Anexo II (a)
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Viceconsejería
Anexo II (a)
XXXXXXX XX 00 XX XXXX XX 0000, XXX XXXXXXX XX XXXXXXXX, POR EL QUE SE AUTORIZA A LA AGENCIA DE OBRA PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE TERMINACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y URBANIZACIÓN DE LAS LÍNEAS 1 Y 2 DEL METRO DE MÁLAGA, TRAMO RENFE-GUADALMEDINA Y DE LA TERMINACIÓN DE LA INTERVENCIÓN ARQUEOLÓGICA ASOCIADA.
RELACIÓN DE DOCUMENTOS (Orden cronológico):
TODOS LOS DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE SON ACCESIBLES
Nº de orden | Denominación del documento |
1º | MEMORIA JUSTIFICATIVA |
2º | RESOLUCIÓN DE INICIO DEL EXPEDIENTE |
3º | CERTIFICADO DE EXISTENCIA DE CRÉDITO |
4º | INFORME DE CONTROL PREVIO |
5º | MEMORIA ECONÓMICA |
En virtud de lo establecido en el Acuerdo de 17 de diciembre de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se adoptan medidas para la transparencia del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y dando cumplimiento a las Instrucciones de coordinación para asegurar la homogeneidad en el tratamiento de la información en cumplimiento de lo establecido en el citado Acuerdo, se emite la presente propuesta sobre la aplicación de los límites de acceso de los documentos que integran el expediente relativo al asunto indicado.
Fdo.: Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx VICECONSEJERA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Código: | BY574669U2AWE5Bd3BNHCOec6EZ1tg | Fecha | 01/06/2018 |
Firmado Por | XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | ||
Url De Verificación | Página | 1/1 |
MEMORIA JUSTIFICATIVA
CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE “TERMINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA, XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXX 0 X 0 XX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO: RENFE - GUADALMEDINA”
CLAVE: T-MM6116/OEJ0
Dirección de Explotación y Servicios
MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA ACTUACIÓN
CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE “TERMINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA, XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXX 0 X 0 XX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO: RENFE - GUADALMEDINA”
CLAVE: T-MM6116/OEJ0
INDICE
1. ANTECEDENTES 3
2. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS OBRAS 5
3. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN / DATOS DE REFERENCIA 7
4. PROPUESTA DE CONTRATACIÓN 13
5. ANUALIDADES 13
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1. ANTECEDENTES
Las obras objeto de licitación, inicialmente se integraban en el contrato de concesión entre la Junta de Andalucía y Concesionaria Metro de Málaga en el marco del propio contrato, el cual además de la ejecución de las obras, contempla como prestaciones anejas, la redacción de los correspondientes proyectos constructivos así como el suministro de material móvil.
Durante la fase de redacción de los proyectos constructivos de las líneas 1 y 2, se introdujeron determinadas modificaciones funcionales, que fueron asumidas por la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía -entonces Ferrocarriles de la Junta de Andalucía- por considerarse actuaciones de interés público. Dichas modificaciones, reflejadas en los proyectos constructivos, significaron unas diferencias relevantes entre la inversión final necesaria y la prevista en la oferta adjudicada.
La introducción de estas modificaciones en la actuación del metro de Málaga supuso un nuevo escenario del contrato de concesión, en cuanto a precio y plazo, así como en las previsiones de puesta en servicio del metro, por lo que se procedió a proponer una modificación del contrato de concesión, adaptándolo a las nuevas circunstancias, y quedando esta propuesta recogida en un Acta de reunión de trabajo de fecha 1 de noviembre de 2007. Esta acta establece los tramos que son objeto de ejecución por parte del concesionario y los que son objeto de redacción por parte de la Agencia de Obra Pública.
En el marco de ese acuerdo, corresponde a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía la redacción de los proyectos constructivos de infraestructura, superestructura, arquitectura e instalaciones asociados a los tramos Xx. Xxxxxxxxx – Cocheras, RENFE – Guadalmedina y Guadalmedina – Malagueta, así como la posterior ejecución de las obras. Ejecutadas dichas obras se establece su entrega al concesionario, incorporando estos tramos a la explotación.
Posteriormente, con fecha 26 xx xxxxx de 2010, se procede a la formalización de la modificación del contrato de concesión para la construcción y explotación de las líneas 1 y 2 del metro de Málaga, de acuerdo a los términos fijados en el acta de 1 de noviembre de 2007, correspondiendo a la Administración la redacción del proyecto constructivo del tramo Guadalmedina – RENFE así como la ejecución de las correspondientes obras. Finalizadas éstas se deberán entregar al concesionario para que las incorpore a la fase de explotación.
En ese sentido, la Agencia de Obra Pública redactó el proyecto e inició las obras del tramo de referencia, adjudicándolas con fecha 00 xx xxxxx xx 0000 x xx XXX CONSTRUCCIONES XXXXX/ECASUR 10 formada por las empresas XXXXX CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS S.A. Y EMPRESAS CONSTRUCTORAS ASOCIADAS DEL SUR 10 S.A., por un plazo de ejecución de 18 meses. El 15/04/2009 se formaliza la Orden de Inicio de los trabajos, comenzando a computar el plazo de ejecución al día siguiente, el 16/04/2009.
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Durante la ejecución del tramo Guadalmedina – Renfe surgen varias circunstancias sobrevenidas de diferente naturaleza, que derivan en la necesidad de la redacción de un proyecto modificado de un importe superior al 20 %, el cual debidamente tramitado recibe la disconformidad del contratista de las obras, iniciándose un expediente de resolución del contrato de obra con fecha 23 xx xxxx de 2016, expediente que dispone de la conformidad del contratista.
Por tanto y por razones de interés general, se hace necesario acometer la terminación de las obras que restan por ejecutar con el fin de dar cumplimiento a los compromisos adquiridos con el Banco Europeo de Inversiones y la Sociedad Concesionaria, con el objetivo de ponerlo en servicio a la mayor brevedad posible. Así, se hace necesario redactar un Proyecto de Terminación de la obra pendiente de ejecutar, el cual se licita el 21 de octubre de 2015 y es adjudicado el 14 de diciembre de 2015 a Ofincar Granada 21, S.L.
Por otra parte, durante la ejecución de las obras definidas en el proyecto contratado se pone de manifiesto que el alcance de la intervención arqueológica presupuestada y programada resulta del todo insuficiente -a tenor de los resultados positivos desde el punto de vista arqueológico que se obtuvieron en las diagnosis valorativas previas llevadas a cabo- por lo que se inicia la tramitación de un expediente complementario, el cual se formaliza con fecha 21 de enero de 2014.
La actuación de intervención arqueológica se ha realizado hasta la fecha en el ámbito en el que se ha ejecutado la obra civil correspondiente a la infraestructura del túnel y de la estación; queda por tanto pendiente de realizar la intervención arqueológica asociada a la obra civil que resta por ejecutar -sucintamente el túnel de la cola de maniobras y el acceso norte a la estación Guadalmedina- y relativa a las siguientes actividades:
• Control Arqueológico de Movimiento de tierras en superficie.
• Control Arqueológico de Movimiento de tierras en primer nivel de excavación.
• Excavación Arqueológica en extensión.
Así, iniciado el expediente de resolución del contrato de la obra principal con fecha 23 xx xxxx de 2016 por resolución del Director Gerente, se hace necesario la resolución del contrato complementario nº 2 de intervención arqueológica: dado que en la tramitación del expediente complementario nº 2 se justificaba que la ejecución de las obras definidas en él debían confiarse al contratista de la obra principal por no poder separarse técnicamente sin causar graves inconvenientes para la Administración y al interés público, del mismo modo la ejecución de la intervención arqueológica que resta por ejecutar está íntimamente ligada a la ejecución de la obra civil restante, no pudiendo separarse técnicamente.
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De este modo se ha redactado el Proyecto de Terminación de la intervención arqueológica
asociada al tramo, el cual fue supervisado y aprobado con fecha 10 xx xxxxx de 2016.
Por tanto y a la vista de los antecedentes y de la situación de la actuación de referencia, y dado que la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía ha resuelto el contrato principal con fecha 9 xx xxxxx de 2016, y encontrándose en tramitación la resolución del contrato complementario de la intervención arqueológica, se ha procedido a la licitación conjunta de las obras de terminación de la obra civil -contrato principal-, así como la terminación de la actividad arqueológica asociada, y dado que el acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 0 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxxxxxx xx xxxxx necesario pero no la celebración del contrato resultante de la adjudicación de la licitación iniciada, se hace necesario un nuevo acuerdo del Consejo de Gobierno en este sentido.
2. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS OBRAS
2.1. Fase I de explotación hasta Perchel
Tramos adscritos al concesionario
Todos los tramos de obra adscritos al concesionario se finalizaron en el mes de julio de 2014, previa a la puesta en servicio de las líneas 1 y 2 hasta la estación Perchel el pasado día 30 de julio. Queda por realizar una serie de remates y acabados, centrados fundamentalmente en cuestiones de reposición de urbanización y de arquitectura de estaciones.
Tramos adscritos a la Agencia de Obra Pública
Tramo Xx. Xxxxxxxxx – Cocheras (tramo superficie)
Del mismo modo este tramo también se ha puesto en servicio (30.07.2014) estando completamente finalizadas las correspondinetes obras (infraestructura, arquitectura, instalaciones y urbanización), salvo algunos remates en cuestiones de urbanización y arquitectura.
2.2. Fase II de explotación hasta Guadalmedina
Tramo Guadalmedina – RENFE (obra ejecutada por XXXXX)
Las unidades de obra de mayor relevancia que se han realizado hasta la fecha son las correspondientes a lo denominada fase 1 del tramo, comprendido entre el inicio del tramo -límite con el tramo de la sociedad concesionaria- y la avenida de Andalucía, que denominamos fase 2. El estado actual de las obras es el siguiente (circunscrito a fase 1):
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Pantallas de hormigón 80 %
Ejecución xx xxxx de cubierta 40 %
Reposición de urbanización 44 %
Excavación del túnel fase 1 (nivel vestíbulo) 29 %
Excavación del túnel fase 2 (nivel andén -1) 0 %
Excavación del túnel fase 3 (nivel andén -2) 0 %
Ejecución xx xxxx de fondo/contrabóveda 0 %
Lo que se traduce en un porcentaje global de ejecución del 65 % de la infraestructura.
Las intervenciones arqueológicas asociadas a la obra civil ejecutada ya se han realizado, quedando pendiente la ejecución del resto de los trabajos. El porcentaje global de la actividad arqueológica realizada asciende al 72 %.
En cuanto a las actividades correspondientes a arquitectura, superestructura de vía e
instalaciones aún no han dado comienzo.
2.3. Fase III de explotación. Actuaciones Guadalmedina – Atarazanas y
Xxxxxxxxxxxx xx xxxxx 0 hasta Hospital Civil
El pasado 11/11/2013 se estableció entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Málaga un protocolo de intenciones relativo a la finalización de las líneas 1 y 2 del metro de Málaga. Dicho protocolo establece un acuerdo sobre el trazado del metro -y de soluciones constructivas- para llegar al centro de la ciudad (Atarazanas) así como para la xxxxxxxxxxxx xx xx xxxxx 0 xxxxx xx xxxxx hasta el Hospital Civil.
Tramo Guadalmedina – Atarazanas
Las obras comenzaron el 4 xx xxxx de 2015. Hasta la fecha se han realizado los desvíos de tráfico, se han acometido el desvío de los servicios que se ven afectados por la ejecución del túnel y se dio comienzo el 6 xx xxxxx de 2016 a la ejecución de las pantallas que conforman el túnel. Han surgido incidencias relacionadas con los servicios afectados y con hallazgos arqueológicos que han supuesto retrasos y tramitación de expedientes complementarios y modificados de la obra principal. Las obras complementarias están ejecutándose y el expediente de modificación está en tramitación. Las pantallas que configuran el túnel en la zona de la Alameda Principal se encuentran finalizadas estando actualmente en fase de ejecución la losa de cubierta del túnel. Realizada la parte del túnel bajo el lecho del río Guadalmedina, se está procediendo en la actualidad a la reconstrucción xxx xxxxxx sobre la losa de cubierta del túnel. La obra se encuentra en un nivel global de ejecución del 47 %.
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Tramo Guadalmedina – Hospital Civil
Consiste esta actuación en la adopción de un trazado en superficie por el eje viario formado por las calles Hilera – Santa Xxxxx – Xxxxxxx Xxxxx, como prolongación de la línea 2 hacia el norte de la ciudad.
La Agencia de Obra Pública ha redactado el proyecto de construcción, el cual se ha entregado al Ayuntamiento para recabar su adaptación al planeamiento urbanístico vigente, apreciando la Gerencia de Urbanismo su inadecuación al PGOU.
El pasado 9 xx xxxx de 2017, el Consejo de Gobierno acordó la declaración de interés
metropolitano de este tramo, lo que contribuirá a que se pueda iniciar la licitación de este tramo.
Por otra parte y una vez efectuada la aprobación técnica del proyecto de construcción del tramo de referencia, el Consejo de Gobierno ha acordado aprobarlo con fecha 5 de diciembre de 2017 (BOJA 21 de diciembre de 2017 – BOJA nº 243).
3. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN / DATOS DE REFERENCIA
El proyecto de terminación que se licita recoge las obras correspondientes a la infraestructura y xxxxxxxxxxxx xx xxx xxxxxx 0 x 0 xxx xxxxx xx Xxxxxx del tramo Guadalmedina – RENFE que no ha ejecutado el contratista adjudicatario -XXXXX Construcciones-. Por tanto, recoge todas las unidades de obra necesarias para completar el tramo inicialmente adjudicado.
La longitud del tramo es de 713 metros y discurre totalmente en subterráneo en tres niveles de profundidad, debido a la confluencia de las dos líneas en la estación Guadalmedina. De estos tres niveles, en el nivel -1 se sitúa el vestíbulo y en los niveles -2 y -3 se sitúan los andenes y vías de ambas líneas. El proyecto incluye una única estación, denominada Guadalmedina, la cual se sitúa en la plaza Xxxxxx Xxxxxxxxx, confluencia de avenida de Andalucía con calle Xxxxxxxxx de la Xxxx. Todos los subtramos disponen de tres niveles bajo la losa de cubierta del túnel, con sus correspondientes losas de arriostramiento intermedio y las losas de fondo.
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Figura 1: Situación y planta esquemática del tramo
Los subtramos en las que se divide el proyecto inicialmente adjudicado, se describen a
continuación (véase croquis adjunto):
• Subtramo 1: Corresponde al túnel de la cola de maniobras, de 220 metros de longitud. Se desarrolla entre la estación Guadalmedina y el inicio de la obra (Xxxxxx xx Xxxxxx). El proyecto divide este subtramo en tres zonas, denominadas T1, T2 y T3.
• Subtramo 2: Corresponde al acceso de la estación Guadalmedina por la calle Xxxxxxxxx
de la Xxxx (frente al centro comercial El Corte Inglés). Esta zona se denomina E3.
• Subtramo 3: Corresponde a la estación Guadalmedina, y se divide este subtramo en dos
zonas, denominadas E1 y E2.
• Subtramo 4: Corresponde al túnel de línea entre la estación Guadalmedina y la estación El Perchel. Se desarrolla este subtramo por las calles Callejones del Perchel, Plaza de la Solidaridad y Avenida de las Américas. Las zonas en las que el proyecto divide este subtramo se denominan T4, T5, T6, T7 y T8.
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Así, el proyecto de terminación recoge las siguientes obras elementales:
Del subtramo 1:
• La totalidad de la infraestructura de este subtramo, así como el drenaje del túnel, al
estar pendiente de ejecutar.
• Los servicios afectados que resta por ejecutar, esto es, el cableado de los servicios de telecomunicaciones y la reposición de algunos servicios afectados de poca entidad que por la disposición de los desvíos de tráfico aún no se pueden realizar.
• La totalidad de la ordenación ecológica, estética y paisajística y la urbanización del
entorno.
• La reposición de los desvíos de tráfico a su situación primitiva.
Del subtramo 2:
• La totalidad de la infraestructura del acceso, así como el drenaje de esta parte del
túnel.
• Los servicios afectados que resta por ejecutar, esto es, el cableado de los servicios de telecomunicaciones y la reposición de algunos servicios afectados de poca entidad que por la disposición de los desvíos de tráfico aún no se pueden realizar.
• La totalidad de la ordenación ecológica, estética y paisajística y la urbanización del
entorno.
• La reposición de los desvíos de tráfico a su situación primitiva.
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Del subtramo 3:
• Dado que están ejecutadas las pantallas de hormigón, las pilas-pilote y la losa de cubierta del túnel en este subtramo, el proyecto de terminación recoge la excavación de los distintos niveles, así como la ejecución de las losas arriostrantes intermedias, la losa de fondo y el drenaje del túnel.
• Los servicios afectados que resta por ejecutar, esto es, el cableado de los servicios de telecomunicaciones y la reposición de algunos servicios afectados de poca entidad que por la disposición de los desvíos de tráfico aún no se pueden realizar.
• La reposición de los desvíos de tráfico a su situación primitiva.
Del subtramo 4:
• Al estar ejecutadas las pantallas de hormigón, las pilas-pilote y la losa de cubierta del túnel, el proyecto de terminación recoge la excavación completa de los niveles -2 y -3, así como la excavación del nivel -1 en la zona T8. Asimismo se definen las losas arriostrantes intermedias, la losa de fondo de todo el subtramo y el drenaje del túnel.
• El proyecto recoge las plantaciones de Callejones del Perchel y completar las
plantaciones correspondientes a los parterres de plaza de la Solidaridad.
En los siguientes croquis se visualiza de forma esquemática las partes de obra ejecutadas y las que quedan pendientes de ejecutar, estando éstas recogidas en el proyecto de terminación que se informa:
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Perfil longitudinal de la excavación
Reposición de la urbanización definitiva y plantaciones
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Tabla 1: Características generales del tramo Guadalmedina – RENFE
Línea | Líneas 1 y 2 del Metro de Málaga (tramo común). |
Tramo | Guadalmedina – RENFE |
Longitud | 713 m |
Presupuesto Base de Licitación (IVA incluido) | 29.951.923,10 € |
Estaciones | Guadalmedina |
Tipología de andén: | Andén central de 66 m x 10 m (doble andén) |
Tipo de línea ferroviaria: | Vía doble electrificada con vía en placa y carril UIC-54 sobre bloques. Ancho de vía: 1435 mm. Entrevía general: 3.30 m. Catenaria rígida 750 V cc. Vía única en la estación. |
Volumen de excavación en túnel: | 234.828 m³ |
Pantallas continuas de hormigón: | 18.622 m² |
Medición total de hormigón armado en el falso túnel: | 38.600 m³ |
Radio mínimo en planta: | 40 m |
Pendiente máxima: | 20 milésimas |
Gálibo libre en túneles: | 5.0 m en altura sobre rasante de vía y 1.65 m en anchura a cada lado desde el eje de vía |
Expropiaciones
El trazado discurre íntegramente por viario urbano. El convenio suscrito entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Málaga, con fecha 15 xx xxxxx de 2002, establece que el Ayuntamiento de Málaga pondrá a disposición de la Junta de Andalucía los terrenos y demás bienes de titularidad municipal que sean necesarios para la licitación y posterior ejecución de las obras.
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Trámite Ambiental
Dado que las obras que se licitan forman parte de un proyecto de terminación de las obras del tramo de referencia, sigue siendo de aplicación las prescripciones formuladas en el Informe Ambiental del Estudio Informativo sobre el Proyecto “RED DE METRO DE MÁLAGA” (INF 63/03) de 12 xx xxxxx de 2003.
4. PROPUESTA DE CONTRATACIÓN
Teniendo en cuenta el importe y naturaleza de las obras, éstas se han licitado mediante un procedimiento abierto. Constando la autorización del gasto por Acuerdo del Consejo de Gobierno ya citado, para la celebración del contrato se precisa igualmente acuerdo del Consejo de Gobierno en este sentido.
5. ANUALIDADES
La previsión de inversión en el período de ejecución de las obras, tomando como base el plazo
de licitación de 22 meses, arroja las siguientes anualidades:
Anualidad | Importe (sin IVA) |
Año 2018 | 6.624.508,01 |
Año 2019 | 12.164.132,80 |
Año 2020 | 5.965.014,64 |
Total | 24.753.655,46 |
A la fecha de la firma electrónica
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx
Gerente de la actuación
Vº Bº
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Director de Explotación y Servicios
RESOLUCIÓN DE INICIO DEL EXPEDIENTE:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y a la vista de la documentación sobre la necesidad de la Contratación,
RESUELVO:
Iniciar el expediente de contratación T-MM6116/OEJ0 - L.1-2 Infr-Urban.Renfe- Guadalmedina(CM) OLA DE MANIOBRAS) (22,0+ 1,55 de anterior PC2), con el presupuesto máximo de 24.753.655,45 EUR EUROS (29.951.923,10 EUR I.V.A. incluido).
Fdo.: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Director Gerente
Fecha. 15 xx xxxxx de 2016
Código Seguro de verificación:nuM3FG7Jjl2lLTIau4cLwg==. Permite la verificación de la integridad de una copia de este documento electrónico en la dirección: xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx00/ Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FIRMADO POR | XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX | FECHA | 15/06/2016 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
ID. FIRMA | xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx | nuM3FG7Jjl2lLTIau4cLwg== | PÁGINA | 1/1 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
nuM3FG7Jjl2lLTIau4cLwg== |
CERTIFICADO DE EXISTENCIA DE CRÉDITO
Clave expediente: T-MM6116/OEJ0
Obra de terminación de infraestructura, urbanización e intervención arqueológica de las Líneas 1 y 2 de Metro de Málaga, Tramo: Renfe-Guadalmedina
Vista memoria justificativa elaborada por el gerente de la obra de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, de fecha 27 xx xxxxx de 2018, el presupuesto de licitación del expediente asciende a 29.951.923,10 euros IVA incluido (Base Imponible 24.753.655,46 euros).
El plazo de duración asciende a 22 meses.
En relación con la financiación, este expediente se cargaría a la fuente financiera del siguiente Programa:
Asignación Presupuestaria | Anualidad | Importe |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | Pagos a Justificar de ejercicios anteriores | 14.779.359 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2019 | 53.381.895 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2020 | 54.058.953 |
a) Importes recogidos en el Presupuesto de Actuación e Inversiones de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía para 2018, incluido en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, publicada en Boja n.º 239 el 15 de diciembre de 2017.
Se certifica que en el Programa de Actuación, Inversión y Financiación de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía para el año 2018 se contempla la siguiente previsión presupuestaria para el ejercicio 2018 y siguientes, sobre la que, después de la asignación al presente expediente de contratación, el saldo de crédito disponible de la aplicación presupuestaria prevista de conformidad con la información obtenida del Registro Auxiliar de Compromisos ascendería a:
Asignación Presupuestaria | Anualidad | Crédito Previsto 2018 | Comprometido 2018 | Disponible |
Pagos a Justificar ejercicios anteriores | 2018 | 14.779.359 | 13.092.583 | 1.686.776 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2019 | 53.381.895 | 23.152.081 | 30.229.814 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2020 | 54.058.953 | 13.869.081 | 40.189.872 |
(b) Se contempla presupuestariamente el importe previsto del contrato IVA excluido, debido a la eventual recuperabilidad del citado impuesto de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público , se certifica que actualmente existe crédito suficiente para la ejecución del mencionado contrato
en la anualidad prevista para 2018 y siguientes de este Programa, con cargo a la aplicación presupuestaria indicada.
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Director Financiero
ANEXO II
INFORME DE CONTROL PREVIO. ÁREA DE CONTRATOS
ENTIDAD: Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía Número de Expediente: T-MM6116/OEJ0
Objeto: Terminación de la infraestructura, xxxxxxxxxxxx x xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxx xx xxx xxxxxx 0 x 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx. Tramo: Guadalmedina-Renfe.
Importe estimado: 29.951.923,10 euros IVA incluido (Base imponible: 24.753.655,46 euros + I.V.A.: 5.198.267,64 euros)
Contrato sujeto a control financiero previo por requerir autorización de Consejo de Gobierno.
La Intervención General, a través de la Unidad de Control Interno, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 85.2 de la Ley 5/83, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha realizado el control previsto en dicho artículo en el expediente señalado, y sobre los extremos que a continuación se indican:
Código Causas | REQUISITO | Cumplimiento | ||
SI | NO | N/A | ||
C1 | Competencia del órgano de contratación. | X | ||
C2 | Propuesta de autorización del Consejo de Gobierno, cuando sea preceptivo. | X | ||
C3 | Determinación del objeto y adecuación del mismo al objeto social de la entidad. | X | ||
C4 | Inexistencia de fraccionamiento injustificado. | X | ||
C5 | Constancia del plazo de ejecución. | X | ||
C6 | Suficiencia de las fuentes de financiación del contrato | X |
Como resultado de la comprobación efectuada, se emite INFORME:
⌧ FAVORABLE: Con la propuesta contenida en el expediente, en relación con estos requisitos, lo que no implica conformidad con otros trámites y requisitos del mismo los cuales, además de los sujetos a consideración en el presente control, serán objeto de validación en sede de control financiero permanente.(3)
❑ DESFAVORABLE: Al no darse los requisitos señalados (1)
❑ OPINIÓN DENEGADA (2) Sevilla, a 22 xx xxxx de 2018
PROPUESTA DEL RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE CONTROL INTERNO
Fdo. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx
1
CONFORME EL INTERVENTOR DE CONTROL FINANCIERO.
Fdo. Xxxxxx Xxxxxx Xxx.
(1) Se justificaran los motivos del incumplimiento en la página siguiente.
(2) Se justificarán los motivos de la denegación de opinión en la página siguiente
(1) MOTIVOS QUE JUSTIFICAN LA EMISIÓN DEL INFORME DESFAVORABLE:
(2)MOTIVOS QUE JUSTIFICAN LA DENEGACIÓN DE OPINIÓN:
(3) OBSERVACIONES:
En el control realizado se han verificado exclusivamente los requisitos exigidos por la Resolución de la Intervención General de 15 de diciembre de 2009 para el tipo de gasto tramitado. En este sentido se hace constar que, sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el contrato en cuestión podrá ser objeto de revisión detallada en los informes de cumplimiento anuales que procedan.
Sin perjuicio de ello y, con carácter particular, se manifiestan las siguientes observaciones:
Con fecha 8 de noviembre de 2016, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía autorizó el gasto para la contratación por la Agencia de la Obra Pública de la Junta de Andalucía de la ejecución de las obras de terminación de la infraestructura y xxxxxxxxxxxx xx xxx xxxxxx 0 x 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx. Tramo: Renfe Guadalmedina y de la terminación de la intervención arqueológica asociada, hasta un importe de 24.753.655,47 euros (IVA excluido), expediente objeto del presente informe. Con carácter previo a dicha autorización, el 27 de septiembre de 2016 fue emitido informe de control previo favorable con observaciones.
La presente licitación incluye, conjuntamente en su objeto, tanto las obras de terminación de la obra civil, como la terminación de la intervención arqueológica asociada, siendo así que esto último se contrató con el mismo contratista de la obra principal mediante un expediente complementario nº2 por la imposibilidad, según consta en el expediente, de separar técnicamente este segundo contrato del primero sin causar graves perjuicios a la Administración. Habiéndose acordado la resolución de ambos contratos y notificada ésta al contratista en los dos casos, se propone en este momento que el Consejo de Gobierno autorice la celebración del contrato para la terminación de las obras pendientes, de las que ya fue autorizado el gasto con anterioridad. Esta circunstancia determina que, en base al ámbito objetivo establecido en el Resuelvo Segundo de la Resolución de 15 de diciembre de 2009 de la Intervención
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General de la Junta de Andalucía sobre la implantación del procedimiento del párrafo segundo del artículo 85.2 LGHPJA, haya de emitirse el presente informe.
En relación con el requisito C.6 antes citado, ha sido aportado, como certificado de existencia de crédito, una certificación emitida al efecto con fecha 27 xx xxxxx de 2018 que actualiza la emitida con anterioridad el 21 de septiembre de 2016 por el Director Financiero de la Agencia proponente. En la misma, se declara que el expediente de gasto, cuya ejecución se prevé que se desarrollará durante los ejercicios 2018 a 2020, será financiado mediante las siguientes asignaciones presupuestarias:
Posición presupuestaria | Anualidad | Crédito previsto 2018 |
Pagos a justificar ejercicios anteriores | 2018 | 14.779.359 |
1600030000 G/51B/74030/01 | 2019 | 53.381.895 |
1600030000 G/51B/74030/01 | 2020 | 54.058.953 |
En dicho certificado consta que el crédito disponible de las citadas aplicaciones presupuestarias, una vez asignado el presente expediente de contratación, se prevé suficiente para atender la financiación del mismo en cada ejercicio.
En cuanto a la financiación de la ejecución correspondiente al ejercicio 2018, la Agencia manifiesta que existe un importe 14.779.359 euros de “pagos a justificar de ejercicios anteriores” con cargo a los que se financiará dicha ejecución. En este sentido, cumple significar que tal financiación corresponde a documentos Ops que fueron fiscalizados en su mayor parte en el ejercicio 2014, y que aún no han sido aplicados a su finalidad, no expresándose plazo de justificación en la Resolución aportada que los autorizaba, por lo que, respecto a esta cuestión, expresamos una incertidumbre en cuanto a los posibles efectos que de esta cuestión pudieran derivarse.
Llegados a este punto y puesto que la Agencia declara que se encuentra actualmente en un proceso de ajuste de sus registros internos de compromisos a lo indicado en la Instrucción Conjunta 2/2013, de 15 xx xxxxx, de la Intervención General y de la Dirección General de Presupuestos, por las que se desarrollan las medidas en el ámbito del control financiero establecidas por la Ley 3/2012, el cual aún no ha sido todavía implementado, no hemos podido obtener evidencia de la suficiencia de financiación para el presente expediente de gasto a través del referido instrumento.
Sin perjuicio de ello, como ya ha sido dicho, existe crédito suficiente en las aplicaciones presupuestarias que van a ser empleadas para financiarlo, con lo que la acreditación de la suficiencia de financiación del expediente estará subordinada a la materialización de los correspondientes documentos de ejecución presupuestaria.
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MEMORIA ECONOMICA DE LA ACTUACIÓN
CONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE “TERMINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA, XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXX 0 X 0 XX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO: RENFE – GUADALMEDINA.
Clave Agencia: T-MM6116/OEJ0
Memoria Económica para contrato de ejecución de las obras de Terminación de Infraestructura, Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx xx xxx Xxxxxx 0 x 0 xx Xxxxx xx Xxxxxx. Tramo Renfe-Gudalmedina.
Con efectos de 1 de enero de 2005, por acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía se procedió a la atribución de las competencias y funciones relativas a los servicios del ferrocarril metropolitano de la Línea 1 Interurbana – Xxxxx xx Xxxxxxx x xx xxx Xxxxxx 0 x 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx. Dicha subrogación supone la xxxxxxxx de la totalidad de las obligaciones, derechos y potestades previstas para la Consejería de Fomento y Vivienda desde ese momento en dichos contratos y los restantes documentos contractuales que los conforman.
En virtud de dicho acuerdo se atribuyeron a la Agencia, entre otras, las siguientes competencias y funciones:
▪ La construcción y explotación de la Línea 1 Interurbana-Metro de Xxxxxxx, x xx xxx Xxxxxx 0 x 0 xxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx.
▪ La supervisión e inspección de la ejecución de las obras de construcción de las infraestructuras ferroviarias y demás instalaciones, así como la vigilancia e inspección del mantenimiento y conservación de las mismas.
▪ La aprobación de los estudios informativos, anteproyectos y proyectos de construcción relativos a las obras, infraestructuras, instalaciones y demás elementos necesarios para la construcción y explotación del servicio.
▪ El control, inspección, vigilancia y policía sobre el cumplimiento por parte de la/s concesionaria/s del Reglamento de Servicio, el control de los parámetros de calidad, y capacidad del mencionado servicio y la resolución de las reclamaciones que sobre el funcionamiento de los servicios de ferrocarril metropolitano efectúen los usuarios.
En julio de 2014, se inició actividad comercial de Metro Málaga, de forma parcial entrando en servicio el tramo que discurre desde la estación Xxxxxxx de los Deportes hasta El Perchel y desde este punto hasta la parada Andalucía Tech, lo que supone un total de 17 estaciones distribuidas a lo largo de cerca de 12 kilómetros de longitud. Ello ha sido posible tras una nueva modificación contractual, que ha implicado nuevas variaciones en la inversión/financiación del proyecto.
Dentro de las actuaciones necesarias para la construcción y explotación de la citada infraestructura se hace necesario acometer actuaciones que permitan la finalización de las obras que restan por ejecutar con el fin de dar cumplimiento a los compromisos adquiridos con el Banco Europeo de Inversiones y la Sociedad Concesionaria con el objetivo de poner en servicio el tramo al a mayor brevedad.
La inversión estimada total en el Proyecto asciende a un total de 462 millones de euros (IVA excluido), habiéndose ejecutado a 31 de diciembre de 2017 el 67%. El importe pendiente de
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ejecutar se financiará con cargo a subvenciones y transferencias de capital a recibir en los próximos años tal y como se recogen en GIRO con las siguientes Asignaciones Presupuestarias:
Asignación Presupuestaria | Año | Metro de Málaga |
Pagos a justificar de ejercicios anteriores | 2018 | 14.779.359 |
1600030000G/51B/74030/00/01 | 2019 | 53.381.894 |
1600030000G/51B/74030/00/01 | 2020 | 54.058.953 |
El importe de este contrato se encuentra programado dentro de la Inversión total a realizar para la finalización de la actuación, suponiendo un coste de 24.753.655,45 euros IVA excluido.
La previsión de la inversión es la siguiente:
Anualidad | Importe (sin IVA) |
Año 2018 | 6.624.508,01 |
Año 2019 | 12.164.132,80 |
Año 2020 | 5.965.014,64 |
Total | 24.753.655,46 |
En Sevilla, a la fecha de la firma electrónica Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx
Director Financiero
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