ANEXO 2
ANEXO 2
CARTA DE COMPROMISO DEL POSTULANTE
El suscrito , identificado con la cédula de ciudadanía número expedida en , actuando en nombre y representación legal de , sociedad domiciliada en la ciudad de , identificada con NIT , debidamente facultado para la suscripción del presente documento y quien, en adelante, y para los efectos de esta CARTA DE COMPROMISO se denominará EL POSTULANTE, mediante el presente instrumento se obliga de forma unilateral, incondicional e irrevocable a favor del FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A., FIDUCOLDEX, quien actúa como ADMINISTRADOR del PROGRAMA DE TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA, en
adelante PTP, teniendo en cuenta las siguientes
CONSIDERACIONES:
Que EL PROGRAMA DE TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA - PTP es un programa de Gobierno creado en virtud del artículo 50 de la Ley 1450 de 2011, modificado por el artículo 11 de la Ley 1753 de 2015, que tiene por objeto la implementación de la política y planes de negocios público-privados para el desarrollo de sectores estratégicos para el país, así:
“Artículo 11: El Programa de Transformación Productiva tendrá por objeto la implementación de estrategias público-privadas y el aprovechamiento de ventajas comparativas para la mejora en productividad y competitividad de la industria, en el marco de la Política de Desarrollo Productivo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, al cual se podrán destinar recursos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de Organismos Internacionales de Desarrollo, convenios de cooperación internacional, convenios con organizaciones privadas, convenios con entes territoriales y transferencias de otras entidades públicas de orden nacional y regional. Este programa será un patrimonio autónomo con régimen privado administrado por el Banco de Comercio Exterior S.A. (Bancóldex)."
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 1753 de 2015, el 15 de julio de 2015 se celebró entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. – Bancóldex, el Convenio Interadministrativo 375 de 2015 para dar cumplimiento al artículo 11 de la Ley 1753 de 2015, estableciendo las directrices para el cumplimiento de dicha administración por parte de BANCÓLDEX.
Que el artículo 126 de la Ley 1815 del 7 de diciembre del año 2016 por medio de la cual “se decreta el Presupuesto xx Xxxxxx y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000”, xxxxxxxxxx que “Los patrimonios autónomos cuya administración haya sido asignada por ley al Banco de Comercio de Colombia S.A. – Bancóldex, podrán administrarse directamente por este o a través de sus filiales”.
Que en razón a la autorización legal impartida y, por definición de Política por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Bancóldex, Fiduciaria Colombiana de Comercio
Exterior S.A., sociedad de servicios financieros de economía mixta indirecta del orden nacional, filial de Bancóldex y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, suscribieron el 24 xx xxxxx de 2017 contrato de cesión del Convenio 375 de 2012 con efectos a partir del 1º xx xxxxx de 2017.
Que una vez celebrado el contrato de cesión de posición contractual, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. FIDUCOLDEX S.A. celebraron el contrato xx xxxxxxx mercantil de administración número 007-2017 cuyo objeto es la administración del patrimonio autónomo PROGRAMA DE TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA por parte de XXXXXXXXXX, quien actúa como vocera del mismo.
Que como parte de la estrategia del PTP, el Programa abrió una convocatoria para la selección de hasta sesenta (60) personas que hagan parte de empresas de los sectores BPO, KPO, Software y TI del Programa de Transformación Productiva, ubicadas en los departamentos de Antioquia y Santander, para que participen en un programa de capacitación que les permita desarrollar competencias en análisis y visualización de datos.
Para la implementación de este programa el PTP realizó una invitación a empresas y firmas consultoras especializadas en este tipo de programas, siendo seleccionada la propuesta técnica y económica presentada por CYMETRIA, entidad que para los efectos de la presente convocatoria se denominará Firma Ejecutora.
Que el POSTULANTE previamente consultó y aceptó los términos y condiciones establecidos por el PTP en la convocatoria publicada para acceder a la capacitación desarrollada en el marco del Programa de desarrollo de competencias en análisis y visualización de datos para empresas que hagan parte los sectores BPO, Software y TI del Programa de Transformación Productiva.
Que en el evento que el POSTULANTE resulte seleccionado, con la suscripción de la presente CARTA DE COMPROMISO, manifiesta su intención de obligarse de forma unilateral, incondicional e irrevocable a favor de FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A., FIDUCOLDEX COMO ADMINISTRADOR DEL PTP, de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA: En virtud de la presente CARTA DE COMPROMISO, en el marco de ejecución del Programa de desarrollo de competencias en análisis y visualización de datos para empresas que hagan parte los sectores BPO, KPO, Software y TI del Programa de Transformación Productiva en adelante el Programa, el POSTULANTE se obliga de forma unilateral, incondicional e irrevocable a favor de la FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A., FIDUCOLDEX COMO ADMINISTRADOR DEL PTP a:
1. A participar de forma activa y comprometida en todas las actividades propuestas en el marco del Programa.
2. Acompañar a la Firma Ejecutora en el desarrollo de la formación de sus empleados, adelantando las actividades que para tal efecto le solicite la firma Ejecutora.
3. Designar a las personas propuestas en la Carta de postulación según las calidades propuestas y la dedicación en tiempo exigida.
4. Asegurar que sus empleados cuenten con el tiempo de dedicación exigida para el Programa.
5. Reconocer y pagar directamente a la firma ejecutora la suma de XXXX ($XXXX) pesos incluido IVA, de acuerdo con las condiciones del acuerdo de servicios a celebrarse con la firma ejecutora.
6. Suscribir un Acuerdo de Servicios con la Firma Ejecutora.
7. Acatar las observaciones y/o sugerencias efectuadas por la Firma Ejecutora.
8. Dar oportuna respuesta a los requerimientos efectuados por la Firma Ejecutora y efectuar los ajustes y/o recomendaciones que realicen para el desarrollo del proyecto.
9. Atender oportunamente los requerimientos que llegaren a efectuar las autoridades administrativas, judiciales, y en general cualquier organismo de control.
10. Incluir en cualquier tipo de publicidad que realice del proyecto, que el mismo cuenta con un apoyo estatal otorgado por intermedio del PTP ADMINISTRADO POR LA FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A., FIDUCÓLDEX y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Para ello, además de hacer la difusión necesaria en los servicios aprobados, se compromete a incluir en el material que sobre el proyecto se produzca, el nombre completo y logo del PTP, el cual será remitido por el PTP dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su producción, publicación y/o difusión.
11. Dar estricto cumplimiento a todas las normas legales y estatutarias a las que se encuentra obligado en desarrollo de su actividad profesional, y en especial las que le competen para el desarrollo del proyecto (Disposiciones tributarias, vinculación de personal, manejo ambiental, licencias, derechos de autor, propiedad industrial, etc.).
12. Entregar al PTP, en los términos dispuestos para ello, toda la información que sea requerida por éste.
13. Mantenerse al día en el pago de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, cuyo parágrafo segundo fue modificado por el artículo 1° de la Ley 828 de 2003.
14. Garantizar la existencia y pago de los recursos que debe entregar a la Firma Ejecutora.
15. Cumplir con las obligaciones de seguimiento a los resultados finales del proyecto en la forma establecida en la convocatoria a la que hace referencia la presente ACTA DE COMPROMISO.
16. Todas las demás que sean necesarias para la debida ejecución del proyecto.
PARÁGRAFO: El desarrollo de las actividades requeridas para apoyar la ejecución del Programa, se ejecutará por parte del POSTULANTE con plena libertad, autonomía técnica, administrativa y directiva, utilizando sus propios medios y asumiendo todos los riesgos que se puedan presentar en desarrollo de la misma, sin que exista relación laboral, comercial o técnica entre la FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A., FIDUCOLDEX
COMO ADMINISTRADOR DEL PTP y el POSTULANTE y sus empleados.
SEGUNDA. - La presente carta de compromiso será irrevocable y su entrada en vigencia se encuentra condicionada a que EL POSTULANTE sea seleccionado para ser beneficiario del Programa y notificado formalmente de esto.
La carta de compromiso entrará en vigencia en la fecha de notificación mencionada atrás y se mantendrá vigente por un espacio de tiempo igual al plazo de ejecución de las actividades que componen Programa y doce (12) meses más.
TERCERA.- El POSTULANTE en caso de incumplimiento total o parcial, o aún por el simple retardo en el cumplimiento, de cualquiera de las obligaciones contenidas en la cláusula primera del presente documento, se compromete a pagar incondicionalmente, a la orden de FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A., FIDUCOLDEX COMO
ADMINISTRADOR DEL PTP a título de penalización, hasta la suma de un millón cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos pesos ($1.487.500) por cada persona que postule y sea aceptada para el programa.
Este valor corresponderá al precio que haya asumido el PTP para el desarrollo de la certificación. Dicha suma podrá ser exigida ejecutivamente, sin necesidad de requerimiento judicial o privado alguno ni constitución en xxxx del POSTULANTE.
Lo anterior, sin perjuicio de que FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A., FIDUCOLDEX COMO ADMINISTRADOR DEL PTP pueda exigir adicionalmente las prestaciones e indemnizaciones derivadas del incumplimiento de esta CARTA DE COMPROMISO, y sin que se extinga por ello la obligación principal.
CUARTA. – EL POSTULANTE certifica a FIDUCOLDEX, COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA
DEL PTP que sus recursos no provienen ni se destinan al ejercicio de ninguna actividad ilícita o de actividades xx xxxxxx de dinero proveniente de éstas o de actividades relacionadas con la financiación del terrorismo.
EL POSTULANTE se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente xx xxxxxx de activos o financiación del terrorismo.
En todo caso, si durante el plazo de vigencia del presente compromiso EL POSTULANTE, algunos de sus administradores o socios llegaren a resultar inmiscuidos en una investigación de cualquier tipo (penal, administrativa, etc.) relacionada con actividades ilícitas, lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, o fuese incluido en listas de control como las de la ONU, OFAC, etc., FIDUCOLDEX COMO ADMINISTRADOR DEL PTP informará a EL
POSTULANTE y al respectivo asesor, su exclusión inmediata del Programa y exigirá inmediatamente el pago de la suma establecida en la Cláusula Tercera de este instrumento sin que por este hecho esté obligado a indemnizar ningún tipo de perjuicio a EL POSTULANTE .
QUINTA. - MERITO EJECUTIVO: Para todos los efectos legales el presente instrumento presta merito ejecutivo.
Para constancia se firma por el POSTULANTE en la ciudad de Bogotá, D.C., en original, el
del mes de de 2018.
EL POSTULANTE |
Nombre Completo:
Cédula: