección mínimo XX00 x XX00, exigido por el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y en concreto su ITC- BT-09. | Sí |
67
ANEXO F: Condiciones técnicas mínimas para estabilizadores-reductores en cabecera de línea
Característica | Obligatoria | A RELLENAR POR EL LICITADOR |
Por eficiencia económica de las instalaciones los Equipos realizarán el arranque inicial o encendido de las lámparas a tensión nominal o de red, para no perjudicar la vida de las mismas, porque ningún ahorro energético se justifica x xxxxx de encarecer notablemente los importantes gastos de su reposición y mantenimiento. | Sí | |
Por eficiencia económica y rentabilidad de la inversión, deben ser dimensionados en base a la potencia nominal de la instalación, que es la correspondiente a la potencia máxima del conjunto lámpara y equipo auxiliar, cuantificada en la Tabla 2 del apartado 4.- Equipos auxiliares, recogida en la ITC-EA-04 del R.E.E.I.A.E. | Sí | |
Las tensiones de salida de los Equipos serán la nominal asignada de los balastos que alimenta, según los valores recogidos en la Especificación AENOR EA-0033:2008 en su subapartado 6.2 Tensión de salida, para el correcto funcionamiento de las instalaciones. | Sí |
Para que con estos Equipos no se produzca un fallo que deje sin servicio a todos los circuitos alimentados por cada Equipo, deben estar provistos obligatoriamente de un “bypass”, conforme a la definición que se da de este dispositivo en el apartado 3.4 de la EA-0033:2008: “Dispositivo electrónico o electromecánico integrante del Equipo, que conecta directamente la entrada con la salida, inhibiéndolo en caso de un determinado tipo de fallos internos, para asegurar en estos casos el suministro de energía a la instalación de alumbrado, y permitiendo al Equipo volver a su funcionamiento normal (estabilización-reducción) al menos en la siguiente conexión a la red, siempre que haya desaparecido la causa que lo activó”, debiendo con ello asegurar la continuidad del suministro de energía a la red de alumbrado. | Sí | |
Un Equipo trifásico se compondrá de tres unidades funcionales monofásicas independientes, para que cualquier anomalía en una de ellas, no afecte en nada al funcionamiento de las otras dos, por razones de fiabilidad y eficiencia energética. | Sí |
Los Equipos serán estáticos según la definición 3.38 de la EA-0032:2007, “Equipos que para realizar las funciones de estabilización de tensión y reducción de flujo luminoso, únicamente utilizan en el circuito principal o de potencia, elementos o componentes estáticos (tirístores, triacs, etc.)”. Esta exigencia es fundamental por razones de fiabilidad, eficiencia económica y para mantener su compatibilidad electromagnética inicial, al no estar sometidos a desgastes de uso y fogueos de los electromecánicos o dinámicos. | Sí | |
Los Equipos dispondrán de protecciones magnetotérmicas y térmicas independientes de los magnetotérmicos, para que en el caso de que no se activen éstos por sobrecargas insuficientes, el sobrecalentamiento progresivo que se genere, active el by-pass e impida que el Equipo se averíe y pueda llegar a quemarse. | Sí | |
Deben disponer de protecciones adecuadas contra descargas atmosféricas que protejan su entrada, salida y el conductor neutro. | Sí |
Conforme lo exigido por el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (R.E.B.T.), en su ITC-BT-09 apartado 4.- Cuadros de protección, medida y control, la envolvente o armario en el que se alojen los Equipos, tanto si van en independiente como integrados con la protección, medida y control, tienen que cumplir el grado de protección mínimo IP55 (hermeticidad) e IK10 (resistencia mecánica), tanto por razones legales, como para contribuir a la fiabilidad técnica y a la eficiencia económica de las instalaciones, porque hermeticidades inferiores a IP55 son el origen y causa de frecuentes averías. Dentro de los armarios los Equipos tienen que trabajar correctamente a plena carga, y a temperatura inferior a la asignada en la EA- 0032:2007. | Sí | |
El modo de ventilación de los Equipos será natural, por convención (sin ventiladores), para lo cual deberán estar adecuadamente diseñados y dimensionados. | Sí |
ANEXO G: Relación de zonas singulares que tienen un tratamiento especial
Las vías urbanas secundarias con una intensidad media de tráfico del Alumbrado Exterior Público de Leioa, que son los accesos principales al Municipio, serán propuestas única y exclusivamente por los licitadores mediante tecnología de lámparas de Vapor de Sodio Alta Presión y que a continuación se enumeran:
.- SarrienaAuzoa
.- AldekoaneAuzoa
.- ElexaldeAuzoa
.- Xxxxxxxxxxxx Hiribidea
.- Kandela Xxxxxxx Kalea
.- IturriondoKalea
.- AutonomiaHiribidea
.- Darsena de LamiakoLalea
ANEXO H: Temperatura de color genérica y específica correlacionada en xxxxxx para luminarias con tecnología Led
GENÉRICA
La temperatura de color correlacionada en Xxxxxx para luminarias con tecnología led en el término Municipal de Leioa, será la establecida en el documento REQUERIMIENTOS TÉCNICOS EXIGIBLES PARA LUMINARIAS CON TECNOLOGÍA LED DE ALUMBRADO EXTERIOR, redactado por el COMITÉ ESPAÑOL DE ILUMINACIÓN Y EL IDAE (desde 2.700 a 4.000 K + 300).
ESPECIFICA
La temperatura de color correlacionada en Xxxxxx para luminarias con tecnología led en el término Municipal de Leioa, cuando se trate de instalaciones de alumbrado ambiental, tipo farol, tipo fernandino, etc tendrá una limitación a 3.000 K + 300.
ANEXO I: Proyecto luminotécnico. Cálculos lumínicos justificativos
En el presente Anexo, se detallan una serie de aplicaciones de alumbrado exterior que deberán ser justificadas mediante el cálculo fotométrico de cada uno de los casos expuestos a continuación. Se deberán presentar cálculos lumínicos justificativos de todas las secciones expuestas a continuación cumpliendo como mínimo con los valores lumínicos y uniformidades establecidos en este anexo, así como con la calificación energética establecida para cada caso. Las figuras que acompañan a la descripción de las secciones, son orientativas, en cualquier caso, prevalecerá el texto que detalla la sección.
En todos los casos los cálculos serán realizados bajo un programa de cálculo lumínico homologado, y se presentará su certificación acreditándolo. Dichos cálculos se realizarán bajo un mismo Factor de Mantenimiento. En el caso de usar una fuente luminosa de tipo descarga de alta intensidad, se seguirán las indicaciones acordes al REEIAE dadas en la ITC-EA 06. Si la fuente luminosa utilizada es de tipo LED, será en todos casos calculados en blanco Neutro (la temperatura de color no
excederá de 4000K+- 300, salvo en el alumbrado ambiental que no excederá 3000k+- 300). El FM empleado será de 0,85 tal y como se indica en el documento de Requerimientos Técnicos exigibles para luminarias con Tecnología LED de Alumbrado Exterior IDAE-CEI. Además para unificar criterios y realizar los cálculos requeridos en Luminancias, se tomará como pavimento el tipo R3007 en todos los cálculos.
Secciones tipo a cumplimentar mediante cálculos lumínicos justificativos:
1. Sección de alumbrado vial Funcional carretera H=6m con luminaria funcional.
- Xxxxxxxxx xxx 0 xxxxxx xx 0x.
- Xxxxxx xx xxxxxxxxx 6m.
- Disposición unilateral, con la luminaria al borde de la carretera y sin brazo.
- Inclinación de luminaria o brazo de 0º.
- Interdistancia entre puntos de luz de 24m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado ME3a: Lmed>1.00 cd/m2, Uo>0.40, Ul>0.7, SR>0.5, TI<15% Potencia máxima aceptada: 42w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 1.6
2. Sección de alumbrado vial Funcional carretera H=9m con luminaria funcional.
- Carretera con 2 carriles de 3,5m cada uno.
- Altura de luminaria 9m.
- Disposición unilateral, con la luminaria al borde de la carretera y sin brazo.
- Inclinación de luminaria o brazo de 0º.
- Interdistancia entre puntos de luz de 35m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado ME2: Lmed>1.50 cd/m2, Uo>0.40, Ul>0.7, SR>0.5, TI<10% Potencia máxima aceptada: 85w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 1.6
3. Sección de alumbrado vial Funcional carretera H=12m con luminaria funcional.
- Carretera con 3 carriles de 3,5m cada uno.
- Altura de luminaria 12m.
- Disposición unilateral, con la luminaria al borde de la carretera y sin brazo.
- Inclinación de luminaria o brazo de 0º.
- Interdistancia entre puntos de luz de 35m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado ME2: Lmed>1.50 cd/m2, Uo>0.40, Ul>0.7, SR>0.5, TI<10% Potencia máxima aceptada: 195w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 1.8
4. Sección de alumbrado vial Funcional carretera H=14m con luminaria funcional.
- Carretera con 3 carriles de 3,5m cada uno en cada sentido y 3m de mediana.
- Altura de luminaria 14m.
- Disposición central, con la luminaria al borde de la carretera y con brazo de 2m.
- Inclinación de luminaria o brazo de 0º.
- Interdistancia entre puntos de luz de 40m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado ME1: Lmed>2 cd/m2, Uo>0.40, Ul>0.7, SR>0.5, TI<10% Potencia máxima aceptada: 225w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 1.8
5. Sección de alumbrado vial Funcional calle H=5m con luminaria funcional.
- Calle con 1 carril de 3,5m, aparcamiento de 2,2m y aceras de 1m
- Altura de luminaria 5m.
- Disposición bilateral tresbolillo, con la luminaria al borde de aparcamiento x xxxxxxx y sin brazo.
- Inclinación de luminaria o brazo de 0º.
- Interdistancia entre puntos de luz opuestos de 20m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado vial CE2: Emed>20 lux, Um>0.40, Clase de alumbrado aceras S1: Emed>15 xxx, Xxxx>5 lux. Potencia máxima aceptada: 54w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 1.8
6. Sección de alumbrado vial Funcional calle H=7m con luminaria funcional.
- Calle con 2 carriles de 3m cada uno, aparcamiento de 2,2m y aceras de 2m
- Altura de luminaria 7m.
- Disposición bilateral tresbolillo, con la luminaria al borde de aparcamiento x xxxxxxx y sin brazo.
- Inclinación de luminaria o brazo de 0º.
- Interdistancia entre puntos de luz opuestos de 20m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado vial CE2: Emed>20 lux, Um>0,40. Clase de alumbrado aceras S1: Emed>15 xxx, Xxxx>5 lux. Potencia máxima aceptada: 79w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
7. Sección de alumbrado vial Funcional calle H=10m con luminaria funcional.
- Calle con 2 carriles de 3,5m cada uno, 2 aparcamiento de 2,2m y aceras de 2m
- Altura de luminaria 10m.
- Disposición bilateral tresbolillo, con la luminaria al borde de aparcamiento sin brazo.
- Inclinación de luminaria o brazo de 0º.
- Interdistancia entre puntos de luz opuestos de 15m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado vial CE2: Emed>20 lux,Um>0,40. Clase de alumbrado aceras S1: Emed>15 xxx, Xxxx>5 lux. Potencia máxima aceptada: 79w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
8. Sección alumbrado vial Ambiental calle H=4m con luminaria decorativa.
- Calle con 1 carril de 3m, aparcamiento de 2,2m a un lado y aceras de 1m.
- Altura 4m.
- Disposición unilateral, con la luminaria vertical (Post Top) en pared en el lado del aparcamiento y con brazo de 1m.
- Inclinación de luminaria o brazo de 0º.
- Interdistancia entre puntos de luz de 22m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado vial S2: Emed>10 xxx,Xxxx> 3 lux. Clase de alumbrado aceras S3: Emed>7,5 xxx, Xxxx>1,5lux. Potencia máxima aceptada: 42w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
9. Sección alumbrado vial Ambiental calle H=6m con luminaria decorativa.
- Calle con 1 carriles de 3.5m, aparcamientos de 2,2m a ambos lados y aceras de 2 m.
- Altura 6m.
- Disposición unilateral, con la luminaria al borde del aparcamiento en columna.
- Inclinación de luminaria o brazo de 0º.
- Interdistancia entre puntos de luz de 22m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado vial S2: Emed>10 xxx,Xxxx> 3 lux. Clase de alumbrado aceras S3: Emed>7,5 xxx, Xxxx>1,5lux. Potencia máxima aceptada: 55w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
10. Sección alumbrado vial Ambiental calle H=4m con farol.
- Calle con 1 carril de 3m, aparcamiento de 2,2m a un lado y aceras de 1m.
- Altura 4m.
- Disposición unilateral, con farol en pared en el lado del aparcamiento y con brazo de 1m.
- Inclinación de luminaria o brazo de 0º.
- Interdistancia entre puntos de luz de 25m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado vial S2: Emed>10 xxx, Xxxx> 3 lux. Clase de alumbrado aceras S3: Emed>7,5 xxx, Xxxx>1,5lux. Potencia máxima aceptada: 42w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
11. Sección de alumbrado vial Ambiental camino H=4m con luminaria decorativa.
- Camino peatonal de 4m de anchura.
- Altura de luminaria 4m.
- Disposición unilateral, con la luminaria al borde de camino.
- Luminaria vertical (Post Top).
- Interdistancia entre puntos de luz de 18m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado S1: Emed>15 xxx, Xxxx>5 lux. Potencia máxima aceptada: 42w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
12. Sección de alumbrado vial Ambiental camino H=6m con luminaria decorativa.
- Camino peatonal de 5m de anchura.
- Altura de luminaria 6m.
- Disposición unilateral, con la luminaria al borde de camino.
- Luminaria vertical (Post Top).
- Interdistancia entre puntos de luz de 26m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado S2: Emed>10 xxx, Xxxx>3 lux. Potencia máxima aceptada: 54w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
13. Sección de alumbrado vial Ambiental camino H=4m con farol.
- Camino peatonal de 3m de anchura.
- Altura de luminaria 4m.
- Disposición unilateral, con la luminaria al borde de camino.
- Farol en posición vertical.
- Interdistancia entre puntos de luz de 25m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado S2: Emed>10 xxx, Xxxx>3 lux. Potencia máxima aceptada: 40w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
14. Sección de alumbrado vial Ambiental parque H=4m con luminaria decorativa.
- Área peatonal de 20 metros de ancho por 60 de largo.
- Columnas distribuidas uniformemente en 2 filas de 7 luminarias cada una.
- Luminaria vertical (Post Top) con óptica simétrica.
- La rejilla de cálculo deberá contener al menos:
o 20 ptos. Interdistanciados entre si 3m en el eje longitudinal (x)
o 10 ptos. Interdistanciados entre si 2m en el eje transversal (y)
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado CE2: Emed>20 lux, Um>0,40. Potencia máxima aceptada por luminaria: 30w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
15. Sección de alumbrado vial Ambiental parque H=6m con luminaria decorativa.
- Área peatonal de 40 metros de ancho por 80 de largo.
- Columnas distribuidas uniformemente en 3 filas de 7 luminarias cada una.
- Luminaria horizontal.
- La rejilla de cálculo deberá contener al menos:
a. 27 ptos. Interdistanciados entre si 3m en el eje longitudinal (x)
b. 20 ptos. Interdistanciados entre si 2m en el eje transversal (y)
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado CE2: Emed>20 lux, Um>0,40. Potencia máxima aceptada por luminaria: 40w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
16. Sección de alumbrado vial Ambiental parque H=4m con farol.
- Área peatonal de 20 metros de ancho por 60 de largo.
- Columnas distribuidas uniformemente en 2 filas de 5 luminarias cada una.
- Farol vertical con óptica simétrica.
- La rejilla de cálculo deberá contener al menos:
a. 20 ptos. Interdistanciados entre si 3m en el eje longitudinal (x)
b. 10 ptos. Interdistanciados entre si 2m en el eje transversal (y)
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado S2: Emed>10 xxx, Xxxx>3 lux. Potencia máxima aceptada por luminaria: 30w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
17. Sección alumbrado vial Ambiental plaza perimetral H=4m con luminaria decorativa.
- Área peatonal de 20 metros de ancho por 80 de largo.
- Columnas distribuidas uniformemente en 2 filas de 6 luminarias cada una.
- Luminaria horizontal.
- La rejilla de cálculo deberá contener al menos:
a. 27 ptos. Interdistanciados entre si 3m en el eje longitudinal (x)
b. 10 ptos. Interdistanciados entre si 2m en el eje transversal (y)
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado CE2: Emed>20 lux, Um>0,40. Potencia máxima aceptada por luminaria: 55w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
18. Sección alumbrado vial Ambiental plaza perimetral H=6m con luminaria decorativa.
- Área peatonal de 26 metros de ancho por 80 de largo.
- Columnas distribuidas uniformemente en 2 filas de 5 luminarias cada una.
- Luminaria horizontal.
- La rejilla de cálculo deberá contener al menos:
a. 27 ptos. Interdistanciados entre si 3m en el eje longitudinal (x)
b. 12 ptos. Interdistanciados entre si 2m en el eje transversal (y)
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado CE2: Emed>20 lux, Um>0,40. Potencia máxima aceptada por luminaria: 80w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
19. Sección Carril bici H=4m con luminaria Funcional.
- Carril bici de 2,5 m de anchura.
- Altura de luminaria 4m.
- Disposición unilateral, con la luminaria al borde xxx xxxxxx bici, e inclinación de 0º.
- Luminaria funcional en posición horizontal.
- Interdistancia entre puntos de luz de 30m.
- Requisitos lumínicos:
Clase de alumbrado S3: Emed>7,5 xxx, Xxxx>1,5 lux. Potencia máxima aceptada: 20w
- Calificación energética mínima: Clase A con Iε> 2.0
20. Se deberá añadir las tipologías específicas para el concurso a cumplir.
Además de los cálculos luminotécnicos genéricos se deberá añadir todas las tipologías específicas del municipio de Leioa.
En este sentido los licitadores deberán presentar un estudio luminotécnico de todas y cada una de las secciones de cálculo, que garantice el cumplimiento de la normativa aplicable.
Todos los cálculos que se presenten deberán realizarse bajo la siguiente metodología:
- Deberán emplearse las siguientes rejillas de cálculo para obtener los valores luminotécnicos específicos:
• En aquellas vías donde las aceras sean de una anchura superior a 3 metros, o de importancia significativa desde el punto de vista comercial, social o turístico, deberán emplearse al menos una rejilla para la calzada y los carriles de aparcamiento, y una para cada una de las aceras.
• En el resto de vías, deberá emplearse una única rejilla que englobe calzada y carriles de aparcamiento.
- En las secciones donde la clase de alumbrado pertenezca al grupo M, el cálculo deberá realizarse dividiendo la calzada en el número xx xxxxxxxx que corresponda.
ANEXO J: Auditoria energética en el alumbrado exterior público del municipio
Existe para su consulta y apoyo de las ofertas presentadas, AUDITORIA ENERGÉTICA EN LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PUBLICO EXTERIOR DEL MUNICIPIO DEL AÑO 2012, en formato
papel y digital donde se señalan las condiciones actuales de las instalaciones, propuesta de cambio en cada vía pública, importe de las obras a realizar y los plazos de retorno de la amortización.
Esta Auditoría se presenta exclusivamente a título informativo.
ACCESO A DOCUMENTACIÓN ANEXO J
xxxxx://xxxx.xx/#X!0xxXxXXx!XxxX00xxxXx0XXXx_xXxXx
ANEXO K: Relación de instalaciones que componen el alumbrado navideño.
A continuación se relaciona los diferentes elementos que como mínimo deben instalarse durante las fiestas navideñas. Serán proporcionados por el Ayuntamiento y deberán lucir en perfecto estado desde el 1 de Diciembre al 7 de enero de cada año.
DECORACION ARBOLADO (Luminaria de LED flexible modelo STRING LITE 180 en blanco frío) | Unidades |
ARBOL TALLA PEQUEÑO | 73 |
ARBOL TALLA MEDIANA | 106 |
ARBOL TALLA GRANDE | 22 |
PALMERA | 2 |
ADORNOS | Unidades |
GAVILLAS | 64 |
ESTRELLAS (Luminaria de LED flexible modelo STRING LITE 180 en blanco frío) | 88 |
ARBOLES (Árbol artificial de LED modelo ARTIFICIAL TREE 550x550x550 CM) | 3 |
PASOS DE CARRETERA | 29 |
BOLAS (Bolas colgantes de LED en blanco frío) | 10 |
DECORACION EDIFICIOS (Luminaria de LED flexible modelo STRING LITE 180 en blanco frío) | Unidades |
FACHADA DIMENSIONES PEQUEÑAS | 1 |
FACHADA DIMENSIONES GRANDES | 3 |
LINEAS INDEPENDIENTES | Unidades |
Con reloj para apagado nocturno | 5 |
ANEXO L: Relación de instalaciones adheridas al alumbrado público objeto de consumo energético.
A continuación se relaciona los diferentes elementos que no pertenecen a la INSTALACION en cuanto a P2, P3 y P4 se refiere, pero que a efectos de consumo energético, P1, el adjudicatario deberá tener en cuenta.
1. MOBILIARIO URBANO DE CEMUSA.
Opis:
Disponen de 4 lámparas fluorescentes de 58 wattios cada una. Se les proporciona energía desde los puntos de luz directamente, por lo que sus horarios van acordes al reloj astronómico. A continuación se detalla relación de los 66 opis existentes con su ubicación y centro de mando que les abastece.
MODELO | UBICACIÓN | CM |
OP_GRIMSHAW | KANDELAZUBIETA, CALLE Nº37 JTO COLCHONERIA LEIOA MARQUESINA CEMUSA | 2 |
OP_PAL-XX | XXXXXXXXXXXX, XXXXX Xx00 XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXX | 2 |
OP_PAL-LI | KANDELAZUBIETA, CALLE Nº 20 | 2 |
OP_ROMA C.PILA | KANDELAZUBIETA, XXXXX Xx0 JTO. GARAGE LAMIAKO | 2 |
OP_GRIMSHAW | KANDELAZUBIETA, CALLE Nº 27 MARQUESINA CEMUSA | 3 |
OP_PAL-LI | KANDELAZUBIETA, XXXXX Xx00 | 0 |
OP_PAL-XX | XXXXXX XXXXX, XXXXX Xx00 JTO. BBK | 6 |
OP_ROMA X.XXXX | XXXXXX XXXXX, CALLE Nº58 JTO. SEGUROS MAPFRE AVANZADA | 0 |
XX_XXXXXXXX | XX. XXXX XXXXXX XXXXXX, CALLE Nº19 JTO QUIOSCO MARQUESINA CEMUSA | 6 |
OP_GRIMSHAW | XX. XXXX XXXXXX XXXXXX, CALLE Nº19 FTE QUIOSCO MARQUESINA CEMUSA | 7 |
OP_ROMA C.PILA | XX. XXXX XXXXXX XXXXXX, CALLE Nº3 JTO. GARAJES AVANZADA | 7 |
OP_PAL-XX | XXXXXX XXXXX, XXXXX Xx 00 XXX. XXX XXXX | 0 |
OP_PAL-LI | INDEPENDENCIA, XXXXX Xx XXX. XXXXXX | 0 |
OP_PAL-LI PRIMUR | LANGUILERIA, CALLE Nº 14 MARQUESINA PRIMUR | 16 |
OP_PAL-LI PRIMUR | LANGUILERIA, CALLE Nº 14 MARQUESINA PRIMUR | 16 |
OP_PAL-LI PRIMUR | LANGUILERIA, CALLE Nº 90 MARQUESINA PRIMUR | 17 |
OP_GRIMSHAW | LANGUILERIA, CALLE Nº 90 FTE ESTACION METRO MARQUESINA CEMUSA | 17 |
OP_PAL-LI | LANGUILERIA, CALLE Nº 58 | 17 |
OP_PAL-LI PRIMUR | XXXXXXX XXXXXX, CALLE Nº 19 MARQUESINA PRIMUR | 21 |
OP_PAL-LI | XXXXX XXX, XXXXX Xx XXX. XXXXXXXXX | 00 |
OP_GRIMSHAW | XXXXX XXX, XXXXX Xx 00 XXXXXXXXXX XXXXXX | 00 |
OP_PAL-LI PRIMUR | TXORIERRI, BARRIO Nº 2 MARQUESINA PRIMUR | 26 |
OP_GRIMSHAW | XXXXXXXXXXXX, XXXXX Xx0X XXX XXXX X XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX | 00 |
OP_PAL-XX | XXXXXXXXXXXX, XXXXX Xx0 XXX X/ XXXXX XXX XXXXXX | 00 |
OP_GRIMSHAW | ESTARTETXE, XXXXX Xx00 XXXXXXXXXX XXXXXX | 00 |
OP_GRIMSHAW | XXXX XXXXX XXXXXX, CALLE Nº 6 JTO. QUIOSCO FLORES MARQUESINA CEMUSA | 31 |
OP_GRIMSHAW | XXXXXXXXXXXX, XXXXX Xx00 JTO. BATZOKI MARQUESINA CEMUSA | 31 |
OP_PAL-XX | XXXXXXXXX, XXXXX Xx00 XXX X/ XXXXXXXXXXXX | 00 |
OP_ROMA X.XXXX | XXXXXXXXX, CALLE Nº 5 EDIFICIO TXIPIRON | 31 |
OP_PAL-XX | XXXXXX, BARRIO FTE. A BOMBEROS JTO. XXXXXXX XXXXXX | 35 |
OP_PAL-LI | GAZTELUBIDE, CALLE Nº JTO. ROTONDA GAZTELUETA | 35 |
OP_PAL-XX | XXXXXXXXXXXX, XXXXX Xx 00 XXX. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | 00 |