Contratos de adhesión
Datos personales del Cliente
Nombre y apellido:
Documento:
Contratos de adhesión
Sexo: Lugar de nacimiento:
Estado Civil: Fecha de nacimiento:
Si/No solicita documentación en braille Nacionalidad:
Nivel de educación: Condición de I.V.A.:
Situación Laboral:
Actividad: Ocupación:
Ingreso Fijo: Ingreso Variable:
Nombre y apellido del Cónyuge: Documento del cónyuge:
Datos de contactabilidad del Cliente
Domicilio: País:
- MODELO -
Localidad: Código postal:
Provincia:
Teléfono particular: Teléfono celular:
E-mail:
Consumidor
E-Resumen (Todos los productos)
Los resúmenes de Cuentas y Tarjetas de Crédito serán puestos a su disposición a través del sistema de visualización de Banca Online, con la posibilidad de recibir un recordatorio en su correo electrónico, salvo que usted solicite expresamente el envío por correo postal.
Adhiere a E-Resumen en todos sus productos: Si/No
Email:
Datos de la Cuenta Corriente en Pesos - Alta
Número de cuenta: Motivo de la Solicitud: Uso personal
Forma de Operar:
Ley N° 24.240 de Defensa del
Condiciones generales que rigen la operatoria de los productos y servicios del Banco BBVA Argentina S.A.
Contratos de adhesión
El Cliente firma esta solicitud en la que se detallan los términos y condiciones de los productos y/o servicios contratados. La solicitud se integra con la información y documentos agregados por el Cliente, firmados o no, en los que se suministra datos.
En caso de diferencias entre las condiciones generales que a
Aceptación
Esta solicitud se entenderá como aceptada mediante alguno y/o algunos de los siguientes hechos: En el caso de préstamos, mediante la acreditación de la suma solicitada en la cuenta indicada, en el caso de cuentas, mediante su efectiva apertura, en el caso xx xxxxx de seguridad, mediante la entrega de las llaves, en el caso de tarjetas de
continuación se detallan y las condiciones específicas de cada producto y/o servicio, se aplicarán estas últimas.
Por favor, lea atentamente las mismas y consulte ante cualquier duda antes de firmarlas.
crédito, mediante la entrega del plástico.
Una vez aprobada, el Banco remitirá la correspondiente confirmación a través del correo electrónico informado en esta solicitud.
Queda entendido que la mera presentación de esta solicitud no implica su aceptación.
Partes
- MODELO -
Consumidor
Cliente: Es cada una de las personas físicas o jurídicas a cuyo nombre está la cuenta, productos y servicios. Las personas físicas y/o jurídicas definidas como titular son responsables ilimitada y solidariamente,ya sea
que actúen por sí, por terceros, por representantes y/o apoderados.
Banco: Es la Entidad Financiera, Banco BBVA Argentina S.A.
Titularidad
Cualquier cambio en la titularidad de las cuentas debe ser autorizado por todos sus titulares. Las cuentas pueden abrirse bajo las siguientes modalidades: a) Cuentas a orden recíproca o indistinta; b) Cuentas a orden conjunta o colectiva; c) Cuentas a nombre de una o más personas y a la orden de otra.
Las modificaciones realizadas por el Banco a solicitud del Cliente se
aplicarán inmediatamente. El cierre de la cuenta, los otorgamientos, modificaciones, renuncias o revocaciones de facultades y el cambio de domicilio, deberán ser notificados previa y fehacientemente al Banco y requerirán el consentimiento de todos los titulares solo cuando se trate de cuentas de titularidad conjunta.
Responsabilidad Solidaria
Los titulares de productos y/o servicios asumen el carácter de codeudores solidarios y principales pagadores de todas las obligaciones contraídas y a contraer, por sí o por terceros
Medios – Identificación
El Cliente podrá operar con la Banca Electrónica / Telefónica y para ello se le solicitará su identificación y claves personales.
Por norma del B.C.R.A, el único documento de identificación válido
autorizados, emergentes de todos los productos y/o servicios, renunciando expresamente a los beneficios de excusión y de división.
para los argentinos, es el documento nacional de identidad (D.N.I.) que deberá ser presentado, en cada oportunidad ante el Banco, en beneficio de la propia seguridad y por exigencia de las normas vigentes.
Modificaciones – Entrada en vigencia
El Banco puede modificar las condiciones generales y particulares de los productos y/o servicios, y/o las comisiones, y tiene el deber de informarlo con 60 (sesenta) días de anticipación. Si el Cliente no llegara a estar de acuerdo con las modificaciones informadas, podrá poner
término anticipado al contrato sin cargo siempre que lo haga antes de que dichas modificaciones entren en vigencia y que lo comunique al Banco por medio fehaciente. En este caso deberá cumplir con las obligaciones pendientes a su cargo.
Notificaciones
Las comunicaciones podrán efectuarse por cualquier medio disponible, en particular, mediante la inclusión de la información en el resumen de cuenta, mediante e mail; o a través de comunicaciones cursadas entre el Banco y el Cliente, salvo que las normas impongan una formalidad especial. Asimismo, el Banco podrá incluir las comunicaciones en su portal de internet xxx.xxxx.xxx.xx y/o en las carteleras de las sucursales y/o en cualquier publicación -incluyendo folletos o boletines de información- que se remiten a los Clientes, hoy denominado "News". Por este medio, el Cliente informa la dirección de correo electrónico en la que recibirá los mensajes, avisos, alertas y/o notificaciones que remita El Banco. El Cliente se compromete a tomar las precauciones necesarias para que la información que se envíe a su correo electrónico solo sea vista por él. El Cliente declara conocer y aceptar que la información que
se envíe a su correo electrónico incorpora la fecha y hora en que fue generada. El Cliente declara conocer que, por razones de seguridad, el Banco podrá incorporar en los mensajes que le envíe sus datos personales en forma parcial. Asimismo, declara conocer que la presente importa el consentimiento que prevé la Ley Nº 25.326 de Protección de Datos Personales y sus normas reglamentarias. A su vez, acepta considerar como prueba las constancias que surjan del sistema informático del Banco. El Cliente se compromete a actualizar su dirección de correo electrónico, y quedan bajo su exclusiva responsabilidad las consecuencias que dicha acción u omisión impliquen, sin que pueda alegar falta de notificación por parte del Banco.
Registro de Firma
El Cliente debe, en el primer contacto, registrar su firma en el Banco, y se obliga a notificar cualquier cambio en la misma y a concurrir a
actualizar su registro ante cada solicitud del Banco.
Resumen de Cuenta
Los movimientos, débitos, créditos, saldos, transferencias, intereses, comisiones, impuestos, aranceles, retenciones, ajustes de toda operación o cargo relacionado con los productos y/o servicios, se
informarán en el resumen de cuenta, que se emitirá conforme a la periodicidad determinada por el Banco para cada producto o la que el Cliente solicite abonando un cargo adicional. No obstante el envío xxx
Xxx N° 24.240 de Defensa del
resumen, el mismo puede ser consultado por los medios electrónicos donde se encuentren disponibles: Banca Online y/o a través de consultas en cajeros automáticos u otro medio adicional que pudiese
Términos y condiciones E-resumen
Contratos de adhesión
- MODELO -
1. El cliente conoce que los resúmenes del Banco y/o pólizas de BBVA Seguros serán puestos a disposición a través de su correo electrónico y mediante el sistema de visualización de Banca Online con la posibilidad de recibir un recordatorio vía Mail. 2. El cliente declara conocer y aceptar que el alta del servicio "E-Resumen" no lo exime de responsabilidad alguna respecto al cumplimiento en tiempo y forma de todas y cada una de las obligaciones que asumiera con el Banco y BBVA Seguros conforme las condiciones generales de contratación oportunamente suscriptas para cada uno de los productos que posee activos con la entidad. Lo expuesto incluye los casos en los que por cualquier causa no recibiera el/los resumen/es y/o pólizas en la dirección de correo electrónico denunciada ante el Banco al momento de contratar/aceptar este servicio. 3. El cliente se compromete a actualizar la dirección de correo electrónico en la que el Banco informará la disponibilidad del resumen de sus productos. Podrá visualizar el resumen a través de Banca Online. La modificación debe efectuarla ingresando a través de la opción Mis Datos. 4. El cliente conoce y acepta que en caso que la dirección de correo electrónico proporcionada sea incorrecta, inválida, incompleta, en caso de que sufriere modificaciones, o no fuere actualizada; no recibirá el aviso de disponibilidad de su resumen/ póliza en Banca Online. Quedan bajo su exclusiva responsabilidad las consecuencias que dicha acción u omisión impliquen. 5. La información que el cliente recibe en virtud del Servicio contratado es de uso personal y confidencial, por lo cual se
Débito automático
En caso de solicitar el alta del Débito Automático de un servicio, se deberán informar los códigos de referencia de las facturas correspondientes según el requerimiento de cada empresa a vincular. Débito Automático en Cuenta: El Cliente podrá solicitar al Banco mediante orden expresa y escrita la suspensión de un débito hasta el día hábil anterior inclusive a la fecha de vencimiento. La orden de suspensión deberá indicar la obligación de que se trata, y la cantidad de débitos futuros a suspender a partir del próximo. Asimismo podrá, dentro de los 30 (treinta) días corridos desde la fecha del débito, revertir débitos por el importe total de cada operación. La solicitud deberá indicar la obligación de que se trata, la fecha de débito, el
existir. En cualquier momento el Cliente podrá solicitar copias de los resúmenes de cuenta los que tendrán un cargo.
compromete a no denunciar direcciones de e-mail que no fueren de su uso personal. Del mismo modo, adopta todas las precauciones necesarias para que la información que se envíe a su correo electrónico sea visualizada y conocida por él y mantiene indemne al Banco y a BBVA Seguros de toda responsabilidad si no adoptase tales recaudos.
6. El Cliente elige las empresas de correo electrónico y los proveedores de las tecnologías y equipos requeridos que le resulten confiables. Las condiciones de contratación con estas empresas o proveedores son ajenas al Banco. Por ello el Banco y BBVA Seguros no son responsables de los inconvenientes que el servicio contratado con dichas compañías pudiere generarle respecto a la recepción del mail de aviso contratado.
7. El Banco y BBVA Seguros son responsables por el funcionamiento adecuado de los sistemas tecnológicos necesarios para generar el aviso sobre la disponibilidad de la documentación. 8. Al aceptar los presentes términos y condiciones el cliente presta el consentimiento que prevé la ley 25.326 de Protección de Datos Personales y sus normas reglamentarias, y se hace responsable de cualquier consecuencia, en relación a la Ley mencionada. 9. El cliente acepta considerar como prueba las constancias que surjan del sistema informático del Banco.
Consumidor
10. El Cliente conoce que el Banco y BBVA Seguros quedan autorizados a poner término, total o parcialmente a este servicio y/o modificarlo cuando lo consideren conveniente sin expresión de causa mediante comunicación por escrito con un plazo mínimo de 60 días
importe correspondiente y todo otro dato adicional que permita al Banco identificar la operación. La devolución de los fondos será efectuada dentro de las 72 (setenta y dos) horas hábiles siguientes a la fecha en que el Banco reciba la instrucción del Cliente. El Cliente presta conformidad y libera de toda responsabilidad al Banco que debitará a la empresa pública o privada prestataria del servicio el importe revertido. Cuando el Cliente haya solicitado el servicio de pago directo de servicios y/o impuestos ante la empresa pública o privada prestataria deberá gestionar ante la misma la suspensión y/o interrupción de los débitos del pago directo.
Operaciones por ventanilla
El Cliente tiene derecho a efectuar operaciones por ventanilla sin restricciones de tipo de operación ni de monto mínimo, salvo las que pudieran existir por cuestiones operativas. No se aplican comisiones a
las operaciones efectuadas por personas físicas, salvo en los casos de transferencias, en los que se aplicarán las comisiones máximas fijadas por el BCRA y detalladas en la tabla de comisiones y gastos.
Impuestos
Todos los impuestos presentes o futuros que graven la documentación, transacciones, productos, servicios y/o al Cliente, estarán a cargo de
este último salvo que por disposiciones legales corresponda su devolución.
Embargos
Ante la notificación de embargos u otras medidas emanadas de una autoridad judicial y/o administrativa, los fondos presentes y/o futuros, depositados serán destinados al cumplimiento de las mismas, con
independencia del destino que les hubiera dado el Cliente. Dicha transferencia estará sujeta a comisión. Las medidas serán notificadas al Cliente luego de su cumplimiento.
Publicidad
El Banco cumple con todas las disposiciones del B.C.R.A. y demás organismos de contralor. El Cliente puede solicitar información adicional, encontrándose a su disposición, el texto completo de las
Banca Electrónica / Telefónica
Descripción del servicio: El Banco dispone de una plataforma transaccional, en la que, previa identificación, el Cliente puede realizar consultas generales de producto, incluyendo saldos de cuentas, movimientos, cotizaciones, tenencias, recepción de mensajes e inversiones, en forma no excluyente; y realizar transacciones con movimientos de fondos tanto sea entre sus propias cuentas como hacia terceros en esta u otras entidades; o realizar modificaciones al domicilio legal del Cliente, quedando el Banco autorizado a dar curso a esas
normas reglamentarias las que, también, podrán ser consultadas a través de "internet" en la dirección "xxx.xxxx.xxx.xx".
solicitudes de información u operación.
Acceso a dicha plataforma: El Cliente podrá operar a través de los dispositivos disponibles en el mercado, ya sea en terminales habilitadas a tal efecto dentro del Banco, en forma telefónica o a través del sitio "xxx.xxxx.xxx.xx" u otro acceso que se habilite con posterioridad. El Cliente debe identificarse ingresando su tipo y número de documento y una clave personal, secreta, confidencial e intransferible de su exclusivo conocimiento que será suficiente elemento para dar curso a las
Ley N° 24.240 de Defensa del
Contratos de adhesión
transacciones que solicita. Está prohibido divulgar esta clave a terceros, quedando bajo responsabilidad del Cliente las consecuencias de esta divulgación. El Cliente se identificará con los datos mencionados a través del sistema automático, o los que se le requieran. El Cliente declara conocer que la clave (password) utilizada resulta inaccesible para conocimiento del Banco y/o terceros. Contenido: Las operaciones cursadas a través de estos medios serán tomadas "en firme", salvo aquellas que se contrapongan con otras pactadas en el mismo día o simultáneamente, o que deban ser necesariamente confirmadas por el Banco. La información de las operaciones realizadas tendrá el carácter de provisoria y queda sujeta a la posterior verificación del Banco. En caso de error u omisión, la operación se comprobará a través de los registros del Banco. Validez: No tienen validez las instrucciones formuladas a través del email (correo electrónico) y/o fax u otro mecanismo que no sea los descriptos, salvo que así se convenga en forma específica. Responsabilidades: Los medios que el Banco ponga a disposición del Cliente deben ser utilizados de acuerdo a las instrucciones brindadas por el Banco. El Cliente será responsable por
Condiciones para la utilización de Cajeros Automáticos
- MODELO -
El Cliente puede usar este servicio a través de una tarjeta magnetizada, personal e intransferible que emite el Banco, y una clave personal que será de su exclusivo conocimiento. Está prohibido revelar la clave a terceros, por ende quedan bajo la exclusiva responsabilidad del Cliente las consecuencias de no respetar esa prohibición. El Cliente puede utilizar todos los cajeros habilitados para la prestación de este servicio. Las operaciones realizadas después de la hora de cierre, según lo determinado en cada plaza, de cada día hábil, o en día no hábil, se considerarán a todos sus efectos como realizadas el día hábil siguiente. El Cliente puede abonar bienes y servicios con su tarjeta de débito en los comercios habilitados, respetando los límites de compra que haya pactado con el Banco, y con débito en la cuenta de caja de ahorros y/o cuenta corriente asociada para su uso. En caso de utilizar el servicio de
Recomendaciones para el uso de cajeros automáticos
1. Solicitar al personal del banco toda la información que estimen necesaria acerca del uso de los cajeros automáticos al momento de acceder por primera vez al servicio o ante cualquier duda que se les presente posteriormente.
2. Cambiar el código de identificación o de acceso o clave o contraseña personal ("password", "PIN") asignada por el Banco, por uno que el Cliente seleccione, el que no deberá ser su dirección personal, ni su fecha de nacimiento u otro número que sea de fácil deducción o pueda obtenerse fácilmente de documentos que se guarden en el mismo lugar que su tarjeta.
3. No divulgar el número de clave personal ni escribirlo en la tarjeta magnética provista o en un papel que se guarde con ella, ya que dicho código es la llave de ingreso al sistema y por ende a sus cuentas.
4. No digitar la clave personal en presencia de personas ajenas, aun cuando pretendan ayudarlo, ni facilitar la tarjeta magnética a terceros, ya que ella es de uso personal.
5. Guardar la tarjeta magnética en un lugar seguro y verificar periódicamente su existencia.
6. No utilizar los cajeros automáticos cuando se encuentren mensajes o
Compensación
En caso que el Cliente no pague las sumas adeudadas, el Banco tiene derecho a debitarlas sin previa notificación de cualquier otra cuenta o créditos de cualquier naturaleza que existiesen a nombre del Cliente y/u orden indistinta, aun cuando dichos saldos se encuentren expresados en otra moneda o valor. El Banco tiene derecho a efectuar, por cuenta del Cliente las operaciones de cambio que sean necesarias. En caso de
cualquier circunstancia que pueda surgir por el incumplimiento de la presente obligación. El Banco puede modificar, suspender y/o interrumpir el servicio. Ocurrida una interrupción por cualquier causa, el Cliente siempre tendrá la alternativa de solicitar la información u ordenar las transacciones requeridas mediante los medios tradicionales en las sucursales del Banco. El Banco no asume ninguna responsabilidad por los inconvenientes que el Cliente tuviera con el equipo y/o hardware y/o proveedor utilizado para conectarse a este servicio. Prueba de las transacciones: El Cliente acepta que las órdenes y mensajes que envíe por los medios especialmente habilitados serán tenidos como prueba de haber realizado las transacciones. El Cliente autoriza expresamente al Banco a que las conversaciones telefónicas que se efectúen por cualquiera de los servicios que utilice, puedan ser grabadas y presentadas eventualmente como medio de prueba en juicio. Rescisión del servicio: El Banco y/o el Cliente podrán solicitar la baja de este servicio. De esta forma el Cliente no podrá operar con los canales de Línea BBVA, Autoservicio, Banca móvil, Banca Online y los que en el futuro se determinen.
Consumidor
cajeros automáticos, serán obligaciones del Cliente: a) Hacer las operaciones únicamente de acuerdo con las instrucciones que se le proporcione y/o conforme a las demostraciones prácticas que el mismo le brinde. b) En caso de pérdida, robo o hurto de la tarjeta magnetizada dar aviso de inmediato a alguno de los centros habilitados a tal fin y por escrito al Banco, acompañando la constancia de denuncia policial. c) Devolver al Banco las tarjetas en caso de cierre de cuenta. El Banco no será responsable por hechos o actos de terceros, daños, o cualquier otra contingencia que impidieran la normal utilización de las tarjetas en los cajeros. Las operaciones realizadas por este servicio de cajeros automáticos quedan sujetas a la posterior verificación por parte del Banco. En caso de error u omisión del Cliente, la operación se comprobará a través de los registros del Banco.
situaciones de operación anormales.
7. Al realizar una operación de depósito, asegurarse de introducir el sobre que contenga el efectivo o cheques conjuntamente con el primer comprobante emitido por el cajero durante el proceso de esa transacción, en la ranura específica para esa función, y retirar el comprobante que la máquina entregue al finalizar la operación, el que le servirá para un eventual reclamo posterior.
8. No olvidar retirar la tarjeta magnética al finalizar las operaciones.
9. Si el cajero le retiene la tarjeta o no emite el comprobante correspondiente, comunicar de inmediato esa situación al Banco que la otorgó y dar aviso de inmediato a alguno de los centros habilitados a tal fin.
10. En caso de pérdida o robo de su tarjeta, denunciar de inmediato esta situación al Banco que la otorgó.
11. En caso de extracciones cuando existieren diferencias entre el comprobante emitido por el cajero y el importe efectivamente retirado, comunicar esa circunstancia al Banco en el que efectuó la operación y al administrador del sistema, a efectos de solucionar el problema.
cuentas a la orden conjunta de uno o más titulares, la compensación se efectuará en la proporción que corresponda a él o los obligados al pago. Las compensaciones efectuadas en ningún caso importan novación quedando subsistentes y con plena vigencia los avales, fianzas, obligaciones solidarias, privilegios y/o garantías reales que existan constituidas a favor del Banco.
Comisiones
Las comisiones son las sumas que el Banco cobra por prestar los servicios contratados. Se encuentran detalladas en la tabla de comisiones y gastos que se entrega con esta Solicitud. Están discriminadas por producto y/o servicio con la mención de los importes a cargo del Cliente. Las comisiones serán debitadas en la/s cuenta/s, de cualquier naturaleza, que existan a nombre del Cliente, incluidas las Cuentas Visa o Mastercard, aun cuando por dichos débitos se genere saldo deudor o descubierto. Las comisiones podrán ser modificadas
con la correspondiente notificación conforme a lo previsto en la cláusula
“Notificaciones”.
El Cliente acepta mediante la firma de la presente y previo a la prestación de cualquier servicio y /o producto de inversión en mercados internacionales que, si no entrega en tiempo y forma la documentación solicitada por el Banco, es posible, que surjan otros costos a su cargo (incluidos impuestos y retenciones practicadas por entidades de otras jurisdicciones, relacionados con las operaciones o servicios de inversión que no se satisfagan a través del Banco) que no puedan
Ley N° 24.240 de Defensa del
razonablemente contemplarse en la información recogida en la tabla de comisiones y gastos.
El Cliente autoriza al Banco a aceptar dichos costos, impuestos y
Garantía de depósitos
Contratos de adhesión
En cada uno de los documentos representativos de las operaciones pasivas (boletas de depósito, comprobantes emitidos por cajeros automáticos, resúmenes de cuenta, plazo fijos, etc.) se especificará la situación del producto y/o servicio frente al sistema de seguro de garantía (ley 24.485). El Banco no será responsable por los hechos del
retenciones por razón de la operativa mencionada, liberándolo de cualquier tipo de responsabilidad o reclamación derivada de los mismos.
príncipe, esto es el acto del Poder Público que sin tener en cuenta las cláusulas contractuales, rompe unilateralmente lo pactado entre la Administración y un particular y agrava las cargas en que éste había convenido.
Identificación de Clientes y disposiciones vinculadas con la Ley 25.246 (y modificatorias), normas de la U.I.F (Unidad de Información Financiera) y del B.C.R.A.
- MODELO -
El Cliente se compromete a informar al Banco los datos de carácter personal y a entregar aquellos documentos que los acrediten para su correcta identificación y, en particular, aquellos que el Banco le pida, a través de los documentos y formularios indicados, y deban obrar en su poder, en cumplimiento de las políticas de la entidad, la normativa vigente en materia de identificación de clientes, prevención xx xxxxxx de dinero o de índole fiscal. Asimismo será responsable de comunicar y acreditar cualquier modificación de sus datos y circunstancias personales. Todos y cada uno de los Titulares declaran que la suscripción de la presente Solicitud de Productos y Servicios se realiza en nombre propio. En caso contrario, la obligación contemplada en esta estipulación se entenderá extendida a facilitar la correspondiente información de la persona o personas por cuenta de las que se actúe. El Cliente se compromete a no realizar ningún tipo de transacción bajo las presentes condiciones de contratación, que carezca de justificación económica o jurídica, o que sea de inusitada o injustificada complejidad realizada en forma aislada o reiterada. El Cliente declara que los fondos que va a ingresar a su/s cuenta/s tendrán un origen lícito. El Cliente se compromete a colaborar con el Banco aportando toda información y/o documentación adicional que pruebe fehacientemente su identidad, personería jurídica, domicilio y demás datos, a los efectos de su conocimiento como Cliente. El Banco puede rehusarse a la realización de depósitos, transferencias y todo otro tipo de operación requerida por el Cliente, cuando según las disposiciones vigentes, dichas transacciones pudieren relacionarse en cualquier grado con las operaciones identificadas en el primer punto de la presente cláusula. El Banco puede solicitar al Cliente documentación complementaria de las operaciones cuestionadas y, en caso de que la misma no fuera presentada o fuera insuficiente para justificarlas económica o jurídicamente, el Banco se reserva el derecho de no hacer las mencionadas transacciones; proceder al cierre de las cuentas, productos y/o servicios y de informar a la Unidad de Información Financiera (UIF), en los términos del artículo 21 de la ley 25.246 y sus modificatorias y al Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.)
En virtud de la Res. 3/2014 de la UIF (Unidad de Información Financiera), el Banco BBVA Argentina S.A. requiere de sus clientes que declaren bajo juramento si son Sujetos Obligados en los términos previstos en la ley 25.246 (y modificatorias). El cliente asume el compromiso de informar, dentro de los treinta días corridos, cualquier modificación que se produzca a este respecto, mediante la presentación de una declaración jurada que actualice la presente.
De acuerdo con lo exigido por la mencionada resolución, en caso de que el cliente sea sujero obligado, debe acompañar a la presente la constancia de inscripción ante la UIF. El incumplimiento de esta disposición acarrea el deber de informarlo a dicha unidad.
El cliente declara que en caso de ser sujeto obligado de acuerdo a la ley 25.246 (y modificatorias), cumple con las obligaciones propias de un sujeto obligado de acuerdo a lo establecido en la mencionada ley y normativas correspondientes de la Unidad de Información Financiera.
Se denomina Sujeto Obligado ante la UIF a la persona física o jurídica que se encuentra sometida a la obligación de inscribirse ante la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), identificar fehacientemente a sus clientes, recabar y archivar documentación, instrumentar controles, reportar los hechos sospechosos y mantener las actuaciones en
Atención a Reclamos
reserva, todo ello de acuerdo con los art. 20 bis y 21 xx Xxx 25.246 (y modificatorias).
El art. 20 de esta ley contiene la enumeración completa y precisa de las actividades que determina que un sujeto sea obligado. A título indicativo, se señala que la lista incluye:
- entidades financieras; - casas y agencias de cambio; personas físicas o jurídicas autorizadas para operar en la compraventa de divisas bajo forma de dinero o cheques o mediante el uso de tarjetas, o en la transmisión de fondos dentro y fuera del territorio nacional;
- empresas emisoras de cheques de viajero; operadoras de tarjetas de crédito o de compra;
Consumidor
- agentes y sociedades de bolsa; administradoras de fondos comunes de inversión; intermediarios en la compra o el préstamo de títulos valores; agentes xxx xxxxxxx abierto y de los mercados de futuros y opciones;
- sociedades de capitalización, de ahorro y préstamo, de constitución de capitales u otra denominación equivalente, que de alguna forma requieran dinero o valores al público con la promesa de adjudicación o entrega de bienes, prestaciones de servicios o beneficios futuros;
- empresas dedicadas al transporte de caudales; prestatarias o concesionarias de servicios postales que realicen operaciones de giro de divisas o de traslado de moneda;
- despachantes de aduana;
- mutuales y cooperativas;
- aseguradoras; productores, asesores, agentes, intermediarios, peritos y liquidadores de seguros;
- organismos públicos y entidades descentralizadas que ejerzan funciones regulatorias, de control o de supervisión sobre actividades económicas o negocios jurídicos, o sobre sujetos de derecho, individuales o colectivos;
- registros públicos de comercio; organismos representativos de fiscalización y control de personas jurídicas; registros de la propiedad inmueble, de la propiedad automotor, de embarcaciones y aeronaves, y registros prendarios;
- agentes o corredores inmobiliarios matriculados; sociedades que tengan por objeto el corretaje inmobiliario;
- escribanos públicos;
- personas físicas o jurídicas que actúen como fiduciarios o que estén directa o indirectamente vinculadas con cuentas de fideicomisos; fiduciantes y fiduciarios en virtud de contratos de fideicomiso;
- personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de automotores, motos, naves, aeronaves o maquinaria agrícola o vial;
- las dedicadas a la compraventa de obras de arte, antigüedades u otros bienes suntuarios, la inversión filatélica o numismática, o la exportación, importación, elaboración o industrialización xx xxxxx o bienes con metales o piedras preciosas;
- las que como actividad habitual exploten juegos xx xxxx;
- profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los consejos profesionales de ciencias económicas;
- personas jurídicas que cumplen funciones de organización y regulación de deportes profesionales, y
- personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros.
Los datos consignados en el presente revisten el carácter de declaración jurada en los términos de las mencionadas normas regulatorias y sus modificatorias.
El Cliente puede efectuar los reclamos, quejas, sugerencias y/o agradecimientos que estime corresponder mediante alguno de los
Ley N° 24.240 de Defensa del
medios disponibles: por vía telefónica a través de Línea BBVA al nro. 0-000-000-0000, y/o por vía electrónica a través de la opción "Contáctenos" ubicada en la página web del Banco (xxx.xxxx.xxx.xx) y en Banca Online, por correo postal y/o ante cualquiera de las sucursales del Banco, en los cuales se le informará al Cliente el número
correspondiente de identificación del trámite, para su seguimiento. El Banco se ha adherido al Código de Prácticas Bancarias elaborado por las distintas Asociaciones de Bancos y Entidades Financieras de la República Argentina. Los textos pueden ser consultados por el Cliente en las sucursales del Banco y en el portal xxx.xxxx.xxx.xx.
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Tratamiento de datos personales
Los datos personales aquí incluidos tienen el carácter de declaración jurada y son recogidos para ser incorporados y tratados en una base de datos, la cual se encuentra registrada en la Agencia de Acceso a la Información Pública, cuyo destinatario y titular es Banco BBVA Argentina S.A. Cualquier falseamiento, error y/o inexactitud respecto a la información implicará la supresión de estos datos de la base de referencia y no podrán ser utilizados a futuro.
El Cliente presta su consentimiento expreso al Banco, para que toda la información referente a su persona, sus actividades económicas o las operaciones que haya concertado o que concierte en el futuro (en adelante y en su conjunto "la información") pueda ser transferida y cedida, aun en forma gratuita, dentro de estrictas políticas de confidencialidad y seguridad de los datos, a sus afiliadas, subsidiarias, controlantes, controladas y otras entidades del Grupo BBVA y/o cualquier tercero. La información podrá ser utilizada para:
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a) La realización de segmentaciones o perfiles del Cliente, con fines comerciales a efectos de adaptar los productos o servicios a necesidades o características específicas, así como con fines de análisis de riesgos para evaluar nuevas operaciones, en ambos supuestos conservando dichas segmentaciones o perfiles en tanto y en cuanto el interviniente mantenga relación contractual con el Banco, pudiendo oponerse en cualquier momento a dicho tratamiento; b) El envío a través de cualquier medio, por parte del Banco o de otros terceros, de ofertas comerciales, distintos tipos de informaciones o publicidades, personalizadas o no, sobre productos o servicios propios o de terceros; c) Para cualquier otra finalidad no incompatible con las especificadas anteriormente. Cuando así lo disponga, el Cliente tendrá el derecho de acceder a la información y solicitar su rectificación o supresión de la base de archivo.
El Banco informa al Cliente que sus datos personales podrán ser
cedidos a las autoridades competentes cuando las leyes o regulaciones de aplicación así lo establezcan.
En función del Estándar de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) para el Intercambio Automático de
Documentación
En virtud de la obligación del Cliente de proporcionar al Banco cierta información y documentación respaldatoria, el Banco puede solicitar al Cliente la entrega de documentación adicional y/o complementaria. En caso de que la misma no fuera presentada en el plazo xx xxxx días o fuera insuficiente, el Banco se reserva el derecho de proceder al cierre de las cuentas, productos y/o servicios. Esta facultad del banco es genérica y está directamente relacionada al deber general de colaboración del cliente, rigiendo en forma concurrente a las previsiones referidas al cierre de cada producto o servicio en particular. El Banco informará al Cliente la suspensión de sus productos y los motivos que la generaron. Esta comunicación se hará con carácter previo a la suspensión. Excepcionalmente se notificará inmediatamente después cuando existan razones de seguridad objetivamente justificadas o la notificación previa fuese contraria a cualquier otra disposición normativa. El Banco dejará sin efecto la suspensión una vez hayan dejado de existir los motivos que la originaron. En este caso el Cliente
Domicilio y Jurisdicción
El Cliente constituye domicilio especial en el indicado en la solicitud de vinculación. En ese domicilio serán válidas todas las notificaciones hasta que informe al Banco lo contrario. Todo cambio de domicilio regirá a partir de que el Cliente notifique fehacientemente la modificación al Banco. En caso de titularidad conjunta la comunicación realizada a cualquiera de los Clientes servirá respecto de todos. A todos los efectos legales queda expresamente establecida la aplicación irrevocable de la
Régimen de Transparencia. Comunicación A5928
El Cliente puede consultar el "Régimen de Transparencia" elaborado por el Banco Central de la República Argentina sobre la base de la
Información en Asuntos Fiscales y de las disposiciones de la Ley de cumplimiento fiscal de cuentas extranjeras (“Foreign Account Tax Compliance Act” - FATCA) de los Estados Unidos de América, el cliente autoriza al Banco a ceder información a autoridades de terceros países por operatorias desarrolladas en los mercados internacionales tales como Estados Unidos. Lo expuesto, ya sea de forma agregada o individual, según el caso.
El titular de los datos personales tiene el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita en intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley 25.326.
La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA, Órgano de
Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. Sistemas de Biometría: En caso de que el Banco defina el uso de dispositivos para la captura, lectura y/o procesamiento de datos
Consumidor
–inclusive aquellos de carácter biométricos– en alguno de sus procesos operativos y/o de seguridad aplicables, El Cliente autoriza al Banco a compartir estos datos con terceros exclusivamente para el resguardo de la información capturada, la verificación de la identidad del titular de los datos y/o con los fines que el Banco determine.
Sistemas de información crediticia: Ante la solicitud de cualquier producto, el Banco puede solicitar información a las agencias de informes comerciales a fin de evaluar la situación crediticia del Cliente. El Cliente acepta que estará sujeto a la clasificación e inclusión en la "Central de deudores del sistema financiero", de conformidad a la normativa vigente del B.C.R.A., dado que es obligación del Banco informar, solamente, al Banco Central de la República Argentina todos los datos que éste le requiera o que pudiera requerirle en el futuro, relacionados con sus Clientes. No será responsabilidad del Banco la utilización de la información del Cliente por parte de terceros distintos al B.C.R.A., dado que la misma no es proporcionada por el Banco.
puede solicitar el cese de la suspensión.
El Banco puede cancelar los productos del Cliente que se encontrasen suspendidos cuando no se haya registrado ningún motivo que lo habilite a dejar sin efecto la suspensión. El Cliente debe mantener actualizada la documentación que acredite la personería y facultades de los firmantes. El Banco no asume responsabilidad alguna por la falta de información de caducidad de mandatos o sustitución de representantes legales hasta tanto se le notifique fehacientemente, a través de la entrega de copia certificada de la documentación que respalde las modificaciones. El cierre de la cuenta, los otorgamientos, modificaciones, renuncias o revocaciones de facultades, el cambio de domicilio, el alta o baja en los productos y/o servicios o cotitulares requieren el consentimiento de todos los titulares y su notificación fehaciente previa al Banco. La documentación deberá ser presentada en la sucursal donde se encuentra radicada la cuenta y/o producto.
Ley Argentina para cualquier divergencia que se suscite, sometiéndose las partes a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la República Argentina, con competencia en materia comercial, correspondientes al domicilio especial fijado por el Cliente. Asimismo, ambas partes renuncian, expresamente, a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.
información proporcionada por los sujetos obligados a fin de comparar los costos, características y requisitos de los productos y servicios
Ley N° 24.240 de Defensa del
financieros, ingresando a "xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/XXXXxXxx/Xxxxxxx_xx_xxxxxxxxxxxxx.xxx
Caja de ahorros con prestaciones gratuitas
El Cliente tiene derecho de solicitar la apertura de la "Caja de ahorros" en pesos con las prestaciones previstas en el punto 1.8 de las normas
sobre "Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales", las cuales serán gratuitas.
Contratos de adhesión
Seguro Colectivo de Vida sobre Xxxxx Xxxxxx
El cliente presta su consentimiento para que el Banco asegure su vida contratando y asumiendo el costo de un seguro sobre saldo deudor con cobertura de fallecimiento e invalidez total permanente en la compañía que elija el Banco; o bien se autoasegure en contra del mismo riesgo.
Se deja manifestado que la póliza por Seguro Colectivo de Vida Saldo Deudor aplicará exclusivamente a aquellos cotitulares que hayan presentado ingresos para la conformación del crédito, y en proporción a los aportes declarados.
Declaración de Buena Salud
- MODELO -
El cliente toma conocimiento y acepta que es condición para el otorgamiento xxx xxxxxxxx gozar de buena salud y no padecer enfermedades preexistentes. Entiende por Enfermedad Preexistente a toda enfermedad diagnosticada con anterioridad a la fecha de la presente Solicitud xx Xxxxxxxx y que puede ser causa directa de
Revocación
El cliente puede revocar la aceptación de los productos o servicios solicitados dentro del plazo xx xxxx días hábiles contados desde la fecha de recibido el contrato o de la disponibilidad efectiva del producto o servicio, o lo que suceda último, sin costo ni responsabilidad alguna de su parte , siempre que no los haya utilizado. Si hubiere sido utilizado, solo se le cobrarán los costos y comisiones previstos proporcionalmente
fallecimiento o de incapacidad total permanente dentro de los primeros ciento ochenta (180) días posteriores a la fecha de liquidación xxx xxxxxxxx otorgado. Por lo tanto, declara no estar ni haber estado incapacitado como consecuencia de enfermedad o accidente, no padecer, a su conocimiento, enfermedad alguna y no estar bajo vigilancia o tratamiento médico regular.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
En caso de Fallecimiento o Incapacidad Total y Permanente del Titular xxx Xxxxxxxx, los herederos legales o el solicitante xxx xxxxxxxx, según corresponda, deberán comunicarse a la brevedad al 0810 333 0303 de lunes a viernes de 9 a 18 horas donde se informarán los pasos a seguir. El plazo para informar el fallecimiento o la incapacidad total y permanente no deberá superar el año desde la ocurrencia del hecho.
Consumidor
al tiempo que los usó. La revocación deberá notificarse de manera fehaciente o por el mismo medio en que el servicio o producto fue contratado. El cliente podrá dar por finalizada la relación o revocar su aceptación en cualquier sucursal de la Entidad y/o por Banca Online cuando se trate de tarjetas, seguros, préstamos personales y/o cuentas.
Condiciones particulares de los productos
Cuenta Corriente
El Cliente se compromete a cumplir con las disposiciones vigentes en la Reglamentación de la cuenta corriente bancaria establecidas por el Banco Central de la República Argentina; la ley de cheques y demás normas complementarias vigentes o las que en el futuro se instrumenten cuyos textos se encuentran a disposición en el Banco y, también, podrán ser consultadas a través de "internet" en la dirección "xxx.xxxx.xxx.xx".
Obligaciones del cuentacorrentista:
1. Mantener los fondos suficientes o contar con la correspondiente autorización escrita para girar en descubierto para que el Banco pague los cheques comunes librados contra esa cuenta y, en caso contrario, no emitirlos. En los casos de cheques de pago diferido, su libramiento quedará condicionado a la existencia de una adecuada provisión de fondos o de acuerdo para girar en descubierto al momento del vencimiento, también formalizado por escrito.
2. Al recibir los resumenes, hacer llegar al Banco su conformidad con el saldo o bien las observaciones que tenga, dentro del plazo de 60 (sesenta) días corridos de vencido el respectivo período; transcurrido dicho plazo sin objeción alguna presentada ante el Banco se presumirá la conformidad del Cliente.
3. Actualizar la firma registrada cada vez que el Banco lo considere necesario.
4. Dar aviso al Banco por escrito, del extravío, sustracción o adulteración de las fórmulas de cheques en blanco o de cheques librados y no entregados a terceros, o de la fórmula especial para pedirlos, así como de los certificados nominativos transferibles de cheques de pago diferido. Deberá proceder de igual forma cuando tuviese conocimiento de que un cheque ya emitido hubiera sido extraviado, sustraído o alterado. El aviso también puede darlo el tenedor desposeído.
5. Informar al Banco por escrito, de cualquier cambio de domicilio y devolver los cuadernos de cheques donde figure el domicilio anterior.
6. Comunicar a la entidad cualquier modificación de sus contratos sociales, estatutos, cambio de autoridades o poderes y las revocaciones de estos últimos, en particular cuando se refiera a las autoridades y representantes autorizados para utilizar la cuenta.
7. Devolver a la entidad todos los cheques en blanco que conserve al
momento de solicitar el cierre de la cuenta, o dentro de los 5 (cinco) días hábiles de la fecha de haber recibido la comunicación de la suspensión del servicio de pago de cheques como medida previa al cierre de la cuenta o del cierre de la cuenta.
8. Integrar los cheques en pesos, redactarlos en idioma nacional y firmarlos xx xxxx y letra o por los medios alternativos que se autoricen. No se admitirá que los cheques lleven más de 3 (tres) firmas.
Obligaciones del Banco:
1. Tener las cuentas al día.
2. Acreditar en el día los importes que se le entreguen para el crédito de la cuenta corriente y los depósitos de cheques en los plazos de compensación vigentes. Los depósitos que no sean en efectivo, no estarán disponibles hasta que los respectivos valores no resulten acreditados en la cuenta.
3. Enviar al cuentacorrentista, como máximo 8 (ocho) días corridos después de finalizado cada mes y/o el período menor que se establezca y en las condiciones que se convenga, un resumen de la cuenta con el detalle de los débitos y créditos -cualquiera sea su concepto- y los saldos registrados en el período que comprende.
4. Enviar al titular de la cuenta, cuando se utilice la modalidad de cheques de pago diferido, una información que contendrá como mínimo, además del movimiento de fondos ya verificados, un detalle de los cheques registrados, vencimiento e importe.
5. Informar al cuentacorrentista el saldo que registren las correspondientes cuentas en las oficinas del Banco y/o en los lugares que los titulares indiquen, pudiendo efectuarse tal comunicación a través de medios electrónicos.
6. Pagar a la vista -excepto por importes superiores a $ 50.000.- los cheques librados en las fórmulas entregadas al cuentacorrentista, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a la fecha de emisión del cheque, teniendo en cuenta en materia de plazos de presentación los establecidos en el artículo 25 de la Ley de Cheques. En el caso de cheques de pago diferido, ese plazo se computará a partir de la fecha de pago consignada en el cheque.
7. Informar al Banco Central de la República Argentina los rechazos de cheques por defectos formales, los rechazos a la registración de los de pago diferido, así como los producidos por insuficiente provisión xx
Xxx N° 24.240 de Defensa del
Contratos de adhesión
fondos en cuenta o por no contar con autorización para girar en descubierto y las multas satisfechas por los responsables. Para los casos en que las multas hubieren sido abonadas y se efectúe una notificación errónea al Banco Central, que determine la inhabilitación automática del Cliente, se deberá prever en los contratos que el Banco compensará al Cliente los gastos que le origine la solución de tal situación mediante su crédito en la cuenta del Cliente, estimándose que ello no debe ser inferior a una vez el importe de las multas de que se trate. Dicho pago no exime al Banco de las responsabilidades civiles que pudieren corresponder en su relación con el Cliente.
8. Revertir las operaciones debitadas, según instrucciones expresas del titular, vinculadas al sistema de débito automático para el pago de impuestos, facturas de servicios públicos o privados, resúmenes de tarjetas de crédito, etc. Intereses - Acuerdos - Adelantos - Descubiertos. Los intereses se liquidarán y capitalizarán por períodos vencidos no inferiores a 30 (treinta) días, utilizando 365 (trescientos sesenta y cinco) días como divisor fijo.
- MODELO -
Acuerdo de sobregiros: El Banco puede otorgar acuerdos de sobregiros cuyas condiciones serán informadas a través del resumen de cuenta, en particular, límite otorgado, tasa, plazo de vencimiento. El monto adeudado del sobregiro deberá cancelarse al vencimiento previsto.
Motivos de baja anticipada de Acuerdos: Los acuerdos de sobregiro en cuenta corrientes, serán dados de baja anticipadamente si se produce alguna de las siguientes situaciones:
1. Registrar embargos.
2. Registrar más de 2 (dos) cheques rechazados por "Sin Fondos Suficientes" en los últimos 12 meses.
3. Registrar exceso en su Acuerdo de Sobregiro superior al 10% del mismo por un lapso superior a 15 días.
4. Registrar exceso en su Acuerdo de Sobregiro por cualquier monto superior a 30 días.
5. Tener Cuotas xx Xxxxxxxx vencidas impagas por más de 30 días.
6. Registrar Tarjeta de Crédito con pagos mínimos mayores a $50 (pesos cincuenta) vencidos impagos y por más de 30 días.
7. Registrar deudas vencidas impagas en el Banco o en otras entidades.
La baja se notificará con 30 días de anticipación.
Adelanto en cuenta: El Cliente podrá solicitar al Banco adelantos en su
cuenta corriente. Dicha solicitud podrá efectuarse personalmente; por vía telefónica o por internet. Resultan válidas al efecto probatorio la grabación de llamada telefónica y/o constancias emanadas del sistema del banco. El Cliente acordará con el Banco respecto al monto solicitado, cantidad de cuotas y tasa de interés. De ser otorgado, el Cliente convendrá con el Banco el monto solicitado, plazo para su devolución, cantidad de cuotas y la tasa de interés. Luego de la liquidación del adelanto en cuenta se le remitirá al Cliente un detalle del mismo. Los montos que el Banco pudiera otorgar al Cliente resultan adelantos en cuenta corriente pagaderos en cuotas, por tanto, las cuotas de capital, los intereses, serán debitados al vencimiento en la cuenta corriente, aún en descubierto, en cuyo caso la tasa de interés será la de descubierto sin acuerdo. En caso de cierre de la cuenta corriente por cualquier motivo ajeno al Banco el plazo del adelanto se considera vencido debitándose el saldo total adeudado al cierre, quedando a disposición del Cliente los medios de refinanciación en el Banco.
Descubiertos: El Banco no está obligado a pagar giros en la cuenta que generen descubiertos. No obstante, si el Banco los admite, los mismos originarán el interés por descubierto informado en las pizarras habilitadas en la entidad. Al producirse el cierre de la cuenta, los intereses se liquidarán hasta el día anterior del cierre de la cuenta. El Banco puede destruir las chequeras que no fueron retiradas de la sucursal dentro de los 15 días posteriores a la apertura de la cuenta. La comisión por la impresión de las chequeras se debitarán en la cuenta del Cliente.
Consumidor
Motivos de cierre de Cuentas Corrientes: Se establecen las siguientes causales: a) inhabilitación judicial o legal; b) por decisión del Banco o del cliente, previo aviso con 10 (diez) días hábiles bancarios de anticipación; c) por libramiento de cheques sin fondos disponibles suficientes acreditados en cuenta o sin la correspondiente autorización para girar en descubierto, en los últimos 12 (doce) meses, previo aviso con 10 días hábiles bancarios de anticipación, según el siguiente detalle: (i) 5 (cinco) cheques rechazados en el Sistema Financiero o 5 (cinco) cheques rechazados en el Banco, (ii), por registrar en los últimos doce meses , 8 (ocho) cheques rechazados por causas formales en el Banco y/o en el Sistema Financiero o (iii) por si el titular presenta en el Banco en los últimos 12 (doce) meses 3 (tres) o más denuncias por Orden de no Pagar.
Mora
La xxxx del cliente se producirá en forma automática por el mero vencimiento del plazo de pago, sin necesidad de interpelación alguna. En este caso el Banco puede dar por vencidos todos los plazos pendientes; cerrar la/s cuenta/s y/o producto/s y/o servicio/s; exigir el pago total de la deuda, sus intereses compensatorios y cobrar intereses punitorios equivalentes al 50 % (cincuenta por ciento) del interés compensatorio pactado, y demás accesorios y gastos. El Cliente también incurrirá en xxxx en los siguientes supuestos que se enuncian a continuación a título de ejemplo:
a) si no pagare al vencimiento;
b) si da a los fondos un destino distinto al declarado;
c) si se niega a proporcionar información y/o documentación requerida por el Banco;
d) si incumple cualquier disposición legal o reglamentaria cuya violación sea sancionada con la cancelación de los créditos bancarios;
e) si el Cliente y/o el codeudor solicitara su propia quiebra o ésta les fuera pedida por terceros y no fuera levantada en la primera oportunidad procesal;
f) si no informase fehacientemente al Banco acerca del fallecimiento,
inhabilitación, concurso o quiebra del codeudor o no propusiera otros dentro de las 72 (setenta y dos) horas de ocurrido el hecho;
g) En caso de que el Banco no aceptare el codeudor propuesto en virtud del inciso anterior;
h) si dejara de cumplir cualquier otro crédito u obligación hacia el Banco.
La omisión o demora por parte del Banco en el ejercicio de cualquier derecho no puede considerarse como una renuncia al mismo, así como su ejercicio parcial no impedirá implementarlo posteriormente.
En caso xx xxxx en la cancelación y/o incumplimiento, total o parcial de cualquiera de las obligaciones asumidas, el Banco informará esa situación ante el Banco Central de la República Argentina. Los gastos y honorarios que se originen en la eventual cobranza judicial o extrajudicial de las sumas adeudadas son a cargo del cliente. El Banco también puede iniciar las acciones judiciales correspondientes y utilizar la vía ejecutiva. La vía podrá prepararse con el reconocimiento judicial de parte del cliente de esta solicitud, resumen de la cuenta en la que conste el crédito otorgado, detalle de liquidación y desarrollo del mismo.
OPASI
El Cliente deja constancia que ha recibido del Banco copia de la OPASI operaciones pasivas 2 - I - 1 Cuentas Corrientes, Caja de Ahorros y de
las condiciones y términos que rigen esta Solicitud las cuales manifiesto conocer y aceptar de conformidad.
Declaración Jurada de personas expuestas políticamente, Sujeto Obligado y FATCA/CRS
Los datos consignados en el presente revisten el carácter de declaración jurada en los términos de las Presentes Resoluciones y modificatorias
En función de la Resolución 134/2018 emitida por U.I.F. (Unidad de Información Fiscal). declaramos bajo juramento que los datos consignados
Ley N° 24.240 de Defensa del
debajo de la firma de la presente, en realción a nuestra situación como Persona Políticamente Expuesta, son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que hemos leído y recibido la "Nomina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente" aprobada por la Unidad de Información Financiera. Asimismo nos compromentemos a informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días corridos de ocurrida la misma, mediante la presentación de una declaración jurada que actualice la presente.
Contratos de adhesión
En virtud de las Resoluciones 30/2017 (y sus modificatorias) y 03/2014 de la UIF, el Cliente declara bajo juramento que los datos consignados debajo de la firma de la presente, en relación a su situación como Sujeto Obligado son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que ha leído y recibido la "Nómina de los Sujetos Obligados". Asimismo, se compromete a informar cualquier modificación que se produzca en este aspecto, dentro de los treinta (30) días corridos ocurrida la misma, mediante la presentación de una declaración jurada que actualice la presente. En caso de ser Sujeto Obligado y de acuerdo a lo exigido por la Resolución U.I.F. 03/2014 deberá acompañar a la presente la constancia de inscripción ante la Unidad de Información Financiera.
Declaración:
Declaro que he examinado la información contenida en este formulario y que, conforme a mi mejor conocimiento, dicha información es cierta, completa y actualizada. Adicionalmente declaro que:
1. Todos los datos incluidos en este formulario corresponden a la persona identificada en esta solicitud.
2. No soy residente a efectos fiscales en otros países no mencionados en este formulario.
Finalmente, me comprometo a informar a BBVA si se produce cualquier cambio en la información contenida en esta solicitud.
- MODELO -
Si (el Cliente) hubiera designado una nacionalidad, y/o país de residencia fiscal y/o número de identificación fiscal en ese país, y/o domicilio, y/o lugar y fecha de nacimiento que no corresponda a la República Argentina, el Cliente autoriza expresa e irrevocablemente al Banco a suministrar información a entidades públicas o privadas del país o del exterior.
Usted confirma haber recibido del Banco copia de esta solicitud y conoce que puede solicitar nueva copia en cualquier sucursal del Banco, y/o consultarla en Banca Online.
Consumidor
Las cláusulas de estas condiciones generales y particulares cumplen lo previsto en las Resoluciones 26/03, 53/03 y 9/04 de la SECRETARIA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, cuyos textos se encuentran a disposición de los Clientes en las sucursales y en la página web del Banco "xxx.xxxx.xxx.xx"
Ley N° 24.240 de Defensa del
Aceptación y firma de esta solicitud
Declaro que: Si/No soy Persona Expuesta politicamente
Declaro que: Si/No Soy Sujeto Obligado
Contratos de adhesión
Ocupación / Actividad:
Presento constancia: Si/No
Declaro que: No soy beneficiario de plan o programa caracterizado como de ayuda social y/o subsidios de carácter alimentario.
País de residencia a efectos fiscales: Número de identificación fiscal: Declaro que no soy residente a efectos fiscales en los Estados Unidos de América, debido a que: Explicación razonable:
Otros:
- MODELO -
Presento certificado de renuncia de nacionalidad de EE.UU. : Si/No
Firma del titular
Tipo y número de documento: Nombre y apellido:
Consumidor
Fecha:
Lugar:
Ley N° 24.240 de Defensa xxx
Xxx N° 24.240 de Defensa del
Glosario
- Revocación: Anulación de una decisión o voluntad.
- Novación: La extinción de una obligación mediante la creación de otra nueva, destinada a reemplazarla.
Contratos de adhesión
- Banca Online: Sitio web de la Entidad a través del cual los Clientes pueden acceder a la información de sus productos.
- FACTA: Es la Ley sobre el Cumplimiento Fiscal relativa a Cuentas en el Extranjero (FATCA por sus siglas en inglés de Foreign Account Tax Compliance Act).
- MODELO -
Consumidor
- CRS: Common Reporting Standard.