Contract
1. INFORMACIÓN GENERAL Código de conducta para proveedores y contratistas del Grupo EPM
Coherentes con el direccionamiento estratégico del Grupo EPM, y con el objetivo de establecer criterios de conducta para los proveedores y contratistas en aspectos legales, éticos, ambientales, sociales y de gobierno, como expresión de la cultura corporativa y del concepto de empresa extendida, el Grupo EPM, teniendo en cuenta su evolución, expide el Código de Conducta incorporado en el relacionamiento con éste grupo de interés.
La adopción de iniciativas voluntarias de sostenibilidad, en las que se promueven temas de Responsabilidad Social Empresarial, Derechos Humanos, condiciones laborales, medio ambiente y anticorrupción y el propósito empresarial del Grupo EPM enfocado en la sostenibilidad, respaldan la formalización de éste Código de Conducta.
Políticas:
Política de Responsabilidad Social Empresarial RSE
La Responsabilidad Social Empresarial debe ser el marco de actuación dentro del cual se desarrollan los objetivos estratégicos del Grupo Empresarial EPM, para contribuir al desarrollo humano sostenible a través de la generación de valor social, económico y ambiental, acogiendo temáticas sobre sostenibilidad contempladas en iniciativas locales, nacionales y mundiales.
La actuación socialmente responsable tiene un fundamento ético, a partir del reconocimiento de los impactos que sus decisiones tienen sobre los grupos de interés; y se gestionará desde el quehacer diario de la Empresa y de las personas que la conforman.
Política Ambiental
El Grupo Empresarial EPM, como prestador de servicios públicos relacionados con energía, agua potable, saneamiento básico telecomunicaciones, es consecuente de su interdependencia con el ambiente, por lo tanto, realiza una gestión ambiental integral de manera proactiva, con criterios de competitividad empresarial y sostenibilidad ambiental, económica y social.
Política de Comunicaciones
La comunicación del Grupo EPM tiene como marco de actuación el respeto, la transparencia, la oportunidad, la pertinencia, la veracidad y el diálogo y está orientada a garantizar su reputación y a mantener una adecuada relación con los grupos de interés, para contribuir a la sostenibilidad y al desarrollo de la estrategia del Grupo EPM.
Política de Cartera
Tiene como objetivo establecer medidas que procuren obtener liquidez para ESSA mediante la gestión ágil, eficaz, eficiente y oportuna del recaudo de las obligaciones a su favor, generadas por consumo de energía eléctrica o servicios conexos, dando cumplimiento a los objetivos trazados en el indicador de cartera establecido en el Cuadro de Mando Integral CMI.
Política Financiera
ESSA desarrolla su Gestión Financiera atendiendo criterios de ética, transparencia, responsabilidad frente al riesgo y rigurosidad financiera, dentro del marco legal y estatutario y en línea con sus objetivos estratégicos. Lo anterior, para soportar las decisiones de inversión, obtención de recursos, reparto de excedentes financieros y manejo de liquidez, con el fin de maximizar el valor de la empresa y garantizar su sostenibilidad en el contexto del sano equilibrio entre lo social, lo económico y lo ambiental.
Política del Sistema Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Para la Electrificadora xx Xxxxxxxxx S.A. ESP es fundamental conservar, mejorar y promover la salud física y mental de todos sus trabajadores, mediante la aplicación de técnicas y acciones de identificación, evaluación, prevención y control de los riesgos ocupacionales y mantenimiento de ambientes de trabajo seguros, incluyendo la prevención y atención de eventos mediante planes de emergencia, y la responsabilidad social y medio ambiental.
Política de Proveedores y Contratistas
El Grupo EPM se compromete en su relación con proveedores y contratistas a trabajar con ellos en la construcción y conjunción de capacidades, fortalezas y conocimientos para lograr el desarrollo sostenible del entorno y la generación de valor para cada una de las partes y la sociedad en general, aplicando criterios legales, principios éticos y de equilibrio económico, social y ambiental.
Política del Sistema de Gestión Integral
ESSA orienta su gestión de una manera integral y en consecuencia actúa dentro estrictos criterios de eficacia y eficiencia en la prestación del servicio de energía eléctrica para el logro de sus objetivos y de los señalados en la ley y en sus estatutos, orientándose hacia la satisfacción equilibrada de las necesidades de sus grupos de interés y al desempeño efectivo de la empresa.
1.1. INSTRUCCIONES
A continuación se presentan algunas recomendaciones para la elaboración de su propuesta. Este pliego general y común a todos los procesos de contratación menores o iguales a 100 SMMLV, contiene junto con el ANEXO 1 PLIEGO ESPECIFICO DE CONTRATACIÓN CUANTIA MENOR
O IGUAL A 100 SMLMV, toda la información que requiere conocer el proponente para participar en el presente proceso de contratación.
1.1.1. El presente documento y el ANEXO 1 PLIEGO ESPECIFICO DE CONTRATACIÓN se publicarán en el Sistema de información corporativo (página web) de ESSA (xxx.xxxx.xxx.xx) y TeCuento, para ser consultados por parte de los potenciales proponentes;
1.1.2. Los potenciales proponentes, podrán efectuar observaciones, solicitar aclaraciones o información sobre el contenido de los Pliegos de condiciones vía correo electrónico a la dirección electrónica señalada dentro del Anexo 1 Pliego Específico de Contratación;
1.1.3. Será responsabilidad del proponente hacer entrega de la propuesta antes del cierre como se indique en el Anexo 1 Pliego Específico de Contratación;
1.1.4. Cuando la recepción de las propuestas se realice en sala de apertura de urna, se realizará en acto público, con elaboración del acta y dicha acta será suscrita por representantes de ESSA y los proponentes que se hagan presentes en la apertura, en este evento no se admiten propuestas enviadas por fax, medios electrónicos u otro sistema diferente. Cuando la recepción de propuestas se realice a través del aplicativo de Compra Menor - Te Cuento, no se levantará acta, sin embargo el proponente podrá verificar la recepción mediante la constancia que emite el aplicativo;
1.1.5. Para la marcación de las propuestas recibidas en acto público, se establece el siguiente modelo:
ELECTRIFICADORA XX XXXXXXXXX S.A ESP
Equipo Cadena de Suministro – Área de Suministro y Soporte Administrativo Sede principal Xxxxxxx 00 X. 00-00
Xxxxxxxxxxx
Xxxxxx: Proceso de contratación No. , cuyo objeto es:
señalado en el ANEXO 1 PLIEGO ESPECIFICO DE CONTRATACIÓN.
1.1.6. ESSA, enviará todas las comunicaciones al proponente o al CONTRATISTA, según sea el caso, a la dirección de notificación o correo electrónico por él consignado en su propuesta;
1.1.7. Xxxxxx proponente puede modificar, adicionar o retirar su propuesta después del cierre para la entrega de propuestas. ESSA puede pedir aclaraciones o informaciones adicionales sobre el contenido de sus propuestas, pero ello no significa que surja para éstos el derecho a modificarlas o adicionarlas;
1.1.8. Al preparar la propuesta los proponentes deberán examinar detenidamente los documentos que integran el pliego de condiciones. Cualquier deficiencia sustancial en el suministro de la información solicitada dará como resultado el rechazo de la propuesta; y
1.1.9. El proponente no debe estar incurso en las inhabilidades, incompatibilidades y en general en las prohibiciones contenidas en la ley, en especial las consagradas en la Constitución, la Ley 80 de 1993, la Ley 142 de 1994 y demás normas legales que las modifiquen o adicionen.
1.2. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
1.2.1. Podrán participar personas naturales, personas jurídicas nacionales y extranjeras legalmente constituidas en Colombia.
1.2.2. Las personas naturales se identificarán con su cédula de ciudadanía, y deberán acreditar el certificado de matrícula en el registro mercantil, en caso que se requiera según lo establecido por la ley. Las personas jurídicas acreditan su existencia y representación legal con el certificado expedido por las Cámaras de Comercio.
1.2.3. Las personas jurídicas deberán acreditar su existencia y representación a través del certificado de existencia y representación legal. El representante legal debe estar debidamente facultado para comprometer la firma en la cuantía de su propuesta.
1.2.4. El objeto social de la firma proponente, debe tener relación directa con la naturaleza del objeto a contratar.
1.2.5. La experiencia a acreditar debe estar relacionada con el alcance y objeto a contratar, según se indique en el Anexo 1.
1.2.6. El Proponente debe estar inscrito antes del cierre en el Sistema de Información de Proveedores y Contratistas del Grupo EPM “5INKO”.
Los requisitos y procedimiento de inscripción, se pueden consultar en la siguiente dirección electrónica: xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxx/xxxxxxxxxxx/xx-xx/0xxxx.xxxx
1.2.7. Serán causales para eliminar la propuesta el incumplimiento de cualquiera de los requisitos de participación exigidos en las condiciones de la presente solicitud de ofertas.
1.3. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
1.3.1. La propuesta deberá cotizarse en pesos colombianos antes de IVA. Por separado deberá informar el valor de este impuesto a las ventas, si este aplica. El precio o los precios unitarios, según el caso, deberán incluir el valor de todos los aspectos necesarios para cumplir a cabalidad con el objeto del presente proceso de contratación.
El proponente, en los análisis de precios unitarios, tendrá en cuenta todas las actividades inherentes para la ejecución de cada actividad. ESSA no se hará responsable ni reconocerá omisiones o faltantes en cada análisis.
1.3.2. La validez de la propuesta-oferta deberá ser de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha para la presentación de la propuesta.
1.3.3. El Proponente deberá presentar, sin excepción alguna, sólo una propuesta básica, de manera que se ciña a todas las condiciones contractuales y técnicas de los pliegos de condiciones.
1.3.4. El Proponente podrá presentar, además de la oferta básica, una propuesta alternativa por cada uno de los ítems, la que deberá ser completamente establecida en la propuesta con una clara y detallada descripción de su forma, contenido, plazo de ejecución y justificación y
deberá estipular claramente los cambios que se proponen, incluyendo cálculos de diseño, especificaciones técnicas, los precios correspondientes con sus respectivos análisis y el plazo de ejecución, e incluir toda la demás información requerida para su cabal comprensión y evaluación.
1.3.5. ESSA tendrán en cuenta sólo la “propuesta alternativa” de quienes hayan presentado la propuesta básica en términos y con el alcance para ser aceptable; en consecuencia, si la propuesta básica es desestimable por algún aspecto, la “propuesta alternativa” no será considerada.
1.3.6. Si el formato de cotización consta de varios ítems, el Proponente queda en libertad de cotizar todos o cotizar algunos, o uno solo (cotización parcial). Así mismo, ESSA se reserva el derecho de aceptar la propuesta en forma total, o parcialmente por ítem, según lo establecido en el Anexo 1.
1.3.7. El proponente en caso de requerirlo por el tipo de contrato a ejecutar, debe tener en cuenta al momento de preparar su propuesta las tarifas que ESSA aplica a los CONTRATISTAS por la utilización de servicios de mensajería electrónica, buzón de correo, internet, licencias y soportes antivirus MCAFFE, acceso aplicativos de servidor remoto, además el software instalado en los equipos a utilizar por el CONTRATISTA, deben contar con las respectivas licencias. (Ver cuadro tarifas para CONTRATISTA que requieran servicios del Equipo Tecnología de Información).
1.3.8. El proponente, debe gestionar los riesgos propios de la actividad y/o servicio a prestar, entendiéndose que son conocedores de la misma, cuidando de hacer una oferta que propenda por cuidar la competitividad y la productividad. Por lo tanto cada proponente al estructurar los costos de su propuesta deberá tener en cuenta, todos y cada uno de los factores y los riesgos previsibles que influyan o puedan influir en la ejecución de la obra, servicios o bienes encomendados, por lo tanto, para la formulación y la atención de posibles reclamaciones se tendrá en cuenta dicha estructura de costos.
1.4. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Propuestas recibidas en apertura de urna: Cuando el Anexo 1 disponga la apertura de ofertas, los documentos se presentarán en sobre único, en original y debidamente foliados, en el siguiente orden:
a) Anexo 2: Carta de presentación de la propuesta suscrita por el representante legal, según el formato.
b) Anexo 3: Formulario de cantidades y precios.
c) Garantía de seriedad de la propuesta y el recibo de pago de la prima de la póliza. Solo si se solicita en el anexo 1.
d) Certificación del pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales.
e) Anexo 4: Certificaciones que acrediten experiencia. Solo si se solicita en el anexo 1 y el proponente se encuentre inscrito en el registro liviano.
f) Cronograma de actividades o entregas. Solo si se solicita en el anexo 1.
g) Formato FTHSO015 FE-1 Evaluación de Salud en el trabajo, si por el objeto del proceso se requiere.
h) Formato FTIGS009 Lista de chequeo requerimientos de seguridad de la información, si por el objeto del proceso se requiere. (adquisición de software).
i) Fotocopia de la Cédula de ciudadanía del representante legal de la firma y para personas naturales.
j) Los demás documentos que se soliciten en el anexo 1 como fichas técnicas, especificaciones, certificados entre otros.
Propuesta recibidas por TeCuento: Para estos casos se cargaran a través del aplicativo de compra menor los siguientes documentos:
a) Certificación del pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales;
b) La información correspondiente a la propuesta económica;
c) Los demás documentos que se soliciten en el anexo 1 como fichas técnicas, especificaciones, certificados entre otros.
1.5. VERIFICACIÓN Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN
ESSA se reserva el derecho de verificar la información aportada por el proponente y en caso de encontrar alguna inconsistencia, la oferta podrá ser eliminada.
En todo caso, ESSA se reserva el derecho de sanear las informalidades u omisiones no sustanciales de las ofertas y de pedir aclaraciones o informaciones adicionales sin que ello implique el derecho de los proponentes a modificarlas. Así mismo, será un criterio de interpretación la prevalencia de la verdad sustancial y material, sobre lo simplemente procedimental o documental.
Las subsanaciones se solicitarán a los proponentes a través de correo electrónico, en el término de un (1) día contado a partir de la fecha de envío, en caso de requerirse un documento original para un proponente fuera de la ciudad, se otorga un término de (2) días. Cumplido el plazo y no se alleguen los requisitos exigidos, se dará por no subsanado y será rechazada la propuesta.
1.6. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
ESSA examinará las ofertas, si los documentos e información han sido debidamente presentados, si hay errores de cálculo y, en general, si se ajustan a las exigencias, condiciones y especificaciones estipuladas en el presente proceso de contratación.
Análisis Técnico:
Se analizará el cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas exigidas en el ANEXO 1, Adicional a ello, si el objeto del contrato contempla la adquisición de software, el Equipo Tecnología de Información debe verificar el diligenciamiento de la lista de chequeo requerimientos de seguridad de la información.
MÉTODO DE EVALUACIÓN:
Para la evaluación económica y asignación de puntaje, ESSA aplicará la metodología del menor valor.
Del total de las propuestas validas se calificaran sobre 100 puntos de la siguiente manera:
Se asignarán 100 puntos a la propuesta de menor valor.
A las demás propuestas se asignará el puntaje de acuerdo con la siguiente fórmula:
V * 100
P=
V (c)
Dónde:
P: Puntaje para el factor precio de la propuesta analizada en consideración. V: Valor comparable de la propuesta más baja dentro del rango
V(c): Valor comparable de la propuesta analizada en consideración
El resultado se presentará hasta centésimos (dos 2 cifras decimales), despreciando las aproximaciones por exceso, sin factor.
Para las propuestas recibidas en apertura los errores de carácter matemático, aritmético o formal que presenten las ofertas serán corregidos directamente por ESSA de la siguiente manera:
a) Si existiesen discrepancias entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que exista un error evidente en el punto decimal del precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario;
b) Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y
c) Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a los literales (a) y (b) precedentes.
d) El orden de elegibilidad será de la propuesta con más puntuación a la de menor puntuación.
e) Si resultaren dos o más ofertas con igual precio, se adjudicará a la oferta con el menor plazo de entrega de los bienes o servicios y si este plazo es igual, se adjudica a la primera oferta recibida, de acuerdo con la fecha y hora de recibo en el sistema establecido para tal fin.
f) Las Empresas harán la aceptación dentro del periodo de validez de las ofertas, incluidas sus ampliaciones si las hubiere, de acuerdo con el anexo del proceso.
1.7. NEGOCIACIÓN DIRECTA
Se podrá adelantar una negociación directa cuando exista una o más ofertas elegibles y se considere que se pueden obtener condiciones más favorables de carácter técnico, comercial, económico o de cualquier otra índole. Esta etapa deberá estar precedida de la justificación correspondiente y se adelantará de acuerdo a lo establecido en el manual de lineamientos de contratación de ESSA.
1.8. AJUSTE ECONÓMICO
Se podrá solicitar ajuste económico cuando existiendo una o más ofertas se considere que se pueden obtener mejores condiciones económicas, previos los estudios y análisis pertinentes; el jefe de la dependencia que adelanta el proceso de contratación decidirá si se procede a la etapa de ajuste económico. En este caso, se solicitará a los proponentes que presenten una nueva propuesta económica, dentro del término que para tal fin se fije, vencido el cual se procederá a la evaluación de las ofertas, considerando los factores de ponderación establecidos.
En este caso, se solicitará a los proponentes que resulten elegibles que presenten una nueva propuesta económica en sobre cerrado, dentro del término que con tal fin se fije, vencido el cual se procederá a su apertura y a la evaluación de las propuestas, considerando los factores de ponderación establecidos.
Durante la etapa de ajuste económico ningún proponente podrá retirar su oferta, ni introducir modificaciones diferentes a las económicas, ni hacerla más desfavorable.
La etapa de ajuste económico podrá adelantarse en cualquier momento hasta antes de la aceptación de la oferta.
1.9 SUSPENSIÓN DEL PROCESO
El proceso de contratación podrá suspenderse por el competente para autorizar el inicio del mismo, antes de la comunicación de la aceptación de oferta, cuando exista justificación que lo amerite, y reiniciarse cuando desaparezcan las causas que motivaron la suspensión. Para el efecto deberá tenerse en cuenta que una vez el proceso se reanude, las ofertas deberán mantener su validez.
1.10 TERMINACIÓN DEL PROCESO
Podrá darse por terminado un proceso de contratación cuando así se requiera. Para el efecto, la terminación del proceso de contratación la hará el competente en el estado en que se encuentre el proceso, cuando se presenten circunstancias que hagan perder la competencia para la aceptación de la oferta o cotización o declaratoria de desierto, o cuando aparezca un vicio que pueda generar nulidad de lo actuado, o cuando las exigencias del servicio lo requieran o las circunstancias de orden público lo impongan o cuando, a juicio de la entidad, el proceso de contratación resulte inconveniente.
1.11 DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO
ESSA podrá declarar desierto el proceso de contratación, dentro del período de validez de la oferta o cotización, en el evento en que no se reciba ninguna oferta o cotización, o ninguna de las recibidas resulte válida para ESSA, y se informará a los proponentes.
Parágrafo. Cuando el proceso de contratación está conformado por varios grupos, se podrá aceptar o declarar desierto uno o varios de ellos. Igualmente, la decisión final de la selección podrá tomarse en distintos momentos para los diversos grupos.
1.12 CAUSALES DE ELIMINACIÓN
ESSA podrá eliminar una propuesta, en cualquiera de los siguientes casos:
1.12.1 Cuando la propuesta fuere presentada por una persona que haya intervenido, directa o indirectamente en el estudio o proyecto respectivo o participado en la elaboración de los diseños o solicitud de oferta.
1.12.2 Cuando uno o varios precios presentados en la propuesta presenten desequilibrios no justificados en relación con los precios normales xxx xxxxxxx.
1.12.3 Cuando el proponente, aparezca reportado en el Boletín de Responsables Fiscales.
1.12.4 Cuando la propuesta se modifique unilateralmente por el proponente en respuesta a una solicitud de ESSA, o no se responda dentro de los plazos señalados.
1.12.5 Cuando se modifique el formato del anexo 3, en el caso que aplique.
1.12.6 Cuando el proponente o sus accionistas o sus asociados, o sus representantes legales o miembros de Junta Directiva, estén reportados en una o algunas de las listas vinculantes para el Estado Colombiano en relación con el lavado de Activos y Financiación del Terrorismo LA/FT.
1.12.7 Cuando no se presente garantía de seriedad de la oferta y en el anexo 1 se exija.
1.13 ACEPTACIÓN DE LA OFERTA
La aceptación de la oferta o de la cotización, la hará el competente dentro del término de validez de la misma, y se comunicará al proponente(s) favorecido(s).
1.14 IMPUESTOS
Todo impuesto, tasa o contribución, directo o indirecto, del orden nacional, departamental o municipal, vigente al momento de la presentación de la propuesta, que se cause por razón de la celebración, otorgamiento, legalización, desarrollo y/o ejecución del contrato estará a cargo de EL CONTRATISTA. ESSA retendrá de los pagos efectuados a EL CONTRATISTA las sumas que por impuestos directos o indirectos de cualquier orden esté obligado a retener conforme a la ley, ordenanza o acuerdo.
Retención en la fuente xx xxxxx.
Se aplicarán las tarifas y sobre las bases determinadas en el Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia, de acuerdo con las prestaciones que sean objeto de pago o abono en cuenta.
Impuesto sobre las ventas IVA
El impuesto sobre las ventas IVA se causa por la prestación de servicios y la venta de bienes en el territorio nacional a la tarifa general, según las normas establecidas en el Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia.
Conforme a lo establecido en la Ley 21 de 1992, ARTÍCULO 100. Los contratos de Obras Públicas estarán excluidos del IVA”.
Retención del IVA
Las normas tributarias nacionales establecen la retención en la fuente del impuesto sobre las ventas IVA a la tarifa vigente al momento de expedición de la factura.
Impuesto de timbre
La tarifa del impuesto de timbre para los contratos que se celebren a partir del 1 de enero de 2010 es xxx xxxx por ciento (0%), en consecuencia, los oferentes no deberán tener en cuenta en los precios de su oferta suma o costo alguno por el mencionado impuesto.
Impuesto de Industria y Comercio
Se efectuará retención en la fuente de Impuesto de Industria y Comercio siempre y cuando el municipio donde se ejecuten los trabajos tenga establecida esta obligación de retener a cargo de ESSA y a las tarifas y sobre las bases determinadas en el respectivo Acuerdo Municipal que ordene dicha retención.
Estampilla pro electrificación rural
Veinte (20.oo) pesos por cada mil (1,000.oo) pesos o fracción del valor total del contrato excluyendo el IVA correspondiente a la estampilla Pro Electrificación Rural, según (Ordenanza 023 de 2006), y el diez por ciento (10%) del valor liquidado por pago de la Estampilla Pro-Electrificación Rural, por derechos de sistematización y automatización, según (ordenanza 012 de 2005, Decreto 00005 de 2006).
Contribución especial por contratos de obra pública
Se efectuará retención equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato de obra o de la respectiva adición.
1.15 PERFECCIONAMIENTO DE LOS CONTRATOS.
Los contratos, independientemente de su cuantía, se entienden perfeccionados en la fecha en la que los proponentes seleccionados reciban la comunicación de la aceptación de la oferta y/o Orden de Compra tipo OC.
1.16 LEGALIZACIÓN
El proceso de legalización del contrato se desarrollará ante la Secretaría general de ESSA, la cual realizará la aprobación de las garantías y de igual forma la verificación del pago de los gravámenes a que haya lugar para su posterior aprobación. Aplica solo para los casos en que se entreguen propuestas en apertura de urna.
1.17 GARANTÍAS
El CONTRATISTA se obliga a constituir a su xxxxx y a favor de ESSA una garantía, que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, la garantía debe ser expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, en formato “A favor de Empresas de Servicios Públicos ESP o empresas particulares”, como beneficiario ESSA y con su recibo o constancia original de pago de la prima de la póliza.
El CONTRATISTA deberá presentar la garantía en el Equipo Cadena de Suministro, dentro de los
5 días calendarios siguientes al perfeccionamiento de la carta de aceptación o documento contractual que se origine. La garantía debe constituirse por los amparos y vigencias que se indiquen en el ANEXO 1 PLIEGO ESPECIFICO DE CONTRATACIÓN
1.18 FORMA DE PAGO
1.18.1 Propuestas recibidas en apertura de urna: La forma de pago será la establecida en el
ANEXO 1 PLIEGO ESPECÍFICO DE CONTRATACIÓN.
La fecha de vencimiento de las obligaciones contraídas por ESSA, será a 30 días calendario contados a partir de la fecha de radicación de la factura o documento equivalente, previo recibo y aceptación del bien o servicio por parte de ESSA y de la garantía requerida. La orden de pago debe estar registrada en el sistema de información que soporta el proceso.
Cuando se hayan efectuado negocios en moneda extranjera, el pago se efectuará en pesos colombianos con la TRM vigente al día del pago.
Adicionalmente para los procesos de obra y tracto sucesivo los pagos se realizarán de acuerdo con el avance en las actividades y/o entregas pactadas, previa aprobación del administrador del contrato, de acuerdo con lo propuesto y estipulado en el contrato. La liquidación se hará con base en las cantidades realmente ejecutadas, entregadas y aprobadas, y no tendrá reconocimiento de pago alguno las actividades y/o entregas inconclusas ni las actividades y/o entregas realizadas sin previa autorización.
El último pago se realizará después de firmada por las partes el acta de recibo final y para los casos de obra además de ésta el acta de liquidación final del contrato, previa la constitución y aprobación de las garantías y con la presentación de los siguientes documentos:
x. Xxx y salvo de todos los empleados vinculados por el CONTRATISTA para la realización del objeto de contratación, en los cuales se haga constar que han recibido a satisfacción los salarios y prestaciones sociales, derivados del contrato;
b. Certificados del fondo de pensiones, de la EPS, ARL, SENA, ICBF, Cajas de Compensación, en los que conste que el CONTRATISTA se encuentra x xxx y salvo por los respectivos aportes, Salvo las excepciones xx xxx; y
c. Certificado de pago de la estampilla pro-electrificación rural sobre el valor final del contrato sin incluir IVA, y demás gravámenes a que haya lugar.
1.18.2 Propuestas recibidas por TeCuento: La forma de pago será la establecida en el ANEXO 1 PLIEGO ESPECÍFICO DE CONTRATACIÓN.
La fecha de vencimiento de las obligaciones contraídas por ESSA, será a 30 días calendario contados a partir de la fecha de radicación de la factura o documento equivalente, previo recibo y aceptación del bien o servicio por parte de ESSA. La orden de pago debe estar registrada en el sistema de información que soporta el proceso y adjunto el certificado de pago de la estampilla pro- electrificación rural sobre el valor final del contrato sin incluir IVA, y demás gravámenes a que haya lugar.
Cuando se hayan efectuado negocios en moneda extranjera, el pago se efectuará en pesos colombianos con la TRM vigente al día del pago.
1.19 RESPONSABLE DEL CONTRATO
ESSA designará un RESPONSABLE DEL CONTRATO para que en su representación verifique y dirija la ejecución del contrato. El CONTRATISTA deberá someterse a las determinaciones y sugerencias del RESPONSABLE, cuando ellas sean inherentes a su cargo y a las que se requieran para un correcto desarrollo del mismo. El RESPONSABLE, representará a ESSA y será intermediaria entre ésta y el CONTRATISTA y por su conducto se tramitarán todas las cuestiones relativas al desarrollo del contrato.
1.20 OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Además de las que se desprendan del estricto cumplimiento del objeto contractual, le corresponde al CONTRATISTA cumplir las siguientes:
a) Cumplir todas las órdenes y atender las sugerencias propuestas por el Responsable del contrato;
b) Presentar, para el pago, las actas de cumplido a entera satisfacción de ESSA, dentro de los términos establecidos y de acuerdo con las exigencias, aplica solo para los casos en que se entreguen propuestas en apertura de urna
c) Expedir las pólizas en el término establecido de conformidad con los pliegos de condiciones, si aplica.
d) El CONTRATISTA debe cumplir con toda la normativa de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo vigente.
e) El CONTRATISTA junto con el RESPONSABLE DEL CONTRATO, de conformidad con los lineamientos de la política ambiental del Grupo Empresarial EPM y en el Índice de Gestión Ambiental Empresarial IGAE, deben mensualmente llenar la lista de chequeo ambiental ESSA, que será entregado por el RESPONSABLE DEL CONTRATO, si por el objeto del contrato aplica.
Corresponde a ESSA:
a) Cancelar oportunamente al CONTRATISTA las cuentas adeudadas de conformidad con lo establecido.
b) Velar por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato a través del RESPONSABLE DEL CONTRATO.
c) Verificar periódicamente el estado del contrato, buscando que se guarde el equilibrio económico del mismo.
d) Xxxxxxx las reclamaciones y peticiones necesarias para la buena marcha del contrato, dentro de los términos prudenciales.
1.21 INDEMNIDAD
EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a ESSA, así como a los empleados de la empresa, de cualquier reclamación, pleito, queja o demanda fundamentados en actos u omisiones de EL CONTRATISTA en el desarrollo del Contrato. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra ESSA, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas derivadas de la ejecución del Contrato. Si lo anterior no fuere posible, y se presentaren reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra ESSA, ésta deberá comunicarle tal situación por escrito a EL CONTRATISTA, dentro de los cinco
(5) días hábiles siguientes a la fecha en que aquellas le sean notificadas o en que se radiquen, o llamarla en garantía dentro del correspondiente término judicial. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de ESSA, para lo cual contará con profesionales idóneos que asuman la representación de ESSA, y asumirá el costo
de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena si la hubiere. Si ESSA estima que sus intereses no están siendo bien defendidos, informará por escrito en tal sentido a EL CONTRATISTA quien deberá responder explicando la manera y objetivos de la defensa que viene desarrollando, a efectos de que las Partes, conjuntamente, acuerden la mejor estrategia de defensa.
1.22 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
En caso de incumplimiento del contrato la parte incumplida pagará a la otra, el diez por ciento (10%) sobre el valor total del contrato, a título de tasación anticipada de perjuicios la cual se hará efectiva mediante comunicación motivada y cuyo valor podrá ser deducido por la parte cumplida de las cuentas pendientes de pago o de las garantías. En todo caso podrá hacerse efectiva por vía judicial. Esto sin perjuicio de la opción que tiene la parte cumplida de cobrar la indemnización de perjuicios que le puede acarrear el incumplimiento de las obligaciones que se generan en el desarrollo del contrato.
1.23 CLÁUSULA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las partes buscarán solucionar sus diferencias agotando el siguiente procedimiento: a) En primer lugar se procurará el arreglo directo, para lo cual la parte inconforme deberá presentar en forma escrita a la otra parte los motivos del reclamo señalando claramente y en detalle sus fundamentos, escrito que deberá presentarse dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha en la cual tuvo ocurrencia el primer hecho motivo del reclamo. La parte accionada tendrá quince (15) días calendario para dar respuesta a las reclamaciones efectuadas. b) De no llegar a un acuerdo directo, las partes tramitarán Audiencia de Conciliación que se realizará en la ciudad de Bucaramanga. c) Fracasada la etapa anterior las partes podrán acudir libremente a la vía judicial.
1.24 FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Ninguna de las Partes tendrá responsabilidad alguna por el incumplimiento de las obligaciones que asume, cuando tal incumplimiento, total o parcial, se produzca por hechos o circunstancias que, de acuerdo con la ley, constituyan fuerza mayor o caso fortuito (entendidos estos en los términos del artículo 64 del Código Civil).Solo se exonerará de responsabilidad EL CONTRATISTA en relación con aquel incumplimiento que sea consecuencia directa de hechos o circunstancias constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito. Por consiguiente, las partes se obligan a responder por el (los) incumplimiento(s) que no tenga(n) una relación directa y proporcional con los hechos o circunstancias alegados por él para exonerar su responsabilidad, el (los) cual(es) podrá(n) ser objeto de aplicación de la cláusula Penal Pecuniaria. La fuerza mayor o caso fortuito podrán dar lugar a la suspensión total o parcial de las obligaciones emanadas del Contrato, dependiendo de si imposibilitan el cumplimiento de todas o de algunas de las mismas, en tanto se surta el siguiente procedimiento: 1. La parte afectada, dentro de las 72 horas siguientes a la ocurrencia de un hecho constitutivo de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución total o parcial del Contrato, comunicará a la otra por escrito sobre tal situación, informándole, como mínimo, sobre: a) La ocurrencia del hecho y por qué es constitutivo de fuerza mayor o caso fortuito; b) Las pruebas a
que haya lugar para demostrar la existencia del supuesto hecho configurativo de fuerza mayor o caso fortuito. c) Cuáles obligaciones impide ejecutar, con una sucinta explicación del por qué (nexo causal entre el hecho y la obstaculización para ejecutar la obligación).d) El plazo en el que estima desaparecerán las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito. En el evento en que se configure la Fuerza Mayor o el Caso Fortuito las partes suscribirán un Acta de Suspensión del Contrato con base en la ocurrencia de hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito: 0.Xx parte afectada por la Fuerza Mayor o el Caso Fortuito no podrá suspender la ejecución de aquellas obligaciones que no hayan sido expresamente objeto de suspensión. En caso contrario, la Otra parte podrá, a su arbitrio, terminar anticipadamente el Contrato. 2. La ejecución del Contrato, o de las obligaciones del mismo que fueron suspendidas, se reanudará al finalizar el plazo estimado de suspensión, salvo que no hayan desaparecido las circunstancias que dieron lugar a la misma, de lo cual se dejará constancia en acta a través de la cual se prolongará la suspensión. Si finalizado el plazo de suspensión del Contrato o de obligaciones emanadas del mismo, la parte que fue afectada por la Fuerza Mayor o el Caso Fortuito no reiniciase la ejecución de las mismas, la Otra parte podrá adoptar las medidas correctivas o discrecionales previstas en el Contrato.
1.25 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
La suspensión del Contrato procederá cuando no sea posible ejecutar total o parcialmente las obligaciones emanadas del mismo. Las Partes podrán suspender el Contrato de mutuo acuerdo, cuando ocurran circunstancias imprevistas, ajenas a ellas y que escapen a su control, haciendo necesaria la suspensión del Contrato o del cumplimiento de obligaciones emanadas del mismo. Procedimiento de suspensión y reanudación de la ejecución del Contrato: La parte afectada dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la ocurrencia de un hecho que impida la ejecución de todas o alguna(s) de las obligaciones emanadas del Contrato, o del momento en que tenga conocimiento de la ocurrencia de aquel, lo comunicará al Responsable del contrato en documento en el cual debe: a) Señalar la ocurrencia del hecho, describiéndolo y allegando las pruebas de su ocurrencia; b) Explicar por qué el hecho es constitutivo de fuerza mayor o caso fortuito, o hecho de un tercero; c) Indicar cuáles obligaciones le impide ejecutar el hecho, con una sucinta explicación del por qué (describir el nexo causal entre el hecho y la obstaculización para ejecutar la obligación); d) Indicar el plazo en el que estima desaparecerán las circunstancias que impiden la normal ejecución del Contrato, detallando el porqué de aquel. e) La Otra parte se pronunciará en relación con lo indicado en el documento citado en el numeral anterior, dentro los cinco (5) días hábiles siguientes a su radicación a fin de efectuar de mutuo acuerdo la suspensión.
1.25.1. SUSPENSION UNILATERAL DEL CONTRATO
El CONTRATISTA autoriza a ESSA que en caso de presentarse incumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social, riesgos laborales, seguridad industrial, salud en el trabajo, o hayan ocurrido accidentes laborales por causas atribuibles al CONTRATISTA, suspenda el contrato de forma unilateral.
1.26 TERMINACIÓN DEL CONTRATO
Terminará en cualquiera de los siguientes casos: a) Por cumplimiento exacto del objeto del contrato. b) Por la expiración del término de vigencia del contrato. c) Por mutuo acuerdo entre las Partes, de lo cual deberá quedar constancia escrita. d) Por la ocurrencia de hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible el cumplimiento de los compromisos objeto del contrato.
Se procederá a suscribir entre las partes un acta de terminación del contrato donde se dejarán constancia del recibo a satisfacción del bien o servicio y que se encuentra x xxx y salvo de todas las obligaciones contractuales.
En el caso de los contratos de obra aplica la liquidación final descrita en el numeral 2.14 y no requiere acta de terminación.
1.27 TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
Las partes con la suscripción del contrato acuerdan que: la parte cumplida podrá terminar de forma anticipada el contrato cuando se observe incumplimiento grave, total o parcial de las obligaciones a cargo de la otra parte, se entenderá como incumplimiento grave a cargo del contratista el incumplir con las obligaciones de seguridad industrial, salud en el trabajo, cuando el contratista se vea vinculado en operaciones xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo, cuando teniendo la obligación de implementar medidas de control en este tema no lo hubiere hecho o cuando algunos de sus accionistas, miembros de junta directiva o representantes legales se encuentren vinculados a este tipo de operaciones, cuando se presente incumplimiento del plazo de entrega según la orden de compra (OC), se modifiquen los precios y/o demás condiciones de la orden de compra dentro del plazo acordado para la entrega, ó se haga la entrega de los bienes con incumplimiento de las especificaciones técnicas.
En caso de que la parte incumplida demuestre claramente, en el plazo de ocho (8) días calendario, que está en capacidad de cumplir sus obligaciones, la parte cumplida podrá decidir si continúa la ejecución del contrato y en tal caso se definirán los hitos de seguimiento que garanticen el efectivo cumplimiento del mismo, los cuales, en el evento de ser incumplidos, darán lugar a la terminación del contrato.
Tanto en el incumplimiento de los hitos a los que hace relación el párrafo anterior, como si la parte incumplida no demuestra su capacidad para atender sus obligaciones en el plazo fijado, habrá lugar a la terminación del contrato, lo cual se comunicará inmediatamente a la parte incumplida y se procederá a la liquidación del contrato en el estado en que se encuentre.
Si el incumplimiento es del CONTRATISTA, ESSA agotado el trámite anterior, podrá proceder a elaborar la orden de compra (OC) para el oferente cuya oferta se clasificó en segundo lugar en el respectivo proceso de contratación o iniciará uno nuevo.
1.28 LIQUIDACIÓN FINAL DE CONTRATOS
Aplica para los contratos de obra o los demás que se estipule expresamente en el Anexo 1 pliego de condiciones específicos o se determine de común acuerdo entre las partes.
La liquidación se realizará dentro del término que se fije en el respectivo contrato o, a más tardar, dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes al vencimiento de su plazo. En esta etapa se acordarán los ajustes, revisiones, reconocimientos y transacciones a que haya lugar.
Terminado el contrato, se procederá a suscribir entre las partes un acta de liquidación final del contrato en la cual se deberá incluir los valores finales, los saldos resultantes, la fecha contractual y la fecha real de las entregas, así como los descuentos que le hayan sido realizadas al CONTRATISTA y en general se incorporarán todas las constancias que sean del caso. EL CONTRATISTA pagará en un término no mayor de treinta (30) días calendario cualquier saldo que resulte a su cargo en el acta de liquidación, la cual prestará mérito ejecutivo. Si el saldo resultante fuere a favor del CONTRATISTA, la EMPRESA lo pagará dentro de un plazo de sesenta (60) días calendario, una vez modificada la garantía única de acuerdo con lo establecido en la cláusula séptima de este contrato, según sea el caso y que haya presentado paz y salvo de aportes parafiscales.
1.29 LIQUIDACIÓN UNILATERAL
Aplica para los contratos de obra o los demás que se estipule expresamente en el Anexo 1 pliego de condiciones específicos o se determine de común acuerdo entre las partes
El CONTRATANTE en caso de que no se realice entre las partes la debida liquidación del contrato, tomará todas las medidas tendientes a lograr su realización dentro de los seis (06) meses siguientes a su terminación. En virtud a ello, a través de la suscripción del presente contrato, y de conformidad con los artículos 1505 del Código Civil y 832 y 833 del Código de Comercio, EL CONTRATISTA autoriza a ESSA ESP, para que en su nombre realice la correspondiente liquidación del presente contrato, sino presta diligentemente la colaboración para realizarla de manera directa y concertada, dentro de los seis (06) meses siguientes a la terminación del mismo. Igualmente, EL CONTRATANTE se obliga para con EL CONTRATISTA a remitirle copia del documento contentivo de la liquidación final del contrato.
1.30 MODIFICACIÓN Y RENOVACIÓN DE LOS CONTRATOS
Aplica únicamente para los procesos en que se lleva a cabo apertura de urna. Son modificaciones al contrato, entre otras, las siguientes:
a) Prórroga. Se entiende por prórroga la extensión o prolongación del plazo de ejecución del contrato dentro del cual se continuarán ejecutando las obligaciones de las partes.
b) Adición. Se entiende por adición la ampliación del valor contractual.
Se entiende por renovación el acuerdo entre las partes para obligarse nuevamente al desarrollo de las actividades contractuales pactadas y de acuerdo con los términos allí convenidos. Habrá renovación aunque existan modificaciones a lo pactado en el contrato inicial y siempre que la naturaleza del contrato lo permita y se conserve el objeto del contrato.
1.32 PREVENCIÓN Y CONTROL DEL RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO.
EL PROPONENTE con la presentación de su propuesta se entiende que hace las siguientes declaraciones, las cuales se consideran integradas en el contrato.
1.32.1. DECLARACIÓN DE ORIGEN DE BIENES E INGRESOS: EL PROPONENTE declara bajo la gravedad del juramento con respecto al origen de bienes e ingresos del PROPONENTE de protección leve, de bienes y recursos de protección fuerte, de origen de bienes y recursos que son objeto del contrato, lo siguiente:
a) Que los ingresos o bienes de EL PROPONENTE no provienen de actividades de ninguna actividad ilícita contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione o modifique. En consecuencia declara que sus ingresos o bienes están ligados al desarrollo normal de actividades lícitas propias de su objeto social.
b) Que EL PROPONENTE no ha efectuado transacciones u operaciones destinadas a la realización o financiamiento de actividades ilícitas contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione, o modifique, o a favor de personas relacionadas con dichas actividades.
c) Que los recursos o bienes objeto del presente proceso contractual, no provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal colombiano o en cualquier norma que lo modifique, adicione o sustituya.
d) Que en caso de ser adjudicado el presente, EL PROPONENTE se abstendrá de tener vínculos con terceros que se conozca por cualquier medio estén vinculados a actividades xx xxxxxx de activos o financiación del terrorismo.
e) Que EL PROPONENTE cumple con las normas sobre prevención y control al lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) que le resulten aplicables, teniendo implementados las políticas, procedimientos y mecanismos de prevención y control al Lavado de activos o financiación del terrorismo que se derivan de dichas disposiciones legales.
f) Que ni EL PROPONENTE ni sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el CINCO POR CIENTO (5%) o más del capital social, aporte o participación, ni sus representantes legales y miembros de la Junta Directiva, se encuentran en las listas internacionales vinculantes para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas) o en la lista emitida por la Oficina de Activos Extranjeros del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos (Lista OFAC), así como en listas o bases de datos nacionales e internacionales relacionadas con actividades ilícitas, estando ESSA facultada para efectuar las verificaciones que considere pertinentes y para dar por terminada cualquier relación comercial si verifica que alguna de tales personas figuran en dichas listas.
g) Que no existe en contra de EL PROPONENTE ni de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el CINCO POR CIENTO (5%) o más del capital social, aporte o participación, ni de sus representantes legales y sus miembros de la Junta Directiva,
investigaciones o procesos penales por delitos dolosos, estando ESSA facultado para efectuar las verificaciones que considere pertinentes en bases de datos y en informaciones públicas nacionales o internacionales y para dar por terminada cualquier relación comercial si verifica que contra alguna de tales personas existen investigaciones o procesos o existen informaciones en dichas bases de datos públicas que puedan colocar a ESSA frente a un riesgo legal o reputacional.
ANEXOS
ANEXO 1
Señor proponente, recuerde que el Anexo No 1 de este proceso de contratación corresponde al documento:
ESSA – PLIEGO ESPECIFICO DE CONTRATACIÓN
Publicado por ESSA en su Sistema de Información Corporativo (página web) para tal fin.
Bucaramanga,
ANEXO 2
MODELO CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Doctor
XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX
Gerente General
ELECTRIFICADORA XX XXXXXXXXX S.A.E.S.P.
Xxxxxxx 00 # 00-00 Xxxxxxxxxxx
Xxxxxx: SOLICITUD PÚBLICA MEDIANTE EL SISTEMA DE INFORMACIÓN CORPORATIVO (PÁGINA WEB) No. XXXXXX
El suscrito, en mi condición de representante legal de
y de acuerdo con las disposiciones y especificaciones contenidas en el Pliego de Condiciones y demás documentos que hacen parte del mismo, hago la siguiente propuesta:
Para tal efecto declaro:
1. Que tengo facultad para firmar y presentar la propuesta.
2. Que esta propuesta y el contrato que se llegare a celebrar en caso de adjudicación, compromete totalmente a la sociedad que legalmente represento. En caso de adjudicación, los contratos serán firmados por la(s) siguiente(s) persona(s) en representación de la respectiva sociedad.
Nombre Cargo Nombre de la Sociedad
3. Que la sociedad que legalmente represento no está impedida para contratar por causa de inhabilidades y/o incompatibilidades establecidas en la ley, ni conflictos de intereses con ESSA.
4. Que hemos estudiado cuidadosamente el pliego de condiciones, incluidas sus informaciones, aclaraciones y/o modificaciones (si las hay), aceptamos todas las exigencias contenidas en ella, garantizamos que nuestra propuesta cumple con las mismas y renunciamos a cualquier reclamación por ignorancia o errónea interpretación de los mismos.
5. Que hemos revisado detenidamente la propuesta adjunta y declaramos que no contiene ningún error u omisión; también que la información es exacta y veraz.
6. Que el contenido de la propuesta es válido por un término mínimo de noventa (90) días, contados a partir de la fecha y hora del cierre para la presentación de las propuestas y procederemos a ampliar la validez de la garantía de seriedad si lo indica ESSA.
7. Que en la eventualidad que nuestra propuesta sea aceptada, nos comprometemos a firmar el contrato de conformidad con lo establecido en los documentos de contratación y a presentar la documentación requerida para legalizarlo dentro del plazo máximo que fija ESSA.
8. Que ejecutaremos el contrato al precio y en el plazo señalado en las condiciones contractuales y técnicas exigidas en los documento xxx Xxxxxx de Condiciones y de conformidad con la adjudicación que se haga.
9. Que expresamos conocer el carácter de confidencialidad que tienen lo contenido en el Pliego de Condiciones, en consecuencia guardaremos reserva de la información.
10. Que acepto que con la sola presentación de la propuesta no se obliga a ESSA para suscribir contrato.
11. Que conozco el Reglamento de Contratación de ESSA, el Manual de procedimientos para la contratación de la Electrificadora xx Xxxxxxxxx S.A. y demás normativa que las regulen, modifiquen o aclaren.
12. Que la sociedad que legalmente represento se encuentra x xxx y salvo con las obligaciones del pago de los aportes de nuestros empleados, a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y en lo que corresponda la Ley 1607 de 2012 y la reglamentación que se expida.
13. Que conozco el sitio en donde se desarrollará el objeto a contratar, que además conozco todos los aspectos geográficos y topológicos de la misma, así como las condiciones climatológicas, los accesos carreteables y peatonales, las condiciones sociales, culturales y de orden público, la topología del sistema eléctrico y en general todos los aspectos físicos y económicos que se aplican sobre el proyecto, especificaciones técnicas y demás aspectos de los pliegos de condiciones y que los he tomado como base para participar en la presente propuesta, renunciando en consecuencia a cualquier reclamación posterior contra la ELECTRIFICADORA XX XXXXXXXXX S.A. ESP, por estos conceptos.
14. Que la sociedad cumple con los subprogramas de medicina preventiva, subprograma de medicina de trabajo, subprograma de higiene y seguridad industrial y el funcionamiento del comité de medicina, higiene y seguridad industrial, de acuerdo a los parámetros del programa de salud ocupacional señalados en la resolución 1016 de 1989 y demás normativa vigente.
Nota: Adjuntar Formato FTHSO015 “FE-1 Evaluación de Salud Laboral , debidamente diligenciado. Solo en los procesos de contratación cuyo objeto sea la construcción, mantenimiento de sistemas eléctricos y montaje de obra, reforma o mantenimiento de instalaciones o sedes, y
los contratos relacionados con la adecuada protección y conservación de los predios, medio ambiente y demás funciones operativas de los diferentes procesos de ESSA.
15. Que esta PROPUESTA consta de ( ) folios, debidamente numerados y rubricados.
16. Que el valor total de nuestra propuesta es de (letras y números):
Cordialmente
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL CÉDULA DE CIUDADANÍA
NOMBRE DE LA COMPAÑÍA DIRECCIÓN
TELEFONO EMAIL
ANEXO 3
FORMULARIO DE PRECIOS Y CANTIDADES
(Propuesta económica)
ANEXO 4
FORMATO PARA ACREDITAR EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Para acreditar esta experiencia, se deberá anexar certificados expedidos por las respectivas entidades públicas o privadas a las cuales se presta o prestó el (los) servicio(s), obra(s) y/o suministro(s) y deberán como mínimo contener la siguiente información:
Nombre de la firma | |
Dirección | |
Teléfono y Fax | |
Ciudad y país | |
Nº del contrato y objeto | |
Valor del Contrato | |
Fecha de suscripción contrato | |
Fecha inicio y terminación contrato | |
Nombre y firma de la persona que certifica |
La evaluación de este aspecto se efectuará con la información suministrada por el PROPONENTE y los certificados otorgados por los clientes.
ESSA podrá verificar, cuando lo estime conveniente, que la información acá consignada sea exacta y veraz, y en caso de falsedad la propuesta será descalificada.
Nota: El PROPONENTE deberá diligenciar este formulario por cada contrato ejecutado, o en ejecución, que desee acreditar como experiencia.
Firma del Proponente:
TARIFAS PARA CONTRATISTAS QUE REQUIERAN SERVICIOS DEL EQUIPO TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN
Precios antes de IVA, actualizados a marzo de 2015