CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL QUE CELEBRAN
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL QUE CELEBRAN
……………………………………… Y EL ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO (OSCE)
Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperación Interinstitucional que celebran de una parte el ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO, a quien en adelante se denominará OSCE, con RUC Nº 20419026809 y domicilio en Av. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx. 7 s/n – Xxxxx Xxxxx, Xxxx, debidamente representado por su Presidente su Presidente Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 00000000 x designado mediante Resolución Suprema Nº 016‐2011‐EF..; y de la otra parte el , a quien
en adelante se denominará ………………………….., con RUC Nº y
domicilio en ………………………….., debidamente representado por su ,
identificado con Documento Nacional de Identidad Nº ………………………….., en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES
El OSCE, creado por Decreto Legislativo Nº 1017, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, para llevar a cabo sus fines, entre los cuales se encuentra: Velar por el cumplimiento y difusión de la normativa vigente en materia de contrataciones del Estado. Se rige por su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006‐2009‐EF.
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CLÁUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO
El presente convenio tiene por objeto aunar esfuerzos para desarrollar actividades tendientes a difundir y profundizar el conocimiento en el tema de Contrataciones del Estado, con la finalidad de contribuir al desarrollo de las capacidades en los servidores públicos para lograr una adecuada y eficiente gestión de contrataciones públicas, así como a los proveedores y demás personas interesadas.
La realización de los eventos que se desarrollen dentro de los alcances del presente convenio tales como, diplomados, cursos de perfeccionamiento, talleres, seminarios, conferencias, diferentes eventos de capacitación y difusión, y charlas tanto presenciales como virtuales, en adelante los productos, deberán ser coordinados con la Subdirección de Capacitación del OSCE, a fin de garantizar el cumplimiento de los términos del convenio.
En ningún caso el convenio, dada su naturaleza, genera derechos exclusivos para
…………………………….. por lo que OSCE puede celebrar convenios iguales o similares con otras instituciones públicas o privadas, para promover la capacitación en la normativa de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA TERCERA: COMPROMISOS DE LAS PARTES
Las partes que celebran el presente convenio, asumen los siguientes compromisos:
3.1. La se compromete a:
3.1.1. Planificar semestralmente, de acuerdo al formato del Plan de Trabajo establecido en el documento “Consideraciones que debe tener en cuenta el Socio Estratégico para Organizar un Evento de Capacitación en Convenio con OSCE”, las actividades que en mérito al convenio se generen y organicen conjuntamente, los cuales deberán estar aprobados para la realización de los mismos.
3.1.2. En el Plan de Trabajo se establecerán los diferentes productos (eventos) y/o actividades que en mérito al presente convenio se lleven a cabo conjuntamente considerando las estructuras, contenidos mínimos, así como duración, metodología, y/o evaluación de acuerdo al nivel de los productos que el OSCE proporcionará, podrán incluir si lo consideran pertinente contenidos adicionales.
3.13 Asumir los costos e ingresos que demanden y generen, respectivamente, la organización y ejecución de los diferentes eventos de capacitación y difusión.
3.1.4 Dotar de infraestructura mínima así como del apoyo logístico necesario para la realización de los eventos de capacitación y/o actividades que en mérito al Plan de Trabajo se establezcan.
3.1.5 Para el desarrollo de las actividades de capacitación sobre la normativa de contrataciones se considerarán como expositores a capacitadores del OSCE. Para el caso de los eventos referidos a gestión pública y obras,
…………. podrá proponer, asimismo, a profesionales de reconocido prestigio acreditando la especialidad y experiencia en el dictado.
3.1.6 Informar la cantidad de personas inscritas, las notas obtenidas, la asistencia y el resultado de la evaluación de los docentes, por cada evento de capacitación y difusión dentro de los 15 días naturales siguientes de finalizado, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 3.1.1. del presente convenio.
3.1.7 Consignar, previo conocimiento, y aprobación el logotipo del OSCE, en la publicidad de los eventos de capacitación y difusión que se organicen mutuamente.
3.1.8 Brindar al OSCE, ……. becas en los eventos de capacitación y difusión que se organicen mutuamente así como en cursos que la organice.
3.1.9 Brindar locales (………….) para la realización de los eventos organizados por OSCE.
3.1.10 La……………….se compromete a no utilizar el presente convenio para fines distintos a lo establecido en su objeto, sino exclusivamente para las actividades que implican su ejecución de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por el OSCE.
3.2 El OSCE se compromete a:
3.2.1 Establecer reuniones y coordinar el Plan de Trabajo a fin de ser aprobado, el cual debe especificar el tipo de evento a desarrollar, la metodología y duración, los capacitadores propuestos, la publicidad a emplear y la forma en que se utilizará el logotipo del OSCE.
3.2.2 Brindar asesoría sobre el Plan de Trabajo, estructuras mínimas, duración, metodología, y/o evaluación de acuerdo al nivel de los eventos de capacitación y difusión que se organicen conjuntamente.
3.2.3 Supervisar los eventos de capacitación que en mérito al convenio se lleven a cabo con la finalidad de brindar las sugerencias necesarias para lograr los objetivos planteados.
3.2.4 Tramitar la firma ante la Presidencia del OSCE las constancias, certificados y/o diplomas que generen los productos que se organicen mutuamente.
3.2.5 Apoyar en la difusión de los eventos de capacitación que se organicen conjuntamente mediante el Sub Portal de Capacitación del OSCE.
CLÁUSULA CUARTA: DE LAS CONSTANCIAS Y/O CERTIFICADOS
Las constancias y/o certificados de participación o aprobación de los eventos de capacitación y difusión que se organicen mutuamente, se otorgarán en forma conjunta por el OSCE y la ……..
CLÁUSULA QUINTA: AUTONOMÍA DE LAS INSTITUCIONES
El presente Convenio no afecta la autonomía de cada una de las partes en el ejercicio de sus funciones.
CLÁUSULA SEXTA: DE LOS COORDINADORES
Para el logro de los objetivos y cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente Convenio, se designan como representantes a los siguientes funcionarios:
1. Representante de OSCE:
2. Representante de la………………….
Tanto OSCE como la… Podrán sustituir a su representante, para lo cual deberán
comunicárselo a la otra parte por escrito con una anticipación no menor de treinta (30) días naturales.
CLÁUSULA SÉPTIMA: DE LA VIGENCIA
El Convenio tendrá vigencia de dos (02) años o hasta que se inicie el proceso de acreditación de las entidades prestadoras del servicio de capacitación (Art. 5 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo N°184‐2008‐EF), contados a partir del día siguiente de su suscripción por ambas partes y podrá ser renovado de mutuo acuerdo y por períodos iguales, a través de una adenda. Mediante comunicación por escrito a la otra parte se deberá manifestar la intención de renovación, con una anticipación no menor de treinta (30) días naturales previos a la fecha de su vencimiento.
CLÁUSULA OCTAVA: DE LAS COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES.
Las partes intervinientes en el presente convenio dejan expresa constancia que sus respectivos domicilios, son las direcciones que se mencionan en la introducción del presente documento, a donde válidamente se les harán llegar las comunicaciones y notificaciones a que hubiera lugar. Toda variación de dichos domicilios, deberá ser comunicada por escrito por una parte a la otra con una anticipación no menor xx xxxx
(10) días naturales.
CLÁUSULA NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las partes declaran celebrar el presente convenio según las reglas de la buena fe y común intención, en virtud de lo cual convienen que en caso de producirse alguna controversia o reclamación entre ellas relacionada a la interpretación, ejecución o eventual incumplimiento de este convenio, pondrán sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa, teniendo en cuenta los principios que inspiran el presente convenio.
Las partes acuerdan que no obstante haberse promovido una solución por trato directo de controversias, si ésta no se concreta según lo expuesto en el párrafo anterior, será resuelta mediante conciliación y/o arbitraje de derecho, en éste último caso por un Tribunal Arbitral conformado por tres árbitros con sede en la ciudad de Lima. Para dichos efectos, cada una de las partes designará a un árbitro y éstos de común acuerdo designarán al tercero, quien será el Presidente del Tribunal Arbitral.
CLÁUSULA DÉCIMA: DE LA FINALIZACIÓN DEL CONVENIO
El presente convenio quedará sin efecto en los casos siguientes:
a) Por incumplimiento reiterativo (3 veces) en la ejecución de las actividades o eventos de capacitación (productos) aprobados en el Plan de Trabajo, así como por el incumplimiento de lo señalado en el numeral 3.1 del presente convenio.
b) Por mutuo acuerdo.
c) Por separación de una de las partes, sin expresión de causa, debiéndose notificar ello a la otra parte por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días hábiles.
d) Por vencimiento de su plazo de vigencia, sin que haya sido renovado.
e) Las actividades que se encuentren en ejecución continuarán hasta su conclusión.
En fe de lo cual, las partes firman el presente convenio en dos (02) ejemplares de igual tenor y validez legal, en la ciudad de Lima, el ‐‐‐‐‐ de ‐‐‐‐‐‐ de ‐‐‐‐‐‐‐‐‐.
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX …………………………………………………………………….
Presidente Ejecutivo del OSCE Presidente de……………………………….